RESOLUCION ADOPTADA POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN SESION DE FECHA 17 DE ENERO DE 2018 (E. E. Nº 2017-17-1-0007486, Ent. N° 5867/17)
RES. 216/18
RESOLUCION ADOPTADA POR EL
TRIBUNAL DE CUENTAS
EN SESION DE FECHA 00 XX XXXXX XX 0000
(X. X. Xx 2017-17-1-0007486, Ent. N° 5867/17)
VISTO: el Oficio Nº 412/2017 de fecha 25/10/2017 remitido por el Intendente de Colonia relacionado con el contrato de comodato xxx Xxxxxx Nº 1791 de la localidad catastral de Colonia al Grupo Artesanal de Colonia (GADEC);
RESULTANDO: 1) que el Grupo Artesanal de Colonia (GADEC), a través de su representante dirigió una nota al Sr. Intendente manifestando que el local ocupado por el Grupo desde el 05/06/1982 fue cedido por la Intendencia y, que con el interés de mejorar se han presentado ante el MIEM, a través de DYNAPYME para obtener un fondo no reembolsable;
2) que para hacer efectivo ese fondo, requieren una constancia de permanencia en el local de un período mínimo de tres años;
3) que el Intendente por Resolución de Nº 1852/2017 de 03/10/2017 otorgó en comodato el inmueble padrón Nº 1791 de la localidad catastral Colonia, al Grupo Artesanal de Colonia hasta el fin del período de Gobierno;
CONSIDERANDO: que conforme al Artículo 35 Numeral 10) de la Ley 9515, compete al Intendente celebrar contratos sobre la administración de las propiedades inmuebles, arrendamientos y utilización de bienes departamentales o confiados a los Municipios, requiriéndose la aprobación de la Junta Departamental por la mayoría absoluta de sus miembros si el contrato tuviese una duración mayor que su mandato…”;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL TRIBUNAL ACUERDA
1) No formular observaciones al presente Comodato; y
2) Devolver las actuaciones.
cr