CLÁUSULAS PARTICULARES
2016 "Año del Bicentenario de la Declaración de la independencia Nacional"
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
CLÁUSULAS PARTICULARES
ARTÍCULO 1º.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE LICENCIAS ORIGINALES DE SOFTWARE PARA EL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 2º.- NORMATIVA APLICABLE: El presente procedimiento de selección, el contrato y su posterior ejecución se regirán por el Decreto N° 1.023/01 sus modificatorios y complementarios, el Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 y sus modificatorios y complementarios, las normas que se dicten en consecuencia del Decreto Nº 893/12 y sus modificatorios, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES N° 58/14 y las disposiciones del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus anexos.
Asimismo, resultan de aplicación la Ley Nº 25.551 de “Compre Trabajo Argentino” (Anexo VIII) y su reglamentación Decreto Nº 1.600/02 y normas complementarias, así como la Ley Nº 25.300 de “Fomento para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa”, el Decreto N° 1.075 de fecha 24 xx xxxxxx de 2001, la Ley Nº 19549 y el Reglamento de Procedimiento Administrativo”, el Decreto Nº 312/10 de “Sistema de Protección Integral de los Discapacitados” y la Disposición Nº 6/2012 de la ex SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE GESTIÓN de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos.
A los efectos del seguimiento xx xxxxxxxxx que puedan producirse respecto de la presente licitación e independientemente de la notificación que se cursen, se recomienda visitar la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx link “contrataciones vigentes”. Igualmente el pliego de bases y condiciones particulares de este procedimiento podrá ser obtenido con el fin de presentarse a cotizar o consultado en el sitio web y link citados anteriormente.
ARTÍCULO 3º.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO LEGAL, JURISDICCIÓN, TELÉFONO – FAX Y CORREO ELECTRÓNICO: El Oferente deberá constituir domicilio en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, donde se considerará válida toda notificación que se le curse. En caso de producirse el cambio de dicho domicilio constituido durante la sustanciación del procedimiento de contratación, deberá informarse fehacientemente, dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles siguientes, a la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en tanto para el caso de quien o quienes resultaren adjudicatarios. El CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Oferentes y el eventual Adjudicatario se someterán, para dirimir cualquier divergencia en la presente contratación, una vez agotadas todas las instancias administrativas, a la competencia de los Tribunales Federales con asiento en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción de excepción que pudiera corresponderles.
ARTÍCULO 4º.- CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES:
Vista y retiro de pliegos: Cualquier persona podrá tomar vista xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, en la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS o en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Asimismo podrán retirarlos o comprarlos en la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS o bien descargarlos del aludido sitio de Internet.
4.1.- Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse únicamente por escrito ante la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN sita en Xx. Xxxxx X. Xxxx 000, 0x Xxxx xx xx XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX, de lunes a viernes en el horario de 10:30 a 16:30hs, o por correo electrónico a: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, identificando en el asunto el procedimiento de selección al cual se refiere la consulta.
4.2.- No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
4.3.- Las consultas deberán ser efectuadas hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha fijada para la apertura.
4.4.- Si la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN considera que la consulta es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e interpretación xxx Xxxxxx en cuestión, se elaborará una circular aclaratoria y comunicará en forma fehaciente, con CUARENTA Y OCHO (48) horas como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de ofertas, a todos los interesados que hubiesen retirado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello e incluirlas como parte integrante xxx xxxxxx y difundirlas en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
4.5.- La DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN podrá de oficio realizar las aclaraciones que sean pertinentes, debiendo comunicarlas, siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente, e incluirlas en el Pliego correspondiente.
4.6.- En cuanto a las modificaciones xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, del mismo modo que las aclaraciones, podrán derivar de consultas de los interesados o efectuarse de oficio por el Organismo contratante, fijándose como límite para su procedencia que no se altere el objeto de la licitación.
4.7.- Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a CUARENTA Y OCHO (48) horas contadas desde que se presentare la solicitud, la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN podrá posponer de oficio la fecha de apertura. El cambio de fecha de la apertura de ofertas o la de presentación de las ofertas podrán ser emitidas por el titular de la unidad operativa de contrataciones y deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original con VEINTICUATRO (24) horas como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas. Asimismo deberán ser comunicadas, a todas las personas que hubiesen retirado, comprado o descargado el pliego de la página de Argentina Compra suministrando obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas, como así también, al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello, con el mismo plazo mínimo de antelación. También deberán incluirse como parte integrante xxx xxxxxx y difundirse en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
4.8.- La presentación de la propuesta implica que los oferentes han estudiado las especificaciones xxx Xxxxxx y han obtenido informes o cualquier otro dato que pudiera incidir en la determinación de los costos de la provisión objeto del presente llamado.
ARTÍCULO 5°: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS – OBLIGACIONES DEL OFERENTE:
5.1 La propuesta de cada oferente en ORIGINAL debidamente completa y firmada, podrá presentarse hasta el día y hora indicados en este Pliego en un sobre o paquete cerrado con identificación de la contratación a que corresponde, el día y hora de la apertura establecidos y la identificación del oferente, debiendo completar la totalidad de los datos solicitados en los formularios correspondientes que se adjuntan al presente.
Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta.
5.2.- La oferta económica expresada a través de precios unitarios (IVA Incluido) y ciertos en números, correctamente volcados en el Formulario Oficial de la Propuesta que como Anexo I forma parte del presente Pliego, ponderada según los factores de cálculo que para dicho Anexo se establecen. Las ofertas que no se ajusten estrictamente al principio de cotización precedentemente establecido, podrán no ser consideradas.
El CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN no reconocerá ningún adicional o gasto por cualquier concepto que no esté específicamente indicado en las ofertas. Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles, por aplicación del Artículo 10 de la Ley Nº 23.928, modificado por el Artículo 4° de la Ley Nº 25.561, salvo por la aplicación del Artículo Nº 124 del Anexo al Decreto Nº 893/12, Inciso b), y sus modificatorios y complementarios.
Moneda de Cotización: Las propuestas deberán cotizarse en PESOS ARGENTINOS. No se podrá estipular el pago en moneda distinta de la establecida
5.3.- Acreditación de la Personería: Copia certificada del contrato de constitución, estatuto social o instrumento que corresponda, sus modificaciones y constancia de inscripción ante la Autoridad Competente. En caso de CONSORCIO o UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS (U.T.E) deberá acompañarse además el compromiso de asociación con las firmas de sus integrantes autenticadas.
Si el oferente es Persona Física: declaración jurada donde conste nombre y apellido completos, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real y constituido, estado civil y número de documento de identidad.
5.4.- Acreditación de Representación: Copia certificada de la documentación por la que se confieren facultades para actuar en representación legal del Oferente.
5.5.- Nómina de Autoridades: Copia certificada del instrumento que designa los integrantes de los órganos de administración y fiscalización.
5.6.- Declaración Jurada: en la que denuncia si mantienen o no juicios con el Estado Nacional, o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: Carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, Juzgado y Secretaría y entidad demandada.
5.7.- Código Único de Identificación Tributaria (C.U.I.T): constancia de inscripción emitida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
5.8.- La DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN podrá requerir la presentación de la documentación que estime necesario en mérito a los datos del Anexo II, debiendo el oferente presentarla en el plazo que se le indique, quedando a exclusivo criterio de la COMISIÓN EVALUADORA la admisibilidad de la oferta cuando dichas omisiones afectaren partes esenciales de la propuesta.
Los oferentes deberán contemplar la posibilidad de realizar a solicitud del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y durante el período de evaluación de las ofertas, respuestas a todo tipo de aclaraciones, incluyendo la provisión de documentación adicional, detalles de ciertos antecedentes, etc., sin que ello represente costo adicional alguno o causal de reclamo. A través de dichos datos evaluará la admisibilidad de la oferta.
5.9.- Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia.
5.10.- Toda oferta deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se informe, a los fines estadísticos y para el correcto análisis y valoración del desarrollo de los complejos industriales nacionales, la provisión y/o uso de bienes y/o materiales importados, así como el resultado de su balanza comercial en el último ejercicio y la proyectada para el ejercicio corriente.
5.11.- Toda oferta deberá contener la declaración jurada adjunta al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares como Anexo III, debidamente completada y firmada conforme a los mecanismos que promuevan la adecuada y efectiva instrumentación de criterios ambientales, éticos, sociales y económicos en las contrataciones públicas.
5.12.- Deberá entenderse que los requerimientos técnicos y formales de este Pliego son considerados mínimos.
Estas características deberán constar en la propuesta. El CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se reserva el derecho a exigir oportunamente a las firmas oferentes o adjudicataria, la documentación que respalde las características precedentemente mencionadas.
5.13.- No será necesaria la xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares firmado y sellado si se diere adecuado cumplimiento a la declaración jurada contenida en el Punto 6 del Anexo II; subsistiendo únicamente la obligación de presentación de dicho Anexo y la totalidad de la documentación y los restantes anexos en los que se expresa acabadamente el conjunto de obligaciones contraídas por el oferente.
5.14.- Inscripción en el SIPRO (Sistema de Información de Proveedores).
En caso de encontrarse inscripto en el Sistema de Información de Proveedores, deberán proporcionar a este organismo la actualización de los datos que hubieren variado desde su última presentación.
En caso de carecer de inscripción en el Sistema de Información de Proveedores dirigirse a la página xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx – Proveedores – Preinscripción de Proveedores y completar los formularios existentes dentro de la persona física o jurídica a la que corresponda. Una vez completos, realizar una impresión de los mismos en papel y “a posteriori” colocar firma y aclaración del representante, gerente o dueño de la empresa al pie de cada uno. Luego ir hasta el Punto OCHO (8) e imprimir la constancia de Preinscripción (Artículo Nº 233 del Anexo al Decreto Nº 893 de fecha 7 xx xxxxx de 2012, y sus modificatorios y complementarios).
Si bien no es requisito indispensable estar inscripto como proveedor del Estado al momento de la presentación de ofertas, los organismos contratantes no podrán adjudicar a proveedores que no tuvieren vigente su inscripción en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).
El oferente inscripto en el SIPRO deberá presentar junto con la oferta, completo y firmado el Formulario 13 “Declaración Jurada de habilidad para contratar con la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL” (o bien suscribir la Declaración Jurada que se encuentra en Anexo VI del presente Xxxxxx).
5.15.- OFERTA ALTERNATIVA Y/O OFERTA VARIANTE: No serán aceptadas para este procedimiento Ofertas alternativas y/o variantes.
5.16.- DECLARACIÓN JURADA PREVISIONAL: Los oferentes que efectúen ofertas cuyos importes sean inferiores a los PESOS CINCUENTA MIL ($50.000.-), deberán presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada respecto de la no existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y toda otra obligación previsional.
Asimismo, deberán acompañar la Declaración Jurada Previsional mencionada los oferentes que, sin perjuicio de haber solicitado la renovación del Certificado Fiscal para Contratar y de conformidad con lo establecido por la Resolución General A.F.I.P. Nº 1.814 de fecha 11 de enero de 2005, no posean el Certificado Fiscal para Contratar con el Estado Nacional vigente al momento de la fecha de apertura de ofertas por encontrarse el mismo en trámite frente a la Agencia de la AFIP correspondiente.
5.17.- Certificado Fiscal para Contratar con el Estado Nacional: Los oferentes que efectúen ofertas cuyos importes sean superiores a los PESOS CINCUENTA MIL ($50.000.-) deberán poseer el CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR CON EL ESTADO NACIONAL vigente, expedido por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con las formalidades legales pertinentes, y de conformidad con lo establecido por la Resolución General A.F.I.P. Nº 1.814 de fecha 11 de enero de 2005.
Los oferentes en referencia a los puntos 5.16 y 5.17 deberán tener presente lo establecido en las Resoluciones Generales de la AFIP N° 2485/2008, 2852/2010, 2853/2010 y 2884/2010, emitidas por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), al efecto de la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes, en los casos que corresponda.
5.18.- La sola presentación de la oferta implicará la aceptación por parte del oferente de todos y cada uno de los términos y cláusulas de la documentación que rige el presente llamado a licitación así como la aceptación de las obligaciones que se desprendan de la orden de compra correspondiente.
5.19.- No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar, haber retirado o comprado pliegos en el organismo contratante o haberlos descargado del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, no obstante quienes no los hubiesen retirado, comprado o descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
5.20.- Deberá presentar Declaración Jurada de ELEGIBILIDAD - ANEXO VII.
5.21.- Xxxx copia/fotocopia correspondiente a un documento que se presente con la respectiva oferta deberá ser certificada y/o legalizada por cualquiera de los medios legales existentes
ARTÍCULO 6º.- PROHIBICIÓN DE PARTICIPAR EN MÁS DE UNA OFERTA
Cada oferente podrá participar solamente en una oferta, ya sea por si solo o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica.
Se desestimaran todas aquellas ofertas en las que participe quien transgreda esta prohibición.
ARTÍCULO 7º.- CAUSALES DE DESESTIMACIÓN NO SUBSANABLES
Será desestimada la oferta, sin posibilidad de subsanación, en los siguientes supuestos:
a) Si no estuviera redactada en idioma nacional.
b) Si la oferta original no tuviera la firma del oferente o su representante legal en ninguna de las hojas que la integran.
c) Si tuviere tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas sin salvar en las hojas que contengan la propuesta económica, la descripción del bien o servicio ofrecido, plazo de entrega, o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato.
d) Si no se acompañare la garantía de mantenimiento de oferta o no se lo hiciera en la forma debida o la misma fuera insuficiente en más de un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto correcto.
e) Si estuviera escrita con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros.
f) Si fuere formulada por personas que tuvieran una sanción vigente de suspensión o inhabilitación para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluación de aquéllas o en la adjudicación.
g) Si fuera formulada por personas que no estuvieran incorporadas en el Sistema de Información de Proveedores a la fecha de comienzo del período de evaluación de las ofertas, o a la fecha de adjudicación en los casos que no se emita el dictamen de evaluación o en los procedimientos en que no sea obligatorio presentar junto con la oferta la información y documentación para ser incorporado en el aludido sistema.
h) Si fuere formulada por personas físicas o jurídicas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluación de aquéllas o en la adjudicación.
i) Si contuviera condicionamientos.
j) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la exacta comparación con las demás ofertas.
k) Cuando contuviera errores u omisiones esenciales.
l) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio.
m) Si el oferente fuera inelegible.
n) Si transgrede la prohibición de participación en más de una oferta en la misma apertura.
o) Si las muestras, en el caso de ser expresamente requeridas, no fueran acompañadas en el plazo fijado.
ARTÍCULO 8º.- CAUSALES DE DESESTIMACIÓN SUBSANABLES
Cuando se intime a subsanar deficiencias al oferente, sólo se aceptara la documentación o información requerida por esta unidad operativa de compras, no aceptándose en ninguna circunstancia la alteración de la oferta o la mejora, para tomar ventaja respecto del resto de los oferentes.
Será posible requerir la subsanación de defectos en la oferta, de conformidad con las pautas establecidas y especialmente, en los siguientes supuestos:
a) Si la oferta original estuviera en parte firmada y en parte no. En estos casos la jurisdicción o entidad contratante intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, se desestimará la oferta.
b) Si la garantía de mantenimiento de oferta acompañada fuera insuficiente, siempre que el error en el importe de la garantía no supere un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto correcto. En este caso la jurisdicción o entidad contratante intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, se desestimará la oferta.
c) Si no se acompañare, al momento de presentar la oferta, la documentación que de conformidad con el Decreto 893/12, con las normas que se dicten en su consecuencia y con este pliego de bases y condiciones particulares, la entidad contratante intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, o bien si presentada la documentación en ese plazo se comprobara que los requisitos exigidos no estaban vigentes al momento de la apertura de las ofertas, se desestimará la oferta.
ARTÍCULO 9º.- LUGAR, FECHA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS OFERTAS: Las ofertas deberán ser presentadas en la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, sita en Xx. Xxxxx X. Xxxx 000, 0x Xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, hasta las 14:00 horas del día 18 de Octubre de 2016.
A la hora indicada, se efectuará el Acto de Apertura de Ofertas, el cual se llevará a cabo ante los funcionarios designados a tal efecto, y ante todos aquellos que desearen presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas, paquetes o diskettes dispuestos para ser abiertos.
Asimismo, se labrará un acta que será firmada por los mencionados funcionarios y por los oferentes presentes.
ARTÍCULO 10º.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL OFERENTE
Las ofertas deben ser redactadas con el máximo detalle posible e ir acompañadas de los ítems consignados a continuación:
Planilla de cotización: De acuerdo a lo estipulado en el Anexo I: Planilla de Cotización, en la cual deben discriminarse los costos unitarios y totales de cada uno de los bienes/servicios requeridos que conforman el resultado total de la oferta.
Acreditación de antecedentes: El oferente deberá acreditar experiencia en provisiones de similares características, magnitud e importancia a los de la presente contratación, como así también deberá adjuntar un listado donde conste contacto, teléfonos y domicilios, nómina y descripción de los últimos TRES (3) años.
Y toda otra documentación obligatoria que alcance al rubro de que se trata al momento de efectuar la presentación de la oferta correspondiente.
ARTÍCULO 11º.- MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el termino de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, este plazo se prorrogará automáticamente por un lapso igual al inicial y así sucesivamente, salvo comunicación en contrario por parte del oferente. Dicha comunicación deberá efectuarse con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento del período respectivo.
DESISTIMIENTO DE OFERTAS: El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez establecido respecto de la misma acarreará la pérdida de la garantía de la oferta En caso de desistimiento parcial, esa garantía se perderá en forma proporcional.
ARTÍCULO 12º.- SISTEMA DE GARANTÍAS. CLASES. FORMAS:
INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA, DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, CONTRAGARANTÍA Y DE IMPUGNACIÓN
12.1.- Los oferentes deberán constituir una Garantía de Mantenimiento de Oferta del CINCO POR CIENTO (5%) conforme se establece en el Artículo Nº 100 del Anexo al Decreto N° 893/12 y sus modificatorios y complementarios. En el caso de que el monto de esta garantía no sea superior a los CINCO (5) módulos, es decir, PESOS CINCO MIL ($5.000.-), su presentación no será obligatoria, conforme lo estipulado en el Artículo Nº 103 inciso c) del citado ordenamiento jurídico. La misma podrá instituirse, de alguna de las siguientes formas o combinaciones de ellas, conforme se establece en el Artículo Nº 101 del Anexo al Decreto N° 893/12 y sus modificatorios y complementarios.
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante, o giro postal o bancario.
b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio de la jurisdicción o entidad contratante. El organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
Los cheques certificados deberán emitirse a la orden del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.
Deberán estar endosados al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES (SAF 345) CNCPS-2001/345-CUT PAGADORA Cuenta Nº 53835/16 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA – Casa Central.
c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL con posterioridad al 31 de diciembre de 2001. Los mismos deberán ser depositados en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías.
d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos de los Artículos Nº 1.583 y 1.589 del Código Civil y Comercial de la Nación, así como al beneficio de interpelación judicial previa.
e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la autoridad de aplicación. Las mismas deberán estar certificadas por Escribano Público.
f) Mediante la afectación de créditos líquidos y exigibles que el proponente o adjudicatario tenga en entidades de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación pertinente y simultáneamente la cesión de los mismos al organismo contratante.
g) Con pagarés a la vista, con el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato o de impugnación, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000.-). Deberán seguirse las siguientes pautas:
Deberán aclararse las firmas con nombre y apellido en sello o letra imprenta mayúscula legible y número de Documento Nacional de Identidad (DNI) como mínimo; completándose además los datos de domicilio, teléfono y empresa que figuran en los formularios usuales.
En caso de diferencia entre la cifra expresada en números y en letras se estará a esta última como válida, razón por la cual se requiere de su expresión en letra imprenta con claridad.
En ningún caso se admitirán leyendas escritas con lápiz.
En todos los casos se deberá extender el documento a la orden del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en forma completa.
Deberán indicarse en forma expresa el número de expediente y contratación que garantiza; si se trata de garantías de adjudicación consignar además el número de orden de compra respectivo.
Los pagarés que se presenten como garantía de oferta deberán tener como fecha de emisión el día de la apertura o anterior.
Aquellos que se extiendan como garantía de adjudicación deberán estar fechados en el día del retiro de la Orden de Compra o posterior. No se admitirán fechas de emisión en blanco.
En caso de omisión se tomará como fecha de emisión el de la fecha cierta otorgada por el cargo de recepción de la Mesa de Entradas.
La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente.
Será declarada inadmisible aquella cotización que no cumpla con la Garantía de Mantenimiento Oferta en el total del porcentaje que fija la normativa vigente en la especie CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de la oferta, conforme el Artículo Nº 100, inciso a) del Anexo al Decreto 893 de fecha 7 xx xxxxx de 2012, y sus modificatorios y complementarios, al momento de presentarse las propuestas, ya sea directamente por no presentarla o, presentada, aquella sea por un monto menor al que corresponda en más de un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto correcto. En tales supuestos NO resulta factible subsanar posteriormente tales errores. |
12.2.- DE IMPUGNACIÓN
a) Al Dictamen de Evaluación:
12.2.1.- Deberá constituirse garantía por un monto equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta, del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. Si el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante.
12.2.2.-Oportunidad: Se deberá presentar la presente garantía, en aquellos casos en que el oferente hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones contra Dictámenes de Evaluación en un año calendario.
12.3.- Garantía de Cumplimiento de Contrato: DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del contrato.
ARTÍCULO 13º.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las Ofertas que se consideren admisibles, en los términos del presente Pliego y que no estén contenidas dentro de las causales previstas en los Artículos Nº 84 y 86 del Anexo al Decreto N° 893/12 y sus modificatorios y complementarios, serán analizadas para la comprobación del total cumplimiento de las Especificaciones Técnicas detalladas.
Se evaluarán las Ofertas en virtud de la siguiente metodología de evaluación:
Los criterios a utilizar son los siguientes:
(a) Legal
El Oferente deberá presentar:
(a) Declaración Jurada de que el Oferente no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.
(b) Copia certificada del contrato de constitución, estatuto social y de los documentos constitutivos respectivos. Los documentos constitutivos deben evidenciar que el oferente es el mismo que presentó la Oferta. Cualquier diferencia será motivo de descalificación.
(c) Copia certificada de la documentación que acredite la representación y la nómina de autoridades integrantes de los Órganos de administración y fiscalización.
(d) Certificado Fiscal para Contratar vigente/ Datos del formulario en el que se solicitó, según corresponda.
(e) Constancia de inscripción o de Preinscripción en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).
(f) Constancia de inscripción (Constancia Única de Identificación Tributaria – CUIT-), emitida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
(g) Planilla de cotización: De acuerdo a lo estipulado en el Anexo I: Planilla de Cotización, en la cual debe discriminarse los costos unitarios y totales de cada uno de los servicios requeridos que conforman el resultado total de la oferta.
(h) Acreditación de antecedentes: El oferente deberá acreditar experiencia provisiones de similares características, magnitud e importancia a los de la presente contratación, como así también deberá adjuntar un listado donde conste contacto, teléfonos y domicilios, nómina y descripción de los últimos TRES (3) años.
