Contract
Expte: Ser- 3/2018 | |
RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2018 | |
Por la que se aprueba el Pliego de prescripciones técnicas particulares que ha de regir la contratación del ARRENDAMIENTO OPERATIVO (RENTING) DE CATORCE VEHÍCULOS HÍBRIDOS ENCHUFABLES CON DESTINO AL PARQUE MÓVIL DEL PRINCIPADO XX XXXXXXXX. |
RESOLUCIÓN
En relación con la tramitación del expediente para la contratación del ARRENDAMIENTO OPERATIVO (RENTING) DE CATORCE VEHÍCULOS HÍBRIDOS ENCHUFABLES CON DESTINO AL
PARQUE MÓVIL DEL PRINCIPADO XX XXXXXXXX del que resultan los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- La Dirección General de Patrimonio y Sector Público emite memoria justificativa y Pliego de prescripciones técnicas para la contratación de referencia mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación y tramitación ordinaria.
Segundo.- Conforme al Decreto 63/2015, de 13 xx xxxxxx, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Hacienda y Sector Público corresponde a la Dirección General de Patrimonio y Sector Público la gestión del Parque Móvil del Principado xx Xxxxxxxx. En ejercicio de esta competencia la Dirección General de Patrimonio y Sector Público administra una flota operativa de vehículos de diversas tipologías, marcas y antigüedad destinada a satisfacer las necesidades de desplazamiento de los empleados públicos y altos cargos de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx.
Tercero.- El presente contrato tiene por objeto el suministro en régimen de arrendamiento operativo, sin opción de compra, incluyendo mantenimiento, impuestos y seguro, de un total de 14 vehículos híbridos enchufables destinados al Parque Móvil del Principado xx Xxxxxxxx, cuya gestión depende de la Dirección General de Patrimonio y Sector Público de la Consejería de Hacienda y Sector Público.
El objeto del contrato, de acuerdo con las especificaciones recogidas en el Pliego de prescripciones técnicas, incluye además las siguientes prestaciones:
- Sustitución de neumáticos.
- Mantenimiento integral.
- Reparación de xxxxxxx imprevistas.
- Seguro a todo riesgo, sin franquicia, durante el contrato.
- Asistencia en carretera 24 horas desde kilómetro cero.
- Gestión de la entrega y matriculación.
- Impuestos de matriculación, municipal y de circulación.
- La puesta a disposición de vehículos de sustitución.
Cuarto.- La necesidad que la Administración pretende satisfacer mediante el presente contrato es la de dotar al Parque Móvil del Principado xx Xxxxxxxx de los vehículos necesarios para poder prestar los servicios de desplazamiento de sus empleados y altos cargos de modo que resulte garantizado el transporte requerido por la Administración del Principado xx Xxxxxxxx, al tiempo que se acomete la transformación paulatina de la flota de vehículos del Parque Móvil con vehículos eficientes y respetuosos con el medio ambiente, en cuanto a las emisiones de NOX, de partículas y de CO2.
Quinto.- El presupuesto base de licitación del presente contrato, teniendo en cuenta como fecha prevista para el inicio del arrendamiento el 1 de noviembre de 2018, asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA EUROS (456.960,00 €) IVA
excluido. A dicha cuantía se le ha de añadir un importe de OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA EUROS CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EURO (83.670,72 €) correspondientes al
21% del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) –teniendo en cuenta la parte del presupuesto base
de licitación correspondiente al seguro de los vehículos está exenta de IVA- por lo que el importe total al que asciende dicho contrato es de QUINIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA EUROS CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EURO (540.630,72 €).
El crédito preciso para atender las obligaciones económicas derivadas del contrato se imputará a la aplicación presupuestaria 12.07.126E.204000 de los Presupuestos Generales del Principado xx Xxxxxxxx de acuerdo con la siguiente distribución de anualidades (estimando el inicio de la ejecución del contrato para el 1 de noviembre de 2018):
ANUALIDADES CONTRATO | |||||
AÑO | Precio/Unidad | IVA/Unidad | Precio | IVA | Precio con IVA |
2018 | 1.360,00 € | 249,02 € | 19.040,00 € | 3.486,28 € | 22.526,28 € |
2019 | 8.160,00 € | 1.494,12 € | 114.240,00 € | 20.917,68 € | 135.157,68 € |
2020 | 8.160,00 € | 1.494,12 € | 114.240,00 € | 20.917,68 € | 135.157,68 € |
2021 | 8.160,00 € | 1.494,12 € | 114.240,00 € | 20.917,68 € | 135.157,68 € |
2022 | 6.800,00 € | 1.245,10 € | 95.200,00 € | 17.431,40 € | 112.631,40 € |
TOTAL | 32.640,00 € | 5.976,48 € | 456.960,00 € | 83.670,72 € | 540.630,72 € |
El valor estimado del contrato, a efectos de determinar el procedimiento de adjudicación y la publicidad del mismo, de conformidad al artículo 101 LCSP, es el precio correspondiente al arrendamiento operativo (renting) –incluyendo los costes tanto del propio arrendamiento como los gastos de mantenimiento y del seguro de los vehículos en el sentido apuntado anteriormente -, excluido el IVA, que asciende a CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA
EUROS (456.960,00 €), al que ha de añadirse el importe de la eventual prórroga de hasta 12 meses de duración, por un importe máximo de CIENTO CATORCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA EUROS (114.240,00 €) excluido el IVA, resultando un total de QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS EUROS (571.200 €).
