CÓDIGO DE EXPEDIENTE M2016/004699 CONTRATO SERVICIOS
CÓDIGO DE EXPEDIENTE M2016/004699 CONTRATO SERVICIOS
ABIERTO
CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SÍ
TRAMITACIÓN ORDINARIA
PLIEGO DE CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
1. DATOS ORGÁNICOS |
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Consejería de Economía y Hacienda NIF DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: ESS4711001J CENTRO DIRECTIVO: Secretaría General de Economía y Hacienda UNIDAD PROMOTORA: Servicio de Infraestructuras y Adquisición Centralizada PROVINCIA: Valladolid |
2. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO |
OBJETO DEL CONTRATO: Acuerdo marco para la homologación de los servicios de vigilancia a prestar en los bienes inmuebles utilizados por la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y entidades adheridas CATEGORÍA DEL SERVICIO (ANEXO II): Servicios de investigación y seguridad, excepto los servicios de furgones blindados. LOTES: No CÓDIGO CPV: 79700000-1 NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER: Por tratarse de un servicio declarado de adquisición centralizada por ORDEN HAC/1620/2004, de 19 de octubre |
VALOR ESTIMADO: 51.027.534,00 € (Cincuenta y un millones veintisiete mil quinientos treinta y cuatro euros) La suma de los previsibles contratos basados en este Acuerdo Marco |
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3. PLAZO DE EJECUCIÓN |
PLAZO DE EJECUCIÓN TOTAL: 3 años PLAZOS PARCIALES: No |
PRÓRROGAS PREVISTAS: Sí DURACIÓN: 1 año PLAZO DE GARANTÍA: No JUSTIFICACIÓN DE LA NO EXIGENCIA: Servicios de prestación inmediata |
4. ADMISIÓN DE VARIANTES / MEJORAS: No |
5. PROGRAMA DE TRABAJO: No |
JUSTIFICACIÓN DE SU NO EXIGENCIA: Es un acuerdo marco |
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6. ANTEPROYECTO NECESARIO: No |
7. CRITERIOS DE SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN | |||
• Solvencia económica y financiera: Se acreditará la solvencia económica-financiera mediante el volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los últimos tres años igual o superior a 3.000.000 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de una declaración responsable sobre el volumen global de negocios en el ámbito de actividad correspondiente al objeto del contrato por una cuantía mínima del valor estimado del servicio. • Solvencia técnica: Se acreditará la solvencia técnica profesional mediante la presentación de una relación de los principales servicios de vigilancia efectuados durante los últimos cinco años, de tal manera que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 2.100.000 €. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o suministros acreditados, y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último, se atenderá al grupo y subgrupo de la clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. | |||
Clasificación admitida para acreditar la solvencia: | |||
Grupo/s | Subgrupo/s | Categoría/s | Categoría/s Real Decreto 1098/2001 |
M | 2 | 5 | D |
8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN |
ÚNICO CRITERIO PRECIO: No |
CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS |
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | PUNTUACIÓN MÁXIMA | |
1 | CRITERIO: Infraestructura de estudios en materia de vigilancia y seguridad | 15.00 |
2 | CRITERIO: Infraestructura de formación | 15.00 |
3 | CRITERIO: | 0.00 |
TOTAL | 30.00 | |
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS | ||
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | PUNTUACIÓN MÁXIMA | |
1 | CRITERIO: Oferta económica | 40.00 |
2 | CRITERIO: Puntos de asistencia y atención comercial personalizada | 10.00 |
3 | CRITERIO: Seguro de responsabilidad civil | 10.00 |
4 | CRITERIO: Procedimientos certificados de actuación estandarizada | 10.00 |
TOTAL | 70.00 |
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9. MESA DE CONTRATACIÓN
DESIGNACIÓN EN PCAP: Por cargos
MESA TITULARES
FUNCIÓN | CARGO |
Presidente | Coordinador de Servicios de la Secretaría General de la Consejería de Economía y Hacienda |
Vocal | Jefa del Servicio de Infraestructuras y Adquisición Centralizada |
Vocal | Técnico facultativo |
Asesoría jurídica | Letrado |
Intervención delegada | Interventora Delegada Adjunta |
Secretario | Jefa de la Sección Central de Suministros |
MESA SUPLENTES
FUNCIÓN | CARGO |
Presidente suplente | Jefe del Servicio de Normalización de la Contratación y Apoyo a la Junta Consultiva |
Vocal suplente | Ténico facultativo | ||
Asesoría jurídica suplente | Letrado | ||
Intervención delegada suplente | Técnico del Servicio de Intervención y Fiscalización | ||
Secretario suplente | Jefa de Sección de Seguimiento de Obras |
10. RÉGIMEN DE PAGO |
SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO: Otros |
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11. REVISIÓN DE PRECIOS |
REVISIÓN DE PRECIOS EN CONTRATO PRINCIPAL: Sí FÓRMULA O ÍNDICE DE REVISIÓN DE PRECIOS: Se procederá a actualizar los precios anualmente de acuerdo con el 85% de la variación del Índice de Precios del Sector Servicios (IPS) para actividades de seguridad e investigación publicado por el instituto Nacional de Estadística. |
12. GARANTÍAS |
GARANTÍA PROVISIONAL: No |
GARANTÍA DEFINITIVA: Sí Constitución mediante retención de precio: No |
GARANTÍA COMPLEMENTARIA: No |
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13. RECEPCIÓN |
RECEPCIONES PARCIALES: No LUGAR DE ENTREGA: A determinar en las peticiones de oferta vinculante |
14. MODIFICACIÓN PREVISTA EN PLIEGOS: No |
15. SUBCONTRATACIÓN |
PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATAR: No CARACTERÍSTICAS DE LA SUBCONTRATACIÓN: Según se detalla en las cláusulas xxx xxxxxx |
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16. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO |
Según se detalla en las cláusulas xxx xxxxxx |
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17. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN |
Según se detalla en las cláusulas xxx xxxxxx |
18. PENALIDADES |
Según se detalla en las cláusulas xxx xxxxxx |
19. CAUSAS DE RESOLUCIÓN |
CAUSAS Y SUPUESTOS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN: Según se detalla en las cláusulas xxx xxxxxx |
20. IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO |
2.800,00 € |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CELEBRACIÓN DEL ACUERDO MARCO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA A PRESTAR EN LOS BIENES INMUEBLES UTILIZADOS POR LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD XX XXXXXXXX Y LEÓN Y ENTIDADES ADHERIDAS
ÍNDICE
I.- ELEMENTOS DEL ACUERDO MARCO
1.- Objeto
2.- Valor estimado y presupuesto base de licitación. 3.- Conceptos a homologar
4.- Clasificación de contratistas y solvencia 5.- Duración del acuerdo xxxxx
6.- Precio
II.-FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO MARCO
7.- Modalidad contractual
8.- Documentación exigida y criterios de adjudicación 9.- Comisión Central de Homologación
10.- Apertura de proposiciones 11.- Valoración de las ofertas
12.- Clasificación de las ofertas, propuesta de adjudicación del acuerdo xxxxx y su notificación
13.- Garantía definitiva y complementaria 14.- Adjudicación del acuerdo xxxxx
15.- Listas provisionales
III.- FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO XXXXX
16.- Obligaciones previas a la formalización del acuerdo marco 17.- Formalización del acuerdo xxxxx
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IV.- EJECUCIÓN DEL ACUERDO XXXXX
18.- Entrada en vigor del acuerdo marco 19.- Catálogo de servicios homologados 20.- Prórroga del acuerdo xxxxx
21.- Actualización de precios del acuerdo marco 22.- Subcontratación
23.- Actualización de documentación
V.- ADJUDICACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS
24.- Régimen jurídico de los contratos basados en el acuerdo marco 25.- Procedimiento de adjudicación de los contratos basados
26.- Petición de oferta vinculante: criterios de adjudicación 27.- Oferta vinculante
28.- Obligaciones previas al inicio del servicio 29.- Inicio del servicio
30.- Obligaciones de ejecución del servicio y modificación de los contratos 31.- Bolsa de horas
32.- Protección de datos 33.- Dirección y vigilancia
34.- Obtención de permisos y licencias 35.- Recursos humanos
36.- Pago de los servicios y facturación 37.- Duración de los contratos de servicios
38.- Actualización de precios en los contratos basados en el acuerdo marco 39.- Responsabilidad contractual y penalidades
40.- Régimen de notificaciones electrónicas 41.- Incumplimiento de plazos
42.- Resolución de los contratos de servicios
VI.- FINALIZACIÓN DEL ACUERDO XXXXX
43.- Devoluciones parciales y totales de la garantía definitiva 44.- Resolución del acuerdo xxxxx
VII.- RÉGIMEN JURÍDICO
45.- Normas generales
46.- Prerrogativas de la Administración y jurisdicción competente ANEXO Nº1: Modelo de oferta económica
ANEXO Nº2: Modelo de declaración responsable
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ANEXO Nº3: Modelo de declaración responsable acreditativa de que las circunstancias reflejadas en el certificado del Registro de licitadores aportado no han experimentado variación
ANEXO Nº4: Modelo de declaración de los puntos de asistencia y atención comercial con los que cuenta la empresa
ANEXO Nº5: Modelos de petición de oferta vinculante (POV). Instrucciones ANEXO Nº6: Modelo de oferta vinculante (OV). Instrucciones
ANEXO Nº7: Modelo de asesoramiento permanente en materia de vigilancia ANEXO Nº8: Modelo para la formalización del contrato basado en el acuerdo xxxxx
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I- ELEMENTOS DEL ACUERDO MARCO
1.- OBJETO
1.1.- El objeto de este procedimiento es la celebración del acuerdo marco para la homologación de los servicios de vigilancia a prestar en los bienes inmuebles utilizados por la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y Entidades adheridas, seleccionar las empresas que podrán realizar dichos servicios, establecer el procedimiento para la formalización de los contratos basados en el presente acuerdo marco, concretar los precios unitarios máximos de los servicios y establecer su régimen de ejecución, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 196 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP), y en el Decreto 51/2003, de 30 xx xxxxx de 2003, por el que se regula la adquisición centralizada en la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León (en los sucesivo D.A.C.).
1.2.- Los servicios homologados se llevarán a cabo y cumplirán en la forma y condiciones que se describen en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que forma parte de este Pliego y que, en todo caso, deberán considerarse como mínimas.
Para este servicio de vigilancia, el establecimiento de lotes no se ha estimado procedente por las razones siguientes:
- Dadas las características del servicio a homologar, se considera que la estimación de la contratación por lotes podría dificultar la gestión de los servicios, ya que la obligación de subrogación del personal en este tipo de servicios es obligada por convenio por lo que esta posible estimación de lotes complicaría para una empresa el asumir un servicio menor en el caso de coincidir con personal veterano.
- El convenio colectivo que rige el servicio de vigilancia que se licita es de ámbito estatal. La gran parte de las empresas que ofrecen estos servicios en Castilla y León ejercen su actividad en el total del territorio nacional.
1.3.- Los servicios de vigilancia se prestarán en el interior de los límites correspondientes a las parcelas de los bienes inmuebles utilizados por la Administración, incluyéndose la urbanización, aparcamientos, sótanos, edificaciones, cuartos técnicos, azoteas y, en general, cualquier zona de los recintos citados.
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Los edificios en los que se vienen contratando servicios de vigilancia suman 121, con la siguiente distribución provincial:
⎯ Ávila: 7 inmuebles.
⎯ Burgos: 11 inmuebles.
⎯ León: 17 inmuebles.
⎯ Palencia: 10 inmuebles.
⎯ Salamanca: 11 inmuebles.
⎯ Segovia: 8 inmuebles.
⎯ Soria: 9 inmuebles.
⎯ Valladolid: 34 inmuebles.
⎯ Zamora 14 inmuebles.
Se incluyen las delegaciones provinciales, sedes de las consejerías, hospitales, centros de formación agrícola, museos provinciales, Bibliotecas públicas, etc.
No obstante, esta relación puede sufrir variaciones por lo que nos referiremos siempre de forma extensiva al inventario de inmuebles de la Junta xx Xxxxxxxx y León se encuentra relacionado en el siguiente acceso web: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxxx.xx/
1.4.- Quedan excluidos de esta homologación, los servicios de instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad.
2.- VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO BASE DE LICITACION
El valor estimado de este acuerdo marco en los términos del artículo 88.8 del TRLCSP, se fija en 51.027.534,00 €.
Siendo la vigencia del nuevo acuerdo marco de 3 años y un año de posible prórroga, el precio base de licitación alcanza los 45.845.993,00 €.
Los precios considerados para cada uno de los servicios a homologar, según se recogen en el Anexo 1 de este Pliego son:
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CONCEPTOS PERSONAL OPERATIVO |
Precios mínimos (sin IVA)
Precios máximos (sin IVA)
€/hora
19,52
€/hora
24,40
JEFE DE EQUIPO |
servicios ordinarios en días laborables
VIGILANTE SIN ARMA DIURNO |
VIGILANTE CON ARMA DIURNO |
VIGILANTE SIN ARMA NOCTURNO |
VIGILANTE CON ARMA NOCTURNO |
16,49 | €/hora |
18,28 | €/hora |
16,80 | €/hora |
18,40 | €/hora |
19,40 | €/hora |
21,50 | €/hora |
21,00 | €/hora |
23,00 | €/hora |
servicios ordinarios en días festivos
VIGILANTE SIN ARMA DIURNO |
VIGILANTE CON ARMA DIURNO |
VIGILANTE SIN ARMA NOCTURNO |
VIGILANTE CON ARMA NOCTURNO |
16,48 | €/hora |
18,16 | €/hora |
17,92 | €/hora |
19,52 | €/hora |
20,60 | €/hora |
22,70 | €/hora |
22,40 | €/hora |
24,40 | €/hora |
€/hora
15,44
€/hora
19,30
BOLSA DE HORAS VIGILANTE CON/SIN ARMA |
CONCEPTOS OTROS SERVICIOS |
Precios mínimos (sin IVA)
Precios máximos (sin IVA)
VEHÍCULO LIGERO, COMPACTO Ó FURGONETA |
VEHÍCULO TODOTERRENO |
720,00 | €/mes(1) |
840,00 | €/mes(1) |
900,00 | €/mes(1) |
1.050,00 | €/mes(1) |
(1) En el precio está incluido el kilometraje.
(2) A estos precios se les grabara con el coeficiente de IVA aplicable en cada momento
3.- CONCEPTOS A HOMOLOGAR
Los conceptos a homologar son los siguientes:
Jefe de equipo
Vigilante sin arma laborable diurno Vigilante con arma laborable diurno Vigilante sin arma laborable nocturno Vigilante con arma laborable nocturno Vigilante sin arma festivo diurno Vigilante con arma festivo diurno Vigilante sin arma festivo nocturno
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Vigilante con arma festivo nocturno Bolsa de horas de vigilante con/sin arma
Vehículo ligero, compacto ó furgoneta Vehículo todoterreno
Los conceptos a homologar se basan en el personal operativo, cuyo precio se determina en €/hora y en otros servicios de vigilancia a prestar con vehículos, en cuyo caso el precio es de €/mes. Los precios a homologar tienen la consideración de precios máximos.
4.- CLASIFICACIÓN DE CONTRATISTAS, SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA
4.1.- Clasificación aplicable a tenor del régimen transitorio sancionado en la disposición transitoria cuarta del TRLCSP:
Grupo M Subgrupo 2
Categoría 5
4.2.- El contratista que acredite dicha clasificación será suficiente para demostrar su solvencia:
4.3.- Se acreditará la solvencia económico-financiera mediante el volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los últimos tres años igual o superior a 3.000.000 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de una declaración responsable sobre el volumen global de negocios en el ámbito de actividad correspondiente al objeto del contrato por una cuantía mínima del valor estimado del servicio.
4.4.- Se acreditará la solvencia técnica profesional mediante la presentación de una relación de los principales servicios de vigilancia efectuados durante los últimos cinco años, de tal manera que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 2.100.000 €. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o suministro acreditados, y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último, se atenderá al grupo y subgrupo de la clasificación al que pertenecen unos
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y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV.
5.- DURACIÓN DEL ACUERDO MARCO
5.1.- Las obligaciones contractuales derivadas del presente procedimiento tendrán una vigencia de tres años desde la entrada en vigor del acuerdo marco, prorrogable hasta un máximo de cuatro años en las condiciones establecidas en la cláusula 20.
5.2.- En dicho plazo, la Administración, no se compromete a contratar una cantidad determinada de servicios homologados. El número de éstos dependerá de las necesidades de dicha Administración, a lo largo de la vigencia del acuerdo marco.
5.3.- La prestación de los sucesivos servicios homologados que se soliciten por los distintos órganos de contratación dentro del ámbito de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, se realizará en el plazo máximo de 20 días a contar desde la fecha en que se formalice el contrato basado en el acuerdo marco.
6.- PRECIO
6.1.- Los licitadores ofertarán un precio unitario para cada uno de los conceptos a homologar.
6.2.- Los precios unitarios se deben ofertar obligatoriamente y estarán comprendidos entre un máximo y un mínimo establecidos en el anexo nº 1.
6.3.- La no presentación de algún precio unitario así como la presentación de precios fuera del máximo establecido, implicará la exclusión del licitador en este procedimiento. La presentación de algún precio inferior al mínimo establecido será corregida al valor mínimo correspondiente.
6.4.- Los precios ofertados en este procedimiento, tendrán la consideración de precios máximos de cara a los sucesivos contratos de servicios basados del acuerdo marco, según lo dispuesto en el artículo 6 del D.A.C.
II.- FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO MARCO
7.- MODALIDAD CONTRACTUAL
7.1.- La adjudicación del acuerdo marco se hará mediante el procedimiento abierto, de conformidad con el artículo 150.3 del TRLCSP.
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7.2.- Los servicios homologados en el presente acuerdo marco, sólo podrán adquirirse por la Administración de la Comunidad, a través de la Unidad encargada de la gestión de la Contratación Centralizada, mediante el procedimiento establecido en este Pliego y de acuerdo con la Orden HAC/269/2005 de 24 de febrero, por la que se desarrolla el procedimiento para la adquisición de servicios a través del sistema de adquisición centralizada de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. Para el resto de entidades se estará a lo dispuesto en el D.A.C.
8.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
8.1.- Para participar en el procedimiento el licitador, dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio, deberá presentar en el Registro General de la Consejería de Economía y Hacienda, calle Xxxx Xxxxxxxxxxxxx, nº 2, 47071 xx Xxxxxxxxxx, o en cualquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (a partir de ahora P.A.C.), 3 SOBRES cerrados (A, B y C) con la documentación que luego se especifica, indicando en cada uno el título del procedimiento al que concurren, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con que lo hacen, todo ello de forma legible. Los sobres deberán ir firmados por el representante legal, con poder suficiente para hacerlo en nombre y por cuenta de la Sociedad o empresa representada.
El licitador también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio. En este caso, el licitador justificará el día y hora de imposición del envío en la oficina de correos y anunciará simultáneamente a la Consejería de Economía y Hacienda la remisión de la oferta mediante télex o telegrama. Sin la concurrencia de ambos requisitos, justificando día y hora, no será admitida la proposición si es recibida por este órgano con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
La documentación de los sobres, deberá presentarse traducida oficialmente al castellano. El licitador deberá presentar la documentación solicitada con los requisitos de fehaciencia exigidos en la normativa vigente. En el caso de fotocopias compulsadas, éstas deberán haber sido efectuadas conforme a lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.
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8.2.- SOBRE A: DOCUMENTACIÓN GENERAL
La inclusión en este sobre A de cualquiera de los documentos que deben figurar en los sobres B o C, será causa de exclusión del licitador.
a) Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP.
- La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles de Estados no miembros de la Unión Europea se acreditará mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañará además el informe a que se hace referencia en el artículo 55 del TRLCSP. Será necesario que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el registro mercantil.
b) Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública, de la que resulte poder suficiente, debidamente inscrito en el registro público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.
c) Documento Nacional de Identidad del representante o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
d) Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una de ellas acreditará su personalidad y capacidad en la forma descrita anteriormente y aportarán un compromiso de constitución de unión temporal, con indicación de los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del acuerdo marco, ha de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración.
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e) Certificado de clasificación del contratista expedido por el órgano competente.
- Las uniones temporales de empresas podrán acumular las clasificaciones individuales de las mismas a los efectos de reunir la totalidad de los grupos o subgrupos exigidos, siendo necesario para ello que todas las empresas intervinientes en la agrupación tengan la clasificación como empresa de servicios.
- Para los licitadores no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, será suficiente con que acrediten ante el órgano de contratación su capacidad económica y financiera y técnica por los medios que se precisan en el cuadro de características que encabeza este pliego.
f) Declaración responsable, de la que se acompaña modelo en el anexo nº 2, en la que se contengan los siguientes aspectos:
- No estar incurso el empresario en ninguna de las circunstancias que prohíben contratar con la Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del TRLCSP. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. No obstante, la justificación acreditativa de estos últimos requisitos se exigirá, antes de su adjudicación, al empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
- No estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en ninguno de los supuestos de la Ley 6/1989, de 6 de octubre, de incompatibilidades de los Miembros de la Junta xx Xxxxxxxx y León y de otros Cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma.
- Que no existen deudas de naturaleza tributaria respecto de la Comunidad Autónoma, en los términos establecidos en el artículo 13.1.e) del RGCAP y en el Decreto 132/1996, de 16 xx xxxx, por el que se establecen normas transitorias para la contratación con la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León.
- La concurrencia de la sociedad a la licitación en relación con lo dispuesto en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
g) Para las empresas extranjeras, declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles para todas las incidencias que de modo directo o indirecto puedan surgir del acuerdo marco, con renuncia expresa en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
h) La presentación del certificado del Registro de Licitadores de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, regulado por ORDEN HAC/1102/2007, de 31 xx xxxx, dispensará de la presentación de los documentos a que se refiere el artículo 6 de la misma, siempre que se encuentre debidamente actualizada. Con los mismos efectos, podrá presentarse la certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado regulado por Orden EHA/1490/2010, de 28 xx xxxx. En estos supuestos en que los licitadores acrediten su personalidad, capacidad, solvencia y representación a través de
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cualquiera de dichos certificados, deberán adjuntar debidamente cumplimentada una declaración responsable acreditativa de que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han sufrido variación, según el modelo del anexo nº 3.
i) La presentación, en su caso, por los empresarios de Estados miembros de la Unión Europea de certificado comunitario de clasificación otorgará los efectos previstos en el artículo 84 del TRLCSP.
j) A efecto de comprobar si los licitadores cumplen lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto-legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, deberán presentar un certificado de la empresa en que conste tanto el número global de trabajadores de la misma como el número particular de trabajadores con discapacidad, y en el caso de que la empresa hubiera optado por adoptar medidas alternativas aportarán una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas.
k) Documento acreditativo de estar en posesión de las correspondientes autorizaciones del Ministerio del Interior que permitan el ejercicio de la actividad objeto de este acuerdo marco.
l) Las empresas licitadoras deberán acreditar mediante informe específico disponer de capacidad material, personal y de organización suficiente para actuar en caso de servicios extraordinarios (artículo 20.3 del Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada), con los siguientes tiempos máximos de respuesta, en cualquier xxxxx xx Xxxxxxxx y León:
- Situar en destino hasta 2 vigilantes adicionales en un tiempo de 3 horas.
- Situar en destino hasta 4 vigilantes adicionales en un tiempo de 5 horas.
- Situar en destino hasta 8 vigilantes adicionales en un tiempo de 8 horas.
m) En una hoja independiente, bajo el título NOTIFICACIONES y a efectos de las correspondientes notificaciones que la Administración deba realizar, se hará constar el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora, su dirección completa, número de teléfono, número de FAX y dirección de correo electrónico. Estos datos reflejados deberán ser, en todo caso, coincidentes con los que figuren en los sobres de la licitación.
n) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
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8.3.- SOBRE B: CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Para valorar la propuesta técnica de acuerdo con los criterios establecidos, el licitador aportará la documentación necesaria sobre los apartados indicados a continuación:
La inclusión en este sobre B de cualquiera de los documentos que deben figurar en el sobre C, será causa de exclusión del licitador.
8.3.1.- A efectos de valorar el criterio “Infraestructura de estudios en materia de vigilancia y seguridad”: (15 puntos)
- Documento acreditativo de que la empresa está inscrita, clasificada o autorizada como empresa de planificación y asesoramiento en actividades de seguridad
- Memoria de los medios materiales (descripción, ubicación, etc) y personales con sus años de experiencia en el sector (ubicación, funciones y currículum, acompañando los modelos T.C.1 y T.C.2 del último mes).
- Descripción de la organización y métodos de estudio en los siguientes temas: Aspectos tecnológicos, legales, medioambientales y económicos del servicio de vigilancia.
- Compromiso de asesoramiento permanente a petición de la Administración, según modelo del anexo nº 7. Sin la presentación del citado modelo, debidamente cumplimentado, no podrá valorarse este criterio.
Se valorarán en función de su cantidad, calidad y otras características, los medios físicos (materiales y humanos) y los medios operativos (organización y métodos), puestos a disposición de la Administración para asesorar a ésta en materia de vigilancia y seguridad, conforme al siguiente baremo:
• El licitador que se comprometa a poner a disposición de la Administración, los mejores medios: 15 puntos.
• Otros licitadores que se comprometan a poner a disposición de la Administración medios para asesoramiento en materia de seguridad: entre 2 y 14 puntos.
• Licitadores que no acrediten medios puestos a disposición de la Administración, o que no presenten el anexo nº 8 correctamente cumplimentado: 0 puntos.
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8.3.2.- A efectos de valorar el criterio “infraestructura de formación”: (15 puntos)
- Documento descriptivo de los medios materiales (descripción, ubicación, etc.) y personales con sus años de experiencia en el sector (ubicación, funciones y currículum, acompañando los modelos T.C.1 y T.C.2 del último mes). Si fuera procedente, se aportarán las habilitaciones administrativas de los centros.
- Documento descriptivo de los planes de formación de la empresa, así como de la frecuencia de la formación impartida, acompañada de partes, certificados de los cursos o cualquier otro medio que permita verificar la referida frecuencia.
La formación se prestará a través de medios propios y/o ajenos debidamente autorizados y justificados mediante contrato de puesta a disposición.
Se valorarán, en función de su cantidad, calidad y otras características, los medios físicos (materiales y humanos) y los medios operativos (organización y métodos) destinados a formación, conforme al siguiente baremo:
• El licitador que acredite disponer de los mejores medios en su conjunto: 15 puntos.
• Otros licitadores que acrediten disponer de medios en esta materia, entre 2 y 14 puntos.
• Licitadores que no acrediten medios en materia de formación: 0 puntos.
8.4. SOBRE C: OFERTA ECONÓMICA / CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
8.4.1.- Se incluirá una sola proposición económica relativa al objeto definido en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas. (40 puntos)
La proposición en el modelo del anexo nº 1, se formulará en formato papel, indicando los precios unitarios de los conceptos, entendiéndose a todos los efectos que en el precio ofertado se incluye, no sólo el precio del contrato, sino también el importe de cualquier tributo, tasa, arbitrio, costes de subrogación del personal, etc., que sean de aplicación al presente contrato, excepto el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) que deberá indicarse como partida independiente.
La documentación, presentada en soporte impreso, correspondiente a este apartado, deberá estar debidamente firmada y sellada en todas sus hojas.
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Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más baja, disminuyéndose la puntuación de las restantes ofertas de acuerdo con la fórmula matemática que se detalla a continuación, considerando que obtendría cero puntos la oferta que no realice ninguna baja respecto de los precios máximos de licitación.
P = 0,95Pm⎛ BP ⎞ + 0,05Pm⎛ BS ⎞
⎜ BPm ⎟ ⎜ BSm ⎟
⎝ ⎠ ⎝ ⎠
BP =OPPsb-OPP BS =OPSsb-OPS
OPP = (2CP1+ 12CP2+4CP3+ 2CP4+ 2CP5+ 2CP6+ 2CP7+ CP8+ CP9+ 2CPB)/30
OPS = (CS1+ CS2)/2
Dónde:
P: Es la puntuación obtenida
Pm: Es la puntuación máxima del criterio
BP: Es la baja de cada oferta para los conceptos de personal operativo (€/hora).
BS: Es la baja de cada oferta para los conceptos de otros servicios (€/mes).
BPm: Es la baja máxima para los conceptos personal operativo (€/hora). BSm: Es la baja máxima para los conceptos de otros servicios (€/mes). OPP: Oferta ponderada personal operativo (€/hora).
OPS: Oferta ponderada de otros servicios (€/mes).
OPPsb: Oferta ponderada personal operativo sin baja (BO = cero).
OPSsb: Oferta ponderada de otros servicios sin baja ((BT = cero).
CP1 Es el precio ofertado para jefe de equipo (€/hora)
CP2 Es el precio ofertado para vigilante sin arma (laborable diurno). (€/hora) CP3 Es el precio ofertado para vigilante con arma (laborable diurno). (€/hora) CP4 Es el precio ofertado para vigilante sin arma (laborable nocturno). (€/hora) CP5 Es el precio ofertado para vigilante con arma (laborable nocturno). (€/hora) CP6 Es el precio ofertado para vigilante sin arma (festivo diurno). (€/hora)
CP7 Es el precio ofertado para vigilante con arma (festivo diurno). (€/hora) CP8 Es el precio ofertado para vigilante sin arma (festivo nocturno). (€/hora) CP9 Es el precio ofertado para vigilante con arma (festivo nocturno). (€/hora)
CPB Es el precio ofertado para la bolsa de horas de vigilante con/sin arma. (€/hora) CS1 Es el precio ofertado para vehículo ligero, compacto ó furgoneta. (€/mes)
CS2 Es el precio ofertado para vehículo todoterreno. (€/mes)
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8.4.2.- A efectos de valorar el criterio “Puntos de asistencia y atención comercial personalizada”: (10 puntos)
Se aportará un documento acreditativo de los puntos de servicio para soporte y asesoramiento personalizado al cliente, conforme al modelo establecido en el anexo nº 4 de este pliego.
Según el tiempo de respuesta (tiempo en el que un especialista se puede presentar tras ser solicitado), entre el punto servicio y algún local propiedad de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León se otorgarán la siguiente puntuación por cada punto de servicio acreditado:
Tiempo de respuesta menor o igual a 30 minutos.: 1 puntos/p.s. Tiempo de respuesta menor o igual a 1h., y mayor de 30 minutos: 0,5 puntos/p.s. Tiempo de respuesta menor o igual a 2h., y mayor de 1 h.: 0,2 puntos/p.s.
A efectos de valoración, se considera válida la justificación de los tiempos de respuesta a cualquier población perteneciente al ámbito geográfico de ejecución del contrato.
Las puntuaciones superiores a 10 no serán tenidas en cuenta, obteniendo todas ellas el máximo de 10 puntos.
8.4.3.- A efectos de valorar la “Tenencia de un seguro de responsabilidad civil”, (10 puntos).
Se aportará el original o copia compulsada de la póliza del seguro de responsabilidad civil suscrito y recibo justificante de su pago, o bien se aportará un certificado emitido por la compañía aseguradora en el que se indique la cobertura de la póliza que se tenga suscrita así como que está al corriente del pago en la fecha de licitación.
Se valorarán las coberturas de los seguros de responsabilidad civil puestos a disposición del contrato, con un valor superior a 2.000.000 € y hasta un máximo de 12.000.000 €. Se otorgará la máxima puntuación al licitador que justifique el máximo de ampliación de cobertura, disminuyéndose proporcionalmente la puntuación para los demás, teniendo en cuenta que las coberturas por cuantía igual o inferior a 2.000.000 € obtendrán cero puntos.
8.4.4.- A efectos de valorar el criterio “Procedimientos certificados de actuación estandarizada”, con los que cuente la empresa que incidan en la calidad, seguridad y comportamiento medioambiental en la ejecución del contrato. (10 puntos).
Se aportarán los correspondientes certificados, que deberán estar en vigor para poder ser valorados.
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La puntuación se obtendrá de acuerdo con las siguientes reglas:
- Estar en posesión del certificado ISO 9000, o certificación equivalente, cuatro décimas partes de la puntuación máxima del criterio.
- Estar en posesión del certificado ISO 14001, o certificación equivalente, tres décimas partes de la puntuación máxima del criterio.
- Estar en posesión del certificado ISO 27001, o certificación equivalente, dos décimas partes de la puntuación máxima del criterio.
- Estar en posesión del certificado OSHAS 18001, o certificación equivalente, una décima parte de la puntuación máxima del criterio.
9.- COMISIÓN CENTRAL DE HOMOLOGACIÓN
Actuará como mesa de contratación la Comisión Central de Homologación, compuesta de acuerdo con lo dispuesto en el art. 3 del D.A.C. cuyos miembros, por puesto de trabajo, están detallados en el cuadro de características de este acuerdo xxxxx.
La Comisión Central de Homologación, examinará y calificará, en la fecha señalada en el anuncio de licitación, los documentos contenidos en el SOBRE A) presentado por los licitadores en tiempo y forma. Si la Comisión observase defectos subsanables en la documentación presentada, concederá un plazo máximo de tres (3) días hábiles para que el licitador subsane el error, de conformidad con lo dispuesto en el art. 81.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP).
10.- APERTURA DE PROPOSICIONES
10.1.- La Comisión Central de Homologación, en el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación, en acto público, notificará el resultado del examen y calificación de los documentos presentados en el SOBRE A) y se procederá a la apertura del SOBRE B).
10.2.- La apertura de las proposiciones relativas a los criterios evaluables mediante fórmulas incluidas en el SOBRE C) se realizará en acto público para el que los licitadores serán expresamente convocados, una vez efectuada la valoración de las proposiciones incluidas en el SOBRE B).
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11.- VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
11.1.- Las ofertas serán valoradas conforme a los criterios que se indican en el cuadro de características que encabeza este Xxxxxx, acreditados según la documentación que se detalla en la cláusula 8.
11.2.- Para una mejor valoración de las ofertas, la Comisión Central de Homologación podrá solicitar cuantos informes técnicos estime convenientes.
12.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX Y SU NOTIFICACIÓN
12.1.- A la vista de la documentación aportada por los licitadores indicada en la cláusula 8 de este Pliego y su valoración de acuerdo con los criterios establecidos en el cuadro de características que encabeza este Pliego, la Comisión Central de Homologación clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas, y propondrá la adjudicación del acuerdo marco a las proposiciones que, en su conjunto resulten más ventajosas para la Administración, incluyendo en su propuesta, en todo caso, la ponderación de los criterios indicados en este pliego.
12.2.- La Comisión Central de Homologación podrá proponer que se declare desierto el procedimiento en el caso de que el número de empresas a homologar no se considere suficiente para asegurar la concurrencia y la buena ejecución de los servicios. Estos extremos se entienden asegurados con un número de 5 empresas.
12.3.- La Comisión Central de Homologación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del acuerdo marco.
12.4.- Dada la naturaleza de este procedimiento, para asegurar los principios de concurrencia y eficacia administrativa y teniendo en cuenta las características de los servicios a prestar, el número máximo de empresas a homologar será de 25. Asimismo, para poder quedar homologadas, será necesario que las empresas obtengan una puntuación mínima, en los criterios correspondientes a las cláusulas 8.3.1 y 8.3.2, de 10 puntos.
12.5.- Si se dieran varias ofertas igualadas en puntuación, tendrán preferencia para dicha adjudicación las empresas y entidades que tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2 por 100, según lo previsto en la disposición adicional 4ª del TRLCSP. Si concurrieran varias con la misma preferencia, la adjudicación se decidirá mediante sorteo entre ellas.
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12.6.- Los adjudicatarios propuestos deberán presentar en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de tal requerimiento, en la Consejería de Economía y Hacienda, Unidad encargada de la gestión de la Contratación Centralizada, la siguiente documentación, salvo que la misma se haya presentado previamente en el sobre A) de documentación general:
● Certificado expedido por la Agencia Tributaria de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, al amparo de lo dispuesto en el artículo 60.1.d) del TRLCSP, en la forma y con los efectos previstos en los artículos 13, 15 y 16 del RGLCAP.
● Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social, al amparo de lo dispuesto en el artículo 60.1.d) del TRLCSP, en la forma y con los efectos previstos en los artículos 14 a 16 del RGLCAP.
● Original o copia compulsada del Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Sin perjuicio de la obligación de acreditar el alta en el citado impuesto, en el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), c), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales deberá acreditarse mediante resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, o declaración responsable de tener una cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros respecto de los sujetos pasivos enunciados en la letra c) del artículo 82.1 de la mencionada Ley, con excepción de las personas físicas.
Se exceptúan de estos requisitos los sujetos pasivos a que se refiere el artículo 82.2 apartados a), d), g) y h) del citado Texto Refundido.
● Documento acreditativo de la constitución de la garantía definitiva y, en su caso, complementaria, según se dispone en la cláusula siguiente. Estas garantías deberán presentarse en alguna de las formas establecidas en el artículo 96 del TRLCSP.
12.7.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento de documentación contemplado en la cláusula 12.6, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
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13.- GARANTÍA DEFINITIVA Y COMPLEMENTARIA
13.1.- El importe de la garantía definitiva es de 24.000 €.
13.2.- La garantía definitiva constituida por cada adjudicatario servirá para cubrir las responsabilidades derivadas de cualquiera de los servicios que efectúe cada uno de ellos, y para responder de su obligación de presentar oferta a los contratos basados en este acuerdo marco.
13.3.- Cuando el valor total de los sucesivos servicios prestados, derivados del presente procedimiento alcance el 90% del presupuesto teórico de la garantía definitiva única al tipo del 5%, queda obligado el contratista a complementarla, ante la Consejería de Economía y Hacienda, en un 50% adicional. El mismo criterio se seguirá en las sucesivas ampliaciones.
13.4.- La constitución de la garantía complementaria deberá formalizarse en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la notificación. Transcurrido dicho plazo, no se cursarán peticiones de empresas que tengan pendiente el cumplimiento de esta obligación por lo que, del mismo modo, las empresas no formularán ofertas vinculantes mientras subsista dicha circunstancia.
13.5.- A fin de mantener el equilibrio entre el importe de la garantía y el montante de los conceptos garantizados cuando, transcurrido un año desde la entrada en vigor del acuerdo marco, el valor total de los sucesivos suministros proporcionados derivados del mismo no alcance el 50% del presupuesto teórico cubierto por la garantía definitiva, el contratista podrá solicitar ante la Consejería de Economía y Hacienda la devolución del 40% de la misma, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 de esta cláusula.
14.- ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX
14.1.- El órgano de contratación dictará acuerdo de adjudicación del acuerdo marco en un plazo máximo de 5 días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo señalado en la cláusula 12.6 para presentar la documentación requerida. En todo caso, el acuerdo de adjudicación se dictará en un plazo máximo de 9 meses desde la apertura de las proposiciones.
14.2.- La adjudicación del acuerdo marco, que será motivada, se notificará a los adjudicatarios y a los restantes licitadores en el domicilio designado en su proposición a efectos de notificaciones, y se procederá a su publicación, todo ello de acuerdo con lo previsto en los arts. 151.4, 153 y 154 del TRLCSP.
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15.- LISTAS PROVISIONALES
15.1.- La Administración elaborará una lista provisional de los servicios homologados en la que figurará la propuesta de códigos de homologación que se utilizarán para la petición de los servicios.
15.2.- La lista provisional será entregada a las empresas adjudicatarias junto con la notificación de la adjudicación, para que en el plazo de 7 días realicen las observaciones oportunas.
III.- FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO XXXXX
16.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO
Notificada la adjudicación, cada adjudicatario deberá aportar los siguientes documentos:
- Aquellos que acrediten el pago correspondiente de los gastos de publicación de los anuncios de licitación y adjudicación, que se distribuirán entre los adjudicatarios proporcionalmente. El importe máximo de estos gastos, a distribuir entre los adjudicatarios, no excederá de 2.800 euros.
- En el caso de adjudicación a una agrupación de empresas deberán acreditar la constitución de la misma en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del acuerdo marco, así como el N.I.F. asignado a la agrupación.
- Relación de personas que estén autorizadas para actuar en nombre de la empresa en las cuestiones relacionadas con este acuerdo xxxxx, firmar las ofertas vinculantes y firmar los contratos basados, acompañada de la documentación acreditativa de su poder de actuación.
- Relación de personas o departamento de contacto y dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones electrónicas según dispone la cláusula 40 de este pliego.
- Presentación de cuantos documentos complementarios fuesen requeridos por el órgano de contratación.
17.- FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO XXXXX
17.1.- A partir de las listas provisionales y de las observaciones formuladas por los contratistas, la Consejería de Economía y Hacienda elaborará las listas de homologación definitivas que serán adjuntadas a los contratos que se formalicen
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con los adjudicatarios. La formalización de los contratos se publicará de conformidad con el art. 154 del TRLCSP.
17.2.- El documento administrativo o, en su caso, la escritura pública si es solicitada por el adjudicatario, de formalización del acuerdo marco se efectuará en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo de 15 días hábiles previsto en el artículo 156.3 del TRLCSP. Al documento administrativo se unirá como anexo un ejemplar de este pliego que será firmado por el adjudicatario.
17.3.- El adjudicatario, en caso de haberse formalizado el acuerdo marco en escritura pública, deberá entregar en la Administración contratante dos copias simples y una autorizada del citado documento, dentro de los veinte (20) días siguientes a su otorgamiento. Los gastos derivados de la formalización del acuerdo marco en escritura pública serán por cuenta del adjudicatario.
IV.- EJECUCIÓN DEL ACUERDO XXXXX
18.- ENTRADA EN VIGOR DEL ACUERDO XXXXX
Finalizado el expediente en su fase de licitación y formalizados los contratos, entrará en vigor el presente acuerdo marco, a partir de la publicación de esta circunstancia en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León, mediante Resolución de la Secretaría General de la Consejería de Economía y Hacienda
19.- CATÁLOGO DE SERVICIOS HOMOLOGADOS
19.1. A partir de las listas definitivas, la Consejería de Economía y Hacienda elaborará un catálogo que contendrá la información necesaria sobre los servicios de vigilancia homologados en el acuerdo marco y sobe las empresas que prestarán los mismos, para facilitar la adquisición por los diferentes órganos de contratación.
19.2. El orden de aparición de las empresas en el catálogo será establecido en función de la puntuación obtenida en el proceso de homologación, apareciendo por orden decreciente, sin que este orden suponga ninguna prevalencia de una empresa sobre otra.
20.- PRÓRROGA DEL ACUERDO XXXXX
20.1.- El acuerdo marco para la homologación de los servicios de vigilancia, una vez finalizado el plazo fijado en la cláusula 5.1, salvo denuncia efectuada por
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cualquiera de las partes, quedará prorrogado por un año más o hasta la publicación de la entrada en vigor del acuerdo marco siguiente si esta se produce antes del final de la prórroga.
20.2.- Para que el acuerdo marco quede válidamente prorrogado, a efectos de garantizar la debida concurrencia y la buena ejecución de los servicios, es necesario que la prórroga cuente con un número mínimo de 5 empresas.
21.- ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS DEL ACUERDO MARCO
21.1.- Transcurrido un año desde la fecha de formalización, según lo previsto en artículo 7.2 del D.A.C., se procederá a actualizar los precios anualmente de acuerdo con el 85% de la variación del Índice de Precios del Sector Servicios (IPS) para las actividades de seguridad e investigación publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
21.2.- Teniendo en cuenta la especificidad de este acuerdo marco, para poder efectuar la actualización de precios será necesario haber ejecutado el 20% del valor total de la suma de todos los contratos individuales suscritos al amparo del acuerdo marco de homologación. Para ello, se calculará el valor de cada contrato individual, capitalizando la garantía definitiva correspondiente a cada uno de ellos.
21.3.- La actualización surtirá efecto desde el día uno del segundo mes siguiente a la fecha en que se cumplan los requisitos que permiten dicha actualización.
21.4.- Una vez tramitado el correspondiente expediente, el coeficiente de actualización de precios será publicado en el BOCyL, mediante resolución de la Secretaría General de la Consejería de Economía y Hacienda, constando expresamente la fecha a partir de la cual producirá efectos la actualización, de acuerdo con lo dispuesto en el punto anterior.
22.- SUBCONTRATACIÓN
22.1.- De acuerdo con lo dispuesto en el art. 227 del TRLCSP, dada la naturaleza y condiciones de los servicios a prestar, en el presente acuerdo marco no se admite subcontratación del personal operativo, salvo que se realice conforme con lo dispuesto en la cláusula 35.3.
22.2.- La prestación de los servicios de aportación de vehículos podrán ser objeto de subcontratación hasta el 100% del importe de la prestación.
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22.3.- La prestación de servicios no homologados que pudieran ser ofertados de forma gratuita por los licitadores (conexión a central de alarmas, acuda, etc.), podrán ser objeto de subcontratación.
23.- ACTUALIZACIÓN DE DOCUMENTACION
23.1.- Durante toda la vigencia del acuerdo marco, los licitadores estarán obligados a aportar cada seis meses la documentación que se especifica en la cláusula 12.6 de este pliego.
23.2.- El incumplimiento de la obligación descrita, conllevará la imposibilidad de cursar peticiones a las empresas que no acrediten estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Del mismo modo, estas empresas no formularán ofertas vinculantes mientras subsista dicha circunstancia.
V.- ADJUDICACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS
24.- RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS CONTRATOS BASADOS EN EL ACUERDO XXXXX
24.1.- Una vez resuelto el procedimiento y aprobados por la Consejería de Economía y Hacienda los catálogos de servicios homologados, la adjudicación de los contratos basados en el A.M. se efectuará por el órgano de contratación competente en cada caso, conforme a las reglas generales de competencia y procedimiento vigentes en cada momento.
25.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS EN EL ACUERDO XXXXX
25.1.- La adjudicación de los contratos basados en este acuerdo marco se efectuará aplicando los términos aquí fijados, de conformidad con lo previsto en el DAC y su normativa de desarrollo, según se detalla a continuación:
25.1.1. Emisión de la oferta vinculante por las empresas
La oferta vinculante será cumplimentada por el contratista, de acuerdo con los modelos y requisitos detallados en la cláusula 27 del presente pliego.
25.1.2. Selección de la oferta
El órgano de contratación deberá valorar las ofertas vinculantes conforme a los criterios recogidos en la cláusula 26.4 de este pliego y en las instrucciones correspondientes indicadas en el anexo nº 5B.
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Una vez presentadas las ofertas vinculantes, los órganos de contratación podrán solicitar a todas las empresas o a las que hayan superado una determinada puntuación, que mejoren las condiciones de sus ofertas vinculantes, siempre que esta posibilidad y sus criterios objetivos de aplicación, se hayan especificado previamente en las peticiones de oferta vinculante.
Si se dieran varias ofertas igualadas en puntuación, será seleccionada la oferta de aquella empresa o entidad que tenga en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2 por 100, según lo previsto en la disposición adicional 4ª del TRLCSP. Si concurrieran varias ofertas con la misma preferencia, la elección se decidirá mediante sorteo entre ellas.
25.1.3. Tramitación de la petición a través del sistema de adquisición centralizada
No se cursarán peticiones de empresas que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, entendiéndose en este caso que el licitador ha retirado su oferta, por lo que se procederá según dispone el artículo 151.2 del TRLCSP.
25.1.4. Firma del contrato
Adjudicado el contrato, su formalización se ajustará al modelo tipo incluido en el anexo nº 8 del presente pliego.
26.- PETICIÓN DE OFERTA VINCULANTE: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
26.1.- La petición de oferta vinculante se cursará en el correspondiente modelo del anexo nº 5A (o en formulario web equivalente cuando esté disponible), conforme las instrucciones que figuran en el anexo nº 5B.
El referido modelo posee una parte descriptiva a cumplimentar por la Administración, en la que se indicarán los aspectos necesarios para definir el servicio concreto solicitado.
En los contratos basados en este acuerdo marco, no puede exigirse la acreditación de solvencia económica, ni técnica o profesional a las empresas puesto que dicha solvencia ya ha quedado acreditada en el acuerdo marco.
26.2.- En caso de que el órgano de contratación solicite oferta del concepto bolsa de horas remuneradas, deberá establecer en la petición de oferta vinculante el número de horas solicitado sobre el total de horas ofertadas de conceptos operativos, con un máximo del 5%.
26.3.- La solicitud de una cantidad de horas gratuitas (bolsa de horas gratuita) deberá sujetarse a las siguientes reglas:
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- El número máximo de horas gratuitas que se puede ofertar será del 5% del total de horas ofertadas de conceptos operativos. El órgano de contratación puede establecer una cifra menor a este 5% en la petición de oferta.
- La ponderación de esta bolsa de horas gratuita en la petición de oferta vinculante tendrá un peso máximo del 10% del total de la puntación.
- La no oferta por un licitador de este tipo de horas gratuitas no podrá ser en ningún caso considerado motivo de exclusión.
26.4.- En la parte inferior del modelo, el órgano de contratación indicará la ponderación de los criterios que utilizará para la valoración de las ofertas recibidas. Los contratos basados en este acuerdo marco se adjudicarán utilizando los criterios aquí detallados y conforme a las siguientes reglas:
1. Criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas: deben tener una
ponderación mínima del 60%.
- El criterio de valoración económica tendrá una ponderación mínima del 50%, otorgándose la máxima puntuación a la oferta más económica. El órgano de contratación definirá la fórmula de valoración de este criterio.
- El criterio de bolsa de horas gratuita tendrá una ponderación máxima del 10%. Se otorgarán 0 puntos a las ofertas que no presenten horas gratuitas y la máxima puntuación a las ofertas que igualen el número de horas solicitado.
2. Criterios que pueden no ser evaluados mediante fórmulas matemáticas:
Los siguientes criterios pueden ser evaluados mediante fórmulas matemáticas o mediante valoración subjetiva, según el órgano de contratación lo determine en la petición de oferta vinculante:
- El criterio medios puestos a disposición del servicio tendrá una ponderación máxima del 30% y será valorado a su criterio por el órgano de contratación considerando el equipamiento adicional que el licitador se comprometa a suministrar durante el periodo de ejecución del contrato y los servicios adicionales gratuitos: conexión a central de alarmas externa, servicio de acuda, etc.
- El criterio organización operativa tendrá una ponderación máxima del 10% y será valorado a su criterio por el órgano de contratación considerando los siguientes aspectos:
o Mejoras en tiempos de respuesta.
o Facilidad de comunicación.
o Mejoras en la gestión de los servicios.
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27.- OFERTA VINCULANTE
27.1. La oferta vinculante será cumplimentada por el contratista, de acuerdo con el modelo correspondiente del anexo nº 6A (o en formulario web equivalente cuando esté disponible), siguiendo las instrucciones recogidas en el anexo nº 6B de este pliego, modelo que se encontrará disponible en el sitio web de la Junta xx Xxxxxxxx y León para su descarga. El contratista adjuntará una descripción de la metodología que propone para realizar la prestación. Los precios ofertados serán inferiores o iguales a los del catálogo.
27.2. La oferta deberá ser presentada obligatoriamente por el contratista ante el órgano de contratación dentro del plazo otorgado para ello. La oferta se presentará siempre que se sea posible por medios electrónicos.
No obstante, las empresas podrán justificar la no presentación de oferta en aquellos servicios en los que no fuera posible atender las necesidades de la Administración por circunstancias objetivas que deberán ser acreditadas por la empresa.
En los casos de que en la petición de oferta vinculante se establezca un presupuesto máximo de licitación y un número mínimo de horas a realizar, el licitador estará eximido de la obligación de presentar oferta en el caso de que dicho presupuesto esté por debajo de los precios máximos de los servicios que la empresa tiene homologados. En dicho caso bastará con un escrito de renuncia mencionando el motivo.
Las empresas que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social no formularán ofertas vinculantes mientras subsista dicha circunstancia, debiendo comunicarlo al órgano de contratación.
27.3. El plazo para la presentación de ofertas será de 15 días naturales desde la recepción de la petición. En casos de urgencia justificada, el Órgano de Contratación podrá reducir este plazo a 10 días naturales.
27.4. La no presentación de oferta vinculante cuando su presentación sea obligatoria, o la presentación de la misma fuera del plazo otorgado, podrá dar lugar a la imposición de una penalización de 100 euros. Si este incumplimiento fuera reiterado, entendiendo por tal la ausencia de presentación de oferta dentro del plazo establecido en más de un 15% de las veces que le fuera solicitada, dará lugar a la resolución del acuerdo marco con ese adjudicatario.
27.5. La oferta presentada por cada contratista tiene carácter vinculante, pues su cumplimiento será obligatorio para éste, si fuera aceptada por la Administración. Este carácter vinculante sólo es para las empresas, ya que la Administración podrá desistir de ella con una mera comunicación.
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27.6. La oferta presentada tendrá un período de validez máximo de 3 meses, computados desde el último día del plazo para presentación de la oferta. Transcurrido ese tiempo la empresa podrá mantener potestativamente su oferta, debiendo recabar el órgano de contratación la correspondiente declaración de mantenimiento de la oferta si la adjudicación se realiza más allá de ese periodo de validez.
28.- OBLIGACIONES PREVIAS AL INICIO DEL SERVICIO
28.1.- En el caso de que el adjudicatario no tuviera delegación en el ámbito territorial de Castilla y León, adquiere el compromiso especial de constituirla y acreditarlo fehacientemente ante la Unidad encargada de la gestión de la Contratación Centralizada de la Consejería de Economía y Hacienda con carácter previo al inicio del servicio contratado; en caso contrario, no podrán ser cursadas las peticiones de servicios. El incumplimiento reiterado de este compromiso especial, en más de tres ocasiones, será causa de resolución del acuerdo marco con este adjudicatario.
En dicha delegación, el adjudicatario deberá tener adscrito como mínimo un delegado con poderes suficientes para representar y obligarse en nombre de la empresa en el ámbito del acuerdo marco.
28.2.- El contratista deberá tener una póliza de responsabilidad civil que cubra los daños que el personal a su cargo pudiera causar en los inmuebles o a las personas que se encuentren en los mismos. Para cubrir este riesgo deberá tener una póliza de responsabilidad civil por importe mínimo de 2.000.000 €, debiendo acreditarlo mediante certificado de la entidad de seguros donde conste el importe y que se está al corriente del pago antes del inicio del primer servicio que se le adjudique. No tendrán que acreditar esta situación, aquellas empresas que hubieran recibido puntuación por el criterio “Tenencia de un seguro de responsabilidad civil” en el momento de efectuarse la adjudicación, ya que con ello la cobertura ha quedado acreditada.
29.- INICIO DEL SERVICIO
El adjudicatario se obliga a iniciar el servicio homologado en el plazo establecido en la oferta vinculante, que será, necesariamente igual o inferior al plazo máximo establecido en la cláusula 5.3 de este pliego.
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30.- OBLIGACIÓN DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO Y MODIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS
30.1.- Durante la vigencia del contrato, la Administración se obliga a la ejecución de la prestación contratada excepto lo relativo a la bolsa de horas.
30.2.- No obstante podrá, por necesidades justificadas de naturaleza organizativa o presupuestaria, reducir hasta un 10% el número de horas y/o trabajadores sin que proceda ningún tipo de indemnización por ello. Esta circunstancia deberá comunicarse a la Unidad encargada de la gestión de la Contratación Centralizada mediante un escrito del órgano de contratación en el que consten las causas que han motivado la reducción y los efectos derivados de la misma.
30.3.- La modificación de los contratos basados en este acuerdo marco se realizará conforme a las causas y el procedimiento previsto en el título V del Libro I del TRLCSP.
31.- BOLSA DE HORAS
31.1.- La prestación que la Administración hubiera contratado del concepto “bolsa de horas”, en cuanto se trata de una prestación destinada a dar cobertura a las incidencias excepcionales que se señalan en el Pliego de Prescripciones Técnicas, no será de ejecución obligatoria para la Administración, si bien la empresa contratista deberá tener disponibilidad de trabajadores para cubrir tales servicios a requerimiento de la Administración.
31.2.- En consecuencia, el personal que cubra los servicios prestados bajo este concepto no genera vinculación con el centro a efectos de subrogación.
31.3.- En todo caso el número de horas contratadas, a petición de la Administración, del concepto “bolsa de horas”, ya sean de naturaleza gratuita o remunerada, no podrá superar el 10% del número de horas contratadas por los demás conceptos.
32.4.- En el caso de haber ofertado como mejora un determinado número de horas gratuitas, éstas se utilizarán preferentemente sobre las que tengan coste para el Centro, de tal forma que no se podrá recurrir al consumo de las horas remuneradas hasta haber agotado las gratuitas.
32.- PROTECCIÓN DE DATOS
El adjudicatario se compromete a no acceder a los ficheros u otros soportes informáticos o en papel donde se encuentra la información propiedad de la
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Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, debiendo advertir a todos los trabajadores que colaboren en la ejecución del contrato de dicha prohibición. En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esa obligación en los términos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
33.- DIRECCIÓN Y VIGILANCIA
33.1.- Sin perjuicio de las tareas de inspección que corresponden a la Dirección del Centro, la empresa contratada ejercerá la dirección y vigilancia por medio de representante debidamente autorizado o con poder suficiente y con los conocimientos técnicos precisos del sistema de vigilancia para desarrollar y poner en práctica en todo momento los planes de la prestación de los servicios objeto del contrato, velando para que la vigilancia se realice en los términos que se indican en el Pliego de Prescripciones Técnicas que rige el contrato y en la normativa vigente.
33.2.- Al frente del personal, así como a efectos operativos, la empresa contratada deberá disponer de un encargado de edificio, fácilmente localizable. Se deberá disponer de presencia permanente de un jefe de equipo en cada turno en servicios con más de 5 vigilantes.
34.- OBTENCIÓN DE PERMISOS Y LICENCIAS
34.1.- Será responsabilidad del adjudicatario disponer de todos los permisos y licencias exigibles para el desarrollo de la actividad, las cuales adjuntará en la Memoria Técnica.
34.2.- Si durante la vigencia del contrato fuesen exigidas otras licencias y autorizaciones, el contratista está obligado a su obtención y presentación, sin que ello implique coste alguno para la Administración.
35.- RECURSOS HUMANOS
Todas las obligaciones recogidas en esta cláusula tienen la consideración de obligaciones contractuales esenciales y su incumplimiento podrá dar lugar a la resolución del contrato basado con incautación de la garantía.
35.1.- El personal destinado a realizar los servicios ofertados pertenecerá a la plantilla de la empresa adjudicataria, conforme a la legislación vigente, según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
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35.2.- En los inmuebles en los que ya existe contrato de servicios de vigilancia, la empresa adjudicataria adquiere, con total observancia de la regulación específica que afecta al sector, el compromiso de subrogar al personal operativo necesario para la ejecución del contrato en atención de lo que se señale en la petición de oferta vinculante, y de satisfacer los salarios, cotizaciones de la Seguridad Social, seguros de accidentes de trabajo y otros, conforme a la normativa vigente. La empresa adjudicataria pondrá en todo momento a disposición de la Administración la documentación relativa a su personal y remuneraciones conforme al Convenio Colectivo aplicable. En ningún caso será objeto de subrogación el personal que hubiera sido puesto a disposición de la Administración para la realización de funciones administrativas vinculadas al contrato de vigilancia.
35.3.- En el caso de que para la ejecución de la prestación objeto del contrato basado sea necesario subcontratar personal, distinto del personal subrogable, aquella subcontratación se realizará con personas que contando con la cualificación profesional suficiente, se encuentren en situación de exclusión social o en grave riesgo de estarlo, desempleadas y con dificultades importantes para integrarse en el mercado de trabajo ordinario, o que estén incluidas en alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas perceptoras de la renta garantizada de ciudadanía, o incluidas en una unidad familiar en la que al menos uno de sus miembros sea perceptor de aquélla.
b) Parados de larga duración mayores de cuarenta y cinco años.
c) Mujeres víctimas de violencia de género.
A estos efectos el adjudicatario deberá presentar al Servicio Gestor, al inicio de la prestación, una relación de nombres, apellidos y NIF de los empleados adscritos al servicio.
Para el seguimiento y comprobación del cumplimento de esta condición de ejecución, el adjudicatario enviará, a la finalización del contrato, un informe de ejecución que adjunte una relación de nombres, apellidos y NIF de los empleados adscritos al servicio, junto con una copia de los contratos de trabajo de las personas que no figuren en la relación inicialmente aportada.
35.4.- La empresa adjudicataria deberá satisfacer puntualmente los salarios de sus empleados afectos al servicio, pudiendo la Administración comprobar en cualquier momento que esta obligación se cumple, para lo que podrá solicitar a la empresa los documentos justificativos que estime oportunos.
35.5.- Si, como consecuencia de conflictos laborales entre el adjudicatario y su personal, u otros motivos de cualquier índole, salvo que estén expresamente contemplados por la Ley como casos de fuerza mayor, el adjudicatario no pudiera llevar a efecto la prestación del servicio contratado, deberán
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comunicarlo al organismo peticionario con la máxima antelación posible. En este supuesto, el organismo peticionario comunicará al contratista aquellos servicios que considere esenciales, con el fin de que éste realice las acciones oportunas tendentes a lograr su cobertura. Si, a pesar de ello, el contratista no pudiera prestarlo con sus propios medios, la Administración podrá recurrir a los servicios de otras empresas, pudiendo repercutir sobre el adjudicatario los posibles sobrecostes, así como los daños y perjuicios que se produjeran.
35.6.- La empresa deberá prever y cubrir las suplencias necesarias (vacaciones, incapacidades, etc.) con el fin de garantizar la presencia necesaria de los empleados conforme se detalla en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Las ausencias de personal no cubiertas serán deducidas de la correspondiente factura.
35.7.- El contratista será responsable de los daños que el personal a su cargo pudiera causar en los inmuebles o a las personas de la Administración.
35.8.- A la finalización de cada contrato basado en el acuerdo marco, la antigüedad media de la plantilla no podrá haberse incrementado, con respecto a la antigüedad media inicial, mediante la incorporación o sustitución de los trabajadores. Sólo cabe el incremento de antigüedad consustancial al transcurso del tiempo de duración del contrato. La empresa adjudicataria será responsable directamente del cumplimiento de esta cláusula conforme a las penalizaciones que resulten de aplicación.
36.- PAGO DE LOS SERVICIOS Y FACTURACIÓN
36.1.- Junto con la factura se aportará el informe mensual que se detalla en el Pliego de Prescripciones Técnicas y los documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores que prestan sus servicios en el centro de trabajo, debiendo ir debidamente señalados e identificados para permitir su diferenciación de los restantes trabajadores de la empresa. La documentación que acompaña a la factura electrónica se incluirá como anexo.
36.2.- Cuando se presten servicios por un tiempo inferior a un mes, el pago se tramitará tras la presentación de la factura, una vez realizada la prestación con conformidad del órgano contratante. En el resto de casos los pagos se tramitarán tras la presentación de las correspondientes facturas mensuales.
36.3.- En los casos en los que se contrate el servicio en el ejercicio anterior al de su prestación los efectos del mismo estarán condicionados por la existencia de crédito adecuado y suficiente en el correspondiente ejercicio.
36.4.- El contratista, de conformidad con la disposición adicional del Decreto 3/2013, de 24 de enero, por el que se crea la Plataforma de Facturación Electrónica de la
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Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, presentará mensualmente sus facturas electrónicamente a través de la plataforma de facturación electrónica. No obstante, y sin perjuicio de la obligación de facturar electrónicamente en todo caso en los supuestos previstos en el artículo 4 de la Ley 25/2013, en supuestos justificados, el órgano de contratación podrá autorizar al contratista la emisión de alguna o algunas de sus facturas en soporte papel.
37.- DURACIÓN DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS
Los contratos de servicios de vigilancia que se suscriban en el ámbito del acuerdo marco tendrán un plazo máximo de duración de tres años y serán improrrogables.
38.- ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS DE LOS CONTRATOS BASADOS EN EL ACUERDO XXXXX
38.1.- Los contratos basados en este acuerdo marco podrán ser objeto de revisión de precios siempre que se hubiese ejecutado, al menos, en el 20% de su importe y hubiese transcurrido un año desde su formalización.
38.2.- La actualización de precios se realizará de acuerdo con el 85% de la variación anual del Índice de Precios del Sector Servicios (IPS) para las actividades de seguridad e investigación, publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
39.- RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y PENALIDADES
39.1.- A lo largo del período de ejecución del presente acuerdo xxxxx, el adjudicatario responderá ante la Administración contratante, por todos los daños y perjuicios que le causare, siempre que dichos daños se produzcan por causas imputables al mismo.
39.2.- El incumplimiento durante la ejecución de cualquier contrato basado en el presente acuerdo marco, de las obligaciones contractuales esenciales recogidas como tales en este pliego, podrá dar lugar a la resolución del contrato basado con incautación de la garantía.
39.3.- Iniciada la ejecución de un contrato, ante el incumplimiento del contratista de cualquiera de las condiciones tomadas en cuenta para su homologación, o de cualquiera de las condiciones indicadas en la oferta vinculante, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por continuar con la ejecución del mismo con la posible imposición de unas penalizaciones por importe del 10% del valor del contrato que resta por cumplir.
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39.4.- La empresa adjudicataria del contrato deberá cumplir con la calidad impuesta en la prestación del servicio. Para su control se adjuntará, con la petición de oferta vinculante, el sistema de evaluación de la calidad del servicio y las penalizaciones aplicables en caso de incumplimiento, que en ningún caso podrá superar el 10% del importe del contrato.
39.5.- Las indemnizaciones derivadas del incumplimiento contractual se harán efectivas por los medios y procedimientos administrativos recaudatorios establecidos a tal fin.
40.- RÉGIMEN DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
40.1.- Las comunicaciones y notificaciones electrónicas que se realicen en la tramitación y ejecución de los contratos basados en el Acuerdo Xxxxx se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 2 de octubre de Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas. A estos efectos los adjudicatarios del acuerdo marco deberán indicar a la Unidad encargada de la gestión de la Contratación Centralizada las personas o departamentos de contacto y las direcciones de correo electrónico que desean utilizar a efectos de notificaciones electrónicas mediante la gestión del alta como usuario xxx xxxxx electrónico del ciudadano de la Administración de Castilla y León. Cualquier cambio en estos datos deberá comunicarse con, al menos, una semana de antelación a la fecha en que deseen sea efectivo tal cambio.
41- INCUMPLIMIENTO DE PLAZOS
41.1.- En el caso de que el adjudicatario, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en xxxx respecto al cumplimiento del plazo de inicio de la prestación, la Administración podrá imponer unas penalidades diarias por un importe del 0,01 % del importe de la prestación si la xxxx es inferior a 30 días. Si fuere superior quedará extinguida la petición de los servicios y se aplicará lo dispuesto en la cláusula 39.3.
41.2.- El pago de las penalidades no excluye la indemnización a que la Administración pudiera tener derecho por daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al adjudicatario.
42.- RESOLUCIÓN DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS
Además de las causas de resolución reguladas en el TRLCSP y de lo previsto en las cláusulas 29, 35 y 39, cuando por motivos de reordenación administrativa o
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cambios sustanciales de uso, en una misma edificación pudieran coexistir dos empresas de vigilancia, la Administración podrá optar por regular, con los criterios que establezca en cada caso, el funcionamiento coordinado entre las empresas, o resolver el contrato de menor entidad económica, en cuyo caso el contratista tendrá derecho a percibir una indemnización correspondiente al 10% de la prestación pendiente de realizar, previo el oportuno expediente de resolución anticipada por causa de interés público y previa audiencia del contratista adjudicatario.
VI.- FINALIZACIÓN DEL ACUERDO XXXXX
43.- DEVOLUCIONES PARCIALES Y TOTALES DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
43.1.- Dada la naturaleza de este acuerdo marco, cuya prestación es de realización inmediata, no procede el establecimiento de un plazo de garantía.
43.2.- A partir de la finalización de la vigencia del acuerdo marco, las garantías definitivas de las diferentes empresas contratistas, se irán devolviendo según vayan finalizando los diferentes contratos basados en el acuerdo marco.
44.- RESOLUCIÓN DEL ACUERDO XXXXX
44.1.- Serán causas de resolución del acuerdo marco el incumplimiento de las obligaciones previstas en las cláusulas 27, 28, 35 y 39 de este pliego, así como la resolución por incumplimiento de cualquiera de los contratos de servicios basados en este acuerdo marco.
44.2.- Serán además causas de resolución del acuerdo las señaladas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP.
44.3.- Cuando el acuerdo xxxxx se resuelva por incumplimiento culpable del adjudicatario, le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar a la Administración por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
44.4.- Los efectos de la resolución se determinarán de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 225 y 309 del TRLCSP.
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VII.- RÉGIMEN JURÍDICO
45.- NORMAS GENERALES
45.1.- A este acuerdo marco, así como a los contratos basados en el mismo, les serán de aplicación lo dispuesto en el Decreto 51/2003, de 30 xx xxxxx, por el que se regula la Adquisición Centralizada en la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre.
45.2.- Este acuerdo xxxxx, así como los contratos basados en el mismo, se regirán por las cláusulas contenidas en el presente Xxxxxx y las xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares, que le acompañan. Para lo no previsto en él, se aplicará lo dispuesto en la legislación vigente en materia de contratación administrativa y, supletoriamente, el resto del Ordenamiento Jurídico Administrativo. Será, asimismo, de aplicación la normativa de Derecho Privado que actuará con carácter supletorio en aquellas cuestiones que no puedan ser resueltas por aplicación directa de las disposiciones sobre contratación administrativa y normas generales de Derecho Administrativo.
45.3.- En todo lo relativo a exigencia de derechos y cumplimiento de obligaciones, incidencias y modificaciones contractuales, extinción y liquidación del contrato, se estará a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de contratación administrativa.
46.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
46.1.- El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar, por razones de interés público, los contratos celebrados y acordar su resolución dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP y demás disposiciones aplicables.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previa audiencia al adjudicatario, en los casos previstos en el artículo 211 del TRLCSP, serán ejecutivos.
46.2.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a xx xxx
00
administrativa y contra los mismos podrá interponerse, en el plazo de un mes desde la notificación, recurso potestativo de reposición, o bien recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto por la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.
Conocido y aceptado en su totalidad El contratista
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ANEXO Nº 1
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D. , mayor de edad, con D.N.I. , vecino de , provincia de , con domicilio en
, número , actuando en su propio nombre y derecho o en representación de , con domicilio en , calle
, número , C.I.F. o documento que los sustituya núm. , en su calidad de
EXPONGO:
Primero.- Que enterado de las condiciones y requisitos, que acepta incondicionalmente, y que se exigen para el acuerdo marco para la homologación de los servicios de vigilancia en los bienes inmuebles utilizados por la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y Entidades adheridas, a cuyo cumplimiento se compromete en su totalidad, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al Pliego de Prescripciones Técnicas, presenta la siguiente OFERTA desglosada de acuerdo con la hoja de precios en formato papel que se adjunta.
Segundo.- Que a todos los efectos debe entenderse que, dentro de la presente oferta está incluido cualquier tributo, tasa, arbitrio, gasto, etc., que sea de aplicación al presente contrato, excepto el IVA.
Y para que conste firma la presente declaración en
(Fecha y firma)
00
XXXXX 0 OFERTA ECONÓMICA CONCURSO DE SERVICIOS DE VIGILANCIA
Licitador.
Precios
ofertados (sin IVA)
CONCEPTOS PERSONAL OPERATIVO
Precios
mínimos (sin IVA)
Precios
máximos (sin IVA)
CP1
CP2 CP3 CP4 CP5
CP6 CP7 CP8 CP9
CPB
CS1 CS2
€/hora
19,52
€/hora
24,40
JEFE DE EQUIPO | €/hora |
servicios ordinarios en días laborables
VIGILANTE SIN ARMA DIURNO | €/hora | |
VIGILANTE CON ARMA DIURNO | €/hora | |
VIGILANTE SIN ARMA NOCTURNO | €/hora | |
VIGILANTE CON ARMA NOCTURNO | €/hora |
16,49 | €/hora |
18,28 | €/hora |
16,80 | €/hora |
18,40 | €/hora |
19,40 | €/hora |
21,50 | €/hora |
21,00 | €/hora |
23,00 | €/hora |
servicios ordinarios en días festivos
VIGILANTE SIN ARMA DIURNO | €/hora | |
VIGILANTE CON ARMA DIURNO | €/hora | |
VIGILANTE SIN ARMA NOCTURNO | €/hora | |
VIGILANTE CON ARMA NOCTURNO | €/hora |
16,48 | €/hora |
18,16 | €/hora |
17,92 | €/hora |
19,52 | €/hora |
20,60 | €/hora |
22,70 | €/hora |
22,40 | €/hora |
24,40 | €/hora |
€/hora
15,44
€/hora
19,30
BOLSA DE HORAS VIGILANTE CON/SIN ARMA | €/hora |
Precios
ofertados (sin IVA)
CONCEPTOS OTROS SERVICIOS
Precios
mínimos (sin IVA)
Precios
máximos (sin IVA)
VEHÍCULO LIGERO, COMPACTO Ó FURGONETA | €/mes(1) | |
VEHÍCULO TODOTERRENO | €/mes(1) |
720,00 | €/mes(1) |
840,00 | €/mes(1) |
900,00 | €/mes(1) |
1.050,00 | €/mes(1) |
(1) En el precio está incluido el kilometraje.
(2) Es imprescindible que la hoja lleve la firma y el sello de los licitadores.
Lugar, Fecha, Firma y Sello (2)
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ANEXO Nº 2
MODELO DE DECLARACIÓN EXPRESA RESPONSABLE
D. , mayor de edad, vecino de provincia de , con domicilio en , número , con DNI , actuando en su propio nombre y derecho o en representación de , con domicilio en
, xxxxx , número , C.I.F. o documento que lo sustituya núm. , enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al acuerdo marco para la homologación de los servicios de vigilancia prestar en los inmuebles utilizados por la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y entidades adheridas.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO: Que ni la sociedad a la que represento ni ninguno de sus administradores se hallan incursos en circunstancia alguna de las que prohíben contratar con la Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
SEGUNDO: Que los administradores de la sociedad a la que represento no se hallan incursos en ninguno de los supuestos de la Ley 6/1989, de 6 de octubre, de Incompatibilidades de los Miembros de la Junta xx Xxxxxxxx y León y de otros cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma.
TERCERO: Que la sociedad a la que represento se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose a aportar, en el plazo que le sea requerido, la justificación acreditativa de tales requisitos.
CUARTO: Que, de acuerdo con el Decreto 132/1996, de 16 xx xxxx, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, la sociedad a la que represento no tiene deuda tributaria alguna con la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León.
QUINTO: (Márquese lo que corresponda)
□ Que la sociedad a la que represento no se halla en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio o bien, hallándose en alguno de los supuestos previstos, concurre individualmente a la presente licitación.
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□ Que la sociedad a la que represento se halla en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, con respecto a la entidad/es siguiente/s concurriendo todas ellas individualmente a la presente licitación:
1.-
2.-
3.-
Y para que conste firma la presente declaración en
(fecha y firma)
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ANEXO Nº 3
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ACREDITATIVA DE QUE LAS CIRCUNSTANCIAS REFLEJADAS EN EL CERTIFICADO DEL REGISTRO DE LICITADORES APORTADO NO HAN EXPERIMENTADO VARIACIÓN
D. provisto de Documento Nacional de Identidad nº , actuando en nombre y representación de la Empresa
, con C.I.F. nº , inscrita en el Registro de Licitadores de (Estado/Comunidad xx Xxxxxxxx y León) con el nº ,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que las circunstancias reflejadas en el certificado que se aporta para licitar al acuerdo xxxxx
, convocado por , no han experimentado variación.
Lo que declara en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 146.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y a los efectos previstos en el mismo.
Y para que así conste, expide la presente declaración en a de
de .
SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA
Fdo:
Nota: Esta declaración responsable deberá ser expedida por el órgano de dirección o representación competente de la empresa o sociedad.
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ANEXO Nº 4
MODELO DE DECLARACIÓN DE LOS PUNTOS DE ASISTENCIA Y ATENCIÓN COMERCIAL CON LOS QUE CUENTA LA EMPRESA
D. , mayor de edad, vecino de provincia de ,
con domicilio en , número , con DNI , actuando en su propio nombre y derecho o en representación de , con domicilio en
, calle , número , CIF o documento que lo sustituya núm. , en su calidad de .
DECLARA:
Que la empresa a la que represento dispone de los siguientes puntos de asistencia y atención comercial desde los que atiende en el ámbito territorial del acuerdo marco de vigilancia con un tiempo máximo de respuesta que se detalla a continuación:
( podrán añadirse tantas filas como fueren necesarias)
DIRECCIÓN | POBLACIÓN | C. POSTAL | TIEMPO DE RESPUESTA | TELÉFONO | FAX / e-MAIL |
Y para que conste firma la presente declaración en
(fecha, firma y sello de la empresa)
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ANEXO Nº 5A
PETICIÓN DE OFERTA VINCULANTE DE SERVICIOS DE VIGILANCIA
Datos del expediente (1) Denominación: Nº de expediente |
Organo de contratación peticionario (OCP): CIF del OCP: Dirección OCP: Tel.OCP: Fax OCP: Correo elec. OCP: Órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad: Destinatario de la factura (2) Código de facturación electronica |
Descripción del Servicio solicitado (3) |
FECHA DE INICIO DURACIÓN DEL CONTRATO ALCANCE DEL SERVICIO
HORARIOS DE TRABAJO
PERSONAL A EFECTOS DE SUBROGACIÓN
PERSONAL DE REFUERZO Y BOLSA DE HORAS
Descripción del edificio o lugar de servicio (4) |
Equipo proporcionado por la Administración y otras observaciones (5) |
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS (6) |
Número de horas mínimo solicitado: Presupuesto máximo de licitación: €
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS VINCULANTES | Valoración mediante fórmulas | Ponderación |
Valoración económica (mínimo 50%) | SÍ | % |
Bolsa de horas gratuitas (max 10%) | SÍ | % |
Medios puestos a disposición del Servicio (max 30%) | NO | % |
Organización Operativa (max 10%) | NO | % |
El solicitante
…………………...….. a …… de ……… de 201…..
ANEXO Nº 5B
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL ANEXO 5A PETICIÓN DE OFERTA VINCULANTE DE SERVICIOS DE VIGILANCIA
(1) Denominación ó título de la prestación/servicio solicitado, número del expediente de contratación y ubicación del lugar donde se prestará el servicio: Calle, número, municipio y provincia.
(2) Destinatario de la factura indicando el código para la facturación electrónica.
(3) Descripción del servicio solicitado.
Se indicará la duración del contrato fijando las fechas previstas en las que el mismo se va a desarrollar (inicio y duración).
(Alcance del servicio) Se hará una descripción de los servicios requeridos de Vigilancia utilizando los siguientes conceptos (cláusula 1 del PPT):
▪ Vigilancia y protección de los bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes, convenciones, etc. con o sin arma.
▪ Rondas de vigilancia.
▪ Protección de personas y bienes en el interior de los edificios.
▪ Control de accesos.
▪ Control y verificación de seguridad del correo, paquetería y otros bienes y objetos introducidos en el interior de los edificios.
▪ Manejo de dispositivos de vigilancia y seguridad. (Se excluye la instalación y el mantenimiento de dichos dispositivos)
▪ Custodia xx xxxxx.
▪ Vehículo de vigilancia.
(Horarios de trabajo) Se indicará el horario del servicio.
(Personal a efectos de subrogación) En este apartado se indicará el personal de vigilancia perteneciente a la empresa adjudicataria del servicio y que puede ser susceptible de subrogación, indicando nº D.N.I., categoría, antigüedad, número de trienios y horarios de cada uno de los trabajadores.
Se podrá indicar el número de horas totales que se desean contratar de concepto de vigilante.
(Personal de refuerzo y bolsa de horas) En este apartado se indicará el personal necesario para refuerzo así como el número de horas que deberán establecerse en la “Bolsa de Horas”.
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La bolsa de horas deberá estar destinada a imprevistos (obras, accidentes, actos vandálicos, actos públicos, manifestaciones, etc…) ó por requerimientos específicos de la Dirección del Centro. La cantidad requerida deberá ser establecida por el Órgano de contratación, teniendo en cuenta el número de horas máximo a contratar delimitado en el PCAP. Se establecerá el tiempo de respuesta.
Se indicará si procede, el % respecto del total de “horas contratadas de personal operativo” que se desea contratar en la “bolsa de horas homologadas remuneradas”. Este porcentaje no sobrepasará el 5% del total de horas ofertadas de conceptos operativos.
(4) DESCRIPCIÓN DEL EDIFICIO OBJETO DEL SERVICIO
Se describirá el edificio en el que se va prestar el servicio de vigilancia utilizando los siguientes conceptos (cláusula 8 del PPT):
▪ Superficie total de edificio y urbanización.
▪ Superficie de oficinas administrativas, archivos, laboratorios, etc.
▪ Número de plantas.
▪ Número de accesos y salidas de emergencia.
▪ Número de plazas de aparcamiento.
▪ Existencia de salones de actos, cafeterías, comedores, salas de exposiciones polivalentes, aulas, vestíbulos y/o atención directa al público.
▪ Existencia de núcleos de comunicación vertical: (escaleras, ascensores, etc..)
▪ Existencia de azoteas, cuartos de instalaciones y/x xxxxx de mantenimiento.
▪ Existencia de sistemas de detección y extinción de incendios.
▪ Existencia de sistemas de control de presencia e intrusión.
▪ Existencia de conexión a centrales de alarma.
▪ Otros conceptos.
(5) EQUIPO PROPORCIONADO POR LA ADMINISTRACIÓN Y OTRAS OBSERVACIONES
Se indicarán los equipos de seguridad en disposición del organismo contratante tales como: Centro de control de alarmas y sus dispositivos de detección, Sistemas de seguridad instalados, Escáner xx xxxxx X fijo, Arcos de detección de metales fijos, etc., así como otros aspectos relacionados con la oferta requerida y no contemplados en los campos anteriores, como puede ser la existencia de una empresa de Seguridad que realiza el mantenimientos de los equipos anteriormente descritos, si el edificio está conectado a una central de alarmas de una empresa externa, etc.
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El Órgano de Contratación (OCP), indicará si se debe presentar con la OV una memoria técnica ó de actuación.
• Organización del Servicio
• Disponibilidad de los responsables
• Procedimientos de aviso
• Sistemas de información inmediata y global
• Sistema de registro detallado y actualizado sobre quejas e incidencias recibidas y de las acciones tomadas para su resolución
• Plazos de respuesta para resolución de incidencias.
• Equipos de seguridad
• Desglose de Plantilla
• Refuerzo ante situaciones de emergencia
• Sustituciones I.T. / Vacaciones
• Planes de formación
• Etc.
(6) CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS.
Aunque en cada edificio existe un número de horas de servicio que ya viene determinado por el personal que viene ejecutando la tarea con derecho a subrogación, el órgano de contratación puede establecer un número de horas mínimo y un presupuesto máximo de adjudicación que tendrán en su caso efecto de criterios excluyentes para aquellas ofertas que los incumplan.
Se indicará la ponderación de los criterios con los que el órgano de contratación efectuará la valoración de las ofertas recibidas.
Se indicará la expresión o procedimiento matemático para la evaluación de la oferta económica y la presentación de bolsa de horas gratuitas. La no oferta de bolsa de horas gratuitas por parte del licitador no será en ningún caso motivo de exclusión.
Los criterios de valoración de los medios puestos a disposición del servicio y organización operativa serán definidos por el órgano de contratación conforme lo especificado en la cláusula 26.4 del PCAP
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ANEXO Nº 6 A
OFERTA VINCULANTE DE SERVICIOS DE VIGILANCIA
Datos del expediente Denominación:
Nº de expediente
Empresa ofertante:
VALORACIÓN DE LA OFERTA
Código homologación | Conceptos homologados precios en euros/hora | Precio catálogo | Total horas ofertadas (H) | Precio Oferta (P) | Total/concepto (H*P) |
(1) | (2) | ||||
Horas personal operativo h1: | (3) | ||||
Bolsa de horas: (<0,05*h1) | (4) | ||||
P1 - Importe total conceptos personal y bolsa de horas: | (5) |
Código homologación | Otros conceptos homologados precios en euros/mes (vehículos) | Precio catálogo | nº unidades (N) | Precio Oferta (P) | Total/concepto (N*P) |
(6) | (7) | ||||
P2 - Importe total de vehículos: IMPORTE TOTAL SIN IVA (P1+P2) IVA % P3 - IMPORTE TOTAL (IVA INCLUIDO) | (8) | ||||
Años | Prev. Anualidades |
(9) | |
Total: | (9) |
Bolsa de horas gratuitas: (<0,05*h1) B.H.G.: Duración del contrato:
Plazo de validez de la oferta (mín. 2 meses)
Observaciones (10)
……………………………..a ……de…………………de………….
ANEXO Nº 6B
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL ANEXO 6A OFERTA VINCULANTE DE SERVICIOS DE VIGILANCIA
(1) Indicar el número de horas previstas para cada concepto homologado. En hoja aparte se puede desglosar con mayor detalle la forma de obtención de dicha cifra; nº de operarios, horarios, jornadas, etc.
Igualmente para un mismo concepto homologado se pueden utilizar más de una línea si con ello se pretende describir con mayor detalle, ó en caso de precios diferentes. Por ejemplo limpiador diurno en jornada continua y limpiador diurno en jornada partida.
(2) Se indica el importe total durante todo el contrato para el concepto homologado descrito en la línea nº total de horas x precio ofertado.
(3) Suma del número de horas del personal operativo. Se utilizará a efectos de fijar el número máximo de horas de la bolsa de horas que se puede ofertar. Este máximo se establece en el 5% de dicha suma, tanto para la bolsa de horas remuneradas, como de las gratuitas.
(4) Se indica el número de horas de bolsa de horas remuneradas que se ofertan, será la cifra solicitada por el órgano de contratación en la petición de oferta vinculante (POV), con el máximo indicado en el punto (3).
(5) Es el importe total de los conceptos de personal y bolsa de horas remuneradas, aquellos conceptos homologados cuyos precios están en €/hora.
(6) Número de vehículos mes de cada tipo necesarios durante la vigencia del contrato.
(7) Se indica el importe total durante todo el contrato para el concepto homologado.
(8) Es el importe total de aquellos conceptos homologados cuyos precios están en
€/mes, vehículos.
(9) Previsión de importes a facturar en cada anualidad con el IVA incluido, el importe total deberá coincidir con el indicado en la casilla P3
(10) Observaciones. En este apartado o en documento aparte se presentará la memoria técnica solicitada en la petición de oferta vinculante como requisitos de las ofertas, así como la documentación a efectos de valoración de los criterios “medios puestos a disposición del servicio” y “organización operativa” en el caso de que el órgano de contratación los hubiera establecido como criterios de valoración.
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ANEXO Nº 7
MODELO DE COMPROMISO DEASESORAMIENTO PERMANENTE EN MATERIA DE VIGILANCIA
D. , mayor de edad, vecino de provincia de , con domicilio en , número , con D.N.I. , actuando en su propio nombre y derecho o en representación de , con domicilio en
, xxxxx , número , C.I.F. o documento que lo sustituya núm. , en su calidad de .
DECLARA:
Que la empresa a la que represento en el procedimiento abierto para la celebración del acuerdo marco para la homologación de los servicios de vigilancia a prestar en los bienes inmuebles utilizados por la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y entidades adheridas, se compromete a asesorar con carácter permanente en materia de vigilancia, en el ámbito de aplicación de dicho acuerdo marco, según las condiciones descritas en la Memoria presentada a efectos de valorar el criterio “infraestructura de estudios en materia de vigilancia” .
Y para que conste firma la presente declaración en
(fecha, firma y sello de la empresa)
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ANEXO Nº 8
MODELO PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO BASADO EN EL ACUERDO XXXXX
(lugar) , a de de 20
REUNIDOS
De una parte D/Xx (nombre y cargo) , en nombre y representación de (órgano de contratación) , de conformidad con lo establecido en (norma que le atribuye la competencia para contratar) .
Y de otra parte D/Xx , con D.N.I. nº , actuando como representante de (empresa adjudicataria) con CIF nº y domicilio social en .
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente, para formalizar el presente contrato.
El presente contrato basado en el acuerdo marco para la homologación de los servicios de vigilancia a prestar en los bienes inmuebles utilizados por la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, se configura con las siguientes cláusulas:
I.- DATOS DE CONTACTO
A efectos de facilitar el contacto entre las partes y lograr una adecuada comunicación, se reconocen como datos de contacto:
POR EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
ÓRGANO DE CONTACTO: | |||
DIRECCIÓN: | |||
LOCALIDAD/PROVINCIA: | C. POSTAL | ||
TELÉFONO: | FAX | ||
PERSONA DE CONTACTO: | |||
CORREO ELECTRONICO: |
POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA
PERSONA DE CONTACTO | |||
LOCALIDAD | |||
PROVINCIA | C. POSTAL | ||
TELÉFONO | FAX | ||
CORREO ELECTRONICO |
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II.- PLAZO DE EJECUCIÓN
(Se consignará el plazo de ejecución del contrato)
III.- PRECIO, RÉGIMEN DE PAGOS Y FACTURACIÓN
(Se consignará el precio del contrato, la distribución de anualidades si procede, el régimen de pagos, y todos los datos necesarios para la correcta facturación incluyendo la información de la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP y el código para la facturación electrónica)
IV.- DATOS DEL SERVICIO
(Se consignarán todos aquellos aspectos del servicio recogidos en la oferta vinculante de la empresa que se considere necesario concretar)
V.- COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR LA EMPRESA EN SU OFERTA
De conformidad con la oferta presentada con fecha , la empresa adjudicataria ha asumido los siguientes compromisos:
(Detallar todas las mejoras ofertadas, en su caso, y los compromisos concretos adquiridos)
VI.- OTRAS ESTIPULACIONES
(El órgano de contratación podrá incluir todas aquellas cláusulas que considere necesario para una mejor integración de este documento contractual)
VII.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
D./Xx en representación de la empresa adjudicataria declara expresamente su sometimiento, para todo lo no previsto en el presente contrato, a la legislación vigente en materia de contratación administrativa y a las normas contenidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen el acuerdo marco en el que se basa este contrato. Documentos que conoce y acepta plenamente, habiendo dejando constancia con la firma del acuerdo xxxxx, y que a todos los efectos tendrán la consideración de parte integrante del mismo.
Y para que conste y en prueba de conformidad se extiende el presente documento por duplicado en el lugar y fecha arriba indicados.
POR EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
POR LA EMPRESA
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