Contrato 89/16
Contrato 89/16
En la ciudad de Guadalajara, Jalisco; a los 19 diecinueve del mes xx Xxxxx del año 2016 dos mil dieciséis, ante los testigos que al calce firman, comparece por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, representado en este acto por el Licenciado Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Estado de Jalisco, en lo subsecuente LA SECRETARÍA, y por la otra el Ciudadano Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, y a quien en lo sucesivo se le denominarán EL PROVEEDOR, al tenor de las siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S:
I.- Declara el representante de “LA SECRETARÍA”:
a).-Que es la dependencia facultada para representar al Gobierno del Estado de Jalisco en las adquisiciones de bienes y servicios, en atención a lo dispuesto por los artículos 14 fracción LXVI y Sexto Transitorio del decreto 24395/LX/13, aprobado el día 24 veinticuatro del mes de febrero del año 2013 dos mil trece y publicado el día 27 veintisiete del mes febrero de la misma anualidad, bajo el número 21 Ter. Edición especial, que contiene la expedición del citado ordenamiento jurídico.
b).- Comparece por conducto del Licenciado Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, con las facultades para contratar y obligarse de conformidad con los artículos 3 fracciones X, XI, 4, 5, 6, 33 fracciones IV, XIV, XV, 34 fracción II, del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas y de conformidad con lo que disponen los Artículos 4, 7, 13, 22, 33, 51 y 104 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco.
c) Que para los efectos del presente contrato se señala como domicilio el ubicado en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 0000 xxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx, X.X. 44270 de esta Ciudad.
II.- Declara “EL PROVEEDOR”:
a).- Que se encuentra facultado para contratar y obligarse en nombre propio.
b).- Que señala como su domicilio convencional para los fines de éste contrato en Calle
, teléfono
. Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes
, manifiesta que se encuentra debidamente registrado en el
Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado bajo el número de registro P19280 (letra P, uno, nueve, dos, ocho, cero) y que la información contenida en el expediente respectivo no ha sufrido modificación alguna.
c).- Que tiene la capacidad legal, financiera, técnica y productiva necesaria para dar cumplimiento al presente contrato.
II.- Ambas partes declaran:
PRIMERO.- Ambas partes declaran que el presente contrato, cuyo objeto será solventado con recursos ESTATALES, se origina con motivo de la Invitación a Cuando Menos Tres Proveedores Solicitud del SEA 03/0029-00 denominada “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE DIVERSO”, de la que resultó adjudicado EL PROVEEDOR mediante Orden de Compra número 61718 sesenta y un mil setecientos dieciocho. Así mismo EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con todas y cada una de las obligaciones derivadas de las bases de dicho proceso de adquisición, en lo subsecuente LAS BASES.
SEGUNDO.- Ambas partes se reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen y sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- DE LA DEPENDENCIA. Las partes acuerdan que la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas (Sub-Finanzas), en lo subsecuente LA DEPENDENCIA, será la receptora final del objeto de este contrato.
SEGUNDA.- DEL OBJETO. El objeto del presente contrato es el “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE DIVERSO”, de acuerdo a las características y especificaciones que se describen en LA PROPUESTA y el presente contrato, mimas que se señalan:
1.- Arrendamiento de Autobuses y Sprinter incluyendo los gastos de transportación (chofer, Peaje, Combustible)
2.- Arrendamiento de camionetas tipo Van 15 y 11 pasajeros así como camionetas tipo suburban. No incluyen gastos de transportación. (chofer, peaje y combustible las unidades deberán entregarse con tanque lleno de combustible y así mismo serán regresadas.)
El costo de arrendamiento la VAN para 11 once pasajeros será de $2,100.00 (dos mil cien pesos 00/100 Moneda Nacional) por día no incluye chofer ni combustible. La unidad se entrega con tanque lleno de combustible y se regresará de la misma forma.
El costo de arrendamiento de la VAN para 15 quince pasajeros será de $2,700.00 (dos mil setecientos pesos, moneda nacional) por día, no incluye chofer ni combustible. La unidad se entregara con tanque lleno de combustible y se regresará de la misma forma.