Dicho valor estimado es el establecido en la fecha actual, no teniendo en cuenta en su importe las posibles modificaciones del contrato por las causas legalmente establecidas y que en este momento no se pueden predecir, por lo que resulta imposible estimar su importe definitivo.
Sexto.- El adjudicatario tendrá un plazo máximo de 2 meses computados a partir del día siguiente a la formalización del contrato para realizar la puesta a disposición de los vehículos.
El plazo del arrendamiento será de 48 meses a contar desde el día siguiente a la conclusión del plazo de dos meses y previa la formalización del correspondiente acta de puesta a disposición de los vehículos, ya sean los correspondientes a la prestación principal o los transitorios.
El contrato podrá prorrogarse siempre que sus características permanezcan inalterables durante el periodo de duración de la prórroga, por un periodo de hasta 12 meses. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el adjudicatario siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
Séptimo.- La adjudicación del contrato se efectuará mediante procedimiento abierto, determinándose la mejor oferta conforme a varios criterios de valoración vinculados al objeto del contrato y que revisten carácter objetivo. En el procedimiento abierto todo empresario interesado, en los términos del párrafo siguiente, podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores de conformidad con lo establecido en el artículo 156.1 de la LCSP.
Octavo.- Por Resolución de la Consejería de Hacienda y Sector Público, de fecha 7 xx xxxxx de 2018, se inició el expediente de contratación.
Noveno.- Con fecha 18 xx xxxxx de 2018 tiene entrada en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda y Sector Público informe favorable elaborado por uno de los Letrados del
ANEXO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO OPERATIVO (RENTING) DE CATORCE VEHÍCULOS HÍBRIDOS ENCHUFABLES CON DESTINO AL PARQUE MÓVIL DEL PRINCIPADO XX XXXXXXXX.
1. ANTECEDENTES
La D. G. de Patrimonio y Sector Público gestiona una flota operativa de vehículos de diversas tipologías, marcas y antigüedad que prestan servicio al Gobierno y a la Administración del Principado xx Xxxxxxxx.
Actualmente esta Dirección General tiene la necesidad de llevar a cabo un contrato de arrendamiento operativo para renovar parte de los vehículos de esta flota.
2. OBJETO
El objeto del presente Xxxxxx es establecer las prescripciones técnicas por las que se ha de regir este contrato para el suministro en régimen de arrendamiento operativo, sin opción de compra, incluyendo mantenimiento, impuestos y seguro, de un total de 14 vehículos híbridos enchufables destinados al Parque móvil del Principado xx Xxxxxxxx, cuya gestión depende de la Dirección General de Patrimonio y sector Público de la consejería de Hacienda y sector Público. De conformidad al artículo 298 LCSP “En el contrato de arrendamiento, el arrendador o empresario asumirá durante el plazo de vigencia del contrato la obligación del mantenimiento del objeto del mismo. Además, el objeto del contrato, de acuerdo con las especificaciones recogidas en el Pliego de prescripciones técnicas, incluye además las siguientes prestaciones:
El objeto del contrato de arrendamiento incluye las siguientes prestaciones:
- Sustitución de neumáticos en los servicios oficiales de la marca.
- Mantenimiento integral en los servicios oficiales de la marca.
- Reparación de xxxxxxx imprevistas en los servicios oficiales de la marca.
- Seguro a todo riesgo, sin franquicia, durante el contrato.
- Asistencia en carretera 24 horas desde kilómetro cero.
- Gestión de la entrega y matriculación.
- Impuestos de matriculación, municipal y de circulación.
- Vehículos de sustitución según cláusula d) del apartado 3.4.4. Planificación de entrega.
Dado que la empresa adjudicataria será la propietaria del vehículo, será también ésta quien asuma los gastos anteriores. El compromiso de la Administración será abonar las cuotas mensuales de arrendamiento y el carburante para el vehículo.
2.1. Documentación asociada al vehículo
Los vehículos deberán ser entregados en la sede de la Consejería de Hacienda y Sector Público, sita en la x/ Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxx 0 x 0, xx Xxxxxx y deberán disponer de la documentación en regla siguiente:
- Original o copia compulsada del permiso de circulación.
- Original o copia compulsada de la Tarjeta de Inspección Técnica actualizada.
- Original o copia compulsada de los certificados de homologación y/o documentos técnicos de los elementos o conjuntos que lo requieran.
- Original de la póliza de seguro y del certificado internacional de seguros, así como recibo original actualizado de pago del seguro.
- Distintivo de la clasificación medioambiental DGT
- Parte europeo de accidentes.
- Certificado-resumen del contrato de alquiler.
- Libro de Mantenimiento general, cubierto y sellado debidamente por el servicio oficial.
- Libro o manual de instrucciones y funcionamiento del vehículo y de sus equipamientos de serie.
- Certificado de garantía del vehículo.
En el caso de pérdida de la documentación de algún vehículo, el adjudicatario tendrá que facilitar una nueva documentación o copia compulsada a la D.G. de Patrimonio y Sector Público en el menor tiempo posible así como reponer los Partes Europeos de Accidentes según necesidades.
