PLIEGO DE PRESCRIPCIÓN TÉCNICA-
CONTRATACIÓN MEDIANTE CONCESIÓN DE LAS INSTALACIONES MUNICIPALES ELORSORO KIROLDEGIA, MADALENSORO PILOTALEKUA Y PISCINA XX XXXXXX DE OIARTZUN.
PLIEGO DE PRESCRIPCIÓN TÉCNICA-
OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de este contrato es la gestión integral de las instalaciones municipales deportivas Elorsoro Kiroldegia, Madalensoro Pilotalekua y Piscina xx Xxxxxx (en adelante EL-MA-UD).
Estos son los servicios a prestar:
Gestión integral de los servicios de Elorsoro Udal Kiroldegia
Gestión integral de Madalensoro Udal Pilotalekua (excepto las oficinas municipales, ya que están recogidas en sus respectivos convenios).
Gestión integral de los servicios de la piscina xx xxxxxx
Explotación de los servicios deportivos.
Explotación de la cafetería de Elorsoro Udal Kiroldegia, de la cantina de la piscina xx xxxxxx, de las máquinas expendedoras de comida/bebida de las tres instalaciones y las cantinas puntuales que se puedan disponer en Madalensoro y Elorsoro.
DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES
ELORSORO UDAL KIROLDEGIA
Elorsoro Udal Kiroldegia está domiciliado en la xxxxx Xxxxxxxxx 00 y se inauguró en 1997. Hoy en día, ofrece diferentes espacios para la actividad física, y en general se encuentra en buen estado de conservación.
Se sitúa en la zona sur del centro del municipio de Oiartzun adaptándose a la pendiente del terreno. Tiene una planta cuadrada de 50x40metros y un añadido de pequeño volumen donde se sitúa la entrada por el Este y la zona de recepción. Los ejes más largos del edificio tienen una orientación este-oeste, siendo el lado más largo paralalo al vial Elorrondo.
La superficie general es de 7.200 m2
Este edificio está repartido en cuatro plantas, aquí su descripción:
Aquí se encuentran las instalaciones generales de electricidad, gas y agua, así como las de las piscinas y las de la zona termolúdica. En ella se encuentran también los vestuarios de los trabajadores. A esta zona se puede acceder directamente desde fuera y también desde las escaleras de la entrada principal.
En el mismo nivel, bajando las escaleras de la planta de los vestuarios, se encuentra la sala de ciclo-indoor (1), salas de gimnasia y aerobic (2), salas de tatami (2) y la zona de servicio de fisioterapia-osteopatía.
0.- Planta
En esta planta están la entrada principal y los servicios generales: baños y vestuarios. Desde la entrada principal se puede acceder a la zona de vestuarios y desde allí, en la misma planta, se puede acceder a la piscina y la zona termolúdica.
Zona piscina
Piscina grande (25 x 12,5 m)
Piscina pequeña (12,5 x 6 m)
Sala de atención- xxxxxxx
Xxxxxxx
Zona termolúdica:
Torno
Aseos
Vaso terapéutico (cuello cisne, silla burbujas, cama burbujas…)
Sauna finlandesa
Sala terma
2 zonas baño vapor
Foso frio
Camino Santiago
Sirimiri
Ducha escocesa
Otras duchas
Vaso contraste pies
Zona de descanso
Sala limpieza
En esta planta a un lado de la entrada principal, se encuentra la cafetería y fuera del edificio hay un parque infantil y dos pistas xx xxxxx.
1.- Planta
Subiendo una planta desde los vestuarios, a un lado, está la pista polivalente. En una de sus paredes se encuentra el rocódromo y el Boulder y enfrentados al rocódromo se hallan el almacén y las puertas de emergencia.
Al otro lado, se encuentran las salas de cardio y musculación y el frontón pequeño.
Otras instalaciones que se encuentran en esta misma planta y que tienen un acceso desde el exterior: sala de reuniones, oficinas, aseos para estos y una sala pequeña.
2.- Planta
En esta planta se encuentran las gradas y los aseos para los espectadores. Debajo de las gradas hay una pequeña cantina que puede ser explotada cuando hay eventos. Tiene un acceso directo desde fuera y también se puede acceder desde la entrada principal utilizando las escaleras laterales.
MADALENSORO UDAL PILOTALEKUA
Madalensoro Udal Pilotalekua se sitúa en la plaza Madalensoro nº 1 de Oiartzun, en el barrio Xxxxxxxx donde se halla el casco urbano del municipio. Madalensoro es un edificio exento, y su planta de 46 x 25 m forma un rectángulo de 1,150 m2 de superficie. El frontón se sitúa en una cota +63,00 metros.
0.- Planta
Hoy en día, la entrada principal del edificio está al noreste y la planta 0 está en la cota +62,00, sobre todo cuando hay partidos de profesionales y/o cuando hay algún evento multitudinario. En esta planta están ubicadas la taquilla de entradas y una pequeña cantina que puede ser explotada cuando hay eventos. Desde aquí los usuarios tienen que subir una o dos plantas para llegar cada uno a su asiento. Por otro lado, en esta planta, están los vestuarios, aseos de los espectadores y cancha de juego.
1.-Planta
Las puertas de acceso del noreste y este-oeste dan acceso a la planta donde se encuentaran las salas, que hoy en día son utilizados por los clubes de pelota, los aseos, el xxxx y los asientos de los espectadores.
2.-Planta
Se encuentran los locales de las asociaciones, los aseos y los asientos de palco. Los locales de las asocioaciones se gestionan directamente desde el ayuntamiento y quedan exentas de este contrato.
PISCINA XX XXXXXX
La piscina xx xxxxxx está situada en la calle Goizueta nº1 de la localidad.
La piscina está rodeada de 9.000m2 de césped y lo complementa el edificio de los vestuarios y cantina. La zona esta vallada con valla metálica y casi todo el perímetro también por vallado vegetal.
Se entra por la puerta del edificio, pasado el torno que está a la izquierda de la cantina.
En este edificio se encuentran: el bar, los vestuarios y los baños, todos en la misma planta. En el exterior está la terraza de la cantina. Bajo planta están las instalaciones técnicas de la piscina y el almacén general. Entre la sala de la instalación técnica y el almacén hay otra sala que directamente gestiona el ayuntamiento y queda exenta de este contrato.
La zona de la piscina esta vallada y tiene cuatro entradas, cada una dotada con su ducha automática. En ella se encuentra la única piscina: irregular y lúdica con 0m de profundidad a un lado de la piscina y -1,4m al otro. El punto de más profundidad se sitúa a -1,6m. Tiene dos toboganes a cada lado.
Alrededor hay césped y árboles.
ASPECTOS GENERALES
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario. Se entregará un inventario al inicio de la adjudicación, en las condiciones que se indicarán más adelante.
Las labores de gestión (explotación) a las que se refiere el pliego serían: la contratación de personal de servicio y administrativo; conservación, mantenimiento y limpieza de instalaciones, maquinaria, mobiliario y enseres; servicio de recepción y secretaría; servicio de socorrismo; servicio de jardinería del exterior; servicio de cafetería y explotación de las instalaciones deportivas.
Todo coste de personal, impuestos, contribuciones y gastos de cualquier clase de la contrata correrán a cuenta del adjudicatario; incluido vestuario, maquinaria específica, pequeño material de mantenimiento y demás material necesario para el objeto de la contratación, quien se compromete a cumplir a su exclusivo cargo con las obligaciones legales y contractuales del presente contrato.
Los gastos de seguros, electricidad gas, teléfono, reparaciones especializadas, contratos de mantenimiento externo (incluida desratización y desinsectación) y conservación del edificio correrán a cuenta del adjudicatario. El coste del agua corre a cargo del ayuntamiento, y se regirá conforme se reglamenta en el punto 16.k) del presente pliego.
De la misma manera, corresponderá al adjudicatario la percepción de las cantidades que se establezcan por la utilización de EL-MA-UD por parte de los usuarios.
El Ayuntamiento podrá hacer uso de la sala de reuniones de Elorsoro Udal Kiroldegia, siendo los gastos de mantenimiento por cuenta de la empresa concesionaria.
El Ayuntamiento realizará un seguimiento directo para la coordinación entre la contrata y la anterior empresa adjudicataria, manteniendo cuantas reuniones fueran menester.
Servicios mínimos a ofrecer
El adjudicatario deberá garantizar la prestación, como mínimo, de los siguientes servicios a los usuarios, sin perjuicio de lo dispuesto en los presentes Pliegos:
Utilización de las instalaciones EL-MA-UD.
Gimnasios de musculación y cardiovascular.
Explotación deportiva: según lo dispuesto en el apartado 5º de estos Pliegos, sin perjuicio de las posibles innovaciones que disponga el adjudicatario.
Alquiler de todos los espacios disponibles en EL-MA-UD.
Servicios vinculados a las termas termolúdicos en EL.
Servicios vinculados al rocódromo en EL.
Servicios vinculados a la fisioterapia-salud.
Servicios vinculados a la cafetería y al acantina en EL - UD
Estándar de calidad de las instalaciones
El adjudicatario deberá garantizar los siguientes parámetros mínimos:
TENPERATURA
Temperatura piscina infantil 29º - 30º
Temperatura piscina adultos 27º - 28º
Temperatura del aire recinto piscina 28º - 30º
Temperatura vestuarios 23º - 24º
Temperatura salsas de gimnasio-aerobic 18º - 20º
Temperatura de consumo de Agua Caliente Sanitaria (A.C.S.) 34º - 36º
ILUMINACIÓN
Recinto de piscinas 300-500 lux
Vestuarios y zonas públicas 150-200 lux
Salas de aerobic y gimnasios 200-300 lux
Recinto de entrada y halles 200-300 lux
Zonas de mantenimiento 100 lux
VENTILACIÓN
Cumplimiento del R.I.T.E.
GESTIÓN DEL PERSONAL
El concesionario deberá cumplir con las obligaciones legales laborales y de Seguridad Social, debiendo satisfacer al personal que presta el servicio objeto de adjudicación, como mínimo, el salario correspondiente según lo previsto en el convenio colectivo de “Instalaciones Polideportivas de Titularidad Pública de Guipúzcoa” aplicable actualmente o bien el que esté vigente. Igualmente, el adjudicatario deberá cumplir con los requisitos legales que existen en materia de contratación de trabajadores con discapacidad, de forma que su plantilla esté conformada, cuando menos, por el porcentaje mínimo de trabajadores con estas características que la legislación estipula.