El costo de arrendamiento de la Suburban para 7 pasajeros será de $2,700.00 (dos mil setecientos pesos moneda nacional) por día, no incluye chofer ni combustible. La unidad se entregará con tanque lleno de combustible y se regresará de la misma forma.
El servicio de transportación incluye el viaje saliendo de la zona metropolitana de Guadalajara y depende el destino será el costo, el destino será la cabecera municipal. Se considera viaje redondo el mismo día, el día extra tendrá un costo de
$1,400.00 mil cuatrocientos pesos 00/100 moneda nacional, que se sumará al costo del traslado, lo cubrirá LA SECRETARÍA.
AUTOBUS TURISMO 45 PASAJEROS Y SPRINTER 17 Y 20 PASAJEROS (incluye gastos de transportación: chofer gasolina casetas) HACIA | |
Acatic | $4,940.00 |
Acatlán de Juárez | $3,840.00 |
Ahualulco xx Xxxxxxx | $4,390.00 |
Amacueca | $4,940.00 |
Amatitán | $4,390.00 |
Ameca | $4,940.00 |
Arandas | $6,590.00 |
Atemajac xx Xxxxxxxx | $6,040.00 |
Atengo | $8,790.00 |
Atenguillo | $8,240.00 |
Atotonilco el Alto | $5,490.00 |
Atoyac | $5,490.00 |
Autlán xx Xxxxxxx | $10,440.00 |
Ayotlán | $7,690.00 |
Ayutla | $8,240.00 |
Xxxxxxx | $16,490.00 |
Cabo Corrientes | $15,390.00 |
Xxxxxxx xx Xxxxxxx | $7,690.00 |
Xxxxxxxx Xxxxxxxx | $13,190.00 |
Chapala | $4,940.00 |
Chimaltitán | $17,590.00 |
Chiquilistlán | $8,790.00 |
Cihuatlán | $13,190.00 |
Cocula | $4,390.00 |
Colotlán | $10,990.00 |
Concepción de Buenos Aires | $6,590.00 |
Cuautitlán de Xxxxxx Xxxxxxxx | $15,390.00 |
Cuautla | $8,790.00 |
Cuquío | $5,490.00 |
Degollado | $5,490.00 |
Ejutla | $12,090.00 |
El Arenal | $4,390.00 |
El Grullo | $10,440.00 |
El Limón | $10,440.00 |
El Salto | $2,740.00 |
Xxxxxxxxxxx xx Xxxx | $7,690.00 |
Etzatlán | $4,940.00 |
Xxxxx Xxxxxx | $6,040.00 |
Guachinango | $7,690.00 |
Guadalajara | $3,290.00 |
Hostotipaquillo | $8,240.00 |
Huejúcar | $13,190.00 |
Huejuquilla el Alto | $19,790.00 |
Ixtlahuacán de los Membrillos | $3,840.00 |
Ixtlahuacán del Río | $4,390.00 |
Jalostotitlán | $7,690.00 |
Jamay | $6,040.00 |
Xxxxx Xxxxx | $7,690.00 |
Jilotlán de los Dolores | $16,490.00 |
Jocotepec | $4,940.00 |
Juanacatlán | $2,740.00 |
Juchitlán | 8,240.00 |
La Barca | $6,590.00 |
La Xxxxxx | $12,090.00 |
La Manzanilla de la Paz | $6,040.00 |
Lagos xx Xxxxxx | $9,340.00 |
Xxxxxxxxx | $7,140.00 |
Mascota | $10,440.00 |
Mazamitla | $7,690.00 |
Mexticacán | $8,240.00 |
Mezquitic | $17,590.00 |
Mixtlán | $7,690.00 |
Ocotlán | $5,490.00 |
Ojuelos de Jalisco | $10,990.00 |
Pihuamo | $9,890.00 |
Poncitlán | $4,940.00 |
Puerto Vallarta | $17,590.00 |
Quitupan | $9,340.00 |
San Xxxxxxxxx de la Barranca | $4,390.00 |
San Xxxxx xx Xxxxxxxxxx | $8,790.00 |
San Xxxxxxx | $7,690.00 |
San Xxxx de los Lagos | $8,790.00 |
San Xxxxxxx xx Xxxxxxxx | $7,690.00 |
San Xxxxxx | $9,890.00 |
San Xxxxxx | $6,590.00 |
San Xxxxxx xx Xxxxxxx | $19,790.00 |
San Xxxxxx Xxxxxxx | $6,590.00 |
San Xxxxxx el Alto | $8,790.00 |
