MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA GOBERNACIÓN DE RISARALDA Y EL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA - MINTIC
MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA GOBERNACIÓN DE RISARALDA Y EL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA - MINTIC
De una parte, XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. 18.502.691 expedida en Dosquebradas, quien en su condición de Gobernador de Risaralda, obrará para los efectos del presente documento en nombre y representación de la GOBERNACIÓN DE RISARALDA, en adelante LA GOBERNACIÓN.
De otra parte, XXXXX XXXX XXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.777.591 expedida en Bogotá, quien en su condición de MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
obrará para los efectos del presente documento en nombre y representación del MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, en adelante MINTIC.
Acuerdan celebrar el presente memorando de entendimiento, el cual se regirá por las cláusulas que adelante se expresan, previas las siguientes consideraciones:
CONSIDERACIONES:
• Que el MINTIC tiene dentro de sus responsabilidades el fortalecimiento de la industria TI – FITI que se dedica a desarrollar estrategias para contribuir a la transformación de la misma en un sector de talla mundial.
• Que la línea de actuación más importante para el fortalecimiento de la industria TI del país es el “Talento Humano” por tratarse de una industria basada en el conocimiento.
• Que en el marco de la línea de acción xx xxxxxxx humano, se trazó una ruta denominada “Estrategia xx Xxxxxxx TI”, dentro de la cual se han adelantado acciones para incentivar la cantidad de profesionales del área de tecnologías de información, permitiendo motivar a las nuevas generaciones a descubrir las ventajas de prepararse académicamente en carreras de tecnologías de la Información (TI) y contribuir en el incremento de la productividad y la competitividad de dicha industria y de otros sectores que a través del uso y apropiación de la tecnología, mejoran sus indicadores de gestión.
• Que la meta establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 ”Todos por un nuevo País” para talento TI, es la disminución de la brecha de profesionales TI en un 62%; esta brecha fue calculada con base en la proyección de crecimiento de la industria TI a 2018, así como en la proyección de profesionales graduados de programas académicos TI para la misma vigencia, arrojando como resultado que a esa fecha faltarán 93.431 profesionales xx xxxxxxxx relacionadas con el área de tecnologías de información; este estudio fue realizado por la universidad EAFIT y la empresa India Infosys, en el año 2013 (esta brecha fue actualizada en el año 2015 por la empresa FEDESOFT en 53.000 profesionales TI).
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V2.0
• Que esta iniciativa para potenciar la formación de profesionales TI, es coherente con los compromisos del Ministerio TIC para el periodo 2014-2018, específicamente lo concerniente al Plan Vive Digital del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y al plan de trabajo de la Dirección de
Políticas y Desarrollo de TI en lo relacionado con el fortalecimiento de la industria TI, a través de la dimensión xx xxxxxxx humano.
• Que una de las acciones para incentivar la formación de profesionales TI, fue la suscripción del Convenio Interadministrativo N° 665 de 2015, cuyo objeto consiste en la constitución de una Alianza estratégica entre el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “XXXXXXX XXXXXX XXXXX”-ICETEX, el Ministerio de Educación Nacional –MEN y el Ministerio –Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –FONTIC. Este Xxxxxxxx tiene como finalidad la financiación de programas académicos en los niveles técnico, tecnológico y universitario en el área de TI a través de créditos condonables; así mismo, contempla actividades de acompañamiento al proceso de cada beneficiario coordinadas por el MEN, con el propósito de evitar la deserción de los jóvenes en estos programas de formación y apoyar a los estudiantes para obtener el título.
• Que el numeral 5°, literal A de la cláusula segunda del Convenio Interadministrativo N° 665 de 2015, contempla el compromiso del ICETEX de: “desarrollar gestiones para motivar a otros actores del ecosistema a vincularse a la alianza, a través del aporte de recursos que permitan maximizar los resultados y ampliar la cobertura. Se considera dentro de estos actores, a las Instituciones de Educación Superior (IES), el sector productivo, entidades territoriales y los demás organismos de carácter mixto, quienes podrán participar de acuerdo con las reglas y procedimientos establecidos por el ICETEX y el MINTIC.”
• Que con base en dicha gestión, la GOBERNACIÓN ha manifestado su interés en participar en esta Alianza Estratégica con un aporte para sostenimiento del estudiante de su región que resulte beneficiario de los créditos condonables.
• Que esta oferta constituye un valor agregado para la iniciativa que lidera MINTIC en beneficio del desarrollo xxx xxxxxxx TI, puesto que le aportaría a los beneficiarios un recurso adicional para apoyar su manutención expresada en necesidades de pago de transporte para el desplazamiento a la institución donde estudian, alimentación y materiales educativos, entre otras. Este aporte puede motivar a los beneficiarios de condiciones económicas más vulnerables a participar en las convocatorias y a permanecer en los programas, incidiendo así en la disminución de la deserción.
• Que resulta conveniente aprovechar las sinergias positivas existentes entre “las Partes” con el objeto de coordinar acciones que contribuyan al fortalecimiento de la industria TI a partir de la formación xx xxxxxxx humano suficiente e idóneo; al logro de los objetivos de los planes de desarrollo territorial relacionados con innovación basada en tecnología y a la consolidación de la política de desarrollo productivo en el país integrando las TI.
• Que las partes declaran que no se encuentran incursos en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad establecida por la ley.
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V2.0
• Por ello, “las Partes” acuerdan celebrar el presente Memorando de Entendimiento (en adelante “Memorando”) sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Objeto.
• “Las Partes” celebran el presente Memorando con el fin de generar compromisos recíprocos a través de la adopción de acciones que estimulen el fortalecimiento de la industria TI Colombiana, a partir de la formación xx xxxxxxx humano suficiente e idóneo.
SEGUNDA: Ámbito de cooperación.
La cooperación estará orientada a la participación activa de la GOBERNACIÓN en la Alianza Estratégica entre el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones/MINTIC, el Ministerio de Educación Nacional y el ICETEX en el marco del Convenio Interadministrativo No. 665 de 2015 de la siguiente manera:
2.1. Suscribiendo un Convenio Interadministrativo que permita administrar los recursos proporcionados por la GOBERNACIÓN, con la finalidad de apoyar la manutención de los beneficiarios de los créditos condonables otorgados por el MINTIC/FONTIC en alianza con el ICETEX y el MEN; estos recursos cubrirán la manutención de los beneficiarios del correspondiente Departamento y durante toda la cohorte. La suscripción de este Convenio atenderá las normas legales y presupuestales vigentes y se suscribirá con base en los lineamientos establecidos para el efecto por el MINTIC/ FONTIC y el ICETEX.
2.2. El Gobierno Departamental se comprometerá a adelantar las acciones necesarias para la divulgación de la Estrategia y Convocatorias xx Xxxxxxx TI en su jurisdicción, buscando animar la participación de más ciudadanos en las mencionadas convocatorias.
2.3. Por su parte, el MINTIC, se compromete a proporcionar el acompañamiento requerido por el Gobierno Departamental para lograr materializar su participación, dentro de los límites de su competencia. A través de este acompañamiento se pretenden de forma conjunta con la Gobernación realizar visitas a los puntos estratégicos previa y conjuntamente definidos, para despertar el interés en los estudiantes potenciales de estudiar carreras TI, donde se pueda sensibilizar a los estudiantes y ciudadanos del por qué estudiar carreras en el área de TI.
2.4. Así mismo, el MINTIC se compromete a facilitar la interlocución entre la GOBERNACIÓN y el equipo del ICETEX encargado de establecer los lineamientos de las convocatorias xx Xxxxxxx TI, a fin de socializar dicha información que permita a su vez la réplica al interior del ente territorial.
TERCERA: Metodología de Trabajo
Para la ejecución de este Memorando de Entendimiento, las Partes acuerdan:
a. Conformación de un Comité de Trabajo Conjunto, integrado por quiénes designen las Partes, profesionales idóneos para abordar los temas y áreas del conocimiento que se requieren para el cumplimiento del objeto del presente Memorando de Entendimiento, los cuales elaborarán un Plan de Trabajo para presentación a las Partes.
b. Realización de reuniones y sesiones de trabajo, de acuerdo con el Plan de Trabajo que se defina para el desarrollo de las actividades requeridas, según el acuerdo mutuo de cooperación.
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V2.0
c. Disposición para evaluación y verificación de documentos o información que hayan sido producidos, recaudados o conocidos por cualquiera de las Partes en desarrollo de sus funciones, considerados como
insumo esencial y prioritario para el desarrollo de las tareas que se deriven en cumplimiento del presente Memorando de Entendimiento.
CUARTA: Comité de Trabajo Conjunto
Las partes dispondrán de la conformación de un “Comité de Trabajo Conjunto”, integrado por parte del MINTIC por quien designe el (la) Director (a) de Políticas y Desarrollo de TI y por quien designe la GOBERNACIÓN, para que se encarguen de coordinar la ejecución de las acciones orientadas al cumplimiento del objeto del presente memorando, quienes elaborarán un Plan de Trabajo con cronograma de actividades, con base en el presente Acuerdo, que será presentado a cada una de las Partes para su seguimiento.
QUINTA: Naturaleza del Memorando de Entendimiento.
Las Partes reconocen y aceptan que este Memorando no crea ningún derecho ni impone vínculos legalmente obligatorios, incluyendo cualquier derecho para las Partes o para terceros. Este Memorando establece de buena fe declaraciones de intención del MINTIC y de la GOBERNACIÓN, respecto a los principios que orientan y facilitan la realización coordinada de actividades y esfuerzos en desarrollo de sus respectivas funciones. El acuerdo se viabilizará a través de los respectivos instrumentos contractuales, los cuales deberán cumplir los requisitos legales y presupuestales.
SEXTA. Gratuidad del Memorando de Entendimiento.
Las Partes declaran que por la celebración, ejecución y desarrollo del presente memorando no se generará ningún tipo o clase de erogación económica a cargo de las partes como contraprestación por la ejecución del Memorando, por lo mismo no habrá erogación alguna de dinero por el objeto o ejecución del Memorando siendo éste un instrumento de coordinación gratuito.