Trabajadores subrogados (según el anexo IV de los pliegos administrativo-económicos). Los trabajadores pasaran a formar parte de la empresa adjudicataria y la empresa adjudicataria deberá de subrogar todos los derechos y obligaciones laborales adquiridos en la anterior empresa (antigüedad, categoría profesional y todos los derechos adquiridos). La empresa adjudicataria deberá de respetar todos ellos.
El concesionario deberá aportar todo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, teniendo plena libertad para contratar cuantos recursos humanos precise. No obstante, el concesionario deberá garantizar presencialmente, como mínimo, en el polideportivo y en la piscina xx xxxxxx un trabajador de control y atención al público por turno, un socorrista por lo menos en el polideportivo y piscina xx xxxxxx (en Elorsoro Udal Kiroldegia se garantizarán por los menos dos socorristas de lunes a viernes y de septiembre a junio de 17:00- 19:00 de la tarde, y durante todo el año los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos), un operario de limpieza por turno, un técnico de orientación para la sala fitness y personal para impartir cursillos en las modalidades y horarios que luego se citan.
Todo el personal que ejecute las prestaciones dependerá únicamente del adjudicatario, o, en su caso, de las empresas subcontratadas, a todos los efectos, sin que exista ningún vínculo de dependencia funcionarial ni laboral con el Ayuntamiento de Oiartzun. A tal efecto, y con carácter previo al inicio de la ejecución del contrato, el adjudicatario estará obligado a especificar las personas concretas que ejecutarán las prestaciones y a acreditar su afiliación y su situación de alta en la Seguridad Social. Durante la vigencia del contrato, cualquier modificación o sustitución de esas personas deberá comunicarse previamente al Ayuntamiento, así como acreditar que su situación laboral está ajustada a derecho.
El personal contratado deberá contar con la titulación mínima para el desarrollo de sus funciones. Se establecerán los siguientes requisitos mínimos para cada una de las instalaciones:
Responsable de la instalación: Titulación Universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes o equiparados por la empresa y/o con experiencia consolidada en el ejercicio de su sector profesional.
Personal de mantenimiento: Formación Profesional Grado Medio o equivalente o equiparados por la empresa y/o con experiencia consolidada en el ejercicio de su sector profesional.
Personal administrativo: Formación Profesional Grado Medio o equivalente o equiparados por la empresa y/o con experiencia consolidada en el ejercicio de su sector profesional
Técnicos de enseñanzas:
Aerobic, Zumba, Ciclo-indoor y similares: T.A.F.Y.D o Técnico F.E.D.A nivel 2 de aerobic y actividades dirigidas.
Natación: Monitor de natación, T.A.F.Y.D o Diplomado en Magisterio deportivo.
Aquagym, aquaerobic y similares: Monitor de natación, T.A.F.Y.D o Diplomatura en Magisterio Deportivo y 20 horas de formación específica en las materias y experiencia mínima de 20 horas de impartición de clases como monitor en la materia específica a impartir.
Natación bebés: Monitor de natación, T.A.F.Y.D o Diplomatura en Magisterio Deportivo y una experiencia mínima de 20 horas de impartición de clases como monitor en la materia específica a impartir.
Gimnasia, Gimnasia 3ª edad, yoga, bailes, y taichí y similares: mínimo 100 horas formación específica en las materias y experiencia mínima de 50 horas de impartición de clases como monitor en la materia específica a impartir.
Para poder dar las actividades de los puntos i., ii., iii., iv., v., se tendrán en cuenta los trabajos realizados antes del 30 de septiembre del 2017, conocimientos equivalentes o equiparados por la empresa y/o con experiencia consolidada en el ejercicio de su sector profesional.
Psicomotricidad: Diplomado en Magisterio con especialidad en Educación Física, Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.
Escalada: Técnico deportivo de 2º nivel en deporte de montaña o en la modalidad xx xxxxxxxx (Alta montaña)
Pádel: Titulo nacional de monitor de 1º nivel (FEP).
Fisioterapia: Diplomado o grado en fisioterapia
Para las actividades no incluidas en la relación anterior, deberá contemplarse una equivalencia en los criterios de cualificación.
Socorristas: Primeros auxilios, Socorrismo acuático y DEA (Desfibrilador externo automático), actualizados cada dos años o cuando lo pida la normativa vigente.
Prescripción, orientación y asesoría de la actividad física: Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y Deporte o postgrado.
En todo caso, las titulaciones mínimas de los trabajadores contratados por el adjudicatario para la prestación de servicios deportivos se ajustarán a la normativa vigente y, en especial, a lo que la Ley determine en cuanto a competencias profesionales en el sector.
El personal contratado por el concesionario en las instalaciones que tenga contacto directo con los ciudadanos deberá ser capaz de desarrollar su cometido en los dos idiomas oficiales de la CAV, debiendo ser necesario acreditar los perfiles lingüísticos recogidos en el apartado 14.2.2 de los presentes Pliegos.
El personal de la instalación deberá poder ser identificado en todo momento como tal por las personas usuarias de la misma, para lo que el concesionario adoptará las medidas necesarias (acreditación visible...).
El adjudicatario designará una persona responsable de mantenimiento, quien se encargue de coordinar los trabajos y el personal de mantenimiento.
El adjudicatario designará una persona responsable del buen funcionamiento del servicio, quien será el interlocutor con el Ayuntamiento para todas aquellas cuestiones que afecten al desarrollo del contrato. Esta designación deberá ser comunicada al Ayuntamiento, por parte del concesionario, nada más le sea notificada la adjudicación del contrato. Indiferentemente de lo anterior, se podrá designar una Comisión de Seguimiento de la gestión de las instalaciones, cuyos miembros cada parte designaría en su momento.
El adjudicatario garantizará que contratará a una persona a jornada completa y con titulación superior universitaria o con conocimientos equivalentes o equiparados por la empresa y/o con experiencia consolidada en el ejercicio de su sector profesional. Esta persona será el gestor de la entidad deportiva, responsable del centro o gerente. Esa persona además formará parte en la Comisión de Seguimiento de las instalaciones y en la Comisión de Gestión cuando así se requiera.
En cumplimiento de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, el personal que desarrolle su actividad en relación directa con menores de edad deberá aportar certificado que acredite no estar incluido/a en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
GESTIÓN DEPORTIVA
El adjudicatario garantizará las siguientes líneas de actividades dentro del ámbito de explotación deportiva:
En el ámbito del deporte escolar
El adjudicatario deberá respetar la normativa vigente en Gipuzkoa sobre deporte escolar, así como el Programa Anual de Actividades de Deporte Escolar de Oiartzun. En concreto, el adjudicatario no podrá organizar ninguna actividad deportiva de competición dirigida a escolares de las categorías xxxxxxxx y alevín los sábados por la mañana durante el curso escolar, de forma que se respeten los calendarios polideportivos de competición elaborados por los centros escolares en coordinación con el Área de Deportes del Ayuntamiento.
En cualquier caso, todas las actividades dirigidas a escolares (hasta 2º de ESO) que no formen parte del Programa de Deporte Escolar que anualmente aprueba el Área de Deportes del Ayuntamiento, deberán contar con la previa autorización de éste.
La utilización de las instalaciones deportivas, por parte de los centros escolares, para el desarrollo de actividades de deporte escolar incluidas en el Programa de Actividades de Oiartzun (hasta la categoría infantil inclusive) será de carácter gratuito, y tendrán prioridad en el acceso a las pistas polideportivas los sábados de 09:00 a 14:00 y de lunes a viernes de 16:45 a17:45. También tendrán prioridad en Madalensoro Pilotalekua los miércoles y jueves de 16:45 a 17:45. Para que el concesionario pueda utilizar estos espacios o parte de ellas deberá de recibir previa autorización del Ayuntamiento de Oiartzun.
Asimismo, deberá reservarse gratuitamente la utilización de las piscinas para la celebración de, al menos, dos festivales acuáticos xxxxxxxx, que tendrán lugar los sábados por la mañana durante el curso escolar. Las fechas serán concretadas por el Ayuntamiento de Oiartzun anualmente, una vez confeccionado el programa de actividades de deporte escolar correspondiente al curso escolar (8 h./año aprox.).
Para la celebración de competiciones de natación incluidas en el programa de deporte escolar de Gipuzkoa, se reservará el recinto de piscinas un mínimo de dos días, contando cada una de ellas con un cierre aproximado de 3,5 horas de duración (7 h./año aprox.).
El adjudicatario deberá reservar de forma gratuita y prioritaria, un mínimo una xxxxx xx xx xxxxxxx xx 00 x. x xx xxxxxxx pequeña a los colegios Haurtzaro Ikastola y Xxxxxxxx Xxxxx Ikastetxea, de lunes a viernes, dentro del horario lectivo y curso escolar, y durante los horarios necesarios para la organización, en el caso de que los centros escolares decidan tomar parte en dicho programa, de los cursillos incluidos en la Campaña de Promoción de la Natación.
Todos los aspectos relacionados con estas actividades (inscripciones, publicidad, monitores, etc.) serán coordinados por el Ayuntamiento. Las necesidades concretas de calles, horas y fechas se comunicarán al adjudicatario al comienzo de cada curso escolar, una vez finalizado el proceso de inscripción de los centros escolares en la Campaña de Promoción de la Natación, y el adjudicatario podrá disponer para sus propias actividades de los espacios no ocupados por los cursillos de esta Campaña (300 h/año y una calle como mínimo).
El adjudicatario deberá reservar gratuitamente a los colegios Haurtzaro Ikastola y Xxxxxxxx Xxxxx Ikastetxea las horas de clases de gimnasia que satisfagan sus necesidades dentro del horario escolar y que sean autorizados por el Ayuntamiento. Los colegios en horario escolar tendrán prioridad en la pista, y si quisieran utilizar otras salas, lo podrán utilizar según disponibilidad.
