PROCEDIMIENTO ABREVIADO
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
PROCESO DE COMPRA N° 246-0001- PAB21 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DE CONSTRUCCIÓN Y FERRETERÍA
1. DE LA CONTRATACIÓN.
1.1. PROCEDIMIENTO DE LACONTRATACIÓN:
La presente contratación se enmarca bajo la modalidad de Procedimiento Abreviado y se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para el Sistema de Compras Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires, en adelante “PBAC”, conforme lo dispuesto en el artículo 10, 18 y concordantes de la Ley N° 13.981, artículos 10, 18 inciso b) y concordantes del Anexo I del XXXXX-0000- 00-XXXXX- XXXX, XXXXX-0000-00-XXXXX-XXX de la Contaduría
Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx que aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios, Resolución Conjunta N° 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y N° 92/17 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires, RESOL- 2017-5-E-GDEBA-CGP y su modificatoria por RESOL-2018-547-GDEBA-CGP y el presente Pliego de Condiciones Particulares y el de Especificaciones Técnicas.
Se deja establecido que el presente procedimiento de contratación se encuentra exceptuado de lo dispuesto por el artículo 1º del DECRE-2020-167-GDEBA-GPBA y modificatorios, en virtud de la facultad conferida por el artículo 4º de la mencionada norma.
1.2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
El presente Procedimiento Abreviado tiene por objeto la adquisición de elementos de construcción y ferretería de conformidad al detalle obrante en el Pliego de Especificaciones Técnicas y lo aquí dispuesto.
1.3 LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA:
Cabe mencionar que todos los gastos inherentes al objeto de la contratación correrán por cuenta de
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la adjudicataria.
1.4. MODALIDAD:
La presente contratación se ajusta a la modalidad ORDEN DE COMPRA CERRADA, de conformidad a lo establecido en el artículo 17, apartado 3, inciso h, del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA, Reglamentario de la Ley N° 13.981.
1.5. MONTO ESTIMADO:
El total estimado del presente Procedimiento Abreviado asciende a la suma de Pesos setecientos sesenta y nueve mil ciento dos con 08/100 centavos ($769.102,08).
1.6. PUBLICIDAD:
El llamado a Procedimiento Abreviado se publicará de acuerdo con lo establecido en los artículos 15 y 16 de la Ley N° 13.981 y su Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59- GDEBA-GPBA.
A tal efecto, se deja constancia que la apertura de ofertas se realizará electrónicamente mediante
PBAC, el día lunes 22 de febrero de 2021 a las 10:00 horas, bajo el Proceso de Compra N° 246- 0001-PAB21.
1.7. DESCARGA DELPLIEGO:
Los Pliegos de Condiciones Particulares, de Condiciones Generales y el de Especificaciones Técnicas se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y descarga en forma gratuita en los portales xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, xxxx://xxx.xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx.xxx y en el link de la página web de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires xxxxx://xxxxxxxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx.
En el caso del portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, podrán descargar el Pliego quienes hubieren cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de PBAC.
1.8. CONSULTAS Y ACLARACIONES:
Quienes hubieren descargado los Pliegos de Condiciones Particulares, de Condiciones Generales y el de Especificaciones Técnicas, conforme a las pautas establecidas en el presente, podrá solicitar
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aclaraciones, formular consultas del contenido de los mismos a través del “PBAC” hasta dos (2) días previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas, sin computar el día de la apertura.
El Patronato de Liberados Bonaerense publicará en los sitios mencionados en el Punto 1.7 las
circulares aclaratorias o modificatorias al Pliego, ya sea de oficio o como respuesta a consultas efectuadas.
1.9. DOMICILIOS YNOTIFICACIONES:
Los avisos, citaciones, notificaciones, intimaciones, así como cualquier tipo de comunicaciones que efectúe el Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires en el marco de la Ley N° 13.981, serán practicados digitalmente en el domicilio electrónico establecido en el Registro de Proveedores y Licitadores conforme lo dispuesto en el artículo 12° del citado Plexo Legal y su Decreto Reglamentario DECTO-2019- 59-GDEBA-GPBA, Resoluciones Nº 713/16 y RESOL-2019-76- GDEBA-CGP de la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires.
1.10. CÓMPUTO DE PLAZOS:
Todos los plazos deben computarse en días hábiles administrativos. La presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del día hábil siguiente. Si el plazo fuese dispuesto en horas, se establecerá la hora y el día de finalización del plazo.
1.11. APERTURA:
La apertura de ofertas se realizará electrónicamente mediante “PBAC”, el día 22 de febrero de 2021 a las 10:00 horas, bajo el Proceso de Compra N°246-0001-PAB21.
1.12. IMPUGNACIÓN XXX XXXXXX:
La impugnación xxx xxxxxx deberá ser presentada en la Dirección General de Administración del Patronato de Liberados Bonaerense, sita en el edificio administrativo de Avenida 72 N° 186, B1904, de la ciudad de La Plata, en el horario de 9:00 a 15:00, hasta un (1) día antes de la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas. La misma se formalizará acompañando a ella una garantía equivalente al tres (3%) por ciento del monto estimado de contratación. Será requisito de admisibilidad de la impugnación xxx Xxxxxx la acreditación de la garantía, que deberá constituirse mediante póliza de seguro de caución emitida por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante. Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la
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impugnación es resuelta favorablemente.1
1.13. CONDICIONES PARA SER OFERENTE:
Se encuentran habilitadas para formular ofertas las personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse, que hayan iniciado el trámite de inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores al momento de la apertura de ofertas conforme RESOL-2019-360- GDEBA-CGP, de la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires o la que en el futuro pudiere reemplazarla.
Los Oferentes deberán encontrarse inscriptos al momento de la adjudicación en el rubro correspondiente, conforme el Catálogo de Bienes y Servicios de la Provincia de Buenos Aires de la Contaduría General de la Provincia y con credencial vigente (artículo 16, II del Anexo I del DECTO- 2019-59-GDEBA-GPBA), bajo pena de tener por desistida la oferta, siendo pasibles de las penalidades previstas en el apartado 2 inciso 2 del artículo 24 del Anexo I del DECTO- 2019-59- GDEBA-GPBA.
Sólo podrán ser admitidas ofertas de proponentes no inscriptos en los supuestos previstos en el apartado 3. I) del artículo 00 xxx Xxxxx X xxx XXXXX-0000-00-XXXXX-XXXX.
Asimismo se deberá cumplir con los requisitos previstos para la presentación de la oferta conforme artículo 4° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
Podrán formularse propuestas de uniones transitorias, conformadas o en trámite, de acuerdo a las
previsiones de los artículos Nº 1.463 a 1.469 del Código Civil y Comercial.
El contrato de unión transitoria deberá adecuarse a lo establecido en el artículo Nº 1.464 del Código Civil y Comercial.
Los oferentes no podrán concurrir en forma independiente y hacerlo a su vez como integrantes de una unión transitoria y quienes lo hicieren bajo esta figura, no podrán integrar más de una. Su incumplimiento hará inadmisible todas las ofertas en que participe un mismo interesado.
Deberá facilitarse, en caso de requerirse toda la información que permita su evaluación como sujetos individuales.
Los integrantes de la unión transitoria no deberán encontrarse alcanzados por alguna de las inhabilidades para contratar previstas en el artículo 16, punto III del Anexo I del DECTO-2019- 59-
GDEBA-GPBA.
1 Quienes deduzcan impugnaciones al pliego podrán env iar la misma, al igual que la garantía requerida, al correo electrónico patronato@prov xxxxxxxxx.xxx.xxx.xxx .ar hasta el plazo perentorio mencionado en el Punto 1.12.
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Si al momento de la apertura no se encontrare constituida:
a) Xxxxxxx acreditar compromiso expreso de formalizar la UT en caso de resultar adjudicatarios.
b) Al menos uno de los integrantes debe estar inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores.
c) Inscribir el contrato y la designación de representante en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas o Inspección General de Justicia, según corresponda, previo a la adjudicación.
d) En caso de que la recomendación de ofertas corresponda a una Unión Transitoria a
constituirse, con carácter previo a la adjudicación deberá acreditar la inscripción registral prevista en el punto c), bajo pena de tener por desistida la oferta, siendo pasibles de las penalidades previstas en el apartado 2 inciso 2 del artículo 24 del Anexo I del DECTO-2019-59- GDEBA-GPBA.
1.14. PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR:
No podrán concurrir como oferentes al presente Proceso de Compra:
1. Los que no puedan ejercer el comercio de acuerdo a la legislación vigente.
2. Las sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos y contra la Administración Pública. En todos los casos hasta diez (10) años de cumplida la condena.
3. Las sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal.
4. Las sociedades de la Sección IV de la Ley General de Sociedades N° 19.550.
5. Las sociedades que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro de Proveedores de la Provincia de Buenos Aires.
6. Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos creados por la Provincia de Buenos Aires o las empresas y sociedades del Estado, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
7. Las personas humanas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos creados por la Provincia de Buenos Aires o las empresas y sociedades del Estado, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
8. Las personas humanas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación.
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9. Los evasores en el orden nacional o provincial con sentencia firme y los deudores morosos previsionales o alimentarios declarados tales por autoridad competente.
10. Las personas humanas y los miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados de sociedades que tengan parentesco hasta dentro del cuarto grado de consanguinidad, o segundo de afinidad con funcionarios de la administración provincial centralizada o descentralizada que tengan la facultad de decidir sobre el proceso de selección del oferente.
A efectos de evaluar esta inhabilidad, se establecen los funcionarios con facultades decisorias:
a) Director General de Administración: Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, D.N.I. N° 28.788.977.
b) Directora de Servicios Técnico, Administrativo y Contable: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, D.N.I. N° 30.728.094.
c) Directora de Coordinación y Comunicación Institucional: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, D.N.I.
N° 34.240.871.
d) Jefe de Departamento de Compras: Xxxxxx Xxxxxxxx, D.N.I. N° 26.429.114.
11. Las personas humanas o jurídicas que no se encuentren al día en el pago de sus obligaciones fiscales por los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y a los Automotores, correspondientes a los períodos no prescriptos al momento de la adquisición xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares o al de la formalización de la oferta, según el caso. El cumplimiento de dichas obligaciones deberá acreditarse conforme lo determine la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en el presente régimen. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato, el adjudicatario se hará pasible de la aplicación de las sanciones previstas para la rescisión del contrato por causas imputables al contratista.
2. DE LA OFERTA:
2.1. CONDICIONES DE LAOFERTA:
Este proceso de compra acepta la cotización por Xxxxxxx, por el total del mismo, a excepción de los Renglones N° 49 a 59 inclusive y N° 60 a 62 inclusive, los cuales deberán cotizarse en forma conjunta habida cuenta que configuran cada grupo un Kit.
La oferta económica por los renglones detallados en el Pliego de Especificaciones Técnicas deberá ser en Pesos Argentinos y consignar el precio unitario, el total del renglón y el total general.
Se debe consignar el precio neto, es decir, con sus descuentos e incluyendo impuestos. No se
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aceptarán ofertas parciales por xxxxxxx. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Provincia de Buenos Aires reviste la calidad de exenta por lo tanto en la propuesta económica, el interesado no deberá discriminar el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.
Todos los gastos inherentes al objeto de la presente Contratación correrán por cuenta del adjudicatario.
2.2. CONTENIDO DE LA OFERTA - DOCUMENTACIÓN AINTEGRAR:
La oferta deberá cumplir con los requisitos previstos en el artículo 4° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales aprobado por RESOL-2019-76-GDEBACGP.
El contenido de la oferta deberá acreditar por si sólo el cumplimiento de los requisitos formales detallados a continuación:
2.2.1. REQUISITOS ADMINISTRATIVOS:
a) La indicación del domicilio real, el domicilio legal que se fije en la Provincia de Buenos Aires y el domicilio electrónico del oferente. Este último será el provisto por el Registro de Proveedores de la Provincia, de acuerdo a lo establecido en las Resoluciones N° 263/16 y 713/16 de la Contaduría General de la Provincia y la indicación de un número telefónico de contacto. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo “Denuncia de Domicilio”.
b) Acreditar su inscripción o haber dado inicio al trámite de inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Credencial Registro de Proveedores PBA”.
c) Declaración Jurada donde acredite haber tomado conocimiento de lo normado en el artículo 16, apartado III del anexo I del Decreto Reglamentario Nº DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA. Denominada “Personas no habilitadas para contratar. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo “DDJJ Personas no habilitadas para contratar”.
La falsedad de los datos así como también de la documentación acompañada implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente en el Registro de Proveedores y Licitadores por el plazo máximo previsto en reglamentación de la Ley N° 13.981.
Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de aplicación de las sanciones previstas para la rescisión del contrato por causas imputables al contratista
d) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los aspectos y las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de
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Bienes y Servicios, el Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo “DDJJ aceptación de condiciones”.
e) Declaración Jurada de aceptación de jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo
de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (artículo 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios). Requiere documentación electrónica. Ver Anexo “DDJJ competencia judicial”.
f) Declaración Jurada donde el oferente manifiesta que no posee deudas bajo ningún concepto ante el Fisco de la provincia de Buenos Aires. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo “DDJJ Situación Impositiva PBA”.
Será condición para presentarse en toda licitación o contratación en la que sea parte el Estado provincial, acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales referidas a los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y a los Automotores. Si en dicha oportunidad se verificara la existencia de deuda exigible correspondiente a los períodos no prescriptos, que no supere el monto establecido en el artículo 134 de la Ley N° 14.200 (Texto según Ley N° 14.880) o aquel que en el futuro lo sustituya; la jurisdicción contratante intimará al preadjudicatario a la cancelación total en el plazo de tres (3) días bajo apercibimiento de tener por desistida la oferta. (Conforme artículo 121 de la Ley N° 15.079).
