INFORME TÉCNICO CONTRATO DE CONSULTORÍA CCO-179-2019
INFORME TÉCNICO CONTRATO DE CONSULTORÍA CCO-179-2019
1. INFORMACIÓN GENERAL DEL CONTRATO:
No. CONTRATO Y FECHA | CCO-179-2019 |
TIPO DE CONTRATO | CONSULTORIA |
OBJETO DEL CONTRATO | REALIZAR LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA SEDE ADMINISTRATIVA EN EL CORREGIMIENTO DE SAN XXXX O CORREGIMIENTO DE BETANIA - LOCALIDAD DE SUMAPAZ – DISTRITO CAPITAL. |
NOMBRE DEL CONTRATISTA | CONSORCIO DISEÑOS 2019 |
LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO | CORREGIMIENTO DE BETANIA Y SAN XXXX XX XXXXXXX. |
FEHA DE ACTA DE INICIO | 28/01/2020 |
PLAZO DE EJECUCIÓN INICIAL | 8 MESES |
VALOR INICIAL | MIL CIENTO SETENTA MILLONES SETECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 1.170.719.994) |
INTERVENTORIA | IA INGENIERIA Y ARQUITECTURA |
No. CONTRATO | CIN-182-2019 |
SUPERVISOR DEL CONTRATO | FONDO DE DESARROLLO RURAL DE SUMAPAZ |
1.2 MODIFICACIONES CONTRACTUALES:
• El día 24 xx xxxxx de 2020, se suscribe la SUSPENSIÓN No.1 al contrato de Consultoría CCO-179-2019, por el termino de 30 días calendario.
• El día 22 xx xxxxx de 2020, se suscribe la AMPLIACIÓN A LA SUSPENSIÓN NO.1 por el termino de “Cuatro (4) días calendario y/o cuando el Gobierno Nacional o Distrital así lo disponga (finalizar la cuarentena)”.
• Se firma acta de reinicio el día 25 xx xxxxx de 2020, estableciendo como fecha vencimiento final del contrato, el día 27 de diciembre de 2020.
• El día 04 de septiembre de 2020, se firma la SUSPENSIÓN No.2 del contrato de Consultoría CCO-179-2019, por el termino de 30 días calendario.
• El día 30 de septiembre de 2020, se suscribe la AMPLIACIÓN A LA SUSPENSIÓN NO.2 por el termino de “Sesenta (60) días calendario y/o cuando los motivos que dieron origen a la presente ampliación hayan sido resueltos”.
1.3 GARANTIAS:
El numeral 7.2 RIESGOS DE LA ETAPA CONTRACTUAL del estudio previo del Contrato CCO- 179-2019, establece que: “Para cubrir los riesgos eventuales que puedan presentarse en la ejecución del contrato, el
FDLS exigirá al contratista la constitución de una serie de garantías que amparen los riesgos que más adelante se indican, a favor del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, NIT. 899.999.061-9”.
Considerando lo anterior, se realiza la revisión de “Garantías del proveedor” en la plataforma Secop II, sobre lo cual se puede resumir lo siguiente:
POLIZA DE CUMPLIMIENTO No. 00-00-000000000 ASEGURADORA: SEGUROS DEL ESTADO S.A
TIPO DE MODIFICATORIO | FECHA | ANEXO POLIZA/FECHA DE EXPEDICIÓN | FECHA DE APROBACIÓN FDRS |
Contrato CCO-179- 2019 | 23/12/2019 | Anexo 0 09/01/2020 | 13/01/2020 |
Acta de inicio | 28/01/2020 | Anexo 7 31/07/2020 | 04/08/2020 |
Suspensión No.1 | 24/03/2020 | ||
Ampliación a la suspensión No.1 | 22/04/2020 | ||
Acta de reinicio No.1 | 25/06/2020 |
(*) No se considera la actualización de las garantías con Acta de suspensión No.2 y su respectiva ampliación, ya que a la fecha del presente informe no se ha suscrito el acta reinicio o la terminación anticipada del contrato, para solicitar a la aseguradora la expedición del anexo correspondiente.
De acuerdo con la última actualización realizada mediante el Anexo No.7, las vigencias y los valores asegurados para el presente contrato son:
AMPARO | VIGENCIA DESDE | VIGENCIA HASTA | SUMA ASEGURADA |
Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones. | 28/01/2020 | 28/12/2023 | $59.999.938 |
Calidad del servicio. | 28/01/2020 | 28/12/2023 | $359.999.628 |
Cumplimiento del Contrato. | 28/01/2020 | 28/04/2021 | $359.999.627.10 |
1.4 ESTADO ACTUAL DEL CONTRATO:
PLAZO FINAL DE EJECUCIÓN INICIAL | 8 MESES |
FECHA DE TERMINACIÓN | INDEFINIDO |
VALOR FINAL | MIL CIENTO SETENTA MILLONES SETECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 1.170.719.994) |
(*) No se establece la fecha de terminación final del Contrato de Consultoría CCO-179-2019, considerando que a la fecha del presente informe el contrato se encuentra suspendido de forma indefinida.
1.5 ALCANCE DEL CONTRATO
El Numeral 2.1 OBJETO A CONTRATAR de los estudios previos del contrato CCO-179-2019, establece que, dentro de los trabajos a desarrollar contemplados en la consultoría para los predios localizados en los Corregimientos de Xxxxxxx y San Xxxx, son los siguientes:
1. Realizar el estudio de norma de los predios.
2. Realizar el estudio de títulos de los predios.
3. Realizar los diagnósticos de los predios disponibles para escoger la mejor opción del proyecto de la sede administrativa de la alcaldía local de Sumapaz.
4. Realizar un análisis de las áreas existentes, de las áreas requeridas por la alcaldía local de Sumapaz y realizar un cuadro de área del proyecto.
5. Realizar tres diseños arquitectónicos a nivel de esquema básico de conformidad con la norma para que la Alcaldía defina la alternativa de diseño.
6. Realizar el presupuesto, análisis de precios unitarios y especificaciones técnicas de obra.
7. Realizar el diseño arquitectónico del proyecto en el predio elegido.
8. Realizar el estudio de suelos del proyecto.
9. Realizar el estudio y calculo estructural del proyecto.
10. Realizar el diseño de red eléctrica normal y regulada, telecomunicaciones, de voz y datos.
11. Realizar el diseño de red hidráulica, sanitaria y de incendios.
12. Realizar el diseño del sistema de aire acondicionado en espacios requeridos.
13. Realizar el diseño sistemas de seguridad, incluyendo circuito cerrado de televisión.
14. Realizar el diseño de instalaciones de gas.
15. Realizar las consideraciones a la edificación en aspectos ambientales de asoleamiento, ventilación natural, iluminación natural y acústica.
16. Realizar el diseño de iluminación bajo parámetros RETIE.
17. Entrega de original y copia, así como en medio magnético de las memorias, planos y demás documentos relacionados con el proceso, relación de productos e informe ejecutivo con los aspectos básicos del proyecto.
Adicionalmente, dentro de la Clausula Segunda – Obligaciones del contratista, literal B – Obligaciones Específicas del contrato CCO-179-2019, establece que el consultor debe hacer entrega de:
• Programa de gestión social.
• Programa de salud ocupacional (sistema de gestión de la seguridad y salid en el trabajo SG-SST).
• Análisis de manejo ambiental.
• Plan de calidad.
• Programa, Xxxxx de seguimiento.
1.6 FORMA DE PAGO.
El Numeral 9.3 FORMA DE PAGO de los estudios previos del contrato CCO-179-2019, establece:
“Acta parcial 01: se pagará el equivalente al 30% del valor del contrato, a la entrega de los siguientes productos, previa aprobación del supervisor y/o interventoria:
• Normas y titulos, recopilación y analisis de la información, diagnostico.
• Estudio de suelos (informe con recomendaciones del tipo de cimentación y anexos con los resultados de laboratorio).
• Estudio topografico.
• Diseño arquitectonico y urbanistico.
• Planos arquitectonicos nivel de anteproyecto aprobado por parte del supervisor y por parte de lainterventoria.
Acta parcial 02: se pagará el equivalente al 40% del valor del contrato, a la entrega en debida forma de los siguientes productos del proyecto, de acuerdo a las especificaciones contenidas en el anezo técnico, previa aprobación de la interventoría y/o supervisor:
• Diseño arquitectonico y urbanistico definitivo con detalles constructivos.
• Diseño cartillas de ventaneria y muebles, cartilla de puertas, planos de acabados internos.
• Renders del proyecto.
• Diseño estructural y de elementos no estructurales.
• Diseño cálculo redes interna y externared de media y baja tensión y apantallamiento.
• Diseño y cálculo del sistema de cableado estructurado voz y datos y subsistemas tecnológicos.
• Diseño y cálculo del sistema de ventilación natural y/o mecánica y/o climatización.
• Presupuesto, programación, cantidades de obra y especificaciones técnicas.
Acta parcial 03: se pagará el equivalente al 20% a la entrega de todos los productos finales a entera satisfacción aprobada por la interventoria y/o supervisor, recibo a totalidad de los estudios y diseños (totalidad de planos y memoras de cálculo solicitados en el pliego, en medio magnético y fisico (tres juesgos de planos) por parte de la interventoria, y el fondo de desarrollo local de Sumapaz b. Documento suscrito por el personal, en el que manifieste que el consultor le cancelo sus salarios y prestaciones sociales y se encuentra x xxx y salvo por todo concepto con él.
Pago contra liquidación (10%): se realizará el pago al finalizar el contrato y contra informe de liquidación.”
1.7 PROPUESTA ECONOMICA CONSORCIO DISEÑOS 2019
Se anexa como soporte del presente informe la propuesta económica con la que el Consorcio Diseños 2019 participo en el proceso FDLS-CMA-191-2019 (Anexo 4).
2. ANTECEDENTES QUE DIERON ORIGEN A LA SUSPENSIÓN No.2 DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DE 2020.
El día 03 xx xxxxxx de 2021, se reunieron de forma virtual los representantes del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz (actualmente Fondo de Desarrollo Rural), la interventoría IA Ingeniería y Arquitectura y el Consorcio Diseños 2019 para realizar el seguimiento al contrato de consultoría CCO-179-2019, después de expuesto los conceptos técnicos correspondientes al desarrollo del contrato, el Fondo informa a los integrantes de la reunión
que en la visita realizada el día 02 xx xxxxxx de 2020, la comunidad de San Xxxx manifestó que en el año 2006 la Alcaldía Local había celebrado un contrato de consultoría para el diseño de la Sede Administrativa en este corregimiento, presentando como evidencia una maqueta que reposa actualmente en el Centro de Convenciones Xxxxx Xxxxxx del corregimiento de San Xxxx.
De igual forma, el Fondo manifestó su desconcierto frente a lo informado por la comunidad y los motivos por los cuales no fueron incluidos en el proceso que dio origen a la celebración del contrato CCO-179-2019, por lo que solicita a las partes analizar la situación ya que no quiere incurrir en detrimento patrimonial, sobre lo cual el consultor y la interventoría manifiestan que necesitan conocer el alcance del contrato de 2006 junto con los entregables realizados para verificar su viabilidad ya que transcurridos 11 años la normatividad técnica legal vigente ha sufrido de diferentes actualizaciones, sin embargo, se deja constancia que el objeto del presente contrato no contempla actividades de actualización, ni ajuste a diseños.
De igual forma, y en consecuencia a la reunión del 03 xx xxxxxx de 2021, mediante la comunicación DIS-2020- 03-009 el Consorcio Diseños 2019 solicito a la firma IA Ingeniería y Arquitectura (interventoría) la suspensión del contrato CCO-179-2019 hasta que la Entidad defina la dinámica y el curso que debe seguir el pacto contractual, ya que lo informado por la Alcaldía Local afecta la ejecución del contrato, en atención a lo solicitado, la interventoría IA Ingeniería y Arquitectura radica al FDRS la comunicación IAC-DIN182-020-2020, ratificando la solicitud de suspensión ya que la situación presentada se encuentra fuera del alcance de los contratos.
El día 18 xx xxxxxx de 2020, la interventoría radica la comunicación IAC-DIN182-022-2020 donde remite un informe sobre estado del contrato N° COO179-2019 y manifiesta lo siguiente:
“En tal sentido, queremos informarle que la comunidad representada en el FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SUMAPAZ, insistentemente solicitó en la reunión sostenida el día viernes 14 xx xxxxxx de 2020 a las 8:30 a.m., que los estudios y diseños contratados, no excluyeran explícitamente a aquella comunidad no seleccionada y que, por el contrario, también fuera tenida en cuenta, lógicamente en menor proporción de los ambientes comunales. Este proceso hace parte de la Gestión Social que el contrato incluye, con asignación de tiempos que también se necesitan y que limitan las actividades antecedentes.
Por consiguiente, solicitamos que con la mayor celeridad se aborde y decida oportunamente, las inquietudes expresadas por el señor alcalde, sobre el Contrato N° 070 de 2006 y resumidas en el Acta de Comité de Consultoría N° 14 efectuado el día 3 xx xxxxxx de 2020, que se anexa. También le reiteramos nuestra voluntad para la participación conjunta entre la Asesoría Jurídica y esta Interventoría, como usted bien lo sugirió, apoyando la consecución de todo el material necesario para que esa Alcaldía decida la continuidad de los contratos N° CIN182 -2020 y COO– 179 – 2019, incluyendo documentos encontrados en una investigación previa realizada por nosotros, que queremos que usted conozca”.
Adicionalmente, el día 27 xx xxxxxx de 2020 la firma IA Ingeniería y Arquitectura SAS radica la comunicación IAC-DIN182-2019-024-2020, informando el estado del contrato de consultoría CCO-179-2019 y los inconvenientes presentados con el desarrollo de las actividades por parte del Consorcio Diseños 2019 y donde se justifica los motivos por los cuales no se han realizados pagos al consultor.
En vista de la situación presentada y después de realizar el análisis correspondiente por parte del Fondo, el día 04 de septiembre de 2020 se suscribe el acta de suspensión No.2 de los contratos CCO-179-2019 y CIN-182- 2019 por el termino de treinta (30) días calendario, hasta que se defina la forma de ejecución, en virtud de la existencia previa de diseños que ya habían sido objeto de estudio en el año 2006.
El día 15 de septiembre de 2020 mediante la comunicación IAC-CIN182-026-2020 (Rad. Interno 20207010011632), la firma IA Ingeniería y Arquitectura remite la solicitud del Consorcio Diseños 2019, que busca poner a consideración la liquidación el contrato de consultoría CCO-179-2019 con el fin de evitar un detrimento económica por parte de la Entidad contratante, de conformidad con lo señalado en la Clausula DECIMOTERCERA – CAUSALES DE TERMINACIÓN. No obstante, la interventoría IA ingeniería y Arquitectura manifiesta su inconformismo sobre el contenido del documento indicando: “…rechazamos las afirmaciones descritas en el oficio en referencia, como las siguientes: “Dentro de la ejecución del Contrato COO179-2019, el CONSORCIO DISEÑOS 2019 realizó todas las actividades conforme al cronograma establecido””.
Teniendo en cuenta lo manifestado por el contratista, el día 28 de septiembre de 2020 mediante comunicación 20207020011221, el FDLS le informa a la firma IA INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DE COLOMBIA
S.A.S. quien figura como interventoría del contrato de consultoría que se continuará con los trámites pertinentes y necesarios para la liquidación del contrato de consultoría e interventoría, esto, de acuerdo a las condiciones contractuales presentadas. No obstante, finalizado el plazo de la suspensión del contrato, los términos que dieron origen al mismo no habían sido aclarados y no permitieron continuar con el proceso de liquidación, razón por la cual el FDRS tomo la decisión de ampliar la suspensión No.2 por el termino de “sesenta (60) días calendario y/o cuando los motivos que dieron origen a la presente ampliación hayan sido resueltos”, contado a partir del 04 de octubre de 2020.
El día 18 de octubre de 2020 el profesional de apoyo a la supervisión recibe vía correo electrónico de parte de la firma IA Ingeniería y Arquitectura, el informe general de la revisión realizada en el marco del Contrato 070 de 2006, donde se evidencian diferentes falencias desde la formulación del proyecto hasta su ejecución, que dio como resultado productos con inconsistencias reglamentarias y que no buscaba beneficiar a toda la Localidad Sumapaceña
El día 26 de octubre mediante oficio dirigido al FDLS, el CONSORCIO DISEÑOS 2019, reitera su posición de liquidar el contrato de consultoría 179 de 2019, basado en los hechos expuestos anteriormente, por lo cual el día 18 de noviembre de 2020 mediante comunicación 20207020017191, se informa al contratista que a la fecha se estaban adelantando los tramites y aclaraciones, con el fin de realizar la respectiva liquidación de su contrato. De forma paralela, mediante la comunicación 20207020017181, se le solicita a la firma IA INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DE COLOMBIA S.A.S., remitir un informe con todos los entregables que realizo y le fueron recibidos a satisfacción al consultor consorcio diseños 2019, teniendo en cuenta que a la fecha no se ha efectuado pagos al contrato de consultoría, y como parte de la liquidación en curso, el FDLS necesita definir los costos que asumió el contratista para la ejecución el contrato para realizar actividades contractuales durante la vigencia de la ejecución del contrato.
Mediante comunicación 20207020017551 del 20 de noviembre de 2020, se reitera la solicitud al interventor IA INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DE COLOMBIA S.A.S., respecto a la entrega del informe de estado y relación de entregables del contrato de consultoría.
En vista de la omisión por parte de la interventoría, el día 03 de diciembre de 2020 mediante comunicación 20207020019941, se reitera la solicitud realizada desde el 18 de noviembre con la comunicación 20207020017181 y adicionalmente se requiere la respectiva relación de todo el personal profesional que participo en la ejecución de su contrato, con los respectivos aportes parafiscales, correspondientes a todos los periodos ya facturados y pendientes por pagar, esto como requisito indispensable para poder continuar con las liquidaciones ya mencionadas y los pagos pendientes por efectuar por parte del FDLS.
El día 10 de diciembre de 2020, el CONSORCIO DISEÑOS 2019 entrega vía correo electrónico un informe sobre el estado actual del Contrato de Consultoría CCO-179-2019, por lo cual, el día 20 de enero de 2021 la firma IA INGENIERIA Y ARQUITECTURA DE COLOMBIA S.A.S, radica la comunicación IAC-CIN182- 2020 -001-2021, donde manifiesta su desacuerdo sobre el informe presentado por el CONSORCIO DISEÑOS 2019.
El día 21 de enero de 2020, se da respuesta al oficio presentado por IA INGENIERIA Y ARQUITECTURA DE COLOMBIA S.A.S mediante la comunicación 20217020002451, donde se reiteran los compromisos realizados desde el mes de octubre de 2020. De igual forma, se notifica al interventor que, debido a los hechos presentados, el FDLS se ve en la necesidad de elevar las respectivas solicitudes de liquidación ante secretaria de gobierno para que sean sometidas a un comité de conciliación.
Finalmente, mediante las comunicaciones 20212100077853 del 16 xx xxxxx de 2021 y 20217020003873 del 6 xx xxxxx de 2021 se informa a la dirección de contratación y a la dirección jurídica de Secretaria Distrital de Gobierno, la situación presentada con los contratos CCO-179-2019 y CIN-180-2019 y la propuesta del Fondo de realizar la terminación anticipada de los contratos y dar inicio a la liquidación, evaluando el estado de los entregables del contrato de consultoría CCO-179-2019 para analizar la posibilidad de compensar al consultor por los gastos asumidos.
2.1 CONCEPTO DE SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO
En atención al requerimiento realizado por el Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, la Dirección Jurídica de secretaria Distrital de Gobierno, mediante el memorando 20214500098483 del 06 xx xxxxx de 2021 informa lo siguiente:
“Para dar respuesta a la comunicación elevada por parte xxx xxxxxxx Local, es necesario primero resaltar algunos aspectos, así:
1. Respecto a la necesidad que dio origen a la contratación
Teniendo en cuenta que la contratación adelantada en 2019, se realizó bajo unos supuestos que acreditaron la necesidad de contar con un diseño para la construcción de la nueva sede administrativa de la Alcaldía Local, es preciso que, para definir si efectivamente el contrato celebrado no puede ejecutarse, se verifique si los diseños contratados en el año 2006 y 2007 corresponden en la actualidad a estudios que conserven su vigencia técnica, y respondan a la misma necesidad identificada en el año 2019. Lo anterior, dado que han pasado 15 años y puede suceder que los estudios adelantados en su momento, no respondan a las necesidades actuales.
2. Respecto a la terminación anticipada de mutuo acuerdo
De acuerdo con lo señalado en el artículo 1602 del Código Civil, todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales.
En Sentencia del Consejo de Estado con radicación 42656 del 31 xx xxxxxx de 2015, se indicó que “esa figura no es más que la finalización o extinción de la vigencia de un determinado vínculo obligacional de la Administración, siguiendo los lineamientos que al respecto ha trazado la doctrina, resulta perfectamente posible distinguir entre modos normales y modos anormales de terminación de los contratos. En la primera categoría, esto es entre los modos normales de terminación de los contratos de la Administración, suelen y pueden incluirse las siguientes causales: a). - cumplimiento del objeto; b). - vencimiento del plazo extintivo de duración del contrato; y c). - acaecimiento de la condición resolutoria expresa, pactada por las partes. Los modos anormales de terminación de los contratos de la Administración se configuran, a su turno, por: a). - desaparición sobreviniente del objeto o imposibilidad de ejecución del objeto contratado: ej.- terminación unilateral propiamente dicha; c). - declaratoria de caducidad administrativa del contrato; d). - terminación unilateral del contrato
por violación del régimen de inhabilidades o incompatibilidades; ej.- desistimiento -o renuncia-, del contratista por la modificación unilateral del contrato en cuantía que afecte más del 20% del valor original del mismo; f). - declaratoria judicial de terminación del contrato; y ej.- declaratoria judicial de nulidad del contrato. Además se encuentra, como causal de terminación de los contratos de la Administración, el mutuo consentimiento de las partes, la cual se ubica en un estadio intermedio, puesto que no corresponde exactamente a los modos normales de terminación del contrato -puesto que al momento de su celebración las partes no querían ni preveían esa forma de finalización anticipada-, como tampoco corresponde en su totalidad a los modos de terminación anormal, dado que está operando la voluntad conjunta de las partes y ello forma parte esencial del nacimiento y del discurrir normal de todo contrato."
Lo anterior quiere decir que, no basta con que el contratista manifieste su intención de terminar de manera anticipada el contrato, sino que además se requiere el consentimiento de la Entidad Estatal. Para el efecto, la administración debe realizar las valoraciones correspondientes respecto al impacto en la satisfacción de las necesidades que dieron origen a la contratación, asegurando que esta no se vea afectada.
3. Respecto al pago por las actividades desarrolladas en el marco del contrato
Frente a este punto, es relevante señalar que, para poder proceder al pago de las actividades desarrolladas, en caso de que se hayan ejecutado algunas, debe acreditarse de manera contundente que las mismas representaron un beneficio para la entidad. Esta Dirección considera que es inconveniente pagar motu proprio una suma, cualquiera que esta sea, si no se satisfizo la necesidad que dio origen al contrato, o por lo menos, se abonó un camino para ello. Además, resulta pertinente mencionar que, si efectivamente los estudios adelantados hace quince años pueden ser utilizados en la actualidad, se estaría generando un doble pago por el mismo concepto, lo cual a todas luces es lesivo para el patrimonio público.
Sin embargo, es necesario que la administración evalúe la procedencia de la aplicación de mecanismos de arreglo directo, o que en el marco de lo señalado en el artículo 13 de la ley 1285 de 2009, si el tercero afectado es de buena fe, tiene la posibilidad de solicitar a la administración que sus derechos sean restablecidos, es aconsejable que se promueva una solicitud de conciliación conjunta ante el Ministerio Público, para que, con la aprobación judicial de la misma, se pueda efectuar cualquier reconocimiento a que haya lugar.
En los términos anteriores se emite el presente concepto, tomando como base la información que fue remitida electrónicamente a la Dirección de Contratación, y para la toma de decisiones exclusivamente de la órbita de las competencias de la Alcaldía Local, y es su responsabilidad acoger el contenido del presente concepto de forma total, parcial o negativamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. (negrita fuera de texto)
3. CONTRATO DE CONSULTORIA 070 DE 2006
3.1 INFORMACIÓN GENERAL
PROCESO | FDLS - LP - 04 – 2006 |
CONTRATO | 070 de 2006 |
CONTRATISTA | CONSORCIO SUMAPAZ 2007 |
FECHA DE INICIO | 14/02/2007 |
PLAZO INICIAL | 05 MESES |
PRORROGA No.1 | 45 DÍAS DESDE EL 14 DE JULIO DE 2007 AL 28 XX XXXXXX DE 2007 |
SUSPENSIÓN No.1 | DEL 21 XX XXXXXX DE 2007, QUE SEÑALA: “(…) las partes, luego de un análisis concienzudo de los argumentos expuestos, consideran conveniente suspender el presente contrato a partir del día veintiuno (21) xx xxxxxx de 2007 y hasta tanto sea expedida la reglamentación” |
FECHA DE TERMINACION | 8/06/2010 |
FECHA DE LIQUIDACION | 8/06/2010 |
VALOR INICIAL | $ 380,000,000 |
ADICION No1 | $ 86,718,400 |
VALOR FINAL | $ 466,718,400 |
Frente a la información disponible en el Archivo Central de la secretaria general de Bogotá, es necesario realizar las siguientes precisiones:
1. El expediente físico del contrato de consultoría 070 de 2006 no se encuentra disponible en las plataformas SECOP I ó II.
2. El alcance inicial del contrato de acuerdo con el estudio previo y la oferta económica del proceso FDLS- LP-04–2006 que reposa en el expediente físico es el siguiente:
• Estudio de impacto ambiental.
• Estudio de suelos.
• Diseño urbanístico.
• Diseño arquitectónico.
• Diseño estructural.
• Diseño de obras eléctricas y telecomunicaciones.
• Diseño interno y externo de redes de agua potable y aguas servidas.
• Diseño eléctrico.
• Especificaciones técnicas.
• Presupuesto de obra.
• Programación de obra.
• Tramite de licencia de construcción.
3. El contrato de consultoría 070 de 2006, tuvo una suspensión indefinida desde el 21 xx xxxxxx de 2007 hasta el 08 xx xxxxx de 2020 fecha en la que se dio por terminado el contrato de consultoría 070 de 2006, en dicha acta de terminación se indica:
“… El contrato de consultoría objeto de la presente acta de encuentra suspendido desde el día 21 xx xxxxxx de 2007, por acuerdo entre las partes, en razón a que para esa fecha, de conformidad a lo solicitado tanto por el contratista como la interventoría se hacía necesaria la suspensión temporal del contrato, ya que se encontraba en elaboración un Decreto Ley transitorio (sic), que iba a ser expedido por el Departamento de Planeación distrital (sic), dicha norma era necesaria, por lo tanto tan pronto fuere expedida dicha reglamentación y fuere debidamente legalizada se reanudaría el contrato para que el contratista pudiese dar por terminada la coordinación de los diseños y estudios técnicos.
La ejecución total de la consultoría se vio afectada por esa circunstancia, que no era posible prever por ninguna de las partes, tanto así, que en el acta de suspensión temporal se acordó mutuamente no dejar una fecha cierta para reiniciar el
contrato, sino más bien, en una visionaria xxxxx y responsable actitud contractual, dejaron un plazo abierto, hasta tanto fuere expedida la reglamentación de la UPR para la localidad de Sumapaz.
Sin embargo, desde la fecha de suspensión, a la presente, no se ha expedido la normatividad que origino el acuerdo entre las partes para la suspensión.
Mas aún, el despacho de la alcaldía local envió el oficio No_20102000000511 de fecha 19 xx xxxxx de 2010, dirigido al director de Ambiente y Ruralidad de la secretaria de Ambienta y Ruralidad, en el cual se solicitaba certificación sobre el hecho que a tal fecha no se había reglamentado las UPR.
La secretaria Distrital de Ambienta y Ruralidad, mediante oficio No. _0-00000-00000, respondió entre otros lo siguiente: “(…) la reglamentación de las Unidades de Planeación Rural UPR, están sujetas a un proceso de diagnóstico, prospectiva, formulación, ajuste y validación para la respectiva adopción del Decreto. Los proyectos de decretos deben ser revisados, concertados y aprobados por esta secretaría, en cabeza de la secretaria (sic), junto con otras entidades distritales, la CAR, la comunidad, y por último la firma xxx xxxxxxx Mayor para su aprobación (…) (Resaltado nuestro).
Con lo anterior queda claramente establecido y probado, que ha sobrevenido un hecho independiente a la voluntad de las partes, esto es que hasta el día presente no se ha colmado la expectativa de expedición de una norma de UPR para la localidad Sumapaz, y por lo certificado en el oficio de la secretaria de Ambiente y Ruralidad, se deja ver que la expedición de tal normativa tardara mucho más de lo esperado.
Analizadas todas las anteriores circunstancias, las partes intervinientes en el contrato de Consultoría No_070 de 2006, de común acuerdo, dicen dar por terminada la relación contractual…” (subrayado y negrilla fuera de texto).
Acorde con los numerales anteriores y una vez revisado los entregables anexos con el acta de terminación, se encontraron los componentes arquitectónico, estructural, eléctrico, hidrosanitario, estudio geotécnico, cimentaciones y ambiental, sin evidencia de la aprobación por parte de la interventoría. Sin embargo, no se encuentro disponible el diseño urbanístico, diseño de obras eléctricas y telecomunicaciones, especificaciones técnicas, presupuesto y programación de obra, y soporte de los tramites realizados para la obtención de las licencias de construcción.
Por lo tanto y debido a la justificación realizada por las partes en el acta de terminación se presume que el contrato de consultoría No. 070 de 2006 no termino a satisfacción y quedo como pendiente la coordinación de los diseños y estudios técnicos conforme a la reglamentación de las Piezas Rurales de Bogotá.
3.2 ANALISIS DE LOS ENTREGABLES REALIZADOS EN EL MARCO DEL CONTRATO DE CONSULTORIA 070 DE 2006.
Ateniendo las recomendaciones de Secretaria Distrital de Gobierno, el área de infraestructura del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, procede a realizar una revisión general de los entregables realizados por el Consorcio Sumapaz 2007 en el año 2010, cuyas conclusiones se resumen a continuación, sin embargo, es procedente resaltar teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, el expediente físico no se encuentra estructurado de acuerdo con los lineamientos definidos por Archivo Central y no se encuentra cronológicamente ordenado:
1. Estudio de impacto ambiental: el Consorcio Sumapaz 2007presento el plan de manejo ambiental
para la “Construcción de la sede administrativa para la Localidad de Sumapaz”, el cual incluye los
objetivos generales y específicos, la descripción del proyecto (localización, características y procedimiento constructivo), análisis del área de influencia, condiciones ambientales del área de influencia del proyecto, identificación y evaluación de impactos ambientales, estructura del plan de manejo ambiental, programa de monitoreo y seguimiento, y el plan de contingencia del proyecto.
Cabe resaltar que en una comunicación anexa en el expediente físico emitido por la firma GEOSIGMA LTDA el día 20 de septiembre de 2007, donde hace entrega del PMA del proyecto al Consorcio Sumapaz 2007, la firma realiza la siguiente salvedad:
“Sin embargo queremos manifestarle que el único documento que no proceso esta consultoría fue el relacionado con la planta de tratamiento, los estudios sobre este aspecto se incluyeron en el anexo 2 y son responsabilidad del Ing. Xxxxxxxxx quien es el diseñador y no de esta consultoría quien no participo en ninguna decisión técnica sobre este tema.
Así mismo, me permito manifestarle que una vez estén los análisis de aguas (cotizaciones de laboratorio que se entregaron el día anterior a esta misiva) realizaremos el procedimiento que la CAR tiene definido para tramitar la solicitud de permisos de vertimientos, según lo solicitado por la CAR”. (citado y en negrilla fuera de texto).
Con esta afirmación y después de realizar la revisión a detalle del expediente físico, se puede presumir que el proyecto no cuenta con los permisos ambientales y de vertimientos debidamente expedidos por la CAR, que son esenciales para el inicio de las obras. Según la experiencia de la actual administración, los tramites que se adelanten ante la CAR pueden demorar entre 6 meses a 1 año en obtener aprobación, donde es probable que la Entidad exija la reestructuración de estudios y diseños o la elaboración de una propuesta actual.
Adicionalmente, el Plan de Manejo Ambiental de 2007 se establece por la vida útil del proyecto, obra o actividad y cobijará las fases de construcción, montaje, operación, mantenimiento, desmantelamiento, restauración final, abandono y/o terminación. Sin embargo, considerando que no se ejecutaron las obras y que ha transcurrido un periodo de 14 años desde su elaboración, es necesario reestructurar el documento juntos con los planes a implementar, ya que en el trascurso del tiempo se actualizaron los términos de referencia, cambiaron los impactos asociados a la actividad frente al área de influencia al presentarse posibles cambios en la línea base y los usos de suelos definidos en el Distrital No.552 de 2015 “Por el cual se adopta la Unidad de Planeamiento Rural – UPR Río Sumapaz de Bogotá D.C., se reglamentan los Planes de Mejoramiento Integral para los Centros Poblados de La Unión y San Xxxx y se dictan otras disposiciones”, entre otros. De igual forma, se debe tener presente que el día 26 xx xxxx de 2015 el Sector de Ambiente y Desarrollo Sostenible, expidió el Decreto 1076 de 2015, con el objetivo de compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario que rigen el sector Ambiente.
2. Estudio de suelos: el entregable realizado en el año 2007 por el Consorcio Sumapaz 2007, incluye las exploraciones de subsuelo realizado en campo, los ensayos de laboratorio correspondientes que permitió definir la estratificación el suelo en la zona, el diseño de la cimentación y de pavimentos, conclusiones, recomendaciones y limitantes. Sin embargo, no cuenta con la documentación del profesional que realizó el informe, según lo establece el literal H.1.1.2.1 – Firma de los estudios de la NSR-98 y su actualización por medio de la NSR-10.
Con la información encontrada en el expediente físico y considerando que por medio del Decreto 926 del 19 xx xxxxx de 2010, el Gobierno Nacional expidió el reglamento NSR-10 (actualización de la NSR-98), fue posible por parte del área de infraestructura del FDRS realizar un análisis general del entregable e indicar las posibles circunstancias que pueden implicar la actualización o la nueva elaboración del estudio de suelos en el predio de San Xxxx xx Xxxxxxx:
El literal (a) Del proyecto del numeral H.2.2.2 – ESTUDIO GEOTECNICO DEFINITIVO de la NSR-10, establece que los informes deben contar con la evaluación de cargas y enfatiza en que no se pueden considerar como ESTUDIO GEOTECNICO DEFINITIVOS aquellos estudios realizados con cargas preliminares o en donde solo se haya considerado el efecto dela gravedad sobre la estructura, requisito que difiere con lo establecido en la NSR-98, donde solo se requiere indicar las cargas del proyecto y efectivamente, en el componente del 2007 no se encuentra este análisis de cargas sino que se hace una estimación de las mismas dependiendo de la altura de las estructuras, esta situación puede implicar un ajuste a los diseños de la cimentación ya que la cargas pueden aumentar o disminuir después del análisis detallado.
Frente a las exploraciones de los subsuelos en el informe de suelos indican que se realizaron 7 perforaciones con un profundad entre 5 a 9 metros, con apiques y trincheras con profundidades entre 1 a 3 metros, cumpliendo con lo mínimo requerido en el numeral H.3.2.3 – NUMERO MINIMO DE SONDEOS de la NSR-10 para categoría baja de la unidad de construcción (hasta 3 niveles). No obstante, se recomendaría realizar sondeos adicionales para verificar las condiciones actuales del terreno, para verificar la clasificación de los perfiles de suelo de acuerdo con lo definido en el numeral A.2.4.2 de la NSR-10.
Si bien es cierto, en el informe del 2007 se presentan los resultados de los modelos de estabilidad y deformación para la alternativa de cimientos aislados, como se solicita en la NSR-98, se requiere realizar un análisis geotécnico a detalle de acuerdo con lo definido en la NSR-10, para verificar la viabilidad de la propuesta de cimentación realizada en su momento.
De igual forma, cabe resaltar que el numeral H.2..2.2 de la actualización de la Xxxxx Xxxxx Resistente, solicita a los ingenieros geotecnista incluir dentro del informe o como un anexo, las recomendaciones para la construcción (sistema constructivo), donde se identifiquen las alternativas técnicamente factibles para solucionar problemas geotécnicos de construcción y excavación, pese a que este es un indicador de forma y no de fondo, es requerimiento para la entrega y aprobación de los estudios geotécnicos en la actualidad.
En conclusión, con lo anterior, y a nivel general se puede presumir que el estudio de suelos de 2007 presentado por el Consorcio Sumapaz 2007 cuenta con lo mínimo requerido por la NSR-98 y como recomendación de cimentación se encuentra la construcción de cimientos aislados y cimientos aislados reforzados con pilotines, lo cual fue resultado del estudio de suelos y se encuentra de acuerdo con la implantación arquitectónica aprobada en su momento. No obstante, asumiendo que la propuesta arquitectónica sea viable actualmente, para utilizar el producto en la fecha del presente informe, es necesario revisar y actualizar a detalle el estudio de suelos presentado en su momento por parte de un especialista en Geotecnia, ya que, si bien es cierto, la estratigrafía del suelo no varía con el paso del tiempo considerablemente, la actualización de la NSR-10 (Titulo A y H) puede generar cambios en las condiciones de diseño.
En caso de que la propuesta arquitectónica para la construcción sede administrativa presente cambios considerables, sería posible considerar los resultados de obtenidos de la explotación del subsuelo, sin que esto desligue la necesidad de realizar sondeos adicionales.
3. Diseño arquitectónico y urbanístico: dentro del proceso licitatorio FDLS-LP-04-2006, para aplicar a los criterios puntuables, los oferentes deben presentar su propuesta de anteproyecto arquitectónico para la Sede Administrativa, de acuerdo con el levantamiento topográfico suministrito por la Alcaldía Local y con el cuadro de áreas anexo a la licitación. La propuesta final del CONSORCIO SUMAPAZ 2007 para la Sede Administrativa de la Alcaldía Local en el corregimiento de San Xxxx, comprende las siguientes áreas:
Ilustración 1. Cuadro de áreas cubierta y urbanismo Alcaldía Local de Sumapaz Contrato 070 de 2006.
