PLIEGO DE CONDICIONES QUE HABRÁ DE REGIR LA “OBRA DE MEJORA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE AGUAS PLUVIALES DEL CMC”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN ABIERTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN POR MULTICRITERIO
PLIEGO DE CONDICIONES QUE HABRÁ DE REGIR LA “OBRA DE MEJORA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE AGUAS PLUVIALES DEL CMC”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN ABIERTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN POR MULTICRITERIO
(Contratación documentalmente simplificada) (NC 0007/2015)
MARZO 2015
)
INDICE
1. NATURALEZA Y EXTENSIÓN DE LAS NECESIDADES A SATISFACER A TRAVÉS DE LA PRESENTE LICITACIÓN. 14
2. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO 17
3. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. 18
4. DOCUMENTACIÓN QUE TENDRÁ VALOR CONTRACTUAL. 18
5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE 18
6. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS. 18
7. GARANTÍAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA. 19
8. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES 20
9. PROPOSICIONES SIMULTÁNEAS 26
10. PLAZO, LUGAR Y REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. 26
11. MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. 28
12. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO 31
13. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 31
14. PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 34
15. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 34
16. GASTOS 34
17. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 35
)
18. FORMA DE PAGO AL ADJUDICATARIO 37
19. DERECHOS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 38
20. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN 39
21. EXTINCIÓN DE CONTRATO 39
22. GARANTÍAS 41
23. PENALIZACIONES 41
24. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y CONFIDENCIALIDAD. 42
25. RESPONSABLE DEL CONTRATO 43
ANEXO I 44
ANEXO II 46
ANEXO III 49
ANEXO IV 51
)
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Nº: NC 0007/2015
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A.
A) OBJETO DEL CONTRATO:
El objeto de este Pliego es definir el alcance, especificaciones y requisitos para llevar a cabo la “OBRA DE MEJORA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE AGUAS PLUVIALES DEL CMC”, la cual se
detallará en este pliego.
B) PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN Procedimiento de Adjudicación: ABIERTO
Forma de Adjudicación: MULTICRITERIO Tipo de contrato: OBRA
Publicidad: DOG, prensa escrita, plataforma de contratación de la Xunta y web de SOGAMA.
C) PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN
El precio máximo de licitación no será superior a 525.000 € sin IVA.
El valor estimado del contrato según lo establecido en el TRLCSP es de 525.000 € sin IVA
Las ofertas que superen el precio máximo serán rechazadas del proceso de contratación, de conformidad con el artículo 84 del RGCAP.
)
D) LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las proposiciones se presentarán en el siguiente domicilio:
SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A. (SOGAMA) XXXXXX, 00 (XXXXXXXX)
XXXXXXX
(X Xxxxxx) Tlf: 000000000
Fax: 000000000
Plazo de presentación de Ofertas: El plazo de presentación de las ofertas finaliza a las 13:00 horas del día 13 xx xxxxx de 2015.
)
E) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:
✓ VALORACIÓN TÉCNICA (de 0 a 40 puntos): se valorará la propuesta técnica, de acuerdo con los criterios siguientes y con lo solicitado en los apartados Objeto Alcance, y Propuesta Técnica de este pliego de concurso:
– Mejor propuesta de implantación de infraestructuras de acuerdo al Alcance xxx Xxxxxx y al Proyecto Constructivo, hasta 7 puntos.
– Mejor detalle y especificación de los elementos de la obra de acuerdo al Alcance xxx Xxxxxx y al Proyecto Constructivo, hasta 7 puntos.
– Mejor relación y detalle optimizado de medios humanos que se vinculen
expresamente a la ejecución de las obras asociadas, hasta 5 puntos.
–
–
–
–
Mejor relación y detalle optimizado de medios materiales que se vinculen
expresamente a la ejecución de las obras asociadas, hasta 5 puntos. Mejor Dirección de Obra, hasta 5 puntos.
Mejor planificación de las obras, hasta 5 puntos.
Mejor plazo de fin de obra y puesta en marcha de las instalaciones, hasta 6 puntos
No se evaluará la oferta económica de aquellos ofertantes que no alcancen al menos el 50% de
la puntuación de este apartado de valoración técnica.
✓
VALORACIÓN ECONÓMICA (de 0 a 60 puntos):
En primer lugar, se calculará la valoración económica de 1 a 44 puntos por la fórmula elaborada
en el apartado siguiente.
Con el valor obtenido se calculará el valor ponderado desde los 44 puntos iniciales al valor máximo final de 60 puntos empleando la siguiente fórmula:
Punt = PE * 60
i
44
Siendo:
)
Punti = Puntuación oferta económica: De 1 a 60 puntos.
PE = Puntuación obtenida a partir de la fórmula de valoración económica: De 1 a 44
puntos.
VALORACION ECONÓMICA DE 1 A 44 PUNTOS
En función de la proposición económica las ofertas se puntuarán de 1 a 44 puntos según la
fórmula que figura a continuación:
PE = 41 + 3 * Bi – (0,8 * Be )
0.2 * B
para 0,80*B - < B ≤ B
e i e
e
PE = 35 + 6 * Bi – (0,55 * Be )
0.25 * B
para 0,55*B < B ≤ 0,80*B
e i
e
e
PE = 1 + 34 *
Bi (0,55 * B )
para 0 < Bi ≤ 0.55*Be
e
Siendo:
PE = Puntuación económica: De 1 a 44 puntos
Bi = Baja de la oferta para la que se quiere determinar la puntuación calculada como el porcentaje que represente la diferencia entre el presupuesto base de licitación (IVA excluido) y el presupuesto de la oferta presentada (IVA excluido), expresado en tanto por ciento sobre el presupuesto base de licitación (IVA excluido).
Be = Baja de la oferta más económica de todas las admitidas
Además, se tendrá en cuenta que las ofertas que se declaren anormales o
desproporcionadas quedarán excluidas de clasificación de acuerdo con el artículo 152.4 del TRLCSP.
)
A los efectos de consideración de presunción de ofertas con valores anormales o
desproporcionados se considera que están incursas en esa situación (baja temeraria) las proposiciones con una Bi que exceda en 0,5 *σ´al valor de la “baja de referencia” Br
Presunción de temeridad: Bi > Br + 0,5 * σ´
Siendo:
Br = mínimo [Bm , B´m]
Bm=Baja media calculada
n
Bm = i=1
Σ Bi
n
Bi = Baja de la oferta para la que se quiere determinar la puntuación calculada como el porcentaje que represente la diferencia entre el presupuesto base de licitación (IVA excluido) y el presupuesto de la oferta presentada (IVA excluido), expresado en tanto por ciento sobre el presupuesto base de licitación (IVA excluido), de todas las proposiciones admitidas, incluyan o no valores anormales o desproporcionados.
n = Número de ofertas admitidas tras el análisis de la documentación presentada en los sobres A y B, incluyan o no valores anormales o desproporcionados
σ = desviación típica calculada
n
σ =
Σ
i=1
(Bi – Bm )
0
x
x Xxx = media aritmética de las bajas de las ofertas que cumplan la condición
siguiente
)
( Bm – σ ) ≤ Bi ≤ ( Bm + σ )
σ´= desviación típica de las bajas de las ofertas que cumplen la condición anterior
A los efectos de establecer esta media se tendrá en cuenta que cuando las empresas que formen parte de un mismo grupo, según los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, presenten distintas proposiciones, se tomarán únicamente la oferta más baja de todas las del grupo.
OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS:
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, se dará audiencia al licitador que la presentara para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular a lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, con respeto a las disposiciones relativas a la protección del empleo y a las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en el que se va a realizar la prestación, o la posible obtención de alguna ayuda de Estado.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y el informe emitido por el servicio técnico, estima que la oferta no puede cumplirse como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, será excluida de la clasificación, atendiendo a los criterios de adjudicación, de las proposiciones presentadas.
Las proposiciones de carácter económico que presenten individualmente sociedades pertenecientes a un mismo grupo no podrán ser consideradas a los efectos de establecer el precio de referencia para valorar las ofertas económicas e identificar las que deben considerarse como desproporcionadas o temerarias. De esta forma, presentadas distintas proposiciones por estas empresas, se tomará únicamente para aplicar el régimen de ofertas desproporcionadas o anormales la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de las ofertas
)
desproporcionadas o anormales respecto de las restantes ofertas presentadas por empresas del grupo.
)
F) GASTOS DE PUBLICIDAD
Importe máximo a pagar por el adjudicatario: 900 € sin IVA.
G) MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación estará compuesta por:
a. Presidente: el Presidente de SOGAMA, S.A. o en quien este delegue.
b. Vocal 1: Director General de SOGAMA, S.A.
c. Vocal 2 Representante del Departamento económico-financiero de SOGAMA, S.A.
d. Secretario: Representante de la Asesoría Jurídica de SOGAMA, S.A.
En caso necesario, los vocales y el secretario podrán ser sustituidos por quien designe el presidente de la Mesa.
H) GARANTÍA PROVISIONAL: 15.750 euros
I) GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA.
J) CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE:
Para cualquier consulta relacionada con este Pliego de Concurso, el ofertante podrá dirigirse al teléfono, fax o dirección del apartado D.
K) PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo máximo de ejecución de las obras y entrega de la documentación As-Built será de 6 meses desde la firma del contrato.
)
L) SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), los licitadores nacionales deberán acreditar su solvencia mediante la presentación de el/los correspondiente/s certificado/s de clasificación de empresas, que para este contrato es/son:
Grupo E. Hidráulicas
Subgrupo E1. Abastecimientos y saneamientos Categoría d
Para los licitadores pertenecientes a países de la Unión Europea, deberán presentar los certificados de clasificación o documentos similares que acrediten la inscripción en las listas oficiales de empresarios autorizados para contratar, establecidas por los miembros de la Unión Europea. De no tener certificados de clasificación o documentos similares, podrán acreditar su solvencia de conformidad con lo establecido para los licitadores de países extracomunitarios que se citan en el párrafo siguiente.
Para los licitadores pertenecientes a países extracomunitarios, deberán justificar su solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo con el siguiente:
Solvencia económica y financiera: Mediante declaraciones apropiadas de entidades financieras.
Solvencia técnica: Presentarán una relación de los principales servicios o trabajos relacionados con el objeto del contrato prestados en los últimos tres años, añadiendo importes, fechas y destinatarios de los mismos. Se acompañan, certificados emitidos por los receptores de estos servicios en los que se especifiquen los anteriores datos. El importe mínimo de los servicios certificados para cada año no podrá ser inferior a 500.000 € (se entiende como la suma de todos los certificados).
Las ofertas que no incluyan los certificados de clasificación exigidos no serán admitidas a
)
licitación.
)
1. NATURALEZA Y EXTENSIÓN DE LAS NECESIDADES A SATISFACER A TRAVÉS DE LA PRESENTE LICITACIÓN.
1.1. OBJETO DE LA LICITACIÓN
El objeto de este documento es definir el alcance y las condiciones básicas que debe de cumplir la ejecución de la obra de mejora del sistema de gestión de aguas pluviales del CMC a realizar, por parte del Adjudicatario.
1.2. ALCANCE
El Adjudicatario deberá tener en cuenta que el Proyecto Constructivo “Mejora del sistema de gestión de aguas pluviales en el Complejo Medioambiental xx Xxxxxxx”, forma parte integrante de este Pliego de Concurso y contrato, y por tanto del Alcance del mismo, siendo responsabilidad del Adjudicatario su cumplimiento.
Para la ejecución de las obras se estará a lo contenido en este Pliego y a lo detallado en el Proyecto Constructivo “Mejora del sistema de gestión de aguas pluviales en el Complejo Medioambiental xx Xxxxxxx”, que forma parte de este contrato.
El alcance incluye x xxxxx del Adjudicatario:
Ejecución de las obras de mejora del sistema de gestión de aguas pluviales en el CMC según el detalle y alcance del proyecto constructivo que forma parte de este Pliego de Concurso, entre las cuales figuran:
o Construcción de un tanque de tormentas de 150 m3, que alojará las primeras escorrentías (fracción más contaminada) de cada episodio de lluvias, para enviarlas luego a la EDAR existente en el CMC.
o Construcción de un pretratamiento previo al tanque de tormentas.
)
o Acondicionamiento del aliviadero superior de las balsas de pluviales existentes en el CMC.
Nombramiento de Director de Obra independiente, cualificado y competente.
Emisión y Entrega a Sogama del Certificado Fin de Obra Visado y la Documentación AS-Built, incluyendo topografía actualizada en formato electrónico (formato Auto-Cad).
Será x xxxxx del adjudicatario el acopio de los materiales necesarios para la obra, así como el personal y los equipos necesarios para realizar el proyecto y ejecutar los trabajos necesarios.
La estrategia de gestión de las aguas pluviales adoptada por SOGAMA consiste básicamente en someter a las aguas procedentes de la Subcuenca Sur a un pretratamiento, y desviar las que se corresponden con los primeros momentos del episodio lluvioso a un tanque de tormentas desde el cual se enviarán posteriormente a la EDAR en la que se tratan los lixiviados del complejo. El resto de las aguas pluviales de la Subcuenca Sur, junto con las de la Subcuenca Norte, irán a las balsas de regulación (balsas de pluviales), que deberán ser acondicionadas para que puedan realizar su función adecuadamente. En una fase posterior, que no forma parte del Alcance de este Pliego, se enviarán a un futuro sistema de tratamiento de tipo blando (humedales y lagunaje).
El Alcance del presente Pliego de Concurso comprende la materialización de la primera y más importante fase de esta estrategia, que incluye el pretratamiento, el tanque de tormentas y el acondicionamiento de las balsas.
Pretratamiento
En general, todas las aguas pluviales de la “Subcuenca Sur” de las “pluviales derecha” del CMC pasarán por el pretratamiento ubicado a la entrada del canal de tiempo seco del tanque, aunque existe la posibilidad de seguir funcionando de la forma que se viene realizando, para casos en los que sea preciso realizar trabajos de reparación o mantenimiento en el tanque.
)
Para ello, se instalará una compuerta mural a la entrada al tanque y otra en la arqueta de conexión con las pluviales.
El pretratamiento consistirá en una reja longitudinal de desbaste automática xx xxxxxx con rastrillos múltiples. El pretratamiento funcionará de forma automática, programándose su limpieza en función del caudal circulante o de la pérdida de carga que se genera en las rejas. Los residuos serán extraídos por la reja automática y caerán al contenedor dispuesto en el exterior del tanque.
Tanque de tormentas
En general, todas las aguas pluviales de la ”subcuenca sur” de las “pluviales derecha” del CMC pasarán por el canal de tiempo seco del tanque. De estas aguas, sólo se dejarán pasar a la EDAR físico-química las que admita la planta. En general, esta limitación se efectuará automáticamente mediante la válvula vórtex que se instalará a la salida del tanque, que limita el caudal máximo de paso a unos 8l/s. Para poder limitar más el caudal de paso a la EDAR, en caso de sobrecarga de la planta, o para anular el paso, en caso de avería en la planta, se instalará una compuerta aguas abajo de la válvula vórtex, que en general permanecerá abierta.
Aliviadero superior de las balsas de pluviales
En general, las balsas de decantación funcionarán con una apertura de unos 5mm en las nuevas compuertas que se instalarán (prácticamente cerradas), lo que permitirá un vaciado “lento” de las mismas. Esta pequeña apertura permite que las balsas se vacíen lentamente después de un suceso de lluvia, de forma que se pueda llevar a cabo la decantación en el fondo de gran parte de las partículas en suspensión. Los paneles dispuestos aguas arriba del canal de desagüe proyectado en el que se instalará la compuerta permanecerán en la configuración que figura en los planos de proyecto. De esta forma, el panel ciego inferior tiene como misión el impedir que se desagüe el volumen muerto de la balsa, lo que provocarían una resuspensión del material decantado, mientras que el panel superior tiene como misión la de desbastar materiales que se hayan podido incorporar tras el pretratamiento en el tanque de tormentas.
)
En cuanto al aliviadero de emergencia de las balsas, permanecerá con todos los paneles montados, tal y como se representa en los planos, con los paneles ciegos en la parte inferior del aliviadero y el panel de reja de desbaste en la parte superior, que tiene como función la de desbastar materiales que se hayan podido incorporar tras el pretratamiento en el tanque de tormentas. La disposición de los paneles ciegos en las balsas permite el almacenamiento de un volumen elevado de agua, dejando un resguardo de 30cm.
2. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que se suscriba al amparo del presente Xxxxxx tendrá naturaleza privada, y se regirá:
a) En cuanto a su preparación y adjudicación, por lo establecido en el presente Xxxxxx, así como por las Instrucciones Internas de Contratación de SOGAMA, S.A. y para lo no previsto en estos documentos, será de aplicación:
1. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público (TRLCSP).
2. Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en todo aquello que no resulte contrario al TRLCSP.
3. Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
b) En cuanto a sus efectos y extinción, por las normas de Derecho Privado.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las cuestiones que se susciten en relación a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos privados.
Los licitadores renuncian expresamente al foro jurisdiccional que, en su caso, pudiera corresponderles, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los juzgados o tribunales de la ciudad de A Coruña.
)
3. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
La adjudicación del contrato objeto del presente Pliego de Condiciones será adjudicado mediante procedimiento abierto y forma de adjudicación multicriterio, de tal manera que la adjudicación del mismo recaerá en la oferta económicamente más ventajosa de conformidad con los criterios de valoración contenidos en el presente Pliego de Condiciones.
4. DOCUMENTACIÓN QUE TENDRÁ VALOR CONTRACTUAL.
Tendrán valor contractual los siguientes documentos con el siguiente orden de prelación:
- Documento de formalización del contrato.
- Proyecto Constructivo “Mejora del Sistema de Gestión de Aguas Pluviales en el Complejo Medioambiental xx Xxxxxxx”.
- Oferta del licitador adjudicatario, aceptada por la sociedad.
5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE
El órgano de contratación de SOGAMA para este expediente será el Presidente de la Sociedad.
El acceso al perfil del contratante de SOGAMA se realizará de la siguiente forma:
Acceso página web xxx.XXXXXX.xx, o en la Plataforma de contratación de la Xunta de Galicia página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
6. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS.
o Estarán facultadas para contratar con SOGAMA, S.A. las personas físicas y jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen incursas en algunas de las prohibiciones comprendidas en el art. 60 del TRLCSP.
o Asimismo, será requisito para contratar con SOGAMA, S.A., que las personas físicas y jurídicas tengan una finalidad o actividad relacionada directamente con el objeto del contrato y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
)
o Además de lo anterior, todos los licitadores deberán acreditar su solvencia económica y financiera y su solvencia técnica o profesional, en los términos establecidos en el apartado correspondiente del cuadro de características del contrato.
o De presentarse a la licitación uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor, será necesario que los empresarios integrados en ella indiquen sus nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios.
Asimismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante SOGAMA, S.A. y nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes ante dicha Sociedad para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
o Si durante la tramitación del presente expediente de contratación y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares para poder participar en el procedimiento de adjudicación, de conformidad con el art. 149 del TRLCSP.
7. GARANTÍAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA.
A. Los que deseen tomar parte en el presente procedimiento de licitación habrán de
)
constituir un aval bancario como garantía provisional por un importe de 15.750 euros.
B. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, una vez se efectúe la adjudicación del contrato o se declare desierta la licitación. Esta garantía provisional será incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
C. El licitador que resulte propuesto como adjudicatario deberá acreditar, en cualquiera de las modalidades especificadas en el artículo 96 del TRLCSP en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido requerimiento a tal efecto del órgano de contratación, la constitución de una garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación excluido el IVA, el cual se calculará tomando como base el precio ofertado y la duración del contrato, debiendo acreditarse su constitución mediante la entrega del correspondiente justificante ante el órgano de contratación. De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 151.2, párrafo tercero, del TRLCSP.
D. Los anteriores avales deberán ser de carácter indefinido y serán pagaderos a primer requerimiento de SOGAMA y además estar inscritos en el Registro General de Avales.
E. Se acompaña al Pliego un modelo de aval bancario como Anexo I y modelo de certificado de seguro de caución como Anexo II.
8. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
La documentación para la presente licitación se presentará en sobres cerrados, de forma que se garantice el secreto de la oferta, identificado en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurre, y firmado por el licitador, o la persona que lo represente, e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa.
Las proposiciones se ajustarán a los modelos que se incorporan al presente Pliego y se efectuarán en dos sobres, debidamente cerrados y sellados, identificados con las letras A y B, en los que se incluirá la documentación que a continuación se indica:
)
8.1. Sobre A – Documentación Administrativa.
En el Sobre A figurarán los siguientes documentos, originales o copias de los mismos que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación vigente, acompañados, en hoja independiente, de una relación de todos los documentos que el licitador incluya en este sobre.
a) Documentación acreditativa de la personalidad empresarial, la capacidad de obrar de los licitadores y la representación.
Dado que se trata de un procedimiento de contratación documentalmente simplificado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, el licitador deberá presentar declaración responsable conforme al modelo previsto como ANEXO IV a este pliego de condiciones, en el que se exprese que posee la plena personalidad jurídica y de obrar, actúa con poder bastante para la representación en su caso y no se encuentra incurso en ninguna causa de prohibición para contratar.
