PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO BAR EN LA CASA DE LA CULTURA DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA.
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO BAR EN LA CASA DE LA CULTURA DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA.
ARTÍCULO 1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Es objeto de esta contratación mediante procedimiento abierto, la adjudicación del servicio de BAR EN LA CASA DE LA CULTURA mediante contrato administrativo.
El Patronato Municipal de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Morón de la Frontera ostenta las prerrogativas a que se refiere el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 Noviembre. (TRLCSP).
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, del resto de los documentos contractuales, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación del servicio.
Las características de dicho servicio, así como las condiciones en que ha de realizarse, son las especificadas en este pliego.
ARTÍCULO 2.- RÉGIMEN JURÍDICO.
Este contrato es de naturaleza administrativa, y se regirá por lo dispuesto en este Pliego, en el que se incluyen los pactos y condiciones definitorias de los derechos y obligaciones que asumirán el Órgano de contratación, los licitadores y, en su momento, las empresas adjudicatarias
Para todo lo no previsto en él, se aplicará lo dispuesto en la legislación vigente en materia de contratación administrativa enumerada sin carácter restrictivo a continuación:
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
- El resto de las normas de Derecho administrativo aplicables a esta relación contractual y supletoriamente, las normas de derecho privado.
ARTÍCULO 3.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
La adjudicación se realizará mediante, procedimiento abierto y tramitación ordinaria, supuestos regulados en los artículos 157, 158, 159, 160, 161 y 109, 110 y 111 del TRLCSP.
La Administración se reserva el derecho a modificar el contrato a celebrar, en los términos establecidos en los artículos 105, 106 y 107 del TRLCSP.
ARTÍCULO 4.- CANON Y GARANTÍAS.
Se establece un canon mensual de 200,00 €, que será revisable al alza anualmente por acuerdo entre las partes. En cualquier caso, siempre se considerará como mínimo el incremento que pueda sufrir el I.P.C. publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
El canon será pagadero de forma mensual en la cuenta de la que es titular el Patronato de Cultura de Caixabank núm. 2100-8098-22-2200024855.
El adjudicatario tendrá derecho a una revisión anual de los precios pactados durante la vigencia del presente contrato.
Los licitadores NO deberán presentar garantía provisional. La garantía definitiva por parte del adjudicatario se fija en el importe de 200,00 €.
Para devolución de la garantía definitiva una vez concluido el contrato, se estará a lo dispuesto en los artículos 95 a 102 TRLCSP.
ARTÍCULO 5.- DURACIÓN.
La contratación que resulte de la adjudicación definitiva tendrá una duración de UN AÑO a contar desde el día siguiente a la fecha de firma del contrato, prorrogable por anualidades, por acuerdo entre las partes, hasta un máximo de 4 años.
ARTÍCULO 6.- FORMA DE CONCURRIR.
Podrán concurrir a este procedimiento las personas jurídicas o naturales que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no estén comprendidas en ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del TRLCSP.
Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante, siempre que no se halle incursa en alguna de las causas que se enumeran en el artículo 60 TRLCSP.
Cuando en representación de alguna Sociedad civil o mercantil, concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello.
Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad se acompañarán a la proposición, bastanteados previamente.
Los concurrentes deberán justificar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional demostrando que cuentan con los conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad suficiente para desarrollar el objeto del contrato, lo que se acreditará a través de uno o varios de los medios establecidos en los artículos 74 a 77 TRLCSP.
ARTÍCULO 7.- PROPOSICIONES.
Toda proposición deberá ajustarse al modelo descrito al final de estos Pliegos de Xxxxxxxxxxx, a la que se acompañarán los documentos que en la misma se especifican, los cuales podrán presentarse en cualquiera de los siguientes Registros de Entrada del Patronato Municipal de Cultura:
- Casa de la Cultura, sita en Plaza Xxxxx Xxxxx, s/n, planta baja.
- Secretaría Patronato Municipal de Cultura, sita en Plaza del Ayuntamiento, 1, 2ª planta, del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx Fra. (Xxxxxx Xxxx).
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta al órgano de contratación, en el mismo día, mediante fax o telegrama.
La documentación a presentar consistirá en dos sobres cerrados, que podrán ser lacrados y en los que figurará la inscripción "Proposición para tomar parte en el Procedimiento Abierto para contratar el servicio de BAR EN LA CASA DE LA CULTURA DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX
DE LA FRONTERA”, en horario de 9,00 horas a 13,00 horas y hasta el día 3 de septiembre de 2013.
