Contract
3. CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS, VIVIENDA Y URBANISMO
Secretaría General
Circular número 1/00 sobre contratos de consultoría y asistencia de proyectos de obras, homogeneización de terminología y requisitos.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Publicado el RD Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante TRLCAP), después de un detallado estudio efectuado por el Servicio de Apoyo Técnico de la Secretaría General es el momento oportuno de dictar las instrucciones precisas para normalizar la terminología derivada de algunos de los contratos que regula el citado texto legal, concreta- mente del de consultoría y asistencia aplicado a la redac- ción de proyectos y a la ejecución de obras previstos en los artículos 196.2 y 124.5 del TRLCAP.
Con la finalidad de coadyuvar a garantizar el cumpli- miento de los principios de economía, celeridad y eficacia y, en uso de las facultades conferidas en el artículo 52 de la Ley de Cantabria 2/1997, de 28 xx xxxxx, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Diputación Regional de Cantabria, se dicta la siguiente Circular de obligado cumplimiento en el ámbito de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo.
Primero: Tanto los contratos de consultoría y asistencia en que la forma de llevar a cabo el objeto del contrato sea la establecida en el artículo 196.2.a), es decir, de «elabo- ración íntegra» de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.5, como la establecida en el artículo 196.2.b), es decir, «en colaboración con la Administración y bajo su supervisión», se denominarán en cualquier escrito o refe- rencia que se haga a los mismos «contratos de consulto- ría».
Cuando el objeto del contrato sea la elaboración de informes, estudios y proyectos, se añadirá «de elabora-
El técnico o técnicos competentes del consultor debe- rán firmar también el proyecto o, en su caso, los docu- mentos o anexos que correspondan según haya sido su participación en los mismos. De este modo y a título de ejemplo, si un técnico competente realiza íntegramente el cálculo de estructuras, porque así se hubiera establecido en el PCAP, deberá firmar el anejo correspondiente con la antefirma «facultativo autor del cálculo de estructuras», lo mismo se hará, en su caso, con el estudio geotécnico, estudio de seguridad y salud, etc. En estos casos, se deberá visar en el Colegio Profesional el trabajo corres- pondiente y así se establecerá en el PCAP para conoci- miento previo de los licitadores.
El facultativo autor del proyecto será también, en este caso, «director del contrato de consultoría».
Tercero: En cada una de las dos posibilidades del con- trato de consultoría cuyo objeto es la participación en la ejecución de obras, los facultativos intervinientes serán denominados de la siguiente forma, además de cumplirse los requisitos que se indican:
a) En el contrato de consultoría de dirección de obra, el facultativo «director de obra» será externo o contratado. Se deberá visar en el ColegioProfesional esta dirección de obra, señalándose así en el PCAP para conocimiento pre- vio de los licitadores.
Un facultativo competente de la Administración, nom- brado al efecto, será el «director del contrato» o inspector de la obra.
b) En el contrato de consultoría de colaboración con la dirección de obra, el «director de obra» será un técnico competente de la Administración, nombrado al efecto, que será también el «director del contrato de consultoría».
El consultor realizará, bajo la supervisión del director de obra, los trabajos contratados.
Cuarto: Lo dispuesto en los apartados anteriores será igualmente de aplicación en los contratos menores de consultoría y asistencia.
Santander, 15 de noviembre de 2000.–El secretario general, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx.
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4. ECONOMÍA Y HACIENDA
ción íntegra» o «de colaboración con la Administración» 4.1 ACTUACIONES EN MATERIA PRESUPUESTARIA
según sea el tipo de contrato.
Cuando el objeto del contrato sea la elaboración de informes, estudios y proyectos, se añadirá «de elabora- ción íntegra» o «de colaboración con la dirección de obra» en el artículo 196.2.b), es decir, cuando se contrate apoyo o colaboración a la dirección de obra.
Segundo: En cada una de las dos posibilidades del contrato de consultoría cuyo objeto es la elaboración de informes, estudios y proyectos de carácter técnico, los facultativos intervinientes serán denominados de la siguiente forma, además de cumplirse los requisitos que se indican:
a) En el contrato de consultoría de elaboración íntegra y específicamente en el supuesto de un proyecto de cons- trucción, el «facultativo autor del proyecto» será el técnico competente del consultor que elabore y redacte el pro- yecto, debiendo firmarle en los documentos correspon- dientes con la antefirma indicada.
Un facultativo competente de la Administración, nom- brado al efecto, ejercerá las funciones de «director del contrato de consultoría» o «inspector del proyecto». De fir- mar el proyecto, lo hará siempre con esta antefirma.
El proyecto será visado en el Colegio Profesional correspondiente y así se hará constar en el PCAP para conocimiento previo de los licitadores.
b) En el contrato de consultoría de colaboración con la Administración, el «facultativo autor del proyecto» será un técnico competente de la Administración, nombrado al efecto, que deberá firmar con esa antefirma el proyecto en los documentos correspondientes.
AYUNTAMIENTO DE CAMPOO DE ENMEDIO
Aprobación inicial y exposición pública del expediente de modificación de crédito número 3/00.
Aprobado por el Pleno de esta Corporación el expe- diente de modificación de crédito número 3 dentro del vigente Presupuesto General de 2000, estará de mani- fiesto en la Secretaría de esta entidad, por espacio de quince días hábiles, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 150, en relación con el 158.2 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, durante cuyo plazo se podrán formular respecto del mismo, las reclamaciones y observaciones que se estimen pertinentes.
Matamorosa, 8 de noviembre de 2000.–El alcalde, Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
00/12020
AYUNTAMIENTO XX XXXXX
Aprobación definitiva del presupuesto general de 2000 y plantilla de personal.
