ACUERDO DE ACEPTACIÓN del:
ACUERDO DE ACEPTACIÓN del:
Sello de Calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad
en el marco de la Convocatoria de Propuestas 2021-EAC/A02/2021,1 ACUERDO NÚMERO: 2021-1-ES02-ESC50-017263
El presente Acuerdo de Aceptación se celebra entre las siguientes partes: De una parte el
INSTITUTO DE LA JUVENTUD CIF: X0000000X
Xxxxx Xxxx Xxxxxx x Xxxxxx, 00 00000 Xxxxxx
representada a efectos de la firma de este Acuerdo por Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Subdirector General de Cooperación Interior y Exterior (Director de la Agencia Nacional de los Programas Erasmus+ Juventud y Cuerpo Europeo de Solidaridad), y actuando por delegación por la Comisión Europea, en adelante “la Comisión”,
y
de la otra "el beneficiario"
ASOCIACIÓN NACIONAL PROYECTO XXXXXXX
Dirección: C/ XXXXXX XXXXX
XXXXXX ESPAÑA
Nº NIF/CIF: X00000000 OID: E10060428
representado a efectos de la firma de este Acuerdo por:
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX,
PRESIDENT ASOCIACIÓN NACIONAL PROYECTO XXXXXXX
1 La Convocatoria de Propuestas 2021-EAC/A02/2021 fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea con fecha 15/04/2021.
Las partes mencionadas anteriormente
HAN CONVENIDO
las Condiciones Particulares (en lo sucesivo las “Condiciones Particulares”) y que forman parte integrante de este Acuerdo.
CONDICIONES PARTICULARES ÍNDICE
CLÁUSULA I.1 – OBJETO DEL ACUERDO
CLÁUSULA I.2 – ENTRADA EN VIGOR Y PERÍODO DE APLICACIÓN DEL ACUERDO CLÁUSULA I.3 – DECISIÓN Y OBSERVACIONES DE LA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN
I.3.1 Decisión
I.3.2 Observaciones
CLÁUSULA I.4 – ACCESO A FINANCIACIÓN PARA SOLICITANTES APROBADOS CLÁUSULA I.5 – COMPROMISO DE CALIDAD
CLÁUSULA I.6 – PRESENTACIÓN DE INFORMES, SEGUIMIENTO, CONTROL DE CALIDAD Y RECONOCIMIENTO
CLÁUSULA I.7 – MEDIDAS CORRECTIVAS
CLÁUSULA I.8 – CONSENTIMIENTO DE LA ORGANIZACIÓN
CLÁUSULA I.9 – TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES POR PARTE DE LA AN Y LA COMISIÓN
CLÁUSULA I.10 – RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS Y DATOS DE COMUNICACIÓN DE LAS PARTES
I.10.1 Datos de comunicación de la AN
I.10.2 Datos de comunicación del beneficiario
CONDICIONES PARTICULARES
CLÁUSULA I.1 – OBJETO DEL ACUERDO
I.1.1 La AN ha decidido conceder el Sello de Calidad, de conformidad con los términos y condiciones estipulados en las Condiciones Particulares, a la organización ASOCIACIÓN NACIONAL PROYECTO XXXXXXX en el marco del programa Cuerpo Europeo de Solidaridad: según se especifica en la Convocatoria de Propuestas 2021-EAC/A02/2021.
I.1.2 Con la firma del Acuerdo, los beneficiarios aceptan el Sello de Xxxxxxx y asumen el compromiso de llevar a cabo las actividades solicitadas, actuando bajo su propia responsabilidad.
CLÁUSULA I.2 – ENTRADA EN VIGOR Y PERÍODO DE APLICACIÓN DEL ACUERDO
I.2.1 El presente Acuerdo entra en vigor en la fecha en que lo firme la última de las partes.
I.2.2 La acreditación con el Sello de Calidad, tiene su inicio en la fecha de la firma del presente Acuerdo y finalizará el 31 de diciembre de 2027. El Sello de Calidad estará sujeto a un seguimiento periódico, así como al cumplimiento continuado de los requisitos y las instrucciones dictados por la agencia nacional supervisora y las normas establecidas en la Guía del Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad.
El Sello de Calidad podrá rescindirse en cualquier momento en caso de que la organización deje de existir o por acuerdo de la Agencia Nacional y la organización acreditada. Además, la Agencia Nacional podrá revocar un Sello de Calidad en el caso de las organizaciones principales, tras un período de al menos tres años sin presentar solicitudes de subvención.
CLÁUSULA I.3 – DECISIÓN Y OBSERVACIONES DE LA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN
I.3.1 Decisión
Una vez evaluada y notificada la solicitud de Sello de Calidad con arreglo al conjunto de criterios de concesión, así como de exclusión y selección, definidos en las normas de solicitud, ASOCIACIÓN NACIONAL PROYECTO XXXXXXX ha sido ACREDITADA, teniendo
como válido el rol de Hosting.
I.3.2 Observaciones
Respecto a las observaciones realizadas por los evaluadores de la solicitud de Sello de Calidad, que deberán ser tenidas en cuenta son:
0
CLÁUSULA I.4 – ACCESO A FINANCIACIÓN PARA SOLICITANTES APROBADOS
I.4.1 Las organizaciones que reciban un sello de calidad como organización líder obtendrán un acceso a las oportunidades de financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad durante la vigencia de la concesión del sello.
I.4.2 Las subvenciones anuales para las organizaciones líderes se basarán en una serie de criterios, entre los que se incluyen: el rendimiento resultante de los ejercicios de seguimiento y presentación de informes, las prioridades establecidas a nivel anual y el presupuesto disponible para la acción.
I.4.3 Esta lista de criterios anterior es indicativa y no exhaustiva. Los criterios finales para el acceso de las organizaciones líderes acreditadas a la financiación y la asignación de subvenciones se definirán en las convocatorias de propuestas anuales publicadas por la Comisión Europea.
CLÁUSULA I.5 – COMPROMISO DE CALIDAD
La organización acreditada se compromete a cumplir las normas de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad y ejecutar actividades de gran calidad en el ámbito del voluntariado.
CLÁUSULA I.6 – PRESENTACIÓN DE INFORMES, SEGUIMIENTO, CONTROL DE CALIDAD Y RECONOCIMIENTO
I.6.1 Las organizaciones que ostenten un sello de calidad deben notificar al organismo adjudicatario de cualquier cambio en su estructura que deba reflejarse en el sello de calidad. El organismo adjudicatario puede volver a evaluar si la organización sigue cumpliendo las condiciones que condujeron a la concesión del sello de calidad.
I.6.2 Las organizaciones que ostenten un sello de calidad para organizaciones principales, al menos en una ocasión durante la validez del sello de calidad, deberán:
• informar sobre los avances hacia el cumplimiento de sus objetivos;
• informar sobre cómo garantizan el cumplimiento de los principios y requisitos de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad;
• actualizar su plan de actividades.
I.6.3 La agencia nacional podrá solicitar un informe de situación sobre los puntos indicados anteriormente en su conjunto o por separado.
I.6.4 La agencia nacional podrá sustituir los requisitos de información sobre los objetivos y las normas de calidad por una visita de seguimiento.
I.6.5 Teniendo en cuenta el rendimiento de la organización, constatado a partir de los informes, el seguimiento y los controles de calidad, o como resultado de cambios significativos en la organización, la agencia nacional podrá modificar la cantidad y las fechas de los informes de situación.
I.6.6 Las organizaciones podrán solicitar voluntariamente la actualización de su sello de calidad. A partir de los argumentos presentados por la organización, la agencia nacional decidirá si la actualización está justificada y es aceptable.
I.6.7 La Agencia Nacional podrá organizar controles formales, visitas de seguimiento u otras actividades para supervisar los avances y el rendimiento de las organizaciones acreditadas, garantizar el cumplimiento de las normas de calidad acordadas y proporcionar apoyo. Los controles formales podrán ser controles documentales o visitas a la organización acreditada.
I.6.8 La Agencia Nacional podrá solicitar asistencia a sus homólogas de otros países para comprobar y hacer seguimiento de las actividades que tengan lugar en dichos lugares.
CLÁUSULA I.7 – MEDIDAS CORRECTIVAS
I.7.1 En el caso de nuevos solicitantes principales, organizaciones de alto riesgo, o en caso de incumplimiento de las instrucciones y los plazos indicados por la agencia nacional, de rendimiento muy bajo constatado a partir de los informes, el seguimiento y los controles de calidad, o de infracción de las normas del programa (incluida cualquier otra acción), la agencia nacional podrá adoptar las siguientes medidas correctoras:
▪ Observación: la agencia nacional puede limitar el nivel de financiación que puede solicitar una organización que ostenta un sello de calidad para organizaciones principales. Las organizaciones que hayan recibido el sello de calidad por primera vez podrán ser sometidas a observación si, durante el control de la capacidad operativa, se constata que existe riesgo de ejecución de baja calidad.
▪ Suspensión: en el caso de las organizaciones solicitantes, las organizaciones suspendidas ya no pueden solicitar financiación. La agencia nacional podrá también rescindir parte o la totalidad de los convenios de subvención vigentes concedidos en virtud del sello de calidad de una organización solicitante. De ser suspendidas, las organizaciones asociadas ya no podrán participar en el programa hasta que hayan adoptado medidas y mejorado el rendimiento. El período de observación o suspensión se extenderá hasta que la agencia nacional determine que la organización vuelve a cumplir con las condiciones y los requisitos de calidad establecidos en la presente convocatoria y ha tomado medidas para atajar el riesgo de bajo rendimiento.
I.7.2 El período de observación o suspensión continuará hasta que la Agencia Nacional determine que las condiciones y requisitos de calidad establecidos en esta Convocatoria se cumplen una vez más, y que el riesgo de bajo rendimiento ha sido abordado por la organización acreditada.
I.7.3 Las organizaciones suspendidas o sometidas a observación no podrán solicitar un nuevo sello de calidad.
CLÁUSULA I.8 – CONSENTIMIENTO DE LA ORGANIZACIÓN
ASOCIACIÓN NACIONAL PROYECTO XXXXXXX acepta que su identidad (incluida toda la información disponible en el sistema de registro de organizaciones) y su resultado en la selección puedan ser publicados por la Comisión Europea y las agencias nacionales.
CLÁUSULA I.9 – TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES POR PARTE DE LA AN Y LA COMISIÓN
I.9.1 Todos los datos personales incluidos en la solicitud o en el Acuerdo de Aceptación serán procesados por la Agencia Nacional de acuerdo con:
• el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (Texto pertinente a efectos del EEE.)
• en segundo lugar, y solo en los casos en los que no se aplique el Reglamento (UE) 2018/1725, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD o Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
I.9.2 El responsable del tratamiento de datos identificado en la cláusula I.10 tratará tales datos únicamente para la aplicación, gestión y supervisión del Acuerdo o para proteger los intereses financieros de la UE, sin perjuicio de la posible transmisión a los organismos encargados de las tareas de supervisión o inspección en aplicación de la legislación nacional aplicable al Acuerdo.
I.9.3 La organización acreditada tendrá derecho a acceder a sus datos personales y a rectificarlos. A este fin, debe dirigir cualquier consulta sobre el tratamiento de sus datos personales al responsable del tratamiento de datos referido en la cláusula I.10. En caso de que albergue alguna duda sobre el tratamiento de sus datos personales, las planteará a la Agencia Nacional Española.
I.9.4 La organización acreditada puede recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos en cualquier momento.
CLÁUSULA I.10 - RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS Y DATOS DE COMUNICACIÓN DE LAS PARTES
Jefe de Unidad de B4
Dirección B – Juventud, Educación y Erasmus+
Dirección General de Educación, Juventud, Deporte y Cultura Comisión Europea
X - 0000 XXXXXXXX
Xxxxxxx
I.10.1 Datos de comunicación de la AN
El beneficiario enviará toda comunicación dirigida a la AN a la siguiente dirección:
INSTITUTO DE LA JUVENTUD
X/ Xxxx Xxxxxx x Xxxxxx, 00 00000 XXXXXX
Email: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx
I.10.2 Datos de comunicación del beneficiario
Toda comunicación de la AN al beneficiario se enviará a la siguiente dirección: XXXXXXXXX XXXX
ASOCIACIÓN NACIONAL PROYECTO XXXXXXX
COORDINATOR OF VOLUNTEERING X/ XXXXXX XXXXX,
XXXXXX
Email: XXXXXXXXXXX@XXXXXXXXXXXXXXX.XXX
FIRMAS
Por el beneficiario
PRESIDENT ASOCIACIÓN NACIONAL PROYECTO XXXXXXX
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX
Por la Agencia Nacional
Subdirector General de Cooperación Interior y Exterior
(Director de la Agencia Nacional del Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad)
XXXXX XXXXXXXX XXXXX
77573288S
Firmado digitalmente por 77573288S XXXXX
Firmado por XXXXXXXX XXXXX
XXXXX XXXXXX XXXXXX (R: G30580476)
(R: G30580476)
Fecha: 2021.12.28
14:13:02 +01'00'
firma
XXXXX - DNI 00000000X el día
14/01/2022 con un certificado emitido por AC Sector Público
firma