Cámara de Cuentas
Xxxxxx xx Xxxxxxx
Comunidad de Madrid
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LAS CONCESIONES DE SERVICIOS PÚBLICOS Y DE OBRAS PÚBLICAS EN LOS MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE POBLACIÓN COMPRENDIDA ENTRE 20.000 Y 75.000 HABITANTES, VIGENTES EN 2013: ANÁLISIS PARTICULAR DE LAS CORRESPONDIENTES A APARCAMIENTOS PÚBLICOS, SERVICIOS FUNERARIOS E INSTALACIONES DEPORTIVAS.
Aprobado por Acuerdo del Consejo de la Xxxxxx xx Xxxxxxx de 30 xx xxxxx de 2016
INDICE
I.1. Presentación del Informe 1
I.2. Objeto de la fiscalización 1
II. OBJETIVOS, ÁMBITO Y LIMITACIONES 4
II.2. Ámbito de la Fiscalización 4
III. TRATAMIENTO DE ALEGACIONES. 9
IV. REGULACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y ACTUACIONES DE
IV.1. Regulación de la prestación del servicio. 9
IV.1.2. Cementerios y Servicios funerarios 12
IV.1.3. Instalaciones deportivas. 14
IV.2. Actuaciones de control previstas y ejecutadas 17
IV.2.1. Actuaciones de control previstas 19
IV.2.2. Actuaciones de control ejecutadas 34
V. CONTROL ECONÓMICO DE LA CONCESIÓN: CÁNONES, INGRESOS Y GASTOS 42
V.1. Concesiones que devengan ingresos. 42
V.1.2 Cementerios y Servicios Funerarios. 49
V.1.3 Instalaciones Deportivas 54
V.2. Concesiones que devengan gastos 61
V.2.2. Cementerios y servicios funerarios. 63
V.2.3. Instalaciones Deportivas. 63
VI. LITIGIOS, INSOLVENCIAS Y OTRAS SITUACIONES ESPECIALES 65
VI.1. Litigios en relación con las concesiones. 65
VI.2. Insolvencias y otras situaciones especiales de los concesionarios. 69
IX. ANEXO: Concesiones de servicios o de obras públicas, vigentes en
2013. ........................................................................................... 77
INDICE XX XXXXXXX
Cuadro I.1.: Ayuntamientos incluidos en el ámbito de la fiscalización 2013 5
Cuadro IV.1.: Regulación de la prestación del servicio. Aparcamientos de uso público. 11
Cuadro IV.2.: Regulación de la prestación del Servicio. Aparcamiento Regulado 12
Cuadro IV.3.: Regulación de la prestación del servicio. Cementerios y servicios funerarios 13
Cuadro IV.4.: Regulación de la prestación del Servicio. Instalaciones deportivas 15
Cuadro IV.5.: Procedimientos de control previstos. Aparcamientos uso público 21
Cuadro IV.6.: Procedimientos de control previstos. Aparcamientos uso regulado 22
Cuadro IV.7.: Procedimientos de control previstos. Cementerios y Servicios Funerarios. 24
Cuadro IV.8.: Procedimientos de control previstos. Instalaciones deportivas 27
Cuadro IV.9.: Actuaciones de control efectivo. Aparcamientos de uso público 35
Cuadro IV.10.: Actuaciones de control efectivo. Aparcamientos regulados 36
Cuadro IV.11.: Actuaciones de control efectivo. Cementerios y Servicios Funerarios 37
Cuadro IV.12.: Actuaciones de control efectivo. Instalaciones deportivas 39
Cuadro V.1.: Control económico de la concesión. Ingresos efectivamente devengados por el canon. Aparcamientos de uso público. 43
Cuadro V.2.: Control económico de la concesión. Concesiones que devengan ingresos. Deudores en fin de 2013 en concepto de canon y otras deudas de los concesionarios. Aparcamientos de uso público 44
Cuadro V.3.: Control económico de la concesión. Concesiones que devengan ingresos. Deudores a 30 xx xxxxx de 2015 en concepto de canon y otras deudas de los concesionarios. Aparcamientos de uso
Cuadro V.4.: Control económico de la concesión. Ingresos efectivamente devengados por el canon. Aparcamiento regulado 46
Cuadro V.5.: Control económico de la concesión. Concesiones que devengan ingresos. Deudores en fin de 2013 en concepto de canon y otras deudas de los concesionarios. Aparcamientos regulados 48
Cuadro V.6.: Control económico de la concesión. Concesiones que devengan ingresos. Deudores a 30 xx xxxxx de 2015 en concepto de canon
y otras deudas de los concesionarios. Aparcamiento regulado. 49
Cuadro V.7.: Control económico de la concesión. Ingresos efectivamente devengados por el canon. Cementerios y Servicios Funerarios 50
Cuadro V.8.: Control económico de la concesión. Concesiones que devengan ingresos. Deudores en fin de 2013 en concepto de canon y otras deudas de los concesionarios. Cementerios y Servicios Funerarios. 51
Cuadro V.9.: Control económico de la concesión. Concesiones que devengan ingresos. Deudores a 30 xx xxxxx de 2015 en concepto de canon y otras deudas de los concesionarios. Cementerios y Servicios
Cuadro V.10.: Control económico de la concesión. Ingresos efectivamente devengados por el canon. Instalaciones deportivas. 54
Cuadro V.11.: Control económico de la concesión. Concesiones que devengan ingresos. Deudores en fin de 2013 en concepto de canon y otras deudas de los concesionarios. Instalaciones deportivas 58
Cuadro V.12.: Control económico de la concesión. Concesiones que devengan ingresos. Deudores a 30 xx xxxxx de 2015 en concepto de canon
y otras deudas de los concesionarios. Instalaciones deportivas 60
Cuadro V.13.: Concesiones que devengan gastos para los Ayuntamientos en
2013. Aparcamientos públicos. 62
Cuadro V.14.: Concesiones que devengan gastos: deudas pendientes de los Ayuntamientos en fin 2013. Aparcamientos uso público. 62
Cuadro V.15.: Concesiones que devengan gastos para los Ayuntamientos en
2013. Cementerios y Servicios Funerarios. 63
Cuadro V.16.: Concesiones que devengan gastos para los Ayuntamientos en
2013. Instalaciones Deportivas. 64
Cuadro V.17.: Concesiones que devengan gastos: deudas pendientes del Ayuntamiento en fin 2013. Instalaciones deportivas. 65
Cuadro VI.1.: Litigios en relación con las concesiones. Aparcamientos de uso público. 66
Cuadro VI.2.: Litigios en relación con las concesiones. Cementerios y Servicios Funerarios 67
Cuadro VI.3.: Litigios en relación con las concesiones. Instalaciones deportivas 68
Cuadro VI.4.: Insolvencias y otras situaciones especiales. Aparcamientos uso público. 69
Cuadro VI.5.: Insolvencias y otras situaciones especiales. Instalaciones deportivas 70
SIGLAS Y ABREVIATURAS
JGL | Junta de Gobierno Local |
m€ | Miles de euros |
N/C | No consta, no ha sido facilitada información por el Ayuntamiento. |
N/A | No aplicable, por la naturaleza de la concesión, por las condiciones establecidas en los Pliegos, etc. |
PGE | Presupuestos Generales del Estado. |
RD | Real Decreto |
TRLCSP | Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre |
TRLHL | Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. |
I. INTRODUCCIÓN
I.1. Presentación del Informe
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid dispone que la Comunidad se organiza territorialmente en municipios (artículo 3), y determina que el control económico y presupuestario se ejercerá por la Xxxxxx xx Xxxxxxx, sin perjuicio del que corresponda al Tribunal de Cuentas (artículo 44).
La Ley de la Xxxxxx xx Xxxxxxx de la Comunidad de Madrid (LCC) extiende su ámbito de actuación, por el artículo 2.1.b), a las Entidades Locales de su ámbito territorial, así como a los organismos, entes y empresas de ellas dependientes.
El Consejo de la Xxxxxx xx Xxxxxxx, en sesión celebrada el 17 de diciembre de 2014, aprobó el “Programa de fiscalizaciones de la Xxxxxx xx Xxxxxxx de la Comunidad de Madrid para el año 2015”, entre las que se incluye la “Fiscalización de la gestión y control de las concesiones de servicios públicos y de obras públicas en los municipios de la Comunidad de Madrid de población comprendida entre 20.000 y 75.000 habitantes, vigentes en 2013: análisis particular de las correspondientes a aparcamientos públicos, servicios funerarios e instalaciones deportivas”. La fiscalización se realiza a iniciativa de la Xxxxxx xx Xxxxxxx, sobre la base de lo previsto en los artículos 2.1.b) y 10.1 de la Ley 11/1999.
I.2. Objeto de la fiscalización.
La fiscalización tiene por objeto efectuar una aproximación a la prestación de los servicios públicos a través de las concesiones de servicios y de obras públicas, profundizando en el análisis de las correspondientes a aparcamientos, servicios funerarios, e instalaciones deportivas. Se trata de una fiscalización que aborda aspectos de regularidad, de eficiencia y de economía, y que se orienta de forma singular a los elementos del control interno relacionados con las prestaciones objeto del contrato y con los efectos económicos de la concesión.
La Ley de Bases de Régimen Local regula las competencias municipales en el Capítulo III del Título II. En el artículo 25.1 de la Ley, se dispone que “el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal”. En la relación de materias sobre las que, según el punto 2 del artículo 25, en todo caso ostentan competencias los Ayuntamientos, dentro de los límites fijados por las normativas estatal y autonómica, se contemplan específicamente las de “Cementerios y servicios funerarios”, “Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas” y “Actividades o instalaciones culturales y deportivas”. En el artículo 26, se incluyen entre los servicios públicos de prestación obligatoria, para la totalidad de los Ayuntamientos, los de cementerio y, para los de población superior a 20.000 habitantes, las instalaciones deportivas de uso público.
La gestión de los servicios públicos puede ser realizada tanto directamente por la propia Administración como indirectamente, si bien, a tenor del artículo 275.1 de la Ley de Contratos
del Sector Público, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, en ningún caso podrán prestarse por gestión indirecta los servicios que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos.
Con arreglo al artículo 8 TRLCSP, los contratos de gestión de servicios públicos son aquellos por los que una Administración Pública encomienda a una persona, natural o jurídica, la gestión de un servicio cuya prestación ha sido asumida como propia de su competencia por la Administración encomendante. No se consideran contratos de gestión de servicios públicos las encomiendas a favor de otras entidades públicas o de empresas mercantiles cuyo capital pertenezca íntegramente a la Administración titular del servicio público.
Los contratos de gestión de servicios públicos, según el artículo 277 TRLCSP, pueden adoptar la modalidad de “concesión”, por la que el empresario gestionará el servicio “a su riesgo y xxxxxxx”. Con arreglo al artículo 278, el contrato de concesión de servicios públicos no podrá tener carácter perpetuo o indefinido, fijándose necesariamente en el pliego de cláusulas administrativas particulares su duración y la de las prórrogas de que pueda ser objeto, sin que pueda exceder el plazo total, incluidas las prórrogas, de los siguientes períodos, respecto de los servicios específicos contemplados en la fiscalización:
a) Cincuenta años en los contratos que comprendan la ejecución de obras y la explotación de servicio público.
b) Veinticinco años en los contratos que comprendan la explotación de un servicio público no relacionado con la prestación de servicios sanitarios.
Por lo que se refiere a la concesión de obras públicas, según el artículo 7 TRLCSP, tiene por objeto la realización de algunas de las prestaciones a que se refiere el artículo 6, referido al contrato de obras, en el que la contraprestación consiste, o bien únicamente en el derecho a explotar la obra, o bien en dicho derecho acompañado del de percibir un precio.
Los artículos 240 y siguientes TRLCSP regulan los aspectos específicos de este contrato. Los artículos 245 y 246 TRLCSP se refieren a los derechos y obligaciones de los concesionarios. Así, los concesionarios tendrán, entre otros, los siguientes derechos:
a) El derecho a explotar la obra pública y percibir la retribución económica prevista en el contrato durante el tiempo de la concesión.
b) El derecho al mantenimiento del equilibrio económico de la concesión, en la forma y con la extensión prevista en el artículo 258.
c) El derecho a utilizar los bienes de dominio público de la Administración concedente necesarios para la construcción y explotación de la obra pública.
d) El derecho a recabar de la Administración la tramitación de los procedimientos de expropiación forzosa, imposición de servidumbres y desahucio administrativo que resulten necesarios.
f) El derecho a ceder la concesión de acuerdo con lo previsto en el artículo 226 y a hipotecar la misma en las condiciones establecidas en la Ley, previa autorización del órgano de contratación en ambos casos.
Entre las obligaciones, se contemplan las siguientes:
a) Ejecutar las obras con arreglo a lo dispuesto en el contrato.
b) Explotar la obra pública, asumiendo el riesgo económico de su gestión.
c) Admitir la utilización de la obra pública por todo usuario, en las condiciones que hayan sido establecidas de acuerdo con los principios de igualdad, universalidad y no discriminación, mediante el abono, en su caso, de la correspondiente tarifa.
d) Cuidar del buen orden y de la calidad de la obra pública, y de su uso, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía que correspondan al órgano de contratación.
Atendiendo a su finalidad, las obras públicas podrán incluir la ejecución de actividades complementarias, susceptibles de un aprovechamiento económico diferenciado, tales como establecimientos de hostelería, estaciones de servicio, zonas de ocio, estacionamientos, locales comerciales y otros susceptibles de explotación.
Por las características propias de estos contratos, según se ha indicado, en ambos es posible la realización de obras y la prestación de servicios públicos, y es aspecto esencial en ambos casos la xxxxxxxx por el contratista del riesgo económico derivado de la concesión. Esta es la causa por la que se reúnen ambos tipos de operaciones en una misma fiscalización, por cuanto la prestación de servicios que requieran la realización de obras o inversiones puede canalizarse por ambas modalidades, dependiendo de la importancia económica, complejidad, etc., que revistan las obras que se requieran.
I.3. Rendición de Cuentas.
Los Ayuntamientos incluidos en el ámbito de la fiscalización han rendido en plazo las cuentas del ejercicio 2013, a excepción de los seis siguientes: Aranjuez (27 de febrero de 2015), Xxxxxxx xxx Xxx (3 de diciembre de 2014), San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx (15 de diciembre de 2014), Navalcarnero (7 de enero de 2015), Xxxxxxxx xxx Xxxxx (4 de noviembre de 2014) y Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx (15 xx xxxxx de 2015). Asimismo, están pendientes de rendición a la fecha de emisión de este Informe las entidades dependientes siguientes: Empresa Auxiliar de Servicios xx Xxxxxxxxx, S.A. (Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx); Sociedad Municipal Cultural Polivalente de Collado Xxxxxxxx, S.L. y Televisión Pública Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, S.L. (Ayuntamiento xx Xxxxxxx Xxxxxxxx); Empresa Municipal de la Vivienda de Xxxxxxx xxx Xxx, S.A. (Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxx); Plaza de España de San Xxxxxxxx, S.L. (Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx); Organismo Autónomo Desarrollo Socioeconómico y Fomento del Empleo, Empresa Municipal de la Vivienda de Ciempozuelos Viviendas CPS, S.A. y Empresa Municipal de Fomento y Desarrollo de Ciempozuelos, S.A. (Ayuntamiento de Ciempozuelos).
II. OBJETIVOS, ÁMBITO Y LIMITACIONES
II.1. Objetivos.
Los objetivos generales de la fiscalización son los siguientes:
- Conocer el grado de utilización general de estas figuras para la prestación de los servicios públicos municipales, en el ámbito institucional de la fiscalización.
- Para los servicios públicos seleccionados, evaluar los procedimientos de control que están aplicando los Ayuntamientos en relación con la prestación de los servicios públicos a través de estas figuras, con especial énfasis en la correcta prestación del servicio y las condiciones económicas de la concesión.
Dentro del conjunto de las operaciones consideradas a efectos de la fiscalización, que se relacionan en el Anexo de este Informe, se han seleccionado, para el análisis específico de procedimientos de control, las correspondientes a los aparcamientos de uso público y al estacionamiento regulado (relacionados en los cuadros IV.1 y .2), a los cementerios y servicios funerarios (cuadro IV.2) y a las instalaciones deportivas (cuadro IV.3).
Los objetivos generales se entienden realizados para el conjunto de los Ayuntamientos y de las operaciones analizadas, sin que la presencia de limitaciones específicas, respecto del conocimiento de operaciones determinadas, impida el establecimiento de conclusiones generales para el sector.
II.2. Ámbito de la Fiscalización
El ámbito temporal se circunscribe al ejercicio 2013. No obstante, la fiscalización podrá retrotraerse a todos los hechos anteriores que sean precisos para un adecuado análisis de la situación existente en 2013 y también se tendrán en cuenta todos los hechos posteriores relevantes que guarden relación con el ámbito del informe.
El ámbito institucional está integrado por 19 ayuntamientos, cuya población, según datos xxx xxxxxx municipal publicado por el INE referido al día primero de enero de 2013, se encuentra comprendida entre 20.000 y 75.000 habitantes, y que son los siguientes: Valdemoro, Majadahonda, Xxxxxxx-Xxxxxxxx, Aranjuez, Xxxxxxx xxx Xxx, Boadilla del Monte, Colmenar Viejo, Pinto, Tres Cantos, San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, Galapagar, Villaviciosa xx Xxxx, Navalcarnero, Arroyomolinos, Ciempozuelos, Xxxxxxxx xxx Xxxxx, Torrelodones, Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx y Algete. La fiscalización se ha extendido a la Administración General de los Ayuntamientos y a las entidades dependientes, aunque sólo se ha detectado una operación en estas últimas, asumida posteriormente por la Administración General del Ayuntamiento.
La población, presupuesto y remanente de tesorería son los siguientes:
Cuadro I.1.: Ayuntamientos incluidos en el ámbito de la fiscalización 2013.
Municipios | Población 1º enero 2013 | Créditos definitivos 2013 (m€) | Remanente de tesorería para gastos generales Fin 2013 (m€) |
Valdemoro | 71.578 | 72.949 | (10.657) |
Majadahonda | 70.386 | 103.966 | 18.496 |
Xxxxxxx Xxxxxxxx | 62.684 | 51.506 | 3.823 |
Aranjuez | 57.728 | 51.750 | (15.110) |
Xxxxxxx xxx Xxx | 55.981 | 61.931 | (20.936) |
Boadilla del Monte | 47.587 | 97.801 | 12.200 |
Colmenar Viejo | 46.955 | 34.134 | 14.542 |
Pinto | 46.870 | 52.900 | 2.227 |
Tres Cantos | 41.896 | 44.637 | (7.063) |
San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx | 41.226 | 45.162 | (4.346) |
Galapagar | 32.523 | 26.282 | 1.069 |
Villaviciosa xx Xxxx | 26.982 | 29.077 | (293) |
Navalcarnero | 26.085 | 50.073 | (61.025) |
Arroyomolinos | 24.313 | 27.714 | 4.550 |
Ciempozuelos | 23.950 | 18.162 | 1.845 |
Xxxxxxxx xxx Xxxxx | 23.048 | 20.186 | 2.857 |
Torrelodones | 22.782 | 26.254 | 644 |
Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx | 21.128 | 15.198 | 10.882 |
Algete | 20.136 | 26.354 | (6.759) |
Como se aprecia en el cuadro anterior, cuya fuente es la propia contabilidad rendida por los Ayuntamientos, el volumen total de los créditos definitivos del ejercicio fiscalizado alcanzaba
856.036 m€ en el conjunto de los Ayuntamientos. Por lo que se refiere al remanente de tesorería, como expresión de la situación financiera, el ejercicio 2013 partía de una situación muy diversa en los distintos Ayuntamientos.
La normativa aplicable, desde el punto de vista económico presupuestario, a los municipios fiscalizados es la siguiente:
Normativa reguladora de las Haciendas locales.
- Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- RD Legislativo 781/1986, 18 xx xxxxx. Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
- RD 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
- RD 500/1990, de 20 xx xxxxx, por el que se desarrolla en materia de Presupuestos, el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, reguladora de las Haciendas Locales.
- Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
- RD Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Normativa sobre estabilidad presupuestaria
- Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
- RD 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley de Estabilidad Presupuestaria en su aplicación a las entidades locales.
- Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Normativa específica sobre la contratación de concesiones de servicio y de obras públicas
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público.
- Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Ley 13/1995 de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Decreto 923/1965 que aprueba el Texto Articulado de la Ley de Bases de Contratos del Estado.
- Decreto de 17 xx xxxxx de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales.
Por lo que se refiere al régimen jurídico de las concesiones, vigentes durante el ejercicio 2013 pero contratadas en ejercicios anteriores, éste es diferente en función de la normativa aplicable en el momento en el que la contratación se produjo. Ello explica, en particular, que la extensión temporal sea en varios casos superior a la prevista en el TRLCSP.
En el Anexo de este Informe se relacionan la totalidad de las concesiones administrativas, de servicios públicos o de obras públicas, que los Ayuntamientos contemplados en la fiscalización han comunicado, cualquiera que fuera la naturaleza del servicio que se prestase. En ocasiones, se han incluido operaciones que, aunque no constasen calificadas como concesión de servicios o de obras públicas, según el tenor literal del contrato, se apreciara en ellas un contenido real próximo a estas figuras, lo que se comenta en los apartados específicos de cada Ayuntamiento.
La numeración asignada en el Anexo a cada una de las operaciones consta de un primer dígito, correspondiente al Ayuntamiento, los cuales se han ordenado por número de habitantes, según el padrón municipal a 1º de enero de 2013, que se muestra en el Cuadro I.1 anterior, y un segundo dígito, o número de orden, dentro de cada Ayuntamiento. Esta numeración se mantiene fija en todos los cuadros de este Informe, a los efectos de permitir su adecuada identificación. En el Anexo constan 157 contratos de concesión, vigentes en 2013, en los 18 Ayuntamientos que han remitido información, en los cuales puede apreciarse una notable disparidad en el grado de uso de estas modalidades de gestión (ver apartado II.3. Limitaciones).
II.3. Limitaciones
Las deficiencias de los mecanismos de control de las concesiones, apreciadas en los Ayuntamientos fiscalizados, unida a la propia naturaleza del análisis efectuado, que excluye la fiscalización integral de los mismos, impide alcanzar una adecuada certeza acerca de si las operaciones consideradas en el informe son todas las existentes, lo que constituye una limitación del alcance del mismo, ya que se refiere exclusivamente a las operaciones que los Ayuntamientos han comunicado.
El Ayuntamiento de Navalcarnero no ha facilitado ninguna información respecto de las operaciones contempladas en este Informe, por lo que, pese a estar incluido en el ámbito de la fiscalización, no ha sido posible efectuar ninguna de las comprobaciones previstas.1
El Ayuntamiento de Aranjuez ha comunicado las operaciones 4.7 a 4.10 del Anexo, ambas inclusive, pero no ha facilitado la documentación solicitada, correspondiente, entre otros extremos a los propios contratos, los pliegos y la situación económica.
Se describen en cada apartado las restantes deficiencias en la remisión de documentación e información por parte de los Ayuntamientos.
1 En mayo de 2016, durante el trámite de alegaciones, ha sido remitida una amplia documentación, respondiendo a lo solicitado por esta Xxxxxx xx Xxxxxxx durante la fiscalización, la cual no ha podido ser analizada, dada la extemporaneidad en su presentación. Del contenido de la extensa documentación recibida el 11 xx xxxx de 2016, se deduce la vigencia de
siete operaciones durante el ejercicio fiscalizado:
-Gestión del Servicio de dos aparcamientos subterráneos en las plazas del Teatro y Nuevo Ayuntamiento en Navalcarnero (Madrid).
–Gestión indirecta mediante concesión, de los servicios funerarios (cementerio y tanatorio) municipales en Navalcarnero (Madrid).
–Gestión indirecta, bajo la modalidad de concesión, del servicio de piscina municipal xx xxxxxx y servicio de bar anexo, en Navalcarnero (Madrid).
-Servicio de explotación de la piscina municipal cubierta “Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx” y ampliación de las instalaciones existentes, en Navalcarnero.
–Servicio de explotación de la piscina municipal cubierta “Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx” xx Xxxxxxxxxxxx (Xxxxxx).
–Construcción de la plaza de toros “Xxxxx Xxxxxx” y su posterior gestión, en Navalcarnero (Madrid).
–Concesión de obra pública para la construcción de un polideportivo en el barrio de la Estación y su posterior gestión, en Navalcarnero (Madrid).
Con posterioridad, una vez superado el plazo concedido para el trámite de audiencia, respecto de una de ellas, la concesión de obra pública para la construcción de un polideportivo en el Barrio de la Estación, y su posterior gestión, celebrado en 2006 con la empresa “Constructora Hispánica, S.A.”, se ha remitido un Informe de Auditoría Técnica de las Obras, de 27 xx xxxx de 2016, del que se deducen graves irregularidades, entre ellas el pago de unidades de obra no ejecutadas. La documentación se ha recibido una vez rebasados ampliamente todos los plazos establecidos, tanto el concedido en un primer escrito, que tuvo salida por el registro de esta Xxxxxx xx Xxxxxxx el día 21 de enero de 2015, como en la reiteración posterior, de 13 xx xxxx siguiente, recibida por el Ayuntamiento el 19 xx xxxx de 2015, en la que se concedía nuevo plazo xx xxxx días para cumplimentar la previa solicitud. La documentación ha sido presentada, parte de ella, dentro del plazo concedido para el trámite de alegaciones (registro de entrada en esta Cámara de 11 xx xxxx de 2016) y, el resto, superado el indicado plazo (registro de entrada en esta Cámara de 1º xx xxxxx de 2016).
El tratamiento de la indicada documentación supondría la paralización de la tramitación del Informe por espacio de varios meses interfiriendo en el curso de otras fiscalizaciones en marcha y comprometiendo el cumplimiento del Programa de Fiscalizaciones de esta Xxxxxx xx Xxxxxxx.
III. TRATAMIENTO DE ALEGACIONES.
Los resultados provisionales de la fiscalización efectuada se trasladaron, con fecha 25 xx xxxxx de 2016, a los actuales Alcaldes-Presidentes de los Ayuntamientos incluidos en su ámbito, así como, en su caso, a las personas que ocuparon esos cargos durante el ejercicio fiscalizado, para que, según lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 11/1999 de 29 xx xxxxx, de la Xxxxxx xx Xxxxxxx de la Comunidad de Madrid, realizaran las alegaciones y aportaran los documentos que entendieran pertinentes.
Sólo han presentado alegaciones los actuales Alcaldes-Presidentes de los Ayuntamientos de Boadilla del Monte, Galapagar y Navalcarnero. Las alegaciones y documentación complementaria remitida han sido analizadas, modificándose el texto del Informe o incluyéndose aclaraciones adicionales en notas a pie de página cuando se ha considerado apropiado.
IV. REGULACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y ACTUACIONES DE CONTROL.
IV.1. Regulación de la prestación del servicio.
La regulación de la prestación del servicio público objeto de concesión puede contemplar aspectos de gran amplitud, en función de la naturaleza del mismo. De la regulación contenida en el TRLCSP y, particularmente, de los artículos 131 (concesión de obras públicas) y 133 (concesión de servicios públicos), se deriva que los Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas fijarán las condiciones de la prestación del servicio y, en su caso, las tarifas que hubieran de abonar los usuarios, los procedimientos para su revisión, y el canon o participación que hubiera de satisfacerse a la Administración.
En este apartado se muestran los resultados del análisis de tres aspectos relacionados directamente con la caracterización de la concesión y el grado de satisfacción de los usuarios, como son los siguientes: la determinación del servicio que se va prestar, en los Pliegos del contrato de concesión y en otras regulaciones adoptadas por el Ayuntamiento, la aprobación de las tarifas aplicables al servicio, y el control de las quejas de los usuarios presentadas ante el Ayuntamiento.
Con referencia al tratamiento de las quejas de los usuarios, se canalizan a través de los mecanismos generales de los Ayuntamientos, en varios casos por las Oficinas de Consumo (OMIC), siguiendo los protocolos generales de actuación acordados con la Comunidad de Madrid. No se ha comunicado en ningún caso que sean sometidos a ninguna clase de tratamiento específico relacionado con el hecho de referirse a servicios públicos municipales prestados a través de la figura de la concesión, ni se ha constatado que las quejas y reclamaciones se asocien de forma sistemática a informes de evaluación del cumplimiento del contrato por el concesionario, los cuales, como se muestra en los apartados siguientes, se elaboran en general sólo de forma esporádica. Por otra parte, es usual que los propios concesionarios dispongan de su propio procedimiento de atención de quejas y reclamaciones, en cuyo caso tampoco existe garantía, en general, de que el Ayuntamiento conozca y revise el tratamiento de estas quejas. La información mostrada en los cuadros, que se corresponde con
la facilitada por los Ayuntamientos, al no existir un tratamiento específico que asegure que es posible recuperar a posteriori el conjunto de todas las quejas y reclamaciones, asociadas a un mismo contrato de concesión, y su resolución posterior, debe interpretarse sólo a título indicativo.
IV.1.1. Aparcamientos.
Se ha efectuado un análisis sobre las concesiones de aparcamientos de uso público y de uso regulado en la vía pública. Los aparcamientos no constituyen un servicio público obligatorio, pero, como se muestra a continuación, en el ámbito de los Ayuntamientos contemplados en la fiscalización se presta, a través del mecanismo concesional, en diez de ellos: Valdemoro; Majadahonda; Xxxxxxx-Xxxxxxxx; Aranjuez; Xxxxxxx xxx Xxx; Colmenar Viejo; Pinto; Galapagar; Ciempozuelos y Algete.
Se desglosan en los cuadros siguientes las dieciséis operaciones analizadas en las dos modalidades siguientes: aparcamientos de uso público y aparcamiento regulado en la vía pública. No se han presentado operaciones correspondientes a aparcamientos de uso mixto (residencial/público).
Se ha constatado en las concesiones analizadas dentro de este grupo, salvo en dos de ellas (8.1 xx Xxxxx y 19.1 de Algete, que no han remitido los Pliegos de prescripciones técnicas), que los Pliegos que han regido los concursos, de condiciones administrativas y de prescripciones técnicas, contienen referencias, de diversa amplitud, a las condiciones de prestación del servicio. En general, no consta que se hayan aprobado reglamentos o dictado instrucciones adicionales para lo que, en definitiva, constituyen servicios públicos de titularidad municipal, con las excepciones que se muestran en los cuadros.
Se ha comprobado la aprobación de las tarifas por los Órganos de gobierno en doce casos; en dos de ellos, se ha comunicado que las tarifas máximas vigentes son las aprobadas en los ejercicios 2006 (Xxxxxxx-Xxxxxxxx) y 2007 (Ciempozuelos). En los cuatro casos que se muestran en los cuadros IV.1 y IV.2, los Ayuntamientos no han facilitado información acerca de la aprobación formal de las tarifas.
En relación con las quejas de los usuarios, se ha contestado mayoritariamente en el sentido de que tales quejas no existen o no se ha facilitado la información correspondiente.
Cuadro IV.1.: Regulación de la prestación del servicio. Aparcamientos de uso público.
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Pliegos | Instrucciones adicionales | Tarifas (aprobación) | Reclamaciones de usuarios (nº) | |
1.1 | Valdemoro Administración General Edificio Centro Lúdico, aparcamiento público | Sí | N/C | N/C | N/C |
2.1 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación de los aparcamientos subterráneos en casco urbano. | Sí | Instrucción control de las concesiones, 18/11/2013. | Por el Pleno 27/12/2012. | 1 |
3.1 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Construcción y explotación de aparcamiento subterráneo en C/ Xxxxxxx Xxxxxx y explotación aparcamiento de la Biblioteca Municipal Xxxxxx Xxxxxxxxx. | Sí | N/C | 2006 | No |
4.6 | Aranjuez Administración General Construcción y explotación de aparcamiento subterráneo. | Si | N/C | N/C | N/C |
7.9 | Colmenar Viejo Administración General Explotación del Aparcamiento Subterráneo situado en la Plaza del Pueblo. | Sí | Reglamento 28/04/2010. | Contrato 27/12/2012. | N/C |
8.1 | Pinto Administración General Construcción y explotación de aparcamientos para vehículos pesados y ligeros y servicios en centro de transportes. | N/C | No | N/C | N/C |
15.1 | Ciempozuelos Administración General Gestión del servicio público de estacionamiento de vehículos en parcela municipal en el Paseo de la Calderona. | Sí | N/C | 2007 | N/C |
19.1 | Algete Administración General Aparcamiento público de vehículos pesados que incluye la ejecución de las obras de las instalaciones. | No | N/C | Por el Pleno 20/09/12 | N/C |
En el siguiente cuadro se muestra la misma información que en el cuadro anterior, pero referida al servicio de control del aparcamiento regulado en la vía pública, que incluye la gestión de las máquinas expendedoras de tickets:
Cuadro IV.2.: Regulación de la prestación del Servicio. Aparcamiento Regulado
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Pliegos | Instrucciones adicionales | Tarifas (aprobación) | Reclamaciones de usuarios (nº) | |
1.2 | Valdemoro Administración General Estacionamiento Regulado, servicio de retirada de vehículos y servicio de gestión de sanciones dentro del área del Servicio de Estacionamiento Regulado. | Sí | Reglamento del Servicio de Estacionamiento Regulado | Pleno 5/11/2012 | N/C |
2.2 | Majadahonda Administración General Grúa municipal y estacionamiento regulado en superficie. | Sí | Instrucción para el seguimiento y control de las concesiones 18/11/2013. | Por el Pleno 2010. | 12 |
3.2 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Regulación estacionamiento de vehículos bajo control horario y servicio xx xxxx. | Sí | No | 2004 Modificada 25/10/12 | N/C |
4.1 | Aranjuez Administración General Estacionamiento regulado en vías públicas. | Si | N/C | Ordenanza fiscal 2013 | N/C |
4.2 | Aranjuez Administración General Estacionamiento regulado en vías públicas. | Sí | No | Anexo II del contrato para el 2013. | N/C |
5.2 | Xxxxxxx xxx Xxx Administración General Regulación estacionamiento de vehículos bajo control horario y servicio xx xxxx. | Sí | No | N/C | N/C |
11.1 | Galapagar Administración General Regulación del estacionamiento de vehículos bajo control horario (SER), Servicio de inmovilizaciones, retirada y traslado de vehículos, y servicios de colaboración en el cobro de multas derivadas del SER y de las sanciones por infracciones de la normativa de circulación de vehículos. | Sí | N/C | BOCM 16/07/13 | 29 |
15.2 | Ciempozuelos Administración General Gestión y explotación de la zona de estacionamiento limitado y controlado - zona azul. | Sí | N/C | Pleno 06/06/2013 | N/C |
IV.1.2. Cementerios y Servicios funerarios
Por lo que se refiere a los cementerios, constituyen un servicio municipal obligatorio en la totalidad de los municipios. Se ha efectuado un análisis tanto de las concesiones referentes a cementerios como de las relativas a otros servicios funerarios, que abarcan doce operaciones, once de las cuales se detallan en el Cuadro IV.3., y una de ellas, la 8.4 xx Xxxxx, se ha excluido del mismo por no haberse remitido los datos solicitados ni el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Respecto de las concesiones incluidas en el Cuadro IV.3, se ha comprobado que los Pliegos que han regido los concursos regulan las condiciones de prestación del servicio y consta, en ocho operaciones, que se han aprobado reglamentos o instrucciones adicionales. Se ha constatado la aprobación de las tarifas por los Órganos de gobierno del Ayuntamiento en todos los casos.
En ningún caso se ha comunicado un número relevante de reclamaciones de los usuarios durante el ejercicio 2013, lo cual no puede considerarse indicativo del nivel de calidad del servicio, ya que, como se ha indicado, no existe certeza de que todas las reclamaciones lleguen al conocimiento de los Ayuntamientos, puesto que los concesionarios tienen su propio servicio de reclamaciones, en general, ni de que se mantenga un registro que permita asociar a cada concesión las quejas recibidas a través de los mecanismos generales previstos en cada Ayuntamiento para atender estos procedimientos.
Cuadro IV.3.: Regulación de la prestación del servicio. Cementerios y servicios funerarios.
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Pliegos | Instrucciones adicionales | Tarifas (aprobación) | Reclamaciones de usuarios (nº) | |
3.6 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Mantenimiento del cementerio y servicios funerarios. | Sí | 30/5/13 (Reglamento) | 25/10/12 (BOCM 28/12/12) | N/C |
4.4 | Aranjuez Administración General Ejecución de las obras de ampliación del cementerio “Santa Xxxxxx” y explotación. | Sí | No | BOCM 26/12/2012 | N/C |
5.6 | Xxxxxxx xxx Xxx Administración General Explotación de los cementerios y tanatorio municipales. | Sí | 30/1/96, modificado por Pleno el 7/7/10 | 11/3/96, modificado por Pleno el 2/10/10. | No |
6.3 | Boadilla del Monte Administración General Servicio Público del Cementerio Municipal. | Sí | No | 04/07/2008 | No |
7.10 | Colmenar Viejo Administración General Servicio de Gestión del Tanatorio y del Cementerio. | Sí | Reglamento 24/03/2007 | Contrato 02/08/2012. | 1 |
10.1 | San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Administración General Servicio Público de Enterramientos, Servicios en General de los Cementerios y Tanatorio. | Sí | Reglamento 07/05/2004 | O.F 4 BOCM 07/11/11. | 4 |
11.2 | Galapagar Administración General Redacción de proyecto, construcción y explotación del Tanatorio-crematorio y la gestión de los cementerios. | Sí | Reglamento 12-7-2010 | Cementerio 19-11-2010 Tanatorio 23-10-2012 | N/C 9 |
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Pliegos | Instrucciones adicionales | Tarifas (aprobación) | Reclamaciones de usuarios (nº) | |
15.3 | Ciempozuelos Administración General Gestión y explotación del tanatorio municipal. | Sí | Reglamento sobre la Gestión del Servicio, Instalaciones y locales del Tanatorio (BOCM 6-10- 2006). | 30/07/2010 | N/C |
16.1 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión del Cementerio y Tanatorio municipal. | Sí | 18/06/2002 | 27/09/2012 | No |
16.2 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión del Cementerio y Tanatorio municipal. | Sí | 18/06/2002 | 27/09/2012 | No |
17.1 | Torrelodones Administración General Redacción del proyecto, Construcción y Explotación de Cementerio y Tanatorio. | Sí | No | Por el Pleno 28/10/2010. | No |
Si: Consta regulación del servicio en los Pliegos de la licitación correspondiente.
No: Se ha respondido negativamente, o se ha afirmado que no existen las instrucciones, reclamaciones, inspecciones, etc.
IV.1.3. Instalaciones deportivas.
Por lo que se refiere a las instalaciones deportivas, se han examinado un total de treinta y cinco concesiones, correspondientes a catorce Ayuntamientos. Las instalaciones deportivas constituyen un servicio municipal obligatorio en los municipios de más de veinte mil habitantes, estrato poblacional en el que se encuentran incluidos todos los Ayuntamientos del ámbito de la fiscalización.
En la totalidad de las concesiones incluidas en este grupo, los Pliegos que han regido los concursos regulan las condiciones de prestación del servicio, y no consta, en la mayor parte de los casos, que se hayan aprobado reglamentos o dictado instrucciones adicionales, con las excepciones que se reflejan en el cuadro. Se ha constatado la aprobación de las tarifas por los Órganos de gobierno de los Ayuntamientos en veintisiete casos.
Se ha informado acerca de las reclamaciones presentadas por los usuarios durante el ejercicio 2013 en un número escaso de operaciones. El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx ha facilitado las reclamaciones presentadas en el Área de Deportes en su conjunto (467), y no ha identificado, dentro de ellas, las que corresponden específicamente a las operaciones fiscalizadas.
Cuadro IV.4.: Regulación de la prestación del Servicio. Instalaciones deportivas
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Pliegos | Instrucciones adicionales | Tarifas (aprobación) | Reclamaciones de usuarios (nº) | |
1.5 | Valdemoro Administración General Explotación de las instalaciones de “El Caracol”. | Sí | Reglamento sobre instalaciones y servicios deportivos municipales | Contrato 26/01/2012 | N/C |
1.6 | Valdemoro Administración General Explotación de la pista de hielo municipal “Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx” en calle Xxxx s/n. | Sí | Reglamento sobre instalaciones y servicios deportivos municipales | N/C | N/C |
2.6 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del servicio de una pista municipal de hielo. | Sí | No | Por el Pleno 1996. | No |
2.7 | Majadahonda Administración General Explotación del campo de fútbol “Xxxxx xxx Xxxxxx” y la ejecución de las obras para la Escuela de fútbol.. | Sí | No | N/C | 1 |
2.8 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del Campo de Golf. | Sí | No | Comisión de Gobierno 2003. | No |
2.9 | Majadahonda Administración General Redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del Centro El Xxxxxxxxx. | Sí | No | Por el Pleno, 25/01/2012. | 3 |
2.10 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Xxxxxx Vieja y elaboración del Programa de Actividades Deportivas, así como la redacción de los proyectos, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud para el pabellón de acceso. | Sí | Reglamento Pleno 2010 | Por la Junta de Gobierno Local, 25/02/2013. | 2 |
2.12 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Deportivo nº 7 “Xxxxx de la Oliva”. | Sí | Reglamento Pleno 2010 | Por la Junta de Gobierno Local, 25/06/2012. | 14 |
3.9 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividad dirigida de musculación en las instalaciones del Centro de Natación. | Sí | N/C | Pleno 25/10/12 (BOCM 28/12/12). | N/C |
3.10 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividades deportivas en la Ciudad Deportiva. | Sí | N/C | Pleno 25/10/12 (BOCM 28/12/12). | N/C |
3.11 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Servicio Público de Spa urbano en las instalaciones del Centro de Natación. | Sí | N/C | Pleno 25/10/12 (BOCM 28/12/12). | N/C |
3.12 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividades Polideportivo Municipal Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx. | Sí | N/C | Pleno 25/10/12 (BOCM 28/12/12). | N/C |
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Pliegos | Instrucciones adicionales | Tarifas (aprobación) | Reclamaciones de usuarios (nº) | |
3.15 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Gestión del Servicio Público de la Liga Municipal Fútbol 7 en Xxxxxxx Xxxxxxxx. | Sí | N/C | Pleno 25/10/12 (BOCM 28/12/12). | N/C |
3.16 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividades deportivas en la Ciudad Deportiva. | Sí | N/C | Pleno 25/10/12 (BOCM 28/12/12). | N/C |
3.17 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividades Polideportivo Municipal Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx. | Sí | N/C | Pleno 25/10/12 (BOCM 28/12/12). | N/C |
4.5 | Aranjuez Administración General Explotación y remodelación de la Ciudad Deportiva Las Olivas. | Sí | No | BOCM 26/12/2012 | N/C |
6.8 | Boadilla del Monte Administración General Gestión de la “Piscina cubierta Municipal de Boadilla del Monte”. | Sí | Normativa general de la piscina, sobre actividades deportivas y sobre instalaciones deportivas. | Pleno 29/05/2012 | 36 |
7.11 | Colmenar Viejo Administración General Gestión de la piscina municipal cubierta "Santa Xxxxxx". | Sí | Reglamento 21/08/2013. | Ordenanza Fiscal 2013. | N/C |
7.12 | Colmenar Viejo Administración General Gestión de la piscina municipal cubierta sita en el Complejo Xxxxxxx Xxxx. | Sí | Reglamento 21/08/2013. | Ordenanza Fiscal 2013 | N/C |
7.13 | Colmenar Viejo Administración General Gestión de la piscina municipal xx xxxxxx. | Sí | Reglamento 21/08/2013. | Ordenanza Fiscal 2013 | N/C |
7.14 | Colmenar Viejo Administración General Gestión del Complejo Deportivo Municipal de la Estación (J.A. Xxxxxxxxx). | Sí | Reglamento 21/08/2013. | Ordenanza Fiscal 2013 | N/C |
8.5 | Pinto Administración General Gestión de servicios deportivos en determinadas salas y en spa del pabellón Príncipe xx Xxxxxxxx ubicado en Parque Xxxx Xxxxxx X. | Sí | N/C | Consejo de Administración de Aserpinto, S.A. 2012 | 28 |
8.7 | Pinto Administración General Gestión actividad de Tenis de la Concejalía de Deportes. | Sí | N/C | N/C | N/C |
8.10 | Pinto Administración General Gestión de actividad de Taekwondo de la Concejalía de Deportes. | Sí | N/C | N/C | N/C |
8.12 | Pinto Administración General Gestión de actividad de Pilates de la Concejalía de Deportes. | Sí | N/C | N/C | N/C |
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Pliegos | Instrucciones adicionales | Tarifas (aprobación) | Reclamaciones de usuarios (nº) | |
8.13 | Pinto Administración General Gestión de actividad de aeróbic, gimnasia de mantenimiento, step y complementos formativos de la Concejalía de Deportes. | Sí | N/C | Contrato 25/10/2013 | N/C |
9.5 | Tres Cantos Administración General del Ayuntamiento Explotación del Centro Deportivo Islas. Año 2010 | Sí | N/C | N/C | N/C |
11.3 | Galapagar Administración General del Ayuntamiento Concesión Piscina Municipal. | Sí | N/C | Pleno de 28/12/2012. BOCM 11/1/2013 | 11 |
12.1 | Villaviciosa xx Xxxx Administración General Construcción y concesión del servicio público de Instalaciones Deportivas Acuáticas. | Sí | Reglamento y Carta de servicios 16-1-2009. | 13/06/2013 | 25 |
15.4 | Ciempozuelos Administración General Explotación de la piscina climatizada ubicada en la Ciudad Deportiva. | Sí | N/C | 2009 | N/C |
16.3 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión de las piscinas municipales de invierno y verano. | Sí | 09/03/2012 | Pleno 09/11/12 modificado 26/04/13. | No |
16.4 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión de las piscinas municipales de invierno y verano. | Sí | 9/03/2012 | Pleno 09/11/12 modificado 26/04/14. | N/C |
17.3 | Torrelodones Administración General Gestión de las piscinas y cafetería del polideportivo Municipal. | Sí | Reglamento de Uso, publicado en BCAM 18/06/2011. | Por el Pleno 2010. | N/C |
17.4 | Torrelodones Administración General Explotación de las pistas xx xxxxx y casa multiusos. | Sí | No | Por el Pleno 2010. | N/C |
18.1 | Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx Administración General Gestión de 9 pistas xx xxxxx del Complejo Deportivo Municipal situado en C/Extremadura s/n. | Sí | No | N/C | N/C |
Por lo que se refiere a la operación 8.5 xx Xxxxx, el contrato fue adjudicado por la Sociedad municipal Aserpinto S.A., en cuanto titular de la “Encomienda de Gestión integral del Polideportivo”, la cual fue resuelta en septiembre de 2012, tras lo cual la Administración del Ayuntamiento se subrogó en los derechos y obligaciones del contrato.
En la operación 9.5 del Ayuntamiento de Tres Cantos, el contrato fue declarado resuelto por la JGL en enero de 2013, tras constatarse la interrupción en la prestación del servicio.
IV.2. Actuaciones de control previstas y ejecutadas
La gestión de los servicios públicos mediante concesión, que lleva aparejada la xxxxxxxx del correspondiente riesgo por parte del contratista, se realiza sobre la base de la titularidad
municipal del servicio prestado, por lo que el Ayuntamiento debe procurar en todo momento que la prestación del servicio público sea adecuada.
También resulta imprescindible, para una buena gestión, que la Administración disponga de información suficiente acerca de los aspectos económicos, en orden a la fijación de tarifas y al seguimiento del mantenimiento de las condiciones de equilibrio económico de la concesión, vigentes en el momento en el que el contrato se celebró y que fueron tenidas en cuenta para la redacción de los Pliegos que rigieron la adjudicación del mismo y siguen regulando la prestación del servicio.
Así, según determina el artículo 132 TRLCSP, al tratar de las actuaciones preparatorias del contrato de gestión de servicios públicos, antes de proceder a la contratación de un servicio público, deberá haberse establecido su régimen jurídico, que declare expresamente que la actividad de que se trata queda asumida por la Administración respectiva como propia de la misma, atribuya las competencias administrativas, determine el alcance de las prestaciones en favor de los administrados, y regule los aspectos de carácter jurídico, económico y administrativo relativos a la prestación del servicio.
Como es sabido, en muchas concesiones de servicio se proyectan obras que deberán ser ejecutadas por el concesionario, en cuyo caso, de acuerdo con el artículo 133.2 TRLCSP, la tramitación del expediente irá precedida de la elaboración y aprobación administrativa del anteproyecto de explotación y también del correspondiente a las obras precisas, para lo cual serán de aplicación los preceptos establecidos en el propio TRLCSP para la concesión de obras públicas. Con respecto a esta última modalidad, el TRLCSP exige la elaboración de un estudio de viabilidad (artículo 128) que puede encomendarse a la iniciativa privada y puede ser realizado por las empresas interesadas en la licitación de la futura concesión u otras. El estudio de viabilidad debe someterse a información pública durante un mes, prorrogable por idéntico plazo en razón de la complejidad del mismo, y se dará traslado a los órganos de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y Entidades Locales afectados, cuando la obra no figure en el correspondiente planeamiento urbanístico, que deberán emitir informe en el plazo de un mes.
De acuerdo con el artículo 131 TRLCSP, en referencia a la concesión de obras públicas, los Pliegos integrarán un “Plan económico-financiero de la concesión”, que incluirá el sistema de tarifas, la inversión y los costes de explotación y obligaciones de pago y gastos financieros, directos o indirectos, estimados, con una consideración específica sobre la incidencia en las tarifas de los rendimientos de la demanda de utilización de la obra. Los Pliegos contendrán asimismo el compromiso de que la sociedad concesionaria adoptará el modelo de contabilidad que se establezca en ellos, de conformidad con la normativa aplicable. Con arreglo al artículo 258 TRLCSP, la Administración deberá restablecer el equilibrio económico del contrato, cuando modifique, por razones de interés público, las condiciones de explotación de la obra, o cuando sus actuaciones determinaran de forma directa la ruptura sustancial de la economía del contrato, o cuando ésta se derivase directamente de causas de fuerza mayor, enumeradas en el artículo 231, o cuando se produzcan los supuestos previstos en el propio contrato para su revisión.
Con arreglo al artículo 279.2 TRLCSP, en todo caso, la Administración conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios sujetos a la concesión de que se trate, y tiene la facultad, con arreglo al artículo 282.1, de modificar por razones de interés público y si concurren las circunstancias previstas en el Título V del Libro I, las características del servicio contratado y las tarifas que han de ser abonadas por los usuarios, si bien, cuando las modificaciones afecten al régimen financiero del contrato, la Administración deberá compensar al contratista de manera que se mantenga el equilibrio de los supuestos económicos que fueron considerados como básicos en su adjudicación.
Las anteriores menciones al TRLCSP sólo son aplicables a los contratos sujetos al mismo en el momento de su celebración y no respecto de los anteriores, pero enmarcan las cuestiones que se evalúan en el presente apartado, que hacen referencia a las actuaciones de control previstas en los Pliegos y su efectiva aplicación por las Administraciones concedentes.
IV.2.1. Actuaciones de control previstas
En los siguientes cuadros se muestran, desde la perspectiva de la buena gestión de estos contratos, las prescripciones contenidas en los Pliegos acerca de las obligaciones de información de los concesionarios, sobre los derechos de inspección o facultades de policía de la Administración, así como respecto del posible establecimiento de comisiones de seguimiento, con reuniones periódicas, que den curso, en su caso, a los resultados del análisis de la información facilitada o que evalúen las observaciones realizadas a raíz de las visitas de inspección.
Dentro de las posibles obligaciones de información del concesionario, se contemplan dos grupos: la remisión de información económica de carácter periódico, que contribuya a conocer la situación de equilibrio económico de la concesión, o a determinar los parámetros de cálculo del canon según los Pliegos, y otras obligaciones de información, que atienden a finalidades diversas, tales como el cumplimiento de obligaciones legales de carácter laboral, fiscal, etc, el mantenimiento de las instalaciones, la demanda de servicios por parte de los ciudadanos, la programación de actividades, etc.
Dentro de los derechos de inspección o facultades de policía, los Ayuntamientos ostentan, en todo caso, las competencias que la legislación les atribuye con vistas a asegurar la correcta prestación de los servicios públicos municipales, en particular el artículo 279.2 TRLCSP y análogos, en la normativa aplicable a cada concesión en concreto, además de aquellas otras de consumo, sanitarias, etc. que también ejercerían respecto de una actividad privada. Se aprecia una gran diversidad de situaciones, desde una extensa regulación hasta las meras alusiones a la previsión legal.
El grado de regulación de las obligaciones de información, de los derechos de inspección y de la constitución de comisiones de seguimiento, es muy diverso en el conjunto de las operaciones analizadas, en función del objeto de la concesión, dependiendo de las políticas seguidas por los Ayuntamientos, y también de la época en que la concesión se adjudicó.
La inclusión en los Pliegos de previsiones adecuadas en orden a facilitar las inspecciones del Ayuntamiento, así como el conocimiento periódico de los principales parámetros económicos
de la concesión, contribuye a que las revisiones de las tarifas, del propio canon y cualesquiera otras tendentes a conservar y reestablecer el equilibrio económico de la concesión se efectúen sobre bases firmes. Sin embargo, las previsiones contenidas en los Pliegos deben ser consideradas, en su conjunto, como insuficientes para el adecuado control de las concesiones.
En la mayor parte de los casos, no se prevé que se facilite información económica periódica completa de la explotación. Incluso en los supuestos que involucran importantes inversiones, como es el caso de las concesiones de obras, no se recogen previsiones suficientes para evaluar el cumplimiento del Plan de viabilidad o del presupuesto de explotación, por la ausencia de aportación de datos económicos sobre los costes incurridos, y de información económica periódica con el detalle adecuado que permitiera conocer la evolución del equilibrio económico de la concesión.
En general, se observa mayor regulación en aquéllas cuestiones relacionadas con el cálculo periódico del canon, sin que ello quiera decir que se consideren suficientes en todos los casos.
Respecto de otros parámetros, como son el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, el conocimiento y seguimiento del resultado de inspecciones de organismos oficiales, etc., en muchos casos no hay previsión alguna.
No se aprecia, en general, que el mantenimiento de las instalaciones de acuerdo con lo previsto en el contrato, el grado de satisfacción de los usuarios o la calidad de los servicios prestados reciban suficiente atención, al margen de previsiones generales respecto de la realización de inspecciones por parte de los servicios del ayuntamiento, las cuales, además, no suelen tener efectividad práctica.
Por lo que se refiere a la constitución de comisiones de seguimiento con reuniones periódicas, constituye una buena práctica de control que se prevé con mayor frecuencia en el supuesto de instalaciones deportivas que en los restantes casos contemplados en la fiscalización.
En el siguiente cuadro se muestra la regulación de los poderes de policía de la Administración concedente y de las obligaciones de información de los concesionarios, así como la creación de comisiones de seguimiento previstas en el contrato, en las que pueden coordinarse distintas concejalías, en los aparcamientos de uso público:
Cuadro IV.5.: Procedimientos de control previstos. Aparcamientos uso público
Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | Comisión de | ||||
Ayuntamiento/Ente | seguimiento con | |||||
concedente/Concesión | reuniones | |||||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Otros | periódicas | ||
1.1 | Valdemoro Administración General Edificio Centro Lúdico, aparcamiento público | No | Cumplimiento de compromisos en prevención de riesgos laborales | Sí | No | No |
2.1 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación de los aparcamientos subterráneos en casco urbano. | Memoria Anual de la empresa. | Número de usuarios e información sobre la aplicación de los beneficios previstos para los vecinos. | Sí | Instrucción para el seguimiento y control de las concesiones municipales, de 18/11/2013. | Comisión de Vigilancia de la Contratación |
Aranjuez | Derecho a | |||||
4.6 | Administración General Construcción y explotación de aparcamiento | No | No | Si | inspeccionar la explotación y | No |
subterráneo. | conservación. | |||||
3.1 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Construcción y explotación de aparcamiento subterráneo en C/ Xxxxxxx Xxxxxx y explotación aparcamiento de la Biblioteca Municipal Xxxxxx Xxxxxxxxx. | No | No | Sí | El Ayuntamiento podrá inspeccionar el servicio, sus obras, instalaciones y locales, así como la documentación relacionada con la concesión. | No |
7.9 | Colmenar Viejo Administración General Explotación del Aparcamiento Subterráneo situado en la Plaza del Pueblo. | No | No | Sí | No | No |
8.1 | Xxxxx Administración General Construcción y explotación de aparcamientos para vehículos pesados y ligeros y servicios en centro de transportes. | No | Cando le sea solicitada, documentación para la comprobación de la legalidad en el orden laboral, fiscal, administrativo. | Sí | No | No |
15.1 | Ciempozuelos Administración General Gestión del servicio público de estacionamiento de vehículos en parcela municipal en el Paseo de la Calderona. | No | No | Sí | No | No |
19.1 | Algete Administración General Aparcamiento público de vehículos pesados que incluye la ejecución de las obras de las instalaciones. | No | Inventario de los bienes afectos al servicio. Reglamentación Interna de las instalaciones, que se someterá a la aprobación del Ayuntamiento | Sí | No | No |
Como se observa en el cuadro anterior, las previsiones contenidas en los Pliegos cuando el objeto de la concesión hace referencia a los aparcamientos de uso público son
particularmente escuetas y en ningún caso se han previsto comisiones de seguimiento específicas para cada contrato. Esta escasa regulación permite anticipar que la intensidad de las actuaciones de control efectivamente desarrolladas va a ser también baja.
En el siguiente cuadro se muestra la regulación de los poderes de policía de la Administración concedente y de las obligaciones de información de los concesionarios, así como la creación de comisiones de seguimiento previstas en el contrato, en las operaciones correspondientes a estacionamiento regulado:
Cuadro IV.6.: Procedimientos de control previstos. Aparcamientos uso regulado
Ayuntamiento/ Ente concedente/ Concesión | Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | Comisión de seguimiento reuniones periódicas | |||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Otros | |||
Supervisión Plan Publicitario | ||||||
1.2 | Valdemoro Administración General Gestión servicio público estacionamiento regulado (SER), servicio grúa y gestión de sanciones | Arqueo trimestral maquinas cobradoras Los ingresos por grúa y sanciones se ingresan en cuenta de titularidad municipal. | Remisión diaria Boletines de Denuncia | Sí | El Ayuntamiento ostentará las máximas funciones de inspección, sobre la contabilidad y el arqueo de las máquinas cobradoras, al menos, en la finalización de cada trimestre. El Ayuntamiento se reserva la potestad de realizar los controles que considere oportunos. | Mesa de Consulta |
Supervisión y control de soportes documentales para el cálculo del excedente de explotación para liquidar el canon. | ||||||
2.2 | Majadahonda Administración General Grúa municipal y estacionamiento regulado en superficie. | Listados y comunicación a los servicios municipales para el procedimiento de sanciones, una vez transcurridos 15 días hábiles desde su notificación, y transcurrido un mes del periodo voluntario, aportar soporte informático a Recaudación del Ayuntamiento. | Memoria Anual de la empresa | Sí | Instrucción para el seguimiento y control de las concesiones municipales de 18/11/2013 | Comisión de Vigilancia de la Contratación |
Ayuntamiento/ Ente concedente/ Concesión | Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | Comisión de seguimiento reuniones periódicas | |||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Otros | |||
3.2 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Regulación estacionamiento de vehículos bajo control horario y servicio xx xxxx. | El concesionario presentará mensualmente al Ayuntamiento. la liquidación del servicio (recaudación total mensual+ ingreso del % s/la recaudación). | No | Sí | El Ayuntamiento ostentará las máximas funciones fiscalizadoras y de inspección, pudiendo asistir al arqueo de las máquinas un Delegado de la Concejalía de Hacienda. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento inspeccionar el servicio. | No |
4.1 | Aranjuez Administración General Estacionamiento regulado en vías públicas. | Liquidaciones trimestrales. | No | Si | N/C | No |
4.2 | Aranjuez Administración General Estacionamiento regulado en vías públicas. | No | Entrega de denuncias formuladas . | Sí | No | No |
5.2 | Xxxxxxx xxx Xxx Administración General Regulación estacionamiento de vehículos bajo control horario y servicio xx xxxx. | No | No | Sí | El Ayuntamiento tendrá la potestad de fiscalización de la gestión del adjudicatario, podrá inspeccionar el servicio, sus obras, instalaciones y locales, y la documentación relacionada con el objeto del servicio. | No |
11.1 | Galapagar Administración General Regulación del estacionamiento de vehículos bajo control horario (SER), Servicio de inmovilizaciones, retirada y traslado de vehículos, y servicios de colaboración en el cobro de multas derivadas del SER y de las sanciones por infracciones de la normativa de circulación de vehículos. | Anualmente, cuenta de explotación y cuentas generales auditadas, resúmenes de IVA. En los meses de febrero de cada año, Memoria de la gestión del ejercicio anterior, comprensiva de los datos económicos de la misma y el detalle que le indique el Ayuntamiento. | Mensual: Informe de incidencias y resultados. Declaración cumplimien to obligacione s salariales y de Seguridad Social. Estudio Económico Financiero. | Sí | N/C | No |
15.2 | Ciempozuelos Administración General Gestión y explotación de la zona de estacionamiento limitado y controlado - zona azul. | Trimestral: memoria detallada de los ingresos obtenidos en ese periodo por la recaudación. Liquidación anual. | No | Sí | No | No |
Como se aprecia en el cuadro anterior, la regulación de los procedimientos de control dista de ser óptima en general, puesto que en la mayor parte de los casos la información periódica es muy escasa, a los efectos de evaluar el equilibrio económico de la concesión, y no se prevé, con carácter sistemático, la constitución de comisiones que permitan asegurar un seguimiento regular del funcionamiento de la concesión. Sin embargo, sí se aprecia en general, un mayor grado de regulación que en el supuesto de los aparcamientos de uso público, orientado al control de la recaudación de las máquinas expendedoras de tickets, aunque estas previsiones tengan escasa virtualidad práctica, como se comprueba en el apartado siguiente.
En el siguiente cuadro se muestra la regulación de los poderes de policía de la Administración concedente y de las obligaciones de información de los concesionarios, así como la creación de comisiones de seguimiento previstas en el contrato, en las que pueden coordinarse distintas concejalías, en las operaciones correspondientes a servicios de cementerios y funerarios en general:
Cuadro IV.7.: Procedimientos de control previstos. Cementerios y Servicios Funerarios.
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | Comisión de seguimiento con reuniones periódicas | |||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Otros | |||
3.6 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Mantenimiento del cementerio y servicios funerarios. | No | No | Sí | La dirección, control y seguimiento de la prestación del servicio se efectuará por el Ayuntamiento (cláusula 9 PPT). El Ayuntamiento goza de facultades de inspección y control (cláusula 4 Contrato). | No |
4.4 | Aranjuez Administración General Ejecución de las obras de ampliación del cementerio “Santa Xxxxxx” y explotación. | Sí | No | Sí | No | No |
5.6 | Xxxxxxx xxx Xxx Administración General Explotación de los cementerios y tanatorio municipales. | No | No | Sí | El Ayuntamiento tiene derecho de inspección e intervención; funciones de autoridad y policía. Inspección sanitaria y de consumo. | No |
6.3 | Boadilla del Monte Administración General Servicio Público del Cementerio Municipal. | Con el canon, se presentara relación de servicios prestados. | No | Sí | No | No |
7.10 | Colmenar Viejo Administración General Servicio de Gestión del Tanatorio y del Cementerio. | No | No | Sí | No | No |
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | Comisión de seguimiento con reuniones periódicas | |||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Otros | |||
8.4 | Xxxxx Administración General Construcción y posterior explotación del nuevo cementerio. | No | No | Sí | Facilitar, cuando le sea solicitado, documentación para comprobar la plena legalidad de la actuación en el orden laboral, fiscal, y administrativo Tener a disposición del Ayuntamiento los libros registro para comprobar las asignaciones de sepulturas y los servicios prestados. | No |
10.1 | San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Administración General Servicio Público de Enterramientos, Servicios en General de los Cementerios y Tanatorio. | Estadillos mensuales de los servicios prestados y su facturación. | Memoria trimestral y anual de funcionamiento de la explotación. | Sí | Control por parte de la Concejalía de Sanidad, Consumo y Medioambiente. | No |
11.2 | Galapagar Administración General Redacción de proyecto, construcción y explotación del Tanatorio-crematorio y la gestión de los cementerios. | Con carácter anual, presentará la Cuenta de explotación y Cuentas generales auditadas, así como los Resúmenes de IVA del ejercicio anterior. | No | Sí | No | No |
15.3 | Ciempozuelos Administración General Gestión y explotación del Tanatorio Municipal. | Dentro del primer trimestre de cada año, aportará relación detallada de ingresos por servicios prestados y tarifas aplicadas, y autoliquidará el importe a abonar al Ayuntamiento. | No | Sí | El Ayuntamiento, a través de sus Servicios Técnicos, inspeccionará el Tanatorio y los locales, atendiendo en el último periodo de la concesión a la conservación de las obras e instalaciones. | No |
16.1 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión del Cementerio y Tanatorio municipal. | No | Estudio en el que se especificarán individualmente todos los servicios prestados durante el mes. | Sí | Los servicios estarán sometidos a control por parte de las Concejalías de Sanidad y de Obras y Servicios. | No |
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | Comisión de seguimiento con reuniones periódicas | |||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Otros | |||
16.2 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión del Cementerio y Tanatorio municipal. | No | Estudio en el que se especificarán individualmente todos los servicios prestados durante el mes. | Sí | Los servicios estarán sometidos a control por parte de las Concejalías de Sanidad y de Obras y Servicios. | No |
17.1 | Torrelodones Administración General Redacción del proyecto, Construcción y Explotación de Cementerio y Tanatorio. | Sí | Tener a disposición libros de registro de los servicios prestados. | Sí | No | No |
También en este supuesto se observa una escasa regulación de las obligaciones de información y de los derechos de inspección; si bien es cierto que los servicios reciben una regulación específica, desde el punto de vista sanitario, ello no obsta para la comprobación del cumplimiento de otros aspectos ligados a la calidad del servicio prestado, como la conservación de las instalaciones de acuerdo con lo previsto en el contrato, o el control del número de operaciones registradas por los concesionarios, la adecuada aplicación de las tarifas, etc. Por otra parte, se aprecia que en ningún caso se ha considerado necesario prever en el contrato la constitución de comisiones de seguimiento.
En el siguiente cuadro se muestra la regulación de los poderes de policía de la Administración concedente y de las obligaciones de información de los concesionarios, así como la creación de comisiones de seguimiento previstas en el contrato, en las operaciones correspondientes a instalaciones deportivas:
Cuadro IV.8.: Procedimientos de control previstos. Instalaciones deportivas
Ayuntamiento/ Ente concedente/ Concesión | Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | C.S.R.P.* | |||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Mayor detalle | |||
1.5 | Valdemoro Administración General Explotación de las instalaciones deportivas de “El Caracol”. | Presupuesto Económico financiero para el ejercicio siguiente. Cuenta de pérdidas y ganancias de la explotación objeto del contrato. Estas cuentas serán auditadas por el Ayuntamiento. Parte de Venta de los servicios deportivos, expedido por el propio programa de gestión de ventas instalado por el contratista. | Plan de Seguridad; Propuesta de Normativa de uso de las instalaciones. Carta de Servicios. Mensual: usuarios inscritos en cada una de las actividades; datos de uso de la instalación. Propuesta Anual de actuaciones de mantenimiento, obras o remodelaciones. Programa de Actividades; Propuesta de Plantilla de Personal; Propuesta de objetivos. Documentación del año anterior: Memoria de Gestión; Pólizas de los seguros; Programa de Mantenimiento ejecutado; datos de los usuarios inscritos en cada actividad; datos de uso de la instalación. | Sí | Auditoría anual por el Ayto. de la Cuenta de pérdidas y ganancias de la explotación. | No |
1.6 | Valdemoro Administración General Explotación de la pista de hielo Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx en calle Xxxx s/n. | Parte mensual de ventas del mes anterior. Presupuesto Económico financiero para el ejercicio siguiente. Cuenta de pérdidas y ganancias de la explotación objeto del contrato. Estas cuentas serán auditadas por el Ayuntamiento y serán presentadas en el mes xx xxxxx, posterior al cierre del año. | Plan de Seguridad; Propuesta de Normativa de uso de las instalaciones. Carta de Servicios. Mensual: usuarios inscritos en cada una de las actividades; datos de uso de la instalación. Propuesta Anual de actuaciones de mantenimiento, obras o remodelaciones. Programa de Actividades; Propuesta de Plantilla de Personal; Propuesta de objetivos. Documentación del año anterior: Memoria de Gestión; Pólizas de los seguros; Programa de Mantenimiento ejecutado; datos de los usuarios inscritos en cada actividad; datos de uso de la instalación. | Sí | Auditoría anual por el Ayto. de la Cuenta de pérdidas y ganancias de la explotación. Realización, cada dos años, de una auditoría técnica sobre el estado de la instalación. | Se establece, pero no se concreta composición ni funciona- miento. |
2.6 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del servicio de una pista municipal de hielo. | No | No | Sí | Instrucción para el seguimiento y control de las concesiones municipales, de 18/11/2013. | Comisión de Vigilancia de la Contratación |
Ayuntamiento/ Ente concedente/ Concesión | Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | C.S.R.P.* | |||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Mayor detalle | |||
2.7 | Majadahonda Administración General Explotación del campo de fútbol “Xxxxx xxx Xxxxxx” y la ejecución de las obras para la Escuela de fútbol. | No | No | Sí | Instrucción para el seguimiento y control de las concesiones municipales, de 18/11/2013. | Comisión de Vigilancia de la Contratación |
2.8 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del Campo de Golf. | No | No | Sí | Instrucción para el seguimiento y control de las concesiones municipales, de 18/11/2013. | Comisión de Vigilancia de la Contratación |
2.9 | Majadahonda Administración General Redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del Centro El Xxxxxxxxx. | No | No | Sí | Instrucción para el seguimiento y control de las concesiones municipales, de 18/11/2013. | Comisión de Vigilancia de la Contratación |
2.10 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Xxxxxx Vieja y elaboración del Programa de Actividades Deportivas, así como la redacción de los proyectos, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud para el pabellón de acceso. | Documentación de carácter económico financiero, que debe presentar anualmente antes del 30 xx xxxxx | No | Sí | Instrucción para el seguimiento y control de las concesiones municipales, de 18/11/2013. | Comisión de Vigilancia de la Contratación |
2.12 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Deportivo nº 7 “Xxxxx de la Oliva”. | Documentación de carácter económico financiero, anualmente antes del 30 xx xxxxx del año siguiente. | No | Sí | Instrucción para el seguimiento y control de las concesiones municipales de 18/11/2013. | Comisión de Vigilancia de la Contratación |
3.9 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividad dirigida de musculación en las instalaciones del Centro de Natación. | No | No | Sí | La dirección y control de la prestación del servicio se llevará a efecto por el Ayuntamiento. | No |
Ayuntamiento/ Ente concedente/ Concesión | Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | C.S.R.P.* | |||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Mayor detalle | |||
3.10 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividades deportivas en la Ciudad Deportiva. | No | No | Sí | La dirección y control de la prestación se llevará a efecto por el Ayuntamiento. | No |
3.11 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Servicio Público de Spa urbano en las instalaciones del Centro de Natación. | No | No | Sí | La dirección y control de la prestación se llevará a efecto por el Ayuntamiento. | No |
3.12 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividades Polideportivo Municipal Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx. | No | No | Sí | La dirección y control de la prestación se llevará a efecto por el Ayuntamiento. | No |
3.15 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Gestión del Servicio Público de la Liga Municipal Fútbol 7 en Xxxxxxx Xxxxxxxx. | No | No | Sí | La dirección y control de la prestación se llevará a efecto por el Ayuntamiento. | No |
3.16 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividades deportivas en la Ciudad Deportiva. | No | No | Sí | La dirección y control de la prestación se llevará a efecto por el Ayuntamiento | No |
3.17 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividades Polideportivo Municipal Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx. | No | No | Sí | La dirección y control de la prestación se llevará a efecto por el Ayuntamiento | No |
4.5 | Aranjuez Administración General Explotación y remodelación de la Ciudad Deportiva Las Olivas. | Sí | En el primer trimestre del año, el estado de situación del inventario. | Sí | No | No |
Ayuntamiento/ Ente concedente/ Concesión | Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | C.S.R.P.* | |||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Mayor detalle | |||
6.8 | Boadilla del Monte Administración General Gestión de la instalación “Piscina cubierta Municipal de Boadilla del Monte”. | Memoria de recaudación, con carácter trimestral y anual. Informes mensuales del total de ingresos. Informes trimestrales y anual, de recaudación y de explotación. Acreditará, mensualmente, el pago de las cotizaciones de seguros sociales. | Información mensual detallada completa de actividades impartidas, del uso, incidencias, reclamaciones, estado de conservación, y otros indicadores de calidad de los servicios que gestiona. | Sí | El concesionario permitirá la auditoría del proceso de recaudación. Podrá estar sometido a auditorías y a inspecciones de Sanidad, Industria o cualquier otra. | Sí |
7.11 | Colmenar Viejo Administración General Gestión de la piscina municipal cubierta "Santa Xxxxxx". | No | No | Sí | No | Sí |
7.12 | Colmenar Viejo Administración General Gestión de la piscina municipal cubierta sita en el Complejo Xxxxxxx Xxxx. | No | No | Sí | No | Sí |
7.13 | Colmenar Viejo Administración General Gestión de la piscina municipal xx xxxxxx. | No | No | Sí | No | Sí |
7.14 | Colmenar Viejo Administración General Gestión del Complejo Deportivo Municipal de la Estación (J.A. Xxxxxxxxx). | No | No | Sí | No | Sí |
Ayuntamiento/ Ente concedente/ Concesión | Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | C.S.R.P.* | |||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Mayor detalle | |||
8.5 | Pinto Administración General Gestión de servicios deportivos en determinadas salas y en spa del pabellón Príncipe xx Xxxxxxxx ubicado en Parque Xxxx Xxxxxx X. | La adjudicataria pondrá a disposición de Aserpinto los medios necesarios para el cobro a los usuarios de los correspondientes precios. Diariamente el adjudicatario procederá a la liquidación de los ingresos por el sistema que determine Aserpinto en cada momento. La recaudación de las tarifas a pagar por los usuarios se realizará por el concesionario en los términos fijados en el correspondiente Acuerdo Regulador | Mensual: parte de incidencias; información significativa, cuadrante uso instalaciones; justificante cumplimiento obligaciones laborales, de seguridad y salud en el trabajo y fiscales; cumplimiento plan de uso de la instalación y datos estadísticos; cumplimiento plan de mantenimiento. Trimestral: encuestas de satisfacción Anual: Memoria de gestión; Auditoría técnica sobre el estado de uso y funcionamiento de los bienes e instalaciones; Encuesta de satisfacción. Programación Técnica de actividades. | Sí | El Ayuntamiento Ejercerá el control financiero de la actividad de la adjudicataria a través de auditorías. El Ayuntamiento procederá a inspeccionar con asiduidad los edificios e instalaciones. | No |
8.7 | Pinto Administración General Gestión actividad de Tenis de la Concejalía de Deportes. | Entrega de listados de usuarios de la actividad para estadísticas trimestrales, necesarios para cálculo del canon. | Programación de la temporada antes del 1º de septiembre. Memoria de la temporada antes del 31 de Julio. Justificación del pago de la póliza de seguros. Necesidad de autorización municipal para modificar el Organigrama. | No | El adjudicatario colaborará en el control y entrega de listados de usuarios de la actividad para estadísticas trimestrales. | No |
8.10 | Pinto Administración General Gestión de actividad de Taekwondo de la Concejalía de Deportes. | Entrega de listados de usuarios en la actividad para estadísticas trimestrales, necesarios para cálculo del canon. | Programación de la temporada antes del 1º de septiembre. Memoria de la temporada antes del 31 de Julio. Justificación pago de la póliza de seguros. Necesidad de autorización municipal para modificar el Organigrama. | No | El adjudicatario colaborará en el control y entrega de listados de usuarios en la actividad para estadísticas trimestrales. | No |
8.12 | Pinto Administración General Gestión de actividad de Pilates de la Concejalía de Deportes. | Entrega de listados de usuarios en la actividad para estadísticas trimestrales, necesarios para cálculo del canon. | Programación de la temporada antes del 1º de septiembre. Memoria de la temporada antes del 31 de Julio. Justificación pago de la póliza de seguros. Necesidad de autorización municipal para modificar el Organigrama. | No | El adjudicatario colaborará en el control y entrega de listados de usuarios en la actividad para estadísticas trimestrales. | No |
Ayuntamiento/ Ente concedente/ Concesión | Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | C.S.R.P.* | |||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Mayor detalle | |||
8.13 | Pinto Administración General Gestión de actividad de aeróbic, gimnasia de mantenimiento, step y complementos formativos. | No | Programación de la temporada antes del 1º de septiembre. Memoria de la temporada antes del 31 de Julio. Justificación pago de la póliza de seguros. Entrega de listados de usuarios para estadísticas trimestrales. Necesidad de autorización municipal para modificar el Organigrama. | No | N/C | No |
9.5 | Tres Cantos Administración General Explotación del Centro Deportivo Islas. Año 2010 | Memoria de Gestión: Cuenta de explotación, Indicadores de gestión, Informe de satisfacción usuarios. Estados financieros: Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Cuadro de Financiación y Memoria económica. Inventario de los muebles y equipamientos. Auditoría de los estados contables que deberá realizarse por auditor independiente elegido por la Concejalía de Deportes, con cargo al adjudicatario. | Anualmente, o cuando lo solicite la Comisión de Seguimiento, diversa documentación sobre la Plantilla: plantilla contratada; contratos de trabajo; denominación y funciones de los puestos; jornada semanal total, con desglose de la jornada diaria. Datos personales de los ocupantes de los puestos; acreditación de la titulación o capacitación profesional para el desempeño del puesto. | Sí | Designación de un responsable del contrato para supervisión y dictar instrucciones, con libre acceso a los lugares donde se lleve a cabo la prestación. Obligación de dar acceso a la documentación requerida. Apertura de cuenta bancaria para realizar todos los ingresos. | Reuniones trimestrales |
11.3 | Galapagar Administración General Concesión Piscina Municipal. | Informar a la Administración de las Cuentas de explotación y situación. | Informar a la Administración del funcionamiento del servicio y de la ejecución de las obras e instalaciones. | Sí | N/C | No |
12.1 | Villaviciosa xx Xxxx Administración General Construcción y concesión del servicio público de Instalaciones Deportivas Acuáticas. | La cuenta de explotación de la instalación será independiente de la específica del adjudicatario. Anualmente deberá presentarse ante el Ayuntamiento. | Informar al Ayuntamiento, mediante el Comité de Seguimiento de la gestión deportiva y económica de la instalación y con tal fin presentar anualmente la documentación que se le requiera. | Sí | El Ayuntamiento podrá fiscalizar la las cuentas y solicitar información. Podrá Intervenir y fiscalizar de forma permanente la gestión de los servicios. | Sí |
Ayuntamiento/ Ente concedente/ Concesión | Obligaciones de información del concesionario | Derechos de inspección | C.S.R.P.* | |||
Información económica periódica | Otras | Alusión Legal | Mayor detalle | |||
15.4 | Ciempozuelos Administración General Explotación de la piscina climatizada ubicada en la Ciudad Deportiva. | El canon variable será en función del beneficio neto obtenido en el ejercicio anterior. El concesionario deberá satisfacer dicho canon dentro del primer trimestre de cada ejercicio. | No | Sí | Será responsable del contrato el titular de la Concejalía de Deportes, que tendrá a su cargo la dirección, supervisión y coordinación del servicio. Puede servirse de un Coordinador. | No |
16.3 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión de las piscinas municipales de invierno y verano. | Facturación mensual | Informe periódico | Sí | La dirección y control del servicio se llevará a cabo por el Consejo Municipal de Deportes y Juventud. | Sí |
16.4 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión de las piscinas municipales de invierno y verano. | Facturación mensual | Informe periódico | Sí | La dirección y control del servicio se llevará a cabo por el Ayuntamiento. | Sí |
17.3 | Torrelodones Administración General Gestión de las piscinas y cafetería del polideportivo Municipal. | No | Sí | Sí | Sí | Sí |
17.4 | Torrelodones Administración General Explotación de las pistas xx xxxxx y casa multiusos. | Sí | Sí | Sí | Sí | Sí |
18.1 | Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx Administración General Gestión de 9 pistas xx xxxxx del Complejo Deportivo Municipal situado en C/Extremadura s/n. | Anualmente presentar Presupuesto económico financiero para el ejercicio anual siguiente. Antes del mes de julio de cada año una cuenta anual de resultados relativa a la explotación de las instalaciones. | Elaborar un Plan de Mantenimiento que se entregará anualmente al Ayuntamiento. | Sí | No | No |
C.S.R.P. = Comisión de seguimiento con reuniones periódicas.
