Contract
I. Datos generales o de identificación de la Licitación Pública
a) Nombre de la entidad convocante
Fondo Nacional de Fomento al Turismo
Dirección de Administración y Finanzas
Subdirección de Adquisiciones y Servicios Generales
Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, como Fiduciaria en el Fideicomiso Público denominado Fondo Nacional de Fomento al Turismo, en lo sucesivo “EL FONATUR”, a través de la Subdirección de Adquisiciones y Servicios Generales del FONATUR, ubicada en el 2° piso del Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México, llevará a cabo el presente procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta.
MARCO NORMATIVO
Con fundamento en lo previsto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 25, 26 fracción I, 26 Bis fracción III, 28 fracción I y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo “La Ley”, y los correlativos del Reglamento de La Ley, en lo sucesivo “El Reglamento”, y demás disposiciones relativas vigentes aplicables en la materia.
En la presente convocatoria se establecen las BASES en que se desarrolla el procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta, No. en CompraNet LA- 021W3N003-E52-2017, relativo a la contratación del “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA EL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017, A
TRAVÉS DE TARJETAS ELECTRÓNICAS”, conforme a lo siguiente:
b) Medios que se utilizarán y carácter de la Licitación Pública
Esta licitación será MIXTA de carácter NACIONAL, en la que el licitante, a su elección, podrá participar en forma presencial o electrónica en la(s) junta(s) de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones, y el acto de fallo; asimismo, sólo podrán participar personas de nacionalidad mexicana para proporcionar los servicios a contratar. FORMATO 08.
c) Número de identificación de la Convocatoria a la Licitación Pública Nacional Mixta
El número del presente procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta asignado por CompraNet es LA-021W3N003-E52-2017.
d) Período que abarca la contratación
La vigencia del contrato abierto será a partir del 01 xx xxxxx y hasta el 31 de diciembre de 2017.
e) Idioma(s) en que se presentarán las proposiciones
Los documentos que integran la proposición deberán elaborarse en idioma español.
Los Catálogos, Fichas Técnicas, Manuales y/o Anexos Técnicos deberán elaborarse en idioma español. En caso de presentarlos en idioma distinto al español, el licitante deberá presentar la traducción simple al idioma español.
f) Disponibilidad presupuestaria
Para la presente contratación del “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA EL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017, A TRAVÉS DE
TARJETAS ELECTRÓNICAS”, existe la autorización siguiente:
Se cuenta con la requisición de compra número 30005362, de fecha 09 de febrero de 2017, emitida por el FONATUR. En dicha requisición consta la suficiencia presupuestal autorizada en las partidas 26103 y 33602, para el ejercicio fiscal 2017.
II. Objeto y alcance de la Licitación Pública Nacional Mixta
a) Información necesaria para identificar los servicios a contratar
El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR), requiere el suministro del servicio por un monto máximo de $2´002,252.00 (dos millones dos mil doscientos cincuenta y dos 00/100 M.N.) para su PARTIDA ÚNICA:
PARTIDA | ENTIDAD | MONTO MINIMO | MONTO MÁXIMO |
ÚNICA | FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO | $800,900.80 | $2,002,252.00 |
PARTIDA ÚNICA
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL CANCÚN
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $59,536.80 Y EL MAXIMO ES DE $148,842.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | CHEVROLET SUBURBAN | 0000 | XXX000X | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 148,842.00 | |||
2 | DODGE DURANGO | 2002 | UUM 361B | |||||||||||||
3 | XXXX PICK UP | 2006 | TB 8162D | |||||||||||||
4 | XXXX PICK UP | 2006 | TB 8164D | |||||||||||||
5 | NISSAN SENTRA | 2002 | UUM 358B | |||||||||||||
6 | NISSAN SENTRA | 2002 | UUM 359B | |||||||||||||
7 | NISSAN TSURU | 2003 | UUM 362B | |||||||||||||
8 | DODGE STRATUS | 2002 | UUM 356B | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 148,842.00 |
148,842.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL IXTAPA
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $75,004.00 Y EL MAXIMO ES DE $187,510.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | DODGE DURANGO | 2008 | HDB-74-64 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,870.00 | 187,510.00 | |||
2 | DODGE XXXXXXX | 0000 | XX-00-000 | |||||||||||||
0 | DODGE RAM CUSTOM | 2008 | HE-59-506 | |||||||||||||
4 | XXXX F-150 PICK UP | 2007 | HE-59-507 | |||||||||||||
5 | XXXX F-150 PICK UP | 2007 | HE-59-508 | |||||||||||||
6 | HONDA | 2006 | F226U | |||||||||||||
7 | HONDA | 2006 | F227U | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,870.00 | 187,510.00 |
187,510.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL LOS CABOS
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $48,600.00 Y EL MAXIMO ES DE $121,500.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | CADILLAC ESCALADE | 2007 | CZS 2622 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 121,500.00 | |||
2 | DODGE RAM WAGON 2500 | 2009 | 205-YLH | |||||||||||||
3 | DODGE PICK UP 1500 | 1998 | CE79210 | |||||||||||||
4 | NISSAN MARCH | 2013 | CZR-9324 | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 121,500.00 |
121,500.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL XXXXXX
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $108,000.00 Y EL MAXIMO ES DE $270,000.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | CHEVROLET SUBURBAN | 1996 | CZJ-86-35 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 270,000.00 | |||
2 | DODGE RAM PICK UP 1500 | 1998 | XX-00-000 | |||||||||||||
0 | CHEVROLET VAN | 2004 | CZJ-90-41 | |||||||||||||
4 | NISSAN TSURU | 1998 | CZJ-86-38 | |||||||||||||
5 | NISSAN TSURU | 2003 | CZJ-86-37 | |||||||||||||
6 | CHEVROLET PICK UP 1500 | 1997 | CE-73-565 | |||||||||||||
7 | NISSAN SENTRA | 2002 | CZJ-86-40 | |||||||||||||
8 | NISSAN SENTRA | 2002 | CZJ-89-36 | |||||||||||||
9 | DODGE RAM PICK UP 1500 | 2008 | XX-00-000 | |||||||||||||
00 | DODGE RAM PICK UP 1500 | 2008 | CE-74-049 | |||||||||||||
11 | EMBARCACIÓN DISCOVER BAJA II | 2002 | ||||||||||||||
12 | NISSAN TSURU | 2003 | CZR-49-45 | |||||||||||||
13 | XXXX F-150 | 2006 | CE-73-620 | |||||||||||||
14 | CUATRIMOTO ARTIC CAT 4X4 | 2007 | X92CC | |||||||||||||
15 | CUATRIMOTO BOMBARDIER BISELMEX 4X4 | 2004 | X93CC | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 270,000.00 |
270,000.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL HUATULCO
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $98,600.00 Y EL MAXIMO ES DE $246,500.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | CHEVROLET SUBURBAN | 2003 | TKH2291 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 28,724.00 | 246,500.00 | |||
2 | DODGE DURANGO SLT | 2008 | THK2290 | |||||||||||||
3 | CHEVROLET CORSA | 2007 | TKM6723 | |||||||||||||
4 | CHRYSLER RAM PICK UP | 1998 | RU97616 | |||||||||||||
5 | CHRYSLER RAM PICK UP | 1998 | RU97617 | |||||||||||||
6 | NISSAN TSURU GSII | 0000 | XXX0000 | |||||||||||||
7 | NISSAN ESTACAS | 2007 | RU97615 | |||||||||||||
8 | NISSAN TSURU GSII | 1998 | TKH2293 | |||||||||||||
9 | XXXX PICK UP f-150 | 2006 | RV7549 | |||||||||||||
10 | CAMION PICK UP GM LUV | 2005 | RV21031 | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 28,724.00 | 246,500.00 |
246,500.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL NAYARIT
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $81,000.00 Y EL MAXIMO ES DE $202,500.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | DODGE DURANGO | 2008 | RGC-81-87 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 202,500.00 | |||
2 | TOYOTA TUNDRA | 2010 | PE-40-329 | |||||||||||||
3 | CHEVROLET CORSA | 2007 | RGC-81-86 | |||||||||||||
4 | CHEVROLETSILVERADO | 2006 | PE-40-480 | |||||||||||||
5 | ||||||||||||||||
6 | ||||||||||||||||
7 | ||||||||||||||||
8 | ||||||||||||||||
9 | ||||||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 202,500.00 |
202,500.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL SINALOA
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $74,160.00 Y EL MAXIMO ES DE $185,400.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | TOYOTA TACOMA | 2007 | UE-55218 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 185,400.00 | |||
2 | CHEVROLET CORSA | 2007 | VRG-7525 | |||||||||||||
3 | NISSAN GSI TSURU | 2003 | VRG-7526 | |||||||||||||
4 | CHEVROLET VAN EXPRESS | 2006 | VRG-7524 | |||||||||||||
5 | CHEVROLET SILVERADO | 2006 | UE-55219 | |||||||||||||
6 | XXXX PICK UP F-150 (AMARILLA) | 2006 | UF-44244 | |||||||||||||
7 | XXXX PICK UP F-150 (BLANCA) | 2006 | TB-37229 | |||||||||||||
8 | NISSAN SENTRA XE | 2002 | GZV-2030 | |||||||||||||
9 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
10 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
11 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
12 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
13 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
14 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
15 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
16 | POLARIS MODELO RANGER LINEA EFI 900 | 2011 | S/P | |||||||||||||
17 | CUATRIMOTO KAWASAKI MODELO KVF750A | 2005 | S/P | |||||||||||||
18 | CUATRIMOTO POLARIS MODELO SPORTSMAN | 2004 | S/P | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 185,400.00 |
185,400.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE OFICINA CENTRAL DE FONATUR
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $240,000.00 Y EL MAXIMO ES DE $600,000.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | CHEVROLET SUBURBAN | 2007 | 649-VAL | 200,000.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 40,000.00 | 0.00 | 640,000.00 | |||
2 | CHEVROLET CORSA | 2007 | 117-UUF | |||||||||||||
3 | CHEVROLET CORSA | 2007 | 517-UZG | |||||||||||||
4 | CHEVROLET CORSA | 2007 | 515-UZG | |||||||||||||
5 | CHEVROLET PICK UP | 2005 | 896-SCT | |||||||||||||
6 | CHEVROLET CORSA | 2007 | 205-VDM | |||||||||||||
7 | DODGE STRATUS | 2002 | 568-SME | |||||||||||||
8 | NISSAN SENTRA | 2002 | 479-SNP | |||||||||||||
9 | NISSAN TSURU | 2003 | 218-ZFV | |||||||||||||
10 | NISSAN X-TRAIL | 2003 | 128-SMN | |||||||||||||
11 | NISSAN PLATINA | 2008 | 450-WGZ | |||||||||||||
12 | NISSAN SENTRA | 2003 | 147-ZVJ | |||||||||||||
13 | BAJAJ AVENGER 220 | 2016 | 4C4XA | |||||||||||||
14 | VENTO REBELLIAN | 2007 | 29188 | |||||||||||||
15 | HONDA CARGO | 2008 | 29190 | |||||||||||||
16 | HONDA ACTIVA | 2005 | 29189 | |||||||||||||
17 | CHEVROLET SUBURBAN | 2008 | 200-YLH | |||||||||||||
18 | TOYOTA COROLLA | 2010 | 724-YLH | |||||||||||||
19 | CHEVROLET SUBURBAN | 2009 | 351-YKV | |||||||||||||
20 | VOLKSWAGEN TOUAREG | 2006 | 365-YKV | |||||||||||||
21 | TOYOTA COROLLA | 2009 | 391-YKV | |||||||||||||
22 | JEEP GRAN CHEROKEE | 2010 | 835-YLX | |||||||||||||
23 | VOLKSWAGEN JETTA | 2011 | F77-AFT | |||||||||||||
24 | XXXX FOCUS | 2012 | 367-ZMW | |||||||||||||
25 | VOLKSWAGEN JETTA | 2012 | 854-ZUX | |||||||||||||
26 | NISSAN SENTRA | 2012 | 931-ZUX | |||||||||||||
27 | NISSAN SENTRA | 2011 | 978-ZUX | |||||||||||||
28 | DODGE JOURNEY | 2011 | 953-ZVN | |||||||||||||
29 | XXXX ECOSPORT | 2014 | R34-ALX | |||||||||||||
30 | XXXX FIESTA | 2011 | Z67-AMB | |||||||||||||
31 | SUZUKI SWIFT | 2011 | Z68-AMB | |||||||||||||
32 | XXXXXXX MKZ | 2013 | Z62-AMB | |||||||||||||
33 | XXXX LOBO PICKUP | 2015 | S/P | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 40,000.00 | 0.00 | 640,000.00 |
640,000.00
GRAN TOTAL
Las especificaciones técnicas detalladas del servicio se encuentran en el Anexo 1
de esta convocatoria.
La contratación se realizará bajo la modalidad de contrato abierto.
b) Agrupamiento de partidas
En la presente de Licitación Pública Nacional Mixta, los servicios se agruparán en PARTIDA ÚNICA.
c) Precio máximo de referencia
En el presente procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta no se establecen precios máximos de referencia.
d) Cumplimento de Normas
De conformidad con lo establecido en el artículo 31 de La Ley, para cubrir los requerimientos técnicos establecidos en las especificaciones detalladas en el numeral II. Objeto y alcance de la Licitación Pública Nacional Mixta, no le aplican Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales y/o Normas de Referencia o especificaciones.
e) Pruebas
No se llevarán a cabo pruebas a los servicios objeto de la presente Licitación Pública Nacional Mixta.
f) Tipo de contratación
En el presente procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta se contratarán las cantidades de servicios que se encuentran en el numeral II. Objeto y Alcance de la Licitación Pública Nacional Mixta de estas bases, y de conformidad con el modelo de contrato abierto al que se sujetarán las partes de acuerdo al ANEXO 2 de esta convocatoria.
g) Modalidad de contratación
La presente contratación se llevará a cabo bajo la modalidad de Licitación Pública.
h) Adjudicación por abastecimiento simultáneo
Para este procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta no le aplica el esquema de abastecimiento simultáneo.
i) Modelo de contrato abierto al que se sujetarán las partes
Los derechos y obligaciones a los que se sujetarán las partes (el FONATUR y el licitante a quien se le adjudique el contrato abierto), se establecen en el modelo de contrato abierto que forma parte de la presente convocatoria, el cual únicamente se anexa para efectos informativos. ANEXO 02
III. Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de Licitación Pública
a) Reducción de plazos (Artículo 32 de La Ley, y 43 de El Reglamento)
Para el presente procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta no será aplicable la reducción de plazos.
b) Fecha, hora y lugar para celebrar los eventos
b.1 Visita a instalaciones
En la presente Licitación Pública no se llevarán a cabo visitas a instalaciones.
b.2 Junta de Aclaraciones
(Es optativa la presencia del licitante)
El día 24 xx xxxxx de 2017 a las 11:00 horas se celebrará la Junta de Aclaraciones, en la sala de licitaciones, ubicada en la planta baja del edificio sede del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, sita en Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx; de conformidad con lo previsto en los artículos 26 Bis fracción III, 33, 33 Bis y 37 Bis de La Ley, 45 y 46 de El Reglamento.
Podrán formular preguntas las personas que hasta veinticuatro horas antes del inicio de la Junta de Aclaraciones hayan presentado la solicitud de aclaración de todos aquellos puntos que le generan dudas. De preferencia deberán anotar el numeral de la convocatoria a la licitación al que hace referencia su duda o cuestionamiento.
Si la convocante no recibe las preguntas o solicitudes de precisiones en el tiempo establecido no dará respuesta a las mismas durante la Junta de Aclaraciones, por resultar extemporáneas, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 fracción VI de El Reglamento.
La solicitud de aclaraciones mencionada en el párrafo anterior podrá enviarse a través de CompraNet o ser presentada personalmente en el domicilio de la convocante ante la Subdirección de Adquisiciones y Servicios Generales del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, sita en Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, acompañando a su solicitud de aclaración una versión electrónica de la misma en formato Word; adicionalmente, podrá enviarse por correo electrónico a las direcciones siguientes:
xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx xxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, ya sea por medio de CompraNet o personalmente, deberán presentar un escrito en el que expresen su interés en participar en la Licitación Pública Nacional Mixta, por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante. Dicho escrito necesariamente deberá contener los datos y requisitos indicados en la fracción V del artículo 48 de El Reglamento (pudiendo utilizar el Formato 05).
Para presentar sus preguntas, preferentemente deberán hacerlo en papel membretado del licitante. Únicamente serán tomadas en cuenta las preguntas que se reciban hasta veinticuatro horas antes de la fecha y hora señalada para la celebración de la Junta de Aclaraciones. Las solicitudes de aclaración a la convocatoria a la licitación serán dirigidas a la Subdirección de Adquisiciones y Servicios Generales del FONATUR, sita en Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
Al concluir la Junta de Aclaraciones y a juicio de la convocante, podrá señalarse la fecha y hora para la celebración de ulteriores juntas.
Podrán asistir en calidad de observadores las personas que no hayan presentado el escrito con la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir con comentarios u opiniones durante el desarrollo del evento.
En caso de que el escrito en el que expresen su interés en participar en la Licitación Pública Nacional Mixta, se presente fuera del plazo previsto en el párrafo anterior o
al inicio de la Junta de Aclaraciones, el licitante sólo tendrá derecho a formular preguntas sobre las respuestas que dé la convocante en la mencionada junta.
Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria a la Licitación Pública Nacional Mixta, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. En caso de que las solicitudes no cumplan con los requisitos señalados, podrán ser desechadas por la convocante.
Se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente en un lugar visible, al que tenga acceso el público, en el domicilio del área responsable del procedimiento de contratación, por un término no menor a cinco días hábiles. El titular de la citada área dejará constancia en el expediente de la licitación, de la fecha, hora y lugar en que se hayan fijado las actas o el aviso de referencia.
b.3 Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones
El día 30 xx xxxxx de 2017 a las 11:00 horas se llevará a cabo el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en la sala de licitaciones, ubicada en la planta baja del edificio sede del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, sita en Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx; de conformidad con lo previsto en los artículos 26 Bis fracción III, 34, 35 y 37 Bis de La Ley, y artículos 44, 47, 48 y 50 de El Reglamento.
Para intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el licitante presentará un escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, pudiendo utilizar el Formato 01. Dicho escrito deberá contener los datos y requisitos indicados en la fracción V del artículo 48 de El Reglamento, mismo que deberá estar dentro del sobre cerrado que contenga la proposición. En caso de haber presentado dicho escrito en el Acto de Junta de Aclaraciones, bastará con presentar copia del mismo al inicio de su proposición; la falta de dicha copia no será motivo de desechamiento.
Asimismo, entregará junto con el sobre cerrado, copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición. No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditación de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero ésta sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de observador.
La presentación de proposiciones deberá realizarse en la fecha, hora y lugar establecidos, por lo que no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador o servidor público ajeno después de la hora señalada para el inicio del acto.
Durante el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el licitante deberá presentar sus proposiciones en forma documental y por escrito, en sobre cerrado, o bien a través de CompraNet, utilizando los medios de identificación electrónica.
En el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, serán abiertos los sobres cerrados que presenten los licitantes (un solo sobre por licitante). En primer término, se verificará en CompraNet si hay alguna proposición por este medio, si la hubiera, se abrirán los sobres que contengan las proposiciones presentadas en papel y posteriormente se descargarán las proposiciones enviadas por CompraNet, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido.
Se revisarán de forma cuantitativa (en general) las proposiciones técnicas conformadas por la documentación técnica, legal y administrativa, sin que ello implique la evaluación de su contenido, para proseguir a dar lectura al importe total de cada una de las proposiciones económicas que hubieren sido aceptadas para su posterior evaluación.
De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, para que junto con el servidor público que presida el acto o el servidor público que éste designe, rubriquen los documentos que a continuación se señalan:
Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en la que se hará constar el importe total de cada una de ellas.
El servidor público que presida el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, será el único facultado para tomar todas las decisiones durante la realización del acto, en los términos de La Ley y El Reglamento.
Se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente en un lugar visible, al que tenga acceso el público, en el domicilio del área responsable del procedimiento de contratación, por un término no menor a cinco días hábiles. El titular de la citada área dejará constancia en el expediente de la licitación, de la fecha, hora y lugar en que se hayan fijado las actas o el aviso de referencia.
b.4 Fallo
El día 31 xx xxxxx de 2017 a las 12:00 horas se llevará a cabo la junta pública para dar a conocer el fallo de la licitación, en la sala de licitaciones, ubicada en la planta baja del edificio sede del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, sita en Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx; de conformidad con lo previsto en los artículos 26 Bis Fracción III, 37 y 37 Bis de La Ley.
Se podrá entregar una copia a los asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente en un lugar visible, al que tenga acceso el público, en el domicilio del área responsable del procedimiento de contratación, por un término no menor a cinco días hábiles. El titular de la citada área dejará constancia en el expediente de la licitación, de la fecha, hora y lugar en que se hayan fijado las actas o el aviso de referencia.
b.5 Firma del contrato abierto
De conformidad con el artículo 46 de La Ley, el contrato abierto que se derive del presente procedimiento, se formalizará en la fecha, hora y lugar previstos en el propio fallo, o bien, en la convocatoria a la licitación pública y, en defecto de tales previsiones, dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación del fallo, en la Gerencia de Recursos Materiales del FONATUR, ubicada en el segundo piso del edificio sede del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, sita en Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, y en el horario comprendido de las 09:00 a las 14:30 y de las 16:00 a las 18:00 horas.
c) Envío de proposiciones a través de servicio postal o mensajería
Para el presente procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta no se recibirán proposiciones enviadas a través de servicio postal o mensajería.
d) Recepción de proposiciones
Una vez recibida(s) la(s) proposición(es) en la fecha, hora y lugar establecidos, no podrá(n) ser retirada(s) o dejarse sin efectos, por lo que deberá(n) considerarse vigente(s) dentro del procedimiento de Licitación Pública hasta su conclusión.
e) Requisitos para la presentación de proposiciones conjuntas
Para la presente Licitación Pública Nacional Mixta se aceptarán proposiciones conjuntas, para lo cual el licitante que no se encuentre en alguno de los supuestos
a que se refieren los artículos 50 y 60 de La Ley podrá agruparse con otro(s) licitante(s) para presentar proposiciones conjuntas, sin necesidad de constituir una sociedad o una nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, por lo que los interesados en participar podrán realizar la presentación conjunta de proposiciones siempre y cuando se dé cumplimiento a lo establecido por los artículos 34 de La Ley, y 44 de El Reglamento.
El licitante deberá cumplir con todos los requisitos técnicos solicitados, ya sea separada o conjuntamente, a condición de que se indique puntualmente la correlación que guarda el cumplimiento de cada requisito solicitado con las obligaciones de los integrantes de la agrupación frente a la convocante, de tal manera que se cumpla al cien por ciento con todos los requisitos de esta convocatoria.
Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar la proposición en papel membretado del licitante, así como establecer un índice del contenido de cada proposición. La omisión de los requisitos de este párrafo, no afectará la solvencia de la proposición y no será motivo para desecharla.
Cada uno de los integrantes de la proposición conjunta, deberán presentar en forma individual los escritos señalados en los puntos VI.1, VI.2, VI.3, VI.4, VI.8, VI.9 y, en su caso, el VI.7 del numeral VI. Documentos y datos que deberá presentar el licitante.
f) Presentación de proposiciones
El licitante sólo podrá presentar una proposición para esta Licitación Pública. (Artículo 39, fracción III, inciso f) de El Reglamento)
g) presentación de la documentación distinta
El licitante podrá presentar, a su elección, dentro o fuera del sobre cerrado, la documentación distinta a la que conforma las proposiciones técnica y económica, misma que forma parte de su proposición.
h) Registro de los participantes y revisión preliminar de la documentación
La convocante, antes del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, registrará a los participantes.
La convocante no realizará revisiones preliminares de la documentación distinta a las proposiciones técnica y económica.
i) Acreditamiento de la existencia legal y/o personalidad jurídica del licitante
De conformidad con lo establecido en la fracción V del artículo 48 de El Reglamento, a efecto de acreditar su existencia legal y, en su caso, la personalidad jurídica de su representante, en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el licitante podrá presentar un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:
Del licitante:
• Registro Federal de Contribuyentes,
• Nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante,
Tratándose de personas xxxxxxx, también deberá de señalar,
• La descripción del objeto social de la empresa,
• Los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx
• Y el nombre de los socios, y
Del representante legal del licitante:
• Los datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
Este escrito lo podrá presentar el licitante en formato libre, o podrá utilizar para tal efecto el FORMATO 05.
j) Parte o partes de las proposiciones que deberán rubricarse
En los términos de la fracción II del artículo 35 de La Ley, el servidor público que presida el acto, así como el representante del área requirente o área técnica, rubricarán las partes relativas a las proposiciones técnica y económica, así como la documentación distinta a la que conforma las proposiciones técnica y económica, misma que forma parte de la proposición. Así mismo, de entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno que, en forma conjunta con los servidores públicos mencionados, rubricarán las partes de las proposiciones relativas a las proposiciones técnica y económica, así como la documentación distinta a la que conforma las proposiciones técnica y económica, misma que forma parte de la proposición.
k) Indicaciones relativas al fallo y a la firma del contrato abierto
k.1 Fallo
Los datos del licitante ganador se darán a conocer en junta pública y en CompraNet el día del fallo, mismos que quedarán establecidos en el acta correspondiente, la cual podrá ser entregada a los licitantes que hubieran asistido al acto.
Para el caso de los licitantes que no hayan asistido al acto de fallo, para efectos de su notificación, éste se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre la junta pública.
Asimismo, al licitante que no haya asistido al acto de fallo y que hubiera proporcionado alguna dirección de correo electrónico, se le enviará por esa vía un aviso informándole que el acta de fallo se encuentra a su disposición en CompraNet.
k.2 Firma del contrato abierto
Para efectos de la elaboración del contrato abierto, el licitante ganador deberá presentar a partir de la emisión del fallo, original o copia certificada y copia simple para cotejo de la siguiente documentación:
Tratándose de Personas Xxxxxxx
• Acta constitutiva y sus reformas, en la que conste que se constituyó conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional.
• Cédula de identificación fiscal.
• Su representante legal deberá presentar poder otorgado ante Fedatario Público (pudiendo ser un poder especial para estos efectos, un poder para actos de administración y/o actos de dominio).
• Identificación oficial con fotografía y firma del representante legal.
• En el supuesto de que resulte adjudicada una proposición conjunta, el contrato abierto indicado en el Anexo 02 de esta convocatoria deberá ser suscrito por el representante legal o apoderado legal de la agrupación si el convenio celebrado para la proposición conjunta es elevado a escritura pública. De lo contrario, el contrato abierto respectivo deberá suscribirse por cada uno de los representantes o apoderados legales de cada una de las personas consorciadas en cuyo caso cada uno deberá acreditar su personalidad.
Tratándose de Personas Físicas
• Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, para acreditar su nacionalidad mexicana.
• Identificación oficial con fotografía y firma.
• Cédula de identificación fiscal y CURP en el caso de que no esté incluido en la cédula de identificación fiscal.
Para ambos casos (Personas Xxxxxxx y Físicas)
• Constancia del domicilio fiscal en el formato de la SHCP, en su caso.
• Estado de la cuenta bancaria o constancia de la institución financiera a nombre del prestador de servicio (beneficiario) que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la clave bancaria estandarizada (clabe) con 18 posiciones, que permita realizar transferencias electrónicas de fondos a través de los sistemas de pagos.
• Original o copia certificada de los documentos y una fotocopia, con los que acredite la información proporcionada en el FORMATO 01 de la convocatoria a la Licitación Pública (acta constitutiva, modificaciones, R.F.C., o cédula de identificación fiscal, poderes e identificación del representante legal, etc.).
• En el caso de los licitantes que hubieren presentado proposición conjunta y se les adjudique el contrato abierto, el convenio de proposición conjunta formará parte integrante del contrato abierto como uno de sus anexos.
Como resultado del fallo, la contratación será formalizada con el licitante ganador, a través de un contrato abierto, de acuerdo al modelo de contrato abierto descrito en el numeral ANEXO 02 de esta convocatoria, el cual únicamente se anexa para efectos informativos y se ajustará a esta convocatoria una vez adjudicado el mismo.
Si se le adjudica el contrato abierto al licitante que presente una proposición conjunta, el convenio de proposición conjunta correspondiente y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato abierto respectivo deberá constar en escritura pública, salvo que el contrato abierto sea firmado por todas las personas como responsables solidarios o mancomunados que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, como responsables solidarios o mancomunados que integran la agrupación, antes de la fecha fijada para la firma del contrato abierto, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.
El FONATUR no firmará el contrato abierto si de la proposición conjunta se elimina o sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 60 de La Ley.
CADENAS PRODUCTIVAS NAFIN.- Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los prestadores de servicio y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos prestadores de servicio y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa xx Xxxxxxx Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxx/xxxx.xxxx
De conformidad con los términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, cuando los prestadores de servicio que resulten adjudicados con un contrato abierto cuyo monto exceda de $300,000.00 sin incluir el IVA, previo a la formalización del mismo, los prestadores de servicio y de los que éstos subcontraten deberán presentar documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales en sentido afirmativo, o bien, generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad, requisito sin el cual no podrá formalizarse el contrato abierto correspondiente.
En caso de que los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato abierto y los que éstos últimos subcontraten, tramiten por su cuenta la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, lo harán en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.39.
En los casos en que previo a la formalización del contrato abierto no presenten las opiniones, o se comunique al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (el FONATUR) que la y/o el prestador de servicio no se encuentra al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social, el FONATUR no deberá formalizar el contrato abierto de que se trate y podrá proceder a adjudicar dicho contrato abierto a la o el licitante que hubiere obtenido el segundo lugar, siempre y cuando su proposición no supere el diez por ciento respecto a la que obtuvo el primer lugar y le notificará al Comité Integrado de Adquisiciones y a la Secretaría de la Función Pública, para efectos de la fracción IV del artículo 60 de La Ley.
La prohibición establecida no será aplicable a los particulares que se encuentren en los supuestos de que tengan a su cargo créditos fiscales firmes y/o tengan a su cargo créditos fiscales determinados, firmes o no, que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por el Código Fiscal de la Federación, siempre que celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que el Código Fiscal de la Federación establece para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades, los adeudos fiscales que tengan a su cargo con los recursos que obtengan por enajenación, arrendamiento, servicios u
obra pública que se pretendan contratar y que no se ubiquen en algún otro de los supuestos.
Aunado a lo anterior, de conformidad con el ACUERDO ACDO.SA1.HCT.250315/00.X.XX, dictado por el H. Consejo Técnico del IMSS, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 xx xxxxx de 2015, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas que vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamientos, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, están obligadas a cerciorarse de que los particulares con quienes se vaya a celebrar el contrato abierto y de los que estos últimos subcontraten, se encuentran al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social y no se ubican en alguno de los supuestos a que se refiere el primer párrafo del citado artículo. Igual obligación existe para el caso de que dichas dependencias o entidades pretendan otorgar subsidios o estímulos, excepto hasta por la cantidad de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.)
Para el caso de proposiciones conjuntas, el cumplimiento a las disposiciones precedentes deberá darse por cada uno de los integrantes de la agrupación.
En el supuesto de que el licitante ganador no se presente a firmar el contrato abierto por causas imputables a él mismo, será sancionado en los términos del artículo 60 de La Ley.
El licitante ganador asumirá la responsabilidad total frente a terceros por infringir patentes, marcas o violar registro de derecho de autor.
k.2.1 Anticipos
No se otorgarán anticipos con motivo del contrato abierto objeto de la presente Licitación Pública Nacional Mixta.
IV. Aspectos que deberá considerar el licitante para la elaboración de su proposición
El licitante que desee participar en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones deberá considerar:
a) La documentación solicitada preferentemente deberá elaborarse en papel membretado del licitante, y estar firmada en original y exhibirse sin tachaduras ni enmendaduras.
b) La proposición deberá entregarse en sobre cerrado que contenga la documentación solicitada en la presente convocatoria.
c) En todos los casos, las proposiciones técnicas y económicas deberán ser firmadas por la persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga, así como: las cartas que se requieren en esta convocatoria a la licitación, el escrito de facultades (FORMATO 05), el escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de La Ley (FORMATO 03) y la declaración de integridad (FORMATO 04). No podrán desecharse las proposiciones cuando las demás hojas que las integran y sus anexos carezcan de firma o rúbrica.
d) Los interesados en participar podrán realizar la presentación conjunta de proposiciones siempre y cuando se dé cumplimiento a lo establecido por los artículos 34 de La Ley y 44 de El Reglamento, sin la necesidad de constituir una sociedad o una nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, debiendo el representante común de la agrupación señalar, en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, que la proposición se presenta en forma conjunta.
Además del convenio a que se refiere el artículo 44 de El Reglamento, para dar cumplimiento a esta convocatoria a la licitación es indispensable que las proposiciones que presenten los licitantes en forma conjunta contengan todos los requisitos técnicos, legales, administrativos y económicos como a continuación se solicita.
Los licitantes deberán cumplir con todos los requisitos técnicos solicitados, ya sea separada o conjuntamente, a condición de que se indique puntualmente la correlación que guarda el cumplimiento de cada requisito solicitado con las obligaciones de los consorciados frente a la convocante, de tal manera que se cumpla al cien por ciento con todos los requisitos que incluye, desde luego, el Anexo 1 de esta convocatoria.
Los requisitos legales y administrativos señalados en los puntos VI.1, VI.2, VI.3, VI.4, VI.8, VI.9 y, en su caso, el VI.7 del numeral VI. Documentos y datos que deberá presentar el licitante deberán cumplirse por cada persona consorciada. Por cuanto hace a los aspectos económicos del numeral IV. 2 Requisitos Económicos de esta convocatoria a la licitación, estos deberán ser presentados por el representante común que xxxxx nombrado los consorciados.
IV. 1 Aspectos Técnicos
En la fecha señalada para la presentación y apertura de proposiciones, y de conformidad con el ANEXO 1, el sobre cerrado que se entregue deberá contener la documentación técnica que a continuación se enuncia:
A.- EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A QUE EL LICITANTE DEBERÁ OTORGAR A, EL ACCESO POR LÍNEA INTERNET PARA REALIZAR CONSULTAS DE SALDOS, DISPERSIONES Y PREVIA SOLICITUD DE FONATUR, CONFIRMAR LA MODIFICACIÓN DE PARÁMETROS, LAS 24 HORAS DE TODOS LOS DÍAS DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO ABIERTO.
B.- PARA DEMOSTRAR LA COBERTURA NACIONAL EN EL SERVICIO, EL LICITANTE DEBERÁ PROPORCIONAR UN CATÁLOGO ACTUALIZADO DE GASOLINERAS AFILIADAS, MISMAS QUE DEBERÁN TENER UNA COBERTURA EN UN RADIO NO MAYOR A SIETE KILOMETROS A PARTIR DE LA UBICACIÓN DE LAS OFICINAS DE FONATUR, DE ACUERDO A LOS DOMICILIOS PROPORCIONADOS EN EL NUMERAL 10 DE ESTE ANEXO TÉCNICO, EL CUAL TENDRÁ QUE SER PRESENTADO EN FORMA IMPRESA Y EN MEDIO MAGNÉTICO.
C.- EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A QUE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS QUE OFERTE Y QUE SUMINISTRE EL LICITANTE ADJUDICADO, DEBERÁN SER ACEPTADAS EN TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS AFILIADOS QUE PROPORCIONE EN EL CATÁLOGO PRESENTADO.
D.- EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE ACEPTA QUE EL PAGO DE LOS MONTOS A DISPERSAR Y EL PORCENTAJE DE COMISIÓN MÁS IVA POR EL SERVICIO, SERÁ CUBIERTO POR, SIN EXCEDER LOS 20 DÍAS NATURALES DE HABER ENVIADO SU FACTURACIÓN VIA CORREO ELECTRÓNICO AL CONTACTO QUE FONATUR DESIGNE, PREVIA CARGA EL DÍA PRIMERO NATURAL DE CADA MES, DE LOS MONTOS SOLICITADOS. TODO ELLO A ENTERA SATIFACCIÓN DEL ÁREA SOLICITANTE POR LA ENTREGA DE LOS SERVICIOS.
E.- EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A QUE EL EMPAQUE DE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS SERÁN EMPACADAS DEBIDAMENTE PARA EVITAR DAÑOS, ANTE EL MANEJO Y SU TRASLADO, TRAYECTO Y ALMACENAJE, ADEMÁS CONTENDRÁN LA INFORMACIÓN NECESARIA PARA SU IDENTIFICACIÓN.
F.- EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A QUE EL TRANSPORTE Y EL SEGURO QUE SE UTILIZARÁ SERÁ EL MÁS CONVENIENTE PARA QUE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS SEAN ENTREGADAS CON LA DEBIDA OPORTUNIDAD, ADEMÁS LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS VIAJARÁN ASEGURADAS POR CUENTA Y RIESGO DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, DESDE QUE SALEN DE SU LUGAR DE ORIGEN Y HASTA QUE SEAN ENTREGADOS EN EL LUGAR INDICADO POR FONATUR A PLENA SATISFACCIÓN DEL MISMO.
G.- EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR SU CURRICULUM VITAE QUE REFLEJE SU EXPERIENCIA, ACREDITANDOLO MEDIANTE COPIA DE CONTRATOS A NOMBRE DEL LICITANTE QUE SUMEN POR LO MENOS UN AÑO EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE ESTA LICITACIÓN, CELEBRADOS EN UN PLAZO NO MAYOR A CINCO AÑOS
ANTERIORES, LO CUAL SE PODRÁ CONSTATAR CON EL OBJETO SOCIAL DE SU EMPRESA QUE DEBERÁ ESTAR CONTENIDO EN EL FORMATO 01 DE ESTA CONVOCATORIA. ASÍ MISMO, EN EL CURRÍCULUM DEBERÁN CITAR NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O DE LA EMPRESA, NOMBRE DEL CONTACTO, PUESTO, DOMICILIO, DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Y TELÉFONOS DE AL MENOS 3 CLIENTES DE REFERENCIA.
H.- EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A ENTREGAR LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS, A LAS PERSONAS Y EN LOS DOMICILIOS INDICADOS EN EL NUMERAL 10 DE ESTE ANEXO TÉCNICO.
I.- PARA QUE LA CONVOCANTE SE ENCUENTRE EN POSIBILIDADES DE CONTRATAR EN LAS MEJORES CONDICIONES DISPONIBLES EN CUANTO A PRECIO, CALIDAD, FINANCIAMIENTO Y OPORTUNIDAD, SE REQUIERE QUE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS SEAN LOS EMISORES DE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS PARA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS QUE OFERTEN, DE TAL MANERA QUE LAS MISMAS DEBERÁN CONTENER IMPRESO EL LOGOTIPO PROPIO DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, O BIEN LA RAZÓN SOCIAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, POR LO QUE LOS LICITANTES DEBERÁN PRESENTAR UNA MUESTRA O EJEMPLAR DE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS DE COMBUSTIBLE QUE OFERTE CON LA LEYENDA “MUESTRA” O INDICATIVO DE QUE NO PODRÁ SER USADA PARA OTROS FINES.
IV. 2 Requisitos Económicos
De conformidad con el numeral IV de la presente convocatoria a la licitación, a continuación se enuncia la documentación económica que deberá contener el sobre cerrado que presente el licitante.
El licitante presentará su proposición económica expresando que los precios son fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato abierto, en moneda nacional (pesos mexicanos), desglosando el I.V.A., conforme al FORMATO 08 de esta convocatoria a la licitación, el cual deberá contener como mínimo los siguientes datos:
- Descripción detallada del servicio a ofertar.
- Unidad de medida del servicio a ofertar.
- Cantidad mínima y máxima del servicio a ofertar.
- Precio unitario del servicio a ofertar.
- Importe mínimo y máximo del servicio a ofertar.
- Importe con letra mínimo y máximo total del servicio a ofertar.
Se deberán incluir todos los costos adicionales requeridos para la prestación de los servicios objeto de la presente licitación; la convocante únicamente evaluará como parte de la proposición económica los costos plasmados en este documento.
Cuando se presenten errores de cálculo en las proposiciones presentadas, la
convocante aplicará las correcciones con base en los criterios previstos por el artículo 55 de El Reglamento.
IV.3 Causas de desechamiento
De conformidad con el artículo 29, fracción XV de La Ley, será causa de desechamiento de las proposiciones cuando el licitante incurra en una o varias de las siguientes situaciones:
a) Si no cumple con alguno de los requisitos y especificaciones solicitados en la presente convocatoria.
b) Cuando presente documentos alterados, tachados y/o con enmendaduras.
c) Cuando el licitante presente más de una proposición.
d) Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de La Ley.
e) Cuando se solicite una manifestación “bajo protesta de decir verdad” y esta leyenda sea omitida en el documento correspondiente.
f) Cuando los documentos o archivos electrónicos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, no estén foliados en todas y cada una de las hojas que los integren (falta absoluta de folio). Al efecto, se deberán numerar de manera individual las proposiciones técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.
En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la convocante no podrá desechar la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la convocante tampoco podrá desechar la proposición
g) Cuando el licitante no presente su proposición en sobre cerrado, en términos de lo señalado en la fracción XI del artículo 2 de El Reglamento.
h) Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español y no presente la traducción simple al idioma español.
i) En el caso de las proposiciones enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica (CompraNet), se tendrá por no presentada la proposición y demás documentación requerida en la presente convocatoria, cuando el (los) archivo(s) electrónico(s) que contenga(n) dicha información no pueda(n) abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.
j) Cuando se omita la presentación de alguno de los requisitos y/o condiciones legales, técnicos y económicos establecidos expresamente en esta convocatoria o de los que se deriven del acto de Junta de Aclaraciones al contenido de las mismas, que se consideren indispensables para evaluar la proposición y que afecten directamente su solvencia.
k) En el caso de proposiciones conjuntas, cuando no se presente el original del convenio privado, o bien, cuando dicho convenio no reúna los requisitos señalados.
l) Cuando el licitante incurra en cualquier violación a las disposiciones de La Ley, de El Reglamento o cualquier otro ordenamiento legal en la materia.
m) Cuando alguno de los documentos que integra la proposición carezca de la firma autógrafa del Representante Legal o de la persona con poder para actos de administración y/o dominio o poder especial para actos de Licitación Pública.
n) Cuando el licitante no presente alguno de los escritos o manifiestos a que se refieren los numerales IV Y VI de la presente convocatoria.
o) Cuando el licitante señale condicionantes distintas a las señaladas en la presente convocatoria dentro de su proposición, a cualquiera de los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
p) Cuando alguna de las partidas o subpartidas de la proposición económica presentada se cotice en 0 (cero), o no indique el precio unitario.
q) Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los servicios solicitados, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes; o existan elementos de los que sea posible desprender que existe una relación o vinculación entre dos o más licitantes.
r) Cuando el licitante proponga un plazo de entrega y/o realización mayor al solicitado o no cumpla con el plazo establecido, en cuyo caso prevalecerá el estipulado en la presente convocatoria.
s) Cuando presente la proposición económica en moneda extranjera.
t) Cuando el monto de la proposición económica del licitante que resulte mejor evaluado, exceda la suficiencia presupuestal con la que se cuenta para esta contratación, y en concepto del área requirente no sea posible ni conveniente la reasignación de recursos económicos para cubrir el faltante; o bien, por la naturaleza del servicio a contratar no sea posible su reducción.
De conformidad con el artículo 56 de La Ley, las proposiciones desechadas durante la licitación podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las proposiciones se conservarán hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos la convocante podrá proceder a su devolución o destrucción
V. Criterios específicos conforme a los cuales se evaluarán las proposiciones y se adjudicará el contrato abierto respectivo
Los criterios para evaluar la solvencia de las proposiciones guardarán relación con los requisitos, documentos, datos y especificaciones solicitados en la convocatoria a la Licitación Pública Nacional Mixta, para la integración de las proposiciones técnicas y económicas, por lo que en la evaluación se verificará que las proposiciones cumplan con todos los requisitos, documentos, datos y especificaciones que el licitante debe cumplir y que se consideran indispensables porque afectan la solvencia de la proposición, establecidos en los puntos II, IV y VI de la presente convocatoria.
V.1 Criterio de Evaluación Binario
El FONATUR sólo adjudicará el contrato abierto a quien cumpla los requisitos establecidos en la Convocatoria a la Licitación Pública Nacional Mixta y oferte el precio más bajo.
Se aplicará el criterio de evaluación binario (CUMPLE o NO CUMPLE) para los requisitos establecidos en los numerales II, IV y VI de la presente convocatoria, y solamente las proposiciones que cumplan con los requisitos, documentos y datos establecidos en estos numerales como indispensables y determinantes para la
solvencia de las proposiciones serán consideradas como susceptibles de ser adjudicadas.
Para efectos de evaluación, el FONATUR procederá a realizar la valoración de todas las proposiciones presentadas en Licitación Pública Nacional Mixta.
En el supuesto de que en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se presente una sola proposición, el FONATUR procederá a su evaluación de igual forma.
V.2 Criterios de Adjudicación
Se considera solvente la proposición del licitante que cumplió todos los requisitos de la convocatoria y reúne las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por el FONATUR, y garantiza satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
El contrato abierto se adjudicará a la proposición que resulte solvente y cuyo importe total (PARTIDA ÚNICA) sea el más bajo.
Para efecto de lo antes señalado, el FONATUR determinará si el importe total de los servicios de la PARTIDA ÚNICA incluyendo impuestos, según la información establecida en el FORMATO 08 de la presente convocatoria (entendiéndose que el precio será el importe total de la PARTIDA ÚNICA propuesto por el licitante resulta ser el más bajo.
Los servicios objeto de esta Licitación Pública Nacional Mixta, se adjudicarán en su totalidad (PARTIDA ÚNICA) a un solo licitante ganador.
En caso de empate entre dos o más proposiciones, se procederá conforme a lo dispuesto por los artículos 36 Bis segundo y tercer párrafos de La Ley, por lo tanto, el licitante que participe en el presente procedimiento con el carácter de MIPYME, deberá presentar copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con ese carácter, utilizando para tal fin el FORMATO 06.
Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o más proposiciones, de conformidad con el criterio de desempate previsto en el párrafo segundo del artículo 36 Bis de La Ley, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales, debiendo en primer término adjudicar el contrato abierto a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse
con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
El licitante que pertenezca al sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales podrá acceder a la preferencia establecida en el párrafo anterior, como parte de su proposición, deberá presentar el FORMATO 06 con la información solicitada en el mismo que lo acredite como micro, pequeña o mediana empresa.
De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, se adjudicará el contrato abierto al licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, en los términos establecidos en el artículo 54 de El Reglamento.
VI. Documentos y datos que deberá presentar el licitante.
En la fecha señalada para la presentación y apertura de proposiciones, y de conformidad con el numeral IV. Aspectos que deberá considerar el licitante para la elaboración de su proposición, el sobre cerrado que se entregue deberá contener la documentación legal y administrativa que a continuación se enuncia, en los formatos sugeridos para ello o en escrito libre, siendo motivo de desechamiento el incumplimiento de cualquiera de los requisitos solicitados, a excepción del indicado en el punto VI.7 de presentación conjunta.
VI.1 Para acreditar su existencia legal y la personalidad jurídica de su representante, el licitante presentará un escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos indicados en el FORMATO 01 de conformidad con lo dispuesto por la fracción V del artículo 48 de El Reglamento, así mismo, deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con la misma.
VI.2 Declaración en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que la persona física o moral que representa es de nacionalidad mexicana. FORMATO 02
VI.3 Escrito, bajo protesta de decir verdad, en los términos del FORMATO 03 de no ubicarse en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de La Ley.
VI.4 Declaración de integridad en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de la dependencia induzcan o alteren
las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que les puedan otorgar condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. FORMATO 04
VI.5 Escrito que deberán presentar las personas para intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones técnicas y económicas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 29 fracción VI de La Ley. FORMATO 05
VI.6 IDENTIFICACIÓN OFICIAL
Para intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el licitante entregará, junto con el sobre cerrado, copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición.
No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditación de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero ésta sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de observador.
VI.7 El licitante que pertenezca al sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales podrá acceder a la preferencia. Como parte de su proposición, deberá presentar el FORMATO 06 con la información solicitada en el mismo que lo acredite como micro, pequeña o mediana empresa.
VI.8 Documento en el que conste el acuse de recepción de solicitud de opinión ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales, únicamente en el caso de que el monto de su proposición exceda de $300,000.00, sin incluir el IVA, están obligadas a cerciorarse de que los particulares con quienes se vayan a celebrar los contratos abiertos y de los que estos últimos subcontraten, se encuentran al corriente en sus obligaciones en materia fiscal.
VI.9 Documento en el que conste el acuse de recepción de solicitud de opinión ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, únicamente en el caso de que el monto de su proposición exceda de $300,000.00, sin incluir el IVA., están obligadas a cerciorarse de que los particulares con quienes se vayan a celebrar los contratos abiertos y de los que estos últimos subcontraten, se encuentran al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social.
VI.10 En su caso, el convenio firmado por cada una de las personas que integran una proposición conjunta, indicando en el mismo las obligaciones específicas de la contratación que corresponderá a cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento.
VI.11 Declaración escrita en la que manifiesten el licitante que conoce y acepta todos los requerimientos y condiciones establecidas en la convocatoria.
VI.12 Integración, elaboración y entrega de proposiciones
En la elaboración de su proposición, el licitante deberá considerar lo que en su caso se asiente en el acta de la(s) Junta(s) de Aclaraciones.
En la determinación de los precios solicitados, el licitante debe considerar en la elaboración de su proposición, todos los costos necesarios para la correcta y oportuna prestación de los servicios objeto de esta Licitación Pública Nacional Mixta, de acuerdo a las estipulaciones contractuales contenidas en el modelo de contrato abierto.
El licitante, a su elección, podrá presentar su proposición en forma documental y por escrito, en sobre cerrado, durante el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, o bien a través de CompraNet, utilizando los medios de identificación electrónica.
Cuando el licitante elija presentar su proposición a través de CompraNet deberá observar lo siguiente:
La proposición se integrará con la proposición técnica y con la proposición económica, así como la documentación distinta a la que conforma la proposición técnica y económica, misma que forma parte de su proposición.
Se presentará en un sobre cerrado, identificado con el Nombre o razón social del licitante y con el Número de Licitación Pública Nacional Mixta, dicho sobre será generado mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, a través del programa informático que la Secretaría de la Función Pública les proporcione una vez concluido el proceso de certificación correspondiente.
Deberá elaborarse en formatos WORD, EXCEL, PDF, HTML o, en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera, incluyendo la documentación no preparada por el licitante tales como catálogos y/o folletos y/o fichas técnicas, y/o impresiones de páginas de Internet.
Preferentemente, deberá identificarse cada una de las páginas que integran la proposición, con los datos siguientes: clave del Registro Federal de Contribuyentes, número de Licitación Pública Nacional Mixta y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la
impresión que se realice de los documentos durante el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.
Adicionalmente, deberá emplear en sustitución de la firma autógrafa, el medio de identificación electrónica proporcionado previamente por la Secretaría de la Función Pública.
Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica y agilizar la conducción de los actos del procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta, se solicita preferentemente presentar la proposición en papel membretado del licitante, así como establecer un índice del contenido de cada proposición. La omisión de los requisitos de este párrafo, no afectará la solvencia de la proposición y no será motivo para desecharla.
Las condiciones contenidas en esta convocatoria así como en las proposiciones presentadas por los licitantes no podrán ser negociadas.
NOTA: El licitante que xxxxx presentar su proposición a través de CompraNet, no estará obligado a presentar documento alguno en forma presencial, ya que durante los diferentes eventos de la presente licitación pública, el envío de documentación se realizará vía electrónica a través del Sistema CompraNet.
Cuando el licitante elija presentar su proposición en forma personal, deberá observar lo siguiente:
La proposición deberá ser firmada autógrafamente por la persona facultada para ello, en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma.
Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las proposiciones técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.
Si alguna o algunas hojas de los documentos que integran la proposición carecen de folio, y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la proposición no será desechada.
En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la convocante tampoco desechará la proposición.
La entrega de las proposiciones técnica y económica se hará en sobre cerrado, identificado preferentemente con el Nombre o razón social del licitante y con el
Número de la Licitación Pública Nacional Mixta, y a elección del licitante la documentación distinta de la proposición podrá entregarla dentro o fuera del sobre que la contenga, así mismo, si algún licitante presenta su proposición en dos sobres, dado que tal aspecto no afecta la solvencia de las proposiciones, no será motivo de desechamiento ya que al abrirse ambos documentos la proposición quedará integrada y a la vista de todos los asistentes.
El licitante entregará, junto con el sobre cerrado, copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente (credencial de elector, pasaporte vigente o cédula profesional), tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición.
Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar la proposición en papel membretado del licitante, así como establecer un índice del contenido de cada proposición. La omisión de los requisitos de este párrafo no afectará la solvencia de la proposición y no será motivo para desecharla.
El licitante sólo podrá presentar una proposición en la presente Licitación Pública Nacional Mixta.
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, no podrán ser retiradas o dejarse sin efectos, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta hasta su conclusión.
VII. Domicilio de las oficinas de la autoridad administrativa competente y la dirección electrónica de CompraNet, en que podrán presentarse inconformidades contra los actos de la Licitación Pública Nacional Mixta.
A N E X O 0 1
PROPOSICIÓN TÉCNICA
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. en COMPRANET LA-021W3N003-E52-2017
I.- GENERALIDADES DEL SERVICIO
I.1.- Periodo que abarcará la contratación
El contrato que se derive del presente procedimiento será abierto y se llevará a cabo en el ejercicio fiscal 2017.
La vigencia del contrato abierto será a partir del 1 xx xxxxx de 2017 al 31 de diciembre de 2017.
I.2 Importes presupuestales
El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR), requiere contratar un monto máximo para el suministro del servicio de $2,002,252.00 (dos millones dos mil doscientos cincuenta y dos 00/100 M.N.) para su PARTIDA ÚNICA:
PARTIDA | ENTIDAD | MONTO MINIMO | MONTO MÁXIMO |
ÚNICA | FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO | $800,900.80 | $2,002,252.00 |
NOTA: Los montos incluyen el Impuesto al Valor Agregado y están expresados en Moneda Nacional. No incluyen la comisión ni el IVA de la comisión.
La adjudicación del contrato será al Licitante que en su momento cumpla técnica y administrativamente con todos y cada uno de los requerimientos y oferte la comisión más baja incluyendo el costo de las tarjetas electrónicas DE LA PARTIDA ÚNICA.
II.- OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
El objeto y alcance de la presente Licitación Pública Nacional consiste en lo siguiente:
OBJETO: Servicio de suministro de combustible, lubricantes y aditivos. ALCANCE: Para el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, correspondiente
AL EJERCICIO FISCAL 2017, A TRAVÉS DE TARJETAS ELECTRÓNICAS.
Para la contratación del servicio de “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA EL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017, A TRAVÉS DE
TARJETAS ELECTRÓNICAS”, los Licitantes como parte de su propuesta técnica deberán cumplir con los siguientes requisitos:
El presente documento tiene como objetivo proporcionar a los Licitantes las especificaciones técnicas para la contratación del servicio de “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA EL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017, A
TRAVÉS DE TARJETAS ELECTRÓNICAS”, para que sean consideradas objeto de la presente Licitación Pública Nacional.
A todos los Licitantes se les recomienda leer detalladamente el presente documento a fin de que elaboren la propuesta técnica más adecuada más adecuada para el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, así como proporcionar la información solicitada en cada uno de los capítulos del presente documento, respetando el orden en que le son presentados.
Para esta Licitación, el Fondo Nacional de Fomento al Turismo da por hecho que los Licitantes que presenten ofertas están enterados de todos los requerimientos incluidos en el presente documento y que éstos han sido comprendidos en su totalidad. En consecuencia, los Licitantes no podrán argumentar que en su proposición, no incluyeron algún requerimiento solicitado por desconocimiento del mismo.
Los servicios deberán contar con todas las características y especificaciones contenidas en la presente convocatoria.
III.- Descripción detallada de los servicios a contratar
1.- EL PRESTADOR DEL SERVICIO SE OBLIGA A PRESTAR EL “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA EL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017, A TRAVÉS DE TARJETAS ELECTRÓNICAS”, EN EL QUE DEBERÁN SER UTILIZADAS EN LAS GASOLINERAS QUE SE ENCUENTREN AFILIADAS. LAS RECARGAS DEBERÁN SER EL 1ER. DÍA NATURAL DE CADA MES, Y EL PEDIDO SERÁ PREVIAMENTE REQUERIDO AL PROVEEDOR POR EL ÁREA SOLICITANTE DE FONATUR, VÍA CORREO ELECTRÓNICO, LA ÚLTIMA SEMANA DE CADA MES ANTERIOR A LA RECARGA. EN LO QUE RESPECTA AL MES XX XXXXX DE 2017, LOS PEDIDOS CORRESPONDIENTES SE REALIZARÁN A PARTIR DE LA FORMALIZACIÓN DEL PEDIDO Y CONTRATO ABIERTO.
2.- EL PRESTADOR DEL SERVICIO DEBERÁ CONTESTAR VÍA CORREO ELECTRÓNICO CONFIRMANDO LA RECEPCIÓN DEL MISMO, DONDE SE FIJAN LA RECARGAS DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS A SUMINISTRAR A MÁS TARDAR EL DÍA HÁBIL SIGUIENTE A LA RECEPCIÓN DEL COMUNICADO QUE EMITIRÁ LA GERENCIA DE SERVICIOS GENERALES DE FONATUR.
3.- EL LICITANTE SE OBLIGA A QUE LOS PLÁSTICOS DEBERÁN CONTAR CON LA MARCA, MODELO Y EL NÚMERO DE PLACAS DE CIRCULACIÓN, ASÍ COMO A PROPORCIONAR NIP CONFIDENCIAL DE CADA UNO DE LOS PLÁSTICOS. LOS DATOS DE LOS VEHÍCULOS SERÁN PROPORCIONADOS POR FONATUR.
4.- EL LICITANTE SE OBLIGA A QUE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS (PLÁSTICOS) DEBERÁN CONTAR YA SEA CON CHIP DE SEGURIDAD, O CON BANDA ELECTRÓNICA, O CON CÓDIGO XX XXXXXX, POR LO QUE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DEBERÁN OFERTARLAS POR LO MENOS CON UNA DE LAS CARACTERÍSTICAS MENCIONADAS, QUE SON LAS MÍNIMAS REQUERIDAS POR FONATUR, LAS QUE LE GARANTIZAN LA SEGURIDAD NECESARIA PARA LA PRESTACIÓN DE ESTE SERVICIO.
5.- EL PRESTADOR DEL SERVICIO SE OBLIGA A QUE EN CASO DE CANCELACIÓN DE ALGUNA TARJETA ELECTRÓNICA (PLÁSTICO) POR EXTRAVÍO Ó QUE ESTE SE ENCUENTRE DAÑADO, EL PRESTADOR DE SERVICIOS ADJUDICADO, SE COMPROMETE A REPONERLOS O CAMBIARLOS PARA FONATUR A MÁS TARDAR EN UN PLAZO NO MAYOR A 5 DÍAS HÁBILES CONTADAS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN ESCRITA QUE REALICE FONATUR. EL SALDO CON QUE CUENTA LA TARJETA ELECTRÓNICA DEBERÁ SER TRANSFERIDO CUANDO SE ENTREGUE EL NUEVO PLÁSTICO. EL CAMBIO O REPOSICIÓN EL PRESTADOR DE SERVICIOS LA DEBERÁ REALIZAR EN CUALQUIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS SEÑALADAS EN ESTE ANEXO TÉCNICO, ASÍMISMO SE OBLIGA A RESPONDER POR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.
6.- EL LICITANTE SE OBLIGA A QUE EL SERVICIO DEBERÁ CONTAR CON LA POSIBILIDAD DE APLICAR LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS, EN CASO DE REQUERIRSE POR FONATUR:
A.- CUENTE CON EL SERVICIO DE RECARGA CONFORME A LOS REQUERIMIENTOS DE FONATUR
B.- PERIODICIDAD DE LA RECARGA CONFORME A LOS REQUERIMIENTOS DEL FONATUR
C.- MONTO QUE SE ASIGNA A LA TARJETA MEDIANTE EL SISTEMA
D.- INDICAR SÍ SE REQUIERE INGRESAR EL KILOMETRAJE AL CONSUMIR E.- AUTORIZAR LA COMPRA DE LUBRICANTES Y ADITIVOS
7.- SE ANEXA RELACIÓN DE DATOS ESPECIFICOS DE LOS VEHÍCULOS AUTORIZADOS PARA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS QUE REQUIERE FONATUR, LOS CUALES SE REALIZARÁN DE ACUERDO AL PEDIDO MENSUAL POR PARTE DE LA GERENCIA DE SERVICIOS GENERALES DE FONATUR. EL PRESTADOR DE SERVICIOS ADJUDICADO EN SU MOMENTO, DEBERÁ REALIZAR LA CARGA TOTAL DE CADA MES A CUENTAS CONCENTRADORAS, MISMAS QUE DEBERÁ CREAR PARA ESE EFECTO.
8.- EN EL CASO DE QUE LAS TARJETAS (PLÁSTICOS) TENGAN COSTO, EL PAGO DE LAS MISMAS, SE EFECTUARÁ SIN EXCEDER DE VEINTE DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA ENTREGA DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE.,
9.- EN CASO DE APLICAR COSTO EN LAS TARJETAS (PLÁSTICOS), EL LICITANTE DEBERÁ DESGLOSAR EN SU PROPUESTA ECONÓMICA, EL COSTO UNITARIO DE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS REQUERIDAS (PLÁSTICOS), MISMO QUE DEBERÁ INCLUIR EL ENVÍO, DESGLOSANDO EL IVA DE CADA UNA, ASÍ COMO EL IMPORTE DE LA COMISIÓN POR LOS SERVICIOS Y EL IMPORTE DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE DICHA COMISIÓN.
10.- EL PARTICIPANTE SE OBLIGA A ENTREGAR LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS, SIN COSTO ADICIONAL A LAS PERSONAS Y LOS DOMICILIOS QUE SE DESCRIBEN A CONTINUACIÓN:
No. DE SUBPARTIDA | OFICINAS ADMINISTRATIVAS DE FONATUR | DOMICILIO | PERSONA RESPONSABLE DE RECIBIR LAS TARJETAS |
1 | DELEGACIÓN REGIONAL CANCÚN, XXXXXXXX XXX | XX. XXXXX XXXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX 0, X.X. 00000 CANCÚN Q. XXX | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX |
0 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, XXXXXXXX | PASEO DE LOS VIVEROS NO 2 CP. 40880 IXTAPA XXXXXXXXXXX XXX. | XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX |
0 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXXX, XXXX XXXXXXXXXX XXX | XXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX XX 00.0 XXX. XXXXX XX XXXX XX. 00000, XXX XXXX XXX XXXX, XXX. | XXXXX XXXXXXX XXXXXX |
4 | DELEGACIÓN REGIONAL LORETO BAJA CALIFORNIA SUR | XXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX XX 000 XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX, XXX. XXXXXX XX. 00000 LORETO, BCS. | XXXXX XXXXXXX XXXXXX |
No. DE SUBPARTIDA | OFICINAS ADMINISTRATIVAS DE FONATUR | DOMICILIO | PERSONA RESPONSABLE DE RECIBIR LAS TARJETAS |
5 | DELEGACIÓN REGIONAL NAYARIT | XXXXXXXXX XXXXX XX XXXX-XXXXXXX XXXXX XX 0, XXXXXXX XXXXXX, X.X. 00000, BAHÍA XX XXXXXXXX NAYARIT | XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXXXX |
6 | DELEGACIÓN REGIONAL XXXXX XXX XXXXXXXX SINALOA | XX. XXXXXX XXXXXXXX Xx 0000 XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX X.X. 00000 MAZATLAN SINALOA | XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX |
0 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | XXXXXXXXX XXXXXX X/X XXXXXX X XXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXX X.X. 00000 | XXXXX XXXXXXX XXXXX |
8 | CIUDAD DE MÉXICO OFICINA CENTRAL DE FONATUR | TECOYOTITLA NO 100, PISO 2, COL FLORIDA, C.P. 01030, CIUDAD DE MÉXICO.. | XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX |
PARTIDA ÚNICA
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL CANCÚN
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $59,536.80 Y EL MAXIMO ES DE $148,842.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | CHEVROLET SUBURBAN | 0000 | XXX000X | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 148,842.00 | |||
2 | DODGE DURANGO | 2002 | UUM 361B | |||||||||||||
3 | XXXX PICK UP | 2006 | TB 8162D | |||||||||||||
4 | XXXX PICK UP | 2006 | TB 8164D | |||||||||||||
5 | NISSAN SENTRA | 2002 | UUM 358B | |||||||||||||
6 | NISSAN SENTRA | 2002 | UUM 359B | |||||||||||||
7 | NISSAN TSURU | 2003 | UUM 362B | |||||||||||||
8 | DODGE STRATUS | 2002 | UUM 356B | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 16,538.00 | 148,842.00 |
148,842.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL IXTAPA
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $75,004.00 Y EL MAXIMO ES DE $187,510.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | DODGE DURANGO | 2008 | HDB-74-64 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,870.00 | 187,510.00 | |||
2 | DODGE XXXXXXX | 0000 | XX-00-000 | |||||||||||||
0 | DODGE RAM CUSTOM | 2008 | HE-59-506 | |||||||||||||
4 | XXXX F-150 PICK UP | 2007 | HE-59-507 | |||||||||||||
5 | XXXX F-150 PICK UP | 2007 | HE-59-508 | |||||||||||||
6 | HONDA | 2006 | F226U | |||||||||||||
7 | HONDA | 2006 | F227U | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,830.00 | 20,870.00 | 187,510.00 |
187,510.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL LOS CABOS
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $48,600.00 Y EL MAXIMO ES DE $121,500.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | CADILLAC ESCALADE | 2007 | CZS 2622 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 121,500.00 | |||
2 | DODGE RAM WAGON 2500 | 2009 | 205-YLH | |||||||||||||
3 | DODGE PICK UP 1500 | 1998 | CE79210 | |||||||||||||
4 | NISSAN MARCH | 2013 | CZR-9324 | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 13,500.00 | 121,500.00 |
121,500.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL LORETO
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $108,000.00 Y EL MAXIMO ES DE $270,000.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | CHEVROLET SUBURBAN | 1996 | CZJ-86-35 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 270,000.00 | |||
2 | DODGE RAM PICK UP 1500 | 1998 | XX-00-000 | |||||||||||||
0 | CHEVROLET VAN | 2004 | CZJ-90-41 | |||||||||||||
4 | NISSAN TSURU | 1998 | CZJ-86-38 | |||||||||||||
5 | NISSAN TSURU | 2003 | CZJ-86-37 | |||||||||||||
6 | CHEVROLET PICK UP 1500 | 1997 | CE-73-565 | |||||||||||||
7 | NISSAN SENTRA | 2002 | CZJ-86-40 | |||||||||||||
8 | NISSAN SENTRA | 2002 | CZJ-89-36 | |||||||||||||
9 | DODGE RAM PICK UP 1500 | 2008 | XX-00-000 | |||||||||||||
00 | DODGE RAM PICK UP 1500 | 2008 | CE-74-049 | |||||||||||||
11 | EMBARCACIÓN DISCOVER BAJA II | 2002 | ||||||||||||||
12 | NISSAN TSURU | 2003 | CZR-49-45 | |||||||||||||
13 | XXXX F-150 | 2006 | CE-73-620 | |||||||||||||
14 | CUATRIMOTO ARTIC CAT 4X4 | 2007 | X92CC | |||||||||||||
15 | CUATRIMOTO BOMBARDIER BISELMEX 4X4 | 2004 | X93CC | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 30,000.00 | 270,000.00 |
270,000.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL HUATULCO
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $98,600.00 Y EL MAXIMO ES DE $246,500.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | CHEVROLET SUBURBAN | 2003 | TKH2291 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 28,724.00 | 246,500.00 | |||
2 | DODGE DURANGO SLT | 2008 | THK2290 | |||||||||||||
3 | CHEVROLET CORSA | 2007 | TKM6723 | |||||||||||||
4 | CHRYSLER RAM PICK UP | 1998 | RU97616 | |||||||||||||
5 | CHRYSLER RAM PICK UP | 1998 | RU97617 | |||||||||||||
6 | NISSAN TSURU GSII | 0000 | XXX0000 | |||||||||||||
7 | NISSAN ESTACAS | 2007 | RU97615 | |||||||||||||
8 | NISSAN TSURU GSII | 1998 | TKH2293 | |||||||||||||
9 | XXXX PICK UP f-150 | 2006 | RV7549 | |||||||||||||
10 | CAMION PICK UP GM LUV | 2005 | RV21031 | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 27,222.00 | 28,724.00 | 246,500.00 |
246,500.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL NAYARIT
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $81,000.00 Y EL MAXIMO ES DE $202,500.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | DODGE DURANGO | 2008 | RGC-81-87 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 202,500.00 | |||
2 | TOYOTA TUNDRA | 2010 | PE-40-329 | |||||||||||||
3 | CHEVROLET CORSA | 2007 | RGC-81-86 | |||||||||||||
4 | CHEVROLETSILVERADO | 2006 | PE-40-480 | |||||||||||||
5 | ||||||||||||||||
6 | ||||||||||||||||
7 | ||||||||||||||||
8 | ||||||||||||||||
9 | ||||||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 22,500.00 | 202,500.00 |
202,500.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE LA DELEGACIÓN REGIONAL SINALOA
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $74,160.00 Y EL MAXIMO ES DE $185,400.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | TOYOTA TACOMA | 2007 | UE-55218 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 185,400.00 | |||
2 | CHEVROLET CORSA | 2007 | VRG-7525 | |||||||||||||
3 | NISSAN GSI TSURU | 2003 | VRG-7526 | |||||||||||||
4 | CHEVROLET VAN EXPRESS | 2006 | VRG-7524 | |||||||||||||
5 | CHEVROLET SILVERADO | 2006 | UE-55219 | |||||||||||||
6 | XXXX PICK UP F-150 (AMARILLA) | 2006 | UF-44244 | |||||||||||||
7 | XXXX PICK UP F-150 (BLANCA) | 2006 | TB-37229 | |||||||||||||
8 | NISSAN SENTRA XE | 2002 | GZV-2030 | |||||||||||||
9 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
10 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
11 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
12 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
13 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
14 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
15 | CUATRIMOTO HONDA TRX-350 | 2006 | S/P | |||||||||||||
16 | POLARIS MODELO RANGER LINEA EFI 900 | 2011 | S/P | |||||||||||||
17 | CUATRIMOTO KAWASAKI MODELO KVF750A | 2005 | S/P | |||||||||||||
18 | CUATRIMOTO POLARIS MODELO SPORTSMAN | 2004 | S/P | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 20,600.00 | 185,400.00 |
185,400.00
GRAN TOTAL
PARQUE VEHICULAR DE OFICINA CENTRAL DE FONATUR
EL MINIMO DEL CONTRATO PARA ESTE SERVICIO ES DE $240,000.00 Y EL MAXIMO ES DE $600,000.00
No. | MARCA/SUBMARCA | MODELO | PLACAS | ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
1 | CHEVROLET SUBURBAN | 2007 | 649-VAL | 200,000.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 40,000.00 | 0.00 | 640,000.00 | |||
2 | CHEVROLET CORSA | 2007 | 117-UUF | |||||||||||||
3 | CHEVROLET CORSA | 2007 | 517-UZG | |||||||||||||
4 | CHEVROLET CORSA | 2007 | 515-UZG | |||||||||||||
5 | CHEVROLET PICK UP | 2005 | 896-SCT | |||||||||||||
6 | CHEVROLET CORSA | 2007 | 205-VDM | |||||||||||||
7 | DODGE STRATUS | 2002 | 568-SME | |||||||||||||
8 | NISSAN SENTRA | 2002 | 479-SNP | |||||||||||||
9 | NISSAN TSURU | 2003 | 218-ZFV | |||||||||||||
10 | NISSAN X-TRAIL | 2003 | 128-SMN | |||||||||||||
11 | NISSAN PLATINA | 2008 | 450-WGZ | |||||||||||||
12 | NISSAN SENTRA | 2003 | 147-ZVJ | |||||||||||||
13 | BAJAJ AVENGER 220 | 2016 | 4C4XA | |||||||||||||
14 | VENTO REBELLIAN | 2007 | 29188 | |||||||||||||
15 | HONDA CARGO | 2008 | 29190 | |||||||||||||
16 | HONDA ACTIVA | 2005 | 29189 | |||||||||||||
17 | CHEVROLET SUBURBAN | 2008 | 200-YLH | |||||||||||||
18 | TOYOTA COROLLA | 2010 | 724-YLH | |||||||||||||
19 | CHEVROLET SUBURBAN | 2009 | 351-YKV | |||||||||||||
20 | VOLKSWAGEN TOUAREG | 2006 | 365-YKV | |||||||||||||
21 | TOYOTA COROLLA | 2009 | 391-YKV | |||||||||||||
22 | JEEP GRAN CHEROKEE | 2010 | 835-YLX | |||||||||||||
23 | VOLKSWAGEN JETTA | 2011 | F77-AFT | |||||||||||||
24 | XXXX FOCUS | 2012 | 367-ZMW | |||||||||||||
25 | VOLKSWAGEN JETTA | 2012 | 854-ZUX | |||||||||||||
26 | NISSAN SENTRA | 2012 | 931-ZUX | |||||||||||||
27 | NISSAN SENTRA | 2011 | 978-ZUX | |||||||||||||
28 | DODGE JOURNEY | 2011 | 953-ZVN | |||||||||||||
29 | XXXX ECOSPORT | 2014 | R34-ALX | |||||||||||||
30 | XXXX FIESTA | 2011 | Z67-AMB | |||||||||||||
31 | SUZUKI SWIFT | 2011 | Z68-AMB | |||||||||||||
32 | XXXXXXX MKZ | 2013 | Z62-AMB | |||||||||||||
33 | XXXX LOBO PICKUP | 2015 | S/P | |||||||||||||
TOTAL MENSUAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 40,000.00 | 0.00 | 640,000.00 |
640,000.00
GRAN TOTAL
NOTA: El parque vehicular relacionado es el que recibirá el suministro de combustible de manera enunciativa más no limitativa, toda vez que FONATUR, puede dar de baja y alta vehículos, por necesidades propias del Fondo.
IV.- Documentos que deberán presentar los licitantes como parte de su propuesta
a) EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A QUE EL LICITANTE DEBERÁ OTORGAR A, EL ACCESO POR LÍNEA INTERNET PARA REALIZAR CONSULTAS DE SALDOS, DISPERSIONES Y PREVIA SOLICITUD DE FONATUR, CONFIRMAR LA MODIFICACIÓN DE PARÁMETROS, LAS 24 HORAS DE TODOS LOS DÍAS DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO ABIERTO.
b) PARA DEMOSTRAR LA COBERTURA NACIONAL EN EL SERVICIO, EL LICITANTE DEBERÁ PROPORCIONAR UN CATÁLOGO ACTUALIZADO DE GASOLINERAS AFILIADAS, MISMAS QUE DEBERÁN TENER UNA COBERTURA EN UN RADIO NO MAYOR A SIETE KILOMETROS A PARTIR DE LA UBICACIÓN DE LAS OFICINAS DE FONATUR, DE ACUERDO A LOS DOMICILIOS PROPORCIONADOS EN EL NUMERAL 10 DE ESTE ANEXO TÉCNICO, EL CUAL TENDRÁ QUE SER PRESENTADO EN FORMA IMPRESA Y EN MEDIO MAGNÉTICO.
c) EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A QUE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS QUE OFERTE Y QUE SUMINISTRE EL LICITANTE ADJUDICADO, DEBERÁN SER ACEPTADAS EN TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS AFILIADOS QUE PROPORCIONE EN EL CATÁLOGO PRESENTADO.
d) EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE ACEPTA QUE EL PAGO DE LOS MONTOS A DISPERSAR Y EL PORCENTAJE DE COMISIÓN MÁS IVA POR EL SERVICIO, SERÁ CUBIERTO POR, SIN EXCEDER LOS 20 DÍAS NATURALES DE HABER ENVIADO SU FACTURACIÓN VIA CORREO ELECTRÓNICO AL CONTACTO QUE FONATUR DESIGNE, PREVIA CARGA EL DÍA PRIMERO NATURAL DE CADA MES, DE LOS MONTOS SOLICITADOS. TODO ELLO A ENTERA SATIFACCIÓN DEL ÁREA SOLICITANTE POR LA ENTREGA DE LOS SERVICIOS.
e) EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A QUE EL EMPAQUE DE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS SERÁN EMPACADAS DEBIDAMENTE PARA EVITAR DAÑOS, ANTE EL MANEJO
Y SU TRASLADO, TRAYECTO Y ALMACENAJE, ADEMÁS CONTENDRÁN LA INFORMACIÓN NECESARIA PARA SU IDENTIFICACIÓN.
f) EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A QUE EL TRANSPORTE Y EL SEGURO QUE SE UTILIZARÁ SERÁ EL MÁS CONVENIENTE PARA QUE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS SEAN ENTREGADAS CON LA DEBIDA OPORTUNIDAD, ADEMÁS LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS VIAJARÁN ASEGURADAS POR CUENTA Y RIESGO DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, DESDE QUE SALEN DE SU LUGAR DE ORIGEN Y HASTA QUE SEAN ENTREGADOS EN EL LUGAR INDICADO POR FONATUR A PLENA SATISFACCIÓN DEL MISMO.
g) EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR SU CURRICULUM VITAE QUE REFLEJE SU EXPERIENCIA, ACREDITANDOLO MEDIANTE COPIA DE CONTRATOS A NOMBRE DEL LICITANTE QUE SUMEN POR LO MENOS UN AÑO EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE ESTA LICITACIÓN, CELEBRADOS EN UN PLAZO NO MAYOR A CINCO AÑOS ANTERIORES, LO CUAL SE PODRÁ CONSTATAR CON EL OBJETO SOCIAL DE SU EMPRESA QUE DEBERÁ ESTAR CONTENIDO EN EL FORMATO 01 DE ESTA CONVOCATORIA. ASÍ MISMO, EN EL CURRÍCULUM DEBERÁN CITAR NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O DE LA EMPRESA, NOMBRE DEL CONTACTO, PUESTO, DOMICILIO, DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Y TELÉFONOS DE AL MENOS 3 CLIENTES DE REFERENCIA.
h) EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A ENTREGAR LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS, A LAS PERSONAS Y EN LOS DOMICILIOS INDICADOS EN EL NUMERAL 10 DE ESTE ANEXO TÉCNICO.
i) PARA QUE LA CONVOCANTE SE ENCUENTRE EN POSIBILIDADES DE CONTRATAR EN LAS MEJORES CONDICIONES DISPONIBLES EN CUANTO A PRECIO, CALIDAD, FINANCIAMIENTO Y OPORTUNIDAD, SE REQUIERE QUE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS SEAN LOS EMISORES DE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS PARA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS QUE OFERTEN, DE TAL MANERA QUE LAS MISMAS DEBERÁN CONTENER IMPRESO EL LOGOTIPO PROPIO DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, O BIEN LA RAZÓN SOCIAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, POR LO QUE LOS
LICITANTES DEBERÁN PRESENTAR UNA MUESTRA O EJEMPLAR DE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS DE COMBUSTIBLE QUE OFERTE CON LA LEYENDA “MUESTRA” O INDICATIVO DE QUE NO PODRÁ SER USADA PARA OTROS FINES.
IV. PENAS CONVENCIONALES.
En caso de existir atraso en la entrega de los servicios por el prestador del servicio, por causas imputables a él mismo, se sancionará con una pena convencional del 1% (uno por ciento) sin incluir el IVA diario, aplicada en función a los servicios no prestados oportunamente.
A N E X O 0 2
MODELO DE CONTRATO ABIERTO
CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL FONATUR”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA
, EN SU CARÁCTER DE APODERADA Y POR LA OTRA, LA EMPRESA --------------- A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL , EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL,
DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
I. “EL FONATUR” declara que:
I.1. Es un Fideicomiso del Gobierno Federal constituido en Nacional Financiera,
S.A. (actualmente S.N.C.) como institución fiduciaria, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Fomento al Turismo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 28 de enero 1974, cuyo patrimonio fue entregado en Fideicomiso a Nacional Financiera, S.A (actualmente S.N.C), mediante contrato de Fideicomiso de fecha 29 xx xxxxx de 1974, celebrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la fiduciaria, mismo que quedó debidamente inscrito bajo el número en el Registro de Contrato de
Fideicomiso.
Dicho contrato fue modificado mediante convenio de fecha 30 xx xxxxx del 2000, celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la fiduciaria, para adecuarlo a la normatividad vigente a las entidades paraestatales.
I.2. La Ley Federal de Fomento al Turismo se abrogó por la Ley Federal de Turismo, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de enero de 1980 y ésta a su vez por la Ley Federal de Turismo, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de febrero de 1984, ratificando ambas la existencia de “EL FONATUR”.
I.3. La Ley Federal de Turismo publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1992, abrogó la última de las leyes indicadas en el inciso anterior y ratificó la existencia de “EL FONATUR”.
I.4. La vigente Ley General de Turismo publicada en el Diario Oficial de la Federación del 17 xx xxxxx de 2009, abrogó la Ley Federal de Turismo,
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1992 y ratificó la existencia de “EL FONATUR”.
I.5. Los servicios materia del presente contrato abierto se pagarán con cargo a las partidas presupuestales 26103 y 33602 del presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal del 2017, datos que se contienen la Requisición de Compra No. 30005362, de fecha 09 de febrero de 2017.
I.6. Entre los servicios que requiere se encuentra el contratar un “PRESTADOR DEL SERVICIO” que proporcione el “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA EL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017, A TRAVÉS DE TARJETAS ELECTRÓNICAS”.
l.7. Ha considerado y evaluado la capacidad, recursos, especialidades y demás elementos con que cuenta “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” para celebrar con éste el presente contrato abierto.
I.8. De conformidad con los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en lo sucesivo LA LEY), fue adjudicado el contrato abierto a favor de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” mediante procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta, con fundamento en los artículos 25, 26 fracción I, 26 Bis fracción III, 28 fracción I, 36, 36 Bis, 37 y 47 de LA LEY. La documentación que soporta la adjudicación (Oficio de autorización, justificación de la contratación, anexo técnico) forma parte del presente contrato abierto.
En caso de discrepancia entre la convocatoria a la Licitación Pública y el modelo de contrato abierto, prevalecerá lo establecido en la convocatoria que dio origen al presente instrumento legal.
I.9. El apoderado de “EL FONATUR” acredita su personalidad mediante Escritura
Pública No.
, de fecha de
de , ante la
xx xxx Xxxxxxx Público No. --------- de la Ciudad de México, Lic. ------------------
---------------------, poderes que no le han sido revocados ni modificados de manera alguna.
I.10. Con esta fecha se verificó en el directorio de proveedores sancionados de la página web de la Secretaría de la Función Pública y no se encontró a la empresa --. Dicha verificación fue realizada por la
Gerencia de Recursos Materiales de “EL FONATUR”.
II. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” declara que:
II.1. Es una empresa constituida conforme a la legislación mexicana, según consta en el testimonio de la escritura pública número , de fecha --
-- de --------------- de -----, otorgada ante la fe del Licenciado ----------------------
--, Notario Público número -- de la Ciudad de México, debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México, bajo el número
-----, a fojas ---, del Volumen -----, Libro de la Sección Comercio,
ahora folio mercantil número --.
II.2. Mediante el testimonio de la escritura pública número ---------------, de fecha --
----- de ---------- de -------------, otorgada ante la fe del Licenciado ----------------
----------------------------------, Notario Público número --- de la Ciudad de México, inscrito bajo el folio mercantil número ---------------- del Registro Público de Comercio de la Ciudad de México, acordó adoptar el régimen de capital variable y modificar diversas cláusulas de sus estatutos sociales.
II.3. Después de diversas modificaciones, mediante testimonio de la escritura pública número --------------------, de fecha --- de diciembre de ,
otorgada ante la fe del -------------------------------------------, Notario Público número de la Ciudad de México, se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas, en la cual se reformó la cláusula primera de los estatutos sociales para quedar bajo la denominación actual.
II.4. Dentro de su objeto social se encuentra ------------------------------------------------
.
II.5. Se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el número:
.
II.6. Cuenta con la capacidad legal, las instalaciones, equipo y recursos humanos necesarios para proporcionar los servicios objeto de este contrato abierto, conforme lo autorice “EL FONATUR”.
II.7. El (La) apoderado(a) de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” acredita su personalidad mediante el testimonio de la Escritura Pública No. ---------------
de fecha --------- de ---------- de ----------------, pasada ante la xx xxx Xxxxxxx
Público No. -------------- de la Ciudad de México, Lic y
manifiesta que dicha personalidad y facultades no le han sido revocados ni modificados en forma alguna.
II.8. Ha presentado a “EL FONATUR”, la proposición para la realización del servicio objeto de este contrato abierto, misma que forma parte integrante del mismo.
II.9. Conoce plenamente el contenido y requisitos que establece LA LEY, su Reglamento, y las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones y Servicios para “EL FONATUR”, así como las disposiciones legales y administrativas aplicables al presente contrato abierto.
II.10. Bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en los supuestos previstos en los artículos 50 y 60 de LA LEY.
II.11. Presentó Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en sentido positivo vigente, expedida por el Servicio de Administración Tributaria. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como de la Regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 y demás Disposiciones Legales Aplicables.
II.12. Presentó la Opinión Positiva del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social, expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social de acuerdo con lo señalado en el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como en la Regla Primera del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.250315/00.X.XX del 25 xx xxxxx de 2015, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Expuestas las anteriores declaraciones, las partes otorgan las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga frente a “EL FONATUR” a prestar el “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA EL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017, A TRAVÉS DE TARJETAS
ELECTRÓNICAS”, en lo sucesivo “LOS SERVICIOS”, cuyos objetivos, alcances, desglose y detalles, así como las características, especificaciones, fecha, lugar y condiciones de entrega, reportes e informes, se describen en el Anexo 01, documento que signado por las partes se incluye al presente como si a la letra se insertase.
SEGUNDA.- Como contraprestación por la prestación de “LOS SERVICIOS”, “EL FONATUR” pagará a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, un importe mínimo de $-
-------------- (---------------------- pesos 00/100 M.N.) más el Impuesto al Valor
Agregado, y un importe máximo de $--------------- (---------------------- pesos 00/100
M.N.) más el Impuesto al Valor Agregado, por el periodo comprendido del 01 xx xxxxx y hasta el 31 de diciembre de 2017, bajo los términos y condiciones que se consignan en el presente contrato abierto.
MONTOS (NO INCLUYE IVA) | IVA DE MONTOS (16%) | COMISIÓN POR EL SERVICIO SOBRE LOS MONTOS (NO INCLUYE IVA) | IVA DE LA COMISIÓN POR EL SERVICIO | COSTO DE LA TARJETA (SI ES QUE APLICA) NO INCLUYE IVA | IVA DEL COSTO DE LA TARJETA (SI ES QUE APLICA) | TOTAL | |
MONTO MÍNIMO | |||||||
MONTO MÁXIMO |
“EL FONATUR” pagará mensualmente a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” por servicios efectivamente devengados y previa autorización de los mismos dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación de la factura y entrega del contra recibo en la Subgerencia de Egresos de “EL FONATUR”, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xx. 000, 0xx., xxxx, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, previa recepción y aceptación de “LOS SERVICIOS” y con la aprobación de la Gerencia de Servicios Generales de “EL FONATUR”, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xx. 000, 0x Xxxx, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. Si la factura entregada por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” presenta errores o deficiencias, “EL FONATUR”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción indicará por escrito las deficiencias a corregir, por lo que el tiempo que se lleve “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, no se computará para efectos del pago.
El monto total, así como los precios unitarios serán fijos y no estarán sujetos a escalación de precios durante la vigencia del presente contrato abierto.
“EL FONATUR” cubrirá a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, mediante depósito que se realice a la cuenta número ---------------, clabe --------------------- del banco ---
-----------------------, a nombre de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, en la
inteligencia de que éste, podrá modificar el número de cuenta y el nombre de la institución citadas, siempre que dé aviso a “EL FONATUR” por lo menos con 10 (diez) días naturales de anticipación a la fecha en que “EL FONATUR” deba depositar la cantidad de dinero a su favor. Dicha modificación deberá ser firmada por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. El depósito antes mencionado se efectuará a través del sistema denominado “Pago Interbancario” que “EL FONATUR” tiene establecido y siempre que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” hubiere cumplido con todas sus obligaciones contractuales. La cuenta que se menciona en esta cláusula, deberá estar a nombre de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, “EL FONATUR” no será responsable si por cualquier causa no imputable a éste, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se ve imposibilitado a realizar el cobro del depósito referido.
Dentro del monto total de este contrato abierto, quedan comprendidas las erogaciones que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” utilice para la eficaz realización de “LOS SERVICIOS”. Así como sus utilidades, impuestos, derechos de autor, imprevistos y cualquier gasto o expensas directas o indirectas que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” tenga que efectuar con motivo de este contrato abierto.
El pago se efectuará previa verificación y aprobación por “EL FONATUR” de la fiel realización de “LOS SERVICIOS”, conforme a lo pactado en este contrato abierto. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” acepta que en tanto ello no se cumple estos no se tendrán por recibidos o aceptados.
No obstante lo anterior, “EL FONATUR” se reserva expresamente el derecho de reclamar a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” en caso de que “LOS SERVICIOS” presenten deficiencias, estén mal ejecutados, pago en exceso o de lo indebido, y cualquier otro concepto de reclamación, por lo cual, aunque hubiere sido pagada cualquier cantidad como contraprestación por la prestación de “LOS SERVICIOS”, no se consideran como aceptados.
En caso de que exista(n) pago(s) indebido(s) o pago(s) en exceso que haya recibido “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, éste deberá de reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL FONATUR”.
Cualquier modificación al presente instrumento, deberá ser formalizada mediante el convenio correspondiente, caso contrario “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello y en su caso quedarán los mismos a favor de “EL FONATUR” sin ningún costo adicional.
No se otorgará anticipo en el presente contrato abierto.
TERCERA: La vigencia del contrato abierto será de 275 días naturales, a partir del 01 xx xxxxx y hasta el 31 de diciembre de 2017.
CUARTA.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de este contrato abierto se obliga a prestar “LOS SERVICIOS” y a cumplir con todas las obligaciones que tiene a su cargo en tiempo y forma.
QUINTA.- Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato abierto y sus anexos, sin perjuicio de que “EL FONATUR” aplique, de los pagos que haga a favor de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.
SEXTA.- “EL FONATUR” a través del Lic. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Gerente de Servicios Generales de “EL FONATUR” fungirá como responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato abierto, quien tendrá el derecho de supervisar en todo tiempo, la prestación de “LOS SERVICIOS” y comunicará por escrito a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” las instrucciones que estime pertinentes para el mejor cumplimiento del presente instrumento. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a atender las observaciones que hiciere “EL FONATUR” y en caso de que tuviera razones de carácter técnico para no hacerlo, deberá de expresarlas mediante comunicación escrita a “EL FONATUR”, para que éste resuelva en definitiva.
Es facultad de “EL FONATUR” realizar las inspecciones por sí o a través de terceros a “LOS SERVICIOS” por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”.
SÉPTIMA.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato abierto, el cual será especializado y autorizado por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para sus trabajadores.
Asimismo, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” reconoce y acepta que con relación al presente contrato abierto, actúan exclusivamente como prestadores de servicio independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados y “EL FONATUR”.
Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de “EL FONATUR” o se involucre a “EL FONATUR”, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado a sacarlo en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a “EL FONATUR”, de cualquier cantidad que llegare a erogar por tal concepto.
“EL FONATUR” tendrá en todo tiempo el derecho de pedir la sustitución del personal de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” que haya designado para la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato abierto y si este no atiende los requerimientos solicitados por “EL FONATUR” incurrirá en incumplimiento en caso de negarse a realizar dicha sustitución. Dicha sustitución deberá realizarse dentro de un plazo de 10 días naturales siguientes a la solicitud por parte de “EL FONATUR”.
OCTAVA.- “EL FONATUR” podrá rechazar “LOS SERVICIOS”, si estos no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato abierto y/o en sus anexos, obligándose “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” en este supuesto a realizarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para “EL FONATUR”.
NOVENA.- Son obligaciones a cargo de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, además de las que expresamente se señalan en el contrato abierto, las siguientes:
a) Contar con personal técnico especializado para la prestación de “LOS SERVICIOS”.
b) Solicitar oportunamente a “EL FONATUR” la información y/o documentación necesaria para la prestación de “LOS SERVICIOS”.
c) Informar y señalar a “EL FONATUR”, las herramientas, accesorios y demás elementos utilizados para la correcta realización de “LOS SERVICIOS”.
d) Xxxxxxx adecuadamente las instrucciones y recomendaciones que por escrito y oportunamente le formule “EL FONATUR”.
DÉCIMA.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” asume cualquier responsabilidad en que incurra por violaciones que se causen en materia de patentes, franquicias, marcas o derechos de autor, con respecto a los recursos, técnicas, equipos, accesorios, suministros y en general cualquier elemento utilizado en la prestación de “LOS SERVICIOS”.
En caso de que terceros presenten reclamación por “LOS SERVICIOS”, “EL FONATUR” dará aviso por escrito a las autoridades competentes y a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” para que este dentro de un plazo no mayor de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la notificación correspondiente hagan frente a dichas reclamaciones o acciones judiciales, sacando en paz y a salvo a “EL FONATUR” de cualquier tipo de responsabilidad.
Asimismo, en caso de reclamación presentada por terceros “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga con “EL FONATUR” a corregir “LOS SERVICIOS” o modificarlos y en su defecto, devolver los importes pagados por “LOS SERVICIOS”. Por otro lado, si como consecuencia de lo anterior, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” no pudiera prestar “LOS SERVICIOS”, “EL FONATUR” podrá dar por rescindido el presente contrato abierto y “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” deberá pagar los gastos que hubiere erogado “EL FONATUR” por reclamaciones de terceros o de autoridades, así como por los daños y perjuicios que éste hubiere sufrido, dichos pagos deberán efectuarse en un plazo no mayor de 15 (quince) días hábiles posteriores a la fecha en la que autoridad competente determine el monto respectivo o en su caso, el pago que se hubiere hecho.
En caso de que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” no pueda continuar prestando “LOS SERVICIOS” por cualquier tipo de litigio, “EL FONATUR” podrá rescindir administrativamente el presente contrato abierto, en los términos de la cláusula Décima Séptima.
DÉCIMA PRIMERA.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” bajo ninguna
circunstancia podrá transferir los derechos y obligaciones derivados del contrato abierto, con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de “EL FONATUR” que con motivo del presente contrato abierto se otorgue.
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO” podrá ceder su derechos de cobro a favor de un Intermediario Financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y el “FONATUR” otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nacional Financiera (NAFIN) Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo.
En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007, que incluye las reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 06 xx xxxxx del 2009 y 25 xx xxxxx de 2010.
DÉCIMA SEGUNDA.- “EL FONATUR” se compromete a proporcionar a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” todos los datos necesarios para que éste pueda desarrollar sus actividades y a su vez “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se compromete a manejar todos los datos que se le proporcionen, con carácter
estrictamente confidencial y aprovecharlos única y exclusivamente en función del mejor desarrollo de sus actividades a favor de “EL FONATUR”.
La violación de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” a lo contenido en esta cláusula, da lugar a la rescisión del presente contrato abierto. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” será plenamente responsable por cualquier daño o perjuicio que pudiera ocasionar en la prestación de “LOS SERVICIOS” aquí contratados, ya fuere ante “EL FONATUR” o ante terceros por utilizar la información proporcionada por “EL FONATUR” sin respetar la obligación de mantenerla bajo estricta confidencialidad. Dicha obligación deberá de transmitirla al personal que labore para “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” en “LOS SERVICIOS” objeto del presente instrumento.
DÉCIMA TERCERA.- Cualquier modificación al presente contrato abierto, deberá realizarse en términos del Artículo 52 de LA LEY.
DÉCIMA CUARTA.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” será responsable de la presentación a “EL FONATUR” de sus facturas en tiempo y forma a efecto que al término del presente contrato abierto quede cubierta la totalidad de los pagos establecidos en el presente instrumento.
DÉCIMA QUINTA.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a responder de la deficiencia o mala calidad de “LOS SERVICIOS”, inclusive de los errores cometidos en su ejecución, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido en “LOS SERVICIOS”, obligándose a resarcir a “EL FONATUR” de cualquier daño o perjuicio que le pudiera ocasionar dicha situación con la obligación de subsanarla, conforme a lo previsto en este contrato abierto.
DÉCIMA SEXTA.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato abierto, mediante cheque certificado, cheque de caja, depósito en efectivo a favor de “EL FONATUR”, carta de crédito irrevocable o fianza expedida por compañía autorizada para ello a favor de “EL FONATUR” por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo del presente contrato abierto sin considerar el I.V.A., “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado a entregar a “EL FONATUR” la garantía en cuestión, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente contrato abierto. Dicha garantía de cumplimiento del presente contrato abierto será indivisible.
En el supuesto de que los montos originalmente pactados en el presente contrato abierto se modifiquen, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a ampliar la garantía de cumplimiento en el porcentaje mencionado en el párrafo anterior. Dicha previsión opera cuando se modifique el monto, el plazo o la vigencia.
Dicha garantía de cumplimiento estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato abierto principal o fuente de las obligaciones del contrato abierto, en la inteligencia que solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa por escrito de “EL FONATUR”.
Si se trata de garantizar con póliza de fianza “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a constituir en la forma y términos previstos por LA LEY, su Reglamento, y demás disposiciones legales en la materia, la póliza a que haya lugar con motivo del cumplimiento del presente instrumento jurídico expedida por institución afianzadora legalmente constituida en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas con vigencia igual a la del periodo de la prestación de “LOS SERVICIOS”, más 6 (seis) meses a partir de que concluya la prestación de “LOS SERVICIOS”, la cual deberá contener las siguientes declaraciones expresas de la institución que la otorgue.
Si para garantizar el cumplimiento del presente contrato abierto por parte de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, es mediante fianza deberá contener las siguientes declaraciones expresas de la institución que la otorgue:
a) Que se expide a favor de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo como Fiduciaria en el Fideicomiso denominado Fondo Nacional de Fomento al Turismo, y que se otorga atendiendo a todas las estipulaciones establecidas en el contrato abierto .
b) Que para ser liberada la fianza será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de “EL FONATUR” del cumplimiento total de las obligaciones contractuales.
c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato abierto , así como durante la sustanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente que quede firme, salvo que las partes se otorguen finiquito.
d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en los artículos 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
e) Esta fianza permanecerá en vigor durante la sustanciación de todos los recursos legales y se somete expresamente al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 178 y 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas en vigor, asimismo renuncian al derecho que les otorga el artículo 179 de la citada ley.
f) En caso de prórrogas o esperas a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato abierto , deberá realizar la modificación correspondiente a la fianza.
Una vez cumplidas las obligaciones derivadas del presente contrato abierto a entera satisfacción de “EL FONATUR”, la Gerencia de Servicios Generales del “FONATUR” procederá a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales para que se dé inicio a los trámites para la cancelación de las garantías de cumplimiento del contrato abierto.
DÉCIMA SÉPTIMA.- Cuando “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” incumpla con las obligaciones pactadas en el presente contrato abierto, “EL FONATUR” en cualquier momento podrá iniciar el procedimiento de rescisión conforme a lo establecido en el artículo 54 de LA LEY y artículo 98 y 99 de su Reglamento.
Las causales para la rescisión del contrato abierto, por causas imputables a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, serán las siguientes:
a) Por prestar “LOS SERVICIOS” deficientemente y/o por no apegarse a lo estipulado en el presente contrato abierto.
b) Por impedir el desempeño normal de labores del “EL FONATUR” durante la prestación de “LOS SERVICIOS”.
c) Por suspensión injustificada de “LOS SERVICIOS” o por negarse a corregir lo rechazado por “EL FONATUR”, conforme a este contrato abierto.
d) Por contravenir la cesión de derechos, conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del presente contrato abierto.
e) Cuando autoridad competente lo declare en concurso mercantil o alguna figura análoga, o bien se encuentre en cualquier otra situación que afecte su patrimonio, en tal forma que le impida cumplir con las obligaciones asumidas en el presente contrato abierto.
f) Por contravenir los términos y condiciones del presente contrato abierto o las disposiciones de LA LEY, su Reglamento y los demás ordenamientos legales que resulten aplicables.
g) Si se comprueba que la manifestación de que no se encuentra en los supuestos de los artículos 50 y 60 de LA LEY la realizó con falsedad.
h) Cuando se agote el equivalente al monto de la garantía de cumplimiento del presente contrato abierto, por concepto xx xxxxx convencionales.
i) Cuando sin motivo justificado no acate las órdenes proporcionadas por el “EL FONATUR”.
j) Por no presentar la garantía de cumplimiento, en los términos previstos en el presente contrato abierto.
k) Por presentar una garantía de cumplimiento apócrifa.
l) En general cualquier incumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato abierto y de su Anexo 01 o por cualquier otra causa imputable a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” similar a las anteriormente mencionadas.
“EL FONATUR” y “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” convienen que “EL
FONATUR” se reserva el derecho de rescindir administrativamente el presente contrato abierto, sin necesidad de declaración judicial, si “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” no cumple las obligaciones derivadas de sus estipulaciones o de LA LEY.
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO” será el único responsable de “LOS SERVICIOS”, en el plazo establecido, con las especificaciones contratadas, así como de responder de los defectos, daños y perjuicios que se ocasionen por el incumplimiento, mala calidad en “LOS SERVICIOS” desempeñados, impericia, negligencia y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido y que le sea reclamada por “EL FONATUR” en los términos del presente contrato abierto.
Las partes convienen, para el caso de rescisión por causas imputables a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, que ésta se verifique de pleno derecho y sin necesidad de obtener declaración judicial que así lo determine, sujetándose para tal efecto al siguiente procedimiento:
1) Se iniciará a partir de que a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
2) Transcurrido el término a que se refiere el inciso anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer.
3) La determinación de dar o no por rescindido el contrato abierto deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a lo señalado en el inciso 1) anterior.
4) Cuando se rescinda el contrato abierto se formulará y se notificará el finiquito correspondiente, dentro de los 20 días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “EL FONATUR” por concepto de “LOS SERVICIOS” prestados hasta el momento de la rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato abierto, se prestaren “LOS SERVICIOS”, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “EL FONATUR” de que continua vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“EL FONATUR” podrá determinar no dar por rescindido el contrato abierto, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del contrato abierto pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tienen encomendadas. En este supuesto deberá elaborar un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato abierto resultarían más desfavorables para “EL FONATUR”.
Al no dar por rescindido el contrato abierto, “EL FONATUR” establecerá con “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de LA LEY, lo anterior sin perjuicio de la aplicación de las penas convencionales por atraso que, en su caso resulten procedentes.
DECIMA OCTAVA.- Las partes están de acuerdo en que se podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato abierto cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir “LOS SERVICIOS” originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con
el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato abierto, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública. En estos supuestos “EL FONATUR” reembolsará a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato abierto correspondiente; bastando para tal efecto que “EL FONATUR” dé el aviso por escrito a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” con 15 (quince) días naturales de anticipación exclusivamente. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” acepta de conformidad y sin reservas legales la terminación anticipada de este contrato abierto.
Si “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” quisiera dar por terminado el presente contrato abierto, tendrá que solicitarlo a “EL FONATUR” y sólo en caso de negativa, podrá ejecutar las acciones legales correspondientes.
“EL FONATUR” podrá suspender temporalmente y en cualquier momento, en todo o en parte, el cumplimiento del presente contrato abierto, previo pacto entre las partes del plazo de suspensión por causas justificadas, sin que ello implique su terminación definitiva.
El presente contrato abierto podrá continuar produciendo todos sus efectos legales, una vez que se hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión, de no resultar posible lo anterior se podrá dar inicio a la terminación anticipada del contrato abierto.
Ninguna de las partes será responsable de cualquier retraso o incumplimiento del presente contrato abierto, que resulte directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor, cuando éstos sean debidamente justificados o demostrados por la parte correspondiente.
En este caso, y en cualquier otro, siempre y cuando esté debidamente justificado y las partes expresen su conformidad, se podrá modificar el contrato abierto en aumento o reducción de fecha o plazo de ejecución, así como de monto mediante el convenio correspondiente, no procediendo en este caso la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
No obstante lo anterior, “EL FONATUR” bajo su responsabilidad podrá suspender la ejecución de “LOS SERVICIOS” en cuyo caso, únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente efectuados.
DECIMA NOVENA.- En caso de existir atraso por parte de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” en la prestación de “LOS SERVICIOS” por causas imputables a él
mismo, se le sancionará con una pena convencional del 1% (uno por ciento) diario aplicada en función de “LOS SERVICIOS” no prestados oportunamente, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, en la inteligencia de que la aplicación de esta pena no podrá exceder del monto total de la garantía de cumplimiento del presente contrato abierto.
El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
La aplicación xx xxxxx convencionales se debe ajustar a lo siguiente:
1. “EL FONATUR” a través de un oficio notificará a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” la(s) pena(s) convencional(es) a que se encuentra sujeto por atraso de sus obligaciones contraídas.
2. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a responder por escrito dentro de un lapso de 5 (cinco) días hábiles contados a partir del día siguiente que reciba la notificación, manifestando a lo que a su derecho convenga, ya que de no hacerlo se considerará como aceptación de su parte y “EL FONATUR” procederá a aplicar la pena correspondiente.
3. Analizando lo manifestado por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, “EL FONATUR” rectificará o ratificará la procedencia de la pena convencional imputada y procederá al trámite correspondiente.
4. Las penas convencionales procedentes, deben ser aplicadas en:
4.1. La factura que ampare el pago de “LOS SERVICIOS”.
4.2. Con cheque de caja a favor de “EL FONATUR”, en caso de que ya no sea posible aplicarlo en las facturas. En caso de que el cheque no sea pagado, se aplicará lo dispuesto en el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
VIGÉSIMA.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” reconoce que los derechos de autor y de propiedad industrial que sean susceptibles de ser registrados y patentados, en términos de la Ley Federal de Derechos de Autor y de la Ley de la Propiedad Industrial, respectivamente, que resulten de “LOS SERVICIOS” descritos en este contrato abierto, serán propiedad del “EL FONATUR” exclusivamente, y en consecuencia, cualquier código fuente desarrollado así como los rendimientos derivados de su explotación, aprovechamiento o venta conforme a las leyes aplicables en la materia, pasarán únicamente a beneficio del “EL FONATUR”, por lo
que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” no se reserva derecho alguno sobre “LOS SERVICIOS”.
VIGÉSIMA PRIMERA.- Las partes señalan como su domicilio para fines del presente contrato abierto:
“EL FONATUR”: | Xxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. Tel. 0000-0000 |
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO”: | XXXXXXXXXXXXXXXXX |
En caso de que alguna de las partes cambie su domicilio convencional, deberá notificarlo a la otra por escrito dentro de los 15 días naturales anteriores a dicho cambio. Mientras las partes no se notifiquen por escrito el cambio de domicilio los avisos, notificaciones y demás diligencias de carácter judicial o extrajudicial, se practicarán válidamente en los domicilios indicados.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Queda expresamente pactado que el hecho de que “EL FONATUR” no hiciere uso de sus derechos conforme a lo dispuesto en este contrato abierto, no significa ni implica renuncia de los mismos, ni impedimento legal para ejercitarlos posteriormente.
VIGÉSIMA TERCERA.- En todo lo no previsto en este contrato abierto, se estará a lo dispuesto en LA LEY, su Reglamento en vigor, y en las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para “EL FONATUR” siendo de aplicación supletoria en lo que corresponda el Código Civil Federal, Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Código Federal de Procedimientos Civiles y las demás leyes que en razón de su naturaleza jurídica le son aplicables.
VIGÉSIMA CUARTA.- Conforme a lo dispuesto en los artículos 3, 110, fracciones VIII y XIII y 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás relativos y aplicables de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la información que se haya generado con motivo del presente contrato abierto es pública, salvo aquello que en términos de la normatividad en la materia antes citada sea confidencial y/o se clasifique como reservada.
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a mantener la confidencialidad de los documentos y la información ya existentes que le sean proporcionados para realizar la prestación de “LOS SERVICIOS”. Así mismo, se obliga a no entregar bajo
ninguna circunstancia a persona ajena a “EL FONATUR” datos, documentos o información en los que obre información clasificada relacionada con “EL FONATUR” y el presente contrato abierto.
Si “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” incumple con la obligación de guardar confidencialidad y reserva, éste se obliga a reparar los daños y a indemnizar por los perjuicios que por ello cause a “EL FONATUR”, o a cualquier otro tercero.
VIGÉSIMA QUINTA.- En caso de desavenencias derivadas del cumplimiento del presente contrato abierto, las partes podrán presentar ante la Secretaria de la Función Pública, la solicitud de conciliación en términos de lo dispuesto por los artículos 77, 78 y 79 de LA LEY. En caso de no existir conciliación, las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de este contrato abierto serán resueltas por los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando al fuero que pudiere corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
VIGÉSIMA SEXTA.- Para la recepción de “LOS SERVICIOS” “EL PRESTADOR
DEL SERVICIO” comunicará por escrito a “EL FONATUR” el cumplimiento de “LOS SERVICIOS” que se le encomendó, a efecto de que este último verifique que está realmente prestado dentro del plazo establecido en el presente contrato abierto, para proceder a su recepción formal, conforme a lo señalado en los requisitos y plazos que para tal efecto establece LA LEY y demás disposiciones Reglamentarias Administrativas.
Leído que fue por las partes y sabedores de su contenido y alcance legal, se firma el presente contrato abierto en tres tantos, rubrica al margen en todas sus fojas útiles y en la foja final firma al calce en la Ciudad de México, ---- de de --
.
POR EL "EL FONATUR" | POR “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” |
XXXXXXXXXXXXXX | XXXXXXXXXXXXXX |
APODERADO | APODERADO |
POR EL “EL FONATUR”
------------------------------------------
NOTA:
El presente modelo de contrato abierto podrá ser modificado y/o adecuado sin limitación alguna por parte del FONATUR, a fin de ser ajustado a las características
y especificaciones que considere pertinentes para su formalización con el prestador de servicio que resulte ganador del presente procedimiento de contratación.
A N E X O 0 3
FORMA DE REDACCIÓN DE LA PÓLIZA DE FIANZA QUE GARANTICE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL CONTRATO ABIERTO.