SOBRE A: Documentación administrativa. Capacidad para contratar. Contendrá exclusivamente todos los documentos que se relacionan en el Modelo de Proposición, y que podrán ser examinados y calificados previamente al acto de apertura de proposiciones.
SOBRE B: Documentación Técnica. Contendrá la documentación que ha de servir a la valoración en función de los criterios establecidos en el presente pliego.
ARTÍCULO 8.- APERTURA DE PLICAS Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
El acto de apertura de proposiciones tendrá lugar el día nueve (9) de septiembre de 2013, en la Sala Xxxxxxxx de la Casa de la Cultura, constituyéndose la Mesa de Contratación para la apertura. Xxxxx Xxxx estará constituida por: (Presidente) Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, (Vocales) Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxx Xxxx, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, y la Secretaria-Interventora delegada, Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx.
En dicho acto, se valorará por la Mesa de Contratación la documentación presentada, haciéndola pública seguidamente, sirviendo de notificación a todos los efectos, especialmente para el caso de subsanación de defectos materiales en la documentación presentada, cuando la Mesa haya acordado conceder un plazo de tres días hábiles para aportar los mismos, plazo que comenzará a partir del día siguiente hábil al de apertura de proposiciones económicas.
Excepcionalmente la Mesa podrá acordar que la solicitud a los licitadores para completar documentación se efectúe mediante notificación escrita o mediante fax, y empezando a contar el plazo de tres días, desde el siguiente a la recepción de dicha notificación.
El Patronato Municipal de Cultura se reserva el derecho de declarar desierta la licitación si, en su apreciación libre, ninguna de las proposiciones presentadas resultase conveniente a sus fines, sin que por ello se pueda exigir por parte del contratista indemnización alguna.
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación son los siguientes:
1.-Oferta económica más ventajosa. Se valorarán los precios más bajos de la lista de artículos ofrecidos en el servicio Bar.
2.-Mejoras: Se valorará en este apartado las mejoras que el contratista pueda ofertar sobre las condiciones de la prestación del servicio.
3.- Experiencia en el ramo de la hostelería.
ARTÍCULO 9.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación se elevará al Consejo de Gerencia del PMD para su aprobación si procede.
Efectuada la adjudicación definitiva se requerirá al adjudicatario para que en el plazo de TRES días hábiles contados desde la notificación, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar, así como el documento que acredite haber constituido la garantía definitiva.
La adjudicación definitiva se notificará a todos los licitadores mediante fax o correo electrónico.
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo dentro del plazo de TRES días hábiles, a contar desde el siguiente al de recepción por el adjudicatario de la notificación de la adjudicación definitiva. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando, por causas imputables al contratista, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el Patronato Municipal de Cultura podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía definitiva.
ARTÍCULO 10.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
El contrato objeto de esta licitación se entiende realizado a riesgo y xxxxxxx para el contratista.
El contratista estará obligado a prestar el servicio de forma regular y continua y con las diligencias propias que requiere la prestación del servicio objeto del contrato, disponiendo de los suministros necesarios y no pudiendo establecer precios superiores a los que se pacten con este Patronato.
De la misma manera bajo su responsabilidad cumplirá estrictamente lo dispuesto por la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de sanidad, consumo, de integración social de minusválidos, de prevención de riesgos laborales y demás leyes especiales, asumiendo a su cargo los requerimientos y adaptaciones oportunas (a nivel documental, de infraestructura, equipos, etc) que se les exija por parte de cualquier organismo o autoridad para el cumplimiento de la legislación vigente.
El contratista estará obligado a cumplir y a hacer cumplir la Ley 42/2010, de 30 diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005 de 28 diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, en cuyo artículo 7 se hace referencia expresa a la prohibición de fumar en los espacios, sin excepciones, de Centros culturales, salas de lectura, exposición, biblioteca, conferencias y museos.
El arrendatario se obliga a la contratación de una póliza de responsabilidad civil, con el fin de hacer frente a las posibles responsabilidades por daños ante terceros que puedan derivarse de la prestación del servicio, que, en cualquier caso, correrán exclusivamente de su cargo. El adjudicatario facilitará al Patronato una copia de dicha póliza. La no aportación de la citada póliza tras un segundo requerimiento, será causa de resolución del contrato.
