Contract
PLIEGO DE BASES ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASESORÍA Y DIRECCION TÉCNICA DE LA FINCA “DEHESA DE CASTILSERAS.”
MADRID, A 3 DE ENERO DE 2019
CUADRO RESUMEN
A.- OBJETO
El presente pliego tiene por objeto definir las especificaciones y características técnicas para la contratación de servicios de asesoramiento de las áreas agrícola, ganadera, cinegética, forestal y medioambiental y de dirección técnica de la finca “Dehesa de Castilseras” a través de una empresa con experiencia en la prestación de servicios de gestión (en adelante, “ADJUDICATARIO”).
B.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (INCLUIDO IVA)
El presupuesto base de licitación se fija en la cantidad bienal de CIENTO NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS EUROS (193.600 €) a razón de NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS EUROS (96.800 €) anuales.
C. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución será de dos años desde la firma del contrato de servicios.
D. ADJUDICADOR Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
En este procedimiento participa MINAS DE ALMADÉN Y ARRAYANES S.A., S.M.E. (MAYASA) (en adelante, “ADJUDICADOR”). El órgano de contratación es el Presidente de la sociedad.
E.- GARANTÍAS
C.1. Provisional: No se exige.
C.2. Definitiva: No se exige.
F.- FECHA INICIO DEL SERVICIO:
El 1 de febrero de 2019
G.- FECHA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
14 días naturales, contados desde la fecha de publicación del anuncio en la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) y en la página WEB xxx.xxxxxx.xx
H.- DOMICILIO, CORREO ELECTRÓNICO
Las ofertas se dirigirán a la Asesoría Jurídica de MAYASA y se presentarán en las oficinas de su domicilio social xxxxx xx Xxxxxxxxx 000 XXX -0x xxxxxx, 00000 Xxxxxx. Las proposiciones se entregarán, bien personalmente o bien por mensajería, dentro del plazo señalado.
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx; xxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx
I.- PLAZO DE GARANTÍA
No procede.
J.- FORMAS Y CONDICIONES DE PAGO
Según lo especificado en la cláusula 5ª xxx Xxxxxx de Bases Administrativas.
K.- ADMISIÓN DE VARIANTES
No.
L- PONDERACIÓN TÉCNICO/ECONÓMICA
Ponderación económica: PE= 70% y Ponderación técnica: PT= 30%.
M.- APERTURA DE OFERTAS
Las ofertas se abrirán en el día y hora que se señale en la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) y en la página web xxx.xxxxxx.xx
N.- CONSULTA XXX XXXXXX
En la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) y en el PERFIL DE CONTRATANTE de la web: xxxx://xxx.xxxxxx.xx/
ÍNDICE
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1 Objeto.
1.2 Régimen Jurídico
2. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
3. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
5. FORMA DE PAGO
6. ADJUDICACIÓN
6.1. Procedimiento de adjudicación
6.2. Plazo, lugar y forma de presentación de las proposiciones
6.2.1. Plazo
6.2.2. Lugar
6.3. Forma de presentación y contenido de la proposición
6.4. Forma de adjudicación
6.5. Criterios de valoración
6.6. Propuesta de adjudicación
6.7. Adjudicación
6.8. Obligaciones previas a la adjudicación del contrato
7. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
8. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
8.1 Obligación de ejecución de servicios.
8.2. Obligaciones laborales y sociales, responsabilidad y cobertura de riesgos.
9. PRECIO.
10. REVISIÓN DE PRECIOS.
11. CESIONES Y SUBCONTRATACIONES
12. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
13. CONFIDENCIALIDAD
14. PROTECCIÓN DE DATOS.
15. FUERO
16. SUBSANACIÓN DE ERRORES
ANEXO I: PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANEXO II: DECLARACIÓN RESPONSABLE
1. OBJETO DEL CONTRATO.
1.1. Objeto
El objeto de la presente licitación lo constituye la contratación descrita en el Apartado A del Cuadro-Resumen.
El ADJUDICATARIO desempeñará los servicios de asesoría y dirección técnica de la finca “Dehesa de Castilseras” y, en concreto, los servicios en materia cinegética, ganadería ovina, ganadería vacuna, agrícola, forestal y medioambiental, en los términos descritos en el pliego de prescripciones técnicas.
1.2 Régimen Jurídico
Este contrato de servicios tiene carácter privado y se regirá por lo establecido en este Pliego y en la LCSP, en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007; en el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La sujeción a la LCSP y disposiciones complementarias, se entiende, exclusivamente, en lo relativo a la capacidad, la publicidad, los procedimientos de licitación y las formas de adjudicación.
El presente contrato se adjudicará por el procedimiento abierto previsto en los artículos 146.1, 156, 157 y 158 de la LCSP, por los correspondientes del Reglamento de la Ley de Contratos y los demás artículos de la LCSP que le sean de aplicación.
2.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Podrán contratar con MAYASA las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 71 de la LCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 85 de LCSP y que acrediten la correspondiente clasificación o, en su defecto, solvencia económica, financiera o técnica en los términos de la LCSP.
Se efectuará la comprobación pertinente al examinar la documentación administrativa requerida a los licitadores en el sobre 1, sin perjuicio del derecho del ADJUDICADOR a hacerlo en cualquier otro momento previo o posterior a la adjudicación del contrato.
3.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS.
Las garantías provisional y definitiva, a constituir por los licitadores de acuerdo con la legislación vigente al respecto, serán las siguientes:
a) Provisional.- Se exime a los licitadores de constituir garantía provisional.
b) Definitiva.- Se exime a los licitadores de constituir garantía definitiva.
4.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato de servicios se fija en CIENTO SESENTA MIL EUROS (160.000 €) excluido el IVA.
5.- FORMA DE PAGO.
El importe del precio será satisfecho por XXXXXX, contra presentación de la factura, cuyo importe se abonará mensualmente, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de las facturas mediante transferencia bancaria, el día 25 del mes en cuestión.
6.- ADJUDICACIÓN
6.1. Procedimiento de adjudicación
El contrato objeto de este Pliego se adjudicará mediante procedimiento abierto regulado en los artículos 156, 157, 158 de la LCSP y demás normativa europea que le sea de aplicación.
En este procedimiento participa MINAS DE ALMADÉN Y ARRAYANES S.A., S.M.E. (MAYASA) como ADJUDICADOR. El órgano de contratación es el Presidente de la referida entidad.
6.2. Plazo, lugar y forma de presentación de las proposiciones
6.2.1 Plazo
QUINCE días naturales, contados desde la fecha de publicación del anuncio en la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) y en la página web xxx.xxxxxx.xx.
6.2.2 Lugar
La documentación habrá de ser entregada en las dependencias u oficinas expresadas a continuación, dentro del plazo señalado en la convocatoria de licitación y desde las 8:00 horas a 15:00 horas:
Domicilio social: Xxxxx Xxxxxxxxx 000 XXX -0x xxxxxx (00000) Xxxxxx Correo electrónico: xxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx
No obstante, y dentro del mismo plazo, también podrán enviarse por correo certificado de conformidad con el artículo 80.4 del RD 1098/2001. Cuando las solicitudes de participación se envíen por correo certificado, el licitador deberá justificar:
a) la fecha y hora del envío en la oficina de correos, debiéndose haber presentado en dicha oficina dentro del plazo de presentación de ofertas,
b) Podrá anunciarse el envío por correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx, xxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx . Éste sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario.
Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la solicitud remitida por correo, si la misma es recibida en el citado Registro con posterioridad a la fecha y hora determinados en el anuncio de licitación como de conclusión del plazo para la presentación de las solicitudes de participación.
Transcurridos, no obstante, DIEZ (10) días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
6.3 Forma de presentación y contenido de la proposición
Para participar en el procedimiento el licitador deberá presentar la proposición, acompañada de una declaración responsable que se ajustará al formulario de documento europeo único de contratación de conformidad con lo indicado en el artículo 141 LCSP y cuyo modelo figura en el Anexo II del presente pliego, dentro del plazo señalado en la convocatoria de licitación DOS (2) SOBRES, cerrados, de forma que se garantice el secreto de su contenido, con la documentación que se especifica a continuación, indicando en cada uno de ellos el título del mismo, la licitación a la que concurre, nombre, apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, así como un domicilio, teléfono y e-mail a efectos de notificaciones, todo ello de forma legible. Toda la documentación deberá ser remitida en castellano. El contenido de los sobres deberá ordenarse conforme al índice que se establece en el presente pliego.
El SOBRE 1 contendrá, bajo la denominación de “Documentación Administrativa y solvencia Técnica”:
1.- Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del empresario. 2.- Documentos acreditativos de la representación.
3.- Acreditación de que el licitador no está incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 71 de la LCSP.
4.- Sumisión a la Jurisdicción Española de las empresas extranjeras.
5.- Documentos que acreditan el cumplimiento de las obligaciones Tributarias y Seguridad Social.
6.- Documentos que acreditan la solvencia económica y técnica.
1. Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del empresario:
1.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
1.2. Para los licitadores individuales será obligatoria la presentación de fotocopia compulsada, notarial o administrativamente, del documento nacional de identidad, o el que en su caso lo sustituya reglamentariamente, así como del número de identificación fiscal cuando éste no conste en aquél.
1.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
1.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado
correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
1.5. En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben y el porcentaje de participación de cada uno de ellos en la UTE y deberán designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante el ADJUDICADOR.
1.6. En todos los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará una declaración responsable por cada empresa participante en la que figurará la información requerida en estos casos en el formulario del documento europeo único de contratación a que se refiere el artículo 141 LCSP.
Adicionalmente a la declaración o declaraciones a que se refiere el párrafo anterior se aportará el compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de la misma de conformidad con lo exigido en el artículo
69.3 de la LCSP.
2. Documentos acreditativos de la representación:
2.1. Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, de acuerdo con lo establecido en el art. 140.1.a.1º LCSP.
2.2. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia autenticada o testimonio notarial del poder notarial de representación suficiente.
2.3. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
2.4. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
3. Acreditación de que el licitador no está incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el Art. 71 de la LCSP.
3.1. Mediante testimonio judicial, certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo cualificado.
3.2. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
4. Sumisión a la Jurisdicción Española en el caso de empresas extranjeras:
Presentarán declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
5. Documentos que acreditan el cumplimiento de las obligaciones tributarias y Seguridad Social:
Los licitadores acreditarán hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, mediante la presentación de los documentos (en original o copia compulsada o testimonio notarial) siguientes:
5.1. Certificación expedida por la Administración Tributaria del Ministerio de Economía y Hacienda, donde se especifique estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, referente a haber presentado las declaraciones y, en su caso, efectuado el ingreso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades, de los pagos a cuenta o fraccionados o de las retenciones a cuenta de ambos, y del Impuesto sobre el Valor Añadido o del Impuesto General indirecto Canario o Impuesto sobre la producción, los servicios y la importación en Ceuta y Melilla; así como haber presentado la declaración anual relativa a sus operaciones económicas con terceras personas a que se refiere el Real Decreto 1065/2007 de julio, como consecuencia de obligaciones tributarias cuyo plazo reglamentario de presentación hubiere vencido durante los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de adjudicación.
5.2. Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando carta de pago del último ejercicio.
5.3. Certificación administrativa positiva de no tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo respecto a la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma donde tenga su domicilio social, expedido por la Tesorería de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda que corresponda o de la Dirección General de Tributos de dicha Consejería.
5.4. Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, que exprese que el licitador se haya inscrito en la Seguridad Social o, en su caso, si se trata de empresario individual, afiliado y en alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda por razón de la actividad y haber afiliado, en su caso y haber dado de alta a los trabajadores que tenga a su servicio; e igualmente que está al corriente en el pago de cuotas u otras deudas con la misma o, en su caso, tener concedido aplazamiento o fraccionamiento en el pago de tales cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.
6. Documentos que acreditan la solvencia económica y técnica del licitador:
La solvencia económica y financiera del empresario debe acreditarse mediante la aportación de las cuentas anuales depositadas, en caso de tratarse de sociedades, en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda de las que resulte que el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, sea una vez y media el presupuesto base anual de licitación del contrato.
La solvencia técnica o profesional, deberá acreditarse por los medios establecidos en el artículo 90, apartados a) y b) de la LCSP, es decir:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia el ADJUDICADOR podrá indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
b) Indicación del personal técnico participante en el contrato.
El SOBRE 2, bajo la denominación de “Proposición Económica y Técnica”, contendrá el impreso que se incluye en el Anexo I de este pliego debidamente cumplimentado, con sujeción estricta al formato de dicho modelo. Asimismo, en el SOBRE 2, los licitadores concretarán con el máximo detalle las características del servicio de asesoría y dirección técnica que proponen.
La proposición económica no incluirá el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Se podrán rechazar aquellas propuestas que no se ajusten a lo solicitado, las que tengan omisiones, errores o tachaduras, que impidan conocer todo aquello que se considera fundamental para considerar la oferta.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición económica y ésta contendrá una única oferta. Tampoco podrá suscribir una propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurando en otra unión temporal. La contravención de esta prohibición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas incursas en duplicidad.
No se admitirán propuestas económicas en las que el precio global exceda del “Presupuesto base de licitación”, fijado en el apartado B del cuadro Resumen de características. El incumplimiento de esta Norma implicará la eliminación automática de la empresa o empresas concursantes, que quedarán ya excluidas de la Propuesta de Adjudicación.
6.4 Forma de adjudicación
Una vez recibidas las ofertas, se analizará la documentación presentada en el sobre
1. Si se observasen defectos y omisiones subsanables en la documentación presentada en el sobre 1, o se precisasen aclaraciones o documentación complementaria, se concederá un plazo de tres días hábiles para que el licitador subsane el error o indique las aclaraciones requeridas o presente la documentación complementaria.
Una vez analizada la documentación señalada en los párrafos anteriores, y subsanados, en su caso, los defectos y omisiones o presentadas las aclaraciones o documentación complementaria requerida, se determinarán los licitadores que se ajustan a los criterios de selección de la presente contratación, con pronunciamiento
expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Se comunicará a las empresas la admisión o rechazo.
Las empresas eliminadas en esta fase de admisión previa no serán consideradas a ningún efecto en el resto del proceso de adjudicación. El sobre nº 2 de las mismas no podrá ser abierto, y será devuelto cerrado a los licitadores.
En el día que se señale en el anuncio de licitación se procederá en acto público a la apertura del sobre 2. Las proposiciones económicas se valorarán conforme a lo dispuesto en el apartado siguiente.
Se levantará acta de todo ello, en la que se contendrán las cantidades ofertadas.
6.5 Criterios de valoración
Se establecen como criterios de adjudicación:
1.- Mejor proposición económica (70 puntos). La oferta económica vendrá indicada en el modelo de proposición económica que se contiene en los Pliegos.
Los interesados formularán ofertas iguales o inferiores al presupuesto base de licitación, excluido el IVA
Las ofertas económicas, a las que se asignará hasta un máximo de 70 puntos, será valoradas utilizando la siguiente formula:
Puntuación oferta A: 70 x importe Oferta de menor cuantía / Importe Oferta A
Podrán quedar excluidas y no tomarse en consideración aquellas ofertas que hagan una proposición económica anormalmente baja, consideradas así aquellas con un porcentaje de baja que exceda del 20% de la media de las ofertas admitidas.