San Xxxxxxxxx xxx Xxxxx | $14,290.00 |
Santa Xxxxx de los Ángeles | $18,690.00 |
Santa Xxxxx del Oro | $16,490.00 |
Sayula | $7,140.00 |
Tala | $4,390.00 |
Xxxxx xx Xxxxxxx | $9,890.00 |
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx | $7,690.00 |
Tapalpa | $7,140.00 |
Tecalitlán | $9,340.00 |
Techaluta xx Xxxxxxxxxx | $5,490.00 |
Tecolotlán | $6,590.00 |
Tenamaxtlán | $7,690.00 |
Teocaltiche | $7,140.00 |
Teocuitatlán xx Xxxxxx | $7,140.00 |
Tepaptitlan xx Xxxxxxx | $5,490.00 |
Tequila | $4,940.00 |
Teuchitlán | $4,940.00 |
Tizapán el Alto | $6,590.00 |
Tlajomulco xx Xxxxxx | $3,840.00 |
Tlaquepaque | $3,290.00 |
Tolimán | $8,790.00 |
Tomatlán | $1,860.00 |
Tonalá | $3,840.00 |
Tonaya | $8,790.00 |
Tonila | $8,790.00 |
Totatiche | $15,390.00 |
Tototlán | $7,140.00 |
Tuxcacuesco | $10,440.00 |
Tuxcueca | $6,040.00 |
Tuxpan | $7,140.00 |
Unión de San Xxxxxxx | $8,240.00 |
Unión xx Xxxx | $9,340.00 |
Valla de Guadalupe | $6,590.00 |
Xxxxx xx Xxxxxx | $8,790.00 |
Villa Corona | $4,390.00 |
Villa Guerrero | $15,390.00 |
Villa Hidalgo | $9,890.00 |
Xxxxx Xxxxxxxxxxxx | $13,190.00 |
Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxx | $6,590.00 |
Zacoalco xx Xxxxxx | $4,940.00 |
Zapopan | $3,290.00 |
Zapotiltic | $6,040.00 |
Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx | $10,990.00 |
Zapotlán xxx Xxx | $6,590.00 |
Zapotlán el Grande | $7,690.00 |
Zapotlanejo | $4,390.00 |
Para viajes fuera del Estado de Jalisco se van a considerar los siguientes costos de traslado. Es importante mencionar que el punto de salida será la zona metropolitana de Guadalajara y el destino será la capital del estado en cuestión a visitar.
AUTOBUS TURISMO 45 PASAJEROS Y SPRINTER 17 Y 20 PASAJEROS SALIENDO DE LA ZMG (incluye gastos de transportación: chofer, gasolina, casetas) HACIA | |
Aguascalientes | $10,990.00 |
Baja California | $79,990.00 |
Baja California Sur | $119,990.00 |
Campeche | $69,990.00 |
Coahuila | $24,990.00 |
Colima | $10,990.00 |
Chiapas | $64,990.00 |
Chihuahua | $44,990.00 |
Distrito Federal | $24,990.00 |
Durango | $21,990.00 |
Guanajuato | $14,990.00 |
Guerrero | $34,990.00 |
Hidalgo | $21,990.00 |
México | $19,990.00 |
Michoacán | $14,990.00 |
Xxxxxxx | $21,990.00 |
Nayarit | $8,990.00 |
Nuevo León | $24,990.00 |
Oaxaca | $26,990.00 |
Puebla | $21,990.00 |
Querétaro | $14,990.00 |
Xxxxxxxx Roo | $79,990.00 |
San Xxxx Potosi | $17,990.00 |
Sinaloa | $24,990.00 |
Sonora | $47,990.00 |
Tabasco | $44,990.00 |
Tamaulipas | $42,990.00 |
Tlaxcala | $31,990.00 |
Veracruz | $32,990.00 |
Yucatán | $74,990.00 |
Zacatecas | $15,990.00 |
Los servicios anteriormente descritos deben cumplir con las especificaciones ofertadas en LA PROPUESTA presentada por EL PROVEEDOR respecto de la Invitación a Cuando Menos Tres Proveedores Solicitud del SEA 03/0029-00 denominada “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE DIVERSO”.