Por tanto, las Partes no serán responsables por alguna situación que pudiera ser considerada como un impedimento en la ejecución del presente Memorando de entendimiento.
PARAGRÁFO. El presente Memorando de Entendimiento no constituye un vínculo laboral o prestacional entre las Partes o sus empleados, por lo cual, aquellas no tendrán derecho a ninguna prestación laboral o de cualquier otra naturaleza.
SÉPTIMA: Solución de controversias y Ley Aplicable.
En caso de suscitarse alguna controversia entre “Las Partes” en la interpretación o implementación del presente Memorando, las mismas se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos a fin de solucionarla.
El presente Memorando se regirá por las leyes de la República de Colombia.
OCTAVA: Responsabilidad de las Partes
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Atendiendo la naturaleza del presente Memorando y que su fin es explorar vínculos de compromiso entre las Partes conforme lo expuesto en las Consideraciones y en la cláusula primera del Memorando, las Partes acuerdan que actuaran de buena fe en cuanto a la búsqueda de vínculos de asistencia entre ellas. En el evento que las Partes no logren consensuar vínculos de asistencia o los acordados resultan ser insuficientes, las Partes acuerdan que no se genera responsabilidad de ningún tipo para ellas.
NOVENA: Confidencialidad
La parte que reciba información (“Parte Receptora”) se obliga a mantener bajo reserva toda la información que sea de propiedad de y/o revelada por la parte reveladora (“Parte Reveladora”) que no sea de dominio público (en adelante, la “Información Confidencial”). En este sentido, la Parte Receptora evitará revelar la Información Confidencial a terceras personas y deberá protegerla, custodiándola por lo menos con la misma diligencia y cuidado que usa para proteger su propia información secreta. No obstante lo anterior, la Parte Receptora podrá revelar la Información Confidencial a las autoridades competentes para los fines y en los casos previstos expresamente en la ley, cuando ello sea necesario en cumplimiento de obligaciones y deberes legales. En tal caso, la Parte Receptora deberá informar el hecho previamente a la Parte Reveladora, indicando la autoridad a la cual será revelada, así como los motivos que justifican su proceder.
La Parte Receptora se obliga a que únicamente tendrán acceso a la Información Confidencial las personas que deban conocerla con motivo del objeto de Memorando, quienes previamente a conocerla se deberán acoger a las mismas obligaciones establecidas en la presente cláusula.
A la terminación del presente Memorando, la Parte Receptora se obliga a devolver a la Parte Reveladora todo el material que contenga Información Confidencial, y a borrarla de sus archivos. Le es prohibido a la Parte Receptora hacer copias de los elementos tangibles en los cuales consta la Información Confidencial.
La obligación de confidencialidad a cargo de la Parte Receptora se xxxxxxxxxx xxxxxxx 00 años, contados a partir de la fecha de terminación del presente Memorando.
La obligación de confidencialidad antes descrita, quedará exceptuada en los siguientes casos:
a) Cuando la Parte Receptora haya desarrollado de forma independiente la información, sin referencia al uso de la Información Confidencial de la Parte Reveladora;
b) Que sea del dominio público sin violar la obligación de confidencialidad o qué sea del dominio público de la Parte Reveladora;
c) Que sea divulgada con previa autorización por escrito de la Parte Reveladora
DÉCIMA: Plazo
El presente Memorando entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá un plazo de cuatro (4) años, prorrogable automáticamente por plazos iguales y sucesivos. Cualquiera de “las Partes” podrá rescindirlo con o sin expresión de causa, mediante comunicación fehaciente a la otra, requiriéndose al menos dos (2) meses de anticipación en este último supuesto. La rescisión no afectará las actividades de cualquier tipo que ya tengan principio de ejecución dentro del marco de cooperación que fuera establecido y que no hayan finalizado completamente al momento de terminación de este Memorando.
DÉCIMA PRIMERA: Integridad del Memorando.
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Este Memorando y sus modificaciones, si las hubiere, constituyen un acuerdo integral entre las partes que lo suscriben en relación con los temas incluidos en el mismo. Así mismo, este Memorando contiene en su integridad
las estipulaciones entre las Partes sobre la materia objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otro acuerdo anterior sobre el mismo asunto.
DÉCIMA SEGUNDA: Modificaciones.
Las partes tienen la posibilidad de revisar continuamente el alcance de este Memorando de Entendimiento con el fin de incorporar de común acuerdo, las modificaciones que se consideren necesarias para garantizar la coordinación mutua y el debido cumplimiento de su objeto. El presente Memorando podrá modificarse únicamente por escrito y por mutuo acuerdo de las partes.
DÉCIMA TERCERA: Domicilio.
Para todos los efectos legales del presente Memorando de Entendimiento, las partes declaran como domicilio la ciudad de Bogotá, D.C.
DÉCIMA CUARTA. Perfeccionamiento.
El presente Memorando de Entendimiento se perfecciona con la firma de las Partes.
En prueba de conformidad, se firman en Bogotá, Colombia, a los , en un (1) ejemplar en idioma castellano.
El Ministerio, La Gobernación,
XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
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Ministro de Tecnologías de la Información Gobernador de Risaralda y las Comunicaciones