De igual manera, la empresa adjudicataria se obliga a prestar los servicios de enseñanza de la natación incluidos en el programa de la Campaña de Promoción de la Natación. La enseñanza se impartirá siguiendo los criterios establecidos por el Ayuntamiento de Oiartzun.
La iniciativa ¡Muittu! es un programa promovido por el ayuntamiento para los prebenjamines que mediante juegos y de una manera lúdica trabajen las capacidades físicas.
Siendo una iniciativa promovida por el Ayuntamiento, el adjudicatario deberá reservar gratutita y prioritariamente los espacios requeridos en Elorsoro Udal Kiroldegia de lunes a jueves de 16:45 a17:45.
En el ámbito del deporte de rendimiento
El concesionario deberá garantizar la prioridad, en favor de los clubes deportivos con sede social en Oiartzun y con destino a sus entrenamientos y competiciones, en las instalaciones gestionadas por él aproximadamente del siguiente modo:
Competiciones / Entrenamientos |
Nº de horas / uso |
Competiciones piscina natación (4h x 2-4 x piscina completa: 6 calles) |
24-48 horas (piscina completa) |
Entrenamiento piscina (40 semanas: lunes, miércoles y viernes 3 calles x 2 horas + 2 calles x 1 hora, martes 2 calles x 2 horas |
200 horas 0 xxxxxx 000 horas 3 calles |
Competiciones pista (40 semanas x 14h x 1inst) |
560 horas pista completa |
Entrenamientos pista (200 días x 5h x 1inst.)
|
1000 horas |
Entrenamientos local tatami (40 semanas x 23,5 h/1inst) |
940 horas |
Entrenamientos en el frontón Madalensoro (50semanas x 19h/1inst.) |
950 horas |
Competiciones (semanas x 8h/1inst.) |
320 horas |
Competición Pala (20semanas x 12h) |
240 horas |
La distribución de horario y calendario de estas disponibilidades se realizarán en coordinación con el Ayuntamiento y se definirán a principio de temporada. A título orientativo, tendrán lugar en estos horarios y fechas:
ELORSORO UDAL KIROLDEGIA CURSO 2016-2017
Entrenamientos:
Pista polivalente:
Club o Asociación |
Días y Horario |
Uso |
Baloncesto (OSSKT) |
15:30–16:45 miércoles, viernes 17:45-18.45 martes, jueves y viernes 18:45-19:45 jueves 18:45-20:15 viernes 19:45-21:45 martes |
(1/3 pista) (1/3 pista)
(1/3 pista) (1/3 pista) (1/3 pista) |
Oiartzungo Xxxxx Elkartea (OKE+Xxxxx Xxxxxxx): |
18:45-20:45 lunes, 19:45-20:45 miércoles 19:45-21:45 jueves 20:15-21:45 viernes |
(pista completa) |
Futbol sala (Power Ranger) |
18:45-20:45 lunes 19:15-21:45, jueves 16:30-19.00 sábado |
(pista completa) |
Gimnasia Rítmica (Tximeleta) |
17:45-18:45 lunes 17:45-19:45 miércoles y viernes |
(2/3 pista) |
Euskal Makila Jokoa |
19:45-21:45 martes |
(1/3 pista) |
Deporte Adaptado |
17:45-19:45 jueves |
(1/3 pista) |
Piscina:
Club o Asociación |
Días y Horario |
Uso |
Oarsoaldea Igeriketa taldea |
18:30-19:30 lunes, miércoles y viernes 19:30-21:15 lunes, miércoles y viernes 19:30-21:30 martes |
(2 calles)
(3 calles)
(2 calles) |
La utilización por parte de los clubes tendrá unas limitaciones con el fin de preservar la garantía de servicio a los usuarios particulares. De esta manera, en ningún caso podrá superarse la ocupación simultánea de 3 calles de la piscina grande.
Salas sótano:
Club o Asociación |
Días y Horario |
Uso |
Elizaldetarrak judo elkartea |
19:30-21:00 lunes 17:00-19:00 martes y jueves 18.00-21:00 miércoles y viernes |
(Tatami grande) |
Kenpo kai |
13:00 -14:00 y 17:00-21:45 martes y jueves |
|
Competiciones:
Área de piscinas: sábados y domingos en horario de apertura.
Pista Polideportiva: viernes, sábados y domingos en horario de apertura. Los fines de semana los clubes deportivos tendrán prioridad para jugar los partidos federados de sus respectivas jornadas.
Duchas: para los clubes y asociaciones que organicen eventos en el municipio de Oiartzun, se garantizará el uso de las duchas a los participantes dentro del horario de apertura, cuando así lo soliciten los organizadores.
MADALENSORO PILOTALEKUA CURSO 2016-2017
Entrenamientos:
Club o Asociación |
Días y horario |
Uso |
Pelota mano: OIARPE. |
17:30- 22:00 martes, 17:45- 21:00 miércoles 17:45- 22:00 jueves |
Entera |
Xxxx Xxxxx: TXOST |
18:00-20:00 lunes |
Entera |
Pala: TXOST |
10:30-11:30 lunes-miércoles-jueves, 20:00-21:00 lunes y 21:00-22:00 miércoles, |
Entera |
Competiciones:
- Los partidos de pelota a mano y pala (incluido los escolares) serán los viernes de 19:00 en adelante o los sábados por la tarde, coordinados entre ellos.
- El campeonato de EH de pala, los sábados de enero x xxxx de 9:00-14:00 y 16:00-17:00 y los domingos 9:00-14:00.
En el ámbito del deporte de participación (abierto a toda la población):
El adjudicatario deberá ofertar actividades dirigidas a toda la población, orientadas al ocio, mantenimiento físico y formación deportiva. Dentro de esta oferta deportiva se deberán establecer programas de iniciación deportiva, así como actividades deportivas dirigidas a la tercera edad y otros colectivos con dificultades (personas discapacitadas, etc.). No obstante, debido a que la oferta de la temporada 2017-18, está creada con anterioridad a la licitación a los que hace referencia los presentes pliegos, se deberá respetar tanto en días como en horarios, como mínimo, hasta el 30 xx xxxxx de 2018.
Si una vez ofertados no se llegara al mínimo de alumnos apuntados en los cursos, podrían no ser impartidos.
El adjudicatario como mínimo promocionará entre sus abonados las siguientes modalidades: Gimnasia, aerobic y gimnasia para mayores de 65 años, yoga, pilates, ciclo-indoor, entrenamiento funcional, xxxxxxxx, xxxxx, etc.
El adjudicatario ofrecerá un servicio de salud entre sus abonados: fisioterapia, osteopatía, medicina o servicio similar. Este servicio se dará, como mínimo, de lunes a viernes y para ello pondrá a una persona.
El adjudicatario colaborará con el Ayuntamiento en los programas de promoción de la actividad física en el municipio. Se podrá mejorar el número de horas en la propuesta presentada. En concreto, se desarrollarán las siguientes iniciativas:
En las acciones de prescripción, orientación y asesoramiento personalizado sobre actividad física (monitor de la sala de fitness u otros), se seguirán los protocolos establecidos en el Servicio de Orientación de Actividad Física (SOAF), llevando actualizados los registros oportunos y facilitando al Ayuntamiento los datos necesarios para mantener la coordinación de los programas y los datos estadísticos de los mismos. El servicio de asesoramiento será gratuito y estará destinado a cualquier ciudadano interesado en involucrarse en un programa de actividad física. El servicio funcionará con el sistema de cita previa y el servicio mínimo a prestar será de cuatro horas a la semana de septiembre x xxxx. De la misma manera, se prestará el servicio de asesoramiento gratuito por parte de los técnicos habilitados (Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte u otros de similar cualificación) a aquellas personas involucradas en protocolos de colaboración del Ayuntamiento con otras entidades para la promoción de la actividad física (servicios sociales, centros escolares, centros de salud...). El protocolo de acción será el aprobado, por ejemplo: SOAF-Gipuzkoa, por la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa.
El adjudicatario deberá de fomentar el uso del rocódromo y para ello pondrá un monitor experto para horas de dinamización. Como mínimo se dará el servicio 4 horas a la semana de septiembre x xxxx entre semana. Se podrá mejorar el número de horas en la propuesta presentada.
Con el fin de fomentar el deporte para todos, junto con el acuerdo del Ayuntamiento, se podrán organizar diferentes eventos: semana del deporte, semana de la movilidad, puertas abiertas, eventos culturales, eventos solidarios, etc.
Participación –colaboración en eventos de otros agentes como clubes deportivos, otros departamentos del Ayuntamiento, asociaciones.
El adjudicatario se obliga a la distribución de soportes informativos para la promoción de la actividad física que el Ayuntamiento programe, así como la colocación de elementos publicitarios o promocionales a ubicar en las instalaciones.
La prestación de servicios consistirá en la impartición de cursos de las disciplinas descritas en las instalaciones deportivas y con el material deportivo que la instalación disponga para ello. El adjudicatario deberá renovar el material que se utilice en las clases para garantizar un servicio de calidad.
La empresa adjudicataria se obliga a aportar los recursos humanos necesarios para las actividades deportivas que se programen. Todo el personal deberá tener la capacitación suficiente para impartir las clases.
La asistencia a cursillos se permitirá únicamente a todos aquellos usuarios que tengan contratado este servicio, para lo cual habrá de controlar el adjudicatario la asistencia a dichos cursillos.
En cuanto a los contenidos y fechas, la empresa adjudicataria acordará el programa anual con el Ayuntamiento. La oferta del curso 2017-2018 en el anexo III.
El adjudicatario permitirá en cualquier momento la inspección técnica del Ayuntamiento sobre la gestión del servicio a fin de comprobar que su funcionamiento se ajusta a lo prevenido en el pliego y a las disposiciones legales vigentes.
El adjudicatario se compromete al seguimiento individual del alumno: pase de listas de participantes y control de asistencia de los alumnos que consten en las listas, no pudiendo impartir clase a ningún cursillista que no aparezca registrado en las mismas.
La empresa adjudicataria deberá nombrar a un representante como interlocutor con el Ayuntamiento. Este interlocutor único dispondrá de una disponibilidad mínima de dos horas a la semana para realizar dichas funciones.
La empresa se obliga a que los monitores vistan la indumentaria adecuada y a que en ésta conste en lugar visible el término “MONITOREA” de forma que los usuarios de la instalación puedan identificarlos con facilidad. De la misma forma, en la indumentaria del/de la socorrista, deberá constar en lugar visible el término “SOROSLEA”, para que pueda ser identificado fácilmente.
El programa deportivo podrá incluir también competiciones de carácter recreativo abiertas a la participación de toda la población.
En todo caso, la oferta de actividades dirigidas deberá contener, como mínimo, el siguiente contenido:
Programa mínimo a ofertar para la temporada de octubre a junio (aprox. 4.060 horas):
TIPO DE CURSO |
Nº DE CURSOS |
Nº DE ALUMNOS/CURSO |
PRECIO |
Natación Adultos |
7 cursos de 2 ses/sem. 45´ |
MÍN. 5- MÁX. 12 |
Con el límite de precios vigentes.
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Natación para niños |
30 cursos de 2 ses/sem. 30´ 1 cursos de 1 ses/sem. 60´ |
En función de niveles MÍN. 5- MÁX. 12 |
|
Natación adaptada |
1 cursos de 2 ses/sem. 30´
|
En función del nivel de discapacidad MÍN. 1 -MÁX. 6 |
|
Ciclo Indoor-Spinning |
9 cursos de 2 ses/sem. 55´
|
MÍN. 15- MÁX. 37 |
|
Entrenamiento funcional |
6 cursos de 2 ses/sem. 60´ 2 cursos de 3 ses/sem. 60´
|
MÍN. 12- MÁX. 15 |
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Aerobic y similares |
3 cursos de 2 ses/sem. 60´
|
MÍN. 12- MÁX. 24 |
|
Pilates y Yoga |
2 cursos de 2 ses/sem. 60´ 2 cursos de 2 ses/sem. 90´
|
MÍN. 12- MÁX. 30 |
|
Gimnasia y similares |
3 cursos de 2 ses/sem. 60´ 2 cursos de 3 ses/sem. 60´
|
MÍN. 12- MÁX. 30 |
|
Pádel |
2 cursos de 2 ses/sem. 45´
|
MÍN. 8- MÁX. 10 |
|
Escalada adultos |
2 cursos de 2 ses/sem. 60´
|
MÍN. 6- MÁX. 10 |
|
Escalada jóvenes |
2 cursos de 2 ses/sem. 60 |
MÍN. 6- MÁX. 10 |
Todos los cursos ofertados en este apartado deberán ser trimestrales. Si no se llega al mínimo, la empresa adjudicataria puede decidir dar o no la actividad. Para sobrepasar el cupo máximo, se deberá de justificar y recibir el visto bueno del ayuntamiento.
b) Programa mínimo para la temporada xx xxxxxx (aprox. 136 horas):
TIPO DE CURSO |
Nº DE CURSOS |
Nº ALUMNOS/CURSO |
PRECIO |
Natación para niños |
7 cursos mensuales de 4 ses/sem 30´
|
En función del nivel MÍN. 5- MÁX. 12
|
Con el límite de precios vigentes.
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Aerobic, Yoga, ciclo indoor, gimnasia y sus derivados |
3 cursos mensuales de 2 ses/sem 60´
|
MÍN. 12- MÁX. 30 |
|
Pádel |
2 cursos mensuales de 4 ses/sem 60´
|
MÍN. 8- MÁX. 10
|
|
Escalada |
2 cursos mensuales de 3 ses/sem 60´
|
MÍN. 6- MÁX. 10 |
El Ayuntamiento podrá actualizar esta oferta mínima para cada ejercicio, siempre dentro del límite de horas resultante de esta licitación, para lo cual proporcionará al adjudicatario detalle de la misma con anterioridad a la puesta en marcha de las campañas de preinscripción o inscripción. Estas actualizaciones respetarán, en todo caso, la estructura básica del programa de mínimos antes descrito, limitándose a la realización de pequeños ajustes, debidos, principalmente, a las lógicas adaptaciones al calendario del ejercicio correspondiente y a la debida coordinación entre las actividades.
Resumiendo, estas son las horas necesarias para el deporte escolar, deporte de rendimiento y participación, pudiendo cambiar su distribución.
Deporte escolar Deporte de rendimiento Deporte de participación |
|||
Piscinas Salas Pistas polideportivas Frontones
|
300 h 85 h 330 h 66 h |
1.168 h 860 h 1.560 h 1.510 h |
1.374 h 2.382 h 304 h |
Total |
781 horas |
5.020 horas |
4.060 horas |
El concesionario estará facultado para ampliar la oferta mínima señalada en el punto anterior con una mayor programación de estas actividades, o con la inclusión de cualquier otra, siempre que éstas estén enfocadas a los objetivos mencionados en el punto primero. En todo caso, se deberá incluir en esta oferta deportiva aquellas actividades que el adjudicatario se comprometa a prestar en la oferta presentada a la licitación.
El Ayuntamiento supervisará la oferta deportiva programada para cada ejercicio, con sujeción a lo dispuesto en los presentes Pliegos y valorando siempre el interés general de los ciudadanos de Oiartzun. En el caso de que, por motivos de interés general, el Ayuntamiento no mostrase su conformidad con la oferta deportiva elaborada por el concesionario, el primero le señalará a éste los motivos de dicha decisión, estando el adjudicatario facultado para presentar una oferta alternativa.
La distribución horaria de la oferta deportiva responderá, por una parte, a la planificación del Ayuntamiento (el mínimo exigido en el punto 5.3), mientras que el resto lo será a discreción del adjudicatario, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto anterior.
El concesionario deberá mantener el mismo nivel de actividad durante toda la duración de la concesión, aunque el contenido de la misma pueda variar.
Se deberá garantizar que, en todas las actividades organizadas, el número de usuarios matriculados por cada monitor no exceda de las siguientes ratios en ningún caso:
Actividades de natación máximo de alumnos por curso:
- Curso de natación niños /en función del nivel 8-10-12
- Cursos para jóvenes/12
- Cursos para adultos en piscina grande/12
- Discapacitados/individual
- Discapacitados/4 (discapacitados en función del grado de discapacidad)
Espacio/máximo de alumnos por curso:
- Sala Ciclo indoor/37
- Gimnasio enseñanza/24
Los mínimos orientativos para que los cursos puedan impartirse serán los siguientes:
Para cursos de 6 o menos plazas, 3
Para cursos de 8 personas, 6
Para cursos de 10 – 20 personas, 10
Para curos de más de 20 personas, 15
Prestación de servicios especiales al Ayuntamiento de Oiartzun
El adjudicatario se obliga a prestar determinados servicios especial al Ayuntamiento de Oiartzun, en aras de atender a necesidades de interés general auspiciadas por los departamentos municipales. Concretamente, programas de acogida de niños por familias oiartzuarras en verano: cursos de natación.
La prestación de estos servicios no dará lugar a compensación económica alguna y los gastos que pudieran generar se entenderán asumidos en la cuenta de explotación presentada a concurso.
Proceso de inscripción a cursos y actividades
La empresa adjudicataria realizará de su cuenta las inscripciones a cursos ofertados en las instalaciones, poniendo los medios para desarrollar el proceso en las condiciones necesarias. El Ayuntamiento podrá establecer, en su caso, los criterios a seguir en el proceso de inscripciones, en cuanto a prioridad en el acceso a las plazas de los cursos se refiere.
Las campañas de preinscripción e inscripción correspondientes a las actividades dirigidas de la temporada octubre - junio y de la campaña “UDA” (municipal, comarcal) se realizarán de forma coordinada en ambas instalaciones.
SALVAMENTO Y SOCORRISMO
La entidad gestora queda obligada a:
Cumplir y hacer cumplir las funciones de socorrista y todas las normas derivadas del Reglamento Sanitario de piscinas de uso colectivo, según Decreto 32/2003 del Gobierno Xxxxx, de 18 de febrero. Como complemento a esta normativa deberán cumplir así mismo el plan de autocontrol que en las instalaciones deportivas pertenecientes al municipio.
El servicio de salvamento y socorrismo será prestado todos los días en los que las instalaciones Elorsoro Udal Kiroldegia se abran al público, desde su apertura hasta quince minutos antes de su hora de cierre, pudiendo ser modificado a requerimiento del propio ayuntamiento.
Se cubrirá, igualmente, este servicio, tanto por causa de eventos especiales como por cualesquiera otras necesidades.
La empresa adjudicataria garantizará, en todo momento y ante cualquier eventualidad, la prestación del servicio en el horario asignado.
El objetivo principal del servicio de socorrismo es la de prestar un servicio de protección y salvamento en las piscinas de manera permanente.
CONTROL DE ACCESOS A INSTALACIONES
El servicio prestado por la adjudicataria incluirá toda la labor de información y atención a los usuarios, tanto del edificio como de la totalidad de las instalaciones y servicios que se prestan en el mismo, cuidando del buen orden de las instalaciones, así como de la organización coordinada de las actividades. Incluirá, así mismo las labores administrativas de apoyo a la actividad de EL.MA-UD, tales como inscripciones, socios, carnés, venta de entradas, reservas, etc.
Apertura y cierre de las instalaciones EL-MA-UD, en los horarios y calendario aprobado por el ayuntamiento para todo el año. Se cubrirá, igualmente, este servicio en otros horarios en que sea preciso garantizarlo a instancias del Ayuntamiento de Oiartzun.
En el tratamiento, la comunicación y la cesión de cualquier información que contenga datos de carácter personal, el concesionario deberá cumplir en todo momento con las disposiciones legales vigentes en esta materia y, más concretamente, con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 12 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan Datos de Carácter Personal, aprobado por R.D. 994/1999, de 11 xx xxxxx.
Una vez cumplida la prestación contractual, el adjudicatario entregará a la entidad titular los datos de carácter personal tratados.
Para garantizar una buena comunicación y relación con los usuarios/abonados, el adjudicatario mantendrá los datos personales (correo electrónico, dirección…) actualizados y pondrá a disposición del Ayuntamiento cuando así se lo requiera.
El servicio de recepción y control de polideportivo formará parte de la gestión del polideportivo, es decir, deberán de realizar labores administrativo y de recepción del polideportivo.
SERVICIO DE CAFETERIA
El adjudicatario deberá de garantizar una correcta atención en la cafetería en horario de apertura al público.
Este servicio se prestará en Elorsoro Udal Kiroldegia y Piscina xx xxxxxx descubierta.
Las máquinas dispensadoras de bebidas y alimentos serán gestionadas por el servicio de cafetería.
Se mantendrán los derechos de explotación de la cafetería en eventos y actividades excepcionales, menos en los casos que el Ayuntamiento de Oiartzun autorice y organice comidas /cenas. Esa explotación será voluntaria y no obligatoria.
El servicio de cafetería estará obligado a cumplir con las leyes y normativas establecidas.
Los derechos de gestión del servicio de cafetería podrán ser traspasado a terceros, para ello habrá que pedir autorización del Ayuntamiento. Sin embargo, el traspaso no menoscabará de ninguna manera, la responsabilidad del adjudicatario y deberá asumir la responsabilidad de todo lo que pudiera derivarse de la gestión de esta actividad. La duración y especificaciones de cualquier subcontratación inferirá lo que salga del contrato y estará bajo el dominio de este contrato.
El adjudicatario se hará con todos los gastos que provengan de la explotación de cafetería (luz, averías, etc.).
Para el inicio de la actividad el ayuntamiento pondrá a disposición del adjudicatario la maquinaria y mobiliario según el anexo I, menos, bajera, utensilios xx xxxx y material frágil.
Los precios de los productos ofrecidos en el servicio de cafetería serán similares a los de los hosteleros del municipio. Antes del 30 de noviembre se presentará al ayuntamiento la lista de precios para su visto bueno. En caso de no recibir contestación en el plazo de un mes, se considerará como aceptado.
MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE LAS INTALACIONES
El adjudicatario recibirá las instalaciones en las condiciones adecuadas para los usos a los que están destinada las mismas.
El adjudicatario de la gestión de las instalaciones será el responsable del buen uso, adecuado mantenimiento, cuidado, limpieza y adorno de dichas instalaciones. Además, deberá prestar especial atención al mantenimiento de las condiciones de seguridad de los usuarios.
Para garantizar que todos los elementos recibidos en el inventario se devuelven en buen estado, se ha previsto una cantidad de dinero para posibles sustituciones e inversiones que pudieran darse en el servicio. Se decidirá en la Comisión de Gestión las listas de prioridades y se tendrá que gastar esa cantidad de dinero en cada temporada.
Serán a cargo del concesionario las labores de mantenimiento señaladas en el anexo II y en la propia oferta presentada a la licitación, que se realizarán, como mínimo, con la periodicidad indicada en el citado anexo (o comprometida en la oferta, en el caso de que ésta mejore la periodicidad mínima recogida en dicho anexo). No obstante, deberá acometer igualmente todas aquellas operaciones que, aun no estando contempladas en el mencionado anexo, sean necesarias en pro del adecuado mantenimiento y conservación de las instalaciones, siempre que las mismas respondan al deterioro ordinario producido por el uso de las mismas, así como a actos de vandalismo. El coste económico de estas operaciones será asumido íntegramente por el concesionario.
De la misma manera, el adjudicatario deberá acometer a su cargo la limpieza de todos los bienes comprendidos en el anexo I, incluyéndose las superficies acristaladas de las fachadas, las terrazas exteriores, las rampas de acceso al edificio, los espacios ajardinados y el espacio anexo destinado a aparcamiento.
El adjudicatario deberá entregar al Ayuntamiento de Oiartzun el plan de autocontrol aprobado por el departamento de sanidad comarcal y los planes de limpieza y mantenimiento complementarios al inicio de su actividad (además del que se presente en la licitación) en el que se recojan rutinas, periodicidades y modos de limpieza, desinfección, desinsectación y desratización.
El Ayuntamiento podrá, en cualquier momento, verificar el cumplimiento de lo establecido en el Libro de Mantenimiento y Limpieza entregado por el concesionario, así como realizar cualquier indicación sobre el estado del mantenimiento y conservación de las instalaciones, que deberá ser atendida por el concesionario.
En ningún caso podrá el concesionario realizar obras o modificaciones en las instalaciones a su cargo sin la previa autorización del Ayuntamiento.
El servicio incluirá la recogida y retirada selectiva de los residuos generados por el propio servicio (plástico, papel y cartón, orgánico, cristal y bio-residuos) y para ello se pondrán a disposición de todos papeleras bien señalizadas y se respetará el sistema de recogida implantado en el municipio (puerta a puerta).
Será por cuenta del adjudicatario el suministro de la maquinaria, enseres y productos necesarios para la realización del servicio.
Si durante el periodo de vigencia del contrato, si hubiera la necesidad de reforma integral en las instalaciones para cumplir con su objeto (estructuras, cubiertas o similares), lo hará saber al Ayuntamiento de Oiartzun y el coste que supondría volver a tenerlo en buen estado irá a cargo del propietario, siempre y cuando la Comisión de Gestión considere que no se llegue a cubrir con la cantidad prevista en el apartado de amortizaciones e inversiones (anexo V).
Si fuera necesario, el Ayuntamiento de Oiartzun acometería las obras dentro de su plan de inversión y lo planificaría acordándolo con el gestor para hacerlo en el momento de menor uso. En cualquier caso, el gestor no tendría ningún derecho a indemnización por lo que pudiera afectar al servicio.
Trabajo de mantenimiento
Con respecto al mantenimiento, el adjudicatario cumplirá como mínimo lo siguiente:
Aplicación de la normativa vigente por la que se establecen las condiciones técnico-sanitarias de piscinas de uso colectivo.
Aplicación del Real Decreto 909/2001 de 27 de julio, criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la Legionelosis.
Realización del mantenimiento técnico legal establecido por los diferentes reglamentos de obligado cumplimiento en vigor.
Las actuaciones por realizar serán las descritas en dichos reglamentos sobre las diferentes instalaciones, tanto de tipo preventivo como las revisiones periódicas establecidas por los mismos con carácter obligatorio.
La empresa adjudicataria debe disponer de las acreditaciones correspondientes a través de los registros de industria, o en su defecto contar con la colaboración de empresas acreditadas. Este dato deberá ser reflejado en la oferta.
Si durante el período de vigencia del contrato se produjera un cambio en la legislación aplicable que obligará a la modificación total o parcial de alguna de las instalaciones existentes, la empresa adjudicataria propondrá por escrito a la propiedad las modificaciones necesarias para adecuar la instalación a la disposición legal, dentro de los plazos previstos en la misma. Los gastos que ocasione esta modificación correrán a cargo de la propiedad, si la Comisión de Seguimiento decide que no se cubre con la cantidad prevista (anexo V) para amortizaciones e inversiones.
Todas las operaciones de mantenimiento técnico legal que se realicen sobre los equipos e instalaciones que lo precisen, estarán definidas en un documento técnico en el que quedarán reflejados todos estos aspectos.
Conducción, vigilancia y control del funcionamiento de todas las instalaciones, maquinaria y componentes existentes en las instalaciones deportivas.
Atención a las alarmas y emergencias durante las 24 horas del día.
El control y seguimiento de la ejecución de nuevas instalaciones, montajes y desmontajes cuando así lo requiera la propiedad.
Mantenimiento preventivo y correctivo de todas las instalaciones, maquinarias y componentes existentes en todas las instalaciones, quedando excluida, únicamente, la estructura de los edificios.
Mantenimiento preventivo
Consistirá en las operaciones realizadas de manera sistemática y periódica, de acuerdo con el programa para ello establecido.
Las empresas concursantes indicarán en sus ofertas técnicas el plan de mantenimiento preventivo por ellas propuesto, con especificación de las operaciones a realizar y sus frecuencias, para cada uno de los sistemas e instalaciones existentes en los edificios.
Cualquier avería originada por la falta de realización de las operaciones preventivas, en los plazos y con los elementos adecuados, será reparada por la empresa adjudicataria sin cargo alguno para el Ayuntamiento de Oiartzun, debiendo sustituir a su cargo todos los elementos dañados.
Mantenimiento correctivo.
Lo conformarán las diferentes acciones encaminadas a corregir las causas del incorrecto funcionamiento, deterioro o avería de cualquiera de los sistemas, instalaciones o componentes, en su totalidad o parcialmente.
Este trabajo se desarrollará con las siguientes normas:
• Según la importancia de la avería y el tiempo de interrupción que origine se concederá un plazo máximo de 24 horas, salvo que la inexistencia de materiales, la necesidad de intervención de otros gremios o el funcionamiento del edificio impidan efectuar el trabajo.
• Será por cuenta exclusiva de la firma adjudicataria la mano de obra y el material de reposición
Repuestos de maquinaria y equipos de medida.
El material necesario a emplear será suministrado por el adjudicatario, es decir, las reposiciones para las instalaciones de materiales de los equipos rotos.
El suministro y la instalación de materiales derivados de modificaciones o renovación de instalaciones, obra nueva y adecuación de las instalaciones a la nueva normativa, correrá a cargo del adjudicatario.
La empresa adjudicataria deberá elaborar un programa de stocks mínimos y cantidades de reposición de cada uno de los elementos que sea necesario mantener en los almacenes.
Todos los materiales serán, al menos, equivalentes en calidad y características a los ya instalados.
En caso de tener que variar la marca o el modelo por causas justificadas, antes de la instalación el adjudicatario solicitará la aprobación del Ayuntamiento de Oiartzun.
Modificaciones y ampliaciones en los sistemas e instalaciones.
Las modificaciones y ampliaciones que haya que efectuar en los sistemas e instalaciones, motivadas por los cambios de legislación en las respectivas materias, deberán ser comunicadas por el adjudicatario al Ayuntamiento de Oiartzun dentro de los plazos previstos por la Ley, y con la antelación suficiente para poder realizarse, en caso contrario el adjudicatario será responsable de las posibles sanciones, multas o responsabilidades que se deriven.
El adjudicatario cuando tenga conocimiento de la posibilidad de introducir reformas susceptibles de mejorar el funcionamiento de las instalaciones, deberá proponer al Ayuntamiento de Oiartzun, con la mayor celeridad posible tanto las modificaciones como las ampliaciones que se señalan en este apartado, como cualesquiera otras que se relacionen con el objeto del contrato, si el Ayuntamiento de Oiartzun lo considera prioritario, además de dar el visto bueno correrá con los gastos que se ocasionen, sino será el adjudicatario el que corra con los gastos si está interesado en acometer estas reformas.
