MINISTERIO DE TRANSPORTE
MINISTERIO DE TRANSPORTE
AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA
PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. VJ-VAF-SA-007-2017
OBJETO:
“CONTRATAR EL SERVICIO DE SOPORTE COMUNICACIONAL Y OPERACIONAL TECNOLÓGICO MEDIANTE EL SISTEMA DE OUTSOURCING (BPO, ITO, KPO) DE LA ENTIDAD, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O ALCANCE DEL OBJETO”.
MARZO DE 2017
CAPITULO I
INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS PROPONENTES
1.1. RECOMENDACIONES A LOS PARTICIPANTES
Este pliego de condiciones ha sido elaborado siguiendo los postulados señalados por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y las demás normas concordantes y complementarias.
Para la elaboración de la propuesta se solicita seguir la metodología señalada en este documento, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole que permitan una selección objetiva, transparente y responsable y así evitar la declaratoria de desierta de este proceso de selección abreviada.
Se recuerda a los proponentes, que de acuerdo con la Ley 80 de 1993, el particular que contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo, en el logro de sus fines y por lo tanto, cumple una función social que implica obligaciones, sin perjuicio de los derechos que la misma ley le otorga.
Igualmente, para efectos de la responsabilidad penal, los contratistas se consideran particulares que cumplen funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación del contrato, razón por la cual están sujetos a la responsabilidad que en esta materia señala la ley para los servidores públicos.
Por lo anterior se recomienda:
1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento.
2. Examine rigurosamente el contenido xxx xxxxxx de condiciones, los documentos que hacen parte del mismo y las normas que regulan la Contratación con Entidades del Estado (Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y demás normas reglamentarias y complementarias).
3. Verifique que no se encuentra incurso en las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas para participar en un proceso de selección pública y contratar.
4. Cerciórese de que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados. Adelante oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que debe allegar con la propuesta y verifique que contiene la información completa que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley y en el presente pliego de condiciones.
5. Toda consulta debe formularse por escrito. No se atenderán consultas personales o telefónicas. Ningún convenio verbal con personal de la Agencia, antes o después de la firma del contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas.
6. Tenga en cuenta la disponibilidad presupuestal y valor máximo establecido para esta contratación.
7. Suministre toda la información requerida en este pliego de condiciones, dando cumplimiento a las disposiciones legales vigentes. Diligencie totalmente los anexos al presente pliego de condiciones.
8. Presente la oferta en original y una (1) copia, sellada, marcada con el nombre completo del oferente, con el correspondiente índice y debidamente foliada. El proponente será responsable por los datos, informes, documentos y resultados que suministre durante el procedimiento de selección, así como de aquellos que entregue durante la ejecución del contrato.
9. Todos los gastos en que incurra el proponente con ocasión de la preparación y presentación de la propuesta correrán por su cuenta y la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA no asume responsabilidad de reembolso alguno.
10. El término de validez de la propuesta se extenderá hasta la fecha del vencimiento de la garantía de seriedad de la oferta, cuando el proponente no haya fijado uno diferente; en caso de que lo haya fijado, éste no podrá ser inferior a la fecha anteriormente señalada.
11. Tenga presente la fecha y hora previstas para el cierre del presente proceso de selección, dado que EN NINGÚN CASO SE RECIBIRÁN PROPUESTAS POR FUERA DEL TÉRMINO PREVISTO.
12. Los proponentes con la sola presentación de su propuesta, autorizan a la entidad a verificar toda la información que en ella suministren o la que con ella se relacione. LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA se reserva el derecho de solicitar subsanes y documentación en condiciones de igualdad para todos los proponentes sobre los requisitos que no afecten el factor de ponderación de las ofertas, lo cual podrá realizarse hasta la fecha máxima que indique la Entidad. Lo anterior conforme lo establecido en los numerales 2, 3 y 4 del artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015
1.1.2. DEFINICIONES
La AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA: Entidad oficial del orden Nacional adscrita al Ministerio de Transporte, también podrá denominarse la ANI, la Entidad o la Agencia.
PROPONENTE: Es el que presenta oferta dentro del término indicado en el pliego de condiciones.
DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Son los que contienen la información general, particular y las instrucciones para los proponentes.
PROPONENTES HABILITADOS: Es el proponente que cumple con los requisitos habilitantes previstos en el pliego de condiciones y por ende su propuesta puede ser objeto de evaluación.
PROPUESTA RECHAZADA: Es la propuesta que incurre en causal de rechazo establecida en el pliego.
ADENDA: Es el documento que se expide con el fin modificar el pliego de condiciones y forma parte del mismo.
CONTRATISTA: Es el proponente que resulta favorecido con la adjudicación del proceso de selección y por ende con quien se suscribe el contrato.
SUPERVISOR: Es la persona designada por la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, para realizar el seguimiento técnico, financiero y administrativo del contrato durante su ejecución y hasta la liquidación del mismo.
CONTRATO: Es el instrumento legal convenido y aceptado tanto por la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA como por el contratista, para ejecutar el objeto y obligaciones del mismo, el cual será ley para las partes.
ADJUDICACIÓN: Es la decisión emanada de la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA por medio de la cual determina el adjudicatario del contrato, y quien en consecuencia corresponderá, como derecho y obligación, la suscripción del(los) mismo(s).
DÍA(S) CORRIENTE(S) O DÍA(S) CALENDARIO: Es cualquier día del calendario, entendido como el espacio de tiempo de 24 horas, sin tener en cuenta si se trata de un día hábil o inhábil. En el evento en que la fecha en que finalice un plazo establecido en el presente pliego de condiciones resulte ser un sábado x xxxxxxx u otro día inhábil, el último día de tal período o la fecha correspondiente, se trasladará al día hábil siguiente, esto sin perjuicio de la obligación que tiene el contratista de ejecutar el objeto del contrato en días horarios o días no hábiles.
DÍA(S) HÁBIL(ES): Es cualquier día comprendido entre el lunes y el viernes de cada semana entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m., excluyendo los días festivos determinados por Ley en la República de Colombia, esto sin perjuicio de la obligación que tiene el contratista de ejecutar el objeto del contrato en horarios y/o días no hábiles, según se requiera en el presente documento.
INCONSISTENCIA: Falta de consistencia entre la información, manifestación o documentos presentados en la propuesta, frente a la verificación que realice directamente la entidad de la información, manifestación o documentos aportados con la propuesta.
INEXACTITUD: Falta de exactitud en algún dato contenido en un documento o información aportada por el proponente.
PLIEGO DE CONDICIONES: Acto Administrativo de carácter general expedido por la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA en desarrollo del presente proceso de selección, conforma las disposiciones de obligatorio cumplimiento para los proponentes, el contratista y la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA. Vencida la oportunidad para la modificación xxx Xxxxxx de condiciones, este será aplicable tal y como fue expedido integrado con sus Adendas.
PONDERACIÓN: Para efectos del presente proceso de selección se realizará la ponderación de los factores de evaluación de las ofertas habilitadas en los aspectos jurídico, financiero y técnico, según sea el caso, de conformidad con lo señalado en los capítulos correspondientes.
1.2. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
La AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, Agencia especial del Estado, vinculada al Ministerio de Transporte, está interesada recibir propuestas para CONTRATAR EL SERVICIO DE SOPORTE COMUNICACIONAL Y OPERACIONAL TECNOLÓGICO MEDIANTE EL SISTEMA DE OUTSOURCING (BPO, ITO, KPO) DE LA ENTIDAD, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O ALCANCE DEL OBJETO.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O ALCANCE DEL OBJETO:
En el desarrollo del objeto contractual, el contratista se compromete a ejecutar el objeto contractual teniendo en cuenta las siguientes especificaciones técnicas:
1.2.1. PRESTAR SOPORTE TÉCNICO, OPERACIÓN SALAS, AUDITORIO Y OPERACIÓN CARTELERAS DIGITALES: Disponer los recursos profesionales y técnicos especializados y las herramientas para dar soporte técnico a todos los equipos de carteleras digitales y a todos los equipos de las salas que cuentan con recursos multimediales, audiovisuales y de videoconferencias, de tal manera que su nivel de disponibilidad sea conforme a los requerimientos de la entidad, Así mismo debe disponer los recursos técnicos para prestar soporte operacional a los usuarios que requieran apoyo en sus presentaciones durante las reuniones o audiencias que usen los recursos xx xxxxx, coordinar con su grupo de soporte y contenido para mantener publicados los contenidos aprobados para carteleras digitales en los tiempos requeridos por la ANI.
1.2.2. DISPONER Y ADMINISTRAR PLATAFORMA DE CARTELERAS DIGITALES: Disponer de una herramienta tipo plataforma en la nube con capacidad de soportar todas las carteleras digitales de la entidad con un nivel de disponibilidad de conforme a los requerimientos de la entidad y que permita conducir la comunicación interna con el formato de cartelera digital en el lugar de trabajo global xx xxx, que es fundamental para poder rápida y eficientemente difundir anuncios importantes e información a los recursos humanos propios o a terceros de una manera impactante y oportuna, debe ofrecer una solución profesional de comunicación audiovisual, que permite el diseño, gestión, almacenamiento y transmisión de contenido multimedia de marca a una amplia gama de medios como pantallas digitales, señales direccionales y de Intranets corporativas, como contenidos en aplicaciones de Smartphone vía APPS.
El oferente debe presentar en su propuesta certificado expedido por el fabricante y/o distribuidor autorizado, que puede ofrecer soporte técnico de todos los equipos de audio y video que se encuentren en las salas, auditorio y cafetería.
1.2.3. SOPORTE TÉCNICO, DISEÑO DE EDICIONES BASICAS Y ACTUALIZACIÓN DE CONTENIDOS DEL SISTEMA DE VIDEO WALL IRREGULAR: El contratista debe disponer los recursos profesionales y técnicos especializados y las herramientas para dar soporte técnico al video Wall irregular y a todos los equipos que conforman la solución del video wall, de tal manera que su nivel de disponibilidad este conforme a los requerimientos de la ANI.
Debe incluir una herramienta en hardware/software para publicar contenidos en el videowall irregular de 4 monitores que están instalados en la recepción de presidencia de la entidad.
Realizar piezas audiovisuales (imagen compuesta Fotos/Textos/Video): El contratista y su equipo de preproducción, producción y postproducción debe realizar piezas audiovisuales de apoyo según requerimiento de la entidad para ser dispuestos en las plataformas de administración de contenidos de este alcance. Todas las piezas entregadas deben ser originales y/o con licencia de uso sin restricción para la entidad.
El oferente debe presentar en su propuesta certificado expedido por el fabricante que puede ofrecer soporte al sistema de video Wall irregular y de todos sus componentes.
1.2.4. PREPRODUCCIÓN, PRODUCCIÓN Y POST-PRODUCCIÓN DE VÍDEOS – (Video Institucional de 7 MINUTOS): El contratista y su equipo de preproducción, producción y postproducción deben realizar videos de apoyo o videoclips según requerimiento de la entidad para ser dispuestos en las plataformas de administración de contenidos de este alcance. Todas las piezas entregadas deben ser originales y/o con licencia de uso sin restricción para la entidad.
El proveedor debe suministrar un coordinador de producción que se encargue de supervisar la ejecución y realización de las grabaciones, será el responsable de dirigir al personal técnico, manejar el flujo de trabajo y administrar los recursos necesarios.
1.2.5. PRODUCCIÓN DE PIEZAS AUDIOVISUALES – (Notas periodísticas de 3 minutos): El contratista y su equipo de preproducción, producción y postproducción deben realizar notas periodísticas según requerimiento de la entidad para ser dispuestos en las plataformas de administración de contenidos de este alcance. Todas las piezas entregadas deben ser originales y/o con licencia de uso sin restricción para la entidad.
El proveedor debe suministrar un coordinador de producción que se encargue de supervisar la ejecución y realización de las grabaciones, será el responsable de dirigir al personal técnico, manejar el flujo de trabajo y administrar los recursos necesarios.
1.2.6. SERVICIO DE GRABACIÓN: El proveedor debe suministrar el personal técnico y los equipos (cámaras, micrófonos, consolas de sonido, etc) necesarios para el cubrimiento de las grabaciones tales como Audiencias de adjudicación, audiencias de cierres, audiencias sancionatorias, aclaración de pliegos, audiencias portuarias, otras como: capacitaciones, charlas y los contenidos que la Entidad requiera grabar.
El proveedor debe suministrar un coordinador de producción que se encargue de supervisar la ejecución y realización de las grabaciones, será el responsable de dirigir al personal técnico, manejar el flujo de trabajo y administrar los recursos necesarios.
Grabación mínima a dos VIDEOCAMARAS DIGITAL HD de gama alta, con uso dirigido a producción de videos, canales de televisión por Internet, micrófono monofónico ECM-XM1. Grabación y reproducción conmutable entre HDV1080i, DVCAM y DV. • Óptica de toque natural. Conector de salida HDMI, Códec muy eficiente y robusto con perfiles de compresión MPEG2 Long GOP, profundidad cromática, corrección cromática, desplazamiento del balance xxx xxxxxx, detalles de tonos xx xxxx. • Formato de grabación: HDV1080/60i, DVCAM, DV SP 480/60i (NTSC). Entrada/salida HDV/DV: Interfaz x.XXXX (IEEE 1394, de 6 pines). Salidas de
audio/vídeo: Conector A/V OUT de 10 pines (compuesto, asimétrico, audio x2ch con el cable suministrado).
El contratista deberá contar con sus propios equipos de regulación y conexión eléctrica, con el fin de proteger sus equipos.
Un servidor con multiprocesador, configuración mínima con hasta 12 núcleos de procesamiento y hasta 32 gb de memoria, cuatro tarjetas de expansión pci express y hasta 8 tb de almacenamiento en disco duro.
1.2.7. SERVICIO DE CANAL DE COMUNICACIÓN DE VIDEO STREAMING Y PRODUCCIÓN PARA LA TRANSMISIÓN DE EVENTOS DE LA ANI A TRAVÉS DE LA RED DE INTERNET.
1.2.7.1. DISPONER Y ADMINISTRAR PLATAFORMA STREAMING: Debe disponer una plataforma en la nube que permita realizar la transmisión vía Live Streaming a diversos medios que incluya códigos embebidos del Player y del Chat en línea. La plataforma debe disponer su propia CDN (Content Delivery Network) para alcanzar el número de usuarios solicitado y propuesto, así como permitir conectividad con otras CDN de terceros como YouTube Live, Ustream, RTMP Flash Server, Custum ZIXI Server, Livestream, Akamai, Ooyala, Adobe Media Server, Wowza Server. Las calidades de streaming en el usuario debe tener condiciones de ABR (Adaptative Bit Rate) con mínimo tres calidades de video. Debe permitir integrarse con Redes sociales tipo Twitter y Facebook, para emitir el video a través de estos medios. El player (ventana de transmisión) embebido debe correr en TODOS los dispositivos existentes a la fecha en el mercado y que permita la funcionalidad de ver el video repetido (Función Rewind) en tiempo real a petición del usuario de algo que quiere ver de nuevo o que se haya perdido, debe permitir control de acceso a través de clave de usuario para ver contenidos controlados, debe permitir controlar las direcciones y países donde se pueda restringir la visualización de contenidos, debe permitir revisar en tiempo real la analítica de usuarios para registrar desde donde, quienes, atributos de los usuarios que están viendo las transmisiones en vivo, debe tener la posibilidad de habilitar a criterio el número de usuarios, chat, comentarios a través de moderadores, y NO debe tener ninguna publicidad embebida en el video o en el Player o en los videos almacenados que deben quedar en la nube para acceder a través de diversas herramientas, debe permitir transmisiones provenientes de los equipos de producción de streaming así como de otros dispositivos tipo PC´s y Smartphone con conexiones de internet 4G o WIFI para casos de transmisiones instantáneas emitidas por comunicadores o funcionarios desde sitios externos al edificio de la entidad, debe permitir a un usuario programar en su calendario de tipo Outlook, iCal, Google la fecha y hora en que se llevará a cabo la transmisión del video en vivo por servicio streaming. El servicio debe permitir ser compatible con equipos portables como Iphone, IPad, Android, grabación en la nube, almacenamiento permanente de eventos o almacenamiento ilimitado, Conexión / visualización simultanea de usuarios ilimitados, permitir generar estadísticas, cuenta asignando un usuario y contraseña, publicación en un servidor local que el contratista dispondrá en la ANI.
1.2.7.2. REALIZAR PRODUCCIÓN STREAMING: Debe disponer los recursos profesionales y técnicos y sus respectivos equipos como: Producción, Switcher, sonidistas, Luminotécnicos, camarógrafos, Caracteres, VTR, computadores de apoyo, asistentes de cables, etc; para realizar la producción de eventos que se transmitan a través de la plataforma de streaming. El contratista debe entregar en este producto la producción a tres cámaras de formato FullHd (1920X1080) incluidos sonidos provenientes de diversos medios y con la integración de los computadores que realizan la
presentación de contenidos en formatos tipo Microsoft Office y sus respectivos sonidos de videos. El punto fijo debe estar integrado con Circuito cerrado de TV para presentarse en los equipos de videowall o pantallas de monitores que dispone la entidad. En carteleras digitales a través de la plataforma dispuesta por el contratista.
El contratista a solicitud de la entidad dispondrá de equipos de producción de videos y personal técnico de alta calidad para realizar producción y transmisiones de eventos vía streaming que incluya recursos de apoyo tecnológico como tableros inteligentes, pantallas de presentación, telepronter, grúas, rieles, xxxxx para cámaras, pantallas de croma, servicios redundantes de internet y de energía, sonido e iluminación, software de edición profesional, sistema de videoconferencias HD tipo MCU para conectar hasta 4 usuarios remotos, herramientas tipo webmeeting para conexión de hasta 25 usuarios en tiempo real con video, sonido y compartir presentación con selección de presentador por operador principal, y todos los equipos y recursos requeridos en el ítem de producción y plataformas de streaming y generador de Caracteres.
Disponer y administrar plataforma streaming para personas con discapacidad auditiva: además de todo lo anterior el contratista debe disponer una plataforma adicional y el personal profesional de traducción en lengua de señas colombiana certificado para realizar y emitir contenidos incluyentes con esta funcionalidad para usuarios con discapacidad auditiva.
Disponer de canal de internet para streaming: el contratista debe disponer un canal de acceso a internet independiente del canal de comunicaciones de la entidad para realizar la transmisión de video en vivo y en directo de streaming. la velocidad mínima de subida debe ser de 1 mb.
Debe disponer una plataforma actual de generación de caracteres de apoyo a la producción de streamimg, de videos y de grabación de videos de la entidad que incluya entre otras las siguientes posibilidades: Imágenes dinámicas y estáticas, efectos de entrada y salida de caracteres generados, conectar diferentes fuentes internas de la plataforma propia así como xx xxxxxxx externas como otros servidores y archivos en la nube para emitir contenidos desde sitios remotos a la entidad.
Los textos pueden ser presentados en diversos tamaños y tipos de letras existentes en el mercado. Permite incluir banners de redes sociales con mensajes seleccionables por el operador de caracteres para incluirse durante la transmisión. Debe permitir generar imágenes y fuentes de videos y cámaras en formatos Picture in Picture para componer emisiones de más alto impacto.
Debe permitir emitir videos pregrabados o tomados desde fuentes externas tipo Youtube con transiciones armónicas no visibles al usuario. Debe permitir integrar videos en video xx xxxxxxx remotas o locales a través de redes WIFI y conexiones IP, para incluir por ejemplo un portátil de un presentador externo.
Disponer y administrar plataforma canal ANI webtv (español, xxxxxx, xxxxxxx, italiano, alemán): con la plataforma de administración de contenidos webtv, la ANI desea manejar una lista dinámica de programas a través del back office, manejar la publicación del video y cambiar idiomas (El usuario debe poder seleccionar el contenido en idioma Español, Xxxxxx, Xxxxxxx, Italiano y Alemán), debe permitir Importar y exportar rápidamente videos, imágenes o programas de Video On Demand, con la capacidad de mostrarlos como parte de la descripción, fijar atributos, clasificar programas, y mucho más, cargar el logo propio de la entidad en el back office y colocarlo en el encabezado e ícono xx xxxxxxxx, con el Sistema de gestión de contenidos la entidad con el administrador de la plataforma le debe permite editar fácilmente páginas de contenido, subir imágenes, y más. Al organizar los
programas en categorías, los usuarios de la ANI pueden navegar rápidamente y encontrar lo que buscan en corto tiempo, con el configurador de plantilla puede cambiar las fotografías, la fuente y el color del tema de su Front Office, con los boletines de noticias la ANI puede mantener a sus usuarios o público objetivo informados de los próximos eventos y noticias.
Esta plataforma debe proveer información potente de estadísticas que le permiten identificar los perfiles de sus usuarios, hacer un seguimiento de las páginas visitadas, categorías, y programas. Proporcionar a los usuarios visitantes un inicio de sesión fácil a través de una cuenta personal y confeccionar los mensajes a sus necesidades.
Todos los usuarios registrados pueden crear su propia cuenta de usuario completa con preferencias de acceso personalizadas y la capacidad de dar seguimiento a sus solicitudes existentes. La plataforma debe permitir colocar la cantidad de fotos y videos que se desee. Las fotos y textos ayudan a los usuarios visitantes a tomar decisiones sobre los contenidos a ver. Debe tener una potente navegación con un menú dinámico que permita configurar rápidamente los contenidos preferidos, nuevos, recomendados ente otros para los usuarios finales.
Debe tener una tecnología de Back Office y Front Office completamente en formato responsive que le permitirá gestionar fácilmente la plataforma por completo desde cualquier teléfono móvil o tablet. El canal debe tener integración para seguir y compartir con redes sociales tales como facebook, twitter,Instagram, google+, e mail.
Disponer y administrar plataforma e-learning: Con esta herramienta en la nube dispuesta por el contratista con un nivel de disponibilidad conforme a los requerimientos de la entidad, todos los usuarios autorizados administrados en la plataforma pueden acceder de manera controlada como usuarios nombrados a contenidos digitales que son restringidos para diversos perfiles tipo funcionarios de la entidad o similares. En esta plataforma se administrarán contenidos parcelados por unidades virtuales de aprendizaje que permitan conformar cursos de capacitación virtual para ser evaluados en línea y apoyados por tutores especializados en las temáticas de la entidad a través de foros y chats.
1.2.7.3. REALIZAR TRANSCRIPCIONES DE AUDIO Y VIDEO A TEXTO: La transcripción para convertir audio a texto consiste en documentar las palabras habladas o notas escritas en documentación formal, información protegida de la ANI, con almacenamiento en la nube 100% confidencial, la fidelidad del texto debe ser de un 99% asegurando la calidad, realizado por personas, no máquinas, únicamente transcriptores profesionales. Archivo en formato Word con el texto transcrito en fiel reflejo de la reunión.
1.2.7.4. EQUIPOS DEL ALCANCE DEL OBJETO:
Ítem | Piso | Salas | Equipos Instalados |
1 | 2 | Sala 2-1 | Monitor LED 46” |
2 | Sala 2-2 | Monitor LED 46” | |
3 | Sala 2-3 | Monitor LED 46” | |
4 | Sala 2-4 | Monitor LED 46” | |
5 | Auditorio | Monitor LED 96” | |
6 | Cafetería | Televisor LED 65” |
7 | Oficina de Control Interno | Televisor LED 46” | |
8 | Vicepresidencia Administrativa y Financiera | Televisor LED 46” | |
9 | Sala de Conductores | Televisor LED 52” | |
10 | Recepción Principal | Monitor LED 56” | |
11 | 6 | Sala 6-1 | Monitor LED 46” |
12 | Sala 6-2 | Monitor LED 46” | |
13 | Sala 6-3 | Monitor LED 55” | |
14 | Sala de Juntas | Monitor LED 46” | |
15 | Recepción de Piso | Monitor LED 56” | |
16 | Vicepresidencia de Estructuración | Monitor LED 55” | |
17 | Vicepresidencia Jurídica | Monitor LED 55” | |
18 | 7 | Sala Juntas de Presidencia | Monitor LED 75” |
19 | Sala Juntas Alterna | Monitor LED 75” y sistema de video conferencia | |
20 | Sala Reuniones – Asesores | Monitor LED 46” | |
21 | Sala 7-1 | Monitor LED 46” | |
22 | Sala 7-2 | Monitor LED 46” | |
23 | Sala 7-3 | Monitor LED 46” | |
24 | Sala 7-4 | Monitor LED 46” | |
25 | Vicepresidencia Planeación, Riesgos y Entorno | Monitor LED 46” | |
26 | Recepción Presidencia | Sistema de Video Wall Irregular Monitores LED 46”( video procesador, controlador de video) | |
27 | Recepción de Piso | Monitor LED 56” | |
28 | 8 | Sala Múltiple 8 | Monitor LED 46” |
29 | Sala Reuniones 8-1 | Monitor LED 46” | |
30 | Sala Reuniones 8-2 | Monitor LED 46” | |
31 | Sala Reuniones 8-3 | Monitor LED 46” | |
32 | Vicepresidencia de Gestión Contractual | Monitor LED 56” | |
33 | Vicepresidencia Ejecutiva | Monitor LED 56” | |
34 | Recepción de Piso | Monitor LED 56” |
1.2.7.5. EQUIPO DE TRABAJO: El proponente para la ejecución del contrato, resultado del presente proceso de selección requiere contar con el siguiente equipo de trabajo:
a) Coordinador o Gerente del Proyecto y Servicios: Un (1) profesional en Ingeniería de Sistemas o electrónica.
b) Técnico audiovisuales: El servicio deberá comprender la disposición permanente de uno (1) técnico quien deberá ser persona idónea y capacitada para prestar los servicios, debidamente uniformado, con experiencia no inferior a tres (3) años en la operación, mantenimiento y soporte de equipos de audio y video y salas de video conferencia.
c) Profesional producción de streaming: El servicio deberá comprender la disposición de uno
(1) profesional certificado quien deberá ser persona idónea y capacitada para prestar los servicios de streaming, debidamente uniformado, con experiencia no inferior a tres (3) años en la operación de producción de streaming.
d) Técnico en video: El servicio deberá comprender la disposición de uno (1) técnico quien deberá ser persona idónea y capacitada para prestar los servicios, debidamente uniformado, con experiencia no inferior a tres (3) años preproducción, producción y post producción de videos.
1.3. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA
El CONTRATISTA se compromete para con la Agencia Nacional de Infraestructura, entre otras a:
1. Realizar las producciones de streaming con las calidades y tiempos exigidos.
2. Ejecutar los eventos en las oportunidades y con la calidad exigida.
3. Realizar la preproducción, realización de libretos y organización de la grabación.
4. Realizar la producción, grabación con equipos profesionales, desplazamiento, entrevistas e imágenes de apoyo en casetes nuevos durante los días requeridos.
5. Realizar la postproducción, edición con efectos digitales, generador de caracteres y animados en equipos de última tecnología.
6. Entregar copias de cada uno de los diferentes productos que se realicen.
7. Transcripción de audio y video a texto en formato Word.
8. El contratista se obliga a emplear equipos en perfecto estado técnico de funcionamiento y de mantenimiento.
9. El contratista se obliga a ser puntual en la hora de llegada a las locaciones o puntos de encuentro, o a informar con suficiente anticipación cualquier novedad.
10. El contratista se obliga a emplear personal técnico idóneo y suficientemente capacitado para responder a los estándares profesionales de televisión.
11. El contratista se compromete a disponer de los mejores equipos de grabación para obtener la mayor calidad de audio, iluminación, composición y encuadre.
12. El contratista se obliga a llevar el registro y un archivo del material grabado y editado, de tal forma que facilite su rápida búsqueda y ubicación.
13. Al final del contrato, el contratista se obliga a devolver todo el archivo que haya sido producto del contrato.
14. Garantizar que el material grabado no será utilizado para ningún otro fin distinto al que determine la Entidad, o por ninguna otra persona natural o jurídica, sin la debida autorización.
15. El Contratista se obliga a tener el debido cuidado y custodia del material grabado para la Entidad que es la única propietaria del mismo.
16. Entregar e instalar las plataformas de servicio tecnológicas de audio y video de acuerdo a las condiciones técnicas solicitadas por la entidad y dentro del término establecido de dos (2) días hábiles.
17. Brindar soporte presencial y de ser necesario vía telefónica y responder en un lapso no superior a cinco (5) horas de la solicitud del soporte.
18. Facilitar en préstamo los equipos que se requieran en caso xx xxxxx hasta que el proponente de solución.
19. Cumplir a cabalidad el objeto del contrato, conforme a las normas legales.
20. Garantizar que los elementos entregados sean nuevos y de óptima calidad.
21. Realizar las visitas correctivas necesarias para mantener el funcionamiento de los equipos en la duración del contrato.
22. Crear las condiciones necesarias para prevenir los posibles riesgos que puedan surgir en el desarrollo de la entrega.
23. Garantizar la calidad del producto objeto del presente contrato de acuerdo a las indicaciones del supervisor, asimismo cambiar los productos no conformes que el supervisor devuelva en un lapso no mayor a tres (3) días.
24. Operar, realizar pruebas y dar soporte técnico de todos los equipos (amplificadores, parlantes, micrófonos, cámaras, televisores, vídeoproyectores, telones, etc.)
25. El Servicio se deberá prestar por personal calificado y con experiencia comprobada en otros proyectos sobre la plataforma ofrecida.
26. El contratista garantizará el suministro, cambio e instalación de las partes defectuosas que resulten del diagnóstico realizado.
27. Ejecutar las labores contratadas con personal experimentado especializado y calificado para intervenir equipos digitales de audio y video, así como de los PC que forman parte de estos sistemas.
28. Brindar apoyo a nivel de ingeniería electrónica o de ingeniería de sonido, para los casos que amerite este tipo de conceptos o soluciones a los equipos que forman parte del contrato.
29. Suplir equipos necesarios en calidad xx xxxxxxxx (por ejemplo amplificador, consola, extensiones, conectores, micrófonos) cuando la entidad lo requiera en un periodo no superior a cuatro horas, situación que puede suceder en caso de eventos especiales.
30. Contar con los componentes menores de repuesto para audio y video que permitan reiniciar de emergencia alguna de los equipos que lleguen a presentar falla.
31. Contar con la certificación que demuestre el conocimiento y experiencia necesaria en video - conferencia digital.
32. Mantener en sitio durante los eventos especiales que programe la entidad, personal técnico con conocimientos en transmisión de audio y video para el soporte de dichas actividades.
33. Apoyar con personal técnico los sistemas de video conferencia.
34. Programar las cámaras para el sistema de video - conferencia digital de la entidad.
35. Determinar técnicamente que clase de repuestos se requieren en casos de reparaciones o reemplazos de partes del sistema, especificarlos, aprobarlos técnicamente antes de su adquisición e instalarlos.
36. Administrar las salas de videoconferencia
37. Administrar, mantener y custodiar los equipos que se encuentren ubicados en las salas de videoconferencia.
38. Realizar pruebas de conexión, de sonido y de video previamente a la atención del requerimiento.
39. Prestar el acompañamiento en el servicio de Videoconferencia, según el instructivo que suministra la Entidad.
40. Suministrar y sustituir cables de diferente formato de video y sonido (HDMI, VGA, RCA, USB, entre otros).
41. Instalar, Soportar y configurar los equipos de Media Digital para administrar los contenidos digitales
42. Monitorear y hacer seguimiento a la disponibilidad de los servicios de carteleras digitales
43. Verificar, diagnosticar, suministrar y reemplazar conectores eléctricos y de video (cables HDMI)
44. Implementar acciones de mejora y ajustes a los procesos ITIL:
o Gestión de Incidentes
o Gestión de Requerimientos
o Gestión de Problemas
o Gestión de Cambio
o Gestión de Configuraciones
o Gestión de Liberación
o Gestión de Conocimiento
o Gestión de Niveles de Servicio
45. El contratista se obliga a entregar las piezas solicitadas en los términos de tiempo requeridos por el Supervisor del contrato.
46. El contratista deberá designar un único ejecutivo de cuenta, que se encargue de tramitar todas las solicitudes hechas por la Entidad.
47. Los servicios, deben contar con un técnico permanente de lunes a viernes en horario de 8:00 am a 5:00 pm, cuya experiencia sea superior a tres (3) años en montaje y mantenimiento de sistemas de audio y video.
48. Las demás actividades que se deriven de la propuesta presentada por el contratista, la cual forma parte integral del presente contrato.
49. Para todos los casos se debe garantizar privacidad y exclusividad.
50. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del presente contrato y la oferta presentada.
1.3.1. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA:
a) Cumplir con las normas legales para el cumplimiento del objeto del contrato.
b) Cumplir dentro del término establecido por el supervisor del contrato con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo.
c) Suministrar al supervisor toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión.
d) Pagar los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que haya de emplear para la ejecución del contrato.
e) Cumplir en los términos xx xxx con las obligaciones relacionadas con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), SENA, circunstancia que deberá ser verificada por la Agencia Nacional de Infraestructura como requisito para cada pago, durante la ejecución y liquidación del mismo, exigiendo certificación expedida por el revisor fiscal, cuando se requiera por ley, o por el Representante Legal, según el caso.
f) Cumplir con los gastos e impuestos que se requieren para la suscripción, perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato. Garantizar el cumplimiento de las garantías de fábrica y aquellas solicitadas para el cumplimiento del objeto contractual (si a ello hay lugar).
g) EL CONTRATISTA deberá discriminar el IVA en caso de pertenecer al régimen común o esté obligado declararlo.
h) Las demás inherentes al cumplimiento del objeto contractual, conforme a la propuesta presentada por el contratista
1.4. CLASIFICACIÓN UNSPSC: El objeto contractual se enmarca dentro del siguiente código del Clasificador de Bienes y Servicios:
Clasificación UNSPSC | Segmento | Familia | Clase | Producto |
32151902 | Componentes y Suministros Electrónicos | Dispositivos y componentes y accesorios de control de automatización | Dispositivos de automatización de control de la conectividad | Conjunto de cables del sistema de control |
43211913 | Difusión de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones | Equipo informático y accesorios | Monitores y pantallas de computador | Pantalla activa LCD |
43232103 | Difusión de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones | Software | Software de edición y creación de contenidos | Software de creación y edición de video |
45111801 | Equipos y suministros para impresión, fotografía y audiovisuales | Equipos de audio y video para presentación y composición | Equipos de presentación de video y mezcla de video y sonido, hardware y controladores | Sistema control de medios |
45111902 | Equipos y Suministros para Impresión, Fotografía y Audiovisuales | Equipos de audio y video para presentación y composición | Equipos, hardware y controladores para sistemas de teleconferencia y videoconferencia | Sistemas de video conferencias |
80141603 | Servicios de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | Comercialización y distribución | Actividades de ventas y promoción de negocios | Telemercadeo |
81111805 | Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología. | Servicios informáticos | Servicios de sistemas y administración de componentes de sistemas | Mantenimiento o soporte de sistemas patentados o autorizados |
81111811 | Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología. | Servicios informáticos | Servicios de sistemas y administración de componentes de sistemas | Servicios de soporte técnico o xx xxxx de ayuda |
81161711 | Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología. | Entrega servicios de tecnología de información | Servicio Telecomunicaciones | Servicio de Videoconferencia |
81161801 | Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología. | Entrega servicios de tecnología de información | Servicios de alquiler o arrendamiento de equipos o plataformas de voz y datos o multimedia | Servicio de arriendo o leasing de plataformas o equipos de comunicación de datos |
82131505 | Servicios Editoriales, de Diseño, de Artes Gráficas y Bellas Artes | Servicios fotográficos | Servicios de procesado de películas | Servicio de posproducción de películas |
82131602 | Servicios Editoriales, de Diseño, de Artes | Servicios fotográficos | Fotógrafos y cinematógrafos | Servicios de producción de vídeos |
Gráficas y Bellas Artes | ||||
82141502 | Servicios Editoriales, de Diseño, de Artes Gráficas y Bellas Artes | Diseño gráfico | Servicios de diseño artístico | Diseño o gráficos artísticos |
83121703 | Servicios Públicos y Servicios Relacionados con el Sector Público | Servicios de información | Servicios de comunicación masiva | Servicios relacionados con el internet |
1.5. PLAZO DEL CONTRATO
Se contabilizará a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución hasta agotar presupuesto y/o hasta el 29 de diciembre de 2017, lo primero que ocurra.
1.6. MODALIDAD DE SELECCIÓN
El proceso de selección que se adelantará se realizará a través de la modalidad de selección abreviada de menor cuantía, teniendo en cuenta el objeto a contratar y el presupuesto oficial, el cual no es superior a la menor cuantía de la Entidad. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007 y en el Decreto 1082 de 2015.
NOTA: De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015 se indica que de llegarse a presentar más xx xxxx (10) manifestaciones de interés para participar en el proceso respectivo, la Entidad NO hará uso del sorteo contemplado en esa disposición.
1.7. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
El presupuesto oficial estimado para la presente contratación asciende a la suma de TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE ($300.000.000) y para respaldar el compromiso que se derive del proceso contractual respectivo se cuenta con el CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL No. 85617 del 22 xx xxxxx de 2017.
El presupuesto oficial se encuentra compuesto por los siguientes precios unitarios:
ÍTEM | DESCRIPCIÓN SERVICIO | UNIDAD | VALOR UNITARIO + IVA INCLUIDO PROMEDIO ESTUDIO XX XXXXXXX |
1 | PRESTAR SOPORTE TÉCNICO, OPERACIÓN SALAS, AUDITORIO Y OPERACIÓN CARTELERAS DIGITALES. | MES | $5.227.971 |
2 | SOPORTE TECNICO, DISEÑO DE EDICIONES BASICAS Y ACTUALIZACIÓN DE CONTENIDOS DEL SISTEMA DE VIDEO WALL IRREGULAR | MES | $4.354.925 |
3 | PREPRODUCCIÓN, PRODUCCIÓN Y POST- PRODUCCIÓN DE VÍDEOS - INSTITUCIONALES DE 7 MINUTOS | PIEZA VISUAL | $10.830.000 |
4 | PRODUCCIÓN DE PIEZAS AUDIOVISUALES - NOTAS PERIODÍSTICAS DE 3 MINUTOS | PIEZA VISUAL | $2.578.333 |
5 | SERVICIO DE GRABACIÓN | HORA | $313.667 |
6 | SERVICIO DE CANAL DE COMUNICACIÓN DE VIDEO STREAMING Y PRODUCCIÓN PARA LA TRANSMISIÓN DE EVENTOS DE LA ANI A TRAVÉS DE LA RED DE INTERNET | HORA | $399.000 |
7 | TRANSCRIPCIONES DE AUDIO Y VIDEO A TEXTO | HORA | $130.000 |
VALOR TOTAL OFERTADO EN PESOS INCLUIDO IVA | $23.833.896 |
NOTA 1: LA OFERTA ECONÓMICA QUE PRESENTEN LOS PROPONENTES (ANEXO 5), NO PODRÁ SUPERAR NINGÚN VALOR UNITARIO INCLUIDO IVA POR ÍTEM INDICADO EN EL CUADRO ANTERIOR, SO PENA DEL RECHAZO DE LA PROPUESTA.
NOTA 2: EL CONTRATO SE SUSCRIBIRÁ POR EL PRESUPUESTO OFICIAL TOTAL Y SE CANCELARÁN SÓLO LOS SERVICIOS MENSUALES PRESTADOS, ATENDIENDO EL VALOR UNITARIO OFERTADO POR EL CONTRATISTA.
NOTA 3: EL VALOR DEL PRESUPUESTO ESTIMADO ESTÁ DADO EN PESOS CORRIENTES, INCLUYE LOS EFECTOS INFLACIONARIOS Y POR LO TANTO NO SE LE RECONOCERÁ AL CONTRATISTA NINGÚN AJUSTE O FACTOR ADICIONAL.
NOTA 4: SE VERIFICARÁ QUE EL VALOR CONSIGNADO EN LAS CASILLAS CORRESPONDIENTE AL “TOTAL DEL VALOR DE LA OFERTA EN PESOS INCLUIDO IVA” SEA EL PRODUCTO DE LA SUMA DE LOS ÍTEMS CORRESPONDIENTES. EN CASO CONTRARIO, SE PROCEDERÁ A REALIZAR LA RESPECTIVA CORRECCIÓN ARITMÉTICA DEL VALOR TOTAL OFERTADO, REALIZANDO LA OPERACIÓN INDICADA. ES DECIR, SUMANDO LOS ÍTEMS CONTENIDOS EN LA OFERTA ECONÓMICA.
NOTA 5: CON BASE EN EL "TOTAL DEL VALOR DE LA OFERTA EN PESOS INCLUIDO IVA", SE HARÁ LA EVALUACIÓN ECONÓMICA.
RUBRO PRESUPUESTAL: El pago de la suma estipulada en el contrato a celebrar, se pagará con cargo al Rubro C-2499-0600-4 Apoyo Para el Desarrollo y Gestión Institucional de la ANI Nacional
1.7.1. FORMA DE PAGO.
La Agencia Nacional de Infraestructura cancelará el valor del contrato en mensualidades vencidas, de acuerdo con los servicios prestados, dentro de los 15 días siguientes a la presentación de la(s) factura(s), correspondiente(s), y previa certificación de recibo a satisfacción por parte del supervisor y/o supervisores del contrato.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica de fondos, en cuenta corriente o cuenta de ahorros en la entidad bancaria donde el contratista indique, para lo cual a la firma del contrato adjuntará la certificación bancaria con vigencia no mayor de 30 días.
Para la realización de cada uno de los pagos derivados del presente contrato, el contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de conformidad con lo establecido en el inciso final del parágrafo 1° del artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
En todo caso, los pagos estarán sujetos a la disponibilidad del PAC (Programa Anual Mensual de Caja), aprobado por la Dirección General de Crédito Público y xxx Xxxxxx Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Para el pago de las facturas será obligación del contratista informar adjunto a cada factura presentada, el saldo en dinero, así como abstenerse de prestar servicios cuando el saldo del contrato se haya agotado.
No se admitirán propuestas con formas de pago diferentes a las aquí establecidas.
1.8. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El régimen jurídico aplicable al presente Proceso de Selección y del Contrato que se derive de su adjudicación, está conformado por la Constitución Política, las leyes aplicables, en especial por las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011, sus decretos reglamentarios, en especial el Decreto 1082 de 2015. Los temas que no se encuentran particularmente regulados en el Estatuto General de Contratación, se regirán por las normas comerciales y civiles vigentes y demás normas concordantes, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 80 de 1993.
