Términos y condiciones generales de compra Generales
Términos y condiciones generales de compra Generales
Los presentes términos y condiciones generales de compra serán aplicables a todas las operaciones comerciales que se lleven a cabo con Belgicast Internacional S.L.U., una empresa del Grupo TALIS, en adelante denominada “Comprador” y tendrán validez exclusiva.
Los presentes términos y condiciones generales serán aplicables a la compra de bienes y servicios de empresas, fundaciones, entidades públicas, sociedades y personas jurídicas (Proveedor/es).
Los términos y condiciones estarán sujetos al acuerdo individual entre TALIS y el Proveedor. Sin embargo, se excluye expresamente cualquier aplicación de los términos y condiciones del Proveedor, siendo improcedente incluso cuando se haga referencia a los términos y condiciones del Proveedor, por ejemplo en un pedido cuando el Comprador no rechace la confirmación.
Contrato significa cualquier acuerdo escrito (incluyendo los presentes términos y condiciones y el formulario de pedido) celebrado entre el Comprador y el Proveedor para el Suministro de Bienes y/o la prestación de Servicios.
1. Presupuestos y Pedidos
En caso de que el Comprador solicite presupuesto del Proveedor, incluyendo pero no limitándose a la Solicitud de Presupuesto o la Convocatoria a Licitación, el Comprador no tendrá obligación alguna por dicha solicitud. A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el Comprador no asumirá los gastos que deriven de la preparación o presentación de un presupuesto por parte del Proveedor. Todo contenido relacionado con el presupuesto, excepto los Precios, las Condiciones de Pago, ciertas especificaciones detalladas de ejecución práctica, calendario de entregas y ejecución, no será aceptado por el Comprador. En particular, toda referencia a los términos y condiciones generales del Proveedor será considerada nula.
Todo dibujo, certificado, etc. que sea solicitado por el Comprador o que pueda parecer razonable como para ser entregado por parte el Proveedor será proporcionado al Comprador sin ningún tipo de gasto. El Comprador no adquirirá la titularidad de los derechos de propiedad intelectual correspondientes a los dibujos y cualquier otro material entregado a menos que se haya convenido previamente o que la cesión de los derechos de propiedad intelectual esté incluida en el pedido realizado.
El Comprador se reserva los derechos de autor y de propiedad sobre los diagramas, dibujos, cálculos, información técnica, datos y otros documentos que pudiera entregar al Proveedor con el fin de cumplir con el pedido. Dicho material se mantendrá con la debida y absoluta confidencialidad y no podrá ser accesible a terceros sin el previo consentimiento expreso del Comprador. Serán destinados únicamente a efectos de fabricación conforme a las consignas de nuestro pedido. Tras cumplir con el pedido, todo el material deberá ser devuelto al Comprador sin mediar solicitud para ello. No se producirá la cesión de titularidad o se otorgará licencia por parte del Proveedor respecto de aquellos derechos sin previa aprobación escrita del Comprador.
El Comprador podrá realizar pedidos por escrito, siendo posible presentarlos por correo electrónico o fax.
El Proveedor deberá notificar al Comprador inmediatamente en caso de que el pedido presentara discrepancias o contradicciones que dieran lugar a creer razonablemente que la ejecución del pedido no podrá satisfacer las necesidades del Comprador o del cliente del Comprador.
En tal caso, el Proveedor dará al Comprador el tiempo razonable para reconsiderar su pedido y en lo posible para cambiarlo.
El Proveedor confirmará por escrito los Pedidos dentro de un plazo de 3 días laborales a menos que se especifique lo contrario o, deberá rechazarlos de inmediato en caso de no estar obligado, en virtud de las disposiciones del acuerdo con el Comprador, a aceptar el pedido realizado. Si el Proveedor no confirmara el Pedido dentro de los 3 días laborales o no lo rechaza, el Pedido se tomará como aceptado.
El Comprador podrá presentar pedidos de cambio en cualquier momento y el Proveedor deberá aceptarlos según sea técnicamente posible. El Proveedor deberá hacer todo lo posible para asegurar que no se produzcan demoras en la entrega de cualquier pedido de cambio. En caso de que un aplazamiento de la entrega parezca viable, el Comprador deberá estar informado inmediatamente de la demora estimada. El Proveedor comunicará cualquier cambio necesario en los costos del suministro y las Partes deberán acordar los precios relacionados con los pedidos de cambio antes de que el pedido de cambio se haga efectivo. Para evitar todo malentendido: cuando un pedido de cambio da lugar a una reducción en los costos, el precio disminuirá consecuentemente.
El Proveedor deberá aceptar los cambios en la cantidad solicitada hasta más o menos el 25% de la cantidad inicialmente solicitada sin realizar reclamaciones por el incremento de los costos unitarios.
El Comprador tendrá derecho en todo momento a cancelar los pedidos, en todo o en parte. El Comprador también tendrá derecho de aplazar las fechas de ejecución previstas según su absoluta discreción en caso de que dicho aplazamiento resultara razonable para el Comprador.
2. Precios, condiciones de pago
A menos que se acuerde lo contrario, los Precios se aplicarán de acuerdo con el pedido aceptado. Ante la falta de acuerdo cont- rario por escrito, el precio incluye la entrega, la cual estará libre de todo tipo de gasto, a la dirección comunicada a tal efecto según los términos DDP (entrega en destino con derechos pagados) Incoterm 2010, incluyendo el embalaje. La devolución del embalaje requerirá un acuerdo especial.
El pago deberá realizarse íntegramente dentro de los 120 días de la recepción de la factura.
En caso de que el Comprador efectúe el pago por adelantado, dicho pago deberá estar asegurado mediante Garantía Bancaria con la misma cuenta.
El Comprador podrá compensar los pagos correspondientes a las reclamaciones que hiciera el Comprador al Proveedor.
3. Entrega, riesgo y titularidad
De no acordarse lo contrario, el término Incoterm 2010 aplicable será la entrega en destino con derechos pagados. Se entiende que las entregas podrán igualmente realizarse en el destino del cliente del Comprador fuera de Alemania o Europa.
El Comprador tiene el derecho de inspeccionar los establecimientos del Proveedor y del subproveedor para poder supervisar el desarrollo de los trabajos. Dichas visitas de inspección serán indicadas por el Comprador con un plazo previo de dos días laborales. El Comprador podrá solicitar periódicamente informes escritos acerca de los avances realizados.
La transmisión del riesgo se efectuará de acuerdo con los términos Incoterm acordados. No obstante, cuando el contrato contemple la instalación in-situ y/o la puesta en servicio, el riesgo no será transferido antes de que la instalación o puesta en servicio, indepen- dientemente de lo que resultara razonablemente procedente conforme a las obligaciones contractuales del Proveedor, se lleve a cabo satisfactoriamente. La transmisión de la titularidad se efectuará en el momento en que la mercancía solicitada sea despachada en el lugar de destino, pero como máximo tras el pago de más del 50% del importe total acordado por los productos correspondientes.
El Proveedor no tendrá derecho de retener la titularidad de los bienes que hayan sido entregados o pagados en un 50%.
El Proveedor está obligado a suministrar al Comprador los repuestos durante el período de uso técnico ordinario, o al menos durante 20 años y en condiciones razonables tras la última entrega. Si el Proveedor dejara de suministrar los repuestos, el Comprador deberá tener la oportunidad de realizar un pedido final.
4. Daños acordados, consecuencias del incumplimiento
El plazo de entrega indicado en el pedido obliga a todos los efectos. El Proveedor deberá informar por escrito inmediatamente el Comprador si existieran dudas razonables por las que los plazos de entrega no puedan cumplirse.
En caso de que los plazos de entrega o hitos no se cumplan por motivos que no sean totalmente imputables al Comprador, el Proveedor deberá:
• Pagar al Comprador por los daños acordados un importe del 5% del valor del pedido por cada semana de demora hasta el 30% del valor del pedido, y
• Eximir al Comprador de toda responsabilidad ante cualquier reclamación que presentara el cliente del Comprador o un Tercero, y pagar todas las tasas y gastos que pudieran surgir en relación con alguna acción legal entre el Comprador y un Tercero, y
• Asumir cualquier otro gasto adicional que pudiera producirse para el Comprador, incluyendo pero no limitándose al lucro cesante y a daños acordados y/o daños emergentes y/o pagos ocasionados por cualquier recurso contra el Comprador.
La obligación de entrega por parte del Proveedor comprende como parte fundamental la completa y correcta documentación y la aportación específica de declaraciones del Proveedor. Todo trabajo o entrega se tomarán como demorados si no se proporciona la documentación correcta en tiempo y forma.
En caso de que el Comprador tenga dudas razonables para creer que el Proveedor no será capaz de cumplir con sus obligaciones en tiempo y forma o con la calidad debida, el Comprador deberá comunicar sus dudas al Proveedor y proporcionarle al Proveedor un plazo razonable para que éste comente sobre los trabajos en ejecución y, si fuera procedente, optimizarlos y agilizarlos respec- tivamente. Plazo “razonable” se interpretará como aquel plazo no superior al que aparentemente se requiera para permitir que el Comprador, tras la finalización del plazo, aún pueda tomar las medidas necesarias para minimizar o evitar cualquier efecto perjudi- cial que derivara o que pudiera derivar de algún hecho atribuible al Proveedor.
En caso de que el Proveedor no fuera capaz de agilizar los trabajos y/o mejorar la calidad de la prestación a un nivel que permita cumplir los hitos importantes, el Comprador tendrá derecho de:
• Delegar la ejecución de determinados servicios a un Tercero o realizar la prestación de los servicios por sí mismo, a expensas del Proveedor.
• Delegar la ejecución de los servicios restantes a un Tercero o realizar la prestación de los servicios por sí mismo, a expensas del Proveedor.
• Rescindir el contrato.
El Comprador podrá solicitar indemnización al Proveedor por los daños causados por toda entrega demorada o deficiente.
5. Fuerza mayor
Todo caso de fuerza mayor definido como aquella circunstancia que no pudiera ser controlada por las Partes y sea considerada razonablemente imprevisible para ellas (aunque las huelgas y cierres patronales no se consideran casos de Fuerza Mayor) y que impida de forma total o parcial a alguna de las Partes Contratantes cumplir con sus obligaciones, eximirá a dicha Parte Contratante de respetar el presente contrato hasta que el caso de fuerza mayor dejara de tener efecto.
La Parte Contratante que resultara afectada por algún caso de fuerza mayor deberá notificar inmediatamente a la otra Parte de tal hecho. Las Partes Contratantes deberán convenir mutuamente si se procederá a una prestación posterior de los servicios que no hubieran sido ejecutados durante ese período una vez que el caso de fuerza mayor haya desaparecido.
Cuando el caso de Fuerza Mayor permaneciera durante más de 6 semanas o durante un plazo tan prolongado como para poner en serio riesgo el cumplimiento de los hitos previstos que debieran acordarse entre el Comprador y su cliente, el Comprador tendrá derecho de
• Delegar la ejecución de determinados servicios a un Tercero o realizar la prestación por sí mismo, asumiendo los costos.
• Delegar la ejecución de los servicios restantes a un Tercero o realizar la prestación por sí mismo, asumiendo los costos.
• Rescindir el contrato.
6. Embalaje y expedición
El Proveedor está obligado a cumplir con los requisitos y especificaciones del Comprador y del cliente del Comprador en relación con el embalaje y etiquetado del pedido. Se observarán las disposiciones legales y el Proveedor deberá cumplir con toda la legislación aplicable nacional, supranacional, internacional y local
• Leyes sobre el control de las exportaciones
• Normativa de las autoridades aduaneras
• Normativa sobre el embalaje
• Normativa sobre el etiquetado
• Normativa sobre el transporte
En caso de que la acción u omisión por parte del Proveedor ocasionara daños en la mercancía, demoras, la omisión del despacho de exportación o importación o cualquier otro perjuicio para el Comprador y/o para un Tercero, el Proveedor será legalmente respon- sable y eximirá al Comprador de toda responsabilidad.
El Proveedor deberá informar al Comprador inmediatamente después de despachar la mercancía.
7. Proveedor y subcontratistas
El Proveedor prestará por sus propios medios los servicios acordados. En caso que se disponga de subproveedores / subcontra- tistas, el Proveedor deberá obtener previamente el consentimiento escrito del Comprador. El Proveedor hará todo lo posible para asegurar que éste y aquellos posibles subcontratistas y subproveedores respondan satisfactoriamente a las exigencias que tengan el Comprador y el cliente del Comprador respecto de proveedores y subproveedores. De no cumplirse con dichas exigencias, el Comprador tiene el derecho de rescindir el contrato.
El Proveedor será única y legalmente responsable por el cumplimiento o el incumplimiento por parte del/ de los subcontratista/s y subproveedor/es.
A menos que se indique expresamente lo contrario o que el Comprador así lo aprobara, en ningún caso un acuerdo, pedido o cualquier otro convenio será interpretado como una relación laboral entre el Proveedor, el Subproveedor, o el subcontratista y el Comprador.
8. Responsabilidad por defectos
En caso de que el Proveedor cumpliera o no con la prestación de los servicios, ocasionando daños totales o parciales, el Proveedor será responsable por todos los daños presentes y futuros que pudieran surgir en relación con dicha acción u omisión.
El Proveedor garantiza que los productos entregados, el material utilizado, las partes, los lubricantes, etc. se encuentran libres de todo defecto, son nuevos y adecuados para el propósito previsto, cumplen con toda la normativa técnica pertinente y obedecen estric- tamente a las especificaciones aplicables y exigencias de calidad.
El Proveedor deberá reparar todo defecto que fuera atribuible en todo o en parte al Proveedor sin costo alguno en un plazo de 24 horas tras haber detectado el fallo y entregará los productos reparados en su destino de utilización sin costo alguno.
A menos que se acuerde lo contrario, la garantía tendrá una validez de 5 años a partir de la entrega de la mercancía. El período de garantía de los productos defectuosos se reanudará tras reparar el defecto.
Para casos urgentes, el Comprador podrá realizar todos los trabajos de reparación necesarios por sí mismo o a través de un tercero o bien ofrecer recambios a expensas del Proveedor.
En caso de fallos consecutivos, el Proveedor deberá tomar las medidas a su alcance para subsanar inmediatamente el daño o reducir el mismo al mínimo. El Comprador tendrá derecho de solicitar el reemplazo de los productos dañados a expensas del Proveedor (incluyendo las tasas aduaneras, los gastos de embalaje y transporte al consumidor final) cuando el daño fuera imputable en todo o en parte al Proveedor.
9. Responsabilidad general
El Proveedor será responsable por todos los daños que le sean imputables y eximirá al Comprador al primer requerimiento de toda responsabilidad ante cualquier demanda que pudieran presentar contra el Comprador debido a algún defecto en los bienes y/o equipos y/o sistemas causados por el cumplimiento deficiente o incumplimiento por parte del Proveedor, o por el cumplimiento o incumplimiento de la prestación de los servicios. Esta disposición será aplicable tanto a demandas directas contra el Comprador como a demandas amparadas por el derecho de recurso que pudieran presentar Terceros que hubiesen resuelto la reclamación del demandante por daños y perjuicios.
La responsabilidad del Proveedor también afectará el lucro cesante y los daños emergentes.
Si el Comprador retirara la mercancía o productos que resultaran defectuosos como consecuencia de la acción u omisión del Proveedor, el Proveedor deberá asumir los gastos incurridos a tal fin.
Las demandas asistidas por el derecho de recurso que deriven de la responsabilidad por el producto podrán ser presentadas por el Comprador durante los 10 años posteriores a la acción u omisión del Proveedor que haya dado lugar a las demandas.
El Proveedor será quien asuma los gastos y costas legales de los procedimientos.
Los daños que se hubiesen fijado y que fueran causados por una demora en la entrega no excluyen las demandas de responsabilidad por daños y perjuicios contra el Proveedor.
10. Salud, seguridad y medio ambiente (HSE), Safety Logistics
Las Partes Contratantes reconocen su compromiso de proteger el medio ambiente y de conservar los recursos naturales en la medida de lo posible y procurarán reducir el impacto negativo en el medio ambiente en la medida en que sea técnica y comercialmente viable. Deberá cumplirse con las disposiciones legales en todo momento. Las Partes Contratantes pondrán empeño en prevenir cualquier peligro y consecuencia que el producto pudiera ocasionar a las personas. Siempre que el Comprador esté legalmente obligado a trasladar y/o desechar sus productos, el Proveedor deberá trasladar los productos en las mismas condiciones que sean aplicables tanto para el Comprador, de una parte, como para los clientes del Comprador y/o cualquier otra parte autorizada, de la otra parte.
