CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN MAYOR DE EDAD
CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN MAYOR DE EDAD
Entre los suscritos a saber, de una parte , PRODUCTOR DE METRÓPOLIS mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía y domiciliada en Cali Colombia, actuando en nombre y representación de mí mismo, quien para los efectos de este contrato se denominará EL PRODUCTOR, y de otra _PEPITO XXXXX mayor de edad, identificado (a) con la cédula de ciudadanía N°_00000000_____________________ expedidaen_SANTIAGO_DE_CALI domiciliado en_SANTIAGO_DE_CALI_____ y quien para los efectos del presente documento se denominará EL o LA CONTRATISTA, acuerdan celebrar el siguiente contrato de cesión de imagen respecto del proyecto “METROPOLIS COMPARTIENDO TERRITORIOS”en adelante “METROPOLIS”, el cual se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS:
PRIMERA: OBJETO. EL o LA CONTRATISTA se obliga para con ELPRODUCTORa la prestación del servicio como extra en “METROPOLIS”. En razón de ello, recibirá en los créditos versión no oficial (no televisada), el cual se reputará como el monto total correspondiente.
Estos servicios se prestarán en forma continua y en conformidad con las cláusulas pactadas en el presente contrato. De igual manera, se deja expreso que EL o LA CONTRATISTA prestará sus servicios de manera independiente, por lo tanto no estará sometido a subordinación laboral o dependencia por parte de EL PRODUCTOR.
SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El Contratista tendrá las siguientes obligaciones:
Conceder a EL PRODUCTOR el derecho de uso exclusivo de fotografías, películas o grabaciones de voz o cualquier otro material que pueda crear y/o poseer EL PRODUCTOR , en donde aparezca la imagen de EL O LA CONTRATISTA y que en adelante se denominara el “Material Asignado”, el cual incluye, sin limitación, el derecho a realizar, relatar, publicar, grabar, filmar o de cualquier otra forma explotar el “Material Asignado” de cualquier manera, en cualquier y en todo medio de difusión, ya sea este actualmente conocido o por conocerse.
Exonerar a EL PRODUCTOR de cualquier reclamo o demanda que surja en conexión con o procedente del uso de dicho “material asignado”.
Ceder, mediante la firma de este contrato, todos los derechos patrimoniales o de explotación sobre las imágenes y/o voz contenidas en el “Material Asignado” en favor de EL PRODUCTOR.
TERCERA: DERECHOS PATRIMONIALES: EL o LA CONTRATISTA autoriza por medio del presente acuerdo, de manera irrevocable a EL PRODUCTOR y a cualquiera de sus sucesores, licenciatarios o cesionarios la inclusión, explotación, transmisión, distribución y reproducción, de la obra en cualquier medio, ya sea este actualmente conocido o posteriormente desarrollado, a través del universo y por el término establecido en la leyes nacionales e internacionales.
En consecuencia, todos los resultados y ganancias provenientes de los servicios que serán prestados por EL o LA CONTRATISTA, y los provenientes de cualquier otro material que sean de cualquier especie, contribuido a suministrado por el mismo en conexión con METROPOLIS serán de EL PRODUCTOR.
En razón de lo anterior, se entenderá que EL o LA CONTRATISTA ha autorizado de manera irrevocable a EL PRODUCTOR y a cualquiera de sus sucesores, licenciatarios o cesionarios la inclusión, explotación, transmisión, distribución y reproducción de su imagen y voz en METROPOLIS, en cualquier medio actualmente conocido o posteriormente desarrollado, a través del universo y por el término establecido en la leyes nacionales e internacionales. La autorización y cesión que EL o LA CONTRATISTA hace bajo este acuerdo es irrevocable y en caso de incumplimiento por parte de EL PRODUCTOR, solo tendrá derecho a buscar la recuperación de daños materiales y no podrá en ningún caso o de ninguna otra forma impedir, prohibir o restringir la producción, distribución, promoción o explotación de METROPOLISo cualquiera de los derechos otorgados a ella.
CUARTA: CESIÓN DEL CONTRATO. EL o LA CONTRATISTA no podrá ceder parcial ni totalmente la ejecución del presente contrato a un tercero, salvo previa autorización expresa y escrita por parte de EL PRODUCTOR.
No obstante, la cesión del presente contrato por parte de EL PRODUCTOR se regirá por lo dispuesto en el inciso del artículo 887 del Código de Comercio. EL O LA CONTRATISTA renuncia desde ya a cualquier derecho a recibir remuneración alguna como contraprestación por dicha cesión.
QUINTA: DAÑOS Y PREJUICIOS. EL PRODUCTOR no es responsable de daños o accidentes ocurridos en el set de grabación, EL CONTRATISTA debe asumir cualquier tipo de riesgos a través de su ARP Y EPS, este contrato no incluye ningún tipo de relación laboral entre la productora y el contratista.
PARAGRAFO. Las partes declaran que los espacios en blanco se llenarán de conformidad con las estipulaciones acordadas por las mismas, y en razón de ello, manifiestan encontrarse de acuerdo con su contenido.
Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad de Cali y las notificaciones serán recibidas por las partes en las siguientes direcciones:
EL CONTRATISTA: ________________________________________________
De conformidad con lo anterior, las partes suscriben el presente contrato el presente contrato el día_______ del mes_______ del año________, en la ciudad de Santiago de Cali.
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EL PRODUCTOR EL CONTRATISTA
C.C. C.C