EXTRACTO DE DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE:
Región xx Xxxxxx Consejería de Educación, Juventud y Deportes
EXTRACTO DE DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE:
Propuesta de Acuerdo sobre:
Autorizar la celebración del Convenio Marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y la Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx, en materia de innovación docente.
(CONV/38/18)
1. Propuesta de Acuerdo al Consejo de Gobierno.
2. Orden aprobatoria del texto del Convenio.
3. Texto del Convenio de referencia.
4. Propuesta de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa.
5. Informe Memoria del Servicio de Programas Educativos.
6. Valoración estimativa del coste para la Administración Regional.
7. Conformidad al texto del Convenio del Secretario General de la Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx.
8. Informe Jurídico de la Secretaria General.
AL CONSEJO DE GOBIERNO
La Consejería de Educación, Juventud y Deportes en el ámbito de las competencias que legalmente tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de su Estatuto de Autonomía, y asignadas a esta Consejería en virtud del artículo 8 del Decreto de la Presidencia número 2/2018, de 20 xx xxxxx, de reorganización de la Administración Regional, está interesada en formalizar un Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y la Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx, en materia de innovación docente.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV
A la vista de lo expuesto, y de lo establecido en el artículo 16.2.ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, y el artículo 8.2 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de estos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx, se eleva la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
Autorizar la celebración del Convenio marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y la Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx, en materia de innovación docente, que se adjunta a la presente.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
Xxxxx Xxxxxxxx-Cachá Xxxxxxxx.
(Documento firmado electrónicamente al margen)
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES, Y LA UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN XXXXXXX XX XXXXXX, EN MATERIA DE INNOVACIÓN DOCENTE.
Firmante: XXXXXXXX-CACHA XXXXXXXX, XXXXX
22/10/2018 09:13:19
En Murcia, de
de 2018
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Doña. Xxxxx Xxxxxxxx-Cachá Xxxxxxxx, Consejera de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, nombrada por Decreto n.º 18/2017, de 4 xx xxxx, actuando en representación de la misma para la firma del presente convenio en virtud del artículo 16.2 a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, cuya celebración ha sido autorizada por acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha .
De otra parte, D. Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx, con D.N.I. núm.
Presidente de la Universidad Católica xx Xxxxxx (UCAM), con C.I.F. nº. G-30.626.303, actuando en virtud de las competencias que para convenir le confiere el artículo 15 de los Estatutos de la Universidad, aprobados por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx número 350/2007, de 0 xx xxxxxxxxx (XXXX xx 00 xx xxxxxxxxx).
Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente y en el ejercicio de las facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las instituciones que representan
EXPONEN
PRIMERO. Que el Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.
22/10/2018 09:13:19
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CS
SEGUNDO. Que, de acuerdo con el Decreto del Presidente 2/2018, de 20 xx xxxxx, de reorganización de la Administración Regional, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, en las siguientes materias: educación reglada, no universitaria, en todos sus niveles; juventud; deportes, y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.
TERCERO. Que la Universidad Católica xx Xxxxxx es una institución dotada de personalidad jurídica propia para el cumplimiento de sus fines, entre los que se incluyen, garantizando de forma institucional la presencia cristiana en el ámbito de la Universidad, la formación de nuevos investigadores mediante programas de doctorado, la investigación para la generación y el desarrollo del conocimiento científico y técnico de excelencia en sus distintos ámbitos, la elaboración de estudios, y el asesoramiento y la colaboración con otros organismos entre cuyos fines primordiales se encuentren la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación.
CUARTO. Que ambas partes en función de su naturaleza y fines comparten los mismos intereses en el desarrollo de la investigación para potenciar la actividad de generación, asimilación y transferencia de conocimientos, por lo que se encuentran interesadas en suscribir un acuerdo que regule esta colaboración y que desarrolle los fines descritos, que a partir de ahora se denominará convenio marco, y que someten a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto del Convenio
El objeto del presente Convenio es el establecimiento y creación de un amplio marco de colaboración entre las partes firmantes para el desarrollo, impulso, incremento y perfeccionamiento de las actividades, materias y proyectos de competencia e interés común, así como el desarrollo de acciones formativas y de investigación mediante el programa de cooperación en realización y difusión de proyectos de innovación educativa entre departamentos universitarios y centros de educación no universitaria.
Firmante: XXXXXXXX-CACHA XXXXXXXX, XXXXX
2
Dichas actuaciones se concretan para el curso 2018/2019 en el desarrollo del proyecto de investigación que se describe en el Anexo: “La Constitución de los niños de nuestro futuro”.
SEGUNDA. - Ámbito Material de actuaciones
Para el cumplimiento del objeto de este convenio, descrito en la cláusula anterior, ambas partes se comprometen a llevar a cabo de forma conjunta todas aquellas actividades que redunden en beneficio mutuo, contemplándose acciones dentro de las siguientes áreas:
- Colaboración en materia de investigación en el ámbito de la innovación y desarrollo.
- Realización de prácticas de alumnos de la Universidad Católica xx Xxxxxx en el ámbito de la innovación docente.
- Intercambio de información y asesoramiento mutuo en la planificación, organización y ejecución en materias de mutuo interés.
- Cualquier otra actividad encuadrable dentro del fomento de las anteriores o de sus aplicaciones, que sean de interés común para las partes.
22/10/2018 09:13:19
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CS
En desarrollo del presente convenio se adoptarán los acuerdos necesarios para cada actividad a realizar, precisándose su contenido conforme a lo que establezca la comisión mixta prevista en la cláusula Quinta, a quien corresponde determinar los fines propuestos, y los medios necesarios para su realización y donde se establecerán detalladamente los aspectos relacionados con las obligaciones de las partes, así como un calendario de actuaciones y duración de actividades.
