RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TEATRO DE LA MAESTRANZA Y SALAS DEL ARENAL S.A., DE FECHA 30 DE ENERO DE 2020, DE ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO DE SERVICIO DE DISEÑO GRÁFICO (CREATIVIDAD, DISEÑO Y MAQUETACIÓN) DEL TEATRO DE LA MAESTRANZA
EXPTE. CONTRATACIÓN Nº 4/2019
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TEATRO DE LA MAESTRANZA Y XXXXX XXX XXXXXX S.A., DE FECHA 30 DE ENERO DE 2020, DE ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO DE SERVICIO DE DISEÑO GRÁFICO (CREATIVIDAD, DISEÑO Y MAQUETACIÓN) DEL TEATRO DE LA MAESTRANZA
VISTO y examinado el expediente de referencia en el que constan los documentos prevenidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, cuyo Presupuesto base de licitación asciende a 53.000 € más IVA.
A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO.- Atendiendo a la importancia y la naturaleza del objeto a contratar, en aplicación de lo dispuesto en la Instrucción de Contratación 3.1, esta Dirección General acordó que la licitación de referencia tuviese lugar no por el procedimiento previsto en los arts. 321 y siguientes de la LCSP sino por el procedimiento abierto establecido en el Título Primero del Libro Tercero de la referida Ley, mediante la existencia de una pluralidad de criterios de valoración, siendo aprobado los correspondientes Pliegos mediante acuerdo de esta Dirección General de fecha Consejo de Administración de fecha 11 de diciembre de 2019.
SEGUNDO.- Se ha dado publicidad a la licitación mediante anuncio publicado en el perfil del Contratante de Teatro de la Maestranza y Xxxxx xxx Xxxxxx S.A. el día 13 de diciembre de 2019.
TERCERO.- Con fecha 2 de enero de 2020 la Mesa de Contratación, realiza la calificación de la documentación de capacidad y solvencia de las empresas licitadoras presentadas que se relacionan a continuación, y siendo correcta fueron admitidas ambas a la licitación:
- LUGADERO S.L.
- RAFAROSES&PARTNERS S.L.
- XXXXXX XXXXX DISEÑO GRÁFICO S.L.
- HABERMAS COMUNICACIÓN S.L./XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX/XXXXXXXX DE LA XXXX XXXXXX (UTE)
- BUENOS DÍAS, PROYECTOS PARA EL ENTORNO S.L.
- JUMPERS COMUNICACIÓN S.L.
CUARTO.- Con fecha 7 de enero de 2020, la Mesa de contratación en acto público procede a la apertura de los Sobres 2 de las empresas licitadoras admitidas, Propuesta Técnica, para la ponderación de los criterios de adjudicación evaluables de acuerdo con juicios de valor.
QUINTO.- Con fecha 15 de enero de 2020, la Mesa de Contratación celebró sesión en la que procedió a valorar la propuesta técnica de las empresas licitadoras con la siguiente puntuación:
- LUGADERO S.L.
V1 Memoria técnica | |
V1.1 Diseño y aplicación | 30 |
V1.2 Implantación | 5 |
V1.3 Servicio | 6 |
V1 Total | 41 |
- JUMPERS COMUNICACIÓN S.L.
V1 Memoria técnica | |
V1.1 Diseño y aplicación | 33 |
V1.2 Implantación | 7 |
V1.3 Servicio | 9 |
V1 Total | 49 |
- BUENOS DÍAS, PROYECTOS PARA EL ENTORNO S.L.
V1 Memoria técnica | |
V1.1 Diseño y aplicación | 32 |
V1.2 Implantación | 10 |
V1.3 Servicio | 10 |
V1 Total | 52 |
- HABERMAS COMUNICACIÓN S.L./XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX/XXXXXXXX DE LA XXXX XXXXXX (UTE)
V1 Memoria técnica | |
V1.1 Diseño y aplicación | 42 |
V1.2 Implantación | 10 |
V1.3 Servicio | 10 |
V1 Total | 62 |
- XXXXXX XXXXX DISEÑO GRÁFICO S.L.
V1 Memoria técnica | |
V1.1 Diseño y aplicación | 47 |
V1.2 Implantación | 8,5 |
V1.3 Servicio | 8,5 |
V1 Total | 64 |
- RAFAROSES&PARTNERS S.L.
V1 Memoria técnica | |
V1.1 Diseño y aplicación | 49 |
V1.2 Implantación | 10 |
V1.3 Servicio | 9 |
V1 Total | 68 |
En su consecuencia, superando la puntuación mínima establecida en la cláusula 15 PCP, acordó la Mesa de Contratación que podían acceder a la apertura del sobre 3 las siguientes empresas licitadoras: HABERMAS COMUNICACIÓN S.L./XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX/XXXXXXXX DE LA XXXX XXXXXX (UTE), XXXXXX XXXXX DISEÑO GRÁFICO S.L.y XXXXXXXXX&XXXXXXXX S.L.
SEXTO.- Con fecha 20 de enero de 2020, con la asistencia de la empresa licitadora HABERMAS COMUNICACIÓN S.L./XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX/XXXXXXXX
DE LA XXXX XXXXXX (UTE), y previa asignación de trámite de alegaciones a la misma en relación con el contenido del Acta de la Mesa Contratación sobre valoración del sobre 2 declinando los representantes de la empresa asistente de formular alguna, se procedió a la apertura de los Sobres 3 “Oferta económica”.