En el supuesto de que se presenten proposiciones suscritas conjuntamente por varios licitadores como Unión Temporal de Empresas (UTE), los integrantes de dicha UTE deberán cubrir el ANEXO I de este pliego, incorporando además un compromiso por los licitadores para constituir una UTE en el caso de que sean adjudicatarios. En todo caso, los empresarios que deseen concurrir integrados en ellas deberán indicar en la propuesta los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios. El escrito habrá de estar firmado por los representantes de las diversas empresas promotoras así como por el apoderado único que estarán obligadas a nombrar las empresas incluso para el período de licitación.
El licitador queda obligado, en el supuesto de que recaiga a su favor la propuesta de adjudicación y previamente a la adjudicación del contrato, a
)
justificar la posesión y validez de los documentos correspondientes mediante los originales o copias cotejadas de los siguientes documentos:
1. En caso de empresarios individuales, deberán presentar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o del documento que reglamentariamente lo sustituya, con expresión de las circunstancias personales y el domicilio.
2. Las personas jurídicas deberán aportar escritura de constitución y/o modificación, en su caso, inscrita en Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatuto o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en el correspondiente Registro Oficial.
3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
5. Para las empresas extranjeras, en los casos en los que el contrato vaya a ejecutarse en España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto
)
pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán documentación acreditativa de la representación mediante escritura de apoderamiento original o compulsado por notario u Organismo Administrativo competente.
7. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su documento nacional de identidad.
8. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
9. Cuando dos o más empresarios presenten una oferta conjuntamente, cada uno de ellos acreditará la representación en la forma descrita anteriormente.
b) Documentación relativa a la solvencia económica y financiera.
Los licitadores, tanto nacionales como extranjeros, deberán justificar su solvencia económica y financiera con arreglo a lo dispuesto en apartado correspondiente del cuadro de características del contrato.
c) Documentación acreditativa de la solvencia técnica.
Los licitadores tanto nacionales como extranjeros, deberán justificar su solvencia técnica o profesional con arreglo a lo dispuesto en el apartado correspondiente del cuadro de características del contrato.
d) Documentación de Inscripción en el Registro General de Contratistas de la Xunta de Galicia
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del decreto 262/2001, de 20 de septiembre, por el que se refunde la normativa reguladora del Registro General de Contratistas de la Xunta de Galicia, los licitadores inscritos en el mismo, quedarán exonerados de aportar la documentación que se encuentra vigente en dicho registro el último día de presentación de las proposiciones relativa a la acreditación de la capacidad jurídica, representación y
)
clasificación, si es el caso. Tampoco tendrá el licitador inscrito en el registro de contratistas que aportar los certificados de cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, con la autonómica gallega y con la seguridad social, ni la justificación de estar de alta y al corriente de pago del Impuesto de Actividades Económicas (o acreditativa de exención), en el caso de que obren en poder de dicho registro y estén vigentes en el último día de plazo para presentar proposiciones.
En el caso de que el licitador esté inscrito en el Registro General de Contratistas de la Xunta de Galicia, deberá indicarse de forma clara en el exterior del sobre A el número de inscripción del licitador en dicho registro.
e) Resguardo aval
En este sobre deberá introducirse el aval bancario exigido en el apartado correspondiente de este pliego de condiciones.
8.2. Sobre B – Propuesta económica y técnica En este sobre se incluirán:
Propuesta técnica,
La oferta técnica deberá de componerse de los siguientes apartados a fin de proceder a la evaluación y valoración de la misma:
Propuesta de implantación de infraestructuras de acuerdo al Alcance xxx Xxxxxx y al Proyecto Constructivo. Se presentará una propuesta de implantación con ayuda de planos y esquemas, y se describirá de forma resumida.
Detalle y especificación de los elementos de la obra de acuerdo al Alcance xxx Xxxxxx y al Proyecto Constructivo. Se detallarán los elementos principales que componen la obra y se especificarán en detalle aquellos que sean considerados mas importantes.
Relación y detalle optimizado de medios humanos que se vinculen expresamente a la ejecución de las obras asociadas.
)
Relación y detalle optimizado de medios materiales que se vinculen expresamente a la ejecución de las obras asociadas.
Dirección de Obra. Se definirá el perfil asociado al puesto de Dirección de Obra y se especificarán sus funciones.
Planificación de las obras. Se presentará un cronograma de trabajos asociados a la obra y se describirán los mismos.
Plazo de fin de obra y puesta en marcha de las instalaciones. Se especificará un plazo máximo de entrega de la obra, después de su finalización y pruebas de puesta en marcha.
Deberán incluirse, además de todo lo relacionado en el alcance, aquellos conceptos que a juicio del ofertante sean necesarios para la correcta consecución del objetivo del Concurso y que no se encuentren especificados en el mismo ni en los puntos citados en el párrafo anterior.
La presentación de esta proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de la totalidad de las cláusulas xxx xxxxxx y del cuadro de características que lo precede, sin reserva ni salvedad alguna.
Propuesta económica.
La Propuesta Económica se cumplimentará de acuerdo al modelo de propuesta económica incluida como anexo III.
La Propuesta Económica consistirá en un precio total en € sin IVA para la totalidad de la obra solicitada en el alcance de este pliego de Concurso.
La inclusión de la documentación en un sobre distinto a los señalados será causa automática de exclusión de la licitación.
La Propuesta Económica deberá incluir todos los conceptos solicitados en este Pliego. La no inclusión o valoración, en la elaboración de la oferta, de alguno de los conceptos solicitados en el presente Pliego de Concurso o aquellos otros que sean de aplicación, no podrán dar lugar a
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ningún tipo de extracoste.
9. PROPOSICIONES SIMULTÁNEAS
1. En la licitación del contrato regulado en el presente Xxxxxx, cada licitador no podrá presentar más de una proposición.
2. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal.
3. La infracción de lo previsto en los dos párrafos anteriores dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
10. PLAZO, LUGAR Y REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
10.1. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones.
1. El plazo de presentación de las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, finaliza a las 13:00 horas del día 13 xx xxxxx de 2015.
2. En cuanto al lugar de presentación de las proposiciones, éstas deberán presentarse en la sede de SOGAMA, S.A, situada en Xxxxx Xxxxxx, 00, Xxxx, 00.000, Xxx Xxxxx- Xxxxxxxx, Xxxxxxx (X Xxxxxx), Tlf. 000 00 00 00, y Fax 000 00 00 00.
3. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de Correos, y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición, si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio.
No obstante, no será admitida en ningún caso, la documentación que no se recibiera transcurridos 10 días naturales desde la finalización del plazo fijado para la admisión de propuestas.
4. Una vez entregada o remitida la documentación, ésta no podrá ser retirada salvo por causa justificada.
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5. Cuando la proposición se presente en las dependencias señaladas por el órgano de contratación, éste registrará la solicitud de participación y devolverá una copia sellada de la misma como resguardo de la participación.
10.2. Requisitos de la documentación.
1. La presentación de proposiciones presume por parte del concurrente la aceptación incondicionada de las cláusulas del presente Xxxxxx y de los restantes documentos que tienen carácter contractual, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con SOGAMA, S.A. Cualquier salvedad se entenderá en todo caso como no puesta.