TERCERA. - Compromisos y obligaciones de las partes
Para la realización de las actividades que se desarrollen al amparo del presente Convenio, tanto la UCAM como la Consejería competente en materia de educación pondrán a disposición de la otra parte sus instalaciones y el equipamiento de sus centros, pudiéndose suscribir acuerdos singularizados con centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes. En todo caso corresponderán a cada parte los gastos propios de su personal adscrito a las actividades objeto de este convenio.
CUARTA. - Financiación
La suscripción del presente convenio no genera un gasto nuevo distinto del ya asumido por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes en materia de personal y de gasto corriente en sus correspondientes partidas presupuestarias.
Firmante: XXXXXXXX-CACHA XXXXXXXX, XXXXX
QUINTA. - Órgano de seguimiento y control
El seguimiento del presente convenio será realizado por una comisión mixta constituida por dos representantes de cada entidad. Será presidida alternativamente por el representante de mayor rango de la Consejería competente en materia de educación o de la UCAM, actuando como secretario el representante de la otra entidad, que levantará acta de las reuniones.
Esta comisión actuará según el régimen de funcionamiento que la propia comisión establezca, será la encargada de velar por la aplicación del convenio y tendrá como funciones la interpretación y resolución de cuantas dudas y discrepancias puedan surgir en la aplicación y cumplimiento del convenio; la programación, coordinación, seguimiento,
valoración y difusión de las actividades derivadas del mismo, que se incluirán en el correspondiente anexo. Los informes y propuestas de actuación conjunta requerirán, para su puesta en marcha, la aprobación de los órganos rectores de ambas partes.
La comisión se regirá conforme a lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen Jurídico del Sector Público. Se reunirá siempre que lo solicite una de las partes o, al menos, una vez al año.
SEXTA. - Medios
Todo personal propio, subcontratado o colaborador, que las partes empleen en el desarrollo de los proyectos resultado del objeto de este Convenio, será de exclusiva cuenta y responsabilidad de cada parte, quien cuidará de la situación legal de dicho personal en todos los órdenes, respondiendo del cumplimiento de las obligaciones de carácter laboral, civil, mercantil y fiscal que se deriven de dichas relaciones, eximiendo expresamente a la contraparte de cualquier responsabilidad que pueda derivarse del incumplimiento de estas obligaciones.
22/10/2018 09:13:19
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CS
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, todo el personal que vaya a realizar actividades que impliquen contacto habitual con menores deberá cumplir el requisito de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual, corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
SÉPTIMA. - Vigencia
El presente Xxxxxxxx surtirá efectos desde la fecha de su firma y tendrá un periodo de vigencia de cuatro años, pudiendo ser prorrogado por acuerdo expreso de ambas partes y por escrito, por un periodo de hasta cuatro años adicionales.
OCTAVA. - Denuncia y Extinción
1. El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
2. Son causas de resolución del presente convenio:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
Firmante: XXXXXXXX-CACHA XXXXXXXX, XXXXX
b) El acuerdo mutuo de las partes firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
En caso de incumplimiento de las obligaciones del presente convenio se procederá de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) La denuncia del mismo por una de las partes, comunicada fehacientemente a la otra antes del día treinta de enero del año correspondiente, para que la resolución surta efectos al final del curso académico en que se produzca la comunicación.
En su caso, la Comisión de Seguimiento adoptará las medidas necesarias para facilitar la liquidación de las obligaciones en curso, de acuerdo con la normativa vigente.
NOVENA. - Naturaleza y jurisdicción
El presente Xxxxxxxx tiene una naturaleza administrativa y el conocimiento de las cuestiones litigiosas que puedan surgir en torno a la interpretación, modificación, extinción y efectos del mismo, cuando no sean resueltas por la Comisión de Seguimiento, corresponderá a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Como prueba de conformidad y para que quede constancia, las partes firman el presente Convenio de Colaboración, que se extiende por cuadruplicado, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
EL PRESIDENTE DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA XX XXXXXX
22/10/2018 09:13:19
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CS
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxxx-Cachá Xxxxxxxx Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx
ANEXO “La Constitución de los niños de nuestro futuro” FINES PROPUESTOS
Firmante: XXXXXXXX-CACHA XXXXXXXX, XXXXX
- Promover la innovación y desarrollo de la educación cívica y constitucional como indica el apartado XIV del preámbulo de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, donde se “considera esencial la preparación para la ciudadanía activa y la adquisición de las competencias sociales y cívicas, recogidas en la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006 sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente. En el contexto del cambio metodológico que esta Ley Orgánica propugna se aborda esta necesidad de forma transversal al incorporar la educación cívica y constitucional a todas las asignaturas durante la educación básica, de forma que la adquisición de competencias sociales y cívicas se incluya en la dinámica cotidiana de los procesos de enseñanza y aprendizaje y se potencie de esa forma, a través de un planteamiento conjunto, su posibilidad de transferencia y su carácter orientador”.
- Ejecutar un proyecto de innovación docente, dentro del Grupo de Investigación RSC, Innovación y Derechos Humanos perteneciente a la Cátedra de Responsabilidad Social Corporativa de la Facultad de Derecho de la UCAM, dirigido por la Investigadora principal Dña. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, e integrado por X. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, X. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, X. Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx, X. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx y X. Xxxxxxx Xxx xx Xxxxxx y Xxxx en calidad de miembros del equipo de Investigación de la UCAM; por X. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, X. Xxxxx Xxxxxxx y Dña. Xxxxxx Xxxx del COLEGIO concertado “San Xxxxxxx xx Xxxx” y X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx x Xxx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx del COLEGIO Público “Nuestra Señora del Paso” en la Xxxx. En este proyecto se propone la elaboración de una edición de la Constitución de 1978 de
los niños, que son los representantes presentes de nuestro futuro, para ello la UCAM realizará las siguientes acciones:
● Implementar en el curso 2018/2019 el proyecto en colaboración con los escolares del Colegio Público “Nuestra Señora del Paso” en La Xxxx y el centro concertado “Xxx Xxxxxxx xx Xxxx”, xx Xx Xxxxxx, que se encargarán de la realización de un dibujo de cada artículo de la Constitución, junto con su texto y la conclusión que extrae del mismo el autor.