Control e inspección.
El adjudicatario deberá cumplimentar y tener al día un libro de mantenimiento o similar, en el que se reflejará todas las actuaciones realizadas.
El adjudicatario realizará, en el plazo de dos meses desde la adjudicación del contrato, un inventario de los equipos y maquinaria existentes en las instalaciones deportivas cotejándolo con el que le haya facilitado la propiedad. Entregará posteriormente el inventario con su conformidad al Ayuntamiento de Oiartzun.
Aquellas intervenciones que se hayan de adaptar a normas legales habrán de ser realizadas por personal homologado y con los correspondientes permisos y acreditaciones oficiales que exijan los respectivos reglamentos. En su caso, también se cumplimentarán los libros oficiales correspondientes con las anotaciones y observaciones que resulten de las diversas revisiones.
El adjudicatario cumplirá la legislación vigente, y las normas de carácter interno, y en particular la relativa a la prevención de riesgos laborales.
El adjudicatario deberá proveer a sus trabajadores del uniforme de trabajo y calzado adecuados para el desarrollo del trabajo.
De las instalaciones.
Como se indicaba en el artículo anterior, el Ayuntamiento de Oiartzun pondrá a disposición del adjudicatario el equipamiento que se recoge en el anexo I del presente pliego.
Extinguido el contrato las instalaciones y equipamiento objeto de cesión (recogidos en el inventario al comienzo de la concesión) se entregarán al Ayuntamiento de Oiartzun en perfecto estado de conservación y conforme al uso a que cada uno de ellos va destinado incluidas aquellas mejoras y/o renovaciones de equipamiento que con el transcurso del tiempo se vayan efectuando.
Antes del inicio de la prestación de los servicios objeto de este pliego, el adjudicatario podrá revisar las instalaciones y el equipamiento debiendo manifestar de forma expresa su conformidad con el estado de las mismas y su adecuación al fin propuesto, pudiendo manifestar cuantas deficiencias pudiera observar para que antes de la puesta en servicio de las instalaciones y el equipamiento, la anterior empresa adjudicataria realice las correcciones pertinentes.
El adjudicatario será el único responsable del correcto y adecuado funcionamiento y mantenimiento de las infraestructuras, edificaciones, instalaciones, mobiliario y equipamiento deportivo.
Correrá a cargo del adjudicatario el mantenimiento de las instalaciones y maquinaria que comprende el equipamiento total, incluidas las inspecciones a las que estén sujetas en aplicación de la legalidad vigente.
Material.
El adjudicatario, para la realización de la gestión de las instalaciones deportivas EL-MA-UD, correrá con todos los gastos del material que considere necesario y que no haya sido aportado por el Ayuntamiento de Oiartzun.
Trabajo de limpieza.
La limpieza de las instalaciones deportivas municipales se realizará conforme a los Planes de Autocontrol aprobados.
El adjudicatario aportará todo los útiles, maquinarias, productos y materiales de limpieza necesarios, empleándose los productos adecuados para la debida conservación, higiene y limpieza, tanto de las instalaciones como del mobiliario.
Limpieza exterior y jardinería
El adjudicatario deberá de mantener de manera óptima las zonas anexas al polideportivo y las piscinas descubiertas xx xxxxxx.
Zona verde. - En el polideportivo Elorsoro habrá que hacer como mínimo cuatro cortes al césped y cuatro o cinco cortes al seto y en las piscinas descubiertas xx xxxxxx, el corte a los setos se hará al principio de la temporada y semanalmente el corte a la hierba mientras dure la temporada. Más o menos la superficie del herbazal es de 4.000 m² y de los setos de 150m. En las piscinas descubiertas xx xxxxxx, en cambio, el herbazal es de 9.000 m² más o menos y los setos de 280m en 3 alturas.
El adjudicatario mantendrá limpios los accesos de entrada de las zonas exteriores.
CALENDARIO ANUAL Y HORARIO DE LAS INSTALCIONES
El concesionario deberá contemplar el siguiente horario de apertura de la instalación:
- ELORSORO UDAL KIROLDEGIA:
INVIERNO:
De lunes a viernes: 7:00- 22:00 (salas y espacios deportivos hasta las 21:45).
Sábados: 9:00 - 14:00 y de 16:00- 20:00
Domingos y festivos: 9:00- 14:00.
VERANO (julio y agosto):
De lunes a viernes: 8:00- 20:00.
Sábados: 9:00- 14:00 y de 16:00- 20:00.
Domingos y festivos: 9:00-14:00
MADALENSORO UDAL PILOTALEKUA:
Madalensoro tiene el mismo horario y calendario que Elorsoro.
PISCINAS DESCUBIERTAS XX XXXXXX:
El día de Xanisteban la instalación permanecerá cerrada.
Junio-agosto-septiembre: 11:00-20:00
Julio: 10:00- 21.00
En función del tiempo la instalación se puede cerrar.
Se podrán organizar competiciones fuera del horario, bajo la responsabilidad de organizador.
La temporada xx xxxxxx comprenderá los meses de Julio y Agosto (el día de aplicación variará anualmente en función de la coincidencia con el inicio de la semana) y en UD de mediados xx Xxxxx (día 15 de manera genérica) a mediados de Septiembre (el día de aplicación variará anualmente en función de la coincidencia con el inicio de la semana). El resto de fechas corresponderán a la temporada de invierno.
4. Las instalaciones deportivas podrán permanecer cerradas como máximo en los siguientes días festivos:
Elorsoro Udal Kiroldegia y Madalensoro Udal Pilotalekua: 1 de enero, domingo y lunes xx Xxxxxx, 1 xx xxxx, 3 xx xxxxxx, 1 xx xxxx y 24-25-31 de diciembre.
5. Para la realización de obras o labores de mantenimiento de las instalaciones, éstas podrán permanecer cerradas con los siguientes criterios, siempre previa autorización del Ayuntamiento, salvo que obedezcan a razones de urgencia:
- El polideportivo: quince días máximo, en el mes xx xxxxxx.
- Frontón: quince días máximo, en el mes xx xxxxxx.
- Cualquier cierre temporal del polideportivo o frontón deberá comunicarse a los responsables del Ayuntamiento, con la suficiente antelación, quien dará o no el visto bueno a la operación.
6. El calendario anual será acordado con el adjudicatario y fijado antes del último trimestre del año.
7. Tanto el calendario como el horario de funcionamiento podrán ser modificados por el Ayuntamiento de Oiartzun.
OTRAS RESERVAS
El Ayuntamiento de Oiartzun podrá utilizar las instalaciones objeto del presente pliego para la realización de actividades deportivas, campaña UDA, actividades culturales, etc. En este sentido y con la mayor antelación posible (quince días a poder ser) comunicará al adjudicatario la necesidad de habilitar las instalaciones y servicios durante los horarios correspondientes
El Ayuntamiento se reserva el derecho a cobrar entrada a los espectadores en todas las actividades que lleve a cabo.
Durante al año, y a modo orientativo se suelen organizar los siguientes (datos del 2016):
Actuación de Bertsos, 1 de enero, domingo (40 horas)
Actuación de payasos, último domingo de enero (40 horas)
Dos actuaciones de carnavales de los colegios (24 horas)
Barrikotea, sábado de la semana xx Xxxxxx (12 horas)
Día xx Xxxxxxxx en mayo (depende de la meteorología) (12 horas)
Concierto de fin de curso de Ibargain Musika Eskola (25 horas)
Día de Haurtzaro Ikastola en junio (depende de la meteorología) (12 horas)
Cada dos años actuación xx Xxxxx Haurtzaro (21 horas/2)
Uso para colonias xx xxxxxx (julio por la mañana y según de la meteorología).
El adjudicatario deberá de hacer el montaje, limpieza y control en los siguientes eventos. En función la característica del evento, las horas de los eventos se contabilizarán de la siguiente manera:
Todas las reservas recogidas anteriormente necesitarán el visto bueno del Ayuntamiento de Oiartzun y le serán notificadas al adjudicatario.
Cuando el evento es organizado por otro agente que no sea el Ayuntamiento, será competencia del Ayuntamiento dejar exento al organizador de los costes que pudieran surgir, y el Ayuntamiento asumiría los sobrecostes de personal, siempre y cuando, se superen las horas gratuitas ofrecidas por el adjudicatario en su propuesta.
A tal efecto, el adjudicatario, al establecer sus compromisos contractuales con los respectivos usuarios deberá hacer constar que los mismos podrán verse alterados por causas de interés público establecidas por el Ayuntamiento.
El adjudicatario podrá a su vez organizar actividades extraordinarias de carácter deportivo previa autorización del Ayuntamiento de Oiartzun.
En todo caso, se entenderá que las reservas lo son para el ejercicio de las disciplinas deportivas propias a cada tipo de instalación, a excepción de las reservas realizadas por el Ayuntamiento.
ACCESO A LAS INSTALACIONES
Los servicios públicos unidos a las instalaciones EL.MA-UD se consideran como bien de dominio público y, por tanto, la entrada será de libre acceso. Por lo tanto, todas las personas físicas y jurídicas que cumplan estrictamente con la normativa de uso podrán ser usuarias de las mismas.
De todas formas, la entrada puede estar condicionada por el uso de los espacios deportivos y por la disminución del uso por un intervalo de tiempo, cuando sea conveniente por el pago de tarifas que correspondan y por aplicación de la normativa específica, en actividades y eventos que se pida la participación de los espectadores.
Se aplicarán las tasas, precios y bonificaciones que se aprobarán anualmente por el Pleno Municipal. Los precios provisionales para 2018 están recogidos en el anexo IV.
El Ayuntamiento de Oiartzun compensará al adjudicatario la diferencia entre la reducción de los precios públicos previsto en la ordenanza municipal y la diferencia del precio completo.
Durante el año si se quisiera ofrecer nuevos servicios respecto a los recogidos en los precios públicos municipales, el adjudicatario deberá de proponer al Ayuntamiento con suficiente antelación, informar en la Comisión de Deporte para que lo apruebe la Comisión de Gobierno Local.
