PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR LAS CONDICIONES DEL CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTE EN LA REALIZACION DE LOS CAMPAMENTOS MUNICIPALES DE VERANO CORRESPONDIENTES AL AÑO 2018.
Contratación Administrativa
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
XX
XXXXXXX DE LA FRONTERA
Plaza de San Xxxx, 1
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR LAS CONDICIONES DEL CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTE EN LA REALIZACION DE LOS CAMPAMENTOS MUNICIPALES XX XXXXXX CORRESPONDIENTES AL AÑO 2018.
1ª. OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente contrato de servicios la contratación por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la Frontera de los servicios necesarios para la puesta en funcionamiento de los campamentos municipales xx xxxxxx.
CPV 85312110‐3. Servicios de cuidado diurno para niños.
En concreto los campamentos programados son los siguientes: 1.‐ Campamento xx xxxxxx escolar.
2.‐ Campamento deportivo‐hábitos de vida saludable.
2ª.‐ ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano competente para contratar es el Sr. Alcalde‐Presidente, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 2ª del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
El mencionado órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su ejecución, modificarlo y acordar su resolución, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.
3ª. VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO
De conformidad con el artículo 302 del TRLCSP el valor estimado y el precio del presente contrato se determina en función de una cantidad por unidad de ejecución, en función del número de niños de cada campamento, a razón de las siguientes cantidades:
Precio/hora por campamento CAMPAMENTO ESCOLAR
Número de alumnos | Precio/hora (sin IVA) | I.V.A. | TOTAL |
Hasta 25 | 24,00 € | 5,04 € | 19,04 € |
Desde 25 hasta 50 | 36,00 € | 7,56 € | 43,56 € |
Desde 50 hasta 75 | 48,00 € | 10,08 € | 58,08 € |
Desde 75 hasta 100 | 60,00 € | 12,60 € | 72,60 € |
Desde 100 hasta 125 | 84,00 € | 17,64 € | 101,64 € |
Desde 125 hasta 150 | 96,00 € | 20,16 € | 116,16 € |
Desde 150 hasta 175 | 108,00 € | 22,68 € | 130,68 € |
Desde 175 hasta 200 | 120,00 € | 25,20 € | 145,20 € |
CAMPAMENTO DEPORTIVO‐HABITOS DE VIDA SALUDABLE
Número de alumnos | Precio/hora (sin IVA) | I.V.A. | TOTAL |
Hasta 15 | 12,00 € | 2,52 € | 14,52 € |
Desde 16 hasta 35 | 36,00 € | 7,56 € | 43,56 € |
Desde 36 hasta 60 | 48,00 € | 10,08 € | 58,08 € |
Desde 61 hasta 80 | 60,00 € | 12,60 € | 72,60 € |
Desde 81 hasta 100 | 72,00 € | 15,12 € | 87,12 € |
En base a lo anterior, considerando que la duración máxima de cada campamento será de veinte días y que el número máximo de participantes en cada campamento es de 200 en el campamento escolar y 100 en el campamento deportivo, el valor estimado del contrato (incluyendo los dos campamentos proyectados) se fija en DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS EUROS, y el precio máximo del contrato en VEINTITRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS EUROS (IVA incluido).
Figura documento contable RC expedido por la Sra. Interventora, del que resulta que existe crédito adecuado y suficiente para atender a todos los gastos del contrato.
El precio del contrato será el que resulte de aplicar a los importes previstos en el apartado anterior la reducción porcentual ofertada por el concesionario en su oferta económica, la cual en ningún caso podrá superar los importes máximos fijados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El presente contrato no está sujeto a revisión de precios, manteniéndose inalterable durante toda la vigencia del contrato el precio fijado en la adjudicación.
4ª. PAGO DEL PRECIO
El abono de los trabajos se realizará previa realización de los mismos, contra presentación de factura, en la forma y plazos establecido por la legislación vigente.
Contratación Administrativa
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
XX
XXXXXXX DE LA FRONTERA
Plaza de San Xxxx, 1
5ª. PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO.
