MODELO DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
MODELO XX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
El objeto del contrato es la gestión del servicio público de la explotación del Bar del Hogar del Jubilado del Anejo de ésta localidad; Cañada Xxxxxx, mediante la modalidad de concesión, cuya codificación es CPA 88.10. CPV 85312000-9 Servicios de Asistencia Social sin Alojamiento.
La explotación del servicio se realizará mediante la modalidad de concesión por la que el empresario gestionará el servicio a su propio riesgo y xxxxxxx.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de gestión de servicios públicos tal y como establece el artículo 15 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (texto consolidado).
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de gestión del servicio público de explotación del Bar del Hogar del Jubilado del Anejo de ésta, Cañada Xxxxxx, mediante la modalidad de concesión, será el procedimiento abierto.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante
CLÁUSULA CUARTA. Canon Anual
Considerando la rentabilidad del contrato y que el interés de este
Ayuntamiento es mantener el servicio del que es objeto el referido contrato, no se fija tipo mínimo de canon global anual a satisfacer al Ayuntamiento por parte del concesionario si bien el licitador podrá ofertar canon en euros opcionalmente, estableciéndose solamente como obligatorio el pago de los suministros que el servicio lleve consigo (agua, luz, teléfono, en su caso, …etc.)
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato de gestión del servicio público de explotación del Bar del Hogar del Jubilado del Anejo de ésta, Cañada Xxxxxx, mediante la modalidad de concesión, será de dos años, con un máximo de un año de prórroga.
Podrán existir prórroga siempre que sus características permanezcan inalterables durante el periodo de duración de éstas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato, incluidos los periodos de prórroga.
La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, salvo que el contrato expresamente prevea lo contrario, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
No se exige más aptitud para contratar que la de estar al corriente con la Hacienda Pública, Hacienda Local y Seg. Social, así como del carnet de manipulador de alimentos y en general la normativa que sea de aplicación para la explotación del servicio. (ej. Seguro de responsabilidad civil y accidentes)
CLÁUSULA SÉPTIMA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento C/ Paseo de la Constitución, s/n, en horario de atención al público, en el plazo que se indique en la invitación a participar.
Las ofertas podrán presentarse, presencialmente o por correo, siempre que la oferta se haga en sobre cerrado acompañada de la solicitud para tomar parte.
Cada candidato no podrá presentar más de una oferta.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional
No se exige.
CLÁUSULA NOVENA. Aspectos Objeto de Negociación con la Empresa
Para la valoración de las ofertas, sin perjuicio de lo señalado en la cláusula 4ª., y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios aspectos de negociación.
—Canon
— Asistencia y Mantenimiento (Limpieza)
— Otras mejoras adicionales
CLÁUSULA DÉCIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con la normativa que le es de aplicación, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
CLÁUSULA
Provisional
UNDÉCIMA
Apertura de Ofertas y Adjudicación
En los procedimientos negociados, la adjudicación provisional concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
[La apertura de las ofertas deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las mismas].
Posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B», pudiendo, en ese momento, solicitar los informes técnicos que considere precisos.
Recibidos los informes, y reunida de nuevo la Mesa de contratación, realizará la correspondiente propuesta de adjudicación provisional al órgano de contratación.
La adjudicación provisional del contrato deberá efectuarse en el plazo xx xxxx días desde la apertura de las ofertas, debiendo notificarse la misma a los candidatos.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del adjudicatario propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Garantía Definitiva [En su caso]
Se fija como garantía definitiva 150 €
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación Definitiva
El órgano de contratación previo los informes técnicos que considere oportunos, valorará en su conjunto las distintas ofertas y adjudicará el contrato motivadamente.
Si el órgano de contratación adjudica a persona diferente al propuesto por la Mesa deberá de motivar la elección.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Derechos y Obligaciones
A) Obligaciones del Contratista
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
— Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas.
— Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración.
— Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el año sea producido por causas imputables a la Administración.
— Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos.
— Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio.
— Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales.
— El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación.
— Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista los gastos de consumo de energía eléctrica que conlleve el edificio y/o la práctica de la actividad y cualesquiera gastos que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
— Comunicar inmediatamente al Ayuntamiento cualquier reparación o necesidad para el funcionamiento del Servicio.
B) Obligaciones de la Administración
Poner a disposición del contratista los medios necesarios para la prestación del servicio.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Tarifas
De conformidad con el Proyecto de explotación del servicio, las tarifas máximas y mínimas a aplicar a los usuarios, serán los medios de la zona.
Las tarifas que el concesionario habrá de percibir de los usuarios del servicio,
con
CLÁUSULA DECIMOOCTAVA. Reversión
Cuando finalice el plazo contractual, el servicio revertirá a la Administración, debiendo el contratista entregar las obras e instalaciones a que esté obligado con arreglo al contrato y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados.
Durante un período de siete días anterior a la reversión, el Ayuntamiento adoptará las disposiciones encaminadas a que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas.
En Xxxx xx Xxxxxx a 00 xx Xxxxx xx 0000 Xx Xxxxxxx
Xxx. : Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx.