CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE FUNDAMEDIOS Y LA COMISIÓN METROPOLITANA DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN -QUITO HONESTO-
CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE FUNDAMEDIOS Y LA COMISIÓN METROPOLITANA DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN -QUITO HONESTO-
COMPARECIENTES
Comparecen a la celebración del presente Convenio de Cooperación Interinstitucional, por una parte, la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción -Quito Honesto- legalmente representado por Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, en su calidad de Presidente, a quién para efectos de este instrumento se denominará “QUITO HONESTO”; y, por otra parte, FUNDAMEDIOS, legalmente representado por Xxxxx Xxxxxxxx, en su calidad de Director Ejecutivo, a quién para los fines del presente documento se denominará “FUNDAMEDIOS”.
A los comparecientes se les podrá denominar como “LAS PARTES” cuando actúen o se denominen en forma conjunta, quienes, libre y voluntariamente, acuerdan celebrar el presente convenio de acuerdo con las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA. - ANTECEDENTES:
1.1. Fundamedios es una organización comprometida desde 2007 con los Derechos Humanos y la promoción de la libertad de expresión, el monitoreo de las agresiones y los riesgos que enfrentan los periodistas en América Latina. En diciembre de 2017, fue galardonada con el Premio Xxxxxx-Alemán de Derechos Humanos y Estado de Derecho.
Fundamedios tiene experiencia en la supervisión, promoción y protección de la libertad de expresión y libertad de prensa; impulso del periodismo de calidad; capacitación de periodistas; realización de estudios e investigaciones, combate contra la desinformación y promoción de un debate abierto sobre el periodismo, los medios de comunicación y la democracia en Ecuador, Bolivia, Argentina, Honduras, Nicaragua, Perú, Venezuela, Uruguay y Estados Unidos.
Fundamedios promueve la ética y la transparencia en la información, y las instituciones públicas, sobre todo en temas de acceso a la información.
Fundamedios trabaja en colaboración estrecha con los medios de comunicación, la sociedad civil y organizaciones internacionales, así como con los Sistemas Interamericano y Universal de Promoción y Protección de los Derechos Humanos.
1.2. QUITO HONESTO, es una Unidad Especializada de la más alta jerarquía del Distrito Metropolitano de Quito, dotada de autonomía e independencia económica, política y administrativa, que actúa en representación de la ciudadanía del Distrito y cuyo objetivo, de
conformidad con el Art. 238 del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, es: “Prevenir actos o manifestaciones de corrupción en el desenvolvimiento de las actividades del Municipio Metropolitano de Quito, sus dependencia, organismos, por él establecidos o en los que mantenga vinculación administrativa; investigar, verificar y dar trámite al pedido de sanciones, ante cualquier acto de corrupción; luchar contra la impunidad; formular observaciones encaminadas a lograr que los procesos de la administración municipal siempre sean transparentes; solicitar, particularmente, la rendición de cuentas de los directivos; garantizar el derecho de la ciudadanía al acceso a la información; recibir y tramitar las denuncias que se presentaren.”
QUITO HONESTO, de conformidad con el art. 247, numerales 9), 11) del mencionado Código, referente a los Deberes y Atribuciones de su Presidente, de la normativa ibidem, determina: “Establecer los mecanismos de prevención de la corrupción y, entre ellos, los siguientes: reducción o simplificación de trámites; acceso de la ciudadanía a la información municipal (…)”; “Investigar, de oficio o por denuncia, cualquier acto o indicio de corrupción en actividades del Municipio del Distrito Metropolitano…)”
QUITO HONESTO, mediante Informé Jurídico No. DAJ-2021-027 de fecha 18 de noviembre de 2021, en su parte pertinente dice: “… esta Dirección de Asesoría Jurídica, en observancia a los objetivos generales y misión institucional propuesta por la actual administración de Quito Honesto, considera viable la suscripción de un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el GAD-DMQ-Comisión Metropolitana de Lucha contra la Corrupción -Quito Honesto- y Fundamedios.”
CLÁUSULA SEGUNDA. - OBJETO DEL CONVENIO:
El presente convenio tiene por objeto la cooperación interinstitucional mediante el intercambio de información, capacitación, acompañamiento y asistencia técnica, tendiente a promover procesos de educación continua e investigación estableciendo para el efecto los nexos de coordinación y cooperación necesarios entre QUITO HONESTO y FUNDAMEDIOS.