El plazo de duración del contrato se extenderá desde el día siguiente al de la firma del contrato hasta la liquidación de todas las obligaciones relacionadas con los campamentos municipales xx xxxxxx.
Los campamentos municipales se desarrollarán desde el día 2 de julio de 2018 hasta el día 27 del mismo mes, excluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
Una vez finalizados los campamentos el contratista deberá cumplir todas las obligaciones que expresamente se establecen en el cláusula 17ª del presente Xxxxxx, y entregar al Ayuntamiento la memoria de cierre que se determina en la misma, no entendiéndose que el contrato ha sido realizado de forma satisfactoria hasta que los técnicos municipales correspondiente emitan informe positivo al respecto.
6ª. HORARIO.
El horario de apertura de los campamentos municipales xx xxxxxx será de 9.00 a 14 horas.
7ª. LUGAR DE EJECUCION
Los campamentos municipales xx Xxxxxx se desarrollarán en las siguientes instalaciones:
1.‐ Campamento escolar: En las instalaciones del Colegio Público Xxxx Xxxxx Xxxxxxx. En el caso de que el Consejo Escolar no prestará su consentimiento a la cesión de las instalaciones para la realización del campamento, el Ayuntamiento procuraría otras instalaciones alternativas, lo que deberá comunicar al adjudicatario con una antelación mínima de una semana.
2.‐ Campamento deportivo‐hábitos de vida saludable: En las instalaciones del Polideportivo Municipal.
8ª. NUMERO MAXIMO DE PARTICIPANTES.
El número máximo de participantes en los campamentos será el siguiente:
Campamento escolar de verano: 200 participantes.
Campamento deportivo‐hábitos de vida saludable: 100 participantes.
9º.‐ MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES.
A) Medios materiales: Los medios materiales necesarios para el desarrollo de los campamentos serán aportados por el Ayuntamiento, sin perjuicio de la cantidad que en su caso aporte el contratista como mejora, en los términos previstos en el Anexo III del presente Pliego.
B) Medios personales: El contratista deberá aportar el personal necesario para el cumplimiento de todas las obligaciones que asume en virtud del presente contrato (monitores, limpieza, reparaciones de los desperfectos, etc.).
Dichos trabajadores no tendrán ninguna relación con el Ayuntamiento, debiendo cumplir el contratista todas las obligaciones que la legislación laboral establezca en relación a los mismos, así como indemnizar los daños y perjuicios que pudieran dichos trabajadores pudieran sufrir o que pudieran sufrir terceros como consecuencia de la actuación de los trabajadores.
El número de monitores dependerá del número de alumnos asistentes a cada campamento, respetándose, como mínimo, la siguiente ratio:
CAMPAMENTO ESCOLAR
Número de alumnos | Monitores | Monitores de apoyo | Total monitores |
Hasta 25 | 1 | 1 | 2 |
Desde 25 hasta 50 | 2 | 1 | 3 |
Desde 50 hasta 75 | 3 | 1 | 4 |
Desde 75 hasta 100 | 4 | 1 | 5 |
Desde 100 hasta 125 | 5 | 2 | 7 |
Desde 125 hasta 150 | 6 | 2 | 8 |
Desde 150 hasta 175 | 7 | 2 | 9 |
Desde 175 hasta 200 | 8 | 2 | 10 |
CAMPAMENTO DEPORTIVO‐HÁBITOS DE VIDA SALUDABLE
Número de alumnos | Monitores | Monitores de apoyo | Total monitores |
Hasta 15 | 1 | 0 | 1 |
Desde 16 hasta 35 | 2 | 1 | 3 |
Desde 36 hasta 60 | 3 | 1 | 4 |
Desde 61 hasta 80 | 4 | 1 | 5 |
Desde 81 hasta 100 | 5 | 1 | 6 |
La titulación de los monitores deberá ser la siguiente:
1.‐ Campamento escolar: Los monitores deberán estar en posesión del título de diplomado/grado en Magisterio, especializados en educación primaria o infantil. Al
Contratación Administrativa
ILUSTRE XXXXXXXXXXXX
XX
XXXXXXX XX XX XXXXXXXX
Xxxxx xx Xxx Xxxx, 0
menos uno de los monitores deberá ser especialista en educación especial o Técnico en educación infantil.
2.‐ Campamento deportivo‐hábitos de vida saludable: Los monitores deberán estar en posesión de aguno de los siguientes títulos:
‐ Diplomado, licenciatura o grado en Educación Física.
‐ Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas.
‐ Técnico Deportivo Superior.
10ª. GARANTÍA DE LOS TRABAJOS REALIZADOS
El contratista responderá de los trabajos ejecutados, siendo responsable de los daños que puedan ocasionarse a terceros como consecuencia de la prestación del servicio.
11ª. GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA
Garantía Provisional: No se exige garantía provisional.
Garantía definitiva: El que resulte adjudicatario provisional deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía de un 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Dicha garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas admitidas en el artículo 96 del TRLCSP.
12ª. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
Por la cuantía y plazo de duración del contrato, la adjudicación del mismo se realizará mediante procedimiento negociado con publicidad y tramitación ordinaria, siendo adjudicado en base a varios criterios de adjudicación.
11ª. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en una prohibición de contratar.
Dado que el valor estimado del contrato no excede de 35.000,00 euros, los licitadores o candidatos están exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de la acreditación de la solvencia técnica o profesional.
Los que contraten con la Administración pueden hacerlo por sí o mediante representación de persona autorizada, con poder debidamente bastanteado por el Sr. Secretario del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera.
13ª. PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
Cada licitador no podrá presentar más que una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La proposición se presentará en la Secretaría del Ayuntamiento en horas de oficina (de nueve a catorce horas de Lunes a Viernes) durante el plazo de veinte días naturales contado desde el siguiente a la publicación del anuncio en el perfil del contratante. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
La presentación de proposiciones económicas cuando se utilice el sistema de envío por correo puede realizarse a cualquier hora del último día del plazo, pero se rechazarán las proposiciones remitidas cuando no se justifique la fecha de imposición y se anuncie la remisión de la proposición por correo, antes de expirar el plazo de presentación de proposiciones.
La proposición se presentará en DOS sobres cerrados denominados “SOBRE A: DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA” y “SOBRE B: PROPOSICIÓN” figurando en cada
uno de ellos la inscripción: “CONTRATO CAMPAMENTOS XX XXXXXX.”
"SOBRE A: DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA", deberá contener la siguiente documentación:
1.‐ Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, que deberá ajustarse al modelo establecido en el Anexo I del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
2.‐ Documentación acreditativa de estar dado de alta en el IAE en el epígrafe correspondiente.
El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
Contratación Administrativa
ILUSTRE XXXXXXXXXXXX
XX
XXXXXXX XX XX XXXXXXXX
Xxxxx xx Xxx Xxxx, 0
“SOBRE B: PROPOSICIÓN”, deberá contener:
1.‐ Oferta económica, que consistirá en una propuesta de reducción porcentual en relación a los precios fijados en la Cláusula 3ª “Precio del contrato”, deberá ajustarse al modelo establecido en el Anexo II del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
La propuesta de reducción porcentual se formulará en forma de número entero y dos decimales.
La reducción porcentual del precio que se proponga se aplicará, en cada uno de los campamentos, al precio/hora que resulte en función del número de participantes, tal y como se prevé en la Cláusula 3ª.
El Ayuntamiento, de conformidad con las normas establecidas en el párrafo anterior, calculará la tarifa correspondiente a cada una de las actividades deportivas.
Las tarifas resultantes se harán constar en el acuerdo de adjudicación y en el documento administrativo de formalización del contrato.
2.‐ Mejoras en relación con los monitores y con el material, que deberá ajustarse a lo dispuesto en el Anexo II.
14ª. CRITERIOS DE NEGOCIACIÓN
Se establecen los siguientes criterios de negociación:
1.‐ Precio (hasta 50 puntos).‐ La puntuación por este concepto se adjudicará a las diferentes ofertas conforme a la siguiente fórmula:
Puntuación Oferta = Puntuación máxima x Baja Oferta / Baja máxima valorable. A estos efectos se considera:
Puntuación máxima: La que el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares establezca para este criterio (50 puntos).