2.2. Instalación de equipos de seguridad
Una vez entregados los vehículos a la Administración, ésta podrá incorporar y montar en los mismos aparatos o sistemas de seguridad y comunicación.
Los equipos de seguridad y comunicación no podrán ser manipulados ni por la empresa adjudicataria ni por el personal de los talleres oficiales de mantenimiento y/o reparación sin autorización expresa de la D.G. de Patrimonio y Sector Público.
3. CONTENIDO
3.1. Características y equipamiento
La empresa adjudicataria deberá equipar los vehículos a arrendar de acuerdo con los requerimientos técnicos mínimos de los vehículos que figuran en el anexo "A".
Los vehículos no llevarán ningún elemento publicitario/adhesivo, forros, letreros en la parte inferior de la matrícula, inscripción de modelo y cilindrada, etc.
Los vehículos se suministrarán con todo su equipamiento de serie. Además, también incluirán aquel equipamiento obligatorio previsto por la normativa autonómica y/o estatal (como el siguiente equipamiento de emergencia: herramientas para el cambio de la rueda de recambio o equipo de emergencia para reparación de pinchazos, dos triángulos, un chaleco reflectante de alta visibilidad, una caja de bombillas de repuesto, etc.).
El vehículo también se equipará con el material complementario descrito en el anexo "B". Con respecto a este material complementario, la empresa adjudicataria se encargará del mantenimiento del mismo, tales como extintores, linternas, etc. Estos equipos deberán tener una identificación relacionada con el vehículo (por ejemplo: la matrícula) y el mantenimiento del mencionado material se podrá efectuar sin necesidad de depositar el vehículo en el taller de reparación. En lo referente al equipo de navegación por GPS, éste deberá ser actualizado siempre que esté disponible una nueva versión.
3.2. Kilometraje
Lote 1º) 30.000 Km. /año por vehículo
3.3. Seguro
3.3.1. Tipo de seguro
El vehículo dispondrá de seguro a todo riesgo sin franquicia, el cual contemplará las garantías siguientes:
a) Responsabilidad civil de Suscripción Obligatoria, en los términos expresados en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos de motor; de manera que se cubrirá hasta la cuantía establecida como obligatoria por todos los conceptos, tanto del conductor como del asegurado por los daños corporales y materiales causados con motivo de la circulación del vehículo.
b) Responsabilidad civil de Suscripción Voluntaria ampliada a 50.000.000€.
La responsabilidad civil voluntaria se garantizará cuando se rebase la cobertura de responsabilidad civil de suscripción obligatoria fijada en cada momento por las disposiciones legales que la regulan.
Irá a cargo del asegurador el abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a las cuales diese lugar la responsabilidad civil del asegurado o del conductor.
Sin embargo, se garantizan tanto la prestación de fianzas en concepto de Responsabilidad Civil y Penal, ambas sin límites pecuniarios, como el pago íntegro de todos los gastos judiciales que sin constituir sanción personal, le fueren impuestos en las causas civil y penal.
El asegurador garantiza en nombre del tomador del seguro las reclamaciones, amistosas o judiciales, ante terceros responsables de los daños o perjuicios causados al asegurado/a por el mencionado tercero con motivo de la circulación del vehículo de motor.
c) Garantía personal del conductor/a, 50.000€ por las lesiones corporales o la muerte.
d) Garantía de los/las ocupantes, con las garantías habituales xxx xxxxxxx asegurador por las lesiones corporales o la muerte de los/las ocupantes del vehículo asegurado.
e) Protección jurídica (defensa, reclamación de daños y fianzas) ilimitada.
La defensa judicial queda incluida para el personal del Gobierno del Principado xx Xxxxxxxx, quedando excluida la defensa judicial del mismo Principado, que corresponderá al Gabinete Jurídico del Gobierno del Principado xx Xxxxxxxx, mediante los/las letrados/das de la Institución.
El personal del Gobierno del Principado xx Xxxxxxxx podrá o bien aceptar su defensa por parte de abogados/as de la aseguradora adjudicataria o bien elegir el suyo propio con un límite para la defensa de 10.000 euros.
f) Daños en el propio vehículo a todo riesgo, sin franquicia, incluidos cristales, robo e incendio. Se garantizará la cobertura de los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado como consecuencia de un accidente, así como los daños que puedan sufrir en reposo o en curso de transporte. Incluyendo:
- Reparación o reposición de las partes dañadas accidentalmente en el vehículo asegurado, tanto en circulación como en reposo o durante el transporte, como resultado de:
- Choque con otros vehículos o con cualquier otro objeto móvil o inmóvil, persona o animal,
- Vuelco o caída del vehículo.
- Hundimiento de terrenos, puentes y carreteras.
- Falta o hecho malintencionado de terceros.
- Accidentes producidos por vicio de material, defecto de construcción o mala conservación.
- Daños en neumáticos y cámaras (siempre que se produzcan otros daños materiales).
- Incendio, explosión.
- Caída de un rayo.
- Hurto, intento de robo, robo total del vehículo y accesorios.
- Rotura xx xxxxxxx.
- Gastos indispensables que ocasione la extracción y transporte del vehículo siniestrado al taller que indique el asegurado.
- Daños por granizo.
