CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA RED DE GESTIÓN, EDUCACIÓN E INNOVACIÓN “RED-GEDI” Y Y EL INSTITUTO TECNOLÓGICO EDUPRAXIS
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA RED DE GESTIÓN, EDUCACIÓN E INNOVACIÓN “RED-GEDI” Y Y EL INSTITUTO TECNOLÓGICO EDUPRAXIS
Comparecen a la celebración del presente Convenio, por una parte el Instituto Superior Tecnológico Edupraxis, legalmente representado por la Dra. Xxxxxx Xxxx Xxxxx, X.Xx, en su calidad de Rectora, a quien en lo posterior se denominará “EDUPRAXIS”; y por otra la Red de Gestión, Educación e Innovación, representado legalmente por el Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, PhD, en su calidad de Coordinador, a quien se le denominará “RED-GEDI”, a los comparecientes se les podrá denominar “LAS PARTES” cuando actúen o se haga referencia a estas de forma conjunta. Los comparecientes acreditan sus calidades con los respectivos nombramientos debidamente legalizados y demás documentos que forman parte del presente instrumento, quienes se encuentran debidamente facultados para firmar este documento, libre y voluntariamente convienen en celebrar el presente Convenio Xxxxx de Cooperación contenido en las siguientes cláusulas:
PRIMERA. - ANTECEDENTES
1.1. De la Red de Gestión, Educación e Innovación:
a. La Red de Gestión, Educación e Innovación RED-GEDI, es una red de investigación, con domicilio en la ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua, creada en cumplimiento al "Reglamento de Incentivos Financieros y Administrativos a la Investigación, Desarrollo Tecnológico y Transferencia de Tecnología", emitido mediante Acuerdo Nro. SENESCYT- 2018-029 y reformado mediante Acuerdo Nro. SENESCYT 2020 040; se asignó el número de registro REG RED-22-0163.
b. La RED-GEDI tiene como propósito contribuir en el fortalecimiento en los procesos de docencia, investigación y vinculación de la sociedad desde la ciencia con calidad y pertinencia; orientados a la gestión, educación e innovación apegado a las políticas y estrategias gubernamentales.
1.2. Del Tecnológico Edupraxis
a. El Tecnológico Edupraxis, es una institución de educación superior a distancia y en línea, innovadora y de prestigio, reconocida por su modelo educativo y tecnológico. Nace en 1997 con la finalidad de proporcionar a las personas adultas oportunidades educativas, adaptadas a la evolución de internet, la sociedad del conocimiento y la evaluación continua.
b. Inició su actividad en el año académico 1997-1998, con las carreras de: Gestión Comercial; Informática Empresarial y Contabilidad y Finanzas. Actualmente se estudian las carreras de Tecnología Superior en Administración, Contabilidad, asistencia administrativa, Marketing y Gestión de sistemas y bases de datos.
c. Fue la primera institución de educación superior de la zona central de Ecuador en surgir en la modalidad a distancia. La sede del Tecnológico Edupraxis está en la ciudad de los tres Juanes, Ambato, Provincia de Tungurahua, para apoyar, dinamizar y garantizar una interacción fluida con los estudiantes y el entorno social.
d. El consejo académico en sesión del 19 de julio del 2017, vista la resolución número 027- R-CA-ITE-2017. de fecha 19 de julio de 2017, en la que se nombra a la señora Master en Ciencias Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx con cédula de identidad número 175657996-5 rectora del Instituto Tecnológico Edupraxis, procede a extender el nombramiento de representante legal para el período 2017-2022 y tomada la promesa xx xxx queda legalmente posesionado para que en uso de sus atribuciones, que le confiere la ley y el Reglamento Interno, ejerce la representación legal jurídica y extrajudicial (artículo 48, LOES) ante los organismos competentes.
SEGUNDA. - BASE NORMATIVA
a. El artículo 350 de la Constitución de la República señala que: “El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo”;
b. Artículo 13, literal a) de la Ley Orgánica de Educación Superior –LOES- sobre las Funciones del Sistema de Educación Superior: “Garantizar el derecho a la educación superior mediante la docencia, la investigación y su vinculación con la sociedad, y asegurar crecientes niveles de calidad, excelencia académica y pertinencia”;
c. En el Artículo 107 de la Ley Orgánica de Educación Superior –LOES- define que: “El Principio de Pertinencia consiste en que la educación superior responda a las expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificación nacional, y al régimen de desarrollo, a la prospectiva de desarrollo científico, humanístico y tecnológico mundial, y a la diversidad cultural. Para ello, las instituciones de educación superior articularán su oferta docente, a la demanda académica, a las necesidades de desarrollo local, regional y nacional, a la innovación y diversificación de profesiones y grados académicos, a las tendencias xxx xxxxxxx ocupacional local, regional y nacional, a las tendencias demográficas locales, provinciales y regionales: a la vinculación con la estructura productiva actual y potencial de la provincia y la región, y a las políticas nacionales de ciencia y tecnología”;
d. En el Acuerdo Nro. SENESCYT 2020 040 es establece: “Artículo innumerado segundo. - Requisitos para el registro de redes de investigación y/o desarrollo tecnológico. Las personas jurídicas, u otra forma asociativa, pública, privada o mixta, que realicen actividades de investigación o desarrollo tecnológico podrán registrarse como redes de investigación y/o desarrollo tecnológico en el Sistema de Registro de Unidades de Investigación Científica y Redes de Conocimiento”.
e. En el Acuerdo Nro. SENESCYT 2020 040 es establece: “Artículo innumerado tercero.- Conformación de las redes de investigación y/o desarrollo tecnológico. Las redes podrán conformarse por los siguientes actores:”, numeral f): “Personas naturales, jurídicas y otro tipo de asociaciones relacionadas con actividades de la economía social de los conocimientos, la creatividad y la innovación, en todos los sectores de la economía, incluyendo al sector socio productivo y al sector de la economía popular y solidaria”;
f. El acuerdo ministerial Nro. MRL-2012-0191 de fecha 16 de noviembre de 2012 Art. 5. De la no existencia de relación laboral. – “por su naturaleza ese tipo de convenios o contratos no origina relación laboral, no generan derechos ni obligaciones laborales o administrativas, no se crea ningún tipo de estabilidad laboral con los pasantes o practicantes, no son sujetos de indemnización alguna y no ingresan al servicio público. No obstante, aun cuando el pasante o practicante no mantiene ningún vínculo laboral con las instituciones públicas tienen la obligación de cumplir cabalmente con lo establecido en su convenio o contrato y deberá sujetarse a reglamento interno, al código de ética y a las políticas internas de cada institución, en lo que fuere aplicable”;
TERCERA. - OBJETO
Establecer una relación de cooperación directa entre la RED-GEDI y EDUPRAXIS, que permita el desarrollo de:
a. Actividades de cooperación;
b. Proyectos de investigación y vinculación;
c. Actividades de investigación que contribuyan al desarrollo de LAS PARTES
d. Prácticas de formación académica (pre-profesionales), de vinculación y otras de afinidad a la formación que realiza el Tecnológico Edupraxis.
CUARTA. - OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
Ambas partes estudiarán y definirán, de mutuo acuerdo, las formas concretas de colaboración dentro de las áreas x xxxxxx de acción que se detallan a continuación, sin perjuicio de cualquier otra modalidad de interés común que las partes determinen:
a. Procurar el éxito en el cumplimiento del objeto del presente Convenio.
b. Compartir con fines académicos, información, estudios e investigaciones que individualmente efectúen las partes, salvo que las mismas fueran de carácter reservado.
c. Fomentar el intercambio de publicaciones, información institucional, académica y científica sobre temas considerados de interés por las partes, así como facilitar el uso de sus bibliotecas y repositorios digitales;
d. Formular y desarrollar proyectos de investigación en cualquiera de las ramas de interés común en ambas instituciones.
e. Impulsar la ejecución de publicaciones conjuntas sobre temas considerados de interés interinstitucional;
f. Fortalecer y emplear los mecanismos de gestión del conocimiento, comunicación y difusión de la investigación, para socializar los avances y resultados de las iniciativas desarrolladas en el marco de este convenio;
g. Impulsar el desarrollo de programas de vinculación con la sociedad sobre temas de interés común propiciando así el desarrollo y fortalecimiento de las instituciones intervinientes;
h. Coordinar el proceso de inscripción de los estudiantes en la realización de las prácticas pre- profesionales y/o vinculación con la sociedad.