TERCERA.- DE LA ENTREGA. El(los) servicio (s) objeto del presente contrato deberán ser prestados por el período del día 19 diecinueve del mes xx Xxxxx del año 2016 dos mil dieciséis al día 31 treinta y uno del mes de Diciembre del año 2016 dos mil dieciséis, en el área correspondiente de LA DEPENDENCIA.
CUARTA.- DE LA VIGENCIA. El presente instrumento contractual comenzará a surtir sus efectos a partir del día 19 diecinueve del mes xx Xxxxx del año 2016 dos mil dieciséis, concluyendo el día 31 treinta y uno del mes de Diciembre del año 2016 dos mil dieciséis, a excepción de las garantías, las cuales seguirán surtiendo sus efectos hasta el término de su vigencia.
QUINTA.- DEL PRECIO. EL PROVEEDOR fija un precio para el objeto de este contrato hasta por la cantidad de $3’000,000.00 (TRES MILLONES DE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) Impuesto al Valor Agregado incluido, de acuerdo a los precios indicados en la cláusula segunda del presente contrato.
SEXTA.- DE LA FORMA DE PAGO. La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas realizará el pago a EL PROVEEDOR en pagos parciales contra entrega de los servicios objeto del presente contrato, previa autorización de LA DEPENDENCIA dentro de los 20 días hábiles siguientes a partir de que se presenten los documentos siguientes:
a) Original y copia de la factura, a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en la xxxxx Xxxxx Xxxxxx xx. 000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, C.P. 44100, R.F.C. SPC130227L99.
b) 1 copia del contrato
c) 1 copia de la garantía de cumplimiento de contrato, en caso de corresponder
d) Oficio de entera Satisfacción del (los) entregable(s) motivo del pago y/o la totalidad del servicio.
SÉPTIMA.- DE LA GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. La garantía otorgada
por EL PROVEEDOR en los términos del Anexo 7 siete de LAS BASES podrá ser exigible y aplicada en cualquier tiempo en caso de presentarse defectos, o mala calidad en el objeto de este contrato, o por cualquier incumplimiento en las obligaciones en él establecidas, y será independiente de las acciones que deban ejercitarse por los daños y perjuicios que se originen con motivo del incumplimiento en cualquiera de las obligaciones contraídas por parte de EL PROVEEDOR de conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco
OCTAVA.- DE LA GARANTÍA DEL SERVICIO. EL PROVEEDOR garantiza la calidad de los servicios objeto de este contrato, en el entendido de que los prestará con la mejor calidad, diligencia y con personal calificado a efecto de cumplir con las especificaciones requeridas por LA SECRETARÍA.
NOVENA.- DE LA PENALIZACION POR ATRASO EN EL SERVICIO. En caso que EL PROVEEDOR no realice
en tiempo y forma los servicios contratados, por cualquier causa que no sea imputable a LA SECRETARÍA o a LA DEPENDENCIA, LA SECRETARÍA podrá descontar a EL PROVEEDOR del monto total del servicio parcial correspondiente, el 3% cuando el atraso en el servicio se encuentre en 1 a 5 minutos, el 6% cuando el atraso en el servicio se encuentre de 6 a 10 minutos y el 10%, cuando el atraso en el servicio se encuentre de 11 a 30 minutos.
LA SECRETARÍA podrá aplicar la penalización que corresponda en caso de atraso en el servicio, o podrá rescindir el contrato a causa del incumplimiento en el servicio, en el término y/o condiciones establecidas en el presente contrato.
En caso de rescisión por esta causa EL PROVEEDOR pagará como pena convencional el 10% del monto total del contrato.
