CARÁTULA
CARÁTULA
XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE GASES COMPRIMIDOS. (Ref.-04/19)
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato lo constituye la prestación del suministro de GASES COMPRIMIDOS a Neiker. En concreto, suministro consta de:
- Suministro de tanques media presión de gases puros.
- Suministro de tanques de baja presión líquido.
- Suministro de botellas de gases en batería de gases puros.
- Suministro de pallets CO2 (hielo seco).
El servicio propuesto deberá contar con un sistema de gestión electrónica y control remoto que permita conocer la situación en tiempo real de los suministros y consumos realizados en NEIKER, tanto los afectados por este contrato como las posibles demandas de mezclas especiales.
Estos gases puros necesitan una precisa trazabilidad para garantizar el suministro de los mismos a las distintas instalaciones y aparatos de precisión en Neiker. Consideramos que la precisa trazabilidad de los mismos y la necesidad de asegurar la pureza en el suministro requieren de un solo lote a la hora de su licitación
El Código CPV del contrato es el siguiente: 24100000 - Gases
2. ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es NEIKER, INSTITUTO XXXXX DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO AGRARIO, S.A (en adelante, entidad contratante).
El Órgano de Contratación es la Dirección General.
3. VARIANTES
No se admiten.
4. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Tendrán carácter contractual los documentos indicados en la Cláusula 5 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
5. PLAZO Y DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES
El plazo de duración del contrato será de dos años desde la fecha de firma del contrato. El contrato podrá prorrogarse hasta un máximo de un año adicional mediando notificación fehaciente por parte de la entidad contratante al respecto con al menos dos meses de antelación a la finalización del contrato, y será obligatorio para el contratista.
El contratista quedará obligado al cumplimiento del contrato y de los pliegos que rigen el mismo durante su vigencia, prorroga incluida.
Compromiso diario de suministro de gases con plazo máximo de entrega de 48 horas desde la realización de cada pedido.
El horario de recepción de los productos suministrados será de 7:30 a 16 horas de lunes a viernes, y se deberá contar con el visto de su recepción por parte de Neiker.
El lugar de la entrega será en las instalaciones de la Entidad Contratante, que podrán ser indistintamente en los centros de Xxxxx (Xxxxxxxx xxxxx xx0 00000, Xxxxx, Xxxxxxx) y/o Arkaute (campus tecnológico de Arkaute, antigua carretera nacional 1 km 355, 01192, Vitoria-Gazteiz).
Los vehículos para el suministro de estos productos deberá adaptarse a los viales y urbanización de las instalaciones de Neiker (para el centro de Derio y Arkaute) en lo que respecta a sus dimensiones.
6. ELEMENTOS ECONÓMICOS
6.1. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto base y máximo de licitación es de 108.900 euros (IVA incluido).
Para la determinación del referido presupuesto base de licitación se han tenido en cuenta los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos.
Los licitadores incluirán en su proposición económica el precio ofertado por la ejecución del contrato (IVA incluido), que en ningún caso podrá exceder del presupuesto máximo de licitación indicado.
6.2. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato asciende a 90.000 euros (IVA excluido), calculado en la forma y a los efectos previstos en el artículo 101 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP).
En concreto, para el cálculo del valor estimado del contrato, se ha tenido en cuenta el máximo valor pagadero por todos los conceptos, IVA excluido, incluidas prórrogas.
7. ABONO DEL PRECIO
El abono del precio por la entidad contratante se realizará en la forma que se indica en la Cláusula 8 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
8. REVISIÓN DEL PRECIO
No procede la revisión del precio.
9. GARANTÍA DEFINITIVA
No procede.
10. APTITUD PARA CONTRATAR
- Requisitos específicos:
No procede.
- Solvencia:
Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional:
Solvencia económica y financiera. Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato que, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (respecto de los cuales esté vencida la obligación de aprobar las cuentas anuales), en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del licitador y de presentación de las ofertas, deberá ser de, al menos, 200.000 euros.
Solvencia técnica o profesional. Xxxxx ejecutado en el curso de los tres últimos años al menos un contrato de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto de este contrato.
Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 211. f) de la LCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de la entidad contratante.
11. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN 11.1.PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
- Modo de presentación: Las ofertas se presentarán utilizando medios electrónicos, a través de la aplicación de Licitación Electrónica de Gobierno Xxxxx en la dirección: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.
- Plazo de presentación: Hasta las 14:00 horas del día 31 xx xxxx de 2019.
En caso de que el último día de plazo sea xxxxxx, xxxxxxx o festivo, el plazo se prolongará hasta el primer día hábil siguiente.
11.2.CONTENIDO DE LOS SOBRES O ARCHIVOS ELECTRÓNICOS
Sin perjuicio de que se trate de archivos electrónicos, se denominarán Sobre 1, Sobre 2 y Sobre 3.
Sobre 1. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS"
Los licitadores deberán presentar la documentación señalada en la Cláusula 13 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Sobre 2. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUYA
C UANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR”
Con el objeto de verificar que el suministro cumple con los requerimientos técnicos exigidos, los licitadores deberán presentar una Memoria explicativa en la que se incluirá la información que va a ser objeto de valoración:
- Sistema de telegestión: descripción de características del sistema de gestión propuesto.
- Descripción del plan de formación específico sobre la gestión y uso de los gases suministrados al personal de mantenimiento de Neiker.
Sobre 3. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE FÓRMULAS”
La proposición relativa a criterios evaluables mediante la utilización de fórmulas se presentará conforme al modelo adjunto al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares como Anexo VI.
12. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios de adjudicación, indicados con su ponderación correspondiente, serán los siguientes:
1. Criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor: hasta un máximo de 55 puntos.
Se valorarán los servicios ofrecidos por la empresa en los siguientes términos:
- Sistema de telegestión: Se valorará con un máximo de 40 puntos mejoras en el sistema de gestión indicado en el pliego de prescripciones técnicas: un sistema de gestión y telegestión que permita conocer en tiempo real la situación en cuanto a los gases suministrados a NEIKER, incidencias, tiempos de respuesta de las incidencias, históricos de consumibles y suministros….
- Se valorará con 15 puntos la presentación de un plan de formación específica sobre la gestión y uso de los gases suministrados al personal de mantenimiento de Neiker.
2. Criterios evaluables mediante la utilización de fórmulas: hasta un máximo de 45 puntos.
a) Proposición económica: Hasta un máximo de 45 puntos.
Para la valoración de la oferta económica se utilizará la siguiente fórmula sobre el precio global ofertado:
Puntos = (oferta más ventajosa/oferta del licitador) * puntuación máxima.
Se entenderá que la oferta será el importe señalado como importe total sin iva
En todo caso, el órgano de contratación rechazará las ofertas si comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes.
13. COMITÉ DE EVALUACIÓN
El Órgano de Contratación estará asistido por un Comité de Evaluación integrado por los siguientes miembros:
1. Director de Recursos de Neiker.
2. Director Económico Financiero de Neiker.
3. Técnico/a de Servicios Generales.
14. COMITÉ DE EXPERTOS
El comité de expertos estará integrado por los siguientes miembros:
1. Jefe de Mantenimiento de Neiker.
2. Técnico/a Mantenimiento.
3. Técnico/a Mantenimiento.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con arreglo a las siguientes condiciones:
b) Las indicadas en la Cláusula 20 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) El adjudicatario deberá observar durante la ejecución del contrato las siguientes condiciones referidas al personal perteneciente o que vaya a pertenecer al conjunto de la plantilla del adjudicatario. Que, siempre que la disponibilidad xxx xxxxxxx laboral lo permita, durante la ejecución del contrato el número de trabajadores minusválidos no será inferior al 2%. A efectos de verificar el cumplimiento de esta condición especial de ejecución, antes de comenzar la ejecución del contrato, el adjudicatario presentará un certificado de cumplimiento de esta condición.
d) La empresa adjudicataria se compromete a que los residuos generados en el desarrollo de este contrato se depositarán en un espacio habilitado al efecto para ello. Los materiales susceptibles de reciclado se depositarán en contenedores independientes para facilitar su tratamiento.
16. OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES
Serán obligaciones contractuales esenciales las establecidas en la Cláusula 21 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Adicionalmente, será obligación contractual esencial la establecida en la letra b) y c) del punto 15 anterior.
17. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
El suministro objeto de la presente contratación no comprenderá ni conllevará, por su propia naturaleza, tratamiento alguno de datos de carácter personal por cuenta de la entidad contratante.
18. PROPIEDAD INTELECTUAL E/O INDUSTRIAL
Serán de aplicación las previsiones establecidas en la Cláusula 22 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
19. CONFIDENCIALIDAD
El deber de confidencialidad se mantendrá durante un plazo de 5 años desde el conocimiento de esa información.
20. SEGUROS
Serán a cargo del adjudicatario, todos los daños producidos en el desarrollo de sus trabajos cualquiera que sea su naturaleza y volumen.
Para cubrir los riesgos a su cargo, el adjudicatario contratará y mantendrá durante el período de adjudicación del contrato y el periodo de garantía los siguientes contratos de seguros, que se citan a título enunciativo y no limitativo, ya que el objeto es conseguir una eficaz cobertura:
Seguro de enfermedad y accidente de todos los trabajadores asignados al contrato, de acuerdo con la Ley o convenios sectoriales o particulares.