- Actos de carácter político-social.
- Pérdida total derivada de choque, vuelco, incendio, explosión o caída xx xxxx.
- Gastos de actuación de bomberos para la extinción del incendio del vehículo.
- Gastos de salvamento.
Los repuestos para estas reparaciones serán nuevos y originales de la marca.
g) Asistencia en carretera 24 horas desde el Km. 0 incluyendo las coberturas siguientes sobre el vehículo:
- Reparación in situ de todas las intervenciones de asistencia realizadas que lo permitan.
- Remolque del vehículo hasta el taller que se indique desde la D.G. de Patrimonio y Sector Público.
- Salvamento, extracción, rescate y gastos de custodia del vehículo.
- Repatriación del vehículo (según las condiciones).
E incluyendo las coberturas siguientes sobre los ocupantes:
- Repatriación o transporte del conductor y los/las ocupantes.
- Repatriación o transporte de los/las heridos/as.
- Asistencia sanitaria en el extranjero.
h) Los accesorios propios y no propios del modelo se entenderán automáticamente incluidos, aunque no conste el detalle. A título enunciativo y no limitativo se considerarán accesorios: radio y radio-CD, pintura metalizada, teléfonos, techo solar, sirena, dirección asistida, aire acondicionado, llantas especiales, blindaje y, en general, cualquier tipo de accesorio no cubierto en otra póliza de daños.
Quedarán cubiertos los daños que se produzcan cuando el vehículo asegurado se encuentre en el interior xxx xxxxxxx de puertos y aeropuertos.
Todos los vehículos tendrán automáticamente incluidas las garantías mínimas y las cláusulas mencionadas anteriormente.
3.3.2. Peritajes
La empresa adjudicataria deberá comunicar todos los siniestros que se produzcan a la D.G. de Patrimonio y Sector Público.
De acuerdo con lo que prevé la Ley de contratos de seguros, el contratante podrá, en caso de siniestro, nombrar a un perito para que actúe en su nombre.
3.3.3. Gestión de la cobertura
El/la adjudicatario/a emitirá una carta de garantía provisional aceptando las condiciones establecidas en este pliego, así como certificados de seguros para cada uno de los vehículos.
El/la adjudicatario/a facilitará la póliza de seguro, el certificado internacional de seguros y recibo para cada uno de los vehículos. El/la adjudicatario/a podrá emitir una única póliza, con relación a los vehículos cubiertos.
3.3.4. Cobertura de riesgos extraordinarios
El Consorcio de Compensación de Seguros indemnizará los siniestros de carácter extraordinario, de conformidad con lo que se establece en la normativa vigente.
En caso de siniestro amparado por el Consorcio de Compensación de Seguros, el /la asegurado/a está obligado/a a avisar del siniestro y solicitarle la correspondiente indemnización. A pesar de todo, los/las aseguradores/ras, podrán entregar al asegurado/a cantidades a cuenta de la indemnización que en su momento corresponderá pagar al Consorcio de Compensación de Seguros.
Cuando el asegurado haya obtenido de los/las aseguradores/ras cualquier cantidad a cuenta de la indemnización, estará obligado a mantener la reclamación ante el Consorcio de Compensación de Seguros, hasta que este organismo se pronuncie de la forma que establece su reglamento, sobre el pago del siniestro.
Toda indemnización que el/la asegurado/a reciba del Consorcio de Compensación de Seguros, la devolverá al asegurador/ora hasta el importe total entregado por éste.
3.3.5. Límite geográfico
El seguro de los vehículos tendrá efecto y cobertura dentro del siguiente límite geográfico:
- España y países de la Unión Europea.
- Países que forman el Espacio Económico Europeo.
- Países que figuran en el Certificado Internacional de seguro y también: Andorra, Ciudad del Vaticano, Gibraltar, Liechtenstein, Mónaco y San Xxxxxx.
3.3.6. Ámbito temporal
Se cubrirán, de conformidad con la póliza de seguro del vehículo, los daños ocurridos durante su vigencia, así como las reclamaciones presentadas por terceros/as, tanto durante la vigencia de la póliza de seguro del vehículo, como tras su vencimiento.
3.4. Gestión del mantenimiento y reparación de los vehículos
3.4.1. Mantenimiento, reparación e ITV
Con el fin de asegurar la operatividad y seguridad de los vehículos, hace falta una gestión esmerada de su mantenimiento y reparación. En relación con este tema, la D.G. de Patrimonio y Sector Público necesita la información relacionada con estos aspectos.
La empresa adjudicataria se encargará de la gestión integral del mantenimiento y reparación de los vehículos, así como de todas las operaciones de pre ITV e ITV, con el fin de asegurar el buen estado de las condiciones de trabajo de los vehículos.
El mantenimiento y reparaciones de los vehículos se llevará a cabo según las instrucciones y operaciones indicadas por el fabricante de los vehículos y tendrán que realizarse en los servicios oficiales de la marca del vehículo, de acuerdo con el plazo y el kilometraje estipulado en el Libro de mantenimiento del vehículo.
El/la adjudicatario/a también deberá tramitar y realizar aquellas operaciones necesarias para superar la correspondiente inspección técnica de vehículos (ITV).
