CONTRATO DE ARRENDAMIENTO COMERCIAL (CENTRO REGIONAL DE DtSTRIBUCION DE PONCE) EnS:i.,'j'l.IAn , Puerto Rico hoy * de rJOv.-e.mbre de 20 JY. COMPARECEN DE LA PRIMERA PARTE: La COMPANIA DE COMERCIO Y EXPORTACION DE PUERTO RICO, corporaci6n publica del...
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO COMERCIAL (CENTRO REGIONAL DE DtSTRIBUCION XX XXXXX)
EnS:i.,'j'l.IAn , Puerto Rico hoy * de rJOv.-e.mbre de 20 JY. COMPARECEN
DE LA PRIMERA PARTE: La COMPANIA DE COMERCIO Y EXPORTACION DE
PUERTO RICO, corporaci6n publica del Gobierno de Puerto Rico, con capacidad juridica para
contratar en virtud de la Ley 323-2003, segun enmendada, representada en este acto por su
RECTOR EJECUTIVO, LCDO. XXXXXXX X. XXXXXXXX XXXX, mayor de edad, ejecutivo,
casado y vecino de Arecibo, Puerto Rico, en adelante denominado en este contrato como LA
ARRENDADORA.
DE LA SEGUNDA PARTE: RV SALES & DISTRIBUTORS, INC., una corporaci6n
domestica con fines de lucro, autorizada a hacer negocios en Puerto Rico con numero de registro
en el Departamento de Estado 385490 con capacidad juridica para comparecer en este acto,
representada por su VICEPRESIDENTE, el XX. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, mayor de
edad, y xxxxxx xx Xxxxx, Puerto Rico, en adelante denominada como EL ARRENDATARIO.
EXPONEN
LA ARRENDADORA es dueria de la propiedad inmueble que contiene el proyecto de
almacenes conocido como el CENTRO REGIONAL DE DISTRIBUCION XX XXXXX, Y en el
mismo ubica un espacio de 2,000.00 pies cuadrados, 10 cual es parte de un local de mayor
cabida que consta de 6,305.19 pies cuadrados en el Edificio numero 4, Local Numero S6UN16,
comprendido entre las naves SUN24 y parte de la SUN25, incluyendo la rampa de carga y
descarga; y habiendo las partes convenido un Contrato de Arrendamiento sobre dicho espacio
(en adelante designada la propiedad arrendada), para ser utilizado como centro de distribuci6n
de alimentos y dulces, 10 /levan a efecto con arreglos a las siguientes:
CLAUSULAS Y CONDICIONES
UNO: VIGENCIA, TERMINO Y CANON: Este contrato sera en la fecha, por el termino y
por el canon que se consignan a continuaci6n:
Fecha Efectividad:
Termino 0 Vigencia: Cinco (05) arios (desde el1 ero de diciembre de 2018 al 30 d noviembre de 2023).
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Canon de Arrendam iento:
a) $4.00 p.c. p~r los primeros diez (10) meses de arrendamiento (Desde el 00 xx xxxxxxx xx 0000 xx 00 xx xxxxxxxxx de 2020).
b) $4.12 p.c. p~r los proximos dos (02) arios de arrendamiento (Desde el 01 de diciembre de 2020 al 30 de noviembre de 2022).
c) $4.24 p.c. para el quinto (5tO) y ultimo ario de arrendamiento (Desde el 01 de diciembre de 2022 al30 de noviembre de 2023).
Pago Mensual: a) $666.67 mensuales durante los primeros dos (02) arios (Desde el 00 xx xxxxxxx xx 0000 xx 00 xx xxxxxxxxX de 2020).
b) $686.67 mensuales durante los proximos dos (02) (Desde el 01 de diciembre de 2020 al 30 de noviembre de 2022).
c) $706.67 mensuales para el quinto (5to) y ultimo ario (Desde el 01 de diciembre de 2022 al 30 de noviembre de 2023).
Periodo xx Xxxxxx: Dos (02) meses. Comenzarim a paaar renta a partir del 01 de febrero de 2019.
Credito p~r condiciones del local:
LA ARRENDADORA reconoce un credito a EL ARRENDATARIO p~r la cantidad maxima de $4,454.43, para el reemplazo de una puerta rolladiza existente en el local, la cual resulto averiada tras el impacto del Huracan Xxxxx.
Dicho credito sera aplicado a la cuenta de EL ~RRENDATARIO por LA ARRENDADORA tras la presentacion de facturas y cheques cancelados. LA ~RRENDADORA prorrateara el credito de los $4,454.43 p~r un termino de doce (12) meses del pago mensual que acordado.
EL ARRENDATARIO tendra la responsabilidad de medir y corroborar las medidas del
local arrendado. Asimismo, sera responsable de segregar a su costo, el local tanto fisica como
en 10 relacionado a 10 electrico.
EI referido canon de arrendamiento sera pagadero por mensualidades adelantadas, en
las oficinas de LA ARRENDADORA en Ponce, Puerto Rico, no mas tarde xxx xxxxxx (5tO) dia de
cada mes. En caso de que este contrato entre en vigor en cualquier dia que no sea el primer dia
del mes, el canon de arrendamiento correspondiente a las fracciones del primer y ultimo mes se
pagara a prorrata, de suerte que los pagos de la renta venzan normalmente cada dia primero del
meso
DOS: CARGOS POR DEMORA: Si EL ARRENDATARIO dejara de pagar su canon
mensual 0 pagara una porcion menor a la cantidad estipulada como el canon de arrendamiento,
dentro de un termino xx xxxx (10) dias despues que elpago xx xxxxx vence, LA ARRENDADORA
Ie impondra a EL ARRENDATARIO una penalidad de 6% del pago xx xxxxx total que
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correspondia pagar ese mes y el cual no fue satisfecho dentro del termino requerido 0 el cual fue
pagado parcialmente.
TRES: GARANTIA DE RESPONSABILIDAD ILiMITADA: EL ARRENDATARIO por
conducto de su representante autorizado, qUien comparece en este contrato, se obliga
solidariamente en su capacidad personal a garantizar el fiel cumplimiento de EL
ARRENDATARIO con los pagos xx xxxxx segun estipulados, asi como con todos los terminos y
condiciones de este contrato.
CUATRO: INCUMPLIMIENTO CON LOS PAGOS XX XXXXX: En el caso de que LA
ARRENDADORA se vea obligada a lIevar una acci6n judicial de cobro de dinero, resoluci6n de
contrato y/o de desahucio 0 cualquier otra acci6n civil que tenga como prop6sito el defender sus
derechos a tenor con las clausulas y condiciones del presente contrato, podra conjuntamente 0
separadamente lIevar una acci6n xx xxxxxx y perjuicios basada en el incumplimiento del contrato
u optar por declarar vencido el contrato, en cuyo caso se aceleraria el pago de la totalidad de los
c~xxxxx de arrendamiento pactados por el termino del contrato. La aceleraci6n del pago de los
canones de arrendamiento pactados se considerara como una penalidad p~r el incumplimiento
del contrato, pero la misma no limita la facultad de LA ARRENDADORA a instar una causa de
acci6n en darios y perjuicios 0 cualquier otra acci6n judicial procedente en derecho, incluyendo
la acci6n de desahucio.
En la eventualidad de que LA ARRENDADORA se vea forzada a entablar cualquier
acci6n judicial de las mencionadas anteriormente, de prevalecer en las mismas, los gastos por
concepto de honorarios de abogados seran p~r cuenta y cargo de EL ARRENDATARIO, Y se
estipula que la suma de dinero a ser pagada por dicho concepto sera igual al diez (10%) por
ciento de la cantidad liquida de la deuda a ser pagada por EL ARRENDATARIO.
Las partes acuerdan que en la eventualidad de que se interponga cualquiera de las
acciones civiles antes mencionadas, se computaran intereses legales a partir de la fecha de
radicaci6n de la demanda y los intereses a ser satisfechos seran computados a base de la tasa
de interes legal vigente a dicha fecha.
En caso de que medie cualquier caso judicial contra EL ARRENDATARIO por su
incumplimiento con los pagos xx xxxxx estipulados en este contrato 0 su incumplimiento con
cualquiera de los terminos y condiciones del presente contrato, ello sera causa suficiente para
que EL ARRENDATARIO pierda su derecho a poder renovar el contrato de arrendamiento con
LA ARRENDADORA.
CINCO: FIANZA: A la fecha del comienzo de este contrato, EL ARRENDATARIO
depositara con LA ARRENDADORA una fianza en efectivo p~r una suma igual al monto de dos
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(02) mensualidades del canon de arrendamiento estipulado en este contrato. Dicha fianza se
deposita a los fines de responder a LA ARRENDADORA del pago de la renta fijada en este
contrato, en calidad de garantia del buen estado y conservacion de la propiedad arrendada y del
fiel cumplimiento de las demas obligaciones de EL ARRENDATARIO. Los pagos de fianza se
deben hacer en efectivo, ya que no se aceptan los pagos mediante comparifas de seguro. La
fianza no podra ser utilizada en sustitucion del ultimo pago del contrato ni de alguna mensualidad
en atraso.
EI monte de la fianza sera incrementado 0 reducido para ajustarlo a una sum a equivalente
al monte de dos (02) mensualidades del canon de arrendamiento, en caso de que el canon
originalmente estipulado sea alterado p~r las partes durante la vigencia de este contrato 0 de
(a) AI entrar en vigor este nuevo contrato de arrendamiento (01 de diciembre de 2018),
EL ARRENDATARIO debera depositar con LA ARRENDADORA la cantidad de dos
mil ciento treinta y tres dolares con treinta y cuatro centavos ($1,333.34) como fianza.
(b) AI comenzar el tercer ario del presente del contrato de arrendamiento (01 de diciembre
de 2020), EL ARRENDATARIO se vendra obligado a depositar con LA
ARRENDADORA la cantidad de cuarenta dolares con cero centavos ($40.00) como
fianza a fin de mantener la misma en un equivalente ados (02) meses xx xxxxx, la
cantidad de $1,373.34.
(c) AI entrar en vigor el xxxxxx xxxx del contrato de arrendamiento (01 de diciembre de
2022) EL ARRENDATARIO vendra obligado a depositar la cantidad adicional de
cuarenta dolares con cero centavos ($40.00) como fianza a fin de mantener la misma
en un equivalente ados (02) meses xx xxxxx, la cantidad de $1,413.34.
EL ARRENDATARIO tendra la opcion de depositar un mes de los dos meses requeridos
de la fianza por compania afianzadora. 1\10 se sustituira el pago de algun canon de arrendamiento
por la fianza. AI finalizar el termino del presente contrato de arrendamiento, si EL
ARRENDATARIO ha manifestado que no renovara el contrato de arrendamiento, LA
ARRENDADORA inspeccionara la propiedad y si la misma se encuentra en buenas condiciones,
se Ie devolvera la fianza a EL ARRENDATARIO en su totalidad en un termino de cuarenta y
cinco (45) dfas a partir de la inspeccion. De haber algo danado, defectuoso 0 deteriorado, LA
ARRENDADORA descontara de la fianza 10 que se estime que pueda costar la reparacion de la
propiedad.
Si EL ARRENDATARIO se muda y entrega la propiedad arrendada p~r alguna razon,
previo a la fecha de terminacion del presente contrato de arrendamiento, EL ARRENDATARIO
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perdera la fianza depositada, independientemente del buen estado en que se encuentre la
propiedad arrendada.