El local e instalaciones que integran el servicio de bar estarían constituidos por el ambigú, el patio antesala adyacente, así como los aseos. El adjudicatario está obligado, a su cargo, a mantener los mismos, así como los equipos, mobiliario y enseres en perfectas condiciones de limpieza e higiene. El Patronato se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los mencionados aparatos o instalaciones. La falta de conservación adecuada se considerará causa suficiente, para la resolución del contrato.
El adjudicatario correrá igualmente con cualquier trabajo de mantenimiento técnico y reparación derivado del uso diario de los equipos e instalaciones, excluyendo la zona de aseos.
El adjudicatario se obliga a tener en todo momento, a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones. El adjudicatario remitirá al Patronato, en el mismo día o en el siguiente hábil, el ejemplar de reclamaciones con su informe, si lo considera oportuno. En lugar visible del Bar se pondrá un anuncio advirtiendo de la existencia de estas hojas, que serán facilitadas por el adjudicatario a cualquier usuario que desease formular una reclamación.
El contratista estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
ARTÍCULO 11.- LITIGIOS.
Los litigios derivados del presente contrato se entenderán siempre sometidos a los tribunales competentes con jurisdicción en el lugar en que el Patronato Municipal de Cultura contratante tiene su sede.
ARTÍCULO 12.-MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, dentro de los límites y con sujeción a lo establecido en el artículo 219 del TRLCSP, con la debida aprobación previa del presupuesto correspondiente, en su caso.
Las modificaciones que no estén debidamente autorizadas por la Administración originarán responsabilidad en el contratista, el cual estará obligado a rehacer la parte de los mismos que resulte afectada por aquéllas sin abono alguno.
Los posibles aumentos de duración del contrato producidos por modificación o por prórroga no pueden acumularse de manera que se supere el plazo máximo de duración del contrato, incluidas sus prórrogas, previsto normativamente.
ARTÍCULO 13.- CAUSAS DE EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN.
Se estará a los artículos 223 y 308 TRLCSP, siendo causa específica para la resolución y extinción del contrato, la falta de pago del canon mensual correspondiente.
CONDICIONES TÉCNICAS:
Los interesados. Podrán presentar proposiciones las personas jurídicas o naturales que tengan plena capacidad de obrar.
Requisitos en Personas Naturales:
- Ser mayor de edad.
- Demostrar experiencia en el Sector de Hostelería y Servicios
- Estar en posesión del carnet de manipulador de alimentos o en disposición de obtenerlo a la apertura del Bar.
El/la interesado/a no podrá presentar más de una sola solicitud. Tampoco podrá suscribir ninguna solicitud en agrupación temporal con otros, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las solicitudes presentadas.
Plazo y lugar de entrega. La solicitud se realizará mediante una instancia y deberá ser presentada en el Registro de Entrada del Patronato Municipal de Cultura, o en la Secretaría del mismo, junto con la documentación requerida, dirigida a la Presidencia del Patronato Municipal de Cultura, hasta el 3 de septiembre de 2013.
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: La Mesa de Contratación constituida según artículo 8.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Previo a la iniciación de la presentación del servicio, se levantará la correspondiente acta de inventario de equipos, instalaciones, mobiliario y cuantos enseres se ponen a disposición del adjudicatario, en donde se refleje su estado de funcionalidad, prestando, si así se estimara, su conformidad a ello. De no encontrarse conforme, se recogerá así en el acta, quedando el Patronato Municipal de Cultura en la obligación de poner las instalaciones y equipos en estado operativo.
Así el Arrendatario será el responsable del cuidado y mantenimiento de muebles, enseres y demás objetos que se entreguen en el momento de la firma del contrato.
De igual manera, en el momento de la conclusión del contrato, se procederá a levantar acta, estando obligado el adjudicatario en el plazo máximo de 15 días a dejar en perfectas condiciones de uso, cuantos bienes fueron puestos a su disposición durante la prestación del servicio. Caso contrario el Patronato procederá a las reparaciones o reposiciones a que hubiera lugar con cargo a la garantía, sin perjuicio de ejercer las acciones de reclamación que por excesos procedieran.
La finalidad y el uso que el adjudicatario podrá hacer del local y las instalaciones es exclusivamente la explotación del servicio de bar los días de apertura de la Casa de la Cultura. El horario máximo establecido será el que la propia Casa de la Cultura tenga vigente en cada momento, debiendo cumplir al menos el siguiente horario mínimo: De 9 a 14 horas y de 17 a 20 horas en horario de invierno, y de 9 a 14 horas en horario xx xxxxxx. Cualquier otro uso distinto al anteriormente descrito deberá ser solicitado previamente y autorizado de forma expresa, estando sujeto, además, a las condiciones particulares que se establezcan para cada caso.
