ALMACENAMIENTO, CUSTODIA Y CONSERVACION DE LOS DECOMISOS REALIZADOS POR LA DIRECCION FINANCIERA DE INGRESOS DE LA SECRETARIA DE HACIENDA DEPARTAMENTAL, REQUERIDA POR LA GOBERNACION DE BOLIVAR, ENTRE EL DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR COMO ARRENDATARIO Y LA...
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“POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA LA CONTRATACIÓN DIRECTA DENTRO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UNA BODEGA PARA
ALMACENAMIENTO, CUSTODIA Y CONSERVACION DE LOS DECOMISOS REALIZADOS POR LA DIRECCION FINANCIERA DE INGRESOS DE LA SECRETARIA DE HACIENDA DEPARTAMENTAL, REQUERIDA POR LA GOBERNACION XX XXXXXXX, ENTRE EL DEPARTAMENTO XX XXXXXXX COMO ARRENDATARIO Y LA FIRMA XXXXXX & XXXXXXX S.A.”.
LA DIRECTORA LOGISTICA, facultada para adelantar todos los trámites tendientes a la celebración de los contratos de arriendo requeridos por la administrac ión departamental mediante decreto No.185 de fecha 10 xx Xxxx del año 2021, en
cumplimiento de lo establecido por la ley 80 de 1993 y 1150 de 2007 y acorde con lo estipulado en el artículo 2.2.1.2.1.4.11 del Decreto 1082 de 2015.
CONSIDERANDO
Que, la Dirección de Ingresos, le corresponde controlar la evasión de impuestos en el departamento xx Xxxxxxx, razón por la cual realiza operativos que pueden dar como resultado el decomiso de bienes que no están debidamente legalizados y le corresponde garantizar el espacio de almac enamiento suficiente y adecuado para la custodia y conservación de los objetos decomisados mientras se culmina los procesos legales correspondientes.
Que, en la Gobernación xx Xxxxxxx no cuenta con el espacio suficiente, y/o apropiado para satisfacer la necesidad de la Dirección xx xxxxxx de contar con una bodega que brinde todas las garantías requeridas para guardar, custodiar y proteger los bienes que haya necesidad de decomisar en esta administrac ión, como lo señala la ley.
Que, el Director Financiero de Xxxxxxxx solicitó continuar contando con la bodega para almac enamiento de los decomisos que viene tomada en arriendo por esta Dirección, teniendo en cuenta oficio GOBOL 16- 022183 de julio 29 de 2016, de la Secretaría de Infraestructura donde da concepto favorable a la propuesta de la Inmobilia ria Araujo y Xxxxxxx de una Bodega Ubicada en Centro Comerc ial e Industrial de Ternera 2, identificada como Bodega I-01.
Que esta Dirección en uso de sus facultades y cumpliendo con sus func iones arrendó la Bodega ubicada en Centro Comerc ial e Industrial de Ternera 2, identificada como Bodega I- 01, el cual estuvo vigente hasta el día 31 de diciembre de 2018, por lo que es imperios o suscribir nuevamente el contrato de arriendo para garantizar el espacio adecuado a la Oficina xx Xxxxxx de la Secretaría de Hacienda.
Que, en consonancia con lo anterior, se hace necesario contratar el arriendo de un inmueble tipo bodega para el almac enamiento, custodia y conservación de los decomisos realizados por la Dirección de Ingresos en ejercicio de sus funciones de control a la evasión.
Que, la Ley 1150 de 2007 en su Título I hace referencia a los principios de Eficiencia y Transparencia que rigen la Contratación Pública y que, dando cumplimiento a estos principios, en su artículo 2° establece las modalidades de selección dentro de las cuales contempla la Contratación Directa.
Que, en el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015 se establece la obligatoriedad de proferir un Acto administrativo de justificación de la Contratación Directa, que deberá contener entre otros aspectos: "(...) 1. La causal que invoca para contratar directamente., 2. El objeto del contrato., 3. El presupuesto para la contratación y las condiciones que exigirá al contratista., 4. El lugar en el cual los interesados pueden consultar los estudios y documentos previos. (...)".
Que lo anterior fue reglamentado en el artículo 2.2.1.2.1.4.11 del Decreto 1082 de 2015. Establece que las entidades estatales pueden alquilar o arrendar inmuebles mediant e contratación directa para lo cual deben seguir las siguientes reglas:
1. Verificar las condiciones del merc ado inmobiliario en la ciudad en la que la entidad estatal requiere el inmueble.
2. Analizar y comparar las condiciones de los bienes inmuebles que satisfacen las
necesidades identificadas y las opciones de arrendamie nto, análisis que deberá tener en cuenta los principios y objetivos del sistema de compra y contratación pública.
Que las obligaciones que se contraigan en desarrollo de este proceso contractual se encuentran respaldadas con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal N°. 100 del
24 de enero de 2022 expedido por La Dirección Financiera de Presupuesto de la Gobernación xx Xxxxxxx, para la vigencia fiscal 2022, y será por valor de CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES CUATROSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETESCIENTOS VEINTIOCHO PESOS MCTE. ($197.446.728,00), incluido IVA, incluidos todos los costos y gastos directos e indirectos que genere la legalización y ejecución del contrato.
En virtud de las consideraciones expuestas,
RESUELVE:
PRIMERO: Téngase justificada la causal de Contratación Directa contenida en el artículo 2.2.1.2.1.4.11 del Decreto 1082 de 2015, por las consideraciones señaladas en la parte motiva de la presente resolución.
SEGUNDO: Celébrese el contrato cuyo objeto es: CONTRATAR EL ARRENDAMIE NTO DE UNA BODEGA PARA ALMACENAMIENTO, CUSTODIA Y CONSERVACION DE LOS DECOMISOS REALIZADOS POR LA DIRECCION FINANCIERA DE INGRE SOS DE LA SECRETARIA DE HACIENDA DEPARTAMENTAL, REQUERIDA POR LA GOBERNACION XX XXXXXXX, entre el DEPARTAMENTO XX XXXXXXX como
arrendatario y la firma XXXXXX & XXXXXXX S.A. como el arrendador.
TERCERO: Téngase como Presupuesto oficial para la contratación, la suma de CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES CUATROSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETESCIENTOS VEINTIOCHO PESOS MCTE. ($197.446.728,00), incluido IVA,
incluidos todos los costos y gastos directos e indirectos que genere la legalización y ejecución del contrato, los cuales, se amparan con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N°. 100 del 24 de enero de 2022, expedidos por La Dirección Financiera de Presupuesto de la Gobernación xx Xxxxxxx.
TERCERO: Los estudios previos podrán ser consultados en la plataforma Secop II.
CUARTO: De acuerdo con lo dispuesto en el Código de procedimiento administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra el presente acto no procede recurso alguno y rige a partir de su fecha de expedición.
Dado en Cartagena de Indias D. T. y C.; a los veintiocho (28) días del mes de enero de dos mil veintidós (2022).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
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XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX DIRECTORA LOGÍSTICA GOBERNACIÓN XX XXXXXXX
Proyectó:
X. Xxxxxx X.
Asesor Jurídico DAL Gobernación xx Xxxxxxx