PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Organismo Contratante | AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE |
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN | |||
TIPO: | Nº 1 | Ejercicio: 2018 | |
CLASE: | ETAPA ÚNICA NACIONAL | ||
MODALIDAD: | SIN MODALIDAD |
Expediente Nº: | EX-2018-11741877-APN-DGA#ANSV |
RUBRO COMERCIAL: |
SERVICIO PROFESIONAL Y COMERCIAL |
Objeto de la Contratación: |
SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA REALIZACIÓN DE UN ESTUDIO OBSERVACIONAL DE OCUPANTES DE VEHÍCULOS DE 4 (O MÁS) Y 2 RUEDAS (BICICLETAS Y MOTOCICLETAS) EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, Y LA IMPLEMENTACIÓN DE UNA PRUEBA PILOTO PARA LA APROXIMACIÓN AL COMPORTAMIENTO DE LOS PEATONES |
Costo xxx Xxxxxx | SIN VALOR |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar/Dirección | Plazo y Horario |
OFICINA DE COMPRAS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, sita en Xx. Xxxxxxxxxx 0000 0x Xxxx (X.X.0000), X.X.X.X. | Hasta las 11:00 horas del 04/06/2018. |
ACTO DE APERTURA
Lugar/Dirección | Plazo y Horario |
OFICINA DE COMPRAS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, sita en Xx. Xxxxxxxxxx 0000 0x Xxxx (X.X.0000), X.X.X.X. | Lunes 04 xx xxxxx de 2018 a las 12:00 horas. |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Renglón | Unidad de Medida | Cantidad | Descripción |
1 | SERVICIO | 1 | 341-02414-0001 – SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LA REALIZACIÓN DE UN ESTUDIO ORGANIZACIONAL, según especificaciones técnicas. |
Objetivo general
Determinar la tasa de uso de elementos de seguridad vial (cinturón de seguridad, casco de motocicleta y bicicleta, silla de retención infantil, luces diurnas) de conductores y ocupantes de vehículos de 4 (o más) y 2 ruedas, y la presencia de factores de distracción entre conductores en todo el territorio nacional; y aplicar una metodología de aproximación al comportamiento de los peatones en una localidad.
Objetivos específicos
1. Observar las tasas de uso de cinturón de seguridad y casco (motocicletas y bicicletas) según las distintas posiciones en el vehículo.
2. Analizar las tasas de uso de elementos de seguridad vial y la presencia de factores de distracción según variables sociodemográficas, geográficas y vehiculares.
3. Comparar las tasas de uso de elementos de seguridad vial actuales con las obtenidas en mediciones anteriores.
4. Implementar una metodología para identificar conductas de riesgo de peatones
5. en una localidad a modo de prueba piloto de técnicas e instrumentos de recolección de datos.
METODOLOGÍA
El presente estudio es de tipo cuantitativo, su diseño es transversal y descriptivo. El mismo requiere una metodología de observación no participante que deberá conformar una muestra representativa a nivel provincial, considerando la población y el parque registrado de vehículos en cada jurisdicción para la generación de indicadores específicos para cada provincia.
Universo de análisis
Para responder a los objetivos del estudio es necesario, por un lado, observar el comportamiento de los conductores y ocupantes de los vehículos; y por el otro, observar a los vehículos en sí mismos. Esto implica la existencia de dos tipos de unidades de análisis: (i) los vehículos de 4 (o más) y 2
ruedas, y (ii) sus ocupantes.
A continuación, se detallan las unidades de análisis a considerar en cada universo de estudio:
Universo 1: Vehículos de 4 (o más) ruedas y sus ocupantes
• Ocupantes (Conductor -piloto-; acompañante asiento delantero -copiloto-, acompañante asiento trasero 1, acompañante asiento trasero 2, acompañante asiento trasero 3) de vehículos ligeros como automóviles, camionetas, furgonetas y/o similares de menos de
3.500 kg.).
• Conductores (pilotos) de transporte de carga y de pasajeros de larga y media distancia.
Universo 2: Vehículos a motor de 2 ruedas (motocicletas y ciclomotores) y sus ocupantes.
• Ocupantes (conductor, pasajero 1, pasajero 2, pasajero 3, pasajero 4) de motocicletas y ciclomotores.
Universo 3: Vehículos de tracción a sangre de 2 ruedas (bicicletas) y sus ocupantes.
• Ocupantes (conductor, pasajero 1, pasajero 2, pasajero 3) de bicicletas.
Diseño Muestral
El presente estudio pretende tener representatividad de los resultados a nivel provincial. Los insumos para elaborar el marco muestral serán:
• Datos del último Censo Nacional de Población y Vivienda y las proyecciones disponibles, con el objeto de poder establecer cantidad de población según provincia, localidad y la población total.
• Cartografía censal actualizada.
• Parque automotor: Este dato requiere un mayor trabajo de construcción. Se debe buscar el mejor modo de identificar la cantidad de vehículos existentes (tanto de autos y camionetas, como de motos y ciclomotores). Algunas posibilidades para su construcción son: estadísticas de patentamiento por localidad del último año disponible, registros del DNRPA sobre parque automotor y el índice de motorización construido por el Observatorio en base a datos brindados por la DNRPA.
Para seleccionar a las unidades de análisis se recurre a un tipo de muestreo de carácter multi-etápico con estratificación geográfica de acuerdo a criterios poblacionales, en el que según la etapa de muestreo, se utilizan técnicas probabilísticas o intencionales.
Estratificación y zonas de observación
Las zonas de muestreo deberán clasificarse por provincias de acuerdo al siguiente esquema de estratificación:
Zona urbana, a su vez subdividida por el tamaño de los municipios:
1. Municipios de más de 1 millón de habitantes
2. Municipios con más de 500.000 habitantes y hasta 1 millón
3. Municipios con más de 100.000 habitantes y hasta 500.000
4. Municipios con más de 60.000 habitantes y hasta 100.000
5. Municipios con más de 20.000 habitantes y hasta 60.000
Zona no urbana o carretera, subdividida por tipo de vía:
1. Autopistas y autovías
2. Resto de Rutas
A continuación, se describen las distintas etapas que constituyen el diseño muestral:
I. La selección de Unidades Primarias de Muestreo (UPM): consta de seleccionar los municipios en los que se colocarán los puntos de observación. Para ello, se deberán identificar los municipios con una cantidad mínima de 20.000 habitantes. La necesidad de obtener resultados representativos de cada provincia implica que en la muestra se tengan que incluir forzosamente en cada provincia el departamento de mayor población.
El marco muestral para la elaboración de la etapa 1 será desarrollado por el Observatorio Vial, en colaboración con un experto en muestras. Dicho experto se encargará de determinar el número mínimo y necesario de puntos de observación (POs) por jurisdicción y estrato, de forma tal que la representatividad estadística de los indicadores resultantes del relevamiento se encuentre garantizada a nivel sub- nacional. Para mejorar la representación a nivel país se elegirá –al igual que se hizo en la onda anterior- la cantidad de clusters en cada estrato utilizando el algoritmo xx Xxxxx que minimiza el coeficiente de variación anticipado del total sobre una restricción lineal de costos. El sorteo aleatorio de localidades dentro de cada estrato y jurisdicción será realizado también por el Observatorio Vial. Por UPM se seleccionará un número determinado de POs. Este número se encuentra determinado por el estrato poblacional que le corresponde a la UPM según su cantidad de habitantes. El número de POs que conformaron la muestra de la última edición del Estudio Observacional fue de 230 (puestos en 69 municipios de todo el territorio nacional). Se estima que el número de POs y de municipios en la edición 2018 se encontrará en el entorno de la muestra de 2016, pudiendo sufrir variaciones por cuestiones técnicas relativas al propio diseño muestral.
La tabla a continuación muestra la cantidad de POs asignados por tipos de zona de observación y estrato geográfico de la UPM.
Tabla 1. Puntos de observación asignados según zona de observación y estrato poblacional.
ZONA URBANA | |
Estrato poblacional | PO (n) |
Más de 1.000.000 | 6 |
Entre 500.000 y 1.000.000 | 4 |
Entre 100.000 y 500.000 | 3 |
Entre 60.000 y 100.000 | |
Entre 20.000 y 60.000 | 2 |
ZONA NO URBANA | |
Tipo de vía | PO (n) |
Autopista y autovías | 2 |
Resto xx Xxxx | 2 |
II. La selección de Unidades Secundarias de Muestreo (USM): consta de seleccionar la ubicación de los puntos de observación (semáforo, esquina, lugar de alto tránsito) al interior de cada UPM seleccionada donde se ubicarán los responsables de realizar el relevamiento observacional. La consultora se encargará de proponer la ubicación exacta de los POs y de georreferenciarla en un mapa único para todo el país, y el Observatorio deberá prestar su conformidad a esa propuesta o solicitará ajustes en caso de ser necesarios.
La ubicación de los POs dentro de cada municipio seleccionado se determina de manera intencional, a partir de criterios basados en garantizar la seguridad del observador, la cobertura territorial de las heterogeneidades de la UPM, la representatividad del flujo vial y la inclusión del comportamiento en ámbito urbano y rutero.
Los criterios a tener en cuenta para la ubicación de los POs en la zona urbana son los siguientes:
a. La localización espacial de la población (zonas residenciales de mayor densidad): en ciudades en las que exista más de un punto de observación, estos deben estar lo suficientemente separados entre sí, de manera que se cubra la mayor parte xxx xxxxx urbano.
b. Consideración de los flujos de tránsito identificados previamente: desplazamientos en la población entre puntos de la ciudad, accesos o ingresos a la localidad, avenidas y calles de acceso a zonas comerciales y/o industriales, de oficinas y servicios públicos.
c. Representatividad de las calles: las calles en que se sitúen los puntos de observación deben ser representativas del tránsito de dicha ciudad.
d. Representatividad del comportamiento natural: los POs no deben ser ubicados cerca de controles de tráfico (cámaras, agentes de tránsito o fuerzas de seguridad) ya que éstos pueden sesgar el comportamiento natural de los conductores y ocupantes de los vehículos.
e. Visibilidad: para asegurar un registro fidedigno del uso de elementos de seguridad como
cinturón o silla de retención infantil (SRI) se sugiere la ubicación de POs en lugares donde la velocidad de los vehículos sea baja, pueda aprovecharse el ciclo en rojo de los semáforos, y el observador pueda colocarse a igual o superior altura de lo que se quiere observar. Estas condiciones contribuyen además a resguardar la integridad física del observador.
f. Luego de seleccionar los POs corresponde georreferenciarlos, utilizando, por ejemplo, Google Maps con el fin de validar la dispersión geográfica de los mismos y documentar esta etapa de la selección de la muestra.
Los criterios a tener en cuenta para la ubicación de los POs en la zona rural son los siguientes:
• En los tramos de rutas se buscarán áreas de descanso, estaciones de servicio, peajes de autopista, etc., donde la velocidad de los vehículos sea lo suficientemente baja y se pueda observar el uso de cinturón y SRI por parte de los ocupantes. Para la observación del uso xxx xxxxx, dado su menor dificultad, se observara el tráfico de la carretera en el punto más cercano a la ubicación elegida para observar el uso de cinturón.
III. La selección de unidades Terciarias de Muestreo (UTM) Xxxxxx Xxxxx/Días/Tipo de Vehículo: Consta de especificar para cada PO los días y franjas horarias en los que dicho PO permanece activo para el registro de observaciones de vehículos de 4 ruedas (o más) y de 2 ruedas.
Para ello se organiza el relevamiento observacional a través de los siguientes criterios:
a. Distribución entre días laborales y no laborales: cada punto permanece activo en ocasiones distribuidas de manera tal que algunas tomas se realizan en días laborales y las otras en el fin de semana, con el objetivo de que las observaciones sean representativas según días de la semana.
b. Cobertura horaria: cada punto cubre los diferentes horarios. Se desestiman en todo caso las semanas afectadas por días feriados o vísperas de éstos (incluidos los viernes si el feriado es el sábado). Se considera como horario de mañana desde las 8:00 a las 14:00 hs. y como horario de la tarde desde las5:00 a las 20:00hs (Los horarios deben considerar las horas de luz para asegurar las condiciones de visibilidad para la observación del uso de elementos de seguridad).
c. Rotación de la observación de los universos: En cada PO se aplica un esquema semanal de observación que incluye la rotación de los turnos de observación. El objetivo de la rotación es garantizar representatividad de los universos que se observan según las distintas franjas horarias.
Tabla 2. Administración de la hora de observación/ descanso según tipo de rotación y turno.
ADMINISTRACIÓN DE LA HORA (MINUTOS DE OBSERVACIONES/ DESCANSOS) SEGÚN ROTACIÓN Y TURNO | |||||
TURNO MAÑANA | HORARIO | ROTACIÓN 1 | ROTACIÓN 2 | ||
8 a 9hs. | 50' Autos | 10' descanso | 60' Motos | ||
9 a 10hs. | 60' Motos | 30' Motos | 30' descanso | ||
10 a 11hs. | 30' Motos | 30' descanso | 60' Bicis | ||
11 a 12hs. | 60' Motos | 30 Bicis | 30' descanso | ||
12 a 13hs. | 50' Bicis | 10' descanso | 50' Autos | 10' descanso | |
13 a 14hs. | 50' Bicis | 10' descanso | 50' Autos | 10' descanso | |
TURNO TARDE | 15 a 16hs. | 60' Bicis | 50' Autos | 10' descanso | |
16 a 17hs. | 30' Bicis | 30' descanso | 30' Motos | 30' descanso | |
17 a 18hs. | 60' Motos | 50' Bicis | 10' descanso | ||
18 a 19hs. | 30' Bicis | 30' descanso | 50' Bicis | 10' descanso | |
19 a 20hs. | 50' Autos | 60' Motos |
Es un requisito que el 25% de los POs que se establecen en la muestra sigan cada uno de los esquemas (a, b, c o d), de acuerdo a lo establecido en la tabla que se presenta a continuación:
Tabla 3. Esquema semanal de observaciones según tipo de rotación.
Sáb | Dom | Lun | Mar | Mié | Jue | Vie | ||
Semana esquema (a) | Turno mañana | Rot1 | Rot2 | Rot1 | ||||
Turno tarde | Rot2 | Rot1 | Rot2 | |||||
Sáb | Dom | Lun | Mar | Mié | Jue | Vie | ||
Semana esquema (b) | Turno mañana | Rot1 | Rot2 | Rot1 | ||||
Turno tarde | Rot2 | Rot1 | Rot2 | |||||
Sáb | Dom | Lun | Mar | Mié | Jue | Vie | ||
Semana esquema (c) | Turno mañana | Rot2 | Rot1 | Rot2 | ||||
Turno tarde | Rot1 | Rot2 | Rot1 | |||||
Sáb | Dom | Lun | Mar | Mié | Jue | Vie | ||
Semana esquema (d) | Turno mañana | Rot2 | Rot1 | Rot2 | ||||
Turno tarde | Rot1 | Rot2 | Rot1 |
El esquema de observación semanal (a, b, c o d) sirve para garantizar la comparabilidad con las mediciones anteriores y poder captar la mayor variabilidad en la cobertura de días y horarios en los que se observan los diferentes universos de análisis. Así, cada PO permanece activo durante una semana (con un día de descanso pre-determinado en días hábiles), donde cada observador realiza 6 jornadas/turnos de observación (2 jornadas/turnos el fin de semana y 4 los días hábiles).
IV. La selección de Unidades Cuartas (finales) de Muestreo (UCM): consta del procedimiento a través del cual se seleccionan las unidades últimas de observación, es decir los vehículos (autos y camionetas/ motos/ ciclomotores y bicicletas) y de transporte de carga y de larga distancia. Al interior de estas unidades seleccionadas, se observa a todos los ocupantes del vehículo.
El mecanismo de selección de los vehículos varía de acuerdo a las características del PO (presencia de semáforos y tipo de vía):
a) En todo PO en donde exista un semáforo y sea posible aprovechar el ciclo en rojo se aplican las siguientes reglas: Para cada ciclo de semáforo corresponde observar los dos primeros vehículos que se detengan en el carril más cercano al hombro derecho del observador. Los vehículos que no cumplen con las características de la muestra a observar se desestiman del relevamiento. Si el carril a observar se encontrara obstruido, se debe reemplazar este carril por el inmediato más próximo.
b) En todo PO en dónde no exista un semáforo se aplican las siguientes reglas: cuando el PO se encuentre ubicado en el ámbito urbano pero no disponga de ciclos de semáforo para llevar a cabo el relevamiento, se deberá observar el primer vehículo que pase por el PO y se corresponda con las características de la muestra cada 2 minutos reloj en el primer carril (más próximo al hombro derecho del observador). Si el primer carril se encontrara obstruido se procede a observar el siguiente carril. Los vehículos que no cumplen con las características de la muestra a observar se desestiman del relevamiento.
c) En PO del ámbito rutero o rural: la selección de vehículos a observar en los PO que se encuentran fuera del espacio urbano (en ruta o autopista) se realiza al observar el primer vehículo que pasa por el punto de observación cada 5 minutos reloj. Los vehículos que no cumplen con las características de la muestra a observar se desestiman del relevamiento.
Recolección de la información
En la práctica de la observación no participante el papel del observador se parecerá al de un espectador de la realidad, adoptando un papel neutral ya que en este estudio no será necesario que el papel del observador se haga explícito dado que las observaciones se realizarán en la vía pública.