SEIS: RENOVACION: Este contrato de arrendamiento podra ser renovado, por un termino
adicional previa solicitud hecha por EL ARRENDATARIO a LA ARRENDADORA dentro de un
termino no menor de noventa (90) dias anteriores a la fecha de su expiracion, siempre y cuando
el ARRENDATARIO haya cumplido con realizar los pagos al dia en este, 0 cualquier otro local
arrendado a la COMPANIA, y sujeto a la renegociacion por sus otorgantes de todas 0
cualesquiera acuerdos, clausulas y condiciones aqui contenidas. Los acuerdos a que lIeguen
las partes para la renovacion de este contrato se retrotraeran 0 comenzaran a regir el proximo
dia de la fecha en que expir~ 0 expira el mismo. No obstante, si a la fecha de vencimiento
estipulada en la Clausula Numero Uno, EL ARRENDATARIO no ha notificado su intencion, y se
mantiene en posesion del local, el canon de arrendamiento sera el doble del canon vigente al
momenta de vencimiento hasta que se renueve el contrato. No obstante, si a la fecha del
encimiento del contrato las partes se encuentran en un proceso de negociacion del mismo, el
pago que resulte en exceso una vez finalizada la negociacion sera acreditado a la cuenta de EL
ARRENDATARIO con LA ARRENDADORA.
EL ARRENDATARIO podra resolver el presente contrato sin imposicion de penalidad
alguna por su terminacion, previo a la expiracion del termino del contrato, con notificacion escrita
a LA ARRENDADORA con al menos noventa (90) dias previo a la fecha de entrega. No obstante
10 anterior, las partes acuerdan que si EL ARRENDATARIO no cum pie con el requisito de
notificacion previa a LA ARRENDADORA para resolver el contrato de arrendamiento y por el
contrario abandon a la propiedad arrendada previo al vencimiento de este contrato de
arrendamiento, entrara en vigor la aceleracion del contrato mediante la cual EL
ARRENDATARIO vendra obligado a pagar todos los canones de arrendamiento hasta su
vencimiento, es decir, hasta la totalidad del termino del presente contrato.
SIETE: UTILIDADES Y GASTOS COMUNES:
a) ENERGIA ELECTRICA: EI xxxxx de este servicio sera asumido por EL
ARRENDATARIO. No obstante, LA ARRENDADORA podra facturar mensual 0
anualmente el consumo de energia comunal en proporcion al numero de pies cuadrados
ocupados por EL ARRENDATARIO. La capacidad electrica por suplirse es la basica
actual existente y cualesquiera modificaciones para aumentar 0 disminuir la capacidad se
haran por cuenta y cargo de EL ARRENDATARIO.
b) AGUA: Este servicio sera asumido por LA ARRENDADORA. Este renglon sera
considerado como servicio comunal, cuyo costo se revisara anualmente y se realizara un
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cargo al cliente. EI pago de agua sera asumido por LA ARRENDADORA, pero sera
cargado a EL ARRENDATARIO como gasto comunal del edificio, ya sea mensualmente
o anual.
c) RECOGIDO Y DISPOSICION DE BASURA Y OTROS DESPERDICIOS: Por cuenta y
cargo de EL ARRENDATARIO. Este debera suplir un tangon para el recogido y
disposicion de basura que se genere como consecuencia de su operacion.
d) MANTENIMIENTO Y REPARACION DE SISTEMA DE ROCIADORES CONTRA
INCENDIOS: Por cuenta y cargo de LA ARRENDADORA. Este xxxxx sera considerado
como servicio comunal, el cual sera revisado anualmente y se realizara un cargo al cliente
y sea mensualmente 0 anualmente.
CORTE DE GRAMA EN ALREDEDORES: Este renglon sera sumido por LA
ARRENDADORA. Este xxxxx sera revisado anualmente y podra realizarse un cargo al
cliente. Este xxxxx sera considerado como servicio comunal.
f) REPARACION DE ALUMBRADO DE POSTES: Este renglon sera asumido por LA
ARRENDADORA. Este xxxxx sera revisado anualmente y podra realizarse un cargo al
cliente. Este renglon sera considerado como servicio comunal.
g) PERMISO DE USO: EL ARRENDATARIO sera responsable de proveerle a LA
ARRENDADORA copia del Permiso de Uso concedido para la operacion de su negocio
en ellocal arrendado. No cumplir con este requisito, podra ser causa suficiente para la
cancelacion del presente contrato de arrendamiento.
h) EL ARRENDATARIO sera responsable de segregar fisica y electricamente a su xxxxx el
espacio arrendado del remanente del local que no se utilizara.
LA ARRENDADORA podra facturar anualmente los costos de operacion y/o servicios
comunales necesarios en la operacion del edificio 0 complejo, donde esta ubicado el local
arrendado. Esta facturacion se realizara a prorrata tomando la proporcion xxx xxxxx total versus
los pies cuadrados de area ocupada por el cliente, respecto al area total de edificio. Los
renglones de gastos que estaran sujetos a esta facturacion seran los siguientes:
a) Energia electrica comunal
b) Vigilancia
c) Seguros generales
d) Mantenimiento y reparacion de sistemas de prevencion de incendios
e) Otros gastos incidentales que sean necesarios para la normal operacion del edificio
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No obstante, si LA ARRENDADORA decide instalar metros contadores para que EL
ARRENDATARIO pague directamente el agua, asi como, cualquier otro servicio 0 utilidad sera
responsabilidad de este ultimo, el solicitar dicho servicio, as! como pagar el mismo.
OCHO: ALTERACIONES. MEJORAS Y GRAVAMENES: EL ARRENDATARIO no
lIevara a cabo alteraciones 0 mejoras en la propiedad arrendada sin obtener previa mente el
consentimiento escrito de LA ARRENDADORA. Cualquier alteracion 0 mejora permanente
efectuada p~r EL ARRENDATARIO, pasara automaticamente a ser propiedad de LA
ARRENDADORA a la terminacion de este contrato, sin que venga LA ARRENDADORA
ligada a pagar cantidad alguna por el valor de la misma.
EL ARRENDATARIO se obliga a que cualquier mejora que Ie haya side autorizada por
A ARRENDADORA sera realizada dando cumplimiento a todas las Leyes y Reglamentos de
Puerto Rico aplicables a la construccion de obras, mejoras, edificaciones 0 alteraciones.
1\10 obstante, a 10 anteriormente dispuesto, si con anterioridad a dicha terminacion 0
dentro de los quince (15) dras siguientes ala misma, LA ARRENDADORA exigiere por escrito a
EL ARRENDATARIO la remocion de cualquier adicion, mejora 0 alteracion, EL
ARRENDATARIO procedera prontamente a cumplir 10 exigido y a reparar a sus expensas
cualquier dano que sufra la propiedad arrendada en el proceso de remocion. Si EL
ARRENDATARIO no cumpliere 10 exigido, LA ARRENDADORA podra lIevar a efecto dicha
remocion con cargo a EL ARRENDATARIO.
Toda mejora, obra, edificacion que realizare EL ARRENDATARIO con la previa
autorizacion de LA ARRENDADORA en la propiedad arrendada sera de cuenta y cargo de EL
ARRENDATARIO Y pasaran a ser propiedad de LA ARRENDADORA al terminar la relacion
contractual comercial entre ambas partes sin que LA ARRENDADORA venga obligada a pagarle
a EL ARRENDATARIO compensacion alguna por la inversion realizada 0 hacerle responsable
p~r deudas a causa de dicha mejora.
La maquinaria 0 el equipo y sus accesorios que fueren instalados 0 fijados en la propiedad
arrendada por EL ARRENDATARIO, no constituiran ni advendran parte del inmueble y podran
ser removidos inmediatamente, juntamente con su propiedad mueble, a la terminacion del
presente contrato, siempre y cuando no haya violado ninguno de los terminos de este contrato.
En caso de incumplimiento de este contrato por EL ARRENDATARIO, se establece un gravamen
a favor de LA ARRENDADORA sobre todos sus activ~s, incluyendo el equipo, maquinaria y
propiedad mueble, para garantizar el resarcimiento de cualquier dane 0 perdida resultante de
dicha violacion y no removera dicha maquinaria, equipo 0 bienes muebles hasta tanto haya dado
fiel cumplimiento, a todos los terminos y condiciones de este contrato. Cualquier dano que
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sufriere la propiedad arrendada en el proceso de tal remocion, sera reparado p~r EL
ARRENDATARIO a su xxxxx. EL ARRENDATARIO sometera pianos donde se describan todas
las mejoras 0 cam bios a realizarse en el espacio arrendado. Estos pianos seran estudiados y
aprobados por LA ARRENDADORA. Cualquier mejora por realizarse, se hara bajo la
supervisi6n y recomendaciones del tecnico de conservaci6n del proyecto, segun designado p~r
LA ARRENDADORA. Si EL ARRENDATARIO realizare alteraciones, cambios, adiciones,
mejoras 0 reparaciones en la propiedad arrendada y se empleasen materiales 0 labor en ella, ni
LA ARRENDADORA ni la propiedad arrendada, seran bajo ninguna circunstancia responsable
I pago de cualquier gasto incurrido 0 por el valor de la labor hecha 0 de los materiales suplidos.
s las referidas alteraciones, cam bios, adiciones, mejoras 0 reparaciones y los materiales y
la labor de empleados seran con cargo a EL ARRENDATARIO Y tan solo este respondera a los
contratistas, obreros y personas que suplan labor 0 materiales.
Si por acto u omisi6n de EL ARRENDATARIO se crease cualquier gravamen yorden
para el pago de dinero ejecutable con la propiedad arrendada (independientemente de si dicho
gravamen u orden fuere valido 0 exigible como tal). EL ARRENDATARIO debera obtener su
cancelaci6n y descargo 0 su afianzamiento, con cargo a su propio peculio, dentro de los veinte
(20) dias de la fecha del gravamen u orden e indemnizara y relevara a la arrendadora de las
costas, gastos, reclamaciones, perdidas 0 danos, incluyendo honorarios de abogado razonables
que resulten de tal gravamen u orden 0 por raz6n de los mismos. La falta p~r parte de EL
ARRENDATARIO en obtener dicha cancelaci6n 0 descargo sera a opcion de LA
ARRENDADORA, causa suficiente para dar p~r terminado el presente contrato.
NUEVE: BUEN usa, MANTENIMIENTO Y REPARACIONES:
EL ARRENDATARIO:
a) No incurrira en ningLin acto, practica 0 conducta que pueda causar dane a
la propiedad arrendada, 0 que constituya un estorbo 0 amenaza a otros
arrendatarios 0 visitantes, 0 a LA ARRENDADORA.
b) Mantendra la propiedad arrendada, incluyendo las aceras y demas areas
adyacentes a las mismas, limpias y libres de todo desperdicio 0 basura y
xxxx los arreglos necesarios para el recogido de basura del local y se
obliga a mantener limpia en todo momento la plataforma de carga y
descarga y el area de estacionamiento frente al espacio arrendado.
c) No pondra en exhibicion, ni depositara mercancia, materiales ni cualquier
otro objeto en las aceras u otras areas adyacentes a la propiedad
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arrendada ni sobrecargara los pisos de dicha propiedad y cumplira con
todos los requisitos xx xxx en cuanto al uso de la misma.
d) Sera responsable por la fumigaci6n del area arrendada para el debido
control de sabandijas 0 insectos, incluyendo, pero sin limitarse a, comejen,
cucarachas y ratones.
e) De ser requerido por el Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, EL
ARRENDATARIO sera responsable de cubrir el xxxxx de construir la
pared divisoria del local arrendado y/o a lIevar a cabo las mejoras
necesarias en las paredes existentes de manera que se cum pia con la
reglamentaci6n vigente del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico. En este
caso, debido a que EL ARRENDATARIO est a arrendando sola mente una
porci6n de un local mas grande, es indispensable que este divida el
espacio a su costo, tanto fisicamente como en 10 relacionado a la energfa
electrica.
f) LA ARRENDADORA notificara a EL ARRENDATARIO, por escrito con
acuse de recibo, sobre cualquier violaci6n descrita en este inciso. De no
resolverse la situaci6n en el termino que se conceda, LA
ARRENDADORA pondra un cargo mensual a EL ARRENDATARIO por
el uso indebido de la facilidad.
g) Sera responsabilidad de EL ARREN OAT ARlO guardar toda su mercancia
dentro del local arrendado, LA ARRENDADORA no sera responsable de
xxxxx xx xxxxxxxxxx dejada fuera de los almacenes, ni por negligencia
atribuible a EL ARRENDATARIO en el hurto de la misma.
h) Sera responsable de proveer a LA ARRENDADORA una copia del
Permiso de Uso para sus operaciones en el local arrendado.
DIEZ: MANTENIMIENTO Y REPARACIONES: EL ARRENDATARIO se obliga a notificar
prontamente a LA ARRENDADORA todo xxxxx, no importa su naturaleza u origen que sufriere
la propiedad arrendada. EL ARRENDATARIO, a su propio cargo, mantendra en buen estado de
conservaci6n, reparaci6n y funcionamiento la propiedad arrendada y su equipo, maquinas y
accesorios, si alguno, y cada parte de los mismos durante todo el termino de este contrato y
tomara las precauciones razonablemente necesarias para evitar el menoscabo, xxxxx, 0 deterioro !l
lY de la propiedad arrendada que no sea ocasionado por el deterioro del tiempo. EL
ARRENDATARIO se obliga al mantenimiento y reparaci6n del local arrendado en su interior,
facilidades de plomeria, sistemas electricos, alumbrado en su interior y de la plataforma de carga
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y descarga, servicios sanitarios y del piso, yen el exterior del edificio se obliga a la limpieza y
pintura (con previa autorizacion de LA ARRENDADORA) de la propiedad arrendada, reparacion
y mantenimiento de puertas, incluyendo rolladizas, cuando dicho deterioro no haya side causado
por el paso del tiempo. Con relacion al mantenimiento del estacionamiento, EL
ARRENDATARIO se compromete a darle mantenimiento a su xxxxx en la medida en que el
mismo sea mal utilizado, utilizando como estacionamiento de vehiculos y furgones, areas no
designadas para ese fin. Con relacion a los pisos EL ARRENDATARIO se compromete a no
sobrecargar los pisos con una carga mayor de 2,000 toneladas.
LA ARRENDADORA se obliga a conservar y reparar los cimientos, las paredes maestras
el techo, en su exterior, y de corregir prontamente cualquier defecto en la propiedad arrendada
fuera atribuible a disefio inadecuado 0 a vicios de construccion que no fueran aparentes en
el momento en que fue inspeccionada por EL ARRENDAT ARlO para fines de toma de posesion.
Lo anterior no se interpretara en el sentido de obligarse LA ARRENDADORA a reparar
dafios a la propiedad arrendada resultantes de actos de EL ARRENDATARIO, sus empleados,
agentes 0 invitados; tales dafios seran reparados por EL ARRENDATARIO, a sus expensas.
Si EL ARRENDATARIO rehusase 0 descuidare lIevar a cabo cualesquiera obras de
conservacion 0 reparacion que venga obligado a realizar, conforme a 10 convenido en esta
clausula, LA ARRENDADORA podra realizar las mismas con cargo a EL ARRENDATARIO Yal
asi hacerlo no incurrira en responsabilidad alguna como resultado de cualquier perdida 0
disminucion en los negocios 0 actividades de EL ARRENDATARIO que se produzca con motivo
de la realizacion de dichas obras.
ONCE: ROTULACION: EL ARRENDATARIO no instalara, fijara, pintara 0 exhibira
ningun letrero, cartelon, signo 0 anuncio, en el exterior de la propiedad arrendada, sin el previo
consentimiento por escrito de LA ARRENDADORA.
DOCE: OCUPACI6N Y RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO: Si EL
ARRENDATARIO dejare de tomar posesion de la propiedad arrendada dentro de los treinta (30)
dfas, a partir del comienzo del termino de este contrato 0 desalojare 0 abandonare la propiedad
arrendada, 0 si cualquier embargo fuere trabado contra EL ARRENDAT ARlO 0 la propiedad de
este, en virtud xxx xxxxxx propiedad arrendada fuere ocupada 0 incautada 0 se intentare ocuparla
o incautarla por cualquier persona que no fuera EL ARRENDAT XXxX Y tal embargo no fuere
disuelto 0 afianzado dentro de los treinta (30) dias despues de haber sido trabado, LA
ARRENDADORA tendra derecho, a su opcion, de dar por terminado el contrato, as, como, todo
derecho, titulo 0 interes de EL ARRENDATARIO en el mismo, mediante notificacion escrita a EL
ARRENDATARIO con no menos de cinco (5) dias de antelacion a la fecha de terminacion y EL
10
en
r
ARRENDATARIO inmediatamente entregara a LA ARRENDADORA, la propiedad arrendada.
