Utiliza cuantos documentos sean necesarios según las personas que aparezcan) CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN
(Ten en cuenta que cada persona que aparezca en el vídeo debe ceder sus derechos de imagen al participante en el sorteo, a través de la cumplimentación de este contrato entre ambas partes.
Utiliza cuantos documentos sean necesarios según las personas que aparezcan)
CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN
En ..................................., a ......... de .............................. de ................................
REUNIDOS
De una parte, ............................................. mayor de edad, con DNI ...........................
con domicilio a efectos de notificaciones sito en en adelante EL
CEDENTE.
Y de otra, ........................................................ mayor de edad, con DNI .....................
con domicilio a efectos de notificaciones sito en en adelante EL
CESIONARIO.
Las partes actúan en su propio nombre y tienen suficiente capacidad legal para llevar a cabo este contrato, siendo responsables de la veracidad de sus manifestaciones. De común acuerdo,
EXPONEN
1. Que el cedente autoriza al cesionario a utilizar sus imágenes, fotografías, vídeos, material gráfico, etc. para la incorporación a un vídeo que promueve una alimentación variada y una vida saludable, que será publicado en redes sociales y otros medios y soportes audiovisuales, durante el tiempo que perduren estos publicados (con un total de dos años desde su publicación).
Las partes están interesadas en la formalización del presente CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN con sujeción a las siguientes,
CLÁUSULAS
I.- OBJETO DEL CONTRATO
El cedente concede su autorización al cesionario para el uso de su imagen en un video, utilizando los medios técnicos conocidos y los que puedan conocerse en el futuro, y siempre con la finalidad descrita: la creación y difusión sin limitaciones de un video que
contiene imágenes de la sociedad española siguiendo un estilo de vida saludable, a través de una vida activa y una alimentación variada y equilibrada.
II.- REGULACIÓN
El presente contrato se regula por lo establecido en el Art 18 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/1982 sobre derecho al honor, el Real Decreto 1/1996 sobre Propiedad Intelectual y demás legislación pertinente.
III.- DERECHOS Y OBLIGACIONES
El cesionario tiene el derecho de utilizar las imágenes para el uso concedido, siempre con la obligación de respetar el derecho al honor.
El cedente tiene derecho a que su utilización se limite a aquellas aplicaciones que no atenten contra el derecho al honor en los términos previstos en la Ley Orgánica 1/85, de 5 xx xxxx, de Protección Civil al Derecho al Honor, la Intimidad Personal y familiar y a la Propia Imagen.
IV.- LÍMITE DE LA CESIÓN
La autorización se otorga sin ninguna limitación territorial ni temporal, por lo que los derechos se conceden para su utilización en todo el mundo e ilimitadamente.
V.- REMUNERACIÓN
El cesionario no recibirá́ ninguna remuneración por la cesión de los derechos de imagen, y esta queda otorgada a título gratuito.
VI.- CESIÓN A TERCEROS
Se prohíbe la cesión de los derechos de imagen a terceras personas físicas o jurídicas.
VII.- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Para la resolución de los posibles conflictos que puedan surgir en torno a la interpretación del presente contrato, las partes se someten al sistema de arbitraje de resolución de conflictos.
Y las partes, encontrando conforme cuanto se ha expuesto y pactado en el presente documento privado, lo firman en el lugar y fecha mencionados.
Firma Firma
El cedente El cesionario