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LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL 00 XX XXXXXXX XX 0000, XXXXXX APROBAR El PROYECTO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ENTIDAD CLUB VIGO VOLEIBOL EN BASE AL DESARROLLO DEL PROYECTO GENERAL DE ACTIVIDAD DE LA ENTIDAD CONSIDERADA DE ÉLITE EN LA TEMPORADA DEPORTIVA 2015/2016. EXPTE. 14874/333.
Examinadas las actuaciones del expediente, visto el informe jurídico del 29/01/16 y el informe de fiscalización de fecha 09/02/16, se da cuenta del informe-propuesta del director deportivo-jefe de la unidad técnico- deportiva, conformado por el concejal-delegado de Deportes y por el concejal-delegado de Presupuestos que dice el siguiente:
Atendiendo a la instrucción remitida por el Concejal de Deportes, se da inicio a la tramitación del expediente de subvención a favor de la entidad Club Vigo Voleibol por el desarrollo del proyecto general de actividad de la entidad en la temporada deportiva 2015/2016.
La actividad deportiva en Vigo en el ámbito de la competición deportiva tiene una trascendencia muy importante en relación a la participación de entidades deportivas de la ciudad en las más altas categorías de las competiciones a nivel del estado.
Entre los objetivos de la Concejalía de Deportes nos encontramos con los proyectos encaminados al fomento y promoción del deporte a través del apoyo, difusión y ayuda a las entidades deportivas de la Ciudad xx Xxxx y la consolidación de los grandes proyectos deportivos que genera la Ciudad xx Xxxx, como medio de promoción y difusión de la cultura deportiva, posibilitando un mayor acercamiento a todos los ciudadanos y todas las ciudadanas.
En relación la esta actuación de colaboración en la actividad deportiva de las entidades que tienen equipos en las primeras categorías de los diversos deportes, encontramos que la entidad deportiva Club Vigo Voleibol cuenta con un equipo de élite en la modalidad de Voleibol en la categoría División de Honra 2. La actividad de este equipo en la competición supone un valor muy importante para la promoción del deporte vigués ya que posibilita la participación de la cantera deportiva de la ciudad.
Al valor único y de carácter excepcional que supone la participación del primero equipo de la entidad en la categoría División de Honor 2 hay que añadir el proyecto de dinamización y fomento del deporte de base que la entidad desarrolla en la temporada 2015/2016, que impulsa y estimula la participación de los y de las más xóvenes en un proyecto deportivo de continuidad y futuro en su entorno, y contribuye a establecer pautas de referencia positivas para la consecución de logros deportivos.
Ambos proyectos se complementan y son interdependientes, conformando la realidad de la entidad Club Vigo Voleibol y configurando un proyecto general basado en el valor único de cada uno de ellos.
El objetivo de la colaboración entre entidades e instituciones responde al deseo de generar proyectos comunes, que propicien actuaciones prioritarias en la búsqueda de la potenciación de sinergias en el ámbito social, del cual destacamos:
• El interés general por la formación del capital humano en el ámbito del deporte.
• La búsqueda de una personalidad propia y definida de la acción, en base a los principios del compromiso de la sociedad hacia los valores del deporte.
• El tejido asociativo deportivo de nuestra ciudad es el reflejo del compromiso de cientos de personas con la mejora de las condiciones de vida y la defensa de los intereses generales de la población. La
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mejora de los recursos para la dinamización del deporte en todos los aspectos es una de las prioridades de actuación en materia del deporte.
Este proyecto de colaboración con las entidades deportivas con equipos de élite de la ciudad xx Xxxx se fundamenta en los siguientes objetivos:
• Colaborar que los agentes deportivos en la ordenación del sistema deportivo vigués para que se produzca una evolución armónica entre la actividad deportiva de rendimiento y los sistemas de iniciación del deporte.
• Contribuir la que los y las deportistas vigueses mas xóvenes tengan pautas de referencia positivas para la consecución de logros deportivos.
• Optimizar los recursos que se destinan al deporte de rendimiento a cara descubierta a consolidar el nivel de la imagen deportiva xx Xxxx.
• Conseguir que los deportistas vigueses y las deportistas viguesas, cuenten con un proyecto deportivo de continuidad y futuro en su entorno.