De acuerdo con la ley Colombiana, las normas actualmente vigentes se presumen conocidas por todos los PROPONENTES que participen en el presente proceso de selección abreviada.
1.9. DOMICILIO
Para efectos de correspondencia y tramitación del presente proceso de selección abreviada, el domicilio oficial de la Agencia Nacional de Infraestructura es el siguiente:
Calle 24A No. 59 - 42 - Xxxxxxxx Xxxxx 0 - Xxxxxxx Xxxx. Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxxx. Xxxxxx, X.X. Xxxxxxxx
1.8. LUCHA CONTRA LA CORRUPCION
En el evento de conocerse casos de corrupción, se debe reportar el hecho a la Secretaria de Transparencia de la Presidencia de la República a través de los números telefónicos: (00 0) 000 0000; vía fax al número telefónico: (0) 000 00 00; la línea transparente de la Secretaria de Transparencia, a los números telefónicos: 01 8000 913 040 o (0) 000 00 00; en el correo electrónico: xxxxx0@xxxxxxxxxxx.xxx.xx ; al sitio de denuncias de la secretaria, en el portal de internet: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx/xxxxxxx.xxxx; correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxx 0 Xx. 0-00, Xxxxxx, X.X.
1.9. VEEDURIAS CIUDADANAS
1.10. DOCUMENTOS DE LA SELECCIÓN
Los documentos que forman parte de este proceso, son:
1. Estudios y documentos previos.
2. El aviso de convocatoria
2. Certificado de disponibilidad presupuestal (CDP).
3. Proyecto pliego de condiciones y sus anexos
5. Observaciones al Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones.
6. Respuestas a las observaciones del Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones.
7. Resolución de apertura del proceso de Selección.
9. Pliego de condiciones definitivo, sus anexos y sus adendas.
10. Registro de asistentes a las audiencias.
11. Acta de cierre.
13. Las propuestas presentadas por los oferentes.
14. Las solicitudes de subsane y sus respuestas.
15. Los informes de verificación y evaluación.
16. Las observaciones presentadas a los informes de verificación.
18. La resolución de adjudicación o de declaratoria de desierta del proceso.
19. El contrato
El proponente deberá examinar todas las instrucciones, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos del proceso de contratación, los cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el proponente omite suministrar documentos o información requerida en el PLIEGO DE CONDICIONES cuya omisión no sea subsanable y como consecuencia de ello, su oferta no se ajuste sustancialmente a lo solicitado en éste, el riesgo será de su cargo y el resultado será el rechazo de la oferta.
1.11. INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX
Este pliego de condiciones debe ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se entienden integrados a éste los documentos mencionados en el numeral anterior.
1.12. CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES
Los Pliegos de Condiciones y demás documentos del proceso, podrán ser consultados en el Portal Único de Contratación xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxXxxxxxxx.xx o directamente en la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ubicada en la Calle 24A No. 59 - 42 - Xxxxxxxx Xxxxx 0 - Xxxxxxx Xxxx. Xxxxxx, X.X. Xxxxxxxx
Para todos los efectos del presente proceso de selección, en especial para el cierre del mismo, se tomará como referencia la hora legal colombiana, según el numeral 14 del artículo 6 del Decreto 4175 de 2011, esto es, la certificada por el Instituto Nacional de Metrología, la cual se encuentra indicada en la página de Internet de esa Entidad xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/.
1.12.1. COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS
La Entidad, en cumplimiento de lo previsto en el art. 8 de la ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, y con el propósito de suministrar información de utilidad a los proponentes, comunicará la información pertinente a los proponentes y al público en general durante el desarrollo de la presente Selección Abreviada, mediante el sistema electrónico para la contratación pública (SECOP) a través del portal único de contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx o xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y para facilitar la comunicación interactiva con los proponentes durante el desarrollo de la presente selección, ha dispuesto el correo electrónico xxxxxxx0000000@xxx.xxx.xx o a través del cual los interesados podrán formular sus observaciones al pliego de condiciones.
Los interesados podrán consultar el Pliego de Condiciones, las respuestas a las observaciones, los informes evaluativos de las propuestas, las adendas, la resolución de adjudicación y demás actuaciones que se generen en el transcurso del proceso en el Portal Único de Contratación.
1.13. APERTURA DE LA SELECCIÓN ABREVIADA
El presente proceso de selección abreviada se abrirá en la fecha indicada en el cronograma, a partir de ésta fecha corre el plazo del proceso, entendiendo como el término que debe transcurrir entre la fecha a partir de la cual se pueden presentar propuestas y la de cierre. La anterior fecha podrá ser prorrogada antes de su vencimiento, cuando LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA lo estime conveniente.
1.15 MANIFESTACIONES DE INTERÉS PARA PRESENTAR PROPUESTA.
Quienes estén interesados en presentar propuesta para el presente proceso de selección abreviada, deberán manifestar su interés de participar mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia Jurídica de la Agencia Nacional de Infraestructura, suscrito por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica interesada, el cual deberá contener además de la expresión clara de su interés en participar, el señalamiento de las formas de contacto.
Las manifestaciones de interés en participar en el presente proceso de selección abreviada de menor cuantía deberán ser radicadas en la Oficina de Correspondencia ubicada en el Piso 2 de la Agencia Nacional de Infraestructura o remitidas a la dirección electrónica: xxxxxxx0000000@xxx.xxx.xx en las fechas indicadas en el cronograma del proceso de selección
La manifestación de interés en participar es requisito habilitante para la presentación de la respectiva oferta, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015. En caso de no presentarse ninguna manifestación de interés dentro del término previsto, la Entidad declarará desierto el proceso.
Los interesados en participar en el presente proceso de selección sólo podrán manifestar interés como personas naturales o jurídicas. Quienes hayan manifestado interés podrán presentar sus propuestas individualmente o en consorcio o unión temporal con otras personas (naturales o jurídicas) que hubieren o no manifestado interés.
NOTA: De conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015, se indica que de llegarse a presentar más xx xxxx (10) manifestaciones de interés para participar en el proceso respectivo, la Entidad NO hará uso del sorteo contemplado en esa disposición
1.15. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
ACTIVIDAD | FECHAS |
Publicación de aviso de convocatoria pública, de estudios previos y del proyecto xx xxxxxx de condiciones | 00 xx xxxxx xx 0000 |
Plazo para presentar observaciones al proyecto xx xxxxxx. | Desde el 30 xx xxxxx hasta 07 xx xxxxx de 2017 Agencia Nacional de Infraestructura - oficina de correspondencia o al correo electrónico xxxxxxx0000000@xxx.xxx.xx |
Respuesta a observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones | 18 xx xxxxx de 2017 |
Acto administrativo de apertura proceso y publicación pliegos de condiciones definitivos | 18 xx xxxxx de 2017 |
Presentación de manifestaciones de interés en participar por parte los posibles oferentes | Desde el 19 xx xxxxx de 2017 hasta el 21 xx xxxxx de 2017 Agencia Nacional de Infraestructura - oficina de correspondencia o al correo electrónico xxxxxxx0000000@xxx.xxx.xx |
Fecha límite para recepción de observaciones al pliego de condiciones. | Hasta el 25 xx xxxxx de 2017 Agencia Nacional de Infraestructura - oficina de correspondencia o al correo electrónico xxxxxxx0000000@xxx.xxx.xx |
Respuesta a observaciones al pliego de condiciones | 28 xx xxxxx de 2017 |
Fecha límite para expedir adendas | 2 xx xxxx de 2017 hasta las 10:00 A.M |
Cierre del plazo para presentar ofertas | 0 XX XXXX XX 0000 X XXX 10:00 AM Xxxxx 00X Xx. 00-00 –Xxxxxxxx Xxxxx 0–Xxxxxxx Xxxx – Xxxxxx, X.X. |
Verificación y Evaluación de las propuestas. | Desde el 4 xx xxxx de 2017 hasta el 9 xx xxxx de 2017 |
Publicación del informe de evaluación | 00 xx xxxx xx 0000 |
Traslado para observaciones al informe de verificación y evaluación | Desde el 10 xx xxxx de 2017 al hasta el 15 xx xxxx de 2017 |
Publicación respuestas a las observaciones al informe de verificación y evaluación | 16 xx xxxx de 2017 |
Expedición del Acto de Adjudicación o Declaratoria de Desierto | 00 XX XXXX XX 0000 |
Suscripción del contrato | A más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la adjudicación del proceso |
Presentación, aprobación de pólizas y acta de inicio | A más tardar dentro del día hábil siguiente a la suscripción del contrato |
Cronograma de pagos | Se encuentra contenido en la minuta del contrato |
Las fechas antes indicadas podrán variar de acuerdo con lo establecido por la ley y con las condiciones previstas en el presente pliego.
Si hubiere algún cambio del sitio indicado para llevar a cabo el cierre para presentar propuestas el mismo se dará a conocer a través del SECOP.
1.16. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR
Podrán participar en el presente proceso y presentar propuestas las personas naturales o jurídicas, en ambos casos, ya sea de manera individual o bajo estructuras plurales.
Cuando se presenten como estructura plural, deben informar en su respectiva propuesta si se presentan a través de consorcio o unión temporal, o cualquier otra forma de asociación.
Los proponentes deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
1.16.1. Las personas jurídicas deberán acreditar que su objeto social se encuentra acorde con el objeto del presente proceso de selección y que fue constituida por lo menos con un (1) año de anterioridad a la fecha de presentación de la oferta, esta verificación se realizará por medio del Certificado de Existencia y Representación Legal, el cual deberá tener una fecha de expedición no superior a 30 días calendario a la fecha de cierre del presente proceso.
La persona jurídica y las estructuras plurales, así como cada uno de sus integrantes personas jurídicas deberán acreditar que su duración no es inferior a la del plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso. Esta verificación se realizará del documento de constitución de la Estructura Plural para los consorcios y Uniones Temporales y mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal para las personas jurídicas, ya sean proponentes individuales o a cada uno de los integrantes de la Estructura plural.
1.16.2. Tener capacidad legal para contratar conforme a lo previsto en el artículo 6° de la ley 80 de 1993.
1.16.3. No encontrarse relacionado en el boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República. En el caso de personas jurídicas deberá acreditar este requisito tanto la persona jurídica como su representante legal. En el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes deberá acreditar en forma independiente no estar reportado con sanción que implique inhabilidad para contratar. Si los consorciados o unidos temporalmente fueren personas jurídicas este requisito deberá ser cumplido tanto por la empresa como por su representante legal.
1.16.4. El oferente no debe estar incurso dentro de las causales de inhabilidades o incompatibilidades para contratar, especialmente por las establecidas en la Constitución Política, en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 734 de 2002, la Ley 1474 de 2011, y demás normas concordantes.
En la carta de presentación de la propuesta el oferente debe afirmar expresamente bajo la gravedad del juramento, lo cual se entiende cumplido con su firma, que no se halla incurso en ninguna causal de incompatibilidad o inhabilidad prevista en la ley.
1.16.5. Cuando el Representante Legal del oferente o el representante legal de las personas jurídicas que integran la Estructura Plural se encuentren limitados en sus facultades para comprometer al oferente y contratar, deberá acreditar que ha sido facultado para presentar propuesta y firmar el
contrato, mediante documento expedido con antelación a la fecha de cierre del proceso por el órgano competente.
1.16.6. Cumplir con todos y cada uno de los documentos y requisitos exigidos en el presente Pliegos de Condiciones y con la normatividad vigente sobre la materia.
1.16.7. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales se deberán acreditar además, los siguientes requisitos:
1.16.7.1. Cumplir individualmente con todos y cada uno de los requisitos anteriormente señalados.
1.16.7.2. Las Estructuras Plurales deberán indicar en el documento de conformación del consorcio o de la unión temporal, que su término de duración no será inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de cierre de este proceso. Estos no podrán ser disueltos, ni habrá cesión del contrato entre quienes integran el Consorcio o la Unión Temporal. Indistintamente de la denominación que se le otorgue a la modalidad mediante la cual se presentará la oferta, los proponentes aceptarán sin condicionamiento alguno la xxxxxxxx de una obligación solidaria e indivisible en relación con la presentación de la oferta, la suscripción y legalización del contrato así como de su cumplimiento, liquidación y garantía y en general, para todos los efectos que del contrato se deriven, salvo las excepciones legales
1.16.7.3. Indicar si su participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal y en este último caso, señalar los términos y extensión de su participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Agencia, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 1º del artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
1.16.7.4. Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán señalar las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad, estableciendo el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes y deberán designar la persona que para todos los efectos los representa, acompañado del documento que lo constituya como tal, con la firma autorizada de cada uno de sus integrantes.
1.17. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
No podrán participar en este proceso, quienes se encuentren incursos en cualquiera de las circunstancias previstas en la Ley 80 de 1.993, en la Ley 1150 de 2007, en la Ley 734 de 2002, en la Ley 1474 de 2011, la Ley 828 de 2003 y demás disposiciones legales vigentes que consagren inhabilidades e incompatibilidades para contratar con la Agencia.
Igualmente estarán inhabilitados quienes se encuentren reportados en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República y en el SIRI de la Procuraduría General de la Nación, con sanción vigente que implique inhabilidad para contratar.
1.17.1 CONFLICTOS DE INTERES
No podrán participar en el presente proceso de selección quienes bajo cualquier circunstancia se encuentren en situaciones de conflicto de interés con la Agencia Nacional de Infraestructura, o con los principios de la contratación administrativa.
Se entenderá por conflicto de interés toda situación que impida al Proponente tomar una decisión imparcial en relación con la ejecución del contrato; por tanto no podrán participar en este proceso de selección quienes directa o indirectamente se encuentren en cualquier situación que implique la existencia de un conflicto de intereses que afecte los principios de transparencia, selección objetiva e igualdad, o los principios de la función administrativa.
Tampoco podrán participar en el presente proceso quienes directamente o cuyos integrantes, sus socios, o sus beneficiarios reales se encuentren en una situación de conflicto de interés con la Agencia.
Para efectos del presente proceso, además de lo dispuesto en el Decreto 2555 de 2010 o en la normatividad vigente, se entiende por beneficiario real cualquier persona, o grupo de personas participando conjuntamente en una misma propuesta, que directa o indirectamente, por si misma o a través de interpuesta persona, por virtud de contrato, convenio o de cualquier otra manera, tenga capacidad de control respecto de otro proponente individual o en estructura plural. Para estos efectos, se entenderá que existe capacidad de control, cuando se verifiquen los supuestos previstos en los artículos 260 y subsiguientes del Código de Comercio para subordinación y control, independientemente de si dicha situación ha sido registrada. Igualmente, constituyen un mismo beneficiario real las sociedades matrices y subordinadas.
En todo caso los proponentes evitarán dar lugar a situaciones en que se pongan en conflicto con sus obligaciones previas o vigentes con respecto a otros contratantes con su futura o actual participación en procesos de selección, o en la ejecución de otros contratos.
Los Proponentes o miembros de Estructura Plural deberán declarar bajo la gravedad de juramento que: (1) no están incursos en las mencionadas inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones legales; ni se encuentran incursos directamente, ni su equipo de trabajo y/o sus directivos en conflicto de intereses; (2) no se encuentran incursos en ninguna causa de disolución y/o liquidación, (3) no se encuentra(n) adelantando un proceso de liquidación obligatoria; dicha afirmación se entenderá prestada con la suscripción de la Carta de Presentación de la Propuesta.
1.18. RESPUESTA A OBSERVACIONES Y ACLARACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES
La AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA dará respuesta a las observaciones y/o solicitudes de aclaración presentadas en desarrollo del presente proceso y si fuere necesario, expedirá mediante adendas las modificaciones al pliego de condiciones.
Los interesados que tuvieren dudas u observaciones sobre el contenido o alcance del presente pliego de condiciones o sus anexos, podrán remitir sus comunicaciones radicadas hasta la fecha prevista en el cronograma en la dirección Calle 24A No. 59 - 42 - Xxxxxxxx Xxxxx 0 - Xxxxxxx Xxxx - Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxxx, o podrán ser remitidas en la dirección electrónica xxxxxxx0000000@xxx.xxx.xx en los términos indicados en el presente pliego.
Las consultas y respuestas no producirán efecto suspensivo sobre el plazo para la presentación de las propuestas.
1.19. ADENDAS
Toda modificación al pliego de condiciones se hará mediante ADENDAS numeradas, las cuales formarán parte integral xxx xxxxxx de condiciones.
Las adendas se entenderán comunicadas por el hecho de su publicación electrónica en el medio de comunicación establecido en este pliego de condiciones de conformidad con lo dispuesto en las normas legales vigentes sobre la materia, para lo cual se reitera la obligación de los interesados durante todo el proceso de selección, de consultar permanentemente la página del sitio de comunicación electrónica xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
1.20. RESPONSABILIDAD EN LA PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
El proponente deberá elaborar la propuesta por su cuenta y riesgo, de acuerdo con lo solicitado en el presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx y sus modificaciones e incluir dentro de ella toda la información exigida. La propuesta junto con los subsanes y/o aclaraciones que se puedan presentar por solicitud de la Entidad formarán parte integral del contrato.
Se considera como documento oficial xx Xxxxxx de Condiciones, el que se encuentra publicado en el Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
El proponente debe tener en cuenta todos los costos en que incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato derivado del presente proceso, los costos para la preparación y presentación de la propuesta, serán por cuenta exclusiva del PROPONENTE y a riesgo de éste, razón por la cual la Agencia no reconocerá suma alguna, ni efectuará rembolso de ninguna naturaleza por tal concepto.
1.21. PROPUESTAS PARCIALES y ALTERNATIVAS
La AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, no aceptará ni adjudicará propuestas parciales ni alternativas.
1.22. ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
El proponente deberá elaborar la propuesta de acuerdo con lo establecido en este pliego de condiciones y anexar la documentación exigida en el mismo orden que se relaciona, entre otros, en el Pliego de Condiciones CAPITULO 2 y CAPITULO 3 (PROPUESTA ECONOMICA) Y DEMÁS, DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA.
Las propuestas deberán presentarse en escrito elaborado a máquina o computador y redactarse en idioma castellano, ENTREGADAS EN ORIGINAL Y UNA (1) COPIA. El original deberá ser firmado
por el proponente, a través de su representante o apoderado, según el caso. Tanto el original como la copia de la propuesta deberán estar foliados en orden consecutivo ascendente, incluyendo en cada ejemplar los documentos y requisitos indispensables para considerar y estudiar la propuesta, cumpliendo con las instrucciones de estos Pliegos de Condiciones.
Cada proponente deberá presentar única y exclusivamente una propuesta, la cual deberá comprender la totalidad de los requerimientos xxx xxxxxx de condiciones y ajustarse en todo a los requisitos, especificaciones y condiciones previstas en él. Cualquier enmendadura para ser considerada, deberá ser convalidada con la firma al pie de la misma de quien suscribe la carta de presentación de la propuesta.
La información contenida en la copia de la propuesta, debe coincidir en su totalidad con el original de la propuesta. En caso de presentarse alguna diferencia entre el original de la propuesta y la copia, prevalecerá la información consignada en el original.
No se admiten propuestas enviadas por correo ni fax; todos los anexos que el PLIEGO DE CONDICIONES indique deben estar debidamente diligenciados. No habrá exenciones en la responsabilidad de los datos, informes, documentos y resultados que se suministren tanto en el proceso como en el desarrollo del contrato producto del proceso de selección abreviada.
Se recomienda a los proponentes allegar sus ofertas impresas a doble cara, en carpetas y no en AZ Velobind anillado ni encuadernados, o atornillados.
1.22.1. DOCUMENTOS OTORGADOS EN COLOMBIA
Los documentos otorgados en Colombia deberán presentarse en original o copia simple, según lo requerido en el presente pliego de condiciones y atendiendo lo dispuesto en el Decreto Ley 019 de 2012. Aquellos documentos que a pesar de otorgarse en Colombia estén en un idioma diferente al castellano deberán acompañarse de una traducción oficial al castellano.
1.22.2. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
• Consularización
De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del código de comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (oficina de legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
• Apostilla
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en el numeral anterior, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso sólo será exigible la Apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la Apostilla está dada en idioma distinto xxx xxxxxxxxxx, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.
• Legalizaciones
Los Interesados provenientes de aquellos países signatarios de la Convención de La Haya podrán optar, como procedimiento de legalización de los documentos otorgados en el exterior, la Consularización o la Apostilla descritas en los puntos anteriores.
• Traducción
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma castellano deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma, traducción que deberá ser efectuada por un traductor oficial debidamente registrado como tal en Colombia o en el país de origen del Interesado. En cualquiera de los casos se deberá acreditar la calidad de traductor oficial en los términos señalados en la ley aplicable en Colombia o en el país de origen de la traducción. Los Anexos a estos Pliegos no requerirán de traducción oficial, pero cualquier documento adjunto a dichos Anexos si lo requerirá”.
Si el documento aportado requiere de convalidación u homologación de acuerdo con las normas colombianas se deberá cumplir este requisito.
Para efectos de los trámites de apostille y legalización de documentos, los proponentes deberán tener en cuenta igualmente lo dispuesto en la Resolución No. 7144 del 20 de octubre de 2014 emanada del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Nota: La omisión de alguno de los requisitos establecidos en el presente numeral, será subsanable en todo caso.
1.22.3 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
LA PROPUESTA DEBERÁ SER PRESENTADA JUNTO CON TODOS LOS DOCUMENTOS QUE LA INTEGRAN Y ENTREGADA DENTRO DEL PLAZO PREVISTO EN EL PRESENTE PLIEGO DE CONDICIONES, EN ORIGINAL Y UNA COPIA, así:
(Sobre No. 1): Debidamente foliada con su respectivo índice, se incluirán los documentos relacionados con la capacidad jurídica, financiera y técnica, y las condiciones de experiencia del proponente, así como la oferta económica y demás anexos requeridos en el pliego de condiciones, y en general toda la información requerida en el Capítulo II y III del presente Pliego de Condiciones. ESTE SOBRE DEBE INCLUIR LA OFERTA ECONÓMICA. La copia debe ser idéntica en su contenido a la propuesta original, en sobres separados, cerrados y sellados, marcados, con el nombre y apellido del representante legal y la razón social de la firma.
Los sobres (tanto el original como su copia) se deberán presentar marcados con el siguiente cuadro:
AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA |
SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA |
No. VJ-VAF-SA-007-2017 |
OBJETO DE LA SELECCIÓN: |
CONTRATAR EL SERVICIO DE SOPORTE COMUNICACIONAL Y OPERACIONAL TECNOLÓGICO MEDIANTE EL SISTEMA DE OUTSOURCING (BPO, ITO, KPO) DE LA ENTIDAD, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O ALCANCE DEL OBJETO. |
SOBRE: PROPUESTA GENERAL Y OFERTA ECONOMICA |
ORIGINAL-------- COPIA CIUDAD Y FECHA DE ENTREGA: |
La Entidad no asumirá responsabilidad alguna por la apertura de la propuesta antes del término señalado cuando dicha propuesta no se presente en los términos indicados.
La presentación de la propuesta constituye un acuerdo entre el proponente y la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, en virtud del cual dicha propuesta, salvo afirmación en contrario por parte de la Entidad, permanece abierta para verificación y aceptación de la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, cuando corresponda, por el mismo período señalado para la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta.
Durante el período de vigencia de la propuesta, el proponente se compromete a no retirarla, ni menoscabar o derogar los efectos de la misma.
1.22.4. LUGAR DE ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas se recibirán dentro de las horas y días señalados en el cronograma del presente proceso de selección en el AUDITORIO de La AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, ubicada en la Xxxxx 00X Xx. 00 - 00 - Xxxxxxxx Xxxxx 4 – Segundo Piso.
En consecuencia, la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA no recibirá ni evaluará propuestas que sean entregadas en lugar diferente al indicado en el pliego de condiciones o después de la fecha y hora fijadas en el cronograma. Estas propuestas serán devueltas al oferente sin evaluar, previa constancia en el acta de cierre del procedimiento. Las propuestas allegadas con anterioridad al día de cierre del proceso, deberán ser radicadas en la Oficia de Correspondencia de la Entidad en los términos indicados en el presente pliego.
1.23. CIERRE DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA
a. La oferta deberá presentarse a más tardar en la fecha y hora señalada en el cronograma para el cierre del proceso, en el Auditorio del segundo piso de la Agencia Nacional de Infraestructura.
La ANI no recibirá y/o no abrirá ni verificará ninguna propuesta que no haya sido presentada en el recinto, hora y fecha límites señalados.
b. Las propuestas que se entreguen antes del día previsto para el cierre del proceso, deberán radicarse en la Oficina de Correspondencia de la Agencia. En este evento, la Entidad tomará las medidas necesarias para trasladar las propuestas entregadas antes del día del cierre y para garantizar la seguridad e inviolabilidad de su contenido.
c. La Entidad entenderá entregada la propuesta en tiempo, siempre que la propuesta se entregue a más tardar el día y la hora señalados en el cronograma del proceso.
d. No se aceptarán ofertas enviadas por fax o por correo.
e. En el eventual caso que llegue una propuesta en un sobre abierto, La Agencia la recibirá pero no se hacen responsables de su contenido y confidencialidad, de lo cual dejará constancia en el acta.
En la fecha y hora señaladas para el cierre del proceso se realizará la apertura de las propuestas, en acto público y en presencia de los proponentes que deseen asistir, se levantará un acta en la que conste el número de propuestas, el número de folios de cada propuesta, el nombre de los proponentes: Personas naturales o jurídicas, consorcios o uniones temporales, valor ofertado, póliza de seriedad (valor y vigencia), las solicitudes de retiro, sustitución o modificación de ofertas, y las observaciones a que haya lugar. Dicha acta, será publicada en el medio de comunicación electrónico conforme a las normas legales sobre la materia.
NOTA. La hora se verificará, teniendo en cuenta la información que registre el Instituto Nacional de Metrología, vía internet en el sitio web: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/. En caso de no contar con servicio de Internet para la diligencia de cierre se verificará con el reloj dispuesto para tal fin a la vista del público.
1.24. INFORMACIÓN DE CARÁCTER RESERVADO
EL PROPONENTE deberá indicar que información de la que contiene su propuesta tiene carácter reservado, expresando la razón jurídica por la que se le otorga tal carácter y la norma jurídica en la que se sustenta la reserva, de conformidad con lo establecido en la Legislación Colombiana. Igualmente, se entiende que con la presentación de la propuesta el PROPONENTE conoce y acepta que, en desarrollo de los principios de transparencia, igualdad e imparcialidad, toda la información incluida en su propuesta para acreditar el cumplimiento de los requisitos para participar y para efectos de la evaluación, es pública, y cualquier persona podrá obtener copia de la misma.
1.25. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Presentada la propuesta, y una vez finalizado el plazo previsto para su presentación, ésta es irrevocable. Por ello, una vez transcurrido dicho término, EL PROPONENTE no podrá retirar ni modificar los efectos y alcance de la propuesta
La presentación de la propuesta por parte de EL PROPONENTE constituye evidencia de que estudió completamente las especificaciones, anexos, y demás documentos que se publicaron en el SECOP relacionados con el presente proceso; que recibió las aclaraciones necesarias por parte de la Entidad sobre inquietudes o dudas previamente consultadas, y que ha aceptado que este Pliego de Condiciones es completo y adecuado para identificar los bienes y servicios que se contratarán; que está enterado a satisfacción en cuanto al alcance de dichos bienes y servicios, y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para fijar el valor, plazo y demás aspectos de su propuesta.
1.26. VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del Proceso de Selección Abreviada o de sus prórrogas si las hubiere, durante este período el PROPONENTE no podrá retirar su propuesta, ni modificar los términos o condiciones de la misma.
1.27. UNA PROPUESTA POR PROPONENTE
Cada proponente podrá presentar solamente una oferta, ya sea por si solo o como integrante de un consorcio o unión temporal. Quien presente o participe en más de una propuesta causará el rechazo de todas las ofertas que incluyan su participación, salvo las excepciones consagradas para las inhabilidades contenidas en la normatividad contractual vigente.
1.28. RETIRO DE PROPUESTAS
Los proponentes podrán solicitar a la Gerencia de Contratación de la Vicepresidencia Jurídica de LA AGENCIA, el retiro de sus propuestas, mediante escrito presentado y radicado en la oficina de correspondencia de La AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA antes de la fecha y hora previstas para el cierre de esta selección abreviada y apertura de las propuestas. La propuesta será devuelta sin abrir, al momento del acto de apertura de las propuestas, al proponente o a la persona autorizada al efecto por el proponente.
1.29. DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS
Vencida la fecha y hora de cierre del proceso de selección Las propuestas recibidas en este proceso no serán devueltas y su original será guardado por "LA AGENCIA" en los archivos correspondientes, durante el tiempo que lo estimen pertinente.
1.30. INFORMACIÓN INEXACTA
La Agencia se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por los proponentes, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades de donde proviene la información.
Cuando exista inconsistencia relevante a criterio de la Agencia Nacional de Infraestructura para garantizar el deber de comparación objetiva entre la información suministrada por los proponentes y la efectivamente obtenida o suministrada a esta entidad por la fuente de donde proviene la información, dicho documento que se pretenda hacer valer, no será tenido en cuenta por la entidad, sin perjuicio
de las acciones que adelante la Agencia para poner los hechos en conocimiento de las autoridades competentes.
CAPÍTULO II DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
2.1. IDIOMA DE LA PROPUESTA
La propuesta, correspondencia y todos los documentos que la integran deberán estar redactados en idioma castellano. Los documentos, en idioma extranjero, por lo tanto, deberán venir acompañados de traducción simple, salvo en los casos en que la ley exija traducción oficial.
2.2. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
A los proponentes e integrantes de estructuras plurales obligados a inscribirse en el Registro único de Proponentes, se les hará la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes relacionados con sus condiciones de capacidad jurídica, técnica, financiera y de organización que allí consten (salvo que la exigida no haya sido verificada por la Cámara de Comercio), con base en la citada certificación. Los demás requisitos habilitantes serán verificados con base en los documentos respectivos, establecidos en el presente Capítulo.
La evaluación de la oferta económica se realizará con base en lo indicado en el Capítulo correspondiente.
Los proponentes deberán integrar sus propuestas con la totalidad de los documentos requeridos en el presente pliego de condiciones.
Como consecuencia de lo anterior, LA AGENCIA examinará durante el proceso evaluativo cada caso concreto que se presente, frente a lo dispuesto por el parágrafo 1º del artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, a fin de determinar si se trata o no de un requisito o documento no necesario para la comparación de las propuestas o de asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, debiendo, como conclusión de dicho estudio o de las observaciones formuladas por los interesados, garantizar siempre el cumplimiento de lo dispuesto por el citado parágrafo 1º del art. 5º de la Ley 1150/07.
Para facilitar la correcta integración de la propuesta por parte del oferente y su estudio y evaluación por LA AGENCIA, el proponente deberá integrar los documentos de la propuesta en el mismo orden en que se relacionan en los siguientes numerales:
2.3. ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS REQUISITOS HABILITANTES
2.3.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Todos los proponentes deberán presentar carta de presentación de la propuesta de acuerdo con el Anexo suministrado por LA AGENCIA, firmada en original por la persona natural proponente o por el
representante legal de la sociedad proponente o por el representante del consorcio o unión temporal proponente, indicando su nombre, documento de identidad y demás datos requeridos en el anexo suministrado con este pliego de condiciones. (ANEXO No. 1)
Los proponentes y miembros de Consorcios o Uniones Temporales extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato si a ello hubiere lugar, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx de Condiciones. Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para los demás miembros de la Estructura Plural y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes de la Estructura Plural con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el presente Pliego de Condiciones. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la Estructura Plural. Para fines de claridad únicamente, las personas naturales y jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia podrán designar a más de una persona como su apoderado en Colombia, caso en el cual podrá indicar a su entera discreción las condiciones o las limitaciones a los apoderados. En todo caso, si no se precisan tales condiciones y/o limitaciones, la Agencia presumirá que cualquiera de los apoderados podrá suscribir y vincular al integrante de Consorcio o Unión Temporal extranjero sin domicilio en Colombia. El poder antes indicado debe contar con la presentación personal y deberá ser presentado con las formalidades indicadas en el Código General del Proceso.
La omisión de constitución del apoderado o la falta de la debida autorización para la presentación de la propuesta, con anterioridad a su presentación, no son subsanables y la propuesta será rechazada.
Se deberá diligenciar y adjuntar a la oferta el ANEXO No. 1 - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, teniendo en cuenta lo establecido en el referido Anexo y en el presente Pliego de Condiciones.
2.3.2. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL y AUTORIZACIÓN
Cuando el proponente sea una persona jurídica (colombiana) deberá anexar el certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente y para los extranjeros el documento que haga sus veces en el país de origen.
En este certificado debe constar que el término de duración de la persona jurídica no es inferior a la del plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, salvo que el proponente aporte el documento del órgano social o institucional competente, que demuestre su intención de prorrogar la existencia de la persona jurídica. En el caso de los consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes que sea persona jurídica deberá cumplir individualmente con estas reglas. De igual manera esta regla se deberá cumplir en el documento de constitución de la respectiva Estructura Plural.
El Certificado de Existencia y Representación Legal deberá haber sido expedido con fecha no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de este proceso de selección. En el caso de los consorcios y uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá cumplir esta condición. Cuando se prorrogue dicha fecha después de la apertura del proceso, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre señalada en el Pliego de Condiciones Definitivo.
2.3.3. AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR PROPUESTA Y DEMAS TRÁMITES
Este documento deberá ser presentado, sin excepción, por todos los proponentes, nacionales y extranjeros, individuales consorcios o uniones temporales y los integrantes de los mismos, que de acuerdo con sus estatutos lo requieran.
Cuando en el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica proponente (Colombiana o Extranjera) aparezcan restricciones a su representante legal para contraer obligaciones en nombre de la misma, se deberá adjuntar a la propuesta el documento de autorización expresa del órgano social competente, en el cual conste que está debidamente facultado para presentar la propuesta y demás tramites concernientes al proceso.
En el caso de los consorcios y las uniones temporales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que los integren, deberá contar con dicha autorización por el valor total del presupuesto oficial (y no sólo por el monto de su participación), teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 7o. de la Ley 80 de 1993.
2.3.4. CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP)
Todos los proponentes y cada uno de los integrantes de estructuras plurales, salvo las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, deberán presentar Certificado de Inscripción en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio.
La inscripción debe estar en firme y vigente de conformidad con lo establecido en las normas legales vigentes.
Se debe tener en cuenta lo indicado el artículo 2.2.1.1.1.5.1 Inscripción, renovación, actualización y cancelación del RUP - del Decreto 1082 de 2015: “(…) La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes xx xxxxx de cada año. De lo contrario cesan los efectos RUP. La persona inscrita en el RUP puede actualizar la información experiencia y capacidad jurídica en cualquier momento. (…)”. Negrilla fuera del texto original.
La fecha de expedición del RUP debe ser de máximo treinta (30) días calendario anteriores a la fecha límite prevista para la presentación de la propuesta. En caso de modificarse la fecha de Cierre del Proceso, se tendrá como referencia para establecer el plazo indicado la originalmente establecida en el Pliego de Condiciones Definitivo.
Cuando se trate de proponentes o integrantes de estructuras plurales no obligados a inscribirse en el RUP, estos deberán manifestar en el Anexo 1 A que dentro de las actividades que desarrollan se encuentran las contenidas en el numeral 1.2 “CLASIFICACIÓN UNSPSC” del presente pliego de condiciones.
2.3.5. INFORMACIÓN SOBRE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES (ANEXO 11 y 12)
Cuando se trate de consorcio o unión temporal se debe diligenciar el documento de constitución debidamente suscrito por sus integrantes, así mismo se deberá:
a) Designar a la persona natural que, para todos los efectos, representará al consorcio o unión temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y sus responsabilidades de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 7º de la Ley 80 de 1993, e indicando que su duración será como mínimo la exigida en este pliego de condiciones (plazo del contrato y tres (3) años más).
b) En caso que el proponente sea un consorcio deberá indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes,
c) En caso que el proponente sea una unión temporal indicará el porcentaje de participación y señalará los términos y la extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato de cada uno de sus integrantes. La extensión de la participación se indicará en función del porcentaje de participación en la ejecución en el proyecto. Lo anterior de conformidad con el numeral 2 del artículo 7 de la ley 80 de 1993, toda vez que las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución del contrato, de cada uno de los integrantes de la unión temporal.
No se aceptarán Consorcios o Uniones Temporales constituidos entre una misma persona jurídica y sus socios, accionistas, o entre ésta y su representante legal, o miembro o miembros de la Junta Directiva.
Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán aportar las certificaciones de las respectivas Juntas Directivas, Juntas de Socios o Asambleas de Accionistas, según el caso, mediante las cuales autoricen a los representantes legales para presentar propuesta en Consorcio o Unión Temporal y para suscribir el respectivo contrato, en caso de que así se requiera de acuerdo con los estatutos de la sociedad.
Dicho documento deberá estar firmado por todos y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal y en el caso del integrante persona jurídica, por el representante legal de dicha persona.
2.3.6. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Se deberá allegar la garantía de seriedad de la oferta en los términos del Decreto 1082 de 2015.
La garantía podrá consistir en: (i) Contrato de seguro contenido en una póliza. (ii) Patrimonio autónomo. (iii) Garantía Bancaria, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015
La Garantía de Seriedad de la Propuesta se constituirá en los siguientes términos:
• Los términos de las garantías bancarias o pólizas de seguro, según el caso, deben ser los de una garantía a favor de entidades públicas.
• Asegurado y beneficiario: AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA
• Tomador: Proponente.
• Valor Asegurado: En cuantía equivalente al diez (10%) por ciento del presupuesto oficial
• Vigencia de la Garantía: Por el término de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección. En todo caso, la garantía de la propuesta debe estar vigente hasta el perfeccionamiento y legalización del contrato resultante del presente proceso de selección.
Cuando la propuesta sea presentada por un consorcio o unión temporal, deberá constar en el documento de garantía de seriedad de la oferta el nombre del consorcio o unión temporal y el de cada uno de sus integrantes, así como su porcentaje de participación.
La garantía de seriedad cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento en los eventos señalados en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015.
La validez de la oferta será igual al de la vigencia de la garantía de seriedad, sin embargo, el proponente está obligado a ampliar la vigencia de la Garantía de Seriedad de la Oferta cuando así lo solicite la Agencia Nacional de Infraestructura.
NOTA: En el evento en que la fecha de cierre de este proceso se prorrogue, el proponente debe ampliar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta de tal suerte que la vigencia de la misma cubra como mínimo el plazo total establecido.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término señalado por la Entidad para tal fin, quedará a favor de ésta, en calidad de sanción, el valor de la Garantía constituida, para responder por la seriedad de la Oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de los citados depósitos o garantías.
Por el hecho de presentar propuesta y de vencerse el plazo para la presentación de las propuestas, se entenderá que la propuesta es irrevocable y que el proponente mantiene vigentes todas las condiciones originales de su propuesta durante todo el tiempo de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, incluidas las prórrogas de los plazos que llegaren a presentarse de acuerdo con el pliego de condiciones y la Ley 80 de 1993 y las prórrogas correlativas de la vigencia de la citada garantía, en concordancia con lo dispuesto sobre la materia.
2.3.6.1. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA
LA AGENCIA, previa solicitud escrita del oferente, devolverá la garantía de seriedad de la oferta, una vez haya sido perfeccionado el contrato respectivo y se hayan aprobado por LA AGENCIA las garantías contractuales que amparen los riesgos propios de la etapa contractual o quede en firme la resolución que declare desierto el proceso.
2.3.7. CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES (PERSONAS JURÍDICAS) (ANEXO No. 8).
Cuando el proponente sea una persona jurídica, deberá diligenciar el ANEXO No. 8 CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES (PERSONAS JURÍDICAS),
firmado por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx Xxx, o por el representante legal cuando no se requiera revisor fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de
sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, dicho documento debe certificar que a la fecha de presentación de su propuesta ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses del calendario que legalmente sean exigibles en la citada fecha, (o sea, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos).
En caso de existir acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, el proponente deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes que sea persona jurídica, deberá aportar el respectivo ANEXO 8 aquí exigido.
NOTA 1: El proponente adjudicatario deberá presentar para la suscripción del respectivo contrato la certificación donde se acredite el pago correspondiente a la fecha de suscripción del mismo. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá presentar la certificación aquí exigida. Estas mismas reglas se aplicarán para el pago que se vaya a efectuar con cargo al contrato.
NOTA 2: En caso que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social debe, también bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en el mencionado Anexo.
NOTA 3: En caso que en la información suministrada por el proponente sobre pagos de seguridad social y aportes parafiscales se evidencie alguna inconsistencia, LA AGENCIA pondrá en conocimiento del Ministerio de Salud y Protección Social dicha situación para lo de su competencia.
2.3.8. DECLARACIÓN JURAMENTADA DE PAGOS CORRESPONDIENTES A LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES (PERSONAS NATURALES) (ANEXO No. 8).
La persona natural proponente, deberá diligenciar el ANEXO No. 8– DECLARACIÓN JURAMENTADA DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES (PERSONAS NATURALES),
donde se certifique el pago de sus aportes y el de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que a la fecha de presentación de su oferta ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses del calendario que legalmente sean exigibles en la citada fecha, (o sea, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos).
En caso de existir acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, el proponente deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá aportar el respectivo ANEXO No. 8 – DECLARACIÓN JURAMENTADA DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES (PERSONAS NATURALES), aquí exigido.
NOTA 1: El proponente adjudicatario deberá presentar para la suscripción del respectivo contrato la declaración donde se acredite el pago correspondiente a la fecha de suscripción del mismo. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá presentar la certificación aquí exigida. Estas mismas reglas se aplicarán para el pago que se vaya a efectuar con cargo al contrato.
NOTA 2: En caso que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social por personal, debe, también bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en el mencionado anexo.
2.3.9. COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
EL PROPONENTE deberá anexar con la propuesta, el ANEXO No 9. COMPROMISO DE TRANSPARENCIA, debidamente diligenciado. Cuando se trate de Consorcios y Uniones Temporales, el Anexo debe ser diligenciado por todos sus integrantes.
2.4. REQUERIMIENTOS FINANCIEROS Y CAPACIDAD DE ORGANIZACIONAL
La capacidad financiera de los proponentes se acreditará mediante los indicadores establecidos en el Decreto 1082 de 2015, verificándose a partir del RUP (para los proponentes o miembros de figura asociativa obligados a inscribirse en dicho registro de conformidad con la normatividad vigente), y del diligenciamiento del Anexo N° 3 para los proponentes o miembros de figura asociativa no obligados a inscribirse en el RUP. El Anexo N° 3 debe estar suscritos bajo la gravedad de juramento, por el Representante Legal y el Revisor Fiscal del proponente, si el proponente no está obligado a tener Revisor Fiscal, debe ser suscrito por un contador público.
Para calcular la capacidad financiera, se tendrá en cuenta la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2016, teniendo en cuenta la información que conste en el RUP vigente y en firme.
El Anexo No. 3 deberá registrar en todos los casos, información tomada de los balances generales y el estado de pérdidas y ganancias de la compañía en la cual se reflejan los resultados correspondientes al 31 de diciembre de 2016 o al último año fiscal (este último evento aplica para aquellos proponentes extranjeros en cuyo país la fecha xx xxxxx fiscal sea distinta al 31 de diciembre de cada año), que hayan sido tomados como base para decretar dividendos y para la liquidación del impuesto xx xxxxx o su equivalente, debidamente aprobados por la asamblea de accionistas, junta de socios o el órgano social competente, correspondientes al último cierre anual ordinario.
En el caso de empresas extranjeras, los estados financieros de los cuales se tome la información deberán estar preparados de conformidad con los estándares internacionales de reporte financiero – IFRS, y deberán encontrarse DEBIDAMENTE AUDITADOS Y DICTAMINADOS. También podrán, a opción de la empresa extranjera, tomar la información de los estados financieros preparados bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia – COLGAAP -, caso en el cual la información contable que se obtenga de los mismos deberá presentarse debidamente certificada por Contador Público Colombiano y de conformidad con lo establecido en las normas legales vigentes.
La capacidad financiera se verificará teniendo en cuenta los siguientes indicadores:
• ÍNDICE DE LIQUIDEZ
Se determina la Liquidez, medida como Activo Corriente sobre Pasivo Corriente reflejado en el Registro Único de Proponentes, así: IL = Activo Corriente / Pasivo Corriente
Para el caso de consorcios o uniones temporales, la liquidez se determina así: IL= (AC1+AC2+AC3....) / (PC1+PC2+PC3 )
Dónde: ACn es igual a activo corriente de cada participante; PCn es igual a pasivo corriente de cada participante.
Una vez aplicada la formula anterior, la cifra resultante deberá ser igual o superior a Dos (2.0).
• ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO
Se obtiene el porcentaje de endeudamiento, resultante de dividir el Pasivo Total (Deudas) por el Activo. Total (Patrimonio Bruto) que se reflejen en el Registro Único de Proponentes, y el resultado se multiplica por cien (100).
(Total Deudas o Pasivo Total / Activo Total o Patrimonio Bruto) * 100
Para el caso de consorcios o uniones temporales, el endeudamiento se determina así: IE = ( (PT1+PT2+PT3....) / (AT1+AT2+AT3 ) )*100
Donde: PTn es igual a pasivo total de cada participante; ATn es igual a activo total de cada participante. Una vez aplicada la fórmula anterior, el porcentaje resultante deberá ser igual o inferior al setenta por ciento (70.00%).
• RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES: Utilidad operacional divida por los gastos de intereses RCI = Utilidad Operacional / Gastos de Interés
Para el caso de consorcios o uniones temporales, la razón de cobertura de intereses se determina así:
RCI = (UO1+UO2+UO3…) / (GI1+GI2+GI3…)
Donde: UO es igual a la Utilidad Operacional de cada participante; GIn es igual a los gastos de intereses de cada participante.
El Proponente y en caso de Figuras Asociativas todos sus miembros, deberán acreditar una razón de cobertura de intereses mayor o igual a uno.
Los proponentes cuyos gastos de intereses sean mayores a cero (0), cumplen con el indicador de razón de cobertura de intereses.
a. REQUISITOS DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
Los siguientes indicadores miden el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado:
(a) Rentabilidad del patrimonio (ROE): utilidad operacional dividida por el patrimonio.
(ROE)= Utilidad Operacional / Patrimonio
El proponente individual o por lo menos uno de los integrantes del proponente plural, deberá acreditar una rentabilidad del patrimonio positiva.
(b) Rentabilidad del activo (XXX): utilidad operacional dividida por el activo total.
(XXX) = Utilidad Operacional / Activo Total
El proponente individual deberá acreditar una rentabilidad del activo positiva.
Para el caso de estructuras plurales por lo menos uno de sus integrantes deberá acreditar una rentabilidad del activo positiva.
• El Proponente y los integrantes de estructuras plurales obligados a inscribirse en el RUP deberán presentar los siguientes documentos:
1. Certificado de Registro Único de Proponentes (RUP) vigente y en firme.
• El Proponente y los integrantes de estructuras plurales no obligados a inscribirse en el RUP deberán presentar los siguientes documentos:
1. Anexo No. 3 Capacidad del Proponente y Capacidad Financiera debidamente suscrito.
2. Fotocopia de la tarjeta profesional (por ambas caras) del contador quien efectúa las conversiones a moneda legal colombiana y copia de antecedentes disciplinarios de éste, vigentes a la fecha de cierre del proceso de selección.
Estos documentos deberán ser presentados de conformidad con lo solicitado en el presente documento y las cifras deberán presentarse en moneda colombiana a la tasa representativa xxx xxxxxxx (trm) establecida por el Banco de la Republica, vigente a la fecha xx xxxxx de la información financiera, avalados con la firma de un contador público colombiano acompañado de la fotocopia de la tarjeta profesional y del certificado de vigencia de la inscripción y de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores de Colombia, cumpliendo cada uno de los requerimientos señalados en los numerales anteriores.
REQUISITOS PARA PRESENTACIÓN DE MONEDA EXTRANJERA
La información deberá ser presentada en pesos de Colombia, en este orden, cuando los Estados Financieros estén expresados en monedas extranjeras deberán convertirse a Pesos Colombianos, siguiendo el procedimiento que a continuación se describe:
I. Si está expresado originalmente en Dólares de los Estados Unidos de Norte América los valores se convertirán a pesos colombianos, utilizando para ello el valor de la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) correspondiente a la fecha de cierre del balance, certificadas por el Banco de la República, para lo cual el proponente deberá indicar la tasa representativa xxx xxxxxxx utilizada para la conversión.
II. Si está expresado originalmente en una moneda o unidad de cuenta diferente a Dólares de los Estados Unidos de Norte América, deberá convertirse a ésta moneda, utilizando para ello el valor correspondiente a la tasa de cambio vigentes entre el dólar y dicha moneda a la fecha de cierre del balance (utilizando para tal efecto la página web xxxx://xxx.xxxxx.xxx en la pestaña Currency Converter, Conversor de Divisas. Hecho esto se procederá en la forma que señala el numeral.
2.5. REQUISITOS HABILITANTES TÉCNICOS:
a. Oferta Técnica: El cumplimiento de las condiciones y especificaciones técnicas necesarias para el cumplimiento del objeto y las obligaciones se acredita por el proponente mediante la manifestación que efectúe, diligenciando el Anexo 1 – Carta de Presentación de la Propuesta.
b. Verificación de Experiencia:
Para demostrar su experiencia, los proponentes deberán presentar, mínimo dos (2) y máximo tres (3) certificaciones de contratos, las cuales sumadas deberán ser iguales o superiores al presupuesto oficial total establecido para el presente proceso de selección.
Cada una de las certificaciones deberá referirse al objeto del presente proceso.
Sólo se deberá presentar información sobre máximo tres (3) contratos. En el caso de que un proponente presente un mayor número de contratos, para salvaguardia de los principios de transparencia e igualdad, se tendrá en cuenta únicamente los tres (3) primeros que se incluyan la propuesta en su orden.
Como soporte de la información allegada por el proponente, se deberán anexar las certificaciones expedidas por las entidades respectivas, las cuales deberán contener, como mínimo, la siguiente información:
• Nombre de la empresa contratante
• Nombre del contratista.
• Objeto del Contrato.
• Si se trata de un consorcio o unión temporal, se debe señalar el nombre de sus integrantes; adicionalmente, se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de ellos.
• Número del contrato
• Fecha de suscripción (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año)
• Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)
• Valor del contrato y de las adiciones, si las hubo.
• Valor ejecutado del contrato a la fecha de expedición de la certificación
• Certificación de cumplimiento expedida por el funcionario competente
• Cargo y firma de quien expide la certificación.
No se aceptarán copias de contratos, ni otros documentos relacionados para acreditar la experiencia solamente las certificaciones en los términos solicitados en el presente numeral. En el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su verificación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soportes, que permitan tomar información que falte en la certificación.
Cada contrato acreditado mediante certificación se analizará por separado, en caso de presentar certificaciones que incluyan contratos adicionales al principal, el valor adicional se sumará al valor del contrato, quedando ésta como una sola certificación.
Si el oferente presenta la documentación exigida en este acápite, sin el lleno de los requisitos exigidos, la entidad lo requerirá para que dentro del término que se establezca, proceda a subsanarla. De no subsanar la información requerida por la Agencia Nacional de Infraestructura, el proponente será declarado NO HABIL.
Para relacionar la experiencia, deberá diligenciarse el ANEXO 4 de los Pliegos de Condiciones en el cual se consignará la Información sobre experiencia acreditada del proponente, suministrando toda la información allí solicitada. Si la propuesta se presenta en consorcio o unión temporal, todos sus miembros podrán diligenciar su experiencia conjuntamente en un mismo anexo.
En caso de existir diferencias entre la información relacionada en el ANEXO 4 y las certificaciones aportadas, prevalecerá la información contenida en la certificación de experiencia y dicha información será la que se utilizará para la verificación.
Para efectos de la acreditación de la experiencia del proponente, no se aceptarán SUBCONTRATOS.
NO SE ACEPTARÁN CONTRATOS EN EJECUCIÓN, PARA ACREDITAR EXPERIENCIA SÓLO SERÁN VALIDOS LOS CONTRATOS TERMINADOS A LA FECHA DE CIERRE DEL PRESENTE PROCESO
Los oferentes personas jurídicas cuya constitución sea menor a tres (3) años, podrán acreditar la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes para los efectos del presente proceso de selección.
Para el caso de contratos ejecutados por el proponente como parte de un consorcio o de una unión temporal, el integrante informará únicamente el valor correspondiente al porcentaje de su participación. Y el valor correspondiente al porcentaje de su participación será el que la entidad tendrá en cuenta para efectos de acreditar la experiencia.
En el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su verificación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soportes que den cuenta del estado de ejecución del mismo.
Cada contrato acreditado se analizará por separado, en caso de presentar certificaciones que incluyan contratos adicionales al principal, el valor adicional se sumará al valor del contrato, considerándose referida a una sola contratación.
En el evento de presentar los contratos con valores en moneda extranjera, para calcular la experiencia a relacionar, los valores serán objeto de conversión a pesos colombianos de acuerdo con los siguientes parámetros:
- Cuando el valor esté dado en dólares de los Estados Unidos de América ($USD) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la Tasa de Cambio Representativa xxx Xxxxxxx (TCRM) Promedio Anual correspondiente al año de terminación del contrato, para lo cual el proponente debe tomar la publicada por el Banco de la República para el año correspondiente en el “link” xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxxxxxxx/xxx_xx_xxx.xxx#0000
- Cuando el valor esté dado en moneda extranjera diferente al dólar de los Estados Unidos de América, se realizará su conversión a dólares estadounidenses de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas diarias publicadas por el Banco de la República en el sitio xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx- estadisticas/see_ts_cam_otrasmon_2.htm Luego se procederá a su conversión de los $USD resultantes a pesos colombianos, de conformidad con la Tasa de Cambio Representativa xxx Xxxxxxx (TCRM) Promedio Anual correspondiente al año de terminación del contrato para lo cual se procederá como se indicó en el párrafo anterior, en el “link” allí indicado.
Realizadas las conversiones correspondientes, se procederá a expresar los valores en SMMLV de acuerdo con el año de suscripción del contrato.
En caso de existir diferencias entre la información relacionada en el ANEXO 4 de los pliegos de condiciones y la relacionada en el documento que permite acreditar la experiencia, prevalecerá la información contenida en el documento de acreditación y dicha información será la que se utilizará para la verificación.
La no presentación de la (s) certificación (es) que acredite (n) la experiencia será motivo para que la propuesta sea considerada NO HÁBIL.
La Agencia Nacional de Infraestructura no tendrá en cuenta experiencia relacionada que no esté soportada por los documentos que se solicitan.
En todo caso, los contratos que se presenten para acreditar la experiencia general deberán constar en el RUP y encontrarse clasificados en alguno de los códigos del clasificador UNSPSC señalados a continuación:
Clasificación UNSPSC | Segmento | Familia | Clase | Producto |
32151902 | Componentes y Suministros Electrónicos | Dispositivos y componentes y accesorios de control de automatización | Dispositivos de automatización de control de la conectividad | Conjunto de cables del sistema de control |
43211913 | Difusión de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones | Equipo informático y accesorios | Monitores y pantallas de computador | Pantalla activa LCD |
43232103 | Difusión de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones | Software | Software de edición y creación de contenidos | Software de creación y edición de video |
45111801 | Equipos y suministros para impresión, fotografía y audiovisuales | Equipos de audio y video para presentación y composición | Equipos de presentación de video y mezcla de video y sonido, hardware y controladores | Sistema control de medios |
45111902 | Equipos y Suministros para Impresión, Fotografía y Audiovisuales | Equipos de audio y video para presentación y composición | Equipos, hardware y controladores para sistemas de teleconferencia y videoconferencia | Sistemas de video conferencias |
80141603 | Servicios de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | Comercialización y distribución | Actividades de ventas y promoción de negocios | Telemercadeo |
81111805 | Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología. | Servicios informáticos | Servicios de sistemas y administración de componentes de sistemas | Mantenimiento o soporte de sistemas patentados o autorizados |
81111811 | Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología. | Servicios informáticos | Servicios de sistemas y administración de componentes de sistemas | Servicios de soporte técnico o xx xxxx de ayuda |
81161711 | Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología. | Entrega servicios de tecnología de información | Servicio Telecomunicaciones | Servicio de Videoconferencia |
81161801 | Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología. | Entrega servicios de tecnología de información | Servicios de alquiler o arrendamiento de equipos o plataformas de voz y datos o multimedia | Servicio de arriendo o leasing de plataformas o equipos de comunicación de datos |
82131505 | Servicios Editoriales, de Diseño, de Artes Gráficas y Bellas Artes | Servicios fotográficos | Servicios de procesado de películas | Servicio de posproducción de películas |
82131602 | Servicios Editoriales, de Diseño, de Artes Gráficas y Bellas Artes | Servicios fotográficos | Fotógrafos y cinematógrafos | Servicios de producción de vídeos |
82141502 | Servicios Editoriales, de Diseño, de Artes Gráficas y Bellas Artes | Diseño gráfico | Servicios de diseño artístico | Diseño o gráficos artísticos |
83121703 | Servicios Públicos y Servicios Relacionados con el Sector Público | Servicios de información | Servicios de comunicación masiva | Servicios relacionados con el internet |
CAPÍTULO III
2. ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS FACTORES DE PONDERACIÓN
La ponderación de los factores de evaluación de las propuestas se aplicará a aquellas propuestas que fueron HABILITADAS, en el estudio jurídico, financiero y técnico y que cumplieron con la totalidad de lo estipulado en los términos del presente documento:
CRITERIOS DE PONDERACION | |
Evaluación Económica | 600 puntos |
Factor de Calidad | 300 puntos |
Apoyo a la Industria Nacional | 100 puntos |
Total | 1000 Puntos |
3.1. EVALUACIÓN OFERTA ECONÓMICA:
Para la calificación de la propuesta económica se tendrá en cuenta el VALOR TOTAL ofertado indicado en el ANEXO 5.
El valor de la Oferta Económica deberá integrar de manera global la ejecución total de las actividades y obligaciones que se deriven del contenido del presente estudio previo y sus anexos.
La propuesta económica debe presentarse con los valores expresados en Moneda Legal Colombiana, sin centavos.
El oferente debe ajustar al peso el precio ofertado, bien sea por exceso o por defecto al peso, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco, lo aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco, lo aproximará por defecto al número entero del peso.
En el evento que la oferta económica contenga centavos, la Entidad aplicará la regla anterior y será este el valor final que se tendrá en cuenta para todos los efectos como valor ofertado.
La evaluación de la oferta económica se efectuará otorgando el mayor puntaje SEISCIENTOS (600 puntos), los cuales se asignarán de la siguiente forma
Se calculará la media geométrica con el valor de las propuestas económicas HABILITADAS.
Para la evaluación de la oferta económica se efectuará asignando el mayor puntaje SEISCIENTOS (600 puntos), a la oferta con el mejor precio ofertado, los cuales se asignarán de la siguiente forma:
Se calculará la media geométrica (G) con el valor de las propuestas económicas HABILITADAS. Formulación matemática del cálculo de la media geométrica:
La media geométrica se calcula de la siguiente forma:
MG = (X1*X2*X3…*XN*P)^(1/N+1)
X1: corresponde al valor de cada propuesta.
N: corresponde al número total de propuestas válidas.
P: Para efectos de los cálculos de la media geométrica se incluye una vez el valor del presupuesto MG: Media Geométrica.
Obtendrá el mayor puntaje, 600 puntos, la oferta que más se acerque por exceso o por defecto a la Media Geométrica obtenida; Las demás propuestas se calificarán de la siguiente manera:
Si el valor de la propuesta es superior a la media geométrica del valor de las mismas, el puntaje para estas se determinará mediante una regla de tres inversa así:
PP= G*Pmax/VP
G = Media Geométrica
Pmax = Puntaje máximo para el valor de la propuesta (600 puntos) VP= Valor de la propuesta
PP= Puntaje del valor de la propuesta
Si el valor de la propuesta es inferior a la media geométrica de las mismas el puntaje se determinará mediante una regla de tres directa así:
PP= VP*Pmax/G
G = Media Geométrica
Pmax = Puntaje máximo para el valor de la propuesta (600 puntos) VP= Valor de la propuesta
PP= Puntaje del valor de la propuesta.
NOTA 1: LA PROPUESTA QUE LA MEDIA GEOMÉTRICA ESTE POR DEBAJO DE 85 Y POR ENCIMA DE 115, OBTENDRÁ CERO PUNTOS.
NOTA 2: SE VERIFICARÁ QUE EL VALOR CONSIGNADO EN LAS CASILLAS CORRESPONDIENTES AL “TOTAL PROPUESTA, INCLUIDO IVA” SEA EL PRODUCTO DE LA SUMA DE LOS ÍTEMS CORRESPONDIENTES. EN CASO CONTRARIO, SE PROCEDERÁ A REALIZAR LA RESPECTIVA CORRECCIÓN ARITMÉTICA DEL VALOR TOTAL OFERTADO, REALIZANDO LA OPERACIÓN INDICADA. ES DECIR, SUMANDO LOS ÍTEMS CONTENIDOS EN LA OFERTA ECONÓMICA.
NOTA 3: LA OFERTA ECONÓMICA QUE PRESENTEN LOS PROPONENTES NO PODRÁ SUPERAR LOS VALORES PROMEDIOS INDICADOS, NI EL VALOR TOTAL DEL PRESUPUESTO OFICIAL ASIGNADO, SO PENA DEL RECHAZO DE LA PROPUESTA.
NOTA 4: EL VALOR DEL PRESUPUESTO ESTIMADO ESTÁ DADO EN PESOS CORRIENTES, INCLUYE IVA, Y LOS EFECTOS INFLACIONARIOS, E IMPUESTOS A QUE HAYA LUGAR, Y POR LO TANTO NO SE LE RECONOCERÁ AL CONTRATISTA NINGÚN AJUSTE O FACTOR ADICIONAL.
NOTA 5: SE VERIFICARÁ QUE EL VALOR CONSIGNADO EN LAS CASILLAS CORRESPONDIENTE AL “TOTAL DEL VALOR DE LA OFERTA EN PESOS INCLUIDO IVA” SEA EL PRODUCTO DE LA SUMA DE LOS ÍTEMS CORRESPONDIENTES. EN CASO CONTRARIO, SE PROCEDERÁ A REALIZAR LA RESPECTIVA CORRECCIÓN ARITMÉTICA DEL VALOR TOTAL OFERTADO, REALIZANDO LA OPERACIÓN INDICADA. ES DECIR, SUMANDO LOS ÍTEMS CONTENIDOS EN LA OFERTA ECONÓMICA.
NOTA 6: CON BASE EN EL "TOTAL DEL VALOR DE LA OFERTA EN PESOS INCLUIDO IVA", SE HARÁ LA EVALUACIÓN ECONÓMICA.
Los proponentes deberán consignar el valor total ofrecido en el ANEXO 5, completamente diligenciado y firmado por el representante legal.
La no presentación de este Anexo será causal de rechazo de la propuesta.
En concordancia con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 que reglamentó la Ley 1150 de 2007, cuando de conformidad con la información a su alcance, la Entidad estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado.
Oídas las explicaciones, el comité asesor, recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta en el proceso, explicando sus razones.
3.2. FACTOR DE CALIDAD (Anexo N° 10)
A los proponentes que realicen los siguientes ofrecimientos adicionales, diligenciando el ANEXO 10
se le otorgarán máximo 300 puntos por factor calidad, así:
Aspecto a calificar | Puntaje Máximo |
El proponente que ofrezca sin costo para la entidad por una (1) única vez estudio de transmisión de eventos en vivo, que disponga de sistemas de video Wall, pantallas interactivas mínimo de 80” pulgadas, sistema de sonido, canales de internet de mínimo 20 megas, cámaras de video full hd, durante la vigencia del contrato, obtendrá doscientos puntos. | 200 |
El proponente que ofrezca la mayor cantidad de Tb de almacenamiento de videos sin costo para la entidad durante la Vigencia del contrato, obtendrá cien (100) puntos. | 100 |
NOTA 1: El ítem del FACTOR DE CALIDAD, es adicional a los requerimientos mínimos exigidos. NOTA 2: El ofrecimiento señalado en el cuadro anterior será la oferta mínima que se deberá consignar en el ANEXO 10 para obtener el puntaje correspondiente por factor calidad.
NOTA 3: Se les asignarán CERO (0) puntos a las propuestas que oferten condiciones o especificaciones por debajo de lo establecido como Factor Calidad.
3.3. RECIPROCIDAD Y APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (Anexo 7)
De conformidad con lo previsto en la Ley 816 de 2003 y el artículo 2.2.1.2.4.1.3 y siguientes del Decreto 1082 de 2015, con el fin de apoyar la industria colombiana se otorgará un puntaje máximo de CIEN
(100) puntos.
La reciprocidad aplica para aquellos proponentes extranjeros, que participen individualmente o como integrantes de estructuras plurales, que deseen el tratamiento de proponente colombiano, para lo cual se aplicarán las siguientes reglas:
Servicios Nacionales: Son los servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia, o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015.
La Entidad concederá trato nacional a: (a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo
Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de Bienes y Servicios Nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y (c) a los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.
En todo caso, la inexistencia del acuerdo o certificación mencionados no restringe la participación de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de su propuesta.
La información para acreditar reciprocidad en el evento que un Oferente Extranjero sin domicilio en Colombia pretenda recibir trato nacional será la que corresponda a la publicada en el SECOP.
En caso que la información anterior no esté publicada en el SECOP, el Oferente deberá aportarla en su oferta, en caso de no hacerlo no será causal de rechazo de la Oferta, pero hará que el factor de Apoyo a la Industria Nacional y Reciprocidad sea calificado con cero (0) puntos.
Incentivo a la incorporación de Componente Colombiano: Para la aplicación de este criterio se tendrá en cuenta lo dispuesto por el segundo inciso del artículo 2º de la Ley 816/03: a los proponentes de origen extranjero que ofrezcan determinado porcentaje de componente colombiano incorporado, referido a la totalidad del personal calificado del contrato, se les otorgará puntaje de conformidad con la tabla de componente nacional que se establece más adelante para la evaluación correspondiente.
Por Personal calificado se entiende por aquel personal que requiere de un título universitario otorgado por una institución de educación superior, conforme a la Ley 749 de 2002, para ejercer determinada profesión.
Para estos efectos, los proponentes extranjeros que no hayan acreditado reciprocidad, deberán señalar en el Anexo N° 6, el porcentaje ofrecido de componente nacional incorporado, referido a la totalidad del personal calificado que empleará para la ejecución del contrato.
Dado que la Protección a la Industria Nacional es factor de evaluación de las propuestas, el proponente no podrá modificar los porcentajes totales de componente nacional y extranjero ofrecidos en la ejecución del contrato.
Habida cuenta de lo anterior, el presente factor de escogencia y su puntaje, se calificarán de conformidad con los siguientes criterios y ponderaciones:
FACTOR PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL Puntaje máximo posible en este factor = 100 puntos | ||
SUBCRITERIO | CONDICIONES | PUNTAJE |
SERVICIOS DE ORIGEN NACIONAL (subcriterio 1) | La totalidad de la estructura plural o proponente individual deben cumplir y ser: Personas naturales nacionales, personas naturales extranjeras residentes en Colombia, personas jurídicas nacionales y; Personas jurídicas extranjeras o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que hayan acreditado la reciprocidad o la existencia de un acuerdo comercial vigente, así como las Estructuras Plurales integradas por dichas personas. | 100 puntos | ||
En caso que el proponente no se considere en su totalidad sus servicios de origen nacional, de acuerdo con las condiciones señaladas anteriormente, se le otorgara un puntaje al proponente igual al porcentaje de participación en la estructura plural que ostente el componente nacional | ||||
INCENTIVO A LA INCORPORACIÓN DE COMPONENTE NACIONAL (subcriterio 2) | Proponentes extranjeros y Estructurales Plurales de origen extranjero que no hayan acreditado la reciprocidad o la existencia de un acuerdo comercial vigente, que ofrezcan determinado porcentaje de componente nacional incorporado, referido a la totalidad del personal calificado del contrato, de conformidad con la tabla de componente nacional que se establece a continuación: | Hasta 50 puntos, según tabla | ||
COMPONENTE NACIONAL OFRECIDO DEL PERSONAL CALIFICADO [Medido en términos de % referido a la totalidad del personal calificado del contrato] | PUNTAJES | |||
Hasta el 80 % de componente nacional incorporado | 0 PUNTOS | |||
Más del 80% de componente nacional y hasta el 85% | 30 PUNTOS | |||
Más del 85% de componente nacional y hasta el 90% | 40 PUNTOS | |||
Más del 90% de componente nacional | 50 PUNTOS | |||
Podrán acumularse puntajes del subcriterio 1 y 2, pero en ningún caso podrán sumar para este factor más de cien (100) puntos.
3.4. CRITERIOS DE DESEMPATE
De conformidad con el artículo 21 de la Ley 80 de 1993, el artículo 24 de la ley 361 de 1997, el artículo 12 de la Ley 590 de 2000 modificado por el artículo 9 de la Ley 905 de 2004, los artículos 1 y 2 de la
Ley 816 de 2003, el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1 .1.2.2.9 del Decreto 1082 de
2015, en el evento en que dos o más propuestas obtengan el mismo puntaje, sucesivamente y de manera excluyente se dará prioridad a:
1. La propuesta que presente el mayor puntaje en la calificación de la oferta económica.
2. La propuesta que presente el mayor puntaje en la calificación del factor calidad.
3. La propuesta que presente el mayor puntaje en la calificación del factor de reciprocidad y apoyo a la industria nacional.
4. La oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
5. Las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
6. La oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio o Unión Temporal.
La condición de Mipyme de las empresas obligadas a inscribirse en el RUP se verificará en el certificado de inscripción expedido por la Cámara de Comercio. Para las empresas extranjeras no obligadas a inscribirse en el Registro Único de Proponentes que hayan acreditado reciprocidad, se les verificará la condición de Mipymes de acuerdo con la información suministrada en el Formato correspondiente.
Para efectos de la acreditación y evaluación de los factores de desempate aquí previstos, se dará aplicación a los siguientes criterios:
a) Un proponente conformado en un cien por ciento (100%) por Mipymes nacionales, se considera en sí una Mipyme Nacional.
b) Para el criterio de desempate No. 6, se tendrá en cuenta que al menos uno de los integrantes sea Mipyme nacional y tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%).
c) Para efectos de los criterios de desempate previstos en los numerales 6 y 7, el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia, se calculará respecto del valor total de la experiencia solicitada en el pliego de condiciones.
7. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un (1) año de anterioridad a la fecha de cierre del presente proceso de selección, y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación para lo cual deberá diligenciar el Formato. Si la oferta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio o Unión Temporal y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
8. Si una vez agotado el procedimiento señalado en el numeral anterior persiste el empate, se realizará un sorteo por BALOTAS mediante el siguiente procedimiento:
Primera Serie.
- En esta primera serie, se procederá a incorporar en una balotera un número de balotas, identificadas con un número igual al número de proponentes que se encuentren en condición de empatados.
- Se sacará una balota por cada proponente. Segunda Serie.
- Se procederá a incorporar en la balotera igual número de balotas al número de proponentes empatados.
- El proponente que haya obtenido el número mayor en la primera serie, será el primero en sacar la balota con el número que lo identificará en esta segunda serie, y en forma sucesiva (de mayor a menor) procederán los demás proponentes.
- El proponente que en esta segunda serie, saque la balota con el número mayor, será quien ocupe el primer puesto en el orden de elegibilidad y de manera sucesiva (de mayor a menor) ocuparan los siguientes puestos (segundo, tercero…).
CAPÍTULO IV
ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN Y FIRMA DEL CONTRATO
4.1. CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO DE ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y las recomendaciones para la adjudicación del contrato no podrán ser reveladas a los proponentes ni a otra persona que no participe en dicho proceso, hasta que la Entidad de traslado de los informes de verificación de las propuestas, para que dentro del mismo término presenten las observaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en el presente documento.
Todo intento de un proponente de enterarse indebidamente de las evaluaciones o de ejercer alguna influencia en el proceso de evaluación de las ofertas o en la decisión sobre la adjudicación por parte de la entidad contratante, dará lugar al rechazo de la oferta de ese proponente, sin perjuicio de las acciones legales a que pueda haber lugar.
4.2. TÉRMINO PARA EL ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Los estudios técnicos, financieros y jurídicos necesarios para la evaluación de las propuestas, se realizarán dentro del plazo establecido en el CRONOGRAMA de este proceso de selección. Dicho término podrá prorrogarse mediante adenda.
4.3. REGLAS DE SUBSANABILIDAD
En los términos del parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, la Agencia podrá solicitar a los proponentes los requisitos o documentos que fueren necesarios para subsanar o aclarar sus propuestas, de conformidad con las siguientes reglas:
a) Sobre cuestiones relativas a los requisitos habilitantes.
La Agencia podrá solicitar a los proponentes los requisitos o documentos que no afecten la asignación de puntaje (es decir los requisitos o documentos que verifiquen las condiciones del proponente o que soporten el contenido de la oferta y que no constituyan los factores de escogencia establecidos en el presente pliego de condiciones), a fin de subsanar la propuesta.
De igual manera podrá solicitar aclaración respecto de los factores de evaluación.
Los proponentes deberán allegar los requerimientos de la Entidad dentro del término preclusivo y perentorio que al efecto les fije la AGENCIA, so pena de rechazo de la propuesta
4.4. TÉRMINO PARA FORMULAR LAS OBSERVACIONES A LOS INFORMES DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
En desarrollo del numeral 8º del artículo 30 de la Ley 80/93 y el Decreto 1082 de 2015, se establecen las siguientes oportunidades para conocer y controvertir el informe del Comité de evaluación:
Los informes de evaluación de las propuestas se publicarán en la dirección xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx donde estarán en traslado por el término de los tres (3) días hábiles indicados en el CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN, con el fin de que los proponentes los conozcan y para que puedan presentar las observaciones que estimen pertinentes, las cuales deberán ser radicadas en la oficina de correspondencia de LA AGENCIA o remitidas al correo electrónico del proceso dentro del término indicado en el cronograma del proceso. Para tal efecto, las propuestas presentadas estarán disponibles en la Gerencia de contratación de la Vicepresidencia Jurídica de LA AGENCIA.
Los proponentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
En caso de tener indicios de falsedad o adulteración en alguno de los documentos presentados por los oferentes, el observante debe aportar documentos idóneos para soportar las afirmaciones realizadas, con el fin de que LA AGENCIA proceda a la verificación de las mismas y a dar traslado a la autoridad competente.
4.5. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Una propuesta será rechazada cuando se evidencie alguno de los siguientes casos:
a) Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad.
b) La falta de capacidad jurídica para presentar la oferta.
c) Cuando el representante legal del proponente tenga limitaciones para presentar la propuesta y no se encuentre debidamente autorizado de acuerdo con los estatutos sociales o con el documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
d) La presentación de varias ofertas por el mismo proponente, por sí o por interpuesta persona (en consorcio, unión temporal o individualmente).
e) Encontrarse el proponente incurso en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para contratar de conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007 y demás disposiciones constitucionales y legales vigentes aplicables.
f) Cuando la propuesta se presente extemporáneamente, se envíe por correo o se deje en un lugar distinto al indicado en el presente pliego de condiciones.
g) Cuando en la propuesta se encuentre información no veraz o documentos que contengan datos alterados o que contengan errores, cuando quiera que ellos impidan la selección objetiva.
h) Cuando el proponente no cumple con alguno de los requisitos habilitantes exigidos para participar en el presente pliego de condiciones.
i) Encontrarse incurso en alguna causal de disolución o liquidación.
j) Cuando la vigencia de la propuesta comprenda un plazo inferior al exigido.
m) Cuando el proponente tenga intereses patrimoniales en otra persona jurídica que participe en la Selección Abreviada, como en el caso de sociedades con socios comunes.
n) Cuando el representante legal o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en el presente proceso de Selección Abreviada.
k) Cuando el proponente no subsane o no subsane correctamente y dentro del término fijado por la Entidad, la información o documentación solicitada por la AGENCIA, respecto de un requisito o documento cuya omisión o deficiencias generen, de acuerdo con la ley, el rechazo de la propuesta.
l) Las propuestas que presenten situaciones, circunstancias, características o elementos que impidan su comparación objetiva con las demás propuestas.
m) Cuando de la oferta económica se obtenga un porcentaje negativo para alguno de los medios, una vez se reste al % DE DESCUENTO el % DE COMISION al medio correspondiente o cuando se modifique alguno de los valores contenidos en las columnas denominadas “VALOR UNITARIO INCLUIDO IVA” del anexo 5.
n) Cuando de conformidad con el procedimiento señalado en el Decreto 1082 de 2015 se determine que el valor (porcentaje) ofertado es artificialmente bajo.
o) Cuando el proponente o cualquiera de sus miembros esté(n) reportado(s) en el Boletín de Responsables Fiscales emitido por la Contraloría General de la República con sanción que implique inhabilidad vigente para contratar con el Estado.
p) Cuando el proponente y/o su representante legal presente antecedentes disciplinarios vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
q) En los demás casos legales y los expresamente establecidos en el presente pliego de condiciones en los que la ausencia o incumplimiento de un requisito genere el rechazo de la propuesta o cuando se incumpla un requisito de carácter legal.
4.6. DECLARATORIA DE DESIERTA
LA AGENCIA podrá declarar desierta la selección abreviada cuando existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de la propuesta más favorable, de conformidad con lo establecido en el numeral 18 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993. De ser necesario se modificarán los elementos de la futura contratación que hayan sido determinantes en la declaratoria desierta, sin que en ningún caso se cambie el objeto de la contratación, sin perjuicio de ajustes en las cantidades y el presupuesto.
Además de las causales legales, la Agencia, podrá declarar desierto el presente proceso en los siguientes casos:
(i) Cuando no se hubiera presentado ninguna propuesta.
(ii) Cuando ninguna de las propuestas cumpla con lo exigido en los pliegos.
(iii) Cuando se presenten hechos que a juicio de la Agencia, pongan en duda la transparencia del proceso y que impidan la escogencia objetiva del contratista.
4.7. ADJUDICACIÓN DEL PROCESO
La Agencia Nacional de Infraestructura adjudicará el presente proceso de selección abreviada mediante acto administrativo, al proponente que habiendo adquirido la condición de habilitado hubiere presentado la mejor oferta para la Entidad atendiendo los factores de evaluación y los criterios de desempate, cuando sea necesario aplicarlos.
Para la adjudicación se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
La adjudicación es irrevocable y obliga LA AGENCIA y al adjudicatario.
LA AGENCIA, podrá revocar el acto de adjudicación, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, caso en el cual, se aplicará lo previsto en el inciso tercero del artículo 9 de la Ley 1150 de 2007.
4.8. PLAZO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO, CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS Y SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO.
El proponente favorecido deberá presentarse a suscribir el contrato respectivo en el plazo previsto, ante la Gerencia de Contratación. En el caso de consorcios o uniones temporales, será requisito necesario para el perfeccionamiento del contrato la presentación del respectivo RUT ante la Gerencia de Contratación. Igualmente, en el término previsto en el cronograma y una vez suscrito el contrato, deberá constituir la garantía solicitada. Si el adjudicatario no suscribe el contrato en el plazo aquí señalado o no cumple con los requisitos de ejecución dentro de los términos indicados en la minuta, salvo fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, quedará a favor de LA AGENCIA, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de dicha garantía.
En éste evento, LA AGENCIA mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para LA AGENCIA.
Previo a la firma del contrato, el contratista debe allegar la comunicación indicando el número de la cuenta corriente o de ahorros y la entidad bancaria en donde puedan efectuarse los pagos. La cuenta debe figurar a nombre del contratista y en caso de consorcios o uniones temporales, a nombre de quien (es) va (n) a facturar.
CAPITULO V
5.1. GARANTÍAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL
Teniendo en cuenta la naturaleza del Contrato, la forma de pago y su valor, se estima conveniente exigir al CONTRATISTA la constitución de las siguientes garantías, en los términos señalados en el Decreto 1082 de 2015, así:
a) Cumplimiento: Su cuantía será equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato de prestación de servicios y cubrirá el término de ejecución del contrato y seis (6) meses más.
b) Calidad del servicio: Su cuantía será equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato de prestación de servicios y cubrirá el término de ejecución del contrato y seis (6) meses más.
c) Salarios y prestaciones sociales: su cuantía será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato y cubrirá el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
d) Responsabilidad civil extracontractual: 10% del valor del contrato en todo caso no menor a 200 SMLMV, Por todo el período de ejecución del contrato.
El CONTRATISTA deberá actualizar las vigencias de la garantía de conformidad con la fecha de iniciación del contrato de prestación de servicios.
El hecho de la constitución de esta garantía, no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados.
De igual manera, el contratista declarará que no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución y la ley.
Adicionalmente, debe especificarse que el contrato de prestación de servicios no genera relación laboral alguna con el personal que EL CONTRATISTA disponga para las actividades inherentes al cumplimiento del contrato.
5.2.1. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES
Los riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato a celebrar, se estiman, tipifican y asignan de acuerdo con la Matriz de riesgos - Anexo.
5.2.2 INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTA COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL
El Proceso de Contratación está sujeto a los siguientes Acuerdos Comerciales. En consecuencia las ofertas de bienes y servicios de países con los cuales Colombia tiene Acuerdos Comerciales vigentes que cubren el presente Proceso de Contratación, serán tratados como ofertas de bienes y servicios colombianos y tendrán derecho al puntaje para estimular la industria nacional de que trata el presente documento.
Acuerdo comercial | País | Ley |
Alianza Pacífico | Chile | Ley 1746 de 2014 |
Perú | ||
México | ||
Canadá | Ley 1363 de 2009 | |
Chile | Ley 1189 de 2008 | |
Corea | Ley 0000 xx 0000 | |
Xxxxxxx Xxxxxx x Xxxxx Xxxx | Ley 1143 de 2007 |
CAPITULO V
5. CONDICIONES DEL CONTRATO (MINUTA)
Además de las condiciones establecidas en el presente documento, los oferentes están obligados a aceptar íntegramente aquellas que de conformidad con la Ley deben contener los contratos de la Administración Pública, teniendo en cuenta que:
1. Que LA AGENCIA requiere “CONTRATAR EL SERVICIO DE SOPORTE COMUNICACIONAL Y OPERACIONAL TECNOLÓGICO MEDIANTE EL SISTEMA DE OUTSOURCING (BPO, ITO, KPO) DE LA ENTIDAD, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O ALCANCE DEL OBJETO.”, razón por la cual adelantó el proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No VJ-VAF-SA-007-2017, de acuerdo con los estudios previos elaborados para la presente contratación.
2. Que surtido el trámite xx xxx, se adjudicó el proceso mediante la Resolución del de
de 2017, a la sociedad .
3. Que de conformidad con el artículo 1603 del Código Civil y el numeral 2 del artículo 5 de la Ley 80 de 1993, el CONTRATISTA se obliga a ejecutar el presente contrato bajo los principios de buena fe y lealtad, como colaborador de la administración, por consiguiente, se obliga no sólo a lo que en el contrato y los documentos que hacen parte de él se expresa, sino a todas las obligaciones emanadas de la naturaleza del mismo, o que por ley pertenezcan al contrato.
Por lo tanto, las partes convienen las siguientes cláusulas particulares:
1. OBJETO DEL CONTRATO
“CONTRATAR EL SERVICIO DE SOPORTE COMUNICACIONAL Y OPERACIONAL TECNOLÓGICO MEDIANTE EL SISTEMA DE OUTSOURCING (BPO, ITO, KPO) DE LA ENTIDAD, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O ALCANCE DEL OBJETO”.
2. VALOR
El presupuesto estimado para el presente contrato es de ($ ) y para respaldar el compromiso que se derive del proceso contractual respectivo se cuenta con el CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL No 85617 del 22 xx xxxxx de 2017.
Nota 1: El valor del presupuesto estimado está dado en pesos corrientes, incluye los efectos inflacionarios y por lo tanto no se le reconocerá al contratista ningún ajuste o factor adicional.
Nota 2: Los valores relacionados anteriormente incluyen IVA y todos los demás impuestos a que haya lugar.
Nota 3: Las ofertas económicas que presenten los proponentes no podrán superar el presupuesto estimado, incluido IVA, señalado previamente, so pena de rechazo de la oferta.
3. FORMA DE PAGO
La Agencia Nacional de Infraestructura cancelará el valor del contrato en mensualidades vencidas, de acuerdo con los servicios prestados, dentro de los 15 días siguientes a la presentación de la(s) factura(s), correspondiente(s), y previa certificación de recibo a satisfacción por parte del supervisor y/o supervisores del contrato.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica de fondos, en cuenta corriente o cuenta de ahorros en la entidad bancaria donde el contratista indique, para lo cual a la firma del contrato adjuntará la certificación bancaria con vigencia no mayor de 30 días.
Para la realización de cada uno de los pagos derivados del presente contrato, el contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de conformidad con lo establecido en el inciso final del parágrafo 1° del artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
En todo caso, los pagos estarán sujetos a la disponibilidad del PAC (Programa Anual Mensual de Caja), aprobado por la Dirección General de Crédito Público y xxx Xxxxxx Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Para el pago de las facturas será obligación del contratista informar adjunto a cada factura presentada, el saldo en dinero, así como abstenerse de prestar servicios cuando el saldo del contrato se haya agotado.
No se admitirán propuestas con formas de pago diferentes a las aquí establecidas.
4. IMPUESTOS
El contratista pagará todos los impuestos, tasas y contribuciones, Nacionales y Distritales que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
5. PLAZO
Se contabilizará a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución hasta agotar presupuesto y/o hasta el 29 de diciembre de 2017, lo primero que ocurra.
6. SUJECIÓN A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES
Para respaldar el compromiso que se derive del proceso contractual respectivo se cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 85617 del 22 xx xxxxx de 2017.
7. ALCANCE DEL OBJETO Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
En el desarrollo del objeto contractual, el contratista se compromete a ejecutar el objeto contractual teniendo en cuenta las siguientes especificaciones técnicas:
7.1. PRESTAR SOPORTE TÉCNICO, OPERACIÓN SALAS, AUDITORIO Y OPERACIÓN CARTELERAS DIGITALES: Disponer los recursos profesionales y técnicos especializados y las
herramientas para dar soporte técnico a todos los equipos de carteleras digitales y a todos los equipos de las salas que cuentan con recursos multimediales, audiovisuales y de videoconferencias, de tal manera que su nivel de disponibilidad sea conforme a los requerimientos de la entidad, Así mismo debe disponer los recursos técnicos para prestar soporte operacional a los usuarios que requieran apoyo en sus presentaciones durante las reuniones o audiencias que usen los recursos xx xxxxx, coordinar con su grupo de soporte y contenido para mantener publicados los contenidos aprobados para carteleras digitales en los tiempos requeridos por la ANI.
7.2. DISPONER Y ADMINISTRAR PLATAFORMA DE CARTELERAS DIGITALES: Disponer de una herramienta tipo plataforma en la nube con capacidad de soportar todas las carteleras digitales de la entidad con un nivel de disponibilidad de conforme a los requerimientos de la entidad y que permita conducir la comunicación interna con el formato de cartelera digital en el lugar de trabajo global xx xxx, que es fundamental para poder rápida y eficientemente difundir anuncios importantes e información a los recursos humanos propios o a terceros de una manera impactante y oportuna, debe ofrecer una solución profesional de comunicación audiovisual, que permite el diseño, gestión, almacenamiento y transmisión de contenido multimedia de marca a una amplia gama de medios como pantallas digitales, señales direccionales y de Intranets corporativas, como contenidos en aplicaciones de Smartphone vía APPS.
El oferente debe presentar en su propuesta certificado expedido por el fabricante y/o distribuidor autorizado, que puede ofrecer soporte técnico de todos los equipos de audio y video que se encuentren en las salas, auditorio y cafetería.
7.3. SOPORTE TÉCNICO, DISEÑO DE EDICIONES BASICAS Y ACTUALIZACIÓN DE CONTENIDOS DEL SISTEMA DE VIDEO WALL IRREGULAR: El contratista debe disponer los recursos profesionales y técnicos especializados y las herramientas para dar soporte técnico al video Wall irregular y a todos los equipos que conforman la solución del video wall, de tal manera que su nivel de disponibilidad este conforme a los requerimientos de la ANI.
Debe incluir una herramienta en hardware/software para publicar contenidos en el videowall irregular de 4 monitores que están instalados en la recepción de presidencia de la entidad.
Realizar piezas audiovisuales (imagen compuesta Fotos/Textos/Video): El contratista y su equipo de preproducción, producción y postproducción debe realizar piezas audiovisuales de apoyo según requerimiento de la entidad para ser dispuestos en las plataformas de administración de contenidos de este alcance. Todas las piezas entregadas deben ser originales y/o con licencia de uso sin restricción para la entidad.
El oferente debe presentar en su propuesta certificado expedido por el fabricante que puede ofrecer soporte al sistema de video Wall irregular y de todos sus componentes.
7.4. PREPRODUCCIÓN, PRODUCCIÓN Y POST-PRODUCCIÓN DE VÍDEOS – (Video Institucional de 7 MINUTOS): El contratista y su equipo de preproducción, producción y postproducción deben realizar videos de apoyo o videoclips según requerimiento de la entidad para ser dispuestos en las plataformas de administración de contenidos de este alcance. Todas las piezas entregadas deben ser originales y/o con licencia de uso sin restricción para la entidad.
El proveedor debe suministrar un coordinador de producción que se encargue de supervisar la ejecución y realización de las grabaciones, será el responsable de dirigir al personal técnico, manejar el flujo de trabajo y administrar los recursos necesarios.
7.5 PRODUCCIÓN DE PIEZAS AUDIOVISUALES – (Notas periodísticas de 3 minutos): El contratista y su equipo de preproducción, producción y postproducción deben realizar notas periodísticas según requerimiento de la entidad para ser dispuestos en las plataformas de administración de contenidos de este alcance. Todas las piezas entregadas deben ser originales y/o con licencia de uso sin restricción para la entidad.
El proveedor debe suministrar un coordinador de producción que se encargue de supervisar la ejecución y realización de las grabaciones, será el responsable de dirigir al personal técnico, manejar el flujo de trabajo y administrar los recursos necesarios.
7.6 SERVICIO DE GRABACIÓN: El proveedor debe suministrar el personal técnico y los equipos (cámaras, micrófonos, consolas de sonido, etc) necesarios para el cubrimiento de las grabaciones tales como Audiencias de adjudicación, audiencias de cierres, audiencias sancionatorias, aclaración de pliegos, audiencias portuarias, otras como: capacitaciones, charlas y los contenidos que la Entidad requiera grabar.
El proveedor debe suministrar un coordinador de producción que se encargue de supervisar la ejecución y realización de las grabaciones, será el responsable de dirigir al personal técnico, manejar el flujo de trabajo y administrar los recursos necesarios.
Grabación mínima a dos VIDEOCAMARAS DIGITAL HD de gama alta, con uso dirigido a producción de videos, canales de televisión por Internet, micrófono monofónico ECM-XM1. Grabación y reproducción conmutable entre HDV1080i, DVCAM y DV. • Óptica de toque natural. Conector de salida HDMI, Códec muy eficiente y robusto con perfiles de compresión MPEG2 Long GOP, profundidad cromática, corrección cromática, desplazamiento del balance xxx xxxxxx, detalles de tonos xx xxxx. • Formato de grabación: HDV1080/60i, DVCAM, DV SP 480/60i (NTSC). Entrada/salida HDV/DV: Interfaz x.XXXX (IEEE 1394, de 6 pines). Salidas de audio/vídeo: Conector A/V OUT de 10 pines (compuesto, asimétrico, audio x2ch con el cable suministrado).
El contratista deberá contar con sus propios equipos de regulación y conexión eléctrica, con el fin de proteger sus equipos.
Un servidor con multiprocesador, configuración mínima con hasta 12 núcleos de procesamiento y hasta 32 gb de memoria, cuatro tarjetas de expansión pci express y hasta 8 tb de almacenamiento en disco duro.
7.6.1 SERVICIO DE CANAL DE COMUNICACIÓN DE VIDEO STREAMING Y PRODUCCIÓN PARA LA TRANSMISIÓN DE EVENTOS DE LA ANI A TRAVÉS DE LA RED DE INTERNET.
7.6.1.1 DISPONER Y ADMINISTRAR PLATAFORMA STREAMING: Debe disponer una plataforma en la nube que permita realizar la transmisión vía Live Streaming a diversos medios que incluya códigos embebidos del Player y del Chat en línea. La plataforma debe disponer su propia CDN (Content Delivery Network) para alcanzar el número de usuarios solicitado y propuesto, así como
permitir conectividad con otras CDN de terceros como YouTube Live, Ustream, RTMP Flash Server, Custum ZIXI Server, Livestream, Akamai, Ooyala, Adobe Media Server, Wowza Server. Las calidades de streaming en el usuario debe tener condiciones de ABR (Adaptative Bit Rate) con mínimo tres calidades de video. Debe permitir integrarse con Redes sociales tipo Twitter y Facebook, para emitir el video a través de estos medios. El player (ventana de transmisión) embebido debe correr en TODOS los dispositivos existentes a la fecha en el mercado y que permita la funcionalidad de ver el video repetido (Función Rewind) en tiempo real a petición del usuario de algo que quiere ver de nuevo o que se haya perdido, debe permitir control de acceso a través de clave de usuario para ver contenidos controlados, debe permitir controlar las direcciones y países donde se pueda restringir la visualización de contenidos, debe permitir revisar en tiempo real la analítica de usuarios para registrar desde donde, quienes, atributos de los usuarios que están viendo las transmisiones en vivo, debe tener la posibilidad de habilitar a criterio el número de usuarios, chat, comentarios a través de moderadores, y NO debe tener ninguna publicidad embebida en el video o en el Player o en los videos almacenados que deben quedar en la nube para acceder a través de diversas herramientas, debe permitir transmisiones provenientes de los equipos de producción de streaming así como de otros dispositivos tipo PC´s y Smartphone con conexiones de internet 4G o WIFI para casos de transmisiones instantáneas emitidas por comunicadores o funcionarios desde sitios externos al edificio de la entidad, debe permitir a un usuario programar en su calendario de tipo Outlook, iCal, Google la fecha y hora en que se llevará a cabo la transmisión del video en vivo por servicio streaming. El servicio debe permitir ser compatible con equipos portables como Iphone, IPad, Android, grabación en la nube, almacenamiento permanente de eventos o almacenamiento ilimitado, Conexión / visualización simultanea de usuarios ilimitados, permitir generar estadísticas, cuenta asignando un usuario y contraseña, publicación en un servidor local que el contratista dispondrá en la ANI.
7.6.1.2 REALIZAR PRODUCCIÓN STREAMING: Debe disponer los recursos profesionales y técnicos y sus respectivos equipos como: Producción, Switcher, sonidistas, Luminotécnicos, camarógrafos, Caracteres, VTR, computadores de apoyo, asistentes de cables, etc; para realizar la producción de eventos que se transmitan a través de la plataforma de streaming. El contratista debe entregar en este producto la producción a tres cámaras de formato FullHd (1920X1080) incluidos sonidos provenientes de diversos medios y con la integración de los computadores que realizan la presentación de contenidos en formatos tipo Microsoft Office y sus respectivos sonidos de videos. El punto fijo debe estar integrado con Circuito cerrado de TV para presentarse en los equipos de videowall o pantallas de monitores que dispone la entidad. En carteleras digitales a través de la plataforma dispuesta por el contratista.
El contratista a solicitud de la entidad dispondrá de equipos de producción de videos y personal técnico de alta calidad para realizar producción y transmisiones de eventos vía streaming que incluya recursos de apoyo tecnológico como tableros inteligentes, pantallas de presentación, telepronter, grúas, rieles, xxxxx para cámaras, pantallas de croma, servicios redundantes de internet y de energía, sonido e iluminación, software de edición profesional, sistema de videoconferencias HD tipo MCU para conectar hasta 4 usuarios remotos, herramientas tipo webmeeting para conexión de hasta 25 usuarios en tiempo real con video, sonido y compartir presentación con selección de presentador por operador principal, y todos los equipos y recursos requeridos en el ítem de producción y plataformas de streaming y generador de Caracteres.
Disponer y administrar plataforma streaming para personas con discapacidad auditiva: además de todo lo anterior el contratista debe disponer una plataforma adicional y el personal profesional de
traducción en lengua de señas colombiana certificado para realizar y emitir contenidos incluyentes con esta funcionalidad para usuarios con discapacidad auditiva.
Disponer de canal de internet para streaming: el contratista debe disponer un canal de acceso a internet independiente del canal de comunicaciones de la entidad para realizar la transmisión de video en vivo y en directo de streaming. la velocidad mínima de subida debe ser de 1 mb.
Debe disponer una plataforma actual de generación de caracteres de apoyo a la producción de streamimg, de videos y de grabación de videos de la entidad que incluya entre otras las siguientes posibilidades: Imágenes dinámicas y estáticas, efectos de entrada y salida de caracteres generados, conectar diferentes fuentes internas de la plataforma propia así como xx xxxxxxx externas como otros servidores y archivos en la nube para emitir contenidos desde sitios remotos a la entidad.
Los textos pueden ser presentados en diversos tamaños y tipos de letras existentes en el mercado. Permite incluir banners de redes sociales con mensajes seleccionables por el operador de caracteres para incluirse durante la transmisión. Debe permitir generar imágenes y fuentes de videos y cámaras en formatos Picture in Picture para componer emisiones de más alto impacto.
Debe permitir emitir videos pregrabados o tomados desde fuentes externas tipo Youtube con transiciones armónicas no visibles al usuario. Debe permitir integrar videos en video xx xxxxxxx remotas o locales a través de redes WIFI y conexiones IP, para incluir por ejemplo un portátil de un presentador externo.
Disponer y administrar plataforma canal ANI webtv (español, xxxxxx, xxxxxxx, italiano, alemán): con la plataforma de administración de contenidos webtv, la ANI desea manejar una lista dinámica de programas a través del back office, manejar la publicación del video y cambiar idiomas (El usuario debe poder seleccionar el contenido en idioma Español, Xxxxxx, Xxxxxxx, Italiano y Alemán), debe permitir Importar y exportar rápidamente videos, imágenes o programas de Video On Demand, con la capacidad de mostrarlos como parte de la descripción, fijar atributos, clasificar programas, y mucho más, cargar el logo propio de la entidad en el back office y colocarlo en el encabezado e ícono xx xxxxxxxx, con el Sistema de gestión de contenidos la entidad con el administrador de la plataforma le debe permite editar fácilmente páginas de contenido, subir imágenes, y más. Al organizar los programas en categorías, los usuarios de la ANI pueden navegar rápidamente y encontrar lo que buscan en corto tiempo, con el configurador de plantilla puede cambiar las fotografías, la fuente y el color del tema de su Front Office, con los boletines de noticias la ANI puede mantener a sus usuarios o público objetivo informados de los próximos eventos y noticias.
Esta plataforma debe proveer información potente de estadísticas que le permiten identificar los perfiles de sus usuarios, hacer un seguimiento de las páginas visitadas, categorías, y programas. Proporcionar a los usuarios visitantes un inicio de sesión fácil a través de una cuenta personal y confeccionar los mensajes a sus necesidades.
Todos los usuarios registrados pueden crear su propia cuenta de usuario completa con preferencias de acceso personalizadas y la capacidad de dar seguimiento a sus solicitudes existentes. La plataforma debe permitir colocar la cantidad de fotos y videos que se desee. Las fotos y textos ayudan a los usuarios visitantes a tomar decisiones sobre los contenidos a ver. Debe tener una potente navegación con un menú dinámico que permita configurar rápidamente los contenidos preferidos, nuevos, recomendados ente otros para los usuarios finales.
Debe tener una tecnología de Back Office y Front Office completamente en formato responsive que le permitirá gestionar fácilmente la plataforma por completo desde cualquier teléfono móvil o tablet. El canal debe tener integración para seguir y compartir con redes sociales tales como facebook, twitter,Instagram, google+, e mail.
Disponer y administrar plataforma e-learning: Con esta herramienta en la nube dispuesta por el contratista con un nivel de disponibilidad conforme a los requerimientos de la entidad, todos los usuarios autorizados administrados en la plataforma pueden acceder de manera controlada como usuarios nombrados a contenidos digitales que son restringidos para diversos perfiles tipo funcionarios de la entidad o similares. En esta plataforma se administrarán contenidos parcelados por unidades virtuales de aprendizaje que permitan conformar cursos de capacitación virtual para ser evaluados en línea y apoyados por tutores especializados en las temáticas de la entidad a través de foros y chats.
7.6.1.3 REALIZAR TRANSCRIPCIONES DE AUDIO Y VIDEO A TEXTO: La transcripción para convertir audio a texto consiste en documentar las palabras habladas o notas escritas en documentación formal, información protegida de la ANI, con almacenamiento en la nube 100% confidencial, la fidelidad del texto debe ser de un 99% asegurando la calidad, realizado por personas, no máquinas, únicamente transcriptores profesionales. Archivo en formato Word con el texto transcrito en fiel reflejo de la reunión.
7.6.1.4 EQUIPOS DEL ALCANCE DEL OBJETO:
Ítem | Piso | Salas | Equipos Instalados |
1 | 2 | Sala 2-1 | Monitor LED 46” |
2 | Sala 2-2 | Monitor LED 46” | |
3 | Sala 2-3 | Monitor LED 46” | |
4 | Sala 2-4 | Monitor LED 46” | |
5 | Auditorio | Monitor LED 96” | |
6 | Cafetería | Televisor LED 65” | |
7 | Oficina de Control Interno | Televisor LED 46” | |
8 | Vicepresidencia Administrativa y Financiera | Televisor LED 46” | |
9 | Sala de Conductores | Televisor LED 52” | |
10 | Recepción Principal | Monitor LED 56” | |
11 | 6 | Sala 6-1 | Monitor LED 46” |
12 | Sala 6-2 | Monitor LED 46” | |
13 | Sala 6-3 | Monitor LED 55” | |
14 | Sala de Juntas | Monitor LED 46” | |
15 | Recepción de Piso | Monitor LED 56” | |
16 | Vicepresidencia de Estructuración | Monitor LED 55” | |
17 | Vicepresidencia Jurídica | Monitor LED 55” |
18 | 7 | Sala Juntas de Presidencia | Monitor LED 75” |
19 | Sala Juntas Alterna | Monitor LED 75” y sistema de video conferencia | |
20 | Sala Reuniones – Asesores | Monitor LED 46” | |
21 | Sala 7-1 | Monitor LED 46” | |
22 | Sala 7-2 | Monitor LED 46” | |
23 | Sala 7-3 | Monitor LED 46” | |
24 | Sala 7-4 | Monitor LED 46” | |
25 | Vicepresidencia Planeación, Riesgos y Entorno | Monitor LED 46” | |
26 | Recepción Presidencia | Sistema de Video Wall Irregular Monitores LED 46”( video procesador, controlador de video) | |
27 | Recepción de Piso | Monitor LED 56” | |
28 | 8 | Sala Múltiple 8 | Monitor LED 46” |
29 | Sala Reuniones 8-1 | Monitor LED 46” | |
30 | Sala Reuniones 8-2 | Monitor LED 46” | |
31 | Sala Reuniones 8-3 | Monitor LED 46” | |
32 | Vicepresidencia de Gestión Contractual | Monitor LED 56” | |
33 | Vicepresidencia Ejecutiva | Monitor LED 56” | |
34 | Recepción de Piso | Monitor LED 56” |
7.6.1.5 EQUIPO DE TRABAJO: El proponente para la ejecución del contrato, resultado del presente proceso de selección requiere contar con el siguiente equipo de trabajo:
e) Coordinador o Gerente del Proyecto y Servicios: Un (1) profesional en Ingeniería de Sistemas o electrónica.
f) Técnico audiovisuales: El servicio deberá comprender la disposición permanente de uno (1) técnico quien deberá ser persona idónea y capacitada para prestar los servicios, debidamente uniformado, con experiencia no inferior a tres (3) años en la operación, mantenimiento y soporte de equipos de audio y video y salas de video conferencia.
g) Profesional producción de streaming: El servicio deberá comprender la disposición de uno
(1) profesional certificado quien deberá ser persona idónea y capacitada para prestar los servicios de streaming, debidamente uniformado, con experiencia no inferior a tres (3) años en la operación de producción de streaming.
h) Técnico en video: El servicio deberá comprender la disposición de uno (1) técnico quien deberá ser persona idónea y capacitada para prestar los servicios, debidamente uniformado,
con experiencia no inferior a tres (3) años preproducción, producción y post producción de videos.
7.6.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA
El CONTRATISTA se compromete para con la Agencia Nacional de Infraestructura, entre otras a:
51. Realizar las producciones de streaming con las calidades y tiempos exigidos.
52. Ejecutar los eventos en las oportunidades y con la calidad exigida.
53. Realizar la preproducción, realización de libretos y organización de la grabación.
54. Realizar la producción, grabación con equipos profesionales, desplazamiento, entrevistas e imágenes de apoyo en casetes nuevos durante los días requeridos.
