PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS
PROCEDIMIENTO: ABIERTO SIN VARIANTES
Nº EXPEDIENTE: COF/2014/06
Cuadro resumen de las características del contrato
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Ejecución de las obras de Repoblación de Chopos en 105,04 ha en Lantadilla y seis más (Xxxxxxxx)
Código CPV 77211600
2.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA Excluido)
180.547,34 euros
3.- CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA
No se exige. Acreditación de solvencia según criterios xxx Xxxxxx.
4.- PLAZO
4 meses para la obra y 8 meses para las labores de gradeo.
5.- VARIANTES
No se admiten Variantes
6.- GARANTÍA PROVISIONAL
No se exige
7.- GARANTÍA DEFINITIVA
10% (5% del importe de adjudicación sin I.V.A.+ 5% retenciones en cada certificación)
8.- GASTOS DE PUBLICIDAD
Por cuenta del adjudicatario.
9.- PENALIDADES POR DEMORA
0.2 %/Día Hasta un 10 %.
ÍNDICE
I.- DISPOSICIONES GENERALES
1. - OBJETO DEL CONTRATO 2.- JUSTIFICACIÓN
3. - PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
4. - PLAZO DE EJECUCIÓN
II. – BASES DE LA LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN
5. – PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
6. – CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO
7. - PRESENTACIÓN DE OFERTAS
8. - GARANTIA PROVISIONAL
9. - CONTENIDO DE LAS OFERTAS
10. – CALIFICACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
III. – FORMALIZACION DEL CONTRATO 11.- GARANTIA DEFINITIVA
12. - PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD y PLAN DE TRABAJO
13. - DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
IV. – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
14. - OBLIGACIONES Y GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA.
15. - ABONOS AL CONTRATISTA.
16. - SUBCONTRATACIÓN
17. – IMPUESTOS
V.- EJECUCION DE LAS OBRAS
18. - REVISIÓN DE PRECIOS
19. - DIRECCIÓN DE LAS OBRAS
20. - COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO
21. - PROGRAMA DE TRABAJO VI.- CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
22. - RECEPCIÓN DE LA OBRA.
23. - PLAZO DE GARANTÍA
24. - DEVOLUCION DE LA GARANTIA DEFINITIVA Y DE LAS RETENCIONES
VII. - EXTINCIÓN DEL CONTRATO
25.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
VIII. - RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
26. - REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO ANEXOS
CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
I. - DISPOSICIONES GENERALES
1. - OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato tendrá por objeto la Ejecución de las obras de Repoblación de Chopos en 105,04 ha en Lantadilla y seis más (Xxxxxxxx).
Código CPV 77211600.
El pliego de condiciones técnicas particulares, el Estudio de Seguridad y Salud, planos, Pliego de cláusulas administrativas, memoria y oferta económica revestirán carácter contractual, por lo que serán obligatorios y exigibles al ADJUDICATARIO del Contrato. En lo no previsto en estos pliegos o el contrato se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. – JUSTIFICACIÓN
2.1. – Justificación de su necesidad e idoneidad
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la celebración del presente contrato proyectado, se justifica por la necesidad de ejecutar las obras de plantación de choperas descritas en el apartado I del presente Pliego, y ello debido a la importante función social, ecológica y económica de las choperas, que contribuyen de un modo decisivo a la conservación de los suelos, al control de la erosión, y a la defensa frente a las inundaciones de poblaciones, cultivos y comunicaciones. Al mismo tiempo, proporcionan trabajo en el ámbito rural, aportan beneficios directos mediante el aprovechamiento de la madera y, suministran espacios aptos para su utilización recreativa.
Por todo ello, mantener y aumentar la superficie de la masa forestal de choperas es un objetivo constante de las distintas Administraciones de Castilla y León, siendo necesario a tal fin contar con la cooperación entre éstas.
Así, mediante el Decreto 55/2002, de 11 xx Xxxxx, la Junta xx Xxxxxxxx y León aprobó el Plan Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx y León, que se configura como el instrumento básico para el diseño y ejecución de la política forestal de la Comunidad, en el marco de la ordenación del territorio, que corresponde, en el ámbito de sus competencias, a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, quien desarrolla, entre otros objetivos, el fomento y estímulo de actuaciones de mejora y mantenimiento de los xxxxxx de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, para contribuir a la conservación y mejora del medio natural, sus recursos y su diversidad biológica y paisajística.
Dentro de este Plan Forestal, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente firmó un Convenio de Colaboración con la Sociedad Publica de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León,
S.A. (en adelante la SOCIEDAD), para la mejora y gestión de los bosques y masas forestales de crecimiento rápido con fecha 28 de diciembre de 2009.
La SOCIEDAD asume, entre otras actuaciones que constituyen su objeto social, “la promoción, protección, conservación, regeneración o mejora del medio ambiente” y así en su desarrollo
ejecuta repoblaciones forestales con especies de crecimiento rápido, como es el caso del chopo para producción xx xxxxxx, lo que se corresponde con el objeto del presente contrato.
El contrato definido tiene la calificación de contrato de obras, tal y como establece el artículo 6 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
2.2. – Justificación de la elección del procedimiento y su tramitación
La forma de adjudicación de este contrato de obras será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el art. 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Este expediente se tramita de urgencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112.1 del TRLCSP, debido a la proximidad de fechas entre la firma de los Convenios de plantación, así como la redacción de los pertinentes proyectos y la necesidad de ejecutar las obras dentro del periodo xx xxxxxx vegetativa.
3. - PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
El Presupuesto Base es de 180.547,34 euros, IVA no incluido.
En este importe están incluidos, los Gastos Generales, el Beneficio Industrial, el Control de Calidad, los costes de las medidas que se hayan de adoptar en materia de seguridad y salud durante la ejecución de las obras, y los que vienen recogidos en el Apartado 14 de estas Bases.
La oferta económica presentada no podrá ser nunca superior al presupuesto base de licitación.
4. - PLAZO DE EJECUCIÓN.
4.1. - El plazo máximo de ejecución del contrato será de 4 MESES para la plantación de los chopos, que comenzará a contarse desde el día siguiente a la formalización del acta de comprobación del replanteo, hecho éste que se producirá dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato. El plazo para las labores de gradeo será de un máximo 8 meses desde el acta de comprobación de replanteo. El plazo para cualquier otra actividad de mantenimiento y mejora ofertada, será el que figure en el plan de trabajo aprobado, según se señala en el punto 12 de este PCAP.
4.2. - En todo caso el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a un mes desde la fecha de adjudicación, quedando resuelto el contrato en caso contrario, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León S.A., en adelante LA SOCIEDAD, y al CONTRATISTA.
4.3. - El comienzo efectivo de las obras no podrá producirse hasta tanto LA SOCIEDAD haya aprobado el Plan de Seguridad y Salud y el Plan de Trabajo correspondiente a la obra adjudicada y el CONTRATISTA haya cumplido su obligación de comunicar a la autoridad laboral correspondiente el inicio de la obra.
4.4. - El acta de comprobación del replanteo que puedan fijarse al aprobar el programa de trabajo, con los efectos que en esta aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a todos los efectos previstos en la legislación vigente.
4.5. - Si vigente el contrato, surgieran incidencias que determinen la necesidad de ampliar los plazos establecidos, la pertinente modificación deberá ser resuelta de modo expreso por LA SOCIEDAD. Si las incidencias fueran imputables al contratista, LA SOCIEDAD podrá imponer penalidades según lo dispuesto en el apartado 14.1.
II. – BASES DE LA LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN
5. – PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto de acuerdo con los siguientes criterios de adjudicación:
CRITERIOS DIRECTOS | Valoración económica | Se valorará hasta 60 puntos según la siguiente fórmula: |
(60 puntos) | ||
60*B | ||
P= | ||
Bmax | ||
Donde: | ||
- P. Puntuación | ||
- B: Baja de oferta a valorar en % | ||
- Bmax: Baja Máxima no incursa en | ||
temeridad, en %. | ||
Valoración mejoras | Mejoras de mantenimiento de la plantación, accesos a la finca así como construcción o mejora de pasos de agua. La asignación de la puntuación se hará en función del % en importe de las mismas con respecto al importe base de licitación. Únicamente se valorarán las mejoras que se justifiquen correctamente y que realmente supongan una ventaja añadida a las plantaciones o terrenos. Se valorará en 10 puntos según la siguiente fórmula: 10*M P= 5,5 Donde: - P: Puntuación -M: % importe mejoras respecto base imponible de la oferta de licitación | |
(10 puntos) | ||
Ver punto II sobre Nº3. |
CRITERIOS EVALUABLES | Valoración técnica (30 puntos) | Planificación: (máximo 10 puntos). Descripción: diagrama de trabajos correcto en fases y épocas (5), Base de rendimientos de las operaciones justificado (5), Organización y conocimiento: (máximo 20 puntos). Cálculo de distribución de medios materiales y personales (5) Planteamiento general de la obra y particular de cada localización (10) Optimización de plazos en la ejecución (5) A las ofertas que obtengan después de la suma de ambas criterios una valoración igual o menor a la mitad de la puntuación máxima, se les asignará el valor de 0 puntos. |
Cálculo de la oferta económica global: las ofertas cuya baja supere en más de 5 puntos porcentuales la baja media, se considerarán incursas en presunción de temeridad. A las empresas incursas en presunción de temeridad se les requerirá la justificación de su oferta en los términos previstos en la Ley y el Reglamento de Contratos del Sector Público. A las ofertas en las que finalmente el Órgano de Contratación aprecie temeridad no se les asignará puntuación en el criterio “Oferta Económica Global”.
Empresas del mismo grupo: a efectos del cálculo de la baja media relativa a la presunción de temeridad, sólo se tendrá en cuenta la oferta más barata de las realizadas por empresas de un mismo grupo, estén o no en Unión Temporal de Empresas.
6. – CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO
Podrán concurrir a la adjudicación del contrato las personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad que tenga una relación directa con el objeto del contrato, dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica.
Acreditación de la Solvencia Técnica exigida
a) Relación de plantaciones de chopos a raíz profunda en un mínimo de 300 hectáreas efectuadas durante los últimos cinco años, de similares características a las ofertadas, indicando su importe, fechas y destinatarios públicos o privados de las mismas. Dichas plantaciones se acreditarán mediante certificados expedidos por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea privado, mediante copia del contrato o documento por el que se justifica la realización de la actuación y en el que consten los extremos exigidos.
b) Maquinaria mínima exigida de la que se disponga para la ejecución del contrato en su totalidad:
- 2 Retroexcavadoras xx xxxxxxx de al menos 20 toneladas.