Las ofertas económicas fueron las siguientes:
- RAFAROSES&PARTNERS S.L.:
Xxxxxxx xxxx (€) | % XXX | Xxxxxxx IVA (€) | Importe total (€) | |
Rediseño de marca | 15.000 | 21 | 3.150 | 18.150 |
Campaña lanzamiento temporada 2020/2021 | 8.000 | 21 | 1.680 | 9.680 |
Diseño página web | 10.000 | 21 | 2.100 | 12.100 |
Servicio mensual para la creatividad y diseño del 01/09/2020 al 30/06/2021 | 20.000 | 21 | 4.200 | 24.200 |
Importe total Licitación | 53.000 | 21 | 11.130 | 64.130 |
- XXXXXX XXXXX DISEÑO GRÁFICO S.L.:
Xxxxxxx xxxx (€) | % XXX | Xxxxxxx IVA (€) | Importe total (€) | |
Rediseño de marca | 12.000 | 21 | 2.520 | 14.520 |
Campaña lanzamiento temporada 2020/2021 | 7.000 | 21 | 1.470 | 8.470 |
Diseño página web | 8.000 | 21 | 1.680 | 9.680 |
Servicio mensual para la creatividad y diseño del 01/09/2020 al 30/06/2021 | 20.000 | 21 | 4.200 | 24.200 |
Importe total Licitación | 47.000 | 21 | 9.870 | 56.870 |
- HABERMAS COMUNICACIÓN S.L./XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX/XXXXXXXX DE LA XXXX XXXXXX (UTE)
Xxxxxxx xxxx (€) | % XXX | Xxxxxxx IVA (€) | Importe total (€) | |
Rediseño de marca | 13.200 | 21 | 2.772 | 15.972 |
Campaña lanzamiento temporada 2020/2021 | 7.000 | 21 | 1.470 | 8.470 |
Diseño página web | 8.800 | 21 | 1.848 | 10.648 |
Servicio mensual para la creatividad y diseño del 01/09/2020 al 30/06/2021 | 17.600 | 21 | 3.696 | 21.296 |
Importe total Licitación | 46.600 | 21 | 9.786 | 56.386 |
SÉPTIMO.- Con fecha 20 de enero de 2020 la Mesa de Contratación celebró sesión en la que acordó asignar las siguientes puntuaciones a las ofertas económicas presentadas por las empresas licitadoras en sus respectivos sobres 3:
Empresa | Precio global oferta | Puntos V2 |
HABERMAS COMUNICACIÓN S.L./XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX/XXXXXXXX DE LA XXXX XXXXXX (UTE) | 46.600 | 30 |
XXXXXX XXXXX DISEÑO GRÁFICO S.L. | 47.000 | 29,744 |
RAFAROSES&PARTNERS S.L. | 53.000 | 26,377 |
Igualmente acordó en la misma sesión elevar al órgano de contratación la siguiente propuesta de clasificación:
Orden | Empresa | V1 | V2 | TOTAL |
1 | RAFAROSES&PARTNERS S.L. | 68 | 26,377 | 94,377 |
2 | XXXXXX XXXXX DISEÑO GRÁFICO S.L. | 64 | 29,744 | 93,744 |
3 | HABERMAS COMUNICACIÓN S.L./XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX/XXXXXXXX DE LA XXXX XXXXXX (UTE) | 62 | 30 | 92 |
OCTAVO.- Con fecha 21 de enero de 2020 esta Dirección General elevó a definitiva la clasificación realizada por la Mesa de Contratación y acordó requerir a la empresa RAFAROSES&PARTNERS S.L. que remitiese la documentación justificativa de la capacidad para contratar y de sus solvencia técnica y financiera, toda vez que en el Sobre 1, de conformidad con el Pliego de Cláusulas Particulares, solo incluyó la correspondiente declaración responsable.
Con fecha 30 de enero de 2020 la Mesa de Contratación calificó de forma favorable la documentación remitida por XXXXXXXXX&XXXXXXXX S.L. previamente recibida el día
29 de enero de 2020, proponiendo la adjudicación definitiva del contrato a dicha empresa.
F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO.- En virtud de las competencias que en materia de contratación me han sido atribuidas por el Consejo de Administración en sesión de fecha 14 de noviembre de 2019.
SEGUNDO.- Se ha seguido en el presente expediente la tramitación establecida en los art. 321 y concordantes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
TERCERO.- De conformidad con lo establecido en el art. 150 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, “la mesa de contratación o, en su defecto, el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación, en el caso de que la clasificación se realice por la mesa de contratación”.
CUARTO.- De acuerdo con lo establecido en la Instrucción de Contratación 4ª así como en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como en el Pliego de Cláusulas Particulares y demás normativa de aplicación
R E S U E L V O
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente contrato de servicio de diseño gráfico (creatividad, diseño y maquetación) del Teatro de la Maestranza a RAFAROSES&PARTNERS S.L.por un importe de 53.000 € más IVA.
SEGUNDO.- Procédase a notificar la presente resolución de adjudicación definitiva y anúnciese en el perfil del contratante.
TERCERO.- Previa constitución de la correspondiente garantía, formalícese el contrato en el correspondiente documento administrativo, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 153 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Teatro de la Maestranza y Xxxxx xxx Xxxxxx S.A. en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx, en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en todo caso sin que sea admisible el recurso contemplado en el art. 44 LCSP. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que pudieran estimar más conveniente a su derecho.
En Sevilla, a 30 de enero de 2020.
EL DIRECTOR GENERAL,
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx