CONDICIONES PARTICULARES SEGURO SAMSUNG MOBILECARE
CONDICIONES PARTICULARES SEGURO SAMSUNG MOBILECARE
PROTECCIÓN PARA EQUIPOS ELECTRICOS Y ELECTRONICOS DE USO PERSONAL
El presente documento será parte integral de la póliza de seguro en la cual consta el contrato de seguro celebrado entre SAMSUNG S.A. Y COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A.
Aquí encontraras los amparos, derechos y obligaciones que tú tienes como beneficio al adquirir tu equipo móvil en SAMSUNG.
AMPAROS
1.1 DAÑOS ACCIDENTALES A PANTALLAS: SIEMPRE Y CUANDO SE HAYA INCLUIDO DENTRO DEL CUADRO DE AMPAROS DEL CERTIFICADO INDIVIDUAL DE SEGURO Y SE HAYA EFECTUADO EL PAGO XX XXXXXX, SE AMPARAN LOS DAÑOS ACCIDENTALES QUE AFECTEN LA FUNCIONALIDAD DE LA PANTALLA DEL EQUIPO MÓVIL ASEGURADO, SIEMPRE QUE LOS MISMOS TENGAN COMO CONSECUENCIA LA REPARACIÓN O REMPLAZO DE LA PANTALLA Y QUE NO CORRESPONDAN A SITUACIONES EXCLUIDAS
1.2 PÉRDIDA TOTAL POR HURTO CALIFICADO: SIEMPRE Y CUANDO SE HAYA INCLUIDO DENTRO DEL CUADRO DE AMPAROS DEL CERTIFICADO INDIVIDUAL DE SEGURO Y SE HAYA EFECTUADO EL PAGO XX XXXXXX, SE AMPARA EL HURTO QUE IMPLIQUE VIOLENCIA SOBRE LAS COSAS, O EN EL QUE SE PONGA A LA VÍCTIMA EN CONDICIONES DE INDEFENSIÓN E INFERIORIDAD PARA APROVECHARSE DE ESTA SITUACIÓN, SE AMPARA EL HURTO CALIFICADO, DE ACUERDO A LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 239 DEL CÓDIGO PENAL Y QUE SE PRESENTEN LAS CIRCUNSTANCIAS ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 240 DEL MISMO ESTATUTO.
EXCLUSIONES GENERALES:
LUCRO CESANTE, O PÉRDIDAS CONSECUENCIALES
XXXX, CULPA GRAVE O MALA FE DEL ASEGURADO O DE SUS REPRESENTANTES
MOTÍN, CONMOCIÓN CIVIL O POPULAR, VANDALISMO Y ACTOS MAL INTENCIONADOS DE TERCEROS.
DECOMISO O EMBARGO DEL BIEN ASEGURADO.
PÉRDIDAS CAUSADAS O RESULTANTES DE ACCIONES GUBERNAMENTALES, TALES COMO CONFISCACIÓN, INCAUTACIÓN O DESTRUCCIÓN DEL BIEN ASEGURADO POR ORDEN DE AUTORIDAD GUBERNAMENTAL COMPETENTE.
PÉRDIDAS POR FRAUDES O ACTOS DESHONESTOS DE TERCEROS, TALES COMO CLONACIÓN Y SIMILARES.
HURTO PARCIAL DEL BIEN ASEGURADO (HURTO DE SUS PARTES, DE SUS COMPONENTES O DE SUS PERIFERICOS).
EXTRAVÍO TOTAL O PARCIAL DEL BIEN ASEGURADO.
PÉRDIDA POR DESAPARICIÓN MISTERIOSA.
PÉRDIDAS COMO CONSECUENCIA DE QUE EL ASEGURADO, O CUALQUIER PERSONA A QUIEN ÉSTE LE HAYA CONFIADO EL BIEN ASEGURADO, SE HAYA DESPRENDIDO INTENCIONALMENTE DE LA MISMA.
PÉRDIDAS O DAÑOS DE ELEMENTOS CONSIDERADOS ACCESORIOS O PERIFÉRICOS DEL BIEN ASEGURADO COMO BATERÍAS, AUDÍFONOS, MANOS LIBRES, FORROS, TECLADOS Y CARGADORES, ENTRE OTROS.
EXCLUSIONES AL AMPARO DE DAÑO ACCIDENTAL DE PANTALLAS:
EL DAÑO TOTAL ACCIDENTAL DEL EQUIPO, QUE SERÁ DETERMINADO CUANDO EL COSTO DE LA REPARACIÓN DEL EQUIPO SUPERE EL 75% DE SU VALOR E INVOLUCRE OTROS COMPONENTES O PARTES DISTINTAS A LA PANTALLA.
LOS DAÑOS ACCIDENTALES QUE SUFRA EL EQUIPO EN COMPONENTES O PARTES DISTINTAS A LA PANTALLA.
DAÑOS EN LA PANTALLA QUE, OPERADO POR SU PROPIETARIO O POR UN TERCERO AUTORIZADO POR ÉSTE, NO SEAN CONSECUENCIA DE UN EVENTO ACCIDENTAL, SÚBITO O IMPREVISTO.
DAÑOS Y/O DETERIORO DE LA PANTALLA POR LOS QUE SEA RESPONSABLE EL FABRICANTE O PROVEEDOR DE LOS BIENES ASEGURADOS, O AQUELLOS QUE ESTÉN CUBIERTOS POR LA GARANTÍA DEL BIEN ASEGURADO
EXCLUSIONES AL AMPARO DE PÉRDIDA TOTAL POR HURTO CALIFICADO
HURTO COMETIDO POR EL CÓNYUGE O COMPAÑERO(A) PERMANENTE DEL ASEGURADO O POR PARIENTES SUYOS POR CONSANGUINIDAD O AFINIDAD HASTA DEL SEGUNDO GRADO Y DEL PRIMER GRADO CIVIL
HURTO SIMPLE DE ACUERDO A SU DEFINICIÓN EN EL CÓDIGO PENAL COLOMBIANO.
PÉRDIDA RESULTANTE DE LA PRIVACIÓN DE LA TENENCIA O POSESIÓN DEL BIEN ASEGURADO, POR CUALQUIER CAUSA DISTINTA DE HURTO CALIFICADO.
VIGENCIA: La vigencia de las pólizas será de 3, 6, 9 o 12 meses, según se especifique en el certificado individual de seguro y no será renovable, el inicio de vigencia será en el momento en que el cliente reciba su bien.
DEDUCIBLE: Es la parte del riesgo que el asegurado deberá asumir en caso de siniestro, el cual se establece como un valor fijo o porcentaje del valor de reposición del equipo, con base en lo estipulado e indicado en el certificado individual de seguro. Dicho monto deberá ser cancelado por el asegurado previo a la reparación del equipo o descontado del pago de la indemnización a que haya lugar.
DEFINICIONES:
Para los efectos de esta póliza, y del certificado individual de seguro, las expresiones o vocablos que se consignan a continuación tendrán el significado que aquí se les asigna, a saber:
ASEGURADO: Es la persona natural o jurídica que tiene interés asegurable sobre el equipo asegurado.
VALOR ASEGURABLE: Para efectos de la presente póliza o certificado individual de seguro, corresponde al valor de reposición o reemplazo a nuevo. Se entiende por valor de reposición o reemplazo del equipo: la cantidad de dinero que exigiría la adquisición de un equipo de la misma o similar clase, modelo, especificaciones, capacidad, características técnicas y/o funcionales del dañado, destruido x xxxxxxx, en el mercado.
SINIESTRO: Todo hecho cuyas consecuencias estén garantizadas por alguno de los amparos objeto del seguro. Se considera que constituye un único siniestro el conjunto de daños derivados de un mismo evento.
DAÑOS MATERIALES: Es el menoscabo, el detrimento o la destrucción física sufridos por los bienes asegurados, a consecuencia del riesgo amparado.
PÉRDIDA, EXTRAVÍO O DESAPARICIÓN MISTERIOSA: Situación en la cual no se conoce el paradero del bien asegurado o este no se encuentra en su sitio habitual, como consecuencia de un descuido de su tenedor o propietario, sin que exista intención de un tercero de apropiarse del bien asegurado.
DAÑO FISICO TOTAL ACCIDENTAL: Es la destrucción total del equipo eléctrico o electrónico, como consecuencia de un hecho accidental, fortuito, súbito e imprevisto.
BIEN ASEGURADO: El equipo eléctrico o electrónico que aparece registrado o individualizado en el Certificado Individual de Seguro,
FABRICANTE: Quien diseñó, produjo, fabricó o ensambló el Bien Asegurado.
RECLAMACIONES:
En caso de siniestro cubierto por este seguro, deberás solicitar a SEGUROS MUNDIAL el pago de las indemnizaciones a las que tengas derecho, demostrando la ocurrencia del siniestro así como la cuantía de la pérdida, para lo cual podrá utilizar los medios probatorios pertinentes. No obstante, para facilitar al asegurado o beneficiario el trámite del reclamo y la demostración de la ocurrencia y de la cuantía del siniestro, se sugiere presentar los siguientes documentos:
Dar aviso del siniestro a través de la aplicación concierge o la línea de atención
Diligenciar el formulario de reclamación el cual podrá ser descargado de la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Adjuntar la factura original del equipo asegurado. En caso de no contar con ella se debe solicitar al almacén donde adquirió el equipo copia de la misma
En el caso que el asegurado fuese una persona jurídica, adjuntar certificado de existencia y representación legal vigente, expedido con máximo 90 días a la fecha
de la reclamación y fotocopia del documento de identidad del representante legal, quien debe firmar el FORMULARIO DE RECLAMACIÓN
En el caso que el asegurado fuese una persona
natural, fotocopia legible del documento de identidad del propietario del equipo
Solo en el caso de afectación por daños se requerirá el diagnóstico del centro de servicios autorizado por el fabricante o distribuidor de los equipos asegurados, donde se determine que es un daño accidental de la pantalla o pérdida total
En caso de Hurto Calificado deberás adjuntar Original o copia del denuncio ante la autoridad competente. El denuncio debe contener la fecha del evento, la marca y modelo del equipo afectado y una breve descripción de las circunstancias de tiempo, modo y bajo las cuales se desarrolló el evento. No se aceptarán denuncios con tachaduras ni enmendaduras, ilegibles o interpuestos vía internet.
PÉRDIDA DEL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN: La mala fe del asegurado o del beneficiario en la reclamación o comprobación del evento, o en cualquiera de los trámites que deban realizarse para la reposición del bien asegurado, causará la pérdida del derecho a la indemnización.
IMPORTANTE:
Aplican las condiciones generales de las pólizas de corriente débil de acuerdo con el clausulado 13-03-2017-1317-P-11-PSUS9R0000000002, el cual puede ser consultado en el siguiente enlace: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxx-xxxxxxxxx- debil-revisado-vpji-2017.pdf. SE ACLARA QUE SOLO APLICAN LAS COBERTURAS DESCRITAS EN LAS PRESENTES CONDICIONES PARTICULARES.