- 1 Tractor de al menos 125 CV.
- 1 Grada de discos de 1,5 toneladas.
La titularidad de dicha maquinaria se acreditará para los vehículos, mediante la presentación de sus seguros obligatorios de circulación así como de sus permisos de circulación e inspección técnica en vigor. Para el resto de maquinaria, la titularidad se acreditará mediante la factura de compra junto con sus seguros vigentes, si procede.
- Acreditación de la Solvencia Económica y Financiera
La acreditación de la solvencia económica y financiera se realizará mediante declaraciones apropiadas de entidades financieras y el justificante de la existencia de un seguro de indemnización por responsabilidad civil por valor de ciento cincuenta mil euros (150.000).
7. - PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
Las ofertas se presentarán en el Registro de LA SOCIEDAD, sito en x/ xxxxxx Xxxx 000. 47008 Valladolid, teléfono 000 000000, página web xxx.xxxxxxx.xx/, de 9 a 14 horas de lunes a viernes, antes de la fecha y hora límite de presentación indicada en el anuncio de licitación. Las ofertas se presentarán en mano o por correo.
Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax en el mismo día. En todo caso las ofertas por correo deberán recibirse en el plazo máximo de 5 días posteriores a la fecha de presentación.
Cuando la empresa ofertante vaya a presentar la oferta a las oficinas de la SOCIEDAD deberá llevar cumplimentada la hoja de oficio correspondiente al Anexo IV del presente pliego.
Se considerará medio válido de comunicación entre el poder adjudicador y los ofertantes, además del fax o correo certificado, el correo por medios electrónicos. A tal efecto, los ofertantes incluirán una dirección de correo electrónico válida y con acuse de recibo.
Previa a la presentación de la oferta, el OFERTANTE, podrá examinar este Pliego y el Proyecto en el lugar y hora que se expresen en el anuncio de la licitación, pudiendo obtener cuantas aclaraciones fueran precisas mediante consulta telefónica en el número y dirección que se establece en el párrafo anterior.
8. - GARANTIA PROVISIONAL.
No se exige garantía provisional.
9. - CONTENIDO DE LAS OFERTAS.
9.1. - La presentación de ofertas presume la aceptación incondicional de estas cláusulas sin salvedad alguna y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con LA SOCIEDAD.
9.2. - Las ofertas deberán presentarse dentro de un único sobre cerrado, identificado con el nombre de la empresa, dirección postal, teléfono, fax y dirección de correo electrónico, que contendrá a su vez tres sobres cerrados (1, 2 y 3) con el contenido que se indica a continuación. En todos los sobres se indicará de forma legible el número de expediente, el objeto del contrato, el nombre completo de la empresa, sociedad o particular que formule la oferta y su dirección. También se indicará de forma legible el número y título del sobre.
9.3. - Los sobres deberán ir firmados por el representante legal.
9.4. - LA SOCIEDAD podrá excluir las ofertas cuyos Sobres números 1, 2 y 3 no incluyan la documentación exigida.
9.5. - LA SOCIEDAD excluirá las ofertas que contengan salvedades a la aceptación de algún punto de este Pliego.
9.6. - Los OFERTANTES no podrán suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho a título individual, ni tampoco podrá figurar en más de una unión temporal.
A continuación se expone el contenido de los tres sobres a presentar:
SOBRE NÚMERO 1:
TITULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”
CONTENIDO:
I.- Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y capacidad del empresario:
a) Si el oferente es persona física, el documento que acredite su personalidad, a través de copias autenticadas (para españoles: Documento Nacional de Identidad o documento
que haga sus veces; para extranjeros: Pasaporte, Autorización de Residencia y Permiso de Trabajo).
b) Si el oferente es persona jurídica española deberá aportar escritura de constitución de la Sociedad o de la modificación de sus estatutos, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil (adaptada a la vigente Ley de Sociedades de Capital aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio), cuando este requisito fuese exigible conforme a la legislación mercantil que le fuere aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, o de modificación de Estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
c) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
d) Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
e) Esta documentación deberá presentarse obligatoriamente en documento original o copia legalizada ante Notario
f) Si el firmante de la proposición actúa en calidad de representante del OFERTANTE, deberá acompañarse el documento que acredite la personalidad de este representante (D.N.I. para españoles o documento que haga sus veces; pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo para extranjeros) y, además, poder que le habilite para concurrir en nombre del representado a la celebración del contrato.
II.- Los Certificados y Acreditaciones pertinentes para la justificación de la Solvencia requerida.
III.- Declaraciones responsables, que comprendan lo siguientes extremos:
a) No estar incurso el empresario en ninguna de las circunstancias que prohíben contratar con la Administración, conforme a lo dispuesto en el Art. 60 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el TRLCSP. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar esta.
b) No existir deudas de naturaleza tributaria con la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León (Decreto 132/1996, de 00 xx xxxx, xx xx Xxxxx xx Xxxxxxxx x Xxxx.
c) No estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en ninguno de los supuestos de la Ley 6/1989, de 6 de octubre, de Incompatibilidades de los miembros de la Junta xx Xxxxxxxx y León y de otros cargos de la Administración de la Comunidad.
d) Se incorpora modelo de declaración como Xxxxx XX.
e) Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece y relación compresiva de todas las Sociedades pertenecientes al mismo grupo, en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido.
f) Manifestación por escrito de que en la oferta se han tenido en cuenta las disposiciones vigentes relativas a protección y condiciones de trabajo.
Cuando la acreditación de la personalidad jurídica y representación del empresario, así como la clasificación o solvencia de la empresa, se realice mediante la certificación de un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, o mediante un certificado comunitario de clasificación, deberá acompañarse a la misma una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato.
De conformidad con lo dispuesto en la Orden HAC/1.102/2007,de 31 xx Xxxx, por la que se regula el Registro de Licitadores de la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León, los licitadores están dispensados de presentar la documentación que haya sido inscrita en el Registro y depositada en el mismo, siempre y cuando se encuentre debidamente actualizada. A estos efectos, se presentará en el SOBRE Nº 1, la correspondiente CERTIFICACIÓN DEL REGISTRO DE LICITADORES, expedida a solicitud del interesado en virtud de la regulación establecida en el artículo 10 de la mencionada norma.
En este caso, además, se deberá indicar el nombre y apellidos y copia del D.N.I. de la persona que haya firmado la proposición económica.
SOBRE NÚMERO 2:
TITULO: “DOCUMENTACIÓN TECNICA”
CONTENIDO:
I.- Planificación: (máximo 10 puntos).
Descripción: diagrama de trabajos correcto en fases y épocas (5) Base de rendimientos de las operaciones justificado (5).
II.- Organización y conocimiento: (máximo 20 puntos).
Cálculo de distribución de medios materiales y personales (5). En este punto se especificará la parte del contrato que se tenga previsto subcontratar (máximo permitido 20%), señalando para las unidades correspondientes el porcentaje que suponga.
Planteamiento general de la obra y particular de cada localización (10) Optimización de plazos en la ejecución (5)
La extensión máxima del contenido de este sobre será de 10 (diez) páginas tamaño A4.
SOBRE NÚMERO 3:
TITULO: “PROPOSICION ECONOMICA”
CONTENIDO
I.- Proposición económica.
No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que contengan cifras comparativas o expresiones ambiguas, aquellas que se presenten con enmiendas o raspaduras que puedan inducir a duda racional sobre su contenido. En caso de discrepancia entre la cantidad expresada en letra y en cifra, se tendrá por correcta la consignada en letra.
La oferta económica deberá estar redactada en castellano y deberá estar firmada por el empresario o persona facultada para ello.
La presentación de las proposiciones presupone la aceptación incondicional, por parte del empresario, del contenido xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas sin salvedad alguna.
El licitador estará obligado a mantener su oferta durante 6 meses a contar desde la fecha de apertura.
II.- Valoración de mejoras. Se podrá ofertar sobre las mejoras que se consideren efectivas y que supongan un incremento de la viabilidad y rendimiento de la plantación a si como mejoras en la propia parcela.
Para el cálculo del porcentaje de propuesta en mejoras se cogerán los precios (base imponible del proyecto) En el caso de mejoras de unidades de obra que no se encuentran en el proyecto se deberá justificar el precio por unidad de obra.
Estos dos puntos serán formulados estrictamente conforme al modelo que figura como Xxxxx X de este Xxxxxx.
10. – CALIFICACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
10.1 - Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se constituirá la mesa de contratación, que procederá a la calificación de la documentación general presentada en tiempo y forma por los licitadores en el sobre nº 1.
10.2. - Si la mesa observase defectos materiales en la documentación presentada, lo comunicara a los interesados, verbalmente y por escrito, vía FAX, concediendo un plazo no superior a tres (3) días para que el licitador los corrija o subsane ante la propia mesa de contratación.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
10.3. - La mesa de contratación, en acto público celebrado en el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación, procederá a la apertura de las proposiciones técnicas.
10.4. - Tras el análisis, estudio y valoración de las ofertas técnicas admitidas, se elaborará un informe en el que se expresará la puntuación técnica obtenida por los licitadores en aplicación de los criterios existentes en el pliego. Este informe se elevará a la mesa de contratación con anterioridad al acto de apertura económica. La mesa de contratación, en el día y hora señalados en el anuncio, procederá en acto público a dar a conocer el resultado de la valoración técnica de las ofertas admitidas. A continuación se realizará la apertura de las ofertas económicas.
10.5. - En sesión convocada a tal efecto, la mesa de contratación, a la vista de las proposiciones económicas y demás circunstancias que hayan de tenerse en cuenta en la adjudicación, y en atención a los informes técnicos y asesoramientos correspondientes que estime oportuno solicitar, formulara la propuesta de adjudicación que incluirá, en todo caso, la ponderación de los criterios que se establecen en este Pliego, o bien propondrá que se declare desierto el concurso, sin que por ello tengan derecho los OFERTANTES a reclamación alguna, dentro de los 6 primeros meses desde la apertura.
El tratamiento de las Ofertas con valores anormales o desproporcionados se realizará según lo establecido en el artículo 152 del TRCSP y bajo los parámetros expuestos en el punto 4 “Criterios de Adjudicación”. Si bien, este procedimiento será previo al cálculo de la puntuación del criterio “Oferta Económica Global” y por tanto el valor del denominador “Bmax” será el de la oferta con la Baja Máxima de entre todas las aceptadas, es decir, que no haya sido rechazada por aplicación del procedimiento establecido u otro motivo previsto en la Ley o este Pliego.
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, presenten distintas proposiciones para concurrir (en UTE o no) a la adjudicación de un contrato, se tomara únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas desproporcionadas.
En el caso de que dos o más de las proposiciones presentadas, admisibles conforme a los criterios establecidos en el presente Xxxxxx, obtuvieran idéntica puntuación, resultando las más ventajosas económicamente, será de aplicación lo dispuesto en el Apartado 2º de la Disposición Adicional Cuarta del Real Decreto Legislativo 3/2001, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Mientras que si ninguna de las proposiciones presentadas, con idéntica puntuación, tuvieran en su plantilla trabajadores con discapacidad, será preferida la proposición de precio más bajo.
Finalmente si ambas proposiciones contuvieran idéntica oferta económica, dicho empate se resolverá de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, decidiéndose la adjudicación de éstas mediante sorteo.
10.6. - Una vez clasificadas las ofertas la SOCIEDAD requerirá al licitador con la mejor oferta para que en el plazo de 10 días hábiles, presente la siguiente documentación justificativa:
- Certificaciones acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo estipulado en la cláusula siguiente.
10.7. - Dentro de los plazos máximos establecidos en el artículo 151 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el órgano de contratación acordará, en resolución motivada, la adjudicación del contrato. Dictada la resolución pertinente, se procederá a su notificación a los candidatos o licitadores y a su publicación en el perfil de contratante del órgano de contratación.
III. – FORMALIZACION DEL CONTRATO
11. - GARANTIA DEFINITIVA.
11.1. - Según el artículo 104 del TRLCSP la garantía definitiva se establece en el 10% del importe de adjudicación en atención a las características y circunstancias del contrato, y que se entregarán de la siguiente manera; con carácter previo a la formalización del contrato y en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, el ADJUDICATARIO entregará a LA SOCIEDAD, una garantía definitiva por un importe del 5% del importe de adjudicación excluido el IVA mediante aval bancario otorgado por Banco o Sociedad de Garantía, según modelo en el Anexo III. Posteriormente dicha garantía aumentará hasta un 10 % del total mediante retención del 5% en las certificaciones.
11.2.- La garantía se constituirá mediante aval bancario, otorgado por Banco o Sociedad de Garantía, según modelo adjunto en el Anexo III.
12. - PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD y PLAN DE TRABAJO
12.1. - En el mismo plazo señalado en el Apartado 10, el ADJUDICATARIO presentará en el Registro General de LA SOCIEDAD el Plan de Seguridad y Salud y Plan de Trabajo referido a la ejecución de la obra adjudicada.
12.2. - Dicho Plan de Seguridad y Salud y Plan de Trabajo deberá de ser aprobado por LA SOCIEDAD con anterioridad a la fecha de formalización del contrato. Si por causas imputables al ADJUDICATARIO dicha aprobación no se produjere con anterioridad a la fecha señalada para formalizar el contrato, LA SOCIEDAD podrá acordar la resolución del mismo, procediéndose a la incautación de la garantía provisional y a la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados
13. - DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
13.1. – Previamente a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar ante el órgano de contratación la documentación acreditativa de la personalidad y representación del firmante, presentando además escritura pública de constitución de la Unión de Empresarios y CIF asignado cuando el licitador sea una U.T.E.
13.2.- Si por causas imputables al ADJUDICATARIO, la garantía, planes, certificados, y seguro no se entregasen con anterioridad a la fecha señalada para formalizar el contrato, LA SOCIEDAD podrá acordar la resolución del mismo, y el pago por parte del adjudicatario de la indemnización en concepto de los daños y perjuicios ocasionados, que se valora en el 2% del presupuesto base de licitación excluido el IVA.
13.3. - Cumplidos los requisitos señalados en los apartados anteriores, y dentro del plazo máximo de treinta días naturales, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, se procederá a la formalización del contrato.
14.4. - El contrato podrá elevarse a escritura pública cuando lo solicite el CONTRATISTA, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. Igualmente serán a cuenta del ADJUDICATARIO los gastos y tributos de la formalización del contrato, así como cualesquier impuesto, tasas o arbitrios de índole estatal, autonómica o municipal, que pudieran gravar el contrato, y demás gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.
13.5. - LA SOCIEDAD podrá ordenar, por causa justificada de urgencia, el comienzo de la ejecución del contrato, aunque no se haya formalizado éste, siempre que se haya constituido la garantía definitiva correspondiente, en plazo que al efecto se señale.
13.6. - La falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista producirá la invalidez de la adjudicación, y el pago por parte del adjudicatario de la indemnización en concepto de los daños y perjuicios ocasionados, que se valora en el 2% del presupuesto base de licitación excluido el IVA.
13.7. - Una vez formalizado el contrato, y en el plazo máximo de 10 días, se levantará acta de comprobación de replanteo, comenzando el plazo de ejecución, salvo lo dispuesto en el Apartado 12.4.
13.8.- El plazo total de ejecución del contrato será el reflejado en el Apartado 4, o el propuesto por la Empresa adjudicataria, de ser inferior y haber sido aceptado por LA SOCIEDAD.
IV. – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
14. - OBLIGACIONES Y GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA.