Transcurrido el plazo de exposición al público del Presupuesto General para el ejercicio de 2000, aprobado por unanimidad por el Pleno en sesión celebrada el pasado día 12 xx xxxx, a la que asistieron cinco de los siete concejales que forman la corporación, queda apro-
bado definitivamente al no haber existido reclamaciones, con el siguiente resumen por capítulos:
Presupuesto de ingresos
Capítulo 1. Impuestos directos 6.341.265 pesetas.
Capítulo 2. Impuestos indirectos 345.055 pesetas. Capítulo 3. Tasas y otros ingresos 3.426.900 pesetas. Capítulo 4. Transferencias corrientes 12.131.116 pesetas.
Capítulo 5. Ingresos patrimoniales 3.071.000 pesetas. Capítulo 6. Enajenación de inversiones 11.354.400 pesetas. Capítulo 7. Transferencias de capital 13.478.000 pesetas. Capítulo 9. Pasivos financieros 4.000.000 de pesetas. Total ingresos: 54.347.736 pesetas.
Presupuesto de gastos
Capítulo 1. Gastos de personal 8.283.441 pesetas. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes 15.978.000 pesetas. Capítulo 3. Gastos Financieros 508.295 pesetas.
Capítulo 4. Transferencias corrientes 1.575.000 pesetas.
Capítulo 6. Inversiones Reales 26.128.000 pesetas. Capítulo 7. Transferencias de capital 1.000.000 de pesetas. Capítulo 9. Pasivos financieros 875.000 pesetas. Total ingresos: 54.347.736 pesetas.
Plantilla de personal
Asimismo, quedaron aprobadas la plantilla y relación de puestos de trabajo de esta entidad, que son:
Personal funcionario:
1. Con habilitación nacional: Secretaría Intervención, una plaza, grupo B, nivel 22.
Personal laboral:
1. Operario de cometidos múltiples, una plaza, cubierta.
Todo lo cual se hace público en cumplimiento de lo dis- puesto en el artículo 150 de la Ley de Haciendas Locales.
Cieza, 6 de noviembre de 2000.–El alcalde (ilegible).
00/12071
AYUNTAMIENTO DE SOBA
Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito número 3/00.
Este Ayuntamiento tiene definitivamente aprobado el expediente de modificación de créditos número tres den- tro del vigente presupuesto para 2000, con el siguiente resumen:
Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 158.2 y 150 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Soba, 7 de noviembre de 2000.–El alcalde-presidente, Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx.
00/12019
AYUNTAMIENTO DE VALDERREDIBLE
Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito número 4/00.
Transcurrido el período de exposición pública del expe- diente de modificación de créditos número cuatro del pre- supuesto general para 2000, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 30 de septiembre de 2000 y no habiéndose presentado nin- guna reclamación contra el mismo se considera definitiva- mente aprobado.
Las partidas que han sufrido modificación son las siguientes:
Aumentos
Crédito extraordinario
–Partida presupuestaria 521.623. Aumento, 400.000 pesetas. Consignación definitiva, 400.000 pesetas.
–Partida presupuestaria 751.763. Aumento, 3.000.000 de pesetas. Consignación definitiva, 3.000.000 de pese- tas.
Suplementos de crédito
–Partida presupuestaria 422.212.01. Aumento, 250.000 pesetas. Consignación definitiva, 1.250.000 pesetas.
–Partida presupuestaria 452.226.07. Aumento, 400.000 pesetas. Consignación definitiva, 3.900.000 pesetas.
–Partida presupuestaria 121.226.08. Aumento, 100.000 pesetas. Consignación definitiva, 1.000.000 de pesetas.
–Partida presupuestaria 451.226.09. Aumento, 750.000 pesetas. Consignación definitiva, 1.750.000 pesetas.
–Partida presupuestaria 44.768. Aumento, 90.000 pesetas. Consignación definitiva, 4.090.000 pesetas.
Deducción
–Partida presupuestaria 313.624. Aumento, 200.000 pesetas. Consignación definitiva, 500.000 pesetas.
Aumentos
121 222: Comunicaciones, 250.000 pesetas.
121 224: Seguros, 25.000 pesetas.
452 226: Festejos, 400.000 pesetas.
452 489: Transferencias Entidades Deport., 700.000 pesetas.
751 763: Plan Dinamización Turística, 200.000 pesetas. Suman aumentos: 1.575.000 pesetas.
Deducciones
2000 870: Remanente líquido de Tesorería, 1.575.000 pesetas.
Suman deducciones: 1.575.000 pesetas.
Después de estos reajustes el presupuesto de gastos queda como sigue a nivel de capítulos:
Capítulo I: Gastos de personal, 16.434.662 pesetas.
Capítulo II: Compra bienes corr. y serv., 36.175.000 pesetas.
Capítulo IV: Transferencias corrient., 3.025.000 pese- tas.
Capítulo VI: Inversiones reales, 53.291.049 pesetas. Capítulo VII: Transferencias capital, 9.920.677 pesetas.
Fuentes de financiación
Remanente líquido de Tesorería, 4.790.000 pesetas. Bajas por anulación, 200.000 pesetas.
Después de estos reajustes y de la ampliación de cré- ditos operada conforme a lo dispuesto en las bases de ejecución del presupuesto, el estado por capítulos del pre- supuesto de gastos, queda con las siguientes consigna- ciones:
Capítulo 1: 21.280.965 pesetas.
Capítulo 2: 41.646.100 pesetas.
Capítulo 3: 300.000 pesetas.
Capítulo 4: 2.960.000 pesetas.
Capítulo 6: 14.650.000 pesetas.
Capítulo 7: 7.090.000 pesetas.
Capítulo 9: 1.300.000 pesetas.
Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 150 y 158.2 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Valderredible, 7 de noviembre de 2000.–El xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx.
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