CONTRATO C-001-2007-CONACS-ADM/ABA RENOVACIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL
Ministerio de Agricultura
CONTRATO C-001-2007-CONACS-ADM/ABA
RENOVACIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL
Conste por el presente documento el Contrato de Arrendamiento de Local Comercial, que celebran de una parte el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos – CONACS, con RUC Nº 20174198030, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Agricultura, debidamente representado por el Ing. XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, en su calidad de Presidente del CONACS nombrado mediante Resolución Suprema Nº 031-2006-AG, identificado con DNI. Nº 00000000, señalando como domicilio para todos sus efectos Xx. Xxxxxxxxx Xx 000 - Xxxx, a quien en adelante se le denominará EL ARRENDATARIO y de la otra parte la señora XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXX, identificada con DNI Nº 00000000, con RUC Nº 10079181604, con domicilio en Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xx 000 Xxx. Xxxxxxxxxx – Pueblo Libre, a quien en adelante se le denominará LA ARRENDADORA, en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: PROPIEDAD DEL INMUEBLE
LA ARRENDADORA es propietario del local comercial, ubicado en Xx. Xxxxxxxx Xxxxx Xx 000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx x Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, el cual estratégicamente esta ubicado a cuatro cuadras de la Plaza xx Xxxxx y a media xxxxxx xxx xxxxxxx de abastos.
Inmueble de 02 plantas cuyo perímetro asciende a 107.35 ml., área xxxxx del terreno de 484.69 m2, con un área construida de 511.68 m2 y área libre de 178.69 m2. Las dos plantas comprenden dos alas definidas en la segunda planta, una hacia el exterior que es donde se ubican las instalaciones principales es decir las habitaciones con un ingreso independiente desde el patio principal y la otra destinada al área de servicio con ingreso independiente desde el patio posterior.
Primera Planta:
Longitud de frente 16.20 ml. Con dos ingresos uno denominado ingreso principal que comunica al patio principal y al xxxx de espera para ingreso a las oficinas y/o (escritorio, sala, comedor y a las instalaciones interiores del primer piso y del segundo piso) otro ingreso directo a las oficinas (sala y comedor) de atención al público, ambas con puertas metálicas de seguridad. El primer piso cuenta con una oficina de atención al público de aprox. 55 m2 y de 4 oficinas internas mas 3 depósitos y dos baños así mismo cuenta con garaje techado para 2 vehículos y sin techo para 4 vehículos. En la parte posterior se ubica un patio llamado trasero de 70 m2 y el ingreso al segundo piso posterior al área de servicios.
Segunda Planta:
En la parte frontal o delantera se ubican: un escritorio con balcón, 3 dormitorios, un baño principal y un corredor en forma Z que comunica todos los ambientes que se pueden utilizar en forma integrada o en forma aislado y en el segundo piso se ubica un baño completo. Por la parte posterior y con escalera independiente (área de servicio) se encuentra edificado dos dormitorios y un xxxx.
Pisos: xx xxxxxx machihembrada xx xxxx oregón en las habitaciones y áreas de uso común como sala comedor y en los patios.
Baños: paredes enchapadas con mayólicas y pisos enchapados con losetas, servicios higiénicos completos.
Techos: cobertura de Eternit soportado en estructuras xx xxxxxx, cielo raso tarrajeados con yeso.
Puertas principales xx xxxxxx, puertas interiores xx xxxxxx maciza Cedro, ventanas exteriores xx xxxxxx.
Escaleras de concreto acabado en granito, xxxxxxx xxx xxxxxxx xxxx xx xxxxxx con madera acabado arquitectónico.
Pisos del ingreso enchapado con losetas y el patio principal con losetas de concreto, el piso del patio interior es de concreto frotachado anti deslizante.
Instalaciones eléctricas: adecuadas con tablero principal, puntos de iluminación y de fuerza en todos los ambientes.
2. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente documento, LA ARRENDADORA cede en forma total el arrendamiento a favor de EL ARRENDATARIO, el local comercial descrito en la cláusula precedente, con el objeto de que sea destinado su primer y segundo piso y todas las áreas contiguas al Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos CONACS, de acuerdo al acta de adjudicación del proceso de Adjudicación de Menor Cuantía AMC-001-2007-CONACS. Cualquier cambio de uso, constituirá causal de resolución automática del presente contrato.
3. CLÁUSULA TERCERA: PLAZO
El plazo de duración del presente contrato será desde el 15 de Enero del 2007 hasta el 15 de Enero del 2008 (12 meses).
4. CLAUSULA CUARTA: RENTA MENSUAL
La renta pactada de común acuerdo será de S/. 1,500.00 (UN MIL XXXXXXXXXX X 00/000 XXXXXX XXXXX) mensuales, pagaderos en nuevos soles, que EL ARRENDATARIO se obliga a pagar dentro de los primeros ocho días de cada mes.