CLÁUSULA TERCERA. - ÁMBITO DE COOPERACIÓN:
QUITO HONESTO y FUNDAMEDIOS, en beneficio recíproco, se comprometen a intervenir en las siguientes áreas x xxxxxx de acción:
Formación continua: Apoyo al fortalecimiento de capacidades dentro de las atribuciones de QUITO HONESTO relacionadas a la lucha contra la corrupción y a favor de la transparencia en la ciudad.
Asistencia Técnica: Acompañamiento en la construcción de propuestas, metodologías, herramientas, procesos y programas para la generación de capacidades encaminadas a la lucha por la transparencia, acceso a la información y contra la corrupción.
Proyectos de Educación y Vinculación: Desarrollo de acciones continuas para la ejecución de proyectos que contribuyan a la generación de conocimiento sobre transparencia, acceso a la información y contra la corrupción.
Publicación de información en plataformas digitales y uso gratuito de instalaciones: Comprende la publicación de información de los productos generados por LAS PARTES en las respectivas plataformas digitales.
CLÁUSULA CUARTA. - OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
4.1. OBLIGACIONES CONJUNTAS
LAS PARTES, en el marco del presente Xxxxxxxx, se comprometen a lo siguiente:
a) Realizar las acciones necesarias dentro del ámbito de sus competencias, para el cumplimiento del objeto del presente Convenio.
b) Designar a un administrador/a y un respectivo back up, para dar cumplimiento al objeto del Convenio.
c) Proporcionar de forma oportuna la información requerida para alcanzar los objetivos planteados.
d) Definir una hoja xx xxxx anual, con la finalidad de planificar y medir la evolución y continuidad del presente Convenio.
e) Validar las herramientas metodológicas, programas, proyectos, procesos y demás productos que se ejecuten en el marco del presente Convenio.
f) Implementación y seguimiento de proyectos de educación continua y capacitación con las temáticas que definan LAS PARTES en el marco del presente Convenio.
g) Publicar la información de los productos generados en el convenio en las respectivas plataformas digitales.
h) Observar las normas vigentes sobre la reserva de la información, así como la protección de datos personales, durante las actividades tendientes al cumplimiento del presente Convenio.
i) Coordinar pasantías de funcionarios de ambas instituciones en temas relacionados con el objeto del presente convenio, así como aquellas que sean de interés mutuo.
j) Realización de otras actividades conjuntas, las mismas que, de ser necesario, podrán ser materia de Proyectos específicos, a ser incluidos dentro de convenios específicos
k) Cualquier otra actividad de cooperación que convengan a las partes, y que puedan decidir de común acuerdo.
4.2. OBLIGACIONES DE QUITO HONESTO:
a) Designar a un administrador/a y el respectivo backup, para la planificación, desarrollo y monitoreo de las acciones inherentes al presente Convenio.
b) Facilitar los procesos de formación continua, foros, debates, eventos, simposios, congresos y demás actividades que contribuyan a la generación del conocimiento en relación con la alfabetización digital, combate a la desinformación y demás temáticas definidas por LAS PARTES, en el marco del presente Convenio.
c) Facilitar al personal que acuerden LAS PARTES la generación de instrumentos que aporten a la consecución de las actividades planteadas en el presente Convenio.
d) Facilitar el uso de instalaciones de la institución y otros espacios, previa coordinación, para el desarrollo de actividades objeto del presente instrumento previa aprobación de LAS PARTES, en el horario que se defina.
e) Facilitar instrumentos generados por QUITO HONESTO, para el desarrollo y fortalecimiento de las herramientas desarrolladas por LAS PARTES en el marco del presente Convenio.
f) Publicar la información de los productos generados en el convenio en las respectivas plataformas digitales del QUITO HONESTO.
4.3. OBLIGACIONES DE FUNDAMEDIOS
a) Designar a un administrador/a y el respectivo backup, para la planificación, desarrollo y monitoreo de las acciones inherentes al presente Convenio.
b) Aportar en el desarrollo e intercambio de conocimientos a partir de la experiencia con la que cuenta FUNDAMEDIOS.
c) Desarrollar los contenidos de los talleres, webinars, cursos, programas y demás actividades en el marco del presente Convenio.
d) Xxxxxxx acompañamiento y asistencia técnica a los grupos objetivo que definan LAS PARTES en temáticas relacionadas al campo de acción de FUNDAMEDIOS.
e) Publicar la información de los productos generados en el convenio en las respectivas plataformas digitales de FUNDAMEDIOS.
f) Facilitar al personal que acuerden LAS PARTES para la generación de instrumentos que aporten a la consecución de las actividades planteadas en el presente Convenio.
CLÁUSULA QUINTA. - PLAZO:
El presente Convenio tendrá un plazo de (2) dos años, contados a partir de la fecha de su suscripción.
El Convenio podrá ser renovado por voluntad de LAS PARTES, para lo cual, al menos con (30) treinta días antes del vencimiento del plazo, la parte interesada deberá presentar la solicitud de renovación por escrito.
CLÁUSULA SEXTA. - ADMINISTRACIÓN DEL CONVENIO:
Para la correcta administración, fiscalización, supervisión y evaluación del presente Convenio de Cooperación Interinstitucional, las partes designarán administradores (1 principal y 1 backup), mismos que velarán por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente instrumento, adoptarán acciones que sean necesarias para evitar retrasos, mantendrán informadas a sus máximas autoridades del seguimiento y coordinación, mediante un informe semestral, conforme al objeto del presente Convenio. De conformidad con la normativa interna de QUITO HONESTO, se designa como Fiscalizador con Convenio a la Dirección de Investigación, y como Supervisora del mismo a la Dirección de Asesoría Jurídica.
En caso de presentarse cambios del personal asignado para la administración, serán designados con la debida antelación mediante documentación oficial suscrita por la máxima autoridad de cada parte o su delegado, a fin de no interrumpir la ejecución y el plazo del presente Convenio.
CLÁUSULA SÉPTIMA. - FINANCIAMIENTO:
Por la naturaleza del presente Convenio, las partes declaran que no existen obligaciones de orden financiero.
Las cláusulas siguientes corresponden a información legal que la debería incluir la institución pública; tales como, las modificaciones que se realicen en el Convenio, la terminación, relación laboral o contractual (que este instrumento no sea un documento que genere una relación laboral entre las partes), controversias, documentos habilitantes, notificaciones y direcciones y por última la aceptación de las partes con las respectivas firmas.
CLÁUSULA OCTAVA. - TERMINACIÓN DEL CONVENIO:
El presente convenio terminará por las siguientes causas:
a) Por cumplimiento de su objeto o del plazo establecido para su ejecución;
b) Por mutuo acuerdo entre LAS PARTES: de presentarse circunstancias imprevistas, técnicas
o económicas, causas de fuerza mayor o caso fortuito por las que no fuere conveniente para LAS PARTES, ejecutar total o parcialmente el objeto de este Convenio, podrán convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones, en el estado en que se encuentren, para lo cual se requerirá un informe de los administradores designados por las instituciones y avalado por las máximas autoridades de las instituciones o sus delegados; y,
c) Por terminación unilateral del Convenio, que puede darse cuando una de LAS PARTES se encuentre incursa en las siguientes causales:
● Incumplimiento del objeto del Convenio;
● Incumplimiento de las obligaciones asumidas por LAS PARTES en la ejecución de este Convenio, en virtud del marco legal y normativo;
● Cesión o transferencia total o parcial de obligaciones o derechos derivados del Convenio, salvo los casos previamente definidos dentro del presente instrumento; y,
● Suspensión de la ejecución del Convenio sin autorización expresa de LAS PARTES.
De producirse una o algunas de las circunstancias antes indicadas, los administradores designados por las entidades, elaborarán un informe motivado señalando el incumplimiento en el que se ha incurrido y se presentarán los informes que correspondan, concediendo el término xx xxxx (10) días para que la otra parte presente las justificaciones que procedan.
En caso de que cualquiera de LAS PARTES no justifique el incumplimiento en que incurrió, se dará por terminado el presente Convenio Xxxxx de manera anticipada y unilateral.
Una vez concluido el Convenio, las partes realizarán una evaluación mutua de su cumplimiento y procederán a suscribir un Acuerdo de Terminación del Convenio, en el que se dejará constancia de las actividades realizadas, así como las recomendaciones que resulten procedentes en la búsqueda de las mejores alternativas de solución a los problemas que pudieren quedar pendientes.
CLÁUSULA NOVENA. – DERECHOS DE AUTORÍA
LAS PARTES aclaran que:
Toda la información transferida que sea replicada por la contraparte deberá reconocer, en los créditos, la autoría de la entidad correspondiente; sin perjuicio de que, en las publicaciones que se realicen, consten los logos de ambas instituciones.
Todo material o metodología resultante de la producción conjunta realizada en el marco del presente Xxxxxxxx, será de propiedad compartida entre las partes.
