MATERIA: AUTORIZA LLAMADO A LICITACION PUBLICA ID 644-7-LP17, DESTINADA A CONTRATAR ESTUDIOS PREVIOS ACTUALIZACIÓN PLAN REGULADOR COMUNAL DE PURRANQUE, PROVINCIA DE OSORNO, REGION DE LOS LAGOS, APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS DE LICITACION,...
MATERIA: AUTORIZA LLAMADO A LICITACION PUBLICA ID 644-7-LP17, DESTINADA A CONTRATAR ESTUDIOS PREVIOS ACTUALIZACIÓN PLAN REGULADOR COMUNAL DE PURRANQUE, PROVINCIA XX XXXXXX, REGION DE LOS LAGOS, APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS DE LICITACION, SUS ANEXOS Y DESIGNA COMISION EVALUADORA.
EXENTA Nº 93
PUERTO MONTT, 09 xx Xxxxxx de 2017
VISTO
Lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, contenido en el DS. N° 25 0, de Hacienda de 2004 y sus modificaciones posteriores; La Resolución N° 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas de exención del trámite de toma de razón; El Ordinario N°0474, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 (X. y U.), que autoriza contratar Estudios nuevos “Adelanto de Inversión 2018”, Programa de Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) “Cartera Regular” Regional del año 2017; El Convenio de Cooperación Financiero y Técnico, suscrito entre la SEREMI MINVU, Región de Los Lagos y la Municipalidad de Purranque, de fecha 20 xx xxxxx de 2017, para el co-financiamiento del Estudios Previos Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque, Provincia xx Xxxxxx, Región de Los Lagos, aprobado por Resolución Exenta N°1398, de fecha 29.06.2017; el Decreto N° 48 (V. y U.), de fecha 28 xx xxxxx de 2014, que me designa Secretario Regional Ministerial de la SEREMI MINVU, Región de Los Lagos y las facultades que me confiere el Decreto Supremo Nº 397 (V. y U.) de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
CONSIDERANDO
1. El Ordinario N°0474, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 , xxx Xxxxxxxxxxxxx de Vivienda y Urbanismo, que autoriza contratar Estudios nuevos “Adelanto de Inversión 2018”, Programa de Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) “Cartera Regular” Regional del año 2017, en los terminos establecidos en el literal g) del artículo 5° del DS397/1976 (V. y U.);
2. El requerimiento presentado por el Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura, de la SEREMI MINVU Región de Los Lagos, mediante correo electrónico, de fecha 11.07.2017, para la Contratación de Estudios Previos Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque, Provincia xx Xxxxxx, Región de Los Lagos, para la SEREMI de Vivienda y Urbanismo Región de Los Lagos;
3. La Cartera de proyectos del MINVU, incorporado al presupuesto año 2017 - 2019, Subtítulo 22, sobre Estudios e Investigaciones, que asigna un monto de $85.000.000. - (Ochenta y cinco millones de pesos) para la Consultoría “Estudios Previos Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque, Provincia xx Xxxxxx, Región de Los Lagos”;
4. El Convenio de Cooperación Financiero y Técnico, suscrito entre la SEREMI MINVU, Región de Los Lagos y La Municipalidad de Purranque, de fecha 20 xx xxxxx de 2017, aprobado mediante Resolución Exenta N° 1398, de fecha 29.06.2017, para el co-financiamiento de Estudios Previos Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque, Provincia xx Xxxxxx, Región de Los Lagos, por la suma de $7.000.000. - (Siete millones de pesos), del presupuesto Municipal año 2017;
5. Que, se revisó el Catálogo de Convenios Xxxxx, verificándose que el servicio r equerido no se encuentra disponible en Catálogo Marco;
6. Que, existen fondos presupuestarios suficientes para realizar la contratación en cuestión:
RESOLUCIÓN
I. AUTORIZASE el llamado a Licitación Pública, ID 644-7-LP17, destinada a la Contratación de Estudios Previos Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque, Provincia xx Xxxxxx, Región de Los Lagos, para la SEREMI de Vivienda y Urbanismo Región de Los Lagos;
II. Apruébense las siguientes Bases de Licitación y sus Anexos, para efectuar el lla mado a Licitación Pública, ID 644-7-LP17, que se detallan a continuación:
BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACION PUBLICA ID 644-7-LP17
CONTRATACION DE ESTUDIOS PREVIOS ACTUALIZACIÓN PLAN REGULADOR COMUNAL DE PURRANQUE, PROVINCIA XX XXXXXX, REGION DE LOS LAGOS.
1.- Organismo Demandante
Razón Social | SEREMI MINVU REGION DE LOS LAGOS |
Unidad de compra | SEREMI MINVU REGION DE LOS LAGOS |
R.U.T. | 61.802.010-K |
Dirección | Av. Décima Región N° 480, 3er. piso, Xxxxxxxx xxxxx x Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx. |
Xxxxxx | Xxxxxx Xxxxx |
Xxxxxx en que se genera la Adquisición | Los Lagos |
2.- Antecedentes Administrativos
Número de Adquisición | 644-7-LP17 |
Nombre de Adquisición | Contratación de Estudios Previos Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque, Provincia xx Xxxxxx, Región de Los Lagos |
Descripción | Contratación de una consultoría denominada Estudios Previos Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque, Provincia xx Xxxxxx, Región de Los Lagos. |
Tipo de Licitación | Licitación Pública, mayor a 1000 UTM |
Tipo de Convocatoria | ABIERTO |
Moneda | Peso Chileno |
Etapas del Proceso de Apertura | Una Etapa |
Toma de Razón por Contraloría | No requiere Toma de Razón por Contraloría |
3.- Etapas y Plazos
Publicación | Día 1 |
Cierre de Recepción de Oferta | Día 20 |
Acto de Apertura Técnica | Día 20 |
Inicio de Preguntas | Día 2 |
Final de Preguntas | Día 10 |
Publicación de Respuestas | Día 13 |
Adjudicación | Día 30 |
Tiempo Estimado de Evaluación de Ofertas | 10 Días hábiles |
4. Requisitos para participar en la licitación
No podrán participar en la presente licitación:
• Proveedores inhabilitados por condenas por prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales del trabajador. Se aplica a proveedores condenados por prácticas antisindicales, dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la
propuesta o suscribir el contrato (art.4, ley 19.886).
• Proveedores inhabilitados por condenas por delitos concursales (Quiebra), según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato.
• Proveedores inhabilitados por condenas de acuerdo a la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Se aplica a proveedores condenados por delitos xx xxxxxx de
activos, financiamiento del terrorismo y cohecho (art.10, ley 20.393). Sin perjuicio de lo anterior, estas prohibiciones regirán a contar de la fecha en que la resolución o sentencia se encuentre
ejecutoriada.
5.-Antecedentes a presentar en su Oferta
Todos los antecedentes solicitados en estas bases deben ser ingresados en formato digital a travé xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
Anexos Administrativos | De acuerdo a lo señalado en el numeral 24 de las presentes Bases Administrativas, los oferentes deberán presentar: a) Anexo N°1, Formulario de Presentación. b) Anexo N°2, Declaración Jurada Simple, c) Persona Jurídica, o Anexo N°3 Declaración Jurada Simple, Persona Natural. c) Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Consultores (RENAC) MINVU, donde se señale la categoría, en algunos de los siguientes rubros y especialidades: • Rubro Estudios Generales: Especialidad Planificación, Subespecialidad: 1001 Desarrollo Urbano. • Estudios de Proyectos: Especialidad Urbanismo, Subespecialidad: 1800 Planes Reguladores Comunales, Intercomunales y Regionales. Se admitirá primera y /o segunda Categoría. |
Anexos Económicos | De acuerdo a lo señalado en el numeral 24. de laspresentes Bases Administrativas, los oferentes deberán presentar: Anexo N°4 Oferta Económica Global |
Anexos Técnicos | De acuerdo a lo señalado en el numeral 24. de las presentes Bases, los oferentes deberán presentar: a. Anexo N°5, Propuesta Metodológica y Propuesta de Participación Ciudadana y Difusión, adjuntando archivo con detalle de la información base (planos, bases de datos, estudios) no provista por la entidad licitante y que el Oferente determine sea necesario adquirir para cumplir el nivel de calidad del estudio definido en las bases técnicas (valorizado en la oferta económica). b. Anexo N°6, Metodología Cartografía c. Anexo Nº 7, Nómina de profesionales participantes en el Estudio. d. Anexo N°8, Carta compromiso (de participación de cada uno de los profesionales presentados en la nómina). e. Anexo N°9, Currículum de todos los profesionales presentados en la nómina. f. Cronograma de actividades adjunto expresado en Carta Xxxxx, que hará la Función de Plan de Trabajo, desglosado por etapas, con asignación de responsabilidades a profesionales integrantes del equipo, incluyendo períodos de revisión y corrección preestablecidos. |
6.- Antecedentes Legales para ser Contratado
Persona Natural o Jurídica | DEBE ENCONTRARSE INSCRITO EN CHILEPROVEEDORES |
(En caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en Chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación).
DEBE ENCONTRARSE CON INSCRIPCIÓN VIGENTE (HABIL)
EN CHILEPROVEEDORES. (En caso de estar inscrito y ser inhábil, es decir que no cuente con su inscripción vigente, tendrá 24 horas para subsanar dicha situación, de lo contrario se le entenderá desistido de su oferta, sin perjuicio de lo establecido en las Bases).
DEBE ACREDITAR INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL
DE CONSULTORES (RENAC**) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, regulada por el D.S. N° 135, (V. y U.) de 1978, en alguno de los siguientes rubros y especialidades:
• Rubro Estudios Generales: Especialidad Planificación Subespecialidad: 1001 Desarrollo Urbano
• Estudios de Proyectos: Especialidad Urbanismo Subespecialidad: 1800 Planes Reguladores Comunales, Intercomunales y Regionales.
• Se admitirá primera y/o segunda Categoría.
** Para ser contratado, el Consultor de acuerdo al artículo 21 del DS 135 V. y U, deberá contar con los siguientes documentos en estado de vigentes:
-Certificados de Antecedentes comerciales,
- Copia de inscripción de constitución de sociedad y su respectivo certificación de vigencia de Sociedad (Persona Jurídica)
- Patente Municipal,
- Certificado Bancario
- Declaración de impuestos del último año
NO TENER JUICIOS PENDIENTES CON EL ESTADO DE CHILE
7.- Criterios de Evaluación
Metodología de Trabajo 45% | De acuerdo al punto 16 de las Bases Administrativas. |
Equipo de Trabajo y Experiencia del Equipo Base Obligatorio 35% | De acuerdo al punto 16 de las Bases Administrativas. |
Plan de Trabajo 10% | De acuerdo al punto 16 de las Bases Administrativas. |
Cumplimiento de los Requisitos Formales 5% | De acuerdo al punto 16 de las Bases Administrativas. |
Propuesta Económica 5% | De acuerdo al punto 16 de las Bases Administrativas. |
8.- Montos y Duración del Contrato | |
Estimación en Base a | Presupuesto disponible |
Moneda | Peso Chileno |
Monto Total Estimado | $ 92.000.000.- (Impuesto Incluido), de conformidad a los numeral 3. y |
4. del considerando. | |
Duración de Contrato | El plazo total del Contrato, es de 730 días corridos en total. |
El Plazo de la Consultoría corresponde a 610 días corridos. | |
Plazos de Pago | De acuerdo al numeral 21. de las bases administrativas. |
Opciones de Pago | Cheque o Transferencia Electrónica |
Nombre responsable Contrato | Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx |
Teléfono | 000-0000000 |
Prohibición de Subcontratación | Se prohíbe subcontratación. Si perjuicio de la excepcionalidad indicada en el numeral 24 d., párrafos finales. |
9.- Garantías 9.1 Garantía de Seriedad de la Oferta | |
Tipo de Documento | Boleta Garantía pagadera a la vista en cualquier oficina e irrevocable. |
Beneficiario | SEREMI MINVU REGION DE LOS LAGOS |
Vigencia de la Boleta | Deberá tener una vigencia igual a la fecha de cierre de la licitación, aumentada en 20 días hábiles. |
Monto | 0.5% del precio total del contrato. |
Glosa | Garantizar Seriedad de la Oferta Licitación Pública 644-7-LP17, Estudios Previos Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque, Provincia xx Xxxxxx, Región de Los Lagos, para la SEREMI de Vivienda y Urbanismo Región de Los Lagos. |
Forma y oportunidad de Restitución | Esta garantía será devuelta 10 días después de su expiración, por Oficio Ordinario, dirigido al domicilio que el Consultor fije al momento de su postulación a la licitación. |
Descripción | Dicha garantía caucionará la seriedad de la oferta, mediante una única boleta bancaria equivalente al 0.5% del valor total del contrato, la que deberá tener como vigencia un plazo aumentado en a lo menos 20 días hábiles, a partir de la fecha de cierre de la licitación. Esta boleta deberá ser presentada en sobre cerrado, identificando el nombre de la licitación y oferente en las Oficinas de la SEREMI MINVU, Región de Los Lagos, ubicada en Avenida Décima Región 480, piso 3°, Edificio anexo a Intendencia Regional, Puerto Montt, antes de la fecha de cierre de la presente licitación. ** La no presentación de esta garantía, se entenderá como incumplimiento de bases, por lo que la propuesta no será evaluada**. |
9.2 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato | |
Tipo de Documento | Boleta Garantía pagadera a la vista en cualquier oficina, e irrevocable. |
Beneficiario | SEREMI MINVU REGION DE LOS LAGOS |
Vigencia de la Boleta | Deberá tener como vigencia un plazo aumentado en a lo menos 120 días corridos, a partir de la fecha de término del contrato. |
Monto | 10% del precio total del contrato. |
Glosa | Garantizar fiel y oportuno cumplimiento de Licitación Pública 644- 7-LP17, Estudios Previos Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque, Provincia xx Xxxxxx, Región de Los Lagos, para la SEREMI de Vivienda y Urbanismo Región de Los Lagos, y pago de Obligaciones Laborales y Sociales con trabajadores de la empresa derivados de esta Consultoría. |
Forma y oportunidad de Restitución | Esta garantía será devuelta 10 días después de su expiración, por Oficio Ordinario, dirigido al domicilio que el Consultor fije al momento de la firma del contrato |
Descripción | Esta boleta se presentará en el acto de suscripción del contrato y tiene por objeto garantizar tanto el fiel cumplimiento del Contrato, como asegurar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores que formen parte del Equipo Consultor, conforme lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 19.886, modificado por Ley N° 20.238. Dicha garantía caucionará mediante una única boleta bancaria el 10% del valor total del contrato, la que deberá tener como vigencia un plazo de a lo menos 120 días corridos, a partir de la fecha de término del contrato. |
10.- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y/ o el contrato que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
11. DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR
La SEREMI MINVU Región de Los Lagos, en adelante La “SEREMI”, en apoyo a la ejecución de las funciones propias, viene en llamar a licitación pública a proponentes personas naturales o jurídicas, con el objeto de contratar los Estudios Previos Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque, Provincia xx Xxxxxx, para la SEREMI MINVU, Región de Los Lagos, cuyos objetivos y alcances se detallan en las Bases Administrativas y Técnicas.
La participación de los proponentes y la presentación de las propuestas se efectuarán de conformidad a las estipulaciones de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, en lo sucesivo “las Bases”.
12. CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTE LICITACION
1. Para los efectos de estas Bases, se entenderá por “Oferente” a toda persona natural o jurídica que participe en esta licitación Pública.
2. Se entenderá por “SEREMI”, a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos.
3. Se entenderá por “Bases” a las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas y los documentos anexos que se acompañan.
4. Se entenderá por “Consultor”, a la persona natural o jurídica que se adjudique la presente licitación.
5. Se entenderá por “Comisión Evaluadora” a un equipo de profesionales designado por el Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos y un funcionario(a) designado(a) mediante acto administrativo correspondiente por la Municipalidad de Purranque, quienes efectuarán la evaluación de las Ofertas técnicas y económicas y de los antecedentes recibidos de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases.
6. Se entenderá por “Coordinador o Relacionador del Estudio”, al Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la SEREMI MINVU, Región de Los Lagos o quien lo subrogue o reemplace.
7. Se entenderá por “Coordinador Técnico” al funcionario (a) o quien lo subrogue o reemplace del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura, designado (a) por el Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano, de la SEREMI MINVU, Región de Los Lagos o quien lo subrogue o reemplace, designados mediante acto administrativo correspondiente.
8. Se entenderá por “Contraparte técnica” el equipo de profesionales propuesto por el Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la SEREMI MINVU, Región de Los Lagos al SEREMI o quien lo subrogue o reemplace, designados mediante acto administrativo correspondiente.
9. Las notificaciones que hayan de efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la SEREMI publique en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx el respectivo documento, acto o resolución objeto de la notificación de adjudicación, con excepción del acto administrativo que apruebe el contrato.
13. CONSULTAS Y ACLARACIONES
a. La SEREMI informa que, como mecanismo de preguntas y respuestas, hará uso del Foro que, para estos efectos existe en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. No se admitirán preguntas ni solicitudes de aclaración por otro medio.
b. Los oferentes podrán hacer consultas respecto de las Bases, en las fechas indicadas y con expresa indicación al punto pertinente de las Bases a que hace referencia, no pudiendo los oferentes contactarse de ninguna forma con la entidad licitante o sus funcionarios (as), por la respectiva licitación, durante el curso del proceso.
c. Las consultas se responderán siempre que se formulen en forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo de la presente Licitación.
d. La SEREMI, de manera unilateral y por iniciativa propia, podrá realizar las "aclaraciones" que estime necesarias o que hubieren surgido con motivo de consultas efectuadas por los proponentes durante el proceso de Licitación, las que se publicarán en el mismo portal.
e. Las respuestas que se entreguen y las aclaraciones que se hagan, serán publicadas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. En ningún caso los oferentes podrán alegar desconocimiento de ellas.
f. Las Consultas respecto del resultado de la adjudicación, se recibirán vía correo electrónico, a xxxxxx@xxxxx.xx.
14. RECEPCION Y PRESENTACION DE ANTECEDENTES
1. La Propuesta con sus Anexos Administrativos Económicos y Técnicos deberán ser ingresadas en las fechas establecidas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx No se aceptarán ofertas que no sean ingresadas por esta vía.
2. La omisión de cualquiera de los requisitos y documentos detallados en las presentes Bases, será motivo de rechazo de la propuesta. Sin perjuicio de lo anterior, la SEREMI se reserva el derecho de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma, omisiones o errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de la licitación, no obstante, se otorgará puntaje 0 en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”.
3. Las propuestas tendrán una validez mínima de 90 días hábiles a contar de la fecha de apertura de las mismas. Si dentro de este plazo aún no se hubiese adjudicado la propuesta y estuviese por vencer la validez de las mismas, la SEREMI podrá solicitar a los oferentes una carta compromiso a fin de que se prorroguen las mismas por un nuevo período de 30 días hábiles. Si alguno de ellos no acompañara dicho documento, su oferta no será considerada.
4. Para que la oferta sea considerada en la evaluación el oferente deberá presentar los documentos, según numeral 24. de las presentes Bases Administrativas.
15. EVALUACION DE LAS OFERTAS
1. La Comisión Evaluadora designada por el Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos y el funcionario (a) designado (a) por la Municipalidad de Purranque, efectuarán la evaluación de las ofertas Administrativas, Técnicas y Económicas y de los antecedentes recibidos, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las Bases.
2. Como medida para mejor resolver, la Comisión Evaluadora podrá requerir a través del Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx a los oferentes que aclaren o adjunten antecedentes sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros, siempre que estas aclaraciones y/o complementaciones no signifiquen una alteración sustancial de los antecedentes presentados originalmente. Las respuestas deberán ser entregadas por el mismo medio, dentro del plazo que fije la Comisión Evaluadora. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato que se suscriba, en caso de serle adjudicado.
3. La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta solicitud se cursará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y el proponente tendrá 24 horas, contado desde la publicación de la petición, para adjuntar los antecedentes o certificaciones cuya presentación fue omitida al momento de la presentación de la oferta.
4. La Comisión Evaluadora confeccionará un Informe de Evaluación y Adjudicación, que establecerá el orden de prelación entre los seleccionados, de acuerdo al puntaje obtenido en la evaluación administrativa, técnica y económica de las ofertas, proponiendo al SEREMI, la adjudicación de la oferta que estime más conveniente a los intereses de la SEREMI o el rechazo de estas, si a su juicio no cumplieren con las Bases.
5. En caso que una vez evaluadas las propuestas, dos o más proponentes obtuvieren igual puntaje, la lista priorizada o ranking se ordenará en orden descendente de acuerdo al proponente que tenga el puntaje más alto en el numero I. Metodología de Trabajo, factor a., señalado en el numeral 16 de las presentes bases. Si persistiere el empate, continuará ordenándose de igual forma según el orden de los factores establecidos en el referido numeral 16, numero I., factor b., números II., III., IV. y V. , de las presentes Bases.
6. La Comisión Evaluadora deberá presentar al SEREMI MINVU, en su Informe de Evaluación y Adjudic ación un análisis detallado y comparativo de las propuestas, exponiendo las razones en que se fundamenta la selección de la propuesta evaluada como la más conveniente.
16. CRITERIOS DE EVALUACION
La Comisión Evaluadora al momento de evaluar las ofertas presentadas, deberá considerar los siguientes criterios:
I. METODOLOGIA DE TRABAJO (45 %)
a. Metodología (Según anexo N° 5 y Anexo N°6)
Se valorará la comprensión que se demuestre del trabajo a realizar y la consistencia interna del proceso metodológico que se propone para abordar cada una de las áreas y particularidades del Estudio.