(b) Cumplimiento con las Especificaciones Técnicas
Se evaluará el cumplimiento de cada una de las condiciones, respecto de los bienes y/o servicios ofertados, conforme lo establecido en las Especificaciones Técnicas.
Se procederá a analizar por separado el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas requeridas conforme lo establecido en el respectivo Anexo V de Especificaciones Técnicas. Las Ofertas que no cumplan con las Especificaciones Técnicas quedarán fuera del proceso de evaluación y por consiguiente quedarán descalificadas.
(c) Financiero
A los efectos de poder evaluar su situación financiera, los Oferentes deberán presentar la siguiente documentación:
(a) Copia autenticada de los Estados Contables correspondientes a los DOS (2) ejercicios exigibles anteriores a la fecha de presentación de la Oferta, firmados por Contador Público Nacional y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas u Organismo Jurisdiccional correspondiente.
(d) Comparación de Precios
El Organismo Contratante, luego de evaluar legal y técnicamente las Ofertas, procederá a comparar aquellas que se ajustan sustancialmente a los Pliegos de la contratación, para determinar cuál es la Oferta más baja.
La Oferta que satisfaga lo expresado en los puntos (a), (b) y (c) del presente y resulte ser la de menor precio será declarada la Oferta más conveniente.
La adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente para el organismo contratante, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad y antecedentes del oferente y demás condiciones de la oferta.
ARTÍCULO 14º.- COMISIÓN EVALUADORA.
La Comisión Evaluadora de Ofertas evaluará la documentación presentada en base a la metodología de evaluación establecida en el artículo anterior, así como los informes técnicos u otros, que requiera, como así también podrá efectuar la verificación de antecedentes y/o documentación pertinente.
A tal fin, podrá solicitar mayor información y/o documentación a los Oferentes a efectos de ampliar los elementos de juicio dentro de las pautas fijadas en el presente Xxxxxx.
Ante la negativa o presentación fuera del término que se estipule para la presentación de la información adicional que se requiera, se tendrá por desestimada la Oferta de conformidad con lo establecido en el Artículo Nº 85 del Anexo al Decreto N° 893/2012, y sus modificatorios y complementarios.
“En caso de empate de ofertas, a fin de hacer valer la preferencia establecida en el Artículo 8º del Decreto Nº 312/10 los oferentes deberán acreditar fehacientemente la contratación de personal con discapacidad, y en su caso la cantidad, mediante la presentación de la documentación que acredite el vínculo laboral con dicho personal como así también el correspondiente Certificado Único de Discapacidad otorgado por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN”.
ARTÍCULO 15º.- ADJUDICACIÓN
La Adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente para el organismo contratante, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la misma.
Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último multiplicado por la cantidad indicada como solicitada.
La adjudicación será notificada al adjudicatario o adjudicatarios y al resto de los oferentes, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo. Si se hubieran formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. Podrá adjudicarse aún cuando se haya presentado una sola oferta.
Durante el plazo de mantenimiento de la Oferta se emitirá la respectiva Orden de Compra, perfeccionándose el contrato al producirse la notificación de la misma al Adjudicatario.
La Comisión Evaluadora de Ofertas tendrá a su cargo las funciones conforme surgen determinadas en el Artículo Nº 83 y siguientes del Decreto N° 893/12, y sus modificatorios y complementarios.
La Comisión Evaluadora de Ofertas emitirá un dictamen de carácter no vinculante, que proporcionará a la autoridad competente para Adjudicar, los fundamentos para el dictado del acto administrativo, con el cual concluirá el procedimiento.
ARTÍCULO 16º.- RESCISIÓN POR CULPA DEL PROVEEDOR: Si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que hubiera realizado la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que el servicio hubiese sido prestado de conformidad, este organismo contratante declarará rescindido el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial.
Si el cocontratante no integrara la garantía de cumplimiento del contrato en el plazo fijado, se rescindirá el contrato y deberá abonar el importe equivalente al valor de la mencionada garantía.
Si el cocontratante no cumpliera con el contrato, este organismo contratante adjudicará el contrato al que siga en orden de mérito, previa conformidad del respectivo oferente, y así sucesivamente.
ARTÍCULO 17º.- CESIÓN O SUBCONTRATACIÓN: Queda prohibida la subcontratación o cesión del contrato, en ambos casos, sin la previa autorización fundada de la misma autoridad que dispuso su adjudicación. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. En caso de cederse sin mediar dicha autorización, este organismo contratante podrá rescindir de pleno derecho el contrato por culpa del cocontratante con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 18º.- PLAZO DE ENTREGA
El adjudicatario deberá habilitar el soporte objeto de la presente dentro de los TREINTA (30) días corridos de notificada la Orden de Compra.
ARTÍCULO 19º.- LUGAR DE ENTREGA
Los artículos de la presente contratación deberán entregarse en la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, sita en Xx. Xxxxx X. Xxxx 000, 0x Xxxx, xx xx XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX, debiendo coordinarse la entrega telefónicamente -en forma previa- al teléfono 0000-0000 interno 5175.
El Consejo se reserva el derecho a solicitar entregas parciales y/o en otra dependencia, a efectos de proceder a su abastecimiento en forma ordenada. Dicha circunstancia será acordada en el momento de coordinar las entregas.
ARTÍCULO 20º.- RECEPCIÓN:
La Comisión de Recepción recibirá la habilitación de los servicios con carácter provisional y los remitos o certificados que se firmen quedaran sujetos a la conformidad de la recepción.
Definitiva: El certificado de Recepción Definitiva será emitido por la Comisión de Recepción, dentro del plazo xx XXXX (10) días hábiles, contados a partir de la recepción provisoria, una vez cotejada la adecuación de los productos entregados, según requerimientos establecidos en ANEXO V.
ARTÍCULO 21º.- PENALIDADES Y SANCIONES
Rigen para el presente procedimiento de selección, todas las penalidades y sanciones previstas en el Título III Capítulos V y VI del Anexo al Decreto Reglamentario Nº 893/2012 y sus modificatorios y complementarios, debiéndose aplicar las mismas según lo establecido en los capítulos mencionados.
Las penalidades no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente documentado por el interesado y aceptado por la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o de actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o de la contraparte pública, de tal gravedad que coloquen al cocontratante en una situación de razonable imposibilidad de cumplimiento de sus obligaciones. La existencia de caso fortuito o fuerza mayor, deberá ser puesta en conocimiento de la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN dentro de los DIEZ (10) días de producido o desde que cesaren sus efectos. Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o fuerza mayor.
ARTÍCULO 22º.- CONDICIONES DE PAGO
Será por solicitud de requerimiento, y siguiendo el procedimiento detallado a continuación:
Los pagos serán efectuados en pesos, en el plazo de TREINTA (30) días corridos, contados a partir de la recepción de la factura, la cual se deberá presentar, una vez emitido el respectivo certificado de recepción definitiva, por parte de la Comisión de Recepción Definitiva de Bienes y Servicios.
A los efectos tributarios se deberá considerar al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES como consumidor final. La/s factura/s que deberán ser C o B, se emitirá/n en cabeza del "CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES", CUIT Nº 30-71221374-0, (en el segundo caso con IVA incluido, sin discriminar). No obstante, en caso en que el porcentaje de IVA aplicado a cada factura sea distinto del VEINTIUNO POR CIENTO (21%), la empresa deberá declararlo con una inscripción informativa en el frente de la factura, indicando cuál es el porcentaje aplicado para ese rubro o actividad y el monto correspondiente."
La factura deberá ser presentada en la DIRECCIÓN DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en original y duplicado, acompañada del Remito ORIGINAL de entrega y/o Certificación ORIGINAL de servicio, copia de la orden de compra y copia de la constancia de la situación impositiva de la empresa ante la AFIP.
A los efectos del pago el proveedor deberá presentar en la DIRECCIÓN DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, sita en Xx. Xxxxx X. Xxxx 000, xxxx 0x xx xx XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX, la siguiente documentación:
Facturas: Original y duplicado, con mención del número de Orden de Compra a la que corresponde.
Remitos/Certificación: el ORIGINAL del mismo, sellado y firmado por el responsable de la recepción.
Los pagos que realiza el TESORO NACIONAL se efectúan mediante acreditaciones en cuentas bancarias, corrientes o de ahorro, en moneda nacional. A tal fin, los beneficiarios de pago, cualquiera sea su carácter, deberán informar solo una cuenta, la que deberá encontrarse abierta en alguno de los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agentes pagadores, siendo hasta la fecha los siguientes:
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Dado que los pagos que realiza el Tesoro Nacional se efectúan mediante acreditación en la cuenta bancaria informada por el proveedor, el cumplimiento de este requisito es necesario para percibir los pagos a los que resulte acreedor.
Alta de Beneficiario: el adjudicatario deberá acompañar fotocopia de la presentación del formulario de Alta de Beneficiario y de Autorización de Pago, con la constancia de recepción respectiva o indicación del Código del Beneficiario, otorgado conforme lo prescripto por la Disposición Conjunta N° 40/2010 de la Contaduría General de la Nación y su similar N° 19/10 de la Tesorería General de la Nación.
Quienes no posean número de beneficiario, deberán concurrir a obtenerlo a la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, sita en Xx. Xxxxx X. Xxxx 000, xxxx 0x, xxxxxx xxxXxxxx xx xxxxxx xxxxx.
ARTÍCULO 23º.- OMISIONES:
Toda omisión en el desarrollo del presente pliego deberá considerarse accidental, y no implicará la falta de prestación de los servicios, de acuerdo a las reglas del buen arte.
Este organismo no admitirá ningún tipo de reclamo por desconocimiento xxx xxxxxx y/o de los servicios a prestar.
ARTÍCULO 24º: GARANTÍA DE LOS BIENES: El adjudicatario de cada renglón deberá entregar una vez obtenida la recepción definitiva, una garantía de cumplimiento por el CINCO POR CIENTO (5%) del Precio del Contrato para cubrir las obligaciones del Proveedor en cuanto al Servicio de Garantía, Soporte Técnico y Mantenimiento por el período establecido en las especificaciones técnicas para cada renglón.
BUENOS AIRES,
ANEXO I - PLANILLA DE COTIZACIÓN. LICITACIÓN PUBLICA Nº /2016
El que suscribe ……………………………………DNI …………………………………………………en nombre y representación de la Empresa …………………………………………. con domicilio legal en la Calle ……………………………….. Nº…………..Localidad……………………………….Teléfono………………………… Fax………………………………Nº de CUIT……………………………………………. y con poder suficiente para obrar en su nombre. Luego de interiorizarme de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente licitación, cotiza los siguientes precios:
Renglón Nº |
Descripción |
Cant. |
Precio Unitario (IVA Incluido) |
Precio Total (IVA Incluido) |
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Renovación de Soporte de Licencias de Bases de Datos
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1 |
Oracle Database Enterprise Edition – Processor Perpetual. Tipo de Licencia Full Use. Licencia Adquirida por Procesador
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78 |
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2 |
Oracle Database Enterprise Edition – Named User Plus Perpetual. Tipo de Licencia Full Use. Licencia Adquirida por Usuario
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200 |
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|
Licencias RED HAT
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3 |
RED HAT Enterprise Linux Server |
15 |
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4 |
Smart Managment wit RHN Monitoring |
23 |
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5 |
Red Hat Network Satelitte |
1 |
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Software de correo electrónico y colaboración – Renovación
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6 |
Licencia Adquirida por usuario
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150 |
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Software de almacenamiento de Contraseñas - Renovación
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7 |
Administrators
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30 |
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Herramientas de desarrollo y administración de bases de datos |
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8 |
Administración de bases de datos |
1 |
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9 |
Desarrollo de bases de datos |
9 |
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10 |
Software de edición y diseño |
11 |
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11 |
Licencia ORACLE LINUX |
1 |
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12 |
Licencias Karspersky – Renovación |
415 |
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13 |
Adquisición de Certificados SSL/TLS. |
GL |
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14 |
Licencias de software plataforma de filtrado perimetral Checkpoint |
GL |
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TOTAL GENERAL (IVA Incluido) |
|
MONTO TOTAL DE LA OFERTA – IVA Incluido: (Completar en letras)
PESOS………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
Nota 1: En caso de discrepancia entre las especificaciones indicadas en el presente Pliego con las fijadas en el Anexo I - Planilla de cotización, se deberá tener en cuenta como valido lo detallado en esta última.