Seguro obligatorio de vehículos automóviles propios o contratados por el adjudicatario que intervenga en los trabajos objeto del contrato, que cubra el riesgo de responsabilidad civil obligatorio y voluntario hasta el límite máximo contratable.
Garantía de Responsabilidad Civil en sus vertientes de GENERAL (Técnicos en plantilla, etc.), ACCIDENTES DE TRABAJO (PATRONAL Y CRUZADA) , PRODUCTOS (Mínimo 24 Meses), CONTAMINACION ACCIDENTAL y deberá
garantizar las defensas y fianzas civiles y penales, frente a las reclamaciones por daños que se pueden causar, a consecuencia directa o indirecta, acción u omisión, de los trabajos objeto de este Contrato, incluso los debidos a defectos e insuficiencias técnicas de la prestación objeto de este Contrato. La franquicia máxima admitida será de 1.500 €.
Las cifras básicas mínimas a garantizar son:
Responsabilidad Civil General: 2.000.000 Euros por siniestro y anualidad
Responsabilidad Civil Accidentes de trabajo: 2.000.000 Euros por siniestro y anualidad.
Responsabilidad Civil Productos: 2.000.000 Euros por siniestro y anualidad Sub-limite por víctima Accidentes de trabajo: 450.000 Euros.
Defensa y fianzas civiles y penales: Incluido.
El abono de las primas correspondientes a los citados contratos de seguros será de cuenta del Contratista, entendiéndose a todos los efectos que su importe se encuentra repercutido en los precios del Contrato.
Asimismo, y en el caso de que se produjese algún siniestro durante el período de vigencia de dichos contratos de seguros, será de cuenta del Contratista el abono de cualquier tipo de franquicia que haya podido ser establecida en los mismos.
El Contratista enviará al representante de NEIKER certificado de seguro del asegurador de cumplimiento de exigencias xx xxxxxx detallando la vigencia, garantías, limites y franquicias y justificación del pago de la prima.
NEIKER podrá solicitar al adjudicatario en cualquier momento que acredite la contratación, el pago, el contenido y vigencia de los seguros debiendo aportar el adjudicatario, en su caso, una copia íntegra de las pólizas y de los recibos.
Los seguros contratados en virtud de los compromisos establecidos en la presente cláusula, no limitarán las obligaciones y responsabilidades que le corresponden al adjudicatario en virtud de presente Contrato respondiendo por tanto de cuantas pérdidas o responsabilidades le fueran imputadas en exceso o defecto de los límites y garantías solicitadas, y en la cuantía de las franquicias del seguro.
21. PENALIZACIONES
Las penalizaciones por demora en los plazos (total o parciales), en el supuesto de que se opte por continuar en la ejecución del contrato serán de 0,60 euros/día de retraso por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
La misma penalización será de aplicación en caso de cumplimiento defectuoso o incumplimiento de cualesquiera obligaciones o condiciones esenciales de ejecución, si se opta por continuar en la ejecución del contrato. En este caso, la penalización se aplicará sobre el número de días que efectivamente sean precisos para la oportuna subsanación, cumplimiento o correcta ejecución.
En ambos casos, las referidas penalizaciones son cumulativas a los daños y perjuicios que se acrediten.
22. CESIÓN DEL CONTRATO
No procede, al entenderse que las cualidades técnicas o personales de cedente han sido razón determinante de la adjudicación del contrato.
23. SUBCONTRATACIÓN
La subcontratación del suministro e instalación estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
1.- Si así se prevé en los pliegos o en el anuncio de licitación, los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, del o de los subcontratista a los que vaya a encomendar su realización.
2.- En todo caso, el adjudicatario dará conocimiento por escrito a NEIKER del subcontrato a celebrar, con indicación de las partes del contrato a realizar por el subcontratista.
3.- Que las prestaciones parciales subcontratadas no podrán superar en conjunto el 50% del presupuesto del contrato objeto de este pliego.
4.- Que no incurra el subcontratista en las causas de prohibición para contratar. En cualquier caso, no podrá concertarse por el contratista la ejecución del contrato con personas incursas en suspensión de clasificaciones o inhabilitadas para contratar.
NEIKER A.B. podrá resolver el contrato por incumplimiento de los requisitos enunciados anteriormente.
El subcontratista queda obligado ante el contratista principal, quien, por consiguiente, asume la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a NEIKER A.B., con arreglo a este pliego.
24. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá modificar el contrato en los supuestos previstos en el artículo 205 de la LCSP.
25. PLAZO DE GARANTÍA
No necesario plazo específico.
26. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato las señaladas en la Cláusula 32 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
En todo caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista se devengará a favor de la entidad contratante una cantidad equivalente al 25% del precio del contrato, IVA excluido. Dicha penalización es cumulativa a los daños y perjuicios que se acrediten.