TABLAS I - II: 22,5%
TABLA I: COMPRENSION DEL TERRITORIO A PLANIFICAR | |
Bajo (No da cuenta de la relación instrumento-territorio) | 15 |
Media (Relación instrumento-territorio suficiente en cuanto a la comprensión de dinámicas territoriales) | 25 |
Alta (Pleno dominio de la relación instrumento-territorio) | 50 |
TABLA II: PROPUESTA DE METODOLOGIAS ESTRATEGICAS | |
Bajo (No se adecua a los objetivos en Bases Técnicas) | 15 |
Media (Cumple con lo esperado) | 25 |
Alta (Optimizan la obtención de los resultados esperados) | 50 |
b. Propuesta de Plan de Participación Ciudadana (Según Anexo N°5)
Se evaluará la claridad y concordancia de las técnicas propuestas por el Consultor para el levantamiento de información requerida, dirigida al cumplimiento del Objetivo General y Específicos de este Plan de Participación, referido a cada Etapa del desarrollo del IPT.
TABLAS III, IV - V: 22,5%
TABLA III: OBJETIVOS DE METODOLOGIA DE PARTICIPACION CIUDADANA PERMITEN VINCULAR RESULTADOS OBTENIDOS CON EL ESTADO DE AVANCE DEL IPT | |
Bajo (No da cuenta de la relación Objetivos e integración de Resultados a la Propuesta) | 15 |
Medio (Presenta a lo menos 10 Objetivos Específicos que hacen relación e integración con los Resultados a la Propuesta) | 25 |
Alto (Presenta más de 10 Objetivos Específicos que hacen relación e integración con los Resultados a la Propuesta) | 50 |
TABLA IV: PRESENTA INSTANCIAS DE DIAGNOSTICO Y PLANIFICACION PARTICIPATIVA QUE GARANTICEN LA CO-RESPONSABILIDAD DE LOS RESULTADOS ENTRE LOS DIVERSOS ACTORES PARTICIPANTES EN EL DESARROLLO DEL IPT | |
Bajo (Es inferior a lo mínimo establecido) | 10 |
Medio (Es igual a lo establecido) | 25 |
Alto (presenta una propuesta mayor a la establecido) | 40 |
TABLA V: CLARIDAD Y CONCORDANCIA ENTRE LOS OBJETIVOS, INSTANCIAS, Y PLAZOS DEL ESTUDIO, CON PRECISION DE LOS OBJETIVOS ANTE LA PARTICIPACION DE LOS ACTORES LOCALES EN CADA ETAPA DEL PROCESO
Bajo (No existe claridad entre los Objetivos, Instancias y Plazos propuestos) | 1 |
Medio (Existe claridad entre los Objetivos, Instancias y plazos propuestos) | 5 |
Alto (Existe una claridad plena que permiten una concordancia futura entre los Objetivos, Instancias y Plazos propuestos, por cada Etapa del Estudio) | 10 |
II. EQUIPO DE TRABAJO Y EXPERIENCIA DEL EQUIPO BASE OBLIGATORIO (35%)
Se valorará: la conformación, organización, experiencia y nivel profesional, en relación a cada una de las actividades propuestas en la metodología y en el plan de trabajo. Como también la coordinación en la ejecución paralela de otros estudios que se encuentre elaborando el Oferente, en relación al tiempo utilizado en cada uno.
Se valoró la experiencia del Oferente y su Equipo en trabajos anteriores similares, referidos a confección de instrumentos de planificación comunal y su evaluación ambiental (la que hoy se trabaja por medio de la Evaluación Ambiental Estratégica “EAE”) y otros aspectos afines a esta especialidad de trabajo.
Dado lo anterior, se estableció el puntaje, en virtud de la suma obtenida de los puntajes individuales según tabla “VI” y el número de Estudios similares realizados individualmente por parte del Equipo Base obligatorio, respecto al total de ellos según tabla “VII”.
TABLA VI - VII: 35%
TABLA VI: EXPERIENCIA INDIVIDUAL DE LOS PROFESIONALES (17,5%) | |
0 a 5 años | 2 |
6 a 10 años | 6 |
11 a 15 años | 10 |
16 y más años | 12.5 |
* Se establecerá puntaje Promedio Equipo Base obligatorio en años de especialidad.
TABLA VII: NUMERO DE ESTUDIOS SIMILARES DEL EQUIPO PERMANENTE (CONSULTORA) (17,5%) | |
0 a 2 estudios | 3 |
3 a 5 estudios | 10 |
6 a 8 estudios | 25 |
9 y más estudios | 50 |
III. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES / CARTA XXXXX (PLAN DE TRABAJO) (10 %)
Se estudiará y valorará detenidamente el Plan de Trabajo; para lo cual, será de suma importancia la coherencia que exista entre la metodología propuesta por el Consultor y la comprensión del encargo, respecto de la vinculación que debe existir entre la Evaluación Ambiental Estratégica y la elaboración del Instrumento de Planificación Territorial.
TABLA VIII: ORGANIZACION Y SECUENCIA DE ACTIVIDADES, PARA EFECTOS DE VERIFICAR LA COMPRENSION DEL ENCARGO, RESPECTO DE LA VINCULACION EAE/IPT | |
No cumple | 0 |
Cumple escasamente (Propuesta no asegura los resultados esperados) | 50 |
Cumple considerablemente (Actividades y Programación acorde con los objetivos planteados en las Bases Técnicas) | 100 |
IV. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (5 %)
Los Oferentes que presenten errores de forma en sus propuestas, al momento en que se efectúe el Acto de Apertura, obtendrán un puntaje de acuerdo a la siguiente tabla.
TABLA IX: PUNTAJE ASOCIADO AL CUMPLIMIENTO CON LA FORMALIDAD EN LA ENTREGA DE LA PROPUESTA | |
No cumple | 0 |
Cumple | 100 |
V. PROPUESTA ECONOMICA (5 %) (Anexo N°4)
El puntaje de evaluación de la oferta económica se obtendrá en base a la siguiente fórmula:
PEC (i) = P(min) ⋅100 P(i) |
donde: PEC(i): Puntaje económico de la oferta i P(i) : Monto total de la oferta i P(min): Oferta de menor monto |
Para efectos de la determinación de la oferta de menor monto – P (min) – sólo se considerarán aquellas cuyo monto sea inferior hasta en un 10% respecto del monto máximo del estudio.
En el caso de presentarse un único Oferente, éste obtendrá el máximo puntaje estimado para la evaluación de la Propuesta Económica, producto que no es posible aplicar la formula antes descrita, ya que para hacerlo se necesitan a lo menos dos Oferentes.
La propuesta económica considerará un presupuesto máximo fijo de $92.000.000.- (Noventa y dos millones de pesos) impuestos incluidos, sin intereses ni reajustes (Anexo 4).
17. ADJUDICACION
1. La SEREMI, aceptará aquella Oferta más conveniente a sus intereses, de acuerdo a la propuesta de la Comisión Evaluadora, aun cuando no sea la de menor valor, si con ello se privilegia la calidad del servicio a contratar, sin que ello otorgue derecho a los oferentes no seleccionados a solicitar indemnización alguna por los gastos en que hubieran incurrido por la presentación de dichas propuestas o por cualquier otra índole.
2. La Resolución que adjudique la licitación será notificada a través del Sistema de Información. En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el punto 3 de estas bases, la SEREMI informará en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
3. Los oferentes podrán efectuar consultas respecto de la resolución de adjudicación, dentro del tercer día hábil de notificada ésta en el Sistema de Información. Las consultas deberán ser dirigidas a xxxxxx@xxxxx.xx
4. La SEREMI de manera unilateral y por iniciativa propia, podrá ampliar las fechas de cierre y adjudicación de la licitación.
5. La SEREMI se reserva el derecho de rechazar fundadamente, todas las propuestas, declarando desierta la licitación, sin que ello otorgue derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta. Igualmente, esta información será publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
18. READJUDICACION
En el caso que el adjudicatario no se inscribiera en Chileproveedores en los plazos previstos, no renovara su inscripción, se desistiera de la contratación, o no firmase el Contrato, la SEREMI, podrá re adjudicar la licitación al oferente que hubiese ocupado el segundo lugar o en su defecto podrá declararla desierta.
19. DEL CONTRATO
19.1 ANTECEDENTES LEGALES PARA CONTRATAR.
a. PERSONAS JURIDICAS INSCRITAS EN CHILEPROVEEDORES:
Dentro de los cincos días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que adjudica a licitación, el adjudicado deberá presentar en la SEREMI MINVU Región de Los Lagos, la siguiente documentación, a menos que ésta se encuentre digitalizada en Chileproveedores, caso en que no se requerirá su presentación:
a. Fotocopia por ambos lados del Rol único tributario (R.U.T.). |
b. Copia de la escritura pública de constitución de la persona jurídica con la correspondiente copia de publicación en el Diario Oficial de su extracto y copia de inscripción actualizada, del R egistro de Comercio correspondiente. |
c. Copia de las 3 últimas escrituras públicas de modificaciones de la sociedad (si las hubiere) con sus correspondientes publicaciones e inscripciones. |
d. Fotocopia cédula nacional de identidad del Representante legal de la empresa. |
e. Certificado de vigencia de la persona jurídica con una antigüedad no mayor de treinta días a la fecha de presentación de la propuesta. |
f. Copia de la escritura pública en la que conste la personería y los poderes del representante legal de la persona jurídica y mandatos si los hubiere. |
g. Documento que individualice los socios, indicando su porcentaje de participación en la empresa salvo que se trate de una sociedad anónima abierta. |
h. Tratándose de sociedades anónimas, estos documentos podrán ser sustituidos por un ejemplar actualizado de sus estatutos firmado por el gerente, según lo dispuesto en el artículo 7° inciso primero de la Ley N° 18.046, de Sociedades Anónimas. |
i. Presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. j. Certificado inscripción RENAC (Excepto Universidades). |
Si el oferente es una Universidad, sólo deberá acompañar copia de los siguientes documentos de identificación del oferente: 1. Instrumento en que conste su constitución o existencia legal. 2. Instrumento en que conste el nombramiento del Rector, del Decano y/o de la persona que comparezca en representación de la Universidad. 3. Presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. |
b. PERSONAS NATURALES INSCRITAS EN CHILEPROVEEDORES:
a. Fotocopia por ambos lados de la cédula Nacional de identidad.
b. Presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. |
c. Certificado inscripción RENAC |
19.2 DE LA DURACION DEL CONTRATO
El Plazo para desarrollar la Consultoría será 610 (seiscientos diez días corridos en total). El contrato comenzará a regir desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que lo sancione. El plazo Total del contrato será de 730 (setecientos treinta días corridos). El contrato se regirá por lo previsto en la Ley N° 19.886 y su respectivo reglamento (D.S. N° 250 y sus modificaciones), del Ministerio de Hacienda y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica:
▪ Bases Administrativas y Técnicas y sus Anexos y eventuales modificaciones.
▪ Aclaraciones a las Bases entregadas por la SEREMI, con motivo de alguna consulta de los proponentes.
▪ Oferta del Adjudicatario.
▪ Resolución de Adjudicación.
▪ Acta de Acuerdos Técnicos.
▪ El Contrato, Anexos y eventuales modificaciones
Sin perjuicio de los plazos anteriores, la SEREMI, mediante acto administrativo podrá prorrogar el plazo del contrato en casos excepcionales y debidamente justificados y calificados, previo informe de la Contraparte Técnica, única y exclusivamente cuando las causas sean atribuibles a organismos externos que tengan o puedan tener injerencia en el resultado del presente Estudio o por razones de caso fortuito o fuerza mayor, según se establece en el numeral 19.3.
19.3 DE LAS MODIFICACIONES
a. Al Contrato
Sólo se efectuarán modificaciones al contrato cuando exista mutuo acuerdo entre las partes contratantes y que no signifiquen una alteración de fondo en lo convenido en desmedro al principio de igualdad de los oferentes no adjudicados.
Cualquier modificación que se acuerde introducir, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el
contrato original.
Las prórrogas de plazo que el Consultor requiera introducir, debido a causas atribuibles a organismos externos que tengan o puedan tener injerencia en el resultado del presente Estudio o por razones de caso fortuito o fuerza mayor, deberán ser solicitadas formalmente con a lo menos 10 días hábiles de antelación al vencimiento del respectivo plazo, siendo facultad de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos, aceptar o rechazar dichas solicitudes, mediante acto formal, previo informe de la Contraparte Técnica.
En el caso que el plazo del contrato fuese prorrogado por causas señaladas según párrafo anterior, el Consultor deberá constituir nueva garantía del fiel cumplimiento de contrato, la que no podrá ser inferior al nuevo plazo, aumentado en 120 días corridos.
La SEREMI otorgará la prórroga este nuevo plazo mediante oficio ordinario dirigido al Consultor, plazo que deberá otorgarse antes de su vencimiento.
b. Las Bases
La SEREMI, podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración efectuada en el sistema durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Estas modificaciones formarán parte integral de las bases, las que se entenderán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas
19.4 DEL TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, numeral 23.3, letras a), b) y c) de las presentes bases y numeral 6.5.2 de las bases técnicas, la SEREMI podrá poner término anticipado al contrato que se suscriba, en las siguientes situaciones:
a. Por incumplimiento del contrato: Sin perjuicio de las demás acciones que procedan en caso de incumplimiento de las obligaciones del Consultor, la SEREMI podrá, mediante acto administrativo fundado, poner término anticipado al contrato, cuando ésta incurra en cualquier incumplimiento de las obligaciones del contrato, sin que el Consultor tenga derecho a indemnización alguna por esta decisión. La notificación de esta decisión se hará mediante la publicación de la resolución en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
b. Por razones de necesidad o conveniencia: La SEREMI podrá poner término, por medio de acto administrativo fundado, en forma anticipada y unilateralmente al contrato, en cualquier tiempo y por razones de necesida d o conveniencia. La notificación de esta decisión se hará mediante la publicación de la resolución en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
En los casos descritos se pagarán al Consultor los servicios efectivamente prestados y recibidos a satisfacción. Del mismo modo, en los casos de las letra a) y b), la SEREMI, con a lo menos diez días corridos de anticipación y previo a dictar el acto administrativo que ponga fin al contrato, enviará un Oficio Ordinario al Consultor, al domicilio que conste en el contrato, a fin de notificar el término del contrato.
Lo anterior es sin perjuicio de las sanciones estipuladas en el DS. N° 135 (V. y U.) de 1978, Reglamento del Registro Nacional de Consultores MINVU, y las acciones judiciales a las que haya lugar, como así mismo de la ejecución de las garantías que correspondan.
20. DEL ESTUDIO
20.1 DEL EQUIPO COORDINADOR DEL ESTUDIO
Para el buen desarrollo de la presente Consultoría, la SEREMI designará un equipo de profesionales del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura, cuyas funciones se detallan a continuación:
a. COORDINADOR O RELACIONADOR DEL ESTUDIO
Será el Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura, de la SEREMI MINVU o quien los subrogue o reemplace, quien integrará la Contraparte Técnica y sus funciones serán las siguientes:
• Presidir la Contraparte Técnica.
• Dirigir la supervisión y control del Estudio.
• Emitir los informes correspondientes a las entregas de cada etapa por parte del Consultor, en
conjunto con la Contraparte Técnica
• Autorizar la tramitación de los Estados de Pago cuando el respectivo informe de la Contraparte Técnica sea favorable.
• Citar a reunión a la Contraparte Técnica y al Equipo Profesional del Consultor cuando lo estime conveniente para el buen desarrollo del Estudio.
• Otras que estime pertinentes.
b. COORDINADOR TECNICO
El Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura, de la SEREMI MINVU, mediante orden de servicio, designará a un(a) funcionario(a) de su Departamento o quien lo subrogue o reemplace, quien actuará como Coordinador Técnico y tendrá las siguientes funciones:
• Coordinar y preparar informes de la Contraparte Técnica.
• Efectuar la supervisión y control del desarrollo Estudio.
• Proponer a la Contraparte Técnica los informes correspondientes a las entregas de cada etapa por
parte del Consultor.
• Proponer al Coordinador del Estudio la tramitación de los Estados de Pago cuando el respectivo informe de la Contraparte Técnica sea favorable.
• Comunicar oficialmente al Consultor las correcciones necesarias cuando el informe de la Contraparte Técnica no sea favorable.
• Citar a reunión a la Contraparte Técnica y al Equipo Profesional del Consultor cuando lo estime conveniente, para el buen desarrollo del Estudio.
• Mantener la documentación que se genere tanto en el proceso de licitación como en el de ejecución del proyecto.
• Vigilar el cumplimiento de los plazos y vigencia de los contratos y garantías.
• Otras que el Coordinador o el Relacionador del Estudio estime pertinentes.
• Podrá invitar a funcionarios de otras reparticiones regionales y/o comunales o de otros organismos públicos y/o privados para el análisis de aspectos específicos del Estudio, siempre que ello no implique sobrepasar los plazos de revisión establecidos.
c. CONTRAPARTE TECNICA
La SEREMI mediante orden de servicio, nombrará un equipo de profesionales de la SEREMI y sus reemplazantes, quienes conformarán la Contraparte Técnica del Estudio, incluido el Coordinador Técnico y tendrá entre otras las siguientes facultades:
• Coordinación, supervisión, revisión, corrección y aprobación de cada una de las etapas y del informe final del Estudio.
• Revisar y controlar el Avance de la elaboración de la Consultoría en cualquier momento, formulando las observaciones que procedan y disponer la complementación o correcciones que estime necesarias.
• Aprobar, rechazar o condicionar los informes o entregas parciales y entrega final que presente el Consultor.
• Supervisar el cumplimiento oportuno y eficiente de todas las obligaciones que emanen del contrato que se suscriba, el visto bueno y la visación de pago que corresponda.
• Emitir los informes correspondientes a las entregas de cada etapa por parte del Consultor, en conjunto con el Coordinador o Relacionador del Estudio.
• La Contraparte Técnica deberá conservar toda la documentación, informes y productos que se generen durante la ejecución y al término del contrato y distribuirá como mínimo una copia impresa del
informe final a las unidades vinculadas con el tema.
• La Contraparte Técnica, podrá invitar a participar en las reuniones del Estudio a uno o más funcionarios de la Dirección de Obras Municipales y de la Secretaria Comunal de Planificación si la
hubiere de la Municipalidad de Purranque, designados mediante acto administrativo, quienes podrán participar en dichas reuniones, limitándose a los aspectos técnicos del estudio, debiendo abstenerse en las decisiones relativas a los aspectos administrativos y contractuales del mismo.
20.2. PLAZOS DEL ESTUDIO
El plazo máximo para la ejecución del Estudio será de 730 (setecientos treinta) días corridos, incluyendo las revisiones, correcciones y trámites administrativos de la SEREMI MINVU.
El Plazo de la Consultoría será de 610 (seiscientos diez) días corridos, salvo que el o ferente en su oferta económica, estipule un plazo distinto el que no podrá exceder el indicado en las bases.
La Contraparte Técnica del Estudio, tendrá un plazo máximo de 10 días corridos, para efectuar las observaciones al Estudio, contados desde el día hábil siguiente a la fecha del ingreso de los antecedentes correspondientes a cada etapa, en la Oficina de Partes de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo. Este plazo no se entiende incluido dentro del plazo del estudio ni de los avances correspondientes. En el evento que la Contraparte Técnica exceda los plazos establecidos para revisión de la SEREMI y correcciones del Consultor, en el caso de que estas hubieran sido observadas, estos no serán imputables como atraso al consultor.
Con el fin de desincentivar atrasos por esta última causa, los días que excedan en 10 días a los prestablecidos, serán descontados del plazo de revisión de la próxima etapa, con un tope del 50% del mismo.
Los días corridos en que el “Consultor” exceda los plazos establecidos para las correcciones, serán imputables como atraso y por tanto objeto de multas según el numeral 22., salvo que no fuere imputable al Consultor lo que deberá justificar por escrito ante la Contraparte Técnica.
Si en alguna corrección el Consultor utiliza una menor cantidad de días, el saldo restante podrá sumarse al plazo de una eventual 2° Corrección de la misma etapa, o podrá traspasarse a otra etapa en que requiera más días que los pre-establecidos, lo cual será solicitado mediante documento formal por parte del Consultor a la Contraparte Técnica.
En relación a la incorporación de las observaciones realizadas por la Contraparte Técnica de cada etapa, estas se deberán subsanar con una segunda entrega, siendo el cumplimiento y aproba ción de estas el requisito para aprobar la etapa respectiva y pasar a la consecutiva y su pago.
Según lo estime conveniente la Contraparte Técnica las correcciones a la revisión previa podrán ser incorporadas en la entrega de la etapa respectiva, siendo la incorporación y aprobación de estás, uno de los requisitos para aprobar la etapa.
El hito que marca el término de un periodo de revisión e inicio del siguiente periodo de correcciones, o de cada etapa, será la fecha indicada en el Oficio Ordinario que comunica el envío y adjunta el “Informe Técnico” emitido por la Contraparte Técnica; ambos documentos serán enviados vía e-mail al Consultor. Sin perjuicio de lo anterior y para una correcta consideración de las fechas, materialmente se hará llegar el Oficio Ordinario y su adjunto, que informa el estado de “No Aprobación y observaciones”, o de “Aprobación”, según sea el caso en cada etapa, adjuntando el Informe Técnico respectivo, el que se despachará mediante correo certificado.
De modo referencial se propone los siguientes plazos; no obstante, la propuesta del Oferente puede modificarlos, salvo la Etapa I y los plazos relativos a las revisiones y correcciones:
ETAPAS | PLAZO PROGRAMADO |
Etapa I Diagnóstico Participativo Comunal y Urbano | |
Diagnóstico Participativo Comunal y Urbano | 50 días |
Revisión | 15 días |
Corrección | 20 días |
Revisión | 10 días |
Etapa II Propuesta y Acuerdos de Planificación Participativa | |
Propuesta y Acuerdos de Planificación Participativa | 80 días |
Revisión | 15 días |
Corrección | 20 días |
Revisión | 10 días |
Etapa III Anteproyecto | |
Anteproyecto | 70 días |
Revisión | 15 días |
Corrección | 20 días |
Revisión | 10 días |
Etapa IV Proyecto | |
Proyecto | 90 días |
Revisión | 15 días |
Corrección | 20 días |
Revisión | 10 días |
Etapa V Presentación Final | |
Presentación Final | 140 días |
Sub Etapa “Trámite Comunal” | 60 |
Sub Etapa “Trámite Regional MINVU” | 80 |
TOTAL Estudio + Correcciones | 610 días |
TOTAL CONTRATO | 730 días |
20.3 PLAZOS DE REVISION DEL ESTUDIO
TABLA PLAZOS REVISION – CORRECCION (en días corridos)
ETAPA | Revisión 1 | Corrección 1 | Revisión 2 | Corrección 2 (multas) | Revisión 3 | Plazo Total Correcciones |
I | 15 | 20 | 10 | Variable | 7 | 20+ var. |
II | 15 | 20 | 10 | Variable | 7 | 20+ var. |
III | 15 | 20 | 10 | Variable | 7 | 20+ var. |
IV | 15 | 20 | 10 | Variable | 7 | 20+ var. |
Los plazos de revisión por parte de la SEREMI, no serán imputables al plazo del Consultor, sin embargo, deben ser considerados para efectos administrativos. Los plazos de corrección referidos se contarán a partir de la fecha del “Informe Técnico” en que se le comunican al Consultor las observaciones enviado vía e-mail, y se contabilizarán dentro del plazo de ejecución establecido en su Cronograma de Actividades.
Si cumplidas las dos instancias de corrección, con su respectiva revisión y vencidos los plazo s totales señalados en el cronograma y subsistieren observaciones, la SEREMI MINVU se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato o de señalar un nuevo plazo al Consultor para que corrija las dichas observaciones. Este plazo y el que emplee la Contraparte Técnica para revisión, se imputará como atraso al Consultor, dando lugar a las multas señaladas en el numeral 22 de estas Bases Administrativas.
Cuando los plazos expiren en día xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se entenderá que se cumplen al día hábil siguiente.
20.4 PRESENTACION DE LAS ENTREGAS DE ETAPAS Y CAUSAL DE RECHAZO DE RECEPCION DEL MISMO
La entrega de las etapas del Estudio será efectuada por el Consultor al Responsable del Contrato,
acompañada de una carta dirigida al SEREMI, explicitando el detalle de lo que se entrega, trámite que será realizado a través de la Oficina de Partes de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, ubicada en Avenida Décima Región N° 480, piso 3, edificio anexo a Intendencia Regional, Puerto Montt, en horario de oficina.
Cada una de las etapas del Estudio, detalladas en el numeral 20.2 de las Bases, deberá contener las
siguientes Normas Mínimas de Presentación:
• Los antecedentes que conforman la entrega de cada una de las Etapas deberán presentarse en un archivador por ejemplar, debidamente caratulado y singularizado.
• Formato tamaño carta.
• Cada archivador debe tener índice y lomo con la descripción de la Etapa que corresponde.
• Dentro de cada archivador, los temas deberán venir con separadores.
• Dentro de cada tema se insertarán los planos correspondientes, debidamente singularizados y
numerados y en directa relación con el texto al cual acompaña.
• Ancho máximo de planos: 90 cm.
• Al término de cada Etapa, se acompañarán los archivos digitales de todos los antecedentes y
documentos de la etapa, en CD o DVD.
Los antecedentes de cada Etapa se presentarán en 3 ejemplares. Se deberá considerar además una copia en poliéster de todos los planos finales oficiales, que deberán firmar las profesionales correspondientes.
Dentro de los 5 primeros días hábiles de haberse ingresado por Oficina de Partes, los antecedentes correspondientes a la entrega de una Etapa o a la entrega de la corrección de observaciones, se procederá a revisar que la entrega contenga los documentos y antecedentes solicitados en las Bases y ofertados por el Consultor. En caso de incumplimiento o falta de antecedentes, se rechazará la entrega y se devolverán los antecedentes mediante oficio del Coordinador del Estudio. En esta situación, se considerará la etapa o la corrección de observaciones como no entregada y procederá la aplicación de multas en caso de retraso.
La modificación de plazos procederá sólo cuando la solicitud sea por causas atribuibles a organismos externos que tengan o puedan tener injerencia en el resultado del presente Estudio o por razones de caso fortuito o fuerza mayor, previo informe de la Contraparte Técnica.
21. FACTURACION Y PAGO
El precio máximo total del Estudio, será de $92.000.000. - (Noventa y dos millones de pesos) impuesto incluido, el que incluye todos los gastos asociados al desarrollo del mismo, sin perjuicio de la oferta económica que proponga el consultor, el que no podrá exceder del monto establecido en las bases.
Esta SEREMI, no cancelará ningún valor adicional al ofertado en el portal.
El precio del Estudio será pagado por parcialidades, mediante “5 Estados de Pago”, correspondientes a cada etapa, que se presentarán en la Oficina de Partes de SEREMI MINVU, Región de Los Lagos.
Las Etapas se entenderán cumplidas, previa aprobación de la etapa correspondiente entregada por el “Consultor”, mediante la emisión de un “Informe Técnico Aprobatorio”, realizado y emitido por la “Contraparte Técnica”, visado por el SEREMI o en su defecto quien lo Subrogue.
El pago se efectuará en las siguientes proporciones del valor total de Estudio señalado en las bases o de acuerdo al monto ofertado por el Consultor:
N° | NOMBRE ETAPA | DURACION (días) | PAGO ($) (1) |
I | Diagnóstico Participativo Comunal y Urbano | 00 (0) | 00.000.000 (3) |
II | Propuesta y Acuerdos de Planificación Participativa | 00 | 00.000.000 |
III | Anteproyecto | 00 | 00.000.000 |
IV | Proyecto | 00 | 00.000.000 |
V | Presentación Final | 140 | 15.000.000 |
Sub Etapa “Trámite Comunal” | 60 | ||
Sub Etapa “Trámite Regional MINVU” | 80 | ||
TOTAL DIAS ETAPAS / PAGO | 430 | 92.000.000 |
(1) Los montos económicos propuestos en las presentes Bases Técnicas, relativos a cada una de las Etapas, exceptuando la Etapa I, serán eventualmente reajustados en función que, la Oferta adjudicada sea menor a la propuesta presentada en las presentes Bases, hasta ajustarse a la Oferta Económica Global del Estudio (Anexo 4).
(2) La duración en días, relativo al desarrollo de la Etapa I, no puede ser modificado por el Oferente.
(3) El monto económico, relativo al pago asociado a la aprobación de la Etapa I, no será modificado.
Para su pago, el Consultor presentará por cada uno de los productos entregados y aprobados, el correspondiente documento tributario (factura o boleta de honorarios), emitida a nombre de SEREMI MINVU Región de Los Lagos, Rut. 00.000.000-X, documento que deberá ser enviada a la Oficina de Partes, ubicada en Av. Décima Región N° 480, tercer piso, Edificio anexo a Intendencia, Puerto Montt, acompañada, cuando corresponda, del Certificado de Obligaciones Laborales y Previsionales, a que se refiere el artículo 183-C del Código del Trabajo, regulado por el Reglamento sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, contenido en el D.S. N° 319, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, de 2006.
En caso de que el Consultor, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales con sus trabajadores actuales o contratados en los 2 últimos años, los primeros pagos producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Consultor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse el 50% del período de ejecución del contrato. El Consultor contratado deberá proceder a dichos pagos y presentar los comprobante s y planillas que demuestren el total cumplimiento de esta obligación. El incumplimiento de estas obligaciones, dará derecho a dar término anticipado del respectivo contrato y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento.
22. DE LAS MULTAS
Por cada día de atraso en que incurra el Consultor en la entrega de los Informes de cada período y en la subsanación de los mismos (en caso de existir observaciones), la SEREMI estará facultada para aplicarle una multa equivalente al 0.1% del monto total del Contrato.
La aplicación de la multa se hará administrativamente y unilateralmente por la SEREMI, a través de la reducción del monto a pagar (valor factura o Boleta – monto multa = valor total a pagar), siempre que los atrasos, sean atribuibles al Consultor. En el caso que dichos atrasos fueran atribuibles a terceros, ajenos al Consultor, deberá justificar el atraso debiendo remitir una carta fundada, con los motivos de dicho atraso, lo que deberá ser previo al vencimiento del plazo, hecho que será calificado por la Contraparte Técnica, debiendo resolver en definitiva el SEREMI.
El atraso injustificado en la entrega de los informes o cualquier otro incumplimiento por parte del
Consultor, que no tenga prevista una sanción específica en las presentes Bases, facultará a la SEREMI, previo informe de la Contraparte Técnica del Estudio, a poner término anticipado al contrato, sin que esto otorgue derecho al Consultor a indemnización alguna.
23. OTRAS CLAUSULAS
23.1 DE LOS DEPENDIENTES DEL CONSULTOR
El Consultor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo, impuestos y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su Equipo de Trabajo en los casos que corresponda.
En consecuencia, el Consultor será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, obligaciones laborales y previsionales, beneficios en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su equipo de trabajo.
23.2 REEMPLAZO INTEGRANTES DEL EQUIPO PROFESIONAL DEL CONSULTOR
a. La conformación y la calidad del equipo de trabajo del Consultor, es una condición esencial del contrato. Por esta razón la SEREMI, tendrá la facultad de solicitar el cambio de sus integrantes en caso de deficiencias en el desarrollo de la consultoría. Para lo anterior, enviará un Oficio Ordinario al Consultor, estableciendo el plazo en el que deberá realizar el reemplazo de uno o más miembros del equipo de trabajo.
Para efectuar este cambio, el Consultor deberá proponer un reemplazante que tenga méritos similares o superiores al profesional y/o profesionales cuyo reemplazo se solicita, los que deberán ser aprobados por la SEREMI, mediante comunicación escrita, vía correo electrónico u Oficio Ordinario.
b. Si durante la ejecución del Estudio, alguno de los integrantes del equipo de trabajo tuviera impedimento para prestar los servicios profesionales ofertados en la licitación, se utilizará el procedimiento señalado en el numeral que precede.
23.3 SEGURIDAD DE LA INFORMACION, CONFIDENCIALIDAD, PROPIEDAD INTELECTUAL Y PROPIEDAD DE LOS BIENES.
a) En relación a la seguridad de la información, el Consultor por el solo hecho de participar en la presente
licitación, el oferente deberá dar cumplimiento a las políticas vigentes de seguridad de la información del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que se encuentran publicadas en el link xxxx://xxx.xxxxx.xx/xxxxxxxx_00000000000000.xxxx y sus correspondientes modificaciones las cuales se presumen conocidas por el Consultor o Adjudicatario para todos los efectos legales. El incumplimiento de esta obligación autorizará al MINVU (SEREMI) a poner término anticipado al contrato, haciendo efectiva la garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato, de haberse solicitado.
b) Respecto a la confidencialidad, toda información, datos, documentos, registros, estadísticas, y archivos de todo tipo que el Consultor o los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes, contratistas u otras personas vinculadas a ella, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual xxx Xxxxx de Chile (MINVU). El Consultor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el MINVU, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al MINVU (SEREMI) para poner término anticipado al contrato, haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de haberse solicitado y podrá dar lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.
c) En relación a la propiedad intelectual, el producto del trabajo que el Consultor o los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes, subcontratistas u otras personas vinculadas a él realicen con ocasión del contrato, tales como programas, entregables, rutinas, procedimientos, archivos, manuales, documentos, informes, modelos, diagramas, diseños, diseños lógicos, códigos fuentes, ejecutables, estadísticas, tablas, gráficos u otros serán de propiedad del MINVU, quienes se reservan el derecho de disponer de ellos
libremente sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo por tanto el Consultor realizar ningún acto respecto de ellos, ajeno al contrato sin la autorización previa y expresa del MINVU (SEREMI). El incumplimiento de esta obligación por parte del Consultor, autorizará al MINVU (SEREMI) a poner término anticipado al contrato haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, de haberse solicitado, sin perjuicio de perseguir las responsabilidades civiles y penales que, según el caso, correspondan.
d) Toda información, datos, documentos, registros, bienes y otros, que el Consultor, los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él llegasen a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, deberán ser debidamente resguardados. Todo material que la SEREMI entregue al Consultor con motivo del contrato suscrito es de exclusiva propiedad del primero y su divulgación por parte del Consultor, por cualquier medio de la totalidad o parte de ella, sea durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará lugar a la SEREMI a entablar en su contra las acciones judiciales que correspondan.
23.4 LIBERACION DE RESPONSABILIDADES
La SEREMI, quedará exenta de toda responsabilidad frente a acciones entabladas por terceros contra el Consultor, en razón de transgresiones al derecho de autor, de marca, de propiedad intelectual, a la protección de datos personales y otros utilizados por él indebida o fraudulentamente.
23.5 REPRODUCCION DEL MATERIAL ENTREGADO COMO PRODUCTO DE LOS PROYECTOS
En las reproducciones que la SEREMI efectúe, del material producto del Estudio contratado, se indicará el nombre del Consultor, quien cede desde ya a la SEREMI sus derechos como autor de los productos que resulten de la Consultoría. Si el Consultor quisiera reproducir total o parcialmente estos productos, deberá previamente solicitar autorización expresa a la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos.
24. DE LOS ANTECEDENTES A PRESENTAR EN SU OFERTA
Para que las propuestas presentadas por los oferentes sean consideradas en la Evaluación será necesaria la presentación de los siguientes antecedentes:
a. Antecedentes Administrativos
- Anexo 1 Formulario de Presentación
- Anexo 2 Declaración Jurada Simple Persona Jurídica, x
- Xxxxx 0 Declaración Jurada Simple Persona Natural.
- Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Consultores (RENAC) MINVU, donde se señale la categoría.
b. Antecedentes Económicos
- Anexo 4 Oferta Económica Global
c. Antecedentes Técnicos
- Anexo N°5, Propuesta Metodológica y Propuesta de Participación Ciudadana y Difusión, adjuntando archivo con detalle de la información base (planos, bases de datos, estudios) no provista por la entidad licitante y que sea necesaria adquirir para cumplir el nivel de calidad de del estudio definido en las bases técnicas (valorizado en la oferta económica).
- Anexo N°6, Metodología cartográfica.
- Anexo N°7, Nómina de profesionales participantes en el Estudio.
- Anexo N°8, Carta compromiso (de participación de cada uno de los profesionales presentados en la nómina).
- Anexo N°9 Currículum profesional de todos los profesionales presentados en la nómina.
- Adjuntar cronograma de actividades expresado en Carta Xxxxx (Plan de Trabajo) desglosado por etapas, con asignación de responsabilidades a profesionales integrantes del equipo, incluyendo períodos de revisión y corrección preestablecidos.
d. Del Equipo Profesional del Consultor
El Equipo Profesional del oferente, deberá estar constituido como mínimo con los profesionales que a continuación se detallan:
CARGO/FUNCION | PERFIL PROFESIONAL |
a. Director Proyecto | Arquitecto, u otra profesión del área Urbana, con experiencia demostrable en dirección de Proyectos de Planificación y la Normativa Urbana Chilena. Además, debe asumir las funciones de Coordinador y Jefe Técnico del proyecto |
b. Planificador Xxxxxx | Xxxxxxxxxx, u otra profesión del área Urbana, con experiencia demostrable en Estudios de Instrumentos de Planificación Territorial y capacitación técnica demostrable en Normativa Urbana y Asociada. |
c. Un Responsable Área de Riesgo | Profesional de las Ciencias Geológicas o Geográficas, debiendo este último acreditar especialización en las Ciencias Geofísicas. Indistintamente, ambas ciencias deben demostrar estudios de especialización y experiencia vinculada a la investigación de Xxxxxxx y Desastres en el ámbito de la Planificación Territorial y Urbana. |
d. Un Responsable Área Ambiental | Profesional con experiencia en análisis ambiental de instrumentos de planificación territorial. |
e. Un Responsable Área Sanitaria | Profesional Ingeniero Civil con especialización o experiencia acreditable en el área. |
f. Un Responsable Área Transporte | Ingeniero Civil con especialización en transporte o experiencia acreditable en el área. |
g. Un Responsable Área Participación Ciudadana | Sociólogo, Asistente Social u otro profesional que acredite experiencia en técnicas de manejo de grupos y procesos de participación. |
h. Un Responsable Área SIG | Geógrafo, arquitecto u otro profesional con experiencia en Sistemas de Información Geográfica SIG. |
*La experiencia de cada integrante del Equipo Profesional deberá ser acreditada por medio de un Curriculum resumido y las certificaciones que correspondan al curriculum presentado.
Sin perjuicio de lo anterior, se exigirá que el Profesional a cargo del área, sea el que desarrolle las actividades teóricas, como aquellas en terreno, debiendo presentarse a las reuniones respectivas con la Contraparte Técnica y todas aquellas que según el cargo le competan directamente, en compañía del Director del Proyecto.
No obstante, lo expresado en el cuadro del equipo profesional, el consultor podrá incluir en su equipo a un Asesor Jurídico, cuyo perfil profesional deberá corresponder a un Abogado, a fin que asesore el estudio en materias de su competencia.
Se deja expresamente establecido que el Director del Proyecto, será el responsable del estudio ante la SEREMI y los profesionales indicados en cuadro que antecede, son obligatorios.
B A S E S T EC N I C A S
ESTUDIOS PREVIOS ACTUALIZACIÓN PLAN REGULADOR COMUNAL DE PURRANQUE PROVINCIA XX XXXXXX, REGION DE LOS LAGOS
Estudio: BIP 30483847-0
Plan Regulador Comunal de Purranque
I N D I C E |
1. INTRODUCCIÓN |
2. IDENTIFICACIÓN DE LA PROBLEMÁTICA |
3. OBJETIVOS DEL ESTUDIO |
3.1 Objetivo General |
3.2 Objetivos Específicos |
4. ANTECEDENTES GENERALES |
4.1 Purranque Comuna |
4.2 Antecedentes de Población |
4.3 Tendencias y Proyecciones |
4.4 Instrumentos de Planificación Territorial vigentes |
5. DESCRIPCIÓN DEL ESTUDIO |
5.1 Caracterización |
5.2 Localización Geográfica y Cobertura |
6. RESULTADOS ESPERADOS |
6.1 ETAPA I |
6.2 ETAPA II |
6.3 ETAPA III |
6.4 ETAPA IV |
6.5 ETAPA V |
7. XXXXX XXXXXXX |
7.1 Aspectos Jurídicos, Leyes y Reglamentos |
7.2 Instructivos |
7.3 Referentes Técnicas |
7.4 Consideraciones Metodológicas: La Protección del Patrimonio de Purranque |
8. CONTENIDO TÉCNICO Y REGLAMENTO DEL PLAN |
9. SISTEMA INFORMACIÓN TERRITORIAL |
10. TRABAJO EN TERRENO |
11. INFORMES DE AVANCE Y EXPOSICIÓN |
12. DE LAS ENTREGAS |
13. CONDICIONES ESPECIALES |
13.1 Difusión del Estudio |
13.2 Uso de la Cartografía |
13.3 Cronograma |
1. INTRODUCCION
El presente Xxxxxxx tiene por finalidad entregar una herramienta eficaz a la autoridad comunal de Purranque y así orientar de forma equilibrada y sustentable el desarrollo urbano de la Ciudad de Purranque (cabecera comunal) y Corte Alto, de cara a las nuevas tendencias de crecimiento y desarrollo de las actividades que ahí confluyen. Para lo anterior, resulta necesario desarrollar un Plan Regulador Comunal de Purranque Actualizado, Instrumento de Planificación Territorial avalado por la legislación vigente y de un desarrollo en participación de la comunidad local y organizada.
Por tal razón el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Los Lagos, en conjunto con la Municipalidad de Purranque, han determinado la necesidad de desarrollar la Estudios Previos Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque, junto a la elaboración de todos los documentos pertinentes para la tramitación y obtención de pronunciamientos de “cumplimiento” con todos los Organismos Técnicos del Estado con competencias territoriales y normativas, respecto del Instrumento de Planificación Territorial que se pretende, es decir, Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), Artículo 169° OIT, entre otros, bajo el concepto del Estudio, denominado: “Estudios Previos Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque”.
Para contribuir al desarrollo del territorio comunal, es importante considerar en el Plan, la integración de los distintos actores involucrados y la participación activa de la comunidad. Ambos aspectos permitirán conocer de primera fuente sus problemáticas ambientales específicas y los objetivos más pertinentes a la realidad local, para finalmente compatibilizar los distintos intereses y otorgar sustentabilidad a través del tiempo al Instrumento de Planificación Territorial requerido. Para lograr el trabajo conjunto de los sectores público y privado, en cada Etapa de trabajo deberá considerarse la retroalimentación de información, ideas y prioridades entre las autoridades, los planificadores y la participación activa de la comunidad, lo que en conjunto contribuirá a la elaboración de la imagen objetivo comunal, con el logro de los acuerdos necesarios que permitan avanzar en el cumplimiento de los objetivos ambientales y criterios de sustentabilidad que deben ser propuestos junto al Plan.
