Potencia Contratada (kW) Término de Potencia (€/kW año) Término de Energía (€/kWh) Punta Llano Valle Punta Llano Valle Mayor de 10 kW y menor o igual a 15kW 36,983162 0,186965 Mayor de 15kW 16,426124 9,855674 6,570450 0,211742 0,165801 0,110941
PLAN COMPROMISO PYMES
CONDICIONES DE LA OFERTA PARA SUMINISTROS DE POTENCIA CONTRATADA MAYOR QUE 10 kW
Potencia Contratada (kW) | Término de Potencia (€/kW año) | Término de Energía (€/kWh) | ||||
Xxxxx | Xxxxx | Xxxxx | Xxxxx | Xxxxx | Xxxxx | |
Xxxxx xx 00 kW y menor o igual a 15kW | 36,983162 | 0,186965 | ||||
Mayor de 15kW | 16,426124 | 9,855674 | 6,570450 | 0,211742 | 0,165801 | 0,110941 |
CONDICIONES ECONÓMICAS PRECIO DEL SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD
A estos precios les serán añadidos los impuestos indirectos (1), el Impuesto Eléctrico (5,1127%), la energía reactiva y resto de conceptos de facturación que se indican. Facturación de potencia: se facturará como producto del término de potencia por la potencia a facturar correspondiente.
Facturación de energía: se facturará como el producto del término de energía por el consumo efectuado en el periodo.
La facturación de la energía reactiva, si corresponde, se realizará aplicando el término de facturación de energía reactiva aprobado por la Administración, según lo establecido en la normativa vigente. A este complemento se le aplicará el impuesto eléctrico.
Los precios estarán vigentes durante el periodo anual indicado, sin perjuicio de su actualización según la variación correspondiente del IPC (2) el 1 de enero de cada año en que el contrato esté vigente. Asimismo, se repercutirá en cada momento las variaciones a la baja o al alza en las tarifas y peajes de acceso, cánones y demás valores regulados que puedan ser aprobados por la Administración para su aplicación durante la duración del contrato, tomando como base el RD 1164/2001 y la orden IET/843/2012.
PRECIO DE ALQUILER DEL CONTADOR
El precio mensual del alquiler del contador de electricidad será el fijado en cada momento por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo para la tarifa de acceso correspondiente y que cobre la Empresa Distribui- xxxx, al que se le incorporarán los impuestos indirectos no incluidos (1) y será indicado en las facturas que se emitan al Cliente. El Cliente podrá consultar en todo momento los precios vigentes en xxx.xxxxxxxxx.xx.
ASISTENCIA PYMES IBERDROLA
Precio mensual: 6,59 € (Impuestos indirectos no incluidos) (1). Este precio se actualizará automáticamente el 1 de enero de cada año en que el contrato esté vigente, con la variación correspondiente al IPC (2), tal y como se aplica en el precio de electricidad.
SEGURO DE PROTECCIÓN DE PAGOS AUTÓNOMOS
Prima Mensual: 3,96 €/mes (Impuestos incluidos) por suministro contratado con el Grupo Iberdrola. Este precio así como el capital asegurado se actualizará automáticamente el 1 de enero de cada año en que el contrato esté vigente, con la variación correspondiente al IPC (2), tal y como se aplica en el precio de la electricidad.
(1) Se aplicará el Régimen Económico Fiscal de cada Comunidad Autónoma.
(2) IPC: Valor acumulado real, del periodo de noviembre a noviembre del año anterior a la aplicación de la variación, del Índice de Precios al Consumo, General, publicado por el Instituto Nacional de Estadística. Oferta válida para nuevas contrataciones en Iberdrola Generación, S.A.U. hasta el 31 xx Xxxxx de 2013.
CONDICIONES ESPECIALES PROMOCIÓN BIENVENIDA (*)
Descuento del 5% sobre el término de energía durante 12 meses.
GRATIS los seis (6) primeros meses del Seguro de Protección de Pagos Autónomos Iberdrola en caso de contratar el servicio. GRATIS los seis (6) primeros meses del Servicio de Asistencia Pymes Iberdrola en caso de contratar el servicio.
(*) Oferta aplicable exclusivamente a empresas de de BT con potencia contratada mayor de 10 kW y que no tengan más de tres suministros a los que les sea aplicable la oferta.
DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del presente contrato es de 12 meses desde la fecha de inicio del suministro.
La fecha de inicio, condicionada a la existencia de un contrato de acceso con la distribuidora y a la actuación sobre las instalaciones cuando esto fuera necesario, será la del primer día del periodo de lectura establecido y que se indicará en la primera factura.
El contrato se podrá prorrogar por anualidades sucesivas de acuerdo con las Condiciones Generales.
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS
ASISTENCIA PYMES IBERDROLA
SERVICIO ASISTENCIA Y REPARACIONES EMPRESA 24 H.
