PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA REFORMA DE VESTUARIOS EN LOCAL DE LA BRIGADA MUNICIPAL POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA REFORMA DE VESTUARIOS EN LOCAL DE LA BRIGADA MUNICIPAL POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
1. Objeto del contrato.
El contrato tendrá por objeto la ejecución de la siguiente obra: REFORMA DE VESTUARIOS EN LOCAL DE LA BRIGADA MUNICIPAL
CPV: 4545000
2. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato.
Trabajos consistentes en una intervención parcial a nivel de vestuarios para adecuar el espacio tras el refuerzo estructural. Sobre la disposición anterior se crea un vestuario para el personal de limpieza y un pequeño ambigú.
La obra del paseo de Amaña altera la morfología exterior al edificio, exige el cambio de ubicación del almacenero. Se crea una oficina para él, además de un aseo
3. Presupuesto del contrato:
El presupuesto de puja del contrato es el siguiente:
PRINCIPAL |
82.350,88 € |
IVA (21%) |
17.293,69 € |
TOTAL |
99.644,57 € |
El porcentaje de baja de la oferta adjudicataria se aplicará sobre todos y cada uno de los precios unitarios del proyecto. Estos precios con el porcentaje de baja de la oferta aplicada, serán los que regirán durante la ejecución del contrato.
Los importes ofertados por los licitadores no podrán, en ningún caso, superar el presupuesto neto del contrato
4. Anualidades en que se distribuye.
2015.
5. Aplicación presupuestaria.
Partida: 1.0300.601.10.153.40
6. Revisión de precios
En éste contrato no procede la revisión de precios.
7. Régimen jurídico del contrato y documentos que tienen carácter contractual.
El contrato a que se refiere el presente pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP); con carácter supletorio se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
El pliego de prescripciones técnicas.
Los planos.
La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación.
Los cuadros de precios.
El documento en que se formalice el contrato.
Este contrato se halla sujeto al régimen de cooficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6° y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, entre otros, el Plan de Uso del Euskera del Ayuntamiento de Eibar.
8. Plazo de ejecución.
Plazo total: El plazo de ejecución del contrato será de 2 MESES, a contar desde el día siguiente al de suscripción del acta de comprobación del replanteo, a no ser que en ésta se fijase una fecha de inicio diferente
9. Procedimiento de adjudicación.
La forma de adjudicación de este contrato será el procedimiento abierto con un único criterio de de adjudicación (el precio), en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el art. 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
10. Importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato que debe abonar el adjudicatario.
Los gastos de publicidad serán a cuenta del Ayuntamiento
11. Garantías exigibles.
Definitiva: El licitador que resulte adjudicatario del contrato deberá prestar una garantía del 5% del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el IVA.
12. Requisitos de solvencia
Sólo podrán licitar aquellas personas, físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar; que sus fines, objeto o ámbito de actividad, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, tengan relación directa con el objeto del contrato; que no estén incursas en alguna de las prohibiciones para contratar contenidas en el artículo 60 del TRLCSP y que acrediten su solvencia económico-financiera y técnica de la forma y con los requisitos que se indican en este pliego
13. Lugar de presentación de proposiciones.
Las proposiciones se presentarán en las dependencias u oficinas del órgano de contratación designadas en el anuncio del contrato, dando al presentador como acreditación recibo en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación.
De igual modo, las proposiciones podrán ser presentadas por correo. En tal caso, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama o correo electrónico en el mismo día. El número de fax al que deberá dirigirse la justificación de la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos es el 943200288 y la dirección de correo electrónico xxxxxxxx@xxxxx.xxx. No serán admitidas ofertas cuyo envío se realice a un número de fax o dirección de correo electrónico distinta a los indicados.
La dirección a la que se deberán remitir las proposiciones enviadas por correo es la siguiente:
AYUNTAMIENTO DE EIBAR
Unidad de Contratación y Subvenciones
Untzaga Plaza nº 1
20600 EIBAR
Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación de la fecha de imposición y envío por alguno de los medios previstos en el párrafo anterior) no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
14. Forma en que deben presentarse las proposiciones.
Las proposiciones se presentarán en DOS sobres numerados correlativamente, especificando en el anverso de cada uno de ellos los siguientes datos:
Denominación del contrato
Nombre del empresario
individual o denominación de la Sociedad que presenta la oferta.
Nº
de CIF o, en su caso, del DNI
Domicilio
Fax
Teléfono
e-mail
Nombre y apellidos de quien firme la proposición y
el carácter con que lo hace (en nombre propio, como Administrador
Xxxxx, como Apoderado…)
Los sobres deberán estar, necesariamente, firmados por el licitador o persona que le represente.
Junto con los sobres pero fuera de ellos deberá presentarse, debidamente cumplimentado, el documento denominado JUSTIFICANTE DE ENTREGA DE PROPOSICIÓN, según modelo que se puede encontrar en la documentación de la licitación a la que se puede acceder desde el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Eibar. Una copia sellada de este documento será entregada la licitador
A. EL SOBRE NÚMERO 1 (DECLARACIÓN RESPONSABLE). Contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, la siguiente documentación:
a) Una DECLARACIÓN RESPONSABLE del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración (SE ADJUNTA MODELO COMO XXXXX XX). En tal caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en este pliego.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones
b) En su caso, documento de compromiso de constituir una Unión Temporal de Empresas: En lo casos en que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento, que podrá ser privado, en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la participación que a cada uno de ellos corresponda en la UTE
c) En su caso, documentos que deberán presentar las empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social. Los licitadores que pretendan contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO, deberán los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la disposición adicional 4ª del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO.
B) EL SOBRE Nº 2 (PROPUESTA ECONÓMICA):
Contendrá la siguiente documentación:
Oferta económica, en la que se expresará el precio de ejecución del contrato debiendo figurar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. La oferta económica se presentará conforme al modelo que se incorpora al presente pliego como XXXXX X
.
15. Plazo de presentación de las proposiciones y demás requisitos de las mismas.
Las proposiciones se presentarán dentro del plazo fijado en el anuncio de la licitación.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como del proyecto y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
16. Criterios para la adjudicación del contrato.
El único criterio para la adjudicación del contrato es el precio
17. Variantes.
No se permiten
18. Confidencialidad.
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
19. Apertura de la documentación y de las proposiciones.
Previo al acto público de apertura del SOBRE 2 , se comprobará por la Mesa de Contratación que las declaraciones responsables presentadas por los licitadores dentro del SOBRE 1, están válidamente firmadas y cumplen desde un punto de vista formal y también material, con lo exigido por las normas legales y reglamentarias que son de aplicación. Si se observasen defectos subsanables en las declaraciones responsables presentadas se otorgará un plazo de tres días para que los licitadores las corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación
El acto público de apertura del SOBRE 2 (PROPUESTA ECONÓMICA) se celebrará en el lugar y día que previamente se haya señalado en el anuncio de licitación, observándose en su desarrollo las formalidades previstas en el artículo 83 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En el caso de ofertas con valores desproporcionados o temerarios se procederá de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 152 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO, siendo los criterios para su apreciación los que se establecen el el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
Todas las actas de la Mesa de Contratación se publicarán en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Eibar, dentro de la pestaña “TABLÓN”
20. Adjudicación y formalización de contrato
20.1. Adjudicación
Recibida el acta de la Mesa de Contratación, el Órgano de Contratación clasificará las ofertas y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económica más ventajosa para que, dentro del plazo xx XXXX días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa siguiente
1º) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica:
a) Los empresarios individuales, copia del DNI; los empresarios personas jurídicas, la escritura o los documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda.
b) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.
c) Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
2º) Documentos acreditativos de la representación: Cuando la proposición no aparezca firmada por los licitadores deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición junto con una copia del Documento Nacional de Identidad del o los apoderados.
3º) Certificación acreditativa de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias
4º) Certificación acreditativa de encontrarse al corrientes en sus obligaciones con la Seguridad Social
Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
5º) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de encontrase exento del pago del Impuesto, certificación acreditativa de tal circunstancia emitida por la Administración competente
6º) Documentos acreditativos de la solvencia:
Solvencia económico-financiera: Se deberá presentar una declaración sobre el volumen global de negocios de la empresa (facturación) referida a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de la empresa. El volumen global mínimo de negocios a acreditar será de 500.000 €
Solvencia técnica y profesional: Relación de las obras de ALBAÑILERIA, REVOCOS Y REVESTIDOS ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad xxxxxxxxxx.Xx entenderá acreditado éste requisito de solvencia técnica cuando el importe de los contratos de obras de ALBAÑILERIA, REVICOS Y REVESTIDO ejecutados en el curso de los cinco últimos años sea superior a 300.000 €.
Nota:
Los licitadores clasificados como contratistas de obras en el Grupo
C, subgrupo 4, categoría b), no deberán presentar justificantes de
solvencia económico-financiera y técnica, siendo suficiente la
presentación, en éstos casos, del certificado de clasificación en
vigor
7º) Justificante de la constitución de la garantía definitiva por el 5% del importe de adjudicación €
8º) Justificante de suscripción de los siguientes seguros que se mantendrán x xxxxx del adjudicatario durante el período de construcción y el plazo de garantía del contrato
8.1 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL , en sus vertientes de explotación, patronal, cruzada y de trabajos terminados. El Ayuntamiento de Eibar tendrá la consideración de asegurado adicional sin perder la condición xx xxxxxxx.
El límite mínimo de indemnización será el que corresponda según el siguiente cuadro:
-
IMPORTE DE ADJUDICACIÓN (IVA excluido)
LIMITE MINIMO
DE INDEMNIZACIONHasta 1.000.000 €
600.000,00 €
Entre 1.000.000 € y 3.000.000 €
1.000.000,00 €
Entre 3.000.000 € y 6.000.000 €
2.000.000,00 €
Entre 6.000.000 € y 25.000.000 €
4.000.000,00 €
En todo caso serán soportados por el Adjudicatario los daños y perjuicios en la cuantía de la franquicia y en lo que superen los límites que se establezcan en las distintas pólizas de seguro; así como en los bienes y riesgos no cubiertos en las mismas.
En caso de producirse un retraso en la finalización de las obras sobre la fecha prevista, se procederá a la contratación de las prórrogas necesarias debiendo el Adjudicatario pagar la sobreprima que corresponda.
NOTA 1: La inscripción en el Registro Oficial de Contratistas, regulado por Decreto 12/1998 del Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Xxxxx exime de presentar los documentos contemplados en los puntos 1º), 2º), 3º), 4º) y 5º anteriores y, en el caso de que se exigiera, la acreditación de la clasificación, siempre que la certificación vigente refleje los datos a que se refieren dichas cláusulas
La documentación que se deberá presentar es la siguiente:
a) Certificado vigente
de inscripción en el Registro
b) Declaración responsable de la empresa manifestando que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación
NOTA 2: El certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, tendrá los efectos establecidos en el artículo 83 TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO .
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas
El órgano de contratación adjudicara el contrato dentro de los CINCO días hábiles siguientes a la recepción de la documentación
20.2. Formalización
El contrato se perfeccionará mediante su formalización, de acuerdo con el artículo 27 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO en documento administrativo en los plazos establecidos en el artículo 156.3 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO
Si las obras fueran adjudicadas a una Unión Temporal de Empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato y el NIF asignado a la Unión.
20.3 Perfil del contratante
En el perfil del contratante del órgano de contratación se publicará la adjudicación del contrato, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO.
También se publicará en el perfil del contratante la formalización del contrato
El acceso público al perfil del contratante del Ayuntamiento de Eibar se efectuará a través de la página web de CONTRATACIÓN PÚBLICA DE EUSKADI : xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
21. Responsable del contrato, dirección de la obra y delegado de la obra.
El órgano de contratación podrá designar una persona responsable del contrato conforme se establece en el artículo 52 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO.
El Director de obra que se designe por el órgano de contratación ejercerá las funciones de dirección, inspección, comprobación y vigilancia necesarias para la correcta ejecución de la obra contratada. El Director de las obras podrá estar auxiliado por el personal que el órgano de contratación designe.
El Delegado de obra del contratista deberá ser un técnico titulado, con experiencia acreditada en obras de similar naturaleza a las que son objeto de este contrato.
22. Comprobación del replanteo y programa de trabajos.
En el plazo de quince días naturales como máximo, contados a partir de la fecha de formalización del contrato deberá realizarse el replanteo y extenderse el acta relativa al mismo.
El contratista adjudicatario cuando la ejecución de la obra esté prevista en más de un anualidad, deberá presentar un programa de trabajo en el plazo de un mes, salvo causa justificada, desde la notificación de la autorización para iniciar las obras. Asimismo, como anexo al programa de trabajo, el licitador deberá especificar la plantilla por categorías que estime necesaria para la realización de los trabajos, indicando también la plantilla propia con la que cuenta.
El precitado programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los siguientes datos:
a) Ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el proyecto, con expresión de sus mediciones.
b) Determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones, equipo y materiales, con expresión de sus rendimientos medios.
c) Estimación en días calendario de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y de los de ejecución de las diversas partes o clases de obra.
d) Valoración mensual y acumulada de la obra programada, sobre la base de las obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o unidades de obra a precios unitarios.
e) Gráficos de las diversas actividades o trabajos.
El plan de trabajo, en tanto en cuanto se refiere al ritmo de ejecución de obra en lo referente al año en curso, podrá exceder, nunca ser inferior, a la cantidad destinada a la anualidad del año en curso, haciéndose constar que dicho exceso nunca será abonado con cargo a dicha anualidad.
El plan presentado por el adjudicatario será documento contractual a todos los efectos.
El órgano de contratación resolverá sobre el plan de trabajo en los quince días posteriores a su presentación o impondrá, en su caso, la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato.
23. Otras obligaciones del contratista de carácter específico y gastos exigibles
El contratista está obligado a conservar y a tener a disposición, en todo momento, en la obra el "Libro de Órdenes" que estará a disposición del Director Facultativo de las obras, quien deberá consignar en él las visitas, incidencias y órdenes que se produzcan durante el desarrollo de la obra. El contratista estará obligado por sí o por medio de su delegado a firmar el oportuno acuse de recibo de tales instrucciones.
En el acto de recepción se exigirá la presentación del "Libro de Órdenes" debidamente cumplimentado, el cual pasará a poder del Ayuntamiento una vez efectuada la recepción.
Sin perjuicio, de los ensayos y análisis previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas en los que se estará al contenido del mismo, el Director de la obra puede ordenar que se realicen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra y que se recaben los informes específicos que en cada caso resulten pertinentes, siendo de cuenta del contratista
Serán de cuenta y a xxxxx del contratista la realización de las gestiones, pago de todos los gastos, tasas, arbitrios, etc., y redacción y visado de los proyectos que haya que presentar en los Organismos competentes a efectos de obtener el alta y permiso de funcionamiento, enganches a redes y servicios, acometidas provisionales y definitivas y, en general, todo lo necesario para el funcionamiento adecuado y legalizado de las instalaciones.
El contratista está obligado a instalar, a su xxxxx, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones.
Del mismo modo, desde el inicio de las obras el adjudicatario hará figurar, en la señalización que identifique las mismas, carteles que identifiquen las obras con las características que fije el Ayuntamiento.
El contratista estará obligado no sólo a la ejecución de las obras sino también a su conservación hasta la recepción de las mismas. Igualmente, hasta que se produzca la recepción, el adjudicatario responderá de la vigilancia de los terrenos y bienes que haya en los mismos.
El contratista vendrá obligado a observar las normas básicas de la edificación y las demás reglamentaciones técnicas de obligado cumplimiento.
Asimismo, el contratista se encuentra obligado a guardar sigilo sobre el contenido del contrato adjudicado.
24. Plan de seguridad y salud en el trabajo.
En el plazo de un mes desde la formalización del contrato el contratista presentará al Órgano de contratación el Plan de seguridad y salud en el trabajo, que será informado en el plazo de cinco días naturales sobre la procedencia de su aprobación.
Si, por incumplir el contratista los plazos indicados en el párrafo anterior, no fuera posible empezar las obras al recibir autorización para el inicio de las mismas, no podrá reclamar ampliación alguna de plazo por este motivo.
25. Plazos.
El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado para la realización del contrato, así como de los plazos parciales que, en su caso, se hubieran establecido, que comenzarán a contar para el adjudicatario a partir del día siguiente a la firma del acta de comprobación del replanteo.
26. Régimen de pagos.
El Ayuntamiento abonará el precio del contrato dentro de los plazos establecidos en el artículo 216 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO
Factura electrónica: Las facturas electrónicas se deberán remitir obligatoriamente en formato electrónico, a través del Punto General de Entrada de Facturas de Gipuzkoa (PGEFe) (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/XxxxxxxXxxxxx)
Códigos DIR3 de la unidades orgánicas:
Ayuntamiento de EIBAR:
Órgano gestor: L01200300
Unidad tamitadora: L01200300
Oficina contable: L01200300
27. Condiciones especiales de ejecución.
El adjudicatario del contrato, durante todo el período de su vigencia, deberá encontrarse al corriente en las obligaciones salariales con sus trabajadores y con la Seguridad Social
28. Cumplimiento defectuoso del contrato
INCUMPLIMIENTO |
PENALIDAD |
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- Los rótulos, avisos, señalizaciones y resto de comunicaciones de carácter general se harán mediante un pictograma, acompañado de un mensaje explicativo en euskera. Si no resulta posible hacerlo mediante un pictograma, se harán en euskera cuando se trate de mensajes conocidos y comprensibles. Si los dos casos anteriores no son posibles, se harán de forma bilingüe, dando prioridad al euskera. |
Cada incumplimiento de de esta condición conllevará una penalidad de 50 €, o del 0,02% del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido), si la penalidad así calculada fuera mayor
|
|
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- Incumplimiento del plazo
de ejecución total: El contratista podrá solicitar, dentro del plazo de ejecución del contrato, una prórroga del mismo cuando considere que se dan causas de retraso en la ejecución que no le son imputables, por tener su origen en acciones u omisiones de la Administración o causas de fuerza mayor. Si
el contratista no solicitase la prórroga del plazo de ejecución
del contrato, se entenderá que renuncia al derecho que hubiera
podido corresponderle. |
- Un 1 % del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido) por retrasos inferiores a un 10% de plazo original - Un 3 % del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido) por retrasos inferiores a un 25 % y superiores a un 10 % del plazo original - Un 5 % del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido) por retrasos inferiores a un 50 % y superiores a un 25 % del plazo original - Un 8 % del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido) por retrasos inferiores a un 75 % y superiores a un 50 % del plazo original - Un 10 % del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido) por retrasos superiores al 75 % del plazo original |
Las penalidades por cumplimiento defectuoso del contrato no podrán sobrepasar, en ningún caso, el 10% del presupuesto del contrato
29. Demora en la ejecución del contrato
Cuando el contratista, por causas que le fueran imputables, hubiera incurrido en demora, tanto en relación con el plazo total como con los plazos parciales establecidos, se estará a lo dispuesto en el artículo 212 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO.
30. Obligaciones esenciales
Se considerará obligación esencial el cumplimiento de las condiciones ofertadas por el contratista en su propuesta que se consideren obligación esencial en el contrato
31. Cesión del contrato y Subcontratación.
Cesión: El contrato podrá cederse con los requisitos del artículo 226 TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO
Subcontratación: El porcentaje máximo de subcontratación permitido en la ejecución de esta obra es del 85 %
La subcontratación se regirá por lo dispuesto en el TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO (arts. 227 y 228) y en la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
Antes de celebrar cualquier subcontrato, el adjudicatario está obligado a presentar en las Oficinas del Área de Obras del Ayuntamiento (Untzaga Plaza nº 1, 20600 EIBAR) la siguiente documentación:
Por cada subcontrato que se pretenda celebrar se deberá indicar la parte de la prestación que se pretende subcontratar y su presupuesto, así como la identidad del subcontratista, justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla con referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y su experiencia. En el caso de que le subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de subcontratación, la acreditación de ésta circunstancia eximirá al contratista de justificar la aptitud de aquél.
Certificado de inscripción de la empresa subcontratista en el Registro de Empresas Contratistas y Subcontratistas
Declaración, suscrita por el subcontratista, manifestando que no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO
Certificaciones acreditativas de que le subcontratista se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
Cuando el contratista incumpla las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 227.2 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO o el límite máximo especial establecido para la subcontratación, se impondrá la penalidad regulada en el artículo 227.3, con sujeción a lo siguiente:
Se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía.
Como regla general, su cuantía será un 5% del importe del subcontrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un 10% o hasta el máximo legal del 50%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
32. Modificaciones del contrato.
En esta materia se estará a lo dispuesto en el título V del libro I, y los artículos 219 y 234 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO y 158 a 162 del Reglamento de Contratación de las Administraciones Públicas
a) Modificaciones previstas en los pliegos (art. 106 TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO)
Nose contemplan en este contrato
b) Modificaciones imprevistas en los pliegos (art. 107 TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO)
Las modificaciones imprevistas en los pliegos solo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias del artículo 107.1 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO y siempre que no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación del contrato, en los términos establecidos en el artículo 107.3 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO
33. Suspensión de las obras.
Si el Ayuntamiento acordara una suspensión de las obras, ya sea "temporal parcial", "temporal total" o "definitiva", se deberá levantar la correspondiente Acta de Suspensión, que deberá ir firmada por el Director Facultativo de las obras y el contratista, y en la que se hará constar el acuerdo del Ayuntamiento que originó la suspensión, las circunstancias que la han ocasionado y la situación de hecho en la ejecución de la obra, definiéndose concretamente la parte o partes o la totalidad de la obra afectadas por aquélla.
34. Cumplimiento del contrato.
La recepción del contrato se regirá por lo establecido en el artículo 235 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO y en los artículos 163 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
35. Resolución del contrato.
La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 222 a 225 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO y específicamente para el contrato de obras en los artículos 237 a 239 de dicho TRLCSP, así como en los artículos 109 a 113 y 172 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Cuando el contrato se resuelva por causa imputable al adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excediera del importe de la garantía incautada
Además de las establecidas con carácter general. serán causas de resolución del contrato imputable al contratista, las siguientes:
El incumplimiento de las obligaciones esenciales establecidas en este pliego
El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución establecidas en este pliego
Cuando las penalidades por cumplimiento defectuoso del contrato alcancen el 10% del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido)
36. Plazo de garantía.
El plazo de garantía será de UN año y comenzará a partir de la fecha de la recepción.
Durante este plazo se aplicará lo establecido en el artículo 167 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a las obligaciones del contratista, así como en lo relativo a la facultad de la Administración de, en caso de incumplimiento, ejecutar x xxxxx de aquél los trabajos necesarios para la conservación de la obra.
Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante el periodo de garantía serán de cuenta del contratista no teniendo derecho a ninguna indemnización por este concepto. Se exceptúan los daños ocasionados en la obra por fuerza mayor, que serán soportados por la Corporación, si bien ésta tendrá la facultad de exigir al contratista que realice las obras de reparación.
37. Liquidación
Transcurrido el plazo de garantía a que se refiere la cláusula anterior se procederá a la liquidación del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 179 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
38. Prerrogativas de la Administración y jurisdicción competente
El Órgano de Contratación tiene la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sectosr Público.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano, o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación.
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En Eibar, a 11 xx xxxxx de 2015
EL TECNICO DE LA UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN
Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxxx
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/DÑA. .............................................................................................................. con domicilio en ..................................., calle ....................................................., C.P. ......................................... y provisto del D.N.I. nº ................................., Tfno: ………………............. en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de la empresa .........................................................................., con domicilio en ......................................., calle .................................................................... C.P. ................................................................. C.I.F. ............................................................. x Xxxx. .................................. enterado del procedimiento convocado por el Ayuntamiento de Eibar para la contratación de …………………………………..
………………………………………………………………………………………………………………
DECLARO
I. Que me comprometo a su ejecución por la cifra total, IVA incluído de …………………….. ………............................................................................ EUROS (debe expresarse en letra),
según el siguiente
desglose:
Importe neto……………………
€
IVA ( %)…………………. €
TOTAL……...
II. Que igualmente conozco el Proyecto, con su contenido, al que se presta conformidad a expensas de la comprobación del replanteo, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que debe regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
III. Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ....................................................., a ............ de ....................................... de 20..
Fdo.:
D.N.I.:
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. ……………………………………………., con DNI nº ………………………… en nombre propio o como (señalar las facultades de representación: administrador/a único, apoderado/a…), en representación de la empresa………………………………, con domicilio en …………………….
Y C.I.F. nº ……………………, interesado en participar en el procedimiento para la adjudicación del contrato ……………………………………………………………………………………………….
DECLARA
1.- Que reúne las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Ayuntamiento de Eibar, manifestando, además, que cumple los requisitos de solvencia y/o clasificación que se establecen en el Pliego Económico-Administrativo
2.- Que tiene, en relación con el presente contrato, plena capacidad de obrar y las autorizaciones necesarias para el ejercicio de la actividad.
3.- Que ni él, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con las Administraciones Públicas, señaladas en el artículo 60 del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO.
4.- Que para la practica de notificaciones facilita la siguiente dirección de correo electrónico:
………………………………………………………………………………………………………
5.- Que la empresa se encuentra inscrita en el Registro Oficial de Contratistas de Euskadi y Autoriza la incorporación de oficio del certificado (sí/no). (indicar lo que corresponda)…….
6.- Grupo de empresas (artículo 42.1 del Código de Comercio)
Que la empresa forma parte de un grupo empresarial (sí/no): ……….
(En caso afirmativo, debe indicarse a continuación, o en anexo a este documento, la circunstancia que origina la vinculación al grupo, así como, la relación de las empresas pertenecientes al mismo grupo con indicación de las interesadas en licitar.)
7.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante
Y para que conste, firmo la presente declaración en ............................................................, a ......... de .......................................... de .......
ANEXO III
Modelo de aval
La entidad ………………………………………………………..…………………………. , NIF,……………………………….. con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) …………………………………………………………………… y en su nombre ………………………………………………………………………….. con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA:
A 1
(nombre, apellidos o razón social) ………………………………………………………
con NIF/CIF …………………en
virtud de lo dispuesto por el artículo 95 del TEXTO REFUNDIDO DE LA
LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO, para responder de las
obligaciones siguientes: ……………………………………………………………...,
ante
el Ayuntamiento de Eibar por importe de:……………………..………….……………
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de Eibar, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas y en sus normas de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Eibar o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(razón social de la entidad)
(firma de los apoderados)
Bastanteo de poderes por
la Asesoría Jurídica de la CGD o |
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Provincia |
Fecha |
Número o código |
1 (EN EL CASO DE QUE EL AVAL SE CONSTITUYA POR LOS MIEMBROS DE UNA FUTURA U.T.E.)
A (nombre, apellidos o razón social) ________________________________________ con NIF/CIF __________ y, junto a ésta, solidariamente a (citar el nombre, apellidos o razón social, así como el NIF /CIF de todos y cada uno de los integrantes de la futura UTE) _______________________________________________________________