Como constancia de lo anterior, el Patronato de Liberados Bonaerense emitirá el correspondiente Certificado de Cumplimiento Fiscal (A404-W2).
g) Declaración del número de cuenta corriente o caja de ahorro, en moneda nacional, del Banco de la
Provincia de Buenos Aires, de su titularidad, indicando el número de sucursal. Generar archivo en formato PDF denominado “Declaración Número de cuenta bancaria”.
h) Acreditación, de acuerdo a derecho, de la representación o personería de los firmantes de la Oferta.
Generar archivo en formato PDF denominado “Personería del firmante”.
i) Contrato Social y Estatutos certificados por Escribano Público. Compromiso de conformación transitoria de empresas, si correspondiera. Nómina de autoridades vigentes, debidamente inscriptas en el Registro Público de Comercio correspondiente, y poderes de representación vigentes, certificados por Escribano Público. El Acta de Asamblea o Reunión de Socios en que se han designado autoridades y el Acta de Directorio o Acta de Gerencia en que se han distribuido los cargos, todo ello con relación a las actuales autoridades. Generar Archivo en formato PDF denominado “Documentación Social”.
j) En el caso de Agrupación de Empresas, La UT debe cumplir con los siguientes requisitos:
1. Tener por contrato una duración superior al tiempo que demande la ejecución del contrato y la posible prórroga, y que los trabajos a ejecutar se encuentren comprendidos dentro de su giro
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comercial. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Duración de Contrato”.
2. Designar por instrumento público a un único representante, quien estará facultado para actuar en
nombre de la UT, representando a cada uno de sus integrantes, quien podrá contratar en su nombre. Generar archivo en formato PDF denominado “Representante”.
3. Acompañar copia autenticada del contrato social o estatuto de cada uno de ellos y de las
constancias que acrediten el cumplimiento de las normas legales para operar en la República Argentina. Generar archivo en formato PDF denominado “Contrato social, firma (NOMBRE) UT”. 4. Indicar cuál de las empresas integrantes de la UT será considerada “Principal”, a los efectos de la evaluación de ofertas. Generar archivo en formato PDF denominado “Principal”.
5. Acompañar copia autenticada de las actas de Directorio o Gerencia, de cada una de las sociedades integrantes, mediante las cuales se aprueba la decisión de conformar la UTE. Generar archivo en formato PDF denominado “Aprobación de UT”.
6. Las empresas integrantes de la UT dejarán constancia de su participación societaria mediante instrumento público que integrarán a la Oferta. Generar archivo en formato PDF denominado “Participación societaria”.
7. Cada una de las empresas, mediante instrumento público, asumirá la responsabilidad solidaria e ilimitada por todas y cada una de las obligaciones que corresponda a la asociación en caso de resultar Adjudicataria de la Licitación, renunciando a los beneficios de división y excusión durante todo el plazo de vigencia del Contrato, sin restricciones ni salvedades. Generar archivo en formato PDF denominado “Renuncia a división y excusión”, según lo normado por el artículo1467 del Código Civil y Comercial de la Nación (Obligaciones. No solidaridad. Excepto disposición en contrario del contrato, no se presume la solidaridad de los miembros por los actos y operaciones que realicen en la unión transitoria, ni por las obligaciones contraídas frente a los terceros). Con respecto a la Responsabilidad Solidaria deberá tenerse presente lo establecido por el artículo 1467 del Código Civil y Comercial de la Nación.
8. En caso de modificaciones en la composición de la UT tanto en el documento de constitución propuesto en la oferta como en el contrato de UT definitivo, se deberá requerir la previa y expresa conformidad del Patronato de Liberados Bonaerense.
k) En caso de corresponder, Certificado MIPyME de Micro, Pequeña y Mediana Empresa emitido por la autoridad correspondiente, vigente a la fecha de apertura de ofertas. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Certificado MIPyME”.
l) Certificado de libre deuda de Deudores Morosos Alimentarios de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad a lo establecido en los arts. 6 y 7 de la Ley N° 13.074. Generar archivo en PDF
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denominado “Certificado Deudores Morosos”.
m) Declaración jurada de aptitud para contratar, conforme lo establecido en el artículo 9° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo “DDJJ Aptitud para Contratar”.
n) Declaración jurada que indique que la firma no utiliza ni utilizará mano de obra infantil en ninguno de sus procesos, de conformidad con las normas legales vigentes. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo “DDJJ No Utilización de Mano de Obra Infantil”.
o) Balance del ÚLTIMO EJERCICIO ECONÓMICO VIGENTE, el cual debe presentarse en original, legalizado por ante el Consejo de Ciencias Económicas de la jurisdicción del contador interviniente con la estampilla original correspondiente. Las personas humanas deberán presentar una manifestación de bienes, deudas e ingresos emitida por Contador Público, con firma certificada por el Consejo de Ciencias Económicas de la jurisdicción que corresponda, que no podrá tener una antigüedad mayor a doce meses desde la fecha de apertura de ofertas. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Balance”.
2.2.2. REQUISITOS ECONÓMICOS:
a) La oferta económica por los renglones cotizados por la oferente, deberá ser en pesos y consignar el precio total del renglón y el total general. Se debe consignar el precio neto, es decir, con sus descuentos e incluyendo impuestos.
2.2.3. REQUISITOS TÉCNICOS: Requisitos técnicos:
a) Se deberá detallar marca y/o fabricante y detallar las características del bien de cada renglón cotizado, de acuerdo a los requisitos establecidos en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
b) Imagen del artículo por cada Renglón ofertado donde se visualice el producto.
c) Podrán acompañarse, Folletos, Certificaciones/informes que acrediten la composición y/o características de los bienes ofertados. Generar archivo en formato PDF denominado “Folletos/ Certificados”.
d) Indicar garantía de cada uno de los renglones cotizados. Generar archivo en formato PDF denominado “Certificado de Garantía”.
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2.3. PRESENTACIÓN DE XXXXXXXX:
Quienes hubieren descargado el Pliego de Condiciones Particulares conforme a las pautas establecidas en el presente podrán formular las ofertas correspondientes. La presentación de la oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en PBAC cumpliendo todos los requerimientos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellos en soporte electrónico. Asimismo, los documentos deberán ingresarse en el sistema PBAC en formato PDF, no pudiendo superar cada uno los 20 MB.
Toda documentación que se acompañe y que sea requerida en los pliegos, deberá encontrarse redactada en idioma castellano o en su defecto deberá acompañar la traducción realizada por un traductor oficial.
A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el oferente, lo cual podrá realizarlo únicamente a través de un usuario habilitado para ello, conforme lo normado en el artículo 3 del Anexo Único de la Resolución Conjunta N° 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Mixxxxxxx x Xx 00/00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
2.3.1. CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES:
La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también la de las circulares con y sin consulta que se hubieran emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento.
2.3.2. CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD:
El contenido de la oferta deberá acreditar por sí sólo el cumplimiento de los requisitos formales exigidos. Adicionalmente, los oferentes podrán detallar en sus ofertas información específica de sustentabilidad relativa a sus equipos, productos, envases, empaquetamiento y/o embalajes, procesos de extracción de materia prima y/o fabricación y/o envasado y/o distribución y/o disposición final de los mismos, para su posterior valoración positiva por parte del Patronato de Liberados Bonaerense. A los fines de esta contratación, se entenderá por información específica de sustentabilidad a aquella capaz de evidenciar un desempeño que minimiza el impacto ambiental y/o aporta mejoras sociales.
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2.4. GARANTÍA DE LA OFERTA:
Los oferentes deberán presentar e individualizar, en caso de corresponder el importe total de su cotización, la garantía de mantenimiento de oferta en el formulario electrónico de PBAC. El original de instrumento deberá ser presentado en la Dirección General de Administración del Patronato de Liberados Bonaerense, sita en el edificio administrativo de Avenida 72 N° 186, B1904, de la ciudad de La Plata, en el horario de 9:00 a 15:00, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas computado a partir del acto de apertura, en sobre cerrado que indique los datos de la contratación. La fecha de emisión del instrumento de garantía no podrá exceder del día y hora de apertura de ofertas. El monto de la garantía de mantenimiento de oferta deberá ser equivalente al cinco (5%) por ciento del valor total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 19 de la Ley N° 13.981, artículo 19 Apxxxxxx 0
x. xxx Xxxxx X xxx XXXXX-0000-00-XXXXX-XXXX x artículo 19 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales. La falta de presentación de la garantía de oferta en los casos que corresponda su presentación producirá la desestimación de la oferta sin más trámite.
Cabe dejar constancia que lo mencionado en los párrafos precedentes solo es aplicable en aquellas ofertas cuyo monto total cotizado supere las cien mil unidades de compra (100.000 U.C.).
Cabe mencionar que el importe unitario vigente de la Unidad de Compra asciende $50, conforme RESOL-
2.41. FORMA DE CONSTITUCIÓN:
La garantía de mantenimiento de oferta se deberá constituir en la forma y condición detallada en el artículo 19, apartado 2, inciso 4, del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
2.5. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAOFERTA
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un periodo de cuarenta y cinco (45) días hábiles desde el acto de apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha de perfeccionamiento del contrato, salvo que el oferente manifieste fehacientemente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días hábiles al vencimiento del plazo, concordante con el artículo 17 apartado 4) del Anexo I del DECTO-2019-59- GDEBA-GPBA.