XXXXXX podrá solicitar por escrito al licitador o licitadores cuya oferta económica sea anormalmente baja las justificaciones que considere oportunas sobre la
composición de la citada oferta económica, con el fin de determinar si la misma debe ser tomada en consideración. Desde la fecha en que reciba la solicitud, el licitador requerido dispondrá de tres (3) días hábiles para presentar las justificaciones que estime convenientes. Si transcurrido este plazo no se hubiera recibido dichas justificaciones, la empresa licitadora quedará excluida.
Si se recibieran en plazo las citadas justificaciones, XXXXXX decidirá, de forma motivada, bien la aceptación de la oferta, contando con ella a todos los efectos para resolver lo que proceda en relación con la adjudicación del contrato o bien el rechazo de dicha oferta cuando presuma fundadamente que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma xx xxxxxx anormales o desproporcionados.
2.- Puntuación técnica (30 puntos).
Conforme a lo especificado en el pliego de condiciones técnicas, la puntuación de la oferta estará constituida por la suma de las puntuaciones parciales asignadas a cada uno de los criterios a valorar:
- Medios humanos. Acreditación mediante los correspondientes contratos, titulación y curricula, de la incorporación al contrato de profesionales que pertenezcan a la empresa licitadora con experiencia en las áreas de agricultura, ganadería ovina, ganadería vacuna, cinegética y forestal: De 0 a 10 puntos.
- Propuesta de mejoras respecto de las actividades objeto de contrato establecidas en el pliego de prescripciones técnicas: De 0 a 5 puntos.
- Medios técnicos y materiales. Se valorarán los medios técnicos y materiales afectos al contrato y su adecuación a la naturaleza y objetivos que persigue el mismo: De 0 a 5 puntos.
- Trabajos desarrollados en actividades agrícolas con indicación de superficie y código de explotación: De 0 a 2 puntos.
- Trabajos desarrollados en actividades ganaderas con indicación de número xx xxxxxxx y código de explotación: De 0 a 2 puntos.
- Elaboración de planes técnicos xx xxxx: De 0 a 2 puntos.
- Elaboración de proyectos de ordenación forestal: De 0 a 2 puntos.
- Elaboración de servicios de auditoría y consultoría agropecuaria: De 0 a 2 puntos.
Las ofertas que no alcancen una puntuación técnica mínima de 20 puntos o sean puntuadas con cero puntos en alguno de los criterios valorables, podrán ser eliminadas a juicio de la Mesa de Contratación.
6.6. Propuesta de adjudicación
Una vez analizadas las proposiciones, se determinará la proposición que haya obtenido mayor número de puntos, a favor de la cual se formulará propuesta de adjudicación, o se propondrá declarar desierto el procedimiento, y se elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto mientras no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del Órgano de Contratación.
6.7. Adjudicación
El órgano de contratación tendrá, alternativamente, la facultad de declarar desierto el procedimiento, motivando, en todo caso, su resolución. Una vez decidida la adjudicación, a tenor de los criterios establecidos en este pliego, será publicada y notificada al ADJUDICATARIO, así como al resto de los participantes en la licitación, correo electrónico o cualquier otro procedimiento que deje constancia de su recepción.
6.8. Obligaciones previas a la formalización del contrato
Antes de la formalización del contrato, el ADJUDICATARIO podrá ser requerido para acreditar, mediante la aportación de los documentos probatorios correspondientes, su personalidad y capacidad para contratar, aunque hayan sido presentados en el
acto de licitación. Asimismo, deberá aportar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
7.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Efectuada la adjudicación, se procederá, en el plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la correspondiente notificación al contratista, a la formalización del contrato, en documento administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 153.3 de la LCSP.
8.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
8.1. Obligación de ejecución de servicios.
El ADJUDICATARIO se obliga a ejecutar los servicios correspondientes en la forma y en los plazos establecidos en el presente pliego y en el de condiciones técnicas y demás documentos integrantes del contrato.
El ADJUDICATARIO deberá cumplir estrictamente, toda normativa legal aplicable a los trabajos y en particular, la medioambiental.
El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento.
8.2. Obligaciones laborales y sociales, responsabilidad y cobertura de riesgos
El ADJUDICATARIO está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo.
El ADJUDICATARIO asume directamente cuantas responsabilidades de todo orden deriven de las obligaciones que le impone este pliego y, en general, las que guarden relación con la ejecución de los trabajos, comprendidas las responsabilidades a terceros.
El ADJUDICATARIO responderá de todas las reclamaciones, incluso aquellas dirigidas contra el adjudicador, por los daños, perjuicios y menoscabos, personales o materiales que, como consecuencia de la ejecución de los servicios o de acciones y omisiones del ADJUDICATARIO y sus empleados, incluso los que obedezcan a terceros, fuerza mayor o fortuitos, puedan causarle al personal del adjudicador o a cualquier otra entidad participante en la obra, o a terceros. Asimismo, el ADJUDICATARIO, responderá en los mismos términos de los daños causados a los terrenos e instalaciones u otros bienes propiedad del adjudicador o de terceros. Todo ello sin perjuicio del posterior ejercicio por el ADJUDICATARIO de las acciones de resarcimiento que contra terceros responsables pudieran asistirle.
