Expediente n.º: 121/2024
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx (1 de 3) Alcalde
Fecha Firma: 28/05/2024
HASH: c0829cc7417abcb6a9715d9391d818f8
Expediente n.º: 121/2024
Formalización del contrato
Procedimiento: Contrato menor para la instalación de placas fotovoltaicas de autoconsumo en el Camping de Villasur xx Xxxxxxxx
Fecha de iniciación: 27/01/2024
Proyecto financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU – en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En Villasur xx Xxxxxxxx a 28 xx xxxx de 2024
Xxxxxxxx Xxxxxx Xx Xxx (2 de 3) Secretario-Interventor
Fecha Firma: 28/05/2024
HASH: 6a943592889dfdd9d9478106e019e426
De una parte, Xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Castilla, Alcalde de Ayuntamiento de Villasur xx Xxxxxxxx con NIF núm. 00000000X, asistido de Secretario-Interventor de la Corporación, Xxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xx Xxx con NIF 00000000X, que da fe del acto.
De otra parte, Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx, con NIF 00000000X, en representación de la empresa VEYFRA SERVICIOS SL con NIF. núm. B09438607, con domicilio a efectos de notificaciones en Xxxxx Xxx Xxxxx x Xxx Xxxxxxx x.x 00, xxxx xx Xxxxxx, xxxxxx xxxxxxxxxxx xxxxxx@xxxxxx.xxx
La finalidad del presente acto es la de proceder a la formalización del siguiente contrato:
INSTALACIÓN DE PLACAS FOTOVOLTAICAS DE AUTOCONSUMO EN EL CAMPING DE VILLASUR XX XXXXXXXX
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Dicha adjudicación fue aprobada por Resolución de Alcaldía num. 63 2024 de fecha 28/05/2024, según se desprende de los siguientes
XXXX XXXXXXX, XXXX XXXXXX (3 de 3)
Tercero
Fecha Firma: 29/05/2024
HASH: 8996f3275948d2089430935befe44516
ANTECEDENTES
Documento | Fecha |
Providencia de Alcaldía | 30/04/2024 |
Informe de Secretaría | 30/04/2024 |
Documento de Prescripciones Técnicas y Administrativas | 30/04/2024 |
Resolución de aprobación de documento de Prescripciones y convocatoria licitación | 30/04/2024 |
Invitaciones a participar | 30/04/2024 |
Presentación de ofertas | 01/05 a 15/05/2024 |
Apertura de ofertas | 16/05/2024 |
Requerimiento a Burgosolar SL | 16/05/2024 |
Acta de negociación | 28/05/2024 |
Resolución adjudicación | 28/05/2024 |
Y conviniendo ambas partes, en calidad de adjudicador y adjudicatario, el presente contrato menor de obras , lo formalizan en este documento administrativo, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. VEYFRA SERVICIOS SL se compromete a la realización de obra INSTALACIÓN DE PLACAS SOLARES DE AUTOCONSUMO EN EL CAMPING DE VILLASUR XX XXXXXXXX con
arreglo al documento descriptivo de las prescripciones técnicas y administrativas, que figura en el expediente, documento contractual que acepta incondicionalmente y sin reserva alguna y de lo que deja constancia firmando en este acto su conformidad en él.
SEGUNDA. El precio del contrato, IVA incluido, es el de 21569,30 €.
TERCERA. El plazo de ejecución del contrato es de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la firma del presente contrato.
CUARTA. Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx en representación de la empresa VEYFRA SERVICIOS SL presta su conformidad al Documento descriptivo que es documento contractual, firmándolo en este acto y se somete, para cuando no se encuentre en él establecido a los preceptos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El presente contrato se extiende en documento electrónico y a un único efecto, en el lugar y fecha al principio mencionados.
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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DOCUMENTO DESCRIPTIVO DE LAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
1.1 Descripción del objeto del contrato 1.1.1Objeto del contrato:
Suministro llave en mano de instalación fotovoltaica de autoconsumo en el Camping de Villasur xx Xxxxxxxx (Burgos).
1.1.2 Características del contrato:
Tipo de contrato: | Mixto |
Objeto del contrato: | Suministro llave en mano instalación de fotovoltaica de autoconsumo en Villasur xx Xxxxxxxx. Incluye la redacción del proyecto técnico, ejecución de la instalación proyectada, monitorización de la instalación, dirección y certificación de obra, redacción del plan de prevención o estudio de seguridad, coordinación de seguridad y salud, legalización de la instalación, justificación de la subvención ante el EREN mediante la aplicación AYAE, comprobación de funcionamiento, certificado de instalaciones eléctrica, revisión por organismo de control, puesta en marcha de instalaciones y asesoramiento para contratación con empresa suministradora del |
proyecto de “Instalación fotovoltaica de Villasur xx Xxxxxxxx” | |
Procedimiento de contratación: | Contrato menor con petición de varias ofertas |
Tipo de Tramitación: | Ordinaria |
Valor estimado del contrato: | 28000 € |
IVA: | 5880 € |
Precio: | 33880 € |
Duración | La instalación deberá estar totalmente instalada y justificada ante el EREN antes del 30 de noviembre de 2024 |
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo mixto, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, siendo el carácter de la prestación principal la del contrato de obras.
1.1.3 Necesidad a satisfacer
Instalar un sistema de generación fotovoltaica para autoconsumo en las dos cubiertas del camping municipal “Puerta de la Demanda” y reducir así el consumo de electricidad y la huella de carbono.
1.1.4 Características técnicas de las instalaciones.
Las características técnicas de las instalaciones a proyectar son las recogidas en la Resolución de Concesión de ayuda del Ente Regional de la Energía xx Xxxxxxxx y León (EREN) al Ayuntamiento de Villasur xx Xxxxxxxx acogida a la Orden de 24 de septiembre de 2021 de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se convocan subvenciones dentro de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas términos renovables en el sector residencial, en el marco del plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se considera a todos los efectos parte integrante del contrato que se adjudique.
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Características técnicas de la instalación:
a) Ubicación de la instalación: La instalación se ubicará distribuyendo los paneles solares en las cubiertas de los dos edificios del camping de Villasur xx Xxxxxxxx sobre estructura de aluminio integrada en la cubierta.
b) Cups: ES0021000002221734ET
c) Descripción: Sin almacenamiento.
d) Tipo de instalación: Instalación fotovoltaica de autoconsumo.
e) Modalidad de autoconsumo: Con excedentes.
f) Modalidad de compensación: Acogida a compensación simplificada.
g) Potencia de la instalación de generación (kw): 26,68
h) Energía anual estimada producida: 32400 kWh
i) Potencia nominal de inversores (kw): 22
j) Potencia nominal de módulos (kWp): 26,68
k) Marca y modelo de placa: LONGI Hi-MO X6 Explorer LR5-54HTB 415-435 M (Totalmente en negro), garantía del fabricante.
l) La marca y modelo de inversor: GOODWE Trifásico 25 KW (GW25k-MT)
El contrato incluye las siguientes prestaciones por parte del adjudicatario:
a) Redacción del proyecto técnico
b) Ejecución de la instalación proyectada
c) Monitorización de la instalación
d) Plan de Seguridad y Salud
e) Legalización de la instalación
f) Solicitud de punto de conexión
g) Proyecto de comprobación, certificado de instalaciones eléctricas y revisiones por organismos de control
h) Obra civil
i) Instalación de baja tensión incluidas las modificaciones que pudiera solicitar la empresa distribuidora en la instalación del cliente.
j) Puesta en marcha de la instalación.
k) Elaboración de la documentación técnica requerida y presentación de la justificación de la subvención utilizando la aplicación AYAE.
l) En general cualquier actuación que sea necesaria para la entrega, llave en mano, de la instalación referida.
Deberá cumplir igualmente con toda la legislación sectorial aplicable a este tipo de instalaciones.
1.2 Financiación fondos UE Next Generation. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
1.2.1 Marco del contrato dentro del PRTR
La subvención cuenta con financiación europea a través de los fondos Next Generation y está financiada por el IDAE del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y dentro de la convocatoria del Ente Regional de la Energía xx Xxxxxxxx y León acogida a la Orden de 24 de septiembre de 2021, de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta xx Xxxxxxxx y León, por la que se convocan subvenciones dentro de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.
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En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular, la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo», en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, el proyecto objeto de esta licitación respeta el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio XXXX por sus siglas en inglés, «Do Not Significant Harm») y las condiciones del etiquetado climático y digital.
Esta actuación contribuye dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia al COMPONENTE 07, INVERSIÓN 04, participa en proyecto C07.I01.P01.OBC02 “Impulso a las energías renovables mediante líneas territorializadas”, subproyecto C07.I01.P01.S18.SI01 “ Ejecución EREN - IMPULSO A LAS ENERGÍAS RENOVABLES CASTILLA Y LEÓN”, nombre del subproyecto “SUB RD477 AYUNTAMIENTO DE VILLASUR DE HERREROS EREN JCyL”.
El hito u objetivo del subproyecto es: Capacidad de producción adicional acumulada de energía renovable adquirida mediante licitaciones de capacidad renovable innovadora o de valor añadido (al menos 3 800 MW instalados) al que este subproyecto contribuye con 0,027 unidades.
La actuación completa tendrá una contribución a los objetivos climáticos 029 “Energía renovable: Solar”, con una contribución climática del 100% y una contribución a los objetivos medioambientales del 40%.
La numeración del subproyecto dentro del PRTR es PR-RDAC-CYL-588813-002551 21077.2
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
to
La forma de adjudicación del contrato será el contrato menor con solicitud de varias ofertas de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamen
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 con petición de ofertas.
A fin de garantizar la obtención de la mejor oferta, la adjudicación recaerá en el candidato que presente la oferta económicamente más ventajosa.
CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx-xxxxxxx-xxxx.
CLÁUSULA CUARTA. Presupuesto Base de Licitación y valor estimado del contrato
El presupuesto base de licitación es de 28000 € (excluido IVA) y de 33880 € incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (21%).
El valor estimado del contrato asciende a la cuantía de 28000 €.
CLÁUSULA QUINTA. Existencia de crédito
Las obligaciones económicas del contrato se abonarán con cargo a la aplicación presupuestarias 4250- 62700
El contrato se abonará con cargo a la aplicación arriba indicada del presupuesto municipal, en la que existe crédito suficiente que se retiene.
CLÁUSULA SEXTA. Plazo de Ejecución y Emplazamiento
El plazo de ejecución del contrato será de dos meses.
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La duración del contrato se contará a partir del día siguiente al de la formalización del contrato o desde la fecha fijada en el documento contractual.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones de contratar.
0.Xx capacidad de obrar de los empresarios y la no concurrencia de prohibiciones de contratar se acreditará mediante la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.
0.Xx prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar, podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos.
Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
3. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.
CLÁUSULA OCTAVA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
8.1 Condiciones previas
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
8.2 Invitaciones a participar en el procedimiento
El órgano de contratación, a través de la unidad tramitadora del procedimiento cursará petición de ofertas al menos a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, si ello es posible, con las cuales negociará los aspectos técnicos y económicos señalados en la cláusula novena.
Esta petición se hará de forma electrónica por medio de notificación administrativa y de cuya recepción se dejará constancia en el expediente.
8.3 Lugar y plazo de presentación de ofertas
Las proposiciones se presentaran en el Registro Electrónico de Entrada del Ayuntamiento de Villasur xx Xxxxxxxx xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxx.0
Fin de plazo de presentación de ofertas: 15 xx xxxx de 2024.
8.4. Información a los licitadores
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Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.
8.5 Contenido de las proposiciones
Las proposiciones para tomar parte en la licitación deberán contener la siguiente documentación:
a) Certificado de inscripción en el ROLECE
b) Anexos cumplimentados y firmados electrónicamente en el modelo y con los logotipos establecidos en este pliego
c) Proposición económica.
La proposición económica se presentará conforme al siguiente modelo:
« , con domicilio a efectos de notificaciones en , , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , enterado del expediente para Contrato menor para contratación de la obra “Instalación Fotovoltaica llave en mano en el Camping de Villasur xx Xxxxxxxx”, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En , a de de 20 .
Firma electrónica».
CLÁUSULA NOVENA. Aspectos objeto de Negociación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta se atenderá a los siguientes aspectos:
— Oferta económicamente más ventajosa
CLÁUSULA DÉCIMA. Apertura de Proposiciones y Negociación
La apertura de ofertas tendrá lugar en las dependencias del Ayuntamiento de Villasur xx Xxxxxxxx el 16 xx xxxx de 2024.
El órgano de contratación negociará con todos los licitadores admitidos las condiciones del contrato tomando como base las ofertas que éstos hayan presentado.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Adjudicación del Contrato
El órgano de contratación, tras la valoración de las ofertas presentadas, realizará la adjudicación del contrato que notificará al adjudicatario.
La resolución de adjudicación del contrato quedará supeditada a la presentación de la documentación acreditativa incluida en la cláusula séptima.
De no aportarse la documentación requerida en el plazo señalado, o de no corregir en el plazo otorgado los defectos subsanables, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
Para la formalización del contrato se atenderá a lo dispuesto en el artículo 153 de la LCSP.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Derechos y Obligaciones de las Partes
12.1 Abonos al contratista
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El pago del trabajo o servicio se efectuará a la realización del mismo previa presentación de factura debidamente conformada de la siguiente manera:
a) 50% a del total con IVA a la finalización de la instalación.
b) 50% restante a la legalización, puesta en funcionamiento de la instalación y presentación de la documentación justificativa de la concesión de la subvención ante el EREN.
El contratista deberá presentar la factura en un registro administrativo en el plazo de 30 días desde la fecha de la prestación, en el caso de servicios de tracto sucesivo las facturas deberán presentarse en el plazo máximo de 10 días desde la realización de la prestación en el periodo de que se trate. La factura deberá presentarse en formato electrónico en los supuestos que fija la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas del Sector Público, en estos casos la presentación de la factura en el Punto General de Acceso equivale a la presentación en un registro administrativo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 198 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Administración tendrá obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad de los servicios prestados con lo dispuesto en el contrato, sin perjuicio de lo establecido en el en el apartado 4 del artículo 210, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá
haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio.
Por otra parte, la Administración deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados, dentro de los treinta días siguientes a la prestación del servicio.
12.2. Obligaciones laborales, sociales y de transparencia
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato.
La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.
12.3. Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato.
Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes:
a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.
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b. El cumplimiento estricto de las medidas de seguridad y salud previstas en la normativa vigente y en el plan de seguridad y salud.
c. El pago de los salarios a los trabajadores y su retención de IRPF, así como el abono puntual de las cuotas correspondientes a la Seguridad Social.
Para controlar el cumplimiento de estas obligaciones contractuales esenciales, el adjudicatario debe presentar trimestralmente ante la unidad administrativa que ha tramitado el contrato, la siguiente información:
— Los documentos justificativos de los pagos salariales y a la Seguridad Social, así como de los realizados a los subcontratistas.
— Informe especificativo de las actuaciones que realiza para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad y salud laboral, indicando las incidencias que se hayan producido al respecto en cada trimestre.
El responsable municipal del contrato elaborará un informe sobre el cumplimiento de dicha justificación. En ese informe se hará también expresa referencia al cumplimiento de las obligaciones indicadas en esta cláusula en relación con el personal que gestiona el contrato.
Sin dicho informe favorable no se dará curso al pago de la factura correspondiente y se iniciará de inmediato un expediente de penalización o de resolución del contrato, según xxxxxxx.
12.4. Obligaciones específicas en relación con el PRTR
12.4.1 Obligaciones relativas a cumplimiento de las obligaciones de no causar daño significativo y etiquetado verde.
La empresa contratista estará obligada a cumplir con los compromisos en materia de etiquetado verde y digital, así como por la aplicación del principio de no causar daño significativo al medioambiente (Do not significant harm, XXXX) establecidos en el pliego de prescripciones técnicas. La empresa contratista deberán facilitar, en tiempo y forma, la información que le sea requerida para acreditar el cumplimiento de los compromisos en materia de etiquetado verde y digital, así como por la aplicación del principio de no causar daño significativo al medioambiente (Do not significant harm, XXXX). La no entrega de los informes de seguimiento solicitados, así como la entrega incompleta, fuera de plazo o sin respetar las especificaciones del presente pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, podrá ser considerada como causa de incumplimiento. En caso de incumplimiento por el contratista de las obligaciones establecidas, el órgano de contratación impondrá la penalidad definida en la clausula decimoquinta de este pliego y establece como causa de modificación del contrato la orden de la autoridad responsable para adoptar medidas correctoras, tanto en materia de XXXX, como en materia de etiquetado verde y etiquetado digital.
Porcentajes de etiquetado verde y etiquetado digital del proyecto: Ambos definen el reconocimiento en peso relativo de los recursos previstos para la transición ecológica y digital, siendo la aportación al subproyecto en forma de porcentaje los siguientes:
Etiquetado verde: 82 % Etiquetado digital: 0 %
Esta obligación tiene la consideración de esencial.
Se establece como causa de modificación del contrato la orden de autoridad responsable para adoptar medidas correctoras, tanto en materia de XXXX, como en materia de etiquetado verde y etiquetado digital.
12.4.2 Cumplimiento de medidas antifraude y anticorrupción.
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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El licitador como agente implicado en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia cumplirá con las obligaciones recogidas en la Orden HAP 1030/2020, de 29 de septiembre por la que configura el sistema de gestión del Plan y en particular:
a) Aceptará la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
b) Formalizará una declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión.
c) Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el Censo equivalente de la Administración Tributaria Xxxxx, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
e) Todos los intervinientes en las diferentes fases del contrato, tendrán la obligación de cumplimentar la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI), que se irán incorporando al expediente de contratación. El adjudicatario deberá presentar, una DACI, conforme al modelo contenido en el Anexo del PCAP (Anexo II). Esta obligación tiene el carácter de obligación esencial, a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP, por lo que su omisión previa a la formalización será causa de exclusión de la licitación y el incumplimiento de lo declarado durante la ejecución del contrato será causa de resolución del contrato.
f) Serán de aplicación a este contrato las medidas previstas en el Plan de Medidas Antifraude aprobado por Pleno del Ayuntamiento de Villasur xx Xxxxxxxx en sesión celebrada el día 24 de noviembre de 2023.
12.4.3 Conservación de documentos.
El adjudicatario deberá conservar la documentación relativa a este expediente como mínimo durante cinco años de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento Financiero REGLAMENTO (UE, Euratom) 2018/1046 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 18 de julio de 2018.
12.4.4 Obligación de cumplimiento de las obligaciones de información.
Según Resolución de concesión de ayuda a la entidad Ayuntamiento de Villasur xx Xxxxxxxx en el contexto del Real Decreto 692/2021, de 3 xx xxxxxx, por el que se regula la concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico (PROGRAMA DUS 5000) en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se deberán cumplir las obligaciones y objetivos de la medida. Tanto la Administración como la empresa contratista y en su caso las subcontratistas estarán obligadas a cumplir los objetivos y obligaciones de la medida estando obligados a suministrar a la Administración, previo requerimiento, en el plazo que en el mismo se indique, toda la información, datos y/o documentación que esta precise para el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa reguladora del PRTR. La no entrega de los informes de seguimiento solicitados, así como la entrega incompleta, fuera de plazo o sin respetar las especificaciones del presente pliego y del proyecto técnico, podrá ser considerada como causa de incumplimiento. En caso de incumplimiento por el contratista de los hitos y objetivos establecidos, el órgano de contratación impondrá la penalidad definida en el punto 12 de esta cláusula. Esta obligación tiene la consideración de obligación esencial de acuerdo con lo previsto en le clausula decimosexta de este pliego.
El adjudicatario quedara obligado a cumplir las obligaciones de información previstas en el artículo 8.2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
El adjudicatario deberá presentar, previamente a la formalización del contrato, declaración responsable con la siguiente información:
a. NIF del contratista
Cód. Validación: AM7TYWNPEYQC9FTMJFLKDLQD7
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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b. Nombre o razón social.
c. Domicilio fiscal del contratista
d. La información relativa al titular real del beneficiario final de los fondos (persona o personas físicas que tengan la propiedad o el control en último término del cliente o la persona o personas físicas por cuenta de las cuales se lleve a cabo una transacción o actividad): nombre del destinatario de los fondos, en su caso fecha de nacimiento, en concepto de ayudas o por la condición de contratista y subcontratista.
e. Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Conforme al modelo que se acompaña Como Anexo VI adjunto.
f. Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, conforme al modelo que se acompaña como Anexo III.
g. Acreditación de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
Esta obligación tiene la consideración de esencial de acuerdo con lo establecido en la clausula décimo sexta de este pliego.
Se atenderá a todo lo previsto en el Artº 8.3 de la Orden HFP/1030/2021.
12.4.5 Aportación de información relativa a beneficiarios finales.
El contratista deberá aportar la información relativa a titular real del beneficiario final de los fondos en la forma prevista en el artículo 10 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre y el artículo 7.3 de la Orden HFP/55/2023.
12.4.6 Sujeción a controles.
Este contrato está sujeto a los controles de la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea. Estos órganos tienen derecho de acceso a la información del contrato, por lo que el contratista está obligados a proporcionarla. Asimismo, se deben cumplir las normas sobre conservación de la documentación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euroatom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión. Esta obligación tiene la consideración de esencial de acuerdo con lo establecido en la clausula décimo sexta de este pliego.
En caso de incumplimiento por el contratista de estas obligaciones, el órgano de contratación impondrá las penalidades definidas en este pliego.
12.4.7 Hitos y objetivos.
Esta actuación contribuye dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia al COMPONENTE 07, INVERSIÓN 04, participa en proyecto C07.I01.P01.OBC02 “Impulso a las energías renovables mediante líneas territorializadas”, subproyecto C07.I01.P01.S18.SI01 “ Ejecución EREN - IMPULSO A LAS ENERGÍAS RENOVABLES CASTILLA Y LEÓN”, nombre del subproyecto “SUB RD477 AYUNTAMIENTO DE VILLASUR DE HERREROS EREN JCyL”.
El hito u objetivo del subproyecto es: Capacidad de producción adicional acumulada de energía renovable adquirida mediante licitaciones de capacidad renovable innovadora o de valor añadido (al menos 3 800 MW instalados) al que este subproyecto contribuye con 0,027 unidades.
La actuación completa tendrá una contribución a los objetivos climáticos 029 “Energía renovable: Solar”, con una contribución climática del 100% y una contribución a los objetivos medioambientales del 40%.
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La empresa contratista deberán facilitar, en tiempo y forma, la información que le sea requerida para acreditar el cumplimiento de los hitos y objetivos fijados. La no entrega de los informes de seguimiento solicitados, así como la entrega incompleta, fuera de plazo o sin respetar las especificaciones del presente pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, podrá ser considerada como causa de incumplimiento.
En caso de incumplimiento por el contratista de los hitos y objetivos establecidos, el órgano de contratación impondrá las penalidades previstas en este pliego.
Esta obligación, tiene tener carácter de carácter de obligación contractual esencial, a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP, siendo su incumplimiento causa de resolución contractual, según se indique en la cláusula decimosexta de este pliego.
El contratista deberá facilitar la siguiente documentación:
a) Demanda de energía primaria en los certificados de eficiencia energética antes y después de la renovación, ahorro de energía primaria, m2 renovados, y reducción media ponderada del consumo de energía primaria no renovable (utilizando como pesos los m2 de renovación), en el caso de las renovaciones energéticas;
b) Información técnica facilitada en función del tipo de proyecto desarrollado, de acuerdo con la descripción de la medida en el anexo xxx XXX);
c) Copia del certificado de eficiencia energética del proyecto antes de la renovación (en caso de renovación energética);
d) Copia del certificado de eficiencia energética del proyecto después de la renovación (en caso de renovación energética).
12.4.8 Protección de intereses financieros de la Unión.
Los contratistas se comprometen a defender los intereses financieros de la Unión Europea.
12.4.9 Obligaciones de comunicación.
1. Cuando se muestre en asociación con otro logotipo, el emblema de la Unión Europea deberá mostrarse al menos de forma tan prominente y visible como los otros logotipos. El emblema debe permanecer distinto y separado y no puede modificarse añadiendo otras marcas visuales, marcas o texto. Aparte del emblema, no podrá utilizarse ninguna otra identidad visual o logotipo para destacar el apoyo de la UE.
2. Cualquier actividad de comunicación o difusión relacionada con el MRR y realizada por el Estado miembro, en cualquier forma y por cualquier medio, deberá utilizar información fidedigna. En caso de incumplimiento por el contratista y/o subcontratista de estas obligaciones, el órgano de contratación impondrá la penalidad definida en el punto 10 de esta cláusula.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Modificación, Cesión y Subcontratación
Sin perjuicio de los supuestos previstos en la LCSP sobre sucesión en la persona del contratista, cesión de contrato, revisión de precios y prórroga del plazo de ejecución, este contrato podrá modificarse por razones de interés público en los supuestos y con los límites establecidos en el artículo 203 LCSP. Las modificaciones así acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 153 LCSP.
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Los derechos y obligaciones dimanantes a este contrato podrán ser cedidos a un tercero, siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 214 LCSP.
No cabe subcontratación.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Penalidades por Incumplimiento
El cumplimiento por parte del contratista de los plazos previstos para la realización del objetivo del contrato se ajustará a lo dispuesto en los artículos 192 y 193 de la LCSP.
El contratista incurrirá en demora en el caso de incumplimiento tanto del plazo total como de los plazos parciales que, en su caso, se hayan previsto; sin que la constitución en xxxx de éste requiera la interpretación o la intimación previa por parte del órgano de contratación.
En caso de demora en el cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales, por causa imputable al contratista, se impondrá una penalidad diaria de 30 € al días del precio del contrato.
En cualquier caso, la cuantía de las penalidades impuestas no podrá ser superior al 10 por ciento del presupuesto del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiere designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante la deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, de acuerdo con el artículo 193 de la LCSP.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Además el contrato podrá ser resuelto por el órgano de contratación cuando se produzcan incumplimiento del plazo total o de los plazos parciales fijados para la ejecución del contrato que haga presumiblemente razonable la imposibilidad de cumplir el plazo total, siempre que el órgano de contratación no opte por la imposición de las penalidades.
Asimismo, serán causas de resolución del contrato al amparo del artículo 211 f) de la LCSP las establecidas como obligaciones esenciales por el órgano de contratación.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, éste deberá indemnizar al órgano de contratación por los daños y perjuicios originados a la Administración.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Responsable del Contrato
En el acuerdo de adjudicación del contrato se designará un técnico municipal responsable de la ejecución del contrato, con las funciones que se prevén en el artículo 62 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en concreto las siguientes:
— Realizar el seguimiento material de la ejecución del contrato, para constata que el contratista cumple sus obligaciones de ejecución en los términos acordados en el contrato.
— Verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario en materia social, fiscal y medioambiental, y en relación con los subcontratistas si los hubiera, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato supongan la aportación de documentación o la realización de trámites de tipo administrativo.
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— Promover las reuniones que resulten necesarias al objeto de solucionar cualquier incidente que surja en la ejecución del objeto del contrato, sin perjuicio de su resolución por el órgano de contratación por el procedimiento contradictorio que establece el artículo 97 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
— Dar al contratista las instrucciones oportunas para asegurar el efectivo cumplimiento del contrato en los términos pactados, que serán inmediatamente ejecutivas en cuanto puedan afectar a la seguridad de las personas o cuando la demora en su aplicación pueda implicar que devengan inútiles posteriormente en función del desarrollo de la ejecución del contrato; en los demás casos, y en caso de mostrar su disconformidad el adjudicatario, resolverá sobre la medida a adoptar el órgano de contratación, sin perjuicio de las posibles indemnizaciones que puedan proceder.
— Proponer la imposición de penalidades por incumplimientos contractuales.
— Informar en los expedientes de reclamación de daños y perjuicios que haya suscitado la ejecución del contrato.
CLÁUSULA DECIMSÉPTIMA. Unidad encargada del Seguimiento y Ejecución
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.1 de la LCSP, la unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato será el Alcalde.
CLÁUSULA DECIMOOCTAVA. Confidencialidad y tratamiento de datos
18.1 Confidencialidad
La empresa adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos) y su personal en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad deben tratar los datos personales a los que tengan acceso de
forma que garanticen una seguridad adecuada incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos).
Esta obligación es complementaria de los deberes xx xxxxxxx profesional y subsistirá aunque haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento).
Teniendo en cuenta que el presente contrato requiere el tratamiento por el adjudicatario de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, se hace constar:
Finalidad Principal de la CesiónAdjudicación de un contrato mixo de obras. de Datos
Obligación del adjudicatario El futuro contratista deberá someterse, en todo caso, a la
normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, sin perjuicio de lo establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Ubicación de los servidores La empresa adjudicataria deberá presentar antes de la
formalización del contrato una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos
Modificaciones en laEl contratista debe comunicar cualquier cambio que se
declaración
produzca de la información facilitada en la Declaración sobre la ubicación de los servidores
Subcontratación Los licitadores deben indicar en su oferta si tienen previsto
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subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización
18.2 Tratamiento de Datos
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
la
Además de lo indicado en la cláusula 1 del presente pliego, el contrato se regirá por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; por la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan, y por cuantas normas de desarrollo se aprueben, en lo que resulte aplicable a este procedimiento.
Asimismo, el contrato estará en todo caso sujeto a las obligaciones en materia de comunicación; controles de la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea y el derecho de estos órganos al acceso a la información sobre el contrato, en especial para evitar el fraude, el favoritismo, la corrupción y la doble financiación; así como a las normas sobre conservación de la documentación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en el correspondiente proyecto, además del resto de documentos que revestirán el carácter contractual.
• Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
• Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
• Decreto-ley 3/2021, de 3 xx xxxxx, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
• Resolución de 29 xx xxxxx de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 xx xxxxx de 2021, por el que aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
• Decisión de Ejecución del Consejo (CID) relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, de 6 de julio de 2021.
• Anexo Revisado de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, de 7 de julio de 2021.
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• Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 1296/2013, (UE) nº 1301/2013, (UE) nº 1303/2013, (UE) nº 1304/2013, (UE) nº 1309/2013, (UE) nº 1316/2013, (UE) nº 223/2014 y (UE) nº 283/2014 y la Decisión nº 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012
• Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
• Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
• Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
• Real Decreto 692/2021, de 3 xx xxxxxx, por el que se regula la concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico (PROGRAMA DUS 5000), en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
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(Rellenar los anexos en este formato respetando el encabezamiento y el pie de página)
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ANEXO I
Expediente n.º: 121/2024
Documento Descriptivo de las Prescripciones Administrativas Procedimiento: Contratación placas fotovoltaicas Camping Villasur xx Xxxxxxxx Fecha de iniciación: 17/04/2024
D………….………., mayor de edad, con domicilio en ………….., con Documento Nacional de Identidad………………….., en representación de la empresa , C.I.F nº……………………, con domicilio en , en calidad de……….., a efectos de su participación en del contrato menor para la licitación del servicio la Licitación de la obra denominada “INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA CAMPING DE VILLASUR XX XXXXXXXX”
DECLARA EXPRESAMENTE Y BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1. Que, habiendo sido invitado a la presentación de proposiciones en dicha licitación, la empresa a la que represento cumple las condiciones para contratar con la Administración establecidas en el artículo 140 de la Ley de Contratos del Sector Público, y en los pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas, esto es: Posee personalidad jurídica y el abajo firmante ostenta su representación.
2. Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación.
3. Cuenta con la clasificación y/o la solvencia económica, financiera y técnica o profesional requerida.
4. No está incursa en prohibición de contratar, por si misma ni por extensión, como consecuencia de la aplicación del art 71.3 de la LCSP y que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
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5. Se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle (En caso de que la empresa sea extranjera).
6. Que la parte del contrato que tengo previsto subcontratar es la siguiente………………
7. Presta su consentimiento para recibir las notificaciones en el correo electrónico indicado más abajo, tanto a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, como a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de .
8. Que a requerimiento del Órgano de Contratación aportará, en el plazo conferido al efecto, la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Que la dirección de correo electrónico para efectuar las notificaciones es…………………………………………………………………
Y para que conste, firmo la presente declaración en……………….., a fecha…………………..
(Firma electrónica)
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Expediente n.º: 121/2024
Documento Descriptivo de las Prescripciones Administrativas Procedimiento: Contratación placas fotovoltaicas Camping Villasur xx Xxxxxxxx Fecha de iniciación: 17/04/2024
ANEXO II
DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS (DACI) SEGÚN ORDEN HFP/55/2023
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de contratación arriba referenciado, las personas abajo firmantes como…………… (LICITADOR / CONTRATISTA / SUBCONTRATISTA) en el proceso de ejecución del expediente arriba indicado,
DECLARA:
Primero. Estar informado/s de lo siguiente:
1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal.»
2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017, de
8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores.
3. Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente», siendo éstas:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
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b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
d) Xxxxx intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar».
Segundo. Que no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses de las indicadas en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE y que no concurre en su/s persona/s ninguna causa de abstención del artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que pueda afectar al procedimiento de licitación/concesión.
Tercero. Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación, sin dilación, cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé o pudiera dar lugar a dicho escenario.
Cuarto. Conozco que, una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/judiciales que establezca la normativa de aplicación.
Y para que conste, firmo la presente declaración, en……………….. (LOCALIDAD), a (DÍA) de (MES) de (AÑO)
………………………………….
Fdo.:
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Expediente n.º: 121/2024
Documento Descriptivo de las Prescripciones Administrativas Procedimiento: Contratación placas fotovoltaicas Camping Villasur xx Xxxxxxxx Fecha de iniciación: 17/04/2024
ANEXO III
MODELO DE DECLARACIÓN DE COMPROMISO EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR).
Xxx/Doña ………………………………………………., con DNI …………………….., como titular del órgano/Consejero Delegado/Gerente/ de la entidad ………………………
………………………………………………….., con NIF …………………………., y domicilio fiscal en
……………………………………………………………………………………. ………
………………………………………………………………………………………………………
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………………………………….en la condición de órgano responsable/ órgano gestor/ beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR/ que participa como contratista/ente destinatario del encargo/ subcontratista, en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente(……..), manifiesta el compromiso de la persona/entidad que representa con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y xxxxxxx, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados. Adicionalmente, atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente («XXXX» por sus siglas en inglés «do no significant harm») en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas del Estado.
(Firma electrónica)
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Expediente n.º: 121/2024
Documento Descriptivo de las Prescripciones Administrativas Procedimiento: Contratación placas fotovoltaicas Camping Villasur xx Xxxxxxxx Fecha de iniciación: 17/04/2024
ANEXO IV
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ADHESIÓN AL PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO RELACIONADO CON LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN, GESTIÓN Y CONTROL DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR).
Don/Doña ,DNI ,como Consejero Delegado/Gerente de la entidad , con NIF , y domicilio fiscal en que participa como contratista/subcontratista en el desarrollo de las
actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente (….). Declara/n formalmente el compromiso a:
Facilitar el cumplimiento del Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de Villasur xx Xxxxxxxx , relacionado con los sistemas de información, gestión y control del Plan de Recuperación y Resiliencia, entendiendo que cualquier acción contraria al mismo, será objeto de inicio de un expediente y, en su caso, pondrá en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Intervención General de la Administración del Estado, por medios electrónicos a través del canal habilitado al efecto por dicho Servicio en la dirección web xxxx://xxxxxxx.xxxxxxx.xxxx.xxxxxx.xxx/xxxxxx/xxxx/xx-XX/Xxxxxxx/Xxxxx.xxxx, y en los términos establecidos en la Comunicación 1/2017, de 3 xx xxxxx, del citado Servicio.
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En , de de 2023
(Firma electrónica)
Proyecto financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU – en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Expediente n.º: 121/2024
Documento Descriptivo de las Prescripciones Administrativas Procedimiento: Contratación placas fotovoltaicas Camping Villasur xx Xxxxxxxx Fecha de iniciación: 17/04/2024
ANEXO V
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DE NO PERJUICIO SIGNIFICATIVO A LOS SEIS OBJETIVOS MEDIOAMBIENTALES (XXXX) EN EL SENTIDO DEL ARTÍCULO 17 DEL REGLAMENTO (UE) 2020/852
Por la presente, Don/Doña. , de
Nacionalidad: ...................................., con N.I.F./N.I.E.: .............................. en nombre y representación de ..............................................................................................................…………….., con NIF número ,
domiciliado/a en: …...…........................................................................................................................................, cuya
representación se ostenta en virtud de (indicar los datos de la escritura o acuerdo por el que se otorga facultad de representación) ………...............………………………………………………………………………………………………………
Siendo esta entidad promotora del proyecto denominado: .................................................................................
A desarrollar en el/los término/s municipales/es: ................................................................................................
De la provincia/s: ..................................................................................................................................................
A cofinanciar por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
DECLARA RESPONSABLEMENTE QUE (nombre o razón social del beneficiario)
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Que el proyecto por el que se ha resultado beneficiario cumple expresamente los siguientes requisitos, en la medida en que le sean de aplicación en función de la naturaleza de la actuación subvencionable:
Que el proyecto finalmente ejecutado cuenta con una evaluación favorable de adecuación al principio de «no causar un perjuicio significativo al medioambiente» en el sentido establecido en el apartado 6) del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, o en caso de no contar con la misma se declara responsablemente que el proyecto cumple con dicho principio.
□ SÍ, cuenta con evaluación favorable de adecuación favorable al principio XXXX (se adjunta)
□ NO cuenta con evaluación favorable, pero declaro responsablemente que se adecúa al principio XXXX.
Las actividades que se desarrollan en el mismo no ocasionan un perjuicio significativo a los siguientes objetivos medioambientales, según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles mediante la implantación de un sistema de clasificación (o «taxonomía») de las actividades económicas medioambientalmente sostenibles:
1. Mitigación del cambio climático.
2. Adaptación al cambio climático.
3. Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.
4. Economía circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos.
5. Prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo.
6. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
Que existe alguna administración pública que actúe como órgano sustantivo para el referido proyecto en el sentido del artículo 5 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
□ SÍ (especificar): …………………………………………………………………………………………………………………………….
….
□ NO
Que el proyecto finalmente ejecutado ha sido sometido a autorización previa administrativa / declaración responsable / comunicación previa frente a dicha administración.
□ SÍ (especificar situación del trámite): …………………………………………………………………………………….………….
□ NO
Que el proyecto finalmente ejecutado se encuentra en alguno de los supuestos de evaluación de impacto ambiental obligatoria contemplados en el artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
□ SÍ (especificar): …………………………………………………………………………………………………………………..
…………….
□ NO
Que, en relación con la Red Natura 2000, se manifiesta lo siguiente (señalar alguna de las siguientes circunstancias):
□ F. a) Se dispone de informe motivado del órgano competente sobre Red Natura 2000 que confirma que el proyecto no causa efectos negativos apreciables sobre ningún espacio de dicha Red, informe que se aporta anexo a esta declaración.
□ F. b) El proyecto finalmente ejecutado, considerado en todas sus fases:
- No tiene ningún elemento o acción geográficamente incluido en espacios Red Natura 2000, y además:
- No utiliza recursos naturales que haya que extraer de espacios Red Natura 2000, o que sean necesarios para su funcionamiento, tales como agua captada de masas de agua que posteriormente alimentan a espacios Red Natura 2000.
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- No genera vertidos, residuos o emisiones de materia o energía que por vía terrestre, acuática o atmosférica puedan llegar a espacios Red Natura 2000 del entorno.
- No puede causar mortalidad u otros daños a fauna que temporalmente salga de espacios Red Natura 2000 del entorno, por ejemplo, por electrocución o colisión con tendidos eléctricos, por atropello o por atrapamiento en sumideros.
- No interrumpe ningún corredor ecológico formalmente declarado que conecte espacios Red Natura 2000 del entorno.
- Aportándose como anexo a esta declaración un mapa que refleja la localización de todos los elementos y acciones del proyecto, incluidas las captaciones de recursos naturales necesarias (agua) y los puntos de realización de sus vertidos y emisiones, en relación con la localización de los espacios Red Natura 2000 y corredores ecológicos declarados en el entorno.
□ F. c) Se dispone de informe técnico que descarta motivadamente que el proyecto pueda causar efectos negativos apreciables sobre algún espacio de la Red Natura 2000, aportándose el referido informe técnico como anexo a esta declaración.
Las actividades se adecúan, en su caso, a las características y condiciones fijadas para la medida inversión I04: Programa de regeneración y reto demográfico y submedida: Programa de ayudas a proyectos de desarrollo urbano sostenible en municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes (Programa DUS 5000) de la Componente 2:
Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana y reflejadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las actividades que se desarrollan en el proyecto finalmente ejecutado cumplen la normativa medioambiental vigente que resulte de aplicación.
Las actividades que se desarrollan no están excluidas para su financiación por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia conforme a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01), a la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España y a su correspondiente Anexo.
1. Construcción de refinerías de crudo, centrales térmicas de carbón y proyectos que impliquen la extracción de petróleo o gas natural, debido al perjuicio al objetivo de mitigación del cambio climático.
2. Actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos, excepto los proyectos relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el Anexo III de la Guía Técnica de la Comisión Europea.
3. Actividades y activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes. Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto.
4. Compensación de los costes indirectos del RCDE.
5. Actividades relacionadas con vertederos de residuos e incineradoras, esta exclusión no se aplica a las acciones en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni en las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente para cada planta.
6. Actividades relacionadas con plantas de tratamiento mecánico-biológico, esta exclusión no se aplica a las acciones en plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente para cada planta.
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7. Actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente.
Las actividades que se desarrollan no causan efectos directos sobre el medioambiente, ni efectos indirectos primarios en todo su ciclo de vida, entendiendo como tales aquéllos que pudieran materializarse tras su finalización, una vez realizada la actividad.
Específicamente, que el proyecto finalmente ejecutado cumple expresamente los siguientes requisitos, en la medida en que le sean de aplicación en función de la naturaleza de la actuación subvencionable:
1. Mitigación del cambio climático.
En la rehabilitación de edificios se tendrán en consideración las directrices recogidas en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficiencia energética de los edificios. El requisito será alcanzar al menos un nivel de renovación medio, según define la Recomendación de la Comisión (UE) 2019/786 de este modo, en las actuaciones de rehabilitación de edificios se asegurará la consecución de un porcentaje de reducción media del consumo de energía primaria no renovable superior al 30% acreditado a través del certificado de eficiencia energética. Para ello, se establecerá como requisito para acceder a la subvención una reducción del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética, de un 30 % como mínimo. La verificación de la reducción del consumo de energía primaria no renovable se realizará tanto ex ante como ex post, mediante la comparación del certificado de eficiencia energética del edificio antes y después de la actuación, y a través del cual se cuantifican los resultados energéticos obtenidos. Estos certificados, regulados por el Real Decreto 390/2021, de 1 xx xxxxx, deben estar registrados en el órgano competente de la comunidad autónoma que también realiza su inspección y control, y serán emitidos por técnicos competentes. Con tal fin, además de medidas de eficiencia energética, se podrán instalar renovables.
2. Adaptación al cambio climático.
La redacción de los proyectos incluirá las características climáticas particulares de la zona y sus tendencias, y atenderá a las necesidades derivadas de ellas (por ejemplo, riesgo de avenidas, sequías, incendios, etc.).
3. Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.
Los proyectos incluirán la mejora de la gestión y el ahorro y la eficiencia del uso del agua.
4. Economía circular, incluyendo reducción de residuos y reciclado.
Tal y como establece el Real Decreto 105/2008, los proyectos deberán incluir medidas para la prevención de residuos de construcción y demolición y la utilización de áridos y otros productos procedentes de su valorización, según dispone el Real Decreto 105/2008.
Adicionalmente, tendrán en cuenta las alternativas de diseño y constructivas que generen menos residuos en la fase de construcción y de explotación, y aquellas que favorezcan el desmantelamiento ambientalmente sostenible de la obra al final de su vida útil, que permita la reutilización, el reciclaje y la circularidad en el sentido de la norma ISO 20887.
5. Prevención y control de la contaminación atmosférica, de aguas y territorio.
Los proyectos incluirán medidas de prevención y control de la contaminación atmosférica, del agua y del suelo, tanto en la fase de construcción como en la de explotación. Entre estas medidas podrá incluirse, cuando proceda, la instalación de energías renovables.
6. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
Los proyectos tendrán en cuenta la protección de la biodiversidad y los ecosistemas, tanto en la fase de construcción como en la de explotación y, cuando proceda, incluirán medidas de restauración.
Además, y con carácter general para todas las tipologías de intervención:
En aquellas actuaciones que contemplen obras, los beneficiarios garantizarán, en función de las características de la misma, que no se perjudique a ninguno de los seis objetivos medioambientales definidos en dicho reglamento y se comprometerán a que:
1. Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición generados en los proyectos de infraestructura (con exclusión de los residuos con código LER 17 05 04), se preparen para la reutilización, el reciclaje y la revalorización de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
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2. Se limite la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
3. Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyen la circularidad en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más eficientes en el uso de los recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y el reciclaje.
Los componentes y materiales de construcción utilizados en el desarrollo de las actuaciones previstas en esta medida no contengan amianto ni sustancias muy preocupantes identificadas a partir de la lista de sustancias sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006.
4. Adoptarán medidas para reducir el ruido, el polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones asociadas a esta medida cumpliendo la normativa vigente en cuanto la posible contaminación de suelos y agua.
5. En aquellas actuaciones que impliquen demolición, practicarán una demolición selectiva.
Actuaciones relativas a equipamiento e instalaciones e infraestructuras de IT
Los beneficiarios garantizarán, en función de las características de la misma, que no se perjudique a ninguno de los seis objetivos medioambientales definidos en dicho reglamento y se comprometerán a que:
1. Los equipos cumplan con los requisitos relacionados con el consumo energético y con la eficiencia de materiales establecidos en la Directiva 2009/125/EC del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009 por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño
ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía, para servidores y almacenamiento de datos, u ordenadores y servidores de ordenadores o pantallas electrónicas.
2. Los equipos no contengan las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 xx xxxxx de 2011 sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos, excepto cuando los valores de concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo.
3. En la instalación de las infraestructuras IT, se atienda a la versión más reciente del Código de conducta europeo sobre eficiencia energética de centros de datos, o en el documento CEN-CENELEC CLC TR50600- 99-1 «Instalaciones e infraestructuras de centros de datos-Parte 99-1: Prácticas recomendadas para la gestión energética».
4. Al final de su vida útil, el equipo se someta a una preparación para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el anexo VII de la Directiva 2012/19/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de julio de 2012 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
5. Las instalaciones de infraestructuras IT no afecten negativamente a las buenas condiciones y la resiliencia de los ecosistemas ni al estado de conservación de los hábitats y las especies, en particular los espacios de interés de la Unión. Por ello cuando sea preceptivo, se realizará la Evaluación de Impacto medioambiental, de acuerdo con lo establecido en la Directiva 2011/92/EU.
El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la presente declaración dará lugar a la obligación de devolver las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes.
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(Firma electrónica)
Proyecto financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU – en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Expediente n.º: 121/2024
Documento Descriptivo de las Prescripciones Administrativas Procedimiento: Contratación placas fotovoltaicas Camping Villasur xx Xxxxxxxx Fecha de iniciación: 17/04/2024
ANEXO VI
DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. (PRTR).
Don/Doña. ………………………………………. , con DNI ………………………, actuando: en nombre propio en representación de la entidad …………………………… con NIF. ……………….., en calidad de , que participa
como contratista /subcontratista en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente XX « », declara conocer la normativa que es de aplicación, en particular
los siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
EXPONE:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:
a) El nombre del perceptor final de los fondos;
b) El nombre del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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c) Los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o de los subcontratistas, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
d) Una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1.
En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento».
Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en los artículos citados.
(Firma electrónica)
Proyecto financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU – en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Expediente n.º: 121/2024
Documento Descriptivo de las Prescripciones Administrativas Procedimiento: Contratación placas fotovoltaicas Camping Villasur xx Xxxxxxxx Fecha de iniciación: 17/04/2024
ANEXO VII
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE DATOS BÁSICOS DE LA PERSONA TITULAR REAL DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA DE LOS FONDOS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
D./Xx. … … … … … … … … … … … … … … … … , con DNI. Núm , actuando:
en nombre propio
en representación de la entidad licitadora … … … … … … … … … … … …, con CIF núm. … … … …, en calidad de 1
Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, y el artículo
22.d) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamente Europeo y el Consejo, de 12 de febrero, declara ante el órgano de contratación, bajo su responsabilidad y en nombre y representación de la persona contratista/subcontratista los siguientes datos de la persona “titular real”2 de la entidad beneficiaria de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
Cód. Validación: AM7TYWNPEYQC9FTMJFLKDLQD7
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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NOMBRE DEL TITULAR REAL:
FECHA DE NACIMIENTO:
1Apoderado o apoderada, administrador o administradora única, administrador o administradora solidaria, administrador o administradora mancomunada, etc.
2 A estos efectos, la condición de titular se determinará en los términos establecidos en la Cláusula 13.4.5 del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Proyecto financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU – en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Expediente n.º: 121/2024
Documento Descriptivo de las Prescripciones Administrativas Procedimiento: Contratación placas fotovoltaicas Camping Villasur xx Xxxxxxxx Fecha de iniciación: 17/04/2024
ANEXO VIII
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS TRANSVERSALES ESTABLECIDOS EN EL PRTR
Componente 07 Inversión 01 Ejecución Eren, Impulso Energías Renovables Castilla y León.,
D……………………………….. (NOMBRE Y APELLIDOS) con DNI ………………………….(NÚMERO DNI) como (CARGO)
………………………………………de la entidad ………………………………….(NOMBRE EMPRESA), con CIF ……………………..
(NÚMERO CIF) y domicilio fiscal en …………………………………………………………………………..(DIRECCIÓN COMPLETA, LOCALIDAD, PROVINCIA Y CÓDIGO POSTAL), que participa como ……………………….(LICITADOR / CONTRATISTA / SUBCONTRATISTA) en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 2, manifiesta el compromiso de la persona/entidad que representa con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y xxxxxxx, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.
Adicionalmente, atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente («XXXX» por sus siglas en inglés «do
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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no significant harm») en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.
Y para que conste, firmo la presente declaración, en (LOCALIDAD), a (DÍA) de (MES) de
(AÑO)………………………………..
Fdo.:
Proyecto financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU – en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
ANEXO IX DECLARACIÓN RESPONSABLE
Expediente n.º: 121/2024
Documento Descriptivo de las Prescripciones Administrativas Procedimiento: Contratación placas fotovoltaicas Camping Villasur xx Xxxxxxxx Fecha de iniciación: 17/04/2024
DATOS DE LA EMPRESA:
Razón social:
Domicilio social:
Código postal: Localidad:
Teléfono fijo:
Teléfono móvil:
CIF:
Código Provincia:
Fax: Correo electrónico:
REPRESENTANTE LEGAL:
Nombre y Apellidos:
Domicilio a efectos de notificaciones:
Código postal:
Localidad:
DNI:
Provincia:
Teléfono fijo:
Teléfono móvil:
Correo electrónico:
Al objeto de participar en la contratación mediante procedimiento XXXXX, tramitación ordinaria de la ejecución de las obras del Contratación placas fotovoltaicas Camping Villasur xx Xxxxxxxx, promovida por el Ayuntamiento de Villasur xx Xxxxxxxx manifiesta, a fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones:
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación de obras del “Contratación placas fotovoltaicas Camping Villasur xx Xxxxxxxx “
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 140 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 para ser adjudicatario del contrato de obras, en concreto:
- Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
- Que, en su caso, está debidamente clasificada la empresa o que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
- Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador [solo en caso de empresas extranjeras].
- Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es .
- TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste en el presente proceso licitatorio, firmo la presente declaración en ……………, a….. de
……………………….. de ….