En caso de resultar adjudicatario, la garantía de oferta que se hubiere afianzado se prolongará hasta la
2 En los casos que corresponda, las oferentes podrían enviar la Garantía de Oferta al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xxx.xx, hasta el plazo perentorio mencionado en el Punto 2.4
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constitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
3. DEL PROCESO DE COMPRA:
3.1. ACTA DE APERTURA
El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del “PBAC”, liberándose las ofertas en el día y hora establecidos en el presente pliego, formulándose electrónicamente el Acta pertinente con los siguientes requisitos:
Xxxxx, hora, e identificación de la contratación.
Número de orden asignado a cada oferta; Monto de cada oferta y sus variantes; Nombre del oferente y número de C.U.I.T.;
Monto y forma de la garantía cuando corresponda su presentación. Ninguna oferta puede ser desestimada en el acta de apertura.
3.2. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA- MUESTRAS:
Para la evaluación de las ofertas se podrá requerir de los oferentes la información complementaria y/o muestras de los renglones cotizados, debidamente rotuladas, que se estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
3.3. REQUISITOS SUBSANABLES Y NO SUBSANABLES:
En todos los casos serán subsanables: i) La insuficiencia de la garantía de mantenimiento de oferta de hasta un diez por ciento (10%), en los casos que corresponda; ii) Las omisiones insustanciales, debiendo la Dirección de Servicios Técnico Administrativo y Contable, dependiente de la Dirección General de Administración, requerir a los oferentes las aclaraciones que sean necesarias a fin de subsanar deficiencias siempre que ello no contravenga los principios generales establecidos en el artículo 3º de la Ley Nº 13.981. En ningún supuesto, será subsanable: i) la omisión de presentar la cotización debidamente formulada y suscripta mediante los formularios habilitados en PBAC; ii) la falta de presentación de la garantía de mantenimiento de oferta, en los casos que corresponda; iii) las ofertas condicionadas y apartadas del presente Pliego, el de Especificaciones Técnicas y Anexos.
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3.4. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES Y LICITADORES:
El oferente deberá encontrarse inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores, dependiente de Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires, en el Rubro y subrubro que corresponda a cada renglón al objeto de la presente contratación, con carácter previo a la adjudicación. Dicha inscripción debe encontrarse vigente o en su defecto estarse a lo establecido en la RESO-2020-155-GDEBA- CGP.
3.5. ADJUDICACIÓN:
La adjudicación se realizará a favor de la/s oferta/s más conveniente/s, teniendo en cuenta el precio, la calidad, sustentabilidad, la idoneidad y antecedentes de los oferentes, los costos asociados de uso y mantenimiento presentes y futuros, y demás condiciones de la oferta.
Toda oferta que se formule y se presente por debajo de los precios xx xxxxxxx del servicio objeto de esta contratación, sea que la distorsión resulte de la apertura de costos presentada en el PBAC, como del análisis de la documentación, será rechazada de acuerdo con lo estipulado por el artículo 21 del Anexo I DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y 22 del Anexo Único de la RESOL-2019-76-GDEBA-CGP de
la Contaduría Gexxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx x el que en el futuro los reemplace. Se consideran incluidos en esta previsión todos los ocultamientos, incorrecciones y modificaciones injustificadas de los elementos y circunstancias que hacen a la aplicabilidad de las preferencias para contratación prioritaria, contempladas por el artículo 22 de la Ley N° 13.981.
Es condición para la adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores en el rubro correspondiente al objeto de la contratación y con credencial vigente.
La autoridad competente dictará el acto de adjudicación que determinará el proveedor o proveedores seleccionados y será notificado al domicilio electrónico al/los adjudicatario/s y a quienes hayan efectuado impugnaciones o deducido pretensiones que se resuelvan en ese acto administrativo y a todos los que sean parte del procedimiento administrativo en trámite.
En el presente Proceso de Compra la adjudicación se efectuará de conformidad al siguiente detalle:
⮚ Rexxxxxxx Xx 0 xx 00 xnclusive y 63 y 64 se adjudicará por Xxxxxxx.
⮚ Renglones N° 49 a 59 inclusive, se adjudicarán en forma global, habida cuenta que configuran un Kit.
⮚ Renglones N° 60 a 62 inclusive, se adjudicaran en forma global, habida cuenta que configuran un Kit.
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3.6 CESE DEL PROCEDIMIENTO:
El organismo contratante puede dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.
3.7 RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO:
El/los contratantes se harán responsables de los daños y/o perjuicios que se originen por su culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia. Asimismo adoptarán todas las medidas y precauciones necesarias para evitar daños al personal que de él depende, a terceros vinculados o no con la contratación. El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrán por su exclusiva cuenta.
Deberán informar, inmediatamente de conocido, cualquier hecho o circunstancia que pudiera incidir en la normal prestación de los servicios relacionados al objeto de la presente contratación.
3.8 PERSONAL DEL ADJUDICATARIO:
El personal afectado por el proveedor para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de este proceso, y/o las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con el Patronato de Liberados Bonaerense. Dicho personal no adquiere por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con la Provincia de Buenos Aires.
Correrán por cuenta del proveedor todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal que este emplee para el cumplimiento del objeto de este procedimiento. Queda bajo la exclusiva responsabilidad del proveedor el cumplimiento en el pago de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros y todas las obligaciones y responsabilidades resultantes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del Contrato como así también todo accidente de trabajo que ocurra a su personal.
3.9 SEGUROS. GENERALIDADES:
El/los adjudicatario/s será/n único/s responsable/s de contratar los seguros exigidos por la normativa vigente vinculados al objeto de la contratación, quedando la Provincia de Buenos Aires exenta de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera durante la prestación del objeto de la presente contratación.
4. DEL CONTRATO:
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El Patronato de Liberados Bonaerense gestionará la emisión electrónica de la/s orden/es de compra en PBAC. La/s misma/s será/n enviada/s a través de PBAC al domicilio electrónico del proveedor de acuerdo a lo normado en la Rexxxxxxxx Xx 000/00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, artículo 23 Ley N° 13.981 y del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
El contrato se perfecciona con la notificación de la orden de compra al domicilio electrónico del Adjudicatario. El término de ejecución del contrato se indicará en la Orden de Compra
4.1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:
El adjudicatario deberá presentar e individualizar la garantía de cumplimiento de Contrato equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación a favor del Patronato de Liberados Bonaerense, en el formulario electrónico de PBAC.
El original del instrumento deberá certificarse por Escribano Público y por el Colegio respectivo, y presentado en la Dirección General de Administración del Patronato de Liberados del Provincia de Buenos Aires, sita en el edificio administrativo de Avenida 72 N° 186, B1904, de la ciudad de La Plata, en el horario de 9:00 a 15:00.
La constitución de esta Garantía de Contrato deberá realizarse de acuerdo a la forma prevista en la artículo 19 de la Ley N° 13.981, artículo 19 apartado 2, inciso 4 (Seguro de Caución), del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA, teniendo en consideración las normas de la Superintendencia de Seguros de la Nación respecto de la emisión y validez de las pólizas.
La Garantía de Contrato deberá acreditarse dentro de los siete (7) días posteriores a la notificación del acto administrativo de adjudicación, de conformidad a lo establecido en el artículo 19 apartado 1, inciso a del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA .3
4.2. CUMPLIMIENTOCONTRACTUAL:
La obligación de ejecutar el contrato corresponde exclusivamente al proveedor que haya suscripto el contrato, quedando prohibida la cesión o subcontratación, salvo expreso consentimiento del Patronato de Liberados Bonaerense. Toda tercerización, subcontratación, delegación o interposición en contravención a la prohibición precedente determinará la responsabilidad solidaria del cocontratante y xxx xxxxxxx por las obligaciones emergentes del contrato.
La inobservancia de esta estipulación facultará a la Provincia de Buenos Aires a la rescisión unilateral
3 En los casos que corresponda, las adjudicatarias podrían enviar la Garantía de Contrato al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xxx.xx, hasta el plazo perentorio mencionado en el Punto 4.1
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del contrato por culpa del adjudicatario con pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato, ello sin perjuicio de las demás acciones a que hubiere lugar.
4.3. CASO FORTUITO. FUERZAMAYOR:
El cocontratante tendrá la obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o fuerza mayor, no imputable a él, de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del contrato. El caso fortuito o fuerza mayor deberá ser puesto en conocimiento al Patronato de Liberados Bonaerense, Dirección de Servicios Técnico Administrativos y Contable, dentro de los diez
(10) días hábiles de producido. Si el vencimiento fijado para el cumplimiento de la obligación fuera inferior a dicho plazo, la comunicación deberá efectuarse antes de las veinticuatro (24) horas del vencimiento. La documentación probatoria de los hechos que se aleguen deberá presentarse al Patronato de Liberados Bonaerense dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se puso en conocimiento la existencia del caso fortuito o fuerza mayor. Cuando el impedimento le conste al organismo comitente, podrá eximir al proveedor de la obligación de cumplir las prestaciones. Transcurridos los plazos mencionados caducará todo derecho al respecto. Todo conforme artículo 8 inciso c) del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA.
4.4. PENALIDADES Y SANCIONES:
Los oferentes o cocontratantes serán pasibles de las penalidades y sanciones previstas en el artículo 24 de la Ley N° 13.981 y del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA:
a). Penalidades:
Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. Multa por Incumplimiento de sus obligaciones.
Xxxx: Cuando sea posible admitir el cumplimiento de las prestaciones fuera de término, el Organismo contratante está facultado para intimar previamente el cumplimiento bajo apercibimiento de rescisión y sin perjuicio de la aplicación de las penalidades por xxxx.
Recisión Contractual.
En el caso que la preadjudicación corresponda a un oferente que no cuente con la inscripción en el rubro correspondiente al objeto de la contratación y/o con credencial vigente en el Registro de Proveedores y Licitadores, será condición para la adjudicación la acreditación de la inscripción registral requerida, en su defecto se considerará por desistida la oferta con las penalidades previstas en el
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apartado 2.2 del artículo 24 del Anexo I del DECTO-2019-59- GDEBA-GPBA.
b). Sanciones: Sin perjuicio de las correspondientes penalidades, los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes sanciones, en los supuestos de incumplimiento de sus obligaciones:
Apercibimiento.
Suspensión.
Inhabilitación o eliminación en el Registro de Proveedores.
5. GENERALIDADES:
5.1. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS:
Las garantías exigidas en el presente Proceso de Compra, en caso de ser necesario, serán ejecutadas por Fiscalía de Estado.
5.2. COMPETENCIAJUDICIAL:
Las controversias que pudieran suscitarse con motivo del presente procedimiento de selección y/o perfeccionamiento del contrato conforme Ley N° 13.981, serán resueltas por los Juzgados del Fuero Contencioso Administrativo, Departamento Judicial de La Plata, Provincia de Buenos Aires, aceptando expresamente la competencia de estos y renunciando a cualquier otra Jurisdicción o Competencia (Artículo 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios).
5.3. INSTANCIAS COMPETENTES:
El Patronato de Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx será responsable de actuar como contraparte en la relación contractual que se establezca con la adjudicataria. En particular, la Dirección de Coordinación y Comunicación Institucional tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que establece el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Asimismo, la Dirección de Servicios Técnico Administrativos y Contable, podrá verificar el cumplimiento de cada uno de los aspectos técnicos y legales que regirán la contratación sin perjuicio de las competencias de la Autoridad Administrativa.
5.4. FACTURACIÓN Y PAGO:
Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración
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Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) y presentadas en original en la repartición contratante.
La presentación de la facturación deberá ser acompañada por la documentación indicada en el artículo 30º del Anexo Único de la RESOL-2019-76-GDEBA-CGP de la Contaduría General de la Provincia o la que en el futuro la reemplace.
Asimismo, en cada factura debe constar: i) el Número de Remito o Certificación de Servicios; ii) copia de las Órdenes del Día correspondiente al mes; iii) Se deberá adjuntar el listado de las personas que prestaron el servicio de limpieza, detallado en forma diaria y con horario de entrada y salida, debidamente conformado.
Los plazos de pago no se computan ante omisiones de la documentación solicitada en el presente artículo. El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en el artículo 23 Inciso III, “Facturas y Paxx” xxx Xxxxx X xxx XXXXX-0000-00-XXXXX-XXXX x artículos 30 y 31 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, RESOL-2019-76-GDEBA-CGP del Contador Gexxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx x la que en el futuro la reemplace.
5.5. CONSULTAS TÉCNICAS SOBRE EL USO DEL PORTAL PBAC:
La asistencia de la Mesa de Ayuda de la Contaduría General puede solicitarse a los teléfonos indicados en la página web de la Contaduría General o al correo electrónico: xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xxx.xx.
6. DE LAS PÓLIZAS ENVIADAS POR CORREO ELECTRONICO:
En caso de que se remita algún tipo de Garantía de las previstas en el presente Pliego bajo la modalidad de correo electrónico, las mismas deben estar debidamente certificadas electrónicamente ya sea por ante Escribano Público o bien por la Superintendencia de Seguros de la Nación, no admitiéndose una copia simple sin el aval pertinente de dichas instancias.
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G X X X X X X X XX XX X X O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S
2021 - Año de la Salud y del Personal Sanitario
Hoja Adicional de Firmas
Pliego de Bases y Condiciones Particulares
Número: PLIEG-2021-03064124-GDEBA-DSTACPLB
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 8 de Febrero de 2021
Referencia: Pliego de Bases y Condiciones Particulares
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Date: 2021.02.08 12:55:07 -03'00'
Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Directora
Dirección de Servicios Técnicos Administrativo Contable Patronato de Liberados Bonaerense
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serialNumber=CUIT 30715471511
Date: 2021.02.08 12:55:08 -03'00'