Sección I - Administración Local Ayuntamientos
N.º 0053
Lunes, 18 xx xxxxx de 2019
Sección I - Administración Local Ayuntamientos
Ayuntamiento xx Xxxxxxx
ANUNCIO. Licitación de contrato privado - Finca rústica «Xxxxx xx Xxxxxxxxxx»
(Artículo 116.4 Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas)
Constituye el objeto del expediente la adquisición del siguiente bien: Finca rústica denominada
«Xxxxx xx Xxxxxxxxxx», situada al norte xxx xxxxx xxxxxx xx Xxxxxxx, que linda al norte con el rio Tajo, al Sur con es casco xxxxxx xx Xxxxxxx, al este con las parcelas descritas en los documentos catastrales que seguidamente se reseñan y al oeste con el término municipal xx Xxxxxxx (Xxxxxxx). La finca que se pretende adquirir está integrada por las siguientes parcelas catastrales:
● Xxx. 0 xxxxxxx 00(00000X000000000000XX)
● Xxx 0 Xxxx. 00 (00000X000000000000XX)
● Xxx 0 Xxxx. 00 (00000X000000000000XX)
● Xxx 0 Xxxx. 00 (00000X000000000000XX)
● Xxx 0 Xxxx. 00 (00000X000000000000XX)
● Xxx 0 Xxxx 00 (00000X000000000000XX)
● Xxx 000 Xxxx. 0000 (10181A501054180000HU)
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
El contrato se adjudicará por adquisición directa, dada la ubicación y especial idoneidad del bien, al estimarse desde el equipo de gobierno, de conformidad con el informe de la Alcaldía que así lo defiende y que obra a tal efecto en el expediente, que la situación de la finca, que linda por el norte con el rio Tajo y se extiende hacia el sur hasta el mismo casco urbano de la Villa, la dotan de una alta idoneidad para la finalidad perseguida por el Ayuntamiento, que es, entre otros, el impulso y desarrollo del turismo fluvial, por un lado, y la construcción de un polígono industrial en su extremo sur, muy bien comunicado con el propio casco urbano y con
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xx xxxxxxxxx xxxxxxxxxx XX-000 x xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx A-66. Dicho modo de adquisición, se halla amparado por el artículo 116.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; en el que la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, en este caso específico, sobre la base de las peculiaridades de las necesidades a satisfacer y la especial idoneidad del bien. De esta forma, se solicitará oferta exclusivamente a la persona propietaria del bien cuya adquisición se pretende, al tratarse del único que satisface las características y necesidades requeridas por el Ayuntamiento.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, donde se publicará la licitación, así como en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx, para mayor transparencia.
El presupuesto base de licitación asciende a la cuantía de UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL EUROS. (1.300.000,00 €), a la baja en la licitación.
Las obligaciones económicas del contrato se abonarán con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria:
PRESUPUESTO 2019: Aplicación de Gasto: 933.681.00… 1.300.000,00 €
El vendedor deberá acreditará su plena capacidad de obrar, así como no hallarse incurso en prohibición para contratar.
La proposición del interesado deberá ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el licitador del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
La presente licitación tiene carácter electrónico. El licitador deberá preparar y presentar su oferta obligatoriamente de forma electrónica a través del perfil del contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, ubicado en la siguiente dirección web:
xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx Perfil del contratante
La proposición, junto con la documentación preceptiva se presentará, dentro del plazo de 15 días contados a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio de licitación en el Perfil de contratante, exclusivamente de forma electrónica.
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La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
7.3. Información a los licitadores
Toda la documentación estará disponible en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, en la dirección web expuesta más arriba.
7.4 Contenido de las proposiciones
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos archivos electrónicos, firmados por el licitador, en los que se hará constar la denominación del archivo electrónico y la leyenda «Proposición para licitar la adquisición por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx del bien Finca Xxxxx xx Xxxxxxxxxx, en término xx Xxxxxxx (Xxxxxxx)
La denominación de los sobres es la siguiente:
—Sobre «A»: Documentación Administrativa.
—Sobre «B»: Oferta Económica y Documentación que permita la valoración de las ofertas según los criterios de adjudicación.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre se incluirá los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario, y en su caso, la representación.
—Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, acreditarán la representación de cualquier modo adecuado en Derecho.
—Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
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—Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
b) Una declaración responsable de no estar incurso/a en la prohibición de contratar y que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las del Ayuntamiento, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en ,
____________________, n.º ___, con NIF n.º , en representación de la Entidad
, con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación del bien FINCA XXXXX XX XXXXXXXXXX, en el término municipal xx Xxxxxxx (Cáceres)
ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación convocada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx para la adquisición directa de la Finca XXXXX XX XXXXXXXXXX de conformidad con el Pliego de Cláusulas publicado en el Perfil del Contratante de la citada corporación municipal
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el pliego de cláusulas administrativas particulares para ser adjudicatario, en concreto:
—Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
—Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
—Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
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—Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración. En , a de de 2019. Firma del declarante,
Fdo.: » SOBRE «B»
OFERTA ECONÓMICA
a) Oferta económica
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D._________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en
_____________, con NIF n.º _________, en representación de la Entidad
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Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx
, con NIF n.º , enterado del expediente para la adquisición del bien FINCA XXXXX XX XXXXXXXXXX, en el término municipal xx Xxxxxxx anunciado en el perfil de contratante, hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y ofertando por el bien su enajenación al Ayuntamiento xx Xxxxxxx por el precio de:
.
En , a de de 2019. Firma del candidato,
Fdo.: ».
b) Nota simple del Registro de la Propiedad que describa los datos referentes a la inscripción registral del mencionado bien inmueble.
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La apertura de la oferta se efectuará en el plazo máximo de 5 días contado desde la fecha de finalización del plazo para presentarla.
En primer lugar, el órgano competente procederá a la apertura del sobre «A» y calificará la documentación administrativa contenida en el mismo.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada, se otorgará un plazo no superior a 3 días para que el propietario los corrija o subsane.
Posteriormente, se procederá a la apertura y examen del sobre «B», que contiene la oferta económica.
La Comisión negociadora negociará con el licitador la oferta presentada para adaptarla a los requisitos indicados en el presente pliego, proponiendo, en su caso, al órgano de contratación la adjudicación del contrato.
Para la valoración y negociación de la oferta se atenderá únicamente al precio ofrecido, partiendo del tipo de licitación, a la baja.
El órgano de contratación requerirá al licitador para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en concreto la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social así como aquella documentación que acredite la titularidad y condiciones óptimas del bien inmueble objeto de la compraventa.
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará al candidato, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación al licitador.
No obstante, a continuación se iniciarán los trámites para su elevación a escritura pública.
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Xx xxxx xx xx xxxxxxxxxxx del inmueble por parte del Ayuntamiento se efectuará en el plazo de 5 días desde la formalización del contrato.
El Ayuntamiento efectuará transferencia bancaria a la cuenta que señale el licitador.
El pago de los gatos e impuestos que legalmente graven la transmisión, así como los gastos que se originen para la entrega de la cosa vendida serán abonado por las partes, conforme x Xxx.
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en el Pliego de Cláusulas, que puede consultarse en el perfil del contratante, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes
Talaván, 13 xx xxxxx de 2019 Xxxxxxxxx Xxxxxx xxx Xxxxx Xxxxxxxx ALCALDE
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