Fuente. Expediente físico Contrato 070 de 2006.
Como se evidencia en la imagen anterior la propuesta final del Consorcio comprende la intervención de 4.819m2 de área cubierta y 10.203m2 de urbanismo. Sin embargo y considerando los motivos que dieron origen a la suspensión y terminación del Contrato 070 de 2006, la propuesta de implantación arquitectónica se entregó a la Alcaldía Local previo a la expedición del Decreto Distrital No.552 de 2015 “Por el cual se adopta la Unidad de Planeamiento Rural – UPR Río Sumapaz de Bogotá D.C., se reglamentan los Planes de Mejoramiento Integral para los Centros Poblados de La Unión y San Xxxx y se dictan otras disposiciones”, lo que puede implicar un cambio en los diseños. De igual forma, se debe considerar que los diseños arquitectónicos deben contemplar los estipulado en el Decreto Distrital 470 de 2007 sobre Accesibilidad en condiciones de discapacidad, previendo rampas, barandas y los baños internos, así como, lo establecido en los Decretos 1077 de 2015 y 1203 de 2017, donde se actualiza la normatividad que rige la expedición de las licencias de construcción, de subdivisión, espacio público, retrocesos y aislamientos etc.
Actualmente, la propuesta arquitectónica (especialmente urbanismo) presentada en 2007, no es viable en su totalidad para ejecución y requiere una restructuración, teniendo en cuenta que con el paso de los años se han realizado adecuaciones en el lote propuesto inicialmente. Los espacios administrativos nuevos se pueden ubicar en el Centro de Convenciones Xxxxx Xxxxxx, sin embargo, los espacios comunales administrativos se deben reubicar garantizando su funcionabilidad.
4. Diseño estructural: el diseño estructural presentado por el Consorcio Sumapaz 2007, se trata de un grupo de edificaciones que servirán de sede a la Alcaldía Local de Sumapaz en el corregimiento de San Xxxx, aisladas entre si generando estructuras independientes, distribuidos de la siguiente forma:
• Edificio sede administrativa.
• Edificio de cafetería y biblioteca.
• Edificio de auditorio.
• Edificio para la administración pública.
• Edificio sede la Junta Administradora Local.
• Bloque de acomodaciones tipo 1.
• Bloque de acomodaciones tipo 2.
• Lavandería.
• Establo.
• Porterías.
De acuerdo con el estudio de suelos elaborado en el año 2007, el predio se localiza en la zona 2 o piedemonte de la Microzonificación sísmica de Bogotá D.C. (decreto 193 de 2006), sin embargo, se debe tener presente que mediante el Decreto 523 de 2010 se adopta las disposiciones de Microzonificación Sísmica de Bogotá, D.C., de acuerdo con los resultados del estudio de zonificación de la respuesta sísmica de Bogotá, de conformidad con el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10, por lo que se debe verificar los mapas de zonas geotécnicas y de respuesta sísmica, así como los coeficientes de diseños definidos en la normatividad.
Normativamente, el aspecto fundamental a destacar frente a la viabilidad de los diseños estructurales a la fecha del presente informe (año 2021), es que por medio del Decreto 926 del 19 xx xxxxx de 2010, el Gobierno Nacional expidió el reglamento NSR-10 (actualización de la NSR-98), que a nivel general implica la adición de nuevos parámetros y mejoramiento de otros, todo esto con base en nuevas investigaciones enfocadas a reducir el riesgo de colapso de estructuras.
Con los nuevos parámetros de la NSR-10, las secciones pasan a ser de mayor tamaño o con refuerzo adicional, debido a que se presenta un aumento de la rigidez de las estructuras, lo que implica técnicamente una estructura más pesada y financieramente un aumento de costos en el proyecto, frente a la propuesta realizada con la NSR-98, razón por la cual, frente a los diseños estructurales realizados por el Consorcio Sumapaz 2007, es necesario realizar un análisis estructural completo y detallado, siempre y cuando la implantación arquitectónica se mantenga y, se actualicen y/o elaboren los estudios de suelos.
5. Diseño interno y externo de redes de agua potable y aguas servidas: el componente hidrosanitario del proyecto de la Sede Administrativa de la Alcaldía Local en el corregimiento de San Xxxx, comprende:
• Diseño de la red de suministro de agua potable del edificio administrativo, edifico de la junta administradora, sede administración pública, acomodaciones (modulo 1 y 2), cafetería, salín, biblioteca, auditorio, lavandería, establo, depósito de basuras y caseta de vigilancia.
• Diseño de la red de desagüe del edificio administrativo, edifico de la junta administradora, sede administración pública, acomodaciones (modulo 1 y 2), cafetería, salín, biblioteca, auditorio, lavandería, establo, depósito de basuras y caseta de vigilancia.
• Diseño de la red de aguas lluvias del edificio administrativo, edifico de la junta administradora, sede administración pública, acomodaciones (modulo 1 y 2), cafetería, salín, biblioteca, auditorio, lavandería, establo, depósito de basuras y caseta de vigilancia.
• Red de protección contra incendios.
• Planta de tratamiento de aguas residuales, mediante un reactor anaeróbico de flujo a pistón y tanque de almacenamiento de agua.
A pesar de que los informes no tengan un capítulo de normatividad se puede presumir que los diseños hidráulicos se realizaron con base en el Código Colombia de Fontanería NTC 1500. No obstante, en lo referente a redes internas (suministro, desagües y aguas lluvias), se debe realizar la verificación teniendo en cuenta la última actualización de la NTC 1500 (2017), frente a la propuesta de la planta de tratamiento es posible evaluar diferentes alternativas para el manejo de residuos, considerando los avances tecnológicos que se han presentado hasta la fecha.
6. Diseño eléctrico: de acuerdo con lo encontrado en el expediente físico del Contrato 070 de 2006, el Consorcio Sumapaz presentó los siguientes productos:
• Diseño puesto a tierra y pararrayos.
• Sistema de enlace modular.
• Sistema de red y acometida sus tableros.
• Alumbrado del edificio administrativo, edifico de la junta administradora, sede administración pública, acomodaciones (modulo 1 y 2), cafetería, salín, biblioteca, auditorio, lavandería, establo, depósito de basuras y caseta de vigilancia.
• Tomas del edificio administrativo, edifico de la junta administradora, sede administración pública, acomodaciones (modulo 1 y 2), cafetería, salín, biblioteca, auditorio, lavandería, establo, depósito de basuras y caseta de vigilancia.
De acuerdo con lo relacionado en el informe eléctrico, los diseños se realizaron con base en el Código Eléctrico Colombiano NTC 2050 – primera actualización del 25 de noviembre de 1998 y el reglamento RETIE expedido el 07 xx xxxxx de 2004, que muestra los principales parámetros para hacer una instalación eléctrica. No obstante, y reiterando lo manifestado en los componentes anteriores, se debe realizar la verificación de los diseños eléctricos teniendo en cuenta la última actualización del RETIE (2013) vigente, que obliga el cumplimiento de la versión vigente de la NTC 2050, siempre y cuando se mantenga la propuesta de implantación arquitectónica ya que los diseños complementarios dependen directamente de este.
De igual forma, no se evidencia dentro de los documentos del expediente físico, que se haya realizado algún tramite con la empresa de energía para la aprobación de la conexión de carga del proyecto al transformador existente, ni se encuentra el componente presupuestal de los diseños eléctricos (presupuestos, APU, estudio xx xxxxxxx, memoria de cantidades y especificaciones técnicas).
3.3 OBSERVACIONES GENERALES
• De acuerdo con el alcance definido en los estudios previos del proceso que dio origen al Contrato 070 de 2006, no se encuentran los diseños de obras eléctricas y de telecomunicaciones, las especificaciones técnicas del proyecto, el presupuesto detallado de obra y su respectiva programación.
• Cabe resaltar que, de acuerdo con la información consignada en el expediente, para el año 2010 el proyecto no contaba con licencia de construcción, permisos de conexión eléctrica expedido por Energía Eléctrica de Bogotá y conexión de acueducto expedido por la JAC, permisos de vertimientos expedido por la CAR para la construcción de la planta de tratamiento y demás necesarios para la correcta ejecución de la obra.
• Teniendo en cuenta los motivos que dieron origen a la suspensión y a la terminación del contrato, se puede presumir que el contrato no termino a satisfacción debido a que se encontraba condicionado a la expedición de la reglamentación de la UPR para la localidad de Sumapaz, por lo tanto, no se contaba con los diseños definitivos debidamente cruzados con la implantación arquitectónica, ni con el presupuestos definitivo que permitiera tener un concepto claro para la formulación del proceso de construcción.
4. ANALISIS ENTREGABLES CONTRATO DE CONSULTORIA CCO-179-2019
Los días 18 y 19 xx xxxxxx de 2021, el Consorcio Diseños 2019 entrega al apoyo a la supervisión un informe ejecutivo del contrato de consultoría CCO-179-2019 junto con los productos elaborados previo a la fecha de suspensión del contrato, con el fin de que la Entidad pueda revisar y emitir su concepto sobre el estado del contrato, considerando las contrariedades presentadas entre el Consultor y la interventoría, en estos documentos se relaciona que el consultor ha elaborado los siguientes productos:
• Esquema funcional alternativa 1.
• Esquema funcional alternativa 2.
• Esquema funcional alternativa 3.
• Cronograma general del proyecto.
• Sistema de gestión de calidad.
• Programa arquitectónico 1.
• Programa arquitectónico 2.
• Programa arquitectónico 3.
• Memoria descriptiva del programa arquitectónico.
• Análisis ambiental.
• Concepto técnico ambiental.
• Concepto técnico arquitectura.
• Concepto técnico Bioclimático.
• Concepto técnico eléctrico.
• Concepto técnico geotecnia.
• Plan en seguridad y salud en el trabajo.
• Programa de gestión social.
• Diagnóstico de la mejor alternativa de localización del proyecto.
• Estudio de normas de los predios.
• Análisis de las áreas existentes, de las pareas requeridas por la alcaldía y cuadro de áreas del proyecto.
• Tres (03) diseños arquitectónicos a niveles de esquema básico de conformidad con la norma para que la Alcaldía Local de Sumapaz defina la alternativa de diseño.
• Bibliografía.
• Memoria USB con videos y fotografías (Drene) Lote Xxxxxxx, Lote San Xxxx.
Inicialmente, se procede realizar la revisión de los componentes relacionados anteriormente, conforme a lo indicado en el Numeral 2.1 OBJETO A CONTRATAR de los estudios previos del proceso FDLS-CMA-191- 2019 (relacionado en el numeral 1.5 del presente informe) y en el Numeral 6.1 GENERALIDADES del Anexo Técnico (documentos complementarios del Contrato CCO-179-2019).
De acuerdo con el Anexo Técnico, el contrato CCO-179-2019 tiene las siguientes etapas a nivel general:
1. Normas y títulos. Diagnósticos mejor alternativos de localización del proyecto.
2. Recopilación y análisis de la información cuadro de áreas.
3. Alternativas de diseños.
4. Estudios y diseños.
5. Entrega de productos finales.
Según el Numeral 6.2 NORMAS Y TITULOS. RECOPILACIÓN Y ANALISIS DE LA INFORMACIÓN,
tiene como objetivo: “… la identificación de la situación de los inmuebles objeto de los estudios arquitectónicos y técnicos para la construcción de la sede administrativa de la Alcaldía de la Localidad de SUMAPAZ” y comprende principalmente el estudio de la situación normativa, urbanística legal y propuestas de implantación arquitectónica, que dé como resultado la presentación a la Entidad de un informe final de diagnóstico, indicando la mejor alternativa de intervención.
Respecto a esta etapa y con base en la información recibida, el Consorcio Diseños 2019 realizó un análisis de las condiciones especificas de los dos predios disponibles para la construcción de la nueva sede de la Alcaldía Local a partir de información de la Localidad oficial y no oficial, como:
• Decreto Distrital 552 de 2012, por el cual se adopta la Unidad de Planeamiento Rural – UPR Río Sumapaz de Bogotá D.C., se reglamentan los Planes de Mejoramiento Integral para los Centros Poblados de La Unión y San Xxxx y se dictan otras disposiciones.
• Decreto Distrital 553 de 2012, por el cual se adopta la Unidad de Planeamiento Rural –UPR Río Blanco de Bogotá, D.C., se reglamentan los Planes de Mejoramiento Integral para los Centros Poblados de Betania y Nazareth, y se dictan otras disposiciones.
• Secretaria Distrital de Planeación. Comunicación 0-0000-00000 del 09 xx xxxxx de 2020. Asunto: Solicitud concepto de norma urbanística y uso de suelo predios Chip: AAA0143NWNX/Matricula inmobiliaria: 50S-234720 y Chip: AAA0199HYYX/ Matricula inmobiliaria: 50S-40486984.
• Secretaria Distrital de Planeación. Guía de vivienda rural para Bogotá.
