PLIEGO DE CONDICIONES ECONOMICO ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA EN EL TERMINO MUNICIPAL DE MONTILLA
PLIEGO DE CONDICIONES ECONOMICO ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA EN EL TERMINO MUNICIPAL XX XXXXXXXX
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
El objeto del contrato es la realización del servicio de LIMPIEZA VIARIA EN EL TERMINO MUNICIPAL XX XXXXXXXX, cuya codificación es CPV 90610000-6, de conformidad con lo indicado en el Pliego de Condiciones Técnicas elaborado.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
Dado que se trata de un contrato de servicios de valor estimado igual o superior a
209.000 euros, IVA excluido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y el artículo 4 de la Directiva 2014/24/UE, es un contrato sujeto a regulación armonizada.
La forma de adjudicación del contrato de servicios de LIMPIEZA VIARIA EN EL TERMINO MUNICIPAL XX XXXXXXXX será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y con lo establecido en el pliego de Condiciones Técnicas elaborado.
CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxxx.xx.
CLÁUSULA CUARTA. Importe del Contrato
El presupuesto base de licitación del contrato, asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL EUROS (465.000,00) ANUALES, el precio
anterior queda desglosado en un importe de CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL SETENCIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTISIETE CENTIMOS (422.727,27 €), más CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON SETENTA
Y TRES CENTIMOS (42.272,73 €), correspondiente al IVA (10%).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público la adjudicación definitiva en el presente expediente queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo, ya que su ejecución se iniciará en el ejercicio 2017 debiendo incluirse el importe necesario en el presupuesto de gastos.
El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de 2.536.363,62 €, (IVA excluido).
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del presente contrato será la establecido en el pliego de Condiciones Técnicas elaborado.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. Acreditación de la solvencia.
Para celebrar el presente contrato los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que a continuación se expresan o, en su defecto, la clasificación que en su caso y en la cláusulas correspondiente se indique.
La solvencia del empresario:
3.1. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse mediante la aportación del volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos igual al valor anual del presente contrato (IVA excluido). Este volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 11.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
3.2. La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la aportación de relación de los trabajos efectuados por el licitador en el curso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o
trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; siendo el requisito mínimo la acreditación de experiencia en la realización de servicios similares la del objeto de la presente licitación durante al menos cinco anualidades, por un importe mínimo cada anualidad equivalente al valor anual del presente contrato (IVA excluido).
CLÁUSULA SÉPTIMA. Clasificación del Contratista
No es exigible la clasificación del contratista, a tenor de lo establecido en el artículo 65 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y artículo 46 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
No obstante, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el subgrupo de clasificación correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia detallados en el presente pliego.
La clasificación mínima acreditativa de la solvencia por el empresario será la siguiente:
Grupo: U.- Subgrupo: 1 Categoría: 3.
CLÁUSULA OCTAVA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, en horario de atención al público, en el plazo de CUARENTA DIAS contados a partir del día siguiente al de la remisión de anuncio a la Comisión Europea. (reducción de 5 días por acceso por medios electrónicos a los pliegos y documentación complementaria, y reducción de 7 días por preparar y enviar el anuncio por medios electrónicos e informáticos).
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará
mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.
Las ofertas para tomar parte en la negociación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el candidato y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para licitar en el expediente de contratación del servicio de “LIMPIEZA VIARIA EN EL TERMINO MUNICIPAL XX XXXXXXXX” La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Documentación ponderable a través de juicio de valor.
— Sobre “C”: Propuesta económica y demás criterios valorables autómaticamente.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
Se presentará conforme al modelo que se acompaña como ANEXO I.
DOCUMENTACIÓN PONDERABLE A TRAVÉS DE JUICIOS DE VALOR
1.- Proyecto de prestación de servicios:
Incluirá la totalidad de la prestación de los servicios encomendados, desglosándose fundamentalmente en los siguientes puntos:
a).- Sectorización y zonificación para la prestación de los servicios, incluyendo la frecuencia de realización de cada una de las operaciones de limpieza propuestas en cada sector y en cada zona dentro del sector, en función de los niveles de limpieza a alcanzar y respetando los mínimos reflejados en el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT). Esta información se presentará en un plano (o los que el licitador considere necesarios para explicar suficientemente su propuesta).
Con la propuesta que realiza el licitador se pretende evaluar:
*El grado de conocimiento que posee de la población y sus necesidades.
*El grado de incremento de las frecuencias mínimas establecidas en el PPT.
*El grado de incremento de las operaciones de limpieza a realizar en cada sector/zona, por encima de las establecidas en el PPT.
*El área que abarca cada sector/zona y por ende, la extensión a la que se aplicará cada operación de limpieza y su frecuencia.
b).- Planificación operativa de los servicios ordinarios de limpieza, de los servicios específicos de limpieza y de los servicios especiales de limpieza. Contendrá al menos la información que se relaciona a continuación, excluyendo en cualquier caso la especificación técnica de cualquier medio material a emplear, puesto que se incluirá en el “sobre c”.
*Para las operaciones de barrido manual, mecánico, barrido de refuerzo y para la brigada de limpieza se especificará al menos lo siguiente:
-Calles donde se realizará cada operación e itinerarios a seguir por el operario/equipos de trabajo. Se presentará en uno o más planos.
-Especificación de los recursos empleados en cada operación, tanto humanos como mecánicos y materiales.
-Cálculo de rendimientos de cada operación en función de las características de las vías donde se desarrolle y por hora efectiva de trabajo.
*Para la limpieza de zonas verdes, parques y jardines, las zonas de aparcamiento municipal al aire libre, los parques caninos, los sumideros, rejillas y espacios huecos en pasos de peatones elevados, así como los pasos aéreos y subterráneos y zonas colindantes, se definirán los medios materiales y humanos que se emplearán, su dedicación y las frecuencias
y tipo de operaciones de limpieza que se proponen.
*Para la limpieza y retirada de excrementos y deyecciones de animales, se definirán los medios, equipos de repaso, frecuencias y atención de avisos recogidos a lo largo del día para la correcta prestación de este servicio. En caso de que se utilicen productos repelentes o que eviten que las micciones de animales se adhieran y/o penetren sobre las superficies de pavimentos o fachadas, en este apartado solamente se podrá referir su uso e incluir la ficha técnica del producto, sin especificar la cantidad de superficie sobre la que se aplicará dicho producto, puesto que esta información se contendrá en el “sobre c”.
*Para todos los servicios específicos de limpieza se indicarán los medios materiales y humanos que se emplearán, su dedicación y las frecuencias y tipo de operaciones de limpieza que se proponen.
*Para atender el servicio de limpieza xxx Xxxxxxxxxx, se especificará al menos:
-Las operaciones de limpieza a realizar
-Los medios materiales y humanos puestos a disposición de este servicio
-La organización que se considere más adecuada para la zona afectada por la venta ambulante y la recogida de todos los residuos resultantes.
*Para el resto de los servicios especiales de limpieza, se indicarán los medios a disponer para la realización de las labores, detallando claramente los equipos, grado de dedicación y la metodología de limpieza. Para el caso de que el licitador pretenda utilizar un producto que evite la adhesión xx xxxx en el pavimento, en este apartado solamente podrá referirlo e incluir la ficha técnica del producto, sin hacer mención expresa a la cantidad de superficie en la que se aplicará, puesto que esta información se incluirá en el “sobre c”
*En el caso de emergencias o eventualidades que pudieran surgir, los licitadores propondrán un protocolo de actuación donde se incluyan los tiempos de respuesta.
c).- Descripción de los medios humanos asignados al Servicio, con el siguiente desglose:
*Organigrama detallado de todos los elementos personales aportados, incluyendo relación de puestos de mando previsto a todos los niveles con sus funciones generales.
*Puestos de trabajo, calificación profesional, turno u horario y porcentaje de adscripción al servicio.
*Relación detallada de las prendas de vestuario, así como del material auxiliar que va a emplear cada operario.
d).- Sistemas de control (informes, registros, justificantes,software, etc.) que permitan proporcionar al Ayuntamiento todos los datos requeridos en orden a la justificación de los trabajos realizados y su calidad. En el caso de que en su oferta incluyan la utilización de sistemas de transmisión de localización en los equipos adscritos al servicio, en este apartado no se especificará número, puesto que esta información se incluirá en el “Sobre c”.
e).- Instalaciones fijas: El licitador deberá indicar en su propuesta el número de instalaciones, dimensión, equipamiento y ubicación de las mismas.
f).- Campañas de concienciación.
Los licitadores propondrán un Plan de Concienciación y Divulgación ciudadana, debiendo contemplar los siguientes aspectos:
*Propuesta de la programación anual de la campaña
*Metodología y forma de actuación, si bien no se desarrollará de una manera exhaustiva.
*Establecer compromisos con respecto a la imagen corporativa municipal “Montilla Brilla en tu Mirada”, en relación a los profesionales, vehículos, medios materiales e instalaciones fijas.
*Deberán dar a conocer los distintos aspectos del servicio desde el criterio de sostenibilidad en sus tres vertientes (ambiental, económico y social) informando de los resultados y su evolución.
2.- Plan de baldeo (en su caso):
Se indicará con todo detalle y para cada sector/zona:
*Calles donde prevén los licitadores realizar cada tipo de baldeo y frecuencia anual en cada una.
*Constitución de los equipos indicando personal, características de la maquinaria, material, etc. (Se incluirán fichas técnicas
*Rendimientos
*Horarios.
En este apartado se valorará la frecuencia de baldeo así como la superficie baldeada, junto con la incorporación de sistemas que optimicen el consumo de agua debidamente justificado. Se podrán incluir fichas técnicas en este apartado para justificar este aspecto.
3.- Maquinaria específica no exigida obligatoriamente:
Propuesta de maquinaria y/o medios específicos diferentes a los recogidos en el pliego y que mejore la calidad, la eficiencia y/o eficacia de los trabajos relacionados en el pliego de prescripciones técnicas (en su caso). Se deberá justificar razonadamente la ventaja que aporta al servicio, lo cual será objeto de valoración o de desestimación de la mejora, así como si incorpora algún sistema de ahorro de agua, en su caso, debidamente justificado, será valorado.
4.- Bases bolsa de trabajo:
Propuesta de bases para la elaboración de una bolsa de trabajo para cubrir las posibles sustituciones de los servicios de este contrato (en su caso).
5.- Pipi-can:
Propuesta de instalación de nuevos pipí-can en parques y jardines donde actualmente no existan. Se detallarán sus características, número y propuesta de ubicación (en su caso).
Las empresas licitadoras vendrán obligadas a presentar la documentación de la oferta técnica redactada en letra Arial con tamaño 12 e interlineado 1,5, en formato A-4 a doble cara sobre papel de gramaje no inferior a 80 gr/m2. Los planos se presentarán en formato A-3. La extensión máxima de la oferta no excederá de las 100 hojas impresas a dos caras, planos aparte.
Las empresas licitadoras presentarán en formato digital pdf copia de la oferta técnica presentada, por una parte en un fichero corrido que recoja la totalidad de documentación escrita y gráfica correctamente ordenada de manera secuencial y por otra parte, un pdf corrido por cada tomo de documentación que de que conste la oferta técnica. En la carpeta raíz del citado soporte informático (pendrive, cd o dvd) figurará un fichero pdf denominado índice de la oferta técnica.
OFERTA ECONÓMICA Y DEMAS CRITERIOS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA.
Se presentará conforme al modelo que se acompaña como ANEXO II.
Igualmente se acompañará Estudio económico de la oferta, incluyendo como mínimo los siguientes apartados:
1.- Estudio económico de la oferta:
- Cuadrados de precios unitarios de personal, según categoría y clasificación de los trabajos.
- Cuadro de precios unitarios del vestuario y material auxiliar del personal.
- Cuadros de precios unitarios de Instalaciones.
- Cuadros de precios unitarios de Maquinaria.
- Cuadros de precios unitarios de Consumibles.
- Precios de la/las campaña de concienciación.
- Precio unitario de papelera/s diferentes a las recogidas en el Anexo 5 (en su caso)
2.- Descripción de la maquinaria:
El licitador deberá hacer constar, expresa y destalladamente en su oferta, la totalidad del material que considera oportuno adscribir para la adecuada realización del servicio,
indicando el número (rellenar Anexo II de este Pliego) y características técnicas y físicas de cada tipo (aportando planos, croquis, esquemas, fotografias, datos técnicos, datos medioambientales, y cuanto datos crean necesarios aportar, a fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos.)
3.- Papeleras.
Descripción y justificación de nuevas tipologías de papeleras a incluir, junto con sus fichas técnicas (en su caso).
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los siguientes criterios:
A).- Criterios sujetos a juicio de valor, hasta 30 puntos, que se otorgarán en base a lo siguiente:
Proyecto de Prestación del servicio: Se valorará: la coherencia general de la propuesta, la idoneidad de la sectorización, el incremento de crecuencias mínimas, la mejora de las operaciones de limpieza mínima, los tiempos de respuesta y la coherencia del protocolo de actuación ante emergencias/eventualidades, la propuesta de sistemas de control de los servicios prestados y la calidad de las campañas de concienciación. | Hasta 10 puntos |
Propuesta de bases para la elaboración de una bolsa de trabajo para cubrir las posibles sustituciones de los servicios de este contrato | Hasta 2 puntos |
Propuesta de maquinaria y/o medios adicionales específicos diferentes a la recogida en el pliego y que mejore la calidad, la eficiencia y/o eficacia de los trabajos relacionados en el pliego. Se valorará la ventaja que aporta al servicio, así como si incorpora algún sistema de ahorro de agua, en su caso. | Hasta 5 puntos |
Plan de baldeo: Se valorará la frecuencia de baldeo asi como la superficie baldeada, asi como la incorporación de sistemas que optimicen el consumo de agua debidamente justificado. | Hasta 10 puntos |
Instalación de nuevos pipi-can en parques y jardines donde actualmente no existan. Se valorarán sus características, número y | Hasta 3 puntos |
propuesta de ubicación |
B).- Criterios cuantificables de forma automática (hasta 35 puntos):
1.- Oferta económica: Entendiendo que la mejor oferta sería aquella que aplicara una mejora del 10% sobre el presupuesto base de licitación anual (384.297,52 €), ya que cualquier otra oferta superior sería considerada desproporcionada; a la citada oferta que incluya esa mejora del 10%, se le aplicará la máxima puntuación, es decir, 35 puntos, correspondiendo 0 puntos a aquellas ofertas que no supongan mejoras sobre el precio de licitación. El resto de ofertas se distribuirá proporcionalmente, según la siguiente fórmula:
Fórmula: P i =P×(1−([O i −O m ]/ O l ))
Donde:
P i = puntuación del licitador “i”
P = puntuación máxima a conceder según el pliego: 35 puntos
Oi = oferta del licitador “i”
O m = menor oferta presentada
Ol = precio de licitación
2.- Mejoras sobre el contrato, que se valorarán hasta 35 puntos, según el siguiente
detalle:
Aumento y reposición de papeleras existentes, según los modelos que se indican en el Anexo 5 ● Modelos 1 y 2…….. 0.05 puntos/ papelera y año hasta …0.5 puntos ● Modelo 3 …….. 0.15 puntos/ papelera y año hasta 0.75 puntos ● Modelo 4…….. 0.50 puntos/ papelera y año hasta 1.50 puntos ● Modelo 5…….. 0.09 puntos/ papelera y año hasta 0.45 puntos ● Modelo 6…….. 0.30 puntos/ papelera y año hasta 1.80 puntos | Hasta 5 puntos |
Vehículos, equipos o herramientas recogidas en el Anexo 4 que minimicen la contaminación tanto acústica como energética (baterías eléctricas). ● Por cada vehículo auxiliar de transporte. 4.00 puntos (hasta 4.0 puntos) ● Por cada sopladora 0.50 puntos (hasta 2.5 puntos) ● Por cada desbrozadora 0.25 puntos (hasta 0.25 puntos) | Hasta 6.75 puntos |
Vehículos adicionales a los exigidos en el Anexo 4. ● Por cada vehículo auxiliar de transporte/inspección eléctrico ...11 puntos (hasta 11 puntos) | Hasta 12,25 puntos |
● Por cada sopladora eléctrica. 0.75 puntos (hasta 0.75 puntos) ● Por cada desbrozadora eléctrica 0.50 puntos (hasta 0.50 puntos) | |
Utilización de producto antiadherente, que evite la adhesión de la cera de Semana Santa en el pavimento cada año durante la vigencia del contrato: ● Por cada m2 tratado al año… 0.004 puntos | Hasta 2.00 puntos |
Incorporación de sistemas de transmisión de localización en equipos adscritos al servicio ● Por cada sistema de localización incorporado….0.30 puntos (hasta 14 sistemas de localización) | Hasta 4.00 puntos |
Utilización de producto repelente de orines en pavimento y fachadas cada año durante la vigencia del contrato: ● Por cada m2 tratado al año… 0.01 puntos | Hasta 5.00 puntos |
CLÁUSULA DÉCIMA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
La Mesa de Contratación, estará constituida por el Sr. Alcalde y formarán parte como vocales, el Concejal con competencias delegadas en materia de Hacienda el Concejal con competencias delegadas en materia de Servicios Públicos, el Secretario General de la Corporación y el Interventor, actuando como Secretario un funcionario de la Corporación.
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de
la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el artículo 211 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Apertura de Proposiciones
La Mesa de Contratación se constituirá el tercer día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 12’00 horas, procederá a la apertura de los Sobres
«A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «B», que contienen los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor.
Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Requerimiento de Documentación
Reunida de nuevo la Mesa de Contratación, se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor. A continuación se procederá a la apertura de los sobres «C».
A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (Sobre «B») y de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre «C»), la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el art. 146.1 del
Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, asi como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Garantía Definitiva
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación total del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo no podrá formalizarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiere interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Derechos y Obligaciones del Adjudicatario
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en el pliego de Condiciones Técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El adjudicatario deberá aportar, en el plazo de quince días a contar desde la formalización del contrato, un cronograma de implantación del servicio en el que como mínimo deberán incluir:
Contratación del personal
● Suministro e instalación de la maquinaria adscrita al servicio y aquellas mejoras que hayan sido ofertadas.
● Instalaciones fijas.
En cualquier caso, la prestación del servicio deberá dar comienzo en el plazo máximo de dos meses desde la firma del contrato. A partir de ese momento será exigible la prestación del servicio en toda su extensión de conformidad con la oferta comprometida y aceptada por el Ayuntamiento.
El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
Gastos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación hasta el límite máximo de 1500 euros de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, para los supuestos de subcontratación.
CLÁUSULA DECIMOSEPTIMA. Revisión de Precios
No proceden.
CLÁUSULA DECIMO OCTAVA. Ejecución del Contrato
El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto de este pliego, con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente Pliego de Condiciones y en el Pliego de Condiciones Técnicas, oferta por el mismo presentada y a las órdenes que esta Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado, el cual será fiscalizado en todo momento por el Ayuntamiento.
El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Dichos pagos se justificarán con facturas expedidas por la empresa adjudicataria, las cuales serán conformadas por el Ayuntamiento, y se tramitaran en la forma reglamentaria.
El abono de la prestación del Servicio se realizará por factura mensual, a mes vencido, como consecuencia de los trabajos realizados en mes anterior, informadas por la persona Responsable Municipal del Contrato y aceptadas por el Ayuntamiento. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 3 del apartado D del capítulo III xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
El plazo de garantía será de un mes a contar desde la fecha en que tenga lugar la recepción o conformidad con la realización del objeto del contrato, la cual vendrá reflejada en el correspondiente acta levantada al efecto.
CLÁUSULA DECIMO NOVENA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 237 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego y en el Pliego de Condiciones Técnicas, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real
Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
A N E X O I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad
, con CIF n.º , a efectos de su participación en la licitación para la contratación del servicio de LIMPIEZA VIARIA EN EL TERMINO MUNICIPAL XX XXXXXXXX
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA EN EL TERMINO MUNICIPAL XX XXXXXXXX.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato, en concreto:
— Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
— Que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
— Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 .
Firma del declarante,
Fdo.: »
A N E X O II
OFERTA ECONÓMICA Y DEMAS CRITERIOS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/ , n.º , con DNI n.º
, en representación de la Entidad
, con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación del “SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA EN EL TERMINO MUNICIPAL XX XXXXXXXX”, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, hago constar que conozco los pliegos que sirven de base al contrato y los acepto íntegramente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el
importe máximo ANUAL de
correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
euros y
euros
Al mismo tiempo oferta las MEJORAS, en base a los criterios establecidos en la Clausulas Novena, B) 2, xxx Xxxxxx de Clausulas Administrativas que se detallan en documento anexo.
Aumento y reposición de papeleras existentes, según los modelos que se indican en el Anexo 5 y su propuesta de nuevo modelo en su caso. |
(indicar numero) de Papeleras de los Modelos 1 y 2 (indicar numero) de Papeleras del Modelo 3 (indicar numero) de Papeleras del Modelo 4 (indicar numero) de Papeleras del Modelo 5 (indicar numero) de Papeleras del Modelo 6 (indicar numero) de Papeleras del modelo propuesto 1 (en su caso) (indicar numero) de Papeleras del modelo propuesto 2 (en su caso) |
Vehículos, equipos o herramientas recogidas en el Anexo 4 dele Pliego de Prescripciones Técnicas que minimicen la contaminación tanto acústica como energética (baterías eléctricas). Incluir Fichas Técnicas. |
(indicar numero) de vehículos auxiliares de transporte (indicar numero) de sopladoras |
(indicar numero) de desbrozadoras |
Vehículos adicionales a los exigidos en el Anexo 4 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (incluir Fichas Técnicas): |
(indicar numero) de vehículos auxiliares de transporte/inspección eléctrico. (indicar numero) de sopladoras eléctricas (indicar numero) de desbrozadoras eléctricas. |
Utilización de producto antiadherente, que evite la adhesión de la cera de Semana Santa en el pavimento cada año durante la vigencia del contrato: |
m2 de tratamiento anual |
Incorporación de sistemas de transmisión de localización en equipos adscritos al servicio |
(indicar número) de sistemas de localización incorporados |
Utilización de producto repelente de orines en pavimento y fachadas cada año durante la vigencia del contrato: |
m2 de tratamiento anual |
Se acompaña Estudio económico de la oferta, de conformidad con lo indicado en el Pliego de Condiciones Económico Administrativas.
En , a de de 20 .
Firma del proponente.
Fdo.: ».