2. Las proposiciones se presentarán en lengua castellana y/o gallega y toda la información debe facilitarse tanto en papel impreso como en soporte informático. En caso de discrepancia entre los datos o información de ambos soportes prevalecerá la contenida en la documentación presentada en papel impreso.
3. Las proposiciones se presentarán escritas a máquina u otro tipo de impresión mecánica o informática, y no se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, errores o enmiendas que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta.
4. La totalidad del coste de la elaboración de la documentación para la confección de las ofertas que se presentan al concurso serán por cuenta de los licitadores, que no podrán reclamar compensación económica alguna en caso de no resultar adjudicatarios.
5. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que SOGAMA, S.A. estime fundamental para la oferta, o que incurra en los supuestos establecidos en el artículo 84 del RGCAP.
6. Las ofertas tendrán una validez mínima de 6 meses, contados a partir de la fecha de apertura de las proposiciones.
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7. Las proposiciones serán secretas y quedarán bajo la custodia de SOGAMA, S.A. a disposición de la Comisión de Selección, hasta el momento señalado para el acto de apertura de plicas.
8. Una vez presentada la oferta, el licitador no podrá retirarla, quedando obligado a cumplir el contrato, si le fuese definitivamente adjudicado, que será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las cláusulas y los pliegos que le sirven de base, cuyas condiciones jurídicas y económicas sólo podrán modificarse con base a las causas admitidas en el presente Pliego y en la legislación aplicable
11. MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
11.1. Mesa de Contratación.
El órgano de contratación, para la adjudicación del contrato, estará asistido de una mesa de contratación con la constitución que se ha indicado en el apartado 8 del cuadro de características. En caso de ausencia de cualquiera de sus miembros, las personas encargadas de la designación de estos nombrarán los que deban sustituirlos.
Se podrá incorporar con carácter facultativo a la Mesa de Contratación, personal técnico especializado para valorar aquellos criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y no sean evaluables de forma automática.
En cuanto al régimen de convocatoria de funcionamiento de la mesa de contratación se estará a lo dispuesto respecto a los órganos colegiados en la ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del procedimiento Administrativo Común, en la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración General y del sector público autonómico de Galicia y en el Reglamento de desarrollo parcial de la LCSP aprobado por el RD 817/2009.
En los casos en lo que para la valoración de las propuestas deban ser tenidos en cuenta criterios distintos al precio, el órgano competente podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuanto informes técnicos considere precisos. Así mismo, podrán solicitarse
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estos informes cuando sea necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx xxxxxx.
11.2. Calificación previa.
1. Antes de la fecha de la apertura pública de ofertas económicas, la Comisión de Selección realizará una comprobación y calificación de la documentación presentada por los licitadores (sobre A).
2. Si la comisión observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados, o a través de cualquier otro medio que acredite su recepción por los licitadores, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación.
3. No tendrán en ningún caso la consideración de defectos subsanables la falta o insuficiencia de prestación de la garantía provisional.
11.3. Apertura del Sobre B.
1. Una vez calificada la documentación del Sobre A, y solventado, de haber existido, el trámite de subsanación de errores y, en su caso, una vez se haya procedido a determinar las empresas que se ajusten a los criterios de selección se procederá al acto de apertura de las proposiciones técnicas y económicas de las ofertas admitidas (Sobre B), que se realizará en las oficinas de la sociedad en Cerceda (A Coruña), x/ Xxxxxx 00, el día 23 xx xxxxx de 2015 a las 11:00 horas.
2. Comenzará el acto de apertura de proposiciones dándose lectura al anuncio del contrato y procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuren en los certificados expedidos por el personal de SOGAMA, S.A., hecho lo cual se dará conocimiento al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados.
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3. El Presidente manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de éstas últimas, y notificará el resultado de la calificación en los términos previstos en el artículo 82 del RGCAP.
4. Las ofertas que correspondan a las proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos.
5. Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos a que se refiere el artículo 81.2 del RGCAP.
6. A continuación, el Secretario abrirá el Sobre B, y el Presidente dará lectura de las proposiciones económicas de los licitadores admitidos.
7. Tras lo anterior se levantará la sesión levantando acta de la misma el Secretario con el VºBº del Presidente.
8. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será rechazada por la Mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
11.4. Propuesta de adjudicación.
Concluida la lectura y tras el estudio y baremación de las ofertas presentadas, en el plazo máximo de dos meses a contar desde el último día de presentación de ofertas, la
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Mesa de Contratación elevará propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación a favor del licitador que efectuase la mejor oferta en su conjunto.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto frente a SOGAMA, S.A. mientras no se haya adjudicado el contrato por acuerdo del Órgano de Contratación
12. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO
Los criterios a tener en cuenta para la adjudicación son los que se establecen en el apartado correspondiente del cuadro de características de este Pliego.
13. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
1. La Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos en este pliego, a cuyo efecto, cuando deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios de adjudicación, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes.
2. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, el plazo máximo para efectuar la adjudicación es de dos meses, contados desde la apertura de las proposiciones.
3. La Mesa de Contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego.
4. La adjudicación al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando de conformidad con el artículo 152 del TRLCSP la Mesa de Contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados.
5. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que acredite el requisito de encontrarse al corriente en el cumplimiento
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de sus obligaciones con la Seguridad Social y Tributarias, impuestas por legislación vigente, y ello en los términos siguientes:
⮚ Obligaciones tributarias
Con carácter previo a la adjudicación, y dentro del plazo xx xxxx días hábiles señalado, la empresa que vaya a resultar adjudicataria del contrato deberá acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. A tal efecto, las circunstancias expresadas en el artículo 13 del RGCAP se acreditarán mediante certificación administrativa expedida por el órgano competente (en la cual se hará constar el carácter positivo o negativo de la misma), excepto la circunstancia referida en el art. 13.1.a), cuya acreditación se efectuará mediante la presentación del alta y, en su caso, del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas. Además será necesario, a efecto de que quede constancia de la no existencia de deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma de Galicia, certificación administrativa expedida por el órgano competente de la misma.
⮚ Obligaciones de Seguridad Social
Con carácter previo a la adjudicación contractual, y dentro del plazo xx xxxx días hábiles señalado, la empresa que vaya a resultar adjudicataria del contrato deberá acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social. A tal efecto las circunstancias expresadas en el artículo 14 del RGCAP, se acreditarán mediante certificación expedida por el órgano competente, en la cual deberá hacerse constar el carácter positivo o negativo de la misma.
No obstante, cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los citados artículos 13 y 14 del RGCAP, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
También será requerido el licitador que realizase la oferta más ventajosa para que, dentro del citado plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el requerimiento formulado a tal efecto, acredite y documente haber constituido la garantía definitiva que sea procedente y la disponibilidad efectiva de los medios que se hubiese
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comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al art. 64.2 del TRLCSP.
Deberá presentar también la documentación correspondiente a la capacidad de obrar y representación que se cita en el artículo correspondiente de este pliego de condiciones.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
6. Cuando el órgano de contratación se aparte de las propuestas elevadas por la Mesa de Contratación, deberá motivar su decisión.
7. De no dictarse el acuerdo de adjudicación dentro de plazo, los empresarios admitidos tendrán derecho a retirar su propuesta y a que se les devuelva o cancele la garantía que hubiesen prestado.
8. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
9. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante de SOGAMA.
El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya declarado de conformidad con lo previsto en el art. 13.2.d) del TRLCSP. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el
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artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
14. PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El contrato se perfecciona con su formalización.
En el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá suscribir el correspondiente contrato privado.
El documento de formalización del contrato deberá contener las menciones y datos establecidos en el artículo 26 del TRLCSP y en el art. 71, apartados 3, 4, 6 y 7 del RGCAP.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, SOGAMA, S.A., podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional.
El contrato se suscribirá bajo el riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
15. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo máximo de ejecución de las obras y entrega de la documentación As-Built será de 6 meses y comenzará a contar desde la fecha de la firma del mismo.
En cualquier caso el contrato se entenderá otorgado a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
16. GASTOS
Serán por cuenta del adjudicatario los gastos y tributos de la formalización del contrato, así como cualesquiera impuestos, tasas o arbitrios de índole estatal, autonómica o municipal, que pudieran gravar el contrato, y demás gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.
)
Será por cuenta del Adjudicatario los costes por concepto de visados, licencias, permisos, autorizaciones requeridas para la realización de la obra objeto del presente Pliego de Condiciones.
17. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Sin perjuicio de las demás obligaciones y responsabilidades, expresamente reflejadas en este Pliego y en el correspondiente contrato, el adjudicatario contratado se compromete, en su ejecución, al cumplimiento de lo siguiente:
a) Obligación principal.
Será obligación principal del adjudicatario la ejecución del contrato a su cuenta y riesgo, con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego y demás normas de aplicación.
b) Cumplimiento de plazos
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del Contrato.
c) Subcontrataciones
El Adjudicatario someterá a la aprobación de SOGAMA las subcontrataciones que piense realizar, así como las variaciones que sobre las mismas hubiese.
El Adjudicatario será el único responsable de las subcontrataciones realizadas.
d) Dirección y organización de la obra
La empresa contratista, bajo la supervisión de SOGAMA, S.A., aportará su propia dirección y gestión del contrato siendo responsable de la organización de la prestación contratada, de la calidad técnica de las obras que desarrolla y de las prestaciones realizadas.
Asimismo, dispondrá para la ejecución del contrato de una estructura jerarquizada, con un responsable que se encargará de impartir a sus trabajadores las correspondientes órdenes, criterios de realización de la prestación objeto del contrato, directrices, etc.
e) Obligaciones laborales y sociales
En ningún caso el otorgamiento del contrato supondrá la existencia de una relación laboral entre SOGAMA, S.A., y el contratista.
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El personal necesario para la ejecución del contrato dependerá exclusivamente de la entidad adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empleador respecto de éste, siendo SOGAMA, S.A., del todo ajena a las referidas relaciones. Por consiguiente, en ningún caso podrá alegarse derecho alguno por el referido personal en relación con SOGAMA, S.A., ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aun en el supuesto de que los despidos o medidas que la empresa adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato.
El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal destinado a la realización del objeto del contrato, asumiendo de forma directa y no trasladable a SOGAMA, S.A., el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo y/o en sus retribuciones, ya sea como consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, de modo que, en ningún caso, podrá repercutir las referidas modificaciones sobre el importe que se facturará por la realización del objeto contractual. La entidad adjudicataria queda obligada, respecto del personal destinado a la obra, al cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales que se encuentre vigente en cada momento.
En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole acontecido a los trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario cumplirá con lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que éstas alcancen de ningún modo a SOGAMA, S.A.
Es responsabilidad de la empresa contratista y de sus encargados impartir todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices a sus trabajadores, siendo SOGAMA, S.A., completamente ajena a estas relaciones laborales. Corresponde asimismo a la empresa contratista la vigilancia del horario de trabajo de los trabajadores, las posibles licencias horarias o permisos o cualquier otra manifestación de las facultades del empleador. En todo caso, en la forma establecida en estos pliegos, la realización de la prestación objeto del contrato debe quedar siempre convenientemente cubierta.
Es responsabilidad de la empresa contratista facilitar a sus trabajadores los medios materiales precisos para llevar a cabo su trabajo.
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El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de estas disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para SOGAMA, S.A.
f) Daños, perjuicios y accidentes a terceros
Será responsabilidad del Adjudicatario la derivada directa o indirectamente de daños y perjuicios ocasionados a terceros por las acciones llevadas a cabo para la ejecución del Contrato en virtud del objeto de este Concurso. En los casos en que tales daños y perjuicios sean ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden del órgano de contratación de SOGAMA S.A., será éste el responsable dentro de los límites señalados en las Leyes.
Al efecto, el Adjudicatario mantendrá a su xxxxx hasta la terminación del objeto del Contrato, como mínimo, los siguientes contratos de seguros:
a) De accidentes de trabajo y Seguros Sociales de su personal, conforme a la legislación que le resulte de aplicación.
b) De Responsabilidad Civil Extracontractual que garantice el pago de las indemnizaciones a que el Adjudicatario resultase obligado frente a terceros como civilmente responsable de los daños accidentales causados a los mismos, en sus personas o en sus bienes por acción o por omisión, y ya sea directa o subsidiaria tal responsabilidad, como consecuencia de la ejecución del objeto del Contrato. El límite de indemnización mínimo a establecer será 601.012 €.
El adjudicatario indicará la cobertura y la prima a pagar por cada seguro. SOGAMA se reserva el derecho a comprobar y exigir que se cumplan las mismas.
Las posibles cantidades a establecer con franquicia serán a cargo del adjudicatario.
18. FORMA DE PAGO AL ADJUDICATARIO
La Obra de Mejora del Sistema de Gestión de Pluviales del CMC se facturará de acuerdo a los siguientes hitos de facturación:
• 20% al inicio de las obras.
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• 50% a la finalización de las obras.
• 30% a la entrega a Sogama de la documentación de fin de obra y pruebas de puesta en marcha de acuerdo con la funcionalidad del proyecto.
Los pagos se efectuarán en el máximo plazo permitido por la normativa de aplicación vigente en cada momento mediante pagaré y/o transferencia reservándose SOGAMA el derecho de transferencia del pago antes de la fecha estipulada.
19. DERECHOS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Son derechos del órgano de contratación los siguientes:
✓ Interpretar el contrato.
✓ Resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
✓ Modificar el contrato en los términos establecidos en el TRLCSP y especialmente en relación a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 14/2013 de 26 de diciembre de racionalización del sector público autonómico en cumplimiento de los principios de sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria.
o La modificación del contrato por cumplimiento de los principios de sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria tendrá la consideración de modificación prevista conforme a lo establecido en el artículo 106 de TRLCSP. El procedimiento para dicha modificación será el establecido en el artículo 211 del TRLCSP, dándose audiencia al contratista.
o El límite máximo de reducción del presupuesto del contrato será del 40% y se efectuará mediante la reducción del volumen de deberes del contratista, siempre que esto sea posible. La reducción del precio del contrato será proporcional a la reducción de las prestaciones, de forma que se respete la ecuación financiera del contrato originario, sin alterar su equilibrio económico.
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Las modificaciones podrán afectar a una reducción del personal adscrito a la ejecución del contrato.
✓ Se entiende que concurren causas económicas que justifican la modificación, cuando se produzca un descenso en la transferencia de subvenciones finalistas de la Administración respecto de las previsiones efectuadas inicialmente en la aprobación de los presupuestos que financian las prestaciones contratadas; se adopten medidas legales de ajuste que determinen la modificación del contrato o se adopten medidas derivadas de un plan de ajuste aprobado de acuerdo con la normativa vigente de estabilidad presupuestaria por las autoridades competentes.
✓ Acordar la resolución del contrato y determinar sus efectos.
20. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
1. Para la cesión del contrato deberán observarse las previsiones contenidas en el artículo 226 del TRLCSP, siendo asimismo necesario que el cesionario tenga la capacidad exigida para contratar al cedente del contrato.
2. La subcontratación de parte del objeto del contrato se ajustará a lo previsto por el artículo 227 del TRLCSP.
El Adjudicatario someterá a la aprobación de SOGAMA, S.A. las subcontrataciones que piense realizar, así como las variaciones que sobre las mismas hubiese.
El Adjudicatario será el único responsable de las subcontrataciones realizadas.
21. EXTINCIÓN DE CONTRATO
El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento, o bien por su resolución.
1 Cumplimiento y recepción
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este realizase, de acuerdo con los términos de este y a satisfacción de la Sociedad la totalidad de su objeto.
)
La recepción del objeto del contrato exigirá por parte de la Sociedad un acto formal y positivo de conformidad dentro del plazo de 30 días, contados desde la realización del objeto contractual.
La Sociedad determinará si las prestaciones realizadas por el contratista se ajustan a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, si es el caso, la realización de las prestaciones contratadas y la enmienda de los defectos observados con ocasión de su recepción.
Si los trabajos efectuados no se ajustasen a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazarla quedando exento de pago y teniendo derecho, si es el caso, a la recuperación del precio satisfecho.
2 Resolución
Serán causas de resolución de los contratos firmados por SOGAMA, S.A.:
- Incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del Adjudicatario.
- La falta de constitución de la garantía por parte del adjudicatario del contrato.
- Demora del contratista en el cumplimiento de los plazos contractuales
- La no formalización del contrato en la forma prevista en el pliego rector de la licitación.
- El mutuo acuerdo de las partes.
- La muerte o la incapacidad temporal del contratista individual en los casos en los que no fuera posible la continuación del objeto del contrato por parte de su heredero o sucesor legal.
- La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista excepto en los casos de fusión de empresas en las que participe la sociedad contratista, en los que continuara el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones
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dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividades de las mismas, continuará el contrato con la entidad resultante o beneficiaria, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la adjudicación.
- Las demás causas específicamente establecidas respecto del contrato de obras por el TRLCSP.
El levantamiento de tres Actas de Incidencias consecutivas podrá ser motivo de resolución de contrato, con incautación de fianza definitiva e indemnización de los daños causados a Sogama, a su personal o a terceros.
22. GARANTÍAS
- Garantía de plazo de ejecución de los trabajos. El adjudicatario se compromete a la ejecución de los trabajos en el plazo establecido en el presente Pliego de Concurso.
- Garantía de funcionalidad de acuerdo con lo especificado en el Proyecto Constructivo que forma parte de este Pliego de Concurso.
23. PENALIZACIONES
Las penalizaciones, en porcentaje del importe total del contrato, serán las siguientes:
– Garantía de plazo de ejecución de los trabajos: el adjudicatario garantizará el cumplimiento del plazo de ejecución establecido en el presente Pliego de Concurso. En caso de incumplimiento, Sogama aplicará un 2% del importe de adjudicación por cada semana de retraso, hasta un máximo de cuatro semanas.
– Garantía de funcionalidad: A la finalización de las obras se efectuarán las correspondientes pruebas de puesta en marcha para comprobar que se consigue la funcionalidad especificada en el Proyecto Constructivo. De no ser así, el Adjudicatario
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tendrá un mes de plazo para proceder a hacer los trabajos de reparación o ajuste necesarios para conseguir la funcionalidad esperada. El incumplimiento en la calidad y funcionalidad de la obra contratada supondrá una penalización del 10% del importe contratado. El adjudicatario, además de la penalización establecida, estará obligado a efectuar a su xxxxx, las reparaciones, modificaciones y sustituciones necesarias para alcanzar las características técnicas y funcionalidad exigidas en este Pliego de Concurso.
24. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y CONFIDENCIALIDAD.
Los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. Para el caso de que la contratación implique el acceso del contratista a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable SOGAMA, aquél que tendrá la consideración de encargado del tratamiento. En este supuesto, el acceso a estos datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla lo previsto en el artículo 12.2 y 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
Cuando finalice la prestación contractual los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos a SOGAMA o al encargado de tratamiento que ésta hubiese designado. El tercero encargado del tratamiento, conservará debidamente bloqueados los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con la entidad responsable del tratamiento.
En el caso de que un tercero trate los datos personales por cuenta del contratista, encargado del tratamiento, deberán de cumplirse los siguientes requisitos:
- Que el contratista encargado del tratamiento de datos de carácter personal se ajuste a las instrucciones del responsable del tratamiento.
- Que el contratista encargado del tratamiento y el tercero formalicen el contrato en los términos previstos en el artículo 12.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
En estos casos el tercero tendrá también la consideración de encargado del tratamiento.
)
El contratista está obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato, el plazo de garantía (de ser el caso) y los cinco años posteriores en los términos del artículo 140 del TRLCSP.
25. RESPONSABLE DEL CONTRATO
SOGAMA nombrará un responsable del contrato, que será persona de su organización con titulación adecuada y suficiente y será directamente responsable de la comprobación, coordinación y vigilancia correcta realización del objeto y alcance del contrato.
Las principales funciones del responsable del contrato son las de interlocución con el contratista, dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos, proponer las modificaciones que estime oportunas en la ejecución de los trabajos en orden a un mejor cumplimiento del objeto del contrato, formular liquidación de la labor realizada dando conformidad si es el caso a las facturas presentadas por el adjudicatario y tramitar cuantas incidencias surjan en el desarrollo de los trabajos objeto del contrato.
)
ANEXO I MODELO DE AVAL
)
MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF , con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en
, código postal , localidad , y en su nombre
(nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA A
(nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público (TRLCSP) para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato y obligación asumida por el garantizado), ante la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A., con C.I.F. nº , por importe de (en letra y cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
El presente aval estará en vigor hasta que la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(razón social de la entidad) (firma de los apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR
Provincia, Fecha, Número o Código.
)
ANEXO II
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
)
ANEXO II
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número (1)
(en adelante, asegurador), con domicilio en
(xxxxx), y NIF , debidamente representado por Don/Doña
(2), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA A
(3) , NIF
en concepto de tomador del seguro, ante la
SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A., con C.I.F. nº , en adelante,
asegurado, hasta el importe de (en letra y cifra) (4), en los términos y condiciones
establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público (TRLCSP), normativa de desarrollo
y Pliego de condiciones por la que se rige el contrato (5) , en concepto de
garantía provisional para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se pueden derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguiente, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, en caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado, al primer requerimiento, en los términos establecidos en la normativa de contratos del Sector Público.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A., o quien en su nombre habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
)
En , a de de
Fdo.: (Asegurador)
BASTANTEO DE PODERES POR
Provincia, Fecha, Número y Código.
Instrucciones para la cumplimentación del modelo.
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Importe en letra, por el que se constituye el seguro.
Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
)
ANEXO III
MODELO PROPUESTA ECONOMICA
)
D. , con domicilio en - , provisto de D.N.I. núm. expedido en , con fecha , en nombre y representación de , CIF núm.
(cuya representación acredita con escritura de poder que se que incluye en el “Sobre A: Documentación Administrativa”), sabedor de la licitación por anuncio publicado en en fecha , y de las condiciones y requisitos que se exigen para concurrir a la licitación y adjudicación del contrato de , por procedimiento abierto, para
.
DECLARA
1. Que conoce el Pliego de condiciones y sus anexos que contienen las condiciones técnicas y económicas que le sirven de base a la convocatoria del citado contrato, y que los acepta incondicionalmente en la totalidad de su contenido.
2. Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con SOGAMA, S.A., y que se compromete en nombre de , a cumplir el contrato con estricta sujeción a los documentos citados de acuerdo con la siguiente oferta: OBRA DE MEJORA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE AGUAS PLUVIALES DEL CMC, € sin IVA.
3. Asimismo, se compromete al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo.
En , a de de
Fdo.:
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
)
TÍTULO DEL CONTRATO: NÚMERO DE EXPEDIENTE:
D./Dña…………………………………………con DNI/NIF núm ,
en nombre propio o en representación de la empresa…………………… con NIF núm , manifiesta su voluntad de participar en el procedimiento abierto
con varios criterios de adjudicación convocado por la Sociedade Galega do Medio Ambiente para la ejecución del contrato de referencia por el importe señalado en la proposición económica, así como que cumple los requisitos y condiciones de aptitud establecidos legalmente para contratar, dispone de la documentación que así lo acredita, autoriza al órgano de contratación a recabar los datos necesarios que obren en la administración para comprobar la veracidad de lo manifestado y expresa lo siguiente:
A) Presentación del licitador
- Nombre y apellidos del representante de la empresa o del empresario persona física:……………..
- Fax a efectos de la práctica de notificaciones con preferencia:………………………………………
- Dirección postal a efectos de la práctica de notificaciones, en su caso:………………………….
- Teléfono:……………………………………………………………………………………
………………………………….
- Dirección de correo electrónico (en el caso de su disponibilidad):………………………………….
- Número de inscripción de la empresa en el Registro General de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia o Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (en su caso):…………………………………………………………………………………………
………
- En el supuesto de unión de empresarios y a efectos de notificación, nombre y apellidos del representante de la UTE, fax, dirección y teléfono:………………………………………………………………………………………
………………………………..
)
B) Declaración de personalidad, representación, no estar incurso en prohibición de contratar
Declaro bajo a mi responsabilidad la posesión y validez, a fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones, de las circunstancias que a continuación se indican, quedando obligado a acreditarlas, en el caso de que recaiga a mi favor la propuesta de adjudicación y previamente a la adjudicación del contrato, mediante la oportuna documentación original o copia cotejada:
a) Declaración de personalidad y, en su caso, representación
De que se cuenta con personalidad jurídica, poseyendo la plena capacidad jurídica y de obrar necesarias, y, si fuese el caso, de que la persona que firma la proposición tiene poder bastante para la representación.
b) Declaración de no estar incurso en supuesto de prohibición para contratar
De que la persona que actúa en nombre propio o, en su caso, la compañía a la que representa y sus administradores y representantes, tienen plena capacidad de obrar y que no se encuentran incursos en ninguna de las causas de prohibición para contratar conforme con lo dispuesto en el artículo 60 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, así como que el empresario persona física o, en su caso, la empresa que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración del Estado y con la de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como en el pago del Impuesto de Actividades Económicas, en su caso) y con la Seguridad Social establecidas en las disposiciones vigentes.
Asimismo, de que no incurre en ninguna de las causas a las que se refiere la Ley 5/2006, del 10 xx xxxxx, de regulación de los conflictos de interés de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, la Ley 9/1996, del 18 de octubre, de incompatibilidades de los miembros de la Xunta de Galicia y altos Cargos de la Administración Autonómica, la Ley 53/1984, del 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y la Ley Orgánica 5/1985, del 19 xx xxxxx, de régimen electoral general, en
)
los términos establecidos en las mismas, o en cualquier otra norma de aplicación en la materia.
C) Declaración de existencia o no de vinculación con otras empresas licitadoras en el procedimiento de adjudicación (o de pertenencia a su mimo grupo de empresas) y/o de sociedades también licitadoras integradas por socios en las que concurran algunos de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio a efectos de aplicación del régimen de apreciación de proposiciones económicas anormales o desproporcionadas.
Declaro bajo mi responsabilidad que, visto lo dispuesto en el artículo 145.4 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, del 14 de noviembre, y más en el artículo 86 del Real Decreto 1098/2001, del 12 de octubre, en relación con el artículo 42.1 del Código de Comercio y demás normativa de aplicación, la empresa licitadora a la que represento (consignar lo que proceda):
□ No tiene vinculación con otra/s empresa/s licitadora/s en el procedimiento de adjudicación o que perteneciese a su mismo grupo de empresas ni está integrada por ningún socio en el que concurra alguno de los supuestos previstos en el artículo
42.1 del Código de Comercio en relación con alguna sociedad también licitadora en el procedimiento de adjudicación.
□ Sí tiene vinculación con otra/s empresa/s licitadora/s en el procedimiento de adjudicación o sí pertenece a su mismo grupo de empresas… y/o
sí está integrada por algún socio en el que concurra alguno de los supuestos previstos en el artículo 42.1 del Código de Comercio en relación con una/s sociedad/s también licitadora/s en el procedimiento de adjudicación. Se incluye a continuación la denominación social de la/s empresa/s en la/s que concurre/n esta circunstancia:………
D) Declaración de no variación de las circunstancias de aptitud para contratar que constan en el Rexistro Xeral de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia o Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (en el caso de optar por la acreditación de las circunstancias mediante certificación del registro)
Declaro bajo mi responsabilidad que me encuentro inscrito o la empresa a la que represento se encuentra inscrita en el Registro…………………… con el número… y que,
)
teniendo en cuenta que se acreditan las circunstancias de aptitud para contratar mediante certificación de dicho registro, se manifiesta que (marque lo que proceda):
a) Las circunstancias de aptitud para contratar acreditadas mediante certificación de dicho registro no experimentaron variación a fecha de la firma de esta declaración.
b) Las circunstancias de aptitud para contratar acreditadas mediante certificación de dicho registro no experimentaron variación a fecha de la firma de esta declaración, excepto las que a continuación se indican, según se justifica con los documentos que se acompañan:
- Circunstancias varias:………………………………………
- Documentación justificativa que se adjunta:……………………………………….
E) Conocimiento del Código Ético Institucional de la Xunta de Galicia
Manifiesto conocer el contenido y alcance del Código Ético Institucional de la Xunta de Galicia, aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia del 24 de julio de 2014 y publicado por resolución de 8 de septiembre de 2014 (DOG núm. 179 del 19/09/2014).
En .......... a …. de …. de …..
Firma