CLÁUSULA DÉCIMA. - MODIFICACIÓN DEL CONVENIO
Cualquier modificación total o parcial del presente Convenio, será efectuada por mutuo acuerdo entre LAS PARTES, mediante la suscripción del respectivo Convenio Modificatorio y previo la presentación del respectivo informe, suscrito por los administradores del presente instrumento.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA. - CONFIDENCIALIDAD
Cualquier información, documentos, manuales y otros materiales, que se relacionen con las actividades previstas en este Convenio, tendrán un manejo confidencial y no podrán ser divulgados sino en forma conjunta o con autorización expresa de LAS PARTES.
Si alguna de LAS PARTES incumpliere esta obligación, tal incumplimiento se considerará como causal suficiente para que la parte perjudicada pueda dar por terminado en forma anticipada el presente Convenio.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA. - RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:
Las Partes tratarán de negociar de buena fe una solución a cualquier controversia que surja entre ellas en relación con el presente convenio.
Las Partes podrán resolver cualquier controversia mediante el proceso de resolución de controversias que acuerden.
En caso de surgir divergencias o controversias respecto del cumplimiento de las obligaciones pactadas o sobre la interpretación de las estipulaciones del presente Convenio, las partes tratarán de llegar a un acuerdo directo que solucione la divergencia, caso contrario convienen utilizar el procedimiento alternativo de mediación en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado, con sede en la ciudad de Quito; y, de no llegarse a un acuerdo, estas se ventilarán ante la Unidad Judicial de lo Contencioso Administrativo de Quito.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA. - DE LA COORDINACIÓN, ADMINISTRACIÓN, FISCALIZACIÓN, SUPERVISIÓN, Y EJECUCIÓN DEL CONVENIO:
La coordinación, administración, fiscalización, supervisión y ejecución del presente Convenio, estará a cargo de los administradores nombrados por cada institución, los cuales a la terminación del Convenio por cualquier causa y previo a la suscripción del acta de cierre y liquidación, emitirán respectivamente el informe de cumplimiento de obligaciones. QUITO HONESTO, de conformidad a su normativa interna, nombra como Administrador y Backup a la Jefatura de
Comunicación, Fiscalizador del Convenio a la Dirección de Investigación (In. Xxxxxx Xxxxxx), y como Supervisor del mismo a la Dirección de Asesoría Jurídica (Dra. Xxxxx Xxxxxxx ).
Los administradores del Convenio, tendrán la responsabilidad de gestionar los trámites que sean necesarios para velar por el cumplimiento del presente Convenio hasta su cierre.
En caso de presentarse cambios del personal asignado para la administración, serán designados el/los nuevos administradores con la debida antelación mediante documentación oficial suscrita por la máxima autoridad de cada parte o su delegado, a fin de no interrumpir la ejecución y el plazo del presente Convenio.
ADMINISTRADORES:
Por Quito Honesto:
Nombre: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Cargo: Jefe de Comunicación
Email: xxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Telf: (00) 0000000 / 0990377993
Backup:
Nombre: Xxxxxx del Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Cargo: Analista de Comunicación
Email: xxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Telf: (00) 0000000 / 0984642513
Por Fundamedios:
Nombre: Xxxxx Xxxxxxxx Cargo: Director Ejecutivo Email: xxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx
Telf: (00) 000-0000 / 000-000-0000
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA. - DOCUMENTOS HABILITANTES:
14.1 Documentos relativos a la Personería Jurídica de Fundamedios;
14.2 Nombramiento del Representante Legal de Fundamedios y cédula de ciudadanía;
14.3 Documentos relativos a la Personería Jurídica de Quito Honesto;
14.4 Nombramiento del Representante Legal de Quito Honesto y cédula de ciudadanía;
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA. - DOMICILIO:
Por Quito Honesto
Av. Amazonas N21-252 y Xxxxxxxx Xxxxxxx, edificio Londres, tercer piso Teléfono: (00) 0000000
Correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Quito-Pichincha-Ecuador
Por Fundamedios
Xxxx Xxxxxxx N330 Edif. Xxxxxxxx, Xxxx 00, xxxxxxx 0000 Teléfono: x000-0-0000000
Correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx Quito – Pichincha - Ecuador
DÉCIMO SEXTA. - ACEPTACIÓN
Las partes libre y voluntariamente aceptan el contenido del presente instrumento, por convenir a sus mutuos intereses.
Para constancia de lo convenido, las partes suscriben el presente instrumento, en cinco ejemplares, de igual tenor y valor. En Quito, a los 18 días, de noviembre de 2021.
Firmado electrónicamente por:
XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX
Xxxxx Xxxxxxxx
DIRECTOR EJECUTIVO
Firmado electrónicamente por:
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx