CRITERIOS DE BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS PERSONAS A CONTRATAR DENTRO DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO EN PRÁCTICAS 2015-2016
CRITERIOS DE BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS PERSONAS A CONTRATAR DENTRO DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO EN PRÁCTICAS 2015-2016
1-.OBJETO
Es objeto de las presentes bases regular el proceso de selección para la contratación, bajo la modalidad de “contrato de trabajo en prácticas”, durante un año a jornada completa de personas desempleadas por parte de este Ayuntamiento y la creación de una bolsa de empleo tras el proceso de selección inicial con los/as trabajadores/as que, habiendo superado el proceso selectivo, no han obtenido suficiente puntuación para acceder al puesto de trabajo.
La plaza ofertada es: Administrativo/a
2- PUBLICIDAD DEL PROCESO
Se remitirá la oferta de empleo a la Oficina del Servicio Público de Empleo de Grado, al objeto de su publicación.
Las convocatorias para la presentación de solicitudes así como las listas provisionales y definitivas de personas candidatas deberán ser publicadas en la web del Ayuntamiento y en los correspondientes tablones.
3.- DESTINATARIOS
Los contratos de trabajo en prácticas irán destinados a jóvenes desempleados/as inscritos/as en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
4. REQUISITOS GENERALES
− Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en la Ley7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público( articulo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social “ que establece en su articulo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública.
− Los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente.
− Tener 16 años cumplidos y no exceder el límite de edad previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local de conformidad con la legislación vigente.
− Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar.
− No hallarse incurso/ a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
− Estar en posesión de la titulación equivalente o superior a la exigida en la correspondiente convocatoria, para cada una de las plazas ofertadas.
5.- REQUISITOS ESPECÍFICOS
Los/as jóvenes desempleados/as contratados/as en prácticas, además de cumplir los requisitos exigidos para la celebración de un contrato en prácticas según la normativa vigente (puntos 5 y 6), deberán cumplir preceptivamente a fecha de inicio del contrato subvencionado a:
1. Estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
2. No haber trabajado en los últimos 30 días naturales anteriores.
3. No haber sido parte de un contrato indefinido dentro de los seis meses inmediatamente anteriores.
4. Estar inscritos/as como demandantes de empleo no ocupados/as en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx.
5. Que estén en posesión del título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 xx xxxxx, de las cualificaciones y de la formación profesional, que habiliten para el ejercicio profesional.
6. Para los/as trabajadores con discapacidad, tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social
que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
7. Poseer las titulaciones siguientes:
PLAZA | TITULACIÓN |
Administrativo/a | Ciclo formativo de grado superior en Administración y Finanzas o equivalente de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la L.O. 5/2002, de 19 xx xxxxx, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional que habiliten para el ejercicio profesional. |
FUNCIONES: Tramitación de documentos, registro contable, gestiones administrativas, archivo y registro de documentos, elaboración de comunicaciones y documentación, tratamiento informático de la información, atención directa al ciudadano. |
No podrán participar en la presente convocatoria aquellas personas que hubieran tenido una relación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxx formalizada al amparo de los siguientes programas de subvenciones:
• Convocatoria 2013 de concesión de subvenciones con destino a Entidades Locales del Principado xx Xxxxxxxx en materias del ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx línea 3: Apoyo a la contratación laboral de jóvenes participantes en programas de Prácticas no laborales con compromiso de contratación (convocatoria aprobada por resolución del Servicio Público de Empleo de 22 xx xxxx de 2013, BOPA 27/05/2013).
• Convocatoria 2014 de concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx para las prácticas no laborales con compromiso de contratación de jóvenes desempleados (convocatoria aprobada por resolución del Servicio Público de Empleo de 22 de octubre de 2014, BOPA de 27 de octubre).
6.-LUGAR, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR LAS SOLICITUD
La solicitud, en modelo normalizado (Anexo III), se presentará en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxx, en horario de 9.00 a 14.30 horas, acompañada de la siguiente documentación y por cualquiera de las formas establecidas en el art. 38 de la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este caso se deberá remitir por fax (000 00 00 00), antes de la fecha de expiración de plazo, el documento de registro de entrada y copia de toda la documentación aportada.
El plazo de presentación será de 5 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria.
1. Original y copia del DNI, pasaporte o permiso de residencia en vigor.
2. Original y copia de la titulación requerida para las diferentes plazas. En el caso de presentar titulaciones equivalentes, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente. En el mismo sentido, habrán de acreditarse las correspondientes homologaciones de la Administración española competente respecto de las titulaciones expedidas en el extranjero)
3. Original y copia, en su caso, de la acreditación que acredite una situación de violencia de género:
a. Resolución judicial acreditativa de la existencia de episodios de violencia de género.
b. Orden de protección dictada a favor de la víctima.
No obstante, las mujeres víctimas de violencia de género que no puedan acreditar dicha situación por alguno de los cauces anteriormente descritos, podrán, excepcionalmente, acreditar esta situación con un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de genero hasta en tanto se dicte la orden de protección.
Al efecto, tanto la resolución judicial como la orden de protección tendrán que haber recaído en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Igualmente el informe de acreditación, habrá de ser realizado dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
4. Para los/as trabajadores/as con discapacidad, tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
5. Original y copia de las titulaciones a valorar en la fase de concurso. Sólo se tendrán en cuenta titulaciones con aprovechamiento relacionadas con el puesto al que se presenta. La Formación que es requisito para participar en las pruebas no se puntuará. Tanto ésta, como la formación puntuable debe ser formación reglada u ocupacional, de un centro oficial o colaborador acreditado u homologado por el Principado xx Xxxxxxxx. No se admitirán las certificaciones de Academias que no cumplan estos requisitos de acreditación y homologación. Se deberán presentar originales y fotocopias de títulos donde conste el aprovechamiento y la duración de la acción formativa. No serán tenidos en cuenta los que acrediten la mera asistencia.
6. Los/as solicitantes empadronados/as en el municipio xx Xxxxx, volante de empadronamiento, salvo que autorice al Ayuntamiento xx Xxxxx para consultar datos xxx Xxxxxx Municipal de Habitantes.
7. Original y copia del carné de conducir.
8. Cualquier otra documentación que sirva para baremas la fase de concurso
9. Curriculum Vitae
7.-ÓRGANO DE SELECCIÓN
A los efectos de facilitar la selección de los/as trabajadores/as, se constituirá una Comisión de Selección de Contratación en el Ayuntamiento, formada de la siguiente manera:
• Presidente: Un empleado municipal.
• Vocales:
Cuatro designados por el órgano competente entre empleados públicos y que, al menos uno, trabaje en el área objeto de la contratación, de los cuales dos se nombrarán previa consulta y oídos los sindicatos firmantes del presente Convenio.
• Secretario: Secretario del Ayuntamiento o empleado público en quien delegue.
Los miembros de la Comisión de Selección de Contratación podrán contar con la presencia de asesores/as, con voz pero sin voto, en las reuniones que se celebren.
Podrán designarse suplentes que actuarán, en su caso, en sustitución de los/as titulares.
El órgano de selección será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.
La pertenencia a dicho órgano de selección será siempre a título individual no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
8.-DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR A LA FIRMA DEL CONTRATO
1. Certificación de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
2. Informe de vida laboral actualizado a fecha de formalización del contrato salvo que se hubiese dado autorización previa en favor del Ayuntamiento en el momento de la solicitud para la obtención de la vida laboral del solicitante en la Tesorería General de la Seguridad Social.
3. Autorización de la persona contratada a la Administración del Principado xx Xxxxxxxx para que pueda consulta ante la Tesorería General de la Seguridad Social el informe de vida laboral de la persona contratada, así como la acreditación del carácter subvencionado de su contrato (según Xxxxx X).
4. Informe de periodos de inscripción en desempleo, salvo que se hubiese dado autorización previa en favor del Ayuntamiento en el momento de la solicitud para la obtención de este certificado ante el Servicio Público de Empleo.
5. Declaración responsable (Anexo II):
a. De no padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo,
b. De no haber sido separado mediante expediente administrativo disciplinario del servicio de las administraciones públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
c. Cumplimiento de los requisitos específicos y generales para la plaza a la que se aspira
d. Cumplimiento de los requisitos exigidos para la celebración de un contrato en prácticas según la normativa vigente
6. Cualquier otra documentación que determine el Ayuntamiento en función del puesto a cubrir.
9.- ADMISIÓN Y EXCLUSIÓN DE ASPIRANTES
Se entenderán admitidos/as al proceso selectivo aquellos/as aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en las bases cuarta y quinta.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará una lista de personas inscritas.
El plazo de subsanación, si ésta fuera posible, será de dos días hábiles. Transcurrido ese plazo sin efectuarla, se tendrá a la persona interesada por desistida de su petición.
Finalizado el plazo de subsanación se publicará la lista de las personas admitidas para la realización de la prueba o pruebas indicándose el día, hora y lugar de celebración de la misma.
10.- SISTEMA DE ACCESO
El sistema de acceso, para participar en los procesos de selección como personal laboral temporal para cubrir la plaza del contrato en prácticas, será el de concurso-oposición, con la utilización de un baremo, una vez superada/s la/s prueba o pruebas selectivas, que atenderá a la situación personal del aspirante.
A. FASE DE OPOSICIÓN
En esta fase (de carácter eliminatorio) se otorgará un máximo de 20 puntos
• Los/as aspirantes realizarán una prueba práctica relacionada con la ocupación a desarrollar que se baremará hasta un máximo de 10 puntos.
• A continuación se realizará una prueba teórica, tipo test, a cada uno/a de los/as candidatos/as, que se baremará hasta un máximo de 10 puntos.
Los conocimientos específicos deberán versar sobre las materias objeto de estudio en la titulación requerida para poder acceder a esta prueba de selección.
Se considerará el/la candidato/a que obtenga, al menos, un 50 % de la puntuación de cada una de las pruebas como apto/a asignándosele la puntuación correspondiente. No obstante, el órgano de selección podrá acordar rebajar el mínimo exigido para superar la prueba, en aquellos casos en que no existan candidatos o estos sean insuficientes para continuar o concluir el proceso de selección.
Tras la realización de la prueba o pruebas, se publicará la lista provisional con las puntuaciones obtenidas por cada candidato, otorgándose un plazo para efectuar alegaciones no superior a dos días hábiles.
A aquellos aspirantes que hayan superado la prueba o pruebas selectivas, siempre que se encuentren en alguna de las circunstancias descritas a continuación, se les realizará una valoración de su situación personal, sin que esta pueda exceder del 50 por 100 de la puntuación máxima que pudiera ser obtenida en la fase de oposición.
B. FASE DE CONCURSO
Para la valoración de dicha situación personal se tendrán en cuenta los siguientes criterios, siguiendo este orden de prelación:
1. Personas con discapacidad: 1 punto
2. Mujeres víctimas de violencia de género: 1,5 puntos
3. Estar empadronado en el municipio xx Xxxxx con al menos tres meses de antigüedad: 3 puntos
4. Estar en posesión de carné de conducir: 0,50 puntos
5. Experiencia previa, hasta un máximo de 2 puntos, por cada mes de servicios efectivos prestados en puesto de trabajo igual al que se aspira o de similares características. Se otorgarán 0,05 puntos por cada mes trabajado.
6. Cursos de formación en materias relacionadas con el puesto a desempeñar, hasta un máximo de 2 puntos. Se otorgarán 0,0020 puntos por cada hora de formación. Las acciones formativas que el concursante no acredite su duración serán computadas a efectos de suma como una hora de formación.
El hecho de presentar la Solicitud, e incluso de superar las pruebas, no creará derecho alguno al/la aspirante seleccionado en caso de incumplimiento de requisitos o de observarse inexactitud o falsedad en la documentación aportada.
En el que caso de que se produzca un empate entre varios/as aspirantes, tendrá preferencia, por este orden:
1º.-Quien lleve mayor tiempo en situación de desempleo.
2º.-Por sorteo, efectuado en presencia de los/as aspirantes, pudiendo asimismo el Ayuntamiento valorar la acreditación de ingresos para deshacer los empates.
11.- RECLAMACIONES
Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar, derivadas de los procesos de selección, serán resueltas por el órgano de selección.
12.- CONTRATACIÓN
Finalizadas las pruebas selectivas, se formulará propuesta al órgano que corresponda para la contratación del/los aspirante/s que haya/n obtenido mayor puntuación en el conjunto del proceso selectivo publicándose la relación de personas a contratar en el tablón de anuncios y en la web municipal, incluyendo el día, hora y lugar en el que los aspirantes formalizarán el contrato así como cualquier otra incidencia que, desde el ámbito municipal, se considere conveniente recoger.
A continuación, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos y las circunstancias personales acreditadas mediante aportación de la documentación especificada en el apartado 8, se formalizará el contrato de trabajo temporal para cada uno de los puestos ofertados, bajo la modalidad de contrato de trabajo en prácticas resultando de aplicación el Convenio Colectivo suscrito al efecto por la Federación Asturiana de Concejos y los sindicatos firmantes del AEPA.
13.- SUSTITUCIONES
En el caso de que un trabajador/ha seleccionado/a causara baja, la elección del sustituto/a recaerá sobre el siguiente aspirante de la bolsa de empleo constituida tras cada proceso de selección inicial siempre que cumpla con los requisitos establecidos.
En el supuesto de que ésta se hubiera agotado, este ayuntamiento realizaría un nuevo proceso selectivo.
