EL CONTRATO DE SEGURO
Caso Práctico vLex
EL CONTRATO DE SEGURO
Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
Dpto. de Capacitación xxxxxxxx@xxxx.xxx xxx.xxxx.xxx
Caso práctico: El Contrato de Seguro
ÍNDICE
1. Definición
1.1 Objetivo social
1.2 Naturaleza Jurídica
2. Características del contrato de seguro
3. Las Partes
3.1 Derechos y obligaciones del asegurador
3.2 Derechos y obligaciones del asegurado
4. Clasificación
5. Resolución Documental
Caso práctico: El Contrato de Seguro
1. DEFINICIÓN
El nombre de este contrato surge de la tranquilidad y seguridad económica, de que el daño será soportado por un tercero.
En el artículo 1º de la Ley sobre el Contrato de Seguro indica: Por el contrato de seguro, la empresa aseguradora se obliga, mediante una prima, a resarcir un daño a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato.
Caso práctico: El Contrato de Seguro
1.1 OBJETIVO SOCIAL
El seguro contribuye a dar tranquilidad al asegurado toda vez que siente que elimina el riesgo que se traslada al asegurador.
Forma una conciencia de solidaridad social para afrontar en común las adversidades en el futuro, además de lograr la captación de recursos por medio de la percepción de las primas.
El Estado asume un papel regulador de la actividad aseguradora, dictando las normas para orientar dicha actividad.
Caso práctico: El Contrato de Seguro
1.2 NATURALEZA JURÍDICA
Existe la necesidad de celebrarlo por escrito, para fines de prueba, aunque se admite expresamente la confesional (Art. 19 LCS), la perfección del contrato es consensual (Art. 21, fracción I, LCS), y no puede sujetarse a la condición suspensiva de la entrega de la póliza o de cualquier otro documento en que conste la aceptación, ni a la condición del pago de la prima (Art. 21, fracción II, LCS).
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2. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE SEGURO
1. Solemne. Se formaliza a partir del momento en que el asegurador suscribe su póliza y el asegurado la firma, previo acuerdo de las partes.
2. Bilateral. Ambas partes se obligan, el asegurado a pagar una prima y la aseguradora a otorgar una prestación pecuniaria ante la presencia de un hecho previsto.
3. Oneroso. Al asegurado se le impone la obligación de pagar una prima y a la aseguradora la de asumir el riesgo y el pago de la indemnización, en caso de siniestro.
4. Aleatorio. Las partes dependen de cierta contingencia "el siniestro" en el que ante su ocurrencia representará para el asegurado una pérdida, y en caso de no suceder, representará para la aseguradora una utilidad.
5. De ejecución continuada. Los derechos y las obligaciones de las partes se van generando en forma continua, a partir de la fecha de celebración del contrato hasta la fecha del suceso que dé fin a éste.
6. De adhesión. El asegurado no podrá discutir el contenido del contenido, sólo podrá decidir sobre las cláusulas adicionales que establezca.
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3. LAS PARTES
Se consideran dos sujetos como elementos personales, no obstante debe agregarse un tercer elemento.
1. El asegurador: persona moral autorizada por el
Gobierno Federal para prestar el servicio asegurador. (Art. 1º de la Ley sobre el Contrato de Seguro).
2. El asegurado: persona que solicita la celebración del contrato y paga la prima.
3. El beneficiario. En la mayoría de los casos es el propio asegurado, no obstante existen diversos contratos de seguro en los que el beneficiario es una persona distinta del contratante.
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3.1 DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ASEGURADOR
1. Rescindir el contrato cuando el asegurado agrave las circunstancias esenciales del riesgo, aunque prácticamente no lo modifiquen (Art. 63 LCS).
2. Resarcir el contrato dentro de los quince días siguientes en caso de cambio de dueño de la cosa asegurada (Art. 107 LCS).
3. Rescindir el contrato en caso de omisiones o declaraciones inexactas de los hechos (8, 9 y 10 de la LCS).
4. Reducir la prestación de debida, en caso de que no se le notifique con oportunidad la ocurrencia del siniestro (Art. 66 LCS).
5. Adquirir los efectos salvados del siniestro, mediante el pago al asegurado (Art.116 LCS).
6. Elegir como forma de cumplir con la obligación principal, entre el pago, la reposición o la reparación de la cosa asegurada (Art. 116 LCS).
7. Exigir al asegurado o beneficiario toda la información sobre los hechos relacionados con el siniestro por los cuales se puede determinar la causas y circunstancias de su realización y sus consecuencias (Art. 69 LCS).
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3.2 DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ASEGURADO
1. Proceder de buena fe al declarar y describir con claridad y la totalidad de los elementos del riesgo que pretende asegurar.