Las Partes Contratantes deberán, incluso después de finalizar el presente contrato, cooperar de acuerdo con sus capacidades de manera expedita y efectiva para evitar aquellos peligros detectados o detectables en sus productos y prestaciones sin que dichos productos o su utilización y las prestaciones relacionadas con los mismos (safety logistics) comprometan la seguridad de los indivi- duos.
Según se requiera, el Proveedor deberá aportar pruebas suficientes sobre el cumplimiento de las normas internacionales HSE.
11. Código de Cumplimiento
El Proveedor deberá cumplir con el Código de Cumplimiento xx XXXXX. El Código puede consultarse en xxx.xxxxx-xxxxx.xxx g Terms.
12. Derechos de propiedad intelectual y normativa aplicable
El Proveedor deberá asegurar que su prestación cumple con toda la normativa aplicable nacional e internacional y con las disposi- ciones legales, y que los bienes y servicios se proporcionan con las técnicas y tecnologías más avanzadas.
El Proveedor mantendrá al Comprador inmune ante cualquier reclamación que derive de la infracción por parte del Proveedor de cualquier derecho de propiedad reconocido por la ley e indemnizará y eximirá al Comprador y al cliente del Comprador de toda responsabilidad ante cualquier demanda que resulte de una supuesta infracción de los Derechos de Propiedad Intelectual por parte del Proveedor, incluyendo, pero no limitándose a, patentes, licencias, derechos de autor, know-how, y deberá asumir todas las costas legales y demás gastos que se generen para el Comprador o sus clientes como consecuencia de la presunta infracción.
El Comprador no transmitirá la titularidad de sus derechos de propiedad intelectual propios o de sus clientes, a menos que así lo declararse por escrito.
13. Seguro
El Proveedor se compromete a contratar un seguro apropiado, que incluya un seguro de responsabilidad civil de fabricantes, que cubra contra daños personales, daños a la propiedad, daños patrimoniales primarios, y daños medioambientales. Si el Comprador tuviera otros derechos de indemnización por los daños sufridos, éstos no resultarán afectados. Xxxx procurarse contratar un seguro contra daños a la propiedad de terceros.
El comprador tendrá derecho de examinar los documentos del seguro. Si a pesar de dicha solicitud, el Proveedor no cumple con la obligación de contratar un seguro, el Comprador tendrá derecho de rescindir el contrato respecto del pedido, y de exigir indemniza- ción por todas las pérdidas económicas que deriven de dicha rescisión mediante notificación extraordinaria.
14. Documentación, certificados
El Proveedor deberá presentar toda la documentación necesaria, incluyendo certificados y la declaración del Proveedor. Para la prestación de los servicios, el Proveedor deberá aportar una declaración jurídicamente vinculante sobre el origen de sus servicios para facilitar a las autoridades aduaneras la tarea de realizar una correcta evaluación del origen preferencial / no preferencial de los mismos.
A menos que así se requiera, o sea obligatorio por ley o dictado por las mejores prácticas empresariales, el Proveedor deberá, según se requiera, presentar todos los certificados que sean necesarios en relación con los productos entregados o que deban entregarse, o con el fin de prestar los servicios.
15. Confidencialidad
El Proveedor estará obligado a mantener toda la información sobre el Comprador, incluyendo pero no limitándose al contenido de las Solicitudes de Presupuesto, ofertas, dibujos, etc. en estricta confidencialidad. Será de aplicación, además de serlo en procedi- mientos operativos de organización, especialmente a toda aquella información catalogada como confidencial o reconocible como secretos empresariales o comerciales, así como también a todo el conocimiento técnico disponible. Proporcionar información sobre el Comprador que aún no tuviera dominio público requerirá el previo consentimiento escrito del Comprador.
Serán de cumplimiento las disposiciones legales de la Ley de Protección de Datos.
El Proveedor instruirá a los empleados correspondientes y, si fuera procedente, a terceros sobre el cumplimiento de las obligaciones anteriormente citadas.
El Proveedor es consciente de que el Comprador tiene derecho, ante cualquier incumplimiento de la obligación de mantener plena
16. Abastecimiento de bienes del Comprador o Terceros
En caso de que el Comprador o un Tercero, a petición del Comprador, proporcionen herramientas, modelos, dibujos u otros bienes materiales o inmateriales al Proveedor para permitir o facilitar la prestación de los servicios por parte del Proveedor, dichos bienes seguirán siendo propiedad del Comprador y correspondientes al Tercero que los hubiese proporcionado.