Desde la distancia y sin tener que dar ningún tipo de mediaciones el observador registrará cómo se comportan las personas que viajan en los vehículos y distintas situaciones previamente tipificadas en las fichas de registro de observación que determinen las conductas.
Si bien los universos de análisis son independientes, las características del operativo de campo a ejecutar permiten planificar los relevamientos en forma complementaria entre universos, generando de esta manera economías significativas de costos y tiempos de ejecución de las tareas de campo y consecuentemente mayor oportunidad en la disponibilidad de los datos.
El instrumento de recolección de datos del estudio consta de una planilla de observación para cada universo, en la que el observador no participante registra información referida a las características del vehículo y el comportamiento de sus ocupantes, además de registrar algunos datos relativos a la
jornada de trabajo.
Tratándose de la observación de tres universos con características y elementos de seguridad vial diferentes, se utilizan tres planillas o cédulas de observación, una para cada universo.
En las planillas de observación se registra información como la que se detalla a continuación:
• Ubicación geográfica (ubicación del PO).
• Características del PO / del día de la observación (Estado xx xxxxxxx, Tipo de vía, Iluminación, sensación térmica, día de la semana y turno, si tiene bicicenda o ciclovía).
• Variables sobre el tipo de vehículo (Auto, camioneta, motocicleta, ciclomotor y bicicletas), su uso (particular/ comercial: de carga, transporte de pasajeros) y antigüedad.
• Variables sociodemográficas (sexo y edad aproximada de todos los ocupantes del vehículo).
• Uso de elementos de seguridad para cada ocupante según el vehículo que corresponda:
Vehículos de 4 (o más) ruedas: Cinturón de seguridad y Sistema de Retención Infantil.
Vehículos a motor de 2 ruedas (ciclomotores y motocicletas): Casco.
Vehículos a tracción a sangre de 2 ruedas (bicicletas): Casco.
• Factores de distracción entre conductores (Uso del celular, escuchar música, transportar objetos entre otros comportamientos o elementos distractivos).
• Uso xx xxxxx diurnas reglamentarias para los vehículos de 4 ruedas (o más) y motocicletas y ciclomotores, diferenciando tipo xx xxxxx según ámbito urbano y en rutas nacionales de acuerdo a la legislación.
• No respeto del semáforo correspondiente (cruza en amarillo x xxxx) en los POs donde hay semáforo para los vehículos de 4 ruedas (o más), motocicletas y ciclomotores, y bicicletas.
Prueba piloto para determinar comportamientos de riesgo de los peatones
La consultoría a ser realizada bajo las especificaciones de los presentes términos de referencia incluye la implementación de una metodología para realizar una primera aproximación al comportamiento de riesgo de los peatones. Éste es un universo que presenta particularidades muy distintas a las de los demás tipos de usuario de las vías, con lo cual se requiere en primera instancia del desarrollo de una metodología adecuada de observación.
La metodología a ser aplicada en el universo de peatones, a modo de prueba piloto, cuenta con un antecedente de implementación en Seattle, Washington, en Estados Unidos, la cual se enfocó en relevar de manera observacional las distracciones más frecuentes de los peatones al cruzar en determinadas intersecciones de calles. Esta metodología se aplica en intersecciones con altos índices de peatones víctimas (fatales y no fatales) como consecuencia de la siniestralidad vial, y busca relevar comportamientos de riesgo que pueden incrementar la probabilidad de ocurrencia de accidente. Entre estos comportamientos se encuentran el cruzar la calle escuchando música,
enviando mensajes de texto, hablando por celular, interactuando con terceros, no respetando señales de tránsito como el semáforo o la senda peatonal, entre otros.
El objetivo de la prueba piloto de la implementación de la metodología observacional de peatones busca analizar cuestiones de validez y viabilidad, con propuestas de mejoras al instrumento de recolección de los datos. La prueba piloto se llevará adelante en la Ciudad de Buenos Aires y se prevé realizarla en 6 puntos de observación (aproximadamente) distribuidos en distintas zonas y tipos de esquinas. La ubicación de los puntos en intersecciones será establecida por la ANSV con datos que aporte el Observatorio Vial xx XXXX sobre peatones víctimas de la siniestralidad vial, entre otra información que sirva para segmentar el tipo de intersecciones.
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y ALCANCE DE LOS PRODUCTOS
El cronograma que rige a los presentes términos de referencia es el mostrado a continuación.
Tabla 4. Cronograma de actividades.
ACTIVIDADES | Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | Mes 4 | ||||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | |
SET UP -ACTIVIDADES PRELIMINARES | ||||||||||||||||
Revisión de la metodología general | ||||||||||||||||
Elaboración de la muestra (selección de PO urbanos y no urbanos) | ||||||||||||||||
Revisión de manuales e instructivos de capacitación y trabajo de campo | ||||||||||||||||
Prueba piloto de las fichas de observación de todos los universos | ||||||||||||||||
Revisión y ajustes de las fichas de observación (post piloto) | ||||||||||||||||
Capacitación de observadores, supervisores y coordinadores | ||||||||||||||||
CAMPO | ||||||||||||||||
Ejecución y supervisión de campo simultáneo en todo el país (vehículos de 4 o más y 2 ruedas) | ||||||||||||||||
Prueba piloto de peatones en CABA | ||||||||||||||||
Edición del material de campo | ||||||||||||||||
CARGA Y VALIDACIÓN DE BASE DE DATOS | ||||||||||||||||
Carga de datos en bases SPSS por universo | ||||||||||||||||
Limpieza de base de datos: validez/ consistencia interna, depuración y ponderación | ||||||||||||||||
PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN | ||||||||||||||||
Procesamiento de datos | ||||||||||||||||
Análisis de la información | ||||||||||||||||
Análisis de la implementación de la prueba piloto de observación a peatones | ||||||||||||||||
Entrega Infome Final (incluye resultados de vehículos 4/ 2 ruedas y peatones) |
La prestataria deberá entregar el siguiente listado de productos como parte del contrato a ser firmado entre las partes:
Producto 1: Consta de un informe en formato Word del plan de trabajo definitivo en el que se incluyen: las especificaciones relativas a la muestra y los POs a utilizar, las planillas de observación para cada universo de análisis, los manuales operativos e instructivos de capacitación para observadores y supervisores de campo, y el diseño de las planillas de seguimiento y control del trabajo de campo. Además, debe incluir la planificación de la implementación de la prueba piloto para la observación de las conductas de riesgo de los peatones.
Producto 2: Este producto debe incluir los instrumentos de recolección finales utilizados en el campo, un reporte de avance de campo, las versiones actualizadas de los instructivos y manuales operativos de capacitación y trabajo de campo.
Producto 3: Este producto debe incluir un reporte final de campo que incluya los resultados del mismo en término de cumplimiento de plazos, observaciones realizadas por universo, aspectos asociados con la metodología de recolección de datos, dificultades halladas, etc. Además, un avance de resultados con los principales indicadores por universo de análisis.
Producto 4: Consta del informe final en que se incluyen los resultados y análisis pertinentes para responder a los objetivos del estudio y la elaboración de recomendaciones útiles para la gestión de la seguridad vial en materia de uso de elementos de seguridad vial. Este informe final de resultados deberá ser entregado en dos formatos: un informe de registro académico en Word y una presentación en Power Point permeable a la dinámica propia de las de mesas de trabajo. Este producto incluye la entrega de la base de datos final de cada universo de estudio con todos sus indicadores en formato SPSS, y un archivo de Excel en que se detallen –por universo- todos los cuadros de procesamiento segmentados por provincia y otras variables a definir. En esta tabulación se incluirán las diferencias significativas relevantes por segmento y respecto de la medición anterior. Por último, el informe final deberá contener los resultados de la aplicación de la metodología de observación del comportamiento de riesgo de los peatones, incluyendo propuestas de mejora para su futura utilización a nivel nacional y/o local. La consultoría finaliza con la presentación de resultados.
Los plazos establecidos para la entrega de los productos sigue el siguiente esquema temporal:
Tabla 5. Calendario para la entrega de productos y esquema de pagos.
CONTRA ENTREGA DEL PRODUCTO | DESDE LA FIRMA DEL CONTRATO | % DEL CONTRATO |
PRODUCTO 1 | 15 días | 20% |
PRODUCTO 2 | 45 días | 50% |
PRODUCTO 3 | 90 días | 15% |
PRODUCTO 4 | 120 días | 15% |
EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DE LA CONSULTORA PRESTATARIA
A los efectos de cumplimentar con lo descrito en los presentes términos de referencia, la consultora deberá demostrar experiencia relevante en la implementación de estudios cuantitativos de alcance nacional, para organismos gubernamentales o agencias internacionales (requisito excluyente).
La prestataria deberá poder demostrar institucionalmente experiencia en los siguientes aspectos:
1. D
iseño de muestras probabilísticas para la realización de estudios sociales de gran envergadura, preferentemente estudios a nivel nacional, que impliquen muestras por etapas.
2. I
mplementación de trabajo de campo cuantitativo a gran escala, entendiendo por ello al ámbito nacional, lo que requiere equipos internos calificados y con experiencia para la coordinación de supervisores y encuestadores.
3. C
onstrucción y procesamiento de grandes bases de datos (al menos 10 mil observaciones) que incluyan la estimación de indicadores ad-hoc a partir de los datos recabados en el campo.
4. A
nálisis de información con la incorporación de recomendaciones para la mejora de políticas públicas.
A los efectos de tal demostración, se deberá adjuntar en la propuesta presentada documentación de respaldo que de cuenta de la experiencia con la que cuenta la firma en relación a la ejecución de estudios que contemplen los puntos 1 a 4 mencionados. Se deberá demostrar el cumplimiento de cada uno de estos puntos en al menos tres estudios, pudiendo a tal efecto combinar distintos estudios para cumplimentar con lo expuesto. Asimismo se deberá incluir fichas técnicas de esos estudios, justificando detalladamente cómo los mismos cumplimentan con los puntos 1 a 4 listados ut supra.
Por otra parte, será valorada la experiencia en la temática de referencia o en temáticas vinculadas, como por ejemplo movilidad o salud (requisito deseable).
Para la selección de la prestataria será excluyente que la misma cuente con al menos 4 años de experiencia demostrable en el campo de la investigación social.
De no ser demostrable alguno de los aspectos excluyentes mencionados en este apartado, no se considerará la propuesta de la consultora en el proceso de selección.
COMPOSICIÓN DEL EQUIPO CLAVE Y LOS PERFILES REQUERIDOS
La consultora deberá presentar a un equipo que se ajuste a los siguientes requerimientos. Cabe destacar que es requisito de los presentes términos de referencia que todo aquel personal que sea presentado en la propuesta técnica bajo cualquiera de las figuras abajo descritas, deberá en los hechos cumplir ese rol en el desarrollo de la consultoría. En caso de que al momento de ejecutar las actividades que conforman la realización del estudio fuese imposible que esa persona física se desempeñe en el rol preestablecido, la consultora deberá proponer a otro perfil de características (formación, experiencia, aptitudes) iguales o mejores que el que pretende reemplazar, y el Observatorio de la ANSV deberá prestar conformidad escrita al cambio en cuestión, estando en sus derechos la posibilidad de rechazarlo y solicitar la presentación de otro perfil en caso de que la propuesta no resulte del todo satisfactoria.
Jefe de Proyecto: 1 profesional
Calificaciones generales y competencias para el trabajo
• Egresado en grado o Post-grado de las Carreras de Ciencias Sociales o afines, con al menos 10 años de experiencia en el campo de la Investigación académica y/o aplicada. Con conocimientos en metodologías cuantitativas y experiencia en el diseño e implementación de estudios cuantitativos a escala nacional y/o regional. Es requisito que cuente con experiencia demostrable de al menos 3 años en la dirección de proyectos de relevamiento de información a escala nacional.
• Nivel de maestría en alguna disciplina afín al proyecto.
• Experiencia en el manejo de bases de datos en SPSS, procesamiento y construcción de indicadores.
• Participación en proyectos y/o prestación de servicios de investigación social para entidades públicas.
• Experiencia comprobable de coordinación, gestión e implementación de trabajo
• de campo de al menos 5 años.
Director de Proyecto: 1 profesional
Calificaciones generales y competencias para el trabajo
• Egresado en grado o Post-grado de las Carreras de Ciencias Sociales o afines, con al menos 10 años de experiencia en el campo de la Investigación académica y/o aplicada.
Con sólidos conocimientos en metodologías cuantitativas y estudios de carácter observacional, experiencia en el diseño e implementación de estudios cuantitativos a escala nacional y/o regional. Preferentemente con antecedentes de trabajos de investigación vinculados a la temática de la seguridad vial.
• Participación en proyectos y/o prestación de servicios de investigación social para entidades públicas.
• Experiencia comprobable de coordinación, gestión e implementación de trabajo de campo de al menos 3 años.
Metodólogo: 1 profesional
Calificaciones generales y competencias para el trabajo
• Egresado en grado o Post-grado de las Carreras de Ciencias Sociales o afines, con al menos 5 años de experiencia en el campo de la Investigación académica y/o aplicada. Especialista en el desarrollo de metodologías cuantitativas y en técnicas de investigación observacionales. Con experiencia en el diseño e implementación de estudios cuantitativos ad hoc a escala nacional y/o regional demostrable. Se valorará nivel de Master en especialidades relacionadas con la posición.
• Se valorará nivel de Maestría en disciplinas relativas a la investigación aplicada en ciencias sociales.
• Preferentemente con antecedentes de trabajos de investigación vinculados a la temática de la seguridad vial.
• Participación en proyectos y/o prestación de servicios de investigación social para entidades públicas.
Analista de datos cuantitativos: 1 profesional
Calificaciones generales y competencias para el trabajo
• Egresado en grado o Post-grado de las Carreras de Ciencias Sociales o afines, con al menos 5 años de experiencia en la aplicación de metodologías de estudio cuantitativas. Experiencia de trabajo directa con técnicas de análisis cuantitativo (técnicas cuantitativas para el relevamiento de información, procesamiento estadístico, presentación y análisis de información cuantitativa) a partir de software específico.
• Participación en proyectos y/o prestación de servicios de investigación social para entidades públicas, organismos internacionales o tercer sector.
Asistentes de investigación cuantitativa: 2 profesionales
Calificaciones generales y competencias para el trabajo
• Estudiante o egresado en grado de las Carreras de Ciencias Sociales o afines, con experiencia de al menos 1 año en tareas de apoyo de procesamiento estadístico, presentación y análisis de información cuantitativa.
• Participación en proyectos y/o prestación de servicios de investigación social para entidades públicas.
Jefe de Procesamiento: 1 profesional
Calificaciones generales y competencias para el trabajo
• Egresado en grado o Post-grado de Análisis de Sistemas o afines, con al menos 5 años de experiencia en el procesamiento de datos sobre temáticas sociales.
• Experiencia en el manejo de bases de datos en SPSS: análisis y definición de estructuras de bases de datos, supervisión del ingreso de datos y chequeo de consistencias y calidad de la base final, ponderación de datos, seguimiento y control de analistas de procesamiento.
Director de campo y logística: 1 profesional
Perfil requerido
• Profesional de las Ciencias Sociales o estudiante avanzado con experiencia superior a 5 años en la coordinación de trabajo de campo cuantitativo a escala nacional y/o regional.
Asistente de campo: 1 profesional
Perfil requerido
• Profesional de las Ciencias Sociales x xxxxxxxx afines o estudiantes avanzados con experiencia en tareas de apoyo en el marco de proyectos de investigación cuantitativos en la etapa de recolección de datos.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las firmas interesadas en participar del presente proceso de adquisición, deberán presentar sus propuestas técnicas de acuerdo a lo expuesto en los términos de referencia.
Se valorará positivamente toda propuesta superadora de lo estrictamente solicitado en el presente documento, entendiendo por ello que sea generadora de valor agregado a los requerimientos de carácter necesario aquí expuestos.
ARTÍCULO 1: XXXXX X XXXXXX XX XXX XXXXXXX (Xxx. 00x xxx Xxxxx xxx Xxxxxxxxxx aprobado por Decreto 1030/2016).
Cualquier persona podrá tomar vista del presente Xxxxxx en la Agencia Nacional de Seguridad Vial
– Oficina de Compras – Xx. Xxxxxxxxxx 0000, 0x Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, de lunes a viernes en el horario de 11 a 16 horas en días hábiles administrativos, hasta el día y hora fijado para el acto de apertura, o en el Sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Los interesados en presentarse a cotizar en el presente procedimiento de selección, podrán elegir cualquiera de las siguientes opciones:
a) Retirar el Pliego en la Agencia Nacional de Seguridad Vial en la oficina, plazos y horarios anteriormente mencionados. En este caso el oferente deberá adjuntar a la oferta la constancia de retiro xx xxxxxx.
b) Obtener el Pliego del sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar, haber retirado el pliego en el Organismo o haberlos descargado del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, no obstante quienes no los hubiesen retirado o descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
ARTÍCULO 2: CONSULTAS AL PLIEGO Y CIRCULARES ACLARATORIAS Y
MODIFICATORIAS (Art. 49º y 50º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Las consultas al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito a la Agencia Nacional de Seguridad Vial – Oficina de Compras – Xx. Xxxxxxxxxx 0000, 0x Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, hasta CUATRO (4) días antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas al correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término.
En oportunidad de realizar una consulta al pliego, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.
Las circulares emitidas por el Organismo, bien sea de oficio o con motivo de una consulta, serán notificadas con DOS (2) días como mínimo de anticipación a la fecha de apertura, a todas las personas que hubiesen retirado o comprado el pliego -según corresponda- y en el caso de circulares originadas con motivo de una consulta, también se notificará al consultante.
Las circulares podrán ser notificadas en forma válida tanto en la dirección de correo electrónico que hubiere consignado el interesado al obtener el pliego desde el sitio de Internet o bien en la que hubiese denunciado al retirar el pliego del Organismo Contratante.
ARTÍCULO 3: RÉGIMEN NORMATIVO DE LA CONTRATACIÓN (Art. 1º y 2º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
El presente procedimiento de selección, el contrato y su posterior ejecución se regirán por el Decreto N° 1023/2001 y sus modificatorios, el reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/2016, por las normas que se dicten en su consecuencia y por el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sin perjuicio de la aplicación directa de las normas del Título III de la Ley 19.549 y sus modificaciones en cuanto fuere pertinente.
Supletoriamente se aplicarán las normas restantes de derecho administrativo y, en su defecto, se aplicarán las restantes normas de derecho privado por analogía.
Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos.
En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) Decreto N° 1023 de fecha 13 xx xxxxxx de 2001 y sus modificatorios y complementarios.
b) Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016.
c) Las normas que se dicten en consecuencia del Decreto Nº 1030/2016.
d) El manual de Procedimientos del Régimen de Contrataciones de la Administración. Nacional de Contrataciones que dicte la Oficina Nacional de Contrataciones o las normas que dicte dicha Oficina Nacional, en su carácter de órgano rector del presente régimen.
e) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx)
f) El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
g) La oferta.
h) La adjudicación.
i) La Orden de Compra.
ARTÍCULO 4: FORMALIDADES Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS (Art. 55º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Las propuestas serán redactadas en idioma nacional y presentadas en original, en sobres, cajas o paquetes cerradas con identificación del procedimiento de selección a que corresponden, el día y
hora de la apertura y la identificación del oferente. El original deberá estar firmado en todas sus hojas por el oferente o su representante legal, quien deberá salvar las enmiendas o raspaduras si las hubiere.
La oferta deberá especificar el precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida, el precio total del renglón, en números, y el total general de la oferta, expresado en letras y números, en la moneda de cotización fijada en el presente Pliego.
La cotización deberá efectuarse en el Formulario que forma parte integrante del presente como Anexo I. Los oferentes deberán cotizar la totalidad de los ítems solicitados, por cada renglón ofertado, sobre la base de una adjudicación integral a la oferta de menor precio para el renglón propuesto. No se admitirán las ofertas por ítems parciales.
ARTÍCULO 5: COMPRE TRABAJO ARGENTINO (LEY 25551).
A fin de garantizar el efectivo cumplimiento del Régimen de Compre de Trabajo Argentino, toda oferta nacional deberá ser acompañada por una Declaración Jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal de acuerdo a lo establecido por el artículo 11 del decreto 1600/2002.
La falta de presentación configurará una presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de oferta nacional.
En los casos en que se trate de bienes importados, deberá acompañarse una declaración jurada mediante la cual se informe, la provisión y/o uso de los bienes y/o materiales importados, así como el resultado de su balanza comercial en el último ejercicio y la proyectada para el ejercicio corriente.
ARTICULO 6: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES (Art. 111º Y 112º del Anexo
del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
En el Sistema de Información de Proveedores se inscribirá a quienes pretendan participar en los procedimientos de selección llevados a cabo por las jurisdicciones o entidades comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Decreto Delegado Nº 1023/01 y sus modificatorios y complementarios, salvo las excepciones que disponga la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
No constituye requisito exigible para presentar ofertas la inscripción previa en el Sistema de Información de Proveedores.
Sin perjuicio de ello, los oferentes deberán encontrarse incorporados en el SIPRO y con los datos actualizados, para formar parte del orden de mérito cuando se emita el Dictamen de Evaluación, o a la fecha de adjudicación en las contrataciones que por su tipo de procedimiento no intervenga la Comisión Evaluadora.
Asimismo, será causal de desestimación de ofertas no subsanable cuando el oferente no estuviera preinscripto en el SIPRO a la fecha de comienzo del período de evaluación de las ofertas.
Oferentes no incorporados:
Los oferentes deberán realizar su preinscripción, accediendo al sitio de Internet XXXXX.XX, donde completarán la información requerida en los formularios de preinscripción. Quienes estén exceptuados de estar incorporados en el SIPRO, deberán igualmente realizar la misma. (Art. 1º y ss. del Anexo del Manual de Procedimiento para la incorporación y actualización de datos en el SIPRO, aprobado por la Disposición Nº 64/2016 emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones de la Secretaría de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización).
Oferentes ya incorporados:
Los interesados en participar en procedimientos de selección que ya estuvieran incorporados en el Sistema de Información de Proveedores, deberán mantener actualizada la información modificando los datos que hubieran variado.
La actualización del domicilio especial, número de teléfono, correo electrónico y nombre de fantasía, podrán realizarla modificando el formulario de preinscripción sin más trámite, con el usuario y contraseña obtenido en la preinscripción. (Art. 6º y ss. del Anexo del Manual de Procedimiento para la incorporación y actualización de datos en el SIPRO, aprobado por la Disposición Nº 64/2016 emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones de la Secretaría de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización).
ARTÍCULO 7: DOMICILIO.
El oferente que no se encuentren preinscriptos en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), deberán conjuntamente con la presentación de la oferta constituir un domicilio electrónico especial y uno físico especial, los que serán considerado como “constituidos”, y se tendrán como válidos para todas las notificaciones que se efectúen referidas al presente Acto Contractual.
El domicilio físico especial podrá constituirse dentro del territorio nacional o extranjero, en éste último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada.
Asimismo, deberá indicar números de teléfonos y direcciones de correos electrónicos.
El domicilio físico especial o el domicilio electrónico especial, declarados en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), serán válidos para cursar las comunicaciones y notificaciones durante el procedimiento de selección del contratista, durante la etapa de ejecución contractual, durante los procedimientos para aplicar las sanciones establecidas en el artículo 29 del Decreto Delegado Nº 1030/01 y sus modificaciones, y para cualquier trámite que se realice en
el ámbito de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
ARTÍCULO 8: MONEDA Y FORMA DE COTIZACION (Art. 58 del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
La propuesta económica deberá ser formulada en moneda nacional. No se aceptarán propuestas en moneda distinta y, dado el caso, serán automáticamente desestimadas.
Los precios cotizados deberán incluir, indefectiblemente, el importe correspondiente a la alícuota del I.V.A y todo otro impuesto, arancel o tasa que corresponda abonar para la comercialización. En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dichos valores se hallan incluidos en la misma.
Deberán indicar claramente, en los casos en que se efectúen ofertas alternativas y/o variantes, cual es la oferta base y cuales las alternativas o variantes. En todos los casos deberá existir una oferta base.
Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles. Se entenderá en consecuencia que se encuentran incluidas en el precio todas las prestaciones que, de acuerdo a su juicio y experiencia, deberá realizar para el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta.
La cotización deberá efectuarse en el Formulario que forma parte integrante del presente como Anexo I. Los oferentes deberán cotizar la totalidad de los ítems solicitados, por cada renglón ofertado, sobre la base de una adjudicación integral a la oferta de menor precio para el renglón propuesto. No se admitirán las ofertas por ítems parciales.
ARTÍCULO 9: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS (Art. 54º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Los oferentes deberán mantener las ofertas por SESENTA (60) días corridos, contados a partir de la fecha del acto de apertura. Si no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento del plazo, aquélla se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual y así sucesivamente.
ARTÍCULO 10: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA (Art. 78º inc. a) del Anexo
del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Los oferentes deberán constituir una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de su oferta, salvo en los casos en que no correspondiere su presentación. En el caso de constituir con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto.
Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el artículo 39 del Anexo X
xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por la Disposición Nº 63/2016 emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones de la Secretaría de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización.
Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será válida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de DOSCIENTOS SESENTA (260) MÓDULOS. Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el artículo 39 del Anexo X xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.
En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto.
ARTÍCULO 11: DOCUMENTACIÓN.
Los oferentes deberán presentar en su oferta la documentación que a continuación se detalla:
a) Garantía de mantenimiento de la oferta o la constancia de haberla constituido, salvo los casos en que no correspondiere su presentación; de acuerdo a lo detallado en el artículo 10 “Garantía de Mantenimiento de la Oferta”.
b) Formulario de cotización que forma parte integrante del presente como Xxxxx X.
c) Si la presentación es firmada por apoderado, copia del poder que lo acredite como tal.
d) Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser consideradas como tal, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia.
En los casos en que se trate de bienes importados, deberá acompañarse una declaración jurada mediante la cual se informe, la provisión y/o uso de los bienes y/o materiales importados, así como el resultado de su balanza comercial en el último ejercicio y la proyectada para el ejercicio corriente.
e) Declaración jurada que de resultar adjudicatario se obliga a ocupar a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 312/10.
Si por las particularidades del servicio no resultara posible contar con personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo referidas en el artículo 8 de la Ley 22.431, el oferente deberá manifestar dicha circunstancia al momento de presentar su oferta y en el caso
de resultar adjudicatario acreditar tal imposibilidad dentro del plazo de CINCO (5) días de notificado el acto de adjudicación. Ante la falta de acreditación, la jurisdicción o entidad contratante lo intimará para que dentro del plazo xx XXXX (10) días incorpore el porcentaje de personas con discapacidad en la forma y términos establecidos en la presente, bajo apercibimiento de rescindir el contrato o de aplicar una multa xxx XXXX COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) del valor del contrato por cada día de retraso hasta la efectiva incorporación o hasta el límite establecido en el artículo 102, apartado 3 del Anexo Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016.
f) Declaración Jurada de Intereses según Decreto 202/2017 que forma parte integrante del presente como Anexo II.
g) Documentación solicitada en el Punto EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DE LA CONSULTORA PRESTATARIA de las Especificaciones Técnicas.
h) C.V. del personal solicitado en el Punto COMPOSICIÓN DEL EQUIPO CLAVE Y LOS PERFILES REQUERIDOS de las Especificaciones Técnicas.
i) Documentación solicitada en el Punto PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS de las Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 12: OFERENTES EXTRANJEROS.
Todos los oferentes extranjeros además de presentar la documentación referenciada en el artículo 11, excepto lo solicitado en el Artículo 6 del presente.
Asimismo, deberán acompañar junto con la oferta, la siguiente documentación:
a) Las personas humanas:
1. Copia fiel del pasaporte o documento de identificación del país de origen en caso de no poseer pasaporte.
2. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
b) Las personas jurídicas:
1. Documentación que acredite la constitución de la persona jurídica conforme a las normas que rijan la creación de dichas instituciones.
2. Documentación que acredite la personería (mandato, acta de asamblea en el que se lo designe como representante de la entidad respectiva, etc.) del apoderado o mandatario que actúe en representación de la entidad respectiva.
3. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
ARTÍCULO 13: OFERENTES AGRUPADOS.
Los oferentes que se presenten agrupadas asumiendo, en caso de resultar adjudicatarias, el
compromiso de constituirse en una Unión Transitoria (UT), además de presentar la documentación solicitada en el artículo 11, deberán acompañar junto con la oferta lo detallado a continuación:
1. Poder emitido por las personas que conformarán la UT o sus representantes legales a favor de uno de ellos, mediante el cual se acrediten sus facultades para suscribir la oferta y actuar en su representación desde el momento de la presentación de la propuesta hasta el dictado del acto de finalización del procedimiento.
2. Declaración jurada suscripta por las personas que conformarán la UT o sus representantes legales, en la que conste:
a) El compromiso de constituirse legalmente como tal, en caso de resultar adjudicatarias, y de modo previo a la notificación de la orden de compra o firma del contrato respectivo.
b) El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de las personas agrupadas, por el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del procedimiento de selección y del contrato.
c) El compromiso de mantener la vigencia de la UT por un plazo no menor al fijado para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato.
d) El compromiso de no introducir modificaciones en el estatuto de la UT, ni en el de las personas jurídicas que la integraren, que importe una alteración de la responsabilidad, sin la aprobación previa del organismo contratante.
e) El compromiso de actuar exclusivamente bajo la representación unificada en todos los aspectos concernientes al contrato.
3. Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos específicos previstos en el presente pliego, cumplidos individualmente por cada uno de los integrantes.
Cada una de las personas que se presenten agrupadas asumiendo, en caso de resultar adjudicatarias, el compromiso de constituirse en una Unión Transitoria (UT), deberá cumplir en forma individual con los requisitos de habilidad para contratar establecidos en el artículo 20 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Una vez presentada la oferta, las UT no podrán modificar su integración, es decir, cambiar, aumentar y/o disminuir el número de personas que las compondrán, y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del contrato, excepto conformidad expresa del organismo contratante.
Las personas que se presentasen en los términos previstos en el presente artículo no podrán presentarse como parte de otra oferta, ni constituirse como oferentes individuales, bajo apercibimiento de desestimarse la totalidad de las ofertas.
ARTÍCULO 14: EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN (Art. 52º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de toda la normativa que rige el llamado, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos con la oferta.
ARTÍCULO 15: APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISTA (Art. 59º y 60º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto de apertura, se procederá a abrir las ofertas en presencia de funcionarios de la dependencia y de todos aquellos que desearan presenciarlo. A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no se recibirán otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado. Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente y a la misma hora en el mismo lugar.
El Acta será firmada por los funcionarios y por los oferentes presentes que desearan hacerlo. Los originales de las ofertas se exhibirán a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura.
ARTÍCULO 16: CAUSALES DE DESESTIMACIÓN NO SUBSANABLES (Art. 66º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Será desestimada la oferta, en los siguientes supuestos:
a) Si fuera formulada por personas humanas y/o jurídicas que no estuvieran preinscriptos en el Sistema de Información de Proveedores a la fecha de comienzo del período de evaluación de las ofertas.
b) Si fuera formulada por personas humanas y/o jurídicas que no estuvieran incorporados en el Sistema de Información de Proveedores al momento de asignar el Orden de Mérito de las ofertas por parte de la Comisión Evaluadora.
c) Si fuera formulada por personas humanas y/o jurídicas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de acuerdo a lo prescripto en el artículo 28º del Decreto Delegado Nº 1023/001 y sus modificatorios y complementarios, al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluación de aquellas o en la adjudicación.
d) Si el oferente fuere inelegible de conformidad con lo establecido en el artículo 68º del Reglamento aprobado por Decreto 1030/16.
e) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio.
f) Si tuviere tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas sin salvar en las hojas que contengan la propuesta económica, la descripción del bien o servicio ofrecido, plazo de entrega, o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato.
g) Si estuviera escrita con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros.
h) Si contuviera condicionamientos.
i) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la exacta comparación con las demás ofertas.
j) Cuando contuviera errores u omisiones esenciales.
k) Si no se acompañare la garantía de mantenimiento de oferta o la constancia de haberla constituido.
ARTÍCULO 17: CAUSALES DE DESESTIMACIÓN SUBSANABLES (Art. 67º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
No serán desestimadas las ofertas que contengan defectos de forma u otras imperfecciones que no impidan su análisis y comparación con las demás, siempre que dichos defectos sean subsanados a pedido del Organismo Contratante, otorgando un plazo de TRES (3) días hábiles al efecto. Se reconocerán como errores u omisiones subsanables las relacionadas con constatación de datos o información de tipo histórico, que no signifiquen una modificación de la oferta.
Si el total cotizado para el renglón único no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado.
Todo otro error denunciado por el oferente antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la oferta, con pérdida de la garantía en la proporción que corresponda.
ARTÍCULO 18: IMPUGNACIONES AL DICTÁMEN DE EVALUACIÓN (Art. 73º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/201).
Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los TRES (3) días de su comunicación. Quienes no revistan tal calidad podrán impugnarlo dentro de los TRES (3) días de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, o en el sitio de internet del sistema electrónico de contrataciones.
En ambos casos previa integración de la garantía regulada en el artículo 78, inciso d) del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016.
Las garantías de impugnación serán reintegradas al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente.
ARTÍCULO 19: GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN.
La garantía de impugnación se constituirá de la siguiente forma:
a) Del TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
b) Del TRES POR CIENTO (3%) de la oferta del renglón o renglones del impugnante, si no se aconsejare la adjudicación a ninguna oferta.
c) De TREINTA MÓDULOS (30 M) si el impugnante fuera alguien que no reviste la calidad de oferente en ese procedimiento, o para el renglón o los renglones en discusión, y el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen, no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta.
d) De SESENTA Y CINCO MÓDULOS (65 M) cuando la impugnación recaiga en cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación.
e) De NOVENTA Y CINCO MÓDULOS (95 M) cuando la impugnación versare sobre la recomendación efectuada sobre uno o varios renglones específicos y, además, sobre cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación.
ARTÍCULO 20: CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS.
La adjudicación recaerá sobre aquella oferta que, ajustándose en un todo a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Generales y de Especificaciones Técnicas, resulte económicamente la de menor precio considerando los servicios cotizados.
Al solo efecto de una correcta evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora de este Organismo podrá solicitarles a todos los oferentes un análisis de costos de su cotización en el cual se vea desagregado todo tipo de concepto que componga la cotización efectuada.
ARTÍCULO 21: ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO (Art. 74º del
Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Dentro del plazo de mantenimiento de la oferta, se procederá a emitir la orden de compra y su notificación al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato.
La adjudicación será notificada al adjudicatario o adjudicatarios y al resto de los oferentes, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo. Si se hubieran formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola oferta.
En los casos en los que resulte adjudicada la oferta presentada por las personas que hubieren asumido el compromiso de constituir una Unión Transitoria (UT), deberá realizar – como requisito previo a la notificación de la orden de compra o firma del contrato – el trámite de inscripción de la misma en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO). La falta de cumplimiento del presente requisito determinará la revocación de la adjudicación por causa imputable al
adjudicatario.
ARTÍCULO 22: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (Art. 77º y 78º inciso b) del
Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
El adjudicatario deberá constituir una garantía de cumplimiento del contrato equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total del contrato, salvo en el caso que no correspondiere su presentación. Dicha garantía deberá constituirse en alguna de las formas previstas en el artículo
39 del Anexo X xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por la Disposición Nº 63/2016 emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones de la Secretaría de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización, o combinaciones de ellas, dentro del término de CINCO (5) días de recibida la orden de compra.
ARTÍCULO 23: EXCEPCIONES A LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS (Art. 80º del
Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
a) Adquisición de publicaciones periódicas.
b) Contrataciones de avisos publicitarios.
c) Cuando el monto de la oferta no supere la cantidad que represente UN MIL TRESCIENTOS MÓDULOS (1.300 M).
d) Cuando el monto de la orden de compra, venta o contrato no supere la cantidad UN MIL TRESCIENTOS MÓDULOS (1.300 M).
e) Contrataciones que tengan por objeto la locación de obra intelectual a título personal.
f) Ejecución de la prestación dentro del plazo de integración de la garantía. En el caso de rechazo el plazo para la integración de la garantía se contará a partir de la comunicación del rechazo. Los elementos rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados sin, previamente, integrar la garantía que corresponda.
g) Cuando el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones.
h) Cuando el oferente sea un organismo provincial, municipal o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
i) Cuando así se establezca para cada procedimiento de selección en particular en el Manual de procedimiento o en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
No obstante, todos los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes quedan obligados a responder por el importe de la garantía no constituida, de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido en el artículo 104 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16, a
requerimiento de la jurisdicción o entidad contratante, sin que puedan interponer reclamo alguno sino después de obtenido el cobro o de efectuado el pago.
ARTÍCULO 24: PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA (Art. 83º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
El plazo de inicio de la contratación será a partir del día hábil siguiente a la notificación de la Orden de Compra.
El cronograma que rige a los presentes términos de referencia es el mostrado a continuación.
Tabla 4. Cronograma de actividades.
ACTIVIDADES | Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | Mes 4 | ||||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | |
SET UP -ACTIVIDADES PRELIMINARES | ||||||||||||||||
Revisión de la metodología general | ||||||||||||||||
Elaboración de la muestra (selección de PO urbanos y no urbanos) | ||||||||||||||||
Revisión de manuales e instructivos de capacitación y trabajo de campo | ||||||||||||||||
Prueba piloto de las fichas de observación de todos los universos | ||||||||||||||||
Revisión y ajustes de las fichas de observación (post piloto) | ||||||||||||||||
Capacitación de observadores, supervisores y coordinadores | ||||||||||||||||
CAMPO | ||||||||||||||||
Ejecución y supervisión de campo simultáneo en todo el país (vehículos de 4 o más y 2 ruedas) | ||||||||||||||||
Prueba piloto de peatones en CABA | ||||||||||||||||
Edición del material de campo | ||||||||||||||||
CARGA Y VALIDACIÓN DE BASE DE DATOS | ||||||||||||||||
Carga de datos en bases SPSS por universo | ||||||||||||||||
Limpieza de base de datos: validez/ consistencia interna, depuración y ponderación | ||||||||||||||||
PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN | ||||||||||||||||
Procesamiento de datos | ||||||||||||||||
Análisis de la información | ||||||||||||||||
Análisis de la implementación de la prueba piloto de observación a peatones |
Entrega Infome Final (incluye resultados de vehículos 4/ 2 ruedas y peatones) |
La prestataria deberá entregar el siguiente listado de productos como parte del contrato a ser firmado entre las partes:
Producto 1: Consta de un informe en formato Word del plan de trabajo definitivo en el que se incluyen: las especificaciones relativas a la muestra y los POs a utilizar, las planillas de observación para cada universo de análisis, los manuales operativos e instructivos de capacitación para observadores y supervisores de campo, y el diseño de las planillas de seguimiento y control del trabajo de campo. Además, debe incluir la planificación de la implementación de la prueba piloto para la observación de las conductas de riesgo de los peatones.
Producto 2: Este producto debe incluir los instrumentos de recolección finales utilizados en el campo, un reporte de avance de campo, las versiones actualizadas de los instructivos y manuales operativos de capacitación y trabajo de campo.
Producto 3: Este producto debe incluir un reporte final de campo que incluya los resultados del mismo en término de cumplimiento de plazos, observaciones realizadas por universo, aspectos asociados con la metodología de recolección de datos, dificultades halladas, etc. Además, un avance de resultados con los principales indicadores por universo de análisis.
Producto 4: Consta del informe final en que se incluyen los resultados y análisis pertinentes para responder a los objetivos del estudio y la elaboración de recomendaciones útiles para la gestión de la seguridad vial en materia de uso de elementos de seguridad vial. Este informe final de resultados deberá ser entregado en dos formatos: un informe de registro académico en Word y una presentación en Power Point permeable a la dinámica propia de las de mesas de trabajo. Este producto incluye la entrega de la base de datos final de cada universo de estudio con todos sus indicadores en formato SPSS, y un archivo de Excel en que se detallen –por universo- todos los cuadros de procesamiento segmentados por provincia y otras variables a definir. En esta tabulación se incluirán las diferencias significativas relevantes por segmento y respecto de la medición anterior. Por último, el informe final deberá contener los resultados de la aplicación de la metodología de observación del comportamiento de riesgo de los peatones, incluyendo propuestas de mejora para su futura utilización a nivel nacional y/o local. La consultoría finaliza con la presentación de resultados.
Los plazos establecidos para la entrega de los productos sigue el siguiente esquema temporal:
Tabla 5. Calendario para la entrega de productos y esquema de pagos.
CONTRA ENTREGA DEL PRODUCTO | DESDE LA FIRMA DEL CONTRATO | % DEL CONTRATO |
PRODUCTO 1 | 15 días | 20% |
PRODUCTO 2 | 45 días | 50% |
PRODUCTO 3 | 90 días | 15% |
PRODUCTO 4 | 120 días | 15% |
ARTÍCULO 25: PENALIDADES, AFECTACIÓN Y SANCIONES (Art. 102º, 104º, 106º y 107º del
Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Las penalidades que se apliquen se afectarán conforme el siguiente orden y modalidad:
a) Se afectará las facturas al cobro emergente del contrato o de otros contratos de la jurisdicción o entidad contratante.
b) De no existir facturas al cobro, el oferente, adjudicatario o cocontratante quedará obligado a depositar el importe pertinente en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante, dentro de los DIEZ (10) días de notificado de la aplicación de la penalidad, salvo que se disponga un plazo mayor.
c) En caso de no efectuarse el depósito, se afectará a la correspondiente garantía.
Los Oferentes/Adjudicatarios podrán ser pasibles de las siguientes penalidades establecidas en el artículo 29º del Decreto Delegado Nº 1023/01 y sus modificatorios y complementarios, cuando incurran en las siguientes causales:
1. Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta:
1.1- Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento.
2. Pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato:
2.1- Por incumplimiento contractual, si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
2.2- Por ceder el contrato sin autorización del organismo contratante.
3. Multa por xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones:
3.1- Se aplicará una multa xxx XXXX COMA CERO CINCO POR CIENTO (0,05%) del valor de lo satisfecho fuera de término por cada día hábil de atraso.
4. Rescisión por su culpa:
4.1- Por incumplimiento contractual, si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
4.2- Por ceder el contrato sin autorización del organismo contratante.
4.3- En caso de no integrar la garantía de cumplimiento de contrato luego de la intimación cursada por el entidad contratante, quedando obligado a responder por el importe de la garantía no constituida de acuerdo al orden de prelación de penalidades establecido en el Decreto Nº 1030/16. La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél.
Sin perjuicio de las correspondientes penalidades los Oferentes/Adjudicatarios podrán ser pasibles de las siguientes sanciones:
(1) Apercibimiento.
(2) Suspensión.
(3) Inhabilitación.
Las sanciones que correspondan serán aplicadas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en los casos previstos en el artículo 106º del Decreto Nº 1030/16.
ARTÍCULO 26: RECEPCIÓN DEFINITIVA (Art. 88º y 89º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
La recepción de los bienes o servicios tendrá carácter provisional y se acreditará mediante la conformidad en los correspondientes remitos.
La conformidad o el rechazo de la entrega de los bienes o servicios objeto del contrato, se informará dentro del plazo xx XXXX (10) días a partir del día siguiente de realizada la misma.
En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá solicitar al Organismo tal manifestación de conformidad. Si, en tal supuesto el Organismo Contratante no se expidiera dentro de los DIEZ (10) días siguientes al de la recepción de la solicitud, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad.
ARTÍCULO 27: FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO (Artículo 90º y 91º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
El pago de las facturas correspondientes se realizarán luego de operada la conformidad definitiva de cada una de las recepciones por parte del área requirente, dentro de los TREINTA (30) DÍAS corridos contados a partir del día siguiente al de su presentación y conforme a lo estipulado en el Punto Tabla 5. Calendario para la entrega de productos y esquema de pagos de las Especificaciones Técnicas.
Cuando en las ofertas se incluyan plazos diferentes, no se considerarán como válidos, rigiendo el principio general.
Si se hiciere alguna observación a la documentación presentada, el trámite de pago se interrumpirá hasta la subsanación del vicio.
La AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, tiene carácter frente al IVA y GANANCIAS de “EXENTO”, por lo tanto no deberá discriminarse en la factura que al efecto se emita el IVA que eventualmente pudiera recaer en la operación (Art. 39 Ley de IVA).
Le corresponde actuar como agente de retención de los impuestos mencionados, por imperio de las Resoluciones Generales AFIP Nº 18/97, en las facturaciones que se emitan, y atento a la no discriminación señalada deberá indicarse el importe del IVA contenido en la operación y, en su caso, otros conceptos no sujetos a retención (vgr. Impuestos internos).
Todos los comprobantes deberán ser en formato electrónico, en función de lo establecido en la Resolución General 2853/2010 artículo 1.
Por su carácter de jurisdicción del ESTADO NACIONAL, los contratos que celebra la AGENCIA están excluidos del régimen de factura de crédito instaurado por Ley Nº 24760.
ARTÍCULO 28: OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA.
a) Relativas al SIDIF (Alta de Beneficiarios):
• En el caso de no estar inscripto, el oferente deberá tramitar su incorporación al Sistema Integrado de Información Financiera, - SIDIF – Resolución Nº 262/95 de la SECRETARIA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias, en el Departamento de Compras y Contrataciones de este Organismo sito en sito en Xx. Xxxxxxxxxx 0000, 0x Xxxx, X.X.X.X.-
• En el caso de estar inscripto, el adjudicatario deberá informar al Departamento de Compras y Contrataciones la cuenta habilitada a los efectos de recibir los depósitos provenientes de la CUENTA ÚNICA XXX XXXXXX.
• En el caso que el Adjudicatario, desee modificar la cuenta habilitada a tal efecto, deberá tramitar la incorporación de una nueva, en el Departamento de Compras y Contrataciones; la cual una vez habilitada implicará la baja automática de la cuenta anterior.
b) La obligación de cumplimentar exclusiva y excluyentemente y sin derecho a reembolso o resarcimiento alguno, la totalidad de las normas administrativas, comerciales, laborales,
impositivas, previsionales, de cobertura aseguradora o de cualquier otra índole - tanto nacionales, provinciales o municipales- que le resulten inherentes como consecuencia de la actividad que desarrolle por el presente, asumiendo idéntica responsabilidad con relación a su personal. El Organismo Contratante podrá, a su solo juicio y en cualquier oportunidad, requerir la documentación que acredite dicho cumplimiento.
c) La obligación de resarcir en forma integral los daños que sus incumplimientos ocasionen al Organismo Contratante.
d) Cumplir con el plazo de entrega de los bienes dentro del término previsto en el Artículo 24 del presente. Podrá solicitar una extensión del plazo de cumplimiento de la prestación cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades de la jurisdicción o entidad contratante admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. (Art. 93º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016)
e) Realizar todas las acciones que garanticen la vigencia del seguro contratado durante la entrega de los bienes realizando, en tiempo y forma, las comunicaciones necesarias a tal efecto, y las denuncias de los siniestros que pudieran ocurrir en término, conforme a la obligación asumida al firmarse el Contrato.
ARTÍCULO 29: FACULTADES DEL ORGANISMO CONTRATANTE (Artículo 100º del Anexo
del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
El Organismo Contratante podrá dejar sin efecto el presente procedimiento de Contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del Contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes (conf. artículo 20º último párrafo del Decreto Nº 1023/01).
Al solo efecto de una correcta evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora de este Organismo podrá solicitarles a todos los oferentes un análisis de costos de su cotización en el cual se vea desagregado todo tipo de concepto que componga la cotización efectuada.
Tendrá la posibilidad de aumentar o disminuir, como facultad unilateral, hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) el monto total del contrato, en las condiciones y precios pactados y con la adecuación de los plazos respectivos.
En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán alcanzar el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), y se deberá requerir en este caso, la conformidad del cocontratante, si esta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción.
El aumento o la disminución de la prestación podrá tener lugar en oportunidad de dictarse el acto de adjudicación o durante la ejecución del contrato, incluida la prórroga en su caso o, como máximo, hasta TRES (3) meses después de cumplido el contrato.
Tendrá a su cargo el poder de control, inspección y dirección de la respectiva contratación.
Tiene la facultad de imponer penalidades de las previstas en el presente Régimen a los oferentes cuando éstos incumplieren sus obligaciones.
ARTÍCULO 30: OBLIGACIONES DEL ORGANISMO CONTRATANTE.
Una vez firmada la Orden de Compra con la adjudicataria, el Organismo se obliga según lo especificado en este Pliego, sus Anexos, Circulares y Disposiciones que se dictaren y, en particular, a:
a) Realizar el pago tal como se especifica en el Artículo 27.
b) Responder a las consultas de la contratista.
ARTICULO 31: INDEMNIDAD.
El Adjudicatario mantendrá indemne a su xxxxx a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y a su personal contra todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidas las costas y gastos que se derivaren de actos u omisiones del Adjudicatario o de su personal o de otras personas que ante él fueren responsables con motivo o en ocasión del cumplimiento del servicio objeto de la presente contratación.
ARTICULO 32: SUBCONTRATACIÓN.
La empresa adjudicataria no podrá subcontratar con otras entidades la ejecución contrato, así como tampoco podrá ceder ni transferir total o parcialmente el contrato y, en todos los casos, será totalmente responsable frente al Organismo en lo relativo al cumplimiento de las obligaciones emergentes del mismo.
ARTÍCULO 33: COMPETENCIA.
Los Oferentes/Adjudicatarios/Cocontratantes acuerdan someterse a la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que les pudiera corresponder por cualquier motivo o causa derivada de la interpretación y ejecución de la presente contratación.
EX-2018-11741877-APN-DGA#ANSV
LICITACIÓN PÚBLICA N° 1/2018
FECHA DE APERTURA: 04/06/2018
HORA DE APERTURA: 12:00 horas.
“FORMULARIO DE COTIZACIÓN”
El que suscribe , Documento de Identidad Nº
, en nombre y representación de la Empresa _-
_ con domicilio legal en la calle _ Nº , Localidad
, Teléfono _-
, Mail: y con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en contrato poder que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente compulsa, cotiza los siguientes precios:
Renglón | Unidad de Medida | Cantidad | Descripción | Precio Unitario (IVA incl.) | Precio Total (IVA incl.) |
1 | SERVICIO | 1 | 341-02414-0001 – SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LA REALIZACIÓN DE UN ESTUDIO ORGANIZACIONAL, según especificaciones técnicas. | ||
TOTAL son PESOS |
SI | NO |
SI | NO |
SI | NO |
FORMA DE PAGO: SEGÚN PLIEGO PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: SEGÚN PLIEGO PLAZO DE ENTREGA: SEGÚN XXXXXX
Firma del Oferente
ANEXO II
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES DECRETO 202/2017
SE INFORMA QUE EL FUNCIONARIO COMPETENTE PARA DICTAR LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS COMPRENDIDOS EN EL ARTÍCULO 9° DEL ANEXO DEL REGLAMENTO DEL REGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL APROBADO POR DECRETO 1030/2016 ES EL XX. XXXXXX XXXXXXX XXXXX.
Tipo de declarante: Persona humana
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT |
Vínculos a declarar
¿La persona física declarante tiene vinculación con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto n° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17. |
Vínculo
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo
Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. | |
Xxxxxxx pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato | No se exige información adicional |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona jurídica
ocial | |
UIT/NIT |
Vínculos a declarar
¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto n°202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17. |
Vínculo
Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No se exige información adicional |
Representante legal | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades con interés directo en los resultados económicos o financieros de la declarante | Xxxxxxx Xxxxx Social y CUIT | |
Director | Xxxxxxx nombres apellidos y CUIT | |
Socio o accionista con participación en la formación de la voluntad social | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas a oferta pública | Detalle nombres apellidos y CUIT |
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto. | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto. | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
Firma y aclaración del declarante Xxxxxxxx en el que firma Fecha