QUINTA. - ADMINISTRACIÓN DEL CONVENIO, COORDINACIÓN Y EJECUCIÓN
Para la adecuada coordinación y desarrollo de este Convenio, se nombra una Comisión Coordinadora, conformada por:
Delegado de EDUPRAXIS: La administración de este convenio en EDUPRAXIS para cumplir las funciones previamente especificadas estará bajo la responsabilidad del Rectorado o su delegado
Delegado de la RED-GEDI: La administración de este convenio en la RED-GEDI para cumplir las funciones previamente especificadas estarán bajo la responsabilidad de la persona que será designada por el Coordinador de la RED.
SEXTA. - CONVENIOS ESPECÍFICOS
Para cada una de las iniciativas concretas de colaboración que se impulsen entre las partes, se deberán suscribir Convenios Específicos donde se incluirá, al menos:
a. Definición del objetivo que se persigue;
b. Descripción del programa de trabajo, con indicación de sus distintas fases y del correspondiente cronograma;
c. De ser el caso formulación y aprobación del presupuesto total asignado y, las fuentes de financiamiento;
d. Relación de las personas que intervienen en él;
e. En el caso de investigaciones conjuntas se establecerán las bases de entendimiento para la publicación de resultados, reconocimiento de créditos a investigadores/as, así como la forma de registro y participación en lo relativo a derechos de la propiedad industrial e intelectual;
f. Cualquier otro aspecto que se considere relevante.
SÉPTIMA. - VIGENCIA Y MODIFICACIONES
a. El presente Convenio tendrá una duración de cinco (5) años contados a partir de la fecha de suscripción, no obstante, podrá ampliarse el plazo si así lo convienen las partes y lo expresan por escrito, hasta treinta (30) días antes de cumplido el presente plazo, caso contrario terminará automáticamente;
b. Cualquier cambio que pudiere efectuarse a las cláusulas del presente Convenio, serán puestas previamente en conocimiento de la otra parte para, de ser necesario, realizar el Convenio Modificatorio correspondiente a este instrumento.
OCTAVA. - FINANCIAMIENTO
Los compromisos establecidos por las partes, en el presente convenio no implican o significan erogación de fondos o transferencias de recursos de una entidad a otra o con un fin determinado, ni compromisos presentes o futuros de pagos.
NOVENA. - CONTROVERSIAS
Toda divergencia respecto de la interpretación, cumplimiento o ejecución del convenio, será sometida a un arreglo de forma directa y amistosa, mediante procedimientos amigables, a través de las instituciones suscriptoras del convenio, en un lapso no mayor a treinta días calendario, contados a partir de la notificación de cualquiera de ellas, señalando la divergencia o controversia surgida.
Si las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar métodos alternativos para la solución de controversias.
Si respecto de la divergencia existente no se lograre un acuerdo directo entre las partes por las vías propuestas, éstas se someterán a los jueces competentes y al procedimiento establecido en el Código General de Procesos.
DÉCIMA. - CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONVENIO
El presente Xxxxxxxx se dará por terminado por las siguientes causas:
a. Por cumplimiento del plazo convenido;
b. Por mutuo acuerdo de las partes, siempre que no afecte a terceros;
c. Por sentencia ejecutoriada que declare la terminación o nulidad del Convenio, por pedido de cualquiera de las partes;
d. Por fuerza mayor o caso fortuito de conformidad con lo que dispone el artículo 30 del Código Civil, por lo cual fuera imposible ejecutar total o parcialmente el objeto de este Convenio, para LAS PARTES en cuyo caso las partes podrán acordar la terminación de todas o algunas de las obligaciones contractuales en el estado que se encuentren, previo el informe técnico de los/las delegados/as para la administración de este Convenio.