LA ARRENDADORA podra entregar a la propiedad arrendada y re poseerla si EL
ARRENDATARIO no entrega la misma, segun antes dicho.
Asimismo, quedara resuelto este contrato si EL ARRENDAT ARlO dejare de pagar a LA
ARRENDADORA cualquier plazo de canon y tal incumplimiento continuase por un periodo xx
xxxx (10) dias despues de la notificaci6n de falta de pago 0 violare x xxxxxxxx xxxxxxxxxx xx xxx
xxxxxxxx, xxxxxx 0 xxxxxxxxxxx xx xxxx contrato.
Si LA ARRENDADORA diere por terminado el arrendamiento, conforme a 10 dispuesto
el parrafo anterior, la responsabilidad de EL ARRENDATARIO por el pago del canon
onvenido subsistira por el resto del termino estipulado y LA ARRENDADORA tendra derecho
cibir el importe de dichos canones, con caracter de danos liquidos.
TRECE: ENTREGA A LA EXPIRACION DEL TERMINO: AI vencimiento del termino de
este contrato, EL ARRENDATARIO entregara a LA ARRENDADORA la propiedad arrendada
en buen estado de conservaci6n y limpieza. EL ARRENDATARIO, en 0 antes de dicha fecha,
removera toda su propiedad mueble de la propiedad arrendada y toda aquella propiedad que no
fuere asi removida se reputara abandonada y podra LA ARRENDADORA disponer de ella,
segun mejor convenga a sus intereses, sin notificaci6n a EL ARRENDATARIO Ysin obligaci6n
de rendir cuentas respecto ala misma. EL ARRENDATARIO pagara a LA ARRENDADORA los
gastos en que esta incurra en la remocion, venta, almacenaje, destruccion u otra disposicion de
dicha propiedad. Si la propiedad arrendada no fuese entregada, ello no tendra el efecto de
renovar 0 continuar el termino de este arrendamiento, en estos casos aplicara 10 establecido en
la clausula cuatro (4). En tal caso, los danos que EL ARRENDATARIO resarcira a LA
ARRENDADORA se fijan y liquidan en una suma igual al triple del canon de arrendamiento que
a esa fecha correspondiere pagar y sera pagada durante todo el tiempo que continue dicha
detentacion.
EL ARRENDAT XXxX indemnizara a LA ARRENDADORA por razon de cualquier
reclamacion que X.Xx arrendatario subsiguiente hiciere a LA ARRENDADORA, fundada en la
demora en entregar la posesion de la propiedad arrendada a dicho arrendatario subsiguiente,
siempre que dicha demora fuera ocasionada por el incumplimiento de EL ARRENDATARIO de
su obligacion de entregar oportunamente la propiedad arrendada y de coordinar con LA
ARRENDADORA para una inspeccion final del local previo a la entrega.
CATORCE: RESPONSABILIDAD PUBLICA Y SEGUROS: LA ARRENDADORA no
respondera en ningun caso de lesiones 0 danos a cualquier persona ocurridos en la propiedad
arrendada ni de ningun dano 0 perjuicio a la propiedad arrendada 0 a cualquier propiedad de EL
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ARRENDATARIO 0 de terceras personas que ocurriere en la propiedad arrendada, salvo que
resultare de su negligencia 0 la de sus agentes 0 empleados autorizados. EL ARRENDATARIO,
por la presente indemniza y releva a LA ARRENDADORA de cualquier responsabilidad por
danos, pleito, reclamaci6n 0 requerimiento de cualquier clase 0 naturaleza que surgiere de, 0 se
basare en cualquier actividad realizada por EL ARRENDATARIO en la propiedad arrendada 0
en la violaci6n 0 incumplimiento p~r EL ARRENDATARIO de sus obligaciones bajo este contrato
o por cualquier acto u omisi6n negligente suyo 0 de sus empleados, agente, contratistas,
visitantes 0 invitados.
EL ARRENDATARIO se obliga a no tener en la propiedad arrendada mercancias,
materiales 0 equipo ni a lIevar a cabo en la misma alguna actividad que pueda en alguna forma
afectar 0 invalidar la cubierta de cualquier p6liza xx xxxxxx sobre las edificaciones. EL
ARRENDATARIO se obliga a pagar como renta adicionalla parte proporcional del aumento en
I costo de cualquier p6liza xx xxxxxx mantenida por LA ARRENDADORA, cuando dicho
mento sea atribuible a la actividad 0 negocio establecido 0 desarrollado por EL
Ii. RENDATARIO en la propiedad arrendada, independientemente de si LA ARRENDADORA
ha consentido 0 no a que dicha actividad 0 negocio sea establecido 0 desarrollado.
EL ARRENDATARIO gestionara y obtendra un segura de responsabilidad publica
("Public Liability Insurance") con una compania de seguros autorizada a operar en Puerto Rico,
por virtud de la cual EL ARRENDATARIO Y LA ARRENDADORA estim protegidos contra
reclamaciones 0 demandas, p~r lesiones 0 danos que sufra una persona 0 propiedad en la
propiedad arrendada como resultado de las acciones, omisiones 0 negligencia de EL
ARRENDATARIO, sus empleados, agentes, contratistas, clientes, visitantes 0 invitados. Este
segura tendra una cubierta de Responsabilidad Publica con los siguientes Ifmites: $2,000,000.00
Agregado General, $1,000,000.00 "Personal &Advertising Injury", $1,000,000.00 Por Ocurrencia,
$500,000.00 "Fire Damage" (por ocurrencia) y $5,000.00 Gastos Medicos (por persona) donde
la COMPANIA DE COMERCIO Y EXPORTACION DE PUERTO RICO, aparezca como
asegurada adicional y aparezca la direcci6n nuestra (Apartado 195009, San Xxxx, Puerto Rico
00919-5009). Esta p61iza debera contener un "Waiver Subrogation" y un "Hold Harmless
Agreement", a favor de LA ARRENDADORA. EL ARRENDATARIO se obliga a mantener en
vigor este segura durante todo el termino de este contrato; y suplir anualmente a LA
ARRENDADORA evidencia documental fehaciente de la existencia de este. EL
ARRENDATARIO notificara de inmediato a LA ARRENDADORA p~r correo certificado con
acuse de recibo de la ocurrencia de un accidente cubierto por las protecciones de cualquiera 0
ambos seguros antes senalados.
