CONVENIO MODIFICATORIO NÚMERO 38/16
CONVENIO MODIFICATORIO NÚMERO 38/16
CONVENIO MODIFICATORIO al contrato número 65/16 que celebran, por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, representado en este acto por el Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaria de Planeación, Administración y Finanzas del Estado de Jalisco, a quien en lo subsecuente se le denominará LA SECRETARÍA, y por la otra la empresa denominada PARE de Occidente, Sociedad Anónima de Capital Variable, representada por el Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, a quien en lo subsecuente se le denominará EL PROVEEDOR, documento que sujetan al tenor de las siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas:
A N T E C E D E N T ES:
PRIMERO.- Con fecha 31 treinta y uno del mes xx Xxxxx del año 2016 dos mil dieciséis, el Gobierno del Estado de Jalisco y la empresa PARE de Occidente, Sociedad Anónima de Capital Variable, celebraron el Contrato número 65/16, en lo sucesivo el CONTRATO, con motivo de la Licitación Pública Local LPL08/2016 para la “OPERACIÓN Y ACTUALIZACIÓN TECNOLÓGICA DE LOS ESTACIONAMIENTOS, DEGOLLADO, TRES
PODERES, ARCHIVO HISTORICO Y CABAÑAS” del cual resultó adjudicado EL PROVEEDOR, lo anterior mediante Resolutivo 23/2016 de fecha 28 veintiocho del mes xx Xxxxx del año 2016 dos mil dieciséis, emitido por la Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco.
SEGUNDA.- Con fecha 12 doce del mes xx Xxxxxx del año 2016 dos mil dieciséis, se recibió en la Comisión de Adquisiciones oficio número DGL//F-0200/2016 emitido por el Lic. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Director General de Logística, dentro del cual solicita se realicen algunas modificaciones al Contrato 65/16, lo anterior de acuerdo al escrito enviado por el Proveedor Pare de Occidente, SA de CV.
TERCERA.- Mediante acuerdo número 05/32-E/16 de fecha 29 veintinueve del mes de Septiembre del año 2016 dos mil dieciséis emitido por la Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado, dentro de la Trigésima Segunda Reunión Extraordinaria, se aprobó por unanimidad el Convenio Modificatorio al Contrato 65/16, solicitado mediante oficio DGL//F-0200/2016 signado por el Lic. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Director General de Logística realizando las modificaciones solicitadas.
D E C L A R A C I O N E S:
A.- Ambas partes ratifican el contenido de las declaraciones plasmadas en el contrato número 65/16 prevaleciendo éstas, para todos los efectos legales correspondientes.
B.- Quedan subsistentes las cláusulas, declaraciones y párrafos del contrato número 65/16, que no hayan sido modificadas mediante el presente instrumento.
C.- Ambas partes manifiestan que se reconocen recíprocamente el carácter con que comparecen, por lo cual sujetan el presente instrumento a las siguientes
C L Á U S U L A S:
PRIMERA.- Se modifica el contenido de la CLÁUSULA SEGUNDA del CONTRATO, denominada DEL OBJETO, en lo que respecta a los puntos que se describen a continuación y para quedar de la siguiente forma:
a) Las líneas divisorias del cajón deben medir 15 cm de ancho por reglamento.
b) En el estacionamiento del Archivo Histórico, se pide pinturas en columnas, se deberá considerar el mismo diseño y las columnas estarán pintadas como están actualmente.
c) En los cuadros estacionamientos, pide señalamientos de pintura en la banda de rodamiento de no estacionarse y de auto chico. Estos señalamientos están pero en señalización horizontal (letreros colgantes/adheridos a la pared) de igual manera la línea discontinua de división xx xxxxxxxx no existe pues no se tienen xxxxxxxx xx xxxxx sentido. Estos conceptos no se incluirán en el contrato, más se conserve la partida cotizada para poder absorber el costo que incrementará por el aumento de la anchura de la línea divisoria de cajones.
d) Los señalamientos de salida en Tres Poderes deberán de ser instalados de nueva manera.
e) En el catálogo, la volumetría de línea divisoria de cajón son 1,150.00ml.
f) Se eliminan del contrato los 25 estacionamientos exclusivos en los cuales no se apartarán ni aplicarán tecnología, por resultar innecesarios pues se había pensado que era para los escoltas del gobernador, los cuales refieren que no los necesitan.
SEGUNDA.- Se modifica el monto contenido de la CLAUSULA QUINTA del CONTRATO, lo anterior de conformidad a las modificaciones en el objeto, referidas en el punto anterior, modificando de $40´177,485.74 (cuarenta millones ciento setenta y siete mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos 74/100 Moneda Nacional) el monto para quedar por la cantidad de $39´822,055.88 (Treinta y nueve millones ochocientos veintidós mil cincuenta y cinco pesos 88/100 Moneda Nacional), en virtud de que se eliminaron conceptos incensarios al objeto. Lo anterior de conformidad con el artículo 21 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco, para quedar redactada de la siguiente manera:
“QUINTA.- DEL PRECIO. EL PROVEEDOR fija un precio del presente contrato hasta por la cantidad de
$39´822,055.88 (Treinta y nueve millones ochocientos veintidós mil cincuenta y cinco pesos 88/100 Moneda Nacional) Impuesto al Valor Agregado incluido.”
TERCERA.- Como consecuencia de la modificación a la CLÁUSULA QUINTA del CONTRATO se procede a realizar la modificación en el párrafo segundo de la CLÁUSULA SEXTA del CONTRATO, para quedar redactada de la siguiente manera:
“Los equipos y las mejoras de los estacionamientos se pagaran en un periodo de 12 meses contados a partir del mes siguiente a aquél en que haya sido recibido y puesto en operación, por lo que los equipos y mejoras pasaran a ser propiedad de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas para lo cual EL PROVEDOR deberá entregar el licenciamiento correspondiente al software. La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas realizará el pago del Arrendamiento de los Equipos con Opción a Compra y de las Mejoras de las Instalaciones a favor de EL PROVEEDOR en Moneda Nacional, por un monto total de $11,110,752.00 (Once millones ciento diez mil setecientos cincuenta y dos pesos 00/100 Moneda Nacional) impuesto al valor agregado incluido, en 12 doce mensualidades iguales y sucesivas, cada una por la cantidad de $925,896.00 (Novecientos veinticinco mil ochocientos noventa y seis pesos 00/100 Moneda Nacional) Impuesto al valor agregado incluido, en el plazo de doce meses antes referido, dentro de los 20 veinte días hábiles siguientes a su solicitud, de lunes a viernes en días hábiles, de 9:00 a 15:00 horas, dentro de veinte días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha en que presentada en la Dirección General de Logística de la Subsecretaría de Administración.” …
Leído que fue el presente Convenio Modificatorio por ambas partes y enterados de su alcance y contenido, lo firman de común acuerdo el día 30 treinta de mes de Septiembre del año 2016 dos mil dieciséis en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco.
LA SECRETARÍA | EL PROVEEDOR |
RUBRICA Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. | RUBRICA Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Apoderado Legal de Pare de Occidente, Sociedad Anónima de Capital Variable. |
TESTIGO | TESTIGO |
RUBRICA Licenciado Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Director General de Abastecimientos de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco | RUBRICA Licenciado Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Director de la Comisión de Adquisiciones de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. |
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