Baja oferta: La diferencia entre el precio de licitación y el precio de la oferta objeto de valoración, expresada en euros y céntimos.
Baja máxima valorable: Porcentaje máximo que puede bajar una oferta respecto del precio de licitación sin ser considerada anormal o desproporcionada, expresada en unidades y centésimas de unidad (20,00 %).
Las puntuaciones obtenidas por aplicación de la fórmula anterior se redondearán al segundo decimal.
Se consideran bajas con criterios anormales o desproporcionados aquellas que supongan una reducción del precio de licitación superior al 20,00 % del mismo. La
presentación de una oferta anormal o desproporcionada no dará lugar a la exclusión automática de la misma, debiendo procederse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152.3 del TRLCSP.
2.‐ Mejoras (hasta 50 puntos): Esta puntuación se otorgará a los licitadores en función de las mejoras ofertadas de conformidad con lo dispuesto en el Anexo III, en el que se describen la distintas ofertas admisibles así como la puntuación de cada una de ellas.
Unicamente serán valoradas las mejoras establecidas en el Anexo III, no tomándose en consideración ninguna propuesta de mejora que no se ajuste con exactitud a lo dispuesto en el mismo. La oferta de una mejora supone la aceptación incondicionada de las condiciones de la misma en los términos que regula el Anexo III.
15ª. MESA DE CONTRATACION
No se constituye.
16ª. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
16.1.‐ El acto de apertura de proposiciones tendrá lugar dentro de los siete días siguientes a la finalización del plazo de presentación de proposiciones, debiendo anunciarse en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera con al menos un día de antelación. En dicho acto, se hará público el resultado de la calificación de los documentos presentados, sirviendo de notificación a todos los efectos, especialmente para el caso de subsanación de defectos materiales en la documentación presentada.
16.2.‐ A continuación se procederá a la apertura del sobre correspondiente a la oferta económica.
Se considerará oferta económicamente más ventajosa la que obtenga una puntuación por aplicación de los criterios establecidos en la Cláusula 14ª del presente Pliego.
No se admitirán ofertas económicas que supongan un incremento respecto al precio de licitación previsto en la Cláusula 3.1. del presente Pliego.
Se consideran bajas temerarias o desproporcionadas las que supongan una reducción del precio de licitación superior al 20,00 %. Las mejoras ofertadas por los licitadores no se tendrán en consideración a la hora de considerar a una oferta como temeraria o desproporcionada.
En caso de que alguna oferta resultara anormal o desproporcionada resultará de aplicación lo dispuesto en el artículo 3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público.
En caso de empate entre dos o más ofertas se resolverá por sorteo que tendrá lugar en el mismo acto de apertura de las proposiciones. En el supuesto de que no estuvieran presente en dicho acto representantes de todos los licitadores empatados, el Sr. Alcalde podrá disponer que el sorteo tenga lugar en un plazo de 48 horas. En este
Contratación Administrativa
ILUSTRE XXXXXXXXXXXX
XX
XXXXXXX XX XX XXXXXXXX
Xxxxx xx Xxx Xxxx, 0
último caso la fecha y hora del sorteo se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica con al menos 12 horas de antelación a su celebración.
16.3.‐ Una vez determinada la oferta económicamente más ventajosa el órgano de contratación requerirá al oferente para que en el plazo xx XXXX días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que se notifique aquélla, presente la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de la personalidad jurídica del empresario, y en su caso, su representación:
‐ Personas físicas
D.N.I.
‐ Personas jurídicas:
Escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro Mercantil. Documentación acreditativa de la representación.
D.N.I. del representante de la sociedad mercantil.
b) Declaración responsable de tener plena capacidad de obrar, no estar incurso en prohibición de contratar y no haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato (anexo IV).
c) Obligaciones Tributarias.
‐ Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
‐ Certificación positiva, expedida por la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de no ser deudor de la Hacienda Pública de esta Comunidad.
‐ Certificación positiva, expedida por la Entidad Local contratante, justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
d) Obligaciones con la Seguridad Social.
‐ Certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
e) Impuesto sobre Actividades Económicas.
‐ Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
f) Garantía definitiva.
‐ Resguardo acreditativo de la constitución, en la Caja de Depósitos de la Entidad Local contratante o en la cuenta municipal xxx Xxxxxxxxx 0049 / 2792 / 44 / 2314028823, de una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, a disposición del órgano de contratación. Así mismo, se podrá constituir en cualesquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
16.4.‐ Una vez presentada la documentación a que se refiere el punto anterior el órgano de contratación adjudicará al contrato a la oferta económicamente más ventajosa.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro del plazo de un mes contado desde la apertura del sobre B.
16.5.‐ La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores.
En el acuerdo de adjudicación se hará constar el precio correspondiente a cada uno de los conceptos liquidables, calculado por el Ayuntamiento en función de la reducción porcentual propuesta por el adjudicatario.
16.6.‐ En el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la adjudicación se procederá a la firma del documento administrativo.
En el documento administrativo de formalización del contrato se hará constar el precio correspondiente a cada uno de los conceptos liquidables, calculado por el Ayuntamiento en función de la reducción porcentual propuesta por el adjudicatario.
Cuando por causas imputables al contratista no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución del mismo, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 211.3.a) del TRLCSP en cuanto a la intervención del Consejo de Estado u órgano autonómico equivalente en los casos en que se formule oposición por el contratista.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
Contratación Administrativa
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE
AGUILAR DE LA FRONTERA
Plaza de San Xxxx, 1
La Administración no podrá iniciar la ejecución del contrato sin su previa formalización.
17ª. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
1.‐ El contratista está obligado a ejecutar el contrato de conformidad con lo establecido en el presente Xxxxxx, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el resto de normativa que resulte de aplicación.
2.‐ El contratista deberá hacer un uso adecuado de las instalaciones y del material que se le entreguen, debiendo destinarlos exclusivamente a la finalidad prevista. Asimismo deberá mantener en buen estado de uso y limpieza las instalaciones, realizando las reparaciones de los desperfectos provocados por el mal uso de las mismas.
3.‐ El contratista deberá cumplir las mejoras que haya ofertado en materia de monitores y material.
4.‐ El concesionario deberá mantener un buzón de quejas/sugerencias en la que los padres de los alumnos podrán manifestar aquellas cuestiones que consideren conveniente en relación con los campamentos.
5.‐ Una vez finalizado el campamento, el contratista deberá:
‐ Proceder a la devolución de las instalaciones en perfecto estado de uso, sin más desperfectos que los producidos por el uso de las mismas conforme a lo previsto en el presente contrato.
‐ Devolver el material sobrante.
‐ Presentar una memoria en la que se detallen las actividades realizadas, las incidencias producidas, el grado de cumplimiento de los Pliegos y los principales problemas que se hayan planteado durante el desarrollo del campamento. Asimismo podrá proponer las mejoras que juzgue conveniente de cara a futuras ediciones.
Esta memoria será objeto de valoración por parte de los técnicos municipales. 6.‐ El contrato no se entenderá cumplido por el contratista hasta que no haya
realizado la totalidad de su objeto, ejecutándose a su riesgo y xxxxxxx.
7.‐ El contratista deberá concertar un seguro de responsabilidad civil que cubra su responsabilidad por todas las incidencias que pudieran ocurrir durante el desarrollo de los campamentos, y, en particular, los daños causados a los participantes y sus familiares, monitores y demás trabajadores de los campamentos. La cuantía de dicho seguro se acomodará al número de participantes en los campamentos municipales xx xxxxxx con arreglo a la siguiente escala:
a) Hasta 50 participantes: 300.000 euros.
b) De 51 a 100 participantes: 450.000 euros.
c) De 101 a 200 participantes: 600.000 euros.
d) De 201 a 400 participantes: 750.000 euros.