Nota 2: La adjudicación de los renglones 1 y 2 se realizará en forma indivisible a un único proveedor.
Nota 3: La adjudicación de los renglones 3 a 5 se realizará en forma indivisible a un único proveedor.
IMPORTANTE: Se admitirán únicamente cotizaciones con DOS (2) decimales. |
……..…..………………………………
FIRMA
ANEXO II-DECLARACIÓN JURADA
N° DE CUIT:.................................................................................................................
DENOMINACIÓN:.............................................................................................................
CALLE.......................................................................................................N°...................
PISO.........................................DEPTO..........................................TE..............................
LOCALIDAD.......…...............................................................CODIGO POSTAL...............
PROVINCIA.......................................................................................................................
1. DECLARO BAJO JURAMENTO ESTAR HABILITADO PARA INTERVENIR EN LA LICITACIÓN PUBLICA Nº 03/2016, EN RAZON QUE LA FIRMA CUMPLE LOS REQUISITOS ENUMERADOS EN EL ARTÍCULO 27 DEL DECRETO Nº 1.023/01.
2. DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS RESPONSABLES DE LA OFERTA NO TIENEN IMPEDIMENTO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO POR CUANTO NO SE ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN NINGUNA DE LAS SITUACIONES ENUNCIADAS EN EL ARTÍCULO 28 DEL DECRETO N° 1.023/01.
3. DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONSIGNADOS EN EL PRESENTE FORMULARIO SON CORRECTOS Y ME COMPROMETO A PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN QUE PERMITA SU VERIFICACIÓN EN CASO DE RESULTAR CALIFICADO EN LA LICITACIÓN DE REFERENCIA, DENTRO DEL PLAZO DE DOS (2) DÍAS A CONTAR DE LA PÚBLICACIÓN DE LA CALIFICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL.
4. DECLARO BAJO JURAMENTO APORTAR AL ORGANISMO CONTRATANTE, CUANDO ME SEA SOLICITADA, TODA LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA QUE LA ACREDITE, DE CONFORMIDAD CON EL ALCANCE ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO Nº 234 DEL ANEXO DEL DECRETO Nº 893/12, Y SUS MODIFICATORIOS Y COMPLEMENTARIOS, PARA SU INCLUSIÓN EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES (SIPRO).
5. DECLARO BAJO JURAMENTO APORTAR EN TIEMPO ÚTIL CUANDO ME SEA SOLICITADA LA INFORMACIÓN QUE REQUIERA LA SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) A LOS EFECTOS DE DETERMINAR EL PRECIO TESTIGO PARA UNA CONTRATACIÓN DETERMINADA.
6.DECLARO BAJO JURAMENTO CONOCER Y ACEPTAR TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS QUE CONFORMAN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, SUS NOTAS ACLARATORIAS Y CUADROS ANEXOS OBLIGÁNDOME A RESPETAR CADA UNA DE SUS ESTIPULACIONES TANTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA COMO PARA LA EJECUCIÓN DE SU EVENTUAL CONTRATACIÓN.
FECHA:________/_________/_________
FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE
Tipo y N° de Documento:......................................... Cargo:............................................
ANEXO III
Declaración Jurada de Contrataciones Públicas Sustentables |
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Razón Social, Denominación o nombre y apellido completos:
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C.U.I.T.: |
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PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN |
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Tipo: |
N°: |
Ejercicio: |
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Clase: |
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Modalidad: |
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Lugar, día y hora del acto de apertura: |
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El que suscribe (con poder suficiente para este acto), DECLARA BAJO JURAMENTO, que da estricto cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil, conforme los términos del Decreto Nº 893/12, y las normas complementarias y/o reglamentarias que se dictaren. |
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Firma: |
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Aclaración: |
|
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Tipo y N° de documento: |
|
||
Carácter: |
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Lugar y fecha: |
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ANEXO IV
Declaración Jurada de cumplimiento del Decreto N° 312/10 |
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Razón Social, Denominación o nombre y apellido completos:
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C.U.I.T.: |
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PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN |
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Tipo: |
N°: |
Ejercicio: |
|
Clase: |
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Modalidad: |
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Lugar, día y hora del acto de apertura: |
|||
El que suscribe (con poder suficiente para este acto), DECLARA BAJO JURAMENTO, que daré estricto cumplimiento a las obligaciones que me correspondan cumplir conforme los términos del Decreto Nº 312/10, y las normas complementarias y/o reglamentarias que se dictaren. |
|||
Firma: |
|
||
Aclaración: |
|
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Tipo y N° de documento: |
|
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Carácter: |
|
||
Lugar y fecha: |
|
SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS
Decreto 312/2010
Reglamentación de la Ley Nº 22.431.
Bs. As., 2/3/2010
VISTO el Expediente EXPJEFGABMI EX003082/03, la Ley Nº 22.431 aprobatoria del Sistema Nacional de Protección Integral de los Discapacitados y su Ley modificatoria Nº 25.689, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 22.431 se establece un sistema de protección integral de las personas discapacitadas, disponiéndose a través de su artículo 8º modificado por la Ley Nº 25.689, que el Estado Nacional —entendiéndose por tal los tres Poderes que lo constituyen, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos— está obligado a ocupar personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas.
Que, asimismo establece que el porcentaje determinado será de cumplimiento obligatorio para el personal de planta permanente, para los contratados cualquiera sea la modalidad de contratación y para todas aquellas situaciones en que hubiere tercerización de servicios.
Que con la finalidad de su efectivo cumplimiento establece un sistema de veeduría con participación del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS.
Que dicha normativa especifica que, en el supuesto que el ente que efectúe una convocatoria para cubrir puestos de trabajo no tenga relevados y actualizados sus datos sobre la cantidad de cargos cubiertos con personas con discapacidad, se considerará que incumple la obligación de ocupar la proporción mínima del CUATRO POR CIENTO (4%) pudiendo los postulantes con discapacidad hacer valer de pleno derecho su prioridad de ingreso a igualdad de mérito.
Que asimismo la norma de referencia establece que, de verificarse tal situación, se considerará que los responsables de los entes incurren en incumplimiento de los deberes de funcionario público, correspondiendo idéntica sanción para los funcionarios de los organismos de regulación y contralor de las empresas privadas concesionarias de servicios públicos.
Que la misma norma establece el deber del Estado de asegurar que los sistemas de selección de personal garanticen las condiciones establecidas en la normativa y provea de las ayudas técnicas y programas de capacitación y adaptación necesarios para una efectiva integración de las personas con discapacidad a sus puestos de trabajo.
Que, por otra parte, el referido ordenamiento obliga a los sujetos alcanzados a priorizar, a igual costo y en la forma que establezca la reglamentación, las compras de insumos y provisiones de aquellas empresas que contraten a personas con discapacidad, situación que deberá ser fehacientemente acreditada.
Que en tal sentido deviene necesario reglamentar la aplicación de la referida normativa, armonizándola con el marco vigente en materia de incorporación de personal, a efectos de preservar los derechos de las personas discapacitadas y el principio de igualdad de oportunidades y asegurar el cumplimiento de tales previsiones por parte de los funcionarios respectivos, asignando las debidas responsabilidades.
Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, dependiente del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION han intervenido conforme les compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 2º de la Constitución Nacional.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — DE LA INFORMACION. Las jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689, dentro de los TREINTA (30) días hábiles de entrada en vigencia del presente decreto, deberán informar, a la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, lo siguiente: a) Cantidad de cargos cubiertos con personas con discapacidad, respecto de los totales de la planta permanente y transitoria; y b) Cantidad de personas discapacitadas contratadas bajo cualquier modalidad, respecto del total de los contratos existentes. Dicha obligación de información se funda en lo establecido por el Decreto Nº 1027/94 y resoluciones complementarias.
Por su parte, la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS suministrará la pertinente información al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Las Jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades aludidas en el presente artículo deberán actualizar la información respectiva correspondiente al 31 de diciembre y al 30 xx xxxxx de cada año, dentro de los QUINCE (15) días corridos posteriores a dichos vencimientos.
Dentro de los TREINTA (30) días corridos de los indicados vencimientos, la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS deberá informar a los titulares del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, los incumplimientos que se hubieren verificado respecto de la indicada obligación de información. Asimismo, las jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades comprendidas en dicha obligación, deberán identificar e informar sus necesidades de puestos de trabajo vacantes o las ofertas de contratación pasibles de ser ocupados preferentemente por personas con discapacidad. Esta última información deberá remitirse a la citada Subsecretaría, en cada tramitación por la que se solicite la excepción a la prohibición a la cobertura de vacantes dispuesta por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546, o el que lo sustituya, y en cada tramitación que se efectúe para la contratación de personal, bajo cualquier modalidad.
Art. 2º — DE LA VEEDURIA. En todo proceso de selección por el que se tramite la incorporación de personal en la planta permanente, en el ámbito de aplicación del artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificada por su similar Nº 25.689, deberá acreditarse la veeduría prevista en el segundo párrafo de dicho artículo. Los representantes del Estado Nacional en las comisiones negociadoras de convenios colectivos de trabajo que regulen la relación de empleo en los organismos comprendidos en el artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689, adoptarán las medidas necesarias para incorporar en los referidos instrumentos, las cláusulas que hagan efectivo el cumplimiento de la veeduría y de lo establecido en la indicada normativa legal.
Art. 3º — DEL INGRESO DEL PERSONAL Y DE LA CONTRATACION DEL PERSONAL. En todos los procesos de selección y concursos para la cobertura de vacantes, y en las contrataciones de servicios personales, de locación de servicios o de obra intelectual, bajo cualquier modalidad, las jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del presente Decreto deberán efectuar la consulta previa, en la página web del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, del Registro que se confeccionará con los perfiles de los postulantes inscriptos, a los efectos de participar en el proceso de selección.
Al respecto, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL otorgará a las jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades antes referidas, una clave de acceso para consultar el Registro mencionado, debiendo registrar las consultas que se generaren al mismo.
Asimismo, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL aportará su institucionalización federal, a través de sus unidades territoriales, para facilitar una mayor cobertura de captación de potenciales postulantes. Dicho servicio de empleo para personas con discapacidad podrá ser consultado por los demás entes indicados en el primer párrafo del artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689, interesados en la búsqueda de postulantes para la cobertura de vacantes.
La falta de inscripción en el respectivo Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no inhibirá de modo alguno la participación de postulantes con discapacidad en los procesos de selección y concursos para la cobertura de vacantes, y contrataciones de servicios personales anteriormente descriptos, ni los derechos preferenciales atribuidos por la Ley Nº 22.431 y modificatorias.
Art. 4º — Para un efectivo cumplimiento de la garantía establecida en el último párrafo del artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689, los organismos intervinientes en los procesos de selección de postulantes para la cobertura de vacantes, al definir y utilizar los criterios de selección que se orienten hacia las aptitudes, los conocimientos y las capacidades específicas considerados esenciales para las funciones del puesto vacante, verificarán que no sean motivo innecesario de exclusión de las personas con discapacidad, buscando garantizar el principio de no discriminación y la equiparación de oportunidades para todos los candidatos.
