PARA: JEFATURA DE CONTRATACIÓN
Bogotá D.C,
PARA: JEFATURA DE CONTRATACIÓN
DE: XXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX.
Gerente de Agua y Saneamiento Básico
ASUNTO: ESTUDIO PREVIO PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO: “CONSTRUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL DEL MUNICIPIO DE CHARALÁ (CONTRATO PLAN – FASE I SIN PTAR)”
De acuerdo con los documentos de viabilidad y la reformulación No. 2, recibidos de parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio – MVCT, en desarrollo del Contrato Interadministrativo 547 de 2014, suscrito entre FINDETER y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y del Convenio Interadministrativo No. 1132 de 2021 suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, FINDETER, y el Municipio de Charalá Santander, a continuación, se presentan los Estudios Previos para la contratación del proyecto “CONSTRUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL DEL MUNICIPIO DE CHARALÁ (CONTRATO PLAN – FASE I SIN PTAR)”.
Estos Estudios Previos son remitidos, para que la Jefatura de Contratación elabore los Términos de Referencia, iniciando el proceso solo hasta cuando validen que cumple con todos los requerimientos necesarios.
1. ANTECEDENTES
1.1. XXXXX XXXXX QUE FUNDAMENTA LA PRESENTE CONVOCATORIA
La Banca de Desarrollo Territorial S.A.-FINDETER, creada bajo la Ley 57 de 1989, y modificada por el Decreto 4167 de 2011, es una sociedad de economía mixta del orden nacional, del tipo de las anónimas, organizada como un establecimiento de crédito, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y sometida a vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Conforme a lo establecido en el literal h del artículo 270 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, adicionado por el artículo 28 de la Ley 1328 de 2009, FINDETER en desarrollo de su objeto social, puede prestar servicios de asistencia técnica, estructuración de proyectos, consultoría técnica y financiera, y por tanto, en ejercicio de estas facultades legales, celebra contratos y convenios para el diseño, ejecución y administración de proyectos o programas de inversión relacionados con las actividades señaladas en el numeral 2° del artículo 268 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
Así mismo, por expresa disposición del artículo 6 del citado Decreto 4167 DE 2011, así como del artículo 15 de la Ley 1150 de 2007, el régimen de contratación del FINDETER es el derecho privado, salvo en lo que se refiere al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal y los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política.
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Por lo anterior, los procesos de contratación se regirán de acuerdo con lo establecido en el Código Civil, Código de Comercio y demás normas que resulten aplicables.
En el evento de que en desarrollo del presente proceso de selección se presenten vacíos se acudirá en primer lugar a la constitución Política de Colombia, a las leyes o normas que rijan la materia, a lo consagrado en los términos de referencia y a las normas supletorias como Código de Comercio, Código civil, Código del Proceso y en general todas aquellas normas que puedan ayudar a resolver vacíos advertidos.
1.2. ANTECEDENTES PARTICULARES DEL PROYECTO.
Mediante comunicación No. 2014EE0109299 del 23 de diciembre del 2014, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT), presentó el concepto de viabilidad del proyecto suscrita por la Viceministra de Agua y Saneamiento Básico, la cual se emitió de conformidad con la Resolución No. 0379 de 2012, el cual fue presentado ante el Comité Técnico No.59 del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico el proyecto denominado “CONSTRUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO, PLUVIAL Y SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL MUNICIPIO DE CHARALÁ
(CONTRATO PLAN – FASE I SIN PTAR)”, por un valor de $00.000.000.000 financiado con los recursos del Presupuesto General de la Nación, vigencia 2014.
Posteriormente, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Xxxxxxxxxx remitió el oficio con radicado No. 2015EE0024088 del 20 xx xxxxx de 2015, documento a través del cual envió concepto de Reformulación No. 1 del proyecto la cual obedeció a “(…) Con el fin de mejorar las condiciones de implementación y ejecución del proyecto y de mitigar riesgos que se ha identificado suceden durante la ejecución de los proyectos, se decide adelantar la ejecución del proyecto a través del esquema condicional por fases diferenciadas e independientes, con actividades, presupuestos y productos definidos (…)”. Así las cosas, la reformulación al Plan financiero se constituyó en un valor de $00.000.000.000 financiado con los recursos del Presupuesto General de la Nación, vigencia 2014.
La Reformulación fue suscrita por el director de Programas, y emitida de conformidad con las Resoluciones No. 379 de 2012 y 504 de 2013 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio MVCT, verificando que cumplió satisfactoriamente los alcances técnicos, económicos, institucionales, sociales, ambientales y financieros xxx- luados.
Por lo anterior, Findeter dio apertura el día 00 xx xxxxxxxxxx xxx 0000 x xx xxxxxxxxxxxx pública No. PAF-ATF- O-137-2015, que tenía por objeto la contratación de la ejecución del proyecto denominado: “LA EJECUCIÓN CONDICIONAL EN FASES DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE AL- CANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL MUNICIPIO DE CHARALÁ, DEPARTAMENTO XX XXXXXXXXX – ETAPA I” y al proceso PAF-ATF-I-054-
2015 que tiene por objeto la contratación de LA INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINAN- CIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL Y JURÍDICA PARA LA EJECUCIÓN CONDICIONAL EN FASES DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL MUNICIPIO DE CHARALA, DE- PARTAMENTO XX XXXXXXXXX – ETAPA I.”
Enel Acta de liquidación se indicó “(…) que conforme a la Cláusula Cuarta del “Contrato” se identificó el no acaecimiento de más de una de las condiciones suspensivas establecidas allí y que se relacionan con gestiones del municipio de Charalá, las cuales se denominan “OBTENCIÓN DE LICENCIAS O PERMISOS” “OBTENCIÓN DE RECURSOS ADICIONALES” e “IMPOSICIÓN DE SERVIDUMBRES O ADQUISICIÓN DE
PREDIOS” y expresan que:
“(..)
1. OBTENCIÓN DE LICENCIAS O PERMISOS: Ocurre cuando el ENTE TERRITORIAL competente obtiene la totalidad de los permisos o licencias que requiere el proyecto, conforme los productos entregados con acta de terminación de la Fase II. Esta condición suspensiva deberá ocurrir dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha que la CONTRATANTE informe al ENTE TERRITORIAL acerca de la necesidad de obtener dichos permisos o licencias. Transcurrido al término de seis (6) meses sin que se verifique la condición, esta se entenderá fallida.
2. OBTENCIÓN DE RECURSOS ADICIONALES: Ocurre cuando el proyecto requiere recursos adicionales a los establecidos en el presupuesto de la Fase III y los mismos son dispuestos por el ENTE TERRITORIAL responsable. Esta condición suspensiva deberá acaer dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha que la CONTRATANTE informe al ENTE TERRITORIAL acerca de la necesidad de contar con dichos recursos. Transcurrido al término de cuatro (4) meses sin que se verifique la condición, esta se entenderá fallida.
3. IMPOSICIÓN DE SERVIDUMBRES O ADQUISICIÓN DE PREDIOS: Ocurre cuando el ENTE TERRITORIAL acredita la imposición de las servidumbres o la obtención de los predios requeridos conforme el trazado o solución técnica resultante de la Fase II Esta condición suspensiva deberá acaer dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha que la CONTRATANTE informe al ENTE TERRITORIAL. Si transcurrido al término de seis (6) meses el ENTE TERRITORIAL no ha acreditado la imposición de las servidumbres o la obtención de los permisos, se entenderá fallida la condición”.
Dicha situación conllevó a la de liquidación del Contrato de Obra conforme a lo indicado en la Cláusula Cuarta del Contrato, tal y como se establece en el “(…) PARÁGRAFO SEGUNDO: El no acaecimiento de alguna de las condiciones suspensivas, tendrá los efectos previstos en los artículos 1536 y 1537 del Código civil, en consecuencia, el contrato entrara en etapa de liquidación, sin que se cause ningún reconocimiento económico diferente al valor de lo ya reconocido en las actas de terminación suscitas correspondientes a las FASES I y/o II, ni a reclamaciones por parte del Contratista” del mismo.
Por lo anterior, las partes suscribieron el acta de terminación del Contrato de Obra No. PAF-ATF-O-137-2015 el 12 xx xxxxx del 2018 y el acta de liquidación el día 24 de octubre del 2018, teniendo como soporte actas de recibo a satisfacción de las Fase I y II debidamente aprobadas por el interventor y la contratante.
Por ello, se suscribió la terminación del Contrato de Interventoría No.PAF-ATF-I-054-2015 el 05 de febrero del 2018 y el acta de liquidación el 27 de noviembre del año 2018.
Mediante correo electrónico del 10 de diciembre del 2021 se recibió por parte del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio la comunicación con radicado No. 2021EE0127200 del 29 de Octubre de 202, que contiene la reformulación No.2 del proyecto denominado “CONSTRUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO, PLUVIAL Y SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL
MUNICIPIO DE CHARALÁ (CONTRATO PLAN – FASE I SIN PTAR)”el cual fue presentado ante el Comité Técnico de Proyectos, quien recomendó emitir Concepto de Viabilidad durante la sesión No. 60 llevada a cabo el día 28 de octubre de 2021.
Para la ejecución del objeto de la presente convocatoria, el MVCT suscribió con FINDETER, el Contrato
interadministrativo No. 547 del 2014 en el cual se establece el siguiente objeto: “(…) El objeto del presente contrato interadministrativo es la prestación del servicio de asistencia técnica y administración de recursos para la contratación de proyectos integrales que incluyen, entre otras actividades, las obras, interventorías, consultorías, diseños, así como las demás actividades necesarias para el cumplimiento del contrato, en relación a proyectos de acueducto, alcantarillado y saneamiento básico que se desarrollen en el marco de los “contratos plan” suscritos entre los departamentos y la nación, que sean definidos por el Ministerio y/o por el Departamento Nacional de planeación -DNP. . (…)”.
El objeto del referido contrato se ejecutará en el marco del contrato xx xxxxxxx mercantil No. 3 -1- 30462 suscrito entre FINDETER y FIDUCIARIA BOGOTÁ S.A., cuyo objeto es: “(i) La transferencia a la Fiduciaria a título xx xxxxxxx mercantil por parte del Fideicomitente, de Los Recursos, provenientes de los convenios que suscriba con las entidades del sector central; (ii) La conformación de un Patrimonio Autónomo con los recursos transferidos. (iii) La administración de los recursos económicos recibidos. (iv) La Inversión de los recursos administrados en los términos establecidos en el numeral 7.3 de la cláusula séptima (7ª). (v) Adelantar las actividades que se describen en este contrato para el proceso de contratación de los ejecutores de los proyectos seleccionados por el Comité Fiduciario. (vi) La realización de los pagos derivados de los contratos que se suscriban en desarrollo del presente contrato, con la previa autorización expresa y escrita del Interventor y aprobación del Comité Fiduciario”, en el marco del cual se realiza la siguiente convocatoria.
La información técnica que soporta la convocatoria corresponde a documentación elaborada por el CONSOR- CIO PROSPERIDAD 2015 y aprobada por el CONSORCIO CHARALA 2015 en calidad de interventor, dicha información fue insumo de la reformulación No.2 presentada por el Municipio de Charalá Santander como estructurador del proyecto y beneficiario del mismo, la cual se presume veraz y cuenta con concepto de viabi- lidad y reformulación emitido por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Xxxxxxxxxx.
2. NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN
De acuerdo con los resultados obtenidos en el desarrollo de la Fase I y Fase II, el Municipio de Charalá presentó ante el MVCT la Reformulación No.2, mediante el cual se realizaron ajustes a los estudios y diseños elaborados por el CONSORCIO PROSPERIDAD 2015 y aprobados por el CONSORCIO CHARALA 2015 en calidad de interventor, debido a las dificultades del ente municipal en la adquisición de predios establecidos por los diseñadores. En este sentido, se propuso eliminar los pasos elevados propuestos inicialmente sobre el rio Pienta y se realizaron los ajustes a los trazados necesarios para direccionar los caudales de aguas residuales hacia las dos plantas de tratamiento propuestas por el municipio.
De la información remitida por parte del municipio de Charalá , se evidencia que el sistema de alcantarillado pluvial actualmente corresponde al 16,02% del total de la tubería existente y está conformado con tubería que va de 12” a un colector final de 36”, con la implementación del proyecto se optimizará teniendo 12 puntos de vertimiento, distribuidos de la siguiente manera; (1) en el rio Táquiza, (4) en la quebrada Simacota, (1) en el rio Pienta, (3) en la quebrada la Cajita, (2) en la quebrada el Corozo y (1) en la quebrada la Capilla.
De acuerdo con la documentación presentada para la Reformulación No.2, Texin Ltda. en calidad de consultor realizó el diagnóstico y diseño de la red de alcantarillado parcial para las aguas residuales del municipio de acuerdo con la información suministrada por el municipio (planos, cálculos, informes y reportes). Adicionalmente efectuó visitas técnicas de inspección para corroborar la topografía del terreno y establecer los requerimientos y necesidades del proyecto, resultando necesario la implementación mínima de dos (2) plantas de tratamiento para aguas residuales.
La ubicación de las plantas de tratamiento de agua residual, estarán por encima del nivel de inundación del rio y a una distancia de más de 40m del mismo.
Del informe general presentado por el municipio de Charalá, se indica que para el 80.66% (Q= 57.18 L/S - población = 6,926 habitantes) de la captación de las aguas residuales del municipio, se diseña la implementa- ción de la planta de tratamiento #1, la cual estará recibiendo agua por gravedad del municipio, tal y como se muestra a continuación:
Ilustración 1 Plano Planta General – Conexión Alcantariallado A.R. a Planta de tratamiento #1
Para el 19.34% (Q= 12.45 L/S ---población = 1,263 habitantes) de la captación de las aguas residuales del municipio, se diseña la implementación de la planta de tratamiento #2, la cual estará recibiendo agua por gravedad agua residual de niveles bajos, tal y como se muestra a continuación:
Ilustración 2 Plano Planta General – Conexión Alcantariallado A.R. a Planta de tratamiento #2
No obstante para los niveles más bajos donde es inconveniente y complejo llevar el agua por gravedad a esta planta, se implementa el diseño y ubicación de una planta de bombeo, para el 4.55% del caudal total (Q= 4.39 L/S -población = 373 habitantes),esta planta estará ubicada estratégicamente para permitir que para los niveles muy bajos de captación de agua residual , se tenga la posibilidad de bombear el agua hacia el punto más elevado de captación y encausarla por gravedad hacia la planta de tratamiento #2.
En la actualidad se presentan desbordamientos e inducciones en épocas de lluvia intensa se deduce de manera inequívoca que son producto en gran medida del mal funcionamiento actual del alcantarillado combinado, por cuanto se colapsa por el exceso de caudal y la insuficiencia de los diámetros de tubería existentes.
Con el proyecto, se espera resolver el mal funcionamiento y deterioro de la red para no saturar las tuberías con caudales excesivos de aguas combinadas, lo que provoca desbordamiento en las alcantarillas (sumideros) y por ende inundaciones.
Para el manejo de la red se proyecta construir un alcantarillado que conduzca y evacue solo aguas residuales y para el manejo de la red pluvial se proyecta construir un alcantarillado que conduzca y evacue las aguas de la escorrentía.
Por lo tanto, se tiene del concepto de viabilidad y de las reformulaciones del proyecto “CONSTRUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO, PLUVIAL Y SISTEMA DE TRATA- MIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL MUNICIPIO DE CHARALÁ (CONTRATO PLAN – FASE I SIN
PTAR)”, el cual se requiere teniendo en cuenta que con su construcción se beneficiaran los 8298 habitantes proyectados xxx xxxxx urbano, se ampliará la cobertura de alcantarillado del 95% al 100% del centro poblado y se minimizarán los impactos ambientales por vertimientos a cuerpos de aguas e infiltraciones al terreno.
Teniendo en cuenta que los insumos que soportan el proyecto que ejecutará FINDETER fueron desarrollados por el CONSORCIO PROSPERIDAD 2015 y aprobada por el CONSORCIO CHARALA 2015 como interventor, la cual fue insumo de la reformulación No.2 presentada por el Municipio de Charalá Santander como estructurador del proyecto y beneficiario del mismo, la cual se presume veraz y cuenta con concepto de viabilidad y reformulación emitido por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
3. RECURSOS QUE RESPALDAN LA PRESENTE CONTRATACIÓN
Atendiendo la reformulación No. 2 del proyecto, que contiene el plan financiero para la ejecución de este se observa que los recursos de los componentes de obra provienen del presupuesto nacional vigencia PGN 2014 y rendimientos financieros del Convenio 547 de 2014, tal y como se detalla a continuación:
ALCANCE | PGN 2014 | Rendimientos financieros del Convenio 547 de 2014 | TOTAL |
OBRA CIVIL Y SUMINISTROS | $12.112.073.068 | $3.578.275.815 | $00.000.000.000 |
Acorde al plan financiero viabilizado por el MINISTERIO, la ejecución del proyecto se financiará con recursos del Presupuesto General de la Nación los cuales se encuentran en el Contrato Interadministrativo No. 547 del 2014 suscrito para tal fin entre FINDETER S.A. y el MINISTERIO
Para la presente contratación se cuenta con la constancia de disponibilidad de recursos por valor de QUINCE
MIL SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS
OCHENTA Y TRES PESOS ($00.000.000.000) M/CTE expedida por la dirección de Planeación de Negocios Fiduciarios y la Gerencia de Agua y Saneamiento Básico de FINDETER.
4. RESUMEN OBJETO, PRESUPUESTO OFICIAL, PLAZO Y UBICACIÓN
Objeto del proyecto | Plazo del contrato | Valor presupuesto oficial (pesos incluido IVA) | Lugar(es) de ejecución del contrato |
“CONSTRUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL DEL MUNICIPIO DE CHARALÁ (CONTRATO PLAN – FASE I SIN PTAR)” | DIECINUEVE (19) MESES | QUINCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS ($00.000.000.000,00) M/CTE | MUNICIPIO DE CHARALÁ, DEPARTAMENTO XX XXXXXXXXX |
5. CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS (UNSPSC)
La obra pública objeto del presente Proceso de Contratación está codificada en el Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) como se detalla a continuación:
Clasificación UNSPSC | Descripción |
72101500 | Servicios de apoyo para la construcción |
72141100 | Servicios de construcción y revestimiento y pavimentación de infraestruc- tura |
81101500 | Ingeniería civil y arquitectura |
83101500 | Servicios de acueducto y alcantarillado |
6. ALCANCE DEL PROYECTO.
El alcance del presente proyecto se deberá ejecutar de acuerdo con la normatividad técnica vigente, los criterios de calidad exigibles, los diseños, los planos y las especificaciones de construcción que hacen parte del proyecto viabilizado por el MVCT, con sujeción al presupuesto contratado y dentro del plazo establecido.
Así las cosas, el CONTRATISTA deberá adoptar e implementar las medidas técnicas, sociales, ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro a las personas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan sus subcontratistas y proveedores.
El proyecto comprende la ejecución de las obras para la “CONSTRUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL DEL MUNICIPIO DE CHARALÁ (CONTRATO PLAN –
FASE I SIN PTAR)” que contempla entre otras las siguientes actividades:
6.1. REVISIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS
Teniendo en cuenta que los estudios y diseños del proyecto para LA CONSTRUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL DEL MUNICIPIO DE CHARALÁ fueron ela-
borados por un consultor externo, el contratista deberá hacer una revisión de los mismos, con los profesio- nales especialistas requeridos en los estudios previos y términos de referencia, en un término de TREINTA
(30) DÍAS CALENDARIO contados a partir de la suscripción del acta de inicio o emisión de la orden de inicio del contrato.
Esta revisión consiste en la verificación de los estudios y diseños, planos de diseño, especificaciones técnicas y demás documentos que hacen parte del proyecto verificando su consistencia y que sean adecuados para la construcción de las obras, por lo anterior, toda la información técnica disponible del proyecto será entre- gada al contratista, una vez se suscriba el acta de inicio o se emita la Orden de Inicio del contrato.
El contratista de obra deberá hacer entrega de un informe en donde se registren las posibles observaciones encontradas como producto de la revisión de los estudios y diseños, y en caso de requerirse deberá, coordi- nar y advertir cualquier situación que pueda afectar la ejecución del proyecto, la funcionalidad de las obras o el normal desarrollo de este, el cual deberá ser revisado, conceptuado y aprobado por la interventoría dentro de los CINCO (5) DÍAS siguientes a la entrega del mismo.
En caso en que los estudios y diseños revisados por el contratista de obra, NO requieran ajustes o comple- mentación, respecto a lo inicialmente definido, el contratista deberá presentar un concepto técnico por cada especialista, donde indique que revisó los estudios y diseños entregados para su especialidad y que estos se encuentran completos y no requieren ningún ajuste como producto de la revisión de los mismos, y que por tanto su construcción se hará con base en los diseños disponibles, los cuales cumplen con lo definido en el alcance del proyecto. El concepto de los especialistas debe contar con la validación y aprobación de la inter- ventoría.
Las acciones, ajustes o cambios menores que se requieran dentro de los estudios y diseños, podrán ser resueltos durante la ejecución de la obra, previa concertación con la Interventoría y el supervisor designado por FINDETER. Estos cambios, modificaciones, complementos, optimizaciones o mejoras que no amenacen la operación, funcionabilidad o estabilidad de la obra serán realizados por el Contratista de Obra con el per- sonal mínimo exigido en el contrato.
Las deficiencias de estudios y diseños detectadas por el Contratista, debidamente verificadas, conceptuadas y certificadas por la interventoría del proyecto, que impidan la ejecución de las obras, serán ajustados por el estructurador del proyecto
Se le aclara que el proceso de revisión a los estudios y diseños no generarán ningún costo adicional al contrato.
Dentro de las actividades a realizar se contemplan entre otras las siguientes:
a) ALCANTARILLADO SANITARIO
Suministro e instalación de 7794 m de redes de alcantarillado sanitario en tubería PEAD distribuidos así:
• 4192 ml de tubería de 8”
• 864 ml de tubería 10”
• 217 ml de tubería 12”
• 2499 ml de tubería 16”
• 22ml ml de tubería 18”
• 478 conexiones domiciliarias que incluyen 2868 ml de tubería de 6”
• Optimización de 50 pozos de inspección
• Construcción de Estación de bombeo; incluye (2) bombas e instalación eléctrica
b) ALCANTARILLADO PLUVIAL
Suministro e instalación de 7265m de redes de alcantarillado pluvial en tubería corrugada PEAD distribuidos así
• 816 ml de tubería de 10”
• 1281 ml de tubería 12”
• 1086 ml de tubería 16”
• 1689 ml de tubería 18”
• 1277 ml de tubería 24”
• 374 ml de tubería 32”
• 265 ml de tubería 40”
• 477 ml de tubería 48”
• 287 sumideros en mampostería
El alcance del proyecto se realizará teniendo en cuenta entre otros, la siguiente información:
• Los resultados los estudios y diseños realizados por TEXIN LTDA. Se dispone de los siguientes pro- ductos:
- Informe Final Topografía y planimetría
- Estudio Geotécnico y Concepto geotecnia de redes.
- Memorias y Planos hidráulicos.
- Informe social
- Informe final
• Los ajustes a los estudios y diseños realizados por el Municipio de Charalá, como soporte de la Re- formulación No. 2 Se dispone de los siguientes productos:
- Informe general del proyecto
- Topografía y planimetría de redes nuevas
- Estudio Geotécnico y de suelos
- Memorias, Diseños y planos de la estación de bombeo.
- Memorias de Calculo
- Batimetrías
- Informe de gestión predial y Permisos ambientales
- Informe final
- Planimetría de los ajustes realizados.
La ejecución de las obras para la construcción y optimización del sistema de alcantarillado sanitario, pluvial y sistema de tratamiento de aguas residuales del Municipio de Charalá, se deberán ejecutar de acuerdo con los estudios y diseños existentes.
Adicionalmente el CONTRATISTA, deberá suministrar toda la información técnica y brindar el acompañamiento al municipio ante los tramite de licencias y permisos que se requieran.
6.2. PLAN DE GESTIÓN SOCIAL Y REPUTACIONAL.
De manera transversal a la ejecución del proyecto, el CONTRATISTA DE OBRA debe desarrollar e implemen- tar un Plan de Gestión Social y Reputacional (PGSR), de acuerdo con los lineamientos establecidos por Fin- deter para tal fin, los cuales se encuentran anexos al presente documento.
El propósito de esta gestión se encamina hacia el fortalecimiento de tejido social a través de estrategias infor- mativas y de creación participativa; de manera que se promueva la apropiación y sostenibilidad del proyecto por parte de la comunidad, así como las acciones que potencien los beneficios y se minimicen los impactos.
Este PGSR debe proponer y definir las actividades, metodologías y productos entregables para cada uno de los siguientes componentes:
1. Componente de lectura territorial.
2. Componente de comunicación, divulgación, acompañamiento social.
3. Componente de capacidad de mano de obra en la zona.
4. Componente de seguimiento y evaluación.
Es indispensable que el proyecto, desde su plan de gestión social y reputacional, asegure espacios y procesos de interacción comunitaria que beneficien el fortalecimiento del tejido social, así como el diálogo directo y mul- tidireccional con los diferentes actores interesados, impactados y/o beneficiarios, lo cuál debe ser concertado con los procesos de gestión social de otros proyectos y/o programas que se estén realizando, principalmente en el área de influencia.
7. PRODUCTOS A ENTREGAR.
7.1. INFORMES MENSUALES
El contratista deberá entregar informes mensuales, los cuales deberán ser aprobados por la INTERVENTORÍA y avalados por la supervisión y deberán contener:
a. Avance de cada una de las actividades programadas, análisis del avance y las acciones implemen- tadas y a implementar para la ejecución correcta y en el tiempo de la obra.
b. Resumen de las actividades realizadas en el mes, análisis y recomendaciones.
c. Resultados y análisis de los ensayos de materiales y demás pruebas realizadas.
d. Documentación técnica, entre ella: Bitácora de obra. Planos récord de obra, aprobados por la INTER- VENTORÍA.
e. Manual de operación y mantenimiento con las respectivas garantías de calidad de los materiales y equipos y correcto funcionamiento. El manual deberá indicar cómo funcionan, y cuál debe ser el man- tenimiento de las obras ejecutadas.
f. Registros fotográficos.
g. Resumen de las actividades realizadas en el mes, análisis y recomendaciones
h. Relación del personal empleado en la ejecución de la obra.
x. Xxx y salvo, por todo concepto, de los proveedores.
j. Informe de seguridad industrial.
k. Informe de protocolos de bioseguridad
l. Informe del plan de gestión ambiental.
m. Informe de gestión social.
n. Informe de plan de calidad.
o. Actualización del programa de ejecución de obra.
7.2. INFORME FINAL
El contratista deberá presentar Informe Final, el cual deberá ser aprobado por la INTERVENTORÍA y avalado por la supervisión, y deberá contener como mínimo:
a) Resumen de actividades y desarrollo de la obra.
b) Documentación técnica, entre ella: Bitácora de obra. Planos récord de obra, aprobados por la INTERVENTORÍA.
c) Manual de operación y mantenimiento con las respectivas recomendaciones, ajustes y garantías de calidad de los materiales y equipos y correcto funcionamiento. El manual deberá indicar cómo funcionan, y cuál debe ser el mantenimiento de las obras ejecutadas.
d) Registro fotográfico definitivo.
e) Póliza de estabilidad de la obra y actualización de las demás pólizas que lo requieran.
f) Xxx y salvo, por todo concepto, de los proveedores.
g) Informe de impacto y análisis social y ambiental de la ejecución de la obra con el entorno.
h) EL CONTRATISTA DE OBRA deberá llevar a cabo la elaboración de informe del Manejo Ambiental de la obra atendiendo las condiciones particulares del proyecto y la normatividad vigente CONTRATISTA. El CONTRATISTA de ejecución del proyecto deberá atender todas las medidas ambientales y los costos que demande, lo cuales se deberán incluir en los costos administrativos y/o en el ítem de obra donde aplique conforme la naturaleza del mismo.
i) Informe de los protocolos de bioseguridad
j) Suscribir el Acta de entrega y recibo a satisfacción final del contrato.
k) Suscribir el Acta de liquidación.
l) Todas la que le apliquen para garantizar la ejecución del CONTRATO.
m) EL CONTRATISTA debe tener en cuenta que la cuantificación de cantidades ejecutadas durante el contrato relacionadas con movimiento de tierras, serán medidas en banco y determinadas con base en las diferencias establecidas entre las carteras topográficas iniciales y las de monitoreo y control.
8. LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES APLICABLES
Se dispone de la resolución No 00280 del 22 de julio de 2020 mediante la cual la Corporación Autónoma Regional xx Xxxxxxxxx aprueba el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos – PSMV del municipio de Charalá.
Se tiene además que en el Articulo No. 1 del Parágrafo primero de la Resolución relaciona los puntos de vertimientos identificados:
VERTIMIENTO | COORDENADAS | ALTURA | FUENTE RECEP- TORA | |
NORTE | ESTE | |||
TENERÍA | 1187390,539 | 1102830,980 | 1253,61 m.s.n.m | Río Pienta |
LA SIMACOTA | 1187401,471 | 1102997,916 | 1285,88 m.s.n.m | Río Pienta |
XXXXX XXXXXXXX | 1187755,546 | 1103163,832 | 1287,11 m.s.n.m | Río Pienta |
TAQUIZA | 1187710,598 | 1103373,132 | 1253,61 m.s.n.m | Xxx Xxxxxxx |
XX XXXXX XXXXXX 0 | 1186787,562 | 1102597,180 | 1296,51 m.s.n.m | Q. El Tinto |
EL TINTO SECTOR 2 | 1186787,562 | 1102597,180 | 1296,51 m.s.n.m | Q. El Tinto |
EL TINTO SECTOR 3 | 1186787,562 | 1102597,180 | 1296,51 m.s.n.m | Q. El Tinto |
EL TINTO SECTOR 4 | 1186702,373 | 1192484,762 | 1283,43 m.s.n.m | Q. El Tinto |
PUENTE PRINCIPAL | 1186913,786 | 1102354,421 | 1241,81 m.s.n.m | Río Pienta |
SAN XXXXXXXX | 1188846,448 | 1109679,891 | 1497 m.s.n.m | Q. Cucachin |
XXXX XXXXXX | 1188793,636 | 11099372,581 | 1497 m.s.n.m | Q. Cucachin |
SANTA XXXX | 1188391,143 | 1109364,120 | 1450 m.s.n.m | Q. Cucachin |
XXXXX 00 XXXXX XXXXX- XXX 00 X 00 | 1187157,907 | 1102653,711 | 1272 m.s.n.m | Xxx Xxxxxx |
Xx xx Xxxxxxxxx 0: menciona que “(…) La presente actualización del PSMV, incluye el cumplimiento de los programas, metas y proyectos de ejecución del saneamiento básico y manejo de vertimientos del municipio, en un alcance corto, mediano y largo plazo por el término xxxxxx xx xxxx años (10), contados a partir de la ejecutoria del presente proveído.”
Así mismo de debe tener en cuenta los siguientes artículos.
ARTÍCULO SEGUNDO: REQUERIR al municipio de Charalá - Santander, para que tome las medidas correctivas correspondientes con el vertimiento generado en las coordenadas E: 1102263.081 N: 1186913.427 a 1261.46 m.s.n.m, ya sea para su inclusión como nuevo punto de vertimiento en el PSMV o sea conectado al servicio de alcantarillado del municipio.
ARTÍCULO TERCERO: REQUERIR al municipio de Charalá - Santander, para que remita a esta Corporación los estudios físico-químicos de los siguientes puntos:
• Xxxxx 00 xxxxx xxxxxxxx 00 x 00, xxx xxxxxxxxxxx E: 1102653,711 y N: 1187157,907 a 1272 m.s.n.m.
• Planta de Tratamiento de Agua Potable (PTAP), con coordenadas E: 1101956,536 y N: 1187136,090 a 1349 m.s.n.m.
ARTÍCULO CUARTO: ADVERTIR al municipio de Charalá - Santander, que, si se realiza vertimientos del punto localizado en la Planta de Beneficio Animal, con coordenadas E: 1102444,047 y N: 1186764,994 a 1272 m.s.n.m., deberá tramitar el permiso de vertimientos independiente para el punto mencionado.
ARTÍCULO QUINTO: ADVERTIR al municipio de Charalá – Santander, que hasta tanto no se cuente con la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales para el vertimiento, el instrumento de control y seguimiento será el PSMV, por lo anterior, todas las actividades deberán incorporarse a dicho instrumento.
ARTÍCULO SEXTO: INFORMAR al municipio de Charalá – Santander, que debe dar cabal cumplimiento al Decreto 1076 de 2015 en su artículo 2.2.3.2.19.5, el cual establece que. “(…) Las obras, trabajos o instalaciones una vez terminada su construcción y antes de comenzar su uso” deben ser presentadas ante esta autoridad ambiental para su aprobación.
Del informe de Gestión predial allegado por el Municipio de Charalá se evidencia que se requieren de 38 predios para
el desarrollo del proyecto:
• De acuerdo con lo anterior se dispone de los permisos de intervención voluntaria de paso de los predios que se relacionan a continuación:
Nro. Matrícula | Propietarios que emiten permiso | |
1 | 306-15445 | Herederos de Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx |
2 | 306-15440 | Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx |
3 | 306-15443 | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx |
0 | X/X | Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx |
0 | X/X | Xxxxxx Xxxxxxx |
6 | 306-16663 | Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx |
7 | 306-12764 | Xxxxxxx xxxxx xxxxxxxxx y otros. |
8 | 306-12763 | Xxxxx xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx |
9 | 306-8337 | Xxxxxx Xxxxxx |
10 | 306-19765 | Herederos Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxx |
00 | 306-19764 | Herederos Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxx |
• El municipio allego los debidos soportes de la imposición de Servidumbres para el sistema de alcantarillado sobre la franja de los siguientes predios:
Nro. Matrícula | Propietario | |
00 | 000-0000 | Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx |
00 | 000-0000 | Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx |
14 | 306-15441 | Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx |
15 | 306-15444 | Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx |
16 | 306-15446 | Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx |
17 | 306-15447 | Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx |
18 | 306-16662 | Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx |
00 | 000-0000 | Asociación de vivienda popular obrera de Charalá ASOVICHALA |
00 | 000-0000 | Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx |
00 | 000-0000 | Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx |
00 | 000-0000 | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx |
23 | 306-15184 | Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx |
00 | 000-0000 | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx |
25 | 306-10026 | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xx Xxxxx |
26 | 306-10562 | Fundación hogar del adulto mayor “El Eden” |
27 | 306-21828 | Fundación hogar del adulto mayor “El Eden” |
28 | 306-13760 | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx |
00 | 000-0000 | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx |
30 | 306-6123 | Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx |
• Se dispone del Acuerdo Municipal No.000-0000-000 por medio del cual se declaran unos bienes de utilidad pública e interés social y se otorgan facultades al alcalde municipal de Charalá, para constituir servidumbres.
Se dispone de las Resoluciones de imposición de servidumbre a los siguientes predios:
Nro. Matrícula | Propietario | NO. RESOLUCIÓN IMPOSICIÓN SERVIDUMBRE | |
31 | 306-15442 | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | 250 del 30 de Julio del 2020 |
32 | 306-11320 | Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx | 000 xxx 00 xx Xxxxx xxx 0000 |
33 | 306-10847 | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | 252 del 30 de Julio del 2020 |
00 | 000-0000 | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx | 253 del 30 de Julio del 2020 |
00 | 000-0000 | Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx | 254 del 30 de Julio del 2020 |
Adicionalmente el proyecto tendrá intervenciones en los siguientes predios de propiedad del municipio:
Nro. Matrícula | Ubicación | Propietario | |
36 | 306-19528 | - | Municipio de Charalá |
37 | 306-19529 | - | Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx |
00 | X/X | XXXX 0 | Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx |
• Se dispone de la Certificación suscrita por el secretario de infraestructura de Charalá del 29 xx xxxxx
del 2022, en la cual se indica que “(…) las redes de alcantarillado sanitario y pluvial, NO Intervienen en vías declaradas patrimonio de interés cultural”.
• Se dispone de la Certificación suscrita por el secretario de infraestructura de Charalá del 29 xx xxxxx del 2022, en la cual se indica que “(…) en lo que corresponde a los puntos de descarga, NO requieren intervención de cauce, por lo tanto, no se requiere permiso por parte de la autoridad ambiental.
• Se dispone de la Certificación suscrita por el secretario de infraestructura de Charalá del 29 xx xxxxx del 2022, en la cual se indica que “(…) la secretaria de infraestructura del municipio de Charalá, por medio del recorrido realizado en lo que corresponde al trazado de la línea de alcantarillado, NO evidenció especies forestales en el sector que requieran permiso de aprovechamiento forestal o de tala, según lo estipulado en la SECCION 4. APROVECHAMIENTOS FORESTALES del Decreto No. 1076 del 2015.
Así mismo dentro de las Obligaciones del municipio establecida en el Clausula tercera, numeral 3. Del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 1132 de 2021 suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, FINDETER, y el Municipio de Charalá Santander, se señala lo siguiente:
“(...) 3. Para iniciar la gestión precontractual, EL MUNICIPIO deberá garantizar que las zonas a intervenir para la ejecución de los estudios y diseños, así como de las obras, cuenten con las licencias y permisos requeridos, incluyendo la propiedad de los predios sin ningún tipo de afectación o gravamen.”
Por lo anterior es responsabilidad del municipio, brindar las soluciones necesarias ante cualquier trámite legal, relacionado con la consecución de los permisos de los titulares de los predios o inmuebles.
Se deberá verificar, además, que la infraestructura a construir no está en aéreas o franjas de seguridad de los aeropuertos, o zonas aledañas a los mismos en materia de agua y saneamiento básico, ya que de presentarse tal situación se deberá verificar ante la Aeronáutica Civil la necesidad de tramitar algún permiso o autorización para la ejecución de la obra.
No obstante, lo anterior, en el caso que durante la ejecución del contrato se detecte la necesidad de tramitar algún tipo de licencias y/o permisos adicionales, será responsabilidad del contratista de obra adelantar las gestiones necesarias ante las autoridades competentes que permitan el desarrollo normal del contrato y de las obras.
Esto es, aquellos trámites inherentes y necesarios para la correcta ejecución de las obras, así como la identificación y gestión será responsabilidad del contratista. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones contractuales a cargo del Ente Territorial en materia de permisos, licencias, servidumbres y autorizaciones adquiridas en virtud del Convenio Interadministrativo suscrito; por lo tanto, los pagos ocasionados por la expedición de las licencias, servidumbres, permisos y otros trámites que dependan directamente del Municipio serán asumidos por éste.
Con relación a los pagos ocasionados por la obtención de los predios y/o la imposición de servidumbres, serán asumidos por el Municipio.
9. NORMATIVIDAD APLICABLE
Para efectos de lo anterior, el CONTRATISTA deberá tener en cuenta, durante la totalidad del plazo del contrato, entre otras, las siguientes normas y documentos vigentes:
a) Legislación ambiental Municipal y/o, Departamental y Nacional.
b) Legislación de seguridad industrial y de salud ocupacional.
c) Normatividad vigente a nivel nacional para la movilización de maquinaria y equipo pesado impuesto según el tipo de obra, por la entidad competente.
d) Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo Resistentes, que apliquen.
e) Reglamento Técnico del Rector de Agua potable y Saneamiento Básico – RAS
f) Reglamentación de manejo ambiental y recursos hídricos.
g) Legislación de tránsito vehicular y peatonal, normatividad vigente a nivel nacional para la movilización de maquinaria y equipo pesado impuesta en este tipo de obras por la entidad competente.
h) Decreto 1784 del 02 de noviembre de 2017
i) Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE
j) Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público - RETILAP
k) Las demás normas técnicas que correspondan para la debida ejecución del contrato.
10. SOPORTE COMPUTACIONAL
Además de los equipos y programas requeridos para el diseño mismo, el CONTRATISTA deberá contar con las herramientas computacionales y el soporte lógico (software) compatible con los empleados en FINDETER. El software empleado debe contar con los permisos y licencias requeridos. El CONTRATISTA deberá presentar los planos, así:
a. La producción de todos los planos del estudio relativos a plantas, perfiles de alineamientos, estructuras hidráulicas, estructuras de concreto, tablas y cuadros de hierros, esquema general y demás, deberán realizarse utilizando herramientas de diseño asistido por computador (CAD). Se deben definir las capas de información para los archivos gráficos que se entreguen.
b. El CONTRATISTA deberá entregar copia en medio magnético (preferiblemente CD o Disco Sólido), de los archivos contentivos de la información gráfica antes mencionada. En caso de emplear CAD diferente de AutoCAD, los archivos deberán entregarse en formato estándar DXF.
c. Para las entregas parciales y finales se realizarán en forma digital, con la respectiva copia dura (impresa).
Los medios magnéticos utilizados para la entrega de la información podrán ser:
• Disco compacto de memoria de solo lectura CD – R o regrabable CD – R/W, DVD
• Disco Sólido o USB
d. Etiquetas Externas: Se deberá incluir una etiqueta externa para medios digitales que como mínimo contendrá la siguiente información:
• Tipo y versión del software utilizado para la preparación y copiado de archivos al medio magnético.
• En caso de ser más de uno se deberá indicar el número de secuencia.
• Descripción breve del contenido.
• Oficina Remitente o Nombre del contratista – número de contrato y fecha.
e. Los planos, informes, esquemas, estudios y demás documentos que se generan en el marco del contrato deberán incluir los logos del MVCT y del Ente Territorial.
f. La totalidad de los documentos deberán ser presentados sin protecciones o claves de seguridad, memorias descriptivas, memorias de cálculos, planos de forma impresa de la infraestructura existente y proyectadas (conforme con la alternativa seleccionada) en medios magnéticos nativos y/o audiovisuales
Para los cálculos y software diferente utilizado dentro del estudio, el CONTRATISTA entregará las memorias de cálculo, archivos de trabajo y resultados en papel y en medio magnético, indicando claramente el paquete utilizado y la versión del mismo; adicionalmente, acordará con la INTERVENTORÍA y LA CONTRATANTE la forma y la extensión con la cual se deben generar tales archivos.
11. LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO – LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El proyecto será ejecutado en la Cabecera Municipal de Charalá del Departamento xx Xxxxxxxxx, se encuentra localizado a los 06º 17' 24" de latitud norte y 73º 09' 03" de longitud oeste, a una altura sobre el nivel del mar de 1290 m, con una temperatura media 21°C y una precipitación media anual 2.600 mm.
Dista de Bucaramanga 135 Km, a 30 Km de San Xxx, capital de la provincia Guanentina y se encuentra a 430 km de Bogotá D.C.
El municipio limita al oriente Con Encino y Coromoro, al Occidente con Oiba, Confines y Suaita, al Norte con Páramo, Ocamonte y Mogotes y al Sur con Gámbita y Duitama en el Departamento de Boyacá.
Figura 1 – Localización municipio de Charalá - (Fuente: Google Maps)
11.1. CONOCIMIENTO SITIO DEL PROYECTO:
Será responsabilidad del proponente conocer las condiciones del sitio de ejecución del proyecto y actividades a ejecutar, para ello el proponente podrá hacer uso de los programas informáticos y las herramientas tecnológicas disponibles teniendo en cuenta la localización específica indicada en los documentos de la convocatoria.
En consecuencia, correrá por cuenta y riesgo de los proponentes, inspeccionar y examinar los lugares donde se proyecta realizar los trabajos, actividades, obras, los sitios aledaños y su entorno e informarse acerca de la naturaleza del terreno, la forma, características, accesibilidad del sitio, disponibilidad de canteras o zonas xx xxxxxxxx, así como la facilidad de suministro de materiales e insumos generales, mano de obra y herramientas requeridas, así como también las condiciones sociales de la zona. De igual forma, la ubicación geográfica del sitio del proyecto, historial de comportamiento meteorológico de la zona y demás factores que pueden incidir en la correcta ejecución del proyecto.
Con la presentación de la propuesta, el proponente declara que conoce de manera integral todas las condiciones del sitio de ejecución del proyecto, las actividades a ejecutar y las circunstancias legales, técnicas, ambientales, económicas y sociales para el desarrollo del proyecto, en especial aquellas que puedan afectar la ejecución de las actividades y/o del proyecto e influir en el cálculo del valor de la propuesta. Por lo tanto, el desconocimiento de estos aspectos no servirá de excusa válida para posteriores reclamaciones.
12. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo general para la ejecución del contrato es de DIECINUEVE (19) MESES, el cual se contabilizará a partir de la suscripción del acta de inicio o emisión de la orden de inicio del contrato.
El plazo se ha determinado de acuerdo con el tiempo requerido para la ejecución de las actividades de obra y deberá tenerse en cuenta al momento de elaborar la propuesta económica.
La orden de inicio o el acta de inicio del CONTRATO DE OBRA deberá emitirse simultáneamente con la orden de inicio o el acta de inicio del CONTRATO DE INTERVENTORÍA.
El incumplimiento en el plazo del contrato dará lugar a la aplicación de las cláusulas contractuales a que haya lugar, conforme a los atrasos reportados por la interventoría según la evaluación de la programación y cumpli- miento del plazo de ejecución.
LA CONTRATANTE no reconocerá por ningún motivo mayores permanencias, ni valores adicionales a los establecidos en el Contrato.
DESCRIPCIÓN | PLAZO DE EJECUCIÓN |
CONSTRUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL DEL MUNICIPIO DE CHARALÁ (CONTRATO PLAN – FASE I SIN PTAR) | DIECINUEVE (19) MESES * |
Nota 1*: El plazo contemplado para la ejecución del contrato de DIECINUEVE (19) MESES, incluye durante el primer mes de ejecución, con el personal especializado solicitado en el personal mínimo requerido, la revisión de los estudios, diseños y en general de la información que hace parte del proyecto. Lo anterior, se deberá
realizar atendiendo la versión del RAS 2017 con la que se ejecutaron los diseños y advertir cualquier situación que pueda afectar la funcionalidad de las obras y/o el normal desarrollo del proyecto. Los productos de dicha revisión deberán ser consignados en un único informe que será revisado por la interventoría.
Las deficiencias de estudios y diseños detectadas por el Contratista, debidamente verificadas, conceptuadas y certificadas por la interventoría del proyecto, que impidan la ejecución de las obras, serán oficializadas a la Entidad Contratante o al Supervisor de Contrato, y este a su vez remitirá por escrito al Ente Territorial como estructurador del Proyecto para la revisión y ajustes pertinentes. Si en un plazo máximo de DOS (2) MESES o el plazo que se pacte entre las partes para los ajustes y complementaciones de los estudios y diseños, contados a partir del pronunciamiento oficial de la Interventoría y del Supervisor del Contrato, no se ha resuelto por el Ente las deficiencias encontradas por el CONTRATISTA DE OBRA y la Interventoría, dará lugar al acaecimiento de las condiciones resolutorias.
13. ACTAS DEL CONTRATO
13.1. ACTA DE INICIO U ORDEN DE INICIO DEL CONTRATO
El CONTRATISTA, la INTERVENTORÍA y/o SUPERVISOR según corresponda, deben suscribir el acta de inicio o se deberá emitir orden de inicio del contrato, las cuales deben contener, entre otros aspectos los si- guientes:
1. Xxxxx y fecha de suscripción del acta u orden de inicio.
2. Nombre e identificación completa de los intervinientes.
3. Plazo del contrato
4. Fecha de Terminación prevista.
5. Valor total del contrato.
6. Información del CONTRATISTA e INTERVENTOR.
Los siguientes requisitos de ejecución deberán ser entregados a la INTERVENTORÍA en un plazo no mayor a TRES (3) DÍAS posteriores a la suscripción del contrato:
• Personal del CONTRATISTA. para aprobación del interventor
• Metodología y programación de actividades para aprobación del interventor
• Garantías para revisión de la interventoría y aprobación de la contratante.
• Presentación de la Oferta Económica discriminada para aprobación del interventor
Nota 1: Legalizado el contrato, EL CONTRATISTA deberá suscribir el Acta de Inicio dentro de los TRES (3) días siguientes. Si vencidos los plazos para la suscripción del acta de inicio y cumplidos los requisitos de eje- cución, no se firma el documento por causa injustificada, la entidad podrá expedir la orden de inicio del con- trato.
13.2. ACTA DE TERMINACIÓN
Vencido el plazo de ejecución del contrato contado a partir de la suscripción del Acta de inicio o emisión de la orden de inicio EL CONTRATISTA DE OBRA, el INTERVENTOR, y/o SUPERVISOR según corresponda de- berán suscribir el acta de terminación en la que se dejará constancia de la terminación de todas las activida- des por parte del contratista de obra
13.3. ACTA DE ENTREGA Y RECIBO A SATISFACCIÓN DEL CONTRATO.
Vencido el plazo de ejecución del contrato contado a partir de la suscripción del acta de inicio u emisión de la orden de Inicio, el CONTRATISTA DE OBRA, deberá entregar la obra y demás productos del contrato, con el lleno de los requerimientos técnicos y condiciones de funcionalidad y operatividad. Del recibo por parte de la Interventoría se dejará constancia mediante Acta de Entrega y Recibo a satisfacción Final de la Obra, suscrita entre la CONTRATANTE, el CONTRATISTA DE OBRA y el INTERVENTOR.
14. ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES ECONÓMICAS EL CONTRATO
14.1. METODOLOGÍA DE CÁLCULO – PRESUPUESTO ESTIMADO (PE).
Para la ejecución del contrato se encuentran establecidos las especificaciones técnicas, las cantidades de obra y los precios unitarios, por lo tanto, el sistema de pago corresponde a PRECIOS UNITARIOS FIJOS SIN FORMULA DE AJUSTE, los cuales deberán ser conformes a los precios establecidos en la lista de precios unitarios entregada, y a la metodología establecida para la presentación de la oferta.
Con relación a la presentación de la oferta económica, el(los) proponente(s) deberá(n) diligenciar el Formato de presentación de oferta económica publicado con los documentos de la convocatoria, correspondiente al valor total ofrecido, y cada una de las casillas de este formato, teniendo como referencia el listado de precios fijos publicado en los documentos de la convocatoria.
De manera previa a la presentación de ofertas, los proponentes deberán identificar la ubicación de los sitios de disposición de material sobrante de la obra que cuenten con autorización del municipio o aquellos autorizados que se encuentren en el área de influencia del proyecto.
Así mismo deberán identificar en el área de influencia del proyecto, las canteras más cercanas que cumplan con los requisitos mínimos de operación establecidos en el Código de Minas y en las demás normas que regulen la materia. Dicha previsión estará encaminada a garantizar el abastecimiento de los materiales pétreos requeridos para el desarrollo de las obras objeto del contrato. La propuesta económica que sobre estos ítems presente el proponente deberá corresponder a los valores xxx xxxxxxx del área de influencia en consonancia con el presupuesto oficial de la convocatoria.
Se informa a los interesados en el proceso de selección que no habrá reajuste de precios para estos ítems, salvo circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que se presenten durante la ejecución del contrato debidamente documentadas, aprobadas por la INTERVENTORÍA y la CONTRATANTE.
Sin perjuicio de lo anterior, todos los proponentes deberán revisar los precios xxx xxxxxxx del área de influencia del proyecto al momento de la elaboración de la oferta y poner de presente durante la etapa precontractual cualquier desviación de los precios unitarios establecidos en los Términos de Referencia.
Así mismo deberán revisar para la estructuración de su propuesta las especificaciones técnicas, toda vez que en aquellos eventos en que el CONTRATISTA durante el proceso de selección no haya advertido y objetado aspectos relacionados con las especificaciones técnicas del proyecto y durante la ejecución de este se generen
diversas interpretaciones, corresponderá a la entidad CONTRATANTE determinar el alcance y concepto de dichas especificaciones.
Para la presente convocatoria el proponente deberá tener en cuenta las especificaciones técnicas particulares del proyecto las cuales hacen parte de los documentos publicados en la página web de la entidad.
De acuerdo con la metodología expuesta en este capítulo, se determinó un Presupuesto para la ejecución del contrato de: QUINCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS ($00.000.000.000,00) M/CTE, incluido IVA sobre utilidad, A.I.U,
costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones a que hubiere lugar.
El CONTRATISTA deberá incluir en su propuesta económica, el valor de los siguientes costos:
14.2. COSTOS INDIRECTOS
Para la estimación de los costos indirectos de acuerdo con los estudios y diseños desarrollados por el municipio y viabilizados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se tienen en cuenta la incidencia de los costos de:
ADMINISTRACION
✓ Personal profesional especializado, técnico y administrativo, basado en sus perfiles, dedicación y tiempo del proyecto.
✓ Gastos de oficina.
✓ Costos directos de administración: Equipos, vehículos, ensayos, transportes (aéreo/terrestre/fluvial), viáticos, trámites, arriendos de oficina principal, computadores, muebles, papelería, ploteo de planos, servicios públicos, copias, vallas, campamentos, señalización, implementación del plan de gestión social, implementación de plan de gestión de calidad y ambiental, plan de manejo de tránsito, implementación de protocolos y elementos de bioseguridad, cerramiento provisional de las obras, pruebas y ensayos de laboratorio entre otros.
✓ Informes mensuales, finales y aquello exigidos por la CONTRATANTE.
✓ Impuestos y tributos aplicables.
IMPREVISTOS
✓ Se establece con base en la experiencia de la entidad, adquirida a través de la ejecución de proyectos de condiciones similares o equivalentes al que se pretende ejecutar. Así mismo se tiene en cuenta los imprevistos que pueden surgir según lo establecido en la matriz de riesgos del presente proceso, adicionalmente con este imprevisto el CONTRATISTA debe solventar todas aquellas situaciones técnicas que surjan durante la ejecución de la obra.
UTILIDAD
✓ Se establece de acuerdo con las condiciones macroeconómicas del país.
14.3. PRESUPUESTO ESTIMADO
El Presupuesto Estimado para la ejecución del contrato es de QUINCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA
MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS
($00.000.000.000,00) M/CTE, incluido el AIU, el valor del IVA sobre la utilidad, costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones de orden nacional y local a que hubiere lugar.
El presupuesto estimado de la convocatoria se encuentra discriminado en el Anexo No. 1 – PRESUPUESTO ESTIMADO OBRA CIVIL, el cual se encuentra adjunto a este documento.
RESUMEN DEL PRESUPUESTO DEL PROYECTO
A continuación, se resumen los valores correspondientes al valor mínimo y al valor máximo del valor total del presupuesto estimado, dentro de los cuales se deben presentar las ofertas económicas.
DESCRIPCIÓN | VALOR MÍNIMO DEL TOTAL PRESUPUESTO ESTIMADO | VALOR MÁXIMO DEL TOTAL PRESUPUESTO ESTIMADO |
TOTAL, PRESUPUESTO ESTIMADO - PE EJECUCIÓN DE OBRA | $ 14.121.169.543,00 | $00.000.000.000,00 |
El valor mínimo establecido corresponde a un porcentaje máximo de descuento que podría ofrecer el contratista para la ejecución de las obras garantizando estándares de calidad y cumpliendo con las condiciones mínimas establecidas dentro de los documentos de la convocatoria, por lo que la oferta económica no podrá ser inferior al valor mínimo ni mayor al valor máximo, so pena de rechazo de la misma.
De acuerdo con lo anterior, el Presupuesto Estimado-PE total para la ejecución del proyecto es de hasta
QUINCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS
OCHENTA Y UN PESOS ($00.000.000.000,00) M/CTE, incluido el AIU, el valor del IVA sobre la utilidad, costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones de orden nacional y local a que hubiere lugar.
NOTA 1: Para la presente convocatoria, la CONTRATANTE ha determinado un tope máximo de A.I.U y de administración de suministros y su no cumplimiento será causal de rechazo conforme a lo señalado en los Términos de Referencia.
x. Xxxx máximo del A.I.U.: 29.70%
x. Xxxx máximo del Administración de los suministros: 8%
14.4. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES
En virtud del artículo 5 del decreto 1860 de 2021 que modifica el artículo 2.2.1.2.4.2.2 de la Subsección 2 de la Sección 4 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015 y teniendo en cuenta el presupuesto del proyecto el cual es mayor a $125.000.000 dólares, la presente convocatoria no se limitará a mipymes.
PRESUPUESTO ESTIMADO | UMBRAL MIPYMES COLOMBIA* |
$00.000.000.000,00 | $000.000.000,00 |
*Liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
14.5. IMPUESTOS.
El proponente deberá considerar en su oferta todos los costos correspondientes al IVA, impuestos nacionales, departamentales y municipales que apliquen, tributos, tasas, contribuciones o gravámenes, entre otros que se causen con ocasión de la suscripción, ejecución y liquidación del contrato, y demás a que haya lugar.
Adicionalmente tendrá en cuenta, los costos de las pólizas incluidas en el numeral GARANTÍAS del presente documento y todos los demás impuestos que se generen por la celebración de este contrato.
Es responsabilidad exclusiva del PROPONENTE realizar las averiguaciones, los cálculos y estimaciones que considere necesarios para elaborar su propuesta económica y por ende, le asiste la obligación de consultar ante las diferentes entidades recaudadoras qué impuesto le es aplicable en caso de ser adjudicatario, todo esto enmarcado en el hecho de que el FIDEICOMISO –ASISTENCIA TÉCNICA FINDETER, es LA CONTRATANTE y realiza la contratación bajo el Régimen Jurídico del derecho privado.
15. ABONO DE LA OFERTA
Si el representante legal o apoderado del proponente (individual o plural), persona natural o jurídica nacional o extranjera, no posee título de Ingeniero Civil o Ingeniero Sanitario, la oferta deberá́ ser avalada por un Ingeniero Civil o Ingeniero Sanitario, el cual deberá́ adjuntar matricula profesional y certificado de vigencia de matrícula profesional expedida por la autoridad competente, según corresponda, el cual debe encontrarse vigente. El evaluador designado por Findeter en calidad de Fideicomitente de la CONTRATANTE al momento de la verificación podrá consultar el certificado de vigencia de la matricula profesional en el COPNIA o en las bases de datos a las cuales pueda tener acceso sin restricción alguna.
16. PERSONAL.
EL CONTRATISTA DE OBRA deberá suministrar y mantener para la ejecución del objeto contractual el personal mínimo requerido, o el que resulte pertinente durante la ejecución del contrato, y hasta la entrega del proyecto dentro del plazo establecido, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas profesionales y la experiencia general y específica exigida. Lo anterior, deberá ser aprobado por el interventor e informado a la entidad CONTRATANTE.
16.1. PERSONAL MÍNIMO Y DEDICACIONES MÍNIMAS.
El Contratista de Obra deberá presentar al Interventor, previo a la suscripción del acta de inicio u emisión de orden de inicio del contrato las hojas de vida y demás soportes correspondientes del personal requerido, que acrediten las calidades y la experiencia general y específica de este personal para el desarrollo del contrato. Lo anterior, deberá ser aprobado por el interventor e informado a la entidad CONTRATANTE.
Así mismo el CONTRATISTA deberá mantener durante la ejecución del proyecto EL PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO presentado a continuación, so pena de inicio de procedimiento de la aplicación de la cláusula penal de apremio establecida en el contrato por este concepto:
Cant | Cargo a desempeñar | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | Dedicación mínima en la duración total del contrato | ||
Como / En: | Número de contratos requeridos | Requerimiento particular | |||||
1 | Director de Obra | Ingeniero Civil, o Ingeniero Sanitario y Ambiental, o Ingeniero Sanitario | 8 años | Profesional encargado de la dirección de obra en contratos para: La construcción o ampliación u optimización o rehabilitación o renovación o mejoramiento o intervención de: acueductos o alcantarillados, que hayan incluido la instalación de redes de acueducto o alcantarillado. | 3 | En los contratos aportados deberá acreditar que la sumatoria total de longitudes de redes de acueducto o alcantarillado instaladas sea igual o superior a 12548m. | 40% |
1 | Residente de Obra | Ingeniero Civil, o Ingeniero Sanitario y Ambiental, o Ingeniero Sanitario | 6 años | Profesional encargado de la residencia de obra en contratos para: La construcción o ampliación u optimización o rehabilitación o renovación o mejoramiento o intervención de: acueductos o alcantarillados, que hayan incluido la instalación de redes de acueducto o alcantarillado. | 3 | En los contratos aportados deberá acreditar que la sumatoria total de longitudes de redes de acueducto o alcantarillado instaladas sea igual o superior a 12548m. | 100% |
1 | Profesional Social | Áreas núcleo del conocimiento en ciencias sociales y/o ciencias humanas, o administrativas, o económicas o comunicativas | 4 años | Profesional social con experiencia en acompañamiento social para proyectos de infraestructura, obra civil o desarrollo social; a través de los cuales haya implementado metodologías de participación ciudadana y/o comunitaria | 2 | N/A | 50% |
1 | Profesional de Seguridad Y Salud en el Trabajo (SST) | Profesional con formación en Seguridad Industrial y Salud en el trabajo | 4 años | Responsable del área de seguridad y salud ocupacional en contratos o proyectos de Obra Civil relacionadas con sistemas de acueducto o alcantarillados. | 1 | N. A | 100% |
1 | Especialista estructural | Ingeniero Civil con estudios de posgrado en Estructuras | 6 años | Profesional encargado del Diseño Estructural en contratos de Estudios o Diseños de acueductos o alcantarillados. | 3 | N/A | 5% |
1 | Especialista Hidráulico | Ingeniero civil, o Ingeniero Sanitario y Ambiental, o Ingeniero Sanitario. El profesional deberá contar con estudios de posgrado en el área de la hidráulica. | 6 años | Profesional encargado del Diseño Hidráulico en contratos de Estudios o Diseños acueductos o alcantarillados, que hayan incluido el diseño de redes. | 3 | En los contratos aportados deberá acreditar que la sumatoria total de longitudes de redes de acueducto o alcantarillado diseñadas sean igual o superior a 12548 m | 5% |
Cant | Cargo a desempeñar | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | Dedicación mínima en la duración total del contrato | ||
Como / En: | Número de contratos requeridos | Requerimiento particular | |||||
1 (UNO) | Especialista Electromecánico | Ingeniero: Electricista o Mecánico o Electromecánico. | 6 años | Especialista electromecánico en contratos de acueducto o alcantarillado en componentes electromecánicos de estaciones de bombeo de agua o equipos de bombeo de agua. | 2 | N/A | 5% |
1 | Especialista Geotecnia | Ingeniero Civil o Geólogo con posgrado en Geotecnia | 6 años | Especialista en Geotecnia en estudios o diseños del componente geotécnico de contratos de infraestructura civil | 3 | N. A | 5% |
1 | Ingeniero Auxiliar - profesional del primer empleo | Ingeniero Civil o Ingeniero Sanitario o Ingeniero Sanitario y Ambiental | N/A | N. A | N. A | Que se encuentre entre los 18 y los 28 años. | 100% |
1 | Topógrafo | Topógrafo | 3 años | Topógrafo en contratos de: estudios o diseños de sistemas o componentes de sistemas de acueducto o alcantarillado, o en la construcción o ampliación u optimización o rehabilitación o renovación o mejoramiento o intervención de acueducto o alcantarillado. | 2 | N. A | 20% |
1 | Cadenero | N.A. | N.A. | N.A. | N. A | N. A | 20% |
1 | Maestro de Obra | N.A. | 3 años | Maestro de obra en contratos de construcción o ampliación u optimización o rehabilitación o renovación o mejoramiento o intervención de acueductos o alcantarillados, que hayan incluido la instalación de redes de acueducto o alcantarillado. | 2 | N. A | 100% |
La validación de la formación académica se hará con base en lo establecido por el Ministerio de Educación Nacional en el SNIES.
De comprobarse dedicación inferior a la aprobada se podrá solicitar que se dé inicio a los procedimientos sancionatorios a los que hubiere lugar. No obstante, el CONTRATISTA garantizará que
dispondrá de todo aquel que sea necesario para la ejecución completa y adecuada del objeto contractual.
En desarrollo del componente social y para dar cumplimiento al PGSR, el CONTRATISTA debe contemplar el personal mínimo requerido que se encuentra estipulado anteriormente, así como mantenerlo durante el plazo de la ejecución del contrato. Se recomienda que este profesional tenga domicilio en la zona de desarrollo del proyecto, de manera que se facilite el conocimiento del territorio, la cultura las tradiciones de la región y así mismo facilite el relacionamiento con los actores institucionales y comunitarios
El CONTRATISTA seleccionado deberá verificar y garantizar que el personal propuesto no supere para cada uno el 100% de la dedicación acumulada teniendo en cuenta su participación en la ejecución de otros contratos con FINDETER o con otras entidades, ya que de ser advertida esta situación la contratante a través del supervisor podrá solicitar el cambio del personal que supere esta dedicación.
No obstante, la dedicación de tiempo estimada, de ser necesaria una mayor dedicación, el CONTRATISTA deberá garantizar su permanencia, sin que se genere costo adicional para la CONTRATANTE, así mismo, de requerirse un mayor número de perfiles.
Todo el personal anteriormente descrito para el proyecto será de carácter obligatorio durante la ejecución del contrato, por lo cual, el (los) proponente(s) lo(s) deberá(n) tener en cuenta y considerarlos en su totalidad según las consideraciones establecidas en el contrato, así como el personal necesario para la liquidación, y aquel que resulte necesario para la adecuada ejecución del objeto contractual, al momento de elaborar su oferta económica.
NOTA 1: El CONTRATISTA debe garantizar que, de requerirse la participación de alguno de los profesionales que participaron en la ejecución del proyecto en el desarrollo de las actividades de cierre y liquidación, se podrá contar con ellos sin que signifique costos adicionales para FINDETER o la CONTRATANTE.
NOTA 2: El personal mínimo requerido, sus hojas de vida y las certificaciones que la acompañen, NO deben presentarse con la propuesta. Estos documentos solo deben presentarse por el proponente que resulte seleccionado previo a la suscripción acta de inicio u orden de inicio del contrato.
NOTA 3: Los soportes del personal antes indicado, debe aportarse en el plazo establecido en los términos de referencia, en caso de incumplimiento por parte del CONTRATISTA, se procederá a la aplicación de las sanciones contractuales correspondientes.
NOTA 4: Para el cálculo del valor a ofertar deben tenerse en cuenta los plazos de ejecución sin incluir los tiempos establecidos para la revisión y aprobación de los productos que corresponde a quince días, pues cualquier observación que resulte de la revisión deberá ser atendida durante este tiempo por el CONTRATISTA con sus profesionales sin que se genere ningún costo adicional.
NOTA 5: En virtud del artículo 3 del decreto 1860 del 2021 que adiciona el artículo 2.2.1.2.4.2.16 a la Subsección 2 de la Sección 4 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, de acuerdo con la naturaleza del objeto a contratar se considera oportuno y conveniente establecer que el CONTRATISTA deberá vincular a la ejecución del contrato el 5% de personal de mano de obra calificada o no calificada que ostenten la calidad de:
• Población en pobreza extrema y/ó
• Desplazados por la violencia y/ó
• Personas en proceso de reintegración o reincorporación y/ó
• Sujetos de especial protección constitucional
En todo caso, garantizando las condiciones de la calidad para la correcta ejecución contractual.
El incumplimiento de esta previsión dará lugar a la aplicación de las cláusulas contractuales pertinentes.
Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que se demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste del porcentaje.
16.2. CONTRATACIÓN PRIMER EMPLEO DE PERSONAL DE OBRA CALIFICADA
Para el caso el CONTRATISTA debe vincular el Ingeniero Auxiliar - profesional del primer empleo teniendo en cuenta las siguientes condiciones:
• Profesional que se encuentre entre los 18 y los 28 años de edad.
• El profesional ofertado para el primer empleo no debe registrar afiliación ni cotización como trabajador dependiente o independiente al Sistema Integral de Seguridad Social de manera posterior a la fecha de graduación como profesional.
Todo el personal anteriormente descrito para el contrato será de carácter obligatorio en el proyecto, por lo cual, los proponentes lo deberán tener en cuenta y considerar en su totalidad.
17. MODALIDAD Y CRITERIOS DE SELECCIÓN.
17.1. MODALIDAD.
El presente proceso de selección se adelanta mediante la modalidad de selección de que trata el numeral 4.4.1 “CONVOCATORIA PUBLICA” del MANUAL OPERATIVO (PATRIMONIO AUTÓNOMO FINDETER-AGUA SAN XXXXXX).
17.2. CRITERIOS MÍNIMOS DE SELECCIÓN HABILITANTES
La Vicepresidencia Técnica de FINDETER, teniendo en cuenta las actividades que se desarrollarán durante la ejecución del contrato, su tipo, alcance, magnitud y complejidad, y en aras de propender por la selección objetiva de un CONTRATISTA DE OBRA idóneo que ejecute el contrato con las mejores calidades, ha determinado que el proponente deberá cumplir con los siguientes requerimientos mínimos:
17.2.1. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
Los proponentes deben acreditar su experiencia a través de: i) la información consignada en el RUP para aquellos que estén obligados a tenerlo, ii) la presentación el Formato – Experiencia para todos los proponentes y iii) alguno de los documentos válidos para la acreditación de la experiencia señalados en los términos de referencia, cuando se requiera la verificación de información del proponente adicional a la contenida en el RUP.
De este modo, la evaluación de la experiencia se efectuará a partir de la información contenida en el Registro Único de Proponentes (RUP) vigente y en firme antes del cierre del proceso.
Los proponentes podrán acreditar experiencia proveniente de contratos celebrados con particulares o entida- des estatales.
17.2.1.1. DETERMINACIÓN DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE EXPERIENCIA SEGÚN LA MA- TRIZ 1 – EXPERIENCIA, DE LOS PLIEGOS TIPO DEL SECTOR DE AGUA POTABLE Y SANEA- MIENTO BÁSICO
La complejidad técnica del proyecto se establece de la siguiente manera, en concordancia con lo previsto en la “Matriz 1 – Experiencia” para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico.
Para el presente proceso no se considera que se requiera la inclusión de experiencia combinada con infraes- tructura de transporte teniendo en cuenta que las actividades más relevantes desde el punto de vista presu- puestal, de impacto social y de complejidad técnica previstos en desarrollo del contrato corresponden a inter- venciones asociadas al sistema de alcantarillado del municipio de Charalá.
Teniendo en cuenta que se realizará la intervención de las redes de alcantarillado existentes , se adaptará de los criterios de la matriz 1, la asociada al numeral 2.2 correspondiente a “PROYECTOS DE OPTIMIZACIÓN Y/O MEJORAMIENTO Y/O REHABILITACIÓN Y/O REFORZAMIENTO Y/O RECONSTRUCCIÓN Y/O REPO- SICIÓN DE ALCANTARILLADOS Y/O REDES DE ALCANTARILLADO SANITARIOS Y/O PLUVIALES Y/O COMBINADO (URBANOS Y/O RURALES).”
El valor del proyecto tiene un valor superior a 1.000 salarios, por lo tanto, se tiene que el factor F del porcentaje (%) de dimensionamiento, corresponderá al 50%.
17.2.1.2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS CONTRATOS PRESENTADOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA EXIGIDA
Los contratos para acreditar la experiencia exigida deberán cumplir las siguientes características:
Los proponentes deberán aportar MÍNIMO 1 Y MÁXIMO 6 CONTRATOS terminados y recibidos a satisfacción antes de la fecha de cierre del proceso, donde se acrediten las condiciones I y II indicadas a continuación:
I. OBRAS DE ALCANTARILLADO EXPERIENCIA GENERAL
Deberán aportar contratos cuya experiencia corresponda o haya contenido actividades de:
AMPLIACIÓN Y/U OPTIMIZACIÓN Y/O CONSTRUCCIÓN Y/O MEJORAMIENTO Y/O REPOSICIÓN DE AL- CANTARILLADOS
EXPERIENCIA ESPECIFICA.
Por lo menos UNO (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general debe contar con una lon- gitud de tubería equivalente a 7530 metros de intervención o instalación de redes de alcantarillado y cuyo diámetro sea igual o superior a 8 pulgadas (200 milímetros)
II. RELACIÓN DE LOS CONTRATOS FRENTE AL PRESUPUESTO OFICIAL.
La verificación del número de contratos para acreditar la experiencia se realizará de la siguiente manera:
Los contratos aportados deberán sumar, en su conjunto, un porcentaje del valor total del PRESUPUESTO ESTIMADO – PE de la convocatoria, expresado en SMMLV de conformidad con la tabla que se indica x xxxxx- nuación:
Número de contratos con los cuales el proponente cumple la experiencia acreditada | Valor mínimo a certificar (como % del Presupuesto Estimado de la con- vocatoria expresado en SMMLV) |
De 1 hasta 2 | 75% |
De 3 hasta 4 | 120% |
De 5 hasta 6 | 150% |
La verificación se hará con base en la sumatoria de los valores totales ejecutados (incluido IVA) en SMMLV de los contratos que cumplan con los requisitos establecidos en los documentos de la convocatoria.
El proponente cumple el requisito de experiencia si la sumatoria de los valores totales ejecutados (incluido IVA) de los contratos expresados en SMMLV es mayor o igual al valor mínimo a certificar establecido en la tabla anterior.
NOTA 1: LA SUBSANACIÓN O ACLARACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE SOLO PODRÁ EFECTUARSE SOBRE LA EXPERIENCIA APORTADA.
17.2.2. REQUISITOS FINANCIEROS
Los requerimientos financieros de la convocatoria serán definidos por el área financiera de FINDETER en los términos de referencia de la convocatoria.
17.2.3. REQUISITOS JURÍDICOS
Los requerimientos jurídicos de la convocatoria serán definidos por la Dirección de Contratación de FINDETER en los términos de referencia de la convocatoria.
18. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN, ASIGNACIÓN DE PUNTAJE.
La Entidad calificará las ofertas que hayan cumplido con los requisitos habilitantes con los siguientes puntajes
Concepto | Puntaje má- ximo |
Oferta económica | 60 |
Factor de calidad | 19 |
Apoyo a la industria nacional | 20 |
Vinculación de personas con discapacidad | 1 |
Total | 100 |
18.1. FACTOR DE CALIDAD
La Entidad asignará el puntaje de factor de calidad como sigue:
Concepto | Puntaje |
Presentación de un plan de calidad | 19 |
Total | 19 |
18.1.1. PRESENTACIÓN DE UN PLAN DE CALIDAD
La entidad asignará 19 puntos al proponente que se comprometa a presentar un Plan de Calidad específico para el proyecto, elaborado conforme a los parámetros establecidos en la última actualización de las normas NTC ISO 9001:2015 y NTC ISO 10005:2018 mediante la suscripción del Formato “Plan de calidad”.
La interventoría verificará el cumplimiento de este criterio conforme a lo establecido en las normas menciona- das sin requerir la presentación de certificación alguna.
El Plan de Calidad se elaborará en relación con el proyecto a ejecutar, por lo que el proponente no debe presentar ningún certificado de gestión de calidad. Sin embargo, para elaborar el Plan de Calidad debe tener en cuenta las normas técnicas señaladas en el primer párrafo de este numeral
18.2. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL -BIENES RELEVANTES PARA LA OBRA PÚBLICA DEL SECTOR DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
En los contratos que deban cumplirse en Colombia, el servicio es nacional cuando además de ofertarse por una persona natural colombiana o por un residente en Colombia, por una persona jurídica constituida de con- formidad con la legislación colombiana o por un Proponente Plural conformado por estos o por estos y un extranjero con Trato Nacional, (i) usa el o los bienes nacionales relevantes definidos por la Entidad para el desarrollo de la obra o (ii) vincula el porcentaje mínimo de personal colombiano, según corresponda.
En el caso de los Proponentes extranjeros con trato nacional que participen en el Proceso de Contratación de manera singular o mediante la conformación de un Proponente Plural podrán definir si aplican las reglas pre- vistas en el numeral “PROMOCIÓN DE SERVICIOS NACIONALES O CONTRATO NACIONAL” de los térmi- nos de referencia, o si por el contrario, deciden acogerse a la regla de origen de su país.
Para definir la regla aplicable al proceso, el Proponente extranjero con trato nacional así lo manifestará con el diligenciamiento de la opción 3 del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional. En el caso que no se diligencie la opción 3 del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, la Entidad evaluará la oferta de acuerdo con las reglas previstas en el numeral “PROMOCIÓN DE SERVICIOS NACIONALES O CON TRATO NACIONAL” de los términos de referencia. Para determinar uno o varios bienes nacionales relevantes, se procedió a dar cumplimiento a los criterios establecidos en el artículo 2.2.1.2.4.2.9. del Decreto 1082 de 2015 aplicando la metodología para identificar los bienes nacionales rele- vantes recomendada por La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente a través del documento denominado “MATRIZ 4 – BIENES RELEVANTES PARA LA OBRA PÚBLICA DEL SECTOR DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO”
Luego de aplicada la metodología se identificó que el Bien nacional relevante corresponde a la “Tubería Poli-
etileno para alcantarillado”:
Ítem | Unidad | Cantidad | Vlr Unitario | Total parcial | Total | Porcentaje de participación | Porcentaje acumulado | Prome- dio |
Tubería Polietileno para alcantarillado | m | 17.924,00 | $ 226.799,00 | $ 4.065.145.276,00 | $ 8.141.712.200,07 | 49,93% | 49,93% | 37,07% |
Material granular | m3 | 14.328,50 | $ 137.518,28 | $ 1.970.429.993,00 | 24,20% | 74,13% | ||
concreto | m3 | 2.211,22 | $ 739.585,58 | $ 1.635.385.695,00 | 20,09% | 94,22% | ||
Xxxxx xx xxxxxxxx | kg | 57.511,74 | $ 6.127,00 | $ 352.374.404,07 | 4,33% | 98,55% | ||
Aros para tapa | und | 282,00 | $ 419.776,00 | $ 118.376.832,00 | 1,45% | 100,00% |
De conformidad con la consulta del Registro de Productores de Bienes Nacionales, realizada en fecha 9 xx xxxx de 2022 se determinó que los bienes relevantes para el desarrollo de la obra se encuentran incluidos en dicho registro de conformidad con el numeral 3 del artículo 2.2.1.2.4.2.9. del Decreto 1082 de 2015.
La consulta realizada se encuentra en el anexo denominado “Consulta proveedores de bienes nacionales” Para
asignar el puntaje se tendrán cuenta las siguientes consideraciones:
A. Los puntajes por apoyo a la industria nacional por promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional solo se otorgarán a los Proponentes que se comprometan a adquirir los bienes nacionales relevantes para el cumplimiento del contrato es decir la “Tubería Polietileno para alcantarillado”. Para efectos de obtener el pun- taje, la oferta respectiva no podrá someterse a condicionamientos.
B. Cuando se determine la existencia de oferta de los bienes nacionales relevantes requeridos para el desa- rrollo del presente objeto contractual dentro del Registro de Productores de Bienes Nacionales, no se otorgará puntaje a los Proponentes que no ofrezcan los bienes mencionados es decir la “Tubería Polietileno para alcan- tarillado”. Esto aunque se comprometan a vincular al cumplimiento del objeto contractual un porcentaje de empleados o contratistas por prestación de servicios colombianos.
Para la obtención del puntaje asociado al apoyo nacional se deberán considerar las condiciones establecidas
en el numeral correspondiente a “APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL” de los términos de referencia.
19. CONDICIONES DEL CONTRATO
19.1. FORMA DE PAGO
LA CONTRATANTE pagará al contratista de obra el valor por el cual le fue adjudicado el contrato de acuerdo con la siguiente forma de pago:
Pagos parciales de acuerdo con actas parciales mensuales de recibo parcial de obra ejecutada, los cuales deberán contar con el visto bueno de la Interventoría, e informe técnico de avance de obra recibida a satisfacción por la Interventoría.
De cada uno de los pagos, se efectuará una retención en garantía xxx xxxx por ciento (10%), la cual se devolverá al CONTRATISTA DE OBRA una vez cumplidos los siguientes requisitos:
a. Entrega de los documentos requeridos para la entrega de obras y señalados en los términos de referencia, a la INTERVENTORÍA y al CONTRATANTE.
b. Recibo a satisfacción de la obra por parte de la INTERVENTORÍA y el Ente Territorial.
c. Suscripción del Acta de liquidación del contrato por todas las partes en ella intervinientes.
d. Aprobación de las garantías correspondientes, señaladas en el numeral de GARANTÍAS del presente documento.
NOTA 1: El contratista debe tener en cuenta en el momento de la facturación, que todas las facturas deben salir a nombre del Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Asistencia Técnica Findeter con NIT 830.055.897-7.
NOTA 2: Dada la naturaleza del contrato, los suministros de tuberías, accesorios, equipos y demás, solo se pagarán, cuando se encuentren debidamente instalados, probados y recibidos a satisfacción por parte de la interventoría.
NOTA 3: Para los pagos, se debe contar con el visto bueno de la interventoría y se efectuarán dentro de los TREINTA (30) DÍAS siguientes a la radicación en debida forma de la respectiva factura en FINDETER por parte de la Dirección de Planeación de Negocios FINDETER con el cumplimiento de los requisitos indicados.
NOTA 4: El reintegro xxx xxxx por ciento (10%) por concepto de la Retención en Garantía, se realizará previa suscripción del Acta de liquidación del Contrato por todas las partes en ella intervinientes, la cual solo se podrá dar cuando se encuentren cumplidas todas las obligaciones de información del contrato. En caso en que, agotado el tiempo para la liquidación, no se cuente con los documentos requeridos para la misma presentados en debida forma y aprobados por la interventoría, se liquidará el contrato sin la devolución de la rete garantía, la cual se utilizará para costear las obras que queden pendientes por entregar, con su correspondiente revisión de interventoría.
NOTA 5: Para todos los pagos, el CONTRATISTA DE OBRA deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las Cajas de Compen- sación Familiar, cuando corresponda, o certificación del pago de los aportes de Pensión, Riesgos Laborales y de Caja de Compensación Familiar, de todo el personal vinculado directamente a la ejecución del proyecto, incluido el personal independiente que preste sus servicios para la ejecución del proyecto.
NOTA 6: El CONTRATISTA DE OBRA debe responder por el pago de todos los impuestos, tasas, gravámenes y contribuciones establecidas por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y den- tro de estos mismos niveles territoriales, las contribuciones, tasas, derechos, tarifas, y multas establecidas por las diferentes autoridades ambientales, que afecten la celebración, ejecución y liquidación del contrato y las actividades que de él se deriven. Estos pagos deben soportarse con las certificaciones correspondientes.
20. OBLIGACIONES.
20.1. OBLIGACIONES GENERALES
El CONTRATISTA se compromete a cumplir todas las obligaciones que estén establecidas o se deriven del clausulado del CONTRATO, de los estudios y documentos del proyecto, de los Términos de Referencia, del “Esquema de Ejecución”, de su propuesta y aquellas que por su naturaleza y esencia se consideren impres- cindibles para la correcta ejecución del presente contrato, en los términos previstos en los artículos 863 y 871 del Código de Comercio y 1603 del Código Civil. Así mismo, se consideran obligaciones generales del CON- TRATISTA las siguientes:
a. Acatar la Constitución, la Ley, los principios de la función administrativa y los principios de la gestión fiscal consagrados en el artículo 209 y 267 de la Constitución Política, el Manual Operativo vigente del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil, y demás normas concordantes y reglamentarias, así como el Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS con el que se diseñó el proyecto y verificar la aplica- ción del ras vigente ante cualquier diseño o modificación que se pueda requerir, las Normas Sismo Resis- tente Colombiana NSR-10 y demás normas relacionadas con la ejecución de obras.
b. Cumplir el objeto del contrato, ejecutando y entregando la obra contratada de acuerdo con los criterios de calidad exigible y especificaciones mínimas de construcción que hacen parte de los términos de referencia, con sujeción al presupuesto estipulado y dentro del plazo establecido.
c. Cumplir con las condiciones técnicas, sociales, jurídicas, económicas, financieras y comerciales exigidas en la convocatoria y consignadas en la propuesta.
d. Rendir y elaborar los informes, conceptos, estudios y demás trabajos que se le soliciten en desarrollo del contrato, dando aplicación a las normas concordantes, vigentes y aplicables.
e. Acatar las instrucciones que durante la ejecución del contrato se impartan por parte de la INTERVENTORÍA y de la CONTRATANTE, suscribir las actas que en desarrollo del contrato sean indispensables y todas aquellas que tengan la justificación técnica, jurídica o administrativa necesaria
f. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas precontractuales, y contractuales, evitando dilaciones o cualquier otra situación que obstruya la normal ejecución del contrato.
g. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de hacer u omitir algún hecho.
h. Mantener la reserva profesional sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo del objeto del contrato.
i. Radicar las facturas de cobro por los productos o trabajos ejecutados de acuerdo con los procedimientos señalados por Findeter o por lo establecido en el Manual Operativo del Patrimonio Autónomo.
j. Constituir las garantías respectivas del contrato y mantenerlas vigentes en los términos establecidos. Las garantías deberán presentarse en el término de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y/o a la modificación, los cuales también son requisito para la suscripción del acta de inicio u orden de inicio del contrato.
k. Constituir a su xxxxx y a nombre de quien la entidad competente indique, las pólizas que puedan aplicar y
que son requeridas para la ejecución del alcance del contrato.
l. Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias referentes al medio ambiente, urbanismo, seguridad industrial e higiene que para el efecto disponga la Corporación Autónoma Regional, el Departamento o el Ente Territorial según corresponda.
m. Revisar, analizar y verificar la documentación aportada por el estructurador del proyecto, como también la gestión predial, de permisos y licencias.
n. Instalar y disponer del equipo necesario para la ejecución del contrato, desde el momento en que el inter- ventor así lo solicite.
o. Ejecutar los trabajos de tal forma que los procedimientos aplicados sean compatibles no sólo con los re- querimientos técnicos necesarios sino con las disposiciones legales, las normas especiales para la gestión y obtención de las autorizaciones y permisos específicos requeridos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. La no observancia a los preceptos anteriores será de responsabilidad del CONTRA- TISTA, y el INTERVENTOR por esta causa podrá ordenar la modificación de los procedimientos o la sus- pensión de los trabajos.
p. Garantizar a la CONTRATANTE que cumplirá a cabalidad con los requerimientos ambientales legales vi- gentes, reglamentarios y contractuales, y que no generará daño o perjuicio al ENTE TERRITORIAL o a terceros por esta causa, por lo tanto, las sanciones que por este concepto imponga la Autoridad Ambiental se pagarán directamente por EL CONTRATISTA, quien, mediante el presente documento, autoriza que le sea compensado del saldo insoluto del valor del contrato.
q. Cumplir con todas las disposiciones que sobre seguridad social haya emitido el Ministerio de Trabajo, así como las normas vigentes del ENTE TERRITORIAL. Deberá tener especial cuidado para salvaguardar la integridad física todas las personas a su cargo que desarrollen actividades en cumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato y de la comunidad directa e indirectamente afectada; y deberá adjuntar a cada acta de obra un informe al respecto. Cuando la INTERVENTORÍA establezca que existe incumplimiento en este aspecto por parte del CONTRATISTA informará, en primera instancia a la CONTRATANTE para efecto de las sanciones previstas por presunto incumplimiento.
r. Cumplir con todas las disposiciones vigentes sobre seguridad industrial y salud ocupacional vigentes en el país.
s. Responder por el pago de los impuestos que cause la legalización y ejecución del contrato.
t. Responder por todo daño que se cause a bienes, al personal que se vincule y a terceros en la ejecución del contrato.
u. Presentar al interventor el personal mínimo exigido para la ejecución del contrato, de acuerdo con lo esta-
blecido en el numeral de “PERSONAL MÍNIMO”, previo al inicio del contrato.
v. Asumir el valor adicional del CONTRATO DE INTERVENTORÍA cuando la mayor permanencia sea impu- table al CONTRATISTA DE OBRA.
w. Si por circunstancias imputables al CONTRATISTA o cuyo riesgo de concreción fue asumido por éste, resulta necesario la prórroga del plazo para la ejecución del contrato, y como consecuencia de ello debe adicionarse el valor del contrato de INTERVENTORÍA, EL CONTRATANTE descontará dicho valor de las sumas que al CONTRATISTA se le adeuden, en caso tal de que no sea posible efectuar dicho descuento, EL CONTRATANTE podrá reclamarlo judicialmente. De tal descuento se deberá dejar constancia en el documento de prórroga. Lo anterior, sin perjuicio de la exigibilidad o efectividad de la cláusula penal o de las acciones que pueda iniciar EL CONTRATANTE para obtener la indemnización de los perjuicios adicio- nales que tales circunstancias le generen.
x. Utilizar la información entregada por Findeter o LA CONTRATANTE estrictamente para el proyecto asig- nado en desarrollo del contrato y no hacer uso de ella en otros proyectos ni permitir su copia a terceros.
y. Estructurar y mantener el equipo de trabajo propuesto por el término de ejecución del contrato y disponer de los medios físicos y administrativos que permitan cumplir con las obligaciones contractuales.
z. Participar a través del representante legal o director del Proyecto en el comité de seguimiento o comités de obra a los cuales podrá asistir el Ente Territorial, FINDETER, el Operador del Servicio Público, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y demás entidades involucradas en el desarrollo del Proyecto. Los comités de seguimiento son reuniones de las que se revisarán las actas de las reuniones anteriores, con el fin de comprobar el avance de todos los acuerdos establecidos además de realizar una revisión del estado actual del proyecto, en dicho comité se pueden establecer compromisos, requerimientos, solicitudes de gestión, inconvenientes presentados, entre otros; en pro de cumplir con el objeto de esta convocatoria en los térmi- nos establecidos. Los comités deben realizarse semanalmente y dejar registro de los mismos conforme a los formatos que LA CONTRATANTE indique para ello.
aa. Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las obligaciones establecidas en el contrato.
bb. Participar y apoyar a LA CONTRATANTE y a FINDETER en todas las reuniones a las que éste lo convoque relacionadas con la ejecución del contrato.
cc. Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de la documentación objeto del contrato.
dd. Colaborar con LA CONTRATANTE o FINDETER en el suministro y respuesta de la información correspon- diente ante cualquier requerimiento de los organismos de control del Estado Colombiano en relación con la ejecución, desarrollo o implementación del contrato objeto del presente documento.
ee. Utilizar la imagen de FINDETER o LA CONTRATANTE o el MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TE-
RRITORIO, de acuerdo con los lineamientos establecidos por éste. Salvo autorización expresa y escrita de las partes ningún funcionario, podrá utilizar el nombre, emblema o sello oficial de la otra parte para fines publicitarios o de cualquier otra índole.
ff. Entregar a LA CONTRATANTE toda la información y los documentos recopilados en desarrollo de la eje- cución del contrato, al finalizar el plazo del mismo, de conformidad con las normas y disposiciones vigentes. gg. Velar porque la CONTRATANTE o FINDETER o el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se mantenga indemne de cualquier reclamación de terceras personas, subcontratistas, proveedores y demás servicios
que de forma indirecta hayan sido requeridas para la ejecución del contrato
hh. Solventar a su xxxxx las reclamaciones que en su caso le resulten por daños o perjuicios a propiedades o terceras personas derivadas de la ejecución del contrato por acciones u omisiones imputables al CONTRA- TISTA, sus dependientes subordinados o subcontratistas.
ii. Presentar un informe final de ejecución que dé cuenta de las actividades realizadas en desarrollo del con- trato.
jj. Dar estricto cumplimiento a los lineamientos de Gestión Social y Reputacional, el cual hace parte integral de los términos de referencia y del contrato
kk. Realizar toma fotográfica aérea periódica del avance presentado en la ejecución del contrato.
ll. El programa de trabajo acordado será obligatorio para EL CONTRATISTA DE OBRA quien no podrá modi- ficarlo unilateralmente. La modificación del programa de trabajo deberá fundarse en causas plenamente justificadas y requerirá la aprobación escrita de LA CONTRATANTE, previo visto bueno de la INTERVEN- TORÍA. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla con el programa de trabajo, el Interventor le podrá exigir por escrito el aumento del número de turnos, la jornada de trabajo y/o el equipo, y, en general, las acciones necesarias para el cumplimiento del programa de trabajo, sin que por la realización de tales ac- ciones se genere costo adicional alguno para LA CONTRATANTE. La renuencia del CONTRATISTA DE OBRA a adoptar las medidas exigidas se considera como incumplimiento de conformidad con lo establecido
en el contrato, dando lugar a la aplicación de la cláusula penal de apremio prevista en el mismo. Tales requerimientos del INTERVENTOR no incrementarán el valor del contrato y estas condiciones se entienden aceptadas por el proponente con la entrega de la propuesta.
mm.Atender oportunamente los requerimientos que realice la entidad CONTRATANTE, Findeter o los organis- mos de control con ocasión de las obras ejecutadas y en razón a la liquidación del contratado.
nn. Mantener actualizado el Registro en la Cámara de Comercio durante la ejecución del contrato.
oo. Cuando el término de duración de la sociedad no contemple el término de liquidación del contrato y cinco
(5) años más, El CONTRATISTA se obliga a ampliarlo ante la Cámara de Comercio, para lo cual tendrá un plazo máximo de 30 días contados a partir de la adjudicación de la convocatoria, sin que este trámite sea requisito que impida la suscripción del contrato. La misma obligación aplica para el integrante del propo- nente plural persona jurídica.
pp. El contratista por su cuenta y riesgo deberá realizar todas las gestiones necesarias para el cumplimiento de las normas ambientales vigentes, incluyendo la tramitación y obtención de los Permisos, Licencias, Con- cesiones, etc., necesarios para la ejecución de las actividades contractuales
qq. El Contratista se obliga al cumplimiento de las normas ambientales vigentes, al desarrollo de buenas prác- ticas de ingeniería para la ejecución de obras que respeten el entorno natural y social del área de influencia en el cual se desarrollan
rr. Asumir los riesgos establecidos en la matriz de riesgos del proceso
ss. Dar cumplimiento a lo establecido en la normatividad colombiana en relación con los protocolos y elementos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
tt. Cuando el Contratista haya diligenciado la Opción 1 Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, El Contratista se compromete a adquirir los bienes nacionales relevantes definidos por la Entidad en los documentos de la convocatoria. En consecuencia, el Contratista debe adquirir los bienes que se encuentren en el Registro de Productores de Bienes Nacionales durante la ejecución del contrato.
uu. Cuando el Contratista haya diligenciado la Opción 1 Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, El Contratista Informará al interventor del contrato, la fecha de adquisición de los bienes nacionales relevantes para que este verifique que fueron obtenidos durante la vigencia del Registro de Productores de Bienes Nacionales correspondiente.
Parágrafo: En caso de que el Contratista incorpore bienes nacionales relevantes durante la ejecución del contrato, quedará exento de cumplir con las obligaciones relacionadas con su utilización cuando se de alguno de los siguientes supuestos:
i) El bien nacional relevante no esté registrado en el Registro de Productores Bienes Nacionales al momento de su adquisición.
ii) Los proveedores existentes no tienen la capacidad de suministrar el bien nacional relevante.
iii) El proveedor incrementa significativamente los precios del bien nacional relevante, por ausencia de otros proveedores que estén registrados en el Registro de Productores de Bienes Nacionales o sin que exista una justificación por condiciones xx xxxxxxx, dificultando de manera grave la ejecución del contrato. Para estos efectos, las partes deberán agotar las siguientes actuaciones para que se configure el evento eximente de responsabilidad:
a) El Contratista comunicará al interventor del contrato la ocurrencia de uno de los supuestos eximentes de responsabilidad dentro de los 10 días contados a partir de su ocurrencia, incluyendo la información con soportes o documentos, y demás detalles que fueran pertinentes sobre su acontecimiento.
b) El interventor del contrato informará dentro de 5 días hábiles siguientes contados a partir de la
fecha de recibida la comunicación del Contratista, si efectivamente se configura o no uno de los supuestos definidos en este numeral.
c) En el evento que se compruebe la ocurrencia de uno de estos supuestos, el interventor verificará si es posible que el Proponente adquiera un bien de características técnicas iguales o superiores que se encuentre en el Registro de Productores de Bienes Nacionales. En caso de que sea viable le informará al Contratista el bien nacional relevante que deberá adquirir durante la ejecución del proyecto.
vv. Las demás que, por ley, los Términos de Referencia, del CONTRATO correspondan o sean necesarias para el cabal cumplimiento del mismo.
20.2. OBLIGACIONES FINANCIERAS
a. Verificar junto con el interventor o supervisor, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscri- birse el acta respectiva, de manera mensual o quincenal.
b. Realizar mensualmente un análisis del avance financiero del contrato con los debidos soportes, a fin de prever, con la suficiente anticipación, eventuales necesidades de modificaciones o medidas que la CON- TRATANTE o el CONTRATISTA deban tomar para asegurar el flujo de fondos del contrato.
c. Asumir el pago de impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas, departamentales y municipales donde se desarrolle el contrato, así como las erogaciones necesarias para la ejecución del mismo. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de su propuesta económica.
d. Radicar las facturas correspondientes a las actas de recibo parcial de obra. Para adelantar el trámite y aprobación de las facturas, deberá presentar a la INTERVENTORÍA, el informe o productos que corres- ponda, así como de los comprobantes de afiliación y pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral (pensiones, salud y riesgos profesionales) y parafiscales del personal destinado a la ejecu- ción del contrato.
e. Cumplir el estatuto tributario colombiano en su integridad, asumiendo la totalidad de la carga tributaria generada con ocasión de la celebración y ejecución del contrato.
f. Suscribir el Acta de liquidación del contrato, una vez se cumplan todas las obligaciones necesarias para tal fin, tales como, la terminación del contrato suscrito por las partes, la debida entrega del archivo a FINDE- TER y la aprobación por parte de la interventoría de los documentos de liquidación finales presentados a la terminación del contrato. En todo caso el trámite de suscripción de la respectiva acta de liquidación deberá corresponder a los procedimientos establecidos por FINDETER.
20.3. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
a. Contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable.
b. El Director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA DE OBRA y para decidir con el Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales.
c. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, para el personal que aplique según las normas colombianas.
d. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materia.
e. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA DE OBRA al momento de la presentación de su propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del contratista con LA CONTRATANTE.
f. Observar el desempeño del personal vinculado al proyecto, exigiéndole una dirección competente, el cum- plimiento de normas de seguridad industrial y de tipo ambiental.
g. Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, de conformidad con lo establecido en los tér- minos de referencia y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas.
h. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa
i. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industria, elementos de bioseguridad y la dotación de su personal. LA CONTRA- TANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial.
j. Presentar al Interventor, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL o so- portes de pago al sistema de seguridad social de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoría.
k. Presentar mensualmente al interventor, según sea el caso, las respectivas afiliaciones o soportes de pago al sistema de seguridad social integral y ARL de su personal.
l. El CONTRATISTA deberá vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un setenta por ciento (70%) del personal de obra no calificado de la región, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria donde se está desarrollando el proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido en la zona beneficiaria, se podrá llevar a cabo su contratación con habitantes de las zonas aledañas al Proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificación.
m. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista de obra demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circuns- tancias que afecten la ejecución de la obra, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje.
n. Dar cumplimiento a lo establecido en el acápite de personal mínimo requerido en relación con el artículo 3 del decreto 1860 del 2021 que adiciona el artículo 2.2.1.2.4.2.16 a la Subsección 2 de la Sección 4 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015.
20.4. OBLIGACIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA U ORDEN DE INICIO DEL CONTRATO
Dentro de los TRES (3) días siguientes a la suscripción del contrato, previo a la suscripción del acta de inicio o emisión de la Orden de Inicio del Contrato, el Interventor verificará y aprobará el cumplimiento, entre otros, de los siguientes requisitos:
a. EL CONTRATISTA entregará en los tiempos establecidos, los documentos soporte que acrediten la calidad y experiencia del personal profesional requeridos la ejecución del contrato. El INTERVENTOR verificará y aprobará el cumplimiento de los perfiles mínimos exigidos para los profesionales definidos en la oferta para la ejecución del contrato. Igualmente verificará los contratos de trabajo y/o los con- tratos de prestación de servicios suscritos entre el personal y el CONTRATISTA DE OBRA o uno de los integrantes del proponente plural. Así mismo, verificará los soportes de afiliación y pago xx xxxx- ridad social integral vigente de todo el personal propuesto.
b. EL CONTRATISTA DE OBRA entregará en los tiempos establecidos, los documentos que contengan la metodología y programación de actividades. El INTERVENTOR aprobará la metodología y progra- mación de actividades presentada por el CONTRATISTA, en la cual se establecerá la programación incluyendo secuencias, duración (fecha de inicio y fecha de terminación), responsable, recursos físi- cos (maquinaria y/o equipos) y humanos, con sus respectivos rendimientos, método de seguimiento y monitoreo a la programación utilizando un software tipo Project, o similar, en un diagrama xx xxxxxx discriminado por semanas y conteniendo para la programación con rendimiento e insumos para el respectivo seguimiento y control.
c. El INTERVENTOR revisará que los amparos correspondientes a las garantías del contrato correspon- dan con lo exigido en el presente documento, para efectos de su presentación y aprobación por parte de la CONTRATANTE.
d. El CONTRATISTA DE OBRA, deberá además presentar previo al inicio a la Interventoría y/o la CON- TRATANTE, para su aprobación el análisis de los precios unitarios (APU´S) que soportan la propuesta económica presentada por el CONTRATISTA.
e. Adicionalmente deberá presentar de forma discriminada el cálculo del AIU de la Obra Civil estimado para la elaboración de su propuesta económica.
f. Si vencidos los plazos para la suscripción del acta de inicio y cumplidos los requisitos previos para la suscripción de los mismos no se procede con la firma del documento por causa injustificada, la entidad podrá expedir la orden de inicio del contrato.
g. Si por circunstancias imputables al CONTRATISTA DE OBRA o cuyo riesgo de concreción fue asumido por éste, resulta necesario la prórroga del plazo para la ejecución del contrato y como consecuencia de ello debe adicionarse el valor del contrato de interventoría, LA CONTRATANTE, descontará dicho valor de las sumas que a EL CONTRATISTA DE OBRA se le adeuden; en caso tal de que no sea posible efectuar dicho descuento, LA CONTRATANTE podrá reclamarlo judicialmente. De tal descuento se deberá dejar constancia en el documento de prórroga. Lo anterior, sin perjuicio de la exigibilidad o efectividad de la cláusula penal o de las acciones que pueda iniciar LA
CONTRATANTE para obtener la indemnización de los perjuicios adicionales que tales circunstancias le generen
20.5. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA ADECUACIÓN DEL SITIO DE LAS OBRAS
a. Obtener el suministro de los servicios públicos provisionales para la ejecución de la obra y mantener su provisión durante el tiempo necesario, y al término de su uso deberá presentar los recibos de pago de los mismos.
b. Responder por el suministro y pago de los servicios públicos producto del consumo necesario para la eje- cución del objeto del contrato, así como por las adecuaciones de las redes requeridas para la obtención del servicio.
c. Realizar la construcción del campamento de obra con un área mínima de 40 m2, cuya ubicación deberá contar con la aprobación de la interventoría.
d. Realizar el cerramiento provisional de la obra o de las zonas por intervenir, de acuerdo con el diseño que se apruebe por la INTERVENTORÍA, que proteja los sitios de construcción de la obra del acceso de perso- nas ajenas a los trabajos, evite perturbaciones de tránsito, incomodidades a los vecinos, que garantice el no ingreso de personas ajenas a la obra. Deberá tener como mínimo dos (2) metros de altura y la totalidad de la señalización preventiva necesaria para la segura circulación del personal de obra, vecinos y terceros, incluyendo un plan de movilidad para de igual forma, deberá realizar el mantenimiento del campamento y del cerramiento, durante toda la ejecución de la obra. Estos costos están asumidos en la Administración del proyecto.
20.6. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
a. Ejecutar la obra con todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales y los demás elementos nece- sarios, asegurándose oportunidad y eficiencia para los frentes de trabajo y jornadas solicitadas por el Inter- ventor; de acuerdo con la propuesta presentada por el CONTRATISTA DE OBRA.
b. Suministrar todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales e insumos en las fechas indicadas en la programación detallada de la obra, cumpliendo oportunamente, entre otros aspectos, con el envío y recepción de los mismos en el sitio de la obra.
c. Adquirir los materiales xx xxxxxxx y proveedores que cuenten con todos sus permisos y licencias requeridas para su explotación. El CONTRATISTA DE OBRA deberá contar con la cantidad suficiente de materiales para no retrasar el avance de los trabajos.
d. Garantizar y acreditar ante la INTERVENTORÍA, la certificación de calidad de los materiales y elementos utilizados para la ejecución de la obra mediante la presentación de los respectivos ensayos de laboratorio y el plan metrológico de los equipos a utilizar.
e. Garantizar para la obra, la señalización y la seguridad en la misma. Para ello deberá mantener los frentes de obra y de acopio de materiales debidamente señalizados con cinta de demarcación a tres líneas y con soportes tubulares.
f. Realizar, por su cuenta y riesgo, todos los ensayos de laboratorio vigentes y las demás pruebas que se requieran o soliciten para verificar la calidad de los materiales y los demás elementos que se instalen en la obra. En cumplimiento de esta obligación, EL CONTRATISTA DE OBRA deberá presentar a la interventoría los documentos que permitan acreditar que los equipos utilizados para los diferentes ensayos se encuen- tren debidamente calibrados.
20.7. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
a. Antes de iniciar la obra, EL CONTRATISTA, debe presentar a EL INTERVENTOR, un programa de trabajo que permita establecer la secuencia constructiva, metodología y los plazos de cada uno de los componen- tes de la obra.
b. Realizar las actas de vecindad debidamente firmadas por el contratista de obra, Interventoría y propietario o habitante de los predios aledaños que correspondan en desarrollo del presente contrato, o en compañía de la Interventoría, en la cual se hará una inspección ocular, registrando con fotos y audiovisuales las estructuras vecinas y estado actual del área a intervenir. Al final de la ejecución se deberá levantar las respectivas actas de vecindad de cierre, en donde se dejará consignado según las actas de vecindad inicial, todas las observaciones y correcciones realizadas durante la ejecución del proyecto y que permitan estar x xxx y salvo por este concepto.
c. Efectuar las Reuniones de Socialización con la Comunidad y demás actores institucionales de acuerdo al componente de Comunicación, Divulgación y Acompañamiento Social estipulado en los Lineamientos de Gestión Social y Reputacional, anexo a la presente convocatoria.
d. Conformar un Comité de Sostenibilidad, durante la reunión de inicio con representantes comunitarios e institucionales, a través del cual se realice seguimiento ciudadano al proyecto; lo anterior de acuerdo al componente de Seguimiento y Evaluación estipulado en los Lineamientos de Gestión Social y Reputacional, anexo a la presente convocatoria.
e. El contratista de obra será el encargado y único responsable de entregar la obra funcionando en las condi- ciones contratadas.
f. Mantener tanto el personal de vigilancia como las medidas de seguridad en las áreas de intervención en donde se ejecute la obra durante la ejecución y cierre, balance financiero y ejecución del Proyecto hasta el recibo a satisfacción por parte de la Interventoría o el Ente Territorial.
g. Efectuar las reparaciones necesarias a las áreas intervenidas como consecuencia de los defectos de esta- bilidad, y a las áreas contiguas que presenten deterioro, incluso dentro del año siguiente a la entrega de las obras.
h. Xxxxxxx y reemplazar o reparar según el concepto del interventor, por su cuenta y riesgo, en el término indicado por el interventor o FINDETER O LA CONTRATANTE, toda actividad ejecutada que resulte defec- tuosa según el análisis de calidad, o que no cumpla las normas de calidad requeridas para la obra, ya sea por causa de los insumos o de la mano de obra.
i. Retirar los materiales sobrantes y entregar las áreas intervenidas en perfecto estado y limpieza con la periodicidad que estipule la autoridad ambiental local. En cualquier caso, ésta no podrá ser mayor de cua- renta y ocho (48) horas contadas a partir de la colocación de estos materiales.
j. Garantizar el cumplimiento de las normas vigentes sobre seguridad industrial para la ejecución del contrato, en especial en cuanto guarda relación con:
• Elementos de seguridad industrial necesarios para la totalidad del personal que interviene en las activida-
des de obra.
• Manipulación de equipos, herramientas, combustibles y todos los elementos que se utilicen para el cum-
plimiento del objeto contractual.
• Dotación xx xxxxxxx y vestido de labor y documento de identificación para todo el personal utilizado en la
ejecución de objeto contractual.
• Elementos y protocolos de bioseguridad.
k. Implementar para el desarrollo del contrato, frentes de trabajo simultáneos equivalentes a los componentes que tenga el proyecto a construirse o los que requiera para garantizar la ejecución del contrato en los plazos pactados contractualmente.
l. El CONTRATISTA DE OBRA deberá implementar, frentes de trabajo simultáneo, para la ejecución de las
obras de conformidad con lo solicitado por la Interventoría. Cada frente de trabajo deberá contar con el equipo suficiente que requiera el CONTRATISTA, para dar cumplimiento a la totalidad de compromisos adquiridos para cumplir con el alcance del proyecto, estas actividades, deberán estar especificadas de manera clara e independiente en la metodología de trabajo a implementar por parte del CONTRATISTA. Así mismo, deberá garantizar el equipo técnico suficiente para dar cumplimiento con el plazo, alcance y calidad requerida en las especificaciones técnicas del presente proceso. En caso de situaciones que llega- ran a alterar la ejecución normal de la obra, previa aprobación por parte de la INTERVENTORÍA, se podrá aumentar el número de frentes de trabajo para reducir el horario de la jornada.
m. Las jornadas de trabajo requeridas, deberán acordarse y conciliarse con la Interventoría indicando y de- jando expresas las horas de inicio y terminación, así mismo las jornadas adicionales.
n. Entregar los planos récord de la totalidad del proyecto dentro de los Quince (15) días calendarios siguientes a la terminación del contrato.
o. Reparar o reponer oportunamente y por su cuenta y riesgo, cualquier daño o perjuicio que se ocasione en el sitio de la obra con ocasión de la ejecución del proyecto.
p. Adoptar e implementar las medidas técnicas, sociales, ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e in- dustriales necesarias para no poner en peligro a las personas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus subcontratistas y proveedores.
q. Ejecutar las obras cumpliendo toda la normatividad técnica aplicable al proyecto, así como las especifica- ciones técnicas propias del mismo.
r. Implementar el Plan de aseguramiento de Calidad de la Obra.
s. Presentar un documento con las funciones y responsabilidades del personal requerido para la ejecución del contrato.
t. Realizar por su cuenta y riesgo, las pruebas requeridas a todas las redes de instalaciones y corregirlas, si es el caso, hasta la entrega a satisfacción a la interventoría.
u. El sistema constructivo propuesto por el CONTRATISTA DE OBRA deberá cumplir con las normas vigentes aplicables
v. El sistema constructivo propuesto deberá utilizar materiales de excelente calidad, garantizando su durabi- lidad y buen funcionamiento durante su vida en servicio.
w. Cumplir con las Especificaciones particulares y mínimas para el desarrollo del proyecto, Ver Anexo. “ES- PECIFICACIONES TÉCNICAS DE CONSTRUCCIÓN”.
x. Solicitar y justificar con la debida antelación a la interventoría las modificaciones contractuales que se lle- garen a presentar para la terminación de la obra, cuando así se requiera.
y. Asumir el costo de las visitas o consultas a la obra que se requieran de los especialistas que elaboraron la actualización de los diseños, planos, estudios técnicos y especificaciones de construcción, adicionales a las autorizadas previamente, con el propósito de hacer verificación al proyecto.
z. El contratista de obra debe garantizar la entrega de los suministros de tuberías, accesorios, equipos y demás en los diferentes frentes de obra donde se desarrollará el proyecto.
aa. Llevar una bitácora diaria de obra, esto es, una memoria diaria de todos los acontecimientos ocurridos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, así como de las órdenes de INTERVENTORÍA, de los conceptos de los especialistas en caso de ser necesarios, de la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, etc., de manera que se logre la comprensión general de la obra y el desarrollo de las actividades, de acuerdo con la programación detallada para la misma. Debe encontrarse debidamente fo- liada y firmada por el director de obra, el residente y el director de la INTERVENTORÍA. A ella tendrán acceso, cuando así lo requieran, los delegados de la CONTRATANTE.
bb. Previo al inicio de las obras y con el fin de garantizar la movilidad en los diferentes sectores a intervenir
durante la ejecución del proyecto, el contratista deberá realizar un plan de manejo de tránsito, teniendo en cuenta las particularidades, accesos, restricciones y demás requerimientos que la autoridad en la materia en el Municipio disponga. El Plan de Manejo de Tráfico deberá ser realizado por el contratista y deberá gestionar su aprobación por la Interventoría y por la autoridad competente para su respectiva divulgación.
20.8. OBLIGACIONES SOCIALES
a. Garantizar el desarrollo de un plan de gestión social y reputacional (PGSR), el cual debe seguir las indica- ciones respecto a componentes, actividades y productos entregables descritos en los lineamientos anexos.
b. Definir y detallar en el PGSR para cada componente: 1) actividades de interacción con los correspondientes actores y/o grupos; 2) propuestas metodológicas; 3) productos entregables con los correspondientes for- xxxxx de registro; 4) propuesta de posibles momentos y/o fechas de desarrollo.
c. Elaborar el cronograma de actividades (generales, mensuales y/o semanales), el cuál debe presentarse según la programación total del proyecto.
d. Dirigir e implementar cada componente y sus respectivas actividades con los actores y/o grupos poblacio- nales impactados y/o beneficiarios, así como los del área de influencia directa e indirecta, según corres- ponda y cuando se considere necesario.
e. Asistir y participar en cada una de las actividades ciudadanas, comunitarias e institucionales contempladas en el PGSR.
f. Mantener canales de comunicación constantes, con el fin de informar el cumplimiento del PGSR, así como las novedades del proyecto y/o programa.
g. Establecer mecanismos de alerta temprana sobre novedades y conflictividades generadas en y por el pro- yecto y/o programa, así como informarlas inmediatamente.
h. Atender y cumplir todas las solicitudes y requerimientos que se realicen encaminadas a fortalecer el proceso de acompañamiento social que requiera el proyecto.
i. Presupuestar y disponer de los recursos necesarios para la realización de las actividades sociales que se deriven dentro del proceso de acompañamiento comunitario.
j. Facilitar espacios y procesos de interacción comunitaria que beneficien el fortalecimiento del tejido social y el diálogo participativo; para ello se debe tener en cuenta y en la medida de lo posible, dar continuidad a los procesos de gestión social que se han realizado previa y/o simultáneamente en el área de influencia.
k. Garantizar que teniendo en cuenta las condiciones de emergencia sanitaria por COVID-19 decretada por el Gobierno Nacional, se va a desarrollar el proyecto y todos los productos descritos en el PGSR de manera virtual y/o presencial, dando cumplimiento al distanciamiento social y demás medidas de bioseguridad de- finidas a nivel nacional o desde las entidades territoriales.
l. Contar con el profesional social competente y que preferiblemente sea residente de la zona, ya que esto facilita el conocimiento del territorio, la cultura y las tradiciones regionales, con lo cual se aseguran las habilidades y capacidades de relacionamiento con los diferentes actores interesados. Adicionalmente esta propuesta de personal garantiza la atención de los grupos de interés sin restricciones en cuanto al tiempo, desplazamiento, presupuesto, entre otras, con lo cual se favorece el cumplimiento del PGSR.
20.9. OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS
a. Tramitar y obtener a su costo todos los permisos y/o licencias ambientales que se requieran en el desa- rrollo del proyecto, para lo cual deberá liderar, gestionar, coordinar, oficiar, impulsar y dirigir ante las dis- tintas autoridades del orden Nacional, y/o Distrital, las actuaciones pertinentes. Para tal efecto, dispondrá de todos los recursos físicos y humanos que sean necesarios y suficientes sin generar gastos adicionales
para la CONTRATANTE, hasta la obtención del resultado esperado, el cual es la expedición del Acto Administrativo emitido por la Autoridad competente, esto en caso de aplicar.
b. Realizar por su cuenta y riesgo, todos los ensayos de laboratorio, pruebas de presión hidrostática y desin- fección de tuberías, pruebas de estanqueidad y demás pruebas que apliquen de acuerdo con el proyecto que se soliciten por parte del INTERVENTOR y/o la CONTRATANTE para verificar la calidad de las obras, así como de los materiales y demás elementos que se instalen en la obra.
c. Presentar las Actas de Recibo Parcial de Obra, las cuales deberán contener el informe mensual, y las cuales deben ser aprobadas por la INTERVENTORÍA y avaladas por la CONTRATANTE y contener lo siguiente:
a) Cantidades de obra ejecutadas y sus respectivas memorias de cálculo.
b) Avance de cada una de las actividades programadas, análisis del avance y las acciones implementadas y a implementar para la ejecución correcta y en el tiempo de la obra
c) Registros fotográficos.
d) Resumen de las actividades realizadas en el mes, análisis y recomendaciones.
e) Resultados y análisis de los ensayos de materiales y demás pruebas realizadas.
f) Fotocopia de la bitácora o libro de obra.
g) Relación del personal empleado en la ejecución de la obra.
h) Informe de seguridad industrial.
i) Informe de manejo ambiental.
j) Informe de protocolos de bioseguridad.
k) Informe de gestión social.
l) Actualización del programa de ejecución de obra
m) Xxx y salvo, por todo concepto, de los proveedores.
n) Manual de operación y mantenimiento con las respectivas recomendaciones, ajustes y garantías de cali- dad de los materiales y equipos y correcto funcionamiento. El manual deberá indicar cómo funcionan, y cuál debe ser el mantenimiento de las obras ejecutadas.
d. Presentar informes mensuales, los cuales deberán ser aprobados por la INTERVENTORÍA y avalados por la CONTRATANTE
e. Presentar a la CONTRATANTE con la aprobación de la INTERVENTORÍA, en medio impreso y magnético el plan de Gestión de Riesgo.
f. EL CONTRATISTA deberá contar con una comisión de topografía disponible en obra para el replanteo de la misma y la verificación de niveles de excavación y funcionamiento de las obras construidas.
g. El CONTRATISTA no podrá ejecutar ítems o actividades de obra no previstos en el contrato, sin que previamente haya sido aprobado por la Interventoría y el Supervisor de la entidad CONTRATANTE, y se haya suscrito la respectiva modificación al contrato. Cualquier ítem que ejecute sin la celebración previa de la modificación al contrato, será asumido por cuenta y riesgo del CONTRATISTA, de manera que LA CONTRATANTE no reconocerá valores por tal concepto.
h. En los casos en los cuales se presenten eventos de fuerza mayor o caso fortuito que requieran la suspen- sión o prórroga de los contratos, se deberá presentar por parte del contratista de obra un análisis multicri- terio que permita concluir la modificación contractual pertinente (prórroga o suspensión), el cual debe ser aprobado por la interventoría.
i. Presentar Informe Final, el cual deberá ser aprobado por la INTERVENTORÍA y avalado por la CONTRA- TANTE
21. INTERVENTORÍA
La Interventoría será́ ejecutada por el contratista seleccionado para tal fin, lo cual será oportunamente
informado al CONTRATISTA. El interventor desempeñará las funciones previstas en los Términos de Referencia, Estudios Previos, la Ley y el Contrato.
El CONTRATISTA, con el objeto de garantizar el adecuado seguimiento y control de sus actividades, está en la obligación de conocer las disposiciones del Manual Operativo vigente del PATRIMONIO AUTÓNOMO y del Manual de Supervisión e INTERVENTORÍA de FINDETER que se encuentre vigente.
22. GARANTÍAS
EL CONTRATISTA garantizará el cumplimiento de las obligaciones que adquiere por el Contrato, mediante la constitución de una garantía o póliza, con las condiciones que se describen a continuación:
22.1. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
El proponente deberá constituir a su xxxxx, y presentar con su oferta, una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia que ampare la seriedad de la propuesta en FOR- MATO ENTRE PARTICULARES con las siguientes características:
1.EL PROPONENTE se constituirá como TOMADOR Y AFIANZADO, y EL CONTRATANTE como ASE- GURADO Y BENEFICIARIO.
CONTRATANTE: PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO-ASISTENCIA TECNICA FINDETER, identifi- cado con NIT 830.055.897-7.
2. Deberá contener expresamente el NÚMERO y el OBJETO de la convocatoria y tratándose de proponente plural, deberá indicar sus integrantes y porcentaje de participación.
3.Deberá señalar expresamente que la aseguradora cubre a LA CONTRATANTE de los perjuicios imputables al proponente, en los siguientes eventos:
a)La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
b) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el termino previsto en los términos de referencia o las reglas de participación se prorrogue, o cuando el termino previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prorrogas no excedan un término de tres (3) meses.
c) El retiro de la oferta después de vencido el termino fijado para la presentación de las propuestas.
d) La no presentación por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento exigida por LA ENTIDAD para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
4.Amparos: La Garantía de Seriedad deberá cubrir los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, y tendrá un carácter indemnizatorio.
5.Valor asegurado: La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.
6.Vigencia: Deberá tener una vigencia de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha prevista para el cierre del proceso, y en caso de la prórroga del cierre, deberá constituirse a partir de la nueva fecha dispuesta para el cierre.
NOTA 1. Presentada oportunamente la garantía, verificado que corresponde al proceso de selección, si no contiene los requerimientos de los términos de referencia, el proponente deberá́ aclarar o subsa- narlos, para luego remitir las modificaciones dentro del término perentorio fijado en el cronograma del proceso, so pena del rechazo de la oferta.
NOTA 2. Cuando en el texto de la garantía aportada no se evidencia sin lugar a dudas el pago de la misma, el proponente debe aportar el soporte de pago de la prima correspondiente en el cual se iden- tifique el numero de la póliza o la referencia de pago de la póliza allegada con la propuesta. No se admitirá la certificación de No expiración por falta de pago.
NOTA 3. Con la presentación oportuna de la propuesta, se entiende que la misma es irrevocable y que el proponente mantiene vigentes todas las condiciones durante toda la vigencia de la póliza, incluidas las prórrogas de los plazos que llegaren a presentarse en las respectivas adendas a los Términos de Referencia o con ocasión de la suspensión de la convocatoria
22.2. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO:
Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del con- tratista frente a la entidad, por razón de la celebración y ejecución del contrato, el estudio previo efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del mismo, se determinó la necesidad de establecer los siguientes amparos dentro de la garantía que el contratista deberá constituir y presentar a LA CONTRATANTE, expedidas por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, con los siguientes amparos, cobertura y vi- gencia:
AMPARO | MONTO XXX XXXXXX | VIGENCIA | RESPONSABLE |
Cumplimiento | 30% del valor del Contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más | CONTRATISTA |
De salarios, prestacio- nes sociales e indemni- zaciones laborales | 10% del valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. | |
Estabilidad y calidad de obra | 30% del valor del contrato | Vigente por Cinco (5) años contados a partir del acta de entrega y recibo final del contrato |
22.3. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
XXXXXX | XXXXX DEL AM- PARO | VIGENCIA | RESPONSABLE |
Responsabilidad Civil Extracontractual | 20% del valor del con- trato. | Vigente por el plazo de ejecución del contrato | CONTRATISTA |
Las garantías deberán aportarse para su aprobación acompañadas de los respectivos anexos y soportes de la misma y el soporte de pago de la prima correspondiente.
No será válido para el proceso la certificación de No expiración por falta de pago ni el soporte de la transacción electrónica.
La aprobación de las garantías por parte de LA CONTRATANTE es requisito previo para el inicio de la ejecución del contrato, razón por la cual, ningún contrato en el que se haya previsto la existencia de garantías podrá iniciar su ejecución sin la respectiva aprobación de estas.
23. CLAUSULAS ESPECIALES A TENER EN CUENTA
Teniendo en cuenta que el recurso asignado por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para ejecutarse en el contrato, corresponde a los recursos requeridos de acuerdo con el proyecto presentado por la ENTIDAD TERRITORIAL y que fueron viabilizados a través del mecanismo de viabilización de proyectos; en el evento de presentarse durante la ejecución del contrato un cambio en el alcance del proyecto o una variación en las actividades a ejecutar, que lleven a superar el valor del contrato, dicha situación debe ser planteada a la Interventoría y al Supervisor del contrato para que se proceda de conformidad con los procedimientos establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. En caso de aprobación se deberá proceder de conformidad con lo establecido para la adición del contrato.
23.1. CLAUSULA – INDEMNIDAD
El Contratista se obliga a:
a. Mantener indemne a EL CONTRATANTE, a FINDETER , al MVCT y a sus directivos, socios, miembros de la Junta Directiva, trabajadores, colaboradores, clientes, representantes o apoderados de cualquier reclamación, pleito, queja, demanda, sanción, condena o perjuicio fundamentados en actos u omisiones de EL CONTRATISTA, en ejecución del contrato.
b. Desplegar todas las acciones necesarias para evitar que sus empleados, familiares de los mismos, acreedores, contratistas, proveedores, subcontratistas o terceros presenten reclamaciones judiciales o extrajudiciales contra EL CONTRATANTE, FINDETER, o el MVCT con ocasión de acciones u omisiones suyas derivadas de la ejecución del contrato.
Todos los gastos que impliquen la defensa de los intereses del EL CONTRATANTE, FINDETER y el MVCT deberán ser asumidos por el contratista.
PARAGRAFO: Si durante la vigencia del contrato o con posterioridad se presentan reclamaciones judiciales o extrajudiciales contra LA CONTRATANTE ,FINDETER o el MVCT estos podrán requerir al contratista o vincularlo bajo cualquier figura procesal que resulte aplicable a su defensa o acordar con EL CONTRATISTA la estrategia de defensa que resulte más favorable a los intereses EL CONTRATANTE, FINDETER o el MVCT.
23.2. CONDICIONES SUSPENSIVAS Y RESOLUTORIAS
Posterior a la suscripción del contrato, y en el primer mes de ejecución del mismo, el contratista de obra deberá verificar la documentación del proyecto como estudios, diseños, planos, especificaciones técnicas, permisos ambientales, información predial, servidumbres y demás documentos que lo conforman, y confrontar además
esta información con las condiciones de campo. Si como resultado de la verificación, se evidencia alguno de los eventos listados a continuación, se entenderá que dicho presupuesto fáctico constituye una condición suspensiva tiempo en el cual no se reconocerán valores adicionales al contratista y que, de no ser resuelta, podrá dar origen a la resolución del contrato y a la cesación de los efectos que de éste se deriven.
• Condición suspensiva por oposición de la comunidad a la construcción del proyecto.
Si surtida la revisión del proyecto, se identifica oposición de la comunidad a la ejecución del mismo, el Ente Territorial con el apoyo del Contratista tendrá un plazo mínimo de DOS (2) MESES o un plazo mayor que podrá ser acordado entre las partes para solucionar dicha oposición. La oposición de la comunidad deberá ser suficiente para hacer imposible la ejecución total o parcial del proyecto, de tal forma que no pueda adoptarse una solución viable para la ejecución del mismo.
Es responsabilidad del CONTRATISTA evidenciar que persiste la oposición de la comunidad después de implementadas las acciones del Plan de Gestión Social que incluye las actividades de socialización, concertación y negociación, si hubiese lugar. Si al finalizar estas acciones permanece la oposición de los líderes y la comunidad, se deberá demostrar con la suficiencia de soportes, que no es posible continuar con la ejecución debido a esta situación.
Es responsabilidad de la INTERVENTORÍA verificar y corroborar la información y la documentación de respaldo entregado por el CONTRATISTA frente a la oposición de la comunidad.
Por tanto, se entenderá superada la condición suspensiva cuando dentro de los plazos establecidos el Ente Territorial con apoyo del Contratista de conformidad con las obligaciones derivadas del contrato y demás documentos de la convocatoria, obtengan la aprobación de la comunidad a la ejecución del proyecto. El plazo de la condición suspensiva comenzará a contabilizarse a partir de la fecha en que la CONTRATANTE informe por escrito al ENTE TERRITORIAL sobre la necesidad de la aprobación de la comunidad a la ejecución del proyecto.
Transcurrido el término para resolver la condición suspensiva y la misma no sea superada, ésta se entenderá fallida, y dará lugar a la terminación del contrato y la cesación de los efectos que de éste se deriven.
• Condición suspensiva por deficiencias en estudios y diseños:
Si surtida la revisión de los estudios y diseños del proyecto, y con la aprobación de la interventoría, se verifica la imposibilidad de ejecución de las obras, debido a la falencia en los estudios elaborados por el estructurador del proyecto, el Ente Territorial como beneficiario del mismo, tendrá un plazo mínimo de DOS (2) MESES o un plazo mayor que podrá ser acordado entre las partes para realizar los ajustes o complementaciones requeridos a los estudios o diseños.
Se entenderá superada la condición suspensiva cuando dentro de los plazos establecidos, el Ente Territorial realice los ajustes requeridos a los estudios o diseños del proyecto. Los tiempos de la condición suspensiva comenzaran a contabilizarse a partir de la fecha en que la CONTRATANTE informe por escrito al ENTE TERRITORIAL acerca de la necesidad de los ajustes requeridos para la ejecución del proyecto. Transcurrido el término para su resolución sin que se verifique su cumplimiento ésta se entenderá fallida, y se resolverá el contrato y la cesación de los efectos que de éste se deriven.
Si una vez realizados los ajustes se requiere la reformulación del proyecto por parte del Ministerio de Vivienda,
Ciudad y Territorio, y este emite concepto de NO viabilidad a la solicitud de reformulación realizada por el Ente Territorial, dará lugar a que se entienda fallida esta condición y se resolverá el contrato y la cesación de los efectos que de éste se deriven.
• Condición suspensiva por falta de permisos, licencias o autorizaciones:
Ocurre cuando el CONTRATISTA DE OBRA, como producto de la revisión efectuada a los estudios y diseños del proyecto, y con la aprobación de la interventoría, verifica la necesidad de obtener permisos, licencias o autorizaciones, para el desarrollo normal de las obras. Dicha condición deberá ser resuelta por la entidad territorial, en un plazo máximo de DOS (2) MESES o el plazo mayor acordado entre las partes, con el fin de obtener la totalidad de los permisos, licencias o autorizaciones requeridas.
Se entenderá superada la condición suspensiva cuando dentro de los plazos establecidos el Ente Territorial obtiene los permisos, licencias o autorizaciones requeridos para la ejecución del contrato. Los tiempos de la condición suspensiva comenzaran a contabilizarse a partir de la fecha en que la CONTRATANTE informe por escrito al ENTE TERRITORIAL acerca de la necesidad de trámite y obtención de permisos, licencias o autorizaciones.
Transcurrido el término para su resolución sin que se verifique su cumplimiento ésta se entenderá fallida, y se resolverá el contrato y la cesación de los efectos que de éste se deriven.
• Condición suspensiva por falta predios, servidumbres, permisos de paso y de otros requisitos prediales
Ocurre cuando el CONTRATISTA DE OBRA, como producto de la revisión efectuada a los estudios y diseños del proyecto, y con la aprobación de la interventoría, se verifica la necesidad de obtener predios, servidumbres, permisos de paso o de otros requisitos prediales para la ejecución del proyecto. Dicha condición deberá ser resuelta por el Ente Territorial en un plazo máximo de DOS (2) MESES o el plazo mayor acordado entre las partes, con el fin de obtener la totalidad de los predios y servidumbres de paso o de otros requisitos prediales necesarios para ejecutar la obra
Se entenderá superada la condición suspensiva cuando dentro de los plazos establecidos el Ente Territorial obtiene los predios, servidumbres, permisos de paso y de otros requisitos prediales requeridos para la ejecución del proyecto. Los tiempos de la condición suspensiva comenzarán a contabilizarse a partir de la fecha en que la CONTRATANTE informe por escrito al ENTE TERRITORIAL acerca de la necesidad de trámite y obtención de falta predios, servidumbres, permisos de paso y de otros requisitos prediales.
Transcurrido el término para su resolución sin que se verifique su cumplimiento ésta se entenderá fallida, y se resolverá el contrato y la cesación de los efectos que de éste se deriven.
Se tiene además que las siguientes situaciones en caso de llegar a presentarse darán lugar a la resolución del contrato:
1. Si la contratante tiene conocimiento que la adjudicación del contrato se obtuvo por medios fraudulentos o mediante engaño.
2. Una vez suscito el contrato, en el evento de no cumplir con los plazos previstos para aportar las garantías establecidas o que las mismas no sean aprobadas por causas imputables al contratista, se constituirá en causal resolutoria, sin perjuicio de que se haga efectiva la póliza de seriedad de la oferta. En aquel evento,
se suscribirá el contrato con el proponente clasificado en segundo lugar en el orden de elegibilidad y así sucesivamente
PARÁGRAFO PRIMERO: De no poder ser resuelta alguna de las condiciones suspensivas listadas y por lo tanto se presente el acaecimiento de la condición resolutoria por causales ajenas al contratista de obra, LA CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA el valor correspondiente a las obras ejecutadas y equipos instalados y recibidos a satisfacción por la interventoría del proyecto. El valor correspondiente a las obras ejecutadas se reconocerá previa verificación de su funcionalidad debidamente certificada por la interventoría. En ningún caso habrá lugar al reconocimiento de pagos por compensación alguna al contratista a título de indemnización.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Cuando a criterio de la interventoría del proyecto la condición resolutoria surja por una acción u omisión imputable al contratista, se entenderá que es responsable por la resolución del contrato y como consecuencia, LA CONTRATANTE podrá exigir a través de los medios establecidos en el contrato enervar la causal que suscitó el acaecimiento de la condición resolutoria o la indemnización de perjuicios.
Nota 1: Xxxxxxxx una o varias de las condiciones resolutorias anteriormente descritas para el proyecto por no superar alguna condición suspensiva , implica que los derechos y obligaciones del CONTRATO se extinguirán en los términos del artículo 1536 del Código Civil y por lo tanto en caso de que se dé, esto conlleva a que el mencionado contrato entrará en etapa de liquidación, sin que se cause ningún reconocimiento económico dis- tinto a lo realmente ejecutado del contrato a favor del Contratista ejecutor, lo cual implica que al suscribir el contrato, el contratista renuncia a cualquier reclamación al respecto.
Nota 2: En caso de acaecer todas o algunas de las condiciones resolutorias definidas anteriormente, después de que el Contratista haya implementado las acciones pertinentes que permitieran la no ocurrencia de dichos eventos, la Contratante informará por escrito al Contratista, y remitirá el Acta de liquidación del Contrato, sin que se cause ningún reconocimiento económico diferente al valor de lo ya reconocido en las actas de pago aprobadas, ni a reclamaciones por parte del CONTRATISTA.
24. CLÁUSULA DE GESTIÓN DE RIESGOS
Se encuentra necesario incluir el requisito de gestión de riesgos para el contratista en los siguientes términos:
24.1. GESTIÓN DE RIESGOS.
El CONTRATISTA, previamente a la celebración del contrato, ha hecho sus propios cálculos y estimaciones, con base en los cuales ha dimensionado su oferta. Tales estimaciones y cálculos deben haber considerado el contexto en el cual se ejecutará el contrato, así como todos los fenómenos que puedan afectar la ejecución de este.
En la ejecución del contrato, el CONTRATISTA se obliga a realizar todas las actividades y buenas prácticas que dicta el estado del arte en el campo del objeto contractual, con el fin de realizar la gestión de los riesgos que puedan afectar la ejecución del contrato. La gestión del riesgo establecida por el CONTRATISTA debe abarcar las etapas fundamentales:
Identificación: Esta etapa debe incorporar la identificación de los riesgos previsibles a administrar, debe realizarse previamente a la ejecución del contrato. En el evento en que el CONTRATISTA identifique nuevos riesgos o diferentes a los establecidos en la matriz de riesgos publicada con el proceso de selección, estos
deberán ser informados a la CONTRATANTE, para que, de ser necesario sean incluidos al contrato mediante la modificación contractual correspondiente.
Medición: Se debe realizar un análisis que permita medir la probabilidad de ocurrencia y el impacto de los riesgos identificados de forma tal que les permita realizar la priorización de estos y la determinación del perfil de riesgo inherente del contrato.
Control: Se deben establecer los respectivos controles que gestionen la probabilidad o el impacto de los riesgos identificados estableciendo claramente el responsable de ejecutar dichos controles. Como resultado de esta etapa se deberá poder establecer el perfil de riesgo residual del contrato.
Monitoreo: Se debe realizar un monitoreo continuo al perfil de riesgo residual a través de la definición de un proceso de seguimiento efectivo, que facilite la rápida detección y corrección de las deficiencias en la gestión de los riesgos identificados y que asegure que los controles funcionan adecuadamente. Este proceso debe realizarse con una periodicidad acorde con lo requerido en la ejecución del contrato.
Junto con el plan de trabajo y la metodología de ejecución del contrato, el Contratista deberá́ presentar a FINDETER como evidencia de la gestión del riesgo un documento que contenga la siguiente información como mínimo:
Las políticas establecidas para la gestión del riesgo las cuales deben considerar los roles y responsabilidades frente a la gestión de estos, así́ como una descripción general de las metodologías usadas para la obtención del perfil de riesgo residual.
Matriz de riesgos como instrumentos que le permita identificarlos de manera individualizada, evaluarlos o medirlos, controlarlos y monitorear los riesgos a los que se podría ver expuesta la ejecución del contrato.
TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO-MATRIZ DE RIESGOS
De acuerdo al proceso de la referencia, en la matriz xx xxxxxx contractuales que hace parte integral de los términos de referencia y por lo tanto del contrato que se suscriba, se establece la tipificación, estimación y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el proceso a adelantar; La matriz es resultado de un ejercicio de identificación, valoración y distribución de dichos riesgos.
Para el presente proceso contractual, entiéndase por riesgo en materia contractual, la probabilidad de ocurren- cia de eventos aleatorios que afecten el desarrollo del mismo, generando una variación sobre el resultado esperado, tanto en relación con los costos como con las actividades a desarrollar en la ejecución contractual.
Así las cosas, con respecto a la matriz, se deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La matriz de riesgos contractuales hace parte integral de los términos de referencia y por lo tanto del contrato que se suscriba.
2. Los proponentes declaran que para la preparación y presentación de su oferta conocieron, aceptaron, valoraron e incluyeron los riesgos contractuales contenidos en la matriz.
3. La estructura de matriz de riesgo previsibles se ha elaborado como resultado de un proceso de gestión
del conocimiento y lecciones aprendidas, retroalimentado por el equipo técnico y jurídico de FINDETER, en el marco de la estrategia de asistencia técnica - gestión del conocimiento de Findeter.
4. En el elemento de la asignación de riesgos, al indicar a una de las partes contractuales se entiende que ésta asume el 100% del riesgo.
De acuerdo con lo anterior, no procederán reclamaciones del contratista, basadas en la ocurrencia de alguno de los riesgos que se encuentren en cabeza de él, y, en consecuencia, la Contratante no hará ningún reconocimiento, ni ofrecerá garantía alguna, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el Contrato.
Si los interesados estiman que existen riesgos contractuales no previstos en la matriz de riesgos contractuales propuesta por la CONTRATANTE, deberán anunciarlo en la etapa de presentación de observaciones, para que sean evaluados, y de ser pertinentes, sean incorporados en la matriz referida. No será posible entonces alegar desequilibrio económico del contrato por factores que pudieron ser previstos en la etapa precontractual con base en el conocimiento de la convocatoria, los documentos y estudios del proyecto, así como de su contexto, y que no hayan sido anunciados por el contratista en dicha etapa.
Los mitigantes sugeridos al Contratista corresponden a tratamientos indicativos o sugeridos, sin perjuicio de que el Contratista pueda definir unos de mejor cobertura frente a la gestión de la probabilidad o impacto de los riesgos identificados.
Consecuente con lo anterior, partiendo de la debida diligencia y con fundamento en el principio de la buena fe precontractual de que trata el artículo 863 del Código de Comercio, que debe tener el proponente al realizar su oferta, se entiende que todos los riesgos previsibles del contrato fueron tenidos en cuenta al momento de elaborar su propuesta.
Una vez iniciado el contrato durante, es responsabilidad del Contratista junto a la gestión social, realizar la actualización de los controles de riesgos. La identificación de las probables oportunidades y riesgos que puede ocasionar la obra deben ser previstas y atendidas a tiempo, para evitar las conflictividades que puedan afectar el desarrollo, apropiación y sostenibilidad del proyecto. Para ello tener en cuenta el anexo correspondiente.
25. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Las partes acuerdan liquidar el contrato dentro de los seis (6) meses siguientes a su terminación. En caso de requerirse el recibo de las obras por parte de entidades territoriales, se liquidará dentro de los diez (10) meses siguientes a su terminación Para ello, se suscribirá el Acta correspondiente, en la cual constará el cierre contractual, balance financiero y de ejecución del contrato en todos los aspectos jurídicos, técnicos, económicos. Igualmente, se realizará un xxxxx xx xxxxxxx y se consignarán las prestaciones pendientes a cargo de las partes, con el fin de declararse x xxx y salvo por todo concepto. Así mismo, se incluirán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar y los acuerdos, transacciones y conciliaciones que logren las partes para poner fin a las divergencias que pudieran presentase. De otro lado, se incorporarán las salvedades que en su momento pudiera considerar EL INTERVENTOR.
De conformidad con la Política de Contratación de Servicios para Terceros de Findeter, en caso de que el Contratista de consultoría no se presente a la liquidación, previa notificación o convocatoria que le haga el Contratante, o no se llegue a un acuerdo sobre su contenido, el Contratante dentro de los dos (2) meses siguientes al agotamiento del plazo para liquidarlo de común acuerdo, elaborará el acta y dejará constancia de
la ejecución física y presupuestal del Contrato, de la funcionalidad del proyecto y de los demás aspectos relevantes.
En el evento de no agotarse la liquidación en la forma y plazos mencionados anteriormente, esta podrá realizarse dentro de los dos (2) años siguientes. Vencidos los términos anteriormente señalados sin lograrse la liquidación, la CONTRATANTE deberá diligenciar acta de cierre administrativo y liberación de recursos si existen saldos por liberar, y, en su defecto, si no hubo saldos por liberar, deberá incorporarse al expediente contractual certificación expedida por la CONTRATANTE acreditando tal circunstancia.
Cordialmente,
XXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX.
Gerente de Agua y Saneamiento Básico Xx.Xx.
XXXX XXXX XXXXXX XXXXX.
Vicepresidente Técnico.
Anexo: CD (Formato Oferta Económica, Anexo 1- Presupuesto Estimado, Matriz de Riesgo, Certificado de Disponibilidad de Recursos, Planos del Proyecto, Especificaciones Técnicas, Viabilización, Reformulaciones)
Preparó: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx -Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx – Profesional Gerencia de Agua y Saneamiento Básico Revisó: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx-. Profesional Vicepresidencia Técnica
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx - Xxxxx del xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx- Profesionales Jefatura de Contratación Derivada Vo Bo.: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx – Jefe de Contratación Derivada