• Consecución de un consenso social e institucional para salvaguardar el desarrollo de un itinerario deportivo y formativo de alto nivel para los deportistas viguesas y viguesas en el entorno asociativo de la ciudad.
• Contribuir a la promoción de la ciudad xx Xxxx en el ámbito del territorio nacional.
La participación en este proyecto se enmarca dentro de las competencias que tienen los municipios conforme establece la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidade de Administración Local, en concordancia con el establecido en la Ley 5/2004, del 27 xx xxxx, de medidas urgentes derivadas de la entrada en vigor de la Ley 27/2013, del 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que determina que lo "Municipio, para la gestión de sus intereses y del ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.." y que "...ejercerá en todo caso como competencia propia, la promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre".
Ante estos aspectos encontramos criterios que nos llevan a la necesidad de estudiar y proponer un marco de relación entre ambas entidades, ya que de forma general el desarrollo disteis proyectos deportivos se considera una ayuda muy importante para la promoción de los proyectos deportivos que se desarrollan en la ciudad xx Xxxx, por el cual se proponen la realización de un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento xx Xxxx y la entidad Club Vigo Voleibol para favorecer la consolidación de la actividad deportiva en la ciudad xx Xxxx.
La legislación aplicable, para este convenio, es la que señala el artículo 5 lana LXS, que se refiere el régimen jurídico de las subvenciones, del que resulta la siguiente normativa configuradora del régimen jurídico de estas subvenciones: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con el carácter básico y supletoria que resulta de su disposición final primera; la normativa autonómica sobre subvenciones Ley 9/2007 del 13 xx xxxxx, de subvenciones de Galicia; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, las Bases de ejecución de los vigentes presupuestos del Ayuntamiento xx Xxxx; las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
Esta subvención tiene un claro carácter de interés público y social, y además la subvención que regula este convenio no obedece a los principios de publicidad y concurrencia dado que se puede conceder directamente al figurar nominalmente en el presupuesto del Ayuntamiento xx Xxxx para el 2016, en las partidas indicadas, según el artículo 19.4 la) de la Ley 9/2007, de 13 xx xxxxx de subvenciones de Galicia.
La Vigencia de este convenio es por la actividad desenvuelta por la entidad Club Vigo Voleibol durante la temporada deportiva 2015/2016, teniendo el deber de presentar la documentación para la
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justificación del mismo, en el plazo comprendido entre la firma del presente convenio y como máximo hasta tres meses de la finalización de la temporada deportiva.
Por todo el expuesto se proponen la Junta de Gobierno Local a adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO: Aprobación del texto del convenio que regirá entre la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxx y la entidad deportiva Club Vigo Voleibol para la subvención del proyecto general de actividad de la entidad, que cuenta con un equipo en la categoría División de Honor 2 en la temporada deportiva 2015/2016 y desarrolla un programa de promoción del deporte de base en la ciudad.
SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto de 47.000,00€. a favor de la entidad Club Vigo Voleibol con el CIF: X-00000000 y dirección social en la calle Bolivia, 2, en Xxxx, xxxxxxx resulta de sus estatutos y de la certificación de su secretario que figura en la documentación del expediente núm. 14874/333. Este crédito es con cargo a la partida 0000.000.00.00 del vigente presupuesto.
TERCERO: Habilitar al Xxxxxxx xx Xxxx, D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, para firmar este Convenio.
Acuerdo:
La Xunta de Gobierno Local aprueba la propuesta contenida en el precedente acuerdo.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE El AYUNTAMIENTO XX XXXX Y La ENTIDAD CLUB VIGO VOLEIBOL EN BASE Al DESARROLLO DEL PROYECTO GENERAL DE ACTIVIDAD DE La ENTIDAD CONSIDERADA DE ÉLITE EN La TEMPORADA DEPORTIVA 2015/2016 (EXPTE. 14874/333).
En la Casa del Ayuntamiento xx Xxxx, la de de dos mil dieciséis. REUNIDOS
De una parte, el Xxxxxxx xx Xxxx, D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx.
De otra, xxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx como presidente de la entidad Club Vigo Voleibol CIF: X-00000000 y dirección social en la calle Bolivia, 2, en Vigo y en la representación de la misma, según resulta de sus estatutos y de la certificación de su secretario que figura en la documentación del expediente núm. 14874/333.