• Secretaria Distrital de Salud, Subred Integrada de Servicios de Salud (SUR E.S.E). Análisis de condiciones, calidad de vida, salud y enfermedad, 2016-2018.
• IDEAM. Atlas de radiación solar, ultravioleta y ozono de Colombia, 2017.
• CAR. Estudio de Diagnostico, prospectiva y formulación cuenta Río Sumapaz.
• IDIGER. ¨Mapa de amenaza por movimientos en masa de Bogotá.
• IDIGER. Proyecto actualización componente de gestión del riesgo para la revisión ordinaria y actualización del plan de ordenamiento territorial.
• Alcaldía Local de Sumapaz. Identificación y priorización escenario riesgo.
• Secretaria Distrital de Planeación. Diagnostico de la ruralidad del Distrito Capital, componente de movilidad, 2019.
• Secretaria Distrital de Planeación. Estructura funcional y de soporte servicios públicos en la ruralidad, 2019.
• Xxxxx X. Xxxxx, Manual técnico de capacitación para bomberos.
• Hospital Nazareth I Nivel, Atlas Local de Salud Pública, 2015.
• NSR 10, Titulo A – Requisitos generales de diseño y construcción sismo resistente.
De igual forma, según lo manifiesta el Consorcio Diseños 2019, se realizó una visita técnica con los profesionales encargados del área correspondiente, con el fin de que cada uno emitiera un concepto técnico de viabilidad, lo que se consolido en una matriz comparativa donde de acuerdo a la variable analizada cada profesional (dependiendo su competencia) se asignaba un porcentaje de incidencia por cada uno de los lotes propuestos dentro del alcance del contrato (Ver Anexo No.39).
Ilustración 2. Sección inicial de la matriz comparativa de diagnostico selección del Lote. CCO-179-2019
La matriz definitiva1 se desarrolló de la siguiente forma:
CAPITULO ESTRUCTURA DE LA UPR | SUBCAPITULO | VARIABLE |
A. Gestión del riesgo y cambio climático. | A.1 Gestión del riesgo | A.1.1 Condiciones geotécnicas |
A.1.2 Condiciones y riesgos ambientales. | ||
A.1.3 Condiciones estructurales. | ||
A.2 Cambio climático. | A.2.1 Temperatura. | |
A.2.2 Ruido. | ||
A.2.3 Precipitaciones. |
1 De acuerdo con la comunicación del Consorcio Diseños del 19 xx xxxxxx de 2021, la matriz inicial fue socializada con la interventoría el día 03 xx xxxxxx de 2020, quien solicitó su restructuración considerando los decretos 554 y 553 de 2015.
A.2.4 Radiación solar. | ||
A.2.5 Microclima. | ||
A.2.6 Viento, dirección y velocidad. | ||
A.2.7 Sombras. | ||
B. Estructura funcional y de servicios. | B.1 Sistema de movilidad. | B.1.1 Conexión con vías |
B.1.2 Transporte público. | ||
B.1.3 Distancia | ||
B.1.4 Distancia al centro de Bogotá. | ||
B.1.5 Accesibilidad, vías de acceso y vías de conexión. | ||
B.1.6 Espacio público. | ||
B.2 Sistema de servicios públicos (acueducto y saneamiento básico). | B.2.1 Servicios públicos domiciliarios. | |
B.2.2 Condiciones del terreno. | ||
B.2.3 Condiciones climáticas. | ||
B.2.4 Condiciones del riesgo de incendios. | ||
B.3 Sistema de servicios públicos (energía y telecomunicaciones). | B.3.1 Existencia de servicios públicos domiciliarios (redes eléctricas). | |
B.3.2 Existencia de servicios de telecomunicaciones. | ||
C. Estructura socioeconómica y social. | C.1 Normas aplicables al suelo rural. | C.1.1 Determinantes normativas. |
C.1.2 Determinantes físicas. | ||
C.2 Sistema de espacio público. | C.2.1 Determinantes normativas. | |
C.2.2 Determinantes de localización. | ||
C.2.3 Determinantes físicas. | ||
C.3 Sistema de equipamientos. | C.3.1 Evalúa el acceso a los equipamientos urbanos necesarios para complementar el uso del proyecto a desarrollar. | |
C.4 Social | C.4.1 Cantidad de personas por cuenca | |
C.4.2 Flujo poblacional por actividad | ||
C.4.3 Riesgos sociales | ||
C.4.4 Factores políticos. | ||
C.4.5 Calidad de vida. | ||
C.5 Instrumentos de gestión. | C.5.1 Áreas y linderos. | |
C.5.2 Situación legal del predio. | ||
C.6 Instrumentos de financiación | C.6.1 Topografía | |
C.6.2 Cargas por ejecución |
La etapa de diagnóstico (matriz inicial y matriz ajustada) dio como resultado que los dos predios eran viables para la construcción de la sede administrativa de la Alcaldía Local de Sumapaz, sin embargo, el predio localizado en el Centro Poblado de San Xxxx fue el que mayor puntaje obtuvo en el análisis realizado por la consultoría, situación que según manifiesta el Consorcio Diseños 2019 fue socializada con la comunidad y la Entidad.
La segunda y la tercera etapa del Contrato CCO-179-2019 hace referencia a la RECOPILACIÓN Y ANÁLISIS DE INFORMACIÓN CUADRO DE ÁREAS y ALTERNATIVAS DE DISEÑOS, respectivamente. Según
el Numeral 2.1 OBJETO A CONTRATAR del mismo, comprendería el desarrollo de las siguientes actividades:
1. Realizar un análisis de las áreas existentes, de las áreas requeridas por la alcaldía local de Sumapaz y realizar un cuadro de área del proyecto.
2. Realizar tres diseños arquitectónicos a nivel de esquema básico de conformidad con la norma para que la Alcaldía defina la alternativa de diseño
Frente a esta etapa, el Consorcio Diseño 2019 presento las siguientes alternativas de implantación en el predio de San Xxxx, soportado con una memoria descriptiva del análisis arquitectónico realizado:
XXXXXXXXXXXX | XXXXXXXXXXX Xx.0 (x0) | XXXXXXXXXXX Xx.0 | XXXXXXXXXXX Xx.0 |
Grupo 1: xxxx de acceso. | 148.36 | 170.35 | 170.35 |
Grupo 2: área de gestión policivo jurídico Sumapaz. | 106.03 | 188.11 | 188.11 |
Grupo 3: área de organismos de vigilancia y control | 79.84 | 100.99 | 100.99 |
Grupo 4: área dependencias externas y proyectos temporales. | 30.54 | 52.42 | 52.42 |
Grupo 5: despacho de la alcaldía. | 140.87 | 152.66 | 152.66 |
Grupo 6: área de gestión desarrollo Local. | 195.48 | 233.39 | 233.39 |
Grupo 7: Administrativo FDLS. | 80.66 | 80.66 | 80.66 |
Grupo 8: Otras áreas y dependencias. | 309.23 | 623.80 | 623.80 |
Grupo 9: Servicios generales. | 308.28 | 470.01 | 470.01 |
Grupo 10: Circulaciones generales y muros/fachadas/ estructuras. | 268.36 | 397.47 | 397.47 |
Grupo 11: Cuartos técnicos. | 135.00 | 135.00 | 135.00 |
Grupo 12: Biblioteca y casa de la cultura. | 0 | 0 | 314.14 |
Grupo 13: Servicios centro poblado. | 0 | 0 | 79.00 |
TOTAL | 1802.64 | 2604.77 | 2997.91 |
Lo relacionado anteriormente, fue lo ejecutado por el Consocio Diseños previo a la suspensión del contrato CCO-179-2019, encontrándose pendiente las fases ESTUDIOS Y DISEÑOS y ENTREGA DE PRODUCTOS FINALES, que comprende el desarrollo de las siguientes actividades:
1. Realizar el presupuesto, análisis de precios unitarios y especificaciones técnicas de obra.
2. Realizar el diseño arquitectónico del proyecto en el predio elegido.
3. Realizar el estudio de suelos del proyecto.
4. Realizar el estudio y calculo estructural del proyecto.
5. Realizar el diseño de red eléctrica normal y regulada, telecomunicaciones, de voz y datos.
6. Realizar el diseño de red hidráulica, sanitaria y de incendios.
7. Realizar el diseño del sistema de aire acondicionado en espacios requeridos.
8. Realizar el diseño sistemas de seguridad, incluyendo circuito cerrado de televisión.
9. Realizar el diseño de instalaciones de gas.
10. Realizar las consideraciones a la edificación en aspectos ambientales de asoleamiento, ventilación natural, iluminación natural y acústica.
11. Realizar el diseño de iluminación bajo parámetros RETIE.
12. Entrega de original y copia, así como en medio magnético de las memorias, planos y demás documentos relacionados con el proceso, relación de productos e informe ejecutivo con los aspectos básicos del proyecto.
4.1 CONCEPTO DE LA INTERVENTORIA CIN-180-2019
El día 18 xx xxxxxx de 2020 la interventoría IA Ingeniería y Arquitectura, remite al Fondo la comunicación IAC-DIN182-022-2020, donde manifiesta lo siguiente:
“…Queremos empezar contando que el Contrato N° COO179-2019, al que hacemos la interventoría técnica, administrativa, financiera, jurídica y ambiental, completa ya casi cuatro (4) meses de ejecución, de un total de 8 meses contractuales, y en la actualidad, se encuentra en la primera fase de ejecución, con un rendimiento aproximado de un diez por ciento (10%) en ésta. razón por la cual, las otras actividades correspondientes a esta primera fase de cumplimiento, las tenemos estimadas en un noventa por ciento (90), y con seguridad, actividades mucho más complejas, que requieren de los tiempos que no han sido utilizados adecuadamente, como son, la ejecución y aprobación consensuada con la comunidad del programa arquitectónico, la elaboración de muestras y estudios de suelos y topografía y la entrega y aprobación del anteproyecto arquitectónico, que va ligado a un estudio previo bioclimático y de urbanismo.” (subrayado y en negrilla fuera de texto).
Asimismo, indica que el Consorcio Diseños 2019 presentaba un incumplimiento en el marco del Contrato CCO- 179-2019 ya que restaban cuatro (4) meses para la terminación del contrato y se evidenció una imposibilidad de cumplirlo a cabalidad.
De igual forma, atendiendo el requerimiento realizado por el FDRS, el día 27 xx xxxxxx de 2020 mediante la comunicación IAC-DIN182-2019-024-2020 la interventoría radica un informe sobre el estado del contrato N°CCO179-2019, donde cabe destacar las siguientes afirmaciones:
“… Reiteradamente y desde el inicio del contrato, esta interventoría, mediante oficios, comités de Consultoría y correos electrónicos, ha conminado al Contratista a realizar las entregas de conformidad con el objeto, el valor y el plazo del contrato, que se encuentran claramente expresos en los oficios N°s, 005, 006, 007, 009, 010, 011, 012, 013, 015 y 018 enviados por la interventoría. La empresa CONSORCIO DISEÑOS 2019, contratista de la Consultoría para la entrega de los Estudios y Diseños, ha venido ignorando sus obligaciones como se ha informado oportunamente a la Alcaldía de Sumapaz, en los oficios 006, 009, 016 y 022. También esta información la hemos entregado en los Comités de Consultoría N°s 5, 6, 7, 8, 11, 12 y 13. Por consiguiente, la interventoría ha tenido una labor que no corresponde al desarrollo de un contrato normal, por continuar hasta la fecha, un proceso que debía entregarse el día 01 de febrero, como lo hemos informado oportunamente.
En cuanto a la segunda parte del contrato, referente a lo entregable y valorable, la situación se presenta todavía más inquietante, por tratarse de actividades con componentes técnicos y voluminosos, que consumen tiempos fijos irremplazables. Como se puede apreciar, la demora en la ejecución de lo anterior, ha afectado notablemente las actividades precedentes que se encuentran consignadas en la segunda parte del contrato, que son entregables, valorables y deben ser canceladas, una vez sean agrupadas de manera integral. Esta segunda parte comprende cuatro (4) fases de pago, que se encuentran descritas en los anexos del contrato que corresponden a los ESTUDIOS PREVIOS DEFINITIVOS, el MANUAL DE INTERVENTORIA – SECRETARIA DE GOBIERNO, como parte integral del contrato. La interventoría la suministró al Contratista, como la matriz para adelantar la PROGRAMACION DE CONSULTORIA y será la base para la ejecución, evaluación y pago de cada fase del contrato.