14.- RECURSOS
La Convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados. Asimismo podrán ser objeto de impugnación, las resoluciones y los actos de trámite, si estos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, los interesados podrán interponer, ante el órgano competente de la Entidad Local, los recursos de alzada y potestativo de revisión que cabría fundar en cualquiera de los motivos de nulidad a anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.
15.- COFINANCIACIÓN
“Las contrataciones realizadas al amparo de las presentes bases reguladoras son objeto de cofinanciación por el Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx y por la Iniciativa de Empleo Juvenil (100%) y el Fondo Social Europeo (85%) para el periodo 2014-2020 en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (2014ES05M9OP001)”.
D. /Dña.
trabajador/a del Ayuntamiento xx Xxxxx y en relación con la subvención con destino a la celebración de
Contratos en prácticas 2015-2016,
▪ AUTORIZA a la Administración del Principado xx Xxxxxxxx para que recabe a través de la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas o a través de otros sistemas que se establezcan, la consulta de la vida laboral del trabajador a la Tesorería General de la Seguridad Social.
▪ DECLARA RESPONSABLEMENTE que:
- Conoce que su contrato esta cofinanciado por el Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx y por la Iniciativa de Empleo Juvenil (100%) y el Fondo Social Europeo (85%) para el periodo 2014-2020 en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (2014ES05M9OP001).
- Asume el compromiso de facilitar la información precisa para elaborar los indicadores de ejecución y resultados recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 1304/2013.
En , a de de 201
Fdo.: (trabajador/a)
ANEXO II
D. /Dña. ,
trabajador/a del Ayuntamiento xx Xxxxx y en relación con la subvención con destino a la celebración de
Contratos en prácticas 2015-2016
DECLARA RESPONSABLEMENTE QUE A FECHA DE INICIO DE CONTRATO :
* cumple todos los requisitos exigidos por la normativa aplicable a la convocatoria 2015-2016 de concesión de subvenciones a los ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx en materias del ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx en la línea de actuación de los contratos en prácticas, así como en las bases de esta convocatoria
* no haber sido separada mediante expediente administrativo (disciplinario) del servicio de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme ni hallarse incursa en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo y por el presente documento
En , a de de 201
Fdo.: (Nombre y Apellidos del solicitante)
(SÓLO PRESENTAR EN EL MOMENTO DE INCIO DE CONTRATO )
ANEXO III-AUTORIZACIÓN
D./Dña. …………………………………………………………………………..
con D.N.I. …………………………………………………
por el presente
□AUTORIZO al Ayuntamiento xx Xxxxx a realizar las consultas de datos en el SPEE con el fin de realizar las actuaciones de comprobación que fueran necesarias dentro del ámbito de interés de la acción subvencionada en el periodo 2015-2016.
□AUTORIZO al Ayuntamiento xx Xxxxx a realizar las consultas de datos en la Tesorería General de la Seguridad Social con el fin de realizar las actuaciones de comprobación que fueran necesarias dentro del ámbito de interés de la acción subvencionada en el periodo 2015-2016.
□AUTORIZO al Ayuntamiento xx Xxxxx a realizar las consultas de datos en la Tesorería General de la Seguridad Social con el fin de realizar las actuaciones de comprobación que fueran necesarias dentro del ámbito de interés de la acción subvencionada en el periodo 2015-2016.
En a de de 2015
Fdo:
SOLICITUD CONTRATOS DE TRABAJO EN PRÁCTICAS 2015/2016
APELLIDOS: | NOMBRE: | |
X.XX.: | DOMICILIO: | |
LOCALIDAD: | C.P.: | FECHA NACIMIENTO: |
TELÉFONO 1: | TELÉFONO 2: | |
PUESTO AL QUE SE PRESENTA: |
M
DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA:
M
Copia DNI
Vida laboral
Copia titulación requerida
Acreditación discapacidad
Copia permiso de conducir
Acreditación situación violencia de género
Anexo I
Autorización Anexo III
Otros
En Salas, a de de 2015
Firma
Fdo. Nombre y Apellidos
AL XX. XXXXXXX-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal se le informa que los datos de carácter personal que facilite en esta solicitud se incorporarán a un fichero cuya finalidad es la selección de personal y les reconoce la posibilidad de ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante escrito, acompañado de fotocopia de D.N.I. o documento equivalente que podrá ser presentado en por Registro o enviado a este Ayuntamiento. La participación en el proceso selectivo supone la autorización al Ayuntamiento xx Xxxxx para proceder al tratamiento de sus datos en los términos anteriormente descritos así como a la publicación de los datos meramente identificativos y de los resultados de la convocatoria en los medios establecidos en las bases reguladoras.