Si una de las partes quisiera dar por terminado este compromiso antes del tiempo, tendrá la obligación de comunicarlo por escrito a la otra, con sesenta (60) días de anticipación, informando cuales son las razones y motivos de la terminación, y en caso de no ser subsanadas dentro del mencionado plazo, la máxima autoridad de la institución emitirá la resolución de terminación unilateral del presente Convenio.
DÉCIMA PRIMERA. - NATURALEZA JURÍDICA DE LA RELACIÓN
La relación entre LAS PARTES se limita única y exclusivamente a la cooperación interinstitucional para la ejecución del objeto del presente Convenio, por lo que no contraen ningún vínculo laboral o civil, ni tampoco relación de dependencia con el personal que cada una de ellas requiera o contrate para la ejecución de este Convenio.
DÉCIMA SEGUNDA. - PROPIEDAD INTELECTUAL
a. Los derechos de propiedad intelectual, derechos de autor y demás naturaleza sobre los documentos, estudios, diagnósticos, diversas categorías de publicaciones (en cualquier formato: impresos, disco compacto, videos, páginas web, etc.) o información producida bajo este convenio, bajo los convenios específicos y las actividades de cooperación, serán compartidos de igual manera por LAS PARTES, salvo acuerdo escrito en contrario. En estos se les dará el debido reconocimiento a las partes y se incorporará tanto el nombre como el logo distintivo de ellas. Las partes convienen expresamente que podrán utilizar los resultados obtenidos de las actividades que se realicen al amparo del presente instrumento en sus actividades profesionales. La divulgación de los mismos por alguna de las partes deberá realizarse con el previo consentimiento por escrito de la otra;
b. Queda estrictamente prohibido para las partes reproducir sin permiso previo y por escrito de la contraparte el material que se desarrolle con motivo del presente convenio, de sus convenios
específicos y de sus actividades de cooperación, salvo acuerdo escrito en contrario de las partes.
DÉCIMA TERCERA. - CONFIDENCIALIDAD
a. Las partes convienen en que toda la información y herramientas que éstas se trasmitan o compartan con la otra organización con motivo de la celebración del presente convenio, así como la información y especificaciones técnicas relacionadas con el mismo, serán manejadas como información confidencial, ya sea que se presente en forma escrita, visual o por cualquier otro medio;
b. La información que las partes se proporcionen, salvo acuerdo escrito previo, únicamente podrá ser utilizada para los fines especificados en este documento y en los que se desprendan del mismo, por lo que no podrán, directa o indirectamente, ni a través de terceros y en ninguna forma, proporcionarla, transferirla, publicarla, reproducirla, o hacerla del conocimiento de terceros, en ningún tiempo; la parte que incumpla con esta obligación estará sujeta a la sanción correspondiente y a pagar los daños y perjuicios que ocasione, reservándose la parte agraviada, en todo momento, la facultad de rescindir el presente convenio.
DÉCIMA CUARTA. - DOCUMENTOS HABILITANTES
Forman parte integrante del presente Convenio, los siguientes documentos habilitantes:
a. Copia del acta de posesión de la Rectora de EDUPRAXIS.
b. Copia Oficio Nro. SENESCYT-SDIC-DIC-2022-0048-O del registro de la red, así como el acta de constitución donde se nombra coordinador al Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, PhD.
DÉCIMA QUINTA. - DOMICILIO
Para los efectos legales, LAS PARTES fijan como domicilio la ciudad de Ambato, Provincia de Tungurahua. Para efectos de comunicación o notificación, las partes señalan como su domicilio, las siguientes direcciones:
POR RED-GEDI:
Dirección: Río Yasuní y Rio Cutuchi, Sector el Dorado, Parroquia: Xxxxxxx Xxxxx, Ambato Provincia: Tungurahua
Código Postal: 180101
Teléfono: x000000000000
Correo electrónico: xxxxxxx0000@xxxxx.xxx
POR EDUPRAXIS:
Dirección: Xxxx Xxxxxxx Xxxx 0756 y Montalvo, Ambato. Provincia: Tungurahua
Código Postal: 180101
Teléfono: 000000000
Email: xxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
DÉCIMA SEXTA. - ACEPTACIÓN Y SUSCRIPCIÓN
Libre y voluntariamente, las partes declaran expresamente su aceptación a todo lo convenido, para constancia de lo cual firman en unidad de acto tres (3) ejemplares de igual contenido y valor, en la ciudad de Ambato, a los 17 días del mes xx xxxxx de 2022.
Firmado electrónicamente por:
XXXX XXXXX XXXXXXXXX
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXXXX XXXX
Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, PhD Coordinador Red de Gestión, Educación e Innovación RED-GEDI | Dra. Xxxxxx Xxxx Xxxxx, X.Xx. Rectora Tecnológico Edupraxis |
ACTA CONSTITUTIVA DE LA RED DE GESTIÓN, EDUCACIÓN E INNOVACIÓN (RED-GEDI)
En la ciudad de Ambato, a los 15 días del mes de febrero de 2022, a las 15:00 horas, en la siguiente dirección: Río Yasuní y Rio Cutuchi, Sector el Dorado, Parroquia Xxxxxxx Xxxxx, en la ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua, se reúnen las siguientes personas, con el objeto de proceder a la constitución de la: Red de Gestión, Educación e Innovación (RED- GEDI).
1. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx
2. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
3. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
4. Xxxxx Xxxxxxx Xxxx
5. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
6. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx
Preside la reunión el señor Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, actúa como secretaria Ad- hoc la señora Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx
El presidente solicita que por secretaría se de lectura al artículo 14 y el numeral 14.1 del Decreto Ejecutivo 739, que rige el proceso de constitución de las fundaciones. El secretario procede conforme a lo requerido; se solicita que se transcriba el texto referido en el acta, lo cual se hace a continuación:
“Artículo 14.- Requisitos y procedimiento. Sin perjuicio de la facultad del Presidente de la República para aprobar los estatutos de las corporaciones o fundaciones previstas en el Código Civil, el representante de la organización, presentará la solicitud de aprobación del estatuto y de reconocimiento de la personalidad jurídica a la cartera de Estado competente, adjuntando los siguientes documentos, debidamente certificados por el secretario provisional de la organización:
14.1 Acta de la Asamblea General Constitutiva de la organización en formación,suscrita por todos los miembros fundadores que contendrá:
1. Nombre de la organización;
2. Nombres y apellidos completos, nacionalidad y número del documento deidentidad de cada uno de los miembros fundadores;
3. Voluntad de los miembros fundadores de constituir la misma;
4. Fines y objetivos generales que se propone la organización;
5. Nómina de la Directiva provisional;
6. Nombres, apellidos y número de documento de identidad de la persona que se hará responsable de realizar el trámite de la organización, teléfono, correo electrónico y domicilio donde recibirá notificaciones;
7. Estatutos aprobados por la Asamblea; e,
8. Indicación del lugar en que la Organización social, en proceso de aprobación de la personalidad jurídica, tendrá su domicilio, con referencia de la calle, parroquia, cantón, provincia, número de teléfono, fax o dirección de correo electrónico y casilla postal, en caso de tenerlos.”
La secretaria AD-HOC, una vez que se ha escuchado los requisitos que se debe contener el Acta de la Asamblea General Constitutiva, mociona a los presentes establecerse como tal para tratar los puntos indicados y necesarios para la constitución de la Red de Gestión, Educación e Innovación (RED-GEDI); hecho que es aceptado por todos los presentes.
PUNTO UNO. - CONSTITUCIÓN DE LA RED DE GESTIÓN, EDUCACIÓN E INNOVACIÓN (RED-GEDI)
Los presentes, señora XXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXX, señor XXXX XXXXX XXXXXXXXX, señora XXXXX XXXXXXX XXXX, señor XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, señora XXXX XXXXXXX XXXXXXX y el señor XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
XXXX una vez que han deliberado ampliamente sobre las necesidades y requisitos para la constitución; sin presión de ninguna naturaleza, y por su propia voluntad, expresan su deseo de constituir la Red de Gestión, Educación e Innovación (RED-GEDI) al amparo de lo dispuesto en: el Libro I Título XXX del Código Civil; el Reglamento de Sistema Unificado Información de Organizaciones Sociales; así como los acuerdos emitidos por el SENESCYT: SENESCYT- 2018-029, y el acuerdo modificativo SENESCYT-2020-040 de conformidad con los siguientes datos:
a) La organización que se constituye se denominará: RED DE GESTIÓN, EDUCACIÓN E INNOVACIÓN (RED-GEDI) y es una organización académica científica no gubernamental
b) Comparecen como miembros fundadores:
MIEMBROS FUNDADORES | |||
Nombres | Apellidos | Nacionalidad | Documento de Identidad |
Xxxxxx Xxxxxxx | Xxxx Xxxxx | Cubana | 1756579965 |
Xxxx | Xxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxx | 1756839419 |
Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx Xxxxxx | Ecuatoriano | 1205039157 |
Xxxxx | Xxxxxxx Xxxx | Cubana | 1757384563 |
Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxx | Cubana | I718883 |
Xxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxx Xxxx | Ecuatoriano | 1803447109 |
c) La RED-GEDI que se constituye, tendrá como OBJETIVO: Contribuir en el fortalecimiento en los procesos de docencia, investigación y vinculación de la sociedad desde la ciencia con calidad y pertinencia; orientados a la gestión, educación e innovación apegado a las políticas y estrategias gubernamentales.
d) Es deseo de los miembros fundadores, que la fundación se constituya para los siguientes
FINES:
• Generar un espacio de intercambio de experiencias para la realización de proyectos de investigación y desarrollo en gestión, educación e innovación.
• Organizar actividades como: capacitaciones, cursos, congresos, seminarios, talleres, conferencias, entre otros relacionados con la gestión, educación e innovación que sean de interés para sus miembros e invitados.
• Establecer relaciones de cooperación con: personas, instituciones públicas y privadas, asociaciones, fundaciones y otras redes que deseen formar parte de la organización para el desarrollo de proyectos de investigación relacionados con las líneas de investigación definidas.
• Desarrollar alianzas con el sector público y privado, instituciones educativas, gobiernos y otras asociaciones en el área de gestión, educación e innovación para el asesoramiento científico técnico en la gestión de programas y proyectos.
• Generar convenios con instituciones educativas nacionales e internacionales para procesos de formación, capacitación, producción científica e intercambio académico.
• Gestionar patrocinios y los recursos económicos, financieros y materiales para lograr el cumplimiento de los objetivos de la red.
• Trabajar en la integración con otras asociaciones, redes, cámaras y colegios de profesionales nacionales e internacionales, que sean afín al objeto social de la RED- GEDI y su reglamento.
• Prestar y contratar servicios educativos, de capacitación, adiestramiento, consultoría, asesoría y otros que ameriten, tanto nacional como internacional, así como el desarrollo de convenios o contratos para estos fines.
• Adquirir los activos necesarios para el cumplimiento del objeto social de la RED- GEDI.
• Promocionar actividades y programas de voluntariado de acción social y desarrollo.
• Desarrollar acciones que permitan la divulgación de resultados científicos en las áreas del conocimiento establecidas en la RED-GEDI, que sean generados tanto interna como externamente a la red.
e) Los presentes y de acuerdo a los Estatutos aprobados, nombran a las siguientes personas para que ocupen la Directiva de la RED-GEDI para el período 2021-2024:
DIRECTIVA RED-GEDI | ||
Nombres | Apellidos | Cargo Directivo |
Xxxx | Xxxxx Xxxxxxxxx | Coordinador General |
Xxxxxx Xxxxxxx | Xxxx Xxxxx | Vicecoordinador |
Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx Xxxxxx | Vocal |
Xxxx | Xxxxxxx Xxxxxxx | Vocal |
Xxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxx Xxxx | Vocal |
Xxxxx | Xxxxxxx Xxxx | Xxxxxxxx |
f) La Fundación, realizará sus actividades en el siguiente domicilio:
Dirección de la oficina: Río Yasuní y Rio Cutuchi, Sector el Dorado (Referencia: A una cuadra de la UTA, Frente a la cafetería El Moka).
Parroquia: Xxxxxxx Xxxxx Cantón: Ambato Provincia: Tungurahua
Correo electrónico: xxxxxxx0000@xxxxx.xxx Teléfono: x000000000000
g) Se autoriza a Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, a realizar el trámite de legalización de la organización. Con los siguientes datos de contacto:
Teléfono: 0000000000
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx
Dirección: Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx 0 Xxxx 000. Parroquia: Xxxxxx Xxxxxx, Ambato, Tungurahua
PUNTO DOS. – APROBACIÓN DEL ESTATUTO DE LA RED DE GESTIÓN, EDUCACIÓN E INNOVACIÓN (RED-GEDI)
Los miembros de la Asamblea Constituyente de la Red de Gestión, Educación e Innovación (RED-GEDI), luego de dar lectura al Estatuto propuesto se acuerda su aprobación.
Hecho esto, y sin más puntos que tratar dan por terminada la reunión a las 17:00 horas y se procede a la redacción del Acta. Para constancia de lo acordado todos los miembros fundadores suscriben el acta en la ciudad de Ambato, a los 15 día del mes de noviembre de 2021.
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Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx
Coordinador General Vicecoordinadora
CI: 1756839419 CI: 1756579965
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Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Vocal Vocal
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CC: 0000000000 Pasaporte: X000000
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Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx
Vocal Tesorera
CI: 1803447109 CC: 1757384563
RAZÓN:
Xx, Xxxxxx Xxxx Xxxxx, en mi calidad de secretaria Ad – hoc, certifico que el Acta que antecede
(4 hojas) es fiel copia del Acta Constitutiva de la Red de Gestión, Educación e Innovación (RED-GEDI); de 15 de febrero de 2022.
XXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXX SECRETARIA AD – HOC
CI: 1756579965
Ambato, 15 de febrero de 2022.
República del Ecuador
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
Oficio Nro. SENESCYT-SDIC-DIC-2022-0048-O
Quito, D.M., 16 xx xxxxx de 2022
Asunto: Respuesta a la solicitud de registro de la Red de Gestión, Educación e Innovación (RED-GEDI).
Señor Doctor
Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx En su Despacho
De mi consideración:
En respuesta a la solicitud de registro de la Red de Gestión, Educación e Innovación (RED-GEDI), me permito informar que una vez revisado y constatado el cumplimiento de los requisitos para el registro de redes, establecidos en el "Reglamento de Incentivos Financieros y Administrativos a la Investigación, Desarrollo Tecnológico y Transferencia de Tecnología", emitido mediante Acuerdo Nro. SENESCYT-2018-029 y reformado mediante Acuerdo Nro. SENESCYT 2020 040; se asignó el número de registro REG RED-22-0163.
Por lo tanto, se invita a la red a informar a esta Cartera de Estado el progresivo cumplimiento de los objetivos y actividades contempladas en su planificación para conocer los aportes que realiza en su ámbito de competencia.
Este proceso podrá comunicarlo al correo electrónico: xxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx. Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
Srta. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
DIRECTORA DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, SUBROGANTE
Copia:
Señorita Ingeniera
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
Analista de Acreditación de la Investigación 2
rc
Firmado electrónicamente por:
XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX
Dirección: Alpallana E7-183 entre Av. Xxxxx xx Xxxxxxx y Xxxxxxx.
Código postal: 1701518 / Quito Ecuador
Teléfono: 000-0 0000-000 / xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
* Documento firmado electrónicamente por Xxxxxx
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