Los bienes proporcionados solo se utilizarán con el propósito de prestar los servicios convenidos en el pedido, y deberán ser devueltos inmediatamente después de que dejaran de ser razonablemente útiles como para cumplir con el pedido, después de la extinción del contrato o bien por solicitud del Comprador.
En caso de convenir el abastecimiento de herramientas especiales, modelos, dibujos u otros bienes materiales o inmateriales por parte del Proveedor con el propósito de fabricar los Productos o partes de los mismos, estos bienes permanecerán propiedad xx XXXXX, siendo aplicable la disposición anterior.
Si procediera, los bienes deberán estar identificados de tal manera que puedan ser visible e inequívocamente reconocibles como propiedad del Comprador o de un Tercero.
El almacenamiento, cuidado, mantenimiento y reparación así como la conservación de las herramientas quedarán a cargo del Proveedor, quien asumirá los gastos correspondientes.
El Comprador no responderá por los daños que deriven de la utilización de los bienes. Tampoco se aplicará a los daños ocasionados por la acción deliberada del Comprador.
En caso de que el material y o los bienes proporcionados por el Comprador estuvieran combinados, mezclados o integrados con los bienes del Proveedor, la titularidad del conjunto integrado de bienes corresponderá a los valores de los materiales, bienes, etc. que deban procesarse para lograr el producto combinado.
El Proveedor no podrá modificar el software proporcionado por el Comprador o por un Tercero o combinarlo en todo o en parte con otros programas o partes de programas informáticos o descompilar el software sin el previo consentimiento escrito del Comprador. El software o las partes del software que sean proporcionadas por el Comprador o por un Tercero a petición del Comprador podrán ser distribuidos únicamente a aquellas personas que pertenezcan a la empresa del Proveedor y que tengan la necesidad de cono- cerlo. El Proveedor deberá asegurar que el software o las partes del mismo no serán accesibles a personas ajenas a la empresa del Proveedor.
17. Conformidad con REACH
El Proveedor es y permanecerá como único responsable por la plena conformidad de los productos y las partes y sustancias de los mismos con las exigencias de la Norma (EC) Nº 1907/2006 (REACH) del 18 de diciembre de 2006 con sus modificaciones y enmiendas e incluyendo todas las posteriores publicaciones así como también cualquier normativa nacional que reglamente dicha Norma. El Proveedor garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones que le son impuestas en virtud de la Norma REACH. Cuando el Comprador sufriera pérdidas económicas o recibiera reclamaciones de cualquier tipo debido al incumplimiento por parte del Proveedor de las disposiciones legales reguladas por la Norma REACH y la legislación nacional, el Proveedor se comprometerá a eximir al Comprador de toda responsabilidad ante cualquier demanda, responsabilidad civil, pérdida, daño, decisión judicial y respon- sabilidad social externa, asumiendo cualquier pérdida, daño o perjuicio que pudieran comprometer la integridad del Comprador.
18. Nulidad parcial
En caso de que una disposición o parte de una disposición del presente contrato o de los presentes términos y condiciones generales se declarara nula, la validez del resto del contenido del contrato o de los términos y condiciones generales no resultará afectada. Las
contrato.
19. Sin cesión de créditos
El Proveedor no cederá ningún crédito confirmado o presuntamente existente respecto del Comprador o el cliente del Comprador en virtud de un acuerdo celebrado con el Comprador, a un Tercero sin existir el previo consentimiento del Comprador.
20. Sin referencia al Comprador o a TALIS
El Proveedor no utilizará como referencia al Comprador o a TALIS o el nombre de los clientes del Comprador o los nombres de los proyectos aportados por el Proveedor en virtud de un pedido realizado por el Comprador sin el previo consentimiento escrito del Comprador o de TALIS.
21. Jurisdicción, legislación aplicable
La legislación aplicable a este contrato será la vigente en el Estado Español.
La única jurisdicción competente será la de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx. Sin embargo, el Comprador también podrá inter- poner acciones legales contra el Proveedor en el lugar de registro del Proveedor.
No será aplicable la Convención sobre Compraventa Internacional de Mercaderías.