Servicio de asistencia a empresas de Iberdrola, consistente en facilitar el acceso a los servicios y gremios de profesionales más comúnmente requeridos para la atención y reparación de averías en las instala- ciones de los clientes, mediante llamada telefónica al número 902 22 45 22 o a través del contacto por cualquier canal de IBERDROLA facilitado para ello.
Este servicio incluye:
• Atención de urgencias en un máximo de 3 horas, siendo el coste de desplazamiento y las 3 primeras horas de mano de obra GRATIS para los siguientes casos:
- Fontanería: rotura de las conducciones fijas de agua en las instalaciones del cliente/titular.
- Cristalería: rotura xx xxxxxxxxx exteriores, instalaciones desprotegidas.
- Cerrajería: apertura de la puerta principal de las instalaciones.
- Electricidad: avería en las instalaciones particulares del cliente/titular.
• Acceso a servicios de asistencia 24 horas para reparaciones y reformas comunes al hogar/negocio, para más de 20 gremios y con amplia cobertura geográfica. Garantía de servicio en cuanto a:
- Plazos de intervención.
- Precios de horarios aplicados por el profesional: Control de precios previamente acordados por IBERDROLA con la empresa de multiasistencia.
- Garantía de 6 meses en los trabajos realizados.
SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA
IBERDROLA ofrece a sus clientes el acceso, mediante llamada telefónica al número 902 22 45 22 o a través del contacto por cualquier canal de IBERDROLA facilitado para ello, a un servicio de asesoramiento jurídico telefónico que abarca todo tipo de cuestiones que se puedan formular dentro del ordenamiento jurídico regulado por el Derecho Español.
Este servicio se presta de lunes a viernes en horario ininterrumpido de 08:00 horas a 17:00 horas en horario de invierno y de 08:00 horas a 15:00 horas en horario xx xxxxxx (15 xx xxxxx a 15 de septiembre). Las solicitudes que se producen dentro del horario del departamento son atendidas dentro de la misma jornada en que la llamada se ha producido, siempre que el cliente esté localizable en los teléfonos de contacto facilitados, salvo que el cliente manifieste su deseo de ser atendido en un momento posterior. Este servicio se limita a la mera orientación jurídica verbal respecto de las cuestiones planteadas, sin emitir dictamen escrito del mismo.
SERVICIO DE ASISTENCIA INFORMÁTICA
Servicio que consiste en:
• Asistencia instantánea a través de herramienta de chat de control remoto, que incluiría las siguientes prestaciones:
– Ayuda en el uso de aplicaciones (Office, navegación por Internet, correo electrónico, Windows, antivirus).
– Resolución de incidencias con el ordenador (problemas con dispositivos, acceso a Internet, correo electrónico, virus, etc.).
– Administración y configuración de los sistemas.
• Nº ilimitado de asistencias, sin límite de duración.
• El horario de atención para la prestación de este servicio es de 24 horas al día y los 365 días al año.
La asistencia podrá ser “in situ” para solucionar aquellas incidencias que no se han podido resolver desde el Centro de Soporte. Sólo se puede contratar como complemento al servicio remoto. Se presta los días laborables, siendo el tiempo de respuesta de 24 horas. El coste de la asistencia “in situ” correrá por cuenta del cliente que será informado de los precios, cuando se llegue a constatar el origen de la incidencia y ésta no pueda ser resuelta por ninguna de las vías anteriores y mencionadas en este apartado.
Para activar este servicio (ofrecido por una entidad externa a Iberdrola), será necesario ir a la página WEB xxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, donde podrá descargar el programa, así como las instrucciones para su instalación. Durante la instalación, el programa le solicitará una clave de acceso (código de licencia), que coincide con los seis últimos números y las dos letras del CUPS. Podrá realizar la instalación hasta para 3 usuarios con la misma clave de acceso.
SEGURO DE PROTECCIÓN DE PAGOS AUTÓNOMOS
Seguro de Protección de Pagos Autónomos IBERDROLA para el punto de suministro de electricidad/gas natural, especificado en el presente Contrato, consistente en la adhesión del Cliente a la Póliza Colectiva en la que es tomador IBERDROLA, S.A., para adquirir la condición de Asegurado del riesgo de fallecimiento por cualquier causa e incapacidad absoluta y permanente del cliente titular del Contrato de Suministro, con el límite de 1.983 euros por suministro y, en caso de incapacidad total temporal, con el límite de 167 euros mensuales por suministro.
El Cliente, persona física y titular del contrato de suministro, contrata el Seguro de Protección de Pagos Autónomos IBERDROLA tras haber recibido y entendido sus condiciones, establecidas en las presentes Condiciones Particulares y las Condiciones Específicas, con las cláusulas limitativas, exclusiones y restante información requerida por la legislación vigente, reuniendo todos los requisitos establecidos en las mismas.