55. Realizar la postproducción, edición con efectos digitales, generador de caracteres y animados en equipos de última tecnología.
56. Entregar copias de cada uno de los diferentes productos que se realicen.
57. Transcripción de audio y video a texto en formato Word.
58. El contratista se obliga a emplear equipos en perfecto estado técnico de funcionamiento y de mantenimiento.
59. El contratista se obliga a ser puntual en la hora de llegada a las locaciones o puntos de encuentro, o a informar con suficiente anticipación cualquier novedad.
60. El contratista se obliga a emplear personal técnico idóneo y suficientemente capacitado para responder a los estándares profesionales de televisión.
61. El contratista se compromete a disponer de los mejores equipos de grabación para obtener la mayor calidad de audio, iluminación, composición y encuadre.
62. El contratista se obliga a llevar el registro y un archivo del material grabado y editado, de tal forma que facilite su rápida búsqueda y ubicación.
63. Al final del contrato, el contratista se obliga a devolver todo el archivo que haya sido producto del contrato.
64. Garantizar que el material grabado no será utilizado para ningún otro fin distinto al que determine la Entidad, o por ninguna otra persona natural o jurídica, sin la debida autorización.
65. El Contratista se obliga a tener el debido cuidado y custodia del material grabado para la Entidad que es la única propietaria del mismo.
66. Entregar e instalar las plataformas de servicio tecnológicas de audio y video de acuerdo a las condiciones técnicas solicitadas por la entidad y dentro del término establecido de dos (2) días hábiles.
67. Brindar soporte presencial y de ser necesario vía telefónica y responder en un lapso no superior a cinco (5) horas de la solicitud del soporte.
68. Facilitar en préstamo los equipos que se requieran en caso xx xxxxx hasta que el proponente de solución.
69. Cumplir a cabalidad el objeto del contrato, conforme a las normas legales.
70. Garantizar que los elementos entregados sean nuevos y de óptima calidad.
71. Realizar las visitas correctivas necesarias para mantener el funcionamiento de los equipos en la duración del contrato.
72. Crear las condiciones necesarias para prevenir los posibles riesgos que puedan surgir en el desarrollo de la entrega.
73. Garantizar la calidad del producto objeto del presente contrato de acuerdo a las indicaciones del supervisor, asimismo cambiar los productos no conformes que el supervisor devuelva en un lapso no mayor a tres (3) días.
74. Operar, realizar pruebas y dar soporte técnico de todos los equipos (amplificadores, parlantes, micrófonos, cámaras, televisores, vídeoproyectores, telones, etc.)
75. El Servicio se deberá prestar por personal calificado y con experiencia comprobada en otros proyectos sobre la plataforma ofrecida.
76. El contratista garantizará el suministro, cambio e instalación de las partes defectuosas que resulten del diagnóstico realizado.
77. Ejecutar las labores contratadas con personal experimentado especializado y calificado para intervenir equipos digitales de audio y video, así como de los PC que forman parte de estos sistemas.
78. Brindar apoyo a nivel de ingeniería electrónica o de ingeniería de sonido, para los casos que amerite este tipo de conceptos o soluciones a los equipos que forman parte del contrato.
79. Suplir equipos necesarios en calidad xx xxxxxxxx (por ejemplo amplificador, consola, extensiones, conectores, micrófonos) cuando la entidad lo requiera en un periodo no superior a cuatro horas, situación que puede suceder en caso de eventos especiales.
80. Contar con los componentes menores de repuesto para audio y video que permitan reiniciar de emergencia alguna de los equipos que lleguen a presentar falla.
81. Contar con la certificación que demuestre el conocimiento y experiencia necesaria en video - conferencia digital.
82. Mantener en sitio durante los eventos especiales que programe la entidad, personal técnico con conocimientos en transmisión de audio y video para el soporte de dichas actividades.
83. Apoyar con personal técnico los sistemas de video conferencia.
84. Programar las cámaras para el sistema de video - conferencia digital de la entidad.
85. Determinar técnicamente que clase de repuestos se requieren en casos de reparaciones o reemplazos de partes del sistema, especificarlos, aprobarlos técnicamente antes de su adquisición e instalarlos.
86. Administrar las salas de videoconferencia
87. Administrar, mantener y custodiar los equipos que se encuentren ubicados en las salas de videoconferencia.
88. Realizar pruebas de conexión, de sonido y de video previamente a la atención del requerimiento.
89. Prestar el acompañamiento en el servicio de Videoconferencia, según el instructivo que suministra la Entidad.
90. Suministrar y sustituir cables de diferente formato de video y sonido (HDMI, VGA, RCA, USB, entre otros).
91. Instalar, Soportar y configurar los equipos de Media Digital para administrar los contenidos digitales
92. Monitorear y hacer seguimiento a la disponibilidad de los servicios de carteleras digitales
93. Verificar, diagnosticar, suministrar y reemplazar conectores eléctricos y de video (cables HDMI)
94. Implementar acciones de mejora y ajustes a los procesos ITIL:
o Gestión de Incidentes
o Gestión de Requerimientos
o Gestión de Problemas
o Gestión de Cambio
o Gestión de Configuraciones
o Gestión de Liberación
o Gestión de Conocimiento
o Gestión de Niveles de Servicio
95. El contratista se obliga a entregar las piezas solicitadas en los términos de tiempo requeridos por el Supervisor del contrato.
96. El contratista deberá designar un único ejecutivo de cuenta, que se encargue de tramitar todas las solicitudes hechas por la Entidad.
97. Los servicios, deben contar con un técnico permanente de lunes a viernes en horario de 8:00 am a 5:00 pm, cuya experiencia sea superior a tres (3) años en montaje y mantenimiento de sistemas de audio y video.
98. Las demás actividades que se deriven de la propuesta presentada por el contratista, la cual forma parte integral del presente contrato.
99. Para todos los casos se debe garantizar privacidad y exclusividad.
100. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del presente contrato y la oferta presentada.
7.6.3 OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA:
a) Cumplir con las normas legales para el cumplimiento del objeto del contrato.
b) Cumplir dentro del término establecido por el supervisor del contrato con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo.
c) Suministrar al supervisor toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión.
d) Pagar los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que haya de emplear para la ejecución del contrato.
e) Cumplir en los términos xx xxx con las obligaciones relacionadas con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), SENA, circunstancia que deberá ser verificada por la Agencia Nacional de Infraestructura como requisito para cada pago, durante la ejecución y liquidación del mismo, exigiendo certificación expedida por el revisor fiscal, cuando se requiera por ley, o por el Representante Legal, según el caso.
f) Cumplir con los gastos e impuestos que se requieren para la suscripción, perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato. Garantizar el cumplimiento de las garantías de fábrica y aquellas solicitadas para el cumplimiento del objeto contractual (si a ello hay lugar).
g) EL CONTRATISTA deberá discriminar el IVA en caso de pertenecer al régimen común o esté obligado declararlo.
h) Las demás inherentes al cumplimiento del objeto contractual, conforme a la propuesta presentada por el contratista
8 OBLIGACIONES DE LA AGENCIA
a) Expedir el registro presupuestal.
b) Verificar el cabal cumplimiento del objeto y las obligaciones del presente contrato a través del supervisor del contrato.
c) Realizar los pagos previa presentación de la factura por parte del contratista, así como de los demás documentos requeridos, y demás trámites administrativos de rigor.
d) Entregar y recibir la documentación objeto del Contrato.
9 SUPERVISIÓN, COORDINACIÓN Y VIGILANCIA
El control y seguimiento de la ejecución del contrato estará a cargo del Experto G3 – 06 de Servicios Generales, quien velará por los intereses de la Entidad en procura de que EL CONTRATISTA cumpla con las obligaciones contractuales y tendrá entre otras las siguientes funciones:
1. Vigilar y verificar el cumplimiento del objeto contractual y las obligaciones adquiridas por las partes.
2. Informar sobre cualquier irregularidad o incumplimiento que se presente en la ejecución de la misma.
3. Elaborar la certificación de cumplimiento con la respectiva constancia de haber recibido de EL CONTRATISTA copia de los recibos de pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, como requisito para proceder al pago (s) correspondiente (s).
4. Xxxxx porque se realicen en debida forma los pagos a EL CONTRATISTA.
5. Solicitar las adiciones o modificaciones al Contrato, cuando sea procedente.
6. Una vez vencido el término de ejecución del presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales, remitir a quien corresponda los documentos para elaborar la correspondiente acta de liquidación.
7. Las demás que por su naturaleza y esencia sean necesarias para el buen desarrollo de la misma.
10 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO:
Teniendo en cuenta la naturaleza del Contrato, la forma de pago y su valor, se estima conveniente exigir al CONTRATISTA la constitución de las siguientes garantías, en los términos señalados en el Decreto 1082 de 2015, así:
a) Cumplimiento: Su cuantía será equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato de prestación de servicios y cubrirá el término de ejecución del contrato y seis (6) meses más.
b) Calidad del servicio: Su cuantía será equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato de prestación de servicios y cubrirá el término de ejecución del contrato y seis (6) meses más.
c) Salarios y prestaciones sociales: su cuantía será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato y cubrirá el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
d) Responsabilidad civil extracontractual: 10% del valor del contrato en todo caso no menor a 200 SMLMV, Por todo el período de ejecución del contrato
PARÁGRAFO PRIMERO: Las vigencias de todos los amparos deberán ajustarse a las fechas del Acta de Iniciación del contrato y mantenerse el plazo de ejecución del contrato vigentes hasta la liquidación del mismo. Así mismo, los valores asegurados y las vigencias deberán ajustarse al suscribir las actas de suspensión, y en todo caso se deberá ajustar al valor final del contrato según el Acta de Liquidación del mismo.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En cualquier evento en que se modifique el contrato deberán modificarse las correspondientes garantías.
PARÁGRAFO TERCERO: El hecho de la constitución de estos amparos no exonera al CONTRATISTA de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados.
PARÁGRAFO CUARTO: Dentro de los términos estipulados en este contrato, ninguno de los amparos otorgados podrá ser cancelado o modificado sin la autorización expresa de LA AGENCIA. El CONTRATISTA deberá mantener vigente las garantías, amparos y pólizas a que se refiere esta cláusula y serán de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, cada vez que se disminuya o agote por razón de las sanciones que se impongan. Si el CONTRATISTA se demora en modificar las garantías, éstas podrán variarse por la aseguradora o banco a petición de LA AGENCIA y a cuenta del CONTRATISTA quien por la firma del presente contrato autoriza expresamente a LA AGENCIA para retener y descontar los valores respectivos de los saldos que hubiere a su favor.
PARÁGRAFO QUINTO: Las garantías deben ser aprobadas por la Agencia como requisitos para la ejecución del contrato, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.
PARÁGRAFO SEXTO: Las únicas exclusiones aceptables para las pólizas que se constituyan en relación con el presente contrato serán las señaladas en el Decreto 1082 de 2015. Las demás exclusiones se entenderán por no escritas.
11 MULTAS Y CLÁUSULA PENAL
En caso de incumplimiento total o parcial de cualquiera de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, de conformidad con el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, Estatuto anticorrupción, LA AGENCIA podrá declarar el incumplimiento, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato, y hacer efectiva la cláusula penal, tal como se indica a continuación:
1) Por incumplimiento en los términos de legalización del contrato: Si el CONTRATISTA no allega en los términos establecidos en el contrato los documentos necesarios para la legalización del mismo, se causará una multa equivalente al uno por ciento (1X100) del valor total del contrato por cada día calendario que transcurra desde la fecha prevista para el cumplimiento de dichas obligaciones y hasta su completa satisfacción, o se aplicará la cláusula penal en la misma proporción.
2) Por no cumplir con cualquiera de las obligaciones contenidas en el estudio previo, pliego de condiciones y en el contrato o en los documentos que lo integran, o cumplirlas deficientemente o por fuera del tiempo estipulado, se causará una multa equivalente al uno por ciento (1X100) del valor total del contrato por cada día calendario que transcurra desde la fecha prevista para el cumplimiento de dichas obligaciones y hasta su completa satisfacción ,y/o
3) Se aplicará la cláusula penal por una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, suma que la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, hará efectiva mediante el cobro de la garantía única de cumplimiento o, a su elección, de los saldos que adeude al contratista, si los hubiere, para lo cual se entiende expresamente autorizado con la suscripción del contrato; si esto no fuere posible, se cobrará por vía judicial. La aplicación de la cláusula penal no excluye la indemnización de perjuicios.
PARÁGRAFO PRIMERO: La imposición de la multa o de la cláusula penal atenderá criterios de oportunidad, razonabilidad, proporcionalidad y gravedad de la obligación incumplida.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El valor máximo de las multas y sanciones señaladas anteriormente, no podrá superar veinte por ciento (20%) del valor del contrato. El valor pagado como cláusula penal no es óbice para demandar, ante el juez del contrato, la indemnización integral de perjuicios causados si estos superan el valor de la cláusula penal. El valor de esta cláusula penal se descontará de los pagos pendientes a favor del CONTRATISTA, o en su defecto se hará efectivo el amparo de cumplimiento de la garantía única.
PARÁGRAFO TERCERO: El pago o deducción de las multas no exonerará al CONTRATISTA del cumplimiento de sus obligaciones emanadas del contrato y el proceso de cobro correspondiente.
PARÁGRAFO CUARTO: En caso de proceder a la aplicación de multas, o de la cláusula penal, de conformidad con el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, el CONTRATISTA autoriza expresamente a la
entidad con la firma del presente contrato, para hacer el descuento correspondiente de los saldos. Se podrá aplicar simultáneamente la imposición de multas y de la cláusula penal.
12 PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA PENAL Y LA IMPOSICIÓN DE MULTAS.
De conformidad con el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), LA AGENCIA tendrá la facultad de imponer las multas, declarar la caducidad y/o aplicar la cláusula penal y demás sanciones, mediante acto administrativo, garantizando el debido proceso en el desarrollo de la actuación administrativa correspondiente. En todo caso se dará aplicación al procedimiento establecido en las disposiciones legales vigentes.
13 CADUCIDAD
Cuando se presente un incumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y se evidencie que puede conducir a su paralización, LA AGENCIA declarará la caducidad administrativa de este contrato, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993, Ley 40 de 1993, las Leyes 418 de 1997 y 548 de 1999, aplicando en lo pertinente, el procedimiento establecido en las cláusulas anteriores.
14 TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERALES
Al presente contrato se entienden incorporadas las cláusulas excepcionales a que se refieren los artículos 14,15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993.
15 CESIÓN DEL CONTRATO
El CONTRATISTA sólo podrá ceder el presente contrato a terceros, con la autorización previa, expresa y escrita de LA AGENCIA, autorización que en todo caso se podrá otorgar cuando la cesión sea hecha a una persona que tenga iguales o mejores indicadores de los exigidos en el Pliego de Condiciones utilizado para la selección del CONTRATISTA.
El CONTRATISTA no podrá subcontratar el presente contrato con persona natural o jurídica, nacional o extranjera alguna sin el consentimiento previo y escrito de LA AGENCIA, salvo en lo correspondiente a la publicación en el medio de prensa que indique la Entidad. En todo caso, el CONTRATISTA continuará siendo el único responsable ante LA AGENCIA por el cumplimiento de las obligaciones del contrato y la celebración de subcontratos. En todo caso, entre LA AGENCIA y el subcontratista no se configurará nunca vínculo contractual alguno, y el CONTRATISTA mantendrá indemne a LA AGENCIA frente a las obligaciones que adquiera con aquel.
16 INEXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL ENTRE LA AGENCIA Y EL CONTRATISTA O SU PERSONAL
El CONTRATISTA ejecutará el contrato con sus propios medios y con autonomía técnica y administrativa. En consecuencia, no existirá vínculo laboral alguno entre LA AGENCIA y el
CONTRATISTA, por una parte, y entre LA AGENCIA y el personal que se encuentre al servicio o dependencia del CONTRATISTA, por la otra.
PARÁGRAFO PRIMERO: Será obligación del CONTRATISTA cancelar a su xxxxx y bajo su responsabilidad los honorarios y/o salarios, prestaciones sociales y demás pagos, laborales o no, al personal que emplee para la ejecución del presente contrato de acuerdo con la ley y con los términos contractuales que tenga a bien convenir el CONTRATISTA con sus empleados, agentes o SUBCONTRATISTA (s). Por las razones anteriormente expuestas, LA AGENCIA se exime de cualquier pago de honorarios y/o salarios, obligaciones que asumirá el CONTRATISTA, el cual expresamente exime a LA AGENCIA de las mismas.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Lo pactado en esta cláusula se hará constar expresamente en los contratos que celebre el CONTRATISTA con el personal que emplee para la ejecución de este contrato.
17 INDEMNIDAD
El contratista mantendrá indemne a la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, por razón de reclamos, demandas, acciones legales y costos que surjan como resultado del uso por parte del contratista, de patentes, diseños o derechos de autor que sean propiedad de terceros.
Se consideran como hechos imputables al contratista todas las acciones u omisiones de su personal y de sus subcontratistas y proveedores y del personal al servicio de cualquiera de ellos.
En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA por asuntos que al tenor del contrato sean de responsabilidad del contratista, éste será notificado lo más pronto posible para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA.
Si en cualquiera de los eventos antes previstos el contratista no asume debida y oportunamente la defensa de la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al contratista y éste pagará todos los gastos en que el contratante incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciere el contratista, la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones de cualquier suma que adeude al contratista por razón de los trabajos objeto del contrato, a recurrir a cualquier mecanismo legal para tal propósito.
18 LIQUIDACIÓN
El presente contrato se liquidará dentro de los CUATRO (4) MESES siguientes a su terminación, de conformidad con lo estipulado en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007.
Si el CONTRATISTA no se presenta para efectos de la liquidación del contrato o las partes no llegan a ningún acuerdo, LA AGENCIA tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes. Si vencido el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liquidación, la misma podrá ser realizada en cualquier tiempo dentro de los dos años siguientes al vencimiento del
término a que se refieren los incisos anteriores, de mutuo acuerdo o unilateralmente, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 141 del C.C.A. (Ley 1437 de 2011).
19 INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO
Las cláusulas del contrato y los documentos que hacen parte de él se interpretarán conforme lo determina el artículo 28 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que lo modifican o lo reglamentan, para lo cual se tendrá en cuenta el siguiente orden de prelación de los documentos contractuales:
1. Contrato suscrito por las partes
2. Pliego de Condiciones y sus anexos
3. Estudio y documentos previos.
4. Propuesta presentada por el Contratista
5. Resolución de Adjudicación
20 ENTENDIMIENTO INTEGRAL DE LAS CONDICIONES DEL CONTRATO
Se entiende que las partes conocen, comprenden y aceptan todas y cada una de las cláusulas del contrato y sus apartes. También se entiende que el eventual vicio declarado por autoridad competente de alguna o algunas de ellas, no afecta sino a aquellas declaradas como viciadas. Así mismo, se entiende que los títulos de cada cláusula son meramente indicativos y no afectan la interpretación de su contenido. En general, se da por comprendido el contrato en forma integral.
21 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
En caso de presentarse controversias o diferencias durante la vigencia del contrato, se podrá recurrir a los mecanismos de solución directa de controversias contractuales previstos en el artículo 68 de la Ley 80 de 1993 y en la Ley 446 de 1998, de acuerdo con los procedimientos legales establecidos por las normas vigentes. Las partes acuerdan que en todo caso, el Juez del contrato será la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y que en ningún caso se acudirá a Tribunales de Arbitramento.
22 COMPROMISOS ANTICORRUPCIÓN
El CONTRATISTA deberá dar cabal cumplimiento a los compromisos anticorrupción, apoyando la acción del Estado colombiano y de LA AGENCIA para fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas. Dentro de este marco, el CONTRATISTA se compromete a impartir instrucciones a todos sus empleados y agentes y a cualesquiera representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia y especialmente de aquellas que rigen la presente contratación, y les impondrá la obligación de no ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago corrupto a los funcionarios de LA AGENCIA.
23 DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Hacen parte integral del contrato el Pliego de Condiciones, el estudio previo, sus adendas y sus anexos, y la propuesta presentada por el CONTRATISTA.
24 MODIFICACIONES AL CONTRATO
Cualquier modificación a la presente contratación deberá hacerse por escrito y de mutuo acuerdo entre las partes.
25 REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO EJECUCIÓN Y LEGALIZACIÓN
El contrato se entiende perfeccionado con la suscripción de las partes contratantes. Para su ejecución se requerirá, por parte del CONTRATISTA, la constitución y presentación de la Garantía Única del Contrato, y aprobación de la misma por la Gerencia de Contratación de la Vicepresidencia Jurídica de LA AGENCIA y expedición del Registro Presupuestal Correspondiente.
La Garantía Única del Contrato deberá presentarse a LA AGENCIA dentro del término señalado en el cronograma.
Para la consecuente legalización del mismo; igualmente deberá adjuntar la certificación de cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
Para todos los efectos legales y fiscales se establece como domicilio contractual la ciudad de Bogotá
D. C., quedando expreso para las partes que el presente contrato se rige por las leyes colombianas y está sometido a los tribunales nacionales.