Art. 5º — La verificación del cumplimiento de las previsiones establecidas en los artículos precedentes será responsabilidad del titular del Servicio de Administración de Recursos Humanos o del área específica de contrataciones en su caso, conjuntamente con el titular de la Unidad de Auditoría Interna de la jurisdicción, organismo descentralizado o autárquico, ente público no estatal, empresa del Estado o empresa privada concesionaria de servicios públicos, los que serán solidariamente responsables, con el alcance de lo establecido en el tercer párrafo "in fine" del artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689.
Art. 6º — Cuando se concrete la incorporación de personas con discapacidad en planta permanente, transitoria o bajo cualquier modalidad de contratación, los organismos respectivos instrumentarán las medidas necesarias para una efectiva adaptación de los ingresantes a sus funciones de trabajo. A tal efecto, podrán requerirle a la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS y al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la asistencia técnica y las acciones de capacitación en los organismos involucrados.
Art. 7º — En aquellas situaciones en que hubiere tercerización de servicios, cualquiera fuere la modalidad de contratación empleada, se encuentre o no comprendida ésta en el Régimen del Decreto Nº 1023/01 y su normativa complementaria y modificatoria, deberá incluirse en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, que el proponente deberá contemplar en su oferta la obligación de ocupar, en la prestación de que se trate, a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la misma.
Art. 8º — Con relación a la priorización dispuesta en el Artículo 8º bis de la Ley Nº 22.431, incorporado por la Ley Nº 25.689, si se produjera un empate de ofertas, deberá considerarse en primer término aquella empresa que tenga contratadas a personas con discapacidad, situación que deberá ser fehacientemente acreditada. En el caso en que la totalidad de las empresas igualadas hubiera personal con discapacidad, se priorizará, a igual costo, las compras de insumos y provisiones de aquellas empresas que contraten o tengan en su planta de personal el mayor porcentaje de personas discapacitadas empleadas.
Art. 9º — El MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estarán facultadas para dictar en forma conjunta las normas interpretativas, complementarias y aclaratorias del presente Decreto.
Art. 10. — Invítase, a las comisiones negociadoras de convenios colectivos que regulen la relación de empleo en los organismos comprendidos en el artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689, a disponer las medidas necesarias para el efectivo cumplimiento de lo establecido en dicha norma.
Art. 11. — Invítase a adherir a las disposiciones del presente Decreto al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, al PODER JUDICIAL DE LA NACION, al MINISTERIO PUBLICO, a los GOBIERNOS PROVINCIALES y al GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los respectivos PODERES LEGISLATIVOS y JUDICIALES de las PROVINCIAS y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los GOBIERNOS MUNICIPALES de las PROVINCIAS y a los respectivos CONCEJOS DELIBERANTES u órganos deliberativos municipales.
Art. 12. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. —XXXXXXXXX XX XXXXXXXX. — Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx. — Xxxx X. Xxxxxx.
XXXXX X
Xxxxxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx
0Xxx la presentación de la oferta se asume la aceptación de los siguientes puntos.
1.1Condiciones de entrega y recepción de los bienes
A) Recepción definitiva |
La recepción definitiva de los servicios se hará según lo estipulado a continuación: 1. Todos los servicios adjudicados hayan sido habilitados y estén funcionando a total satisfacción del Usuario Final. 2. Se hayan brindado los cursos que pudieran haber sido solicitados de corresponder; 3. Se haya informado la nueva fecha de finalización del servicio. |
El Comprador comunicará de forma fehaciente la fecha de recepción definitiva, momento a partir del cual comenzará a regir el periodo de Garantía. |
A) Respecto de la oferta |
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B) Respecto del software a ofertar |
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Condiciones de Servicio Técnico y Garantía:
Requerimiento |
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Renovación de Soporte de Licencias de Bases de Datos
Renglón N° 1: Oracle Database Enterprise Edition por procesador
Renglón N° 2: Oracle Database Enterprise Edition por usuario
Objeto: Servicio de Soporte Técnico y Actualización de Licencias de software de Bases de Datos.
Denominación Comercial y Nivel del servicio a proveer: Standard Premier Support (Software Update License and Support) para licencias de BBDD ORACLE Enterprise.
Vigencia del contrato: La vigencia del contrato será de dos (2) años. Días y Horario de Atención: 7 días por 24 hs.
Forma de Prestación del Servicio:
La prestación del servicio de Soporte Técnico y/o actualización deberá poder brindarse telefónicamente, correo electrónico o a través de una URL
Detalle de tareas incluida
en la prestación del servicio: Soporte Técnico y actualización
Las renovación del soporte deberá actualizar a la última versión de Motor de bases de Datos ORACLE Enterprise edition liberada al mercado mundial por Oracle a la fecha de apertura de la presente licitación. |
Se deberá proveer la licencia del motor Oracle pedido con los nro de CSI habilitados para todas las licencias. |
Atención de incidentes ilimitado Vía telefónica, correo electrónico, a través de internet
Escalabilidad del problema a niveles superiores
Tiempo de máximo de respuesta del prestatario ante aviso de incidente: 24 hs.
Tiempo de máximo de resolución desde que el prestatario respondió al incidente: 72hs.
Aclaración: El tiempo máximo de resolución se deberá contar desde el momento en que el proveedor responde a un pedido de incidente o consulta.
Entrega de nuevas versiones, parches o fixes en medio digital, o mediante un enlace para su descarga desde un sitio seguro en Internet dentro del plazo de 24 horas de liberado al mercado.
Envío alertas de seguridad de los productos de software vía email.
Acceso Web a actualizaciones de documentación técnica referida al producto.
Acceso Web a información sobre "bugs" (errores), parches, actualizaciones, etc.
Todos los pedidos de solo podrán ser solicitados por Dirección Informática de SINTyS, conforme con los mecanismos establecidos previamente.
Coordinación de pedidos de asistencia presencial:
Las fechas y horas en caso de necesitar del mantenimiento preventivo serán coordinados entre el Contratista, la Dirección Informática de SINTyS y la dependencia donde resida el equipamiento respectivo a fin de no entorpecer las tareas de los usuarios.
Los pedidos de asistencia técnica correctiva solo podrán ser solicitados por la Dirección Informática de SINTyS, conforme al mecanismo establecido previamente (vía telefónica, fax, correo electrónico, Internet, etc.).
Confidencialidad de la información:
Con respecto a cualquier información que ambas partes contratantes identifiquen como reservada y sea entregada por una de las partes a la otra para cualesquiera de los fines de esta contratación, el Organismo y el Contratista se comprometen a mantenerla en forma confidencial.
IMPORTANTE: Cada tarea se considerará cumplimentada una vez que se cumpla con lo solicitado por el organismo en tiempo y forma y el área informática del organismo otorgue el certificado de conformidad de tarea cumplimentada.
Penalidades:
El retraso por parte de la Adjudicataria en el cumplimiento del tiempo máximo de reparación convenido en el presente contrato dará lugar a ser sancionada con una multa equivalente al 10% (diez por ciento) del valor mensual del servicio del presente contrato por cada día de retraso, deducible del pago de la respectiva factura.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = |
0.10 * Monto / F * Plazo en días |
|
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, el organismo podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final.
De manera independiente de las responsabilidades civiles y penales que se pudiera generar como consecuencia del incumplimiento del presente contrato.
Renglón |
Denominación, tipo de Licencias y versión: Descripción de los Bienes |
Cantidad de licencias Users / Processor |
1 |
Oracle Database Enterprise Edition – Processor Perpetual. Tipo de Licencia Full Use. Licencia Adquirida por Xxxxxxxxxx, Usuarios ilimitados |
78 |
2 |
Oracle Database Enterprise Edition – Processor Perpetual. Tipo de Licencia Full Use. Licencia Adquirida por Usuarios |
200 |
Licencias Red Hat
Renglón N° 3: Redhat Enterprise Linux
Xxxxxxx Xx 0: Smart Management with RHN Monitoring
Renglón N° 5: Redhat Network Satelitte
Objeto:Servicio de Soporte Técnico y Actualización de Licencias de sistema Operativo RED HAT, incluyendo la suscripciones Red Hat Enterprise Linux para entornos virtual.
Denominación Comercial y Nivel del servicio a proveer:
Standard para licencias de de sistema Operativo RED HAT Enterprise Linx Server, Standart (1-2 socket)( UP to 1 guests). Incluyendo los siguientes móduos:
Smart Managment with RHN Monitoring
Red Hat Network Satelitte Startet Pack (manage uo to 50 Registered RHELinstances)
Vigencia del contrato: La vigencia del contrato será de tres (3) años.
Días y Horario de Atención:
7 días por 24 horas para niveles de severidad 1 y 2.
5 días por 8 horas para niveles de severidad 3 y 4.
Definiciones de los niveles de severidad: Nivel Definiciones de la gravedad
Severidad 1: Un problema que afecta gravemente el uso del software con fines de producción (1) (como la pérdida de los datos de producción o en los que sus sistemas de producción no están funcionando). La situación detiene las operaciones del negocio y no existe un procedimiento que permita solucionar el problema.
Severidad 2: Un problema donde el software está funcionando, pero su uso en producción se reduce severamente. La situación está causando un alto impacto en porciones de las operaciones de su negocio y no existe un procedimiento que permita solucionar el problema.
Severidad 3: Un problema que involucra la pérdida parcial, no crítica del uso del Software con fines de producción o con fines de desarrollo.(2) Para fines de producción, hay un impacto medio-bajo en su negocio, pero su negocio sigue funcionando, incluso mediante el uso de un workaround. Para fines de desarrollo, la situación causa que su proyecto de no pueda continuar o migrar a producción.
Severidad 4: Una consulta de uso general, el informe de un error de documentación, o recomendación para una mejora del producto a futuro. Para fines de producción, hay un impacto bajo o ningún impacto en su negocio o en el rendimiento y la funcionalidad de su sistema. Para fines de desarrollo, hay un impacto medio-bajo en su negocio, pero su negocio sigue funcionando, incluso mediante el uso de un workaround.
(1) "Con fines de producción" consiste en utilizar el software en un entorno de producción, por lo general utilizando datos en tiempo real y/o aplicaciones para una finalidad distinta de desarrollo y/o software de creación de prototipos o hardware.
(2) "Con fines de desarrollo" consiste en utilizar el software para el propósito específico de desarrollo, creación de prototipos y demostración de software o hardware que se ejecuta con o en el software.
La solicitud de Soporte Técnico y/o actualización podrá solicitarse vía fax, telefónicamente, mediante correo electrónico o mediante sistema de registro de solicitudes basado en WEB, el que debe ponerse a disposición del organismo a través de una URL pública en Internet (indicando, en caso de corresponder usuario y contraseña requeridos para su uso).
Forma de Prestación del Servicio: La prestación del servicio de Soporte Técnico y/o actualización deberá poder brindarse telefónicamente, correo electrónico o a través de una URL
Detalle de tareas incluida en la prestación del servicio: Soporte Técnico y actualización
Las renovación del soporte deberá actualizar a la última versión de Red Hat Enterprise Linux liberada al mercado mundial por Red Hat a la fecha de apertura de la presente licitación. |
Atención de incidentes ilimitado Vía telefónica, correo electrónico, a través de internet
Escalabilidad del problema a niveles superiores
Tiempo de máximo de respuesta del prestatario ante aviso de incidente:
Severidad 1: 1 hora
Severidad 2: 4 horas
Severidad 3 : 1 día hábil
Severidad 4: 1 día hábil
Tiempo de máximo de resolución desde que el prestatario respondió al incidente: 72hs.
Aclaración: El tiempo máximo de resolución se deberá contar desde el momento en que el proveedor responde a un pedido de incidente o consulta.
Entrega de nuevas versiones, parches o fixes en medio digital, o mediante un enlace para su descarga desde un sitio seguro en Internet dentro del plazo de 24 horas de liberado al mercado.
Envío alertas de seguridad de los productos de software vía email.
Acceso Web a actualizaciones de documentación técnica referida al producto.
Acceso Web a información sobre "bugs" (errores), parches, actualizaciones, etc.
Todos los pedidos de solo podrán ser solicitados por la Unidad Informática del Organismo, conforme con los mecanismos establecidos previamente.
Coordinación de pedidos de asistencia presencial: Las fechas y horas en caso de necesitar del mantenimiento preventivo serán coordinados entre el Contratista, la Unidad Informática del Organismo y la dependencia donde resida el equipamiento respectivo a fin de no entorpecer las tares de los usuarios.
Los pedidos de asistencia técnica correctiva solo podrán ser solicitados por la Unidad Informática del Organismo, conforme al mecanismo establecido previamente (vía telefónica, fax, correo electrónico, Internet, etc.).
Confidencialidad de la información: Con respecto a cualquier información que ambas partes contratantes identifiquen como reservada y sea entregada por una de las partes a la otra para cualesquiera de los fines de esta contratación, el Organismo y el Contratista se comprometen a mantenerla en forma confidencial.
IMPORTANTE: Cada tarea se considerará cumplimentada una vez que se cumpla con lo solicitado por el organismo en tiempo y forma y el área informática del organismo otorgue el certificado de conformidad de tarea cumplimentada
Penalidades: El retraso por parte de la Adjudicataria en el cumplimiento del tiempo máximo de reparación convenido en el presente contrato dará lugar a ser sancionada con una multa equivalente al 10% (diez por ciento) del valor mensual del servicio del presente contrato por cada día de retraso, deducible del pago de la respectiva factura.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = |
0.10 * Monto / F * Plazo en días |
|
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, el organismo podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final.
De manera independiente de las responsabilidades civiles y penales que se pudiera generar como consecuencia del incumplimiento del presente contrato.
Listado de cantidades
Renglón |
Denominación, tipo de Licencias y versión: Descripción de los Bienes |
Cantidad de licencias Users / Processor |
3 |
Standard para licencias de de sistema Operativo RED HAT Enterprise Linux Server, Standart (1-2 socket)( UP to 1 guests). |
15 |
4 |
Smart Managment with RHN Monitoring. La cantidad se define en función a los 15 servidores nuevo mas los 8 activos. |
23 |
5 |
Red Hat Network Satelitte Startet Pack (manage uo to 50 Registered RHELinstances) |
1 |
Renglón N° 6: Software de correo electrónico y colaboración – Renovación
Especificación Mínima Requerida |
Especificación Mínima Requerida |
Folio donde se verifica su cumplimiento |
Objeto de la contratación: Renovación de soporte ZIMBRA |
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1. Soporte de clientes POP3 (Post Office Protocol V3) e IMAP (Internet Messaging Access Protocol). Soporte de protocolos MIME (Multimedia Internet Mail Extensions), S/MIME (SecureMIME), SMTP e IMAP sobre SSL (Secure Socket Layers) y certificados X.509. |
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2. El sistema deberá asimismo contar con una agenda, calendario, un repositorio de archivos para uso compartido entre usuarios, seguimiento de tareas todo integrado en una única interfaz. |
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3. El sistema debe ser compatible con el manejo de fechas del año 2000 y se deberán incluir (de ser necesario) todos los service packs o patches requeridos para cumplir con esta condición. |
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4. El sistema deberá permitir el indexado y búsqueda de correo electrónico |
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5. Se proveerá la última versión liberada al mercado mundial por la empresa propietaria del código fuente a la fecha de apertura de la presente. |
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6. Soporte de protocolo HTTPS y formato en lenguaje HTML para envío y recepción de correo electrónico a través de páginas WEB haciendo uso de browsers (Web Access Mail) y dispositivos móviles. La interfaz para dispositivos móviles (con sistemas operativos iOS 5 o superior, Windows 7 o superior y Android 3.2 o superior) deberá estar customizada para la visualización en dichos dispositivos. |
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7. Soporte de protocolo LDAP (LightWeight Directory Access Protocol) para la administración de directorio de usuarios, grupos de usuarios y listas de mailing dinámicas en forma eficiente y segura. |
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8. Administración remota de la aplicación mediante uso de browsers, a través del soporte del protocolo HTTPS. La administración deberá permitir la visualización en forma gráfica de métricas las cuales deben ser como mínimo: |
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-Uso de CPU |
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-Tamaño y espacio utilizado en los buzones |
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-Uso de disco rígido |
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-Cola de envío de correo. |
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9. Deberá soportar seguridad en el transporte de mensajería con autenticación, firma digital y encriptación basados en el sistema de clave pública (PKI). |
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10. Soporte de SMTP autenticado por clave de usuario o mediante autenticación basada en certificados. |
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11. Se deberán proveer con el software (en forma de CD o descarga de internet), los manuales de implementación y administración de la aplicación, en castellano o ingles. |
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12. Deberá contar con un cliente multiplataforma (Windows 7 o superior, Mac OSX 10.6 o superior y GNU/Linux 2.6 o superior) sin costos de licenciamiento extra |
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13. Soporte Técnico y Actualización de Licencias de software perpetuas para CIENTO CINCUENTA (150) usuarios. |
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14. Vigencia del contrato de soporte técnico y actualización de licencias de software: La vigencia del contrato será de TRES (3) años. |
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15. Días y Horario de Atención: CINCO (5) días por OCHO (8) hs. |
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16. La solicitud de Soporte Técnico y/o actualización podrá solicitarse vía fax, telefónicamente, mediante correo electrónico o mediante sistema de registro de solicitudes basado en WEB, el que debe ponerse a disposición del organismo a través de una URL pública en Internet (indicando, en caso de corresponder usuario y contraseña requeridos para su uso). |
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17. Forma de Prestación del Servicio: La prestación del servicio de Soporte Técnico y/o actualización deberá poder brindarse telefónicamente, correo electrónico o a través de una URL |
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18. Detalle de tareas incluida en la prestación del servicio: |
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19. Soporte Técnico y actualización |
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◦ Las renovación del soporte deberá actualizar a la última versión liberada al mercado mundial por la empresa propietaria del código fuente a la fecha de apertura de la presente licitación. |
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◦ Atención de incidentes ilimitado Vía telefónica, correo electrónico, a través de internet |
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◦ Escalabilidad del problema a niveles superiores |
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◦ Tiempo de máximo de respuesta del prestatario ante aviso de incidente: VEINTICUATRO (24) hs. |
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◦ Tiempo de máximo de resolución desde que el prestatario respondió al incidente: SETENTA (72) hs. |
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◦ Aclaración: El tiempo máximo de resolución se deberá contar desde el momento en que el proveedor responde a un pedido de incidente o consulta. |
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◦ Entrega de nuevas versiones, parches o fixes en medio digital, o mediante un enlace para su descarga desde un sitio seguro en Internet dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas de liberado al mercado. |
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◦ Envío alertas de seguridad de los productos de software vía email |
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◦ Acceso Web a actualizaciones de documentación técnica referida al producto. |
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◦ Acceso Web a información sobre "bugs" (errores), parches, actualizaciones, etc. |
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◦ Todos los pedidos de solo podrán ser solicitados por la Unidad Informática del Organismo, conforme con los mecanismos establecidos previamente. |
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20. Coordinación de pedidos de asistencia presencial: |
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|
◦ Las fechas y horas en caso de necesitar del mantenimiento preventivo serán coordinados entre el Contratista, la Unidad Informática del Organismo y la dependencia donde resida el equipamiento respectivo a fin de no entorpecer las tares de los usuarios. |
||
◦ Los pedidos de asistencia técnica correctiva solo podrán ser solicitados por la Unidad Informática del Organismo, conforme al mecanismo establecido previamente (vía telefónica, fax, correo electrónico, Internet, etc.). |
||
21. Confidencialidad de la información: |
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◦ Con respecto a cualquier información que ambas partes contratantes identifiquen como reservada y sea entregada por una de las partes a la otra para cualesquiera de los fines de esta contratación, el Organismo y el Contratista se comprometen a mantenerla en forma confidencial. |
||
◦ IMPORTANTE: Cada tarea se considerará cumplimentada una vez que se cumpla con lo solicitado por el organismo en tiempo y forma y el área informática del organismo otorgue el certificado de conformidad de tarea cumplimentada |
||
22. Penalidades: El retraso por parte de la Adjudicataria en el cumplimiento del tiempo máximo de reparación convenido en el presente contrato dará lugar a ser sancionada con una multa equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor mensual del servicio del presente contrato por cada día de retraso, deducible del pago de la respectiva factura. |
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Listado de cantidades: Software de correo electrónico y colaboración
Renglón |
Denominación, tipo de Licencias y versión: Descripción de los Bienes |
Cantidad |
6 |
Licencia y soporte adquirido por usuario
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150 |
Renglón N° 7: Software de Almacenamiento de Contraseñas - Renovación
Especificación Mínima Requerida |
Especificación Mínima Requerida |
Folio donde se verifica su cumplimiento |
Objeto de la contratación: Adquisición de un software de almacenamiento de Contraseñas |
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1. Debe contar con una llave maestra de encriptación AES-256 auto generada y única para cada instalación, de forma tal de garantizar que la encriptación de la aplicación esta segurizada por la unicidad de la llave maestra. |
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2. Debe posibilitar la limitación y auditoría el acceso a las contraseñas según el perfil del usuario, teniendo constancia y seguimiento de dichos accesos en forma inmediata. |
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3. Debe permitir generar flujos de trabajo que permitan de forma ágil y segura el otorgamiento de privilegios de acceso a recursos, de forma tal de tener control centralizado de las contraseñas. |
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4. La herramienta debe contar con flujos de trabajo que permiten limitar, monitorizar y auditar sobre quien, cuando y como accedió a cada una de las contraseñas, notificándolo en tiempo real mediante correo electrónico, en caso de ser necesario. Permitirá asimismo la generación de reportes sobre las distintas métricas de la aplicación. |
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5. Autenticación interna y externa, pudiéndose implementar un sistema de autenticación de dos pasos. |
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6. Se proveerá la última versión liberada al mercado mundial por la empresa propietaria del código fuente a la fecha de apertura de la presente. |
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7. Acceso Web segurizado por https |
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8. La aplicación debe generar un log de su actividad, de modo que permita la auditoria fuera del acceso de los administradores de sistemas. |
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9. El almacenamiento de las contraseñas deberá realizarse en una base de datos |
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10. Debe contar como mínimo con doble encriptación, tanto como en la aplicación y como en la base de datos. |
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11. Se deberán proveer con el software (en forma de CD o descarga de internet), los manuales de implementación y administración de la aplicación, en castellano o ingles. |
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12. La herramienta debe contar con una granularidad que permite definir niveles de auditoría tanto para usuarios, recursos y tareas. |
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13. Soporte Técnico y Actualización de Licencias de software perpetuas para 30 usuarios. |
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14. Vigencia del contrato: La vigencia del contrato será de TRES (3) años. |
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15. Días y Horario de Atención: 5 días por 8 hs. |
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16. La solicitud de Soporte Técnico y/o actualización podrá solicitarse vía fax, telefónicamente, mediante correo electrónico o mediante sistema de registro de solicitudes basado en WEB, el que debe ponerse a disposición del organismo a través de una URL pública en Internet (indicando, en caso de corresponder usuario y contraseña requeridos para su uso). |
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|
17. Forma de Prestación del Servicio: La prestación del servicio de Soporte Técnico y/o actualización deberá poder brindarse telefónicamente, correo electrónico o a través de una URL |
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18. Detalle de tareas incluida en la prestación del servicio: |
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19. Soporte Técnico y actualización |
||
◦ Las renovación del soporte deberá actualizar a la última versión liberada al mercado mundial por la empresa propietaria del código fuente a la fecha de apertura de la presente licitación. |
||
◦ Atención de incidentes ilimitado Vía telefónica, correo electrónico, a través de internet |
||
◦ Escalabilidad del problema a niveles superiores |
||
◦ Tiempo de máximo de respuesta del prestatario ante aviso de incidente: 24 hs. |
||
◦ Tiempo de máximo de resolución desde que el prestatario respondió al incidente: 72hs. |
||
Aclaración: El tiempo máximo de resolución se deberá contar desde el momento en que el proveedor responde a un pedido de incidente o consulta. |
||
◦ Entrega de nuevas versiones, parches o fixes en medio digital, o mediante un enlace para su descarga desde un sitio seguro en Internet dentro del plazo de 24 horas de liberado al mercado. |
||
◦ Envío alertas de seguridad de los productos de software vía email |
||
◦ Acceso Web a actualizaciones de documentación técnica referida al producto. |
||
◦ Acceso Web a información sobre "bugs" (errores), parches, actualizaciones, etc. |
||
◦ Todos los pedidos de solo podrán ser solicitados por la Unidad Informática del Organismo, conforme con los mecanismos establecidos previamente. |
||
20. Coordinación de pedidos de asistencia presencial: |
|
|
◦ Las fechas y horas en caso de necesitar del mantenimiento preventivo serán coordinados entre el Contratista, la Unidad Informática del Organismo y la dependencia donde resida el equipamiento respectivo a fin de no entorpecer las tares de los usuarios. |
||
◦ Los pedidos de asistencia técnica correctiva solo podrán ser solicitados por la Unidad Informática del Organismo, conforme al mecanismo establecido previamente (vía telefónica, fax, correo electrónico, Internet, etc.). |
||
21. Confidencialidad de la información: |
|
|
◦ Con respecto a cualquier información que ambas partes contratantes identifiquen como reservada y sea entregada por una de las partes a la otra para cualesquiera de los fines de esta contratación, el Organismo y el Contratista se comprometen a mantenerla en forma confidencial. |
||
◦ IMPORTANTE: Cada tarea se considerará cumplimentada una vez que se cumpla con lo solicitado por el organismo en tiempo y forma y el área informática del organismo otorgue el certificado de conformidad de tarea cumplimentada |
||
22. Penalidades: El retraso por parte de la Adjudicataria en el cumplimiento del tiempo máximo de reparación convenido en el presente contrato dará lugar a ser sancionada con una multa equivalente al 10% (diez por ciento) del valor mensual del servicio del presente contrato por cada día de retraso, deducible del pago de la respectiva factura. |
|
|
Soporte y Actualización
Características |
Especificación Requerida |
Se debe incluir las actualizaciones del software por un periodo mínimo de 36 meses. |
SI |
En ese período se deberán entregar las versiones, parches y fixes del software sin un costo adicional a SINTyS |
SI |
Listado de cantidades: Software de almacenamiento de Contraseñas
Renglón |
Denominación, tipo de Licencias y versión: Descripción de los Bienes |
Cantidad |
7 |
Licencia y soporte adquirido por usuario
|
30 |
Herramientas de desarrollo y administración de bases de datos
Renglón N° 8: Herramienta de desarrollo y Administración de base de dato
Especificación Mínima Requerida |
Especificación Mínima Requerida |
Folio donde se verifica su cumplimiento |
Características |
|
|
1. La finalidad es renovar el soporte de la aplicación informática de desarrollo SQL y administración de bases de Datos TOAD DBA suite v 10.1 o superior |
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2. Cantidad de usuarios soportados por licencia. 1 (uno) |
|
|
3. Cantidad de Licencias. 1 (una) |
|
|
4. Se debe entregar la última versión disponible en el mercado compatible las plataformas 7 de Windows de 32 bits. o superior |
|
|
5. Base de Datos Compatible: ORACLE |
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|
6. Debe permitir realizar los siguientes puntos: |
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a. Desarrollo de Diagramas ER (Entidad-Relación). |
|
|
b. Comparación de diferencias de Código en Objetos de la Base de Datos y archivos. |
|
|
c. Visualización de información de Sessiones activas y métricas de rendimiento. |
|
|
d. Scripts PL/SQL para detectar problemas de rendimiento de código como cuellos de botella ("bottlenecks") |
|
|
e. Exportación e importación de información del Data Grid hacia o desde excel y otros formatos de archivo. |
|
|
f. Posibilidad de comparación de esquemas y objetos. |
|
|
g. Ingeniería reversa en el DDL (Lenguaje de definición de objetos) de objetos incluidos |
|
|
h. Roles, con la posibilidad de recrear objetos en diferentes bases y esquemas. |
|
|
i. Generación reportes HTML personalizados de la Base de Datos. |
|
|
j. Generación y distribución automática de reportes de rendimiento. |
|
|
k. Visualización del Plan de ejecución de consultas SQL. |
|
|
l. Soporte y Actualización |
|
|
7. Se debe incluir las actualizaciones del software por un periodo mínimo de 36 meses. |
|
|
8. En ese período se deberán entregar las versiones, parches y fixes del software sin un costo adicional a SINTyS |
|
|
Renglón N° 9: Desarrollo de Base de datos
Especificación Mínima Requerida |
Especificación Mínima Requerida |
Folio donde se verifica su cumplimiento |
Características |
|
|
1. La finalidad es renovar licencias TOAD base edition v 10.1 o última versión disponible |
|
|
2. Cantidad de usuarios soportados por licencia: uno (1) |
|
|
3. Cantidad de Licencias: nueve (9) |
|
|
4. Se debe entregar la última versión disponible en el mercado compatible con los siguientes sistemas operativos: |
|
|
5. Windows 7 o superior |
|
|
6. La licencia debe ser a perpetuidad |
|
|
7. Debe permitir realizar los siguientes puntos: |
|
|
8. Distribución y configuración opcional para grupos de usuarios |
|
|
9. Edición y grabación de tareas para compartir y planificar tareas automáticas |
|
|
10. Manejo de proyectos |
|
|
11. Manejo y navegación sencilla de objetos de esquema |
|
|
12. Acceso restringido a las características avanzadas de Oracle |
|
|
13. Desarrollo de Diagramas ER (Entidad-Relación) |
|
|
14. Visualización del Plan de ejecución de consultas SQL |
|
|
15. Edición de SQL y PL/SQL |
|
|
16. Exportación e importación de datos |
|
|
17. Soporte de edición para código JAVA |
|
|
Soporte y Actualización |
|
|
18. Se debe incluir las actualizaciones del software por un periodo mínimo de 36 meses. |
|
|
19. En ese período se deberán entregar las versiones, parches y fixes del software sin un costo adicional a SINTyS |
|
|
Xxxxxxx Xx 00: Software de edición y diseño - Creative Cloud for Teams all Apps escritorio
Especificación Mínima Requerida |
Especificación Mínima Requerida |
Folio donde se verifica su cumplimiento |
|
Marca |
Especificar |
|
|
Modelo |
Especificar |
|
|
Cantidad |
11 |
|
|
Las versiones de software ofertadas deben ser las últimas disponibles en el mercado al momento de la presentación de la oferta. |
SI |
|
|
Compatibilidad con Sistemas Operativos |
Windows/IOS |
|
|
Arquitectura (32 ó 64 bits) |
32/64Bits |
|
|
Vigencia del contrato |
36 Meses |
|
|
Características generales |
Especificación Mínima Requerida |
|
----------- |
Adobe Photoshop |
Editar y componer imágenes, usa herramientas 3D, editar vídeo y realiza análisis de imagen avanzados. |
SI |
|
Adobe Lightroom |
Organizar y editar todas las fotografías digitales en una sola biblioteca intuitiva y procesarlas por lotes. |
SI |
|
Adobe Illustrator |
Crear gráficos vectoriales para impresiones, sitios web, vídeos y dispositivos móviles. |
SI |
|
Adobe InDesign |
Diseñar maquetaciones profesionales para la publicación digital e impresa. |
SI |
|
Adobe Premiere Pro |
Editar vídeo con herramientas de edición de alto rendimiento. |
SI |
|
Adobe After Effects |
Crear gráficos animados y efectos visuales cinematograficos. |
SI |
|
Adobe Dreamweaver |
Diseñar y desarrollar aplicaciones y sitios web basados en estándares y garantizar su mantenimiento. |
SI |
|
Adobe Muse |
Crear y publicar sitios web dinámicos sin tener que escribir código. |
SI |
|
Adobe Animate |
Crear contenido interactivo en distintos dispositivos y plataformas. |
SI |
|
Adobe Acrobat Pro |
Crear, proteger, firmar e imprimir documentos PDF y colaborar en ellos. |
SI |
|
Adobe Audition |
Crear, editar y mejorar audio para retransmisión, vídeos y películas. |
SI |
|
Adobe Bridge |
Proporciona acceso centralizado a todos los archivos. |
SI |
|
Adobe Flash Builder |
Entorno de desarrollo integrado para codificar aplicaciones Flash y publicación para dispositivos móviles. |
SI |
|
Adobe InCopy |
Permitir a los escritores y a los diseñadores trabajar simultáneamente en el mismo documento. |
SI |
|
Adobe Prelude |
Agilizar la importación y el registro de vídeo de cualquier formato. |
SI |
|
Adobe Media Encoder |
Exportación rápida de archivos de vídeo para prácticamente cualquier pantalla. |
SI |
|
Adobe Slate |
Creacion de historias visuales |
SI |
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Adobe Scoute |
Creación de perfiles de juegos Flash en sitios web y dispositivos |
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Adobe SpeedGrade |
Manipular la luz y el color en secuencias de vídeo. |
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Adobe Story Plus |
Herramientas colaborativas de elaboración de guiones, informes y planificación. |
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Adobe PhoneGap Build |
Agrupación de apps para dispositivos móviles en la nube. |
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Adobe Prelude Live Logger |
Agilización del trabajo con un registro de vídeos más inteligente. |
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Adobe Creative Cloud |
Acceso rápido desde el escritorio a los servicios y las aplicaciones de Creative Cloud |
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Adobe Extension Manager |
Instalación y gestión de extensiones de forma sencilla |
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Herramientas administrativas centralizadas |
Gestionar y controlar las licencias de aplicación única y las completas desde una práctica consola de administración. |
SI |
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Renglón N° 11: Licencias ORACLE LINUX
Objeto:
Servicio de Soporte Técnico de sistema Operativo ORACLE LINUX
Denominación Comercial y Nivel del servicio a proveer:
Oracle Linux Premier Limited Support
Vigencia del contrato: La vigencia del contrato será de TRES (3) años
Días y horario de atención: Log service requests por Web o teléfono 7x24
Definiciones de los niveles de severidad
Nivel: Definiciones de la gravedad
Severidad 1: Un problema que afecta gravemente el uso del software con fines de producción (1) (como la pérdida de los datos de producción o en los que sus sistemas de producción no están funcionando). La situación detiene las operaciones del negocio y no existe un procedimiento que permita solucionar el problema.
Severidad 2: Un problema donde el software está funcionando, pero su uso en producción se reduce severamente. La situación está causando un alto impacto en porciones de las operaciones de su negocio y no existe un procedimiento que permita solucionar el problema.
Severidad 3: Un problema que involucra la pérdida parcial, no crítica del uso del Software con fines de producción o con fines de desarrollo. (2) Para fines de producción, hay un impacto medio-bajo en su negocio, pero su negocio sigue funcionando, incluso mediante el uso de un workaround. Para fines de desarrollo, la situación causa que su proyecto de no pueda continuar o migrar a producción.
