CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS No. BIRF-8542-LPN-OB-2020-014
CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS No. BIRF-8542-LPN-OB-2020-014
Construcción de la Repotenciación UEIB Surupucyu en la parroquia Guanujo cantón Guaranda provincia xx Xxxxxxx
Contratante: MINISTERIO DE EDUCACION Contratista: CONSORCIO FUTURO ECUADOR
SURUPUCYU
Fecha: 20 de Diciembre 2021
Proyecto: APOYO A LA REFORMA EDUCATIVA EN LOS CIRCUITOS FOCALIZADOS (PARECF)
Préstamo: BIRF-8542-EC
Convenio Contractual
ESTE CONVENIO se celebra, entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, legalmente representado por el Subsecretario de Administración Escolar, Abogado Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, de conformidad con el Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-MINEDUC-2017- 00058-A de 12 de diciembre de 2020, (denominado en lo sucesivo "el Contratante"), por una parte, y el CONSORCIO FUTURO ECUADOR SURUPUCYU, con RUC
1793191666001 conformado por las compañías PUENTES Y CALZADAS INFRAESTRUCTURAS S. L, de nacionalidad española y SEVILLA Y XXXXXXXX INGENIEROS X. X. XXXXXXX, de nacionalidad ecuatoriana, legalmente representado por el Procurador Común del Consorcio, Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, (denominado en lo sucesivo "el Contratista"), por la otra:
POR CUANTO el Contratante desea que el Contratista ejecute las Obras denominadas CONSTRUCCIÓN DE LA REPOTENCIACIÓN UEIB SURUPUCYU EN LA PARROQUIA GUANUJO CANTÓN GUARANDA PROVINCIA XX XXXXXXX y ha
aceptado la Oferta presentada por el Contratista, por un valor de USD $ 5´317.500,00 (Cinco millones trescientos diecisiete mil quinientos con 00/100 dólares de los Estados Unidos), que no incluye IVA y un plazo de 270 días calendario, para la ejecución y terminación de dichas Obras y para la subsanación de cualesquiera defectos que estas pudieran presentar,
El Contratante y el Contratista acuerdan lo siguiente:
1. En el presente Convenio los términos y las expresiones tendrán el mismo significado que se les atribuya en los documentos del Contrato a que se refieran.
2. Los siguientes documentos se consideran parte integral del presente Convenio y por ende, deberán leerse e interpretarse como tal. Este Convenio prevalecerá sobre los demás documentos del Contrato.
(a) la Carta de Aceptación;
(b) la Carta de la Oferta;
(c) las enmiendas que se lleguen a suscribir;
(d) las Condiciones Especiales;
(e) las Condiciones Generales del Contrato, incluidos los anexos;
(f) las Especificaciones;
(g) los Planos;
(h) Programa de Actividades;
Cualquier otro documento enumerado en las CEC como parte integrante del Contrato forme parte del Contrato, pero sin limitarse a:
(i) la Estrategia de Gestión y Planes de Ejecución (EGPE) AS; y
(ii) las Normas de Conducta AS para el Personal del Contratista
3. En contraprestación por los pagos que el Contratante hará al Contratista conforme a lo estipulado en este Convenio, el Contratista se compromete a ejecutar las Obras para el Contratante y a subsanar los defectos que estas pudieran presentar de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
4. El Contratante se compromete a pagar al Contratista como contrapartida de la ejecución y terminación de las Obras y la subsanación de sus defectos el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma prescritos en este.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, las partes han suscrito el presente Convenio, con arreglo al derecho vigente del Ecuador.
Dado y firmado, en el Distrito Metropolitano de Quito, Ecuador, en la siguiente fecha: 20 de diciembre de 2021.
Firmado por: Firmado electrónicamente por: | Firmado por: Firmado electrónicamente por: XXXXXXXX |
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX Abg. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Subsecretario de Administración Escolar MINISTERIO DE EDUCACIÓN Acuerdo Ministerial No. MINEDUC- MINEDUC-2020-00058-X | XXXXXX XXXXXXXXX Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Común CONSORCIO FUTURO ECUADOR SURUPUCYU |
Elaborado por: | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Especialista de Adquisiciones Proyecto PARECF | Firmado electrónicamente por: XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
Condiciones Generales del Contrato
A. Aspectos Generales
1. Definiciones 1.1 Los términos y las expresiones definidos aparecen en negrita. |
(a) El Monto Aceptado del Contrato es el monto aceptado en la Carta de Aceptación para la ejecución y terminación de las Obras y la corrección de cualquier defecto. (b) El Programa de Actividades es el programa de actividades que comprende la construcción, instalación, pruebas y entrega de las Obras en un contrato a suma alzada. El Programa de Actividades incluye un precio a suma alzada para cada actividad, el cual será utilizado para valoraciones y para determinar los efectos de las variaciones y los efectos que ameritan compensación. (c) El Conciliador es la persona nombrada en forma conjunta por el Contratante y el Contratista para resolver en primera instancia cualquier controversia, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 23 de las CGC. (d) Por Banco se entiende la institución financiera designada en las CEC. (e) La Lista de Cantidades es la lista que contiene las cantidades y precios que forman parte de la Oferta. (f) Eventos Compensables son los definidos en la Cláusula 44 de estas CGC. (g) La Fecha de Terminación es la fecha de culminación de las Obras certificadas por el Gerente de Proyecto, de acuerdo con la Subcláusula 55.1 de las CGC. (h) El Contrato es el acuerdo celebrado entre el Contratante y el Contratista para ejecutar, terminar y mantener las Obras. Está conformado por los documentos que se enumeran en la Subcláusula 2.3 de las CGC. (i) El Contratista es la parte cuya Oferta para la ejecución de las Obras ha sido aceptada por el Contratante. (j) La Oferta del Contratista es el documento de licitación completo presentado por el Contratista al Contratante. (k) El Precio del Contrato es el Monto Aceptado del Contrato que |
se consigna en la Carta de Aceptación y, en lo sucesivo, se ajusta de acuerdo con las disposiciones del Contrato.
(l) Por días se entiende días calendario; por meses se entiende meses calendario.
(m) Por Trabajos por Administración se entiende una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y los equipos del Contratista, además de los pagos por concepto de los Materiales y los Elementos de Planta conexos.
(n) Defecto es cualquiera parte de las Obras que no haya sido terminada conforme al Contrato.
(o) El Certificado de Responsabilidad por Defectos es el certificado emitido por el Gerente de Proyecto una vez que el Contratista ha corregido los defectos.
(p) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en la Subcláusula 36.1 de las CEC y calculado a partir de la Fecha de Terminación.
(q) Por Planos se entiende los planos de las Obras incluidos en el Contrato y cualquier otro plano o modificación hecho por el Contratante (o en su nombre), de conformidad con las disposiciones del Contrato, incluidos los cálculos y otra información proporcionada o aprobada por el Gerente del Proyecto para la ejecución del Contrato.
(r) El Contratante es la parte que contrata al Contratista para la ejecución de las Obras, según lo determinado en las CEC.
(s) Por Equipo se entiende la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados transitoriamente al Lugar de las Obras para la construcción de las Obras.
(t) Por “escrito” o “por escrito” se entiende escrito a mano, mecanografiado, impreso o consignado en algún soporte electrónico, con el resultado de un registro permanente.
(u) El Precio Inicial del Contrato es el Precio del Contrato que se indica en la Carta de Aceptación del Contratante.
(v) La Fecha Prevista de Terminación es la fecha en que se prevé que el Contratista termine las Obras. Está especificada en las CEC y podrá ser modificada únicamente por el Gerente de Proyecto mediante una prórroga del plazo o una orden de acelerar los trabajos.
(w) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes fungibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras.
(x) Por Elemento de Planta se entiende cualquier parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica.
(y) El Gerente del Proyecto es la persona cuyo nombre se indica en las CEC (o cualquier otra persona competente nombrada por el Contratante, con notificación al Contratista, para actuar en reemplazo del Gerente del Proyecto), responsable de supervisar la ejecución de las Obras y de administrar el Contrato.
(z) Por CEC se entiende las Condiciones Especiales del Contrato. (aa) El Lugar de las Obras es el área definida como tal en las
CEC.
(bb) Los Informes de Investigación del Lugar de las Obras son los informes incluidos en el documento de licitación que describen con precisión y explican las condiciones de la superficie y el subsuelo del Lugar de las Obras.
(cc) Por Especificaciones se entienden las Especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Gerente de Proyecto.
(dd) Fecha de Inicio está especificada en las CEC Es la última fecha en que el Contratista deberá empezar la ejecución de las Obras. No necesariamente coincide con alguna de las Fechas de Toma de Posesión del Lugar de las Obras.
(ee) Un Subcontratista es una persona, natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Lugar de las Obras.
(ff) Las Obras Temporales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o montaje de las Obras.
(gg) Una Variación es una instrucción impartida por el Gerente de Proyecto que modifica las Obras.
(hh) Las Obras son aquellas que el Contrato exige al Contratista construir, instalar y entregar al Contratante, como se define en las CEC.
(ii) "Personal del Contratista" se refiere a todo el personal que el
Contratista utiliza en el Lugar de las Obras u otros lugares donde se llevan a cabo las Obras, incluido el personal, la mano de obra y otros empleados de cada Subcontratista. (jj) "Personal Clave" se refiere a los puestos (si hubiera) del Personal del Contratista que se indican en las Especificaciones. (kk) “AS” significa ambiental y social (incluida la Explotación y el Abuso sexuales (EAS) y el Acoso Sexual (ASx)). (ll) “Explotación y Abuso Sexual (EAS)” significa lo siguiente: (mm) La “Explotación Sexual” se define como cualquier abuso o intento de abuso a una posición vulnerable, abuso de poder o de confianza con fines sexuales, que incluyen, entre otros, el aprovechamiento monetario, social o político mediante la explotación sexual de otra persona. (nn) El “Abuso Sexual” se define como la amenaza o la intrusión física real de naturaleza sexual, ya sea por la fuerza o bajo condiciones desiguales o coercitivas; (oo) “Acoso Sexual” “ASx” se define como avances sexuales indeseables, demanda de favores sexuales, y otras conducta física o verbal de una naturaleza sexual por el Personal del Contratista con otros miembros del Personal del Contratista o del Contratante. (pp) "Personal del Contratante" se refiere al Gerente del Proyecto y al resto del personal, la mano de obra y otros empleados (si hubiera) del Gerente del Proyecto y del Contratante involucrado en el cumplimiento de las obligaciones del Contratante según el Contrato; y cualquier otro personal identificado como Personal del Contratante, mediante una notificación del Contratante o del Gerente del Proyecto al Contratista. |
2. Interpretación 2.1 Para la interpretación de estas CGC, las palabras que indican un género incluyen ambos géneros; las palabras que indican el singular incluyen también el plural, y viceversa; Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Gerente de Proyecto proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC. 2.2 Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de Terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada Sección de las Obras (aparte de las referencias específicas a |
la Fecha de Terminación y de la Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras).
2.3 Los documentos que conforman el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad:
(a) Convenio; (b) Carta de Aceptación; (c) Oferta del Contratista; (d) Condiciones Especiales del Contrato; (e) Condiciones Generales del Contrato, incluidos los anexos (f) Especificaciones; (g) Planos; (h) Programa de Actividades; (i) Cualquier otro documento enumerado en las CEC como parte integrante del Contrato. |
3. Idioma y ley 3.1 El idioma del Contrato y la ley que lo regirá se estipulan en las aplicables CEC. 3.2 Durante la ejecución del Contrato, el Contratista deberá cumplir con las prohibiciones relativas a la importación de bienes y servicios del país del Contratante cuando: |
a) como consecuencia de las leyes o regulaciones oficiales, el país del Prestatario prohibiera relaciones comerciales con tal país; b) por un acto de cumplimiento con la decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de acuerdo con el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, el País del Prestatario prohíba cualquier importación de bienes de aquel país, o pagos a cualquier país, persona o entidad de aquel país. |
4. Decisiones del 4.1 Salvo cuando se especifique algo diferente, el Gerente de Gerente del Proyecto, en representación del Contratante, decidirá sobre Proyecto cuestiones contractuales que se presenten entre el Contratante y el Contratista. |
5. Delegación 5.1 Salvo que se especifique de otra manera en las CEC, el Gerente de Proyecto, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, con excepción del Conciliador, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar |
al Contratista.
6. Comunicaciones 6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas. |
7. Subcontratación 7.1 El Contratista podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del Gerente de Proyecto, pero no podrá ceder el Contrato sin la aprobación por escrito del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista. El Contratista exigirá que sus Subcontratistas ejecuten las Obras de conformidad con el Contrato, incluido el cumplimiento de los requisitos de AS relevantes y las obligaciones establecidas en la Subcláusula 26.1 de las Condiciones Generales del Contrato. |
8. Otros 8.1 El Contratista deberá cooperar y compartir el Lugar de las Obras Contratistas con otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos y el Contratante en las fechas señaladas en el Formulario de Otros Contratistas indicado en las CEC. El Contratista también deberá proporcionarles a estos las instalaciones y servicios que se describen en dicho Formulario. El Contratante podrá modificar el Formulario de Otros Contratistas y deberá notificar al respecto al Contratista. |
9. Personal y 9.1 El Contratista empleará al Personal Clave y utilizará el Equipo Equipos identificado en su Oferta, para llevar a cabo las Obras u otro personal y Equipo aprobado por el Gerente del Proyecto. El Gerente del Proyecto aprobará cualquier reemplazo propuesto de Personal Clave y Equipo solo si sus calificaciones o características relevantes son sustancialmente iguales o mejores que las propuestas en la Oferta. 9.2 El Gerente del Proyecto puede exigirle al Contratista que retire a una persona que sea miembro del Personal del Contratista (o causar que se retire) a cualquier persona empleada en el Lugar de las Obras incluido el Personal Clave (si hubiera), que: |
(a) persiste en cualquier mala conducta o falta de cuidado; (b) realiza tareas de manera incompetente o negligente; (c) no cumple con cualquier disposición del Contrato; (d) persiste en cualquier conducta que sea perjudicial para la seguridad, la salud o la protección del medio ambiente; |
(e) con base en evidencia razonable, se determina que ha participado en Fraude y Corrupción durante la ejecución de las Obras; (f) ha sido reclutado del Personal del Contratante; (g) adopta un comportamiento que infringe las Normas de Conducta (AS) para el Personal del Contratista. Si corresponde, el Contratista deberá entonces designar de inmediato (o haga que se designe) un reemplazo adecuado con habilidades y experiencia equivalentes. No obstante cualquier requerimiento del Gerente del Proyecto para remover o causar la remoción de cualquier persona, el Contratista deberá adoptar medidas inmediatas según corresponda en respuesta a cualquier violación de (a) a (g) anterior. Dicha acción inmediata incluirá la remoción (o hacer que se remueva) del Lugar de las Obras u otros lugares donde se realicen las Obras, cualquier Personal del Contratista que participe en (a), (b), (c), (d), ( e) o (g) anterior o ha sido reclutado como se indica en (f) anterior. 9.3 Mano de Obra |
9.3.1 Contratación de personal y mano de obra. El Contratista proporcionará y empleará en el Lugar de las Obras para la ejecución de las Obras la mano de obra calificada, semicalificada y no calificada que sea necesaria para la ejecución adecuada y oportuna del Contrato. Se alienta al Contratista, en la medida de lo posible y razonable, a emplear personal y mano de obra con las calificaciones y experiencia apropiadas xx xxxxxxx dentro del País. A menos que se estipule otra cosa en el Contrato, el Contratista será responsable del reclutamiento, el transporte, el alojamiento y las instalaciones de bienestar de acuerdo con la Subcláusula 9.4.6 del CGC, del Personal del Contratista, y de todos los pagos relacionados con el mismo. El Contratista proporcionará la información y documentación al Personal del Contratista que sea clara y comprensible con respecto a sus términos y condiciones de empleo. La información y la documentación establecerán sus derechos en virtud de las leyes laborales pertinentes aplicables al Personal del Contratista (que incluirá los convenios colectivos aplicables), incluidos sus derechos relacionados con las horas de trabajo, salarios, horas extra, compensación y beneficios, así como los que surjan de |
cualquier requisito en las Especificaciones. Se informará al Personal del Contratista cuando ocurran cambios materiales en sus términos o condiciones de empleo. |
9.3.2 Condiciones de trabajo. El Contratista informará al Personal del Contratista sobre: (a) cualquier deducción a su pago y las condiciones de dichas deducciones de acuerdo con las leyes aplicables o según lo establecido en las Especificaciones; y (b) su responsabilidad de pagar impuestos sobre la renta personal en el país con respecto a sus sueldos, salarios, asignaciones y cualquier beneficio que esté sujeto a impuestos según las leyes del país por el momento en vigor. El Contratista desempeñará los deberes con respecto a las deducciones de los mismos que las leyes le impongan. Cuando así lo exijan las leyes aplicables o según lo establecido en las Especificaciones, el Contratista deberá proporcionar al Personal del Contratista una notificación por escrito de la terminación del empleo y los detalles de los pagos por despido de manera oportuna. El Contratista deberá haber pagado al Personal del Contratista (ya sea directamente o en su caso para su beneficio) todos los salarios y derechos adeudados, incluidos, según corresponda, los beneficios de la seguridad social y las contribuciones de pensiones, antes o al final de su compromiso / empleo. |
9.3.4 El Contratista puede traer al País a cualquier personal extranjero que sea necesario para la ejecución de las Obras en la medida permitida por las Leyes aplicables. El Contratista se asegurará de que este personal reciba las visas de residencia y los permisos de trabajo requeridos. El Contratante, si el Contratista lo solicita, hará todo lo posible por ayudarlo de manera oportuna y expedita a fin de ayudar al Contratista a obtener cualquier permiso local, estatal, nacional o gubernamental requerido para contratar al Personal del Contratista. |
9.3.5 Conducta inapropiada. El Contratista deberá, en todo momento durante el progreso del Contrato, hacer todo lo posible para evitar cualquier conducta o conducta ilegal, desenfrenada o desordenada por parte del Personal del Contratista. |
9.3.6 Instalaciones para personal y mano de obra. Salvo que se indique lo contrario en las Especificaciones, el Contratista proporcionará y mantendrá todas las instalaciones de alojamiento y bienestar |
necesarias para el Personal del Contratista. Si se establece en las Especificaciones, el Contratista dará acceso o prestará servicios que se ajusten a las necesidades físicas, sociales y culturales del Personal del Contratista. El Contratista también proporcionará instalaciones similares para el Personal del Contratante si así se establece en las Especificaciones. |
9.3.7 El Contratista deberá, en todos los tratos con el Personal del Contratista, prestar la debida atención a todos los festivales reconocidos, feriados oficiales, costumbres religiosas u otras y todas las leyes y regulaciones locales relacionadas con el empleo laboral. El Contratista proporcionará las vacaciones anuales del Personal del Contratista y la licencia por enfermedad, maternidad y familia, según lo exijan las leyes aplicables o según lo establecido en las Especificaciones. |
9.3.8 Suministro de alimentos. El Contratista se encargará de proporcionar un suministro suficiente de alimentos adecuados según lo establecido en las Especificaciones a precios razonables para el Personal del Contratista a los fines o en relación con el Contrato. |
9.3.9 Suministro de agua. El Contratista deberá, teniendo en cuenta las condiciones locales, proporcionar en el Lugar de las Obras un suministro adecuado de agua potable y de otro tipo para el uso del Personal del Contratista. |
9.3.10 Medidas contra molestias por insectos y plagas. El Contratista deberá tomar en todo momento las precauciones necesarias para proteger al Personal del Contratista empleado en el Lugar de las Obras contra molestias por insectos y plagas, y para reducir el peligro para su salud. El Contratista deberá cumplir con todas las reglamentaciones de las autoridades sanitarias locales, incluido el uso del insecticida apropiado. |
9.3.11 Bebidas alcohólicas o drogas El Contratista no podrá, de conformidad con las leyes del país, importar, vender, dar, intercambiar o disponer de cualquier tipo de bebidas alcohólicas o drogas, o permitir la importación, venta, obsequio, trueque o disposición de los mismos por parte del Personal del Contratista. |
9.3.12 Armas y municiones. El Contratista no dará, intercambiará ni dispondrá de ninguna otra manera, a ninguna persona, armas o municiones de ningún tipo, ni permitirá que el Personal del Contratista lo haga. |
9.3.13 Preparativos funerarios. El Contratista será responsable, en la medida requerida por las regulaciones locales, de hacer los |
arreglos para el funeral de cualquiera de sus empleados locales que puedan morir mientras se dedican a las Obras. |
9.3.14 Trabajo forzoso. El Contratista, incluidos sus Subcontratistas, no deberá emplear ni realizar trabajos forzados. El trabajo forzoso consiste en cualquier trabajo o servicio, no realizado voluntariamente, que se exija de un individuo bajo amenaza de fuerza x xxxx, e incluye cualquier tipo de trabajo involuntario u obligatorio, como trabajo por contrato, trabajo en condiciones de servidumbre o acuerdos similares de contratación laboral. No se emplearán ni contratarán personas que hayan sido objeto de trata de personas. La trata de personas se define como el reclutamiento, el transporte, la transferencia, la retención o la recepción de personas mediante la amenaza o el uso de la fuerza u otras formas de coerción, secuestro, fraude, engaño, abuso de poder o una posición de vulnerabilidad o de dar o recibir pagos o beneficios para lograr el consentimiento de una persona que tiene control sobre otra persona, con fines de explotación. |
9.3.15 Trabajo infantil. El Contratista, incluidos sus Subcontratistas, no deberá emplear o contratar a un niño menor de 14 años a menos que la legislación nacional especifique una edad superior (la edad mínima). El Contratista, incluidos sus Subcontratistas, no deberá emplear o contratar a un niño entre la edad mínima y la edad de 18 años de una manera que pueda ser peligrosa o interferir con la educación del niño o perjudicar su salud. o desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. El Contratista, incluidos sus Subcontratistas, solo empleará o involucrará a niños entre la edad mínima y la edad de 18 años después de que el Contratista haya realizado una evaluación de riesgos apropiada con la aprobación del Gerente del Proyecto. El Contratista estará sujeto a un monitoreo regular por parte del Gerente del Proyecto que incluye monitoreo de salud, condiciones de trabajo y horas de trabajo. El trabajo considerado peligroso para los niños es un trabajo que, por su naturaleza o las circunstancias en que se realiza, puede poner en peligro la salud, la seguridad o la moral de los niños. Tales actividades laborales prohibidas para niños incluyen trabajo: (a) con exposición a abuso físico, psicológico o sexual; (b) bajo tierra, bajo el agua, trabajando en altura o en espacios |
confinados; (c) con maquinaria, equipo o herramientas peligrosas, o que impliquen manipulación; o (d) transporte de cargas pesadas; (e) en entornos poco saludables exponiendo a los niños a sustancias, agentes o procesos peligrosos, o temperaturas, ruido o vibraciones que dañen la salud; o (f) en condiciones difíciles, como trabajar durante largas horas, durante la noche o en confinamiento en las instalaciones del empleador. |
9.3.16 Registros de empleo de los trabajadores. El Contratista deberá mantener registros completos y precisos del empleo de mano de obra en el Lugar de las Obras. Los registros deben incluir los nombres, edades, géneros, horas trabajadas y salarios pagados a todos los trabajadores. Estos registros se resumirán mensualmente y se presentarán al Gerente del Proyecto. |
9.3.17 Organizaciones de los Trabajadores. En los países donde las leyes laborales relevantes reconocen los derechos de los trabajadores para formar y unirse a las organizaciones de trabajadores de su elección y para negociar colectivamente sin interferencia, el Contratista deberá cumplir con dichas leyes. En tales circunstancias, se respetará el papel de las organizaciones de trabajadores legalmente establecidas y los representantes legítimos de los trabajadores, y se les proporcionará la información necesaria para una negociación significativa de manera oportuna. Cuando las leyes laborales relevantes restrinjan sustancialmente las organizaciones de trabajadores, el Contratista deberá habilitar medios alternativos para que el Personal del Contratista exprese sus quejas y proteja sus derechos con respecto a las condiciones de trabajo y los términos de empleo. El Contratista no buscará influir o controlar estos medios alternativos. El Contratista no deberá discriminar ni tomar represalias contra el Personal del Contratista que participa, o busca participar, en tales organizaciones y negociaciones colectivas o mecanismos alternativos. Se espera que las organizaciones de trabajadores representen equitativamente a los trabajadores en la fuerza laboral. |
9.3.18 No discriminación e igualdad de oportunidades. El Contratista no tomará decisiones relacionadas con el empleo o el tratamiento del Personal del Contratista sobre la base de características personales no relacionadas con los requisitos laborales inherentes. El |
Contratista basará el empleo del Personal del Contratista en el principio de igualdad de oportunidades y trato justo, y no discriminará con respecto a ningún aspecto de la relación laboral, incluido el reclutamiento y la contratación, la compensación (incluidos salarios y beneficios), las condiciones de trabajo y los términos de empleo, acceso a capacitación, asignación de trabajo, promoción, terminación de empleo o jubilación, y prácticas disciplinarias. Las medidas especiales de protección o asistencia para remediar la discriminación o selección pasada para un trabajo en particular en función de los requisitos inherentes del trabajo no se considerarán discriminación. El Contratista proporcionará protección y asistencia según sea necesario para garantizar la no discriminación y la igualdad de oportunidades, incluso para grupos específicos como mujeres, personas con discapacidad, trabajadores migrantes y niños (en edad de trabajar de acuerdo con la Subcláusula 9.3.15 de las CGC). |
9.3.19 Mecanismo de quejas del Personal del Contratista. El Contratista tendrá un mecanismo de reclamos para el Personal del Contratista y, cuando corresponda, las organizaciones de trabajadores indicadas en la Subcláusula 9.3.17 del CCG, para plantear inquietudes en el lugar de trabajo. El mecanismo de reclamo será proporcional a la naturaleza, escala, riesgos e impactos del Contrato. El mecanismo abordará las inquietudes con prontitud, utilizando un proceso comprensible y transparente que brinde retroalimentación oportuna a los interesados en un idioma que entiendan, sin ningún tipo de retribución, y operará de manera independiente y objetiva. El mecanismo de reclamo no impedirá el acceso a otros recursos judiciales o administrativos que puedan estar disponibles, ni sustituirá a los mecanismos de reclamo provistos a través de convenios colectivos. El mecanismo de quejas puede utilizar los mecanismos de quejas existentes, siempre que estén diseñados e implementados adecuadamente, aborden las inquietudes de inmediato y sean fácilmente accesibles para el Personal del Contratista. Los mecanismos de reclamo existentes pueden complementarse según sea necesario con arreglos específicos del Contrato. |
9.3.20 Capacitación del Personal del Contratista. El Contratista proporcionará la capacitación adecuada al Personal del Contratista relevante sobre los aspectos de AS del Contrato, incluida la |
10. Riesgos del Contratante y del Contratista
11. Riesgos del Contratante
sensibilización adecuada sobre la prohibición de EAS y ASx, y la capacitación en salud y seguridad.
Como se indica en las Especificaciones o según las instrucciones del Gerente del Proyecto, el Contratista también deberá permitir oportunidades apropiadas para que el Personal del Contratista sea capacitado en aspectos AS del Contrato por parte del Personal del Contratante.
El Contratista proporcionará capacitación sobre EAS y ASx, incluida su prevención, a cualquiera de su personal que tenga la función de supervisar al personal de otro Contratista.
10.1 Al Contratante le corresponden los riesgos que en este Contrato se estipulen como riesgos del Contratante, y al Contratista le corresponden los riesgos que en este Contrato se estipulen como riesgos del Contratista.
11.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante:
a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir Obras, Elementos de Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de:
i) el uso u ocupación del Lugar de las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o
ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista.
b) El riesgo de daño a Obras, Elementos de Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se xxxx x xxxxxx del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras.
11.2 Desde la fecha de terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de Obras, Elementos de Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños como consecuencia de:
a) un defecto que existía en la Fecha de Terminación;
12. Riesgos del Contratista
b) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgo del Contratante; o
c) las actividades del Contratista en el Lugar de las Obras después de la Fecha de Terminación.
12.1 Desde la fecha de inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista, los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluidos, entre otros, Obras, Elementos de Planta, Materiales y Equipos).
13. Seguro 13.1 El Contratista deberá contratar conjuntamente a nombre del
Contratista y del Contratante, seguros para cubrir durante el período comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, y por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CEC para los siguientes eventos que constituyen riesgos del Contratista:
a) pérdida o daños a Obras, Elementos de Planta y Materiales;
b) pérdida o daños de los Equipos;
c) pérdida o daños a la propiedad (sin incluir Obras, Elementos de Planta, Materiales y Equipos) relacionada con el Contrato, y
d) lesiones personales o muerte.
13.2 El Contratista deberá entregar al Gerente de Proyecto, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados.
13.3 Si el Contratista no proporcionara las pólizas y los certificados exigidos, el Contratante podrá contratar los seguros cuyas pólizas y certificados debería haber suministrado el Contratista y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante de los pagos que se adeuden al Contratista, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del Contratista.
13.4 Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Gerente de Proyecto.
13.5 Ambas partes deberán cumplir con todas las condiciones de las pólizas de seguro.
14. Datos del Lugar de las Obras | 14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Lugar de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Contratista. | ||||
15. Construcción de las Obras por el Contratista | 15.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos. | ||||
16. Terminación de las Obras en la fecha prevista de terminación | 16.1 El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Gerente de Proyecto hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación. 16.2 El Contratista no deberá llevar a cabo la movilización al Lugar de las Obras a menos que el Gerente del Proyecto dé su aprobación, una aprobación que no se demorará injustificadamente, a las medidas que el Contratista propone para abordar los riesgos e impactos ambientales y sociales, que como mínimo deberán incluir la aplicación del Estrategias de Gestión y Planes de Ejecución (EGPE) y las Normas de Conducta para el Personal del Contratista presentado como parte de la Oferta y acordado como parte del Contrato. | ||||
El Contratista deberá presentar, al Gerente del Proyecto para su aprobación, cualquier EGPE adicional que sea necesario para administrar los riesgos e impactos de AS de las Obras en curso. Estos EGPE comprenden colectivamente el Plan de Gestión Ambiental y Social del Contratista (PGAS-C). El Contratista revisará el PGAS-C periódicamente (pero no menos de cada seis (6) meses) y lo actualizará según sea necesario para asegurarse de que contenga medidas apropiadas para las Obras. El PGAS-C actualizado se presentará al Gerente del Proyecto para su aprobación. | |||||
17. Aprobación | 17.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Proyecto para | ||||
por el Gerente | su aprobación, las Especificaciones y los Planos de las Obras | ||||
de Proyecto | Temporales propuestas. | ||||
17.2 El Contratista será responsable por el diseño de las Obras | |||||
Temporales. | |||||
17.3 La aprobación del Gerente de Proyecto no liberará al Contratista | |||||
de | su | responsabilidad en cuanto al diseño de | las | Obras | |
Temporales. |
18. Salud,
Seguridad y Protección del Ambiente
17.4 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las Obras Temporales por parte de terceros cuando sean necesarias.
17.5 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las Obras Temporales o definitivas deberán ser aprobados previamente por el Gerente de Proyecto antes de su utilización para dicho propósito.
18.1 El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Lugar de las Obras.
18.2 El Contratista deberá:
(a) cumplir con todas las normas y leyes de salud y seguridad aplicables;
(b) cumplir con todas las obligaciones de salud y seguridad aplicables especificadas en el Contrato;
(c) cuidar la salud y la seguridad de todas las personas con derecho a estar en el Lugar de las Obras y en otros lugares, si hubiera, donde se ejecutan las Obras;
(d) mantener el Lugar de las Obras y las Obras libres de obstrucciones innecesarias para evitar el peligro para estas personas;
(e) proporcionar cercas, iluminación, acceso seguro, vigilancia y vigilancia de
(i) las Obras hasta la emisión del Certificado de Finalización del Contrato;
(ii) todas las partes de las Obras donde el contratista está ejecutando trabajos pendientes o corrección de defectos durante el período de Notificación de Defectos; y
(f) proporcionar Obras Temporales (incluyendo caminos, aceras, guardas y cercas) que puedan ser necesarios por causa de la ejecución de las Obras, par uso y protección del público y de los propietarios y ocupantes de los terrenos adyacentes.
18.3 Protección del medio ambiente
18.4 El Contratista tomará todas las medidas necesarias para:
(a) proteger el medio ambiente (tanto dentro como fuera del Lugar de las Obras); y
(b) limitar los daños y molestias a las personas y a la propiedad
como resultado de la contaminación, el ruido y otros resultados de las operaciones y / o actividades del Contratista.
El Contratista se asegurará de que las emisiones, descargas superficiales, efluentes y cualquier otro contaminante de las actividades del Contratista no excedan ni los valores indicados en las Especificaciones ni los prescritos por las leyes aplicables. En caso de daños al medio ambiente, propiedad y / o molestias a las personas, dentro o fuera del sitio como resultado de las operaciones del Contratista, el Contratista deberá acordar con el Gerente del Proyecto las acciones apropiadas y el plazo para corregir, en la medida de lo posible, el entorno dañado a su estado anterior. El Contratista deberá implementar dichas correcciones a su costo a satisfacción del Gerente del Proyecto. |
19. Hallazgos 19.1 Todos los fósiles, monedas, artículos de valor o antigüedad, Geológicos y estructuras, grupos de estructuras y otros restos u objetos de interés Arqueológicos geológico, arqueológico, paleontológico, histórico, arquitectónico o religioso que se encuentren en el Lugar de las Obras se colocarán bajo el cuidado y la custodia de Contratante. El Contratista deberá: |
(a) tomar todas las precauciones razonables, incluido el cercado del área o sitio del hallazgo, para evitar más disturbios y evitar que el Personal del Contratista u otras personas eliminen o dañen cualquiera de estos hallazgos; (b) capacitar al Personal pertinente del Contratista sobre las acciones apropiadas que se tomarán en caso de tales hallazgos; y (c) implementar cualquier otra acción consistente con los requisitos de las Especificaciones y las leyes relevantes. El Contratista deberá, tan pronto como sea posible después del descubrimiento de dicho hallazgo, notificar al Gerente del Proyecto de tales descubrimientos y llevar a cabo las instrucciones del Gerente del Proyecto para tratar con ellos. |
20. Toma de 20.1 El Contratante traspasará al Contratista la posesión de la posesión del totalidad del Lugar de las Obras. Si no se traspasara la posesión Lugar de las de alguna parte en la fecha estipulada en las CEC, se Obras considerará que el Contratante ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un evento compensable. |
21. Acceso al 21.1 El Contratista deberá permitir al Gerente de Proyecto y a |
Lugar de las Obras | cualquier persona autorizada por este el acceso al Lugar de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se vayan a realizar trabajos relacionados con el Contrato. |
22. Instrucciones, Inspecciones y Auditorías | 22.1 El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Gerente de Proyecto que se ajusten a la ley aplicable en el Lugar de las Obras. 22.2 El Contratista mantendrá cuentas y registros exactos y sistemáticos en relación con las Obras, con un formato y detalle que permita identificar claramente los cambios pertinentes sobre el tiempo y los costos, y hará todo lo posible para que sus Subcontratistas y subconsultores hagan lo mismo. 22.3 Inspecciones y Auditorías por el Banco |
De conformidad con el párrafo 1.16 (e). del Apéndice A de las CGC: Fraude y Corrupción, el Contratista permitirá y hará que sus agentes (sean declarados o no), subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, proveedores y personal, permitan que el Banco y / o las personas designadas por que el Banco inspeccione el Lugar de las Obras y / o las cuentas, registros y otros documentos relacionados con el proceso de adquisición, selección y / o ejecución del contrato, y que dichas cuentas, registros y otros documentos sean auditados por auditores designados por el Banco. La atención del Contratista y sus Subcontratistas y subconsultores se dirige a la Subcláusula 25.1 de las CGC (Fraude y Corrupción), que establece, entre otros puntos, que las acciones con la intención de impedir sustancialmente el ejercicio de los derechos del Banco de realizar auditorías consignados en la Subcláusula 22.2 constituyen una práctica prohibida sujeta a la resolución del contrato (además de la determinación de inelegibilidad de conformidad con los procedimientos de sanciones vigentes del Banco). | |
23. Selección del Conciliador | 23.1 El Conciliador deberá ser elegido conjuntamente por el Contratante y el Contratista en el momento de expedición de la Carta de Aceptación. Si por alguna razón, el Contratante no está de acuerdo con la designación del Conciliador al momento de expedición de la Carta de Aceptación, el Contratante solicitará que la Autoridad Nominadora estipulada en las CEC designe al Conciliador dentro de un plazo de 14 días después de haber recibido dicha solicitud. 23.2 En caso de renuncia o muerte del Conciliador, o en caso de que el Contratante y el Contratista coincidieran en que el Conciliador |
no está cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, el Contratante y el Contratista nombrarán de común acuerdo un nuevo Conciliador. Si al cabo de 30 días el Contratante y el Contratista no han llegado a un acuerdo, a petición de cualquiera de las partes, el Conciliador será designado por la Autoridad Nominadora estipulada en las CEC dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la solicitud.
24. Procedimientos 24.1 Si el Contratista llegase a considerar que el Gerente de Proyecto para la solución ha tomado una decisión fuera de su nivel de autoridad definido de por el Contrato o que la decisión fue errada, dicha decisión controversias deberá ser remitida al Conciliador dentro de los 14 días siguientes a la notificación de la decisión del Gerente de Proyecto. 24.2 El Conciliador deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los 28 días siguientes a su recepción de la notificación de una controversia. 24.3 El Conciliador será compensado por su trabajo, cualquiera que sea su decisión, por hora según los honorarios especificados en los DDL y en las CEC, además de cualquier otro gasto reembolsable indicado en las CEC y el costo será sufragado por partes iguales por el Contratante y el Contratista. Cualquiera de las partes podrá someter la decisión del Conciliador a arbitraje dentro de los 28 días siguientes a la decisión por escrito del Conciliador. Si ninguna de las partes sometiese la controversia a arbitraje dentro del plazo de 28 días mencionado, la decisión del Conciliador será definitiva y obligatoria. 24.4 El arbitraje deberá realizarse de acuerdo al procedimiento de arbitraje publicado por la institución denominada en las CEC y en el lugar establecido en las CEC. |
25. Prácticas 25.1 El Banco exige el cumplimiento de sus Guías Anti Corrupción y Corruptas y sus políticas y procedimientos de sanciones tal y como se Fraudulentas establecen en el Marco de Sanciones del Grupo del Banco Mundial enunciada en el Apéndice A de las CGC. 25.2 El Contratante requiere que el Contratista divulgue aquellas comisiones u honorarios que pudieran haberse pagado o que deban pagarse a los agentes o cualquier otra parte con relación al proceso Licitatorio o la ejecución del Contrato. La información divulgada deberá incluir al menos el nombre y la dirección del agente o de la otra parte, el monto y la moneda, y el propósito de |
la comisión, gratificación u honorario.
26. Normas de 26.1 El Contratista deberá tener Normas de Conducta para el Personal Conducta del Contratista. |
El Contratista tomará todas las medidas necesarias para garantizar que el Personal de cada Contratista conozca las Normas de Conducta, incluidos los comportamientos específicos que están prohibidos, y comprenda las consecuencias de participar en dichos comportamientos prohibidos. Estas medidas incluyen proporcionar instrucciones y documentación que el Personal del Contratista pueda entender y tratar de obtener la firma de esa persona acusando recibo de dichas instrucciones y / o documentación, según corresponda. El Contratista también se asegurará de que las Normas de Conducta se muestren visiblemente en múltiples ubicaciones en el Lugar de las Obras y en cualquier otro lugar donde se realizarán las Obras, así como en áreas fuera del Lugar de las Obras accesibles para la comunidad local y las personas afectadas por el proyecto. Las Normas de Conducta publicadas se proporcionarán en idiomas que sean comprensibles para el Personal del Contratista, el Personal del Contratante y la comunidad local. La Estrategia de Gestión y los Planes de Ejecución del Contratista incluirán los procesos apropiados para que el Contratista verifique el cumplimiento de estas obligaciones. |
27. Seguridad en 27.1 El Contratista será responsable de la seguridad del Lugar de las el Lugar de las Obras y: Obras (a) para mantener a personas no autorizadas fuera del Lugar de las Obras; (b) las personas autorizadas se limitarán al Personal del Contratista, al personal del empleador y a cualquier otro personal identificado como personal autorizado (incluidos los otros contratistas del Contratante en el Lugar de las Obras), mediante una notificación del Contratante o del Gerente del Proyecto al Contratista. |
Sujeto a la Subcláusula 16.2 de las CGC, el Contratista deberá presentar para la No objeción del Gerente del Proyecto un plan de gestión de seguridad que establezca las disposiciones de seguridad para el Lugar de las Obras. |
El Contratista (i) realizará verificaciones de antecedentes apropiadas de cualquier personal contratado para proporcionar seguridad; (ii) capacitar adecuadamente al personal de seguridad (o determinar que están debidamente capacitados) en el uso de la fuerza (y, en su caso, las armas de fuego) y la conducta adecuada hacia el Personal del Contratista, el Personal del Contratante y las comunidades afectadas; y (iii) exigir que el personal de seguridad actúe dentro de las Leyes aplicables y los requisitos establecidos en las Especificaciones.
El Contratista no permitirá el uso de la fuerza por parte del personal de seguridad para proporcionar seguridad, excepto cuando se utilice con fines preventivos y defensivos en proporción a la naturaleza y el alcance de la amenaza.
Al hacer arreglos de seguridad, el Contratista también deberá cumplir con los requisitos adicionales establecidos en las Especificaciones.
B. Control de Plazos
28. Programa 28.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratista presentará al Gerente de Proyecto, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. En contratos a suma alzada, las actividades incluidas en el programa deberán ser consistentes con las actividades incluidas en el Programa de Actividades.
28.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades.
28.3 El Contratista deberá monitorear el progreso de las Obras y presentar al informe de progreso al Gerente del Proyecto y cualquier Programa actualizado que muestre el progreso real logrado y el efecto del progreso logrado en el plazo de las Obras restantes, incluidos los cambios en la secuencia de las actividades, a intervalos no superiores a los plazos establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente del Proyecto podrá retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago siguiente a la fecha en la cual el Contratista haya
presentado el Programa atrasado. En los contratos de suma global, el Contratista deberá proveer un Calendario de Actividades actualizado dentro de los 14 días siguientes a la fecha en que el Gerente del Proyecto lo haya requerido
28.4 A menos que se indique de otra forma en las Especificaciones, cada informe de progreso debe incluir los indicadores Ambientales y Sociales (AS) establecidas en el Apéndice B.
28.5 Además de los informes de avance, el Contratista informará inmediatamente al Gerente del Proyecto de cualquier acusación, incidente o accidente en el Lugar de las Obras, que tenga o pueda tener un efecto adverso significativo en el medio ambiente, las comunidades afectadas, el público, el Personal del Contratante o Personal del Contratista. Esto incluye, pero no se limita a, cualquier incidente o accidente que cause la muerte o lesiones graves; efectos adversos significativos o daños a la propiedad privada; o cualquier acusación de EAS y / o ASx. En caso de EAS y / o ASx, mientras se mantiene la confidencialidad según corresponda, el tipo de denuncia (explotación sexual, abuso sexual o acoso sexual), género y edad de la persona que experimentó el presunto incidente deben incluirse en la información.
El Contratista, al darse cuenta de la acusación, incidente o accidente, también informará inmediatamente al Gerente del Proyecto de cualquier incidente o accidente en las instalaciones de los Subcontratistas o proveedores en relación con las Obras que tenga o pueda tener un efecto adverso significativo. sobre el medio ambiente, las comunidades afectadas, el público, el personal del empleador o el Personal del Contratista, sus subcontratistas y proveedores. La notificación deberá proporcionar detalles suficientes sobre tales incidentes o accidentes. El Contratista deberá proporcionar detalles completos de tales incidentes o accidentes al Gerente del Proyecto dentro del plazo acordado con el Gerente del Proyecto. El Contratista exigirá a sus Subcontratistas y proveedores (que no sean Subcontratistas) que notifiquen inmediatamente al Contratista cualquier incidente o accidente mencionado en esta Subcláusula. |
29. Prórroga de la 29.1 El Gerente de Proyecto deberá prorrogar la Fecha Prevista de Fecha Prevista Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se de ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Terminación Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista |
adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y le genere costos adicionales.
29.2 El Gerente de Proyecto determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de Proyecto una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información de soporte. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación.
30. Aceleración 30.1 Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Proyecto deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y confirmada por el Contratante y el Contratista. 30.2 Si las propuestas valoradas del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el Contratante, dichas propuestas se tratarán como Variaciones. |
31. Demoras 31.1 El Gerente de Proyecto podrá ordenar al Contratista que demore ordenadas por la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en el Gerente de las Obras. Proyecto |
32. Reuniones 32.1 Tanto el Gerente de Proyecto como el Contratista pueden administrativa solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas, que s tendrán por objeto la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada. 32.2 El Gerente de Proyecto deberá levantar actas de las reuniones administrativas y suministrar copias a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión administrativa o con posterioridad a ella, el Gerente de Proyecto deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. |
33. Alerta 33.1 El Contratista deberá advertir al Gerente de Proyecto lo antes Temprana posible sobre la posibilidad de futuros eventos específicos o circunstancias que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las |
Obras. El Gerente de Proyecto podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados en el Precio del Contrato y en la fecha de terminación a raíz del evento o circunstancia. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible.
33.2 El Contratista colaborará con el Gerente de Proyecto en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante de los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Proyecto.
C. Control de Calidad
34. Identificación 34.1 El Gerente de Proyecto controlará el trabajo del Contratista y le de Defectos notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Gerente de Proyecto podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Gerente de Proyecto considere que pudiera tener algún defecto. |
35. Pruebas 35.1 Si el Gerente de Proyecto ordena al Contratista realizar alguna prueba que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable. |
36. Corrección de 36.1 El Gerente de Proyecto notificará al Contratista todos los Defectos defectos de que tenga conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que se inicia en la fecha de terminación y se define en las CEC. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir. 36.2 Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Proyecto. |
37. Defectos no 37.1 Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo corregidos especificado en la notificación del Gerente de Proyecto, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto. |
D. Control de Costos
38. Precio del 38.1 El Contratista deberá proveer un Programa de Actividades Contrato actualizado dentro de los 14 días siguientes a la fecha en que el Gerente de Proyecto lo haya requerido. El Programa de Actividades debe incluir las actividades cotizadas de las Obras que llevará a cabo el Contratista. El Programa de Actividades se usa para monitorear y controlar la ejecución de las actividades. Los pagos al Contratista dependen del avance de dichas actividades. Si el pago por los materiales en el Lugar de las Obras debe hacerse por separado, el Contratista deberá incluir en el Programa de Actividades, una sección aparte para la entrega de los materiales en el Lugar de las Obras. |
39. Modificaciones 39.1 El Contratista suministrará Calendarios de Actividades al Precio del actualizados dentro de los 14 días después de que el Gerente del Contrato Proyecto se lo solicite. El Calendario de Actividades contendrá las actividades, con los respectivos precios, de las Obras que va a ejecutar el Contratista. Se utiliza para el seguimiento y el control de la ejecución de las actividades en función de las cuales se pagará al Contratista. Si el pago de los materiales en el Lugar de las Obras se va a hacer por separado, el Contratista deberá incluir, en el Calendario de Actividades, una sección aparte para la entrega de los materiales en el Lugar de las Obras. 39.2 Si el Gerente de Proyecto lo solicita, el Contratista deberá proporcionarle un desglose de los costos correspondientes a cualquier precio que conste en la Lista de Cantidades. |
40. Variaciones 40.1 Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas de Actividades actualizados que presente el Contratista. 40.2 Cuando el Gerente de Proyecto la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista también deberá proporcionar información sobre cualquier riesgo e impactos AS de la Variación El Gerente de Proyecto deberá analizar la cotización antes de ordenar la Variación que el Contratista deberá proporcionar dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerente de Proyecto así lo hubiera determinado. 40.3 Si el Gerente de Proyecto no considerase la cotización del Contratista razonable, el Gerente de Proyecto podrá ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista. |
40.4 Si el Gerente de Proyecto decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un Evento Compensable.
40.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Advertencia Anticipada pertinente.
41. Proyecciones 41.1 Cuando se actualice el Programa de Actividades, el Contratista de Flujo de deberá proporcionar al Gerente de Proyecto una proyección Efectivos actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección deberá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato. |
42. Certificados de 42.1 El Contratista presentará al Gerente de Proyecto cuentas Pago mensuales por el valor estimado de los trabajos ejecutados menos las sumas acumuladas previamente certificadas. 42.2 El Gerente de Proyecto verificará las cuentas mensuales del Contratista y certificará la suma que deberá pagársele. 42.3 El valor de los trabajos ejecutados será determinado por el Gerente de Proyecto. 42.4 El valor de las obras ejecutadas incluirá el valor de las actividades completadas del Programa de Actividades. 42.5 El valor de los trabajos ejecutados incluirá la estimación de las Variaciones y de los Eventos Compensables. 42.6 En consideración de información más reciente, el Gerente de Proyecto puede excluir cualquier partida incluida en un certificado anterior o reducir la proporción de cualquier partida que se hubiera certificado anteriormente. 42.7 Si el Contratista no cumplió o no cumple con las obligaciones de AS o el trabajo en virtud del Contrato, el valor de este trabajo u obligación, según lo determine el Gerente del Proyecto, puede retenerse hasta que el trabajo u obligación se haya realizado, y / o el costo de la rectificación o el reemplazo, según lo determine el Gerente del Proyecto, puede retenerse hasta que se haya completado la rectificación o el reemplazo. La falla en el desempeño incluye, pero no se limita a lo siguiente: (a) incumplimiento de las obligaciones de AS o el trabajo |
descrito en los Requisitos de las Obras, que pueden incluir: trabajar fuera de los límites del sitio, polvo excesivo, no mantener las carreteras públicas en condiciones seguras de uso, daños a la vegetación fuera del sitio, contaminación de cursos de agua por aceites o sedimentación, contaminación de la tierra, p. ej. de aceites, desechos humanos, daños a la arqueología o características del patrimonio cultural, contaminación del aire como resultado de una combustión no autorizada y / o ineficiente;
(b) no revisar regularmente PGAS-C y / o actualizarlo de manera oportuna para abordar problemas emergentes de AS, o riesgos o impactos anticipados;
(c) falla en la implementación del PGAS-C ej. falta de capacitación o sensibilización requeridas;
(d) no tener los consentimientos / permisos apropiados antes de emprender Obras o actividades relacionadas;
(e) no presentar informes AS (como se describe en el Apéndice B), o no presentar dichos informes de manera oportuna;
(f) falla al implementar las medidas de corrección según las instrucciones del Gerente del Proyecto dentro del plazo especificado (por ejemplo, correcciones que abordan incumplimientos).
43. Pagos 43.1 Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y las retenciones. El Contratante pagará al Contratista los montos certificados por el Gerente de Proyecto dentro de los 28 días siguientes a la fecha de cada certificado. Si el Contratante efectúa un pago atrasado, en el pago siguiente deberá pagar al Contratista intereses sobre el pago atrasado. Los intereses se calcularán desde la fecha en que el pago atrasado debería haberse efectuado hasta la fecha en que este se cancele, al tipo de interés vigente para préstamos comerciales para cada una de las monedas de pago.
43.2 Si el monto certificado es incrementado en un certificado posterior o como resultado de un veredicto por el Conciliador o un Árbitro, se le pagará interés al Contratista sobre el pago demorado como se establece en esta cláusula. Los intereses se calcularán a partir de la fecha en que se debería haber certificado dicho incremento si no hubiera habido controversia.
43.3 Salvo que se disponga otra cosa, todos los pagos y deducciones
se efectuarán en las proporciones de las monedas que constituyen el Precio del Contrato.
43.4 El Contratante no pagará las partidas de las Obras para las cuales no se haya indicado ningún precio o tarifa en la Lista de Cantidades, y se entenderá que dichas partidas están cubiertas por otros precios y tarifas del Contrato.
44. Eventos 44.1 Se considerarán Eventos Compensables los siguientes: Compensables |
(a) El Contratante no permite acceso a una parte de la zona de Obras en la Fecha de Posesión del Lugar de las Obras de acuerdo con la Subcláusula 20.1 de las CGC. (b) El Contratante modifica el Formulario de Otros Contratistas de tal manera que afecta el trabajo del Contratista en virtud del Contrato. (c) El Gerente de Proyecto ordena una demora o no emite los Planos, las Especificaciones ni las instrucciones necesarias para le ejecución oportuna de las Obras. (d) El Gerente de Proyecto ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que dichos trabajos no presentaban Defectos. (e) El Gerente de Proyecto desaprueba una subcontratación sin razones válida. (f) Las condiciones del terreno son más desfavorables que lo que razonablemente se podía inferir antes de la emisión de la Carta de Aceptación, a partir de la información emitida a los Licitantes (incluyendo los Informes de Investigación del Lugar de las Obras), la información disponible públicamente y la inspección visual del Lugar de las Obras. (g) El Gerente de Proyecto imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos. (h) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista. (i) El anticipo se paga atrasado. |
(j) Los efectos sobre el Contratista de cualquiera de los riesgos del Contratante. (k) El Gerente de Proyecto demora sin justificación alguna la emisión del Certificado de Terminación. 44.2 Si un Evento Compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se podrá aumentar el Precio del Contrato y/o se podrá prolongar la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Proyecto decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida. 44.3 Tan pronto como el Contratista proporcione información que demuestre los efectos de cada Evento Compensable en su proyección de costos, el Gerente de Proyecto la evaluará y ajustará el Precio del Contrato como corresponda. Si el Gerente de Proyecto no considerase la estimación del Contratista razonable, el Gerente de Proyecto preparará su propia estimación y ajustará el Precio del Contrato conforme a esta. El Gerente de Proyecto supondrá que el Contratista reaccionará en forma competente y oportunamente frente al Evento. 44.4 El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con el Gerente de Proyecto. |
45. Impuesto 45.1 El Gerente de Proyecto deberá ajustar el Precio del Contrato si los impuestos, derechos y otros gravámenes cambian en el período comprendido entre la fecha que sea 28 días anterior a la de presentación de las Ofertas para el Contrato y la fecha del último Certificado de Terminación. El ajuste se hará por el monto de los cambios en los impuestos pagaderos por el Contratista, siempre que dichos cambios no estuvieran ya reflejados en el Precio del Contrato, o sean resultado de la aplicación de la Cláusula 47 de las CGC. |
46. Monedas 46.1 Cuando los pagos se deban hacer en monedas diferentes a la del país del Contratante estipuladas en las CEC, los tipos de cambio que se utilizarán para calcular las sumas pagaderas serán los estipulados en la Oferta. |
47. Ajuste de 47.1 Los precios se ajustarán en función de las fluctuaciones en el Precios costo de los insumos únicamente si así se estipula en las CEC. Si así se estipula, los montos certificados en cada certificado de |
pago, antes de deducir el Anticipo, se ajustarán mediante la aplicación del respectivo factor de ajuste de precios a los montos de pago adeudados en cada moneda. Para cada moneda del Contrato se aplicará por separado una fórmula similar a la siguiente:
Pc = Ac + Bc Imc/Ioc
en la cual:
Pc es el factor de ajuste correspondiente a la porción del Precio del Contrato que debe pagarse en una moneda específica, "c";
Ac y Bc son coeficientes1 especificados en las CEC que representan, respectivamente, las porciones no ajustables y ajustables del Precio del Contrato que deben pagarse en esa moneda específica "c";
Imc es el índice vigente al final del mes que se factura, e Ioc es el índice vigente 28 días antes de la apertura de las Ofertas para los insumos pagaderos; ambos en la moneda específica “c”.
47.2 Si el valor del índice se modifica luego de haber sido usado en un cálculo, deberá corregirse dicho cálculo y aplicarse un ajuste en el próximo certificado de pago. Se considerará que el valor del índice incluye todos los cambios en el costo atribuibles a fluctuaciones en los costos.
48. Retención 48.1 El Contratante retendrá de cada pago que se adeude al Contratista la proporción estipulada en las CEC hasta que las Obras estén terminadas totalmente.
48.2 Cuando las Obras estén totalmente terminadas y el Gerente de Proyecto haya emitido el Certificado de Terminación de las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC, se le pagará al Contratista la mitad del total retenido y la otra mitad cuando haya transcurrido el Período de Responsabilidad por Defectos y el Gerente de Proyecto haya certificado que todos los defectos notificados al Contratista antes del vencimiento de este período han sido corregidos. El Contratista podrá sustituir la
1 La suma de los dos coeficientes Ac y Bc debe ser 1 (uno) en la fórmula para cada moneda. Normalmente, ambos coeficientes serán iguales en las fórmulas para todas las monedas, ya que el coeficiente A, correspondiente a la porción no ajustable de los pagos, es una cifra muy aproximada (generalmente 0,15) para representar los elementos de costo fijo u otros componentes no ajustables. La suma de los ajustes para cada moneda se añade al Precio del Contrato.
retención con una garantía bancaria “contra primera solicitud”.
49. Indemnización 49.1 El Contratista deberá indemnizar al Contratante por daños y por daños y perjuicios conforme a la tarifa por día establecida en las CEC, perjuicios por cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación. El monto total de la indemnización por daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC. El Contratante podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista. El pago de la indemnización por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista. 49.2 Si después de haber pagado la indemnización por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Proyecto deberá corregir en el siguiente certificado de pago los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de indemnización por daños y perjuicios. Se deberán pagar intereses al Contratista sobre el monto pagado en exceso, calculados para el período entre la fecha de pago hasta la fecha de reembolso, a las tasas especificadas en la Subcláusula 43.1 de las CGC. |
50. Bonificación 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Proyecto deberá certificar que se han terminado las Obras aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido. |
51. Anticipo 51.1 El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptables para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La Garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Contratista. El anticipo no devengará intereses. 51.2 El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar Equipos, Elementos de Planta, Materiales y gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. Deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u |
otros documentos al Gerente de Proyecto.
51.3 El anticipo será reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se adeuden al Contratista, de conformidad con la valoración del porcentaje de las Obras que haya sido terminado. No se tomarán en cuenta el anticipo ni sus reembolsos para determinar la valoración de los trabajos realizados, Variaciones, Ajuste de Precios, Eventos Compensables, bonificaciones, o indemnización por daños y perjuicios.
52. Garantías 52.1 El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la fecha definida en la Carta de Aceptación y por el monto estipulado en las CEC, emitida por un banco o compañía aseguradora aceptables para el Contratante y expresada en los tipos y las proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en 28 días la fecha de emisión del Certificado de Terminación de las Obras en el caso de una garantía bancaria, y excederá en un año dicha fecha en el caso de una Fianza de Cumplimiento. |
53. Trabajos por 53.1 Cuando corresponda, las tarifas para Trabajos por Administración Administración indicadas en la Carta de la Oferta se aplicarán sólo cuando el Gerente de Proyecto hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera. 53.2 El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Gerente de Proyecto de todo trabajo que deba pagarse como Trabajos por Administración. El Gerente de Proyecto deberá verificar y firmar dentro de los dos días siguientes después de haberse realizado el trabajo todos los formularios que se llenen para este propósito. 53.3 Los pagos al Contratista por concepto de Trabajos por Administración estarán supeditados a la presentación de los formularios correspondientes. |
54. Costo de 54.1 El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta Reparaciones propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Obras y el vencimiento del período de responsabilidad por defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones. |
E. Finalización del Contrato.
55. Terminación | 55.1 Cuando el Contratista considere que ha terminado las Obras, le solicitará al Gerente de Proyecto que emita un Certificado de Terminación de las Obras y el Gerente de Proyecto lo emitirá cuando decida que las Obras están terminadas. |
56. Recepción de las Obras | 56.1 El Contratante tomará posesión del Lugar de las Obras y de las Obras dentro de los siete días siguientes a la fecha en que el Gerente de Proyecto emita el Certificado de Terminación de las Obras. |
57. Estado de Cuenta Final | 57.1 Antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, el Contratista proporcionará al Gerente de Proyecto un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato. El Gerente de Proyecto expedirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los 56 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta, siempre que este estuviera correcto y completo. Si no lo estuviera, el Gerente de Proyecto deberá confeccionar y hacer llegar al Contratista, dentro de dicho plazo, una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si, después de que el Contratista volviese a presentarlo, el Estado de Cuenta Final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Proyecto, este decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista y expedirá el certificado de pago correspondiente. |
58. Manuales de Operación y de Mantenimiento | 58.1 Si se requieren Planos o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista deberá proporcionarlos dentro de los plazos estipulados en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los Planos o los manuales dentro de los plazos estipulados en las CEC de conformidad con la Subcláusula 58.1 de las CGC, o no recibe la aprobación del Gerente de Proyecto, este último retendrá el monto consignado en las CEC de los pagos que se adeuden al Contratista. |
59. Resolución | 59.1 El Contratante o el Contratista podrá rescindir el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del Contrato. 59.2 Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, sin carácter limitativo, los siguientes: |
(a) el Contratista suspende los trabajos por 28 días cuando el Programa vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido |
autorizada por el Gerente de Proyecto;
(b) el Gerente de Proyecto ordena al Contratista detener el avance de las Obras, y no retira la orden dentro de los 28 días siguientes;
(c) el Contratante o el Contratista se declaran en quiebra o entran en liquidación por causas distintas de una reorganización o fusión de sociedades;
(d) el Contratante no efectúa al Contratista un pago certificado por el Gerente de Proyecto, dentro de los 84 días siguientes a la fecha de emisión del certificado por el Gerente de Proyecto;
(e) el Gerente de Proyecto le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por el Gerente de Proyecto en la notificación;
(f) el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato;
(g) el Contratista ha demorado la terminación de las Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de daños y perjuicios, según lo estipulado en las CEC.
(h) si el Contratista, a juicio del Contratante, ha incurrido en actos de Fraude y Corrupción (tal y como se define en el párrafo
1.16 del Apéndice A de estas CGC) al competir por el Contrato o al ejecutarlo, el Contratante puede, tras notificar por escrito al Contratista con una antelación de catorce (14) días, resolver el Contrato y expulsarlo del Lugar de las Obras.
59.3 No obstante lo anterior, el Contratante podrá resolver el Contrato por conveniencia.
59.4 Si el Contrato se resolviera, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente, disponer las medidas de seguridad necesarias en el Lugar de las Obras y retirarse del lugar tan pronto como sea razonablemente posible.
59.5 Cuando cualquiera de las partes del Contrato notifique al Gerente del Proyecto de un incumplimiento del Contrato por una causa distinta de las indicadas en la Subcláusula 59.2 CGC antedicha, el Gerente del Proyecto decidirá si el incumplimiento es o
60. Pagos
Posteriores a la Resolución del Contrato
no fundamental.
60.1 Si el Contrato se rescinde por incumplimiento fundamental del Contratista, el Gerente de Proyecto deberá emitir un certificado en el que conste el valor de los trabajos realizados y de los Materiales ordenados por el Contratista, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado, y menos el porcentaje estipulado en las CEC que haya que aplicar al valor de los trabajos que no se hubieran terminado. No corresponderá pagar indemnizaciones adicionales por daños y perjuicios. Si el monto total que se adeuda al Contratante excediera el monto de cualquier pago que debiera efectuarse al Contratista, la diferencia constituirá una deuda a favor del Contratante.
60.2 Si el Contrato se rescinde por conveniencia del Contratante o por incumplimiento fundamental del Contrato por el Contratante, el Gerente de Proyecto deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos y la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en las Obras, y los costos en que el Contratista hubiera incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos que hubiera recibido hasta la fecha de emisión de dicho certificado.
61. Propiedad 61.1 Si el Contrato se rescinde por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Lugar de las Obras, los Elementos de Planta, los Equipos, las Obras Temporales y las Obras se considerarán de propiedad del Contratante.
62. Liberación de cumplimiento
63. Suspensión xxx Xxxxxxxx o Crédito del Banco
62.1 Si el Contrato se frustra por motivo de una guerra o por cualquier otro evento totalmente ajeno al control del Contratante o del Contratista, el Gerente de Proyecto certificará que el Contrato ha quedado sin efecto. El Contratista deberá disponer las medidas de seguridad necesarias en el Lugar de las Obras y suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado; se le pagarán todos los trabajos realizados antes de la recepción del certificado, así como cualquier otro realizado posteriormente que ya estuviera comprometido.
63.1 En caso de que el Banco Mundial suspendiera los desembolsos al Contratante bajo el Préstamo o Crédito, parte del cual se destinaba a pagar al Contratista:
(a) El Contratante está obligado a notificar al Contratista sobre dicha suspensión en un plazo no mayor a 7 días contados a partir de la fecha de la recepción de la notificación de
suspensión del Banco.
(b) Si el Contratista no ha recibido algunas sumas que se le adeudan dentro del periodo de 28 días para efectuar los pagos, establecido en la Subcláusula 43.1 de las CGC, el Contratista podrá emitir inmediatamente una notificación para terminar el Contrato en el plazo de 14 días.
ANEXO A
A LAS CONDICIONES GENERALES
Política del Banco. Prácticas corruptas y fraudulentas
Normas para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios Distintos de los de Consultoría en el Marco de Préstamos del BIRF y Créditos y Donaciones de la AIF por Prestatarios del Banco Mundial, con fecha de enero de 2011:
“Fraude y Corrupción:
1.16 El Banco exige que los Prestatarios (incluidos los beneficiarios de préstamos concedidos por el Banco), los Licitantes, los proveedores, los contratistas y sus agentes (hayan sido declarados o no), los subcontratistas, los subconsultores, los prestadores de servicios o los proveedores, y su respectivo personal, observen las más estrictas normas de ética durante el proceso de adquisiciones y la ejecución de contratos financiados por el Banco2. Para dar cumplimiento a esta política, el Banco:
a) Define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación:
i) Por “práctica corrupta” se entiende el ofrecimiento, la entrega, la recepción o la solicitud, ya sea directa o indirectamente, de cualquier objeto de valor a cambio de influir indebidamente en la actuación de otra parte3.
ii) “Por “práctica fraudulenta” se entiende cualquier acción u omisión, incluida una declaración engañosa, que a sabiendas o temerariamente induzca o intente inducir a error a una persona con el propósito de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o de eludir una obligación4.
iii) Por “práctica de colusión” se entiende un arreglo de dos o más partes diseñado para lograr un propósito inapropiado, incluyendo influenciar de manera inapropiada las acciones de otra parte5.
2 En este contexto, se considera inadecuada cualquier medida para ejercer influencia en el proceso de adquisiciones o la ejecución del contrato a fin de obtener una ventaja indebida.
3 A los efectos de este inciso, “otra parte” se refiere a un funcionario público que desempeñe funciones relacionadas con el proceso de adquisiciones o la ejecución de un contrato. En este contexto, “funcionario público” incluye al personal del Banco Mundial y a empleados de otras organizaciones encargadas de tomar o revisar decisiones inherentes a las adquisiciones.
4 A los fines de este inciso, “parte” se refiere a un funcionario público; los términos “beneficio” y “obligación” se relacionan con el proceso de adquisiciones o la ejecución de un contrato; y la “acción u omisión” tiene como fin influenciar el proceso de adquisiciones o la ejecución de un contrato.
5 A los fines de este inciso, el término “partes” se refiere a los participantes del proceso de adquisiciones (incluidos los funcionarios públicos) que intenten, ya sea por sus propios medios o a través de otra persona o entidad que no participen en el proceso de adquisiciones o de selección, simular una competencia o
iv) Por “práctica coercitiva” se entiende el daño o las amenazas para dañar, directa o indirectamente, a cualquier parte, o las propiedades de una persona, con el fin de influenciar de manera inapropiada sus actuaciones6.
v) Por “práctica de obstrucción” se entiende
aa) la destrucción, falsificación, alteración u ocultamiento deliberados de pruebas importantes para la investigación, o formulación de declaraciones falsas a los investigadores con la intención de impedir sustancialmente una investigación del Banco referente a acusaciones sobre prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o de colusión; o amenaza, acoso o intimidación de una parte con el propósito de impedir que dicha parte revele lo que sabe acerca de asuntos pertinentes a la investigación, o que lleve adelante la investigación;
bb) acciones con la intención de impedir sustancialmente el ejercicio de los derechos del Banco de realizar auditorías o acceder a información conforme al párrafo 1.16 e) a continuación.
b) Rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que el Licitante seleccionado para dicha adjudicación, o cualquiera de los miembros de su personal, o sus agentes, o sus subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios, proveedores o sus respectivos empleados han participado, directa o indirectamente, en prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas, de colusión o de obstrucción para competir por el contrato de que se trate.
c) Declarará viciada la adquisición viciada y anulará la parte xxx xxxxxxxx asignada a un contrato si en cualquier momento determina que los representantes del Prestatario o de un beneficiario de alguna parte de los fondos xxx xxxxxxxx han participado en prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas, de colusión o de obstrucción durante las adquisiciones o la ejecución del contrato en cuestión, sin que el Prestatario haya adoptado medidas oportunas y apropiadas que el Banco considere satisfactorias para corregir la situación cuando estas ocurrieron, incluyendo no informar al Xxxxx oportunamente al momento en que se tomó conocimiento de dichas prácticas.
d) Sancionará a una firma o persona, en cualquier momento, de conformidad con el régimen de sanciones vigente del Banco7, incluyendo declarar a dicha firma o
establecer precios de Oferta a niveles artificiales y no competitivos, o estar al tanto de los precios de la Oferta del otro o de otras condiciones relacionadas.
6 A los fines de este inciso, “parte” se refiere a un participante del proceso de adquisiciones o la ejecución de un contrato.
7 Una firma o persona podrá ser declarada inelegible para obtener la adjudicación de un contrato financiado por el Banco: i) tras la finalización de los procedimientos de sanciones del Banco de acuerdo con sus régimen de sanciones vigentes que incluye, entre otras medidas, la inhabilitación cruzada acordada con otras Instituciones Financieras Internacionales (incluidos Bancos Multilaterales de Desarrollo) y la aplicación de procedimientos de sanciones para adquisiciones administrativas e institucionales del Grupo Banco Mundial en casos de fraude y corrupción; y ii) como resultado de una suspensión temporal o
persona inadmisible públicamente, en forma indefinida o durante un período determinado para lo siguiente: i) obtener la adjudicación de un contrato financiado por el Banco; y ii) ser nominada8;
e) Requerirá la inclusión en el documento de licitación y en los contratos financiados por préstamos del Banco de una cláusula que exija que licitantes, proveedores y contratistas, y sus respectivos subcontratistas, agentes, personal, consultores, prestadores de servicios o proveedores, permitan que el Banco inspeccione todas sus cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución de contratos, y que sean examinados por auditores designados por el Banco”.
suspensión temporal anticipada en relación con un procedimiento de sanciones en curso. Consultar la nota al pie 14 y el párrafo 8 del anexo 1 de estas Normas.
8 Un subcontratista, consultor, fabricante, proveedor o prestador de servicios nominado (se utilizan diferentes nombres según el documento de licitación del que se trate) es uno que: i) ha sido incluido por el Licitante en su solicitud de precalificación u Oferta por aportar experiencia y conocimientos técnicos específicos y esenciales que le permiten al Licitante cumplir con los requisitos de calificación para la Oferta particular; o
ii) ha sido designado por el Prestatario.
ANEXO B
Requisitos ambientales, sociales, de salud y de seguridad (AS)
Indicadores para los informes de situación
El Contratista deberá cumplir con los indicadores que se han referido en cada instrumento de gestión de salvaguardas previsto para la obra, que se mencionan en la Sección VII: Requisitos de las Obras / Requisitos Ambientales, Sociales, de Salud y Seguridad.
Además, el Contratista deberá reportar el cumplimiento de los siguientes indicadores, que son complementarios en la gestión ambiental y social de la obra:
a. Capacitación:
i. Número y fecha de eventos de prevención y sensibilización de EAS y ASx, número de trabajadores que recibieron capacitación sobre las Normas de Conducta del Personal del Contratista (en el período del informe y en el pasado), etc.
ii. Número y fecha de eventos en los que se incluyó la concientización y sensibilización sobre la igualdad y los derechos colectivos de los pueblos indígenas, número de trabajadores que recibieron esta capacitación (en el período del informe y en el pasado), etc.
b. Supervisión de aspectos ambientales y sociales:
i. Experto ambiental: días trabajados, áreas inspeccionadas y cantidad de inspecciones de cada área, aspectos destacado de las actividades / conclusiones (incluidas violaciones de prácticas ambientales o sociales recomendadas, medidas adoptadas), informes a especialistas en cuestiones ambientales o sociales / gerente de construcción o del lugar de las Obras;
ii. Experto social: días trabajados, cantidad de inspecciones parciales y completas, aspectos destacados de las actividades (incluidas violaciones de requisitos ambientales o sociales observadas, medidas adoptadas), informes a especialistas en cuestiones ambientales o sociales / gerente de construcción o del lugar de las Obras;
iii. Experto en salud y seguridad ocupacional: días trabajados, áreas inspeccionadas y cantidad de inspecciones de cada área, aspectos destacados de las actividades /
conclusiones, informes a especialistas en cuestiones ambientales o sociales / gerente de construcción o del lugar de las Obras.
c. Estado e todos los permisos y convenios:
i. Permisos de trabajo: cantidad requerida, cantidad recibida, medidas tomadas en relación con los no recibidos, personal de las comunidades indígenas contratado.
d. Quejas: enumerar las quejas correspondientes a cada mes y las quejas presentadas anteriormente que aún no se hayan resuelto por fecha de recepción, reclamante, cómo se recibieron, a quién se remitieron para que tomen las medidas pertinentes, resolución y fecha (si estuvieran finalizadas), notificación de la resolución al reclamante, todo seguimiento requerido (incluir referencias cruzadas a otras secciones, si fuera necesario):
i. Quejas presentadas por la comunidad; en referencia a temas de contratación, por falta de información, referidas a malestar por inconvenientes referentes a la gestión con comunidades indígenas beneficiarias.
e. Problemáticas ambientales y medidas de mitigación:
i. Detalles de las actividades de plantación de árboles y otras medidas de mitigación requeridas implementadas.
El reporte de cumplimiento de estos indicadores se evidenciará en los informes de cumplimiento ambiental y social mensuales y en la ficha de cumplimiento de gestión ambiental y social al 100% de avance físico de la obra.
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Condiciones Especiales del Contrato
A. Aspectos generales | |||||
CGC 1.1 (d) | La Institución Financiera es: Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) | ||||
CGC 1.1 (i) | El Contratista es Nombre: Consorcio Futuro Ecuador Surupucyu RUC: 1793191666001 Procurador Común: Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx El Consorcio Futuro Ecuador Surupucyu mantiene la Cuenta Corriente Nacional en el Banco Pichincha Nro. 2100256964 | ||||
CGC 1.1 (r) | El Contratante es Nombre: Ministerio de Educación Dirección: Av. Amazonas N34-451 entre Av. Xxxxxxxxx y Xxxx Xxxxx Xxxx Representante autorizado: Subsecretario de Administración Escolar de conformidad con el Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-MIDENUC- 2020-00058-A de 12 de diciembre de 2020. | ||||
CGC 1.1 v) | La Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras es: 270 días calendario contados desde la Fecha de Toma de Posición del Lugar de las Obras. | ||||
CGC 1.1 y) | El Gerente de Proyecto es La Firma Consultora SONDEOS, ESTRUCTURAS Y GEOTECNIA S. A., contratada por el Ministerio de Educación para la Fiscalización de esta obra. | ||||
CGC 1.1 aa) | El Lugar de las Obras está ubicado en la Unidad Educativa Intercultural Bilingüe Surupucyu en la parroquia Guanujo cantón Guaranda provincia xx Xxxxxxx, de propiedad del Ministerio de Educación. Se encuentra ubicado a 3.420,317 m.s.n.m. Su localización geográfica se establece de acuerdo con las siguientes coordenadas: | ||||
Puntos | NORTE | ESTE |
1 | 9833799.8349 | 724516.5946 | |||
2 | 9833806.8079 | 724518.2113 | |||
3 | 9833815.1274 | 724527.5382 | |||
4 | 9844846.5671 | 724479.0768 | |||
5 | 9833854.2449 | 724558.5862 | |||
6 | 9933767.3626 | 724575.2226 | |||
7 | 9833805.8652 | 724583.4593 | |||
CGC 1.1 dd) | La Fecha de Inicio es: Fecha de Toma de Posición del Lugar de las Obras. | ||||
CGC 1.1 hh) | Las Obras consisten en la Construcción de la Repotenciación UEIB Surupucyu en la parroquia Guanujo cantón Guaranda provincia xx Xxxxxxx, que comprende la intervención en la construcción o repotenciación de los siguientes bloques y elementos: | ||||
Bloques / Elementos | Cantidad | ||||
Portal de Ingreso | 1 | ||||
Bloque de Administración | 1 | ||||
Bloque de Educación Inicial | 2 | ||||
Bloque de Biblioteca | 1 | ||||
Bloque de Salón de Uso Múltiple | 1 | ||||
Patio Cívico | 1 | ||||
Bloque de 12 Aulas | 1 | ||||
Bloque de Laboratorio de Física y Química | 1 | ||||
Bloque de Laboratorio de Tecnologías e Idiomas | 1 | ||||
Bloque Sala de Profesores | 1 | ||||
Bloque de Bar | 1 | ||||
Bloque Vestidor – Bodega | 1 | ||||
Cancha de Fulbito | 1 | ||||
Cuarto de Máquinas | 1 | ||||
Cuarto de Bombas | 1 | ||||
Planta de Tratamiento | 1 | ||||
Áreas Exteriores | 1 | ||||
Parqueaderos | 4 U | ||||
CGC 2.2 | Las terminaciones de las Obras por secciones son: NO APLICA. | ||||
CGC 2.3 i) | Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: NO APLICA | ||||
CGC 3.1 | El idioma en que deben redactarse los documentos del Contrato es Español La ley que rige el Contrato es la ley de Ecuador. | ||||
CGC 5.1 | El Gerente de Proyecto no podrá delegar sus deberes y responsabilidades. | ||||
CGC 8.1 | Lista de Otros Contratistas: NO APLICA. |
CGC 13.1 | Las coberturas mínimas de seguros y los deducibles serán: a) para pérdida o daño de Obras, Elementos de Planta y Materiales: Monto total del contrato incluido IVA. b) para pérdida o daño de equipos: 30% del monto del contrato incluido IVA. c) para pérdida o daño a la propiedad (sin incluir Obras, Elementos de Planta, Materiales y Equipos) relacionada con el Contrato: 10% del monto total del contrato incluido IVA. d) para lesiones personal o muerte: (i) de los empleados del Contratista: 30% del monto total del contrato incluido IVA. (ii) de otras personas: 30% del monto total de contrato incluido IVA. |
CGC 14.1 | Los datos del Lugar de las Obras son: Los indicados en los planos y en el documento Información Complementaria que forma parte de la Sección VII de los Documentos de Licitación. |
CGC 20.1 | La Fecha de Toma de Posición del Lugar de las Obras será: La Fecha que el Contratante entrega el lugar de las obras al Contratista y al Gerente de Obras (Fiscalización contratada), a través de la suscripción del acta de entrega del lugar de las obras, que tendrá lugar en el sitio de las obras de repotenciación en la Unidad Educativa Intercultural Bilingüe Surupucyu en la parroquia Guanujo cantón Guaranda provincia xx Xxxxxxx. |
CGC 23.1 y CGC 23.2 | Autoridad Nominadora del Conciliador: La Procuraduría General del Estado. |
CGC 24.3 | Los honorarios y gastos reembolsables pagaderos al Conciliador serán: Los establecidos por el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado. |
CGC 24.4 | Los procedimientos de arbitraje serán los siguientes: El Arbitraje se efectuará en derecho, para cuyo efecto el tribunal arbitral estará compuesto por 3 árbitros; el Contratante y el Contratista designarán cada uno a un (1) árbitro, y estos dos árbitros designarán conjuntamente a un tercero, que presidirá el tribunal de arbitraje. En caso de suscribir el contrato con contratistas ecuatorianos o extranjeros domiciliados en Ecuador, el procedimiento para la solución de controversias se sujetará a la legislación ecuatoriana. El lugar de arbitraje será: Quito, Ecuador En caso de suscribir el contrato con contratistas internacionales, los |
procedimientos de arbitraje serán los de: “Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI): Cualquiera disputa, controversia o reclamo generado por o en relación con este Contrato, o por incumplimiento, resolución, o anulación del mismo, deberán ser resueltos mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje vigente de la CNUDMI”. | |
B. Control de Plazos | |
CGC 28.1 | El Contratista presentará un Programa para las Obras para la aprobación dentro de catorce días a partir de la fecha de la Carta de Aceptación. |
CGC 28.3 | El período entre cada actualización del Programa será de treinta días. El monto que será retenido por la demora en la presentación del Programa actualizado será de 5% del monto del siguiente pago. El período para la presentación de informes de avance es: treinta días. |
C. Control de Calidad | |
CGC 36.1 | El Período de Responsabilidad por Defectos es: Ciento ochenta (180) días contados a partir de la fecha de suscripción del Certificado de Terminación de las Obras (Acta de Entrega Recepción Provisional). |
D. Control de Costos | |||||
CGC 38.1 | Los pagos de avance de obras de realizarán en base al cumplimiento de los siguientes hitos establecidos: | ||||
HITO | DESCRIPCIÓN | % | MONTO (USD) | ||
HITO 1 | PLAN DE INTERVENCIÓN | 0,83% | 44.135,25 | ||
HITO 2 | PRELIMINARES | 2,86% | 152.080,50 | ||
HITO 3 | MOVIMIENTOS DE TIERRAS | 4,84% | 257.367,00 | ||
HITO 4 | CIMENTACIONES BLOQUES DE UNA PLANTA | 1,40% | 74.445,00 | ||
HITO 5 | CIMENTACIONES BLOQUES DE DOS PLANTAS | 0,82% | 43.603,50 | ||
HITO 6 | ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN ARMADO BLOQUES UNA PLANTA | 13,72% | 729.561,00 | ||
HITO 7 | ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN ARMADO BLOQUES DOS PLANTAS | 6,66% | 354.145,50 | ||
HITO 8 | MAMPOSTERÍA BLOQUES DE UNA Y DOS PLANTAS | 3,02% | 160.588,50 | ||
HITO 9 | ENLUCIDOS BLOQUES DE UNA Y DOS PLANTAS | 2,78% | 147.826,50 | ||
HITO 10 | CANCHA DE USO MÚLTIPLE Y PARQUEADERO | 1,02% | 54.238,50 | ||
HITO 11 | MUROS: MOVIMIENTO TIERRAS Y CIMENTACIONES | 7,00% | 372.225,00 | ||
HITO 12 | MUROS, RAMPAS Y GRADAS | 5,71% | 303.629,25 | ||
HITO 13 | OBRAS EXTERIORES: PATIO, ALTAR PATRIO, CERRAMIENTO, MOBILIARIO EXTERIOR Y ARBOLIZACIÓN, CAMINERÍAS | 7,13% | 379.137,75 | ||
HITO 14 | OBRAS EXTERIORES: RED ELECTRÓNICA | 1,32% | 70.191,00 | ||
HITO 15 | OBRAS EXTERIORES: RED DE AGUA POTABLE, AGUAS LLUVIAS Y AGUAS SERVIDAS | 2,80% | 148.890,00 | ||
HITO 16 | OBRAS EXTERIORES: RED DEL SISTEMA CONTRAINCENDIOS | 3,47% | 184.517,25 | ||
HITO 17 | OBRAS EXTERIORES: RED ELÉCTRICA | 5,24% | 278.637,00 | ||
HITO 18 | OBRAS EXTERIORES: ILUMINACIÓN EXTERIOR Y ACOMETIDA EXTERIOR | 3,06% | 162.715,50 | ||
HITO 19 | INSTALACIONES HIDROSANITARIAS Y ELÉCTRICAS BLOQUES UNA Y DOS PLANTAS | 3,93% | 208.977,75 | ||
HITO 20 | INSTALACIONES ELECTRÓNICAS Y MECÁNICAS BLOQUES UNA Y DOS PLANTA | 5,26% | 279.700,50 | ||
HITO 21 | RECUBRIMIENTOS BLOQUES DE UNA PLANTA: EDUCACIÓN INICIAL, SALA DE PROFESORES, LABORATORIOS Y BLOQUE ADMINISTRACIÓN | 5,23% | 278.105,25 | ||
HITO 22 | RECUBRIMIENTOS: SALA DE USO MÚLTIPLE, BAR, VESTIDOR BODEGA, PORTAL DE INGRESO, CUARTO DE MÁQUINAS, CUARTO DE BOMBAS, BIBLIOTECA Y GRADAS | 4,16% | 221.208,00 | ||
HITO 23 | RECUBRIMIENTOS BLOQUE DE DOS PLANTAS | 3,43% | 182.390,25 | ||
HITO 24 | CARPINTERÍA METÁLICA Y CIELO RASO BLOQUES DE UNA Y DOS PLANTAS | 3,59% | 190.898,25 |
HITO 25 | RUBROS AMBIENTALES | 0,72% | 38.286,00 | ||
TOTAL | 100% | 5´317.500,00 | |||
Para el pago de hitos, una vez cumplido un hito, el Contratista presentará la planilla correspondiente y la Fiscalización en el plazo de tres (3) días, la aprobará y solicitará el pago correspondiente o la rechazará justificando las razones por las que considera que el hito no ha sido concluido. El precio total del contrato es el siguiente: | |||||
CGC 46.1 | La moneda del país del Contratante es: Dólares de los Estados Unidos de Norte América. | ||||
CGC 47.1 | El Contrato no está sujeto a ajuste de precios de conformidad con la Cláusula 47 de las CGC. | ||||
CGC 48.1 | La proporción que se retendrá de los de pagos es: 5 por ciento (5%). | ||||
CGC 49.1 | El monto máximo de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es del 0.10% por día (uno por mil por día). El monto máximo de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es del 10% del precio final del Contrato. | ||||
CGC 50.1 | NO APLICA. | ||||
CGC 51.1 | Los anticipos serán de: veinte por ciento (20%) del monto del contrato sin incluir IVA y se pagarán al Contratista a más tardar el día treinta (30), contado desde la fecha de suscripción del con422.011,05trato y/o entrega de la garantía bancaria de anticipo. | ||||
CGC 52.1 | No se proporcionará al Contratante una Garantía de Cumplimiento Ambiental y Social (AS). | ||||
CGC 52.1 | El monto de la Garantía de Cumplimiento es xxx xxxx por ciento (10%) del Monto Aceptado del Contrato en dólares de los Estados Unidos de Norte América, que podrá presentarse en una de las siguientes opciones: a) Garantía de Cumplimiento. Garantía Bancaria: por el monto xxx xxxx por ciento (10%) del Monto Aceptado del Contrato y en las mismas monedas del Monto Aceptado del Contrato. b) Garantía de Cumplimiento. Fianza de Cumplimiento: por el monto de xxx xxxx por ciento (10%) del Monto Aceptado del Contrato y en las mismas monedas del Monto Aceptado del Contrato. |
Descripción | Valor en USD $ |
Monto contractual | 5´317.500,00 |
Valor de impuestos (12% IVA) | 638.100,00 |
Precio total | 5´955.600,00 |
E. Finalización del Contrato. | |
CGC 58.1 | Los Manuales de operación y mantenimiento deberán presentarse a más tardar el día de suscripción de Certificado de Terminación de las Obras (Acta de Entrega Recepción Provisional). Los planos actualizados finales deberán presentarse a más tardar 30 días posteriores a la fecha de suscripción de Certificado de Terminación de las Obras (Acta de Entrega Recepción Provisional). |
CGC 58.2 | La suma que se retendrá por no cumplir con la presentación de los planos actualizados finales y/o los manuales de operación y mantenimiento en la fecha establecida en la Subcláusula 58.1 de las CGC es de quinientos dólares diarios (USD 500,00). |
CGC 59.2 g) | El número máximo de días es: 100 días. |
CGC 60.1 | El porcentaje que se aplicará al valor de las Obras no terminadas, y que representa lo que le costaría adicionalmente al Contratante su terminación es 5%. |