…
Respecto a las entregas exigidas para el pago N° 1, la única actividad realizada ha sido la parte investigativa, sin ser hasta la fecha recibida de conformidad y contenido con Normas y títulos, recopilación y análisis y diagnóstico de la información. Tampoco han sido recibidos y aprobados los estudios que confirmen el lugar donde será construida la sede administrativa ya que carecen de Gestión Social, como se comprobó en la reunión sostenida el día viernes 14 xx xxxxxx de 2020, con los integrantes del FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SUMAPAZ, que desconocían las actividades contratadas. Igualmente fue presentado un cuadro comparativo que no contenía las observaciones que ha venido adelantando la interventoría desde el día 22 de julio de 2020 que fue devuelto. En esas circunstancias, si el motivo de la suspensión del contrato tiene como resultado la terminación de los contratos, en el caso del Contrato CCO179 de 2019, el pago Nª 1 a la fecha, no contiene los requisitos exigidos como componente integral y no podrá ser avalado por la interventoría para pago. Con relación a los siguientes pagos, no existe documento alguno que demuestre la ejecución de esas actividades”.
5. CONCEPTO DEL FDRS FRENTE A LOS PRODUCTOS RESULTADO DEL CONTRATO CCO-179-2019.
Conforme a las recomendaciones realizadas por secretaria Distrital de Gobierno mediante el memorando 20214500098483 (relacionado en el Numeral 2.1 del presente informe) y después de revisar los entregables realizados por el Consorcio Diseño 2019, se logró concluir lo siguiente:
1. Desde el mes de septiembre de 2020, la Alcaldía Local de Sumapaz se reubico en territorio con el fin de incentivar la participación ciudadana, utilizando las instalaciones de la Casa de la Cultura en Betania (cuenca Rio Blanco), y el Centro de Convenciones en San Xxxx (cuenca Rio Sumapaz)
2. Teniendo en cuenta que dentro del plan de desarrollo (2021-2024) “Un nuevo contrato social y ambiental para Sumapaz”, se encuentra el proyecto 1693 “Terminación de infraestructuras (sedes administrativas locales)”, las TRES (03) alternativas propuestas por el Consorcio Diseños 2019 para la implementación de los programas arquitectónicos (esquemas básicos) en la Sede de San Xxxx, permitirá a la Alcaldía Local tomar decisiones frente a las adecuaciones que se están realizando actualmente por parte de su equipo de infraestructura, mediante el contrato de suministros de material y con el apoyo del programa “Empleo para Sumerce”.
3. La matriz de diagnóstico permite a la Entidad conocer las características a nivel normativo y técnico, de los predios donde actualmente se encuentra localizadas las dos Sedes de la Alcaldía Local de Sumapaz, y podrá implementar un plan de mejoramiento en las intervenciones realizadas actualmente en estos dos predios.
6. PROPUESTAS DE CUANTIFICACIÓN DEL POSIBLE VALOR A RECONOCER AL CONSORCIO DISEÑOS 2019.
El día 27 de julio de 2021 el Consorcio Diseños 2019 mediante comunicación oficial solicita a la Entidad la terminación del contrato de consultoría CCO-179-2019 y el reconocimiento y pago de las actividades ejecutadas en el marco del mismo, indicando lo siguiente:
“Se solicita:
1. La terminación de mutuo acuerdo del contrato de consultoría; de conformidad con lo señalado en la Clausula DECIMOTERCERA – CAUSALES DE TERMINACIÓN: “el contrato que se genera con ocasión de este proceso se dará por terminado en cualquiera de los siguientes eventos: a) por mutuo acuerdo de los panes, siempre que con
ello no se causen conflictos a EL FONDO. b) por agotamiento del objeto o vencimiento del plazo sin que se haya suscrito una prórroga. c) por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible continuar con la ejecución. PARAGRAFO: la terminación anticipada del contrato se hará constar en acta suscrita por las partes. En cualquiera de los eventos de terminación, se procederá a liquidar el contrato y el pago del tiempo efectivamente servido”.
2. El reconocimiento y pago de las actividades de la consultoría ejecutadas cuyo monto asciende a la suma CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIERTE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS ($468.287.997) M/CTE, con el fin de evitar mayor detrimento al Consorcio Contratista, que además tiene compromisos adquiridos con los profesionales contratador para la elaboración de la consultoría. Anotando finalmente que ya han transcurrido 337 días y aún no se ha recibido un pronunciamiento alguno de la Entidad Contratante en torno al cierre contractual”.
Sin embargo, el 02 xx xxxxxx de 2021 el Consorcio Diseño de alcance a su solicitud inicial, manifestando:
“
1. Se enuncia en el numeral 13 del derecho de petición que: “… alcanzó una ejecución del contrato de consultoría con un porcentaje del 40%, que puede ser verificado en los documentos entregados, conforme a lo enunciado en el numeral 11 de este escrito y cuyo valor de las actividades ejecutadas asciende a la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIERTE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS ($468.287.997) M/CTE ($ 468.287.997) suma esta que no ha sido pagada por parte de la Entidad Contratante.
2. Se debe aclarar que revisados los archivos y documentos de acuerdo a lo ejecutado por parte de los profesionales que intervinieron en la consultoría, el porcentaje de ejecución alcanzó el 53% y no del 40% como se señalo en el numeral anterior; hecho este que se refleja en los soportes anexados al primer escrito de petición; por tal motivo, se solicita respetuosamente se reconozca y pague la suma de SEISCIENTOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($620.481.596) M/CTE, por ser esta la suma que el ente contratante adeuda al Consorcio DISEÑOS 2019.
3. De igual manera se solicita se reconozca y pague los intereses e indexación desde el 04 de septiembre de 2020, fecha en la cual se hizo exigible el paso de las actividades contractuales por haber cumplido con los entregables conforme a los compromisos y además por la imposibilidad de continuar ejecutando la consultoría; por cuanto, ya existía un contrato sobre el mismo objeto, conforme a lo explicado en el petitorio inicial. Anotando que los intereses e indexación asciende a la suma de CIENTO SEIS MILLONES SETENTA Y OCHO MIL SESENTA Y CUATRO PESOS ($106.078.064) M/CTE.
4. De la sumatoria del capital mas intereses e indexación se obtiene la suma total de SETECIENTOS VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($726.559.660) M/CTE, que el ente contratante adeuda al Consorcio DISEÑOS 2019.
Teniendo en cuenta los fundamentos anteriores se solicita comedidamente del ente contratante, el pago de la suma adeudada al Consorcio DISEÑOS 2019 de SETECIENTOS VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA
Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($726.559.660) M/CTE, en el menos tiempo posible para
poder atender las obligaciones dinerarias del consorcio y sus consorciados”.
Teniendo en cuenta lo anterior y de acuerdo con el concepto emitido en el numeral 6 del presente informe, el Fondo procede a realizar un análisis financiero para evaluar un posible reconocimiento al contratista por las actividades ejecutadas, tomando como referencia la forma de pago del contrato CCO-179-2019 y la propuesta económica aprobada al Consorcio Diseños 2019, recalcando que para el Fondo el contrato llego a finalizar las etapas de “Normas y títulos. Diagnósticos mejor alternativos de localización del proyecto”, “recopilación y análisis de la información cuadro de áreas” y “alternativas de diseños”, conforme a lo establecido en el anexo técnico.
En primer lugar, se realiza un balance de las actividades ejecutadas frente a la forma de pago establecida en el contrato CCO-179-2019, dentro del cual se relacionan dos columnas, en la primera se encuentra el rubro de cada uno de los pagos con el 100% de cumplimiento de los productos requeridos en la forma de pago y en la segunda, se relaciona el cumplimiento real de cada uno de los entregables, como se evidencia en la siguiente tabla se asigna un porcentaje de cumplimiento del 100% al producto denominado “Normas y títulos, recopilación y análisis de la información, diagnostico”, lo que para el acta parcial No.1 comprende un 20% de ejecución. Con base a esto, se logró concluir que bajo esta modalidad de análisis el valor a reconocer al contratista sería de
$ 70,243,199.64
ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ
FORMA DE PAGO CCO-179-2019 | $ 1,170,719,994 | ||||||||
CONTRACTUAL | EJECUTADO | ||||||||
% Pago | % Cumplimiento actividades | Valor a pagar | % Cumplimiento actividades | Valor a pagar (reconocer) | |||||
Acta parcial 01: se pagará el equivalente al 30% del valor del contrato, a la entrega de los siguientes productos, previa aprobación del supervisor y/o interventoria: | 30% | 100% | $ 351,215,998.20 | 20% | $ 70,243,199.64 | ||||
· Normas y titulos, recopilación y analisis de la información, diagnostico. | 100% | 100% | |||||||
· Estudio de suelos (informe con recomendaciones del tipo de cimentación y anexos con los resultados de laboratorio). | 100% | 0% | |||||||
· Estudio topografico. | 100% | 0% | |||||||
· Diseño arquitectonico y urbanistico. | 100% | 0% | |||||||
· Planos arquitectonicos nivel de anteproyecto aprobado por parte del supervisor y por parte de lainterventoria. | 100% | 0% | |||||||
Acta parcial 02: se pagará el equivalente al 40% del valor del contrato, a la entrega en debida forma de los siguientes productos del proyecto, de acuerdo a las especificaciones contenidas en el anezo técnico, previa aprobación de la interventoría y/o supervisor: | 40% | 100% | $ 468,287,997.60 | 0% | $ - | ||||
· Diseño arquitectonico y urbanistico definitivo con detalles constructivos. | 100% | 0% | |||||||
· Diseño cartillas de ventaneria y muebles, cartilla de puertas, planos de acabados internos. | 100% | 0% | |||||||
· Renders del proyecto. | 100% | 0% | |||||||
· Diseño estructural y de elementos no estructurales. | 100% | 0% | |||||||
· Diseño cálculo apantallamiento. | redes interna y externared | de media | y baja | tensión y | 100% | 0% | |||
· Diseño y cálculo del sistema de cableado estructurado voz y datos y subsistemas tecnológicos. | 100% | 0% | |||||||
· Diseño y cálculo del sistema de ventilación natural y/o mecánica y/o climatización. | 100% | 0% | |||||||
· Presupuesto, programación, cantidades de obra y especificaciones técnicas. | 100% | 0% | |||||||
Acta parcial 03: se pagará el equivalente al 20% a la entrega de todos los productos finales a entera satisfacción aprobada por la interventoria y/o supervisor, recibo a totalidad de los estudios y diseños (totalidad de planos y memoras de cálculo solicitados en el pliego, en medio magnético y fisico (tres juesgos de planos) por parte de la interventoria, y el fondo de desarrollo local de Sumapaz b. Documento suscrito por el personal, en el que manifieste que el consultor le cancelo sus salarios y prestaciones sociales y se encuentra x xxx y salvo por todo concepto con él. | 20% | 100% | $ 234,143,998.80 | 0% | $ - | ||||
Pago contra liquidación (10%): se realizará el pago al finalizar el contrato y contra informe de liquidación. | 10% | 100% | $ 117,071,999.40 | 0% | $ - |
ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ
En segundo lugar, se realizó un balance de la dedicación de los profesionales que participaron en la ejecución del contrato previo a la suspensión No.2, de acuerdo con la oferta económica aprobada al Consorcio Diseños 2019 en el proceso FDLS-CMA-191-2019, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
1. El Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz considera que los productos elaborados por el Consorcio Diseños 2019 cumple con las etapas: “1. Normas y títulos. Diagnósticos mejor alternativos de localización del proyecto; 2. Recopilación y análisis de la información cuadro de áreas; 3. Alternativas de diseños”.
2. La oferta económica del proceso FDLS-CMA-191-2019 establece la dedicación de los profesionales respecto a la etapa de ejecución del contrato, para la etapa investigación recopilación y análisis se establece un plazo de 1.5 meses, la etapa de estudios y diseños cuenta con un plazo de 4.5 meses y la etapa de aprobaciones 2 meses.
3. Teóricamente, según la oferta económica, la primera etapa del contrato se proyectaba realizar y aprobar en mes y medio, sin embargo, revisada la documentación entregada por el Consorcio Diseños 2019 y conforme a lo manifestado por la interventoría, la etapa se desarrollo en un plazo de 4 meses y 7 días.
Conforme a lo anterior, en análisis que se realizó corresponde a formular la propuesta económica del Consorcio Diseños 2019, para un plazo de ejecución de 4 meses y 7 días, con la dedicación de los profesionales mínimo requeridos establecido para la etapa de “INVESTIGACIÓN RECOPILACIÓN Y ANÁLISIS” y eliminando los costos operacionales y de laboratorios que el FDRS presume no fueron utilizados en esta etapa, ya que no se presentaron los soportes necesarios dentro de los entregables, con base a esto, se logró concluir que bajo esta modalidad de análisis el valor a reconocer al contratista sería de $ 587,961,990.
OBJETO DE LA LICITACIÓN: | ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA SEDE ADMINISTRATIVA EN EL CORREGIMIENTO DE SAN XXXX O CORREGIMIENTO DE BETANIA – LOCALIDAD DE SUMAPAZ – DISTRITO CAPITAL. | |||||||||||||
PRESUPUESTO TOTAL (IVA INCLUIDO): | $ 1,170,719,994 | |||||||||||||
DURACION (meses): | 8 | INVESTIGACIÓN RECOPILACIÓN Y ANÁLISIS | ESTUDIOS Y DISEÑOS | APROBACIONES | ||||||||||
PERSONAL ESPECIALISTA, PROFESIONAL O DE APOYO / DESCRIPCION | CANTIDAD | CATEGORIA / UNID | Vr. H/MES $ SEGÚN CATEGORIA / VR. UNIT | Mes 1,5 | Mes 1,5-6 | Mes 7-8 | TOTAL RECOPILACION | TOTAL ESTUDIOS Y DISEÑOS | TOTAL APROBACIONES | FACTOR MULTIPLICADO R | COSTO ($) TOTAL HOMBRES ETAPA RECOPILAC | COSTO ($) TOTAL HOMBRES ETAPA EYD | COSTO ($) TOTAL HOMBRES ETAPA APROBAC | |
1.5 | 2.7 | 0 | ||||||||||||
DIRECTOR/COORDINACIÓN | ||||||||||||||
Director de Consultoria | 1 | 4 | $ 7,000,550 | 0.500 | 0.50 | 0.800 | 0.500 | 0.500 | 0.800 | 2.28 | $ 11,970,941 | $ 21,787,112 | $ 0 | |
Coordinador de la Consultoria | 1 | 6 | $ 7,000,530 | 1.000 | 1.00 | 1.000 | 1.000 | 1.000 | 1.000 | 2.28 | $ 23,941,813 | $ 43,574,099 | $ 0 | |
ARQUITECTURA Y/O URBANISMO | ||||||||||||||
Arquitecto Diseño Arquitectonico/Urbanismo | 1 | 4 | $ 6,000,500 | 0.500 | 0.50 | 0.500 | 0.500 | 0.500 | 0.500 | 2.28 | $ 10,260,855 | $ 18,674,756 | $ 0 | |
Arquitecto o abogado Urbanista, estudio de norma | 1 | 4 | $ 6,000,500 | 0.500 | 0.500 | 0.200 | 0.500 | 0.200 | 0.200 | 2.28 | $ 10,260,855 | $ 7,469,902 | $ 0 | |
ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS | ||||||||||||||
Ingeniero especialista en Estructuras | 1 | 4 | $ 7,000,500 | 0.500 | 0.500 | 0.300 | 0.500 | 0.500 | 0.300 | 2.28 | $ 11,970,855 | $ 21,786,956 | $ 0 | |
REDES ELECTRICAS | ||||||||||||||
Ingeniero de Diseño de Redes Eléctricas, (Normal, regulada, TV, voz y datos) | 1 | 5 | $ 5,500,000 | 0.250 | 0.250 | 0.250 | 0.250 | 0.400 | 0.250 | 2.28 | $ 4,702,500 | $ 13,693,680 | $ 0 | |
REDES CONTRA INCENDIO | ||||||||||||||
Especialista en Redes contraincendio | 1 | 5 | $ 5,500,000 | 0.250 | 0.250 | 0.300 | 0.250 | 0.300 | 0.300 | 2.28 | $ 4,702,500 | $ 10,270,260 | $ 0 | |
REDES HIDROSANITARIAS | ||||||||||||||
Especialista en redes Hidrosanitarias | 1 | 4 | $ 5,500,000 | 0.250 | 0.250 | 0.250 | 0.250 | 0.300 | 0.250 | 2.28 | $ 4,702,500 | $ 10,270,260 | $ 0 | |
REDES SECAS | ||||||||||||||
Especialista en redes electrica, gas, telefono, fibra op | 1 | 4 | $ 5,500,000 | 0.250 | 0.250 | 0.250 | 0.250 | 0.300 | 0.250 | 2.28 | $ 4,702,500 | $ 10,270,260 | $ 0 | |
PRESUPUESTOS Y PROGRAMACION | ||||||||||||||
Ingeniero y/o Arquitecto (Costos, Presupuestos ) | 1 | 4 | $ 5,500,000 | 0.00 | 0.00 | 0.300 | 0.000 | 0.300 | 0.300 | 2.28 | $ 0 | $ 10,270,260 | $ 0 | |
GESTION AMBIENTAL | ||||||||||||||
Especialista Ambiental | 1 | 6 | $ 6,000,500 | 0.500 | 0.50 | 0.400 | 0.500 | 0.500 | 0.400 | 2.28 | $ 10,260,855 | $ 18,674,756 | $ 0 | |
Especialista SST | 1 | 6 | $ 6,000,500 | 0.500 | 0.50 | 0.400 | 0.500 | 0.500 | 0.400 | 2.28 | $ 10,260,855 | $ 18,674,756 | $ 0 | |
GESTION SOCIAL | ||||||||||||||
Residente Social | 1 | 6 | $ 4,000,000 | 0.400 | 0.400 | 0.200 | 0.400 | 0.300 | 0.200 | 2.28 | $ 5,472,000 | $ 7,469,280 | $ 0 | |
COMISION TOPOGRAFÍA | ||||||||||||||
Topógrafo Inspector | 1 | $ 5,000,000 | 0.200 | 0.200 | 0.200 | 0.200 | 0.500 | 0.200 | 2.28 | $ 3,420,000 | $ 15,561,000 | $ 0 | ||
Cadenero 2 | 2 | $ 5,000,000 | 0.300 | 0.300 | 0.200 | 0.600 | 0.500 | 0.400 | 2.42 | $ 10,890,000 | $ 16,516,500 | $ 0 | ||
Dibujante 1 | 1 | $ 3,000,000 | 0.250 | 0.250 | 0.150 | 0.250 | 0.200 | 0.150 | 2.28 | $ 2,565,000 | $ 3,734,640 | $ 0 | ||
PERSONAL AUXILIAR TECNICO | ||||||||||||||
Laboratorista Inspector | 1 | $ 4,000,000 | 0.000 | 0.000 | 0.000 | 0.300 | 0.000 | 2.28 | $ 0 | $ 7,469,280 | $ 0 | |||
PERSONAL ADMINISTRATIVO | ||||||||||||||
Administrador | 0 | $ 2,500,000 | 1.000 | 0.000 | 0.000 | 0.000 | 2.28 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | ||||
Secretaria 1 | 1 | $ 2,500,000 | 1.000 | 1.00 | 1.000 | 1.000 | 1.000 | 1.000 | 2.42 | $ 9,075,000 | $ 16,516,500 | $ 0 | ||
OTRO PERSONAL | ||||||||||||||
Conductor o Motorista | 1 | $ 2,500,000 | 1.000 | 1.00 | 1.000 | 1.000 | 1.000 | 1.000 | 2.42 | $ 9,075,000 | $ 16,516,500 | $ 0 | ||
SUBTOTAL 1 | $ 148,234,029 | $ 289,200,757 | $ 0 | |||||||||||
IVA 19% | $ 28,164,466 | $ 54,948,144 | $ 0 | |||||||||||
SUBTOTAL 1: PERSONAL INCLUIDO EL FM E IVA: | $ 176,398,495 | $ 344,148,901 | $ 0 |
COSTOS OPERACIONALES | ||||||||||||||
ALQUILER EQUIPO, SUMINISTROS Y OTROS ELEMENTOS | CANTIDAD | UNIDAD | COSTO UNITARIO SIN IVA ($) | Mes 1,5 | Mes 1,5-5 | Mes 6 | TOTAL RECOPILACION | TOTAL ESTUDIOS Y DISEÑOS | TOTAL APROBACIONES | FACTOR MULTIPLICADO R | COSTO OPERACIONALES ($) TOTAL ETAPA RECOPILAC | COSTO OPERACIONALES ($) TOTAL ETAPA EYD | COSTO OPERACIONALES ($) TOTAL ETAPA APROBAC | |
OTROS INSUMOS | 1.50 | 2.73 | 0.00 | |||||||||||
TARIFA MES- EQUIPO DE TOPOGRAFÍA (Incluye tránsito, nivel y elementos complementarios). | 1 | MES | $ 7,000,500 | 0.50 | 0.50 | 0.15 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |
Edición de informe mensual de interventoría o consultoría, incluye 4 tapas plastificadas tamaño carta color blanco, con 6 tornillos, hojas de papel bond tamaño carta 75 gramos, 170 folios por informe ( original y copia) | 1 | UN/MES | $ 1,200,500 | 1.00 | 1.00 | 1.00 | 1.00 | 1.00 | 1.00 | 1.10 | $ 1,980,825 | $ 3,605,102 | $ 0 | |
TARIFA MES - CAMPERO PICK-UP, CAMIONETA DE 1300-2500cc-MODELO 2012 EN ADELANTE | 1 | MES | $ 7,000,500 | 1.00 | 1.00 | 1.000 | 1.00 | 1.00 | 1.00 | 1.10 | $ 11,550,825 | $ 21,022,502 | $ 0 | |
TARIFA MES - LABORATORIO - Estudios (Equipo completo) | 1 | MES | $ 5,000,500 | 0.30 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 |
ALQUILER DE PORTATIL. CARACTERISTICAS: Procesador intel, Core i3 4005U, celeron o similar,Memoria RAM de 4 GB ( 2 x 2048 MB)Disco duro de 500gb a 7200 rpmPantalla LED HP BrightView widescreen de alta definición con 35,6 cm (14") o similar, HD INTEL GRAPHIC HD4400UNIDAD DE DVD QUEMADORBLUETOOTH | 5 | UN/MES | $ 300,500 | 0.50 | 0.50 | 0.500 | 2.50 | 2.50 | 2.50 | 1.10 | $ 1,239,563 | $ 2,256,004 | $ 0 | |
TARIFA GLOBAL - GASTOS OFICINA (PAPELERIA, FOTOCOPIAS Y OTROS) | 1 | GLB/MS | $ 1,200,500 | 1.00 | 1.00 | 1.00 | 1.00 | 1.00 | 1.00 | 1.10 | $ 1,980,825 | $ 3,605,102 | $ 0 | |
SUBTOTAL 2 | $ 16,752,038 | $ 30,488,710 | $ 0 | |||||||||||
IVA 19% | $ 3,182,887 | $ 5,792,855 | $ 0 | |||||||||||
SUBTOTAL 2: COSTOS OPERACIONALES INCLUIDO FM E IVA: | $ 19,934,925 | $ 36,281,565 | $ 0 | |||||||||||
SUBTOTAL 1+2: PERSONAL+COSTOS OPERACIONALES: | $ 164,986,067 | $ 319,689,467 | $ 0 | |||||||||||
IVA 19% | $ 31,347,353 | $ 60,740,999 | $ 0 | |||||||||||
SUBTOTAL (1+2) PERSONAL Y COSTOS OPERACIONALES INCLUYE FM E IVA: | $ 196,333,420 | $ 380,430,466 | $ 0 | |||||||||||
ELEMENTOS PARA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO | $ 0 | |||||||||||||
IVA 19% | $ 0 | |||||||||||||
SUBTOTAL 3.ELEMENTOS PARA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO INCLUYE IVA | $ 0 | |||||||||||||
VR. BASICO PARA AJUTES PERSONAL COSTOS | $ 7,037,669 | |||||||||||||
IVA 19% | $ 1,337,157 | |||||||||||||
SUBTOTAL 4. VR. AJUSTES INCLUYE I.V.A | $ 8,374,826 | |||||||||||||
SUBTOTAL: | ||||||||||||||
PERSONAL, COSTOS OPERACIONALES, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - INCLUYE AJUSTES | $ 491,713,203 | |||||||||||||
IVA 19% | $ 93,425,509 | |||||||||||||
SUBTOTAL ( 1 + 2 + 3 + 4 ) | $ 585,138,712 | |||||||||||||
ACTIVIDADES A PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | UNIDAD | COSTO UNITARIO SIN IVA($) | Mes 0,5 | Mes 1,5 | Mes 2,5 | Mes 2,5-3 | TOTAL RECOPILACION | TOTAL ESTUDIOS Y DISEÑOS | TOTAL APROBACIONES | FACTOR MULTIPLICADO R | COSTO ($) TOTAL INSUMOS ETAPA RECOPLIAC | COSTO ($) TOTAL INSUMOS ETAPA EYD | COSTO ($) TOTAL INSUMOS ETAPA APROBAC |
Ensayos de Laboratorio Geotecnia | ||||||||||||||
PERFORACION MECANICA EN SUELO BLANDO DE 0.0m A 10.0m | ML | $ 8,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
PERFORACION MECANICA EN SUELO DURO DE 0.0m A 10.0m | ML | $ 8,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
Sondeo mecánico con extracción contínua de testigo en coluvión/aluvión | ML | $ 8,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
Perforación con barreno manual hasta 3 m - extracción de muestras - incluye transportePerforación con barreno manual hasta 3 m - extracción de muestras - incluye transporte | 464 | UN | $ 8,000 | 1.00 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||
HUMEDAD NATURAL | 928.00 | UN | $ 9,000 | 1.00 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||
Uso del penetrómetro dinámico de cono en aplicaciones de pavimentos a poca profundidad | 464 | UN | $ 8,000 | 1.00 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||
Analisis granulometrico de los agregados grueso y fino | 464 | UN | $ 8,000 | 1.00 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||
GRANULOMETRIA POR TAMIZADO SIN LAVADO | UN | $ 5,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
VELETA DE LABORATORIO | UN | $ 3,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
PENETRÓMETRO MANUAL | UN | $ 5,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
Ensayo de penetración estándar (SPT) | ML | $ 5,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
LIMITES XX XXXXXXXXX (LIM. LIQUIDO, LIM. PLASTICO) - LIMITES DE CONSISTENCIA | 928.00 | UN | $ 10,000 | 1.00 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||
Determinación de los factores de contracción de los suelos | 464 | UN | $ 8,700 | 1.00 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||
Consolidación lenta unidimensional de suelos | UN | $ 7,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
CONSOLIDACION DOBLE CARGA | UN | $ 5,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
Consolidación rápida unidimensional de suelos | UN | $ 3,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
Compresión inconfinada en muestras de suelo | UN | $ 4,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 |
Ensayo xx xxxxx directo en condición no consolidada no drenada, UU | UN | $ 5,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
Ensayo xx xxxxx directo en condición consolidada no drenada, CU | UN | $ 5,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
Ensayo xx xxxxx directo en condición consolidada drenada | UN | $ 5,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
Ensayo de compresión triaxial sobre suelos cohesivos, consolidado - drenado, CD | UN | $ 6,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
Ensayo de compresión triaxial sobre suelos cohesivos, no consolidado - no drenado, UU | UN | $ 6,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
Ensayo de compresión triaxial sobre suelos cohesivos, consolidado - no drenado, CU | UN | $ 6,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
Determinación del contenido orgánico de un suelo mediante el ensayo de pérdida por ignición | 464 | UN | $ 8,000 | 1.00 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||
PERMEABILIDAD CABEZA CONSTANTE O VARIABLE (MATERIALES COHESIVOS) | UN | $ 5,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
PERMEABILIDAD DE SUELOS GRANULARES (CABEZA CONSTANTE) | UN | $ 5,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
CBR de suelos compactados en el laboratorio | UN | $ 6,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
CBR sobre muestra inalterada | 116 | UN | $ 8,000 | 1.00 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||
PRUEBA CBR MÉTODO I (MATERIAL GRANULAR, INCLUYE XXXXXXX) | UN | $ 7,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
LEVANTAMIENTO, CATASTRO, INSPECCION Y LAVADO DE REDES HIDROSANITARIAS. VERIFICACION, ACTUALIZACION, COMPLEMENTACION DE DATOS TECNICOS HIDROSANITARIOS, EN TERRENO DE CADA UNO DE LOS ELEMENTOS ENCONTRAD | ML | $ 3,000 | 1.00 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | ||||||
MEDICION DE PERFIL LONGITUDINAL PARA DETERMINACION DEL INDICE DE RUGOSIDAD INTERNACIONAL - IRI - (100 M) | ML | $ 3,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
EQUIPO DEFLECTÓMETRO DE IMPACTO PARA LA TOMA DE DEFLEXIONES EN PAVIMENTOS FLEXIBLES PARA LA EVALUACIÓN DE CAPACIDAD ESTUCT (Incluye calibración, patronamiento, movilización de equipo y carro escolta). | Km-Car | $ 5,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
EQUIPO GEORADAR GRP PARA MEDICIÓN DE ESPESORES EN ESTRUCTURA DE PAVIMENTO FLEXIBLE (Incluye calibración, patronamiento, movilización de equipo y carro escolta). | Km-Car | $ 5,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
Módulo resiliente de suelos y agregados | UN | $ 6,000 | 0.00 | 1.10 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||
SUBTOTAL 5 | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||||||
IVA 19% | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||||||
SUBTOTAL 5: INSUMO INCLUIDO FM E IVA: | $ 0 | $ 0 | $ 0 | |||||||||||
VR. | BASICO | PARA AJUTES DE | PRECIOS UNITARIOS | $ 2,372,503 | ||||||||||
IVA 19% | $ 450,775 | |||||||||||||
SUBTOTAL 6. VR. AJUSTES INCLUYE I.V.A | $ 2,823,278 | |||||||||||||
SUBTOTAL: | ||||||||||||||
ACTIVIDADES A PAGAR POR PRECIO UNITARIO - INCLUYE AJUSTES | $ 2,372,503 | |||||||||||||
IVA 19% | $ 450,775 | |||||||||||||
SUBTOTAL ( 5 + 6 ) | $ 2,823,278 | |||||||||||||
VALOR TOTAL ( 1 + 2 + 3 + 4 + 5 + 6 ) | $ 587,961,990 |
7. CONCLUSIONES Y/O RECOMENDACIONES.
1. La primera opción de reconocimiento al consultor, se realiza respecto a las actividades ejecutadas frente a la forma de pago establecida en el contrato CCO-179-2019, ya que el contratista entrego al Fondo el producto denominado “Normas y títulos, recopilación y análisis de la información, diagnostico”, lo que para el acta parcial No.1 comprende un 20% de ejecución. Con base a esto, se logró concluir que bajo esta modalidad de análisis el valor a reconocer al contratista sería de $ 70,243,199.64 (ver análisis numeral 6 del presente informe).
2. La segunda opción, es realizar un reconocimiento al contratista conforme a la dedicación de los profesionales que participaron en la ejecución del contrato previo a la suspensión No.2, de acuerdo con la oferta económica aprobada al Consorcio Diseños 2019 en el proceso FDLS-CMA-191-2019, con base a esto, se logró concluir que bajo esta modalidad de análisis el valor a reconocer al contratista sería de $ 587,961,990 (ver análisis numeral 6 del presente informe).
3. Por otra parte, frente al contrato de interventoría CIN-182-2019 y teniendo en cuenta que a la fecha se le ha desembolsado $47.530.028 (aproximadamente el 50% del valor total del contrato, el Fondo considera que el valor a reconocer contra liquidación es de CUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOS PESOS ($4,753,002) que corresponde al 10% de lo ejecutado previo a la suspensión No.2.
8. ANEXOS2
ITEM | DOCUMENTO | REMITENTE | ASUNTO | FECHA | FOLIOS |
1 | Estudios previos definitivos | FDRS | Estudios previos definitivos | 26/11/2019 | 68 |
2 | Anexo técnico | FDRS | Anexo técnico | 5/11/2019 | 72 |
3 | Documento complementario al pliego de condiciones | FDRS | Documento complementario al pliego de condiciones | 26/11/2019 | 13 |
4 | Oferta económica Consorcio Diseños 2019 | Consorcio Diseños 2019 | Oferta económica Consorcio Diseños 2019 | 6/12/2019 | 4 |
5 | Clausulado CCO-179-2019 | FDRS | Clausulado CCO-179-2019 | 23/12/2019 | 8 |
6 | Acta de inicio CCO-179-2019 | FDRS | Acta de inicio CCO-179-2019 | 28/01/2020 | 1 |
7 | Suspensión No.1 CCO-179-2019 | FDRS | Suspensión No.1 CCO-179-2019 | 24/03/2020 | 6 |
8 | Acta de ampliación suspensión No.1 CCO-179-2019 | FDRS | Acta de ampliación suspensión No.1 CCO- 179-2019 | 22/04/2020 | 2 |
9 | Acta de reinicio No.1 CCO-179-2019 | FDRS | Acta de reinicio No.1 CCO-179-2019 | 25/06/2020 | 2 |
10 | Suspensión No.2 CCO-179-2019 | FDRS | Suspensión No.2 CCO-179-2019 | 4/09/2020 | 2 |
11 | Acta de ampliación suspensión No.2 CCO-179-2019 | FDRS | Acta de ampliación suspensión No.2 CCO- 179-2019 | 30/09/2020 | 2 |
12 | Póliza de cumplimiento 11-44- 101147390 | Consorcio Diseños 2019 | Anexo No.7 - Póliza de cumplimiento 11-44- 101147390 | 31/07/2020 | 3 |
13 | Comité No.14 | Consorcio Diseños 2019 IA Ingeniería y Arquitectura FDRS | Comité de seguimiento del Contrato de consultoría CCO-179-2019 | 3/08/2020 | 5 |
14 | Correo electrónico | FDRS | Entrega de expediente digital Contrato 070 de 2006 | ||
15 | DIS-2020-003-009 | Consorcio Diseños 2019 | Solicitud suspensión Contrato CCO-179- 2019 | 3/08/2020 | 2 |
16 | IAC-DIN182-020-2020 | IA Ingeniería y Arquitectura | Solicitud suspensión Contrato CCO-179- 2019 | 5/08/2020 | 2 |
17 | IAC-DIN182-022-2020 | IA Ingeniería y Arquitectura | Estado del contrato de consultoría CCO- 179-2019 | 18/08/2020 | 2 |
2 Link de anexos: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx- xx.xxxxxxxxxx.xxx/:x:/x/xxxxxxxx/xxxxxxxx_xxxxx_xxxxxxxxxxxxxx_xxx_xx/XxXXXXxxx0xXxXXxxX0XxxXXxxxXXx0xXX0x_x0x JSgXhQ?e=7YcmEu
ITEM | DOCUMENTO | REMITENTE | ASUNTO | FECHA | FOLIOS |
18 | IAC-DIN182-023-2020 | IA Ingeniería y Arquitectura | Reiteración solicitud suspensión Contrato CCO-179-2019 | 19/08/2020 | 1 |
19 | IAC-DIN182-024-2020 | IA Ingeniería y Arquitectura | Estado del contrato de consultoría CCO- 179-2019 | 27/08/2020 | 7 |
20 | Comunicación | Consorcio Diseños 2019 | Solicitud terminación Contrato CCO-179- 2019 | 9/09/2020 | 2 |
21 | IAC-CIN182-026-2020 | IA Ingeniería y Arquitectura | Remisión solicitud terminación Contrato CCO-179-2019 | 15/09/2020 | 2 |
22 | 20207020011221 | FDRS | Respuesta Solicitud entrega Programa – Arquitectónico - Contrato de Consultoría de estudios y diseños – Sede administrativa – Alcaldía menor de Sumapaz. | 28/09/2020 | 1 |
23 | Correo electrónico | IA Ingeniería y Arquitectura | Informe Consultoría 2006 | 18/10/2020 | 4 |
24 | 20207020017191 | FDRS | Respuesta remisión de solicitud liquidación del Contrato de Consultoría CCO-179-2019 | 18/11/2020 | 1 |
25 | 20207020017181 | FDRS | SOLICITUD ENTREGABLES CONTRATO DE CONSULTORÍA CCO- 179-2019 | 18/11/2020 | 1 |
26 | 20207020017551 | FDRS | Solicitud entregables contrato de consultoría CCO-179-2019 | 20/11/2020 | 1 |
27 | 20207020019941 | FDRS | Solicitudes parafiscales profesionales contrato de interventoría CIN-182-2019. | 3/12/2020 | 1 |
28 | Correo electrónico | Consorcio Diseños 2019 | Informe Consultoría CCO-179-2019 | 10/12/2020 | 53 |
29 | IAC-CIN182-001-2021 Rad. Interno 20217010000442 | IA Ingeniería y Arquitectura | Derecho de petición | 15/09/2020 | 3 |
30 | 20217020002451 | FDRS | Respuesta derecha de petición IA Ingeniería y Arquitectura | 21/01/2021 | 2 |
31 | 20217020007591 | FDRS | SOLICITUD CONCEPTO JURIDICO Y ACOMPAÑAMIENTO PARA LA CONCILIACIÓN PARA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE CONSULTORIA 179 DE 2019 Y EL DE INTERVENTORIA CIN-182-2019. | 9/03/2021 | 3 |
32 | 20212100077853 | SDG | Traslado por competencia comunicación 20217020007591 | 16/06/2021 | 2 |
33 | 20217020003873 | FDRS | SOLICITUD CONCEPTO JURIDICO Y ACOMPAÑAMIENTO PARA LA CONCILIACIÓN PARA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE CONSULTORIA 179 DE 2019 Y EL DE INTERVENTORIA CIN-182-2019. | 6/04/2021 | 3 |
34 | 20214500098483 | SDG | Respuesta a la consulta elevada a través de radicados No. 20212100077853 del 16 xx xxxxx de 2021 y 20217020003873 del 6 xx xxxxx de 2021 | 6/04/2021 | 4 |
37 | Expediente digital contrato de consultoría 070 de 2006 | Archivo Central de Bogotá | Expediente digital contrato de consultoría 070 de 2006 | NA | 1986 |
38 | Comunicación | Consorcio Diseños 2019 | Entregables contratos de consultoría CCO- 179-2019 | 18/08/2021 | 903 |
39 | Comunicación | Consorcio Diseños 2019 | Informe ejecutivo liquidación Consultoría CCO-179-2019 | 19/08/2021 | 36 |
40 | Comunicación | Consorcio Diseños 2019 | Derecho de petición | 27/07/2021 | 4 |
41 | Comunicación | Consorcio Diseños 2019 | Derecho de petición | 2/08/2021 | 4 |
TOTAL, DE FOLIOS | 3218 |