Los concursantes podrán presentar otros precios y conceptos, considerando los aprobados por el Ayuntamiento como precios máximos; y si se consideran apropiados, se tendrán en cuenta y se considerarán como mejora en el concurso.
El deporte escolar será prioritario y gratuito en la prestación del servicio.
En la recepción deberá figurar un cuadro en el que se indique:
Calendario y horario de utilización de EL-MA-UD.
Precio de los servicios.
Servicios y programas que se realizan y realizarán.
Existencia de un libro de reclamaciones.
Existencia de un buzón de sugerencias.
COMUNICACION, PUBLICIDAD E IMAGEN DEL SERVICIO
La entidad gestora queda obligada a:
No utilizar el nombre, ni la imagen externa o interna de las instalaciones con motivos publicitarios o por cualesquiera otros de interés exclusivo de la entidad, excepto que medie autorización expresa previa por parte del Ayuntamiento.
En cualquier difusión de las actividades o servicios de la instalación, además de la identificación del adjudicatario (nombre, logotipo,), habrá de hacerse constar la titularidad pública de la instalación, así como el logotipo del Ayuntamiento. En concreto, el adjudicatario deberá utilizar siempre la denominación de “Elorsoro Udal Kiroldegia o “Madalensoro Udal Pilotalekua”, según proceda, anteponiendo siempre el nombre en euskera en toda comunicación o impreso del concesionario.
Sera competencia del Ayuntamiento poner carteles o cualquier otro tipo de publicidad fija o estática.
El Ayuntamiento podrá incluir, dentro de las comunicaciones y acciones de difusión generales que realice sobre la oferta deportiva en el municipio, información acerca de la oferta deportiva existente en las instalaciones, así como sobre las actividades y cursos que el concesionario de la gestión de dichas instalaciones realice. En estas comunicaciones se indicará, en todo caso, que esta oferta se presta en las instalaciones a cargo del concesionario.
El adjudicatario deberá informar, a aquellos usuarios que demanden dicha información, de la posibilidad de acogerse al régimen de precios reducidos vigentes en el Ayuntamiento para el uso de instalaciones deportivas por parte de ciertos colectivos, encauzando a los interesados a las instancias municipales oportunas
REQUISITOS LINGÜÍSTICOS
14.1.- CONDICIONES GENERALES
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6° y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, entre otras, la Ordenanza Municipal sobre las normas para la normalización del uso del euskara en el Ayuntamiento y municipio de Oiartzun.
El Decreto 86/1997, de 15 xx xxxxx, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en su artículo 18 establece las determinaciones que los planes de normalización del uso del euskera deben recoger, entre ellas la siguiente: "18 d) Medidas contempladas en materia de contratación, en particular, las tendentes a garantizar que aquellos servicios públicos que conlleven una relación directa con la persona usuaria y se ejecuten por terceros sean prestados a los ciudadanos en condiciones lingüísticas similares a las que sean exigibles para la administración correspondiente".
Por los presentes pliegos se llevará a cabo una contratación para ejecutar por terceros un servicio público, y, en consecuencia, la empresa contratada garantizará que:
a) El objeto del contrato cumpla con la legislación lingüística que le resulta aplicable por su propia naturaleza y por las características de la entidad local titular del servicio.
b) La ciudadanía será atendida en la lengua oficial que elijan.
c) El servicio se preste en condiciones lingüísticas equivalentes a las que sean exigibles a la administración titular del servicio.
Por todo ello, la empresa adjudicataria actuará de conformidad con las normas lingüísticas que de hecho se apliquen en la administración contratante, en todos los cometidos objeto del contrato. Asimismo, las relaciones tanto verbales como escritas de la empresa con la administración se ajustarán a la lengua de trabajo de ésta última.
Los requerimientos lingüísticos que se recogen en los presentes pliegos de condiciones constituyen una obligación esencial del contrato a los efectos del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y su incumplimiento puede tener consecuencias idénticas al del resto de condiciones, es decir, la aplicación de penalidades o su resolución.
14.2.- CONDICIONES ESPECÍFICAS
14.2.1. Lengua de servicio:
Debido a las características propias de las prestaciones objeto de este contrato, el idioma de servicio del contrato será principalmente el euskera, y será obligación de la empresa contratada adoptar las medidas oportunas para velar su cumplimiento. Para ello, podrá valerse del asesoramiento y colaboración del Departamento de Euskera del Ayuntamiento de Oiartzun.
En cualquier caso, cuando las personas usuarias del servicio sean menores de 30 años, el servicio se ofrecerá en euskera.
En los cursos, servicios de socorrismo, servicios de asesoría, servicio de atención y demás comunicaciones que por este contrato se dirijan a la ciudadanía se garantizarán las relaciones en euskera, de conformidad con los criterios establecidos en el plan municipal para las relaciones con la ciudadanía, respetando siempre los derechos lingüísticos de las personas.
14.2.2. Competencia lingüística de los trabajadores:
En sus relaciones con la administración o terceros, las personas empleadas por la empresa contratada deben garantizar, en lo que a sus competencias lingüísticas se refiere, unas condiciones similares a las que de hecho se exijan a la administración contratante; por ello, teniendo en cuenta la naturaleza del servicio a contratar,
La persona encargada de la gestión y coordinación del servicio deberá acreditar el nivel de competencia C1 del Marco Europeo de Referencia (EGA o su equivalente)
Los trabajadores que realizan trabajos administrativos C1 del Marco Europeo de Referencia (EGA o su equivalente)
Los socorristas deberán acreditar el nivel de competencia B2 del Marco Europeo de Referencia
El personal que se destine al servicio de actividades y cursos deberá acreditar el nivel de competencia C1 del Marco Europeo de Referencia (EGA o su equivalente)
El personal destinado a los servicios de gimnasio y servicio de salud-fitness deberá acreditar el nivel de competencia C1 del Marco Europeo de Referencia (EGA o su equivalente)
Otro personal (control de acceso, limpieza, trabajadores de mantenimiento…) deberán de justificar B2 del Marco Europeo de Referencia o competencia oral.
Previa a la adjudicación del contrato, la empresa deberá verificar que las personas encargadas de prestar el servicio poseen la competencia lingüística precisa. Asimismo, en caso de que, una vez iniciado el contrato, se incorporen nuevas personas a prestar el servicio, deberán acreditar la competencia lingüística correspondiente.
Las personas encargadas de prestar el servicio deberán de justificar la competencia lingüística exigida presentado el certificado.
En los casos de subrogación, si el personal no cumple con la competencia lingüística exigida para llevar a cabo el contrato en euskera, se acordarán las medidas necesarias para garantizar los derechos lingüísticos de las personas usuarias y la ciudadanía. Para ello, la empresa deberá presentar en el plazo de tres meses a partir de la formalización del contrato un plan de euskera que recoja las medidas que adoptará con el fin de garantizar el servicio contratado en euskera y, reforzar y fomentar así el uso del euskera en el polideportivo. Dicho plan deberá cumplirse antes del plazo de dos años desde la formalización del contrato; su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato.
En el caso de los trabajadores a subrogar, los trabajadores que no justifiquen mediante certificado su competencia de euskera, deberán hacer una prueba acordada por la administración (el certificado que se consiga de esta prueba no tendrá ningún valor fuera de esta contratación).
Paisaje lingüístico:
Los rótulos, avisos, señalizaciones y resto de comunicaciones de carácter general se harán mediante un pictograma, acompañado de un mensaje explicativo en euskera.
Si no resulta posible hacerlo mediante un pictograma, se harán en euskera cuando se trate de mensajes conocidos y comprensibles.
Si los dos casos anteriores no son posibles, se harán de forma bilingüe, dando prioridad al euskera, previa conformidad de la administración.
Para ello, podrá trabajar conjuntamente con el Departamento Municipal de Euskera.
Con el fin de asegurar la calidad de los textos en euskera, deberán someterse al Departamento Municipal de Euskera los textos de amplia difusión o de uso repetitivo.
Uso de las lenguas con las personas usuarias y con la ciudadanía:
Las actividades deportivas se desarrollarán en euskera, por lo que la empresa contratada deberá cumplir con las directrices lingüísticas marcadas por el Ayuntamiento.
Para la aplicación de estos criterios, en los impresos de inscripción a los cursos se preguntará sobre el nivel de conocimiento del euskera de cada participante.
Relaciones con el ciudadano y usuario:
La atención a la ciudadanía y a las personas usuarias del servicio se llevará cabo en condiciones lingüísticas idénticas a las que de hecho se exijan a la administración. Por ello:
La comunicación oral se iniciará en lengua vasca, y se continuará en la lengua oficial que la persona usuaria elija.
En los grupos de actividades, la comunicación oral se hará según lo especificado en el apartado 12.2.2. relativo a las tipologías lingüísticas.
Las notificaciones y comunicaciones escritas al ciudadano (notificaciones, impresos, notas, horarios, recibos…), se harán en euskera.
Relaciones con el Ayuntamiento:
En todas aquellas relaciones tanto orales (reuniones de coordinación etc.) como escritas (memorias, informes, facturas etc.) que se den como consecuencia del contrato se utilizará el euskera con la administración contratante.
Seguimiento de la aplicación de los criterios lingüísticos:
El Departamento de Deportes Municipal de Oiartzun será el responsable de hacer el seguimiento del cumplimiento de los requerimientos lingüísticos establecidos, de modo análogo al seguimiento del resto de condiciones y en plazos similares, dando cuenta de ello al Departamento de Euskera, quien dará su aprobación o propondrá las medidas correctoras oportunas.
REALIZACION DE ENCUESTA DE SATISFACCION DE LOS USUARIOS
El concesionario deberá realizar, con una periodicidad anual, una encuesta de satisfacción a los usuarios de cada instalación. El coste de dicha encuesta correrá a cargo del adjudicatario.
La encuesta de satisfacción deberá ser lo suficientemente representativa del conjunto de los usuarios de la instalación y, necesariamente, deberá recabar la opinión de los usuarios acerca de, cuando menos, los siguientes aspectos:
Satisfacción de los usuarios con el mantenimiento y grado de conservación de las instalaciones
Satisfacción de los usuarios con el contenido, calidad y variedad de las actividades deportivas organizadas por el concesionario
Satisfacción de los usuarios con el sistema de usos y preferencias en el acceso establecido para las instalaciones
Satisfacción de los usuarios con el tratamiento dispensado por el personal al servicio del concesionario
Posibles aspectos que mejorar en la gestión y conservación de las instalaciones (preguntas abiertas)
El Ayuntamiento podrá supervisar, con anterioridad a su puesta en marcha, el contenido y estructuración del modelo de encuesta, estando facultado para proponer al concesionario los ajustes que estime necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este apartado, debiendo el concesionario atender estas indicaciones.
Los resultados de esta encuesta de satisfacción deberán trasladarse al Ayuntamiento durante los dos primeros meses de cada ejercicio, conforme a lo dispuesto por el apartado 16 de los presentes Pliegos de Condiciones Técnicas. En base a dichos resultados, el Ayuntamiento podrá sugerir al concesionario mejoras en la gestión de las instalaciones deportivas, sin perjuicio de la aplicación del régimen de penalidades previsto en los Pliegos de Condiciones Económico – Administrativas, en caso necesario.
OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO EN RELACION A LA GESTION Y EXPLOTACION DEL SERVICIO
El concesionario del presente contrato deberá, además:
Presentar la cuenta de explotación de la instalación una vez al año, que será independiente de la específica de la entidad adjudicataria. Cuando la Comisión de Gestión se lo pida y por lo menos una vez cada tres meses, deberá de presentar las cuentas de explotación provisional de las instalaciones.
Encargar, a cargo de su cuenta de explotación y con una periodicidad máxima anual, una auditoría técnica sobre el estado de las instalaciones, si el Ayuntamiento de Oiartzun así lo estimase oportuno.
Todo lo anterior se deberá entender sin perjuicio de la facultad, del Ayuntamiento de Oiartzun, de verificación de cuanta información se considere oportuna en relación con la memoria, datos y propuestas ofrecidas por el concesionario, así como del cumplimiento de la legislación aplicable a las relaciones jurídicas que se establezcan. Los gastos del cumplimiento de todos estos compromisos se entenderán a cuenta y cargo del propio concesionario.
La organización de actividades extraordinarias de carácter no deportivo en la instalación. requerirá la previa autorización de las mismas por parte del Ayuntamiento. A estos efectos, el concesionario comunicará al Ayuntamiento la intención de organizar una actividad de este tipo con antelación mínima de un mes al día en el que se prevea vaya a tener lugar. La no pronunciación del Ayuntamiento en los quince días siguientes a la recepción de tal comunicación tendrá los efectos del silencio positivo, entendiéndose autorizada la citada actividad.
Mantener firmados, formalizados y en vigor los contratos de seguro que aparecen en la 26) cláusula de los pliegos administrativo-económico.
Elaborar un Plan de Seguridad y Emergencia para la instalación, así como aplicar e implantar las medidas que se deriven de dicho plan, manteniéndolo actualizado.
Elaborar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente, manteniéndolo actualizado.
Elaborar el Plan de Prevención de Legionelosis, así como aplicar e implantar las medidas que se deriven de dicho plan, manteniéndolo actualizado.
Elaborar el Manual de Autocontrol de Piscinas, así como aplicar e implantar las medidas que se deriven de dicho plan, manteniéndolo actualizado.
Abonar los gastos (aprovisionamiento, servicios, personal…) del presente pliego.
El consumo de agua corriente correrá a cargo del ayuntamiento. La suma de consumo de todos los servicios se ha estimado en 19.000m3/anuales. Si ese consumo se viera aumentado en más de un 5%, y en caso de no justificarlo debidamente, será facturado al adjudicatario el sobreconsumo en los precios estipulados por el Ayuntamiento de Oiartzun.
Colaborar en las actividades y campañas de promoción deportiva organizadas por el Ayuntamiento.
Garantizar que todas las personas usuarias dispongan de toda la información pertinente sobre el funcionamiento de la instalación. En este sentido, habrá de colocar en un lugar visible y de fácil acceso un panel en el que se indique, en euskera:
las tarifas vigentes
el horario en el que la instalación permanece abierta
el horario de atención al público
los servicios y programas que se ofertan
el nombre de la entidad gestora
el nombre de la instalación
El adjudicatario deberá implantar, en un lugar accesible al público ubicado en la propia instalación, un sistema de recogida de avisos, quejas y sugerencias acerca del funcionamiento de la instalación y de los servicios ofrecidos en la misma, debiendo periódicamente dar cuenta al Ayuntamiento acerca de las informaciones recabadas por este sistema.
Habrá de presentar, en los plazos que se establezcan, la siguiente documentación:
Antes del 30 xx xxxxx de cada ejercicio, el contenido completo de la oferta deportiva programada para la siguiente temporada dentro de sus instalaciones:
Plan de gestión del curso siguiente.
Programa de actividades del curso siguiente.
Propuesta de presupuesto y anexos del curso siguiente.
A la conclusión de cada ejercicio, y dentro de los dos primeros meses inmediatamente posteriores a ésta, el concesionario deberá presentar una memoria resumen del servicio correspondiente al ejercicio terminado, recogiendo información sobre ellas y con el fin de liquidar el año:
Ámbito deportivo:
- Número de abonados iniciales, finales y variaciones habidas durante el ejercicio, detalladas conforme a las categorías establecidas.
- Número de entradas vendidas en cada uno de los meses del año, conforme a las categorías establecidas
- Número de accesos a las instalaciones deportivas por meses, diferenciando entre abonados y no abonados.
- Memoria deportiva y resumen de las actividades dirigidas: por cada actividad ofertada se habrá de presentar calendario, duración y horarios, plazas ofertadas y plazas finalmente cubiertas.
- Resumen de los alquileres de las instalaciones por meses, especificando horas alquiladas por instalación.
- Resultados de la encuesta de satisfacción del cliente (conforme a los criterios recogidos en el apartado 15 de estos Pliegos).
- Análisis de las principales incidencias producidas: reclamaciones-sugerencias, relacionado con el servicio de socorrismo, mantenimiento, en aspectos organizativos, en eventos, etc.
- Calendario y horario del próximo curso.
Ámbito económico:
b.1.) Al finalizar el ejericcio, antes del 25 de enero siguiente, deberá de presentar la(s) factura(s) de ultimo trimestre con fecha de diciembre.
b.2.) Al finalizar el ejericcio y antes del 28 de febrero siguiente, deberá presentar:
Copia de las facturas de las inversiones realizadas.
Copia de las facturas de las provisiones.
Copia de las facturas de los contratos de mantenimiento.
Cuentas anuales e informe, y en caso de que el Ayuntamiento de Oiartzun así lo requiera, acompañarlo del correspondiente informe de la auditoria.
Contrato de los trabajadores: copia de los contratos de trabajo de los trabajadores, TC1, TC2, …
Póliza de seguro de responsabilidad civil y copia de los demás contratos de garantía y copia del pago actualizado del seguro.
Ámbito de mantenimiento:
Inventario actualizado al finalizar el año.
Deberá de presentar el libro de mantenimiento, limpieza y control de los trabajos realizado en cada zona e instalación y sus correspondientes certificados.
Plan para el próximo año en caso de que hubiera cambios (trabajos de mantenimiento, limpieza, legionelosis, evacuación, autocontrol…).
RESPONSABLE DEL SERVICIO Y COMISIONES.
17.1. Responsable de servicio
Además de la autoridad municipal, el responsable del servicio será el Técnico de Deportes Municipal y será la persona encargada del cuidado del servicio completo. Sus órdenes serán una obligación contractual.
17.2. Comisión de seguimiento
Se constituirá una comisión de seguimiento de las instalaciones EL-MA-UD con la función genérica de vigilar el cumplimiento de este.
Para cumplir estas funciones, la Comisión se reunirá dos veces al año de manera ordinaria. Las fechas se acordarán con el adjudicatario, para hacerlas compatibles con el modo de trabajo anual o por curso del mismo.
La Comisión se reunirá todas las veces que sea necesario de manera extraordinaria, convocada por el/la presidente/a de la misma, la mitad de sus miembros o por la comisión de gestión si lo consideran necesario.
La Comisión tendrá poder para aprobar o rechazar las propuestas, cuentas y memorias que se presenten en la misma.
La Comisión de Seguimiento de las instalaciones deportivas EL-MA-UD estará compuesta por:
Alcalde/Alcaldesa de Oiartzun (ejercerá las funciones de presidente/a de la Comisión).
Concejal/a delegado/a del área que gestiona Deporte.
Secretario/a del Ayuntamiento de Oiartzun.
Interventor/a del Ayuntamiento de Oiartzun.
Técnico de Deportes del Ayuntamiento de Oiartzun que ejercerá funciones de secretario de la Comisión.
Tres representantes de la empresa adjudicataria (un/a de ellos/as será el/la director/a de las instalaciones).
17.3. Comisión de gestión
Se constituirá para realizar un seguimiento continuo de la gestión de las instalaciones. Esta comisión se reunirá una vez al mes y con la frecuencia que se marque en la primera reunión. Aquí se estudiarán, concretarán y activarán los planes aprobados en la Comisión de Seguimiento; también se tratarán y encauzarán las propuestas y quejas que puedan venir de los usuarios y otras entidades.
La Comisión de Gestión de las instalaciones deportivas EL-MA-UD la formarán:
- Un/a representante de la entidad adjudicataria.
- El Técnico de Deportes del Ayuntamiento de Oiartzun que ejercerá las funciones de secretario.
- Cuando se considere conveniente, un/a representante del equipo de gobierno.
Cuando la Comisión de gestión se lo requiera y como mínimo una vez por trimestre presentará los datos provisionales del servicio (número de abonados, datos de los cursillos; calendario, número de alumnos, ventas, alquileres…).
ANEXO I: INVENTARIO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ANEXO II: PLAN DE MANTENIMIENTO
ANEXO III: PROGRAMA DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS
ANEXO IV: ORDENANZA FISCAL
ANEXO V: ESTUDIO DE VIABILIDAD DE LA EXPLOTACION ECONÓMICA
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