De acuerdo a lo contemplado en la legislación vigente (DFL 458, de 1976, "Ley General de Urbanismo y Construcciones" y D.S. 47, de 1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y sus respectivas modificaciones) y según el objetivo antes descrito, se debe constituir un instrumento de planificación urbana considerando la impronta territorial local y en el marco de un desarrollo sustentable para la comuna.
2. IDENTIFICACIÓN DE LA PROBLEMATICA
La comuna de Purranque desarrolló un Estudio para Actualizar el Instrumento de Planificación Territorial vigente (18/12/1967); no obstante, éste no logró continuar su tramitación de aprobación regional, luego de la Resolución Exenta de la CONAMA X Región de Los Lagos, que calificó ambientalmente el Proyecto sobre Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque. Ante tal escenario, y dada la antigüedad del Instrumento actualmente vigente, el cual ha experimentado diversas modificaciones a la fecha, es evidente la necesidad de un Plan Regulador Comunal Actualizado, conducente a optimizar las tramas existentes tanto en la Ciudad de Purranque como en Corte Alto, dada la desactualización de la normativa urbana.
En conclusión, la Comuna de Purranque requiere de un Instrumento de Planificación Territorial que actualice sus Límites Urbanos y la normativa urbanística existente, con el objetivo de regular y orientar el actual crecimiento y futuro desarrollo de las diversas actividades, en concordancia con los Estudios de Riesgos, los que sin duda tendrán injerencia en el escenario de desarrollo comunal.
Para contribuir al desarrollo del territorio comunal, es importante considerar en el Plan, la integración de los distintos actores involucrados y la participación activa de la comunidad. Ambos aspectos permitirán conocer de primera fuente sus problemáticas ambientales específicas y los objetivos más pertinentes a la realidad local,
para finalmente compatibilizar los distintos intereses y otorgar sustentabilidad a través del tiempo al Instrumento de Planificación Territorial propuesto.
3. OBJETIVOS DEL ESTUDIO
Los objetivos dan cuenta del requerimiento, el cual es obtener un nuevo y adecuado ordenamiento territorial de las actividades de carácter urbano, presentes en la Ciudad de Purranque, así como en el Pueblo de Corte Alto. Lo anterior con la finalidad de cautelar por una adecuada gestión del suelo urbano, con miras a los actuales desafíos, tendencias de crecimiento y ocupación del territorio comunal; minimizando las eventuales externalidades negativas que se producirían en dichos asentamientos de Purranque, por la desactualización de su normativa. Se deben generar niveles apropiados de infraestructura y seguridad de sus habitantes ante riesgos o amenazas naturales, racionalizando el uso del equipamiento urbano y en general mitigar los conflictos urbanos producidos por los diferentes usos de suelo, algunos de carácter espontáneos, que hoy existen, a través de la armonización de la planificación y las necesidades territoriales que demanden las distintas funciones urbanas y usos del suelo asociados, favoreciendo con ello, las condiciones de vida de sus habitantes.
3.1 Objetivo General
El objetivo general, consiste en desarrollar un Proyecto de Plan Regulador Comunal (Purranque – Corte Alto), así como la obtención de los pronunciamientos necesarios (comunales y SEREMI MINVU Los Lagos), que permitan al Municipio de Purranque, iniciar la tramitación con el Gobierno Regional de Los Lagos (GORE Los Lagos), para la obtención de un nuevo Plan Regulador Comunal para Purranque. Para lo anterior, es necesario establecer una zonificación, que cautele para sus habitantes indicaciones de asentamientos humanos de formas seguras y con equilibrio ambiental. Se debe permitir un máximo de usos de suelos compatibles entre sí, de acuerdo a las normas de urbanización y edificación pertinentes y aplicables, de manera tal de lograr un mínimo de privacidad, asoleamiento, ventilación y en general condiciones óptimas de salubridad para los habitantes, junto a la definición de proyectos viales conducentes a optimizar la trama urbana.
3.2 Objetivos Específicos
Este Estudio, deberá definir un nuevo Límite Urbano para las localidades de Purranque y Corte Alto, junto al establecimiento de Normativa Urbana pertinente con el territorio en estudio.
La incorporación de la nueva dimensión ambiental, a la Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque, deberá realizarse a partir de la Ley Nº 20.417, que modificó la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en la que se contempla la EAE, proceso mediante el cual, desde el inicio del Plan, se plantea la incorporación de esta dimensión a las decisiones que en éste se definan. Según Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica.
Así mismo, el Plan deberá ser consensuada por la comunidad a través de su participación en las diversas Etapas del Estudio, mediante la realización de Consultas Ciudadanas y finalmente las Audiencias Públicas según Art.
2.1.11 de la O.G.U.C, paralelo al desarrollo participativo, con los Órganos de la Administración del Estado, que contempla el proceso de la Evaluación Ambiental Estratégica de su Informe Ambiental y sus Audiencias Públicas finales respectivas, lo que permitirá al(la) Director(a) de Obras de la Municipalidad de Purranque regular el uso y las formas al interior de los Centros Urbanos.
Reviste gran importancia también, la valoración de las condiciones paisajísticas de emplazamiento de la comuna y la condición que ellas otorgan a las localidades principales, representada principalmente por su “rol estratégico de conectividad”, siendo un posible lugar de paso entre Puerto Montt y Osorno, así como representar “la conexión con la ciudad” respecto a las áreas indígenas situadas en su Borde Mar, por ejemplo, Manquemapu en la Bahía de San Xxxxx. Para ello se deberá promover el desarrollo de actividades que permitan un mayor grado de compatibilidad entre actividades presentes y proyectadas, estableciendo espacios
públicos de borde, como calles y áreas verdes públicas, entre otros, de cara a los equipamientos y uso residencial.
Constituye otro de los objetivos del presente Estudio, el cautelar por la seguridad de los habitantes, mediante la individualización en el territorio urbano, de áreas de riesgo o que signifiquen peligro para ellos, mediante la restricción de asentamiento, en aquellas zonas en que la preponderancia de los peligros y amenazas naturales así lo amerita (Art. 2.1.17 OGUC).
El nuevo Plan Regulador Comunal deberá contemplar y atender la eventual presencia de las zonas patrimoniales que se encuentren protegidas por la Ley de Monumentos Nacionales (Ley 17.288) o el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), las que deberán ser consideradas en este Instrumento, a partir de una adecuada compatibilización de la legislación que las protege y las normas urbanas establecidas, en cuanto a la Circular DDU 227/2009.
Finalmente, coordinar y asistir técnicamente la Tramitación del Estudio en: Audiencias Públicas y participaciones establecidas necesarias para su aprobación comunal, el pronunciamiento administrativo final de nivel comunal (Concejo Comunal), ingreso para obtención del Informe Técnico de la SEREMI MINVU Los Lagos, y la subsanación de sus Observaciones, para su posterior envío al trámite con el GORE Los Lagos.
a) Identificar los sectores que permitan proyectar el crecimiento urbano para los próximos 30 años de la Comuna;
b) La constitución de un marco de referencia para la toma de decisiones respecto a la creación de nuevos
asentamientos en el territorio comunal o el crecimiento de los existentes;
c) La definición de “áreas homogéneas” con ventajas comparativas para el uso adecuado del suelo urbano;
d) Prever y hacer compatibles los requerimientos de uso de suelo que demandan las distintas actividades
presentes en la comuna, en el marco de un desarrollo ambientalmente sustentable;
e) Identificar restricciones para la ocupación del territorio comunal, la localidad y sectores que se incorporan con nuevos asentamientos de características urbanas;
f) Optimización de las relaciones urbanas, mediante el mejoramiento de la accesibilidad física y adecuada
zonificación del territorio;
g) Generación de las condiciones medioambientales adecuadas para una óptima viabilidad ambiental de los territorios urbanos de la comuna;
h) Lograr un mejor aprovechamiento y definición de nuevas necesidades en cuanto a infraestructura
sanitaria y energética, propendiendo, a través de distintos indicadores, a la densificación de Asentamientos Humanos concentrados y definiendo áreas de desarrollo habitacional posibles de dotar de infraestructura a costos normales;
i) Reservar territorio para la futura extensión de la ciudad, evitando la proliferación en sectores adyacentes a ella, subdivisión de predios rústicos que puedan llegar a constituir sectores residenciales de baja densidad sin urbanización, los que podrían dificultar significativamente este tipo de crecimiento;
j) Abordar las tendencias y demanda de desarrollo actual de la Comuna, en el marco del desarrollo de su PLADECO, en el caso que existiese, u otros instrumentos locales o provinciales;
k) Perfeccionar los mecanismos de usos del suelo urbano, focalizando la normativa y sus objetivos, en función de la Estrategia de Desarrollo Regional.
4. ANTECEDENTES GENERALES
4.1 Purranque Comuna
La comuna de Purranque, se ubica en la Región de Los Lagos, Provincia xx Xxxxxx. Su capital comunal es la Ciudad de Purranque, ubicado en el interior del territorio provincial, al costado Oeste de la Ruta 5 Sur (FIG. Nº 1).
FIGURA Nº1: COMUNA DE PURRANQUE, PROVINCIA XX XXXXXX.
FUENTE: Google Earth Pro (Landsat 2015).
La cobertura del Estudio está centrada en la Ciudad de Purranque (cabecera comunal), y Corte Alto, debiéndose reconocer el carácter sistémico del emplazamiento principal, por tanto, su realidad debe analizarse considerando las interrelaciones internas con el resto de la comuna, en específico con la localidad menor mencionada anteriormente, y con la región de la cual ella forma parte, mediante el tratamiento de elementos y variables relevantes de tipo comunal y regional, que afectarían su evolución y desarrollo.
4.2 Antecedentes de población
En términos demográficos, Purranque es la segunda comuna de mayor población de la Provincia xx Xxxxxx, después Osorno. De acuerdo al documento Ciudades, Pueblos, Aldeas y Caseríos del año 2005, la comuna contaría con 13.265 habitantes; de los cuales 6.388 serían varones y 6.877 mujeres.
4.3 Tendencias y Proyecciones
La tendencia y proyección del Estudio deberá proveer para la comuna de Purranque, un Instrumento de Planificación de carácter urbano, de acorde a lo contemplado en la legislación vigente (DFL 458 de 1976 “Ley General de Urbanismo y Construcciones” y D.S. 47 de 1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones), mediante el cual se oriente el desarrollo de las diversas actividades al interior de la cabecera
comunal y Corte Alto, a través de proyectos viales conducentes a la optimización de la trama urbana; la determinación de un nuevo límite administrativo que separe el ámbito urbano del rural y que a la vez considere el crecimiento en extensión del centro urbano en un horizonte de 30 años; más una zonificación del territorio definido por este límite, acorde con las tendencias de crecimiento y desarrollo de las diversas actividades emplazadas en su interior, todo ello dentro del marco de una normativa, que regule el espacio construido considerando condiciones mínimas de higiene y salubridad para los habitantes.
4.4 Instrumentos de Planificación Territorial vigentes
Actualmente la comuna cuenta con Instrumentos de Planificación Territorial:
Instrumento | Vigencia | Modificaciones |
Plan Regulador Comunal de Purranque – Corte Alto | 18-12- 1967 | SECTOR CENTRO NORTE (Modificación) 22-02-1996 SECTOR LA COLMENA (Modificación) 29-10-2001 VARIOS SECTORES (Modificación) 02- 10-2002 |
Lo anterior, desde el punto de vista del D.F.L. 458 de 1976 “Ley General de Urbanismo y Construcciones, el D.
S. 47 de 1992 “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”.
5. DESCRIPCION DEL ESTUDIO
Según lo señalado previamente, se requiere la elaboración de la Documentación y Estudios Específicos, que desarrollen el Plan Regulador Comunal de Purranque. Dicho Instrumento de Planificación deberá efectuarse de acuerdo a lo dispuesto, en el D.F.L. 458 de 1976 “Ley General de Urbanismo y Construcciones, el D. S. 47 de 1992 “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones” y sus modificaciones posteriores, y a quellos estatutos legales vigentes que invoquen la Ley y Ordenanza antes citados.
5.1 Caracterización
El área o superficie territorial que abarca el presente Estudio, deberá comprender toda la comuna de Purranque, con énfasis en su cabecera comunal, Purranque, y Corte Alto. Así, la realidad comunal debe analizarse considerando las interrelaciones de las áreas principales y sus espacios menores circundantes, considerando el tratamiento de elementos y variables relevantes de tipo intercomunal, provincial, así como también el nivel regional.
Por lo anterior, el Consultor deberá elaborar una Cartografía de la comuna de Purranque, en escala 1:50.000 u otra similar a determinarse en conjunto con la SEREMI MINVU y el Municipio, en la cual se ubiquen, como mínimo y en base a la Cartografía Regular IGM, vectores como: curvas de nivel, caminos existentes,
hidrografía (línea y cuerpos de agua), cotas, asentamientos poblados, toponimia, grilla UTM, entre otros. Esta Cartografía deberá estar acompañada de la identificación de información relevante a escala comunal que aporten antecedentes para analizar el panorama global, incorporando aspectos tales como: equipamientos de salud, de educación, cementerios indígenas, sitios de interés patrimonial y turístico, infraestructura de comunicación y transporte, Áreas Silvestres Protegidas y en general todo elemento relevante que forme parte del panorama territorial de la comuna, con incidencia en las toma de decisiones en el ámbito urbano de las localidades a estudiar, incluidas actividades productivas relevantes. Esto será graficado con base a antecedentes recabados por el Consultor como parte del Estudio.
También es posible utilizar tecnología LIDAR para el levantamiento cartográfico, lo cual debe quedar reflejado en la propuesta metodológica estableciendo plazos y productos, en cuanto a archivos crudos y levantamientos finales. Debe explicitarse como esta cartografía iguala y/o supera los requerimientos técnicos solicitados para la aerofotogrametría.
5.2 Localización Geográfica y Cobertura
La superficie territorial que abarca el presente Estudio, si bien comprende a toda la comuna de Purranque, se encuentra referido a las áreas urbanas en análisis, la Ciudad de Purranque, en su calidad de capital comunal y en Corte Alto; por lo tanto, se debe considerar en el nivel comunal, el análisis y la Cartografía pertinente para las áreas ahora descritas (FIG. N° 2).
FIGURA N° 2: ÁREA PRELIMINAR DEL ESTUDIO.
FUENTE: Google Earth Pro (Landsat 2015).
El centro y capital comunal de Purranque, es la localidad del mismo nombre que se ubica en el punto aproximado de intersección de las Coordenadas UTM 654.496 m E 5.469.778 m N, y la localidad de Corte Alto presenta como centro medio la intersección de las coordenadas UTM 654918 m E 5.464.979 m N. Con carácter de preliminar, el polígono y área propuesta para ser cartografiada, y que circunscribe a ambas localidades, es de es de 1622 ha (Fig. N° 3).
FIGURA Nº3: ÁREA PROPUESTA PARA RESTITUCIÓN CARTOGRÁFICA.
FUENTE: Google Earth Pro (Landsat 2015).
Para las localidades que constituyen la ocupación central del Estudio, será necesario un vuelo aerofotogrametrico y/o su alternativa de mosaico satelital, a partir de la compilación de imágenes de alta resolución multiespectral y pancromática, donde cada escena de la imagen sea detallada. Se recomienda el uso de imágenes diseñadas para la generación de cartografía urbana, aplicaciones agrícolas, forestales, de recursos hídricos y de medioambiente.
Posterior a un diagnóstico y trabajo de campo sobre la superficie real ocupada y estimaciones de crecimiento territorial, el Consultor podrá estimar y proponer a la Contraparte Técnica una nueva superficie a cartografiar; sin perjuicio de lo anterior, el polígono final y total de la superficie a cartografiar deberá ser sancionada por la Contraparte Técnica de La SEREMI MINVU, durante la Etapa I del Estudio , en el marco del tema “Restitución Aerofotogrametría”, estipulada a través de un “Acta de Acuerdos Técnicos”.
6. RESULTADOS ESPERADOS
El resultado final del Estudio y el cumplimiento con los productos y procesos necesario pueden ser revisados en el Ítem: Objetivos del Estudio. No obstante, de modo referencial, para el presente Estudio se proponen las siguientes Etapas, las que pueden ser reformuladas por el Oferente en su Propuesta Metodológica y Cronograma de Actividades, sin que esto altere el plazo de la Consultoría y/o la consideración de pagos asociados a las Etapas propuestas.
N° | NOMBRE ETAPA | DURACION (días) | PAGO ($) (1) |
I | Diagnóstico Participativo Comunal y Urbano | 00 (0) | 00.000.000 (3) |
II | Propuesta y Acuerdos de Planificación Participativa | 00 | 00.000.000 |
III | Anteproyecto | 00 | 00.000.000 |
IV | Proyecto | 00 | 00.000.000 |
V | Presentación Final | 140 | 15.000.000 |
Sub Etapa “Trámite Comunal” | 60 | ||
Sub Etapa “Trámite Regional MINVU” | 80 | ||
TOTAL DIAS ETAPAS / PAGO | 430 | 92.000.000 |
(1) Los montos económicos propuestos en las presentes Bases Técnicas, relativos a cada una de las Etapas, exceptuando la Etapa I, serán eventualmente reajustados en función que, la Oferta adjudicada sea menor a la propuesta presentada en las presentes Bases, hasta ajustarse a la Oferta Económica Global del Estudio (Anexo 4).
(2) La duración en días, relativo al desarrollo de la Etapa I, no puede ser modificado por el Oferente.
(3) El monto económico, relativo al pago asociado a la aprobación de la Etapa I, no será modificado.
Lo anterior es sin perjuicio, de la entrega de los documentos para la tramitación administrativa del Plan Regulador Comunal de Purranque, de acuerdo a las exigencias contenidas en las presentes Bases, incluidas aquellas establecidas en el ANEXO 5, sobre Propuesta Metodológica y Propuesta de Participación Ciudadana y Difusión y ANEXO 6, sobre Metodología Cartografía, Representación gráfica de los Instrumentos de Planificación Territorial, en conformidad a lo establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General.
Así mismo, deberán agregarse todos los productos y actividades señalados en las presentes Bases y que forman parte de las actividades propias del proyecto que debe llevar a cabo el Consultor, tales como las señaladas en el punto 9, 11 y 13 de las Bases Técnicas y aquellas indicadas en el Anexos 5, entre otras.
No obstante, lo señalado precedentemente, a continuación, se describe una serie de elementos que constituyen una guía mínima de los contenidos a entregar en cada una de las Etapas, que deberán ser enriquecidos en las respectivas propuestas, atendiendo lo preceptuado en el Anexo 5 y Anexo 6. Estos resultados deberán ser entregados por el Consultor en cada Etapa conforme las normas señaladas en las Bases.
6.1 Etapa I – Diagnóstico Participativo Comunal y Urbano
En lo que se refiere a los Ajustes Metodológicos y Recopilación de Antecedentes
Consiste en la recopilación de todos los antecedentes necesarios, para desarrollar lo dispuesto en el artículo Nº
2.1.10 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, respecto a la elaboración de los documentos que conforman el Plan Regulador Comunal.
• Análisis de la comuna en su contexto regional y provincial, con el objeto de visualizar sus potencialidades en un contexto territorial mayor.
• Antecedentes demográficos, datos censales y proyecciones demográficas que abarquen el horizonte del Estudio, basadas en datos censales de 2012 (o la proyección estadística más reciente y estadísticas municipales).
• Análisis morfológico de los asentamientos que forman parte del Estudio.
• Análisis de su estructura urbana.
• Análisis y cálculo de la demanda y oferta por suelo urbano, incluido tendencias de crecimiento de la comuna.
• Recopilación de antecedentes comunales, para posterior confección de cartografía y toma de acuerdos para la superficie total a cartografiar.
• Análisis principales iniciativas de inversión y proyectos de impacto comunal y local, actual y proyectado.
• Análisis y configuración del sistema vial estructurante Comunal que relacione internamente las zonas
urbanas del sistema y externamente a la comuna con la Provincia y Región.
• Identificación de los Estudios de Riesgo necesarios de realizar para la determinación de las Zonas de restricción al uso urbano.
• Identificación de las Zonas de protección de recursos naturales y/o patrimoniales.
• Catastro y análisis pormenorizado de los terrenos y en general de los Bienes Inmuebles del SERVIU Región de Los Lagos, lo que deberá llevarse a cabo en coordinación Consultor – SERVIU.
• Equipamiento urbano e infraestructura, según lo la información necesaria para la elaboración del Estudio de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado de Aguas Servidas y Aguas Lluvias, si procediera.
• Recopilación de todas las materias necesarias para dar cumplimiento a la EAE, de acuerdo al Reglamento para la EAE del MMA.
• Oficiar a los Organismos de la Administración del Estado con competencias Territoriales sobre el Plan, sobre el Inicio del Estudio y solicitud de Información pertinente al respecto; esto último debe realizase mediante acto formal y/x Xxx de Transparencia de los Servicios Públicos.
En lo que se refiere al Diagnóstico Integrado
• Análisis crítico de la “antigüedad” en vigencia de su Instrumento de Planificación, análisis FODA, análisis por Zonas, puntos críticos, directrices de su actualización.
• Se debe construir un “Diagnóstico Compartido”, mediante el desarrollo de “Taller Participación Ciudadana” en: Sectores del Estudio (c/u); Contraparte Técnica (SEREMI MINVU-Municipalidad de
Purranque); y Concejo Comunal Municipalidad de Purranque, lo que contribuirá a la construcción de un Plan Regulador Comunal sobre la base de acuerdos sociales.
• Desarrollar los criterios de ordenamiento espacial que formularan la “Imagen Objetivo” del territorio a
planificar, esto en términos comprensibles y didácticos para la ciudadanía, la que debe ser contrapuesta con la información recogida y reflejar así un análisis conjunto de las tendencias del área en estudio.
✓ En cuanto a procesos, se deben observar los siguientes requerimientos para la elaboración de la “Imagen Objetivo de un Plan Regulador” como parte integrante de la Etapa de Diagnóstico:
- El proceso de elaboración de un Instrumento de Planificación urbana deberá ser participativo e incluir a la opinión de los vecinos y los principales actores del territorio planificado.
- El inicio de la participación temprana, deberá considerar la elaboración de un documento que se denominará Imagen Objetivo del respectivo Instrumento de Planificación urbana.
- La Imagen Objetivo deberá definir los objetivos generales sobre el desarrollo urbano y los
principales elementos de estructuración física del territorio a planificar; y,
- La Imagen Objetivo estará compuesta de un Plano que grafique la imagen objetivo de las zonas o sectores del Plan y un Documento que sintetice los objetivos generales y principales elementos y la alternativa de estructuración del territorio a planificar.
• Como herramienta para la implementación de la “Consulta Pública Temprana”, obligatoria en la Etapa II, se deberá identificar un “mapa de los actores relevantes, de carácter preliminar, presentes en el
territorio”, representantes tanto de los intereses públicos como privados.
• Análisis de las áreas propuestas para la restitución aerofotogrametrica y cartográfica, el cual debe considerar como referencia los polígonos propuestos, y cerrar el análisis con un “Acta de Acuerdos Técnicos1”.
• Ficha Resumen, descripción del IPT y sus principales consecuencias: Esta Ficha de Resumen será elaborada conforme a un formato digital y gráfico auto explicativo, que actualmente se encuentra en fase de diseño, por parte del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el caso de existir al momento del
1 Al término de esta Etapa, el Consultor deberá presentar, tanto los antecedentes como los acuerdos de ejecución referidos a la aerofotogrametría y la respectiva definición de formatos, extensiones y vectores a proporcionar como producto final; todo esto último debe ser presentado a modo de Metodología Cartográfica, indicando cómo se llevará a cabo el proceso aerofotogrametrico o su alternativo mosaico de compilación de imágenes satelitales y sus consideraciones de trabajo, estableciendo el tipo y formato a presentar, entre otras. Indistintamente de la técnica utilizada por el Consultor, este deberá apoyarse para la elaboración metodológica, en la situación actual comunal, fundamentada en el diagnóstico desarrollado.
desarrollo del Plan; en caso contrario, e Consultor deberá desarrollar su propio “Diseño”, que debe ser visado por la Contraparte Técnica del Estudio, antes de su difusión.
• Los documentos y planos que conforman esta Etapa, deberán entregarse en tres ejemplares de papel
tradicional y formato digital (pdf y editable) de los productos logrados.
• No obstante, los antecedentes correspondientes a esta Etapa, deben ser complementados en el desarrollo de las Etapas siguientes.
El cierre de esta Etapa, es contra Informe Técnico Aprobatorio de la Contraparte Técnica, dando inicio así, al trámite administrativo de Pago de la Etapa.
IMPORTANTE: Sin perjuicio de lo señalado en la Etapa I, el Consultor deberá así mismo contempla r en las Etapas sucesivas del Estudio, talleres y reuniones de participación ciudadana, hasta la elaboración del Proyecto definitivo del Plan Regulador, previo a iniciar el proceso de aprobación formal del mismo.
6.2 Etapa II – Propuestas y Acuerdos de Planificación Participativa
Consiste en la presentación de “Propuestas” de ordenamiento territorial que constituyan orientaciones y/o visiones alternativas para el desarrollo comunal en horizontes xx xxxxxxx y largo plazo, expresadas a través de la definición de criterios generales y específicos y de un esquema de estructuración del sistema comunal. Esta etapa deberá complementarse en concordancia con lo establecido en estas Bases y ANEXO 5, sobre Propuesta Metodológica y Propuesta de Participación Ciudadana y Difusión y ANEXO 6, sobre Metodología Cartografía.
Dichas “Propuestas” deberán ser formuladas conforme a parámetros resultantes de la Imagen Objetivo validada, con la finalidad de identificar a través de esta evaluación, las mejores “Alternativas de Estructuración Urbana” para la comuna.
En la lo referido a la Imagen Objetivo para un Plan Regulador Comunal:
• Imagen objetivo, como el acento predominante que se pretende imprimir al desarrollo comunal.
✓ En procedimiento para la elaboración, como parte integrante de la Etapa de Propuestas y Acuerdos:
- La Imagen Objetivo deberá definir los objetivos generales sobre el desarrollo urbano y los principales elementos de estructuración física del territorio a planificar; y,
- Se debe desarrollar el Proceso de “Consulta Pública Temprana”, a partir del “mapa de los actores relevantes presentes en el territorio”, desarrollado en la Etapa I.
- La Imagen Objetivo estará compuesta de un Plano que grafique la imagen objetivo de las zonas o sectores del Plan y un Documento que sintetice los objetivos generales y principales elementos y la alternativa de estructuración del territorio a planificar.
✓ El procedimiento de aprobación de la Imagen Objetivo se regirá por lo siguiente:
- Se deberá convocar a lo menos a una Audiencia previa de participación destinada a presentar y evaluar la Imagen Objetivo y los principales elementos y alternativas de estructuración del territorio a planificar. Con posterioridad a esta audiencia, los interesados dispondrán de un plazo de 15 días para plantear sus Observaciones. Esto, sobre la base de la realización de al menos dos
“Talleres de Participación Ciudadana”.
- Cumplidos lo anterior, y en el caso de no recibir Observaciones en el periodo estipulados para ello, se deberá presentar la Imagen Objetivo al Concejo Municipal para su conocimiento y consideración. En el caso contrario, se deberá desarrollar una nueva Audiencia para exponer la nueva Imagen Objetivo, con la incorporación de nuevos elementos observados, para después desarrollar el tramite con las autoridades locales.
- Lo anterior, sin perjuicio de otras formas de participación que puedan establecer otras leyes especiales.
En relación a aspectos de Propuestas y Acuerdo de Alternativa de Estructuración Urbana:
• Modelo de desarrollo, modalidades de crecimiento, sentido e intensidad en que podría efectuarse, y consecuentemente, localización y estimación de la cantidad de suelo susceptible a ser destinado a la atención de la demanda que se propone atender.
• Esquema de estructuración, el que tiene por objeto hacer compatibles los requerimientos que plantea
el desarrollo de las actividades, con las características que presenta el territorio. Deberá ser posible visualizar sus cualidades y disponer de una gama de opciones, entre territorios de habilitación restringida (que representen riesgos o elementos a ser protegidos) y de habilitación preferente (suelo potencialmente urbanizable), que en conjunto conforman el sistema comunal.
• Proposición, entre otras, de las siguientes alternativas:
o Áreas de utilización inmediata y áreas de reserva, con una primera estimación de dimensionamiento, así como su posible intensidad de utilización.
o Centros y ejes principales.
o Aproximaciones de zonificación, morfología e imagen urbana, intensidad de ocupación del suelo, alturas de edificación y sistemas de agrupamiento.
• Criterios generales relativos a la intensidad de ocupación de los recursos naturales de tipo recreacional turístico y la relación entre ellos y la ciudad.
o Predefinición de limitaciones y potencialidades territoriales.
• Según Reglamento para la EAE, deberá proporcionar la documentación para realizar Inicio Administrativo ante las autoridades ambientales correspondientes. Oficio Informativo que debe
contener a lo menos: Problemáticas Ambientales generales identificadas en la Comuna, Objetivos Medioambientales del Plan, Criterios de Sustentabilidad Ambiental del Plan y los Órganos de la Administración del Estado (O.A.E.) que fueron Oficiados en la Etapa I, y que serán convocados a la Consulta Técnica del Proceso EAE.
• Consulta a CONADI, según Procedencia de Consulta Indígena, Art. 13 del DS. N° 66 del MDS y Art. 6
Convenio N° 169 de la O.I.T., para la generación de información a que se refieren el numeral 8 y 9 del oficio N° 01-A/3900/2014 de la Subsecretaría de Servicios Sociales.
• La condición de lo sitios y lugares patrimoniales de la comuna y como estos se insertan sin generar
restricciones al desarrollo territorial comunal y se constituyen como motores potenciadores de la vocación del territorio y con ello de desarrollo y bienestar de la población.
• Ficha Resumen, descripción del IPT y sus principales consecuencias: Esta Ficha de Resumen será elaborada conforme a un formato digital y gráfico auto explicativo, que actualmente se encuentra en
fase de diseño, por parte del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el caso de existir al momento del desarrollo del Plan; en caso contrario, el Consultor deberá desarrollar su propio “Diseño”, que debe ser visado por la Contraparte Técnica del Estudio, antes de su difusión.
• “Taller Participación Ciudadana” en: Sectores del Estudio (c/u); Contraparte Técnica (SEREMI MINVU - Municipalidad de Purranque); y Concejo Comunal Municipalidad de Purranque,
• Los documentos y planos que conforman esta Etapa, deberán entregarse en tres ejemplares de papel tradicional y formato digital (pdf y editables) de los productos logrados.
El diseño de propuestas debe considerar necesariamente la evaluación de sus efectos, incluyendo elementos de análisis que orienten la discusión y la priorización de las alternativas que faciliten la selección de aquella que orientará la elaboración del Anteproyecto.
El cierre de esta Etapa, al igual que la anterior, es contra Informe Técnico Aprobatorio de la Contraparte Técnica, dando inicio así, al trámite administrativo de Pago de la Etapa.
IMPORTANTE: El Consultor, para iniciar la Etapa de Anteproyecto, deberá considerar la adopción de acuerdos o consensos por parte del Concejo Municipal efectuada en sesión ordinaria o extraordinaria, debiendo dicho acuerdo constar en acta u otro documento que lo acredite. En caso de no generarse acuerdo, el Consultor
deberá reformular su propuesta, de manera tal de promover el debido consenso entre las partes, a objeto de elegir una de las propuestas presentadas.
Esta Etapa será la base para el Anteproyecto, por tanto, deberán presentarse los primeros avances o lineamientos de los Estudios de Capacidad Vial; Equipamiento Comunal; Riesgos y de Protección Ambiental, Resumen Ejecutivo, el que servirá como documento de base para la adopción de los acuerdos señalados.
La aerofotogrametría y/o su alternativa en mosaico de compilación de imágenes satelitales y todos los productos asociados, incluidos planos digitales, fotografías digitales restituidas y georeferenciadas, deberán estar entregadas en esta Etapa, salvo excepciones debidamente fundadas por el Consultor, de acuerdo a las especificaciones contenidas en el Anexo 6 “Metodología Cartografía”. Cualquier retraso sea este por caso fortuito o fuerza mayor, ajeno a situaciones administrativas, deberá ser informado con antelación por el Consultor, para análisis y resolución de la Contraparte Técnica de la SEREMI MINVU, el que deberá constar en el Informe Técnico respectivo.
6.3 Etapa III – Anteproyecto
En esta Etapa se deben definir los siguientes temas:
• Los Estudios señalados en el artículo 2.1.10., de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en cuanto a Documentación Base y Estudios Específicos (Estados de avance o definitivos, deben estar suscritos por los profesionales especialistas).
• Documento del “Informe Ambiental” de la EAE, para dar inicio a la consulta con los O.A.E. pertinentes y su posterior tramitación para obtención del Informe Consolidado de Observaciones (ICO) ante las autoridades ambientales correspondientes.
• Límite Urbano, para cada uno de los Sectores, cuyo análisis y justificación debe encontrarse en la
Memoria Explicativa, incluyendo los antecedentes y estudios agronómicos que permitan diagnosticar el recurso Suelo objeto de estas propuestas.
• Zonificación propuesta con su respectiva justificación en la Memora Explicativa, la que debe contener al menos los criterios de definición de la zonificación.
• Ordenanza Local, dada la normativa propuesta, y su justificación a través de la Memoria Explicativa.
• Proyectos viales en Grafica, conteniendo aperturas y ensanches propuestos, los que deben justificarse en la Memoria Explicativa.
• Plano(s) que contengan gráficamente la propuesta de Plan Regulador Comunal para Purranque y el territorio comunal sobre el que se encuentre graficados la hidrografía, vialidad, localidades menores,
curvas a nivel, caminos existentes, cementerios indígenas, sitios de interés patrimonial y turístico y equipamiento educacional y de salud a escalas adecuadas.
• Se debe considerar que todos los Planos deberán contar con las condiciones o características técnicas que permita a la Municipalidad de Purranque su utilización como insumo, en un Sistema de Información Geográfica y Plano Auto Cad.
• Ficha Resumen, descripción del IPT y sus principales consecuencias: Esta Ficha de Xxxxxxx será
elaborada conforme a un formato digital y gráfico auto explicativo, que actualmente se encuentra en fase de diseño, por parte del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el caso de existir al momento del desarrollo del Plan; en caso contrario, e Consultor deberá desarrollar su propio “Diseño”, que debe ser visado por la Contraparte Técnica del Estudio, antes de su difusión.
• “Taller Participación Ciudadana” en: Sectores del Estudio (c/u); Contraparte Técnica (SEREMI MINVU-
Municipalidad de Purranque); y Concejo Comunal Municipalidad de Purranque,
• Los documentos y planos que conforman esta Etapa, deberán entregarse en tres ejemplares de papel tradicional y formato digital (pdf y editables) de los productos logrados.
• Planos en Sistema de Información Geográfico, en formato del tipo ArcGISv.10.2x, no superior, y Software de diseño gráfico de común utilización (CAD).
El cierre de esta Etapa, al igual que las dos anteriores, es contra Informe Técnico Aprobator io de la Contraparte Técnica, dando inicio así, al trámite administrativo de Pago de la Etapa.
6.4 Etapa IV – Proyecto
Consiste en la obtención del Proyecto “Plan Regulador Comunal de Purranque”, con pronunciamiento y ratificado mediante Acto Administrativo Municipal y su visto bueno para la aplicación de lo estipulado en el Articulo 2.1.11 O.G.U.C.; para lo cual, deberá contar con todos los informes y aprobaciones, necesarios para dar inicio a su tramitación aprobatoria a escala comunal y regional. En concreto, los productos esperados para esta Etapa:
• Los antecedentes formales, de acuerdo a lo señalado en el artículo 2.1.10 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, esto es:
- Memoria Explicativa, y Estudios Específicos (suscritos por los profesionales especialistas)
- Estudio de Factibilidad (suscrito por el profesional especialista)
- Ordenanza Local.
- Planos.
• Se deberán subsanar las posibles observaciones realizadas al informe ambiental, el cual ingresó a admisibilidad al término de la Etapa anterior (Anteproyecto), para proporcionar el documento
final, denominado “Informe Ambiental”, corregido para un segundo ingreso de admisibilidad ambiental.
• Ficha Resumen, descripción del IPT y sus principales consecuencias: Esta Ficha de Xxxxxxx será
elaborada conforme a un formato digital y gráfico auto explicativo, que actualmente se encuentra en fase de diseño, por parte del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el caso de existir al momento del desarrollo del Plan; en caso contrario, el Consultor deberá desarrollar su propio “Diseño”, que debe ser visado por la Contraparte Técnica del Estudio, antes de su difusión.
• “Taller Participación Ciudadana” en: Sectores del Estudio (c/u); Contraparte Técnica (SEREMI
MINVU-Municipalidad de Purranque); y Concejo Comunal Municipalidad de Purranque,
• Los documentos y planos que conforman esta Etapa, deberán entregarse en tres ejemplares de papel tradicional y formato digital (pdf y editables) de los productos logrados.
• Planos en Sistema de Información Geográfico, en formato del tipo ArcGISv.10.2x, no superior, y Software de diseño gráfico de común utilización (CAD).
• Pronunciamiento del Concejo Comunal acerca del “Proyecto”, para trámite según Art. 2.1.11 O.G.U.C.
El cierre de esta Etapa, al igual que las tres anteriores, es contra Informe Técnico Aprobatorio de la Contraparte Técnica, dando inicio así, al trámite administrativo de Pago de la Etapa.
6.5 Etapa V – Presentación Final
Esta Etapa corresponde al desarrollo de los procesos públicos y pronunciamientos obligatorios, que permitirán al Plan iniciar su tramitación regional (GORE Los Lagos). Se divide en dos, tanto los Plazos como los Estados de Pago asociados, como sigue:
6.5.1 Sub Etapa “Trámite Comunal”
• Gestionar, Coordinar y Asistencia Técnica, en el desarrollo de lo estipulado en el Articulo 2.1.11 O.G.U.C., en cuanto: Difusión y convocatoria requerida (general y directa, esta última referida a
los particulares directamente “afectados” con el Plan); dos Audiencias Públicas (mínimo); reuniones con el COSOC o su similar existente; evaluación de observaciones recibidas en tiempo
estipulado; elaboración de propuestas técnicas de respuesta; y presentación de estas últimas al Concejo Comunal, paran su conocimiento, consideración y votación.
• Realizar las modificaciones a los Expedientes, sustanciales o no, que, del punto anterior, puedan
derivar.
• Los documentos y planos que conforman esta Etapa, deberán entregarse en tres ejemplares de papel tradicional y formato digital (pdf y editables) de los productos logrados.
• Planos en Sistema de Información Geográfico, en formato del tipo ArcGISv.10.2x, no superior, y Software de diseño gráfico de común utilización (CAD).
• Apoyo Técnico en la Elaboración de documentación comunal sobre aprobación del Plan (Decretos PRC y EAE, entre otros).
• El Hito de cierre de la Sub Etapa “Trámite Comunal”, corresponderá a la obtención, formal y final, de pronunciamiento por parte del Concejo Comunal. Lo anterior, en cuanto al desarrollo
de lo estipulado en el Artículo 2.1.11 O.G.U.C.
6.5.2 Sub Etapa “Trámite Regional MINVU”
• Asistencia Técnica en Expediente Administrativo del Plan.
• Apoyo y coordinación Técnica en el ingreso a SEREMI MINVU Los Lagos para Informe Técnico
MINVU.
• Corrección del Expediente, en cuanto a posibles Observaciones del Informe Técnico MINVU.
• Apoyo y coordinación Técnica en un segundo ingreso a SEREMI MINVU Los Lagos para Informe Técnico MINVU.
• Obtención de Informe Técnico MINVU Favorable.
• El Hito de cierre de la Sub Etapa “Trámite Regional MINVU”, corresponderá a la entrega del Expediente Original y sus copias, o en su defecto, al segundo ingreso subsanado, en la SEREMI
de Vivienda y Urbanismo Región de Los Lagos, con la finalidad de obtener Informe Técnico favorable.
El cierre de la Etapa V, al igual que las cuatro anteriores y Sub Etapa anterior, es contra Informe Técnico Aprobatorio de la Contraparte Técnica, dando inicio así, al trámite administrativo de Pago de la Etapa.
Finalmente, en resumen, los productos esperados para la Etapa V “Presentación Final” da cuenta de la obligación de asistir técnicamente y apoyar la Tramitación Administrativa del Plan Regulador Comunal de Purranque, a su haber:
- Aplicar el 2.1.11 de la OGUC en cuanto a las audiencias públicas.
- Subsanar y responder la aplicación o no de las observaciones derivadas de estas últimas.
- Obtener la aprobación del Concejo Municipal.
- Ingresar el Expediente del PRC a la SEREMI MINVU Los Lagos.
- Informe Técnico MINVU favorable.
IMPORTANTE: En el caso que la Etapa V y última no pueda desarrollarse, o no concluya al 100% según lo establecido en aquellos documentos que forman parte del Contrato Ad Referéndum, y por razones, por ejemplo, no atribuibles al Consultor, se evaluaría de común acuerdo dar “Termino Anticipado del Contrato”.
En dicho caso, y para efecto de todas las Etapas, el Pago Económico correspondiente se realizará de manera proporcional, según previa evaluación y ponderación de los productos generados y el trabajo realizado relacionado a la Etapa en cuestión.
7. XXXXX XXXXXXX
Se indican como referencia, los antecedentes técnicos que pueden ser revisados y evaluados por el Consultor para el desarrollo del Plan. Cabe mencionar que la gestión de recopilación obtención estará a cargo del Consultor.
7.1 Aspectos Jurídicos, Leyes y Reglamentos
Entre los antecedentes de tipo jurídico y administrativo que deberán tenerse en cuenta para el Estudio, se pueden mencionar:
• Ley General de Urbanismo y Construcciones (DFL N° 458 de 1976);
• Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (D.S. N° 47 de 1992 y sus modificaciones posteriores);
• Política Nacional de Desarrollo Urbano;
• Ley N° 19.300 Bases Generales del Medio Ambiente;
• Ley N° 20.417 Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente;
• Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica;
• DS. N° 66 del MDS (Art. 13) y Convenio N° 169 de la O.I.T. (Art. 6);
• Ley sobre Monumentos Nacionales (Ley 17.288);
• Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, respecto a materias de
ordenamiento territorial, fomento de actividades productivas, desarrollo social y cultural. (Ley N°19.175);
• Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (Ley N° 18.695 y modificación Ley N° 19.602);
• Ley General de Servicios Sanitarios (D.F.L N° 382 MOP 1988);
• Reglamentación de los Servicios de Urbanización; normas instrucciones y reglamentos vigentes de las Superintendencias de Servicios Sanitarios, de Servicios Electrónicos y Combustibles, SERVIU y Empresas de Servicios como ESSAL, SEC, etc.
7.2 Instructivos
• Manual Práctico de Jurisprudencia Administrativas: Sobre Planes Reguladores Comunales, Intercomunales y Metropolitanos; así como la jurisprudencia administrativa emanada de sus
dictámenes;
• Formulación de Planes Reguladores Comunales, Circular MINVU N° 227, del 01 de diciembre del 2009;
• Ámbito de acción en el área urbana y rural DDU 219, Circular Ord. 0353/2009;
• Xxxxxx Xxx. Xx 000 MINVU de fecha 00 xx xxxx xxx 0000;
• Oficio N° 01-A/3900/2014 de la Subsecretaría de Servicios Sociales (numeral 8 y 9);
• Revisar ORD. DOH N° 00161 (20.01.2017), establece competencias y facultades de la DOH para aprobación de Estudios Fundados, según art. 2.1.17 de la OGUC.
• Revisar ORD.: N° 4157/2016 (14.12.2016), que Informa respecto de competencias del Servicio en la Aprobación de Estudio Fundado elaborado por profesional especialista, conforme a las disposiciones del artículo 2.1.17 de la O.G.U.C.
• Desarrollar el Estudio, conforme a los lineamientos establecidos en el Manual Práctico de
Jurisprudencia Administrativa, sobre Planes Reguladores Comunales, Intercomunales y Metropolitanos de la Contraloría General de la República;
• Guía para la EAE de Instrumentos de Planificación Regional del Ministerio del Medio Ambiente.
• En General, todas aquellas Circulares relativas a Instrumentos de Planificación y normas insertas y
concernientes.
7.3 Referentes Técnicos
• Estrategia Regional de Desarrollo Región de Los Lagos.
• Actualización Plan Regional de Desarrollo Urbano Región de Los Lagos (Estudio concluido y en proceso de formulación de sus variables ambientales para dar inicio al proceso administrativo de EAE), en su
componente Provincia xx Xxxxxx.
7.4 Consideraciones Metodológicas: La Protección del Patrimonio en Purranque
Las áreas patrimoniales identificadas en sectores urbanos pueden ser reconocidas por medio de las atribuciones que se enmarcan en los parámetros establecidos en el artículo 60 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGU y C). Los parámetros descritos en este artículo, son los que permiten proteger sectores o inmuebles respaldados con normas urbanísticas a través del Plan Regulador Comunal. Complementando esto, el Artículo 2.1.18. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) les brinda a los instrumentos de planificación territorial el deber de “definir o reconocer, según corresponda, áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural.”
Complementariamente la Circular DDU 227/1999, indica que las “áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural” corresponden a aquellas zonas o inmuebles de conservación histórica que defina el Plan Regulador Comunal o sus modificaciones, así como a aquellas zonas o inmuebles declarados por el Ministerio de Educación, con los procedimientos y distintas categorías establecidas en la Ley de Monumentos Nacionales, los cuales deberán ser reconocidos por el instrumento de planificación territorial.
En ambos casos el PRC establece las normas urbanísticas aplicables a las ampliaciones, reparaciones, alteraciones u obras menores que se realicen en las edificaciones existentes, así como las aplicables a las nuevas edificaciones que se ejecuten en inmuebles que correspondan a esta categoría, cuando corresponda.
La Circular DDU 240/2010, aclara que no corresponde que los PRC definan como Inmuebles o Zonas de Conservación Histórica, elementos ya protegidos por la Ley de Monumentos Nacionales puesto que ello llevaría a duplicar innecesariamente una protección que ya se encuentra sancionada oficialmente.
Ámbito del Estudio
Como parte del concepto más general de patrimonio cultural, el patrimonio construido 2 comprende obras arquitectónicas y espacios urbanos cuya forma constitutiva es expresión de conocimientos adquiridos, arraigados y trasmitidos, los que en forma individual o en conjunto, revelan características culturales, ambientales, antropológicas o sociales que expresan y fomentan la cultura.
Identificación de Recursos de Valor Patrimonial en la Comuna de Purranque
Los recursos de valor patrimonial de la comuna de Purranque fueron evaluados en el estudio realizado por el MOP, en el año 2000, quien lo realizó en el contexto del Estudio de reformulación Puesta en Valor del Patrimonio.
Por lo anterior realizar el:
• Estudio de Patrimonio con fichas de los Inmuebles (ICH) y Zonas de Conservación Histórica (ZCH), elaborado según por la Circular DDU N°240 del año 2010.
Objetivo General
Los objetivos generales de este estudio son los siguientes:
2 Se considera que el ámbito de acción del PRC, en el marco del Art. 60 de la LGUC se refiere a esta categoría patrimonial.
• Preservar los elementos de valoración que posee el área urbana de la comuna, definiendo los criterios para relevar los elementos patrimoniales que dan sustento a la propuesta de Plano Regulador Comunal de Purranque.
• Relevar aspectos urbanos y arquitectónicos trascendentes que deben preservarse como valor particular del área de estudio, referido a su Patrimonio tangible, a través de la identificación de los Inmuebles o Zonas de Conservación Histórica
Objetivo Especifico
Realizar un Anexo de Patrimonio, considerando los siguientes puntos:
• Analizar y definir un diagnóstico que permita obtener lineamientos sobre la regulación del área de estudio.
• Diagnosticar y evaluar el estado de conservación de las edificaciones y los elementos morfológicos y ornamentales, que le otorgan las cualidades a preservar.
• Identificar y definir atributos, valores y características (arquitectónicas, tipológicas, urbanísticas y/o históricas) de las edificaciones que componen las ZCH y/o ZTP (la que aplique para la comuna).
• Identificar y analizar las tipologías arquitectónicas de las edificaciones existentes ya sea en la ICH y/o ZCH, según corresponda, para establecer las condiciones que se deberán considerar en las
futuras intervenciones tales como refacciones, remodelaciones y/o reconstrucciones que se proyecten.
Criterios Conceptuales
Con el objetivo de diseñar una herramienta que arroje resultados útiles a un instrumento de planificación urbana los criterios de evaluación se enmarcaron en lo indicado por la Circular DDU 240/2010 y tienen las siguientes definiciones de valores patrimoniales:
El Valor Urbano, está definido por atributos de imagen, conjunto y entorno y permite evaluar al patrimonio en función de las potencialidades o restricciones siguientes:
1. Imagen: interés del elemento en función de su importancia urbana y capacidad de reforzar el carácter de la estructura o paisaje urbano en que se inserta. Se considera el aporte a la ciudad o área de estudio, más que su valor como obra aislada.
2. Conjunto: característica de un elemento de articular una agrupación, o de formar parte de una
unidad mayor, y por lo tanto de influencia urbana.
3. Entorno: relación del entorno con el elemento, considerando si éste contribuye a valorizarlo, o en caso contrario, le resta valor.
El Valor Arquitectónico, permite jerarquizar a los elementos en función de sus principales características físicas, definidas por sus atributos de representatividad, singularidad y morfología, entendiendo por:
1. Representatividad: característica relacionada con el estilo o tipología del elemento, valorando
más si este es un ejemplo destacable.
2. Singularidad: valor como elementos patrimoniales originales o únicos, cuyas características físicas dominantes son de interés para el conocimiento de la arquitectura o el urbanismo.
3. Morfología: depende de la calidad estética y arquitectónica del elemento, ya sea por ar monía,
belleza, composición, etc.
El Valor Histórico del elemento, significa que se le atribuye importancia cultural e histórica y se determina mediante dos atributos:
1. Relevancia: vínculo del elemento con acontecimientos históricos, sitios y lugares importantes en la historia nacional o local.
2. Registrado por especialistas: determinado por las publicaciones de especialistas en patrimonio (incluyendo a los historiadores) evaluando de mayor importancia los libros, por sobre las revistas, registros, catastros y seminarios.
El Valor Económico Social:
1. Estado de conservación del inmueble: posibilidades de recuperación considerando el equilibrio entre beneficios sociales y económicos.
2. Estado de conservación del entorno: influencia del entorno para la recuperación considerando
el equilibrio entre beneficios sociales y económicos.
3. Reconocimiento de la comunidad: se considera en función de su interés para la comunidad por ser elementos con los cuales ésta se identifica.
8. CONTENIDO TECNICO Y REGLAMENTARIO DEL PLAN
Consiste en la organización espacial de los elementos que configuran y caracterizan a las áreas a incorporar, en el ámbito de acción del Plan Regulador Comunal de Purranque, como producto del análisis de la problemática urbana de las localidades y su situación de localización, junto a la determinación de las condiciones técnico urbanísticas, que reglamentarán a futuro el proceso de desarrollo urbano, inferido del análisis y diagnóstico de los factores económicos, sociales, ambiéntales y territoriales que la conforman. Los contenidos deberán apegarse estrictamente a lo indicado en el artículo 2.1.10 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Los elementos estructurantes del Plan se pueden definir del siguiente modo:
a) División Territorial: Es la segregación de las áreas en estudio en Zonas Urbanas y Área Rural, estableciendo en cada cual la zonificación correspondiente. Se deberán explicitar los criterios de determinación del Límite Urbano y de la zonificación propuesta para el área urbana.
b) Vialidad Estructurante: Consiste en determinar la jerarquía de la trama urbana, determinando su vialidad estructurante. Los criterios de estructuración como la caracterización del sistema vial, deberán encontrarse en la Memoria Explicativa.
c) Normativa: Consiste en fijar condiciones para posibilitar o limitar la ocupación de las zonas incorporadas al ámbito urbano, en cuanto a su destino de uso de suelo y a la densidad e intensidad de su utilización y al orden de procedencia para su incorporación al sistema, como asimismo la clasificación, organización y reglamentación para el emplazamiento de las actividades que, por su relevancia dentro del sistema, configuran su estructura funcional y espacial.
La normativa propuesta debe enmarcarse dentro de las disposiciones ya citadas (del D.F.L. 458 de 1976 “Ley General de Urbanismo y Construcciones” y D. S. 47/1992) y sus respectivas modificaciones; siendo de gran importancia que al menos aquellas normas conducentes al cumplimiento del Plan propuesto, sean definidas y caracterizadas en la Memoria Explicativa.
d) Material Gráfico: Plano o planos en escala 1:2.000 o 1:5.000 de la Ciudad de Purranque y de los asentamientos menores ya indicados, eventualmente según diagnóstico, sobre los cuales se graficará el Plan propuesto, este plano deberá graficar con precisión, los límites de los espacios públicos y de las áreas que se proponen declarar afectas a utilidad pública.
En un plano escala 1: 50.000 u otra similar acordada con la SEREMI MINVU y el Municipio, se deberá graficar la totalidad del territorio de la comuna de Purranque, con sus límites administrativos respectivos, caminos, ubicación de localidades menores, curvas a nivel, hidrografía y localización del equipamiento de salud y educacional, cementerios indígenas, lugares de interés patrimonial y turístico en que la Memoria Explicativa, deberá contar con una descripción y análisis coherente con este plano.
Se considera el uso de cartografía a escala adecuada, para graficar territorialmente los antecedentes recabados en las distintas etapas del proyecto, ya sean de índole diagnóstico como de análisis territorial, de manera de apoyar los contenidos escritos, de tablas y figuras, para asegurar la total comprensión de los estudios llevados a cabo en el marco del desarrollo del proyecto.
e) Estudios complementarios:
Estos deberán estar referidos a la necesidad de contar con expediente de Evaluación Ambiental Es tratégica, consistente en un Informe Ambiental en cumplimiento a la modificación a la Ley 19.300, de fecha 9 xx xxxxx de 1994, sobre bases generales del Medio Ambiente.
De acuerdo a los lineamientos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en temas patr imoniales, el Consultor deberá desarrollar los estudios complementarios que permitan dar cumplimiento a lo señalado en el Artículo 2.1.18., de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en especial la definición de áreas de protección de recursos de valor natural o patrimonial cultural (áreas o construcciones declaradas de conservación histórica, incluidas aquellas declaradas zonas típicas y monumentos nacionales) cuando corresponda.
Los estudios complementarios deberán dar cumplimiento al artículo 2.1.17 y 2.1.18, de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
En General, los documentos y planos en los cuales se expresen los elementos estructurantes señalados con anterioridad, serán los contemplados para este efecto en el artículo 2.1.10 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
9. SISTEMA INFORMACION TERRITORIAL
A partir de lo contenido en el Anexo 6 METODOLOGÍA CARTOGRAFÍA Representación gráfica de los Instrumentos de Planificación Territorial, se debe considerar que el Estudio “Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque”, deberá necesariamente consistir en un instrumento, que va a ser manejado con un Sistema de Información Geográfico (SIG). Para ello el Consultor, deberá hacer entrega del SIG en los formatos, tipos y versiones solicitados con la finalidad de permitir la evaluación y análisis de los productos resultantes.
Uno de los requerimientos de la Oferta, es que los productos cartográficos y su información asociada (Bases de Datos), deberá elaborarse digitalmente en formato del tipo ArcGISv.10.2x, no superior. Para ello, deberá generar un menú tipo3 “SIG PRC”, que permita recorrer en la interface del tipo ArcGIS, las planimetrías del proyecto. Esto deberá ser desarrollado para los Planos Temáticos base en el análisis medio ambiental. Además de los planos referidos a la especialización de los problemas ambientales identificados en el territorio y finalmente sus efectos y propuestas de mitigación.
10. TRABAJO EN TERRENO
Las actividades en terreno, propias del desarrollo del Estudio, deberán concordarse tanto con la Contraparte técnica de la SEREMI MINVU, como con el Equipo Técnico Municipal.
11. INFORMES DE AVANCE Y EXPOSICIÓN
El avance del Estudio se controlará mediante reuniones de trabajo realizadas al menos 15 días antes a que concluya el desarrollo propio de cada Etapa, entre Contraparte Técnica-Equipo Técnico Municipal-Consultor, con la finalidad de incorporar alcances técnicos, en lo que será la Entrega para Revisión 01. Debiendo efectuarse al menos una en el desarrollo de cada Etapa del Estudio. Sin perjuicio de lo anterior, la Contraparte Técnica podrá solicitar informes en períodos de tiempo más breves y convocar a reuniones para detectar el avance del Estudio, pudiéndose realizar más de una reunión técnica por Etapa, si la Contraparte Técnica así lo
3 Se aclara que con “menú tipo” se espera un instructivo, por ejemplo, formato .txt, que instruya acerca de ¿cómo montar el SIG PRC PURRANQUE? Con la finalidad de que todas las rutas y datos de los distintos Proyectos se reconozcan tal como fue diseñado y graficado en Planos proporcionados en formato papel.
solicita; estas podrán realizarse tanto en dependencias Municipales como en dependencias de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la región de Los Lagos.
Se establece esta exigencia con el propósito de corregir anticipadamente omisiones del Consultor o discrepancias que pudieran existir entre la Contraparte Técnica de la SEREMI MINVU y éste, las que serán programadas de común acuerdo entre las partes.
12. DE LAS ENTREGAS
Las entregas parciales (revisiones) y finales de los expedientes (productos), de cada Etapa y Sub Etapa del Estudio, deben ser entregadas en papel impreso y disco compacto (formato Wor d y Excel para Windows 2000 o superior), según lo indicado en el punto 6 de las Bases Técnicas.
Las entregas parciales (revisiones) y finales de los expedientes (productos), de cada Etapa y Sub Etapa del Estudio, para el caso de la información cartográfica, deberá ser trabajada en un Sistema de Información Geográfico, utilizando para el caso un software del tipo ArcGISv.10.2x, no superior. Así como el Plano Final para Anteproyecto, Proyecto y Presentación Final, debe ser proporcionado, además, en Software de diseño gráfico de común utilización (CAD).
En cada Etapa, el Consultor deberá entregar según formato y cantidad de ejemplares indicadas en el numeral 6 de las presentes Bases Técnicas, con sus respectivos antecedentes, debiendo ser ingresado por el Co nsultor, en Oficina de Partes de la SEREMI MINVU Región de Los Lagos y de acuerdo a plazos fijados en las Bases Administrativas.
La entrega Final aprobada, deberá ser presentada, en la oportunidad que fijan las presentes Bases, en seis ejemplares, de acuerdo a lo señalado precedentemente.
Para todos los efectos legales, se considerará como fecha de presentación del informe, la de su ingreso en Oficina de Partes, mediante timbre de recepción.
13. CONDICIONES ESPECIALES
13.1 Difusión del Estudio
El Consultor deberá elaborar para los Talleres de Participación Ciudadana, Audiencias y Actividades de cada una de las Etapas del Estudio, una “Ficha Resumen”, según consta en el punto 6 de las presentes Bases. Previa a la impresión del material, el que deberá reproducirse en un número adecuado (al menos 80 ejemplares, o los que producto del diagnóstico demográfico, sean necesarios) tanto en contenido como diagramación, deberá ser visada por la SEREMI MINVU.
13.2 Uso de la Cartografía
Se deberá presentar a través de productos cartográficos, la mayor cantidad de tópicos analizados, con el concepto “un tema un plano”, de manera tal de lograr una comprensión cabal para el lector, sobre el panorama presentado para cada aspecto tratado en el desarrollo del Estudio.
13.3 Cronograma
De acuerdo a lo indicado en las Bases Administrativas en su numeral 24, letra c., sobre Antecedentes técnicos, el consultor deberá adjuntar un Cronograma de Actividades x Xxxxx Xxxxx (Plan de Trabajo), debiendo consignar el detalle de las actividades y todos aquellos requerimientos señalados en las Bases y sus Anexos.
ANEXO 1 FORMULARIO DE PRESENTACION
Nombre....................................................................................................................... ....................
RUT........................................con domicilio en………………………………………………………….
Teléfonos………………………………correo electrónico................................................................
Inscrito en el Registro Nacional de Consultores, bajo el Nº........ ............................... como Persona jurídica…........Propone ejecutar el Estudio denominado……………….……...”, dentro de un plazo total de.........(NUMERO) ………………………………………………(LETRAS) días corridos (sin incluir los plazos de revisión y corrección de observaciones).
De modo referencial se proponen los siguientes plazos, los que podrán ser incluidos en las ofertas :
Etapa I | 50 días corridos |
Etapa II | 80 días corridos |
Etapa III | 70 días corridos |
Etapa IV | 90 días corridos |
Etapa V Sub Etapa | 60 días corridos |
Etapa V Sub Etapa | 80 días corridos |
El Estudio señalado lo ejecutará de acuerdo a las orientaciones y normas indicadas en las Bases Administrativas y Técnicas, a las Respuestas y/o Aclaraciones y Rectificaciones, si las hubieren, y de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y las normas del Reglamento del Registro Nacional de Consultores del MINVU, documentos todos que quien suscribe este formulario declara conocer y aceptar.
FIRMA
NOTA.- Este formulario se deberá llenar sin modificaciones ni agregados, a fin de no alterar su validez, sin perjuicio de los plazos ofertados.
XXXXXX XXXXX, xxxxxx xx 0000
XXXXX 0
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PERSONA JURIDICA
Yo,.............................................................................,cédula nacional de identidad Nº ............ ..............., domiciliado
en...................................................., en mi calidad de representante legal de la emp resa..........................................
..........................................................., para los efectos de lo dispuesto en el inciso séptimo, del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, efectúo la declaración contenida en la casilla marcada con una letra X, en la tabla siguiente:
La empresa que represento es una sociedad de personas de la que no forman parte funcionarios directivos del MINVU ni sus cónyuges, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive
La empresa que represento es una empresa individual de responsabilidad limitada de la que no forma parte ningún funcionario directivo del MINVU ni sus cónyuges, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
La empresa que represento es una sociedad en comandita por acciones o anónima cerrada en que no son accionistas funcionarios directivos del MINVU ni sus cónyuges, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
La empresa que represento es una sociedad anónima abierta en que no son dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, funcionarios directivos del MINVU ni sus cónyuges, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
Asimismo, declaro que ni el suscrito, ni el gerente, administrador, representante, ni los directores de la antedicha empresa somos funcionarios directivos del MINVU.
Se deja constancia que los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios afectados por alguna de las incompatibilidades de que dan cuenta las declaraciones que anteceden que participen en ellos incurrirán en contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 62 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilida d civil y penal que les corresponda.
La empresa, a través de quien la representa, y que firma la presente declaración, expone además, que cumple con las disposiciones de la Ley Nº 19.886, en lo concerniente a no estar condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
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Firma Representante (s) Legal (es)
XXXXXX XXXXX, xxxxxx xx 0000
XXXXX 0
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PERSONA NATURAL
Yo,............................................................................., cédula nacional de identidad Nº ........... ................, domiciliado
en...................................................., para los efectos de lo dispuesto en el inciso séptimo, del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, declaro que no soy funcionario directivo del MINVU ni lo son mi cónyuge, ni mis hijos, adoptados ni mis parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
Se deja constancia que los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios afectados por alguna de las incompatibilidades de que dan cuenta las declaraciones que anteceden que participen en ellos incurrirán en contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 62 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que le s corresponda.
Por último, declaro que tampoco he sido condenado por prácticas antisindicales ni por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, dentro de los anteriores dos años contados hacia atrás desde la presentación de la Oferta.
_ Firma
XXXXXX XXXXX, xxxxxx xx 0000
XXXXX 0
OFERTA ECONÓMICA GLOBAL ESTUDIO
ACTUALIZACIÓN PLAN REGULADOR COMUNAL DE PURRANQUE, PROVINCIA XX XXXXXX REGIÓN DE LOS LAGOS
Oferente
R.U.T. : _
La Oferta de………………………………………………., por la ejecución del Contrato, Estudio “Actualización Plan Regulador Comunal de Purranque”, Provincia xx Xxxxxx, Región de Los Lagos, asciende a un valor total de
$................................................ (………………………), impuestos incluidos.
Nombre y firma Representante Legal
XXXXXX XXXXX, xxxxxx xx 0000
XXXXX 0
PROPUESTA METODOLÓGICA Y
PROPUESTA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DIFUSIÓN
INTRODUCCION
Las materias contenidas en el presente Anexo, son producto del OFICIO ORD. N° 303 MINVU DE FECHA 00 XX XXXX XXX 0000, que instruye Medidas Administrativas a Adoptar por el MINVU, y del DICTAMEN N° 011000N17 (31.03.2017) DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA, sobre Planes
Reguladores, Participación Ciudadana, Facultades, Instrucciones, y tiene por objeto orientar en la consideración de aspectos fundamentales e imprescindibles en el desarrollo del Plan, que complementan a todas aquellos ya incluidos en las Bases Técnicas y Administrativas de la presente Licitación Pública.
1. DIAGNÓSTICO
En concordancia con los objetivos y lineamientos que la nueva Política Nacional de Desarrollo Urbano, en relación con la instalación de una planificación integrada y una gestión urbana coordinada en el territorio con participación ciudadana formal y fortalecida, se ha decidido perfeccionar la elaboración de Planes Reguladores, incorporando de manera decidida metodologías de Participación Ciudadana Temprana en su elaboración, reflejando así, una visión acordada, de futuro y de desarrollo de nuestras ciudades. Dicha Participación se deberá realizar en cada una de sus Etapas, y debe estar a cargo del Responsable de Participación Ciudadana junto el Director de Proyecto, siendo obligatoria la participación presencial de ambos, como cantidad mínima representante del Equipo de Trabajo.
Debe expresar un conocimiento de la evolución y crecimiento del centro poblado, lo cuantitativo y lo atinente al desarrollo, lo cualitativo de la situación general del territorio. Visualizar el sentido en que está evolucionando el sistema comunal, los procesos que en él se desarrollan, los requerimientos que demandará su crecimiento y los recursos que se dispone para resolverlos. Esto último, se obtiene confrontando la información recogida, con la imagen objetivo de la comuna deseada por la comunidad y sus actores, para que ese análisis refleje las tendencias del área del estudio. Es importante señalar que se deben concentrar los esfuerzos en la formulación de propuestas, más que en la elaboración de un diagnóstico excesivamente detallado; el objetivo es obtener diagnósticos conclusivos y no sólo descriptivos.
Los procesos de participación se hacen posibles con la incorporación de los actores claves durante todo el desarrollo del plan. Esto, mediante una estrecha coordinación de los equipos municipales, los equipos regionales, tanto de los distintos organismos públicos como de los gobiernos regionales, y articulando a través de cada municipio la participación activa de los representantes de las organizaciones civiles.
Se estima como mínimo el tratamiento de las siguientes materias:
a) En el nivel regional, provincial
Accesibilidad y modalidad de las interconexiones, entre la ciudad en estudio, su comuna y la Región, datos de población y en general recurrir a los antecedentes aportados por estudios maestros en curso en complemento de aquellos realizados en la Región de Los Lagos, incluido para el efecto el Plan Regional de Desarrollo Urbano que se encuentra en trámite para dicha región.
b) En el nivel comunal
Actividades económicas más relevantes, tendencias actuales, la inversión en su relación con demanda por uso de suelo.
Análisis demográfico, niveles de ingresos, distribución de la población y su movilidad Vialidad y localización de centros poblados.
c) En el nivel urbano
Se debe estudiar el instrumento de planificación con que cuenta la ciudad, con la finalidad de detectar la orientación de crecimiento y desarrollo que este ha dado a las diversas actividades emplazadas en su interior y detectar todas aquellas deficiencias que han determinado la necesidad de su actualización, las que deberán subsanarse en la Proposición del actual Plan.
En esta forma se deberá analizar la actual trama urbana, conducente a determinar conflictos viales y la zonificación existente, con la finalidad de detectar sus deficiencias para acoger el desarrollo de las actividades urbanas.
Determinación y estudio de las principales actividades urbanas y análisis de usos de suelo o actividades urbanas excluyentes entre sí.
2. RIESGOS Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.
Al igual que para el diagnóstico, se estima que las exigencias deben ser diferentes para la comuna y las áreas urbanas.
a) Comuna
A través de información histórica, de prensa, estudios anteriores, cartografía, fotografías u otros antecedentes relacionados con fenómenos de inundación, remoción en masa u otros que hubieran ocurrido, o puedan a futuro afectar el área de estudio, se debe en lo posible identificar aquellas áreas de la comuna vulnerables a este tipo de fenómenos.
Se debe estudiar la hidrología comunal en función con el clima, con el objeto de identificar condiciones capaces de generar situaciones de riesgo.
Es importante el análisis de las cuencas de quebradas existentes, comportamiento del escurrimiento superficial, sus crecidas máximas, identificación de zonas de desborde, estabilidad de los cauces y determinación de posibles nuevos cauces y cambios que pueden experimentar estos en relación con los caudales. Se recomienda consultar información de apoyo a la planificación territorial, elaborada por SERNAGEOMIN, para los casos que esta se encuentre disponible.
La cartografía de riesgos se considera fundamental en este contexto, la cual deberá llevarse a cabo en el marco del estudio fundado de riesgo a fin de establecer criterios de ocupación territorial.
b) Área Urbana
El Estudio de Riesgos tiene como objetivo identificar, caracterizar y cartografiar las áreas de restricción y de riesgo para determina la factibilidad del territorio de acoger asentamientos humanos.
Es necesario realizar el análisis y determinación de zonas que puedan, constituir un peligro potencial para los asentamientos humanos; definiendo, cuando proceda y previo estudio específico áreas de riesgo. En dichas áreas de riesgo se determinarán zonas no edificables o de condiciones restringidas de edificación, se entenderá por estas zonas aquellas áreas del territorio en las cuales, por razones fundadas se limite determinado tipo de construcciones y se establezcan los requisitos y condiciones que deberán cumplirse para su utilización, de acuerdo a características del medio físico del territorio abarcado por el Límite Urbano propuesto y a lo establecido en el Art. 2.1.10 de la OGUC.
Entre otras a modo de ejemplo se pueden identificar las siguientes zonas o áreas de riesgo o restricción:
▪ Zonas inundables o potencialmente inundables, debido entre otras causas a proximidad de lagos, borde costero, esteros, quebradas, cursos de agua no canalizados, napas freáticas y pantanos.
▪ Zonas propensas a avalanchas, rodados, aluviones, fenómenos de remoción en masa o erosiones acentuadas.
▪ Zonas de riesgo natural por eventual actividad volcánica.
▪ Zonas de riesgo natural por tsunamis: Se considera en esta categoría todos aquellos territorios litorales conformados por costas bajas, de playas y llanuras costeras, que poseen riesgo potencial de marejadas y tsunamis.
▪ Zona, franja o radio de protección de obras de infraestructura peligrosa, tales como, aeropuertos, helipuertos públicos, xxxxxx de alta tensión, embalses, acueductos, oleoductos, gasoductos y estanques de productos peligrosos.
En los casos que la restricción para edificar se deba a razones de seguridad contra desastres naturales u otros motivos subsanables mediante la incorporación de obras de ingeniería u otras suficientes para tales efectos, un proyecto determinado podrá ser autorizado si de acuerdo a estudios fundados, elaborados por profesional especialista, cumple los requisitos y condiciones establecidas para ello, incluida la evaluación de impacto ambiental correspondiente.
Podrán definirse áreas de protección de recursos de valor natural o patrimonial cultural, cuando proceda y previo estudio fundado, en las cuales se determinarán zonas no edificables o de condiciones restringidas de edificación.
Revisar ORD. DOH N° 00161 (20.01.2017), establece competencias y facultades de la DOH para aprobación de Estudios Fundados, según art. 2. 1.17 de la OGUC.
Revisar ORD.: N° 4157/2016 (14.12.2016), que Informa respecto de competencias del Servicio en la Aprobación de Estudio Fundado elaborado por profesional especialista, conforme a las disposiciones del artículo 2.1.17 de la O.G.U.C..
3. EQUIPAMIENTO
a) La comuna
El principal objetivo de este análisis consiste en detectar el déficit de equipamiento y capacidad de cobertura de éste, en relación al futuro crecimiento de la población, la intención es que la autoridad cuente con una herramienta que le permita programar el equipamiento necesario para implementar y factibilizar el Plan propuesto.
Los equipamientos públicos básicos a evaluar y determinar su déficit, principalmente son: Educación, en sus distintos niveles. Salud, tales como, consultorio, postas, etc.
Como una forma de orientar esta parte del estudio del Plan Regulador, se sugiere consultar el Estudio denominado Estándares de Equipamiento del año 1996, contratado por la División de Desarrollo Urbano del MINVU.
De igual forma, realizar un reconocimiento de actividades productivas y obras de infraestructura relevantes a nivel comunal, que generan o pudieran generar impactos tanto del tipo habitacional como de otra índole.
b) El área urbana
Referido principalmente a la localización y análisis de:
Equipamiento de Salud, Educacional, Banca y Financieras, Comercio, Áreas Deportivas, Seguridad, Organizaciones Comunitarias, Servicios Públicos (Registro Civil, Juzgados, Impuestos Internos etc.), Áreas Verdes, etc.
Actividades Productivas: desarrollo actividades molestas, emplazamiento de industrias y su relación con el entorno habitacional, definición y re-localización de industrias peligrosas, etc.
Infraestructura: de transporte, sanitaria y energética. Efectos y desarrollo sustenta ble en el tiempo. Definición de áreas de resguardo ante infraestructura peligrosa y posible re-localización de la misma.
Espacios Públicos y Áreas Verdes: creación e implementación red de áreas verdes de importancia comunal conforme al desarrollo de ciudad parque.
4. ESTUDIO DE FACTIBILIDAD AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE AGUAS SERVIDAS.
Para ampliar o dotar de agua potable y alcantarillado de aguas servidas y de aguas lluvias cuando corresponda, en relación con el crecimiento urbano proyectado, teniendo en especial consideración los Programas del Concesionario de la empresa sanitaria respectiva.
5. CAPACIDAD VIAL.
Estudio que debe ser abordado por profesional competente, con consulta a las diversas instituciones, entre las que se puede mencionar:
• Ministerio de Obras Públicas.
• Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
• Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
• Municipalidad.
Identificar la Red Vial Estructurante, propuesta en conformidad a la tipología establecida en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Proyectar la composición y el volumen de flujos de tránsito anteriores, para el horizonte de aplicación del Plan Regulador, tomando en consideración los usos y su intensidad de ocupación de suelo previstos.
Proponer intervenciones o modificaciones en la red vial existente, identificándolas en una escala priorizada.
Análisis de los usos e intensidades de ocupación de suelo propuesto en el Plan Regulador Comunal, a objeto de determinar si sus impactos suponen mayores exigencias a la vialidad propuesta de nivel superior, situación que, de existir, daría lugar, a sugerencias de reforzamiento.
Considerar Documento Capacidad Vial de los PRC, MINVU 1997, Metodología de Cálculo.
6. EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA.
En cumplimiento a la legislación vigente el Consultor deberá hacer entrega de la Evaluación que realice para que ella sea suscrita por el Alcalde, en calidad de titular del proyecto.
En este sentido, es importante analizar los tópicos señalados en los documentos indicados a fin de incorporar tempranamente en la fase de diagnóstico del plan, aquellos aspectos que deben ser documentados en la evaluación, especialmente aquellos que tengan que ver con la valorización de los recursos naturales que serán intervenidos y en especial, en este ámbito, con el recurso suelo, para lo cual se sugiere que en la etapa de diagnóstico se levante con el mayor grado de detalle la calidad y características del recurso suelo que será intervenido por los límites urbanos propuestos, estudios que deberán ser llevados a cabo por un profesional especialista en dicho ámbito.
7. PLAN DE INVERSIONES.
Desarrollo de un plan indicativo en que se establezca la prioridad y costos estimados de las obras de infraestructura vial (expropiaciones, mejoramiento vial y apertura de calles), sanitaria (agua potable, alcantarillado, aguas lluvias, rellenos sanitarios, etc.) y áreas verdes que se deban ejecutar, a efectos de materializar los conceptos y diseños urbanos definidos por el nuevo Plan Regula dor a un corto, mediano y largo plazo.
8. ANTECEDENTES PARA LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO DE PLAN REGULADOR.
Uno de los objetivos fundamentales que se espera en el desarrollo de los Actualización del Plan Regulador Comunal, consiste en aportar la asesoría técnica y apoyo del Consultor, al municipio, específicamente para que la elaboración y la presentación de los documentos gráficos y escritos, constitutivos de las fases de desarrollo del Plan Regulador a formular, se adecuen a los contenidos y procedimientos existentes descritos en los Art. 2.1.10 y 2.1.11 de la OGUC.
Se evaluará la metodología ofrecida por el Consultor, durante todo el desarrollo del proceso de participación ciudadana que el Instrumento de planificación requiere en sus diferentes fases . El Consultor prestará su apoyo metodológico al municipio orientando el proceso participativo, para generar una efectiva participación y compromiso de la comunidad y autoridades locales, que permita validar el avance en las distintas fases del proyecto: propuestas, acuerdos, anteproyecto y proyecto de Plan.
Se valorizará si la metodología propuesta consulta asesorar al municipio, en los procesos de desarrollo de todo el estudio y en los de validación de las distintas fases del Plan Regulador, ante los age ntes y reguladores del desarrollo urbano como residentes, gremios, políticos, planificadores, empresas de servicios, inversionistas, académicos, comerciantes, bancos, etc. El éxito del Plan, reside en gran medida en la capacidad del Consultor y del municipio para acoger los aportes tanto públicos como privados, que puedan conducir finalmente a un instrumento participativo, aceptado e incentivador del desarrollo futuro.
Se considerará como un aspecto a ponderar en la evaluación de la metodología propuesta por el Consultor, todos aquellos aspectos y procedimientos que se empleen para poder captar la opinión de la comunidad organizada, y las fuerzas vivas de ella.
En este aspecto el Consultor deberá desarrollar las siguientes acciones:
▪ Proposición y ejecución de actividades de participación implementada, por ejemplo, a través de:
▪ Exposiciones a dirigentes vecinales.
▪ Seminario con autoridades locales, concejales y miembros del Consejo Económico y Social Comunal.
▪ Elaboración de formas de acreditación del desarrollo de las actividades de participación ciudadana ofrecido y de sus resultados.
▪ Elaboración de los documentos gráficos y escritos que representen los acuerdos adoptados por el Concejo Municipal y el Consejo Económico y Social Comunal, respecto de la alternativa y propuesta seleccionada.
▪ Estructuración del territorio con macro-zonas, que definan destinos de suelo predominantes, con sus correspondientes niveles de intensidad de utilización según las demandas, disponibilidad de suelo y presencia de limitantes al uso del mismo, todo ello a partir de las prioridades de desarrollo acordado.
▪ Preparación de los documentos constitutivos del anteproyecto del Plan:
Planos Memoria Ordenanza
▪ Incorporación de ajustes, si corresponde, y preparación de los documentos gráficos y escritos constitutivos del Anteproyecto del Plan.
▪ Preparación de los elementos componentes del Plan, que constituyen el desarrollo más específico del Anteproyecto y la etapa final del proceso de formulación:
Memoria. Ordenanza. Planos
Estudio de Factibilidad de Agua Potable, Alcantarillado de Aguas Servidas y de Aguas Lluvias Estudio de Equipamiento Comunal, y demás Usos de Suelo, y su demanda futura.
Estudio de Riesgos y de Protección Ambiental. Estudio de Infraestructura energética y de transporte. Estudio de Capacidad Vial y Vialidad Estructurante.
Informe para Evaluación Ambiental Estratégica
▪ Aprobación ante los Organismos competentes de los antecedentes y Estudios indicados.
▪ Plan de Inversión e implementación del Plan Regulador.
▪ Archivos aerofotográficos georreferenciados.
ANEXO 6 METODOLOGÍA CARTOGRAFÍA
Representación Gráfica de los Instrumentos de Planificación Territorial
Podrán sub contratarse empresas para la elaboración de los planos bases, en dicho caso, estas deberán estar inscritas en el Registro Nacional de Consultores del MINVU, Rubro: Estudios de Proyectos, Especialidad: Otros Estudios, Subespecialidad 0000 Xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, en cualquiera de sus categorías.
A continuación, se propone a modo de referencia, una secuencia para la obtención de la cartografía digital escala 1:2.000. Cabe indicar que, se deberá cumplir con estas exigencias hasta que se emita la Circular DDU, instruyendo sobre el Patrón Nacional de Instrumentos de Planificación Territorial, cuya elaboración se encuentra en fase de licitación, y que vendrá en complemento de lo aquí descrito ( Ord. N° 303 MINVU de fecha 08 xx xxxx del 2015).
1. VUELO AEROFOTOGRAMETRICO Y FOTOGRAMAS
1.1. Obtención de fotografías aéreas con los siguientes requisitos básicos:
A. Se planificarán las líneas de vuelo sobre cartografía a escala adecuada y se entregará un juego digital con el resultado de ellas. Considerando recubrimiento longitudinal y transversal con traslape y pérdida del 10%.
B. La escala de vuelo es 1:8.000 o de mejor detalle, fecha de realización no puede ser anterior a fecha de adjudicación de la licitación, salvo situaciones excepcionales que permitan contar con información de reciente data.
C. Para la toma de los fotogramas se empleará Cámara Digital Métrica.
D. El tamaño de la imagen en el negativo será de 23 x 23 centímetros (obtenido con cámara aerofotogrametrico digital).
E. Los fotogramas estarán libres de nubes y sombras de nubes, humo, halo, marcas de luz, marcas estáticas, sombras u otros tipos de imperfecciones. Las copias serán convenientemente desarrolladas, fijadas y lavadas con técnicas habituales.
F. Se entregará un juego de fotografías en papel y archivos digitales, correspondientemente clasificados.
G. Los fotogramas se entregarán numerados, rotulados y ordenados con el fin de vincularlos entre si. En la rotulación de las fotos deberá incluirse:
- Línea de vuelo
- Numero de fotografía
- Escala de la fotografía
- Fecha y hora de la toma
- Distancia focal
H. Los fotogramas deberán tener una tonalidad uniforme, sin sombras ni elementos deformadores, que permitan una óptima fotointerpretación. Las fotografías tendrán condiciones métricas para la aerofotogrametría.
I. Recubrimiento estereoscópico: los recubrimientos serán del 60 % +/- 5 % longitudinal y 30 % +/- 5
% en el sentido transversal.
X. Xx entregará una copia digital de alta resolución de las fotografías debidamente georrefere nciadas, en formato adecuado del tipo ArcGISv.10.2x, no superior, en el Datum y Huso que se señalan en el presente anexo.
1.2. Mosaico satelital
Se plantea la alternativa de mosaico satelital, en el caso que el consultor lo estima mayormente conveniente que la realización de un vuelo aerofotogrametrico; la compilación de imágenes satelitales debe ser a partir de la compilación de imágenes de alta resolución multiespectral y pancromática, y donde cada escena de la imagen sea detallada. Se recomienda las imágenes QuickBird, las cuales poseen una resolución espacial de
2.4 metros y una imagen pancromática, con una resolución de 0.6 metros. Cada escena QuickBird tiene una extensión de 16.5*16.5 Km2; diseñadas para la generación de cartografía urbana, aplicaciones agrícolas, forestales, de recursos hídricos y de medioambiente.
1.3. Apoyo topográfico y control terrestre:
Su finalidad consiste en proporcionar los antecedentes básicos relativos a las coordenadas UTM de cada uno de los puntos de control necesarios para la fase posterior de estéreo restitución digital:
● Red de control primaria, vinculación a Vértices IGM, hasta el III Orden Geodésico
● Red de control secundaria: receptores GPS Geodésicos (doble frecuencia)
● Apoyo topográfico y control terrestre
Para las coordenadas se utilizará: Datum WGS 84, Sistema de Proyección UTM, Huso 18 Sur.
Para el apoyo topográfico y control terrestre al vuelo, se deberá apoyar en los vértices de la red I.G.M. SIRGAS
Mediciones: Las mediciones deberán considerar los siguientes aspectos:
■ Receptores Geodésicos con L1 y L2 (doble frecuencia), y frecuencia simple en la toma de puntos de control fotogramétrico para distancias no mayores de 15 Kms.
■ Se deberá medir 1 hora por sección (método diferencial estático). Se podrá utilizar método de estático rápido para la toma de puntos de control fotogramétrico.
■ Construir figuras consistentes en el arrastre de coordenadas (triangulaciones máximas 25 KM. por lado).
■ 5 satélites como mínimo. En cada toma de los waypoints, esperar 10 a 15 minutos para una correcta obtención de las efemérides.
■ PDOP inferior a 4.
■ Xxxxxx xx xxxxx móvil 15 grados y base 10 grados.
■ Los puntos de control fotogramétrico no serán necesariamente materializados, sólo para aquellos que su ubicación lo permita. No obstante, deberán quedar a lo menos 3 bases intervisibles en el sector del proyecto.
Deberá entregarse el informe técnico con las correspondientes monografías de los vértices monumentados y listado de coordenadas planialtimétricas finales y los archivos crudos de la medición en CD-ROM.
Las características del control en terreno serán las siguientes:
• Por cada modelo estereoscópico se medirán como mínimo 4 puntos.
• Se deberá explicitar el método de apoyo al vuelo a implementar.
• Se deberán aplicar adecuados procedimientos de chequeo con el fin de asegurar la precisión altimétrica.
• Se incluye la clasificación de campo, necesaria para comprobar la información inferida en las fotografías y para colocar la toponimia local.
• No se deberá emplear el método de aerotriangulación ni tecnología equivalente.
1.4. Restitución digital
La restitución digital directa será en escala 1:2.000. Se obtendrá a partir de las fotogr afías aéreas en escala 1:8.000, con los niveles o layers de información, de acuerdo a lo propuesto por el Patrón Nacional de Información Territorial, en lo que sea aplicable a los planos urbanos a realizar.
Datum WGS-84 - Malla de coordenadas UTM / Huso 18 Sur, compensado con el sistema SIRGAS para Chile del Instituto Geográfico Militar.
Vectores Topografía
- Curvas de nivel índice c/10 mts. con la cota –ARCOS
- Curvas de nivel secundarias c/2 mts. con la cota
- Toponimia de relieve y geomorfológica
- Red vial primaria y secundaria con etiquetas
- Red hídrica (xxxx, esteros y arroyos) con etiquetas
- Cuerpos de agua (lagos y lagunas) con etiquetas
- Cotas de elevación y su toponimia
Se entregarán archivos digitales en formato DWG del tipo AutoCad y SHAPE del tipo ArcGISv.10.2x, no superior, este último deberá ser entregado como proyecto (MXD).
1.5. Cartografía digital
Previo a la impresión final, sobre el ploteo de borradores en papel Bond, deberá efectuarse un control de calidad del dibujo digitalizado. No se aceptarán polígonos mal cerrados, curvas sin conexión, líneas cortadas, etc. Así mismo deberán verificarse los textos y la simbología. Se considera la cartografía digital impresa en Plotter sobre medio poliéster, Archivos en formato DWG y SHAPE sobre medio CD – Rom para formato del tipo AutoCad y ArcGISv.10.2x, no superior.
Cada lámina deberá incluir la siguiente información adicional:
a. Ubicación de las láminas en caso de requerirse más de una lámina para cubrir una localidad.
b. Simbología según el I.P.G.H.
c. Viñeta del consultor deberá contener como mínimo:
- Nombre de la localidad o localidades
- Escala del Plano
- Indicación de equidistancia de las curvas
- Escala de vuelo, fecha
- Antecedentes de la empresa consultora
CONTENIDO REFERENCIAL DE CUBIERTAS DIGITALES (REFERENCIAL)
AREA TEMATICA | CUBIERTA VECTORIAL | TIPO | INFORMACION CONTENIDA |
PLANIMETRÍA | CURVAS DE NIVEL | LINEAS | CURVAS DE NIVEL INDICE |
LINEAS | CURVAS DE NIVEL SECUNDARIAS | ||
BARRANCOS Y DESNIVELES | LINEAS | CURVA DE NIVEL AUXILIAR | |
COTAS DE ELEVACIÓN | PUNTOS | COTAS DE ELEVACIÓN | |
DEPRESIONES | LINEAS | LINEAS DE QUIEBRE | |
TERRAZAS DE TERRENO | LINEAS | TERRAZAS NATURALES | |
LINEAS | TERRAZAS ARTIFICIALES | ||
POLIGONOS | TERRAPLEN | ||
HIDROGRAFIA | RED HIDRICA | LINEAS Y POLIGONOS | DRENAJE PRINCIPAL (XXXX) |
LINEAS Y POLIGONOS | DRENAJE SECUNDARIO (ESTEROS Y QUEBRADAS) | ||
LINEAS Y POLIGONOS | LAGUNAS | ||
LINEAS Y POLIGONOS | PRESAS Y TRANQUES | ||
LINEAS Y POLIGONOS | ZONAS INUNDADAS | ||
LINEAS Y POLIGONOS | POZOS DE AGUA | ||
LINEAS Y POLIGONOS | PANTANOS | ||
LINEAS Y POLIGONOS | HUMEDALES | ||
LINEAS | ZANJAS | ||
LINEAS | ACEQUIAS | ||
LINEAS | DESAGUES | ||
LINEAS | CANALES | ||
LINEAS | LECHO SECO | ||
VIALIDAD | VIALIDAD | LINEAS | EJES DE CALLES |
LOCOMOCION | LINEAS | CAMINOS Y CALLES PRINCIPALES XXXXXXX | |
XXXXXXXX | LINEAS | CAMINOS Y CALLES SECUNDARIAS CALZADA | |
Y TRANSPORTE | LINEAS | ACERAS | |
LINEAS | HUELLAS | ||
LINEAS Y POLIGONOS | PUENTES | ||
LINEAS Y POLIGONOS | ESCALERAS | ||
LINEAS | SENDEROS | ||
LINEAS | SENDEROS DELIMITADOS | ||
FERROCARRIL | LINEAS | LINEA FERREA | |
POLIGONOS | ANDENES | ||
POLIGONOS | AREAS ALEDAÑAS de PROPIEDAD DE FFCC | ||
OBRAS CIVILES VIALES | LINEAS Y POLIGONOS | PUENTES | |
LINEAS Y POLIGONOS | MUELLES | ||
LINEAS Y POLIGONOS | DEFENZAS FLUVIALES Y TALUDES | ||
LINEAS Y POLIGONOS | PUENTES PEATONALES | ||
LOCOMOCION PUBLICA | POLIGONOS | TERMINAL DE BUSES INTERPROVINCIALES | |
POLIGONOS | TERMINALES DE BUSES COLECTIVOS | ||
POLIGONOS | TERMINALES DE TAXIS Y COLECTIVOS | ||
POLIGONOS | PARADEROS DE LOCOMOCION PUBLICA | ||
TRANSITO | LINEAS | ||
PUNTOS | |||
POLIGONOS | PASOS PEATONALES | ||
PUNTOS | |||
AERONAUTICA | LINEAS Y POLIGONOS | AERODROMOS | |
LINEAS Y POLIGONOS | HELIPUERTOS |
Página 61 de 70
LINEAS Y POLIGONOS | CANCHAS DE ATERRIZAJE |
CONTENIDO REFERENCIAL DE CUBIERTAS DIGITALES (CONTINUACION)
AREA TEMATICA | CUBIERTA VECTORIAL | TIPO | INFORMACION CONTENIDA |
SUBDIVISION | SUBDIVISION URBANA | POLIGONOS | PREDIOS PRIVADOS |
URBANA | |||
EDIFICACIONES | |||
POLIGONOS | MANZANAS | ||
POLIGONOS | VILLAS Y POBLACIONES | ||
POLIGONOS | DISTRITOS Y SECTORES URBANOS | ||
CERCOS | LINEAS | CERCOS URBANOS | |
LINEAS | CERCOS RURALES | ||
EDIFICACIONES | POLIGONOS | CONSTRUCCIONES | |
REDES | ALCANTARILLADO | PUNTOS | |
SERVICIOS | POLIGONOS | PLANTAS ELEVADORAS Y OTROS | |
PUBLICOS | POLIGONOS | PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS | |
Y OTROS | ELECTRIFICACION Y OTROS | PUNTOS | POSTES RED ELECTRICA NORMAL |
POLIGONOS | XXXXXX XXXX TENSION | ||
PUNTOS | |||
PUNTOS | OTROS POSTES | ||
ANTENAS | PUNTOS | ANTENAS DE RADIOS | |
PUNTOS | |||
PUNTOS | |||
PUNTOS | |||
PUNTOS | OTRAS ANTENAS | ||
VEGETACION | VEGETACION | POLIGONOS | ÁRBOLES AISLADOS |
URBANA | POLIGONOS | AREAS VERDES | |
Y RURAL | POLIGONOS | PARQUES URBANOS | |
POLIGONOS | BOSQUES NATIVO | ||
POLIGONOS | PLANTACIONES FORESTALES | ||
POLIGONOS | ARBUSTOS | ||
POLIGONOS | CULTIVOS AGRICOLAS | ||
POLIGONOS | VIVEROS HORNAMENTALES | ||
POLIGONOS | VIVEROS FORESTALES | ||
POLIGONOS | |||
ALMACENAMIENTOS | ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS | POLIGONOS | COPAS DE AGUA |
POLIGONOS | ESTANQUES DE AGUA | ||
POLIGONOS | ESTANQUES DE COMBUSTIBLES | ||
ALMACENAMIENTO DE SÓLIDOS | POLIGONOS | SILOS | |
POLIGONOS | OTRAS ESTRUCTURAS DE ALMACENAMIENTO | ||
TEXTOS | TEXTOS INDICATIVOS | PUNTOS Y TEXTOS | TOPONIMIA |
TEXTOS DESCRIPTIVOS | TEXTOS | COTAS | |
TEXTOS | NOMBRES DE CALLES | ||
TEXTOS | OTROS TEXTOS IDENTIFICATIVOS Y DESCRIPTIVOS | ||
AREA TEMATICA | CUBIERTA VECTORIAL | TIPO | INFORMACION CONTENIDA |
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RECINTOS | RECINTOS DEPORTIVOS | POLIGONOS | ESTADIOS DE FUTBOL |
POLIGONOS | PISTAS DEPORTIVAS | ||
POLIGONOS | CANCHAS TECHADAS | ||
POLIGONOS | MULTICANCHAS NO TECHADAS | ||
POLIGONOS | MULTICANCHAS TECHADAS | ||
POLIGONOS | PISCINAS TECHADAS, no techadas | ||
POLIGONOS | CIRCUITOS DEPORTIVOS | ||
RECINTOS EDUCACIONALES | POLIGONOS | COLEGIOS | |
POLIGONOS | ESCUELAS | ||
POLIGONOS | LICEOS | ||
POLIGONOS | UNIVERSIDADES | ||
POLIGONOS | INSTITUTOS TECNICOS | ||
RECINTOS DE SALUD | POLIGONOS | HOSPITALES | |
POLIGONOS | CONSULTORIOS | ||
POLIGONOS | CLINICAS | ||
POLIGONOS | CENTROS MEDICOS | ||
POLIGONOS | POSTAS | ||
RECINTOS RELIGIOSOS | POLIGONOS | CATEDRALES | |
POLIGONOS | XXXXXXXX | ||
POLIGONOS | TEMPLOS | ||
POLIGONOS | XXXXXXXX | ||
POLIGONOS | OTROS RECINTOS RELIGIOSOS | ||
RECINTOS POLICIALES | POLIGONOS | COMISARIAS | |
POLIGONOS | CUARTELES | ||
POLIGONOS | TENENCIAS | ||
POLIGONOS | RETENES | ||
RECINTOS DE EJERCITO | POLIGONOS | REGIMIENTOS | |
Y ARMADA | POLIGONOS | CUARTELES | |
POLIGONOS | CAPITANIAS | ||
POLIGONOS | OTROS RECINTOS DE DEFENZA | ||
GRANDES RECINTOS | POLIGONOS | MALL | |
COMERCIALES | POLIGONOS | MULTITIENDA | |
POLIGONOS | SUPERMERCADOS | ||
POLIGONOS | CENTROS COMERCIALES | ||
GRANDES RECINTOS | POLIGONOS | INDUSTRIAS | |
INDUSTRIALES | POLIGONOS | ASERRADEROS | |
POLIGONOS | OTRAS INDUSTRIAS NO CONTAMINANTES | ||
POLIGONOS | OTRAS INDUSTRIAS CONTAMINANTES | ||
POLIGONOS | DEPOSITOS DE MATERIALES INDUSTRIALES | ||
OTRAS | EQUIPAMIENTOS | POLIGONOS | AREAS VERDES |
CUBIERTAS | LINEAS Y POLIGONOS | JUEGOS INFANTILES | |
LINEAS Y POLIGONOS | BANQUETAS | ||
POLIGONOS | RECINTOS DE FERIAS URBANAS | ||
MONUMENTOS | LINEAS Y POLIGONOS | MONUMENTOS | |
LINEAS Y POLIGONOS | ARCOS | ||
PILETAS | POLIGONOS | FUENTES DE AGUA |
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LINEAS Y POLIGONOS | PILETAS ORNAMENTALES | ||
PISCINAS | LINEAS Y POLIGONOS | PISCINAS AL AIRE LIBRE | |
LINEAS Y POLIGONOS | PISCINAS TECHADAS | ||
CUBIERTAS | |||
MALLA UTM | LINEAS | COORD. UTM CADA 200 M. | |
PUNTOS DE CONTROL TERRESTRE | PUNTOS | PUNTOS DE CONTROL TERRESTRE |
NOTA: Se debe considerar que dado el carácter exhaustivo de los cuadros anteriores, puede ocurrir que algunas de las cubiertas vectoriales no son posibles y/o necesarias de elaborar, motivo por el cual su contenido es referencial. Así como también incluir aquellas no mencionadas y que dado las catástrofes naturales, la geomorfología y la construcción edificada actual en la comuna resultan importantes para su regulación.
2. ZONAS DE TRABAJO
2.1 DEFINICION DE ZONA DE TRABAJO
Se ha estimado una superficie preliminar a fotografiar de aproximadamente 1622 hectáreas. La restitución fotográfica se realizará en aquel/aquellos territorios que permitan un crecimiento en extensión dentro de un horizonte de 30 años. No obstante, todos estos antecedentes incluida la superficie total final, deberá ser coordinado con los resultados preliminares obtenidos por la Consultora y análisis en conjunto con la contraparte técnica antes de efectuar los trabajos de que señala este Anexo.
2.2. PRODUCTOS FINALES
Para todos los efectos de obtención de cartografía base de la Comuna de Purranque, toda la información obtenida, en forma intermedia y final, deberá encontrarse referida al sistema ortogonal de referencia UTM, Datum WGS 1984, xxxx 00 x 00 Xxx, según corresponda.
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En (CIUDAD), a (FECHA)
ANEXO 7
NOMINA DE PROFESIONALES PARTICIPANTES
El representante legal, ..................................................................................................... ........................
R.U.T.........................................................firma ..........................................................................................
con domicilio en ................................................................................................................ ......................
Declara que los profesionales que participarán en la elaboración del Estudio denominado “(Nombre del Estudio)”, serán los siguientes:
A: EQUIPO PROFESIONAL
FUNCION PROFESION NOMBRE
DIRECTOR PROYECTO
---
PLANIFICADOR URBANO
---
RESP. AREA DE RIESGO
RESP. AREA SANITARIA
---
RESP. AREA AMBIENTAL
--
RESP. AREA TRANSPORTE
---
RESP. AREA PARTICIPACION
-
RESP. AREA SIG
---
ASESOR JURIDICO (*)
--
c. RESP. PATRIMONIO (*)
-
(*) Opcional
B: RESTO DEL EQUIPO PROFESIONAL (o Equipo Adicional, que trabaja directamente en el Estudio)
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PROFESION NOMBRE
_ _ _ _
-
-
-
-
-
- -
-
Nombre del profesional representante del Consultor con residencia en ( CIUDAD DE LA SEDE) ……………………………………………………………………………………………………….
Dirección…………………………………………………………………………………………………………….
Teléfonos……………………………………………………………………………………………………............
Correo electrónico………………………………………………………………………………………………….
PUERTO MONTT, agosto de 2017
Página 00 xx 00
XXXXX 0 CARTA - COMPROMISO
(Por cada uno de los Profesionales que participan directamente en el Estudio, Equipo Completo, sin incluir al Consultor cuando es persona natural).
El Profesional Sr(a). ........................................................................................................................................
R.U.T. ..................... -……
con domicilio en ................................................................ ........................................................................
fono / fax – e-mail ....................................................................................................... ..............................
de profesión.................................................................................................................................................
Universidad................................................................................................................ ...................................
Año de Titulación.......................................................................................................... ..............................
Post Grados..................................................... .............................................................................................
declara solemnemente que participará en la elaboración del Estudio denominado “ACTUALIZACIÓN PLAN REGULADOR COMUNAL DE PURRANQUE” PROVINCIA XX XXXXXX, REGIÓN DE LOS LAGOS, si
éste le es adjudicado al Oferente que se individualiza a continuación:
NOMBRE DEL OFERENTE................................................................................................... ...........................
RUT. .................. - ……
REPRESENTANTE LEGAL.................................................................................................... ............................
Nº INSCRIPCIÓN RNC – MINVU....................................................................................... ............................
DOMICILIO.................................................................................................................... ................................
..................................................................
FIRMA DEL PROFESIONAL
PUERTO MONTT, agosto de 2017
Página 00 xx 00
XXXXX 0
CURRICULUM PROFESIONAL
(Equipo Completo, que participan directamente en el Estudio) NOMBRE....................................................................................................................... ...........................
RUT........................-…..
DIRECCION fono/fax, e-mail........................................... .....................................................................
PROFESION: .....................................................UNIVERSIDAD.................................................. ..............
EXPERIENCIA PROFESIONAL
A continuación indico la cantidad de estudios de planificación urbana de nivel regional, intercomunal y local en que he participado directamente, indicando en hoja(s) anexa(s) el nombre del estudio, la entidad que contrató el estudio, el año en que fue realizado, y las labores que tuve a mi cargo.
A:
( ) Estudios para Planes Regionales de Desarrollo Urbano ( ) Estudios de Planes Regionales de Desarrollo Urbano
( ) Planes Reguladores Intercomunales ( ) Planes Reguladores Comunales
( ) Planes Seccionales
B:
( ) Estudios en el Área Medioambiental
( ) Estudios de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado ( ) Estudios de Riesgo
( ) Estudios de Impacto Urbano ( ) Estudios de Vialidad Urbana
( ) Otros Estudios en el Área del Urbanismo
Nombre Estudio | Fecha Ejecución | Nombre de la persona Natural o jurídica contratada para ejecutar el estudio | Mandante | Funciones |
Declaro que ninguno de estos estudios los he incluido dos veces en esta lista; que sus detalles anexos están completos y son fidedignos y que estoy de acuerdo con aportar las certificaciones de cada uno de ellos, si me son requeridos. |
………........................................
FIRMA DEL PROFESIONAL
PUERTO MONTT, agosto de 2017
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III. Desígnese a las siguientes personas como integrantes Titulares y Suplentes de la Comisión Evaluadora que deberá evaluar las ofertas que se presenten a la Licitación que por este acto se autoriza:
Sr. Xx. | Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx (Titular) Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Suplente) | Jefe Dpto. Desarrollo Urbano Profesional Desarrollo Urbano |
Srta. Srta. | Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (Titular) Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx (Suplente) | Profesional Desarrollo Urbano Profesional Desarrollo Urbano |
Sr. Xx. | Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx (Titular) Xxxxx Xxxxxxxx (Suplente) | Profesional Desarrollo Urbano Profesional Desarrollo Urbano |
Sr.(a) Sr.(a) | Funcionario(a) municipal designado (Titular) Funcionario(a) municipal designado(Suplente) | Municipalidad de Purranque Municipalidad de Purranque |
IV. Se deja expresamente establecido que los(as) funcionarios(as) designados para integrar la Comisión Evaluadora, no deberán participar en la citada comisión si les afecta alguna prohibición, de conformidad a lo señalado en el Título III, párrafo 5, Artículo 84 letra b, del Estatuto Administrativo, o bien abstenerse de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 12, de la Ley N° 19.880, de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, como también con respecto a lo señalado en el numeral 6, del artículo 62 del DFL 1/19.653, de 2001 que fija el texto refundido, coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
V. Designase al Encargado de la Sección de Administración y Finanzas o quien lo subrogue o reemplace, como Encargado (a) de la custodia de las boletas de garantías de Seriedad de la Oferta y de Fiel Cumplimiento de Contrato, que se reciban en la Licitación que por este acto se autoriza, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley 19.886.
VI. El gasto total que demande el cumplimiento de la presente resolución asciende, a $92.000.000.-
(noventa y dos millones de pesos), impuesto incluido.
VII. impútese al Subtitulo 22, ítem 11, asignación 001, Estudios e Investigaciones, Código BIP 30483847-0 del presupuesto de la SEREMI MINVU Región de Los Lagos, por un total de $85.000.000.- (ochenta y cinco millones de pesos) impuesto incluido.
VIII. Impútese el monto de $7.00.000- (siete millones de pesos) impuesto incluido, de conformidad al convenio suscrito entre la SEREMI MINVU, Región de Los Lagos y la Municipalidad de Purranque, según lo señalado en el numeral 4. del considerando de la presente resolución.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX 16.124.385-k
Xxxxxxxxxx@xxxxx.xx, CN=XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, T=SEREMI VIVIENDA Y URBANISMO,
OU=RUT - 16124385-k, OU=Terms of use at xxx.x-xxxx.xx/xxx, O=Subsecretaria del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, L=PUERTO MONTT, S=DEC IMA - REGION DE LOS LAGOS, C =C L
Distribución:
• Partes
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La institución o persona ante quien se presente este documento, podrá verificarlo en xxx.xxxxx.xx, en la sección
“Verificación de Documentación Electrónica”, con la siguiente información:
Folio: 93
Timbre: j5anozy2m4
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