Se aprecia una notable diversidad de modelos de control, en función de las políticas adoptadas por cada Ayuntamiento respecto de las concesiones. La contrastación entre unas fórmulas y otras contribuiría a diseñar un modelo que pudiera ser útil para una gestión más efectiva. Las previsiones incorporadas a los pliegos y a los contratos se orientan, como en los supuestos anteriores, fundamentalmente a aspectos económicos relacionados con la liquidación del canon; en menor medida, al cumplimiento de obligaciones legales en materia laboral o fiscal y al mantenimiento de las instalaciones, y en pocos supuestos, al mantenimiento del equilibrio económico de la concesión o al grado de satisfacción de los usuarios por la prestación del servicio. En general, sería recomendable un mayor uso de las comisiones de seguimiento con reuniones de carácter periódico.
IV.2.2. Actuaciones de control ejecutadas
El seguimiento que se ha efectuado sobre las actuaciones de control llevadas a cabo se ha realizado sobre la base de la existencia de documentos, informes u otros, reflejados formalmente por escrito. Pueden haberse realizado, y así se ha manifestado en ocasiones por los servicios de los Ayuntamientos, actuaciones de control que no han culminado en documentos escritos y que, en consecuencia, además de no haberse completado, no es posible constatar a efectos de este Informe.
Entre las deficiencias observadas, se incluye que el concesionario incumpla las obligaciones de aportación de documentación presentes en los Pliegos; no consta, en general, que el Ayuntamiento correspondiente haya procedido a reclamar su cumplimiento efectivo, con las excepciones que se indican. En otros casos, se establecen obligaciones referentes a presentar cualesquiera datos de índole, laboral, estadística, fiscal, etc., que no constan ejercidas por los Ayuntamientos. En general, es beneficiosa la creación de comisiones de seguimiento, que se reúnan formalmente y se levante acta de las cuestiones abordadas durante las mismas. También es positiva la designación de funcionarios técnicos responsables del control de cada contrato.
En el siguiente cuadro se muestra el control efectivo realizado sobre las concesiones de aparcamientos de uso público, donde se pone de manifiesto que, salvo excepciones, no consta que se emitan informes escritos sobre el funcionamiento del servicio:
Cuadro IV.9.: Actuaciones de control efectivo. Aparcamientos de uso público
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Obligaciones del concesionario | Derecho de inspección del Ayuntamiento materializado en informes | C.S.R.P.** | Otros | Principales deficiencias detectadas por el Ayuntamiento | ||
I.E.P.* | Otras | ||||||
2.1 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación de los aparcamientos subterráneos en casco urbano. | N/A | Memoria Anual 2013 | No | Sí | No | No |
8.1 | Pinto Administración General Construcción y explotación de aparcamientos para vehículos pesados y ligeros y servicios en centro de transportes. | N/A | N/A | N/C | N/A N/C Mesa de Consulta | N/C | N/C |
15.1 | Ciempozuelos Administración General Gestión del servicio público de estacionamiento de vehículos en parcela municipal en el Paseo de la Calderona. | N/A | N/A | Informe Servicios Técnicos municipales 6-7-2015 | N/A | N/C | No existen edificaciones ni instalaciones para suministro de combustible y lavado, ni edificación destinada a actividad de ocio. |
I.E.P. = Información económica periódica. C.S.R.P. = Comisión de seguimiento con reuniones periódicas.
Las operaciones 1.1 xx Xxxxxxxxx, 4.6 de Aranjuez, 3.1 de Collado Xxxxxxxx, 7.9 de Colmenar Viejo y 19.1 de Algete, no se han incluido en el cuadro anterior por no haberse facilitado datos de las mismas.
En el siguiente cuadro se muestra el control efectivo realizado sobre las concesiones de aparcamiento regulado en la vía pública, salvo para las operaciones 4.1 y 4.2 de Aranjuez, y
5.2 xx Xxxxxxx, omitidas por no haberse facilitado datos de las mismas:
Cuadro IV.10.: Actuaciones de control efectivo. Aparcamientos regulados
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Obligaciones del concesionario | Derecho de inspección del Ayuntamiento materializado en informes | C.S.R.P.** | Otros | Principales deficiencias detectadas por el Ayuntamiento | ||
I.E.P.* | Otras | ||||||
1.2 | Valdemoro Administración General Estacionamiento Regulado, servicio de retirada de vehículos y servicio de gestión de sanciones dentro del área del Servicio de Estacionamiento Regulado. | Si | Si | N/C | No constituida la Mesa prevista. | Informe noviembre 2013 | Nº plazas SER inferior previstas. No se han realizado mejoras previstas. Ausencia proyecto depósito de vehículos. |
2.2 | Majadahonda Administración General Grúa municipal y estacionamiento regulado en superficie. | Sí | Sí | Sí | Sí | No | No |
3.2 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Regulación estacionamiento de vehículos bajo control horario y servicio xx xxxx. | N/C | N/A | Informes de fiscalización de las liquidaciones mensuales presentadas. | N/A | N/C | N/C |
11.1 | Galapagar Administración General Regulación del estacionamiento de vehículos bajo control horario (SER), Servicio de inmovilizaciones, retirada y traslado de vehículos, y servicios de colaboración en el cobro de multas derivadas del SER y de las sanciones por infracciones de la normativa de circulación de vehículos.2 | Se envían las cuentas auditadas del ejercicio anterior, el IVA correspondiente al ejercicio anterior y la Memoria anual. | Envía los informes con el Plan de trabajo y Declaraciones responsables. No consta el Estudio económico financiero con los ingresos efectuados por el adjudicatario. | No | N/A | No | N/C |
15.2 | Ciempozuelos Administración General Gestión y explotación de la zona de estacionamiento limitado y controlado - zona azul. | No presenta la memoria trimestral ni la liquidación anual. | N/C | N/C | N/A | N/C | N/C |
I.E.P. = Información económica periódica.
C.S.R.P. = Comisión de seguimiento con reuniones periódicas.
2 En alegaciones se ha manifestado que el seguimiento por la Técnico de gestión de servicios generales ha sido continuo, mediante llamadas telefónicas, correos electrónicos y reuniones. Sin embargo, no se ha remitido ningún correo electrónico, carta o documento, que deje constancia de las actuaciones señaladas ni de que se haya informado oportunamente a los Órganos de Gobierno del Ayuntamiento, ni se hace indicación alguna acerca de las principales deficiencias detectadas.
En la Operación 3.2., del Ayuntamiento de Collado Xxxxxxxx, se han aportado los Informes de fiscalización de las liquidaciones mensuales presentadas por el concesionario, pero no las propias liquidaciones mensuales.
Con carácter general, el control está por debajo de las previsiones contenidas en los Pliegos y no se constata, salvo en la operación 1.2 xx Xxxxxxxxx, que se haya participado en los arqueos de las máquinas expendedoras de tickets.
Con relación a los servicios de cementerio y funerarios, en el siguiente cuadro se muestra el control efectivo realizado sobre las concesiones de las que se dispone de información, quedando excluidas del mismo las operaciones 3.6 xx Xxxxxxx-Xxxxxxxx, 5.6 xx Xxxxxxx, 7.10 xx Xxxxxxxx Viejo, 8.4 xx Xxxxx, 11.2 de Galapagar, 16.1 y 16.2 de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, y 17.1 de Torrelodones3:
Cuadro IV.11.: Actuaciones de control efectivo. Cementerios y Servicios Funerarios
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Obligaciones del concesionario | Derechos de inspección del Ayuntamiento materializado en informes | C.S.R.P.* * | Otros | Principales deficiencias detectadas por el Ayuntamiento | ||
I.E.P.* | Otras | ||||||
4.4 | Aranjuez Administración General Ejecución de las obras de ampliación del cementerio “Santa Xxxxxx” y explotación. | N/C | N/C | Informe Servicio de contratación. 2006. Informe Servicio de contratación 2015. | N/C | N/C | Ausencia ingreso 5% ingresos brutos. Ausencia de instalación terminal de la base de datos de la concesionaria, a efectos de inspección. Propuesta de expediente sancionador cuya iniciación no consta. Próxima la terminación del contrato en 2015, las obras ejecutadas apenas superan el 50%. |
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Obligaciones del concesionario | Derechos de inspección del Ayuntamiento | C.S.R.P.* * | Otros | Principales deficiencias detectadas por el Ayuntamiento |
3 Por el Ayuntamiento de Galapagar, se han remitido, en el trámite de alegaciones, sendas Providencias, de la Tercera Tenencia de Alcaldía, Delegada de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Medio Ambiente, Salud Pública y Urbanizaciones, y de la Sexta Tenencia de Alcaldía, delegada de Economía, Hacienda y Régimen Interior, ambas de 10 xx xxxx de 2016, en las que se ponen de manifiesto deficiencias notables en los apartados de mejora de las instalaciones, suministros de coronas y esquelas, ausencia de presentación de la documentación solicitada en relación con las mejoras, de la declaración de ingresos, de las cuentas de explotación, de las cuentas generales auditadas y de los resúmenes de IVA, así como se constata que no se han ingresado los cánones de la concesión. Ante la solicitud del concesionario para la compensación de los cánones correspondientes a los ejercicios 2011 a 2014, de 30 de diciembre de 2015, en ambas providencias se resuelve solicitar la documentación considerada pendiente en cada una de ellas. Entre la documentación remitida en el trámite de alegaciones, consta la presentada por el concesionario el 4 de enero de 2016, que contempla información sobre los ingresos brutos, las declaraciones de IVA y un escueto presupuesto que no refleja la totalidad de las obras previstas, pero no su análisis por parte de los servicios del Ayuntamiento, ni que se hayan liquidado e ingresado los cánones pendientes desde el mes de enero de 2012.
I.E.P.* | Otras | materializado en informes | |||||
6.3 | Boadilla del Monte Administración General Servicio Público del Cementerio Municipal. | Presenta liquidación de servicios al Inspector de Sanidad y Consumo | N/C | Informes del Inspector de Sanidad y Consumo 31/01/2013 27/01/2014 | N/A | - | El importe liquidado a algunos titulares, por conservación, no se corresponde con la Ordenación Fiscal. |
10.1 | San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Administración General Servicio Público de Enterramientos, Servicios en General de los Cementerios y Tanatorio. | Se presentan los estadillos mensuales. | Memoria anual | N/C | N/A | N/C | N/C |
15.3 | Ciempozuelos Administración General Gestión y explotación del tanatorio municipal. | No se aporta la relación detallada de ingresos por servicios y tarifas aplicadas. | N/C | N/C | N/A | Acta inspecc ión 18/02 2015 | Las facturas carecen de requisitos como NIF y nombre de la empresa, determinación del servicio prestado, fecha del servicio etc. |
I.E.P. = Información económica periódica
C.S.R.P. = Comisión de seguimiento con reuniones periódicas
En dos supuestos, consta la realización de actuaciones de inspección por parte del Ayuntamiento, que se han materializado en la detección de graves irregularidades.
En el cuadro IV.12 se muestra el control efectivo realizado sobre las concesiones sobre instalaciones deportivas de las que se dispone de información, donde se pone de manifiesto que, salvo excepciones, no consta que se emitan informes escritos sobre el funcionamiento de los servicios, no constan reuniones de las comisiones de seguimiento en los supuestos en los que se han previsto, ni que se haga un uso efectivo de las facultades de inspección establecidas del que haya quedado constancia escrita, y que, con carácter general, no consta que se exija al concesionario el cumplimiento de las obligaciones de información previstas en los pliegos. No obstante, en algunos casos se han realizado inspecciones que han puesto de manifiesto anomalías:
No se han incluido en el cuadro siguiente, por no haberse facilitado datos sobre las mismas, las operaciones 1.6 xx Xxxxxxxxx; 3.9, 3.10, 3.11, 3.12, 3.15, 3.16 y 3.17 xx Xxxxxxx-Xxxxxxxx;
4.5 de Aranjuez; 7.11, 7.12, 7.13 y 7.14 de Colmenar Viejo; y 11.3 de Galapagar. La operación 9.5, de Tres Cantos, tampoco se ha incluido en el Cuadro IV.12, ya que en julio de 2012 se constató la interrupción en la prestación del servicio, por lo que fue acordada la resolución del contrato por la JGL en enero de 2013.4
4 Del Informe de la Técnico de servicios económicos del Ayuntamiento de Galapagar, de 11 de diciembre de 2015, remitido en el trámite de alegaciones, se deriva que el canon del ejercicio fiscalizado habría sido ingresado, si bien los importes de los ingresos declarados por el concesionario no habían sido comprobados. Asimismo, se remite en el trámite de alegaciones Providencia del Xxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx de 2 de diciembre de 2015 solicitando la corrección de deficiencias detectadas, y nueva Providencia de 10 de diciembre de 2015 con contenido análogo. También ha sido remitido un correo electrónico del concesionario en relación con los requerimientos del Ayuntamiento.
Cuadro IV.12.: Actuaciones de control efectivo. Instalaciones deportivas
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Obligaciones del concesionario | Derechos de inspección del Ayuntamiento materializado en informes | C.S.R.P.** | Otros | Principales deficiencias detectadas por el Ayuntamiento | ||
I.E.P.* | Otras | ||||||
1.5 | Valdemoro Administración General Explotación de las instalaciones de “El Caracol”. | N/C | Se remite información parcial, como Memoria Deportiva Anual, Pólizas de Seguros y Plan de Mantenimiento. | No consta Auditoria Cuenta Pérdidas y Ganancias de la explotación Informe 17/10/2014 incumplimiento conservación zonas ajardinadas | N/A | Requerimi ento 22/7/201 4 conservac ión zonas ajardinad as, con apercibim iento de sanción. | Inadecuada o inexistente conservación zonas ajardinadas. |
2.6 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del servicio de una pista municipal de hielo. | No | 2014, Memoria: actividades, plantilla, plan de formación, mantenimiento, plan de seguridad, quejas. | Sí | No | No | No |
2.7 | Majadahonda Administración General Explotación del campo de fútbol “Xxxxx xxx Xxxxxx” y la ejecución de las obras para la Escuela de fútbol. | No | 2014, Memoria: actividades, plantilla, plan de formación, mantenimiento, plan de seguridad, quejas. | Sí | No | No | No |
2.8 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del Campo de Golf. | No | 2014, Memoria: actividades, plantilla, plan de formación, mantenimiento, plan de seguridad, quejas. | Sí | No | No | No |
2.9 | Majadahonda Administración General Redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del Centro El Xxxxxxxxx. | No | 2014, Memoria: actividades, plantilla, plan de formación, mantenimiento, plan de seguridad, quejas. | Sí | No | No | No |
2.10 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Xxxxxx Vieja y elaboración del Programa de Actividades Deportivas, así como la redacción de los proyectos, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud para el pabellón de acceso. | Sí | 2014, Memoria: actividades, plantilla, plan de formación, mantenimiento, plan de seguridad, quejas. | Desde 2011 | No | No | No |
2.12 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Deportivo nº 7 “Xxxxx de la Oliva”. | Sí | 2014, Memoria: actividades, plantilla, plan de formación, mantenimiento, plan de seguridad, quejas | Desde 2012 | No | No | No |
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Obligaciones del concesionario | Derechos de inspección del Ayuntamiento materializado en informes | C.S.R.P.** | Otros | Principales deficiencias detectadas por el Ayuntamiento | ||
I.E.P.* | Otras | ||||||
6.8 | Boadilla del Monte Administración General Gestión de la “Piscina cubierta Municipal de Boadilla del Monte”. | Presentan los informes mensuales, trimestrales y anuales, y pago cotizaciones sociales. | Informes mensuales actividades impartidas, y trimestrales de incidencias y reclamaciones. | N/C | 18/02 2014 | N/C | Deficiencia en la limpieza de la piscina mes xx xxxxxx 27/08/2014. |
8.5 | Pinto Administración General(1) Gestión de servicios deportivos en determinadas salas y en spa del pabellón Príncipe xx Xxxxxxxx ubicado en Parque Xxxx Xxxxxx X. | N/C | Obligaciones mensuales: se remite documentación parcial. N/C: obligaciones laborales, de seguridad y salud en el trabajo, fiscales, ni ejecución plan de mantenimiento. N/C el cumplimiento obligaciones trimestrales y anuales. | N/C | N/A | N/C | N/C |
8.7 | Pinto Administración General Gestión actividad de Tenis de la Concejalía de Deportes. | Remite Declaraciones alumnos trimestrales | Sí | Informes Técnicos Trimestrales sobre canon variable a abonar | N/A | N/C | N/C |
8.10 | Pinto Administración General Gestión de actividad de Taekwondo de la Concejalía de Deportes. | Remite Declaraciones alumnos trimestrales | Sí | Informes Técnicos Trimestrales sobre canon variable a abonar | N/A | N/C | N/C |
8.12 | Pinto Administración General Gestión de actividad de Pilates de la Concejalía de Deportes. | Listados de alumnos trimestrales | Sí | Informes Técnicos Trimestrales sobre canon variable a abonar | N/A | N/C | N/C |
8.13 | Pinto Administración General Gestión de actividad de aeróbic, gimnasia de mantenimiento, step y complementos formativos. | N/A | No consta la Justificación Anual Pago de la póliza de seguros | N/A | N/A | N/C | N/C |
12.1 | Villaviciosa xx Xxxx Administración General Construcción y concesión del servicio Público de Instalaciones Deportivas Acuáticas. | Sí | Sí | N/C | 01/02 2013 30/09 2013 | N/C | N/C |
15.4 | Ciempozuelos Administración General Explotación de la piscina climatizada ubicada en la Ciudad Deportiva. | N/C | N/C | Dictamen 18/06/13 Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Servicios. | N/A | N/C | N/C |
16.3 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión de las piscinas municipales de invierno y verano. | N/C | N/C | Acta de Inspección de 28 de octubre de 2013 del Servicio de Salud Pública Área 2. | N/C | N/C | Pradera piscina sucia |
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Obligaciones del concesionario | Derechos de inspección del Ayuntamiento materializado en informes | C.S.R.P.** | Otros | Principales deficiencias detectadas por el Ayuntamiento | ||
I.E.P.* | Otras | ||||||
16.4 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión de las piscinas municipales de invierno y verano. | N/C | N/C | Acta de Inspección de 28 de octubre de 2013 del Servicio de Salud Pública Área 3. | N/C | N/C | Pradera piscina sucia |
17.3 | Torrelodones Administración General Gestión de las piscinas y cafetería del polideportivo Municipal. | N/A | N/A | No | N/C | No | N/C |
17.4 | Torrelodones Administración General Explotación de las pistas xx xxxxx y casa multiusos. | N/C | N/A | N/C | N/C | No | N/C |
18.1 | Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Administración General Gestión de 9 pistas xx xxxxx del Complejo Deportivo Municipal situado en C/Extremadura s/n. | Ingresos anuales por alquileres, ranking, torneos y resto de eventos. Ingresos anuales por contratación publicidad. | No | N/C | N/A | N/C | No se ha designado persona responsable recaudación de cuotas. Aplicación de precios superiores a las ordenanzas. No se ha presentado la Normativa de Uso de las Xxxxxxxxxxxxx. Xx se ha presentado la Carta de Servicios. No se ha ingresado el canon. |
En la operación 18.1 de Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx, en octubre de 2012, la Concejalía de Deportes instó al Departamento de Contratación para que procediera al inicio del procedimiento sancionador por el conjunto de los incumplimientos detallados en el Cuadro anterior, el cual finalizó mediante Acuerdo de la JGL de 13-12-2012, imponiendo a la adjudicataria una sanción del 6% del canon anual. Este expediente se remitió al Departamento de Recaudación en febrero de 2013. El contratista solicitó seguidamente la resolución del contrato por mutuo acuerdo, por presunto desequilibrio económico de la concesión, lo que basaba en la reducción de las tarifas por el Ayuntamiento y el incremento en el tipo del IVA (ver apartado VI.1).
En los supuestos en los que los Ayuntamientos no han comunicado actuaciones o cumplimiento de obligaciones del concesionario en el ejercicio fiscalizado, pero sí se ha acreditado que éstas se han realizado con posterioridad, se ha hecho constar en el cuadro, con el fin de mostrar una información más amplia.
V. CONTROL ECONÓMICO DE LA CONCESIÓN: CÁNONES, INGRESOS Y GASTOS.
V.1. Concesiones que devengan ingresos.
Como norma general, en las concesiones de servicios y de obras públicas se devengan ingresos a favor de las Administraciones Públicas y pueden considerarse una fuente de financiación de las mismas, además de cumplir su función principal que es la prestación de servicios públicos. Esta situación deriva, en primer lugar, del cobro de precios públicos, establecidos en niveles adecuados y del hecho de que las instalaciones utilizadas para la prestación son generalmente cedidas, en todo o en parte, por los Ayuntamientos, a título lucrativo, durante el periodo de la concesión. No obstante, particularmente en las concesiones de obras públicas, el elevado importe de las inversiones pactadas puede dar lugar a que el equilibrio económico de la operación requiera la realización de gastos por parte de los Ayuntamientos.
En los siguientes apartados se muestran los cánones establecidos en los Pliegos y contratos que rigen las concesiones, la liquidación, contabilización y cobro de los mismos por parte de los Ayuntamientos; en su caso, la xxxxxxxx de gastos por parte de los Ayuntamientos que debieran haber sido satisfechos por los concesionarios, su reclamación y cobro, así como las deudas acumuladas de los concesionarios por todos estos conceptos en fin de 2013 y a 30 xx xxxxx de 2015.
V.1.1 Aparcamientos.
Se contemplan en este Informe concesiones que afectan a aparcamientos de uso público y al aparcamiento regulado en las vías públicas, no habiéndose presentado ninguna operación sobre aparcamientos de uso mixto (residencial/público).
En el siguiente cuadro se muestran, en relación con las concesiones sobre aparcamientos de uso público que se examinan en el Informe, los cánones establecidos en siete operaciones de un total de ocho, ya que la operación 3.1 xx Xxxxxxx-Xxxxxxxx no devenga ingresos, la liquidación y reconocimiento de los mismos por parte de los Ayuntamientos, y el cálculo del importe real devengado, efectuado por esta Cámara:
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Canon fijo | Canon variable | Liquidación Ayuntamiento | Contraído en cuentas | Importe real devengado | |
1.1 | Valdemoro Administración General Edificio Centro Lúdico, aparcamiento público | 11 Revisable IPC | No | 12 | 12 | 12 |
2.1 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación de los aparcamientos subterráneos en casco urbano. | 00 | Xx | 00 | 00 | 00 |
4.6 | Aranjuez Administración General Construcción y explotación de aparcamiento subterráneo. | 00 | Xx | 00 | 00 | 00 |
7.9 | Colmenar Viejo Administración General Explotación del Aparcamiento Subterráneo situado en la Xxxxx xxx Xxxxxx. | 0 Revisable IPC | No | 1 | 1 | 1 |
8.1 | Xxxxx Administración General Construcción y explotación de aparcamientos para vehículos pesados y ligeros y servicios en centro de transportes. | 14 revisable IPC | No | 26 | 26 | 26 |
15.1 | Ciempozuelos Administración General Gestión del servicio público de estacionamiento de vehículos en parcela municipal en el Paseo de la Calderona. | 3,5 Revisable IPC | No | 4 | 4 | 4 |
19.1 | Algete Administración General Aparcamiento público de vehículos pesados que incluye la ejecución de las obras de las instalaciones. | 00 | Xx | 00 | 00 | 00 |
Como se observa, en todos los casos, durante 2013, los importes correspondientes a los ingresos establecidos en los contratos se han liquidado y contraído en cuentas de forma regular, los cuales totalizan 101 m€ en el conjunto de las siete operaciones.
La operación 7.9 de Colmenar Viejo dio comienzo el 27/12/2012. En el Pliego de Prescripciones Técnicas (punto 4), se establece que los gastos de suministro de agua y luz corresponden al Ayuntamiento, y teléfono e internet, al Concesionario. El Ayuntamiento ha asumido gastos en 2013 por los conceptos indicados por importe de 5 m€.
Los deudores acumulados en fin de 2013 por los mismos conceptos, serían los mostrados en el cuadro siguiente, donde se presentan exclusivamente las operaciones de las que constan saldos vivos en fin de 2013, y se han adicionado las deudas que constan de los concesionarios por distintas causas:
Aparcamientos de uso público.
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Ejercicio 2013 | Ejercicios anteriores | Gastos indebidamente asumidos por el Ayuntamiento | Otras deudas concesionario | |||
Canon ingresado | Canon pendiente | Derechos reconocidos | Deudas reales | ||||
1.1 | Valdemoro Administración General Edificio Centro Lúdico, aparcamiento público | - | 12 | - | - | 70 | - |
4.6 | Aranjuez Administración General Construcción y explotación de aparcamiento subterráneo. | - | 11 | 56 | 56 | - | 184 |
15.1 | Ciempozuelos Administración General Gestión del servicio público de estacionamiento de vehículos en parcela municipal en el Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx. | 0 | - | - | - | - | 0 |
En la operación 1.1 xx Xxxxxxxxx, establecen los pliegos que el adjudicatario correrá con los costes de los suministros y consumos de agua y electricidad en cantidad suficiente para garantizar el normal funcionamiento del servicio. La deuda mostrada en el cuadro corresponde a consumos de agua y electricidad de los ejercicios 2011 a 2013.
En la operación 4.6 de Aranjuez, el importe figurado en la columna de “otras deudas” corresponde a los siguientes conceptos: 66 m€ a IBI; 40 m€ de recogida de residuos urbanos y 78 m€ por la tasa de ocupación de vías públicas; todo ello incluidos intereses y recargos.
De la operación 7.9 de Colmenar Viejo, que no se ha incluido en el cuadro anterior ni en el V.3 siguiente, no se ha informado de los importes, en su caso, pendientes, de ejercicios anteriores ni de si el concesionario mantiene otras deudas con el Ayuntamiento.
Con las limitaciones más arriba expuestas, se constata una deuda de los concesionarios en fin de 2013, por todos los conceptos, de 341 m€.
Se muestran a continuación los datos de las concesiones sobre aparcamientos de uso público que se ha constatado que mantienen deudas con el Ayuntamiento a 30 xx xxxxx de 2015, que totalizan 396 m€. La deuda devengada en fin de 2013 se puede incrementar por el devengo y liquidación de intereses y recargos:
Cuadro V.3.: Control económico de la concesión. Concesiones que devengan ingresos.
Deudores a 30 xx xxxxx de 2015 en concepto de canon y otras deudas de los concesionarios.
Aparcamientos de uso público.
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Concesionario | Deuda acumulada procedente de 2013 y anteriores | Deuda pendiente devengada con posterioridad | Otras deudas por conceptos distintos al canon | ||
31/12/2013 | 30/06/2015 | |||||
1.1 | Valdemoro Administración General Edificio Centro Lúdico, aparcamiento público | Valescar Parking, S.L. | 12 | 15 | 10 | 72 |
4.6 | Aranjuez Administración General Construcción y explotación de aparcamiento subterráneo. | Parkaranjuez, S.L. | 251 | 251 | 22 | 26 |
Como se deduce del cuadro anterior, el concesionario de la operación 1.1 xx Xxxxxxxxx presenta deudas con el Ayuntamiento, por canon y por suministros, que a 30 xx xxxxx de 2015 ascendían a 97 m€; no obstante a este importe habría que añadir los gastos devengados por facturas de agua y gas posteriores a octubre de 2013. Según se ha informado por el Ayuntamiento, se habría adoptado Acuerdo de Resolución del contrato, por incumplimiento del contratista, por parte de la JGL, en junio de 2014; sin embargo, no se ha acreditado la ejecución del indicado acuerdo, que suponía la incautación de la fianza, de 10 m€, la entrega de las llaves del edificio por parte del concesionario y la liquidación económica de la concesión.
En la operación 4.6 de Aranjuez, no se han satisfecho los importes adeudados en fin de 2013 y han seguido devengándose cánones y otros ingresos en 2015, que permanecen igualmente pendientes de cobro.
En la operación 15.1 de Ciempozuelos, se observa en el cuadro V.2 que en fin de 2013 el concesionario adeudaba IBI de los ejercicios 2011 a 2013, que se ingresó en el Ayuntamiento en 2014.
En el siguiente cuadro se muestran, en relación con las concesiones sobre aparcamiento regulado que se examinan en el Informe, la liquidación y reconocimiento de los mismos por parte de los Ayuntamientos, y el cálculo del importe real devengado, efectuado por esta Cámara en los supuestos en los que se ha facilitado la información correspondiente:
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Canon fijo | Canon variable | Liquidación aceptada Ayuntamiento | Contraído en cuentas | Importe real devengado | |
1.2 | Valdemoro Administración General Estacionamiento Regulado, servicio de retirada de vehículos y servicio de gestión de sanciones dentro del área del Servicio de Estacionamiento Regulado. | No | 11,5% Excedente global 34,5% ingresos xxxx | 00 | 00 | 000 |
46% ingresos sanciones | ||||||
2.2 | Majadahonda Administración General Grúa municipal y estacionamiento regulado en superficie. | 136 | No | 136 | 136 | 136 |
3.2 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Regulación estacionamiento de vehículos bajo control horario y servicio xx xxxx. | 240 | 12,48% sobre recaudación mensual. | 284 | 284 | 324 |
4.1 | Aranjuez Administración General Estacionamiento regulado en vías públicas. | No | 82% excedente. | 12 | 12 | 12 |
4.2 | Aranjuez Administración General Estacionamiento regulado en vías públicas. | 54 | No | 545 | 545 | 545 |
5.2 | Xxxxxxx xxx Xxx Administración General Regulación estacionamiento de vehículos bajo control horario y servicio xx xxxx. | N/A | Exceso sobre el 5% del excedente del coste anual del servicio fijado en 381.277,25€. | N/C | N/C | N/C |
Galapagar | Cuando los ingresos | |||||
Administración General del Ayuntamiento | superen el 20% de los | |||||
Regulación del estacionamiento de vehículos bajo | previstos en el estudio | |||||
control horario (SER), Servicio de inmovilizaciones, | económico financiero, | |||||
11.1 | retirada y traslado de vehículos, y servicios de | No | el adjudicatario | N/C | - | N/C |
colaboración en el cobro de multas derivadas del | abonara en concepto | |||||
SER y de las sanciones por infracciones de la | de canon un 50% de la | |||||
normativa de circulación de vehículos. | cantidad adicional | |||||
recaudada. | ||||||
15.2 | Ciempozuelos Administración General Gestión y explotación de la zona de estacionamiento limitado y controlado - zona azul. | 8 Revisable IPC | No | N/A | N/A | N/A |
El total liquidado y contabilizado en las cinco operaciones de las que se dispone de información asciende a 1.068 m€, mientras que el importe real devengado calculado por esta Cámara sobre esas operaciones asciende a 1.139 m€.
En la operación 3.2 xx Xxxxxxx-Xxxxxxxx, el importe liquidado por el Ayuntamiento incluye el canon fijo y seis meses del canon variable, recogidos en la Resolución del Concejal de Hacienda de 26 de septiembre. Las restantes liquidaciones de canon variable del ejercicio se
aprobaron en 2014. El importe efectivamente devengado correspondiente a la suma entre el canon fijo y el variable liquidado por el Ayuntamiento, que incluiría el canon variable correspondiente a seis meses de liquidaciones, asciende a 40 m€, por lo que el devengado real sería de 324 m€. No obstante, consta el ingreso de la concesionaria de los cánones variables al tiempo de presentar las correspondientes liquidaciones, salvo la presentada en el mes de diciembre, correspondiente a la recaudación de noviembre, por valor de 6 m€.
En la operación 4.2 de Aranjuez, se pactó el cobro anticipado del canon correspondiente a los diez años de vigencia del contrato, que se ingresó en el Ayuntamiento en octubre de 2013.
En la operación 5.2 de Xxxxxxx xxx Xxx, no se han aportado las tarifas vigentes ni el Acuerdo de aprobación de las mismas, ni las liquidaciones presentadas por el concesionario, acreditativas, en su caso, de que la recaudación anual no superase en más de un 5% el coste anual del servicio.
Con relación a la operación 11.1 de Galapagar, no ha sido posible comprobar el efectivo devengo del canon variable al no haber sido aportados los correspondientes datos del ejercicio 2013.
En la operación 15.2 de Ciempozuelos, cuya vigencia empieza en 2013, el canon se devenga presupuestariamente en el ejercicio siguiente.
Los deudores acumulados en fin de 2013 serían los mostrados en el cuadro siguiente, donde se presentan exclusivamente las operaciones de las que constan saldos vivos en fin del ejercicio fiscalizado, con las limitaciones referentes a las cuestiones señaladas respecto del cuadro anterior, y se han adicionado las deudas que constan de los concesionarios por distintas causas:
Aparcamientos regulados.
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Ejercicio 2013 | Ejercicios anteriores | Gastos indebidamente asumidos por el Ayuntamiento | Otras deudas concesionario | |||
Canon ingresado | Canon pendiente | Derechos reconocidos | Deudas reales | ||||
1.2 | Valdemoro Administración General Gestión servicio público estacionamiento regulado (SER), servicio grúa y gestión de sanciones | 91 | 31 | - | - | Gastos notificaciones Correos | - |
2.2 | Majadahonda Administración General Grúa Municipal, traslado, depósito y custodia de los vehículos estacionados en la vía pública. Estacionamiento regulado en superficie (ORA) | - | 136 | _ | _ | _ | _ |
3.2 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Regulación estacionamiento de vehículos bajo control horario y servicio de xxxx | 000 | 0 | - | - | X/X | X/X |
4.1 | Aranjuez Administración General Estacionamiento regulado en vías públicas | 12 | - | 6 | - | - | - |
De la operación 5.2 de Xxxxxxx xxx Xxx, no incluida en el cuadro anterior, no se ha facilitado información de la que pueda deducirse si el concesionario es deudor del Ayuntamiento en concepto de canon o por otros conceptos relacionados con la explotación objeto de concesión. De la operación 11.1 de Galapagar, tampoco contemplada en el cuadro anterior, no se ha informado acerca de los gastos indebidamente asumidos, en su caso, por el Ayuntamiento.
Con las limitaciones expuestas con anterioridad, consta una deuda global de 173 m€ en 2013.
En el cuadro siguiente se muestra la información existente acerca de las deudas de los concesionarios existentes en fin de 2013 y generadas con posterioridad, todo ello a la fecha de cierre de los trabajos de la fiscalización, de aquellos Ayuntamientos de los que se dispone de Información:
Cuadro V.6.: Control económico de la concesión. Concesiones que devengan ingresos.
Deudores a 30 xx xxxxx de 2015 en concepto de canon y otras deudas de los concesionarios.
Aparcamiento regulado.
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Concesionario | Deuda acumulada procedente de 2013 y anteriores | Deuda pendiente devengada con posterioridad | Otras deudas por concepto distintos al canon | ||
31/12/2013 | 30/06/2015 | |||||
1.2 | Valdemoro Administración General Estacionamiento Regulado, servicio de retirada de vehículos y servicio de gestión de sanciones dentro del área del Servicio de Estacionamiento Regulado. | Valoriza Servicios Medioambientales S.A y Seis Medioambiente SL, UTE | 31 | 31 | N/C | N/C |
2.2 | Majadahonda Administración General Grúa municipal y estacionamiento regulado en superficie. | Dornier S.A | 136 | _ | _ | - |
3.2 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Regulación estacionamiento de vehículos bajo control horario y servicio xx xxxx. | Setex Xxxxxx, S.A | 6 | - | - | N/C |
Como ya se ha indicado respecto del cuadro V.5, de la operación 5.2 de Xxxxxxx xxx Xxx, no incluida en el cuadro anterior, no se ha facilitado información de la que pueda deducirse si el concesionario es deudor del Ayuntamiento en concepto de canon o por otros conceptos relacionados con la explotación objeto de concesión. De la operación 11.1 de Galapagar, tampoco contemplada en el cuadro anterior, no se ha informado acerca de los gastos indebidamente asumidos, en su caso, por el Ayuntamiento, ni de las deudas que, en su caso, pudieran existir por impago del canon en ejercicios anteriores a 2013. Se constata una deuda de los concesionarios, a la fecha de la fiscalización, de 31 m€, con las limitaciones ya expresadas.
V.1.2 Cementerios y Servicios Funerarios.
En el siguiente cuadro se muestran, en relación con diez de las doce concesiones sobre cementerios y servicios funerarios que se examinan en el Informe, ya que las operaciones
16.1 y 16.2 de Xxxxxxxx xxx Xxxxx no devengan ingresos, los cánones establecidos, la liquidación y reconocimiento de los mismos por parte de los Ayuntamientos, y el cálculo del importe real devengado, efectuado por esta Cámara:
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Canon fijo | Canon variable | Liquidación aceptada Ayuntamient o | Contraído en cuentas | Importe real devengado | |
3.6 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Mantenimiento del cementerio y servicios funerarios. | 0,5 (revisabl e según IPC) | No | 1 | 1 | 1 |
4.4 | Aranjuez Administración General Ejecución de las obras de ampliación del cementerio “Santa Xxxxxx” y explotación. | No | 5% del importe bruto total de los ingresos recaudados | N/C | - | 11 |
5.6 | Xxxxxxx xxx Xxx Administración General Explotación de los cementerios y tanatorio municipales. | 33 (revisabl e según IPC) | No | 33 | N/C | 33 |
6.3 | Boadilla del Monte Administración General Servicio Público del Cementerio Municipal. | No | 5% sobre las tarifas por servicios prestados, | 3 | 3 | 3 |
7.10 | Colmenar Viejo Administración General Servicio de Gestión del Tanatorio y del Cementerio. | 210 Revisable IPC | No | 213 | 213 | 213 |
8.4 | Xxxxx Administración General Construcción y posterior explotación del nuevo cementerio. | No | 10% tarifas | 27 | 27 | 27 |
10.1 | San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Administración General Servicio Público de Enterramientos, Servicios en General de los Cementerios y Tanatorio. | No | Totalidad de los ingresos por servicios funerarios. | 259 | 259 | 259 |
11.2 | Galapagar Administración General Redacción de proyecto, construcción y explotación del Tanatorio-crematorio y la gestión de los cementerios. | No | El 10% anual de los ingresos brutos. | N/C | N/C | N/C |
15.3 | Ciempozuelos Administración General Gestión y explotación del tanatorio municipal. | 6 Revisable IPC | 18% Ingresos brutos | - | - | 12 |
17.1 | Torrelodones Administración General Redacción del proyecto, Construcción y Explotación de Cementerio y Tanatorio. | 141 | 10% ingresos explotación ejercicio anterior. | 151 | 151 | 151 |
En la operación 15.3 de Ciempozuelos, se ha comprobado que en fin de 2013, el concesionario no había ingresado los cánones desde el ejercicio 2008, que no fueron reclamados, ni liquidados, hasta 2014. En consecuencia, en fin de 2013 no se habían liquidado ni contraído en cuentas los cánones correspondientes. El importe real devengado refleja 7 m€ de canon fijo y 5m€ de variable.
De las operaciones 4.4 de Aranjuez y 11.2 de Galapagar, no se han facilitado los ingresos brutos del concesionario, magnitud precisa para el cálculo del canon en esas operaciones, ni tampoco las liquidaciones efectuadas, en su caso, por el Ayuntamiento, o los importes contraídos en cuentas.5
Excluidas estas dos operaciones de las que no se dispone de información, el importe conjunto de los derechos liquidados y contabilizados ascendería a 687 m€ y 654 m€, respectivamente, mientras que el total devengado, según esta Cámara, sería de 710 m€.
En el cuadro siguiente, se muestran los importes ingresados en concepto de canon devengado del ejercicio durante 2013, así como las deudas por otros conceptos y las provenientes de ejercicios anteriores, de ocho operaciones, ya que de tres no se facilitado información:
Cementerios y Servicios Funerarios.
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Ejercicio 2013 | Ejercicios anteriores | Gastos indebidamente asumidos por el Ayuntamiento | Otras deudas concesionario | |||
Canon ingresado | Canon pendiente | Derechos reconocidos | Deudas reales | ||||
4.4 | Aranjuez Administración General Ejecución de las obras de ampliación del cementerio “Santa Xxxxxx” y explotación. | - | 11 | 313 | 313 | N/C | N/C |
5.6 | Xxxxxxx xxx Xxx Administración General Explotación de los cementerios y tanatorio municipales. | 33 | - | N/C | N/C | N/C | N/C |
6.3 | Boadilla del Monte Administración General Servicio Público del Cementerio Municipal. | 3 | - | - | - | - | - |
7.10 | Colmenar Viejo Administración General Servicio de Gestión del Tanatorio y del Cementerio. | 213 | - | 22 | 22 | 2 | 15 |
8.4 | Xxxxx Administración General Construcción y posterior explotación del nuevo cementerio. | 00 | - | - | - | - | - |
0 El Ayuntamiento de Galapagar ha remitido en el trámite de alegaciones la documentación presentada por el concesionario en 2016, que incluye los ingresos brutos declarados pero no las cuentas anuales auditadas, y no constan actuaciones de comprobación o liquidación por parte del Ayuntamiento, lo que impide considerar la información indicada como base para el cálculo del importe devengado por esta Xxxxxx xx Xxxxxxx, que ascendería a 9 miles de euros en 2013.
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Ejercicio 2013 | Ejercicios anteriores | Gastos indebidamente asumidos por el Ayuntamiento | Otras deudas concesionario | |||
Canon ingresado | Canon pendiente | Derechos reconocidos | Deudas reales | ||||
10.1 | San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Administración General Servicio Público de Enterramientos, Servicios en General de los Cementerios y Tanatorio. | 209 | 50 | - | - | - | - |
15.3 | Ciempozuelos Administración General Gestión y explotación del Tanatorio municipal. | - | 12 | - | 82 | - | 11 |
17.1 | Torrelodones Administración General Redacción del proyecto, Construcción y Explotación de Cementerio y Tanatorio. | 151 | - | - | - | - | - |
De las operaciones 3.6 de Collado Xxxxxxxx y 11.2 de Galapagar, no incluidas en el cuadro anterior, no se ha facilitado información que permita conocer el importe ingresado del canon, ni la existencia de deudas de ejercicios anteriores o por conceptos distintos del canon, en su caso.
De la operación 5.6 de Xxxxxxx xxx Xxx, no se ha facilitado información que permita deducir la inexistencia de deudas del concesionario derivadas de importes devengados por canon de ejercicios anteriores, por gastos indebidamente asumidos por el Ayuntamiento, o por otros conceptos, relacionados con la explotación objeto de la concesión.
Respecto de la operación 4.4 de Aranjuez, no se ha facilitado información de la que pueda deducirse la inexistencia de deudas del concesionario derivadas de gastos indebidamente asumidos por el Ayuntamiento, o por otros conceptos, relacionados con la explotación objeto de la concesión.
En la operación 7.10 de Colmenar Viejo, el importe correspondiente a canon procede del ejercicio 2004, y los gastos indebidamente asumidos por el Ayuntamiento corresponden a consumos de electricidad.
En la operación 15.3 de Ciempozuelos, se adeudan la totalidad de los cánones del periodo 2009-2013, ambos inclusive, que no fueron liquidados hasta 2014. El importe adeudado por el concesionario en concepto de otros gastos asociados a la explotación objeto de la concesión, corresponde a IBI.
Haciendo abstracción de las limitaciones de información asociadas a las cuatro operaciones citadas en los párrafos anteriores, el importe adeudado en fin de 2013, del propio ejercicio, sería de 73 m€; por cánones de ejercicios anteriores, ascendería a 417 m€, y, además, existirían deudas de los concesionarios derivadas de gastos indebidamente asumidos por los Ayuntamientos o por otros conceptos asociados a la explotación, por importe de 28 m€. En consecuencia, se alcanza un importe total en fin de 2013, con las limitaciones expresadas, de 518 m€.
En el cuadro siguiente, se muestran los importes adeudados por los concesionarios a 30 xx xxxxx de 2015, de cuatro operaciones, ya que de tres operaciones (3.6 de Collado Xxxxxxxx, 5.6 de Xxxxxxx xxx Xxx y 11.2 de Galapagar) no se dispone de información y en otras tres no se han detectado importes pendientes:
Cuadro V.9.: Control económico de la concesión. Concesiones que devengan ingresos.
Deudores a 30 xx xxxxx de 2015 en concepto de canon y otras deudas de los concesionarios.
Cementerios y Servicios Funerarios
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Concesionario | Deuda acumulada procedente de 2013 y anteriores | Deuda pendiente devengada con posteriorid ad | Otras deudas por conceptos distintos al canon | ||
31/12/2013 | 30/06/2015 | |||||
4.4 | Aranjuez Administración General Ejecución de las obras de ampliación del cementerio “Santa Xxxxxx” y explotación. | Granitos Granero Mármoles S.L. | 324 | 324 | 11 | N/C |
7.10 | Colmenar Viejo Administración General Servicio de Gestión del Tanatorio y del Cementerio. | Funeraria Nuestra Señora de los Remedios, S.L. | - | - | - | 2 |
10.1 | San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Administración General Servicio Público de Enterramientos, Servicios en General de los Cementerios y Tanatorio. | Servicios Funerarios Xxxxxx-Xxxxxxxx, S.A | 50 | - | - | - |
15.3 | Ciempozuelos Administración General Gestión y explotación del Tanatorio municipal. | Localfuner S.L | 94 | 8 | 20 | 11 |
De la operación 3.6 de Collado Xxxxxxxx no se ha remitido información acerca del cobro del canon ni de la situación de otras posibles deudas del concesionario por conceptos distintos del canon.
En la operación 4.4 de Aranjuez, el importe devengado en el ejercicio 2014, como ya sucedía en 2013, calculado por esta Cámara, no se encuentra reconocido en cuentas.
En la operación 7.10 de Colmenar Viejo, el importe adeudado por el concesionario corresponde a consumos de luz.
En la operación 15.3 de Ciempozuelos, quedan pendientes de ingresar los cánones variables de 2012 (3 m€) y 2013 (5 m€). También están pendientes de cobro los cánones fijo (7 m€) y variable (13 m€), de 2014. Se mantienen las deudas por IBI, por valor de 11 m€.
Con las limitaciones antedichas, se constata un importe pendiente a la fecha de cierre de los trabajos de fiscalización de 376 m€.
V.1.3 Instalaciones Deportivas
En el siguiente cuadro se muestran, en relación con veintinueve operaciones sobre instalaciones deportivas (ya que los contratos 6.8 de Boadilla del Monte, 7.13 de Colmenar Viejo, 12.1 de Villaviciosa xx Xxxx, 16.4 de Xxxxxxxx xxx Xxxxx y 17.3 de Torrelodones, generan, exclusivamente, gastos para los Ayuntamientos y el 8.5, xx Xxxxx, no genera ni gastos ni ingresos) los cánones establecidos, la liquidación y reconocimiento de los mismos por parte de los Ayuntamientos, y el cálculo del importe real devengado, efectuado por esta Cámara:
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Canon fijo | Canon variable | Liquidación aceptada Ayuntamiento | Contraído en cuentas | Importe real devengado | |
1.5 | Valdemoro Administración General Explotación de las instalaciones de “El Caracol”. | 1,5 primer año | 10,5% resultado explotación | 2 | 2 | 2 |
1.6 | Valdemoro Administración General Explotación de la pista de hielo Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx en calle Xxxx s/n. | No | 22% excedente explotación | N/C | N/C | N/C |
2.6 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del servicio de una pista municipal de hielo. | 46 | 1 | 47 | 47 | 47 |
2.7 | Majadahonda Administración General Explotación del campo de fútbol “Xxxxx xxx Xxxxxx” y la ejecución de las obras para la Escuela de fútbol.. | 184 | _ | 184 | 184 | 184 |
2.8 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del Campo de Golf. | 30 | Oferta económica: 5% de beneficios declarados a Xxxxxxxx | 00 | 00 | X/X |
2.9 | Majadahonda Administración General Redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del Centro El Xxxxxxxxx. | 16 | _ | 16 | 16 | 16 |
2.10 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Xxxxxx Vieja y elaboración del Programa de Actividades Deportivas, así como la redacción de los proyectos, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud para el pabellón de acceso. | 13 | _ | 13 | 13 | 13 |
2.12 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Deportivo nº 7 “Xxxxx de la Oliva”. | 40 | _ | 40 | 40 | 40 |
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Canon fijo | Canon variable | Liquidación aceptada Ayuntamiento | Contraído en cuentas | Importe real devengado | |
3.9 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividad dirigida de musculación en las instalaciones del Centro de Natación. | 16 | - | 16 | 16 | 16 |
3.10 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividades deportivas en la Xxxxxx Xxxxxxxxx. | 0 | - | - | - | - |
0.00 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Servicio Público de Spa urbano en las instalaciones del Centro de Natación. | 17 | - | 17 | 17 | 17 |
3.12 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividades Polideportivo Municipal Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx. | 10 | - | - | - | - |
3.15 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Gestión del Servicio Público de la Liga Municipal Fútbol 7 en Xxxxxxx Xxxxxxxx. | 22 | - | 22 | 22 | 22 |
3.16 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administracióon General Actividades deportivas en la Ciudad Deportiva. | 8 | - | 8 | 8 | 8 |
3.17 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Actividades Polideportivo Municipal Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx. | 7 | - | 7 | 7 | 7 |
4.5 | Aranjuez Administración General Explotación y remodelación de la Ciudad Deportiva Las Olivas. | No | Canon complementario de un 20% si los ingresos reales superan los establecidos | N/C | N/C | N/C |
7.11 | Colmenar Viejo Administración General Gestión de la piscina municipal cubierta "Santa Xxxxxx". | 12 Revisable IPC | No | 13 | 13 | 13 |
7.12 | Colmenar Viejo Administración General Gestión de la piscina municipal cubierta sita en el Complejo Xxxxxxx Xxxx. | 6 Revisable IPC | No | 6 | 6 | 6 |
7.14 | Colmenar Viejo Administración General Gestión del Complejo Deportivo Municipal de la Estación (J.A. Xxxxxxxxx). | 8 Revisable IPC | No | 9 | 9 | 9 |
8.7 | Xxxxx Administración General Gestión actividad de Tenis de la Concejalía de Deportes. | 3 | 2€ por usuario trimestral 1€ por usuarios cursos verano | 2 | - | 5 |
8.10 | Xxxxx Administración General Gestión de actividad de Taekwondo de la Concejalía de Deportes. | 1 | 1,5€ por usuario trimestral 0,5€ por usuarios cursos verano | 1 | 1 | 1 |
8.12 | Xxxxx Administración General Gestión de actividad de Pilates de la Concejalía de Deportes. | 1 | 1,5€ por usuario trimestral 0,5€ por usuarios cursos verano | - | - | 2 |
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Canon fijo | Canon variable | Liquidación aceptada Ayuntamiento | Contraído en cuentas | Importe real devengado | |
8.13 | Xxxxx Administración General Gestión de actividad de aeróbic, gimnasia de mantenimiento, step y complementos formativos. | 4 Revisable IPC | No | 4 | 4 | 4 |
9.5 | Tres Cantos Administración General del Ayuntamiento Explotación del Centro Deportivo Islas. Año 2010 | 35 revisable IPC | No | En 27/7/12 se constata la interrupción en la prestación del servicio. El contrato fue resuelto por la JGL el 23/1/2013. | ||
11.3 | Galapagar Administración General del Ayuntamiento Concesión Piscina Municipal. | No | 3% sobre los ingresos | 10 | 10 | N/C |
15.4 | Ciempozuelos Administración General Explotación de la piscina climatizada ubicada en la Ciudad Deportiva. | 15 | 50% ingresos netos obtenidos en el ejercicio anterior | 16 | 16 | N/C |
16.3 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión de las piscinas municipales de invierno y verano. | 2 | - | - | - | - |
17.4 | Torrelodones Administración General Explotación de las pistas xx xxxxx y casa multiusos. | 10 | No | 10 | 10 | 10 |
18.1 | Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx Administración General Gestión de 9 pistas xx xxxxx del Complejo Deportivo Municipal situado en C/Extremadura s/n. | 6 | 15% sobre la recaudación por alquileres, ranking, torneos y resto de eventos, y 50% sobre ingresos de publicidad. | - | - | N/C |
En el Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Xxxxxxxx, las operaciones 3.10 y 3.16, con el mismo concesionario, y cuyo objeto es también el mismo pero referido a periodos distintos, corresponden al ejercicio 2013, del primer contrato, 5,5 meses, y 3,5 meses del segundo. El canon anual de la operación 3.10, de 9 m€, se devengó presupuestariamente en 2012, ya que el contrato establecía el pago total del mismo en el plazo de un mes desde el inicio de su vigencia. El canon anual de la operación 3.16, de 8 m€, se devenga presupuestariamente en 2013 en su totalidad, de acuerdo con las condiciones del contrato.
Análogamente, por lo que se refiere a las operaciones 3.12 y 3.17 xx Xxxxxxx-Xxxxxxxx, corresponden al ejercicio fiscalizado 5,5 meses del primero y 3,5 meses del segundo.
En la operación 11.3 de Galapagar, no se ha facilitado información para el cálculo del canon efectivamente devengado.6
En la operación 15.4 de Ciempozuelos, no se dispone de información para poder determinar el importe del canon variable, ni consta liquidado por el Ayuntamiento.
6 Con relación a los resúmenes contables presentados en alegaciones, los cuales recogerían supuestamente pagos en compensación, carecen de requisitos formales que acrediten la efectividad de la operación reflejada y su contabilización, además de no haberse remitido los pertinentes acuerdos que autorizasen la compensación.
En la operación 18.1 de Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx, no se han ingresado los cánones desde la firma del contrato en 2012 hasta la fecha de la fiscalización, ni ha presentado la concesionaria la información para el cálculo de los cánones variables. En el trascurso de la operación, se han producido diversos incidentes y el contratista presentó recurso ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
El importe total liquidado por los Ayuntamientos asciende a 473 m€; el total devengado calculado por esta Cámara no es comparable con la cifra anterior, ya que en seis supuestos no se ha facilitado información adecuada para el cálculo.
En el cuadro V.11 se muestra el importe adeudado por los Concesionarios en fin del ejercicio fiscalizado, en concepto de canon y cualesquiera otros, asociados a la explotación objeto de concesión, de sólo diecinueve operaciones, ya que de las veintinueve mostradas en el cuadro anterior se han deducido, por no haber facilitado información adecuada, las siguientes:
3.9, 3.10, 3.11, 3.12, 3.15, 3.16 y 3.17, de Collado Xxxxxxxx, no se ha aportado información acerca de los importes ingresados en concepto de canon, de los pendientes de ejercicios anteriores ni de los que pudieran resultar deudores a favor del Ayuntamiento por otros conceptos.
11.3, de Galapagar, no se ha aportado información acerca de los importes, en su caso, adeudados del propio ejercicio 2013 y anteriores por cánones ni por otros conceptos asociados a la explotación objeto de concesión, distintos del canon.7
15.4, de Ciempozuelos, no se ha facilitado información que permita deducir la existencia, en su caso, de deudas de ejercicios anteriores, ni la que permitiría el cálculo del canon variable.
18.1, de Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx, no consta que la concesionaria presentase la información precisa para el cálculo del canon variable, ni que ingresase el importe de los cánones desde el ejercicio 2012 en que inició su vigencia.
Con las limitaciones expuestas, a las que hay que añadir las que directamente se hacen constar en el cuadro V.11, derivadas de los numerosos casos en los que los Ayuntamientos han facilitado sólo información parcial, el importe adeudado por los concesionarios alcanzaría al menos 562 m€, que corresponden fundamentalmente a la operación 9.5 de Tres Cantos:
7 Con relación a los resúmenes contables presentados en alegaciones, los cuales recogerían supuestamente pagos en compensación, carecen de requisitos formales que acrediten la efectividad de la operación reflejada y su contabilización, además de no haberse remitido los pertinentes acuerdos que autorizasen la compensación.
Instalaciones deportivas
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Ejercicio 2013 | Ejercicios anteriores | Gastos indebidamente asumidos por el Ayuntamiento | Otras deudas concesionario | |||
Canon ingresado | Canon pendiente | Derechos reconocidos | Deudas reales | ||||
1.5 | Valdemoro Administración General Explotación de las instalaciones de “El Xxxxxxx”. | - | 0 | - | - | X/X | - |
0.0 | Xxxxxxxxx Administración General Explotación de la pista de hielo Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx en calle Xxxx s/n. | N/C | N/C | N/C | N/C | - | 1 |
2.6 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del servicio de una pista municipal de hielo. | 47 | - | _ | _ | _ | _ |
2.7 | Majadahonda Administración General Explotación del campo de fútbol “Xxxxx xxx Xxxxxx” y la ejecución de las obras para la Escuela de fútbol.. | 184 | - | _ | _ | _ | _ |
2.8 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del Campo de Golf. | 12 | 18 | _ | _ | _ | - |
2.9 | Majadahonda Administración General Redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del Centro El Xxxxxxxxx. | 16 | _ | _ | _ | _ | _ |
2.10 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Xxxxxx Vieja y elaboración del Programa de Actividades Deportivas, así como la redacción de los proyectos, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud para el pabellón de acceso. | _ | 13 | _ | _ | _ | _ |
2.12 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Deportivo nº 7 “Xxxxx xx xx Xxxxx”. | _ | 00 | _ | _ | _ | - |
4.5 | Aranjuez Administración General Explotación y remodelación de la Ciudad Deportiva Las Olivas. | N/C | N/C | N/C | 87 | N/C | N/C |
7.11 | Colmenar Viejo Administración General Gestión de la piscina municipal cubierta "Santa Xxxxxx". | 13 | - | N/C | N/C | - | N/C |
Ayuntamiento/Ente concedente/ Concesión | Ejercicio 2013 | Ejercicios anteriores | Gastos Indebidamente asumidos por el Ayuntamiento | Otras deudas concesionario | |||
Canon Ingresado | Canon Pendiente | Derechos reconocidos | Deudas reales | ||||
7.12 | Colmenar Viejo Administración General Gestión de la piscina municipal cubierta sita en el Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx. | 0 | - | X/X | X/X | - | X/X |
0.00 | Xxxxxxxx Xxxxx Administración General Gestión del Complejo Deportivo Municipal de la Estación (J.A. Xxxxxxxxx). | 4 | 4 | N/C | N/C | - | N/C |
8.7 | Pinto Administración General Gestión actividad de Tenis de la Concejalía de Deportes. | - | 5 | 4 | - | - | - |
8.10 | Pinto Administración General Gestión de actividad de Taekwondo de la Concejalía de Deportes. | 1 | - | - | - | - | - |
8.12 | Pinto Administración General Gestión de actividad de Pilates de la Concejalía de Deportes. | - | 2 | - | - | - | - |
8.13 | Pinto Administración General Gestión de actividad de aeróbic, gimnasia de mantenimiento, step y complementos formativos. | - | 4 | - | - | - | - |
9.5 | Tres Cantos Administración General del Ayuntamiento Explotación del Centro Deportivo Islas. Año 2010 | - | - | 80 | 80 | 296 | |
16.3 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión de las piscinas municipales de invierno y verano. | 2 | - | - | - | - | N/C |
17.4 | Torrelodones Administración General Explotación de las pistas xx xxxxx y casa multiusos. | - | 10 | - | - | - | - |
En la operación 4.5 de Aranjuez, el importe real devengado, según las estipulaciones del contrato, asciende a 75 m€ más IVA, que no se contrajeron en cuentas hasta 2014. No se ha facilitado información que permita estimar lo procedencia de liquidación del canon complementario, ni consta su contracción en cuentas.
En el cuadro siguiente, se muestra la situación de las deudas de los concesionarios a la fecha de cierre de los trabajos de fiscalización, sujeta a las limitaciones ya indicadas en relación con el Cuadro V.11 anterior (diez operaciones excluidas del mismo por carecer completamente de datos en relación con los importes, en su caso, adeudados), del que se han excluido también las operaciones de las que se ha facilitado la información solicitada y no se deduce de la misma la existencia de deudas del concesionario. Haciendo abstracción de las limitaciones
expuestas, además de las que constan en el propio cuadro por presentación de información parcial, el importe adeudado por los concesionarios a la fecha de cierre de los trabajos de fiscalización, ascendería a 747 m€, que se desglosarían en 246 m€ de cánones devengados en 2013 y ejercicios anteriores, 169 m€ devengados con posterioridad y 332 m€, derivados de conceptos asociados a la explotación pero distintos del canon:
Cuadro V.12.: Control económico de la concesión. Concesiones que devengan ingresos.
Deudores a 30 xx xxxxx de 2015 en concepto de canon y otras deudas de los concesionarios.
Instalaciones deportivas.
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Concesionario | Deuda acumulada procedente de 2013 y anteriores | Deuda pendiente devengada con posterioridad | Otras deudas por conceptos distintos al canon | ||
31/12/2013 | 30/06/2015 | |||||
1.5 | Valdemoro Administración General Explotación de las instalaciones de “El Caracol”. | Gestión xx Xxxxx Valdecenter, S.L | 2 | 2 | 2 | - |
1.6 | Valdemoro Administración General Explotación de la pista de hielo Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx en calle Xxxx s/n. | Unika Proyectos y Obras, S.A. y Proyectos Servicios y Formación para el Ocio, Deporte y la Salud SL, UTE | N/C | N/C | N/C | 3 |
2.8 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del Campo de Golf. | Xxxx Once S.L | 18 | 18 | 30 | 77 |
2.10 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Xxxxxx Vieja y elaboración del Programa de Actividades Deportivas, así como la redacción de los proyectos, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud para el pabellón de acceso. | CET Majadahonda Gestión Deportiva S.L. | 13 | 13 | 13 | _ |
2.12 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Deportivo nº 7 “Xxxxx xx xx Xxxxx”. | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx XXXX SPORT SL | 40 | 40 | 120 | 21 |
4.5 | Aranjuez Administración General Explotación y remodelación de la Ciudad Deportiva Las Olivas. | Calidad Deportiva S.L. | 87 | 91 | - | - |
7.14 | Colmenar Viejo Administración General Gestión del Complejo Deportivo Municipal de la Estación (J.A. Xxxxxxxxx). | Desprosa S.A | 4 | - | - | - |
8.5 | Pinto Administración General(1) Gestión de servicios deportivos en determinadas salas y en spa del pabellón Príncipe xx Xxxxxxxx ubicado en Parque Xxxx Xxxxxx X. | Técnicas Reunidas S.A- Altamarca Grupo de Gestión S.A, UTE | N/C | - | - | - |
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Concesionario | Deuda acumulada procedente de 2013 y anteriores | Deuda pendiente devengada con posterioridad | Otras deudas por conceptos distintos al canon | ||
31/12/2013 | 30/06/2015 | |||||
8.12 | Pinto Administración General Gestión de actividad de Pilates de la Concejalía de Deportes. | Xxxx Xxxxxxx y Ocio S.L. | 2 | 2 | - | - |
8.13 | Pinto Administración General Gestión de actividad de aeróbic, gimnasia de mantenimiento, step y complementos formativos. | Club Deportivo Elemental Gimaeróbic Pinto | 4 | - | 4 | - |
9.5 | Tres Cantos Administración General del Ayuntamiento Explotación del Centro Deportivo Islas. Año 2010 | Norfel SL | 80 | 80 | - | 266 |
16.3 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión de las piscinas municipales de invierno y verano. | Gedeseo Sports, S.L. | - | - | - | N/C |
16.4 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión de las piscinas municipales de invierno y verano. | Xxxx Xxxxxxx y Ocio S.L. | N/A | N/A | N/A | N/C |
17.4 | Torrelodones Administración General Explotación de las pistas xx xxxxx y casa multiusos. | Prac Sports International, S.L. | 10 | N/C | N/C | N/C |
En las operaciones 2.8 y 2.12 de Majadahonda, se incluyen 77 m€ y 21m€, respectivamente, por IBI.
En la operación 4.5 de Aranjuez, se incluye en el importe pendiente de cobro 4 m€ de recargos liquidados por el Ayuntamiento.
V.2. Concesiones que devengan gastos.
Aunque en la mayor parte de los supuestos, las concesiones devengan ingresos para los Ayuntamientos, en algunos casos requieren de aportaciones de éstos, particularmente si la concesión exige la realización de inversiones por parte del concesionario.
V.2.1. Aparcamientos.
En el cuadro siguiente se pone de manifiesto las características de la única operación sobre aparcamientos públicos que requiere de aportaciones del Ayuntamiento:
Cuadro V.13.: Concesiones que devengan gastos para los Ayuntamientos en 2013.
Aparcamientos públicos.
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Aportaciones establecidas en contrato | Ejercicio 2013 | Gastos Asumidos | ||||
Aportaciones recurrentes | Aportaciones no recurrentes | Obligaciones Reconocidas Netas 2013 | Importe Real Devengado | Establecidos en contrato | Indebidos | ||
3.1 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General del Ayuntamiento Construcción y explotación de aparcamiento subterráneo en C/ Xxxxxxx Xxxxxx y explotación aparcamiento de la Biblioteca Municipal Xxxxxx Xxxxxxxxx | 1.453 | - | - | 1.453 | - | - |
En la operación 3.1 xx Xxxxxxx-Xxxxxxxx, durante 2012 y 2013 el Ayuntamiento no pagó, ni reconoció en cuentas, las aportaciones previstas. El concesionario planteó judicialmente la correspondiente demanda (ver apartado VI.1)
En el cuadro siguiente, se presenta la situación en fin de 2013 de los débitos/créditos recíprocos entre el concesionario y el Ayuntamiento, respecto de la operación mostrada en el cuadro anterior.
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Concesionario | Deuda del Ayuntamiento con el Concesionario procedente de 2013 y ejercicios anteriores. | Deudas del concesionario | ||||
De 2013 | De ejercicios anteriores | Total | Gastos asumidos indebidamente | Otras deudas concesionario | |||
3.1 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Construcción y explotación de aparcamiento subterráneo en C/ Xxxxxxx Xxxxxx y explotación aparcamiento de la Biblioteca Municipal Xxxxxx Xxxxxxxxx. | Concesionaria Xxxxxxx Xxxxxxxx, S.A. | 1.453 | 1.446 | 2.899 | - | 78 |
Respecto de la operación 3.1 xx Xxxxxxx-Xxxxxxxx, aunque no figuran registradas en contabilidad, consta que el concesionario mantiene deudas frente al Ayuntamiento por tasa de recogida de residuos, por IBI y por procedimientos sancionadores, que se encuentran en proceso judicial, al mismo tiempo que el Ayuntamiento mantiene deudas con el concesionario.
No se ha comunicado la existencia de concesiones que tengan por objeto la regulación del aparcamiento en las vías públicas que generen gastos para los propios Ayuntamientos.
V.2.2. Cementerios y servicios funerarios.
En el cuadro siguiente se pone de manifiesto las características de tres operaciones sobre cementerios y servicios funerarios que requieren de aportaciones del Ayuntamiento:
Cuadro V.15.: Concesiones que devengan gastos para los Ayuntamientos en 2013.
Cementerios y Servicios Funerarios.
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Aportaciones establecidas en contrato | Ejercicio 2013 | Gastos Asumidos | ||||
Aportaciones recurrentes | Aportaciones no recurrentes | Obligaciones Reconocidas Netas 2013 | Importe Real Devengado | Establecidos en contrato | Indebidos | ||
10.1 | San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Administración General Servicio Público de Enterramientos, Servicios en General de los Cementerios y Tanatorio. | 00 | Xx | 00 | 00 | 00 | - |
16.1 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General del Ayuntamiento Gestión del Cementerio y Tanatorio Municipal. | 24 | - | 24 | 24 | - | - |
16.2 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General del Ayuntamiento Gestión del Cementerio y Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. | 00 | - | 00 | 00 | - | - |
Xxx contratos 16.1 y 16.2 de Xxxxxxxx xxx xxxxx, hacen referencia al mismo objeto pero en periodos sucesivos (28/06/2012 a 27/06/2013 y 28/06/2013 a 27/06/2014). No se ha facilitado información acerca del pago de las obligaciones contraídas por estas dos operaciones.
En las operaciones de los Ayuntamientos de los que se dispone de información, no constan deudas en fin de 2013.
V.2.3. Instalaciones Deportivas.
En el cuadro siguiente se pone de manifiesto las características de las operaciones sobre instalaciones deportivas que requieren de aportaciones del Ayuntamiento:
Cuadro V.16.: Concesiones que devengan gastos para los Ayuntamientos en 2013.
Instalaciones Deportivas.
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Aportaciones establecidas en contrato | Ejercicio 2013 | Gastos Asumidos | ||||
Aportaciones recurrentes | Aportaciones no recurrentes | Obligaciones Reconocidas Netas 2013 | Importe Real Devengado | Establecidos en contrato | Indebidos | ||
6.8 | Boadilla del Monte Administración General del Ayuntamiento Gestión de la instalación “Piscina cubierta Municipal de Boadilla del Monte” | 113 | 22 | 250 | 250 | 115 | No |
7.13 | Colmenar Viejo Administración General del Ayuntamiento Gestión de la piscina municipal xx xxxxxx | 10 | No | 10 | 10 | Agua, luz, gas y mantenimiento 55 | - |
7.14 | Colmenar Viejo Administración General del Ayuntamiento Gestión del Servicio Público complejo deportivo municipal de la Estación (J.A. Xxxxxxxxx) | 13 | No | 31 | 31 | Reposición material y agua campo fútbol 31 | - |
12.1 | Villaviciosa xx Xxxx Administración General del Ayuntamiento Construcción y concesión del Servicio Público de Instalaciones Deportivas Acuáticas. | El Ayuntamiento abonará un canon de explotación del complejo medido en usuarios/mes, en función de la utilización del complejo | No | 180 | 180 | No | No |
16.4 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General del Ayuntamiento Organización, mantenimiento y gestión de las piscinas municipales de invierno y verano | 87 | - | 25 | 25 | - | 178 |
17.3 | Torrelodones Administración General del Ayuntamiento Gestión de Instalación deportiva municipal, piscina cubierta, piscinas descubiertas y cafetería del polideportivo Municipal | 00 | Xx | 00 | 00 | 00 | No |
En la operación 17.3 de Torrelodones, se ha aplicado a presupuesto el valor de las aportaciones del Ayuntamiento correspondientes a los meses de diciembre de 2012 a diciembre de 2013, ambos inclusive, en consecuencia, el importe realmente devengado debe reducirse en el correspondiente al mes de diciembre de 2013, al producirse el devengo
presupuestario a mes vencido. Con respecto a los gastos asumidos en el contrato, se ha hecho figurar sólo el correspondiente a gasóleo, no disponiéndose de información respecto a los restantes gastos también asumidos según contrato (gas y electricidad).
En el cuadro siguiente, se presenta la situación en fin de 2013 de los débitos/créditos recíprocos entre el concesionario y el Ayuntamiento, respecto de las operaciones mostradas en el cuadro anterior.
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Concesionario | Deuda del Ayuntamiento con el Concesionario procedente de 2013 y ejercicios anteriores. | Deudas del Concesionario | ||||
De 2013 | De ejercicios anteriores | Total | Gastos asumidos indebidamente | Otras deudas concesionario | |||
16.4 | Xxxxxxxx xxx Xxxxx Administración General Gestión de las piscinas municipales de invierno y verano. | Xxxx Xxxxxxx y Xxxx, S.L. | 25 | - | 25 | 178 | - |
En la Operación 16.4, de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, los gastos asumidos indebidamente por el Ayuntamiento, correspondientes a la explotación objeto de concesión, corresponden a consumos de gasoil, electricidad y agua de las piscinas.
De la operación 17.3 de Torrelodones, no incluida en el cuadro anterior, no se ha facilitado información específica del pago de las aportaciones del Ayuntamiento, ni de la existencia de deudas de éste con la empresa concesionaria.
VI. LITIGIOS, INSOLVENCIAS Y OTRAS SITUACIONES ESPECIALES
En este apartado se muestran un conjunto de situaciones que afectan al normal desenvolvimiento de las concesiones. Dada la naturaleza de la información, en los cuadros de este apartado sólo se presentan aquellas operaciones que presentan incidencias dignas de mención.
VI.1. Litigios en relación con las concesiones.
Según se ha comunicado por los Ayuntamientos, los litigios que han afectado a las concesiones objeto de un examen especial en este Informe se han producido en relación con los aparcamientos de uso público, de uso mixto e instalaciones deportivas, no habiéndose producido ninguno en lo que se refiere a la gestión de la regulación de aparcamiento ni a los cementerios y servicios funerarios. El supuesto más frecuente son las demandas de los contratistas por liquidaciones tributarias asociadas a la concesión y por restablecimiento del
equilibrio económico de la misma. En todos los casos, los litigios han sido iniciados por los contratistas.
Se muestran en el siguiente cuadro los litigios de los que se ha tenido constancia en el transcurso de la fiscalización, en relación con las concesiones sobre aparcamientos de uso público. No constan litigios en relación con las concesiones sobre aparcamiento regulado.
Cuadro VI.1.: Litigios en relación con las concesiones. Aparcamientos de uso público.
(€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Concesionario | Litigio | Situación actual | ||
Descripción | Importe | ||||
Sentencia | |||||
Xxxxxxx Xxxxxxxx Administración General Construcción y explotación de | Concesionaria Xxxxxxx Xxxxxxxx, XX | X.X.000/0000: Contra resolución denegatoria por reclamación del canon 2012 | 1.715.547,11 + intereses moratorios | parcialmente estimatoria pendiente de | |
3.1 | aparcamiento subterráneo en C/ | ejecución. | |||
Xxxxxxx Xxxxxx y explotación | |||||
aparcamiento de la Biblioteca Municipal Xxxxxx Xxxxxxxxx. | Concesionaria Xxxxxxx Xxxxxxxx, XX | X.X.000/0000: Reclamación del canon 2013 | 1.758.435,79 + intereses moratorios | En tramitación |
En la operación 3.1 xx Xxxxxxx-Xxxxxxxx, el concesionario reclama el pago del “canon del Ayuntamiento” (aportaciones), incrementado en la repercusión del IVA, obteniendo sentencia favorable a sus intereses, pero excluyendo la repercusión del IVA como concepto adicional.
Se muestran en el siguiente cuadro los litigios de los que se ha tenido constancia en el transcurso de la fiscalización, en relación con las concesiones sobre cementerios y servicios funerarios.
Cuadro VI.2.: Litigios en relación con las concesiones. Cementerios y Servicios Funerarios
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Concesionario | Litigio | Situación actual | ||
Descripción | Importe | ||||
11.2 | Galapagar Administración General Redacción de proyecto, construcción y explotación del Tanatorio-crematorio y la gestión de los cementerios. | Funeraria Galapagar,S.L. | X.X 000/0000 Xxxxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxxxxx contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Galapagar, adoptado el 30 xx xxxxx de 2010 por el que se adjudicó de forma definitiva el “contrato administrativo de gestión indirecta, mediante concesión, para redacción de proyecto, construcción y explotación del Tanatorio- crematorio municipal y la gestión de los cementerios municipales de Galapagar” a la Mercantil Funeraria Galapagar, S.L. El motivo de impugnación es que el acto impugnado incumple las reglas de selección de los contratistas establecidas e impuestas en la Ley de contratos del Sector público y los Pliegos de cláusulas administrativas particulares y Prescripciones Técnicas del Contrato. Básicamente es que la empresa adjudicataria no reunía los requisitos de solvencia económica exigido en los Pliegos . | N/C | Sentencia 40/2013 JDO Contencioso Administrativo desestimatoria contra el recurso interpuesto por FUNESPAÑA,, contra la que cabe interponer recurso de apelación. No consta la situación actual. |
Se muestran en el siguiente cuadro los litigios de los que se ha tenido constancia en el transcurso de la fiscalización, en relación con las concesiones sobre instalaciones deportivas:
Cuadro VI.3.: Litigios en relación con las concesiones. Instalaciones deportivas.
(m€)
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesion | Concesionario | Litigio | Situación actual | ||
Descripción | Importe | ||||
2.8 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del Campo de Golf. | Xxxx Once S.L | 1º Ejecución de sentencia 27/2013, derivada P.O.184/2010. 2º P.O. 524/2013 ante el Juzgado de lo Contencioso-Advo. nº 13, recurso formulado contra desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto frente al Ayuntamiento. el 25/03/2013. 3º P.O. 551/2013 ante el Juzgado de los Contencioso-Advo de Madrid, contra desestimación por silencio administrativo de solicitud de restablecimiento de equilibrio económico de contrato de concesión. 4º Procedimiento abreviado nº 213/14 ante el Juzgado de lo Contencioso-Advo contra decreto de alcaldía de 4/02/2014 que desestima recurso de reposición contra la liquidación del IBI del ejercicio 2013. | 4º) 4.016,91€ | 1.El juzgado consideró ejecutada sentencia. 2.El 23/09/2014 se dictó sentencia desestimatoria de las pretensiones xx Xxxx Once S.L. 3. Se encuentra en tramitación 4. Pendiente señalamiento fecha. |
2.12 | Majadahonda Administración General Gestión del Centro Deportivo nº 7 “Xxxxx xx xx Xxxxx”. | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx XXXX SPORT SL | P.O. 192/13 Reclamación contra la desestimación del recurso de reposición contra la liquidación del IBI correspondiente al ejercicio 2012 | N/C | Concluido por desistimiento de la recurrente |
4.5 | Aranjuez Administración General Explotación y remodelación de la Ciudad Deportiva Las Olivas. | Calidad Deportiva S.L. | P.J.C.A. 25/2014. Liquidación carta de pago canon concesión. P.J.C.A. 31/2015. Reclamación cantidad. | 87 N/C | Pendiente de resolución N/C |
12.1 | Villaviciosa xx Xxxx Administración General Construcción y concesión del servicio público de Instalaciones Deportivas Acuáticas. | Hispaocio Villaviciosa S.L. | PO 134/2010 Interpuesto por Hispaocio Villaviciosa SL contra el acuerdo de Junta del Gobierno Local de fecha 30-6-2010, por el que se deniega la actualización del canon de explotación del Complejo Acuático Municipal. | N/C | Sentencia firme 21-1-2015 declara que el importe del Canon mínimo de 30€ a abonar por el Ayuntamiento por usuario y mes, habrá de actualizarse según las variaciones que experimente el IPC interanual. |
18.1 | Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Administración General Gestión integral de las 9 pistas xx xxxxx con cerramiento xx xxxxxx en las instalaciones del Complejo Deportivo Municipal situado en C/Extremadura s/n en el municipio de Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx | Enyoy Sport Class &Racket Profesional Service | PA 394/2014 | N/C | N/C |
En la operación 18.1 de Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx, el contratista solicitó en 2013 la resolución del contrato por mutuo acuerdo, por presunto desequilibrio económico de la concesión, lo que basaba en la reducción de las tarifas por el Ayuntamiento y el incremento en el tipo del IVA. En febrero del 2014 el Departamento de Contratación emitió informe con las siguientes
argumentaciones sobre las causas de resolución del contrato, en el que se consideraba que la reducción de las tarifas no constituía argumento válido para la resolución del contrato ya que únicamente conllevaba una correlativa reducción del canon variable; con respecto al incremento del tipo impositivo del IVA, se entendía que dicha circunstancia debe encuadrarse dentro del principio de riesgo y xxxxxxx; en conclusión se concluía que el contratista no había acreditado el daño económico alegado, por lo que no procedía la resolución por mutuo acuerdo pretendida por el adjudicatario. Se inició procedimiento para la resolución del contrato por incumplimiento del contratista, por falta de ingreso del canon, acordado por la JGL en mayo de 2014, presentándose asimismo alegaciones por la empresa interesada que fueron desestimadas y remitiéndose posteriormente para que emitiera informe el órgano consultivo correspondiente sobre la resolución contractual, según establece la normativa de la Comunidad de Madrid; como resultado del informe recibido, la JGL, en octubre de 2014, declaró caducado el procedimiento y acordó continuar, en todo caso, con los trámites para exigir las cantidades que no se habían ingresado, estimadas en 14.520€. Tal Resolución fue objeto de Recurso Contencioso Administrativo, procedimiento abreviado 394/2014, cuya situación a la fecha de emisión del Informe no ha sido facilitada por el Ayuntamiento.
VI.2. Insolvencias y otras situaciones especiales de los concesionarios.
En el transcurso de la vigencia de la concesión, pueden presentarse situaciones que comprometan la prestación del servicio, como el hecho de hallarse incurso el concesionario en situaciones de insolvencia, haber suspendido la prestación del servicio, etc.. Respecto de las operaciones que son objeto de análisis específico en este Informe, tales situaciones sólo se han presentado en relación con los aparcamientos de uso público y las instalaciones deportivas.
Cuadro VI.4.: Insolvencias y otras situaciones especiales. Aparcamientos uso público.
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Concesionario | Insolvencia | Otras situaciones | ||
Fecha declaración | Fecha de salida situación | ||||
1.1 | Valdemoro Administración General Edificio Centro Lúdico, aparcamiento público | Valescar Parking SL | N/A | N/A | Contrato Resuelto en 2014 por incumplimiento del concesionario |
Cuadro VI.5.: Insolvencias y otras situaciones especiales. Instalaciones deportivas.
Ayuntamiento/Ente concedente/Concesión | Concesionario | Insolvencia | Otras situaciones | ||
Fecha declaración | Fecha salida de situación | ||||
2.8 | Majadahonda Administración General Construcción y explotación del Campo de Golf. | Xxxx Once S.L | 2014 | No | Concurso de acreedores, publicado en BOCM el 12/03/2014 |
8.5 | Pinto Administración General Gestión de servicios deportivos en determinadas salas y en spa del pabellón Príncipe xx Xxxxxxxx ubicado en Parque Xxxx Xxxxxx X. | Técnicas Reunidas S.A- Altamarca Grupo de Gestión S.A, UTE | Acuerdo JGL 5/11/2014, de Resolución del Contrato de mutuo acuerdo firmado el 28/10/14. | ||
9.5 | Tres Cantos Administración General del Ayuntamiento Explotación del Centro Deportivo Islas. Año 2010 | Norfel SL | Acuerdo JGL 23/01/2013 de Resolución del contrato, por incumplimiento del contratista. |
El contrato 8.5 xx Xxxxx fue adjudicado por la Sociedad municipal Aserpinto S.A.. Tras la Resolución de la Encomienda de Gestión acordada en septiembre de 2012, el Ayuntamiento se subrogó en los derechos y obligaciones del contrato.
VII. CONCLUSIONES.
1. El ámbito institucional de la fiscalización está integrado por 19 ayuntamientos, cuya población, según las estadísticas de los padrones municipales, referidas al día primero de enero de 2013, publicadas por el Instituto Nacional de Estadística, se encontraba comprendida entre 20.000 y 75.000 habitantes, que son los siguientes: Valdemoro, Majadahonda, Xxxxxxx-Xxxxxxxx, Aranjuez, Xxxxxxx xxx Xxx, Boadilla del Monte, Colmenar Viejo, Pinto, Tres Cantos, San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, Galapagar, Villaviciosa xx Xxxx, Navalcarnero, Arroyomolinos, Ciempozuelos, Xxxxxxxx xxx Xxxxx, Torrelodones, Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx y Algete. Los Ayuntamientos han comunicado 157 operaciones vigentes en 2013, de las que se han analizado 63 de ellas, correspondientes a los aparcamientos de uso público (8 operaciones), regulado en las vías públicas (8 concesiones), cementerios y servicios funerarios (12 operaciones) e instalaciones deportivas (35 concesiones). Todos los Ayuntamientos fiscalizados habían rendido las cuentas del ejercicio 2013 a la fecha de emisión del Informe, seis de ellos fuera de plazo (apartados I.3 y II.2).
2. Las deficiencias de los mecanismos de control de las concesiones, apreciadas en los Ayuntamientos fiscalizados, unida a la propia naturaleza del análisis efectuado, que excluye la fiscalización integral de los mismos, impide alcanzar una adecuada certeza acerca de si las operaciones consideradas en el informe son todas las existentes, lo que
constituye una limitación del alcance del mismo, ya que se refiere exclusivamente a las operaciones que los Ayuntamientos han comunicado.
El Ayuntamiento de Navalcarnero no ha facilitado ninguna información respecto de las operaciones contempladas en este Informe, por lo que, pese a estar incluido en el ámbito de la fiscalización, no ha sido posible efectuar ninguna de las comprobaciones previstas. El Ayuntamiento de Aranjuez ha comunicado las operaciones 4.7 a 4.10 del Anexo, ambas inclusive, pero no ha facilitado la documentación solicitada, correspondiente, entre otros extremos a los propios contratos, los pliegos y la situación económica. En numerosos supuestos, que se especifican a lo largo del informe, se ha obtenido sólo información parcial de las operaciones (apartado II.3).
3. Las quejas de los usuarios, acerca del funcionamiento de los servicios, se canalizan a través de los mecanismos generales de los Ayuntamientos, en varios casos por las Oficinas de Consumo (OMIC), siguiendo los protocolos generales de actuación acordados con la Comunidad de Madrid. No se ha comunicado en ningún caso que sean sometidas a ninguna clase de tratamiento específico relacionado con el hecho de referirse a servicios públicos municipales prestados a través de la figura de la concesión, ni se ha constatado que las quejas y reclamaciones se asocien de forma sistemática a informes de evaluación del cumplimiento del contrato por el concesionario. Es usual que los concesionarios dispongan también de sus propios procedimientos de atención de quejas y reclamaciones, pero no se ha constatado, en general, que los Ayuntamientos conozcan y revisen el tratamiento de estas quejas. De esta forma, un mecanismo esencial para la evaluación de la calidad en la prestación de los servicios y que puede ser un indicio útil para detectar incumplimientos, carece del tratamiento adecuado en la mayoría de los casos (apartado IV.1).
4. Los aparcamientos no constituyen un servicio público obligatorio; no obstante, en el ámbito de los Ayuntamientos contemplados en la fiscalización, se presta, a través del mecanismo concesional, en diez de ellos: Valdemoro; Majadahonda; Xxxxxxx-Xxxxxxxx; Aranjuez; Xxxxxxx xxx Xxx; Colmenar Viejo; Pinto; Galapagar; Ciempozuelos y Algete. Se han analizado dieciséis operaciones correspondientes a los aparcamientos de uso público y al aparcamiento regulado en las vías públicas. En dos casos (Pinto, Algete), no se han remitido los pliegos de prescripciones técnicas (apartado IV.1.1).
5. En las concesiones sobre aparcamientos examinadas en el Informe, se ha comprobado la aprobación de las tarifas por los Órganos de gobierno en doce casos; en dos de ellos, se ha comunicado que las tarifas máximas vigentes son las aprobadas en los ejercicios 2006 (Xxxxxxx-Xxxxxxxx) y 2007 (Ciempozuelos). En cuatro casos (Valdemoro, Aranjuez, Pinto, Xxxxxxx xxx Xxx) los Ayuntamientos no han facilitado información acerca de la aprobación formal de las tarifas. En relación con las quejas de los usuarios, se ha contestado mayoritariamente en el sentido de que tales quejas no existen o no se ha facilitado la información correspondiente (apartado IV.1.1).
6. Se ha efectuado un análisis tanto de las concesiones referentes a cementerios como de las relativas a otros servicios funerarios, que suponen doce operaciones. En las concesiones incluidas en este grupo, los Pliegos que han regido los concursos regulan
las condiciones de prestación del servicio, y no consta, en general, que se hayan aprobado reglamentos o dictado instrucciones adicionales; no obstante, los pliegos de prescripciones técnicas de una concesión xx Xxxxx no han sido examinados, al no haberse remitido por el Ayuntamiento. Se ha constatado la aprobación de las tarifas por los Órganos de gobierno en los once casos examinados. En ningún caso se ha comunicado un número relevante de reclamaciones de los usuarios durante el ejercicio 2013, lo que no puede considerarse indicativo de la calidad del servicio (apartado IV.1.2).
7. Las instalaciones deportivas constituyen un servicio municipal obligatorio en los municipios de más de veinte mil habitantes, estrato poblacional en el que se encuentran incluidos todos los Ayuntamientos de la muestra. Se han examinado un total de treinta y cinco concesiones sobre instalaciones deportivas, correspondientes a quince Ayuntamientos; en relación con una de ellas, se aprobó la resolución del contrato en enero de 2013, tras constatarse la interrupción en la prestación del servicio. En la totalidad de las concesiones incluidas en este grupo, los Pliegos que han regido los concursos regulan las condiciones de prestación del servicio, y no consta, en la mayoría de los casos, que se hayan aprobado reglamentos o dictado instrucciones adicionales. Se ha constatado la aprobación de las tarifas por los Órganos de gobierno en veintisiete casos. Se ha informado de las reclamaciones presentadas por los usuarios durante el ejercicio 2013 en un número escaso de operaciones (apartado IV.1.3).
8. La gestión de los servicios públicos mediante concesión, que lleva aparejada la xxxxxxxx del correspondiente riesgo por parte del contratista, se realiza sobre la base de la titularidad municipal del servicio prestado, por lo que los Ayuntamientos deben procurar en todo momento que las prestaciones se desarrollen de acuerdo con lo previsto en la concesión, que se mantenga la calidad del servicio y la satisfacción de los usuarios, que se respete la normativa aplicable en los distintos ámbitos, laboral, fiscal, sanitario, etc. y que se procure un adecuado mantenimiento de las instalaciones. También resulta imprescindible, para una buena gestión, que la Administración disponga de información suficiente acerca de los aspectos económicos, en orden a la percepción de los ingresos o realización de las aportaciones acordadas, la fijación de tarifas y al seguimiento de las condiciones de equilibrio económico de la concesión. Ello supone hacer uso de los poderes de policía que le atribuye la normativa aplicable a la Administración concedente, así como de las vías específicas que hayan podido preverse en los Pliegos y contratos.
En la mayor parte de los casos, no se prevé que se facilite información económica periódica completa de la explotación. Incluso en los supuestos que involucran importantes inversiones, como es el caso de las concesiones de obras, no se recogen previsiones suficientes para evaluar el cumplimiento del Plan de viabilidad o del presupuesto de explotación, por la ausencia de aportación de datos económicos sobre los costes incurridos, y de información económica periódica con el detalle adecuado que permitiera conocer la evolución del equilibrio económico de la concesión. En general, se
observa mayor regulación en aquéllas cuestiones relacionadas con el cálculo periódico del canon, sin que ello quiera decir que se consideren suficientes en todos los casos.
Respecto de otros parámetros, como son el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, el conocimiento y seguimiento del resultado de inspecciones de organismos oficiales, etc., en muchos casos no hay previsión alguna. No se aprecia, en general, que el mantenimiento de las instalaciones de acuerdo con lo previsto en el contrato, el grado de satisfacción de los usuarios o la calidad de los servicios prestados reciban suficiente atención, al margen de previsiones generales respecto de la realización de inspecciones por parte de los servicios del ayuntamiento. Por lo que se refiere a la constitución de comisiones de seguimiento con reuniones periódicas, constituye una buena práctica de control que se prevé con mayor frecuencia en el supuesto de instalaciones deportivas que en los restantes casos contemplados en la fiscalización (apartado IV.2.1).
9. Respecto del funcionamiento en la práctica de los mecanismos establecidos, se concluye que el control efectivo está muy por debajo de las previsiones contenidas en los pliegos. Treinta operaciones han sido excluidas del análisis, de un total de 62, por no haber remitido los Ayuntamientos la información solicitada (apartado IV.2.2).
10. Pese a las previsiones existentes en varios casos, no consta en la mayor parte de las concesiones que se hayan emitido informes escritos por parte de los técnicos o funcionarios municipales. Cuando consta la emisión de estos informes, dan cuenta de la existencia de notables deficiencias por parte del concesionario, como la interrupción en la prestación del servicio, retrasos de las obras, ausencia de las instalaciones o de las mejoras previstas, deficiencias en el mantenimiento de las instalaciones, ausencia de pago del canon, facturas irregulares, inadecuada aplicación de las tarifas, etc. En varios casos, el concesionario incumple las obligaciones de aportación de documentación presentes en los pliegos y no consta que los Ayuntamientos respectivos hayan procedido a reclamar su cumplimiento efectivo (apartado IV.2.2).
11. En lo que se refiere al control de las relaciones económicas entre los Ayuntamientos y las empresas concesionarias, se ha revelado como deficiente en un número muy significativo de casos, observándose, entre otros supuestos, los siguientes: ausencia de liquidación de los cánones estipulados, ausencia de contracción en cuentas de las liquidaciones efectuadas, liquidaciones incorrectas, ausencia de ingreso de los cánones liquidados por los concesionarios, gastos de suministros indebidamente asumidos por los Ayuntamientos por corresponder a las explotaciones sujetas a concesión y presencia de deudas adicionales de los concesionarios, por tributos y precios públicos municipales. Adicionalmente, en muchos casos, los servicios de los Ayuntamientos no han facilitado información concluyente acerca de las deudas de las empresas concesionarias con los Ayuntamientos, respecto de parámetros esenciales para el cálculo del canon o en relación con los gastos propios de las explotaciones que pudieran estar siendo asumidos por los Ayuntamientos en lugar de por el concesionario. En consecuencia, los importes globales que se muestran en los apartados correspondientes, así como los que se deducen de los mismos en este apartado de conclusiones, deben entenderse sujetos a las limitaciones de información
que se indican, por lo que deben ser entendidos como importes mínimos, ya que no han podido establecerse importes reales para la totalidad de las operaciones (apartado V).
12. De las quince concesiones sobre aparcamientos que generan ingresos, haciendo abstracción de las limitaciones que se indican en el apartado correspondiente sobre tres operaciones, el importe devengado real por cánones asciende al menos a 1.240 m€, del que se encontraba pendiente de ingreso en fin de 2013 un importe de 196 m€. A finales xx xxxxx de 2015, las deudas finales procedentes de los ejercicios 2013 y anteriores de las que se ha tenido conocimiento ascendían a 297 m€, a los que habría que añadir 32 m€ devengados con posterioridad a 2013 (apartado V.1.1).
13. Por las diez concesiones asociadas a cementerios y servicios funerarios que devengan ingresos, el importe real devengado por cánones ascendería a 710 m€, cálculo del que se han excluido dos operaciones por ausencia de información. Haciendo abstracción de las limitaciones de información asociadas a cuatro operaciones, el importe adeudado en fin de 2013, del propio ejercicio, sería de 73 m€. El importe adeudado por los concesionarios a 30 xx xxxxx de 2015, por todos los conceptos, sujeto a las limitaciones indicadas en el apartado correspondiente, ascendería a 376 m€ (apartado V.1.2).
14. En lo que se refiere a las veintinueve concesiones sobre instalaciones deportivas que pudieran generar ingresos por cánones según lo dispuesto en los Pliegos, de seis operaciones no se ha dispuesto de información adecuada para el cálculo del canon devengado. Los cánones liquidados por los Ayuntamientos ascenderían a 473 m€. Con relación a la situación en fin del ejercicio 2013, no ha sido posible realizar ningún análisis sobre diez operaciones de las que no se ha facilitado ninguna información y en otras seis sólo se ha dispuesto de información parcial. Con las limitaciones expuestas, en junio de 2015, el importe debido sería de 747 m€ (apartado V.1.3).
15. Por lo que se refiere a las concesiones que suponen gastos para los Ayuntamientos, se observan deudas pendientes con los concesionarios en los Ayuntamientos de Collado- Xxxxxxxx (2.899 m€) y de Xxxxxxxx xxx Xxxxx (25 m€), mientras que los respectivos concesionarios mantenían, a su vez, deudas con los Ayuntamientos de 78 m€ y 178 m€, respectivamente (apartado V.2).
16. Según se ha comunicado por los Ayuntamientos, los litigios que han afectado a las concesiones objeto de un examen especial en este Informe se han producido en relación con un aparcamiento de uso público, con una concesión sobre cementerios y servicios funerarios (apartado VI.1).
17. De las 63 operaciones objeto de un análisis específico, en tres casos se ha acordado la resolución del contrato y en otro supuesto el concesionarios se encuentra en situación concursal en 2013 (apartado VI.2).
VIII. RECOMENDACIONES.
1. Para desarrollar un adecuado control de la ejecución de los contratos de concesión de servicios públicos y de obras públicas, cuya vinculación con los Ayuntamientos se establece generalmente a largo plazo, sería necesario establecer en todos los Ayuntamientos un inventario de estas operaciones.
2. Con el fin de permitir una gestión adecuada, sería conveniente la creación de bases de datos informatizadas que reúnan todos los documentos asociados a cada concesión, incluyendo como elementos esenciales, además de los referentes al propio contrato de concesión, las tarifas aprobadas por el Ayuntamiento, las aplicadas efectivamente por los concesionarios, las instrucciones o reglamentos del servicio, toda la documentación anual aportada por los concesionarios, los informes de supervisión de los servicios, los informes de inspección de cualquier naturaleza que afecten a las concesiones, las actas de las comisiones de seguimientos, informes de evaluación de las quejas y reclamaciones presentadas por los usuarios, la liquidación de tributos asociados a la explotación, la propia liquidación de cánones de cada ejercicio o el reconocimiento de obligaciones a favor del concesionario.
3. Con independencia de la creación de comisiones de seguimiento, debieran designarse en cada área funcional involucrada en la gestión de la concesión, técnicos o facultativos responsables, con el expreso cometido de realizar evaluaciones periódicas del servicio. Estas evaluaciones periódicas debieran constar en Informes para su elevación a las comisiones de seguimiento y a los Órganos de Gobierno del Ayuntamiento.
4. En particular, debe prestarse especial atención a la información de carácter económico que permita evaluar en todo momento la idoneidad de las tarifas y el mantenimiento del equilibrio de la concesión. Con este fin, debe establecerse en los Pliegos la presentación periódica de esta Información al Ayuntamiento, para lo cual es preciso que el modelo contable del concesionario permita individualizar de forma adecuada la explotación sujeta a concesión del resto de las operaciones de la empresa concesionaria. La información económica recibida del concesionario debe ser objeto de seguimiento adecuado, y evaluar no sólo la información relevante a efectos de la determinación de cánones, sino también la concerniente a la evolución de los costes de explotación.
5. Las facultades en orden a la inspección de la información económica y sus justificantes, así como las referentes a la participación en los arqueos previstos en los pliegos, deben ejercerse de forma efectiva, para lo cual es preciso disponer en la estructura organizativa de los servicios de la Intervención de personal suficiente para acompañar a los técnicos responsables de la gestión.
IX. ANEXO: Concesiones de servicios o de obras públicas, vigentes en 2013.
Ayuntamiento | Entidad Concedente | Objeto Concesión (Denominación) | Tipo contrato | Concesionario | Comienzo prestación | Duración Máxima (con prórrogas) | Servicio art 25.2 | |
1.1 | Valdemoro | Administración General | Concesión administrativa de uso privativo de una porción del bien de dominio público edificio Centro Lúdico para la explotación de un aparcamiento público | Concesión Servicios | Valescar Parking, S.L | 2010 | 25 | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
1.2 | Valdemoro | Administración General | Gestión servicio público estacionamiento regulado (SER), servicio grúa y gestión de sanciones. | Concesión Servicios | Valoriza Servicios Medio Ambientales, S.A. Seys Medio Ambiente S.L. UTE | 2012 | 25 | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
1.3 | Valdemoro | Administración General | Gestión del Centro de atención a personas mayores (residencia, unidad de Alzheimer y centro de día) | Concesión Servicios | Atención Social y Estancias Residenciales, S.A. | 2007 | 25 | k) Prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social. |
1.4 | Valdemoro | Administración General | Gestión servicios públicos recogida y transporte residuos, limpieza viaria, zonas verdes, A. .Publico, limpieza red alcantarillado y conservación y mantenimiento pavimentos | Concesión Servicios | Fomento de Construcciones Y Contratas, S.A. | 2009 | 10 | l) Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. |
1.5 | Valdemoro | Administración General | Gestión de servicio público concesión instalaciones deportivas El Caracol | Concesión Servicios | Gestión xx Xxxxx Valdecenter, S.L. | 2012 | 25 | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas: ocupación del tiempo libre; turismo. |
1.6 | Valdemoro | Administración General | Gestión del servicio público de explotación de la pista de hielo municipal "Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx" en la calle Xxxx | Concesión Servicios | Unika Proyectos y Obras, S.A. y Proyectos Servicios y Formación para rl Ocio, Deporte y la Salud SL, UTE | 2012 | 25 | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas: ocupación del tiempo libre; turismo. |
1.7 | Valdemoro | Administración General | Gestión del servicio de la escuela infantil xxxxx Xxxxxxxx, 6 | Concesión | Calanda Sociedad Cooperativa | 25 | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria. | |
1.8 | Valdemoro | Administración General | Gestión del servicio público de la escuela infantil, aulas infantiles, casa de niños y comedor de la escuela infantil | Concesión | Escuela Nueva Sociedad Cooperativa xx Xxxxxxxxx | 2001 | 25 | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
Nº | Ayuntamiento | Entidad Concedente | Objeto Concesión (Denominación) | Tipo contrato | Concesionario | Comienzo prestación | Duración Máxima (con prórrogas) | Servicio art 25.2 |
1.9 | Valdemoro | Administración General | Servicio de gestión de la escuela municipal de música y danza | Concesión Servicios | Asociación Música y Danza Viva | 2010 | 35 | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
1.10 | Valdemoro | Administración General | Gestión del servicio público educativo de la escuela infantil Los Paraísos | Concesión Servicios | Promoción de la Formación Las Palmas | 2012 | 3 | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
2.1 | Majadahonda | Administración General | Redacción del proyecto, construcción. Conservación y explotación de los aparcamientos subterráneos en zonas xxx xxxxx urbano | Concesión | BMTerra Majadahonda S.L. | 22/03/2002 | 50 años | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
2.2 | Majadahonda | Administración General | Grúa municipal y estacionamiento regulado en superficie. | Concesión Servicios | Dornier S.A. | 01/03/2005 | 10 años | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
2.3 | Majadahonda | Administración General | Mantenimiento integral de infraestructuras, instalaciones y equipamientos urbanos | Concesión Servicios | Assignia Infraestructuras S.A. | 06/07/2004 | 12 años | d) Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y gestión de viviendas; parques y jardines, pavimentación de vías públicas urbanas y conservación de caminos y vías rurales. |
2.4 | Majadahonda | Administración General | Centro Integral canino | Concesión Servicios | TALHER S.A. | 15/07/2013 | 5 años | h) Protección de la salubridad pública. |
2.5 | Majadahonda | Administración General | Limpieza viaria y recogida de residuos urbanos | Concesión Servicios | Valoriza Servicios Medioambientales SA | 07/05/2012 | 10 años | l) Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. |
2.6 | Majadahonda | Administración General | Pista municipal de Hielo | Concesión | Xxxxxxx de Hielo S.A. | 11/10/1996 | 50 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
2.7 | Majadahonda | Administración General | Campo de fútbol municipal Xxxxx xxx Xxxxxx | Concesión | Fundación Club Atlético de Madrid | 51 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. | |
2.8 | Majadahonda | Administración General | Campo Municipal de Golf | Concesión Obras Públicas | Xxxx Once S.L. | 50 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
Nº | Ayuntamiento | Entidad Concedente | Objeto Concesión (Denominación) | Tipo contrato | Concesionario | Comienzo prestación | Duración Máxima (con prórrogas) | Servicio art 25.2 |
2.9 | Majadahonda | Administración General | Redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del Centro El Xxxxxxxxx. | Concesión Obras Públicas | Gestión Sport Fitness S.A. | 10/05/2003 | 50 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
2.10 | Majadahonda | Administración General | Gestión del Centro Xxxxxx Vieja y elaboración del Programa de Actividades Deportivas, así como la redacción de los proyectos, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud para el pabellón de acceso. | Concesión Obras Públicas | CET Majadahonda Gestión Deportiva SL | 11/10/2011 | 40 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
2.11 | Majadahonda | Administración General | Alquiler / Préstamo de bicicletas | Concesión | UTE SICE-TEVA Tecnologías Viales Aplicadas TEVA S.L y Sociedad Ibérica de Construcciones Eléctricas S.A | 08/06/2011 | 5 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
2.12 | Majadahonda | Administración General | Gestión del Centro Deportivo nº 7 “Xxxxx xx xx Xxxxx”. | Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx XXXX Sport SL | 13/12/2011 | 15 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
2.13 | Majadahonda | Administración General | Cursos xx xxxxx e informática audiovisual | Concesión | G.E. Escuelas Urbanas SL | 05/11/2013 | 3 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
2.14 | Majadahonda | Administración General | Escuela de educación infantil "Talín" | Concesión | Soc. Coop. Xxxxxxxxx Xxxxx | 19/09/2002 | 10 años | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
2.15 | Majadahonda | Administración General | Escuela de educación infantil "Tamaral" | Concesión | Soc. Coop. Xxxxxxxxx Xxxxx | 19/09/2002 | 10 años | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
2.16 | Majadahonda | Administración General | Escuela infantil sita en Avda. xx Xxxxxxxxxx,24 | Concesión Servicios | Escuela y parque infantil Pequeñines S.L. | Curso 2009/2010 | 5 años | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
3.1 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Construcción y explotación de aparcamiento subterráneo en C/ Xxxxxxx Xxxxxx y explotación aparcamiento de la Biblioteca Municipal Xxxxxx Xxxxxxxxx. | Concesión Obras Públicas | Concesionaria Xxxxxxx Xxxxxxxx, SA | 20/04/2006 | 40 años | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
Nº | Ayuntamiento | Entidad Concedente | Objeto Concesión (Denominación) | Tipo contrato | Concesionario | Comienzo prestación | Duración Máxima (con prórrogas) | Servicio art 25.2 |
3.2 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Regulación estacionamiento de vehículos bajo control horario y servicio xx xxxx. | Concesión Servicios | Setex Aparki, S.A | 23/03/2011 | 4 años | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
3.3 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Prestación del Servicio de Señalización Direccional, de Interés General y de Carácter Publicitario, de las Vías Públicas del Municipio de Collado Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Granapublic XX, S.L | 01/12/2012 | 10 años | d) Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y gestión de viviendas; parques y jardines, pavimentación de vías públicas urbanas y conservación de caminos y vías rurales. |
3.4 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Concesión de la Gestión y Explotación Publicitaria en Soportes de Gran Formato del Término Municipal de Collado Xxxxxxxx-Lote I: Monopostes Doble Cara | Concesión Servicios | UTE Instalaciones Especiales de Publicidad Exterior, S.L. – IMPURSA, S.A., | 02/01/2013 | 12 años | d) Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y gestión de viviendas; parques y jardines, pavimentación de vías públicas urbanas y conservación de caminos y vías rurales. |
3.5 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Concesión de la Gestión y Explotación Publicitaria de Soportes de Gran Formato Ubicados en Terrenos Propiedad Municipal en el Término de Collado Xxxxxxxx-Lote II: Vallas De 8x3 Metros | Concesión Servicios | Espacio de Publicidad Exterior, S.A. | 03/01/2013 | 12 años | d) Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y gestión de viviendas; parques y jardines, pavimentación de vías públicas urbanas y conservación de caminos y vías rurales. |
3.6 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Gestión del Servicio de Mantenimiento del Cementerio Municipal y Servicios Funerarios de Collado Xxxxxxxx | Concesión Servicios | PARCESA, Parques de la Paz, S.A | 10/12/2012 | 4 años | j) Cementerios y servicios funerarios. |
3.7 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Servicios de Instalación, Mantenimiento y Explotación de las Unidades de Contenerización Necesarias para la Recogida de Ropa Usada | Concesión Servicios | Humana Fundación Pueblo para Pueblo | 12/07/2013 | 4 años | k) Prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social. |
3.8 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Gestión del Servicio Público de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, Limpieza Viaria Y Mantenimiento de Papeleras y Contenedores en el Término Municipal de Collado Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Fomento de Construcciones y Contratas, S.A | 13/07/2012 | 4 años | l) Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. |
3.9 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Actividad Dirigida de Musculación en las Instalaciones del Centro de Natación Municipal de Collado Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Sierra Fitness, S.L | 02/12/2011 | 2 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
Nº | Ayuntamiento | Entidad Concedente | Objeto Concesión (Denominación) | Tipo contrato | Concesionario | Comienzo prestación | Duración Máxima (con prórrogas) | Servicio art 25.2 |
3.10 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Servicio Público de Actividades Deportivas a Impartir en la Ciudad Deportiva de Collado Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Sierra Fitness, S.L | 02/12/2011 | 2 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
3.11 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Servicio Público de Spa Urbano en las Instalaciones del Centro de Natación Municipal de Collado Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Sierra Fitness, S.L | 03/12/2011 | 2 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
3.12 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Servicio Público de Actividades Polideportivo Municipal Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Sierra Fitness, S.L | 03/12/2011 | 1 año | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
3.13 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Gestión de Servicio Público de Impartición de las Disciplinas xx Xxxxx en la Escuela Municipal de Música Y Danza | Concesión Servicios | Xx xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | 09/01/2012 | 1 año | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
3.14 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Gestión del Centro Sanitario en las Instalaciones Deportivas Municipales de Collado Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Especialidades Médicas Libreros, S.L | 05/10/2012 | 6 meses | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
3.15 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Gestión del Servicio Público de la Liga Municipal Fútbol 7 en Xxxxxxx Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Club Deportivo Elemental Conver Sports | 15/10/2012 | 2 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
3.16 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Actividades Deportivas a Impartir en la Ciudad Deportiva Municipal de Collado Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Sierra Fitness, S.L | 19/09/2013 | 2 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
3.17 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Servicio Público de Actividades Polideportivo Municipal Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Sierra Fitness, S.L | 19/09/2013 | 2 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
3.18 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Gestión del Servicio Público Sanitario en las Instalaciones Deportivas Municipales de Collado Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Centro de Medicina El Abedul, S.L. | 04/11/2013 | 4 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
Nº | Ayuntamiento | Entidad Concedente | Objeto Concesión (Denominación) | Tipo contrato | Concesionario | Comienzo prestación | Duración Máxima (con prórrogas) | Servicio art 25.2 |
3.19 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Gestión de Servicio Público Educativo de la Escuela Infantil La Vaca Flora | Concesión Servicios | Sociedad Cooperativa Madrileña Luna Lunera Tobogán | 01/09/2009 | 4 años | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
3.20 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Gestión del Servicio Público de la Casa de Niños El Hada Tragamanzanas Sita en C/ Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Sociedad Cooperativa Madrileña Luna Lunera Tobogán | 01/09/2010 | 2 años | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
3.21 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Gestión del Servicio Educativo Público de la Escuela Infantil "Xxxxxxx Xxxxxxxx III" Situada en la C/ Amapolas de Collado Xxxxxxxx | Concesión Servicios | Promoción de la Formación Las Palmas, S.L. | 01/09/2011 | 2 años | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
3.22 | Xxxxxxx Xxxxxxxx | Administración General | Gestión de Servicio Público Educativo de la Escuela Infantil La Vaca Flora | Concesión Servicios | Sociedad Cooperativa Madrileña Luna Lunera Tobogán | 01/09/2013 | 2 años | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
4.1 | Aranjuez | Administración General | Estacionamiento regulado en vías públicas | Concesión | Dornier S.A. | 01/03/2001 | 10 | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
4.2 | Aranjuez | Administración General | Estacionamiento regulado en vías públicas | Concesión Servicios | Valoriza Servicios Medioambientales S.A. | 01/11/2013 | 12 años | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
4.3 | Aranjuez | Administración General | Xxxxxxx xx xxxxxxx | Concesión | Progesmer S.L. | 02/07/1998 | 50 años | g) Abastos, mataderos, ferias, mercados y defensa de usuarios y consumidores. |
4.4 | Aranjuez | Administración General | Ejecución de obras de ampliación del cementerio municipal "Santa Xxxxxx" y gestión y explotación del mismo | Concesión | Granitos Granero Mármoles S.L. | 15/03/1995 | 20 años | j) Cementerios y servicios funerarios. |
4.5 | Aranjuez | Administración General | Explotación y remodelación de la Ciudad Deportiva Las Olivas. | Concesión Obras Públicas | Calidad Deportiva S.L. | 10/01/2011 | 6 años | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
4.6 | Aranjuez | Administración General | Construcción y explotación de aparcamiento subterráneo. | Concesión Obras Públicas | Parkaranjuez, S.L. | N/C | 75 años | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
Nº | Ayuntamiento | Entidad Concedente | Objeto Concesión (Denominación) | Tipo contrato | Concesionario | Comienzo prestación | Duración Máxima (con prórrogas) | Servicio art 25.2 |
4.7 | Aranjuez | Administración General | Gestión de dos pistas de paddel en los Xxxxxx xxx Xxxxx de Aranjuez. | Concesión Servicio Público | N/C | N/C | N/C | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
4.8 | Aranjuez | Administración General | Explotación de la Plaza de Toros de Aranjuez | Concesión Servicio Público | N/C | N/C | N/C | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
4.9 | Aranjuez | Administración General | Escuela Infantil “El Regajal”. | Concesión Servicio Público | N/C | N/C | N/C | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria. |
4.10 | Aranjuez | Administración General | Escuela Infantil “Xxxxxxxx Xxxxx”. | Concesión Servicio Público | N/C | N/C | N/C | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria. |
5.1 | Xxxxxxx xxx Xxx | Administración General | Construcción y explotación de estacionamientos públicos subterráneos, para vehículos de residentes. | Concesión Obras Públicas | Grupo Europa, S.A. | 17/05/1995 | 99 años | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
5.2 | Xxxxxxx xxx Xxx | Administración General | Regulación estacionamiento de vehículos bajo control horario y servicio xx xxxx. | Gestión Interesada | Xxxxxxx, S.A. | 01/04/2013 | 10 años, posible prórroga 5 años | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
5.3 | Xxxxxxx xxx Xxx | Administración General | Concesión del Servicio Integral de Jardinería | Concesión | Urbaser, S.A. | 16/10/2002 | 15/10/2016 | d) Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y gestión de viviendas; parques y jardines, pavimentación de vías públicas urbanas y conservación de caminos y vías rurales. |
5.4 | Xxxxxxx xxx Xxx | Administración General | Concesión de la explotación del restaurante, embarcadero y aparcamiento situado en el enclave natural denominado Lagunas "Las Madres" | Concesión | COMUPA, Sociedad Cooperativa Madrileña | 14/10/2002 | 25 años | f) Protección del medio ambiente. |
5.5 | Xxxxxxx xxx Xxx | Administración General | Concesión de la explotación xxx xxxxxxx municipal de abastos | Concesión | Asociación de Comerciantes Xxxx XXXXX | 12/02/1993 | 75 años | g) Abastos, mataderos, ferias, mercados y defensa de usuarios y consumidores. |
5.6 | Xxxxxxx xxx Xxx | Administración General | Concesión de la explotación de los cementerios y tanatorios municipales | Concesión | Servicios Funerarios Xxxxxxxx-Xxxxxx, S.A. | 20/02/1996 | 75 años | j) Cementerios y servicios funerarios. |
5.7 | Xxxxxxx xxx Xxx | Administración General | Gestión interesada del servicio público denominado explotación del Punto Limpio. | Gestión Interesada | Elecnor, S.A. | 25/04/2012 | 2 años, posible prórroga hasta 25 | l) Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. |
Nº | Ayuntamiento | Entidad Concedente | Objeto Concesión (Denominación) | Tipo contrato | Concesionario | Comienzo prestación | Duración Máxima (con prórrogas) | Servicio art 25.2 |
6.1 | Boadilla del Monte | Administración General | Servicios de conservación y mejora xx xxxxxxxx, parques públicos, zonas verdes, y otras zonas ajardinadas de carácter público y situaciones de especies vegetales, | Concesión Servicios | Fomento de Construcciones y Contratas S.A | 2006 | 14 | d) Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y gestión de viviendas; parques y jardines, pavimentación de vías públicas urbanas y conservación de caminos y vías rurales. |
6.2 | Boadilla del Monte | Administración General | Gestión de un punto limpio situado en Boadilla del Monte | Concesión Servicios | Gruporaga, S.A. | 2007 | 12 | f) Protección del medio ambiente. |
6.3 | Boadilla del Monte | Administración General | Servicio Público del Cementerio Municipal. | Concesión | Europea de Finanzas y Comercialización de Servicios Empresariales, S.A. | 1996 | 75 | j) Cementerios y servicios funerarios. |
6.4 | Boadilla del Monte | Administración General | Gestión del Servicio Público de ayuda a domicilio. | Concesión Servicios | Fundación Altius Xxxxxxxxx xx xxxxxxx | 2011 | 4 | k) Prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social. |
6.5 | Boadilla del Monte | Administración General | Mantenimiento preventivo y conservación del alumbrado Público, el alcantarillado, la pavimentación de las vías Públicas y otras infraestructuras de competencia Municipal, así como el mobiliario urbano de Boadilla del Monte | Concesión Servicios | UTE Sufi, S.A.-Licuas,S.A. | 2005 | 14 | l) Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. |
6.6 | Boadilla del Monte | Administración General | Gestión del Servicio de recogida de residuos sólidos urbanos ,recogida selectiva, limpieza viaria y transporte de los mismos a la planta de transferencias del Municipio de Boadilla del Monte | Concesión Servicios | Urbaser, S.A. | 2012 | 14 | l) Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. |
6.7 | Boadilla del Monte | Administración General | Gestión integral del Servicio Público de mantenimiento preventivo y conservación del alumbrado Público, saneamiento pavimentación de vías Públicas y otras infraestructuras de competencia Municipal | Concesión Servicios | UTE Licuas, S.A- Urbaser S.A(UTE CIMUR Boadilla) | 2013 | 12 | l) Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. |
6.8 | Boadilla del Monte | Administración General | Gestión de la instalación "Piscina Cubierta Municipal de Boadilla del Monte" | Concesión Servicios | UTE Mistral 2010 S.L.-Intur Esport, S.L. | 2013 | 8 | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
Nº | Ayuntamiento | Entidad Concedente | Objeto Concesión (Denominación) | Tipo contrato | Concesionario | Comienzo prestación | Duración Máxima (con prórrogas) | Servicio art 25.2 |
6.9 | Boadilla del Monte | Administración General | Gestión del Servicio Publico educativo de la escuela de educación infantil sita en la avda Xxxxxx xx Xxxxxxxx manzana 25.4del sector 3 y manzana 25.2 del sector 4de Boadilla del Monte | Concesión Servicios | Escuela para todos ,S.L. | 2005 | 10 | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
6.10 | Boadilla del Monte | Administración General | Gestión del Servicio Publico educativo de la escuela Takar, situada en la c/ Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx nº 4 bis del Municipio de Boadilla del Monte | Concesión Servicios | Ebasan Bastante S.L. | 2009 | 10 | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
7.1 | Colmenar Viejo | Administración General | La ayuda a domicilio a personas no dependientes, en la modalidad de auxiliar domiciliario y el programa municipal de ayudas técnicas | Concesión Servicios | SaniVida S.L. | 02/08/2013 | 2 | k) Prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social. |
7.2 | Colmenar Viejo | Administración General | Formación práctica en música dirigida a los aficionados de cualquier edad. | Concesión Servicios | Music-Vox Sierra S.L. | 20/11/2011 | 2 | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
7.3 | Colmenar Viejo | Administración General | Gestión del programa de "Casa de Niños". | Concesión Servicios | Enseñando a Aprender S.L. | 03/09/2012 | 25 | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
7.4 | Colmenar Viejo | Administración General | Gestión Escuela Infantil "Los Enebros". | Concesión Servicios | Enseñando a Aprender S.L. | 03/09/2012 | 25 | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
7.5 | Colmenar Viejo | Administración General | Gestión Escuela Infantil "Los Puertos". | Concesión Servicios | Enseñando a Aprender S.L. | 01/08/2012 | 25 | n) Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria |
7.6 | Colmenar Viejo | Administración General | La gestión de la retirada de vehículos de la vía pública por indicación de la Policía Local, su posterior depósito y guarda hasta su devolución | Concesión Servicios | COL-TRANSACG Grúas S.L. | 16/11/2010 | 4 | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
7.7 | Colmenar Viejo | Administración General | Concesión demanial para la instalación, conservación y explotación publicitaria de postes de señalización informativa de la vía pública | Concesión Servicios | Pinaduero S.L. | 20/04/2010 | 4 | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
7.8 | Colmenar Viejo | Administración General | La prestación del servicio de limpieza viaria, recogida y transporte a vertedero de residuos sólidos urbanos | Concesión Servicios | Cespa S.A. | 29/06/2006 | 11 | l) Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. |
7.9 | Colmenar Viejo | Administración General | Explotación del Aparcamiento Subterráneo situado en la Plaza del Pueblo. | Concesión Servicios | Promoparc Subterráneo Servicios, SL | 27/12/2012 | 2 | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
Nº | Ayuntamiento | Entidad Concedente | Objeto Concesión (Denominación) | Tipo contrato | Concesionario | Comienzo prestación | Duración Máxima (con prórrogas) | Servicio art 25.2 |
7.10 | Colmenar Viejo | Administración General | Servicio de Gestión del Tanatorio y del Cementerio. | Concesión Servicios | Funeraria Nuestra Señora de los Remedios, S.L. | 02/08/2012 | 6 | j) Cementerios y servicios funerarios. |
7.11 | Colmenar Viejo | Administración General | Gestión de la piscina municipal cubierta "Santa Xxxxxx". | Concesión Servicios | UTE Intur Esport S.L., Cultural Actex S.L. y Moycosa S.A. | 26/02/2008 | 6 | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
7.12 | Colmenar Viejo | Administración General | Gestión de la piscina municipal cubierta sita en el Complejo Xxxxxxx Xxxx. | Concesión Servicios | Mistral 2010 S.L. | 08/09/2009 | 4 | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
7.13 | Colmenar Viejo | Administración General | Gestión de la piscina municipal xx xxxxxx. | Concesión Servicios | Mistral 2010 S.L. | 24/06/2010 | 4 | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
7.14 | Colmenar Viejo | Administración General | Gestión del Complejo Deportivo Municipal de la Estación (J.A. Xxxxxxxxx). | Concesión Servicios | Desprosa S.A | 04/05/2010 | 11 | m) Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo. |
8.1 | Xxxxx | Administración General | Construcción y explotación de aparcamientos para vehículos pesados y ligeros y servicios en centro de transportes. | Concesión Servicios | Zellet Asesoramiento y Gestión S.L | 2012 | 50 | b) Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. |
8.2 | Pinto | Administración General | Instalación y conservación de información municipal, así como la instalación y explotación de paneles y vallas publicitarias. | Concesión Servicios | Espacio Publicidad Exterior, S.A. | 2007 | 14 | d) Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y gestión de viviendas; parques y jardines, pavimentación de vías públicas y conservación de caminos y vías rurales. |
8.3 | Xxxxx | Administración General | Ejecución de las obras de reforma y gestión del Parque Arqueológico "Xxxxxxx Xxxxxxx " sito en el Parque Xxxx Xxxxxx X. | Concesión Servicios | Paleorama, S.L. | 2007 | 10 | d) Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y gestión de viviendas; parques y jardines, pavimentación de vías públicas y conservación de caminos y vías rurales. |
8.4 | Xxxxx | Administración General | Construcción y posterior explotación del nuevo cementerio. | Concesión | Servicios Funerarios Xxxxxxx S.A. | 2004 | 50 | j) Cementerios y servicios funerarios. |