QUE ES A FAVOR DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, PARA GARANTIZAR POR “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL CONTRATO ABIERTO NO. , DE FECHA
, CON IMPORTE MÍNIMO DE $--------------- ( PESOS
00/100 M.N.) SIN INCLUIR EL I.V.A., Y UN IMPORTE MÁXIMO DE $--------------- (-----------
----------- PESOS 00/100 M.N.) SIN INCLUIR EL I.V.A., RELATIVO A LA CONTRATACIÓN DEL “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA EL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017, A TRAVÉS DE TARJETAS ELECTRÓNICAS”, DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN EL CITADO CONTRATO ABIERTO DERIVADO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. EN COMPRANET LA-021W3N003-E52-2017.
SI PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ABIERTO POR PARTE DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, ES MEDIANTE FIANZA, ÉSTE SE OBLIGA A CONSTITUIR EN LA FORMA Y TÉRMINOS PREVISTOS POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, SU REGLAMENTO, Y DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES EN LA MATERIA, LA PÓLIZA A QUE HAYA LUGAR CON MOTIVO DEL CUMPLIMIENTO DEL INSTRUMENTO JURÍDICO
, MISMA QUE DEBERÁ SER EXPEDIDA POR INSTITUCIÓN AFIANZADORA LEGALMENTE CONSTITUIDA EN TÉRMINOS DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, CON VIGENCIA IGUAL A LA DEL PERIODO DE PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”, MÁS SEIS MESES A PARTIR DE QUE CONCLUYA LA PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS” DEL CONTRATO ABIERTO. LA CUAL DEBERÁ CONTENER LAS SIGUIENTES DECLARACIONES EXPRESAS DE LA INSTITUCIÓN QUE LA OTORGUE:
A) QUE SE EXPIDE A FAVOR DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, Y QUE SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO ABIERTO
.
B) QUE PARA SER LIBERADA LA FIANZA SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, DEL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES.
C) QUE LA FIANZA PERMANECERÁ VIGENTE DURANTE EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN QUE GARANTICE Y CONTINUARÁ VIGENTE EN CASO DE QUE SE OTORGUE PRÓRROGA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ABIERTO , ASÍ COMO DURANTE LA SUSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O DE LOS JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE QUE QUEDE FIRME, SALVO QUE LAS PARTES SE OTORGUEN FINIQUITO.
D) QUE LA AFIANZADORA ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 282 Y 283 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR XXXX, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA.
E) ESTA FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR DURANTE LA SUSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES Y SE SOMETE EXPRESAMENTE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 178 Y 282 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS EN VIGOR, ASIMISMO RENUNCIAN AL DERECHO QUE LES OTORGA EL ARTÍCULO 179 DE LA CITADA LEY.
F) EN CASO DE PRÓRROGAS O ESPERAS A “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DERIVADAS DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO O AL PLAZO DEL CONTRATO ABIERTO , DEBERÁ REALIZAR LA MODIFICACIÓN CORRESPONDIENTE A LA FIANZA.
UNA VEZ CUMPLIDAS LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO ABIERTO
A ENTERA SATISFACCIÓN DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, LA GERENCIA DE SERVICIOS GENERALES DE “EL FONATUR” PROCEDERÁ A EXTENDER LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES PARA QUE SE DÉ INICIO A LOS TRÁMITES PARA LA CANCELACIÓN DE LAS GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ABIERTO .
VIII. Formatos que faciliten y agilicen la presentación y recepción de las proposiciones
F O R M A T O 0 1
[En papel membretado del participante]
INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. en COMPRANET LA-021W3N003-E52-2017
Xx, (nombre ) , manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para suscribir la proposición de la presente Licitación Pública Nacional Mixta (y en su caso firma del contrato abierto), a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral).
Clave del Registro Federal de Contribuyentes: | ||
Domicilio.- Calle y Número: | ||
Colonia: | Delegación o Municipio: | |
Código Postal: | Entidad Federativa: | |
Teléfono(s) (opcional): | Fax (opcional): | |
Correo electrónico (opcional): | ||
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: | Fecha: | |
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público ó Fedatario que las protocolizó: | ||
No. de la escritura pública en la que constan Reformas o modificaciones al acta constitutiva: | Fecha: | |
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público ó Fedatario que las protocolizó: | ||
Relación de Socios: Apellido Paterno: | Apellido Materno: | Nombre( s ) |
Descripción del objeto social (para personas físicas: actividad comercial o profesional): |
Nombre y domicilio del apoderado o representante:
Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la proposición: |
Escritura pública número: Fecha: |
Nombre, número, y circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Público que la protocolizó: |
Lugar y fecha Protesto lo necesario.
(Firma autógrafa original) .
Notas:
1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente.
2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.
MANIFESTACIÓN DE QUE EL LICITANTE ES DE NACIONALIDAD MEXICANA
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. en COMPRANET LA-021W3N003-E52-2017
de de (1)
Fondo Nacional de Fomento al Turismo
P R E S E N T E
Me refiero al procedimiento (ANOTAR NÚMERO Y OBJETO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA) ,
En el que mi representada, la empresa (ANOTAR EL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE) , manifiesto bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana.
POR EL LICITANTE
(Nombre de la Empresa)
(Nombre y firma del representante legal)
DECLARACIÓN ESCRITA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. en COMPRANET LA-021W3N003-E52-2017
Quien suscribe, Sr. (escribir el nombre de la persona física apoderado o representante legal) en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), representante legal de, (escribir el nombre de la persona física o persona moral) lo que acreditó con (datos del documento que acredite su personalidad), “MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”, que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de La Ley.
Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar. Protesto lo Necesario.
(Nombre y firma de la persona física o del representante legal).
NOTA: En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. en COMPRANET LA-021W3N003-E52-2017
Ciudad de México, a de de 2017.
Fondo Nacional de Fomento al Turismo
P R E S E N T E
Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o representante legal), “DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que (denominación o razón social) a quien represento, por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos del FONATUR, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.
A t e n t a m e n t e ,
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)
NOTA: En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.
ESCRITO QUE DEBERAN PRESENTAR LAS PERSONAS PARA INTERVENIR EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 29 FRACCIÓN VI DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. en COMPRANET LA-021W3N003-E52-2017
de de (1)
(2) .
PRESENTE
CON REPRESENTANTE
Me refiero a la Licitación Pública Nacional Mixta No. (3) en cuyo Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas mi representada, (4) tiene interés en participar.
SIN REPRESENTANTE
Me refiero a la Licitación Pública Nacional Mixta No. (3) en cuyo Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas tengo interés en participar.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el artículo 29 fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público manifiesto bajo protesta de decir verdad, que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mí o por mi representada, sin que resulte necesario acreditar mi personalidad jurídica. Sin embargo me permito informar los siguientes datos:
DATOS DEL LICITANTE
Registro Federal de Contribuyentes:
Nombre:
Domicilio Fiscal:
Descripción del objeto social:
Número y fecha de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
DATOS DEL REPRESENTANTE
Registro Federal de Contribuyentes:
Nombre:
Domicilio Fiscal:
Número y fecha de la escritura pública mediante la cual fueron otorgadas facultades DE PRESENTACION:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario Público que la protocolizó:
ATENTAMENTE
(5)
INSTRUCTIVO DE LLENADO
NUMERO | INSTRUCCION |
(1) | Señalar la fecha de suscripción del documento. |
(2) | Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante. |
(3) | Indicar el número respectivo. |
(4) | Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa. |
(5) | Anotar el nombre y firma del interesado o de su representante. |
F O R M A T O 0 6
[En papel membretado del participante]
MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)
(REQUISITO OPCIONAL)
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. en COMPRANET LA-021W3N003-E52-2017
de de (1)
(2) P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento de (3) No. (4) en el que mi representada, la empresa (5) , participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes (6) , y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de
(7) , con base en lo cual se estatifica como una empresa
(8) .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M E N T E
(9)
Instructivo de llenado |
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado. 1. Señalar la fecha de suscripción del documento. 2. Anotar el nombre de la convocante. 3. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas). 4. Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet. 5. Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante. 6. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante. 7. Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación. Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos. 8. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior. 9. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante. |
F O R M A T O 0 7
[En papel membretado del participante]
PROPOSICIÓN TÉCNICA
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. en COMPRANET LA-021W3N003-E52-2017
Con este documento presento mi proposición técnica en el procedimiento mencionado, para la prestación de los servicios relativos a: (1) , la cual se integra de la siguiente manera: PARTIDA (2) .
Descripción Completa de los servicios |
(3) |
Asimismo deberá transcribir el anexo técnico completo e íntegro especificado en el numeral II de la Convocatoria.
NOMBRE DEL LICITANTE: (4) . NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: (5) .
FIRMA: (6) .
INSTRUCTIVO DE LLENADO
NUMERO | INSTRUCCION |
(1) | Incluir el objeto de la Licitación Pública Nacional Mixta |
(2) | Anotar el número xx xxxxxxx |
(3) | Anotar la descripción completa de los servicios |
(4) | Anotar el nombre del licitante |
(5) | Anotar el nombre del representante legal de la empresa licitante |
(6) | Firma del representante legal |
[En papel membretado del participante]
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. en COMPRANET LA-021W3N003-E52-2017
EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR SU PROPOSICIÓN EN FORMATO LIBRE, PERO DEBERÁ CONTENER COMO MÍNIMO LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
Con este documento presento mi proposición económica en el procedimiento mencionado, para la prestación de los servicios relativos a (1) , la cual se integra de la siguiente manera:
PARTIDA ÚNICA
MONTOS (NO INCLUYE IVA) | IVA DE MONTOS (16%) | COMISIÓN POR EL SERVICIO SOBRE LOS MONTOS (NO INCLUYE IVA) | IVA DE LA COMISIÓN POR EL SERVICIO | COSTO DE LA TARJETA (SI ES QUE APLICA) NO INCLUYE IVA | IVA DEL COSTO DE LA TARJETA (SI ES QUE APLICA) | TOTAL | |
MONTO MÍNIMO | |||||||
MONTO MÁXIMO |
A. LA COMISIÓN DEL SERVICIO DEBERÁ CALCULARSE SOBRE LOS MONTOS MÍNIMO Y MÁXIMO SIN INCLUIR EL IVA.
B. EL LICITANTE GANADOR DEBERÁ DESGLOSAR EL IVA TANTO DEL SERVICIO SOLICITADO COMO DE LA COMISIÓN POR EL SERVICIO EN SU FACTURACIÓN.
C. ADEMÁS DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA EN EL ANEXO TÉCNICO, LOS LICITANTES DEBERÁN DESGLOSAR EN LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS EL COSTO UNITARIO (SI ES QUE APLICA), DE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS REQUERIDAS (PLÁSTICOS), DESGLOSANDO EL IVA CORRESPONDIENTE.
PRECIO TOTAL DE LOS SERVICIOS OFERTADOS POR LA PARTIDA UNICA:
EL PRECIO DE LOS SERVICIOS OFERTADOS, DEBERÁ SER SIN CONDICIONAMIENTO, IGUAL GENERAL Y FIJO DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO ABIERTO Y NO ESTARÁ SUJETO A ESCALACIÓN.
Asimismo para la elaboración de su proposición económica, el licitante deberá tomar en cuenta todas las características del servicio solicitado en el numeral II de esta Convocatoria.
NOMBRE DEL LICITANTE:
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: FIRMA:
CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE EL LICITANTE ENTREGA A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. en COMPRANET LA-021W3N003-E52-2017
Documentación que deberá presentarse como parte de la proposición:
NOMBRE DEL LICITANTE:
PUNTO DE REFERENCIA | DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ CONTENER LA PROPOSICIÓN | ENTREGA | |
SÍ | NO | ||
VI. Documentos y datos que deben presentar los licitantes. | |||
VI.1 | Para acreditar su existencia legal y la personalidad jurídica de su representante, el licitante presentará un escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos indicados en el FORMATO 01 de conformidad con lo dispuesto por la fracción V del artículo 48 de El Reglamento, así mismo, deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con la misma. | ||
VI.2 | Declaración en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que la persona física o moral que representa es de nacionalidad mexicana. FORMATO 02 | ||
VI.3 | Escrito, bajo protesta de decir verdad, en los términos del FORMATO 03 de no ubicarse en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de La Ley. | ||
VI.4 | Declaración de integridad en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de la dependencia induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que les puedan otorgar condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. FORMATO 04 | ||
VI.5 | Escrito que deberán presentar las personas para intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones técnicas y económicas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 29 fracción VI de La Ley. FORMATO 05 | ||
VI.6 | IDENTIFICACIÓN OFICIAL Para intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el licitante entregará, junto con el sobre cerrado, copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición. No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditación de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero ésta sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de observador. | ||
VI.7 | El licitante que pertenezca al sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales podrá acceder a la preferencia. Como parte de su proposición, deberá presentar el FORMATO 06 con la información solicitada en el mismo que lo acredite como micro, pequeña o mediana empresa. |
PUNTO DE REFERENCIA | DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ CONTENER LA PROPOSICIÓN | ENTREGA | |
SÍ | NO | ||
VI.8 | Documento en el que conste el acuse de recepción de solicitud de opinión ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales, únicamente en el caso de que el monto de su proposición exceda de $300,000.00, sin incluir el IVA, están obligadas a cerciorarse de que los particulares con quienes se vayan a celebrar los contratos abiertos y de los que estos últimos subcontraten, se encuentran al corriente en sus obligaciones en materia fiscal. | ||
VI.9 | VI.9 Documento en el que conste el acuse de recepción de solicitud de opinión ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, únicamente en el caso de que el monto de su proposición exceda de $300,000.00, sin incluir el IVA., están obligadas a cerciorarse de que los particulares con quienes se vayan a celebrar los contratos abiertos y de los que estos últimos subcontraten, se encuentran al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social. | ||
VI.10 | En su caso, el convenio firmado por cada una de las personas que integran una proposición conjunta, indicando en el mismo las obligaciones específicas de la contratación que corresponderá a cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento. | ||
VI.11 | Declaración escrita en la que manifiesten el licitante que conoce y acepta todos los requerimientos y condiciones establecidas en la convocatoria. | ||
IV.1 Requisitos Técnicos | |||
IV.1.A | EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A QUE EL LICITANTE DEBERÁ OTORGAR A, EL ACCESO POR LÍNEA INTERNET PARA REALIZAR CONSULTAS DE SALDOS, DISPERSIONES Y PREVIA SOLICITUD DE FONATUR, CONFIRMAR LA MODIFICACIÓN DE PARÁMETROS, LAS 24 HORAS DE TODOS LOS DÍAS DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO ABIERTO. | ||
IV.1.B | PARA DEMOSTRAR LA COBERTURA NACIONAL EN EL SERVICIO, EL LICITANTE DEBERÁ PROPORCIONAR UN CATÁLOGO ACTUALIZADO DE GASOLINERAS AFILIADAS, MISMAS QUE DEBERÁN TENER UNA COBERTURA EN UN RADIO NO MAYOR A SIETE KILOMETROS A PARTIR DE LA UBICACIÓN DE LAS OFICINAS DE FONATUR, DE ACUERDO A LOS DOMICILIOS PROPORCIONADOS EN EL NUMERAL 10 DE ESTE ANEXO TÉCNICO, EL CUAL TENDRÁ QUE SER PRESENTADO EN FORMA IMPRESA Y EN MEDIO MAGNÉTICO. | ||
IV.1.C | EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A QUE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS QUE OFERTE Y QUE SUMINISTRE EL LICITANTE ADJUDICADO, DEBERÁN SER ACEPTADAS EN TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS AFILIADOS QUE PROPORCIONE EN EL CATÁLOGO PRESENTADO. | ||
IV.1.D | EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE ACEPTA QUE EL PAGO DE LOS MONTOS A DISPERSAR Y EL PORCENTAJE DE COMISIÓN MÁS IVA POR EL SERVICIO, SERÁ CUBIERTO POR, SIN EXCEDER LOS 20 DÍAS NATURALES DE HABER ENVIADO SU FACTURACIÓN VIA CORREO ELECTRÓNICO AL CONTACTO QUE FONATUR DESIGNE, PREVIA CARGA EL DÍA PRIMERO NATURAL DE CADA MES, DE LOS MONTOS SOLICITADOS. TODO ELLO A ENTERA SATIFACCIÓN DEL ÁREA SOLICITANTE POR LA ENTREGA DE LOS SERVICIOS. | ||
IV.1.E | EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A QUE EL EMPAQUE DE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS SERÁN EMPACADAS DEBIDAMENTE PARA EVITAR DAÑOS, ANTE EL |
PUNTO DE REFERENCIA | DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ CONTENER LA PROPOSICIÓN | ENTREGA | |
SÍ | NO | ||
MANEJO Y SU TRASLADO, TRAYECTO Y ALMACENAJE, ADEMÁS CONTENDRÁN LA INFORMACIÓN NECESARIA PARA SU IDENTIFICACIÓN. | |||
IV.1.F | EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A QUE EL TRANSPORTE Y EL SEGURO QUE SE UTILIZARÁ SERÁ EL MÁS CONVENIENTE PARA QUE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS SEAN ENTREGADAS CON LA DEBIDA OPORTUNIDAD, ADEMÁS LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS VIAJARÁN ASEGURADAS POR CUENTA Y RIESGO DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, DESDE QUE SALEN DE SU LUGAR DE ORIGEN Y HASTA QUE SEAN ENTREGADOS EN EL LUGAR INDICADO POR FONATUR A PLENA SATISFACCIÓN DEL MISMO. | ||
IV.1.G | EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR SU CURRICULUM VITAE QUE REFLEJE SU EXPERIENCIA, ACREDITANDOLO MEDIANTE COPIA DE CONTRATOS A NOMBRE DEL LICITANTE QUE SUMEN POR LO MENOS UN AÑO EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE ESTA LICITACIÓN, CELEBRADOS EN UN PLAZO NO MAYOR A CINCO AÑOS ANTERIORES, LO CUAL SE PODRÁ CONSTATAR CON EL OBJETO SOCIAL DE SU EMPRESA QUE DEBERÁ ESTAR CONTENIDO EN EL FORMATO 01 DE ESTA CONVOCATORIA. ASÍ MISMO, EN EL CURRÍCULUM DEBERÁN CITAR NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O DE LA EMPRESA, NOMBRE DEL CONTACTO, PUESTO, DOMICILIO, DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Y TELÉFONOS DE AL MENOS 3 CLIENTES DE REFERENCIA. | ||
IV.1.H | EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FIRMADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE OBLIGA A ENTREGAR LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS, A LAS PERSONAS Y EN LOS DOMICILIOS INDICADOS EN EL NUMERAL 10 DE ESTE ANEXO TÉCNICO. | ||
IV.1.I | PARA QUE LA CONVOCANTE SE ENCUENTRE EN POSIBILIDADES DE CONTRATAR EN LAS MEJORES CONDICIONES DISPONIBLES EN CUANTO A PRECIO, CALIDAD, FINANCIAMIENTO Y OPORTUNIDAD, SE REQUIERE QUE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS SEAN LOS EMISORES DE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS PARA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS QUE OFERTEN, DE TAL MANERA QUE LAS MISMAS DEBERÁN CONTENER IMPRESO EL LOGOTIPO PROPIO DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, O BIEN LA RAZÓN SOCIAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, POR LO QUE LOS LICITANTES DEBERÁN PRESENTAR UNA MUESTRA O EJEMPLAR DE LAS TARJETAS ELECTRÓNICAS DE COMBUSTIBLE QUE OFERTE CON LA LEYENDA “MUESTRA” O INDICATIVO DE QUE NO PODRÁ SER USADA PARA OTROS FINES. | ||
El licitante presentará su proposición técnica, conforme al FORMATO 07 | |||
IV.2 Requisitos Económicos | |||
IV.2.A | El licitante presentará su proposición económica expresando que los precios son fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato, en moneda nacional (pesos mexicanos), desglosando el I.V.A., conforme al FORMATO 08 | ||
OTROS | |||
El licitante que participe en forma presencial, preferentemente, deberán anexar dentro del sobre cerrado que contiene su proposición presencial, copia escaneada en formato PDF de la proposición presentada en CD o dispositivo USB (que será devuelto al concluir el acto). |
ENTREGA RECIBE
REPRESENTANTE DEL LICITANTE PRESIDENTE DEL ACTO
Nota informativa
“Requisitos de la denuncia, la autoridad ante quien debe presentarse y las sanciones previstas en la LAASSP, LOPSRM, LFACP, XXXX y RISFP”
Con el propósito de dar cumplimiento a los compromisos pactados en las bases de colaboración celebradas entre la Secretaria de Turismo (SECTUR) y el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) al amparo del Programa para un Gobierno Cercano y Moderno, hacemos de conocimiento a los participantes en los procedimientos de contratación los requisitos de la denuncia, la autoridad ante quien debe presentarse y las sanciones establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM), Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas (LFACP), Ley de Asociaciones Público Privadas (XXXX) y Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública (RISFP), en materia de contrataciones públicas.