14.1. - El CONTRATISTA queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y al plan de trabajo aprobado. Caso de sobrepasarse el plazo establecido por causas imputables al Contratista, se impondrá una penalidad equivalente al 2 por mil del importe del contrato por cada día de demora a partir del octavo día de demora respecto al plazo final o parcial. El órgano de contratación podrá resolver el contrato si la demora individual o acumulada supera los 30 (treinta) días.
En caso de unidades de obra defectuosas, se aplicará el siguiente régimen de penalizaciones:
1. Destoconado mal ejecutado, sea por escasa profundidad de enterramiento o por incompleto descuaje del tocón: se descontará del importe de ejecución material certificado, 1,5 veces el precio establecido en el Cuadro de Precios nº 1 para la unidad de destoconado correspondiente, en la parte proporcional que corresponda.
2. Planta dañada por el contratista en el aviverado o manipulación: se descontará del importe de Ejecución Material certificado, 1,5 veces el precio establecido en el Cuadro de Precios nº 1 para la unidad completa (incluida planta) de plantación correspondiente, en la parte proporcional que corresponda.
3. Profundidad de plantación inferior al nivel freático xx xxxxxx: se descontará 1,5 veces el precio establecido en el Cuadro de Precios nº 1 (incluida planta) para la unidad completa de plantación correspondiente, en la parte proporcional que corresponda.
4. Profundidad de gradeo inferior a la establecida: se descontará del importe de ejecución material certificado, 1,5 veces el precio establecido en el Cuadro de Precios nº 1 para la unidad completa de gradeo correspondiente, en la parte proporcional que corresponda.
5. La acumulación de dos o más causas en una superficie superior al 10 % son motivo de rescisión de contrato.
6. Las demoras en la plantación que impliquen un retraso de un periodo vegetativo se penalizan con un importe de 2 veces el precio de la plantación plasmado en el Cuadro de Precios nº 1.
El límite máximo de penalidades acumuladas será el equivalente al 10 % (diez por ciento) del importe total del contrato.
El importe de las penalidades por demora se hará efectivo mediante deducción de los mismos en las facturas mensuales. En todo caso, la garantía responderá de la efectividad de aquellas.
En todo caso la constitución en xxxx del CONTRATISTA no requerirá interpelación o intimación previa por parte de LA SOCIEDAD.
Si el retraso fuera por motivos no imputables al CONTRATISTA, LA SOCIEDAD podrá optar por conceder una prórroga.
En el caso de que las condiciones meteorológicas impidan el acceso a los terrenos durante el periodo xx xxxxxx vegetativa y la plantación no pueda realizarse durante el periodo de ejecución del contrato, se acordará la suspensión de éste, reanudándose los trabajos una vez comience el nuevo periodo xx xxxxxx vegetativa, esto es, al año siguiente.
Si LA SOCIEDAD acordase la suspensión del contrato, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
14.2. - Serán de cuenta del CONTRATISTA el abono de los anuncios que se deriven de publicación de la licitación, incluidos los que se hagan en medios de comunicación, hasta un máximo de 2.000 €.
14.3. - El CONTRATISTA recibirá de la Dirección de obra las autorizaciones administrativas o de otro tipo que sean necesarias para la ejecución completa de las obras y su puesta en funcionamiento.
14.4. - Serán de cuenta del CONTRATISTA todos los gastos que se deriven cuando, a petición del CONTRATISTA, el contrato se formalice en escritura pública notarial.
14.5. - Si LA SOCIEDAD, como titular de las obras, resultase responsable subsidiario de las obligaciones incumplidas por el CONTRATISTA o sustituto del contribuyente podrá compensar las cantidades abonadas, de las que correspondan al CONTRATISTA por la obra ejecutada.
14.6. - El CONTRATISTA está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales y de Seguridad y Salud respecto a las que son objeto del contrato, en los términos previstos en el Apartado 20.
15. - ABONOS AL CONTRATISTA.
15.1. - El importe de las obras ejecutadas se acreditará mensualmente al CONTRATISTA por medio de certificaciones expedidas por la Dirección de Obras.
15.2. – Las certificaciones, expedidas por la Dirección de Obras, se presentarán por el CONTRATISTA en el Registro General de LA SOCIEDAD junto a la factura correspondiente emitida con las formalidades exigidas en la normativa vigente a la dirección:
Cañada Real nº 306 (EDIFICIO PRAE) 00000 Xxxxxxxxxx
15.3. - Se realizará una retención del 5 % en concepto de garantía del buen cumplimiento de los trabajos, sobre el importe de cada factura, a devolver a los seis meses desde la recepción de la obra. En el caso de ofertar mejoras de mantenimiento e infraestructuras que amplíen los plazos de ejecución inicialmente previstos por la plantación de chopos y el gradeo, se devolverá el 5% a los seis meses desde la recepción de la obra principal, y el otro 5% al mes siguiente de la terminación del último trabajo de mejora ofertado.
15.4. - Durante la vigencia del contrato y para efectuar el cobro del precio, el CONTRATISTA estará obligado a acreditar que se haya al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. A tales efectos deberá aportar la certificación o certificaciones oportunas, acompañando a las facturas correspondientes en el Registro de LA SOCIEDAD.
16. - SUBCONTRATACIÓN.
16.1. - Se permite al adjudicatario concertar con terceros la ejecución parcial del contrato hasta un máximo del 20 por 100 del importe de adjudicación.
16.2. – Para que la subcontratación tenga efectos frente a LA SOCIEDAD el CONTRATISTA deberá cumplir los siguientes requisitos:
El CONTRATISTA, sin perjuicio de la información requerida en la oferta, deberá durante la ejecución del contrato indicar, la identidad del SUCONTRATISTA, justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutar la prestación por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
En ningún caso podrá concertarse por el CONTRATISTA la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP.
16.3. - Los SUBCONTRATISTAS quedarán obligados solo ante el CONTRATISTA principal que asumirá por tanto la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a LA SOCIEDAD.
16.4. -La infracción de alguna de las condiciones previstas en la presente cláusula para la subcontratación, será causa de resolución del contrato, al amparo de lo previsto en el art. 223.h) del TRLCSP.
17. - IMPUESTOS.
Tanto en las ofertas que formulen los OFERTANTES como en los presupuestos de adjudicación se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, sin que, por tanto, puedan ser estos repercutidos como partida independiente.
V - EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
18. - REVISIÓN DE PRECIOS
El presente contrato no está sujeto a revisión de precios, aunque así figurase en el proyecto de ejecución de la presente licitación.
19. - DIRECCIÓN DE LAS OBRAS
LA SOCIEDAD, a través de la Dirección de Obras, efectuará la inspección, control y vigilancia de las mismas así como la aplicación de las medidas de seguridad y salud que correspondan según el estudio elaborado y el Plan presentado por el CONTRATISTA y aprobado por LA SOCIEDAD.
20. - COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO
En el plazo máximo de 10 días desde la formalización del contrato se realizará la comprobación del replanteo de las obras. Este plazo podrá reducirse cuando existan razones de urgencia apreciadas por LA SOCIEDAD.
21. - PROGRAMA DE TRABAJO
El CONTRATISTA deberá de cumplir lo establecido en el Apartado 4 de este Pliego.
VI - CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
22. - RECEPCIÓN DE LA OBRA.
A la finalización de las obras, y previa comunicación por parte del CONTRATISTA se procederá a la firma de la correspondiente Acta de Recepción.
Si las obras se encuentran en buen estado y en servicio con arreglo a las prescripciones previstas, estas se darán por recibidas, comenzando entonces a contar el Plazo de Garantía.
Si por el contrario, las obras no se encontraran en estado de ser recibidas, se señalarán los defectos observados fijando un plazo para su subsanación. Si transcurrido ese plazo el CONTRATISTA, no hubiese procedido a la subsanación de los defectos encontrados LA SOCIEDAD podrá conceder un nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato.
23. - PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía será de seis meses desde la finalización de los trabajos de roturación mediante grada de la zona repoblada. Durante este período, el CONTRATISTA se verá obligado a realizar los trabajos necesarios para corregir los defectos de ejecución o de repoblación que le indique la Dirección Facultativa.
24. - DEVOLUCION DE LA GARANTÍA DEFINITIVA Y DE LAS RETENCIONES
La devolución y cancelación de la garantía definitiva así como de las retenciones practicadas se producirá a la finalización del plazo de garantía si no resultan responsabilidades que hubieran de ejercitarse. En el caso de ampliación del plazo inicial por mejoras de mantenimiento y accesos, las retenciones se devolverán en dos fechas según se señala en el punto 15.3.
VII - EXTINCIÓN DEL CONTRATO
25.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
25.1 El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento, o bien por su resolución. Serán causas de resolución del contrato las siguientes:
a) El incumplimiento de las cláusulas contenidas en el contrato.
b) La suspensión de pagos, declaración de quiebra o disolución del CONTRATISTA.
c) El no dar comienzo el CONTRATISTA a la ejecución del contrato dentro del plazo de cinco días a contar desde la fecha de formalización del contrato.
d) La suspensión de la ejecución del contrato, por causas imputables al CONTRATISTA, por más de cinco días después de comenzado.
e) El incumplimiento de cualquier obligación que por ley o por disposiciones administrativas corresponda al CONTRATISTA.
f) La cesión del contrato sin la autorización previa por escrito de LA SOCIEDAD.
g) El mutuo acuerdo de las partes
h) La muerte del CONTRATISTA individual, salvo que los herederos ofrezcan llevar a cabo el contrato bajo las condiciones estipuladas en el mismo. No obstante, LA SOCIEDAD podrá aceptar o rechazar el ofrecimiento, sin que en este último caso tengan los herederos derecho a indemnización alguna por el resto del contrato dejado pendiente de ejecución.
i) La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad mercantil del CONTRATISTA, salvo que el patrimonio y la organización de la sociedad extinguida sea incorporado a otra entidad, asumiendo ésta última las obligaciones de aquella y siempre que la nueva entidad, en el plazo de un mes, ofrezca llevar a cabo el contrato en las condiciones estipuladas. LA SOCIEDAD puede admitir o rechazar el ofrecimiento, sin que en este último caso haya derecho a indemnización alguna.
j) Las causas adicionales de resolución del contrato indicadas en estas bases.
25.2 Para la resolución del contrato bastará con la notificación fehaciente al CONTRATISTA de tal circunstancia. La notificación tendrá efecto ejecutivo y permitirá a LA SOCIEDAD concertar la ejecución con otra empresa cualquiera que fuesen los derechos o acciones que invoque el CONTRATISTA.
Decidida la resolución del contrato se levantará acta en presencia del CONTRATISTA, reflejándose en ella el estado de la explotación del servicio y la liquidación que proceda. De no asistir el CONTRATISTA, el acta se levantará en presencia xx Xxxxxxx Público que dará traslado de la misma al CONTRATISTA.