DÉCIMA.- DE LA RESCISIÓN. LA SECRETARÍA podrá optar por el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, sin necesidad de declaración judicial alguna para que operen, siempre y cuando EL PROVEEDOR incumpla con cualquier obligación establecida en el presente contrato, cuando los servicios objeto de este contrato sean de características inferiores a las descritas en el Anexo 1 de especificaciones de LAS BASES y/o cuando difieran de dicho anexo en perjuicio de LA SECRETARÌA y/o LA DEPENDENCIA. Este hecho será notificado de manera indubitable a EL PROVEEDOR, independientemente de hacer efectiva o no la fianza de garantía de cumplimiento de contrato.
En caso de incumplimiento de las obligaciones descritas en el Anexo 1 uno de LAS BASES, de la propuesta presentada por EL PROVEEDOR, así como del contrato, además de hacer efectiva la garantía de cumplimiento, y/o solicitar el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, LA SECRETARÍA podrá exigir el pago de daños y perjuicios de conformidad con el artículo 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco.
DÉCIMA PRIMERA.- DE LA CESION. EL PROVEEDOR no podrá gravar o ceder a otras personas físicas o jurídicas de forma parcial o total, los derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato, salvo los de cobro que se generen en los términos de este contrato, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa de LA SECRETARÍA.
DÉCIMA SEGUNDA.- DE LAS RELACIONES LABORALES. Ambas partes manifiestan expresamente que la relación que se deriva del presente contrato, no crea respecto de una y otra relación alguna de patrón, mandatario, subordinado, dependiente o empleado. En tal razón, EL PROVEEDOR será responsable por el personal que contrate o emplee con motivo de la prestación del (los) servicio (s) objeto de este contrato, obligándose a responder y sacar a salvo a LA SECRETARÍA, LA DEPENDENCIA y/o entidad pública involucrada, de cualquier acción o derecho derivado por concepto de prestaciones contenidas en la ley federal del trabajo, de seguridad social, fiscal, civil, penal o cualquier otra, en el entendido que lo señalado con anterioridad queda subsistente por el periodo que la legislación aplicable señale, y no por el periodo que dure vigente este contrato.
DÉCIMA TERCERA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. EL PROVEEDOR asumirá la
responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos inherentes a la propiedad intelectual, patentes, marcas o cualquier otro derecho xx xxxxxxx, con motivo de la firma del presente contrato.
DÉCIMA CUARTA.- DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA. En cualquier momento LA SECRETARÍA podrá dar por terminado el presente contrato sin responsabilidad para ésta, cuando se extinga la necesidad de requerir los servicios objeto del presente contrato, por tratarse de causas de interés general o público, ó por caso fortuito o fuerza mayor, bastando únicamente la notificación que se realice a EL PROVEEDOR, o por acuerdo entre las partes. En ambos casos se realizará el pago de los gastos generados hasta el momento de la terminación, siempre y cuando dichos gastos estén debidamente comprobados.
DÉCIMA QUINTA. DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. LA DEPENDENCIA será la encargada de vigilar e inspeccionar que los servicios objeto del presente contrato cumplan con las especificaciones descritas en la propuesta presentada por EL PROVEEDOR, teniendo las facultades para designar al personal que estime necesario para tal efecto.
Sin perjuicio de lo anterior, LA SECRETARÍA podrá en todo momento verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como llevar a cabo las acciones necesarias para su cumplimiento.
DÉCIMA SEXTA.- DE LAS NOTIFICACIONES. La comunicación entre las partes será por escrito a través de cualquier medio que de forma fehaciente e indubitable haga constar su notificación.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DE LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para resolver todo aquello que no esté previamente estipulado en él, las partes acuerdan en regirse en primer término en lo solicitado en LAS BASES, y para lo no previsto en los anteriores se sujetarán a la legislación aplicable en el Estado de Jalisco, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los Tribunales que se encuentran en la circunscripción territorial del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.
Leído que fue el presente contrato por ambas partes y enterados de su alcance y contenido, lo firman las partes de común acuerdo en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
LA SECRETARÍA | EL PROVEEDOR |
Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco | Ciudadano Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, |
TESTIGO | TESTIGO |
Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Director General de Abastecimientos de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. | Lic. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Director de Instrumentos Jurídicos de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. |
La presente hoja de firmas forma parte del contrato número 89/16 de fecha 19 diecinueve del mes xx Xxxxx del año 2016 dos mil dieciséis, celebrado por el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y el “Ciudadano Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx”. GML