I.- REQUISITOS PARA LA DENUNCIA Y SANCIONES EN CONTRATACIONES PÚBLICAS
Los requisitos para realizar la denuncia se encuentran establecidos en el artículo décimo de los “Lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 xx xxxxx de 2016, así como en los artículos 10, 11 y 12 de la LFACP, por lo que para realizar una denuncia deberá tener los siguientes datos:
1. Narración de hechos en forma clara y sucinta en los que se precise circunstancias de modo, tiempo y lugar, o bien datos o indicios mínimos que permitan establecer una investigación.
2. Datos de identificación del servidor público denunciado o del presunto infractor, en tratándose de asuntos de la LFACP.
3. Los escritos presentados por las instituciones denunciantes se deberán acompañar de los elementos probatorios correspondientes.
4. El señalamiento bajo protesta de decir verdad, tratándose de denuncias presentados por particulares en términos de la LFACP.
5. Nombre de la dependencia o entidad en la que ocurrieron los hechos.
Cuando no se reúnan los requisitos señalados o no se aporten datos o indicios mínimos para llevar a cabo la investigación para que proceda la queja o denuncia, conforme lo dispuesto en el artículo 10 de la LFRASP, se concluirá por archivo de falta de elementos.
Medio a través del cual se podrán realizar las denuncias, articulo 10 de la LFACP
I.CompraNet, por medio del apartado de denuncias establecido en dicho sistema;
II. Denuncia formulada por las instituciones públicas contratantes o cualquier otra autoridad, las cuales deberán remitirla a la Secretaría o, cuando corresponda, a las autoridades a que se refieren las fracciones II a la XI del artículo 4 de esta Ley, acompañada de la
documentación o información en que aquélla se sustente y demás elementos probatorios con los que, en su caso, se cuente;
III. Denuncia de particulares en la que señalen, bajo protesta de decir verdad, las presuntas infracciones. La manifestación hecha con falsedad será sancionada en términos de la legislación penal aplicable;
IV. Denuncias anónimas que se reciban a través de los medios establecidos para tal efecto, y
V. Denuncia internacional formulada por un Estado extranjero u organismo u organización públicos internacionales, en la que se deberán precisar las presuntas infracciones y acompañar los elementos de prueba en que aquélla se sustente.
Las autoridades competentes mantendrán con carácter confidencial la identidad de las personas que denuncien las presuntas infracciones previstas en esta Ley, así como la de aquéllas que pretendan acogerse al beneficio establecido en el artículo 31 de la misma.
II.- AUTORIDAD ANTE QUIEN SE DEBE PRESENTAR LA DENUNCIA
De acuerdo al artículo 3, fracción I de la LFACP son autoridades competentes:
I. La Secretaría de la Función Pública
II. Los titulares de los Órganos Internos de Control y los titulares de sus respectivas áreas de quejas y de responsabilidades, así como los órganos que al efecto determinen las Cámaras de Senadores y Diputados del Congreso de la Unión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, las Juntas de Conciliación y Arbitraje, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, los tribunales agrarios, el Instituto Federal Electoral, la Auditoría Superior de la Federación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el Banco de México y demás órganos públicos, en los términos establecidos en los artículos 4 y 5 de la presente Ley;
De acuerdo a los artículos 4 y 5 de la LFACP:
En el ámbito de sus competencias, serán autoridades facultadas para aplicar la presente LFACP, dictar las disposiciones administrativas necesarias para el adecuado cumplimiento de la misma e interpretar sus disposiciones para efectos administrativos, en relación con las contrataciones públicas de carácter federal que realicen:
I. La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría, así como de las entidades federativas, los municipios y los órganos político administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal que lleven a cabo contrataciones públicas de carácter federal;
II. La Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión;
III. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
IV. El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa;
V. Las Juntas de Conciliación y Arbitraje, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y los tribunales agrarios;
VI. El Instituto Federal Electoral;
VII. La Auditoría Superior de la Federación;
VIII. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos;
IX. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía;
X. El Banco de México, y
XI. Los demás órganos públicos autónomos que determinen las leyes
Las autoridades referidas en las fracciones II a XI de este artículo, determinarán las áreas u órganos encargados de investigar la posible comisión de las infracciones a que se refiere el artículo 8 de esta LFACP, determinar las responsabilidades que deriven de las mismas y aplicar las sanciones correspondientes. (art. 4 LFACP)
La Secretaría de la Función Pública, así como los titulares de los Órganos Internos de Control y los titulares de las áreas de quejas y de responsabilidades de dichos Órganos, serán autoridades competentes para la investigación, tramitación, sustanciación y resolución, en su caso, del procedimiento y recurso establecidos en la LFACP. (art. 5 LFACP)
Con base en el párrafo anterior y en concordancia con el artículo 3 inciso D del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, los titulares de los órganos internos de control en las dependencias, entidades y en la Procuraduría General de la República y los titulares de las áreas de auditoría, de quejas y de responsabilidades de dichos órganos, tendrán el carácter de autoridad.
Por lo anterior se podrá llevar a cabo la denuncia al:
01 800 11 28 700 sin costo
2000 2000 en la ciudad de México 2000 3000 extensión 2164
Por correo electrónico:
xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxx-x-xxxxxxxxx-xx-xx-xxx/XXX00
A través de CompraNet:
xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/XXXXX/xxxXx.xxxx?xxxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxx
A través del Órgano Interno de Control en FONATUR
Tecoyotitla 100, Colonia Florida, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01030 en la Ciudad de México
III.- LAS SANCIONES EN LA LAASSP, LOPSRM, LFACP, XXXX Y RISFP
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Artículo 59. Los licitantes o proveedores que infrinjan las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, serán sancionados por la Secretaría de la Función Pública con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción.
Cuando los licitantes injustificadamente y por causas imputables a los mismos, no formalicen contratos cuyo monto no exceda de cincuenta veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, serán sancionados con multa equivalente a la cantidad xx xxxx hasta cuarenta y cinco veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción.
Artículo 60. La Secretaría de la Función Pública, además podrá inhabilitar temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a las personas que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:
I. Los licitantes que injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen dos o más contratos que les haya adjudicado cualquier dependencia o entidad en el plazo de dos años calendario, contados a partir del día en que haya fenecido el término para la formalización del primer contrato no formalizado.
II. Los proveedores a los que se les haya rescindido administrativamente un contrato en dos o más dependencias o entidades en un plazo de tres años.
III. Los proveedores que no cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves a la dependencia o entidad de que se trate; así como, aquellos que entreguen bienes o servicios con especificaciones distintas de las convenidas.
IV. Las que proporcionen información falsa o que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una solicitud de conciliación o de una inconformidad.
V. Las que se encuentren en el supuesto de la fracción XII del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y
VI. Aquéllas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 74 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La inhabilitación que se imponga no será menor de tres meses ni mayor de cinco años, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la fecha en que la Secretaría de la Función Pública la haga del conocimiento de las dependencias y entidades, mediante la publicación de la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet.
Si al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación a que se refiere el párrafo que antecede el sancionado no ha pagado la multa que hubiere sido impuesta en términos del artículo anterior, la mencionada inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente.
Las dependencias y entidades dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que tengan conocimiento de alguna infracción a las disposiciones de esta Ley, remitirán a la Secretaría de la Función Pública la documentación comprobatoria de los hechos presumiblemente constitutivos de la infracción.
En casos excepcionales, previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, las dependencias y entidades podrán aceptar proposiciones de proveedores inhabilitados cuando resulte indispensable por ser éstos los únicos posibles oferentes en el mercado.
Artículo 62. La Secretaría de la Función Pública aplicará las sanciones que procedan a quienes infrinjan las disposiciones de este ordenamiento, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
La Secretaría de la Función Pública, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley citada en el párrafo anterior, podrá abstenerse de iniciar los procedimientos previstos en ella, cuando de las investigaciones o revisiones practicadas se advierta que el acto u omisión no es grave, o no implica la probable comisión de algún delito o perjuicio patrimonial a la dependencia o entidad, o que el acto u omisión fue corregido o subsanado de manera espontánea por el servidor público o implique error manifiesto y en cualquiera de estos supuestos, los efectos que, en su caso, hubieren producido, desaparecieron o se hayan resarcido.
Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con las Mismas
Artículo 77. Los licitantes o contratistas que infrinjan las disposiciones de esta Ley, serán sancionados por la Secretaría de la Función Pública con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción.
Artículo 78. La Secretaría de la Función Pública, además de la sanción a que se refiere el artículo anterior, inhabilitará temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por esta Ley, a las personas que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:
I. Los licitantes que injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen el contrato adjudicado por la convocante;
II. Los contratistas a los que se les haya rescindido administrativamente un contrato en dos o más dependencias o entidades en un plazo de tres años;
III. Los contratistas que no cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves a la dependencia o entidad de que se trate, y
IV. Las que proporcionen información falsa o que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una solicitud de conciliación o de una inconformidad;
V. Los contratistas que se encuentren en el supuesto de la fracción X del artículo 51 de este ordenamiento, y
VI. Aquéllas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 92 de esta Ley
La inhabilitación que imponga no será menor de tres meses ni mayor de cinco años, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la fecha en que la Secretaría de la Función Pública la haga del conocimiento de las dependencias y entidades, mediante la publicación de la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet.
Si al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación a que se refiere el párrafo que antecede el sancionado no ha pagado la multa que hubiere sido impuesta en términos del artículo anterior, la mencionada inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente.
Las dependencias y entidades dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que tengan conocimiento de alguna infracción a las disposiciones de esta Ley, remitirán a la Secretaría de la Función Pública la documentación comprobatoria de los hechos presumiblemente constitutivos de la infracción.
Artículo 80. La Secretaría de la Función Pública aplicará las sanciones que procedan a los servidores públicos que infrinjan las disposiciones de este ordenamiento, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
La Secretaría de la Función Pública, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley citada en el párrafo anterior, podrá abstenerse de iniciar los procedimientos previstos en ella o de imponer sanciones administrativas, cuando de las investigaciones o revisiones practicadas se advierta que el acto u omisión no es grave, o no implica la probable comisión de algún delito o perjuicio patrimonial a la dependencia o entidad, o que el acto u omisión fue corregido o subsanado de manera espontánea por el servidor público o implique error
manifiesto y en cualquiera de estos supuestos, los efectos que, en su caso, hubieren producido, desaparecieron o se hayan resarcido.
Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas
Artículo 27. Las sanciones administrativas que deban imponerse por la comisión de las infracciones a que se refieren los artículos 8 y 9 de la presente Ley, consistirán en:
I. Tratándose de personas físicas:
a) Multa equivalente a la cantidad de mil a cincuenta mil veces el salario mínimo diario general vigente para el Distrito Federal.
Tratándose de permisos, concesiones, autorizaciones o trámites relacionados con contrataciones públicas federales o transacciones comerciales internacionales, la multa máxima prevista en el párrafo anterior podrá incrementarse hasta en un cincuenta por ciento, cuando existan elementos objetivos para determinar por parte de la autoridad competente que el beneficio obtenido por el infractor fue superior a la multa máxima.
Para el caso de contrataciones públicas federales realizadas, en términos de los ordenamientos legales en materia de contrataciones públicas, si la multa máxima prevista en el primer párrafo de este inciso resulta menor al treinta por ciento del monto del contrato, se impondrá una multa de entre el treinta y hasta el treinta y cinco por ciento del monto del contrato si este último le fue adjudicado al infractor, y
b) Inhabilitación para participar en contrataciones públicas de carácter federal por un periodo que no será menor de 3 meses ni mayor de 8 años;
II. Cuando se trate de personas xxxxxxx:
a) Multa equivalente a la cantidad xx xxxx mil hasta dos millones de veces el salario mínimo diario general vigente para el Distrito Federal.
Tratándose de permisos, concesiones, autorizaciones o trámites relacionados con contrataciones públicas federales o transacciones comerciales internacionales, la multa máxima prevista en el párrafo anterior podrá incrementarse hasta en un cincuenta por ciento, cuando existan elementos objetivos para determinar por parte de la autoridad competente que el beneficio obtenido por el infractor fue superior a la multa máxima.
Para el caso de contrataciones públicas federales realizadas, en términos de los ordenamientos legales en materia de contrataciones públicas, si la multa máxima prevista en el primer párrafo de este inciso resulta menor al treinta por ciento del monto del contrato, se impondrá una multa de entre el treinta y hasta el treinta y cinco por ciento del monto del contrato si este último le fue adjudicado al infractor, y
b) Inhabilitación para participar en contrataciones públicas de carácter federal por un periodo que no será menor de 3 meses ni mayor de 10 años.
Las multas que se determinen en términos de esta Ley, tendrán el carácter de créditos fiscales y se fijarán en cantidad líquida, sujetándose al procedimiento administrativo de ejecución que establece la legislación aplicable.
Tratándose de la infracción prevista en la fracción II del artículo 8 de esta Ley, sólo resultará aplicable la sanción de inhabilitación, sin perjuicio de lo que establezcan otras disposiciones aplicables.
El plazo de la sanción de inhabilitación se computará a partir del día siguiente a aquél en que la autoridad competente publique la resolución respectiva en el Diario Oficial de la Federación, salvo que la inhabilitación derive de la participación del infractor en contrataciones públicas de carácter federal cuyos actos deben difundirse en CompraNet en términos de las disposiciones aplicables, en cuyo caso dicho plazo se contará a partir de la fecha de su difusión en ese sistema.
Cuando en términos de lo previsto por esta Ley, se impongan a una misma persona dos o más inhabilitaciones en diversas contrataciones públicas de carácter federal, dichas inhabilitaciones se aplicarán en forma sucesiva, de manera tal que una vez que se agote el plazo de la primera, comenzará la aplicación de la segunda inhabilitación y así sucesivamente. La misma regla se aplicará tratándose de transacciones comerciales internacionales.
En ningún caso podrá decretarse la suspensión de la inhabilitación, aún cuando el infractor opte por el juicio contencioso administrativo contra el acto de autoridad que la ordene o ejecute.
Ley de Asociaciones Pública Privada
Artículo 130. Además de las sanciones que, en su caso, procedan conforme a las disposiciones aplicables, la Secretaría de la Función Pública podrá inhabilitar temporalmente para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por esta Ley, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a las personas que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:
I. Concursantes que injustificadamente y por causas imputables a los mismos, no formalicen el contrato que les haya sido adjudicado;
II. El desarrollador que no cumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a él y que, como consecuencia, cause daños o perjuicios graves a la dependencia o entidad de que se trate.
III. Personas físicas x xxxxxxx y administradores que representen a éstas- que proporcionen información falsa, o que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su ejecución, o bien en la presentación o desahogo de una queja, en una audiencia de conciliación o de una inconformidad;
IV. Personas que contraten servicios de asesoría, consultoría o apoyo en materia de contrataciones gubernamentales, si se comprueba que todo o parte de las contraprestaciones pagadas al prestador de los servicios, a su vez, son recibidas por servidores públicos, por sí o por interpósita persona, con independencia de que quienes las reciban tengan o no relación con la contratación, y
V. Persona o personas, físicas x xxxxxxx, que tengan el control de una persona moral que se encuentren en los supuestos previstos en las fracciones I, II y IV inmediatas anteriores.
Para estos efectos, se entenderá que una o varias personas, físicas x xxxxxxx, tienen el control de una persona moral cuando estén en posibilidad de llevar a cabo cualquiera de los actos siguientes:
a. Imponer, directa o indirectamente, decisiones en las asambleas generales de accionistas, de socios u órganos equivalentes, o nombrar o destituir a la mayoría de los consejeros, administradores o sus equivalentes;
b. Mantener la titularidad de derechos que permitan, directa o indirectamente, ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital social, o
c. Dirigir, directa o indirectamente, la administración, la estrategia o las principales políticas de la persona moral, ya sea a través de la propiedad de valores, por contrato o de cualquier otra forma.
Artículo 131. La inhabilitación que la Secretaría de la Función Pública imponga en términos del artículo 130 de esta Ley no será menor a tres meses ni mayor a cinco años, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la fecha en que la haga del conocimiento de las dependencias y entidades, mediante publicación de la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación.
NOTA: Las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, así como en cualquier disposición jurídica que emane de todas las anteriores, se entenderán referidas a la Unidad de Medida y Actualización, en términos del tercer transitorio del Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación xxx xxxxxxx mínimo, publicadas en el Diario oficial de la Federación el 27 de enero de 2016.