● Apoyar el trabajo de los escolares y centros participantes con talleres y charlas sobre la educación constitucional, mediante profesorado universitario y alumnos de Derecho Constitucional.
● Compilar en un texto, que se publicará por la Consejería de educación, de un volumen de la Constitución Española de 1978 con el texto recopilatorio de todos los trabajos relativos a todos los artículos elaborado por los escolares participantes en el proyecto.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV
● Promover la colaboración de las instituciones constitucionales, el Congreso, el Senado, el Tribunal Constitucional y la Asamblea legislativa de la Comunidad Autónoma entre otras.
22/10/2018 09:13:19
MEDIOS NECESARIOS PARA SU REALIZACIÓN
No se precisan medios económicos
La Consejería de Educación, Juventud y Deportes realizará las siguientes actuaciones:
a) Dar a conocer el proyecto: “La Constitución de los niños de nuestro futuro”, así como todas las acciones formativas y las actividades que se acuerden, a través de sus acciones y canales habituales a toda la comunidad educativa.
b) Publicar el volumen de “La Constitución de los niños de nuestro futuro”, conforme al proyecto especificado en este anexo, con el texto articulado de la Constitución de 1978 resultante de todos los trabajos elaborados por los escolares participantes en el proyecto.
c) Facilitar y fomentar la participación de los estudiantes en las “actividades formativas” organizadas por la UCAM.
La Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx (UCAM) realizará las siguientes actuaciones:
Firmante: XXXXXXXX-CACHA XXXXXXXX, XXXXX
a) Contribuir a la formación y sensibilización de los alumnos en materia de educación constitucional a través de charlas, talleres, itinerarios y actividades informativas y divulgativas de carácter general.
b) Impulsar el proyecto: “La Constitución de los niños de nuestro futuro”, mediante explicaciones sobre el significado y contenido de la Constitución por los alumnos de Derecho de la UCAM en los colegios seleccionados.
c) Hacer efectiva la promoción de los valores de libertad, justicia, igualdad y pluralismo político favoreciendo el desarrollo de la Democracia real y efectiva a través del conocimiento de la Norma que los expresa: LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.
DURACION DE LAS ACTIVIDADES
El proyecto durará hasta la publicación de resultados en el periodo máximo de 1
año.
RESULTADOS
La publicación de la edición del texto de la Constitución española de 1978 con la aportación de los escolares de la región xx Xxxxxx en el año 2018.
La valoración de los resultados en cuanto a las capacidades adquiridas en la ejecución del proyecto y el estudio de las propuestas realizadas por los niños para promover, en su caso, aquellos cambios legislativos que pudieran resultar de interés.
Firmante: XXXXXXXX-CACHA XXXXXXXX, XXXXX
22/10/2018 09:13:19
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV
Estudiar el alcance de la experiencia en el proceso enseñanza aprendizaje, la aparición de nuevas capacidades y el análisis de posibles modelos de participación colaborativa y cooperativa para la enseñanza universitaria.
ORDEN
Visto el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES Y LA UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN XXXXXXX XX XXXXXX, EN MATERIA DE INNOVACIÓN
DOCENTE, y considerando que la actividad objeto del citado convenio se encuadra en el ámbito de las competencias que legalmente tiene atribuidas esta Comunidad Autónoma y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 16.2.ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en relación con el artículo 8.1 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de estos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx,
DISPONGO
22/10/2018 09:13:25
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/20 Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV
Primero.- Aprobar el texto del Convenio marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y la Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx, en materia de innovación docente.
Segundo.- Elevar propuesta al Consejo de Gobierno para la autorización, si procede, del convenio mencionado en el punto primero.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
Xxxxx Xxxxxxxx-Cachá Xxxxxxxx.
Firmante: XXXXXXXX-CACHA XXXXXXXX, XXXXX
(Documento firmado electrónicamente al margen)
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES, Y LA UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN XXXXXXX XX XXXXXX, EN MATERIA DE INNOVACIÓN DOCENTE.
En Murcia, de _ de 2018
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Doña. Xxxxx Xxxxxxxx-Cachá Xxxxxxxx, Consejera de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, nombrada por Decreto n.º 18/2017, de 4 xx xxxx, actuando en representación de la misma para la firma del presente convenio en virtud del artículo 16.2 a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, cuya celebración ha sido autorizada por acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha .
De otra parte, D. Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx, con D.N.I. núm. Presidente de la Universidad Católica xx Xxxxxx (UCAM), con
C.I.F. nº. G-
30.626.303, actuando en virtud de las competencias que para convenir le confiere el artículo 15 de los Estatutos de la Universidad, aprobados por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx número 350/2007, de 0 xx xxxxxxxxx (XXXX xx 00 xx xxxxxxxxx).
Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente y en el ejercicio de las facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las instituciones que representan
EXPONEN
PRIMERO. Que el Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.
SEGUNDO. Que, de acuerdo con el Decreto del Presidente 2/2018, de 20 xx xxxxx, de reorganización de la Administración Regional, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, en las siguientes materias: educación reglada, no universitaria, en todos sus niveles; juventud; deportes, y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.
TERCERO. Que la Universidad Católica xx Xxxxxx es una institución dotada de personalidad jurídica propia para el cumplimiento de sus fines, entre los que se incluyen, garantizando de forma institucional la presencia cristiana en el ámbito de la Universidad, la formación de nuevos investigadores mediante programas de doctorado, la investigación para la generación y el desarrollo del conocimiento científico y técnico de excelencia en sus distintos ámbitos, la elaboración de estudios, y el asesoramiento y la colaboración con otros organismos entre cuyos fines primordiales se encuentren la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación.
CUARTO. Que ambas partes en función de su naturaleza y fines comparten los mismos intereses en el desarrollo de la investigación para potenciar la actividad de generación, asimilación y transferencia de conocimientos, por lo que se encuentran interesadas en suscribir un acuerdo que regule esta colaboración y que desarrolle los fines descritos, que a partir de ahora se denominará convenio marco, y que someten a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto del Convenio
El objeto del presente Convenio es el establecimiento y creación de un amplio marco de colaboración entre las partes firmantes para el desarrollo, impulso, incremento y perfeccionamiento de las actividades, materias y proyectos de competencia e interés común, así como el desarrollo de acciones formativas y de investigación mediante el programa de cooperación en realización y difusión de proyectos de innovación educativa entre departamentos universitarios y centros de educación no universitaria.
Dichas actuaciones se concretan para el curso 2018/2019 en el desarrollo del proyecto de investigación que se describe en el Anexo: “La Constitución de los niños de nuestro futuro”.
SEGUNDA. - Ámbito Material de actuaciones
Para el cumplimiento del objeto de este convenio, descrito en la cláusula anterior, ambas partes se comprometen a llevar a cabo de forma conjunta todas aquellas actividades que redunden en beneficio mutuo, contemplándose acciones dentro de las siguientes áreas:
▪ Colaboración en materia de investigación en el ámbito de la innovación y desarrollo.
▪ Realización de prácticas de alumnos de la Universidad Católica xx Xxxxxx en el ámbito de la innovación docente.
▪ Intercambio de información y asesoramiento mutuo en la planificación, organización y ejecución en materias de mutuo interés.
▪ Cualquier otra actividad encuadrable dentro del fomento de las anteriores o de sus aplicaciones, que sean de interés común para las partes.
En desarrollo del presente convenio se adoptarán los acuerdos necesarios para cada actividad a realizar, precisándose su contenido conforme a lo que establezca la comisión mixta prevista en la cláusula Quinta, a quien corresponde determinar los fines propuestos, y los medios necesarios para su realización y donde se establecerán detalladamente los aspectos relacionados con las obligaciones de las partes, así como un calendario de actuaciones y duración de actividades.
TERCERA. - Compromisos y obligaciones de las partes
Para la realización de las actividades que se desarrollen al amparo del presente Convenio, tanto la UCAM como la Consejería competente en materia de educación pondrán a disposición de la otra parte sus instalaciones y el equipamiento de sus centros, pudiéndose suscribir acuerdos singularizados con centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes. En todo caso corresponderán a cada parte los gastos propios de su personal adscrito a las actividades objeto de este convenio.
CUARTA. - Financiación
La suscripción del presente convenio no genera un gasto nuevo distinto del ya asumido por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes en materia de personal y de gasto corriente en sus correspondientes partidas presupuestarias.
QUINTA. - Órgano de seguimiento y control
El seguimiento del presente convenio será realizado por una comisión mixta constituida por dos representantes de cada entidad. Será presidida alternativamente por el representante de mayor rango de la Consejería competente en materia de educación o de la UCAM, actuando como secretario el representante de la otra entidad, que levantará acta de las reuniones.
Esta comisión actuará según el régimen de funcionamiento que la propia comisión establezca, será la encargada de velar por la aplicación del convenio y tendrá como funciones la interpretación y resolución de cuantas dudas y discrepancias puedan surgir en la aplicación y cumplimiento del convenio; la programación, coordinación, seguimiento, valoración y difusión de las actividades derivadas del mismo, que se incluirán en el correspondiente anexo. Los informes y propuestas de actuación conjunta requerirán, para su puesta en marcha, la aprobación de los órganos rectores de ambas partes.
La comisión se regirá conforme a lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen Jurídico del Sector Público. Se reunirá siempre que lo solicite una de las partes o, al menos, una vez al año.
SEXTA. - Medios
Todo personal propio, subcontratado o colaborador, que las partes empleen en el desarrollo de los proyectos resultado del objeto de este Convenio, será de exclusiva cuenta y responsabilidad de cada parte, quien cuidará de la situación legal de dicho personal en todos los órdenes, respondiendo del cumplimiento de las obligaciones de carácter laboral, civil, mercantil y fiscal que se deriven de dichas relaciones, eximiendo expresamente a la contraparte de cualquier responsabilidad que pueda derivarse del incumplimiento de estas obligaciones.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, todo el personal que vaya a realizar actividades que impliquen contacto habitual con menores deberá cumplir el requisito de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la
agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual, corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
SÉPTIMA. - Vigencia
El presente Xxxxxxxx surtirá efectos desde la fecha de su firma y tendrá un periodo de vigencia de cuatro años, pudiendo ser prorrogado por acuerdo expreso de ambas partes y por escrito, por un periodo de hasta cuatro años adicionales.
OCTAVA. - Denuncia y Extinción
1. El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
2. Son causas de resolución del presente convenio:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo mutuo de las partes firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
En caso de incumplimiento de las obligaciones del presente convenio se procederá de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) La denuncia del mismo por una de las partes, comunicada fehacientemente a la otra antes del día treinta de enero del año correspondiente, para que la resolución surta efectos al final del curso académico en que se produzca la comunicación.
En su caso, la Comisión de Seguimiento adoptará las medidas necesarias para facilitar la liquidación de las obligaciones en curso, de acuerdo con la normativa vigente.
NOVENA. - Naturaleza y jurisdicción
El presente Xxxxxxxx tiene una naturaleza administrativa y el conocimiento de las cuestiones litigiosas que puedan surgir en torno a la interpretación, modificación,
extinción y efectos del mismo, cuando no sean resueltas por la Comisión de Seguimiento, corresponderá a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Como prueba de conformidad y para que quede constancia, las partes firman el presente Convenio de Colaboración, que se extiende por cuadruplicado, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
CONSEJERA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
PRESIDENTE DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA XX XXXXXX
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxxx-Cachá Xxxxxxxx Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx
ANEXO I “La Constitución de los niños de nuestro futuro”
FINES PROPUESTOS
- Promover la innovación y desarrollo de la educación cívica y constitucional como indica el apartado XIV del preámbulo de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, donde se “considera esencial la preparación para la ciudadanía activa y la adquisición de las competencias sociales y cívicas, recogidas en la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006 sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente. En el contexto del cambio metodológico que esta Ley Orgánica propugna se aborda esta necesidad de forma transversal al incorporar la educación cívica y constitucional a todas las asignaturas durante la educación básica, de forma que la adquisición de competencias sociales y cívicas se incluya en la dinámica cotidiana de los procesos de enseñanza y aprendizaje y se potencie de esa forma, a través de un planteamiento conjunto, su posibilidad de transferencia y su carácter orientador”.
- Ejecutar un proyecto de innovación docente, dentro del Grupo de Investigación RSC, Innovación y Derechos Humanos perteneciente a la Cátedra de Responsabilidad Social Corporativa de la Facultad de Derecho de la UCAM, dirigido por la Investigadora principal Dña. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, e integrado por X. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, X. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, X. Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx, X. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx y X. Xxxxxxx Xxx xx Xxxxxx y Xxxx en calidad de miembros del equipo de Investigación de la UCAM; por X. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, X. Xxxxx Xxxxxxx y Dña. Xxxxxx Xxxx del COLEGIO concertado “San Xxxxxxx xx Xxxx” y X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx x Xxx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx del COLEGIO Público “Nuestra Señora del Paso” en la Xxxx. En este proyecto se propone la elaboración de una edición de la Constitución de 1978 de los niños, que son los representantes presentes de nuestro futuro, para ello la UCAM realizará las siguientes acciones:
• Implementar en el curso 2018/2019 el proyecto en colaboración con los escolares del Colegio Público “Nuestra Señora del Paso” en La Xxxx y el centro concertado “Xxx Xxxxxxx xx Xxxx”, xx Xx Xxxxxx, que se encargarán de la realización de un dibujo de cada artículo de la Constitución, junto con su texto y la conclusión que extrae del mismo el autor.
• Apoyar el trabajo de los escolares y centros participantes con talleres y charlas sobre la educación constitucional, mediante profesorado universitario y alumnos de Derecho Constitucional.
• Compilar en un texto, que se publicará por la Consejería de educación, de un volumen de la Constitución Española de 1978 con el texto recopilatorio de todos los trabajos relativos a todos los artículos elaborado por los escolares participantes en el proyecto.
• Promover la colaboración de las instituciones constitucionales, el Congreso, el Senado, el Tribunal Constitucional y la Asamblea legislativa de la Comunidad Autónoma entre otras.
MEDIOS NECESARIOS PARA SU REALIZACIÓN
No se precisan medios económicos
La Consejería de Educación, Juventud y Deportes realizará las siguientes actuaciones:
a) Dar a conocer el proyecto: “La Constitución de los niños de nuestro futuro”, así como todas las acciones formativas y las actividades que se acuerden, a través de sus acciones y canales habituales a toda la comunidad educativa.
b) Publicar el volumen de “La Constitución de los niños de nuestro futuro”, conforme al proyecto especificado en este anexo, con el texto articulado de la Constitución de 1978 resultante de todos los trabajos elaborados por los escolares participantes en el proyecto.
c) Facilitar y fomentar la participación de los estudiantes en las “actividades formativas” organizadas por la UCAM.
La Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx (UCAM) realizará las siguientes actuaciones:
a) Contribuir a la formación y sensibilización de los alumnos en materia de educación constitucional a través de charlas, talleres, itinerarios y actividades informativas y divulgativas de carácter general.
b) Impulsar el proyecto: “La Constitución de los niños de nuestro futuro”, mediante explicaciones sobre el significado y contenido de la Constitución por los alumnos de Derecho de la UCAM en los colegios seleccionados.
c) Hacer efectiva la promoción de los valores de libertad, justicia, igualdad y pluralismo político favoreciendo el desarrollo de la Democracia real y efectiva a través del conocimiento de la Norma que los expresa: LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.
DURACION DE LAS ACTIVIDADES
El proyecto durará hasta la publicación de resultados en el periodo máximo de 1 año.
RESULTADOS
La publicación de la edición del texto de la Constitución española de 1978 con la aportación de los escolares de la región xx Xxxxxx en el año 2018.
La valoración de los resultados en cuanto a las capacidades adquiridas en la ejecución del proyecto y el estudio de las propuestas realizadas por los niños para promover, en su caso, aquellos cambios legislativos que pudieran resultar de interés.
Estudiar el alcance de la experiencia en el proceso enseñanza aprendizaje, la aparición de nuevas capacidades y el análisis de posibles modelos de participación colaborativa y cooperativa para la enseñanza universitaria.
PROPUESTA
Dada la necesaria colaboración de las Administraciones Públicas con las empresas, Instituciones y Universidades para asuntos de interés común en el ámbito de la Educación, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de estos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx, se estima oportuno suscribir el convenio marco de colaboración con la Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx, en materia de innovación docente.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV
Por cuanto antecede, en virtud de las facultades que me atribuye el artículo 6 del Decreto número 72/2017, de 17 xx xxxx, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, así como el artículo 19 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx,
17/09/2018 13:22:31
PROPONGO
Primero. Aprobar el texto de Convenio marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y la Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx, en materia de innovación docente, que se adjunta como anexo.
Segundo. Elevar propuesta de Acuerdo al Consejo de Gobierno para la autorización, si procede, del convenio mencionado en el punto anterior.
LA DIRECTORA GENERAL DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA
Xx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
Firmante: XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXX
(Documento firmado electrónicamente en Murcia, en la fecha que figura al margen)
EXCMA. SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
17/09/2018 13:23:09
INFORME-MEMORIA
RELATIVO AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES, Y LA UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN XXXXXXX XX XXXXXX, EN MATERIA DE INNOVACIÓN DOCENTE
OPORTUNIDAD Y MOTIVACIÓN TÉCNICA
17/09/2018 13:20:35 Firmante: XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXX
Atendiendo a lo recogido en el artículo 50.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector público, se analiza a continuación la necesidad y oportunidad de la firma de este convenio, su impacto económico y el carácter no contractual del mismo.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV
Dado que la Universidad Católica xx Xxxxxx es una institución interesada en la formación de nuevos investigadores mediante programas de doctorado, la investigación para la generación y el desarrollo del conocimiento científico y técnico de excelencia en sus distintos ámbitos, la elaboración de estudios, y el asesoramiento y la colaboración con otros organismos entre cuyos fines primordiales se encuentren la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación y que comparte con la Consejería de Educación, Juventud y Deportes la voluntad de crear un marco de colaboración y cooperación en la realización y difusión de proyectos de innovación educativa entre departamentos universitarios y centros de educación no universitaria se considera necesaria y oportuna la colaboración de la UCAM con la Consejería de Educación, Juventud y Deportes mediante la firma de este convenio marco en materia de innovación docente.
La celebración de este convenio tiene un gran interés educativo y aunque, en principio, no tiene un impacto directo o inmediato en la economía de la Región xx Xxxxxx, no obstante en la medida en que contribuya a la mejora de la cualificación y la formación de los ciudadanos, repercutirá en el desarrollo económico de la región.
Firmante: XXXXXX XXXXXX, XXXX
Por otra parte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), el presente Convenio queda excluido del ámbito de aplicación de aquel, ya que su objeto no está comprendido en ninguno de los contratos regulados en dicha ley ya que únicamente implican una colaboración entre ambas partes. No obstante, los principios establecidos en la citada Ley 9/2017, de 8 de noviembre, en defecto de normas aplicables, serán de aplicación para la resolución de dudas y lagunas que pudieran plantearse
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa
Servicio de Programas Educativos Xxxx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx 00
17/09/2018 13:23:09
JUSTIFICACIÓN
17/09/2018 13:20:35 Firmante: XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXX
La suscripción de este convenio, tal y como se establece en el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, contribuirá a la mejora de la eficiencia de la gestión pública ya que la cooperación en la realización y difusión de proyectos de innovación educativa entre departamentos universitarios y centros de educación no universitaria. facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos y contribuye a la realización de actividades de utilidad pública. Por otra parte, dado que no implica coste alguno ni aumento de gasto, cumple con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, a la que se hace referencia también en este artículo.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CS
El Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
Transferidas las competencias en materia de enseñanza no universitaria a la Región xx Xxxxxx, mediante Real Decreto 938/1999, de 4 xx xxxxx, compete a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 2/2018, de 20 xx xxxxx, de reorganización de la Administración Regional, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, en las siguientes materias: educación reglada, no universitaria, en todos sus niveles; juventud; deportes, y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.
El Decreto número 56/1996, de 24 de julio, regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx.
OBJETO DEL CONVENIO
Firmante: XXXXXX XXXXXX, XXXX
El objeto del presente Convenio es el establecimiento y creación de un amplio marco de colaboración entre las partes firmantes para el desarrollo, impulso, incremento y perfeccionamiento de las actividades, materias y proyectos de competencia e interés común, así como el desarrollo de acciones formativas y de investigación mediante el programa de cooperación en realización y difusión de proyectos de innovación educativa entre departamentos universitarios y centros de educación no universitaria.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa
Servicio de Programas Educativos Xxxx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx 00
17/09/2018 13:23:09
Para el cumplimiento del objeto de este convenio, ambas partes se comprometen a llevar a cabo de forma conjunta todas aquellas actividades que redunden en beneficio mutuo, contemplándose acciones dentro de las siguientes áreas:
▪ Colaboración en materia de investigación en el ámbito de la innovación y desarrollo.
▪ Realización de prácticas de alumnos de la Universidad Católica xx Xxxxxx en el ámbito de la innovación docente.
17/09/2018 13:20:35 Firmante: XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXX
▪ Intercambio de información y asesoramiento mutuo en la planificación, organización y ejecución en materias de mutuo interés.
▪ Cualquier otra actividad encuadrable dentro del fomento de las anteriores o de sus aplicaciones, que sean de interés común para las partes.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV
Dichas actuaciones se concretan para el curso 2018/2019 en el desarrollo del proyecto de investigación que se describe en el Anexo: “La Constitución de los niños de nuestro futuro”.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Para la realización de las actividades que se desarrollen al amparo del presente Convenio, tanto la UCAM como la Consejería competente en materia de educación pondrán a disposición de la otra parte sus instalaciones y el equipamiento de sus centros, pudiéndose suscribir acuerdos singularizados con centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes. En todo caso corresponderán a cada parte los gastos propios de su personal adscrito a las actividades objeto de este convenio.
FINANCIACIÓN
Firmante: XXXXXX XXXXXX, XXXX
La suscripción del presente convenio no genera un gasto nuevo distinto del ya asumido por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes en materia de personal y de gasto corriente en sus correspondientes partidas presupuestarias.
17/09/2018 13:23:09
VIGENCIA
El presente Xxxxxxxx surtirá efectos desde la fecha de su firma y tendrá un periodo de vigencia de cuatro años, pudiendo ser prorrogado por acuerdo expreso de ambas partes y por escrito, por un periodo de hasta cuatro años adicionales.
SEGUIMIENTO Y CONTROL
17/09/2018 13:20:35 Firmante: XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXX
El seguimiento del presente convenio será realizado por una comisión mixta constituida por dos representantes de cada entidad. Será presidida alternativamente por el representante de mayor rango de la Consejería competente en materia de educación o de la UCAM, actuando como secretario el representante de la otra entidad, que levantará acta de las reuniones.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV
Esta comisión actuará, según el régimen de funcionamiento que la propia comisión establezca, será la encargada de velar por la aplicación del convenio y tendrá como funciones la interpretación y resolución de cuantas dudas y discrepancias puedan surgir en la aplicación y cumplimiento del convenio; la programación, coordinación, seguimiento, valoración y difusión de las actividades derivadas del mismo, que se incluirán en el correspondiente anexo. Los informes y propuestas de actuación conjunta requerirán, para su puesta en marcha, la aprobación de los órganos rectores de ambas partes.
La comisión se regirá conforme a lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen Jurídico del Sector Público. Se reunirá siempre que lo solicite una de las partes o, al menos, una vez al año.
TRAMITACIÓN DEL CONVENIO
Firmante: XXXXXX XXXXXX, XXXX
Por otra parte, en cuanto a la necesidad de someter el texto del convenio a informe por el Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx; atendiendo a los criterios establecidos por el mismo en su escrito de 21 xx xxxxx de 2016, este centro directivo, una vez analizado el contenido de dicho convenio, considera que carece de relevancia educativa a estos efectos, ya que su objeto no tiene la transcendencia educativa suficiente, ni tampoco beneficia a un número significativo de alumnado por no implementarse las actuaciones que abarcan dicho Convenio en un número relevante de centros educativos, por lo que entiende que no es preceptivo consultar al Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx.
Vº Bº LA DIRECTORA GENERAL DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA
EL JEFE DE SERVICIO DE PROGRAMAS EDUCATIVOS
Xx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx.
(Documento firmado electrónicamente en Murcia)
VALORACIÓN ESTIMATIVA DEL COSTE PARA LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL DEL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES Y LA UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN XXXXXXX XX XXXXXX, EN MATERIA DE INNOVACIÓN DOCENTE
La celebración del presente Convenio no supone gasto adicional al previsto en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, por lo que no se derivan de la suscripción del mismo gasto para la Administración Regional de ninguna clase.
17/09/2018 13:20:20
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CS
EL JEFE DE SERVICIO DE PROGRAMAS EDUCATIVOS
Xxxx Xxxxxx Xxxxxx
Firmante: XXXXXX XXXXXX, XXXX
(documento firmado electrónicamente en Murcia, en la fecha indicada al margen)
XXXX XXXXXXX XXXXXX, secretario General de la universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx,
HACE CONSTAR
PRIMERO. - Que, conforme dispone el artículo 15 de los Estatutos de esta Universidad, el Presidente de la universidad, D. Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx, ostenta la representación legal de esta institución en toda clase de actos y trámites de cualquier clase, por 1o que está plenamente facultado para la firma de cualquier convenio en el que participe la Universidad.
SEGUNDO. - Que el Consejo de Gobierno de la Universidad, en sesión celebrada el 17 de julio de 2018, examinó el texto del CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES, Y LA UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN XXXXXXX XX XXXXXX, EN MATERIA DE INNOVACIÓN DOCENTE y
acordó la firma del mismo.
Y para que conste, a fin de acreditar la capacidad y representación de D. Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx para la suscripción del mencionado convenio con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, firmo el presente certificado en Murcia, a 31 de julio de 2018.
El Secretario General de la UCAM
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes Secretaría General
Servicio Jurídico Xxxx. xx xx Xxxx, 00
Expte. CONV/38/2018
18/10/2018 10:44:30
INFORME JURÍDICO
ASUNTO.- Convenio marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, y la Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx, en materia de innovación docente.
18/10/2018 09:05:16 Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXXXXXX
Visto el borrador del convenio citado y de acuerdo con el artículo 10 del Decreto 81/2005, de 8 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura, en relación con el artículo 7.1 del Decreto n.º 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de estos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx, este Servicio Jurídico informa lo siguiente:
ANTECEDENTES
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV
I.- En el expediente remitido por la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa, que tuvo entrada en el Servicio Jurídico el 18 de septiembre de 2018, figura la siguiente documentación:
- Borrador del Convenio marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, y la Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx (UCAM), en materia de innovación docente.
- Memoria justificativa del Servicio de Programas Educativos, de 17/09/2018.
- Informe del Servicio de Programas Educativos, de 17/09/2018, sobre valoración estimativa del coste.
Firmante: XXXXXXX XXXXXXX, XXXX XXXXXX
- Propuesta de la Directora General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa, de 17/09/2018, a la Consejera de Educación, Juventud y Deportes, para la aprobación del texto del convenio y para elevar la propuesta de acuerdo al Consejo de Gobierno con el fin de recabar la autorización para su celebración.
- Borrador de Orden de la Consejera de Educación, Juventud y Deportes, de aprobación del convenio.
- Borrador de la Propuesta de acuerdo de la Consejera de Educación, Juventud y Deportes, al Consejo de Gobierno para la autorización de la celebración del convenio.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes Secretaría General
Servicio Jurídico Xxxx. xx xx Xxxx, 00
18/10/2018 10:44:30
- Conformidad de la UCAM al texto del acuerdo.
II.- La Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa remite por correo electrónico, el 9 de octubre de 2018, el escrito del Servicio de Innovavión y Formación del Profesorado, de la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos, manifestando que por su parte no existen objeciones a realizar al texto del convenio.
18/10/2018 09:05:16 Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXXXXXX
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV
Primera.- El objeto del convenio es el establecimiento y creación de un amplio marco de colaboración entre la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, y la UCAM, para, según dispone la cláusula primera, «el desarrollo, impulso, incremento y perfeccionamiento de las actividades, materias y proyectos de competencia e interés común, así como el desarrollo de acciones formativas y de investigación mediante el programa de cooperación en realización y difusión de proyectos de innovación educativa entre departamentos universitarios y centros de educación no universitaria.
Dichas actuaciones se concretan para el curso 2018/2019 en el desarrollo del proyecto de investigación que se describe en el Anexo: “La Constitución de los niños de nuestro futuro”».
El objeto del acuerdo se encuadra, pues, en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas esta Comunidad Autónoma, de acuerdo con el artículo 16 del Estatuto de Autonomía, que le atribuye la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución y las leyes orgánicas que lo desarrollen. Aunque no constituya propiamente una norma atributiva de competencias, hay que citar el Real Decreto 938/1999, de 4 xx xxxxx, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx en materia de enseñanza no universitaria.
Firmante: XXXXXXX XXXXXXX, XXXX XXXXXX
La Consejería de Educación, Juventud y Deportes, es el departamento competente para su tramitación, en virtud de las competencias que, en materia de educación reglada no universitaria en todos sus niveles, le atribuye el artículo 8 del Decreto del Presidente n.º 2/2018, de 20 xx xxxxx, de reorganización de la Administración Regional.
Segunda.- La Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, recoge en el Capítulo II del Título I, bajo la rúbrica “De las relaciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma con otras Administraciones Públicas”, una regulación expresa de los convenios como medios para instrumentar las relaciones de cooperación y colaboración con
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes Secretaría General
Servicio Jurídico Xxxx. xx xx Xxxx, 00
18/10/2018 10:44:30
otras Administraciones Públicas (Estado, Comunidades Autónomas, Entidades locales pertenecientes a su ámbito territorial).
18/10/2018 09:05:16 Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXXXXXX
Por su parte, el Decreto n.º 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de estos en el ámbito de la Administración Regional, solo ha de entenderse derogado en todo aquello que contradiga a la Ley 7/2004 (disposición derogatoria única de esta). De modo más amplio que la Ley 7/2004, el artículo 2 del Decreto hace mención a los convenios, acuerdos o compromisos que formalice la Administración Regional y sus Organismos Autónomos con la Administración del Estado o alguno de sus organismos dotados de personalidad jurídica propia, con otras Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales o con otras Entidades Públicas o personas físicas o jurídicas sujetas al Derecho privado.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV
Es evidente que la UCAM no se encuadra dentro de las Administraciones públicas que expresamente cita el Capítulo II, Título I, de la Ley 7/2004, por lo que, teniendo en cuenta que, por el contrario, el artículo 2 del Decreto n.º 56/1996 sí alude a los convenios que se celebren con otras personas jurídicas sujetas al derecho privado, resulta de aplicación a este convenio únicamente el mencionado Decreto y no el Capítulo II, Título I, de la Ley 7/2004.
También hay que completar la normativa aplicable a este convenio con las reglas contenidas en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
A la vista de lo anterior, puede afirmarse que el contenido del texto propuesto cumple en términos generales los requisitos establecidos tanto en el artículo 49 de la Ley 40/2015, como en el artículo 5 del Decreto 56/1996. Por su parte, la memoria justificativa aportada, de fecha 17 de septiembre de 2018, contiene los pronunciamientos exigidos en el artículo 50.1 de la Ley 40/2015 (análisis de la necesidad y oportunidad del convenio, su impacto económico y el carácter no contractual de la actividad en cuestión).
Firmante: XXXXXXX XXXXXXX, XXXX XXXXXX
Tercera.- No se aprecia que el objeto del convenio tenga la consideración, por su naturaleza, de ninguno de los contratos sujetos a la Ley 9/2017, de 8 noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de modo que, con arreglo a su artículo 6.2, resulta excluido del régimen de contratos. De hecho, según el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, los convenios no podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Juventud y Deportes Secretaría General
Servicio Jurídico Xxxx. xx xx Xxxx, 00
18/10/2018 10:44:30
Cuarta.- Al no comportar obligaciones económicas para la Administración regional, según indica el informe sobre valoración estimativa del coste, de 17 de septiembre de 2018, no resulta preceptivo informe de existencia de crédito ni fiscalización del gasto (artículo 7.2 del Decreto n.º 56/1996).
18/10/2018 09:05:16 Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXXXXXX
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV
Quinta.- La Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región xx Xxxxxx, establece en su artículo 14.1 que el Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx debe ser consultado preceptivamente, entre otros supuestos, en el de proyectos de convenios o acuerdos “en materia educativa” (apartado f). Dada la amplitud de la expresión, se impone una interpretación de la misma en cuya virtud se considere preceptiva esta consulta cuando la incidencia educativa del proyecto de convenio o acuerdo sea particularmente relevante, pues de lo contrario la inmensa mayoría de tales proyectos deberían someterse a dicho órgano, lo que no parece responder a la finalidad de la Ley 6/1998. Debe, pues, analizarse en cada caso el contenido del convenio de que se trate. En atención al objeto esencial de este convenio, consideramos que su limitado alcance determina la no preceptividad del informe del Consejo Escolar.
Sexta.- La titular de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, es la competente para la aprobación del convenio (artículo 8.1 del Decreto n.º 56/1996). Con posterioridad formulará la propuesta al Consejo de Gobierno para la autorización del acuerdo, y lo suscribirá, una vez autorizado por el mismo (artículo 16.2 ñ) de la Ley 7/2004).
Esa autorización previa del Consejo de Gobierno para su celebración se basa en el artículo 22.18 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región xx Xxxxxx, así como en el artículo 8.2 del Decreto n.º 56/1996.
Por último, en virtud de los artículos 10 y 14 del Decreto n.º 56/1996, el convenio deberá figurar inscrito en el Registro Central de Convenios y se publicará en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx. También se publicará en el Portal de la Transparencia en los términos del artículo 17.5 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
Firmante: XXXXXXX XXXXXXX, XXXX XXXXXX
Conclusión.- Se informa favorablemente el Convenio marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, y la Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx, en materia de innovación docente.
EL ASESOR JURÍDICO FDO. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
V.º B.º LA JEFA DEL SERVICIO JURÍDICO FDO. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx (Documento firmado electrónicamente al margen)