Teniendo, luego, los comparecientes a capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente convenio
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MANIFIESTAN
I.-Que la entidad Club Vigo Voleibol cuenta con un equipo de élite que participa en la categoría División de Honor 2 desarrolla su actividad en el Ayuntamiento xx Xxxx, y constituye un xxxxx de gran importancia en atención a la repercusión social y mediática del deporte.
La entidad Club Vigo Voleibol desarrolla el proyecto del equipo de élite durante la temporada 2015/2016.
La actividad de este equipo en la competición supone un valor muy importante para la promoción del deporte vigués ya que posibilita la participación de la cantera deportiva de la ciudad.
Además, el desarrollo de este proyecto deportivo se considera una ayuda muy importante para la promoción de los proyectos deportivos que se desarrollan en la ciudad xx Xxxx, y contribuye a la consolidación de la actividad deportiva en la ciudad xx Xxxx, lo que supone un gran valor de carácter público y social.
II.-Que la entidad Club Vigo Voleibol impulsa y estimula la participación de los y de las más jóvenes en el ámbito del deporte a través del desarrollo de un proyecto deportivo de base orientado fundamentalmente al fomento y promoción del Voleibol en etapas de formación, contribuyendo además a establecer pautas de referencia positivas, y complementando el proyecto general de la entidad.
III.-Que en el ejercicio de sus atribuciones en materia deportiva, son objetivos del Ayuntamiento xx Xxxx:
• Colaborar que los agentes deportivos en la ordenación del sistema deportivo vigués para que se produzca una evolución armónica entre la actividad deportiva de rendimiento y los sistemas de iniciación del deporte.
• Contribuir la que los y las deportistas vigueses y viguesas más xóvenes tengan pautas de referencia positivas para la consecución de logros deportivos.
• Optimizar los recursos que se destinan al deporte de rendimiento a cara descubierta a consolidar el nivel de la imagen deportiva xx Xxxx.
• Conseguir que los deportistas vigueses y las deportistas viguesas, cuenten con un proyecto deportivo de continuidad y futuro en su entorno.
• La consecución de un consenso social e institucional para salvaguardar el desarrollo de un itinerario deportivo y formativo de alto nivel para los deportistas viguesas y viguesas en el entorno asociativo de la ciudad.
IV.- Así las cosas, el Ayuntamiento xx Xxxx en su vigente presupuesto, en la partida 0000.000.00.00 prevé nominativamente la concesión de una subvención por importe de 47.000,00€, a favor de la entidad deportiva Club Vigo Voleibol.
V.- Toda vez que, de acuerdo con el dispuesto en los artículos 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y 26.1 de la Ley 9/2007, el convenio será el instrumento habitual para canalizar las subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos de la Administración concedente, los intervinientes, concluyen el presente convenio al fin de regular los términos de la concesión de dicha subvención, cuyo objeto es coadyuvar a la financiación del proyecto general de la entidad Club Vigo Voleibol en la temporada deportiva 2015/2016.
VI.- Que la entidad Club Vigo Voleibol no está incursa en prohibición para ser beneficiaria de las subvenciones objeto de la Ley de subvenciones de Galicia, se halla al corriente de sus deberes tributarios y
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frente a la Seguridad Social y no tiene deudas pendientes con este Ayuntamiento xx Xxxx, xxxxxxx resulta de las declaraciones responsables y certificaciones que figuran en el expediente núm. 14874/333.
VII.- Que en base a las precedentes consideraciones y al interés social y deportivo que para la ciudad xx Xxxx representa la dicha actividad de la entidad Club Vigo Voleibol el Ayuntamiento xx Xxxx y la dicha entidad deportiva, convienen su colaboración en el ámbito deportivo y la concesión de la referida subvención en base a los siguientes.
PACTOS
Primero.- La entidad Club Vigo Voleibol se compromete a colaborar con la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxx en el fomento, promoción y difusión del deporte y de la cultura deportiva, y concretamente la:
1º.-Colaborar con el Ayuntamiento xx Xxxx en la difusión de los programas deportivos desenvueltos desde este y que tienen vinculación directa con los objetivos de la entidad que firma este convenio:
• Programa Municipal de escuelas deportivas.
• Jornadas de formación.
• Campañas de concienciación vinculadas a los habitos de vida saludables.
• Actividades dirigidas la poblaciones especiales: Mayores, discapacitados...
• ...
2º.- Desarrollar un proyecto general de actividad de la entidad, y que incluye la dinamización de la actividad de carácter excepcional del equipo de élite de la entidad y la promoción y fomento del deporte de base en la modalidad de Voleibol en la temporada 2015/2016.
3º.-Trabajar conjuntamente en la difusión y promoción necesaria de los programas de actuación deportiva a cara descubierta a la enseñanza e iniciación deportiva en todos los aspectos de la modalidad específica del equipo de élite.
4º.-Participar con los jugadores y jugadoras del primero equipo en los proyectos de promoción del deporte dinamizados por el Ayuntamiento xx Xxxx.
5º-Que en todas las actividades que se desarrollen dentro de las actividades del equipo de élite, con independencia de los patrocinios de la entidad, deberá figurar en un lugar visible a imagen de la Concejalía de deportes-Ayuntamiento xx Xxxx:
La imagen de la Concejalía de Deportes-Ayuntamiento xx Xxxx deberá estar presente tanto en las equipaciones de juego como en las de paseo, y su formato y ubicación deberá ser autorizado por la Concejalía de Deportes.
En la instalación de Juego se colocarán, como mínimo, cuatro lonas con la imagen institucional de la Concejalía de Deportes, ubicadas en zonas centrales y de máxima visibilidad de la zona de juego.
6º.-Fomentar, estimular y promover iniciativas y sugerencias de los agentes implicados en el ámbito deportivo conjuntamente con la Concejalía de deportes.
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7º-Contribuir a la promoción de la ciudad xx Xxxx en el ámbito del territorio nacional. Segundo.- El Ayuntamiento xx Xxxx, por su parte, se compromete la:
1º.- Colaborar con la entidad Club Vigo Voleibol en la tramitación de las solicitudes relativas la necesidades propias del Ayuntamiento para la realización de sus proyectos deportivos en la ciudad xx Xxxx.
2º.- Facilitar los medios precisos para la inserción de su imagen en los ámbitos de promoción de la entidad Club Vigo Voleibol (revista, web, etc).
3º.- Conceder directamente a la entidad Club Vigo Voleibol una subvención por importe de 47.000,00€ con cargo a la partida presupuestaria 0000.000.00.00 mediante transferencia bancaria a la Cuenta Corriente facilitada por la entidad y previa fiscalización de la intervención del Ayuntamiento xx Xxxx, del presupuesto en vigor, con el objeto de coadyuvar a la financiación de las actividades vinculadas con su proyecto general de actividad, desarrollado en la temporada deportiva 2015/2016.
Tercero.- Esta subvención será compatible con cualquiera otra subvención o ayuda para la misma finalidad procedente de cualquier administración o de entes públicos o personales, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, excepto con la solicitud de subvención en la convocatoria por concurrencia competitiva de subvenciones que la Concejalía de Deportes desarrolle en relación a los proyectos de actividad de las entidades deportivas xx Xxxx en la temporada 2015/2016, con la que será incompatible.
La beneficiaria deberá comunicar al Ayuntamiento xx Xxxx la obtención de otras subvenciones, ayudas ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada. Esta comunicación deberá efectuarse en el momento en que se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos recibidos.
En cualquiera caso, el importe total de la subvención o subvenciones no podrá superar lo de la actividad subvencionada; caso en el que se procederá en la forma prevista en el artículo 34 del RD 887/2006, de 21 xx xxxxx, por lo que se aprobó el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Cuarto.- Si el coste total de la actividad subvencionada resultara ser menor que el contemplado para la concesión de la subvención o se habían reducido en la ejecución de la actividad subvencionada las actuaciones o elementos previstos cómo integrantes de la misma, procederá a la reducción de la subvención en la misma proporción.
La comunicación de estas circunstancias al Ayuntamiento deberá efectuarse en el momento en que se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos recibidos.
Quinto.- La beneficiaria no podrá subcontratar con terceros a actividad subvencionada.
Sexto.- La beneficiaria debe dar la adecuada publicidad a la financiación municipal de la actividad subvencionada mediante la inclusión, según ya va dicto, de la imagen institucional de la Concejalía de Deportes-Ayuntamiento xx Xxxx en cualquier actividad o evento relacionado con el objeto del convenio, en la cartelería, equipaciones de juego y paseo, y demás material gráfico elaborado al efecto.
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Séptimo.- La beneficiaria, en el plazo comprendido entre la firma del presente convenio y como máximo hasta tres meses de la finalización de la temporada deportiva, deberá justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y la aplicación de los fondos recibidos. La tal efecto deberá presentar una cuenta justificativa en la que deberá constar la declaración de las actividades realizadas y de los gastos incurridos por el importe de la subvención recibida; los justificantes de pago por el importe de la subvención de los gastos incurridos con facturas o documentos de valor probatorio equivalente y el importe, origen y aplicación de los fondos propios y otras subvenciones o recursos que habían financiado también la actividad subvencionada.
La documentación de la cuenta justificativa deberá incluir una relación de todos los justificantes de pago de los gastos incurridos por el importe de la subvención.
La justificación deberá hacerse con documentos originales por la parte subvencionada y con copias de facturas por el resto del presupuesto. Se podrá substituir la presentación de copias de facturas por el gasto del proyecto o actividad no subvencionada por la presentación de un balance que abarque la totalidad del gasto o por una certificación en la que se acredite que el programa o actividad que fue objeto de la subvención fue ejecutado en su totalidad y su costo total fue de ... euros.
Los justificantes acreditativos de los gastos vinculados al proyecto del presente convenio cumplirán las siguientes especificidades:
- Las facturas, serán originales, deberán recoger el número de CIF, la fecha, número de factura y el IVA. Estos justificantes quedarán la disposición del Ayuntamiento xx Xxxx. No se admitirán facturas fotocopiadas o compulsadas, ni aquellas que no reúnan las exigencias previstas en el RD 1.619/2012, de 30 de noviembre por lo que se aprueba el reglamento por lo que se regulan los deberes de facturación. En estas facturas se computará el gasto acreditado deduciendo el IVA, salvo que se justificar la exención del dicho impuesto. En los documentos justificativos de los gastos incurridos, no será necesario que conste de forma expresa sí los mismos fueron pagados con anterioridad al proceso de justificación determinado en este convenio.
- Atendiendo a la especificidad de la actividad deportiva, aquellos gastos relacionados con arbitrajes, tasas oficiales de las federaciones deportivas, y otros conceptos análogos podrán ser justificar a través de documentos originales (certificados de ingreso en las federaciones, documentos de gasto de arbitrajes, documentos de pago de premios deportivos, gastos de desplazamiento de jugadores, técnicos, etc.,) emitidos por las Federaciones que recoja adecuadamente, los datos fiscales de las partes, las aportaciones económicas, las retenciones obligatorias de ser el caso, y demás datos que justificar el valor probatorio del gasto en base a eficacia administrativa del mismo.
- En relación a la justificación del pagado de usos de las instalaciones deportivas municipales del Ayuntamiento xx Xxxx será suficiente el documento original emitido por el Organismo Autónomo IMD, acreditativo de los ingresos por estos conceptos.
Si la beneficiaria había solicitado la devolución del original presentado, el área gestor de la subvención procederá al estampillado de la factura original, indicando en el estampillado el motivo de la subvención y sí el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención recibida; indicándose en este caso el importe exacto que resulte afectado por la subvención. La copia del justificante original estampillado se incorporará al expediente y el área gestor de la subvención procederá a la devolución del original.
Octavo.- Antes de proceder al pagado de la subvención a beneficiaria deberá acreditar estar al corriente en el pago de sus deberes fiscales y para con la seguridad social y no ser deudor por resolución de origen de
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xxxxxxxxx, lo que podrá realizar por medio de una declaración responsable, al amparo al Art.31.7.y de la Ley 9/2007 de Subvenciones de Galicia.
Noveno.- Serán gastos subvencionables los que de manera indubitado respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el período comprendido en la temporada deportiva 2015/2016. La tal efecto, el técnico del área de deportes, en el informe adjunto a la documentación justificativa, especificará el período comprendido por la misma, que abarcará desde la data de inscripción del equipo o de los deportistas en la competición, hasta los 30 días posteriores a la finalización de la competición oficial según los calendarios oficiales aportados.
Tal como establece el art. 29.7 de la Ley 9/2007, de 13 xx xxxxx de subvenciones de Galicia, serán gastos subvencionables, además, los “gastos financieros” de la entidad directamente relacionados con la actividad subvencionada y resulten indispensables, estableciéndose un límite de los gastos financieros subvencionables hasta un 1% del importe del convenio.
La beneficiaria deberá solicitar 3 ofertas cuando el gasto exceda de 50.000 € por ejecución de obra o 18.000
€ en el caso de suministros o servicios, salvo que no exista mercado para las dictas contrataciones.
Décimo.- La idónea justificación, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención será comprobada por los servicios de la Concejalía de Deportes. El jefe del servicio de Deportes emitirá informe al respeto haciendo constar, en su caso, todas aquellas circunstancias que puedan resultar relevantes en orden a considerar incumplida o defectuosamente cumplida la actividad subvencionada.
Décimo primero.- La beneficiaria deberá facilitar toda la información que le sea requerida por la Concejalía de Deportes y por la Intervención General Municipal, Tribunal de Cuentas y Consejo de Cuentas en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las subvenciones.
Décimo segundo.- Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia de intereses de demora desde el pago de la subvención hasta la fecha en la que se acuerde el origen del reintegro en los casos del artículo 33 LSG.
Cuando el incumplimiento de la actividad subvencionada se traduzca en una merma significativa de la actividad subvencionada, traducible a tener económicos en función del proyecto presentado y su presupuesto que no implique verdadero incumplimiento del objetivo de la subvención, procederá el reintegro de la subvención en la misma proporción. En todo caso procederá el reintegro del exceso de la subvención sobre el costo de la actividad subvencionada.
Decimotercero.- Cuanto a las infracciones y sanciones en que pueda incurrir la beneficiaria de la subvención a que se refiere este convenio y procedimiento para su apreciación e imposición, se estará al dispuesto en el Título IV de la Ley 9/2007, de 13 xx xxxxx, de subvenciones de Galicia y en el RD 1398/1993, de 4 xx xxxxxx, por lo que se aprobó el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Decimocuarto.- La vigencia del presente convenio abarca el período comprendido entre la firma del mismo hasta los tres meses posteriores a la finalización de la competición oficial de la temporada 2015/2016, con el objeto de proceder a la tramitación de la justificación del mismo.
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Decimoquinto.- La beneficiaria está informada que que sus datos y los de su representante serán incorporados a los ficheros municipales; de que la finalidad de su recogida es la instrucción del procedimiento para la concesión de la subvención objeto del presente convenio, la práctica de las publicaciones, comunicaciones y notificaciones de obligado cumplimiento, el seguimiento y comprobación de la actividad subvencionada y demás actuaciones previstas en la Ley de subvenciones de Galicia en orden a la conclusión del proceso subvencional, por lo que su aportación es obligatoria.
Dichos datos serán tratados y protegidos de acuerdo con el previsto en la Ley 30/1992, del 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común y en la Ley 15/1999, del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, siendo responsable de su tratamiento a Concejalía de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxx.
La beneficiaria podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxx.
Decimosexto.- La concesión de la subvención objeto del presente convenio se regirá por la Ley 38/2003 del 17 de noviembre, general de subvenciones y el RD 887/2006, de 21 xx xxxxx, por lo que se aprobó su reglamento, nos sus preceptos básicos; la legislación básica del estado en materia de régimen local; la Ley 9/2007, de 13 xx xxxxx, de subvenciones de Galicia; los preceptos no básicos de la Ley 38/2003 y del RD 887/2006; por los pactos que se contienen en este convenio; las Bases de Ejecución de los vigentes presupuestos municipales y las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto, las normas de derecho privado.
Y, en prueba de su conformidad, firman el presente convenio, por triplicado ejemplar, en Vigo, de
de 2016.
El Xxxxxxx xx Xxxx.
Fdo. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
El Presidente del Club Vigo Voleibol Fdo. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
Y para que así conste y produzca sus efectos, emito la presente certificación con la salvidade del artículo 206 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, de orden del Excmo. Alcalde, en Vigo a veintidós de febrero del año dos mil dieciséis.
CCA/rs
V. y Pr.
El ALCALDE,
Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx.
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