25.3 Resolución del contrato por causas imputables al adjudicatario
En el caso de resolución del contrato por causas imputables al CONTRATISTA, este no tendrá derecho a percibir ninguna compensación o indemnización y le será incautada las retenciones, sin perjuicio de los daños y perjuicios que pueda solicitar LA SOCIEDAD derivados de la responsabilidad del CONTRATISTA.
25.4 Resolución del contrato por causas no imputables al adjudicatario
Además de las causas de resolución del contrato indicadas, LA SOCIEDAD se reserva el derecho de resolver el presente contrato en cualquier momento por causas justificadas no imputables al CONTRATISTA. Dicha resolución será sin pérdida de las retenciones y penalizaciones que LA SOCIEDAD pudiese tener del CONTRATISTA y con las compensaciones por parte de LA SOCIEDAD por los daños y perjuicios que el CONTRATISTA pudiera efectivamente haber sufrido.
VIII- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
26. - REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
26.1. - El presente contrato quedará sometido a lo establecido en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas, y en lo no previsto en los mismos se regirá por el Derecho Común que le sea de aplicación.
26.2. - Las cuestiones litigiosas que puedan surgir sobre la interpretación o modificación del contrato, serán resueltas por los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxxx, a cuya jurisdicción se someterán las partes, renunciando expresamente a cualquier fuero que les pudiera corresponder.
ANEXO I: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D........................................................................................., mayor de edad, con domicilio
en................................, C/............................................ nº......., con D.N.I.........................., actuando en su
propio nombre y derecho o en representación de D....................................................................... o de la Sociedad/Empresa..........................................................en su calidad de................................................
EXPONE:
Primero.- Que enterado de las condiciones y requisitos, que acepta, y que se exigen para la adjudicación del contrato de obras y servicios que se especifica mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, a cuyo cumplimiento se compromete en su totalidad, con estricta sujeción al pliego de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares, presenta la siguiente
OFERTA:
Empresa oferente:
Denominación de la obra:
I PROPOSICIÓN ECONÓMICA: (Se desglosarán los importes de la Base Imponible y del IVA, señalando el tipo del mismo)
Total presupuesto del contrato:
BASE IMPONIBLE: ………….
I.V.A. al 10 %: …………….
TOTAL (Expresar el importe en cifra y letra)
II OFERTA MEJORAS
CONCEPTO DE MEJORAS………………..……..
VALORACIÓN ECONÓMICA DE LAS MEJORAS (BASE IMPONIBLE) ……………………
Segundo.- Que, a todos los efectos debe entenderse que, dentro de la presente oferta, está comprendido, no sólo el precio de la contrata, sino también todos los tributos que graven los diferentes conceptos.
Lugar, fecha, firma y sello
XXXXX XX: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE.
Xxx ……………………………………………….., con D.N.I. nº ……………………, actuando en nombre y representación de la empresa……………………………………., declara de forma responsable:
PRIMERO: Que la empresa en cuyo nombre actúa y los administradores de la misma, no están incursos en ninguna causa de prohibición de contratar de las previstas en el Art. artículo 60 de del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
SEGUNDO: Que la citada empresa se encuentra, en estos momentos, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y no tiene deudas tributarias pendientes de pago con la Junta xx Xxxxxxxx y León.
TERCERO: Que de la misma forma, los administradores de la empresa no se encuentran incursos en ninguno de los supuestos de la Ley 6/1989, de 6 de octubre, de Incompatibilidades de los miembros de la Junta xx Xxxxxxxx y León y de otros cargos de la Administración de la Comunidad.
La declaración a que se refiere el párrafo segundo se hace sin perjuicio de la obligación de justificar documentalmente dichas circunstancias, en el supuesto de resultar propuesto para la adjudicación del contrato, en el plazo que señale el Órgano de contratación anterior a la adjudicación del contrato.
Y para que conste y surta efectos en el expediente al que se refiere la proposición a la que se incorpora esta declaración responsable, firmo la presente declaración responsable en……………………. a…….. de………………… de………
ANEXO III: MODELO DE AVAL.
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
, N.I.F. con domicilio (a efectos de notificaciones
y requerimientos) en en la calle/ plaza/avenida
y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados)
con poderes suficientes para obligarle en este acto,
AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado) N.I.F. , en virtud de lo dispuesto en el Documento de Bases, en concepto de garantía provisional, (o definitiva según proceda) para responder de las obligaciones derivadas de la Petición de Oferta cuyo objeto es la ejecución de las obras
de ante la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A. por importe de: (en letra) euros(en cifra)
.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división con compromiso de pago al primer requerimiento de la Sociedad Publica de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A.
El presente aval estará en vigor hasta que la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A. autorice su cancelación o devolución.
(lugar y fecha)
(razón social de la entidad)
(firma de los Apoderados)
ANEXO IV: MODELO OFICIO PRESENTACIÓN DE OFERTA.
Xxx , con D.N.I. nº
…………………….…………, actuando en nombre y representación de la empresa… , declara presentar la oferta
a la obra cuya denominación es la siguiente:…………………………………………….....................
………………………………………………………………………………………………………………...
…………………………………………………………………………………………
Y para que conste la presente
En……………………. a…….. de………………… de…….
Fdo.: