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PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁ DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD, PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AUDITORÍA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017, 2018 Y 2019 DE LA SOCIEDAD FOMENTO DE SAN XXXXXXXXX, S.A.
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de la presente licitación lo constituye la contratación de los servicios de auditoría de los estados financieros de la Sociedad Pública Municipal FOMENTO DE SAN XXXXXXXXX, S.A., de los ejercicios 2017, 2018 y 2019, según lo previsto en el presente Pliego.
A través de la contratación de este objeto, se requiere la realización de una auditoría de las cuentas anuales Fomento de San Xxxxxxxxx, S.A., que comprenden el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo correspondiente al ejercicio terminado al 31 de diciembre del ejercicio 2017, 2018 y 2019, y la memoria.
También se requiere la verificación de que la información contable que contiene el informe de gestión concuerda con la de las cuentas anuales del ejercicio 2017, 2018 y 2019. El trabajo de los auditores se limitará a la verificación del informe de gestión con el alcance mencionado en este mismo párrafo, no incluyendo la revisión de información distinta de la obtenida a partir de los registros contables auditados de FOMENTO DE SAN XXXXXXXXX, S.A. El informe de gestión contendrá las explicaciones que la Dirección considera oportunas sobre la situación de la Sociedad, la evolución de sus negocios y sobre otros asuntos y no forma parte integrante de las cuentas anuales.
El auditor deberá ser responsable de formar y expresar su opinión sobre las cuentas anuales de una sociedad. Sin embargo, es responsabilidad de la Dirección de la misma la preparación de las cuentas anuales y su contenido, lo que incluye el mantenimiento de registros contables y sistemas de control interno adecuados, la elección y aplicación de los principios y normas contables apropiados y la salvaguarda de los activos de dicha sociedad.
La finalidad del examen a realizar, de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas, consistirá en la revisión de los mencionados estados financieros, con objeto de expresar una opinión profesional sobre si el mismo presenta adecuadamente la situación financiero-patrimonial de las Sociedades al 31 de diciembre de 2017, 2018 y 2019, de conformidad con principios y criterios de contabilidad generalmente aceptados.
2. ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es FOMENTO DE SAN XXXXXXXXX, S.A. (en adelante, FOMENTO).
El Órgano de Contratación es el gerente de FOMENTO.
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado con publicidad al empresario que presente la oferta económicamente más ventajosa, tras efectuar la correspondiente negociación con los licitadores participantes sobre los aspectos económicos y técnicos indicados en la Cláusula 10ª del presente Xxxxxx.
La oferta final que presenten los licitadores se valorará de acuerdo con los criterios de valoración de las ofertas establecidas en la Cláusula 11ª del presente Pliego.
4. DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato se extenderá desde el 1 de noviembre del 2017 hasta el 1 de julio de 2020(el plazo máximo estipulado por la legislación aprobar las cuentas del ejercicio 2019), y comprenderá las auditorías de cuentas anuales de los ejercicios 2017, 2018 y 2019.
5. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El presupuesto máximo de licitación es de 13.800 euros por ejercicio, IVA no incluido, cantidad que podrá ser objeto de reducción por los licitadores.
Los licitadores deberán indicar como partida independiente el IVA que deba soportar FOMENTO.
Se entenderán comprendidos en el precio ofertado por el licitador cualesquiera conceptos inherentes a la prestación del servicio y todos los gastos relativos al personal (a saber, salarios y Seguridad Social, vacaciones y pagas extraordinarias, sustituciones por baja o enfermedad, seguros de accidentes individuales, etc.), así como todos los tributos que ocasione el servicio
(IVA excluido), costes de transporte, desplazamientos, restantes seguros, licencias, autorizaciones y cualesquiera otros gastos generales.
El valor estimado total del contrato, a los efectos de lo previsto en el artículo 88 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), es de 41.400 Euros, IVA excluido.
Dicho valor estimado ha sido calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 88 del TRLCSP.
6. ABONO DEL PRECIO
FOMENTO abonará el precio del servicio realizado, en el plazo de 30 días, siempre que la factura cuente con el visto bueno del técnico responsable de FOMENTO.
No procederá el abono de ningún trabajo o servicio que se hubiere prestado fuera del objeto contractual previsto en el presente Pliego o que, en su caso, no hubiera sido previamente requerido por FOMENTO.
7. PUBLICIDAD
La presente licitación, así como la adjudicación, se publicará en el perfil de contratante de FOMENTO.
El acceso a dicho perfil se realizará a través de la página Web siguiente: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx y a través de la plataforma de contratación de Gobierno Xxxxx.
8. CONDICIONES DE APTITUD
Podrán contratar con FOMENTO las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
Los licitadores deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Tendrán capacidad para contratar con FOMENTO, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
Podrán contratar con FOMENTO las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP.
Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica y profesional:
• Tener un volumen de negocio, en el conjunto de los tres últimos ejercicios cerrados, en el ámbito de la prestación objeto de la presente licitación de, al menos, el doble del valor estimado del contrato.
• Haber ejecutado, en el conjunto de los últimos cinco ejercicio cerrados (2012, 2013, 2014, 2015 y 2016), al menos, 25 contratos en el ámbito de la prestación de servicios objeto de la presente licitación (25 auditorías de cuenta anuales), de la cuales, al menos, 10 se hayan prestado a fundaciones o a entidades del sector público.
Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223. f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de
resolución del contrato, a voluntad de FOMENTO.
El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 12ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para contratar con FOMENTO, y la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Tal acreditación se verificará en la forma establecida en la referida Cláusula 12ª.
En todo caso, el Órgano de Contratación, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 12ª.
9. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN
La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del presente Xxxxxx, sin salvedad alguna.
El Pliego estará accesible desde la referida fecha y en el mismo plazo en el perfil de contratante de FOMENTO
Para participar en la licitación, los licitadores deberán presentar en el plazo de quince días naturales desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el perfil de contratante la documentación que luego se indicará, enviando un correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx, con el asunto “Proposición para tomar parte en la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de los servicios de auditoría de los estados financieros de la Sociedad Pública Municipal Fomento de San Xxxxxxxxx, S.A., de los ejercicios 2017, 2018 y 2019” indicando en el mismo la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico. Todo ello de forma legible.
El correo deberá tener adjunto tres archivos. El contenido de cada archivo, que deberá estar relacionado en su interior en hoja independiente, deberá constar de los documentos que se indican a continuación:
Archivo nº 1.- "APTITUD PARA CONTRATAR"
• Relación numerada, en hoja independiente, de la documentación aportada en el sobre, así como indicación de los números de teléfono y de fax y dirección de correo electrónico y el
medio preferente para la recepción de notificaciones, que se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Xxxxx XX.
• Declaración responsable del licitador, ajustada al modelo del Anexo I, indicando que cumple con todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con FOMENTO, y con todos los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la Cláusula 8ª del presente Pliego.
Dicho documento deberá incluir la declaración de aceptación voluntaria del licitador de dar transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución (para el caso de resultar adjudicatario) hasta su finalización.
En el caso de las empresas extranjeras, se incluirá en la referida declaración responsable, en la forma prevista en el referido Anexo I, la mención expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Asimismo, en el caso de que la empresa licitadora perteneciera al mismo grupo empresarial que otra/s empresa/s licitadora/s (entendiendo por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio), en la declaración a que hace referencia este apartado b) se incluirá dicha circunstancia, identificando a la/s otra/s empresas licitadoras del grupo, en la forma prevista en el referido Anexo I.
• En el caso de que varios empresarios deseen concurrir a la licitación integrados en una unión temporal, la declaración a que se refiere el apartado b) anterior deberá ser presentada por todos y cada uno de los que vayan a integrarla.
Adicionalmente, deberán presentar un documento privado, firmado por todos ellos, indicando los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios.
Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de FOMENTO.
Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al euskera o, en su caso, al español.
FOMENTO se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
Archivo nº 2.- “PROPUESTA TÉCNICA
■ Descripción de los trabajos a realizar.
■ Planificación de los trabajos a realizar y fechas.
■ Informes a emitir.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública, se advierte de que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y seguridad y salud en el trabajo.
En ese contexto, en la Propuesta Técnica prevista en este apartado los licitadores indicarán el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios.
Archivo nº 3.- "PROPOSICIÓN ECONÓMICA"
La proposición económica se ajustará al modelo que se adjunta al presente Xxxxxx como Xxxxx XXX.
10. FASE DE NEGOCIACIÓN
El personal técnico de FOMENTO calificará los documentos presentados en tiempo y forma y, si observare defectos u omisiones subsanables, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane dichos defectos u omisiones.
Subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados en la documentación presentada, se abrirá la fase de negociación, que versará sobre los siguientes aspectos económicos y técnicos:
• Oferta económica.
• Contenido oferta técnica.
Durante la negociación, el Órgano de Contratación velará para que todos los participantes en el procedimiento reciban igual trato. En particular, no facilitará, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto.
Terminada la negociación, los participantes que hayan cambiado de postura como
consecuencia de aquélla, deberán remitir a FOMENTO su oferta final para que se proceda a la identificación y selección de la oferta económicamente más ventajosa.
11. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios de valoración, indicados con su ponderación correspondiente, serán los siguientes:
- Propuesta técnica: Hasta un máximo de 30 puntos.
Se valorará:
• La idoneidad de los trabajos a realizar descritos. Hasta un máximo de 9 puntos.
• La idoneidad y coherencia de la planificación de los trabajos a realizar y fechas. Hasta un máximo de 12 puntos.
• La adecuación de los informes a emitir. Hasta un máximo de 9 puntos
- Proposición económica: Hasta un máximo de 70 puntos.
Se valorará con cero puntos la oferta que coincida con el precio de licitación La puntuación se otorga proporcionalmente entre los siguientes valores:
1.- El precio de licitación
2.- La cantidad más baja de entre las siguientes:
a) La menor oferta
b) El precio de licitación menos un 15%
c) El precio medio ofertado menos un 10% Se aplicará la siguiente fórmula matemática:
(Pl - On)
Ptn = x Pto., (Pl-O1)
(siendo: Pl= Precio de licitación; Pto= Puntuación máxima; O1 = precio más bajo según el apartado 2; On = Precio de la oferta económica de cada licitadora; Ptn = Puntuación obtenida por cada licitadora).
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al/a los licitador/es que la haya/n presentado para que justifique/n la valoración de la oferta y precise/n las condiciones de la misma.
A dichos efectos, podrá ser considerada desproporcionada o anormal aquella oferta que sea inferior en 20 unidades porcentuales o más a la medida aritmética de la totalidad de las proposiciones.
12. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
A la vista de las ofertas presentadas y realizadas y concluidas, en su caso, las oportunas negociaciones con los participantes, las ofertas finales serán estudiadas y valoradas de conformidad con los criterios de valoración señalados en la Cláusula 11ª del presente Pliego por el personal técnico de FOMENTO, que elevará al Órgano de Contratación la relación de proposiciones presentadas que no hayan sido declaradas anormales o desproporcionadas, clasificadas por orden decreciente e identificará la oferta económicamente más ventajosa.
Podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informe técnicos considere precisos en orden a la ejecución.
La identificación por parte del personal técnico de la proposición económicamente más ventajosa no genera derecho alguno a favor del licitador frente a FOMENTO.
Para la elección del licitador seleccionado para la adjudicación, el Órgano de Contratación, como regla general, deberá ajustarse a la propuesta realizada por el personal técnico. En caso contrario, el Órgano de Contratación deberá motivar su decisión de separarse de la propuesta, procediendo a realizar, en su caso, la clasificación definitiva de las proposiciones.
Seguidamente, el Órgano de Contratación requerirá al licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte, en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba dicho requerimiento, la documentación justificativa de cumplir todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con FOMENTO, y todos los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la Cláusula 8ª del presente Pliego, en la forma indicada a continuación. En el supuesto de que la propuesta se hubiera formulado por empresarios que pretenden concurrir integrados en una unión temporal, la referida
documentación debe referirse a la totalidad de las empresas que la han de integrar:
1. Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad de obrar del empresario y, en su caso, la de su representante:
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- La capacidad de obrar de los restantes empresarios extranjeros se acreditará mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas se acreditará mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, o equivalente de su Estado respectivo.
- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia del Documento Nacional de Identidad, así como poder bastante al efecto. Si la representada fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando así se exija conforme a lo previsto en el artículo 94 del Reglamento del Registro Mercantil, o en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Los licitadores podrán presentar los documentos exigidos mediante originales o mediante copias de los mismos, debidamente compulsados o autenticados.
Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, podrán presentar copia del certificado vigente de inscripción expedido por el letrado responsable del Registro en sustitución de la documentación requerida en el presente apartado 1). El certificado de inscripción deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador en virtud de la cual manifieste que las circunstancias reflejadas en el documento no han variado.
2. Declaración responsable ajustada al modelo del Anexo IV de no estar incurso el licitador en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60.1 del TRLCSP.
3. Justificante acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
4. Justificantes acreditativos de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional del empresario con arreglo a lo previsto en la Cláusula 8ª.
La solvencia económica y financiera y técnica o profesional del empresario se acreditará a través de los medios siguientes:
• Declaración sobre el volumen de negocio, en el ámbito de la prestación de servicios objeto del contrato, referido a los últimos tres ejercicios.
• Relación de los principales contratos ejecutados, en los últimos cinco ejercicios cerrados (2012, 2013, 2014, 2015 y 2016), en el ámbito de la prestación de servicios objeto de la presente licitación, que incluya fechas, el destinatario, público o privado, e importe de los mismos.
5. Copia, en su caso, de la escritura pública de constitución en unión temporal de empresa, debiendo designar un representante o apoderado único de la unión temporal, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
Nota: FOMENTO se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
Nota: Si FOMENTO observara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se concederá un plazo máximo de tres días hábiles para dicha subsanación.
Nota: Las empresas extranjeras presentarán toda la documentación traducida de forma oficial al euskera o, en su caso, al español.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la referida documentación, debidamente subsanada en su caso, y en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día de la apertura de las proposiciones.
La adjudicación se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada, será notificada a los licitadores, mediante el medio indicado conforme al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo II, y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
13. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará mediante su formalización.
El contrato se formalizará en documento privado dentro del plazo máximo de quince días hábiles siguientes aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación por los licitadores y el adjudicatario.
El adjudicatario podrá solicitar, no obstante, la elevación del contrato a escritura pública. En este caso, los gastos de formalización serán de su cuenta.
Cuando por causas imputables al contratista, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, FOMENTO podrá requerir al siguiente licitador la documentación exigida en la Cláusula 12ª del presente Pliego, concediéndosele un plazo xx xxxx días hábiles para presentar la misma.
14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con arreglo a las siguientes condiciones:
• El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
• El contrato se ejecutará según sus términos y condiciones, según el presente Xxxxxx y la oferta presentada por el adjudicatario y conforme a las instrucciones que imparta FOMENTO o, en su caso, el responsable del contrato.
• El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo.
En este contexto, en la Propuesta Técnica exigida en la Cláusula 9ª del presente Pliego los licitadores indicaran el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios. La información sobre el convenio colectivo que la empresa adjudicataria declare aplicable a
los trabajadores que realicen la actividad objeto del contrato se incluirá en la resolución de adjudicación y se publicará en el perfil de contratante.
Adicionalmente, el adjudicatario estará obligado a facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a esos trabajadores.
El adjudicatario deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquél.
Lo dispuesto en el presente apartado tiene el carácter de condición especial de ejecución y obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto cualquier incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de FOMENTO.
La totalidad del personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, ostentando el mismo los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario, sin que pueda realizarse reclamación alguna a FOMENTO derivada de tales relaciones laborales o restantes obligaciones.
El adjudicatario será el único responsable ante cualquier siniestro o reclamación (judicial o extrajudicial) relacionado con el personal que trabaje en la ejecución de la prestación, propio o de las eventuales subcontrataciones, no asumiendo FOMENTO ningún tipo de responsabilidad laboral (incluida la referente a la seguridad, higiene y salud laboral), de Seguridad Social o fiscal que el adjudicatario contraiga directa o indirectamente. Igualmente, el adjudicatario asumirá exclusivamente las responsabilidades que pudieran derivarse de siniestros originados por la ejecución de la prestación.
• El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que para él se deriven de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD) y su normativa de desarrollo, como consecuencia de cualquier tratamiento de datos de carácter personal que, durante la vigencia del contrato, lleve a cabo en el marco de sus actividades y por su propia cuenta y decisión, como Responsable de dicho tratamiento, todo ello con independencia de lo expresamente establecido en la Cláusula 16ª del presente Xxxxxx.
15. OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES
Serán obligaciones del adjudicatario las siguientes:
• La ejecución del contrato con estricta sujeción a lo establecido en su clausulado, en el presente Xxxxxx, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como a las instrucciones que diere al contratista el responsable del contrato.
• La obediencia de las instrucciones dadas por el responsable del contrato y por el personal técnico de FOMENTO y la ejecución de las tareas objeto del contrato de manera coordinada con aquél, debiéndole mantener informado de manera continua.
• La satisfacción de cualesquiera gastos que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes.
• El cumplimiento del deber de confidencialidad, con arreglo a la Cláusula 17ª del presente Xxxxxx.
• El cumplimiento de cuantas obligaciones le establezca la normativa vigente de aplicación en cada momento.
• La obtención de cuantas licencias y permisos fuesen necesarios para el ejercicio de su actividad.
• El cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo, en los términos recogidos en el tercer guion, de la Cláusula 14ª del presente Pliego. En dicho contexto, el adjudicatario deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquél.
Las obligaciones previstas en la presente Xxxxxxxx tendrán el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de las mismas causa de resolución del contrato, a voluntad de FOMENTO.
16. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
La prestación de servicios objeto de esta contratación requerirá, en atención a su contenido: (i) el tratamiento por parte del adjudicatario de datos de carácter personal por cuenta de FOMENTO; y (ii) el acceso por parte del adjudicatario a datos de carácter personal incorporados a ficheros titularidad de FOMENTO.
En este contexto, el adjudicatario declara expresamente que conoce quedar obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la LOPD (especialmente en lo indicado en sus artículos 9, 10 y 12), en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la LOPD (en adelante, RLOPD) y en el resto de disposiciones de desarrollo de dichas normas.
De este modo y por disponerlo así la LOPD, el adjudicatario, en su condición de Encargado del Tratamiento, se obliga a suscribir con FOMENTO el correspondiente contrato de acceso a datos con el contenido y alcance que determinan el artículo 12 de la LOPD y el artículo 20 del RLOPD.
Dicho contrato de acceso a datos deberá ser suscrito con carácter simultáneo a la firma del contrato resultante de la presente licitación entre FOMENTO y el adjudicatario.
En todo caso y con independencia de lo que se establezca al efecto en el aludido contrato de acceso a datos, con motivo de la contratación objeto de esta licitación, el adjudicatario se obliga a observar las siguientes previsiones:
• Cumplirá lo dispuesto en la LOPD, en el RLOPD y en el resto de normas de desarrollo que se encuentren en vigor a la fecha de adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
• Cada uno de los usuarios de entre el personal del adjudicatario tendrá acceso únicamente a aquéllos datos y/o recursos a los que precise acceder para el desarrollo de sus funciones.
• Toda vez que la prestación de los servicios tendrá lugar, en gran medida, presencialmente en los locales de FOMENTO, el adjudicatario y su personal estarán obligados a observar las medidas de seguridad que, en materia de protección de datos, FOMENTO tenga implantadas en cada momento.
• Para el resto de tratamientos de datos que desarrolle fuera de los locales de FOMENTO, adoptará las medidas de seguridad que correspondan conforme a lo previsto en el RLOPD.
• Aportará, cuando así se lo requiera FOMENTO, una memoria descriptiva de las medidas adoptadas para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos tratados por cuenta de FOMENTO y de la documentación facilitada por ésta.
• Comunicará a FOMENTO la persona o personas directamente responsable/s de la puesta en práctica e inspección de dichas medidas de seguridad.
• Formará e informará a su personal en las obligaciones que dimanan de la normativa
vigente en materia de protección de datos.
• Tanto el adjudicatario como su personal interviniente en la prestación de servicios objeto de esta licitación estarán obligados al secreto profesional respecto de los datos, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato y al deber de guardarlos.
17. CONFIDENCIALIDAD
Sin perjuicio de lo dispuesto en este Pliego con relación a la publicidad de la adjudicación y con la información que deba darse a los licitadores, el Órgano de Contratación no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores que éstos hayan designado como confidencial, afectando este carácter, en particular, a los secretos técnicos o comerciales.
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato y a la que se dé el referido carácter en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
En particular, serán consideradas como confidenciales, no pudiendo ser objeto de publicación o difusión, las informaciones, documentos, archivos o especificaciones en cualquier soporte, que sean facilitadas al contratista como consecuencia de la ejecución del contrato.
Este deber de confidencialidad se mantendrá indefinidamente.
18. PENALIZACIONES
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto a los plazos de ejecución de los servicios o ejecución defectuosa de las prestaciones contratadas, o hubiera incumplido cualesquiera otras condiciones contractuales, FOMENTO podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato, en los términos de la Cláusula 20ª del presente Xxxxxx, o continuar en su ejecución, devengándose, en este caso, a favor de FOMENTO, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, la cantidad del 10% del precio por ejercicio adjudicado.
Incluso en el supuesto de opción por la continuación en la ejecución del contrato, mientras dure el incumplimiento, en cualquier momento FOMENTO podrá optar por la resolución con los efectos antes referidos.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, cuando no pueda deducirse de aquélla, será
objeto de la correspondiente reclamación, en la cuantía que exceda de las mismas.
En todo caso, tanto de opción por la resolución como por la continuación del contrato, FOMENTO podrá decidir unilateralmente la continuación del servicio durante el tiempo que estime preciso, por medios propios o de terceros, repercutiendo en ambos casos el coste de dicha continuación en el contratista, sin perjuicio de las indemnizaciones de daños y perjuicios y demás efectos previstos en la presente Cláusula.
19. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, el Órgano de Contratación sólo podrá modificar el contrato en los supuestos previstos en el artículo 107 del TRLCSP.
20. RESOLUCIÓN
Serán causa de resolución del contrato las previstas en el artículo 223 del TRLCSP, letras a) – sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 85-, b), d), f), g) y h) y, en general, cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con lo previsto en el artículo
1.124 del Código Civil.
En cualquiera de los casos de resolución previstos en esta Cláusula, la misma operará automáticamente, sin más requisito que la notificación fehaciente que FOMENTO realice al adjudicatario de su decisión a tal efecto.
Recibida dicha notificación, el adjudicatario vendrá obligado de inmediato a entregar y poner a disposición de FOMENTO, si ésta así lo requiere, la totalidad de los documentos elaborados o generados por el mismo hasta la fecha en el desarrollo de las prestaciones contratadas, junto con los documentos que le hubiesen sido entregados por FOMENTO.
FOMENTO redactará un acta de estado de ejecución, de forma que queden determinados los servicios que aquélla acepta como recibidos, y los que se tienen por no recibidos, así como las razones de tal no recepción. De esta manera, FOMENTO podrá continuar con la ejecución del contrato, por sí o por tercero.
El adjudicatario procederá a facilitar la transición con el siguiente adjudicatario de los servicios con la mayor de las diligencias.
Todo ello, sin perjuicio de la posterior liquidación económica del contrato que proceda, según lo dispuesto a continuación.
Las responsabilidades económicas que pudieran derivarse de la resolución del contrato por las causas previstas en esta Cláusula, así como por cualesquiera otras que pudieran resultar legalmente procedentes, se liquidarán una vez resuelto efectivamente el contrato y entregada la documentación correspondiente, no siendo óbice para que FOMENTO pueda continuar con su ejecución.
En todo caso de resolución, el adjudicatario tendrá en principio derecho a percibir el precio de la totalidad de los servicios que efectivamente hubiese realizado.
Cuando la resolución del contrato se produzca por cualquier causa imputable al adjudicatario, se devengará a favor de FOMENTO, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, una cantidad equivalente al 20% del precio por ejercicio adjudicado.
Ambas cantidades se deducirán del precio pendiente de abonar al contratista y, en su caso, el exceso, será objeto de la correspondiente reclamación.
21. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
En cuanto a su preparación y adjudicación, el contrato se regirá por el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en el mismo, por las instrucciones internas de contratación de FOMENTO y por las normas establecidas al efecto en el TRLCSP (para los contratos no sujetos a regulación armonizada celebrados por las entidades del sector público que reúnan la condición de poder adjudicador y no sean Administración Pública).
En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en el mismo, por las normas de derecho privado, salvo en lo relativo a la modificación del contrato, en que en todo caso será de aplicación lo dispuesto en el Título V del Libro I del TRLCSP.
Adicionalmente, el TRLCSP, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas serán de aplicación en todo en cuanto este Pliego se remita expresamente a dichos textos normativos.
Será igualmente de aplicación en lo pertinente, lo establecido en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas y demás disposiciones legales que sean de aplicación.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan
entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
ANEXO I. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
“D./Xx..............................................................................................................con domicilio
en......................................................................................................................., D.N.I.
nº........................, teléfono....................................................., e-mail........................................., en
plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de............................................................................................................................., con domicilio
en.............................................................................................................., y D.N.I. o C.I.F. [Según
se trate de persona física o jurídica] nº........................................, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas que ha de regir la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de los servicios de auditoría de los estados financieros de la Sociedad Pública Municipal Fomento de San Xxxxxxxxx, S.A., de los ejercicios 2017, 2018 y 2019,
DECLARA:
Primero.- Que, a fecha de presentación de la presente oferta, cumple con todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con FOMENTO DE SAN XXXXXXXXX, S.A., y con todos los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en el Pliego.
Segundo.- (A incluir en el caso de que empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial –entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio- presenten individualmente distintas proposiciones para concurrir a la adjudicación del contrato). Que la empresa que representa forma parte del mismo grupo de sociedades que la empresa…, que también presenta proposición a la presente licitación.
Tercero.- Que acepta expresamente que la entidad contratante dé transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución (en caso de resultar adjudicatario) hasta su finalización.
Cuarta.- (A incluir en el caso de empresas extranjeras). Que la empresa a la que representa se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero extranjero que le pudiera corresponder.
En ........................, a . .de de 2017
Fdo:……………………
ANEXO II. DESIGNACIÓN DE MEDIO PREFERENTE DE RECEPCIÓN DE NOTIFICACIONES
D./Xx ……………………………, con domicilio en …………………… y D.N.I. nº
……………….. en nombre propio, o en representación de ………………. con domicilio en
………………….. y D.N.I. o C.I.F. nº ............................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas que ha de regir la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de los servicios de auditoría de los estados financieros de la Sociedad Pública Municipal Fomento de San Xxxxxxxxx, S.A., de los ejercicios 2017, 2018 y 2019, mediante la presente, designa como medio preferente para la recepción de cualquier notificación que FOMENTO DE SAN XXXXXXXXX, S.A. deba realizar con motivo de la licitación el siguiente (*):
€ Correo electrónico.
€ Correo certificado.
(*) Indíquese el medio designado.
En todo caso, a efectos de notificaciones, se indican los siguientes datos: Dirección de correo electrónico: ……………………….
Dirección postal: ………………………………………..
Teléfonos/s de contacto: ………………………………..
[Nota: Al efecto de dar mayor agilidad a las notificaciones, se recomienda designar el correo electrónico del licitador como medio preferente, medio que será plenamente válido a efectos de notificaciones por ser el medio señalado por el propio licitador. No obstante, se admite la designación de otro medio como preferente. De no efectuarse dicha designación, se procederá a la notificación por correo postal certificado en el domicilio indicado.]
ANEXO III. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx ……………………………, con domicilio en …………………… y D.N.I. nº
……………….., en nombre propio, o en representación de ………………., con domicilio en
………………….. y D.N.I. o C.I.F. nº ……………………………, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas que ha de regir la licitación, por procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de los servicios de auditoría de los estados financieros de la Sociedad Pública Municipal Fomento de San Xxxxxxxxx, S.A., de los ejercicios 2017, 2018 y 2019, mediante la presente,
DECLARA:
• Que se compromete a la prestación de los servicios de auditoría de los estados financieros de la Sociedad Pública Municipal Fomento de San Xxxxxxxxx, S.A., de los ejercicios 2017, 2018 y 2019.
• Que durante dicho plazo se compromete a la prestación de los servicios de auditoría de los estados financieros de la Sociedad Pública Municipal Fomento de San Xxxxxxxxx,
S.A. por el siguiente precio por ejercicio:
……………………………………......euros/ejercicio, IVA excluido.
• Que conoce el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, que expresamente asume y acata en su totalidad.
• Que cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para la realización del presente contrato.
• Que, asimismo, se obliga al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, prevención y tributaria.
En ……………….., a ……….. de ……………… de 2017. [Firma]
ANEXO IV. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
“D./Xx..............................................................................................................con domicilio
en.........................................................................................................................................., D.N.I. nº........................, teléfono......................................., e-mail ,
en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de................................................................................................................., con domicilio
en.............................................................................................................., y D.N.I. o C.I.F. [Según
se trate de persona física o jurídica] nº........................................, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas que ha de regir la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de los servicios de auditoría de los estados financieros de la Sociedad Pública Municipal Fomento de San Xxxxxxxxx, S.A., de los ejercicios 2017, 2018 y 2019,
DECLARA:
Que no se encuentra incurso en ninguna de las incompatibilidades y prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
En ……………….., a ……….. de ……………… de 2017. [Firma]