MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE SALTA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA XX XXXXX DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
ÁREA COMPRAS Y CONTRATACIONES
PROVINCIA XX XXXXX
MINISTERIO PÚBLICO XX XXXXX
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
OBJETO: "Contratación del servicio de mantenimiento de ascensores en edificio anexo y calle Xxxxxxxx 697”
LOCALIDAD: Salta DEPARTAMENTO: Capital EXPEDIENTE Nº: 130-19.110/19
SISTEMA DE CONTRATACIÓN: Licitación Publica N° 33/19
FECHA DE APERTURA: 09 de diciembre de 2019 Hora: 10:00
XXXXX XX XXXXXXXX: Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxx. 0x Xxxx.-
XXXXXX XXX XXXXXX: $1.000,00.-
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Firma y Sello del Oferente
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ÁREA COMPRAS Y CONTRATACIONES
RÉGIMEN LEGAL EN APLICACIÓN
ARTÍCULO 1º.-
El presente pliego establece las condiciones generales que se aplicarán para las contrataciones que realice el Ministerio Público de la Provincia xx Xxxxx, completándose con las disposiciones contenidas en los pliegos de condiciones particulares y especificaciones técnicas para cada caso específico las cuales conforman la normativa de la contratación.
Entiéndase por tales a:
1. Pliegos de Condiciones Particulares.
2. Anexo de Especificaciones Técnicas.
3. Las circulares aclaratorias emitidas por la Comisión de apertura y pre-adjudicación (CAP).
4. El presente Pliego
5. Ley Nº 8072 Sistema de Contrataciones de la Provincia y su reglamentación.
6. La Ley de Procedimientos Administrativos Nº 5.348, en lo que fuere procedente y supletoriamente
7. El Código Civil y Comercial de la Nación.
8. Normas y principios generales del Derecho Administrativo
9. La propuesta del oferente y el acto de adjudicación.
10. El contrato u Orden de Compra
Todo aquello que no esté expresamente previsto en el pliego de condiciones particulares o en el presente pliego se resolverá con aplicación de la Ley 8072, sistema de Contrataciones de la Provincia xx Xxxxx, el decreto reglamentario 1319/18, sus modificatorios y demás leyes y decretos vigentes en la materia.
En caso de duda sobre la interpretación del contrato se aplicará lo establecido en el Art. 29 xxx xxxxxx de condiciones generales.-
CONCURRENTES
ARTÍCULO 2º.-
Podrán concurrir al llamado aquellas firmas inscriptas en el Registro General de Contratistas de la Provincia xx Xxxxx, condición que acreditarán con el Certificado Oficial de Inscripción vigente.
Las personas que deseen participar en procedimientos de contratación presentarán conjuntamente con la oferta una Declaración Jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilidades previstas por la Ley. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente la comisión de pre adjudicación podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la Declaración Jurada en cualquier etapa del procedimiento.
ARTÍCULO 3º.-
Los proponentes que formulen sus ofertas sin estar inscriptos en el Registro General de Contratistas de la Provincia, previa intimación -dentro del plazo que se establezca al efecto- y antes de la pre-adjudicación, deberán presentar un certificado provisorio extendido por el Registro. Previo a la firma del contrato deberá presentar el certificado definitivo de inscripción en el registro general de contratistas de la provincia.
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Firma y Sello del Oferente
La entidad contratante podrá requerir para determinadas contrataciones la presentación de antecedentes que acrediten su solvencia económica financiera.
ARTÍCULO 4º.-
FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán presentarse en sobre cerrado y en carpeta con o sin membrete o en cajas si son voluminosos, debiendo indicarse en forma destacada MINISTERIO PUBLICO DE LA PROVINCIA, tipo y número que identifica la contratación, lugar, fecha y hora fijada para la apertura. Deberán estar firmadas en todas sus hojas por el oferente o representante autorizado, con el sellado xx xxx correspondiente. Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de la propuesta, deberán ser debidamente salvadas por el oferente. Se admitirán hasta el día y hora fijados para el acto, si fuera feriado o asueto administrativo, se hará a la misma hora del día hábil siguiente.
Las ofertas deberán presentarse en soporte de papel pudiendo hacerlo también mediante correo electrónico o medios electrónicos cuando así lo establezcan los pliegos particulares.
CONSULTAS Y ACLARACIONES:
Los proponentes que tengan dudas o dificultad en la interpretación de los pliegos deberán solicitar por escrito su aclaración, dirigidas a: Dirección de Administración, sito en Avda. Bolivia Nº 4.671 – Edificio de Servicios Complementarios 1 º Piso, hasta tres días hábiles anteriores a la fecha de apertura, y se responderá en la misma forma dentro del plazo de un día de presentado el escrito. (art. 37.7 Dcto)
ARTÍCULO 5º.-
En la carpeta o caja se deberá incluir:
a) La oferta redactada en idioma nacional, en formulario del oferente cuando no sean provistos por la Unidad Operativa, por duplicado.-
b) Pliego de Condiciones Generales, Particulares y Especiales firmadas por el oferente o su representante en todas sus hojas.
c) Instrumento de garantía de la oferta, con el sellado xx xxx, salvo cuando en los extremos previstos por el art. 48 del Dcto. Nº 1319/18 a criterio de la entidad contratante no sea necesaria presentar la garantía de oferta, lo que será especificado en los pliegos particulares.
d) Recibo por la compra xxx xxxxxx.
e) Xxxx otra documentación requerida en el pliego de condiciones particulares y aquella que el proponente considere relevante adjuntar para una correcta interpretación y evaluación de la oferta presentada.
f) Sellado Provincial xx Xxx en todas las fojas de la propuesta original presentada y primera hoja del duplicado.
g) Fijación del domicilio real y electrónico para todos los efectos legales del procedimiento de contratación, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones.
PRESENTACIÓN DE LA EMPRESA
ARTÍCULO 6º.-
El oferente deberá presentar la documentación en la forma requerida en el Art. 5º xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, y también la siguiente:
a) Índice de folios de la documentación presentada.
b) Carta de Presentación: deberá contener la siguiente información:
1. Nombre o razón social.
2. Domicilio real, legal y correo electrónico constituido a los efectos de la contratación.
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3. Antecedentes de la firma.
4. Nombre del titular, apoderado o representante legal, y deberá adjuntar a la presente la documentación que lo acredite como tal, autenticada por Escribano y certificada por el respectivo Colegio.
5. Toda otra documentación complementaria que contribuya a una mejor interpretación de la oferta.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA
ARTÍCULO 7º.-
La documentación original que debe contener la propuesta es la siguiente:
a) Declaración jurada, cuyo modelo se adjunta en formulario Anexo, denunciando domicilio legal y correo electrónico.
b) Pliegos de Condiciones Generales, Particulares, y Especificaciones Técnicas, y las Circulares aclaratorias emitidas, firmados (con sellado Provincial de fojas). (*)
c) Para presentar las propuestas NO se requiere estar inscripto en el Registro General de Contratistas de la Provincia. Cuando el proveedor estuviere inscripto deberá acompañar Constancia actualizada de inscripción como proveedor del Estado, expedida por la Unidad Central de Contratistas de la Provincia o constancia de haber iniciado el trámite. La falta de inscripción en dicho registro al momento de ofertar se considerará una deficiencia subsanable perentoriamente y no impedirá formular cotización a los oferentes.-
d) Garantía de oferta (5 %) con sellado Provincial. (*)
e) Oferta económica.
f) Nombre y Documentación de Acreditación como titular, apoderado o representante legal, autenticada por Escribano y certificada por el respectivo Colegio. En caso de ser apoderado deberá acreditar la inscripción del poder en el registro de mandatos de la Provincia.
(*) El sellado Provincial podrá requerirse en la Dirección General xx Xxxxxx o en Capital Federal en la Delegación de la Dirección General xx Xxxxxx, sito en Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxx Xx 000 (xxxxxxxx Xxxx xx Xxxxx).
(*) Xx xxxxx de hasta tres (3) fojas y/o firmas en el total de los pliegos, podrá ser salvada dentro de las cuarenta y ocho (48) hs. a contar desde el acto de apertura.
ADMISIÓN DE LAS PROPUESTAS
ARTÍCULO 8º.-
La entidad contratante podrá rechazar las propuestas que no se ajusten razonablemente al objeto requerido o que no cumplan con los requisitos establecidos en los Pliegos y/o especificaciones técnicas.
Prohibición de participar en más de una oferta: Cada oferente podrá participar solamente en una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solo o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica. Se desestimarán todas aquéllas ofertas en las que participe quien transgreda esta prohibición. No se configurará esta prohibición cuando se trate de la presentación de ofertas con descuentos, alternativas o variantes, ofertas parciales o por renglones parciales o por anexos parciales siempre que el pliego permita este tipo de ofertas parciales.
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Firma y Sello del Oferente
GARANTÍAS
ARTÍCULO 9°.-
Salvo que expresamente en los pliegos particulares se disponga que no resulta necesario presentar garantía de oferta y de adjudicación para los casos previstos en el art. 48 del Decreto N° 1319/18, para garantizar el cumplimiento de todas sus obligaciones, los proponentes y los adjudicatarios deberán constituir las siguientes garantías:
De Mantenimiento de la Oferta: El cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. En caso de cotizar con alternativas la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto. La misma deberá presentarse al momento de la apertura.
• De la Adjudicación: El diez por ciento (10%) del valor total del monto adjudicado a cada oferente. La que deberá presentarse dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recibida la comunicación de la adjudicación, o en su caso previo a la firma del contrato o emisión de la orden de compra. Vencido el mismo, la unidad operativa de contrataciones deberá intimar, por cualquiera de los medios de comunicaciones establecidos en la Ley 8.072 o en su reglamentación, a su cumplimiento por igual plazo o el que se establezca al efecto. Vencido dicho plazo, la autoridad competente podrá rescindir el contrato o dejar sin efecto la adjudicación en caso de incumplimiento. La garantía de oferta, previa ampliación, podrá convertirse en garantía de adjudicación. El pagaré no podrá ser utilizado como garantía de adjudicación.-
FORMA DE CONSTITUIR LAS GARANTÍAS.-
Las garantías deberán constituirse en algunas de las siguientes formas, salvo que la Unidad Contratante exija alguna o algunas en especial a su discreción:
a) En efectivo, mediante depósito a nombre de Ministerio Público xx Xxxxx, en la cuenta corriente Nº 3-100-0004300939-6 del Banco Macro S.A. en la que se consignarán los datos esenciales de la contratación y formará parte de la propuesta.
b) Giro Postal o bancario a favor de Ministerio Público xx Xxxxx con los datos de contratación.-
c) Certificado de ahorro o plazo fijo a nombre del oferente y a disposición de Ministerio Público de la Provincia xx Xxxxx, mediante cesión ante Escribano Público.
d) Cheque certificado por una entidad bancaria con preferencia del lugar donde se realice la contratación, girado y librado a nombre de Ministerio Público.
e) Con Aval bancario o de entidad financiera que se constituirá a satisfacción del Organismo licitante. La constitución del fiador lo será en el carácter de codeudor solidario, liso, llano y principal pagador, con renuncia al beneficio de excusión, de división y de previa interpelación.
