JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USAQUÉN
XXXXX XXXXXXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXX
XXXXXXX XXXXX Xx 000 DE 2022
29 xx xxxxx de 2022
“Por el cual se adicionan excedentes financieros al Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx”
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL XX XXXXXXX
En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324; numeral 4 del artículo 69 del Decreto
–Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 y el Decreto 372 del 30 xx xxxxxx de 2010 y con base en la presente,
EXPOSICION DE MOTIVOS
El presente proyecto de acuerdo, tiene como finalidad la aprobación de la adición de excedentes financieros por un valor de $3.076.099.241 (TRES MIL SETENTA Y SEIS MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN PESOS M/CTE
COL) al presupuesto del Fondo de desarrollo local xx Xxxxxxx, para la vigencia comprendida entre el 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2022.
Los excedentes financieros fueron aprobados, para financiar la intervención del fortalecimiento de la malla vial, parques, espacio público, el fortalecimiento del programa Parceros a nivel local y el desarrollo de iniciativas locales a través de la unidad de cuidado del espacio público.
• Planteamiento general Fortalecimiento de la Malla vial
De acuerdo con lo reportado por la Dirección Técnica Estratégica del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU- con fecha xx xxxxx junio del 2021.
Usaquén cuenta con una extensión xx Xxxxx Vial de 1128 Kilómetros-carril, de los cuales 1095 tienen estado reportado, de estos mismos 1128 Kilómetros-carril, 1065 pertenecen a la malla xxxx xxxxxx x 00 x xx xxxxx xxxx xxxxx. Adicionalmente, de la malla vial urbana encontramos que 1059 presentan estado reportado, que corresponde a un 99.5%. En la malla vial rural solo el 56.6% presenta estado reportado, es decir 63 Kilómetros-carril.
Dentro del actual Plan de Desarrollo Local, se tienen contempladas metas que impactan en la extensión xx Xxxxx Vial Urbana. Adicionalmente, a esto es competencia de los Fondos de Desarrollo Local canalizar la inversión en la malla vial local e intermedia. Que según la Dirección Técnica Estratégica del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU- con fecha xx xxxxx junio del 2022, presenta el siguiente estado:
Que del total de 1065 kilómetros-xxxxxx xx xxxxx vial urbana de la localidad, 222.68 kilómetros-carril pertenecen a la malla vial intermedia, lo que corresponde a un 21% de la extensión xx xxxxx vial urbana en la localidad.
Es decir, que del total de 1065 kilómetros-xxxxxx xx xxxxx vial urbana de la localidad, 436.35 kilómetros-carril pertenecen a la malla vial local, lo que corresponde a un 41% de la extensión xx xxxxx vial urbana en la localidad.
Adicionalmente, encontramos que el 10% de la malla vial intermedia requiere intervenciones de rehabilitación o reconstrucción para ser conservadas y que el 90% de esta requiere al menos mantenimientos periódicos o rutinarios. En cuanto a la malla vial local, el 24% de esta requiere intervenciones de rehabilitación o reconstrucción y el 76% restante requiere acciones de mantenimiento rutinario o periódico.
Finalmente, se puede concluir que el Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx debe velar directamente por la conservación de 469 kilómetros-xxxxxx xx xxxxx vial local e intermedia. Que el 28% de esta conservación debe realizarse bajo la modalidad de rehabilitación y reconstrucción y el 72% restante debe ser intervenido con acciones de mantenimiento. Lo que paramétricamente indicaría y basado en el listado de precios de referencia del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU, que el Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx necesitaría una suma superior a los 300 mil millones de pesos para mantener su malla vial local e intermedia.
Como se evidenció en el análisis anterior, nuestra localidad como todas las localidades se encuentra en un déficit permanente en materia de conservación de la malla vial local e intermedia. Es decir, que la necesidad de invertir recursos es constante en el tiempo.
Ahora bien, revisando el estado actual de los proyectos de inversión relacionados con la conservación de la malla vial local, encontramos que el proyecto 1954 “Movilidad Sostenible Local” tiene dentro de sus cuatro metas la Intervención de 2 kilómetros-carril con acciones de construcción y conservación, meta que resulta inferior a la necesidad de conservar 469 kilómetros-carril en toda la localidad. Durante la vigencia 2021, se contrataron 1.6 kilómetros-carril con acciones de conservación, obras que se encuentran en ejecución y serán entregadas durante la vigencia 2022. Sin embargo, la localidad presenta un rezago en las acciones de construcción que se encuentra justificado en la ausencia de Estudios y Diseños, que solo hasta diciembre de 2021 se pudo contar con estos, que tienen un valor total de $ 9.878 Millones para ejecutar 33 segmentos. En la vigencia 2022, se contratarán 24 de estos segmentos, a través del proceso de selección FDLUSA-LP-003-2022, por un presupuesto de $ 5.900 Millones. Quedando pendiente 9 segmentos viales que tienen un gran costo de oportunidad para la localidad.
Es por lo anterior, que se requiere, de los recursos adicionales que permitan la utilización de los estudios y diseños que tienen una vigencia agotable y la intervención de los 9 segmentos faltantes.
• Fortalecimiento del funcionamiento y administración del programa Parceros a nivel local:
La Circular CONFIS No. 2 de 2022, “Por la cual se da alcance a la circular CONFIS No. 2. Determinación y distribución de excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2021”, establece una destinación de recursos para el Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx en el marco de programa de parceros, de la siguiente manera:
• Programa Parceros
El Artículo 6° del Plan de Desarrollo Local xx Xxxxxxx 2021-2024 (PDL ALUSA 2021- 2024), establece que el Programa Subsidios y Transferencias para la Equidad busca beneficiar a los hogares de la localidad, a través de la entrega de apoyos monetarios y subsidios dirigidos a los adultos mayores (Subsidio tipo C), niños, niñas, jóvenes, mujeres y hombres cabeza de hogar, para la reducción de los índices de pobreza, y el mejoramiento de la calidad de vida y la inclusión social. El artículo 9º Y 10° del mismo PDL ALUSA 2021- 2024 define que a este programa están asociadas las siguientes metas:
⮚ Beneficiar 950 personas mayores con apoyo económico tipo C.
⮚ Atender 977 hogares con apoyos que contribuyan al ingreso mínimo garantizado.
El proyecto de inversión 1960- Integración Económica y Social xx Xxxxxxx - incorpora en el Plan de Acción del PDL ALUSA 2021-2024 el componente de ingreso mínimo garantizado, y establece las metas para “Atender 977 hogares en situación vulnerabilidad con apoyos que contribuyan al ingreso mínimo garantizado” y “Beneficiar a 176 jóvenes con transferencias monetarias condicionadas” a las cuales se asignarán los recursos objeto de la respectiva adición de la siguiente manera:
Meta PDL | Meta proyecto | Concepto | Valor por asignar |
Atender hogares con apoyos que contribuyan al ingreso mínimo garantizado | Atender 977 hogares en situación vulnerabilidad con apoyos que contribuyan al ingreso mínimo garantizado | Transferencias monetarias | N/A |
Beneficiar a 176 jóvenes con transferencias monetarias condicionadas | Recurso humano | $39.150.488 | |
Insumos | $20.000.000 | ||
TOTAL | $ 59.150.488 |
El alcance del componente “Jóvenes y entornos seguros (RETO)” está relacionado con el desarrollo del proceso de operación, prestación y seguimiento en la entrega de las Transferencias Xxxxxxxxxx Condicionadas a los jóvenes participantes del servicio. La Transferencia Monetaria Condicionada está dirigida a personas jóvenes de nacionalidad colombiana residentes en 8 localidades de Bogotá (Usaquén, Usme, Xxx Xxxxxxxxx, Xxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx y Suba) que se encuentran en situación de vulnerabilidad social según el Índice de Vulnerabilidad Juvenil (IVJ) y además se encuentran en la Base Maestra de la Secretaría Distrital de Planeación.
La Transferencia Monetaria Condicionada se entrega a los jóvenes que cumplan con los requisitos de participación en las actividades educativas y socioemocionales, y de ciudad, de la ruta pedagógica del proyecto Jóvenes y Entornos Seguros (RETO).
Según la ley estatutaria 1622 de 2013 joven es “toda persona entre 14 y 28 años cumplidos en proceso de consolidación de su autonomía intelectual, física, moral, económica, social y cultural, que hace parte de una comunidad política y en ese sentido ejerce su ciudadanía”.
Por lo tanto, el componente Jóvenes Entornos Seguros (RETO), “Parceros Cuidando a Bogotá” se define como un modelo de Transferencias Xxxxxxxxxx Condicionadas que tiene por objeto contribuir con la reducción del riesgo social de jóvenes altamente vulnerables, a través de su inclusión en dinámicas educativas y sociales, orientación socio ocupacional y formación en habilidades para el trabajo, que promuevan la prevención, promoción y protección de sus derechos.
Este programa diseñado por la Secretaría Distrital de Integración Social -SDIS-, desarrolla una ruta de servicio social para la seguridad económica del joven. Los jóvenes en condición de vulnerabilidad de la localidad xx Xxxxxxx vinculados al proyecto, que cumplan con las condiciones básicas, a saber, participar de las actividades de Ciudad y, cumplir con la ruta
pedagógica, recibirán una Transferencia Monetaria Condicionada mensual por valor de
$500.000 (Quinientos Mil Pesos M/cte. Col) durante 6 meses.
La política Pública de Juventud 2019-2030, prohijada mediante documento XXXXXX X.X. Xx. 0 xx 0000, adopta un marco analítico y metodológico con base en el enfoque de desarrollo de capacidades que permite la interacción de estas tres herramientas metodológicas:
Primero: El enfoque de ampliación de capacidades que tiene como imperativo la garantía y protección de derechos humanos, y permite analizar la realidad juvenil desde una perspectiva de carácter multidimensional.
Segundo: Procesos de investigación participativa y cualitativa para recoger e interpretar los discursos, percepciones y opiniones de los y las jóvenes, a la vez que fortalecen su participación incidente.
Tercero: Establecer estrategias para la construcción de diagnósticos sobre problemas específicos, rastreo de indicadores y tendencias históricas de estos en la ciudad.
Por consiguiente, respondiendo a estos enfoques el componente Jóvenes Entornos Seguros (RETO) “Parceros Cuidando a Bogotá” consta de ocho etapas: 1) Focalización, 2) Caracterización, aplicación del instrumento, 3) Priorización-modelo -IVJ- 4) Aplicación de instrumento psicosocial 5) Incorporación al proyecto 6) Seguimiento psicosocial y de servicios de ciudad 7) Giro mensual de la transferencia, y 8) Egreso.
Lo anterior en consonancia con el Art 3º Numeral 11 de la Ley Estatuaria 1622 de 2013 la cual señala que “La actuación del Estado en materia de juventud debe incorporar como base para la construcción de las políticas de juventud la innovación permanente, el aprendizaje social, la experimentación y la concertación”.
Por lo tanto, en perspectiva de lo anterior en el convenio interadministrativo 008336-2021 firmado entre ocho fondos de desarrollo local (Usaquén, Usme, Xxx Xxxxxxxxx, Xxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx y Suba) y la Secretaría Distrital de Integración Social con objeto contractual “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos, logísticos y financieros entre la Secretaría Distrital Integración Social-SDIS y el Fondo De Desarrollo Local Xx Xxxxxxx; El Fondo De Desarrollo Local De San Xxxxxxxxx; El Fondo De Desarrollo Local Xx Xxxx: El Fondo De Desarrollo Local Xx Xxxx; El Xxxxx Xx Xxxxxxxxxx Xxxxx Xx Xxxxxxx; Xx Xxxxx Xx Xxxxxxxxxx Xxxxx Xx Xxxx; El Fondo De Desarrollo Local De Xxxxxx Xxxxx Xxxxx X Xx Xxxxx Xx Xxxxxxxxxx Xxxxx Xx Xxxxxx Xxxxxxx, para la operación y puesta en marcha del programa Reto Local Jóvenes Y Entornos Seguros” duración 12 meses, donde en el desarrollo del mismo se da la necesidad de adicionar el convenio, contratos de prestación de servicios del equipo humano y contrato de insumos por 4 meses más para dar cumplimiento a la meta de 176 jóvenes garantizando la atención y oportunidad a nuevos
jóvenes y aprovechar los cupos disponibles y transferencias pendientes por girar de jóvenes que han desertado a lo largo del programa.
Con respecto a lo anterior se contempla seguir implementando la ruta pedagógica teórico- practica de 100 horas mensuales, 60 horas teóricas, y 40 prácticas, en las cuales se abordan 5 módulos temáticos: 1) Prevención de Violencias (Identidad, violencia en entornos digitales, conflicto y pacificación, acciones para el cambio); 2) Prevención de consumo de SPA (entendiendo el consumo, factores asociados al consumo, efectos de las SPA, mitos y realidades del consumo); 3) Prevención del suicidio y salud mental (Significado de la salud mental, salud y regulación emocional, salud y prevención del suicidio); 4) Prevención Maternidad y Paternidad Temprana (MyPT) (toma de decisiones, derechos sexuales y reproductivos, anticoncepción, amor romántico); y 5) Estrategia Socio ocupacional (vinculación a la oferta institucional del Distrito en educación, cultura, deporte, etc.).
Todo lo anterior, como prerrequisito de corresponsabilidad para recibir las transferencias monetarias condicionadas de $500.000 (Quinientos Mil Pesos M/te Col) mensuales, y de esta manera contribuir a la garantía de derechos de los jóvenes Nini población altamente vulnerable.
Programa Jóvenes y Entorno Seguros (RETO) “Parceros Cuidando a Bogotá” en el marco del canal de Transferencias Monetarias.
La estrategia Jóvenes y Entorno Seguros (RETO) “Parceros Cuidando a Bogotá”, tiene como propósito consolidar un nuevo contrato social, ambiental e intergeneracional que permita avanzar hacia la igualdad de oportunidades de toda la población, especialmente la más vulnerable en el marco del Plan de Desarrollo Distrital “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI” 2020-2024. Uno de esos programas que se definió es jóvenes con capacidades: proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI” (Programa 17), el cual tiene como propósito reducir el número de jóvenes que ni estudian ni trabajan, impactando especialmente a los jóvenes más pobres y vulnerables del Distrito en un trabajo intersectorial, considerando el fortalecimiento y ampliación de la oferta en educación media que ofrezca oportunidades de exploración, diversificación y orientación socio-ocupacional y habilidades, que, a su vez, propendan por el fomento del emprendimiento y otras alternativas productivas para los jóvenes, y el tránsito a la educación superior; así como, una formación para el trabajo que les permita construir trayectorias laborales exitosas (Concejo de Bogotá, 2020).
En este contexto, la actual adición presupuestal en el marco del concepto de “Parceros Cuidando a Bogotá” se define como un modelo de Transferencias Xxxxxxxxxx Condicionadas que tiene por objeto fortalecer y contribuir con la reducción del riesgo social de jóvenes altamente vulnerables y su participación en delitos de alto impacto y acciones que afectan la seguridad y la convivencia, a través de su inclusión en dinámicas educativas
y sociales, orientación socio ocupacional y formación en habilidades para el trabajo que promuevan la prevención, promoción y protección de sus derechos, por lo anterior se busca dar continuidad por 4 meses más al convenio interadministrativo 008336-2021 celebrado firmado entre ocho fondos de desarrollo local (Usaquén, Usme, Xxx Xxxxxxxxx, Xxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx y Suba) y la Secretaría Distrital de Integración Social, del equipo humano que brinda acompañamiento a los jóvenes en el 100 % del servicio y el contrato de insumos, para dar cumplimiento a la meta de la atención de 176 jóvenes y brindar la oportunidad de ingresar a nuevos jóvenes y cumplir con la meta en mención, ya que dichos cupos han quedado vacíos de jóvenes que han desertado del programa en el transcurso del plazo de ejecución.
• Desarrollo de iniciativas locales a través de la unidad de cuidado del espacio público
Bogotá para el 2022 celebrará la navidad con una programación robusta que permita establecer más de 20 puntos en la ciudad donde las familias podrán disfrutar de la iluminación navideña. Paralelamente se pretende hacer 20 ferias de emprendedores; un gran festival de Es Cultura Local en Gran Estación; ciclovía nocturna, una agenda musical que incluye un súper concierto el 5 de diciembre Plaza xx Xxxxxxx y más de 60 presentaciones de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
En el marco de esa estrategia impulsada por la Alcaldía Mayor, desde la alcaldía local xx Xxxxxxx y teniendo en cuenta la vocación empresarial y turística de la localidad, se pretende fortalecer el alumbrado navideño decorando zonas que se determinarán por su alto tráfico de visitantes con el fin de aumentar el consumo de bienes y servicios, lo cual en tiempos de crisis incentiva los turistas y compradores engalanando las calles con acciones para la época xx xxxxxxx.
Todo el análisis y contenido técnico y jurídico se anexa al presente Acuerdo Local, documentos que hacen parte integral del mismo para su consulta.
CONSIDERANDO:
Que, a 31 de diciembre de 2021, el Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $ 40.297.199 (Cuarenta Millones Doscientos Noventa y Siete Mil Ciento Noventa y Nueve Pesos M/cte Col).
Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular 02 del 01 xx xxxxx de 2022, y conforme a lo establecido en los artículos 37° y 38° del Decreto 372 de 2010, comunicó la decisión tomada en su sesión N° 02, celebrada el 00 xx xxxxxxx 0000, indicando que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2021, al Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx se le asignó una partida de $ 3.076.099.241
( Tres Mil Setenta y Seis Millones Noventa y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Un Pesos M/cte Col)
Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, los recursos asignados por el CONFIS.
Que, el 16 xx xxxxx de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable N° 0-0000-00000, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes financieros.
De igual forma en circular emitida por esta entidad se estableció una proyección de la distribución de la partida asignada de la siguiente manera:
⮚ Fortalecimiento de la Malla vial: $ 2.916.948.753 (Dos Mil Novecientos Dieciseis Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta y Tres Pesos M/cte Col)
⮚ Fortalecer el funcionamiento y administración del programa Parceros a nivel local:
$ 59.150.488 (Cincuenta y Nueve Mil Millones Ciento Cincuenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho Pesos M/cte Col).
⮚ Desarrollo de iniciativas locales a través de la unidad de cuidado del espacio público:
$ 100.000.000 (Cien Millones de Pesos M/cte Col)
Que, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el Proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos.
Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1º. – Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx, por valor de $3.076.099.241 (TRES MIL SETENTA Y SEIS MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN PESOS
M/CTE Col), conforme al siguiente detalle:
O1 | INGRESOS | $ 3.076.099.241 |
O12 | RECURSOS DE CAPITAL | $ 3.076.099.241 |
TOTAL INGRESOS | $ 3.076.099.241 |
Artículo 2º. – Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx, por valor de $3.076.099.241 (TRES MIL SETENTA Y SEIS MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS
CUARENTA Y UN PESOS M/CTE Col), conforme al siguiente detalle:
O2 | GASTOS | $ 3.076.099.241 |
O23 | INVERSIÓN | $ 3.076.099.241 |
TOTAL GASTOS | $ 3.076.099.241 |
Artículo 3º.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá D.C., a los 29 (veintinueve) días del mes xx xxxxx de dos mil veintidós (2022).
XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
Presidente Junta Administradora Local
PONENTES:
- Ponencia 1
Consuelos del Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx- Partido Centro Democrático
Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx- Movimiento Bogotá Para la Gente- Nuevo Liberalismo
- Ponencia 2
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx - Partido Liberal Colombiano
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“Por el cual se adicionan excedentes financieros al Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx”
El Xxxxxxx xx Xxxxxxx, sanciona a los treinta (30) días del mes xx xxxxx de dos mil veintidós (2022) el presente Acuerdo.
XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX
Alcalde Local xx Xxxxxxx