CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LAS ESCUELAS MUNICIPALES Y SEDE DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA LOCAL GRANADA EDUCA.
CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LAS ESCUELAS MUNICIPALES Y SEDE DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA LOCAL GRANADA EDUCA.
Granada, a fecha de firma digital
De una parte Dña. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, con DNI 12,391,064 K, en calidad de Presidenta de la Fundación Pública Local Granada Educa, con NIF G 00000000, y con domicilio en Granada, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, 0-0x.
Y, de otra parte, D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, con D.N.I. nº 44.262.188.E, actuando en nombre y representación de la sociedad SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA CASTOR, S.L., constituida por tiempo indefinido en escritura autorizada por el Notario de Granada, D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, con fecha 9 de octubre de 1.998, con nro. de protocolo tres mil quinientos setenta y ocho; Sociedad domiciliada en Armilla (Granada), Ctra. Granada- Armilla, s/n , Parque Comercial San Xxxxxx, Edif. Xxxxxx, y con C.I.F. B-18027664.
INTERVIENEN
La primera en nombre y representación de la Fundación Pública Local Granada Educa, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por los estatutos que regulan su funcionamiento.
El segundo compareciente, en adelante “el contratista” en su nombre y representación.
Reconociéndose ambas partes respectivamente competencia y capacidad legal suficiente, convienen en suscribir el presente contrato de prestación de servicios cuyos antecedentes administrativos y cláusulas son:
EXPONEN
1. Que la Fundación Xxxxxx Educa desea contratar el servicio de limpieza de las escuelas municipales y sede de la fundación Pública Local Granada Educa de conformidad con las características contenidas en su oferta, para lo cual se instruyó el oportuno expediente, previo acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Fundación Granada Educa de fecha 10 de febrero de 2023, que ha finalizado mediante Resolución de 14 de julio de 2023 por el que se ha adjudicado dicho servicio a la indicada contratista, que literalmente dice:
“RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA LOCAL GRANADA EDUCA SOBRE ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LAS ESCUELAS MUNICIPALES Y SEDE DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA LOCAL GRANADA EDUCA, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
Expte: 10/2023
CIF – X00000000
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, 0-0x. 18009
Granada Teléfono 000 000 000 xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN, EMPLEO E IGUALDAD
Ayuntamiento de Granada
A la vista del acta de la Mesa de contratación de fecha 10 de julio de 2023, que literal o parcialmente dice:
“…
1. Valoración criterios evaluables automáticamente: 10/2023 - Contrato de servicios de limpieza de las Escuelas Municipales y Sede de la Fundación Pública Local Granada Educa, a adjudicar por procedimiento abierto
Una vez remitida la información por el equipo técnico, éste ha valorado las proposiciones técnicas de acuerdo con los criterios del PCAP de la siguiente manera:
• NIF: B29701562 CABELLO SERVILIMPSA SL:
o Propuesta Económica Valor introducido por el licitador: 0 Valor aportado por la mesa: 117351.5 Puntuación: 0
• NIF: B18484808 Las Xxxxxx Servicios Generales de Limpieza SL:
o Propuesta Económica Valor introducido por el licitador: 0 Valor aportado por la mesa: 115000 Puntuación: 34.87
• NIF: B18027664 SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA CASTOR SL:
o Propuesta Económica Valor introducido por el licitador: 0 Valor aportado por la mesa: 11460 Puntuación: 51
2. Propuesta adjudicación: 10/2023 - Contrato de servicios de limpieza de las Escuelas Municipales y Sede de la Fundación Pública Local Granada Educa, a adjudicar por procedimiento abierto
De acuerdo con la evaluación de las propuestas aportadas por los licitadores, la mesa concluye la siguiente lista ordenada de manera decreciente de puntuación de acuerdo con las puntuaciones obtenidas por los licitadores en las diferentes fases:
• Orden: 1 NIF: B18027664 SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA CASTOR SL Propuesto para la adjudicación
o Total criterios CJV: 30.99
o Total criterios CAF: 51
o Total puntuación: 81.99
• Orden: 2 NIF: B18484808 Las Xxxxxx Servicios Generales de Limpieza SL
o Total criterios CJV: 35.67
o Total criterios CAF: 34.87
o Total puntuación: 70.54
• Orden: 3 NIF: B29701562 CABELLO SERVILIMPSA SL
o Total criterios CJV: 17.85
o Total criterios CAF: 0
o Total puntuación: 17.85
…”
Teniendo en cuenta la propuesta de adjudicación provisional de la propia
mesa, que consta en el expediente, en ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 4 de los Estatutos de Fundación Granada Educa, y de conformidad con lo establecido en el artículo 150.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014;
RESUELVO:
1. Adjudicar definitivamente el contrato Limpieza de Limpieza de las Escuelas Municipales y Sede de la Fundación Granada Educa a la mercantil B18027664 SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA CASTOR SL por un precio anual de CIENTO ONCEMIL CUATROCIENTOS SESENTA EUROS (111.460,00) MÁS VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS SEIS EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS DE EURO (26.460.60 €) CORRESPONDIENTES AL 21% DE IVA, lo que hace un total de CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (134.866.60 €)
2. La duración del contrato será de un año, si bien el mismo podrá prorrogarse anualmente mediante acuerdo expreso de ambas partes, sin que la duración del contrato, incluidas las prórrogas, pueda exceder de CUATRO AÑOS.
3. Notifíquese a los interesados.
4. Publicar en el Perfil del Contratante de la web de la Fundación Granada Educa, Plataforma de Contratación del Sector Público, así como en la Plataforma de Rendición de Cuentas del Estado a los efectos oportunos.
5. Dese cuenta a la Comisión Ejecutiva de la Fundación en la primera sesión que se celebre.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o bien podrá interponer directamente recurso Contencioso- Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo indicado en los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la
CIF – X00000000
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, 0-0x. 18009
Granada Teléfono 000 000 000 xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN, EMPLEO E IGUALDAD
Ayuntamiento de Granada
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Granada, fecha de firma electrónica. LA PRESIDENTA DE LA FUNDACIÓN GRANADA EDUCA Fdo.: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx.”
CLÁUSULAS
1. OBJETO: El presente contrato tiene por objeto la prestación del Servicio de Limpieza en Oficinas y Escuelas Infantiles Municipales de Gestión Directa de la Fundación Granada Educa, conforme a la normativa vigente, con estricta sujeción al presente contrato y a los correspondientes Pliegos, tanto de Condiciones Técnicas como de Cláusulas Administrativas particulares, documentos conocidos por los otorgantes, que se dan aquí por reproducidos a todos los efectos legales, y que firma el contratista en prueba de conformidad.
2. PRECIO: Como contraprestación, la Fundación Pública Local Granada Educa se compromete a abonar a el contratista la cantidad total anual CIENTO ONCEMIL CUATROCIENTOS SESENTA EUROS (111.460,00) MÁS VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS SEIS EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS DE EURO (26.460.60 €) CORRESPONDIENTES AL 21% DE IVA, lo que hace un total de CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (134.866.60 €).
No se admite revisión de precios, tal y como se establece en la Cláusula 30 xxx Xxxxxx de Condiciones Administrativas.
El pago será abonado al contratista de conformidad con lo establecido en los pliegos correspondientes, mediante presentación de facturas, que deberán contar con el visto bueno de los empleados/as que designe la Fundación.
4. GARANTÍA: Se efectuará de conformidad con la Cláusula 17 xxx Xxxxxx de Condiciones Administrativas y lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el contratista ha constituido una garantía por importe de CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES EUROS (5.573.00
€), que equivale al 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, copia de la cual se adjunta al contrato.
1. DURACIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato será de 1 año, a contar desde la formalización de este. Al amparo de lo previsto en el artículo 29 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, si bien podrá prorrogarse, una vez ponderadas todas las circunstancias que concurran, antes de la finalización de dicho plazo inicial, teniendo en cuenta que la duración total del contrato incluidas las prórrogas no podrán exceder de CUATRO.
2. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El contratista declara bajo su responsabilidad que posee plena capacidad de obrar y no se encuentra en ninguna de las prohibiciones que establece el artículo 71 del de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y en ninguno de los supuestos previstos en la normativa sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Así mismo, declara que está al corriente en el cumplimento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Todo ello, sin perjuicio de presentar los certificados acreditativos de dichas circunstancias como adjudicatario del contrato.
Se advierte expresamente a el contratista de la obligación que le incumbe de cumplir con lo dispuesto por las Leyes Protectoras del Trabajo en todos sus aspectos, incluidos los de Previsión y Seguridad Social, así como con las Leyes Tributarias; asimismo, el contratista se compromete con el cumplimiento de sus obligaciones y a la aceptación de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión.
3. PENALIDADES: El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo previsto en el mismo. Serán causas sancionables y de resolución del contrato las previstas en la cláusula 18 del Anexo X xxx xxxxxx de condiciones administrativas.
El importe de las penalidades se hará efectivo mediante deducción de estas en las correspondientes facturas.
4. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: Cualquier cuestión que surja entre las partes sobre la interpretación o cumplimiento del presente contrato será resuelta por la Fundación Granada Educa.
5. RÉGIMEN LEGAL: El presente contrato tiene carácter privado, de conformidad con lo establecido en el art. 26 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
El mismo se regirá por lo dispuestos en el Pliego de condiciones Administrativas Particulares y en el de Condiciones Técnicas y en lo no previsto en los mismo se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás disposiciones vigentes en materia de contratación aplicable a fundaciones del sector público local, a los Estatutos de la Fundación Granada Educa y a cualquier otra norma de Derecho Público o Privado aplicable a los contratos a celebrar por dicha Fundación.
6. JURISDICCIÓN: Serán competentes para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato los Juzgados y Tribunales el Orden Jurisdiccional Civil de la Ciudad de Granada, a los que las partes se someterán con renuncia expresa de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
POR LA FUNDACIÓN GRANADA EDUCA POR LA EMPRESA CONTRATISTA
Dña. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
CIF – X00000000
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, 0-0x. 18009
Granada Teléfono 000 000 000 xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN, EMPLEO E IGUALDAD
Ayuntamiento de Granada