5. CLÁUSULA QUINTA: DESOCUPACION DEL INMUEBLE
Al vencimiento del plazo fijado en la Cláusula Tercera, EL ARRENDATARIO se obliga a desocupar el inmueble arrendado sin necesidad de aviso o notificación previa de LA ARRENDADORA, salvo lo estipulado en la cláusula siguiente.
6. CLAUSULA SEXTA: PRORROGA DEL ARRENDAMIENTO
Si al vencimiento del plazo establecido en la cláusula tercera, EL ARRENDATARIO deseara seguir ocupando el inmueble, tendrá la primera opción para suscribir una prorroga respecto del presente contrato.
Para tal efecto, EL ARRENDATARIO deberá notificar por escrito a LA ARRENDADORA su deseo de permanecer en el inmueble, con 30 días de anticipación.
7. CLAUSULA SEPTIMA: XXXX EN EL PLAZO
La falta de pago de dos meses y quince días de arrendamiento dará lugar a la resolución del contrato, quedando LA ARRENDADORA facultada para interponer las acciones judiciales que establecen las disposiciones legales sobre la materia.
8. CLAUSULA OCTAVA: CESION, TRASPASO Y SUBARRENDAMIENTO
EL ARRENDATARIO queda terminantemente prohibido de traspasar, subarrendar o ceder bajo cualquier forma, en todo o en parte, el bien objeto del arrendamiento, quedando expresamente convenido entre las partes que el incumplimiento de esta obligación será causal de resolución automática del presente contrato, que podrá hacer efectiva LA ARRENDADORA mediante envío de una carta notarial y sin otro requisito previo.
9. CLAUSULA NOVENA: CONSERVACION Y MANTENIMIENTO
Cualquier desperfecto o deterioro que se produzca en el local arrendado o en los servicios e instalaciones del mismo, serán reparados por cuenta o costo exclusivo de EL ARRENDATARIO.
10. CLAUSULA DECIMA: MEJORAS
EL ARRENDATARIO se compromete a no introducir modificaciones o alterar el inmueble arrendado, ni hacer cambios en las instalaciones sin el consentimiento expreso y por escrito de LA ARRENDADORA, quedando establecido que cualquier obra o mejora de carácter fijo y permanente que se introdujera en el inmueble, quedara en beneficio de LA ARRENDADORA sin obligación de resarcimiento alguno.
11. CLÁUSULA UNDÉCIMA: LETREROS Y ROTULOS
EL ARRENDATARIO estará facultado para colocar letreros o rótulos alusivos a sus actividades en el inmueble objeto del arrendamiento, tanto en la parte frontal como en la parte interior del inmueble, previa consulta con LA ARRENDADORA.
Queda establecido que las obligaciones que se pudieran derivar de la colocación de los referidos letreros serán de exclusiva responsabilidad de EL ARRENDATARIO.
12. CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA: GASTOS DE MANTENIMIENTO
Queda convenido que son de cargo y cuenta de EL ARRENDATARIO los gastos de mantenimiento y demás que sean necesarios para la conservación del inmueble materia del presente contrato.
13. CLÁUSULA DECIMA TERCERA: ARBITRIOS MUNICIPALES, PAGOS DE AGUA Y ELECTRICIDAD
Serán de cuenta y cargo de EL ARRENDATARIO el pago de licencias, arbitrios y contribuciones municipales que correspondan al inmueble que ocupan y actividades que desarrollen, así como el pago de los servicios de energía eléctrica, agua y desagüe.
Cualquier obligación que pudiera surgir en el desarrollo de las actividades de EL ARRENDATARIO, será de su exclusiva cuenta, cargo y responsabilidad.
14. CLÁUSULA DECIMA QUINTA: RESOLUCION UNILATERAL
Queda convenido entre las partes que si antes del vencimiento del plazo pactado EL ARRENDATARIO resolviera desocupar y devolver el inmueble arrendado, operará lo previsto por el Art. 205º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
16. CLAUSULA DECIMA SEXTA: OTRAS RESPONSABILIDADES
Sin perjuicio de lo establecido en las cláusulas precedentes, LA ARRENDADORA queda totalmente liberada de cualquier responsabilidad laboral, tributaria, aduanera, de seguridad social y de cualquier otra naturaleza que pudiera derivarse de las actividades que EL ARRENDATARIO pueda llevar a cabo.
17. CLAUSULA DECIMO SEPTIMA: SOMETIMIENTO JURISDICIONAL
Las partes contratantes renuncian expresamente al Fuero de su domicilio y se someten a la jurisdicción de los Jueces de Lima, para todo lo concerniente al presente contrato, señalando como sus domicilios los enunciados en la parte introductoria, para las notificaciones judiciales o extrajudiciales a que hubiera lugar.
Ambas partes en señal de conformidad, con el contenido y alcances de las cláusulas precedentes, suscriben el presente contrato en tres ejemplares de igual tenor, en la cuidad xx Xxxx a los 15 días del mes de Enero de 2007.
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Ing. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx DNI Nº 00000000 EL ARRENDATARIO |
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx DNI Nº 00000000 LA ARRENDADORA |