2. Pagar la prima correspondiente al seguro.
3. Comunicar al asegurador las agravaciones esenciales del riesgo, dentro de las 24 horas siguientes al momento en que las conozca (Art. 52 LCS).
4. Informar a la empresa aseguradora, por escrito, tan pronto como tenga conocimiento, de la realización del siniestro (Art. 66 LCS).
5. Hacer del conocimiento por escrito de los diversos aseguradores, la existencia de otros seguros respecto del mismo riesgo y por el mismo interés (Art. 100 LCS).
6. Manifestar al asegurador el cambio de dueño del objeto asegurado (Art. 107 LCS).
7. Ejecutar los actos que tienden a evitar y disminuir los daños que puedan surgir del siniestro (Art. 113 LCS).
8. Mantener el estado de las cosas después del siniestro, (Art. 114 LCS).
9. Abstenerse de realizar actos, o de incurrir en omisiones, que impidan la subrogación de la empresa en los derechos del asegurado contra terceros con motivo del siniestro (Art. 111 LCS).
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4. CLASIFICACIÓN
Principal.depende de la realización de la eventualidad prevista en el contrato.
De adhesión. debido a que la aseguradora fija y determina previamente las condiciones generales del contrato y la otra parte se limita a aceptarlas.
Aleatorio. Las partes contratantes acuerdan la posibilidad de obtener una ganancia o se admite una posible pérdida, dependiendo del resultado de un acontecimiento fortuito.
Bilateral o sinalagmático perfecto. Es bilateral porque se celebra entre la aseguradora y el contratante. El asegurado se obliga a pagar una prima y la empresa aseguradora a pagar la indemnización por el daño, o a entregar una suma de dinero al ocurrir el siniestro.
Oneroso. Las partes estipulan provechos y gravámenes recíprocos.
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4. CLASIFICACIÓN
Consensual. Al contrato de seguro se le considera consensual en oposición al formal, por lo que hace al mero consentimiento de las partes, toda vez que para su perfeccionamiento es suficiente la recíproca voluntad de las partes. La Ley sobre el Contrato de Seguro únicamente exige la forma escrita como medio de prueba. Nominado. su nombre está previsto en las leyes respectivas.
Es típico. En razón de que está regulado por la Ley sobre el Contrato de Seguro.
Basado en la buena fe. Un aspecto especial del contrato de seguro es la buena fe respecto de la lealtad de los sujetos contratantes que les da la confianza para establecer una relación jurídica.
Caso práctico: El Contrato de Seguro
4. CLASIFICACIÓN
Sujeto a condición (para el caso de Seguro de daños). Queda sujeto a que suceda o no el acontecimiento, en las condiciones en cierto tiempo.
De tracto sucesivo o continuo. Es de duración continuada por el tiempo que dure el contrato. De empresa. La General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (Arts. 1, 3 y
5) prohíbe realizar toda operación activa de seguro por quien no tenga ese carácter de
Institución de Seguros o Sociedad Mutualista de Seguros.
De masas. Debido a que se necesita una gran concurrencia de seguros suscritos.
De garantía. Es un contrato de garantía debido al compromiso de la aseguradora de resarcir o indemnizar al asegurado por el pago de una prima, en relación al daño que se llegara a producir por la realización de un siniestro
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5. RESOLUCIÓN DOCUMENTAL
LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO
http://xxxx.xxx/vid/ley-contrato-seguro-42606606?ix_resultado=1.0&query%5Bbuscable_id%5D=MX&query% 5Bbuscable_type%5D=Pais&query%5Bq%5D=contrato+de+seguro
JURISPRUDENCIA RELACIONADA
http://xxxx.xxx/vid/voto-particular-contradiccion-tesis-326746379?ix_resultado=5.0&query%5Bbuscable_id% 5D=39&query%5Bbuscable_type%5D=Coleccion&query%5Bq%5D=contrato+de+seguro
DOCTRINA RELEVANTE
http://xxxx.xxx/vid/generan-diferentes-modalidades-contrato-41345975?ix_resultado=2.0&query% 5Bbuscable_id%5D=55&query%5Bbuscable_type%5D=Coleccion&query%5Bq%5D=contrato+de+seguro
MODELO DE DENUNCIA POR FRAUDE EN EL COBRO DE SEGURO
http://xxxx.xxx/vid/denuncia-fraude-cobrar-seguro-273732273?ix_resultado=1.0&query%5Bbuscable_id% 5D=43&query%5Bbuscable_type%5D=Coleccion&query%5Bq%5D=SEGURO
NOTA DE PERIODICO (OPINION DE SEGUROS)
http://xxxx.xxx/vid/seguro-vas-274875323?ix_resultado=8.0&query%5Bbuscable_id%5D=263&query% 5Bbuscable_type%5D=Coleccion&query%5Bq%5D=SEGURO
¡Muchas gracias por su atención!
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