A título meramente enunciativo se consignan especialmente como responsabilidades asumidas por el ADJUDICATARIO las nacidas de muerte, lesiones y toda clase de daños y perjuicios sufridos por terceros, incluyendo el personal bajo la dependencia del mismo, en función, en todos ellos, de su relación con los trabajos, de los daños y perjuicios ocasionados en bienes de dominio público y del pago de sanciones pecuniarias impuestas por la Administración por causas imputables al ADJUDICATARIO.
El ADJUDICATARIO se obliga a cumplir, respecto del ADJUDICADOR, y respecto de los trabajos y en relación con el objeto del presente contrato, con todas sus obligaciones legales como Empresario, cualesquiera que sean éstas y muy especialmente las de carácter laboral.
Será a cargo exclusivo del ADJUDICATARIO el coste íntegro del personal necesario para los trabajos, salarios, dietas, cargas sociales y fiscales personales y societarias, transporte, alojamiento y manutención en su caso, etc. El ADJUDICATARIO exhibirá y entregará copia al ADJUDICADOR del justificante de pagos de la Seguridad Social
del personal que trabaja junto con el TC2 de la empresa, indicando los empleados que ese mes han participado en los trabajos; así como del abono de los salarios y del abono de los tributos directos o indirectos relacionados con los trabajos o su personal. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicador podrá exigir, en cualquier momento al ADJUDICATARIO, los documentos justificativos de estar dado de alta en la Seguridad Social, relativos a cualquier trabajador que se encuentre en los trabajos objeto de este contrato, obligándose en este acto el ADJUDICATARIO a entregar tales documentos en un plazo no superior a 5 días naturales a contar desde la petición.
El ADJUDICATARIO acepta para sí la condición de Patrono absoluto, exonerando de toda responsabilidad al adjudicador, quedando formalmente obligado al cumplimiento respecto a todo el personal propio o subcontratado de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, sindical, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo. El ADJUDICATARIO asume la responsabilidad por cualquier sanción, multa, etc. que pueda ser impuesta al adjudicador como consecuencia de los trabajos objeto del contrato y/o, en su caso, con el SUBCONTRATISTA y autoriza al mismo para que satisfaga su importe con cargo al fondo de garantía estipulado en el contrato, y sin perjuicio del ejercicio de las acciones judiciales en el caso de que aquellas garantías no fueran suficientes.
El ADJUDICATARIO se obliga a indemnizar al adjudicador, por cualquier cantidad que éste viniere obligado a satisfacer como consecuencia de accidentes de personal del ADJUDICATARIO o bien derivados de cualquier incumplimiento de sus obligaciones al amparo del contrato, incluyendo gastos de abogados y/o procuradores que el adjudicador haya podido satisfacer. Asimismo, el ADJUDICATARIO indemnizará al adjudicador, incluyendo los gastos antes citados, en el caso de que fuera condenada en virtud de sentencia judicial firme derivada de reclamaciones planteadas por cualquier trabajador del ADJUDICATARIO.
9.- PRECIO
El precio del contrato será el que resulte de la oferta del ADJUDICATARIO y de adjudicación del mismo, más la cantidad correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido vigente y demás tributos de cualquier índole que sean de aplicación.
En el precio del ADJUDICATARIO se consideran incluidos, a título enunciativo, los siguientes conceptos:
a) Prestación de servicios enumerados y descritos en la cláusula 1 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
b) Asistencia técnica del ADJUDICATARIO y soporte complementario – no extraordinario- del equipo según determine la necesidad.
c) Gastos derivados del alojamiento, dietas, vehículo, combustible, equipo informático, teléfono y seguros.
d) Trabajo de gabinete.
e) Reuniones periódicas con la Dirección de la empresa
f) Envío de informes, al menos mensualmente, a la Dirección sobre la evaluación de la actividad objeto del contrato.
Se entenderán como conceptos no incluidos dentro del precio del punto anterior los siguientes:
a) Gastos de mensajería y otros servicios no especificados en el presente presupuesto.
b) Realización de proyectos visados, memorias o estudios técnicos derivados de la gestión que en cada momento sea necesario, con motivo de las distintas intervenciones que se efectúen en la finca.
c) Trabajos topográficos.
d) Peritaciones, Planes Técnicos xx Xxxx, y Proyectos.
10. REVISIÓN DE PRECIOS
El precio del contrato no podrá ser objeto de revisión ni modificación por ningún concepto, ni siquiera de incremento de precios o revisiones acordadas oficialmente.
11.- CESIONES Y SUBCONTRATACIONES
El ADJUDICATARIO no podrá ceder o transferir el contrato a un tercero, en su totalidad o en parte, ni ceder un interés cualquiera incluido en el contrato, sin la autorización por escrito del ADJUDICADOR.
El ADJUDICATARIO no podrá subcontratar la actividad principal del contrato.
Todas las subcontrataciones parciales deberán contar con la autorización del ADJUDICADOR, que a su vez podrá rehusarla dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes a la comunicación por el adjudicatario. Esta autorización no eximirá al adjudicatario de ninguna de sus obligaciones contractuales. El ADJUDICATARIO será responsable de todas las acciones, deficiencias o negligencias de sus subcontratistas y de sus agentes, empleados y obreros y trabajos realizados, así como del cumplimiento por los subcontratistas de las obligaciones legales en materia laboral, seguridad social, seguridad e higiene en el trabajo, en la misma medida que para su propio personal o trabajos realizados. Nada de lo contenido en este contrato se entenderá que establece un vínculo o relación entre el adjudicador y los subcontratistas.
En los casos en que haya subcontrataciones, el ADJUDICADOR podrá exigir, y el ADJUDICATARIO se compromete a presentar, certificados de los subcontratistas en los que se acredite la situación de los pagos pendientes de abono por el ADJUDICATARIO o cualquier otra reclamación contra aquel, en el momento de la entrega de la última factura.
12.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato el incumplimiento de las recíprocas obligaciones contenidas en el Contrato, en los términos establecidos en el artículo
1.124 del Código Civil, y en particular:
a) Cuando a juicio del ADJUDICADOR, los procedimientos y medios utilizados no se ajustasen a los previstos en el Contrato y el ADJUDICATARIO no aceptara reemplazarlos.
b) La extinción de la personalidad jurídica de una u otra parte contratante.
c) El mutuo acuerdo de las partes con los efectos que en el mismo se establezcan.
d) Cualquier otra causa recogida en este contrato.
La resolución por la causa a) es potestativa del ADJUDICADOR. La resolución del contrato por cualquiera de las causas antes dichas, a excepción de la causa d) dará derecho, al ADJUDICADOR, a una indemnización por daños y perjuicios, además de la penalidad, establecida en la cláusula 6 del contrato.
En el supuesto de la causa b), la parte contratante que no incurra en ella, podrá optar por la continuación del contrato con los sucesores o gestores de la otra parte, bajo las condiciones estipuladas en el mismo.
El ADJUDICADOR podrá comunicar al ADJUDICATARIO, mediante carta notarial, su voluntad de resolver unilateralmente el contrato en base a cualquiera de las causas previstas en esta estipulación. Los motivos expuestos serán considerados como reconocidos por la otra parte, salvo protesta por la misma de igual forma y en el plazo xx XXXX (10) DÍAS a contar desde la recepción de la comunicación antes citada.
En todos los casos, MAYASA remitirá al ADJUDICATARIO a la mayor brevedad un documento justificativo de la imposición de la penalización en el que se describa el concreto incumplimiento o cumplimiento tardío o defectuoso por el adjudicatario de las obligaciones del presente Contrato.
13.- CONFIDENCIALIDAD.
El ADJUDICATARIO deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal, conforme con el artículo 133.2 de la LCSP.
Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esta información, salvo que el contrato establezca un plazo mayor.
Asimismo, el ADJUDICADOR no divulgará la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
14.- PROTECCIÓN DE DATOS.
Por medio de la presente estipulación, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), el adjudicador, con domicilio social en la xxxxx Xxxxxxxxx 000 Xxx, 0x xxxxxx, 00000, Xxxxxx, informa al/los interesado(s) afectado(s) de que dicha entidad es responsable de los ficheros en que serán almacenados los datos personales que en su caso sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para participar en la licitación para la contratación de las prestaciones objeto del presente Pliego de Cláusulas Particulares con la finalidad de llevar a cabo la apertura de las ofertas presentadas, elaboración del acta de apertura de ofertas, valoración, en su caso, de las ofertas de conformidad con los criterios definidos, solicitar cuanta documentación adicional resulte necesaria, atender sus solicitudes de información, comunicarle el acuerdo del Órgano de Contratación relativo a la adjudicación, proceder en su caso a la devolución a los licitadores no adjudicatarios de la documentación legal aportada y de la garantía provisional depositada, remitir cualquier otra documentación necesaria al respecto, así como cualquier otro trámite previsto conforme a la normativa de aplicación y el mantenimiento de históricos.
Asimismo, se informa que cuando así resulte exigible conforme la legislación vigente, el adjudicador deberá comunicar la información y datos obrantes en el expediente de contratación a los Organismos y terceros que en dicha legislación se establezca.
El interesado consiente expresamente el citado tratamiento mediante la presentación de su oferta y la entrega, por tanto, al adjudicador de toda aquella documentación en que el interesado haga constar sus datos personales. Al objeto de mantener los datos actualizados en todo momento, el interesado deberá comunicar al adjudicador cualquier modificación en sus datos de carácter personal.
Por otro lado, el Licitador/Contratista en su calidad y condición de responsable del tratamiento respeto de los datos de carácter personal tratados en el desarrollo de su objeto social se obliga a cumplir con lo establecido en la LOPD y su normativa complementaria y de desarrollo vigente en cada momento. En particular, y a tales efectos, en el caso en que el Licitador/Contratista aporte documentos que contengan datos de carácter personal, ya sea en fase de licitación o de ejecución del contrato, queda obligado en cumplimiento de la LOPD, a declarar de forma previa el tratamiento de datos de que se trate ante el Registro General de Protección de Datos y a cumplir con todas las garantías previstas en la citada norma respecto del derecho de información y consentimiento de los interesados para llevar a cabo la cesión de datos al adjudicador. A tales efectos, en el supuesto de que se incluyan en cualquier documento o se comuniquen por cualquier medio por cuenta del interesado datos de carácter personal referentes a terceras(s) persona(s), se entenderá que el Licitador/Contratista está legitimado para ello, ha obtenido, con carácter previo a la comunicación de datos al adjudicador, el consentimiento de los mismos, y que ha informado al/los tercero(s) afectado(s) sobre el tratamiento de sus datos por el adjudicador y las finalidades del mismo, así como de los derechos que le asisten y dirección para su ejercicio, siendo el interesado igualmente responsable de la legitimidad de los mismos, respecto de la veracidad y corrección de los datos. En otro caso, el Licitador/Contratista no deberá comunicar al adjudicador datos de terceros afectados.
En relación con lo expuesto en el apartado anterior, el Licitador/Contratista comunicará al adjudicador únicamente datos de carácter personal adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que son requeridos, así como datos exactos y puestos al día de forma que respondan con veracidad a la situación actual del interesado siendo cancelados y sustituidos de oficio por el Licitador/Contratista cuando
resultaran ser inexactos, en todo o en parte, o incompletos, sin perjuicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación que corresponden al interesado. En tal caso el Licitador/Contratista se obliga a comunicar al adjudicador en el plazo legalmente establecido al efecto los datos debidamente rectificados y/o cancelados según proceda.
Cualesquiera interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición solicitándolo por escrito dirigido al adjudicador en su domicilio social, sito en X/ Xxxxxxxxx 000 Xxx, 00000 Xxxxxx.
Cuando, como consecuencia de la celebración del contrato, el adjudicatario adquiera la condición de Encargado de Tratamiento, quedará obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de prestación del servicio, así como a cumplir, en la medida en que le afecte, el Documento de Seguridad que le será entregado por el adjudicatario.
El acceso del adjudicatario a los datos de carácter personal contenidos en los ficheros del adjudicador o entidad contratante para la prestación del servicio objeto del contrato, no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a efectos de la LOPD, sino de acceso por cuenta de terceros conforme a lo previsto en el Artículo 12 de la LOPD. Por lo que como consecuencia, el adjudicatario queda obligado específicamente a:
Utilizar los datos de carácter personal a los que tuviese accesos para los exclusivos fines de la ejecución del presente contrato.
Adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias establecidas en el Artículo 9 de la LOPD y desarrolladas reglamentariamente en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD (RDLOPD), aplicando de esta manera, las medidas de seguridad del nivel que correspondan en función del tipo de datos a tratar conforme al contenido del Artículo 81 del RDLOPD.
Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que pueda tener acceso para la prestación objeto del contrato así como sobre los que
resulten de su tratamiento cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido.
No comunicar o ceder los datos del fichero a otras entidades, ni siquiera para su conservación, salvo que en el contrato de prestación de servicios se detalle lo contrario, en cuyo caso, dichas entidades se verán sometidas a las mismas reglas de protección de datos y confidencialidad que el Encargado de Tratamiento.
Comunicar al personal, que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento, el deber de guardar secreto profesional sobre los datos de carácter personal que conozca o a los que tenga acceso en ejecución del contrato, obligándose de igual manera a hacer cumplir las medidas de seguridad.
Destruir o devolver al adjudicador, según las instrucciones que al respecto se den, una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal eventualmente tratados y los soportes o documentos en que consten los mismos, sin conservar copia alguna de aquellos.
La infracción de estos deberes por parte del adjudicatario, será calificada como grave y será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente, respondiendo, en todo caso éste, como Encargado del Tratamiento, sobre los daños y perjuicios que en materia de protección de datos, se deriven del incumplimiento de las mismas.
En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esta información, salvo que el contrato establezca un plazo mayor
15.- FUERO
Toda cuestión o divergencia que pueda suscitarse en relación con el cumplimiento de las cláusulas del presente pliego, será sometida a los Juzgados y Tribunales de MADRID con renuncia expresa de los firmantes a cualquier otro Tribunal.
16.- SUBSANACIÓN DE ERRORES
Todas las aclaraciones o subsanaciones de errores detectados durante el período de licitación serán publicados en la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) y en el apartado de LICITACIONES de la página web: xxx.xxxxxx.xx.
XXXXX X.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ,
domiciliado en............................................................................, provincia de
.........................................................,calle ,
número ........................... con Documento Nacional de Identidad número
................................................................................., actuando en nombre de
……………….................................................................................................................................... (propio
o de la Empresa que representa. En caso de que el firmante actúe como Director, Apoderado, etc., de una Empresa o de un tercero, hará constar claramente el apoderamiento o representación), enterado de las condiciones y requisitos iniciales que se exigen para la adjudicación mediante Procedimiento Abierto, del Contrato de SERVICIOS DE ASESORIA Y DIRECCION TECNICA DE LA FINCA “DEHESA DE
CASTILSERAS”, se compromete a ejecutar el contrato de referencia en el precio fijo de euros, más euros correspondientes al IVA, lo que asciende a un total de euros, en los dos años de duración del contrato.
Firmado Lugar y fecha
XXXXX XX.- DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dña , con Documento Nacional de Identidad número expedido en , el día , con validez hasta , actuando en representación legal de la Empresa , cuyo Código de Identificación Fiscal
es el y su domicilio social en la localidad
de , calle
n.º C.P. ,
Teléfono
, Fax
Correo Electrónico:
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
PRIMERO.- Que la empresa
, con CIF , a la que representa en calidad de , dispone de la documentación acreditativa de los extremos señalados en las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 140 de la LCSP 2017.
SEGUNDO.- Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella.
TERCERO.- Que ni el firmante, ni la empresa a la que representa, ni los administradores ni representantes de la misma, se encuentran incursos en ninguna limitación, incapacidad, prohibición o incompatibilidad para contratar con la Administración, no concurriendo circunstancia alguna que incapacite para contratar con la misma, prevista en el artículos 71 de la LCSP, hallándose, la persona física/jurídica representada, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
CUARTO.- Que cuenta con la correspondiente clasificación, en su caso o que cumple los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional establecidos en el artículo 87 y 90 de la LCSP.
QUINTO.- Que la empresa a la que representa emplea. (1) (SI O NO)
- Más de 250 trabajadores y Dispone de un Plan para la Igualdad de mujeres y hombres.
SEXTO.- Que la empresa a la que representa tiene al menos un 2 por ciento de sus empleados trabajadores con discapacidad. (2) (SI O NO)
SÉPTIMO.- Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
y acepto que todas las comunicaciones que debieran de efectuarse se hará de forma electrónica haciendo uso del correo electrónico indicado, a través de la sede electrónica.
Así mismo se compromete a aportar, a requerimiento de la Administración, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación del contrato de referencia, la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato, referida a la finalización del plazo de presentación de proposiciones.
Lo que firma en , a .
Fdo.:
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASESORIA Y DIRECCION TECNICA DE LA FINCA “DEHESA DE CASTILSERAS.”
MADRID, A 3 DE ENERO DE 2019
ÍNDICE
1. OBJETO.
2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y ALCANCE DE LOS TRABAJOS.
3. MEDIOS PERSONALES ASIGNADOS AL CONTRATO.
4. VALORACIÓN DE OFERTAS.
5. CESIONES Y SUBCONTRATACIONES.
6. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
1.- OBJETO
El presente pliego tiene por objeto definir las especificaciones y características técnicas mínimas exigibles del servicio de asesoramiento y dirección técnica de la finca “Dehesa de Castilseras”.
2.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS.
La ADJUDICATARIA desempeñará, entre otras labores, sin que esta enumeración tenga carácter limitativo:
A) Asistencia técnica para el desarrollo de los servicios ganaderos, forestales, cinegéticos, agrícolas y medioambientales necesarios para la adecuada gestión de la finca “Dehesa de Castilseras”.
B) Supervisión y evaluación de los trabajos que se desarrollen en la finca
“Dehesa de Castilseras”.
C) El análisis y estudio de la actual infraestructura y propuesta de nuevas actuaciones en la finca “Dehesa de Castilseras”.
D) Asesoramiento técnico al personal de MAYASA.
3. MEDIOS PERSONALES ASIGNADOS AL CONTRATO
La empresa adjudicataria deberá disponer de medios técnicos suficientes y de una estructura organizativa, con una precisa asignación en responsabilidades y autoridad, adecuados a la naturaleza y objetivos que persigue el contrato, y contar con medios personales con capacidad para redactar, manejar, controlar e interpretar toda la documentación e información exigidas en este pliego.
El equipo de trabajo asignado al proyecto por el adjudicatario, tras la formalización del contrato, deberá estar integrado por los componentes relacionados en la oferta.
MAYASA se reserva el derecho a rechazar, de manera motivada, en cualquier momento a cualquiera de los componentes que formen parte del equipo de trabajo, debiendo el adjudicatario reponer a las personas rechazadas en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la comunicación por escrito del contratante.
Si los cambios en dicho equipo de trabajo son solicitados por el adjudicatario, éste deberá comunicarlo por escrito a MAYASA, acreditando la formación, conocimientos y experiencia de las nuevas incorporaciones, que deberán tener similar perfil y experiencia al de las personas sustituidas. La incorporación de los nuevos miembros deberá realizarse, al menos, 5 días hábiles anteriores al cambio.
Además, con respecto al personal asignado al contrato por parte del adjudicatario, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el Pliego de Bases Administrativas.
5. VALORACION DE OFERTAS.
El criterio de adjudicación será el recogido en la cláusula 6.5 xxx xxxxxx de bases administrativas.
6. CESIONES Y SUBCONTRATACIONES
El adjudicatario no podrá ceder o transferir el contrato a un tercero, en su totalidad o en parte, ni ceder un interés cualquiera incluido en el contrato, sin la autorización por escrito del adjudicador, tal como dispone la cláusula 11 xxx xxxxxx de Bases Administrativas.
7. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
El adjudicatario se atendrá a lo dispuesto en las cláusulas 13 y 14 xxx xxxxxx de bases administrativas del presente Contrato.