8.‐ El Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la Frontera, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 210 y siguientes del TRLCSP, podrá interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
9.‐ El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, están relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
Se consideran obligaciones esenciales las siguientes:
a) La contenidas en los apartados 3, 5 y 7 anteriores.
b) El no prestar el servicio durante dos días consecutivos o tres alternos, salvo causa de fuerza mayor.
c) El incumplimiento reiterado de cualquier otra obligación establecido en los Pliegos o en el contrato. Se considera incumplimiento reiterado el incumplimiento de una misma obligación durante dos o más veces a lo largo del contrato. Para apreciar la reiteración será necesario que el primer incumplimiento haya sido objeto de sanción conforme a lo dispuesto en la Cláusula 19ª del presente Xxxxxx.
El incumplimiento por el contratista de sus obligaciones esenciales dará lugar a la resolución del contrato y a la incautación de la garantía debiendo, además, indemnizar al Ayuntamiento los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
El incumplimiento por el contratista de cualquier cláusula contenida en el contrato, autoriza a la Administración para exigir su estricto cumplimiento, pudiendo imponer las correspondientes penalidades conforme a la Cláusula 19ª.
18ª.‐ Responsable del contrato.
Se designa a la Concejala Delegada de Educación y Cultura Doña Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, responsable del contrato pudiendo adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, señalando el ritmo de ejecución conveniente, así como reforzar el control del cumplimiento del mismo y agilizar la solución de las diversas incidencias que pueden surgir durante su ejecución, y en particular:
a) Promover y convocar las reuniones que resulten necesarias al objeto de solucionar cualquier incidente en la ejecución del objeto del contrato en los términos que mejor convenga a los intereses públicos
b) Resolver las incidencias surgidas en la ejecución del contrato, siguiendo el procedimiento establecido en el art. 97 del RGCAP.
Contratación Administrativa
ILUSTRE AYXXXXXXXXXX
XX
XXXXXXX XX XX XXXXXXXX
Xxxxx xx Xxx Xxxx, 0
c) Informar en expedientes de reclamación de daños y perjuicios y de incautación de la garantía definitiva.
d) Proponer la imposición de penalidades (señalando su graduación), de conformidad con lo dispuesto en el art. 212.8 del TRLCSP.
e) Proponer, en su caso, la prorroga del contrato.
f) Informar con carácter previo a los pagos parciales y/o totales.
g) Informar en expedientes de devolución o cancelación de garantías.
h) Ejercitar todas las prerrogativas que en la Cláusula 17.8 del presente Xxxxxx se conceden al Ayuntamiento e informar la documentación aportada por el contratista en base a la referida cláusula.
i) Proponer el ejercicio de las prerrogativas contenidas en el art. 194 y ss de la LCSP, incluyendo la revisión de actos administrativos, y la determinación de los daños y perjuicios, e informar sobre los expedientes que a tal efecto se incoen.
j) Informar sobre el cumplimiento de plazo de garantía.
k) Informar sobre el cumplimiento de las condiciones especiales y esenciales señalas para la ejecución del contrato.
l) Informar sobre solicitudes de buena ejecución de prestaciones contratadas para la expedición de certificaciones.
m) Establecer las directrices oportunas en cada caso, pudiendo requerir al adjudicatario, en cualquier momento, la información que precise acerca el estado de ejecución del objeto del contrato, de las obligaciones del adjudicatario, y del cumplimiento de los plazos y actuaciones.
ñ) Acordar, en caso de urgente necesidad, las medidas precisas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado, o cuando el contratista, o personas de él dependientes, incurra en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, debiendo dar cuenta al órgano de contratación.
o) Proponer e informar respecto de la suspensión de la ejecución de la prestación.
p) Suscribir el documento que acredite la conformidad o disconformidad en el cumplimiento, y en su caso dar o no la conformidad con las facturas presentadas.
q) Xxxxxxx instrucciones al contratista siempre que no suponga una modificación del objeto del contrato ni se oponga a las disposiciones en vigor o a las derivadas de los Pliegos y demás documentos contractuales.
r) Inspeccionar y ser informado, cuando lo solicite, del proceso de realización o elaboración del servicio que haya de ser entregado, o se esté prestando, pudiendo ordenar o realizar por sí mismo análisis, comprobaciones, estudios, encuestas, ensayos, pruebas, o explicaciones sobre la metodología o elementos que se siguen o se emplean, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
s) Emitir informe en expedientes de cesión del contrato.
t) Xxxxxxxx informado al órgano de contratación de las actuaciones que haya realizado como el Responsable del Contrato.
u) Y todas aquellas otras acordadas por el órgano de contratación.
19ª. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO.
El incumplimiento por parte del concesionario de cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato dará lugar a su responsabilidad.
En caso de incumplimiento de sus obligaciones por parte del adjudicatario el Ayuntamiento podrá imponer al concesionario, previa audiencia del mismo, una sanción de hasta 300 euros. En caso de reiteración en el incumplimiento o cuando dicho incumplimiento impida la prestación del servicio u ocasione una alteración grave en la misma, el Ayuntamiento podrá resolver el contrato e incautar la garantía.
El importe de las sanciones deberá abonarse por el concesionario de conformidad con la normativa vigente, en caso de falta de pago en periodo voluntario podrá detraerse de la fianza definitiva.
La falta de pago de dos o más sanciones en periodo voluntario dará derecho al Ayuntamiento a resolver el contrato con incautación de la garantía definitiva.
20ª. MODIFICACION DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato.
Las modificaciones del contrato deberán acordarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 y siguientes del TRLCSP y disposiciones concordantes y formalizarse de conformidad con el artículo 156 de la misma.
21ª. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Las causas de resolución del contrato serán las determinadas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP, así como cualquier otra legalmente procedente.
La resolución se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículos 224 del TRLCSP y en el presente Pliego o en el documento contractual.
Contratación Administrativa
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
XX
XXXXXXX DE LA FRONTERA
Plaza de San Xxxx, 1
Los efectos de la Resolución serán los determinados en los artículos 225 y 309 del TRLCSP y en el presente Pliego o en el documento contractual.
22ª. RÉGIMEN JURÍDICO
En lo no previsto en este Pliego de Condiciones y en el de Prescripciones Técnicas, se aplicarán los preceptos del TRLCSP; Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; RD 817/2009, de ocho xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la ley 30/2007 de 30 xx xxxxxxx, xx xxxxxxxxx xxx xxxxxx xxxxxxx; Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Decreto de 17 xx Xxxxx de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, así como las demás disposiciones concordantes, y en especial Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de Contratos del Estado.
23ª. JURISDICCIÓN COMPETENTE
El órgano jurisdiccional competente para resolver las cuestiones litigiosas que se planteen en el desenvolvimiento del presente contrato, serán los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso‐Administrativa, con sede en Córdoba.
ANEXO I SOBRE A. DECLARACION RESPONSABLE.
D. …………………………………………………… vecino de provincia
de …………………., con domicilio en calle …………… …………………….. nº …….., y Documento Nacional de Identidad nº …………………..
En nombre, propio o de la empresa ………………………………. a la que representa, y enterado de las condiciones y requisitos que rigen en la adjudicación del contrato de servicios consistente en la realización de los campamentos municipales xx xxxxxx (Expte. GEX 2414/2018).
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
1.‐ que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
2.‐ Que en el caso de que recaiga a su favor la propuesta de adjudicación, se compromete a acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
3.‐ Que en todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
4.‐ Que el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
(Lugar, fecha y firma del proponente)
Contratación Administrativa
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE
AGUILAR DE LA FRONTERA
Plaza de San Xxxx, 1
ANEXO II SOBRE B. PROPOSICION ECONOMICA.
D. …………………………………………………… vecino de provincia
de …………………., con domicilio en calle …………… …………………….. nº …….., y Documento Nacional de Identidad nº …………………..
En nombre, propio o de la empresa ………………………………. a la que representa, y enterado de las condiciones y requisitos que rigen en la adjudicación del contrato de servicios consistente en la realización de los campamentos municipales xx xxxxxx (Expte. GEX 2414/2018).
Se compromete, en nombre (propio o de la empresa que representa), a prestar el servicio que constituye el objeto del presente contrato con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas particulares y al de Prescripciones Técnicas, en las siguientes condiciones:
PRECIO
Se compromete, en nombre (propio o de la empresa que representa) a prestar el servicio que constituye el objeto del presente contrato con estricta sujeción a los requisitos exigidos, de acuerdo con las condiciones ofertadas, proponiendo una reducción porcentual en relación a los precios fijados en la Cláusula 3ª “Precio del contrato del %.
MEJORAS:
Monitores.‐ Se compromete a incrementar el número mínimo de monitores previsto en el Pliego en monitores.
Material.‐ Se compromete a aportar la cantidad de
para la compra de material adicional al facilitado por el ayuntamiento.
euros
Las mejoras ofertadas se realizaran de conformidad con lo dispuesto en el Anexo III del presente Xxxxxx, el cual se acepta incondicionalmente por el licitador.
(Lugar, fecha y firma del proponente)
ANEXO III MEJORAS
Mejora 1.‐ Incremento del número de monitores (hasta 35 puntos).
La mejora consiste en el compromiso por parte del licitador de incrementar el número de monitores en relación con el mínimo previsto en el presente Pliego.
Los monitores que se oferten deberán permanecer en el campamento durante todo el horario del mismo, de conformidad con el régimen establecido para los monitores en el presente Pliego.
La presente oferta se puntuará con arreglo a los siguientes criterios: 1.‐ Por un monitor adicional: 15 puntos.
2.‐ Por dos monitores adicionales: 35 puntos.
Mejora 2.‐ Aportación económica para la compra de material (hasta 15 puntos).
El licitador ofertará una determinada cantidad económica para la compra de material adicional al facilitado por el ayuntamiento. La oferta se formulará en modo de cantidad global, sin especificar la parte correspondiente a cada campamento, correspondiendo al Ayuntamiento la distribución entre ambos del material adquirido con el importe de la mejora. Dicha distribución se realizará en función de las necesidades de cada campamento.
Asimismo el Ayuntamiento determinará el material a adquirir y el establecimiento donde se comprará.
En la elección del material el Ayuntamiento deberá tener en cuenta la utilidad que el material pueda reportar al campamento y el precio del mismo, priorizando aquel que proporcione una mayor utilidad/precio.
En cuanto a la elección del establecimiento, aun cuando no resulte necesaria la tramitación de ningún procedimiento en concurrencia, el Ayuntamiento procurará indagar las condiciones de venta de diversos establecimientos, a fin de determinar cual de ellos puede proporcionarle los materiales a adquirir a un mejor precio y condiciones.
En ningún caso el importe total (IVA incluido) del material a adquirir podrá exceder de la cantidad que hubiere ofertado el licitador como mejora.
Una vez elegido el material se requerirá al licitador para que en el plazo de dos días hábiles, contado desde la notificación del requerimiento, proceda al pago de los materiales en el establecimiento indicado.
Al tercer día hábil desde la notificación el Ayuntamiento procederá a retirar los materiales. En el supuesto de que el licitador no hubiera procedido al pago de dichas cantidades las abonará el Ayuntamiento, descontando su importe de la garantía
Contratación Administrativa
ILUSTRE AYXXXXXXXXXX
XX
XXXXXXX XX XX XXXXXXXX
Xxxxx xx Xxx Xxxx, 0
definitiva, sin perjuicio de las sanciones que procedieran por dicho incumplimiento de conformidad con lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
La presente mejora se valorará con arreglo al siguiente criterio: 1.‐ Oferta de 150 € en material adicional: 5 puntos.
2.‐ Oferta de 200 € en material adicional: 7 puntos. 3.‐ 250 € en material adicional: 10 puntos.
4.‐ 300 € en material adicional: 15 puntos.
XXXXX XX DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. …………………………………………………… vecino de provincia
de …………………., con domicilio en calle …………… …………………….. nº …….., y Documento Nacional de Identidad nº …………………..
En nombre propio o en representación de la empresa (tachar lo que no proceda)…………….………………………………………….., y en relación al contrato de servicios consistente en la realización de los campamentos municipales xx xxxxxx (Expte. GEX 2414/2018), declara bajo su responsabilidad:
‐ Tener plena capacidad de obrar.
- No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público.
- No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato.
(Lugar, fecha y firma del proponente)