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En caso de que, como resultado de algun siniestro, la propiedad arrendada sufriere darios
de tal magnitud que razonablemente no se pudiese continuar usando para los propositos para
los cuales fue tomada en arrendamiento por EL ARRENDATARIO, este contrato terminara y
quedara sin efecto automaticamente, quedando las partes contratantes relevadas de toda
obligacion aqu! incurrida, a partir de la fecha misma de la ocurrencia, excepcion hecha de
cualesquiera balances insolutos por canones vencidos y no pagados 0 cualesquiera otros por la
razon que fuere.
QUINCE: CESION: Ni EL ARRENDATARIO ni sus representantes legales 0 sucesores
por disposicion xx xxx u otra forma, cederan, hipotecaran, gravaran 0 enajenaran su derecho en
este Contrato de Arrendamiento, ni subarrendaran la propiedad arrendada, en todo 0 en parte,
sin obtener previamente la autorizacion escrita de LA ARRENDADORA en cada caso. Tampoco
EL ARRENDATARIO podra realizar ningun tipo de negocio 0 transaccion que envuelva gravar 0
pignorar en forma alguna la referida propiedad. Cualquier cesion resultante de una
consolidacion, fusion 0 disolucion de EL ARRENDATARIO se considerara una enajenacion, a
s fines de esta clausula. Igualmente se considerara una enajenacion el traspaso de dominio,
voluntario, de los duerios actuales 0 cualquier otra persona natural 0 juridica de la totalidad 0 de
mas del cincuenta por ciento (50%) de las acciones de la Corporacion arrendataria, mediante
venta, donacion, permuta, embargo u otro medio.
DIECISEIS: CONSENTIMIENTO, INFORMACION E INSPECCION: EL
ARRENDATARIO Y LA ARRENDADORA convienen en que el consentimiento que de cualquiera
de ellos se requiera bajo las disposiciones de este contrato no sera denegado irrazonablemente,
pero queda entendido que ninguno respondera por xxxxxx por haber denegado su
consentimiento.
EL ARRENDATARIO se obliga a suplir a LA ARRENDADORA copia de sus estados
financieros auditados y certificados por un Contador PIJblico Autorizado dentro de un termino no
mayor de ciento ochenta dias (180) dias, a partir del cierre xxx xxxx de operaciones cuando sea
requerido por LA ARRENDADORA. Si dicho estado no fuere suplido, LA ARRENDADORA
podra obtener dicha informacion a expensas de EL ARRENDATARIO Y para tal propos ito este
pondra a la disposicion de LA ARRENDADORA sus libros de cuentas y todos los datos
necesarios en su oficina principal en Puerto Rico.
EL ARRENDATARIO permitira que XX XXXXXXXXXXX 0 sus agentes entren en la
propiedad arrendada en horas laborables con el proposito de inspeccionar la misma 0 hacer las
reparaciones que EL ARRENDATARIO dejase de hacer 0 rehusare hacer de acuerdo con los
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terminos, pactos y condiciones de este contrato y permitira razonablemente la inspeccion de la
propiedad arrendada a nombre de arrendatarios prospectivos.
Las disposiciones contenidas en este articulo no se interpretaran en el sentido de ampliar
las obligaciones de LA ARRENDADORA bajo este contrato, siendo expresamente convenido
que el derecho y autoridad que por la presente se Ie reserven no Ie imponen ni LA
ARRENDADORA asume, por razon de las mismas, ninguna responsabilidad por la reparacion,
cuidado 0 supervision de la propiedad arrendada, equipo 0 accesorio en ella sito, excepto aquella
que expresamente haya asumido en otras c1ausulas de este contrato.
DIECISIETE: SUSTANCIAS 0 MATERIALES PELIGROSOS: EL ARRENDATARIO
declara que no se dedica a la generacion, instalacion, usc, almacenaje, transportacion, descarga
o disposicion de ningun quimico, pululante, sustancia toxica 0 peligrosa que haya sido 0 que
ueda ser reglamentada 0 prohibida por la Agencia Federal de Proteccion Ambiental, la Junta de
Iidad Ambiental del Gobierno de Puerto Rico 0 por cualquier otra agencia, organismo 0
ndencia estatal 0 federal.
LA ARRENDADORA tambien declara que tanto sus predios de terreno, operaciones y
propiedades como las de sus subsidiarias cumplen con las leyes federales y estatales aplicables
a cuestiones ambientales 0 de recursos naturales.
LA ARRENDADORA Y EL ARRENDATARIO ni sus subsidiarias han recibido notificacion
de entidad, agencia gubernamental 0 instrumentalidad alguna 0 de cualquier persona alegando
el incumplimiento de cualquier ley, reglamento, ordenanza 0 codigo 0 exigiendo el pago de
cualquier reclamacion por danos al ambiente 0 a los recursos naturales.
EL ARRENDATARIO Y los garantizadores se obligan a indemnizar y proteger a LA
ARRENDADORA, sus agentes, sucesores 0 cesionarios contra cualesquiera reclamaciones,
demanda, sentencia, danos, acciones, ordenes administrativas, ordenes por consentimiento,
costas, penalidades y gasto de cualquier clase 0 tipo, relacionados con las actividades 0
propiedades de LA ARRENDADORA Y que surjan por motivo de cualquier violacion a las leyes
ambientales, federales 0 locales, segun descritas en el parrafo anterior.
DIECIOCHO: DISFRUTE PACIFICO: LA ARRENDADORA conviene en que mientras
EL ARRENDATARIO pague el canon convenido en este arrendamiento y cumpla con todos sus
terminos, pactos y condiciones, Ie mantendra en el disfrute pacifico de la propiedad arrendada
con sujecion, desde luego, a los terminos de este contrato. Por su parte, EL ARRENDATARIO
mantendra el orden dentro y fuera de la propiedad arrendada y no interierira en ningun momenta
con la paz y tranquilidad del sector y el resto de los inquilinos.
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DIECINUEVE: TRAMITACION LEGAL: La validez, interpretacion y cumplimiento de este
Contrato se regira p~r, e interpretara, a tenor con las leyes del Gobierno de Puerto Rico, asi
como, de la Reglamentacion Federal aplicable y sera interpretado de acuerdo a las mismas. Las
partes acuerdan, que, de surgir algun pleito legal, se someteran voluntariamente a la jurisdiccion
y competencia del Tribunal General de Justicia de Puerto Rico, Sala de San Xxxx.
EL ARRENDATARIO respondera de los gastos legales y honorarios de abogado en que
incurra LA ARRENDADORA para el cobro de canones de arrendamiento p~r la via judicial y
para el logro del fiel cumplimiento de sus obligaciones en este contrato segun se establece
p eviamente en detalle en la clausula cuatro del presente contrato.
VEINTE: CONTRATO UNICO: Este contrato contiene todos los terminos de acuerdo
e re las partes y no podra ser modificado en todo ni en parte de ninguna forma, salvo por escrito
mediante documento otorgado por ambas partes 0 sus respectivos representantes 0 sucesores.
VEINTIUNO: CLAUSULA DE CONTINGENCIA Y EQUIPOS DE SEGURIDAD: LA
ARRENDADORA solicita a EL ARRENDATARIO que someta un Plan de Contingencia ante la
eventualidad de un suceso constitutivo de fuerza mayor 0 caso fortuito, que pueda resultar en el
deterioro 0 menoscabo de la propiedad arrendada que es motivo de este contrato. Dicho Plan
contendra las diligencias especificas que deben ejercerse p~r parte de EL ARRENDATARIO
ante la eventualidad de todos 0 alguno de los sucesos que est a clausula contiene.
EL ARRENDATARIO se obliga a proveer y mantener los equipos de seguridad
necesarios que sean requeridos por el Departamento de Bomberos de Puerto Rico 0 agencias
gubernamentales estatales 0 federales con jurisdiccion y competencia en el area de seguridad,
incluyendo, pero sin limitarse a extintores de fuego.
VEINTIDOS: DELITOS CONTRA EL ERARIO Y OTROS: EL ARRENDATARIO certifica
y garantiza que su ENTIDAD ni ninguno de sus directores u oficiales, es objeto de investigacion
o procedimiento civil 0 criminal p~r hechos relacionados con delitos contra el erario, la fe y funcion
o que envuelvan fondos 0 propiedad publica. EL ARRENDATARIO reconoce que tiene el deber
de informar LA ARRENDADORA al respecto, tanto durante la etapa de la contratacion, asi como,
durante la vigencia del Contrato y que, de resultar ,culpable de delitos contra el erario, la fe y
funcion publica, 0 que envuelvan fondos 0 propiedad publica a nivel estatal 0 federal, este
Contrato podra ser rescindido inmediatamente.
VEINTITRES: EL ARRENDATARIO afirma y garantiza que ha tenido plena oportunidad
xx xxxx el presente contrato y de consultar el alcance y el contenido del mismo con su
If representante legal y se reafirma al otorgamiento del mismo libre y voluntariamente sin que haya mediado coaccion alguna por parte de LA ARRENDADORA.
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VEINTICUATRO: "REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION Y OPERACION DE
LAS FACILIDADES COMERCIALES Y LA ZONA !JBRE NUM. 61": EL ARRENDATARIO se
obliga al estricto cumplimiento del Reglamento Numero 8464 conocido como el Reglamento para
la Administracion y Operacion de las Facilidades Comerciales y la Zona Libre Num. 61.
Xxxx, Puerto Rico, hoy .)~ /Yltrrl '~(.Il fJ!)tt
RV SALES & DISTRIBUTORS, INC
XXX XXXXX o X. XXXXXXXX XXXX \ XXXXXXX XXXXXXX
Director Ejecuti 0 . cepresidente X.X. Xxx 0000 00 Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxx Xxxx, XX 0 919-5009 Colinas xxx Xxxxx Tel: (787) 294-011 Xxxxx Xxxx, Puerto Rico SS# Tel: (000) 000-0000
SS#
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Compaflfa de Comercio y Exporta~.i!>n de.~ertoRic~ PUERTO RICO TRADE GQSrEIINQ ot. PUERfO kl(O
26 de noviembre de 2018
TODO EL PERSONAL
Director Ejecu
INTERINATO OFICINA DEL DIRECTOR EJECUTIVO 27 AL 29 DE NOVIEMBRE DE 2018
Durante los dfas del 27 a129 de noviembre de 20181 estare fuera de la Oficina en viaje oficial.
A los fines de dar continuidad a los trabajos, he designado al Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, como Director Ejecutivo Interino, asumiendo todas las responsabilidades inherentes al cargo.
Agradezco la cooperaci6n que puedan brindarle al sefior Mercado en el desempefio de sus funciones.