Severidad 4: Una consulta de uso general, el informe de un error de documentación, o recomendación para una mejora del producto a futuro. Para fines de producción, hay un impacto bajo o ningún impacto en su negocio o en el rendimiento y la funcionalidad de su sistema. Para fines de desarrollo, hay un impacto medio-bajo en su negocio, pero su negocio sigue funcionando, incluso mediante el uso de un workaround.
(1) "Con fines de producción" consiste en utilizar el software en un entorno de producción, por lo general utilizando datos en tiempo real y/o aplicaciones para una finalidad distinta de desarrollo y/o software de creación de prototipos o hardware. (2) "Con fines de desarrollo" consiste en utilizar el software para el propósito específico de desarrollo, creación de prototipos y demostración de software o hardware que se ejecuta con o en el software.
La solicitud de Soporte Técnico y/o actualización podrá solicitarse vía fax, telefónicamente, mediante correo electrónico o mediante sistema de registro de solicitudes basado en WEB, el que debe ponerse a disposición del organismo a través de una URL pública en Internet (indicando, en caso de corresponder usuario y contraseña requeridos para su uso).
Forma de Prestación del Servicio: La prestación del servicio de Soporte Técnico y/o actualización deberá poder brindarse telefónicamente, correo electrónico o a través de una URL
Detalle de tareas incluida en la prestación del servicio:
Soporte Técnico y actualización
La renovación del soporte deberá actualizar a la última versión de Oracle Linux Premier liberada al mercado mundial por ORACLE a la fecha de apertura de la presente licitación. |
Atención de incidentes ilimitado Vía telefónica, correo electrónico, a través de internet
Escalabilidad del problema a niveles superiores
Tiempo de máximo de respuesta del prestatario ante aviso de incidente:
Severidad 1: UNA (1) hora
Severidad 2: CUATRO (4) horas
Severidad 3: UN (1) día hábil
Severidad 4: UN (1) día hábil
Tiempo de máximo de resolución desde que el prestatario respondió al incidente: SETENTA Y DOS (72) hs.
Aclaración: El tiempo máximo de resolución se deberá contar desde el momento en que el proveedor responde a un pedido de incidente o consulta.
Entrega de nuevas versiones, parches o fixes en medio digital, o mediante un enlace para su descarga desde un sitio seguro en Internet dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas de liberado al mercado.
Envío de alertas de seguridad de los productos de software vía email.
Acceso Web a actualizaciones de documentación técnica referida al producto.
Acceso Web a información sobre "bugs" (errores), parches, actualizaciones, etc.
Todos los pedidos de solo podrán ser solicitados por la Unidad Informática del Organismo, conforme con los mecanismos establecidos previamente.
Coordinación de pedidos de asistencia presencial: Las fechas y horas en caso de necesitar del mantenimiento preventivo serán coordinados entre el Contratista, la Unidad Informática del Organismo y la dependencia donde resida el equipamiento respectivo a fin de no entorpecer las tareas de los usuarios. Los pedidos de asistencia técnica correctiva solo podrán ser solicitados por la Unidad Informática del Organismo, conforme al mecanismo establecido previamente (vía telefónica, fax, correo electrónico, Internet, etc.).
Confidencialidad de la información:
Con respecto a cualquier información que ambas partes contratantes identifiquen como reservada y sea entregada por una de las partes a la otra para cualesquiera de los fines de esta contratación, el Organismo y el Contratista se comprometen a mantenerla en forma confidencial.
IMPORTANTE: Cada tarea se considerará cumplimentada una vez que se cumpla con lo solicitado por el organismo en tiempo y forma y el área informática del organismo otorgue el certificado de conformidad de tarea cumplimentada
Penalidades:
El retraso por parte de la Adjudicataria en el cumplimiento del tiempo máximo de reparación convenido en el presente contrato dará lugar a ser sancionada con una multa equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor mensual del servicio del presente contrato por cada día de retraso, deducible del pago de la respectiva factura.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = |
0.10 * Monto / F * Plazo en días |
|
F = 0.25 para plazos mayores a SESENTA (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a SESENTA (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, el organismo podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final.
De manera independiente de las responsabilidades civiles y penales que se pudiera generar como consecuencia del incumplimiento del presente contrato.
Listado de cantidades
Nro. de Artículo |
Denominación, tipo de Licencias y versión: Descripción de los Bienes |
Cantidad de licencias |
1 |
Oracle Linux Premier Limited Support con soporte por tres (3) años |
1 |
Renglón N° 12: Licencias Karspersky - Renovación
Especificaciones Técnicas
Basadas en ETAP Versión 21 - Modelo 17 - Renovación del Servicio de Soporte Técnico y Actualización de Licencias de Software en Uso
Objeto
Renovación del servicio de Soporte Técnico y Actualización de Licencias denominado comercialmente Kaspersky Bussiness Enterprise Security con soporte
Enlace o link de Internet que describe los términos y Condiciones del servicio a renovar:
xxxx://xxxxx.xxxxxxxxx.xxx
Vigencia de la renovación del servicio
Será de tres (3) años.
Modificaciones en la prestación de la renovación
No se deben modificar las condiciones de servicios actuales.
Términos técnicos del servicio a renovar
Requerimientos Mínimos y obligatorios |
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Listado de cantidades
Nro. de Artículo |
Denominación, tipo de Licencias y versión: Descripción de los Bienes |
Cantidad de licencias Nodos |
1 |
Kaspersky Bussiness Enterprise Security con soporte por tres (3) años |
415 |
Renglón N° 13: Adquisición de Certificados SSL/TLS.
Especificaciones:
Requisitos Generales |
Especificación Requerida |
Mínimo / Deseable |
Cantidad de Dominios |
multi-dominio (wildcard *.xxxxxx.xxx.xx) |
Mínimo |
Potencia de Cifrado |
hasta 256bits |
Mínimo |
Tamaño Clave |
2048 bits |
Mínimo |
Algoritmo de Hash |
SHA2 – 256 |
Mínimo |
Nivel de Validación |
OV - Validación de la organización completa |
Mínimo |
Servidores por certificado |
Licencias Xxxxxxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxxx xx xxxxxxx |
0 (xxxx) años |
Mínimo |
Compatibilidad |
Con el 99% de los navegadores |
Mínimo |
Re-emisiones |
Gratuitas e ilimitadas |
Mínimo |
Soporte |
|
|
Soporte Técnico |
5 x 8 días y horarios laborables |
Mínimo |
Tiempo de respuesta |
12 hs |
Máximo |
Tiempo de resolución |
24 hs |
Máximo |
Renglón N° 14: Licencias de software plataforma de filtrado perimetral Checkpoint
Requisitos Generales |
Especificación Requerida |
El oferente deberá ser partner certificado Check Point tipo “SILVER” o superior. |
Sí |
Deberá tener como mínimo más de 5 años de experiencia en el mercado Argentino. |
Sí |
Se proveerán los originales de los discos de instalación, las licencias y el conjunto de manuales del sistema en castellano. |
Si |
Validez de todas las licencias por 3 años desde el momento de la compra |
Si |
|
|
Licencias a adquirir
|
2(dos) Security Gateway predefined system (4 cores, 7 Blades) for HA (CPSG-P407I-HA)
2(dos) Security Gateway and Security Management Bundle SG407i+ SM1003 compuesto por Módulo 407i con los blades : Firewall, Identity Awareness, VPN IPSEC, Advanced Networking & Clustering, IPS activado por 1 año y Application Control activado por 1 año; y un managment 1003 para 10 nodos con los blades de management Network Policy Management, Logging& Status y Endpoint Policy Management (CPSG-P407I-CPSM-P1003) Check Point Collaborative Standard por 3 años Pack de 10 horas de soporte por 3 años IPS por 2 años adicionales para el clúster |
Trade-in |
|
Licencia para Trade-in |
F6A7C84173F5 y 5A15CDFDFD3E |
Servicios a Adquirir |
|
Subscripción Check Point Collaborative Standard por el período de renovación |
Sí |
Se deberá proveer de un usuario y password con acceso tipo administrador a la base de datos de soluciones y a descarga de actualizaciones de software a nombre de SINTyS. |
Si |
Soporte |
|
Se deberán cotizar 10 horas anuales de soporte “on site” por el período de licencia de validez, dentro de los límites de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires bajo la modalidad 5x8 con un tiempo de respuesta de 8 horas. |
Sí |
ANEXO VI
DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR
FORMULARIO 13 (Según Art. 5.14 del PByCP).
Declaro bajo juramento, que la persona que suscribe, se encuentra habilitada para contratar con la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL en razón de cumplir con los requisitos del Artículo 27 del Decreto 1023/2001 “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” y que no esta incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a g) del artículo 28 del citado plexo normativo y sus modificatorios.
…………………………………………..
FIRMA Y ACLARACIÓN
ANEXO VII
DECLARACIÓN JURADA DE ELEGIBILIDAD |
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CUIT : |
|
Razón Social, Denominación o Nombre completo : |
|
Procedimiento de Selección |
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Tipo : |
|
Clase : |
|
Modalidad |
|
Número : |
|
Ejercicio : |
|
Lugar, día y hora del acto de apertura : |
|
El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inelegibilidad previstas en el Articulo 86 del Reglamento aprobado por el Decreto Nro 893/2012, y sus modificatorios y complementarios, HASTA TANTO SE DECLARE BAJO JURAMENTO LO CONTRARIO. |
|
REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL |
|
DECRETO 893/2012 |
|
ARTÍCULO 86.- PAUTAS PARA LA INELEGIBILIDAD. Deberá desestimarse la oferta, cuando de la información a la que se refiere el articulo 16 del Decreto Delegado Nro 1023/01 y sus modificaciones, o de otras fuentes, se configure, entre otros, alguno de los siguientes supuestos:
|
|
a) Pueda presumirse que el oferente es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas no habilitadas para contrata con la ADMINISTRACION NACIONAL de acuerdo a lo prescripto por el Articulo 28 del Decreto Delegado Nro 1023/01 y sus modificaciones, y de las controladas o controlantes de aquellas. |
|
b) Se trate de integrantes de empresas no habilitadas para contrata con la ADMINISTRACION NACIONAL de acuerdo a lo prescripto por el Articulo 28 del Decreto Delegado Nro 1023/01 y sus modificaciones. |
|
c) Se trate del cónyuge o pariente hasta el primer grado de consanguinidad de personas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACION NACIONAL de acuerdo a lo prescripto por el Articulo 28 del Decreto Delegado Nro 1023/01 y sus modificaciones. |
|
d) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que los oferentes han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección. Se entenderá configurada esta causal de inelegibilidad, entre otros supuestos, en ofertas presentadas por cónyuges o parientes hasta el primer grado de consaguinidad, salvo que se pruebe lo contrario. |
|
e) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieren presumir que media en el caso una simulación tendiente a eludir los efectos de las causales de inhabilidad para contratar con la ADMINISTRACION NACIONAL de acuerdo a lo prescripto por el Articulo 28 del Decreto Delegado Nro 1023/01 y sus modificaciones. |
|
f) Se haya dictado, dentro de los TRES (03) años calendarios anteriores a su presentación, alguna sanción judicial o administrativa contra el oferente por abuso de posición dominante o dumping, cualquier forma de competencia desleal o por concertar o coordinar posturas en los procedimientos de selección. |
|
g) Cuando exhiban incumplimiento en anteriores contratos de acuerdo a lo que se disponga en los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares. |
|
FIRMA : |
|
ACLARACIÓN : |
|
CARÁCTER : |
|
LUGAR Y FECHA : |
|
13