Los espacios vinculados como propios al servicio de bar estarían constituidos por el ambigú, el patio antesala adyacente, así como los aseos, de cuya limpieza diaria el arrendatario será responsable. Cualquier otra posibilidad de uso temporal y ocasional de otros espacios disponibles en la Casa de la Cultura requerirá la solicitud previa al Patronato Municipal de Cultura. La concesión de dicha cesión de espacios será siempre discrecional en cada caso por parte del Patronato, y estará siempre vinculada a la obligación de cumplir igualmente con las condiciones particulares que se establezcan.
El adjudicatario se compromete a mantener los artículos relacionados en su oferta, a los precios detallados en ella. Si durante la explotación del servicio, el adjudicatario quiere introducir otros artículos no mencionados en su oferta inicial, su inclusión y los precios de los mismos deberán ser previamente autorizados por el Patronato.
El adjudicatario no podrá realizar obra alguna en el local ni subarrendarlo a terceras personas. Tampoco introducir elementos de mobiliario que puedan incidir negativamente en la estética del edificio sin la previa autorización del Patronato. Deberá comprometerse a mantener el orden y decoro, tanto en el ambigú, como en los lugares donde efectúe el servicio xx xxxxxxxx.
El adjudicatario podrá instalar, con la conformidad del Patronato Municipal de Cultura y en las condiciones que éste determine, máquinas expendedoras de bebidas en cualquiera de las instalaciones dependientes del mismo. Si ante una propuesta
concreta de dicho Patronato para la instalación de una de estas máquinas expendedoras de bebidas en alguna de sus dependencias, el adjudicatario renunciase a la instalación de la misma, este Patronato podrá buscar otros abastecedores que puedan prestar el servicio requerido.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario y éste no tendrá derecho a indemnización por causas de averías, pérdidas o perjuicios ocasionados en la explotación del servicio. Tampoco tendrá derecho a indemnización alguna por extinción de la concesión al cumplirse el plazo de vigencia del mismo, ni derecho a cantidad alguna en concepto de traspaso.
MODELO DE PROPOSICIÓN EN SOBRE A.
D. ............................................., provisto del Documento Nacional de Identidad
nº. ............, con domicilio en .............................................., en nombre propio
(o en representación de ......................................................, según acredita con poder bastante que acompaña), enterado de los pliegos de condiciones y demás documentos del expediente, para contratar el servicio de BAR EN LA CASA DE LA CULTURA DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX
XXXXX DE LA FRONTERA, y se compromete a realizarlo con estricta sujeción a las condiciones citadas.
Acompaña los siguientes documentos:
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica y la capacidad de obrar. Documento Nacional de Identidad del firmante, escritura de constitución de la Sociedad y Poder bastanteado en su caso.
b) Declaración responsable del licitador en la que afirme no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar conforme al artículo 60 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, comprendiendo esta declaración expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. MODELO I.
EXPEDICIÓN BASTANTEO DE PODERES
Se deberá presentar en el Registro de Entrada de este Patronato la siguiente documentación:
- Fotocopia del D.N.I. de la persona apoderada.
- Documentación acreditativa de la representación.
MODELO I.
D/Xx.
, mayor
de edad, con domicilio en , DNI núm. , en nombre propio (o representación de ), declara bajo juramento no hallarse incurso en las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 noviembre, que aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en cuanto le sean de aplicación atendiendo al objeto del contrato.
De la misma forma, declara bajo su responsabilidad que se halla al corriente en las obligaciones tributarias y de seguridad social, impuestas por las disposiciones vigentes.
En Morón de la Frontera, a de de 2013.
Fdo.
ANEXO. DOCUMENTACIÓN EN SOBRE B.
La documentación deberá ser original o Fotocopia compulsada. Relación de Documentación a presentar:
a) Relación de servicios (Desayunos, Comidas, Bebidas, Alimentación, Heladería, etc.) que el solicitante pretende prestar desde el Bar del Patronato, así como el Listado de precios de los productos de venta.
b) Carnet de manipulador de alimentos.
c) Documentación acreditativa de experiencia en Hostelería y Servicios. (Contratos, FE de vida Laboral, Impuesto de Actividades Económicas u otros documentos).