Si de la comprobación y revisión del estado de los neumáticos se desprende la necesidad de sustitución de alguno de los neumáticos por desgaste, según las normas correspondientes, o bien por la aparición de alguna anomalía o desperfecto que suponga una afectación a la seguridad, según criterio del propio fabricante o empresa especializada, el/la adjudicatario/a se hará cargo del coste de sustitución por unos nuevos y de todas las operaciones asociadas de desmontaje, montaje, equilibrado y reglajes de dirección; éstos tendrán que ser de fabricación reciente, del mismo tipo y características que los sustituidos y, preferentemente, de la misma marca. Los neumáticos del mismo eje deberán ser de la misma marca y modelo, y presentar el mismo estado de desgaste y conservación. En última instancia, la D. G. de Patrimonio y Sector Público se reserva la elección de marca y modelo, con especial atención al etiquetado del neumático UE, en los apartados de adherencia y consumo de combustible
El mantenimiento (mano de obra y piezas de recambio) sin ningún tipo de excepción, será con materiales originales de los fabricantes de los vehículos y de los accesorios, e irá a cargo de la empresa adjudicataria mientras dure el contrato.
Todas las reparaciones (mano de obra y piezas de recambio) sin ningún tipo de excepción, será con materiales originales de los fabricantes de los vehículos y de los accesorios e irán a cargo de la empresa adjudicataria mientras dure el contrato.
La empresa adjudicataria se encargará de todas las averías, ya sean provocadas por el uso habitual de un vehículo, como consecuencia de accidentes de tráfico, hechos malintencionados de terceros, rotura xx xxxxxxx, sustracción de piezas que constituyan partes fijas del vehículo o por la tentativa de sustracción ilegítima del vehículo o de sus partes.
Con respecto a la instalación del equipamiento complementario, ésta se hará de acuerdo con las instrucciones del fabricante de éste y siempre en talleres oficiales de la marca del vehículo seleccionado.
La empresa adjudicataria se hará cargo de poner a punto los vehículos (pre ITV) y de pasar las inspecciones técnicas obligatorias periódicas (ITV) de cada uno de los vehículos.
Las operaciones de pre ITV e ITV (mano de obra y piezas de recambio) sin ningún tipo de excepción, serán con materiales originales de los fabricantes de los vehículos y de los accesorios, e irán a cargo de la empresa adjudicataria mientras dure el contrato.
La empresa adjudicataria se hará cargo de todas aquellas actuaciones que, a pesar de no estar expresamente indicadas, el fabricante pueda recomendar y que mejoren la calidad del servicio.
a) Talleres
Los trabajos de mantenimiento y reparación se harán de acuerdo con las instrucciones del fabricante de los vehículos y deberán realizarse en los talleres oficiales de la marca del vehículo que indique la empresa adjudicataria previa conformidad de la D.G. de Patrimonio y Sector Público.
b) Plazos de entrega previstos
El/la adjudicatario/a, previa conformidad de la D.G. de Patrimonio y Sector Público, autorizará pertinentemente el mantenimiento y/o reparaciones y quedará supeditado a realizarlos en los talleres de servicios oficiales de la marca autorizados por la D.G. de Patrimonio y Sector Público, sin interrupción y con la máxima celeridad posible- en los siguientes plazos de entrega:
- Para mantenimiento anual básico: En un tiempo máximo de 24 horas.
- Para mantenimiento completo (distribuciones, pastillas de frenos, neumáticos, etc): En un tiempo máximo de 48 horas.
- Para Pre ITV e ITV: En un tiempo máximo de 24 horas.
- Para pequeñas reparaciones ordinarias: Con prioridad absoluta, con un plazo máximo de 1 día laborable.
- Para grandes reparaciones ordinarias (las que requieran de desmontaje de partes importantes del vehículo): Con prioridad absoluta, con un plazo máximo de 5 días laborables.
- Para grandes reparaciones extraordinarias (las que requieran la sustitución de partes o componentes no habituales): en estos casos el plazo para llevar a cabo la reparación será de 10 días laborables.
- Para siniestros: Con prioridad absoluta, en función de la reparación. Tiempo a valorar por la Dirección de Patrimonio y Sector Público.
Cuando el trabajo deba prolongarse más allá de los plazos establecidos en este apartado, entonces habrá que justificar el retraso.
c) Garantía de los trabajos desarrollados
La garantía se entiende total, es decir, incluye los materiales aportados y la mano de obra, y afectará a todos los gastos que se puedan ocasionar.
d) Otros requerimientos
La D.G. de Patrimonio y Sector Público, mediante su personal técnico, podrá comprobar en todo momento la marcha de los trabajos de mantenimiento y/o reparación de los vehículos.
La empresa adjudicataria tiene que suministrar todos los materiales fungibles que hagan falta para proceder a efectuar las operaciones de mantenimiento y las relacionadas con la ITV anteriormente expuestas, a la vez que tendrán que garantizar la recogida y eliminación, siguiendo los procedimientos que corresponda, de todos los materiales usados.
Cuando la D.G. de Patrimonio y Sector Público considere que la avería u operación de mantenimiento de que se trate no ha sido resuelta correctamente, podrá requerir al adjudicatario a fin de que se haga cargo de la reparación y/o mantenimiento; en caso de desacuerdo se someterá al dictamen de un perito designado por el colegio oficial correspondiente. Los gastos derivados del peritaje irán a cargo de la D.G. de Patrimonio y Sector Público o del adjudicatario según dictamine a favor del criterio de una u otra parte.
3.4.2. Información
Con el fin de garantizar un traspaso fluido de la información entre la empresa adjudicataria y los responsables de la D.G. de Patrimonio y Sector Público, la empresa adjudicataria mantendrá una base de datos en soporte informático y documental con el historial de todas las actuaciones hechas a cada vehículo y accesible vía telemática.
Informes
a) Informe anual del estado de los vehículos con estadísticas
El/la adjudicatario/a deberá entregar cada mes de enero un informe global en formato papel correspondiente al año anterior (según marcas, modelos, operaciones realizadas más habituales, etc.). Este informe anual incluirá estadísticas de la gestión realizada en general y un resumen detallado del cumplimiento de los límites de emisión de contaminantes por parte de los vehículos, así como recomendaciones técnicas y tecnológicas para su reducción y/o minimización. Además, a partir de los datos del taller (inventario) y los datos facilitados por la
D.G. de Patrimonio y Sector Público, la empresa adjudicataria analizará el estado técnico de los
vehículos y agrupará las tareas de mantenimiento (diagnosis) para planificar las estancias en el taller, de manera que en la memoria anual aportará un plan de mejoras de su sistema de gestión.
Paralelamente deberá entregarse la base de datos de la información relacionada en soporte informático compatible con los sistemas ofimáticos convencionales.
b) Informe de incidencias
En aquellos casos en que las reparaciones que se tengan que llevar a cabo no sean aconsejables por razones técnicas o económicas (que rebasen el valor residual del vehículo), el adjudicatario informará convenientemente a la D.G. de Patrimonio y Sector Público y autorizará la actuación correspondiente según las indicaciones facilitadas por ésta.
c) Informe valoraciones
A requerimiento de la D.G. Patrimonio y Sector Público, el/la adjudicatario/a informará sobre la valoración que deba hacerse, según los precios xx xxxxxxx, de los vehículos.
d) Informes específicos
La D.G. de Patrimonio y Sector Público podrá pedir a la empresa adjudicataria informes específicos durante la vigencia del contrato.
3.4.3. Especificaciones técnicas
El mantenimiento de los vehículos de representación comporta disponer de una estructura organizativa diaria, de una planificación de entrega, de una asistencia técnica de los vehículos y de unos seguros.
Organización
a) Coordinador/a
El/la adjudicatario/a deberá disponer de un/a coordinador/a a fin de que éste sea el interlocutor directo y único con la D.G. de Patrimonio y Sector Público de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx.
Sus tareas serán principalmente:
- Realizar el seguimiento del mantenimiento preventivo y correctivo en los vehículos.
- Aportar a la D.G. de Patrimonio y Sector Público la información establecida y especificada en este pliego de condiciones técnicas.
- Ser el contacto directo vía telefax y correo electrónico para la coordinación de las tareas a realizar en los vehículos.
b) Comunicaciones
El/la adjudicatario/a deberá garantizar las comunicaciones mediante un servicio de telefax, así como mediante correo electrónico que permita tener contacto dentro de los horarios del punto siguiente.
c) Horarios
El/la adjudicatario/a y los talleres autorizados deberán estar operativos dentro del horario laborable siguiente: de 8:00 a 13:00 horas, por la mañana, y de 15:30 a 19 horas, por la tarde.
d) Prioridad
Los talleres propuestos por el/la adjudicatario/a deberán poder absorber diariamente en el taller concertado con prioridad absoluta hasta 3 coches.
e) Instalaciones y maquinaria
Con el fin de agilizar el mantenimiento tanto preventivo como correctivo de determinado nivel de complejidad de los vehículos objeto de este pliego, los talleres propuestos por la empresa adjudicataria y autorizados por la D.G. de Patrimonio y Sector Público deberán disponer de instalaciones adecuadas y poner todo el utillaje y maquinaria necesaria para poder ejecutar este servicio.
Operativa
Las actividades diarias de mantenimiento irán a cargo de la D.G. de Patrimonio y Sector Público. La empresa adjudicataria no tendrá que encargarse de las actividades preventivas diarias como el abastecimiento de carburante, la limpieza interior, la limpieza exterior, la verificación de los niveles de aceite (motor), líquido de frenos y presiones de aire. A pesar de eso, la empresa adjudicataria sí lo hará cuando se lleve el vehículo al taller del servicio oficial de la marca y se pida la verificación y ajuste de los niveles de aceite, de líquido refrigerante, de líquidos de frenos y presión de aire de los neumáticos.
Las actividades semanales de mantenimiento irán a cargo de la D.G. de Patrimonio y Sector Público. La empresa adjudicataria no tendrá que encargarse de las actividades preventivas semanales como el rellenado del líquido limpiaparabrisas y la limpieza exterior del vehículo. A pesar de eso, la empresa adjudicataria sí lo hará cuando se lleve el vehículo al taller y se pida el ajuste del nivel del líquido del limpiaparabrisas.
Cada vez que se haga el mantenimiento o se repare el vehículo en el taller, éste deberá limpiarse tanto por el interior como por el exterior, de manera que, a su entrega a la D.G. de Patrimonio y Sector Público, esté limpio y en buen estado para utilizarlo.
Con respecto a otras actividades y de acuerdo con las instrucciones del fabricante del vehículo y la legislación vigente, se llevará a cabo el mantenimiento preventivo de cambio de aceite, cambio de neumáticos, engrasado de elementos móviles de chasis y carrocería; así como el mantenimiento correctivo xx xxxxx o gran reparación. Será la empresa adjudicataria la que indicará a la D.G. de Patrimonio y Sector Público todos los mantenimientos preventivos y correctivos necesarios para el correcto funcionamiento de los vehículos y la D.G. de Patrimonio y Sector Público determinará si hay que añadir alguno más de manera razonada y de acuerdo con el servicio de representación que hay que ofrecer.
De cara al informe anual de los vehículos que debe presentar la empresa adjudicataria y en especial, para aquellos vehículos que han de pasar la Inspección Técnica periódica (ITV), se hará un estudio de las emisiones contaminantes de los vehículos y el grado de cumplimiento con respecto a la legislación vigente.
3.4.4. Planificación de entrega
a) Supervisión
La D.G. de Patrimonio y Sector Público se reserva la facultad de supervisar los procesos de mantenimiento y/o reparación de los vehículos, que irán a cargo del taller oficial de la marca del vehículo, y comprobar la ejecución de acuerdo con las especificaciones de la D.G. de Patrimonio y Sector Público.
b) Lugar de entrega y recogida de los vehículos en los talleres
La entrega del vehículos en el taller del servicio oficial de la marca del vehículo y la recogida posterior se efectuarán en el espacio físico del taller oficial de la marca que el adjudicatario proponga para el mantenimiento y/o reparación y que esté autorizado por la D.G. de Patrimonio y Sector Público; que salvo casos excepcionales, tendrá que estar en el municipio xx Xxxxxx o concejos limítrofes.
c) Fecha de recogida de los vehículos en los talleres
Los vehículos objeto de este contrato se recogerán en los talleres autorizados después de realizar un mantenimiento, reparación y/o operaciones de pre ITV e ITV en la fecha y hora previstas y acordadas con la D.G. de Patrimonio y Sector Público. El retraso injustificado en la reparación de un vehículo cuando se rebasen los plazos señalados en la cláusula correspondiente (punto 3.4.1. Mantenimiento, reparación e ITV, apartado b) Plazos de entrega previstos) podrá comportar penalizaciones y, en caso de reincidencia, incluso, la resolución del contrato según la legislación vigente.
d) Vehículos de sustitución
Cuando se deba practicar trabajos de mantenimiento, reparación o sustitución de piezas, operaciones de pre-ITV y de ITV, o cualquier otro trabajo o trámite que implique la inmovilización temporal del vehículo por un plazo igual o superior a 24 horas, la empresa adjudicataria deberá proporcionar, si así lo requiere el órgano de contratación y mientras dure la causa que originó la inmovilización, un vehículo de sustitución de iguales o superiores características y prestaciones que las del vehículo sustituido. Dicho vehículo deberá de disponer de distintivo ambiental “CERO EMISIONES” o “ECO”. La adjudicataria estará obligada a entregar el vehículo de sustitución en el edificio sito en la c/ Hnos. Xxxxxxxx Xxxxx, n. º 7 y 9, xx Xxxxxx, sede de la Consejería de Hacienda y Sector Público.
En el caso que, teniendo la empresa adjudicataria la obligación de proporcionar un vehículo de sustitución, éste no fuere proporcionado en los términos previstos, la empresa adjudicataria se hará cargo de todos los gastos de desplazamiento originados, mientras no se facilite el vehículo de sustitución o se resuelva la causa que originó la avería y la consiguiente inmovilización del vehículo. Estos gastos se descontarán a la liquidación final del contrato.
3.5. Obligaciones con respecto al mantenimiento y/o reparaciones
Con respecto al mantenimiento y/o reparaciones - con las excepciones establecidas en este pliego de condiciones técnicas-, la empresa adjudicataria es la responsable de que la flota de vehículos arrendados esté en perfecto estado de uso.
Como se ha mencionado anteriormente, la D.G. de Patrimonio y Sector Público se reserva el derecho a controlar el cumplimiento de las condiciones de este contrato. El adjudicatario debe facilitar el acceso y desarrollo de su trabajo a los inspectores que realizarán el control de estas actividades.
3.6. Kilometraje
Una vez finalizada la vigencia del contrato se comprobará la diferencia entre los kilómetros recorridos por cada vehículo y los que, de acuerdo con este pliego técnico, están incluidos en el precio del arrendamiento.
El exceso de kilómetros lo abonará la D.G. de Patrimonio y Sector Público, según el coste por kilómetro adicional que haya determinado en su oferta el adjudicatario, mientras que éste abonará, a la D.G. de Patrimonio y Sector Público, los kilómetros recorridos de menos al precio que igualmente el adjudicatario habrá concretado en su oferta.
3.7. Pérdida total del vehículo
En el supuesto de pérdida total de un vehículo por siniestro o por cualquier otro motivo, éste se sustituirá, hasta la fecha de fin de contrato, por otro vehículo de iguales o superiores características.
ANEXO "A"
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS DE LOS VEHÍCULOS
Carrocería: Con cuatro o cinco puertas y cinco plazas. Sin techo solar, panorámico, o acristalado. No pudiendo ser tipo familiar ni monovolumen.
1. Aspectos ambientales
Los consumos y emisiones serán los homologados según el ciclo WLTP
Los vehículos garantizaran el cumplimiento de la clasificación medioambiental de la DGT, como VEHICULOS XX XXXX EMISIONES.
2. Prescripciones técnicas
A continuación se especifican las prescripciones técnicas mínimas que ha de cumplir el modelo ofertado:
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS:
I. MOTOR.
1.1. COMBUSTIBLE: Hibrido enchufable (Gasolina, eléctrico)
1.2. CILINDRADA MOTOR TERMICO: Mínimo de 1300 cm3
1.3. POTENCIA: Mínimo combinada de 180 CV
1.3.1. POTENCIA MOTOR TERMICO: Mínimo 150 CV
1.3.2. POTENCIA MOTOR ELECTRICO: Mínimo 60 CV
1.4. COMSUMO: Combinado máximo de 2 l/100 Km.
1.5. EMISIONES: Combinado máximo de 46 g/km. CO2 (Se valora emisiones inferiores)
1.6. RUEDAS MOTRICES: Tracción delantera.
II. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS SOBRE DIMENSIONES.
2.1. DIMENSIONES EXTERIORES Sin retrovisores
2.1.1. Longitud: Entre 4700 y 5000mm
2.1.2. Anchura: Entre 1800 y 1900mm
2.1.3. Altura: Entre 1450 y 1500mm
2.1.4. Distancia entre ejes: Mínimo de 2750mm
2.2. CAPACIDAD DEL PORTAEQUIPAJE
2.2.1. Con asientos montados: Mínimo de 300 litros
2.3. DEPÓSITO DE COMBUSTIBLE
2.3.1. Capacidad: mínimo de 50 litros
III. EQUIPAMIENTO.
3.1. EXTERIOR.
3.1.1. Pintura metalizada (gris oscuro)
3.1.2. Llantas de aleación ligera de acuerdo con las instrucciones del fabricante del vehículo
3.1.3. Retrovisores exteriores, térmicos, con ajuste eléctrico.
3.1.4. Sin anagramas (sin nombre de modelo ni indicativo de motor).
3.1.5. Sin publicidad comercial.
3.1.6. Faros automáticos led.
3.2. INTERIOR
3.2.1. Asiento conductor con regulación de: longitud, altura, inclinación y lumbar.
3.2.2. Regulación volante en altura y profundidad.
3.2.3. Elevalunas eléctricos delanteros y traseros.
3.2.4. Luz de lectura en las plazas traseras.
3.2.5. Lunas traseras oscurecidas.
3.2.6. Sensor de lluvia.
3.2.7. Encendido automático xx xxxxx.
3.2.8. Regulador de velocidad.
3.2.9. Climatizador automático con ajuste independiente de mínimo bizona.
3.2.10. Sensores de aparcamiento delantero y trasero.
3.2.11. Espejo interior antideslunbramiento.
3.2.12. Alfombrillas delanteras y traseras.
3.2.13. Radio CD AM/FM
3.2.14. Conexión Bluetooth para teléfono manos libres.
3.2.15. Dos conexiones USB de mínimo 2A, una en las plazas delanteras y otra en las traseras.
3.2.16. Indicador de eficiencia energética.
3.2.17. Navegador GPS integrado.
3.3. SEGURIDAD
3.3.1 Airbag: frontales, cortina, laterales.
3.3.2. Antibloqueo de frenos en las cuatro ruedas.
3.3.3. Asistencia a la frenada de emergencia.
3.3.4. Control de estabilidad.
3.3.5. Control de tracción.
3.3.6. Posibilidad instalar cadenas de nieve/hielo.
3.3.7. Control presión de neumáticos.
3.1.7. Neumáticos de invierno en los periodos de 1 de noviembre a 31 xx xxxxx (Se valora)
IV. MANTENIMIENTO Y ASISTENCIA.
4.1 MANTENIMIENTO, reparaciones y asistencia en carretera 24 horas desde Km 0
4.2 SEGURO A TODO RIESGO sin franquicia y gestión de accidentes
4.3 CAMBIO DE NEUMÁTICOS (según desgaste y normas de la DGT)
ANEXO "B"
Equipamiento complementario de los vehículos
Todos los vehículos tendrán que llevar el siguiente equipamiento complementario de manera obligatoria, de acuerdo con este pliego de cláusulas:
EQUIPAMIENTO COMPLEMENTARIO DEL VEHÍCULO
1. Chaleco reflector homologado de alta visibilidad
2. Caja con luces de recambio y fusibles
3. Dos triángulos homologados señalizadores de peligro
4. Herramientas para el cambio de la rueda de recambio o kit antipinchazos y de las luces de recambio
5. Extintor de polvo homologado de 2 kg, instalado en lugar de fácil acceso.
6. Linterna en el vehículo, con conexión a 12 V
7. Juego xx xxxxxxx para la nieve/hielo. Si no se ofertó neumáticos de invierno.
8. Botiquín
9. Todos aquellos elementos y repuestos que exija la vigente Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial y el Reglamento de Vehículos.