El documento deberá establecer en su texto la cláusula que expresa que dicha fianza se hará efectiva a simple requerimiento del Organismo Contratante sin ningún tipo de trámite, sin constitución previa en xxxx, ni al obligado directo, ni al fiador, ni al avalista. El mismo será extendido a favor de Ministerio Público, por todo el plazo de mantenimiento de oferta de ejecución del contrato y la cobertura comprenderá la totalidad de la garantía solicitada.
f) Con Seguro de Caución: contraído en compañía aseguradora radicada en la Rep. Argentina (Casa matriz o Sucursal) a satisfacción del Organismo Contratante, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación u Organismo que lo reemplace y cuyas cláusulas se adecuen a lo establecido en los pliegos. El seguro será extendido a favor de Ministerio Público, por todo el plazo de mantenimiento de oferta o de ejecución del contrato y la cobertura comprenderá la totalidad del monto de la garantía solicitada.
g) Pagaré suscrito por el titular cuando se trate de firmas unipersonales por quien tenga el uso de la firma social o actúe con poder suficiente en caso de sociedades. Debe ser llenado de acuerdo a la legislación vigente, con el sellado provincial xx Xxx y con indicación de la contratación a que corresponda.
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La garantía de adjudicación solo podrá constituirse mediante Póliza de Seguro de Caución y en Efectivo, de acuerdo a los apartados a) y f).
PRECIOS
ARTÍCULO 10º.- INVARIABILIDAD DEL PRECIO:
Los montos estipulados en la Oferta son invariables. No obstante, se podrá, por acuerdo de partes, efectuar la revisión de los valores contractuales. Para ello, el adjudicado podrá pedir ajuste en sus precios, para lo cual se aplicará lo reglado en el Art. 49 de la Ley de Contrataciones del Estado Nº 8072 y su reglamentación.
En su caso, deberá considerarse la variación que pudiera haber sufrido el costo de los insumos y servicios detallados en la oferta, con el fin de analizar las posibles adecuaciones de mayores costos aplicables al precio.
Se podrán tomar y utilizar escalas o índices oficiales a los efectos de analizar los pedidos de mayores costos.
En el supuesto de que el Pliego de Condiciones Particulares y/o Técnicas solicite la estructura de costos, la NO presentación de esta en el acto de apertura o previo a la pre-adjudicación o adjudicación y/o firma del contrato NO será causal de desestimación de la oferta, pudiendo subsanarse presentándola en cualquier momento del proceso o durante toda la ejecución del contrato, a solicitud del Organismo.
Los pliegos particulares podrán incorporar mecanismos objetivos de análisis de mayores costos con remisión a datos, índices o fórmulas oficiales.-
MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
ARTÍCULO 11º.-
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término que se fije en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, contando a partir de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento de oferta con una antelación xx xxxx (10) días al vencimiento del mismo, este se considerará prorrogado automáticamente por un lapso igual al inicial.
DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA
ARTÍCULO 12º.-
Vencido el plazo de mantenimiento de oferta, en los términos del artículo anterior o dictado el instrumento legal de Adjudicación, los oferentes que así lo requieran pueden solicitar al Ministerio la devolución de su garantía de mantenimiento de oferta.
APERTURA DE LA PROPUESTA
ARTÍCULO 13º.-
Las propuestas serán abiertas en el día y hora fijados, en presencia de los siguientes funcionarios: Titular de la repartición contratante o en quien este delegue la función, un Representante de Auditoría de gestión y Contable, el Encargado del Área Compras y Contrataciones del Ministerio Público o quién lo reemplace; Escribano de Gobierno o su reemplazante legal, y toda otra persona interesada en presenciar el acto. Será especialmente invitado el titular de la Unidad Central de Contrataciones, quien podrá delegar su representación en un funcionario de ese organismo, su inasistencia no impedirá la continuidad del acto.
ARTÍCULO 14º.-
En caso que el día señalado para la apertura fuera feriado o asueto administrativo, el acto se realizará el día hábil siguiente para el Ministerio Público y Poder Judicial de la Provincia.
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Firma y Sello del Oferente
ARTÍCULO 15º.-
A partir de la hora fijada para la apertura, no se podrá bajo ningún concepto recibir ofertas, aun cuando dicho acto no se haya iniciado.
ARTÍCULO 16º.-
Ninguna oferta podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las observaciones al acto de apertura podrán realizarse hasta los dos (2) días hábiles posteriores a su celebración, las que se agregarán al expediente para su análisis por la autoridad competente que corresponda para su resolución.
Las observaciones serán resueltas dentro de los tres (3) días hábiles posteriores al acto de apertura, salvo que circunstancias especiales y justificadas, ameriten uno mayor, el que no podrá ser superior a los diez (10) días hábiles, no obstante, dichas observaciones también podrán ser resueltas en el dictamen de pre adjudicación o en la adjudicación según sea el caso.
RECHAZOS POSTERIORES AL ACTO DE APERTURA
ARTÍCULO 17º.-
Los restantes recaudos a observar deberán ser cumplimentados dentro de los dos días hábiles siguientes a la notificación de la documentación faltante, salvo que la Comisión de Preadjudicación o la Unidad Operativa de Contratación dispusiere uno mayor.
Vencido dicho plazo y a criterio de la comisión de preadjudicación, podrán ser desestimadas las ofertas que no cumplan la totalidad de los requisitos exigidos.
FORMA DE COTIZAR
ARTÍCULO 18º.-
La cotización (por duplicado) deberá presentarse en formulario de la empresa y, en caso de ser provisto, también en el formulario incluido en el anexo de especificaciones técnicas.
La oferta económica deberá efectuarse por escrito y en tinta indeleble, consignando hasta dos decimales, sin discriminar IVA ni cualquier otro gravamen y deberá hacerse por el total del ítem, incluyendo precios unitarios y totales por ítem y el total general de la propuesta con gastos por traslados y viáticos a cargo de la Empresa. A los efectos del I.V.A. se deberá considerar al Ministerio Público xx Xxxxx como consumidor final.
En el caso de que el oferente cotice para distintos Ítems, cada uno será evaluado y eventualmente adjudicado por separado. Así mismo, cuando el total del ítem cotizado no corresponda al precio unitario, se tomará como valido este último.
En caso de que la cotización sea efectuada en una moneda distinta a la de curso legal, a los fines del cotejo de las propuestas y para su posterior adjudicación, los precios se convertirán a pesos, al tipo de cambio vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco de la Nación Argentina del día hábil inmediato anterior a la fecha en que se realice las aperturas de las ofertas.
En caso de que exista falta de coincidencia entre el precio unitario y el valor total cotizado por cada renglón o ítem, se tomará el valor del precio unitario.-
DESISTIMIENTO
ARTÍCULO 19º.-
El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez, acarreará como consecuencia la penalidad prevista en el Art. 33° inc. a) del presente pliego y la aplicación de lo dispuesto por el art. 50 del Dcto. N° 1319/18.
PREADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 20º.-
La preadjudicación será dada a conocer a los proponentes en la forma, lugar, día y hora que se determine dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la expedición de las recomendaciones
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emitidas por la comisión de preadjudicación, la que no tendrá respecto a los preadjudicatarios efecto jurídico alguno.
Los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles a partir de la citada notificación, para formular las observaciones que estimen corresponda. Las que deberán ser resueltas dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su formulación, salvo circunstancias justificadas en el expediente que ameriten un plazo superior, el que será fijado por la entidad contratante.
POTESTAD DEL ORGANISMO CONTRATANTE
ARTÍCULO 21º.-
El organismo contratante podrá dejar sin efecto los procedimientos realizados hasta la instancia previa a la adjudicación, sin que ello otorgue derecho alguno a los interesados. También podrá declararlo fracasado por oferta inconveniente sin fundamentar su decisión. En ningún caso la decisión adoptada por el Organismo contratante generará derecho alguno a los oferentes para que le sean rembolsados gastos en que hubiera incurrido por la presentación de la oferta y/o reclamar indemnización de ningún tipo.
ARTÍCULO 22º- Negociación
La comisión de Pre-adjudicación se reserva la facultad de solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas, así como toda documentación que posibiliten la mejor selección e inclusive requerir las muestras que considere necesarias a tal fin.-
La entidad contratante o la comisión de Pre-Adjudicación, se encuentran facultados para gestionar con el oferente mejor colocado o preadjudicado, modificaciones o condiciones que no alteren ese orden o carácter, siempre que reporten beneficios para la entidad contratante.
MUESTRAS:
ARTÍCULO 23º:-
Cuando se requiera la presentación de muestras en las Especificaciones Técnicas, Cláusulas Particulares y/o Documentación Complementaria, las mismas deben indefectiblemente presentarse en el lugar que se señale antes de la apertura de las ofertas y la constancia deberá ser agregada a la propuesta. Las muestras presentadas deberán estar debidamente identificadas, indicando en cada una de ellas el número de licitación, el renglón al cual corresponde, número de alternativa si correspondiere y nombre o razón social de la firma oferente. Dichas muestras forman parte integrante de la propuesta presentada. Quedarán en poder del Organismo Destinatario cuando las mismas no fueren reclamadas dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la adjudicación de la licitación. Exceptuase de la devolución a las muestras correspondientes a los artículos adjudicados, las que quedarán en poder del Organismo Destinatario para el control de recepción. Una vez cumplido el contrato, quedarán a disposición del adjudicatario por un plazo de 30 (treinta) días a partir de la última conformidad de recepción. De no procederse a su retiro dentro de dicho plazo, quedarán en poder del Organismo Destinatario, pasando a ser propiedad del Estado sin cargo.-
FACTORES PARA EVALUAR LAS OFERTAS
ARTÍCULO 24º.-
En los pliegos de condiciones particulares y especificaciones Técnicas, se establecerán los criterios objetivos de la adjudicación, que la entidad contratante considere más conveniente a los intereses públicos, prefiriéndose uno o algunos de ellos, sea en razón de su calidad, precio ofrecido, idoneidad del oferente -antecedentes, antigüedad, capacidad económica y financiera, los costos asociados de uso y mantenimiento presentes y futuros, y demás condiciones de la oferta, responsabilidad y probado cumplimiento del oferente en contrataciones anteriores, como
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así también otros elementos objetivos de la oferta que aseguren conseguir el interés público propuesto y en las mejores condiciones para el organismo.
ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 25º.-
La adjudicación recaerá en la propuesta más conveniente, teniendo en cuenta los criterios objetivos enunciados, y se notificará al/los interesado/s dentro del plazo de mantenimiento de la oferta. El contrato de Orden de Compra abierta se formalizará mediante un contrato por el plazo determinado en los pliego de condiciones particulares y se materializará para cada entrega a demanda con la entrega de la Orden de Compra o instrumento que lo reemplace, el que deberá entregarse en un plazo no mayor de seis (6) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Los contratos de servicios o de suministro se formalizarán con contrato u Orden de compra; por el plazo del servicio o contrato.
Vencido el plazo para la entrega del contrato u Orden de Compra y si el interesado que no la hubiera recibido podrá exigirla en forma personal o por medios fehacientes, con los alcances previstos por el art. 41 de la Ley N° 8072 y el art. 61 del Decreto 1319/18.
IGUALDAD DE OFERTAS
ARTÍCULO 26º.-
En caso de igualdad o empate técnico de condiciones entre dos o más ofertas, o que fueran consideradas igualmente convenientes y que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al dos por ciento (2%), se aplicará en primer término las normas que sobre preferencias establezcan los pliegos particulares. De mantenerse la igualdad los proponentes podrán ser llamados a mejorar su oferta en el plazo de un (1) día de notificados. La no presentación de la mejora en el plazo indicado, implicará el mantenimiento de la oferta original.-
OFERTA ÚNICA: La presentación de un solo oferente no será causal de desestimación de la contratación, conservándose el derecho de adjudicar o no, de acuerdo con el resultado de la evaluación, siempre y cuando la misma resulta conveniente a los intereses del estado.
IMPUGNACIÓN
ARTÍCULO 27º.-
Los actos administrativos dictados en los procedimientos de contratación, podrán ser impugnados mediante la interposición de los recursos administrativos previstos en la ley Nº 5348 de procedimientos administrativos.
El plazo para recurrir se computará a partir del día siguiente a la notificación del acto. La interposición de recursos no tendrá efectos suspensivos.
CONTRATO
ARTÍCULO 28º.-
El contrato se perfeccionará con la adjudicación efectuada y notificada al adjudicatario dentro del plazo de mantenimiento de la oferta y se formalizará con la entrega del contrato, orden de compra o provisión o instrumento que lo reemplace, que deberá realizarse en un plazo no mayor de seis días hábiles contado a partir de la notificación de la adjudicación. La garantía de oferta será devuelta dentro de un plazo xxxxxx xx xxxx días contados desde la firma del contrato o su formalización, salvo que la misma se convierta en garantía de adjudicación.
INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO
ARTÍCULO 29º.-
En caso de duda sobre la interpretación del contrato, se recurrirá al contenido de sus cláusulas, a los pliegos de bases y condiciones particulares o a la documentación que hiciera sus veces, con las especificaciones técnicas y generales de esta contratación, el presente pliego de
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condiciones generales, a la Ley N° 8072 y su reglamentación, a los términos de la oferta adjudicada, y las muestras en ese orden de prelación.
CESIÓN
ARTÍCULO 30º.-
La entidad contratante podrá autorizar la cesión total o parcial del contrato en casos debidamente justificados y cuando a su solo juicio lo estime conveniente, para lo cual el cesionario deberá reunir iguales o mejores condiciones que las que ofrecía el cedente al momento de la contratación original.
PLAZOS - AMPLIACIÓN
ARTÍCULO 31º.-
La entidad contratante fijará en los pliegos de condiciones particulares, los plazos de cumplimiento contractual y estipulará en los casos que sea necesario una ampliación del mismo. En casos no previstos, es facultad del organismo contratante su otorgamiento, en los extremos del art. 46 de la Ley N° 8072 y su reglamentación.-.
AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LAS PRESTACIONES
ARTÍCULO 32º.-
La entidad contratante podrá, por razones de interés público debidamente justificadas, aumentar o disminuir las prestaciones objeto del contrato a cargo del co contratante, siempre que, en forma total o acumulativa, tales modificaciones no superen en más o en menos el treinta por ciento (30%) del total de las mismas. En casos no previstos, es facultad del Organismo contratante su otorgamiento.-
El total del aumento o la disminución del monto del contrato puede incidir sobre uno, varios o todos los renglones, según sea el caso, pudiéndose tener en cuenta el monto total actualizado de la contratación para el cálculo del porcentaje que se podrá aplicar a uno o varios renglones.
El aumento o la disminución de las prestaciones podrán tener lugar, en el momento de la pre adjudicación, de la adjudicación o de la firma del contrato, pudiendo efectuarse como máximo, hasta tres (3) meses después de cumplido el contrato original, incluida la respectiva prórroga.-
Con respecto a la solicitud de conformidad de ampliación del contrato, en caso de no superar el porcentaje establecido en la Ley, el oferente deberá aceptar dicha ampliación, la misma podrá ser requerida al co-contratante por medios escritos o electrónicos según corresponda. PENALIDADES:
ARTÍCULO 33º.-
Los oferentes o adjudicatarios serán pasibles a las penalidades que se establecen a continuación, salvo que el pliego de condiciones particulares establezca formas especiales por el tipo de contratación; por las siguientes causas:
a) Por desistimiento de oferta: Antes del plazo de mantenimiento de oferta o de constituir la garantía de adjudicación, acarreará la pérdida de la garantía de oferta. En caso de desistimiento parcial justificado, esa garantía se perderá en forma proporcional.
b) Por no integración de la garantía de adjudicación: Pérdida de la garantía de la oferta, si no presentara o ampliara la garantía de adjudicación dentro del plazo establecido en el Art. 9º del presente pliego.
En caso de no integrar la garantía de cumplimiento del contrato luego de la intimación cursada por el organismo contratante, se deberá rescindir el contrato e intimar al pago del importe equivalente al valor de la mencionada garantía multiplicado por tres y podrá
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descontarse dicho valor de cualquier crédito que el Estado tenga pendiente de pago con el proveedor en cuestión.
c) Por no retiro de la Orden de Compra o Contrato: A partir del sexto día hábil de la comunicación de adjudicación definitiva, sin que se retire la Orden de Compra o Contrato, se aplicará una multa diaria xxx xxxx cincuenta por ciento (0,50%) sobre el monto total adjudicado.
d) Sin perjuicio de la multa prevista en el inc. c), en caso de no entregar el ejemplar del contrato firmado por el adjudicatario dentro de los cinco (5) días de retirado, el Ministerio Público podrá rescindir el contrato y ejecutar la garantía pertinente, sin necesidad de interpelación alguna, produciéndose la xxxx automáticamente.
Idéntica facultad tendrá la entidad contratante si no se retirase la orden de compra en el plazo señalado.
e) Multa por xxxx del contratista:
1.- Se podrá aplicar una multa del 0,5% del valor de los bienes no entregados o entregados fuera de término por cada diez (10) días hábiles de atraso o fracción mayor de cinco (5) días hábiles.
2.- En el caso de los contratos de servicios o de tracto sucesivo, los pliegos de bases y condiciones particulares podrán prever la aplicación de multas por distintas trasgresiones vinculadas a las prestaciones a cargo del proveedor.
f) Por ampliación de plazos: Cuando se concedan prórrogas de ampliación del plazo de entrega, se podrá aplicar una multa equivalente al 0,5% del valor de lo satisfecho fuera del término del contrato, por cada diez (10) días hábiles de prórroga o fracción mayor de cinco
(5) días hábiles concedidos.
g) Por incumplimiento contractual: La rescisión del contrato por incumplimiento de prestaciones, con o sin prórrogas concedidas, acarreará la pérdida de la garantía de adjudicación y/o de cumplimiento de contrato y las penalidades previstas en los pliegos de condiciones generales o particulares, según corresponda. En caso que se hubiesen cumplido parte de las prestaciones, estás quedarán firmes y producirán, en cuanto a ellas, los efectos correspondientes.
La rescisión se producirá de pleno derecho y surtirá efectos desde que la parte interesada comunique a la incumplidora, en forma fehaciente, su voluntad de resolver.
h) Por cesión de contrato no autorizada: En caso de cesión de la contratación efectuada después de la adjudicación, sin autorización de la entidad contratante, perderá la garantía de adjudicación y/o de ejecución y será pasible de una multa equivalente al diez por ciento (10%) del total adjudicado.
CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
ARTÍCULO 34º.-
Las penalidades por incumplimiento de las obligaciones contractuales no serán aplicables cuando mediare caso fortuito o fuerza mayor, debidamente documentados por el contratista y aceptados por la entidad contratante
El contratista está obligado a denunciar todo caso fortuito o fuerza mayor dentro de los diez días hábiles de producida o conocida tal circunstancia. Si el vencimiento fijado para la satisfacción de la obligación no excediera xx xxxx días hábiles, la comunicación referida anteriormente deberá efectuarse antes de los dos días hábiles de ese plazo. Pasado los términos antes mencionados, el contratista no tendrá derecho a reclamación alguna.
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SANCIONES
ARTÍCULO 35º.-
El Registro General de Contratista de la Provincia podrá aplicar a los oferentes o adjudicatarios, según corresponda, las sanciones previstas en el Art. 73 del Decreto Reglamentario Nº 1319/18.
EXTINCIÓN DE LOS CONTRATOS
ARTÍCULO 36º.-
Los contratos se extinguirán según los supuestos establecidos en el Art. 55 de la Ley 8072 y su reglamentación, sin perjuicio de las especificaciones que establezcan el Pliego de Condiciones Particulares y el presente Pliego.-
FACTURACIÓN
ARTÍCULO 37º.-
Las facturas serán presentadas por el contratista con todos los requisitos exigidos por la legislación vigente y haciendo mención especial de la contratación referida.
CONTROL DE RECEPCIÓN Y FACTURACIÓN
La factura se confeccionará en concordancia con la oferta, en moneda de curso legal o en dólares si la oferta se hubiera realizado en esta moneda, y no se deberá discriminar el IVA (se considerará al organismo contratante como consumidor final), debiendo contener los siguientes datos:
a) Factura B ó C, de corresponder.
b) Número de Orden de Compra que corresponda.
c) Número y fecha de los remitos de entrega.
d) Número, especificación e importe de cada renglón facturado.
e) Importe total bruto de la factura.
f) Si es factura parcial o total de la entrega.
g) Los requisitos exigidos por la Autoridad Tributaria competente (AFIP).
Nota: Las Facturas serán conformadas dentro de los tres días hábiles de su presentación.
CONFORMACIÓN DE FACTURAS
ARTÍCULO 38º.-
Las facturas, deberán ser conformadas dentro de los tres (3) días hábiles de su presentación si se cuenta con la certificación de recepción definitiva e implicará que el adjudicatario ha dado cumplimiento en tiempo y forma el contrato.-
El plazo fijado en el párrafo anterior será interrumpido, cuando no se cumpliere por parte del co contratante algún recaudo legal, administrativo o de trámite.
PAGO
ARTÍCULO 39º.-
El pliego de condiciones particulares, fijará la fecha, forma y lugar de pago.
Descuentos especiales por pago adelantado: sólo se admitirá esta modalidad como alternativa, cuando el oferente ofrezca descuentos o mejores condiciones por pago adelantado, lo que podrá ser aceptado por la Administración, siempre y cuando su oferta original hubiera resultado la más conveniente en el plazo fijado en el pliego para el pago, previa autorización del
.............................................
Firma y Sello del Oferente
Organismo Contratante en relación a dicha forma de pago por adelantado y constitución de contragarantía por el monto total adjudicado.
FORMA DE PAGO:
El MINISTERIO PÚBLICO XX XXXXX es agente de retención de impuestos y/o tasas, por lo que se deberá acreditar su situación fiscal al momento de presentar la factura adjuntando, en caso de corresponder, las constancias de exenciones pertinentes. Toda observación al pago efectuado, así como al cálculo de las retenciones practicadas, deberá ser realizada dentro de los 5 (cinco) días de efectivizado.
El MINISTERIO PÚBLICO XX XXXXX efectuará el o los pagos, según corresponda, convirtiendo a pesos ($) el valor ofertado en moneda extranjera, conforme al tipo de cambio dólar vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina al cierre del día anterior a aquel en el que se perfeccione el pago o el del día del pago, según lo disponga el acto administrativo que apruebe la adjudicación.-
CONOCIMIENTO - ACEPTACIÓN Y COMPETENCIA JUDICIAL
ARTÍCULO 40º.-
La presentación de ofertas, sin observación a los pliegos de condiciones generales y particulares implica su conocimiento, aceptación y sometimiento al Régimen de Contrataciones de la Provincia, como así también a la jurisdicción Contencioso Administrativa de la Provincia xx Xxxxx, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle, inclusive el Federal.
ARTÍCULO 41º.-
Todo aquello que no esté expresamente previsto en el presente pliego, se resolverá por la aplicación del Art. 29° del presente pliego.
DOMICILIO LEGAL Y ELECTRÓNICO
Artículo 42º.- Las notificaciones, se realizarán al domicilio constituido a los efectos de la contratación de conformidad al Art. 5 inc. g) del presente pliego.
Notificaciones electrónicas: Cuando así lo disponga la entidad contratante, las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley 8.072, de su reglamentación, y de los pliegos se realizarán a través del envío de mensajería mediante el sistema electrónico en forma automática, las que surtirán efecto a partir del día siguiente hábil al de su notificación o a partir del momento en que el sistema establezca que se tuvo por notificado.
PLAZOS
ARTÍCULO 43°.-
Todos los plazos mencionados en los Pliegos de Bases y Condiciones, se entenderán como días hábiles judiciales, salvo que el Pliego de Condiciones Particulares establezca uno distinto.
ARTÍCULO 44º.-
CONDICIONES TÉCNICAS: Las presentaciones deberán cumplir con las especificaciones mínimas detalladas en el Anexo de Especificaciones Técnicas según corresponda al objeto de la contratación.
Asimismo se deja establecido que las condiciones técnicas descriptas en los anexos de especificaciones técnicas son sugeridas, pudiendo los oferentes indicar la mayor cantidad de alternativas posibles sin que esto implique derecho alguno para los proponentes, reservándose el Ministerio Público el derecho de aceptar prestaciones que posean características alternativas, siempre que resulten adecuadas a sus intereses, cumplan los requisitos mínimos previstos en el Anexo y se encuentren dentro de las previsiones financieras del Organismo.
MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA XX XXXXX DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
ÁREA COMPRAS Y CONTRATACIONES
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
Licitación Pública Nº Licitación Publica N° 33/19
Fecha apertura de ofertas: 09 de diciembre de 2019
Expte. Nº 130-19.110/19
Horas: 10:00
Lugar de apertura: Avda Bolivia 4.671- Edificio de Servicio Complementario 1º Piso - Dirección de Administración.
AUTORIZADA POR: Res. Nº XX/19
OBJETO: “Contratación del servicio de mantenimiento de ascensores en edifico anexo y calle Xxxxxxxx 697”.
PRECIO XXX XXXXXX: $1.000.
OBJETO DEL LLAMADO:
ARTÍCULO 1º.-
El presente llamado a Licitación Pública de “Contratación del servicio de mantenimiento de ascensores en edifico anexo servicios complementarios de Xx. Xxxxxxx 0000 y xxxxx Xxxxxxxx 000”, xxxxx especificaciones están contenidas en el Anexo de Especificaciones Técnicas.
VENTA Y VALOR DE LOS PLIEGOS
ARTÍCULO 2º.-
Los pliegos de condiciones para la presente contratación, se pondrán a disposición en Dirección de Administración, sito en Av. Bolivia Nº 4.671 – Edificio de Servicios Complementarios 1 º Piso, a partir del primer día de publicación hasta el horario de apertura. Horario de Atención de hs. 08:00 a 13:00. También podrán ser descargados desde la página web de contrataciones del Ministerio Público y de la Provincia. Precio xxx xxxxxx: $1.000,00.
OFERTA Y CANTIDADES
ARTICULO 3º.-
Al realizar su oferta, las empresas oferentes deberán tener en cuenta las cantidades estipuladas para cada renglón de los Anexos. Se deja constancia de que las mencionadas prestaciones son estimativas para un período de veinticuatro (24) meses y se presentan al solo efecto de que las ofertas puedan ser evaluadas.
MANTENIMIENTO DE OFERTA
ARTÍCULO 4°.-
La presentación de una oferta lleva implícita la obligación de mantenerla válida por un plazo mínimo de treinta (30) días hábiles contados desde la fecha de apertura de la Licitación, pudiendo ampliarse conforme al Art. 10 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales.
FACTORES PARA EVALUAR LAS OFERTAS
ARTÍCULO 5°.-
Los criterios para evaluar las ofertas, son los siguientes:
.............................................
Firma y Sello del Oferente
1. Antecedentes y referencias relacionados con el rubro, así como los costos asociados presentes y futuros.
2. Precio.
3. Idoneidad y responsabilidad del Oferente. Cumplimiento en contrataciones anteriores.
4. Otras.
El Organismo contratante se reserva el derecho de adjudicar en forma total, parcial o en su caso anular el ítem solicitado.
FORMA Y PLAZO DE ENTREGA
ARTÍCULO 6°.-
Los adjudicatarios cumplirán las prestaciones a que se hubieran obligado, ajustándose a la descripción técnica de la propuesta, las cláusulas del presente pliego y el contrato firmado en consecuencia.
VIGENCIA:
ARTÍCULO 7º.-
El inicio de las Prestación será a partir del 01 de enero de 2020. La prestación efectiva de los servicios deberá ser acreditada mediante reporte detallado, emitido por la Dirección de Obras y Proyectos.
FORMA DE PAGO
ARTÍCULO 8º.-
El pago se efectuará, por transferencia bancaria del servicio mensual vencido (presentando factura hasta el 5 de cada mes), previa presentación de la factura conformada, informe de prestación de servicio elaborado por la Dirección de Obras y Proyectos y contrato con sellado xx xxx. El prestador debe mantener la condición de proveedor inscripto en la UCC vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato.
Asimismo se informa que el MINISTERIO PÚBLICO XX XXXXX es agente de retención de impuestos y/o tasas, por lo que se deberá acreditar su situación fiscal al momento de presentar la factura adjuntando, en caso de corresponder, las constancias de exenciones pertinentes.
PLAZO DEL CONTRATO
ARTÍCULO 9º.-
El plazo de DURACIÓN DEL CONTRATO SERÁ DE VEINTICUATRO (24) MESES, contados
a partir de la efectiva prestación del servicio. Prorrogable por otro término igual o menor previo acuerdo de partes.
INVARIABILIDAD DE LOS PRECIOS
ARTÍCULO 10º.-
En el marco de lo previsto en el artículo 10 xxx xxxxxx de condiciones Generales, se requiere a los oferentes la presentación de la estructura de costos que conforma su oferta, individualizando los índices que son contemplados para requerir futuras adecuaciones de precios.-
MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA XX XXXXX DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
ÁREA COMPRAS Y CONTRATACIONES
FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA
Salta,....... de de 2019.-
Xxx. Directora de Administración del Ministerio Público xx Xxxxx Su despacho
El/los que suscribe/n:…………………..………………………………
actuando en virtud de poderes conferidos, en nombre y por cuenta de la Firma
..............................................................................................................con asiento en
calle.................................................................................. Nº....................... de la ciudad
de........................................................... Provincia de , con
Teléfono/fax Nº , inscripta en forma (definitiva/provisoria) en el Registro de
Contratistas de la Provincia bajo el N° , solicitan se tenga por presentada la oferta
a la contratación ……………………………… N°……: " ".
consta de Folios.
A tal efecto acompaña/n la documentación completa exigida y que
Expresamente acepta/n la nulidad de la propuesta sin derecho a
reclamo de ninguna especie, si la misma o la documentación mencionada precedentemente adolecen de errores no salvados, omisiones o deficiencias al cumplimiento xxx Xxxxxx de este Procedimiento.
Manifiesta/n además conocer y aceptar los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares, Cláusulas Especiales y demás documentación integrante.
Asimismo declara/n que constituye/n domicilio legal en la Provincia xx Xxxxx, ciudad xx Xxxxx, en calle.............................. Nº...........
Teléfono......................... y domicilio electrónico en la casilla de correo electrónico:
…………………………………………………………….. en el cual serán válidas todas las notificaciones relacionadas con al presente contratación.-
Saluda/n a Ud. atentamente.
.............................................
Firma y Sello del Oferente
MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA XX XXXXX DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
ÁREA COMPRAS Y CONTRATACIONES
ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MANTENIMIENTO DE ASCENSORES
• Revisión mensual (1), ajustes y engrases de piezas, maquinas, motores y controles, incluyendo eje, sinfín, corona, cojinetes, bobina de freno o freno motor, zapatas de freno, escobillas, bobinados, colectores, contactos bobinas, resistencias, lámparas del sistema de señalización, llaves magnéticas y cualquier otra pieza que forma parte del ascensor.
• Suministro de elementos necesarios para el servicio de engrase.
• Presentar listado del personal idóneo (incluyendo l categoría que reviste) y disponible para resolver cualquier contingencia o emergencia dentro de las 2 (dos) horas de sucedido en evento.
• Presentar antecedentes de servicios y documentación que avale el cumplimiento de las normativas vigentes.
• Disponer de teléfonos habilitados para casos de emergencia y para sucesos fuera de horarios hábiles, manteniendo para esos casos personal disponible en una guardia pasiva.
• El horario de ejecución de las tareas contratadas, será de
8 hs a 12 hs y 14 hs a 18 hs en días hábiles. Durante los días feriados, sábados y domingos, deben acordarse previamente los horarios de trabajo.
• En caso de reparaciones que no estuvieren contempladas en el mantenimiento convencional, la contratista deberá presentar presupuesto y una vez conformado por la Dirección de Administración, recién se podrá ejecutar la reparación.
• Queda a criterio del contratista incorporar más ítems o insumos a contemplar dentro del servicio de mantenimiento