Contract
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGULAR, JUNTO CON EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, LA CONTRATACIÓN MENDIANTE CONCURSO, DE LA CONCESIÓN DE ESPACIO EN LA PERGOLA MIRADOR DEL PARQUE GENOVÉS PARA EXPLOTACIÓN DE UN BAR
1.- OBJETO.-
Las presentes normas tienen por objeto regular la explotación mediante el sistema de CONCESIÓN POR CONCURSO, de un Bar en espacio situado en la Pérgola Mirador del Parque Genovés.
2.- CONTENIDO.-
Concesión administrativa de un espacio en la Pérgola Mirador del Parque Genovés para explotación de un bar. No se permitirá la instalación de cocina y, congruentemente, no se podrán expender productos cocinados “in situ”. Solo se podrá utilizar la plancha y máquina de café. También se podrán servir productos precocinados, productos envasados, refrescos, etc.
El licitante al presentar su oferta conoce perfectamente, y en todos sus detalles, el estado arquitectónico, de conservación y mantenimiento del espacio objeto de concesión, no se admitirá ninguna reclamación del adjudicatario que tenga relación con dicha cuestión, ni podrá requerir al Ayuntamiento concedente arreglo o reparación alguna, ni indemnización por dicho concepto. A tal efecto, se facilitará a los interesados, posibles licitantes, un día de visita al espacio de bar.
El adjudicatario deberá correr con los gastos de adecuación del local a sus fines, realizando a su xxxxx cuantas obras sean necesarias para adaptarlo distribuyendo el espacio, según el plano adjunto. Asimismo deberá tramitar a su xxxxx las altas en los servicios de luz, agua y alcantarillado.
3.- DURACION.-
El presente contrato de concesión tendrá una duración de CINCO AÑOS, a contar desde su firma, pudiendo ser prorrogado, por acuerdo expreso de ambas partes anualmente, con un máximo de DOS prórrogas, con lo cual, la duración máxima del contrato no podrá exceder de SIETE años.
Una vez transcurridos cinco años y, en su caso, las prórrogas de que hubiere sido objeto, el espacio deberá ser desalojado y entregado al Ayuntamiento en perfectas condiciones, quedando todas las obras efectuadas en beneficio de este Ayuntamiento, sin que el adjudicatario tenga por ello ningún derecho a indemnización por concepto alguno.
Será de aplicación lo dispuesto en el art. 60 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
4.- EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS.-
Obligatoriamente el espacio de bar deberá estar abierto de manera permanente, es decir, todos los días del año, salvo los que sean de descanso.
El horario de apertura y cierre será aquel en que esté abierta la instalación.
5.- PRECIO.-
El adjudicatario deberá satisfacer un canon anual mínimo al alza de ONCE MIL SEISCIENTOS DIECISÉIS EUROS (11.616,00 €), mediante pagos mensuales de NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS (968,00 €).
El importe ofertado en concepto de canon para cada una de las siguientes anualidades no podrá ser inferior al canon ofertado para la primera anualidad, ni para las que le precedan.
El canon deberá abonarse mediante pagos mensuales los primeros 5 días de cada mes. La primera mensualidad se abonará en el momento de la firma del contrato.
La cantidad a satisfacer se abonará mediante domiciliación bancaria, debiendo efectuarla el adjudicatario conforme al modelo establecido por la Tesorería Municipal del Ayuntamiento xx Xxxxx.
6.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.-
Del Ayuntamiento xx Xxxxx.
- Poner a disposición del adjudicatario el espacio objeto de adjudicación.
- Garantizar el uso pacífico del mismo.
- Prestar la máxima colaboración.
Del Adjudicatario.
- Hacer uso del espacio con la diligencia debida y de conformidad con la buena fe contractual.
- Comunicar cualquier acto de perturbación o usurpación que sufra el espacio.
- Abonar todos los impuestos, tasas y contribuciones especiales, tanto de ámbito estatal, autonómico o local.
- Deberá contratar un seguro que cubrirá los daños en el inmueble, cualquiera que fuera su causa.
- Explotará directamente la industria o negocio y en su caso las actividades alternativas que se le hubieren autorizado.
- Abonar en tiempo y forma el canon que resulte de la licitación.
- Con carácter previo al inicio de la actividad deberá solicitar licencia de apertura.
- Cualquier forma de cesión y en especial la subconcesión, deberá ser autorizada por el Ayuntamiento.
- En el caso de autorizarse la transmisión del espacio de bar, el Ayuntamiento percibirá el 15 % del importe del traspaso.
El Ayuntamiento tendrá el derecho de tanteo y/o retracto en el caso de transmisión.
- Serán de su cuenta todos los gastos que origine la presente licitación.
- Si antes de transcurrir el periodo pactado el adjudicatario diere por finalizado este contrato, abonará al Ayuntamiento el importe correspondiente a un año del canon concesional.
- Corresponde a la Oficina Técnica Municipal (O.T.I.) supervisar el proyecto y ejecución de las obras de adaptación a que hubiere lugar. Igual competencia le corresponde en orden al mobiliario, enseres y revestimientos del inmueble para la finalidad prescrita.
- Limpieza adecuada de la superficie objeto de este contrato, manteniendo las debidas condiciones de higiene, salubridad y ornato.
- Deberá mantener abierta al publico la instalación todo el año, y con el uso previsto en este Pliego de Condiciones. Cualquier alteración en ambas condiciones deberá tener autorización municipal.
- Contratará a su xxxxx el adecuado servicio de seguridad.
- El adjudicatario queda obligado a la limpieza de los servicios destinados al público, permitiendo el acceso a los mismos de cualquier ciudadano, con el objeto de garantizar la adecuada utilización se podrán cerrar, pidiendo el ciudadano la llave para su utilización.
7.- GARANTÍA.-
El adjudicatario depositará en concepto de garantía definitiva la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS EUROS (2.500,00.- Euros), como garantía del correcto cumplimiento de sus obligaciones.
La garantía deberá constituirse y depositarse ante la Tesorería General del Excmo.
Ayuntamiento xx Xxxxx.
La garantía deberá constituirse dentro del plazo de cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que se notifique la adjudicación
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96 TRLCSP, con los requisitos establecidos en el art. 55 y siguientes del RGLCAP, de 1 xx xxxxx o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en el
98 TRLCSP. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato
La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 TRLCSP.
La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 TRLCSP y 65.2 y 3 del RGLCAP.
8.- NORMAS HIGIÉNICO SANITARIAS Y SOCIALES.-
Serán de obligado cumplimiento las normas sobre higiene y limpieza dictadas por la Alcaldía, sin perjuicio de la normativa que le fuere de aplicación de ámbito general.
Igualmente es responsabilidad exclusiva del adjudicatario el personal contratado para la explotación del objeto del contrato, así como del cumplimiento de la legislación social.
9.- PERSONAL.-
El adjudicatario que resulte vendrá obligado al cumplimiento de la legislación vigente en materia de personal y Seguridad Social, sin que el Ayuntamiento tenga responsabilidad alguna en caso de incumplimiento de las obligaciones inherentes al adjudicatario.
Asimismo el adjudicatario deberá cumplir con la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, y en concreto con los requisitos establecidos en el anexo.
10.- GESTIÓN, CONSERVACION Y MANTENIMIENTO.-
El adjudicatario se responsabilizará del cuidado, conservación y mantenimiento de la estructura, siendo de su cuenta las reparaciones que deban efectuarse tanto las que sean consecuencia de lo anteriormente mencionado como por robos, daños a terceros, e incluso producidos por la propia naturaleza.
No se permitirán mesas, sillas o entoldados, sin la previa autorización municipal, así como cualquier modificación de la estructura o estética del espacio de bar. En el caso de que el Ayuntamiento permita la colocación de meses y sillas, éstas no podrán exceder xx xxxx mesas de las usualmente autorizadas para este tipo de establecimiento.
No se permitirá fuera del espacio de bar acopio de ningún tipo de material.
EL ACONDICIONAMIENTO INTERIOR DEL ESPACIO DE BAR SERA POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO.
La explotación del espacio de bar se entiende a riesgo y xxxxxxx del contratista, sin que tenga derecho a indemnización, bonificación o rebaja en el canon como consecuencia del resultado económico de la explotación.
La responsabilidad que pueda derivarse por daños causados a personas o bienes, tanto las que se deriven del propio espacio de bar como en el desenvolvimiento de la explotación, serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario, sin que a la Corporación concedente se le pueda hacer responsable ni aún de forma subsidiaria.
No se permite la publicidad, dicha prohibición afecta especialmente a los elementos y estructuras objeto de la concesión.
La emisión de música de cualquier tipo se solicitará por el adjudicatario y se concederá por el Ayuntamiento de forma discrecional, atendiendo a las circunstancias que concurran.
Todo aparato de emisión de música deberá tener un limitador – controlador, que deberá cumplir los requisitos exigidos en el art. 19 de la Ordenanza Municipal para la protección del Ambiente Acústico para la Ciudad xx Xxxxx.
Con carácter previo a la apertura del espacio de bar, éste deberá pasar una inspección técnica de adecuación al Pliego de Condiciones y a las normas sanitarias. La apertura podrá ser denegada, si justificadamente se determina la falta de adecuación.
11.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO.-
Para la adjudicación del contrato se aplicará el siguiente baremo:
a).- Oferta económica. Hasta 80 puntos.
1.- Los 80 puntos se adjudicarán a la oferta económica con mayor diferencia al alza respecto al canon de salida a abonar al Ayuntamiento xx Xxxxx.
2.- Las restantes ofertas obtendrán la puntuación que resulte de aplicar la siguiente regla de tres, a las diferencias al alza que oferten sobre el canon de licitación de salida a abonar al Ayuntamiento xx Xxxxx.
MAYOR DIFERENCIA RESPECTO CANON DE SALIDA Máximo de puntos.(80)
DIFERENCIA DE LA OFERTA A VALORAR X puntos.
X puntos = DIFERENCIA DE OFERTA A VALORAR x 80 PUNTOS MAYOR DIFERENCIA RESPECTO AL CANON DE SALIDA
La mejor oferta económica se calculará mediante la media aritmética de las cantidades ofertadas para la duración máxima del contrato.
El importe ofertado en concepto de canon para cada una de las siguientes anualidades del contrato, no podrá ser inferior al canon ofertado para el primer año, ni para los años que le precedan.
b).- Inversión a realizar en el mobiliario y enseres. Hasta 20 puntos.
Deberán cuantificarse económicamente, y justificarse documentalmente.
Se otorgarán 20 puntos a la empresa que oferte una mayor inversión a realizar, y el resto en proporción por regla de tres, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Inversión a realizar empresa A (la más alta) Máximo de puntos.(20)
Inversión empresa B X puntos.
X puntos = (Inversión Empr. B x Máx. de puntos) / Inversión . Empr. A)
12.- EMPRESAS PROPONENTES, DOCUMENTACIÓN Y OFERTAS.-
12.1.- EMPRESAS LICITADORAS.-
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito este último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible por la TRLCSP.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de
las empresas componentes de la Unión.
La presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determine en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previstos en el art. 152 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Art. 145.4 párrafo II TRLCSP).
Se consideraran empresas vinculadas las que se encuentren en algunos de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
12.2.- DOCUMENTACIÓN.-
Toda la documentación de las proposiciones presentadas deberá venir en castellano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente una relación de todos los documentos incluidos en el sobre.
Se presentarán tres sobres; en cada uno de los sobres figurará externamente el nombre del licitador y, en su caso, del representante, domicilio social, teléfono, correo electrónico y fax a efectos de comunicaciones, así como el título de la licitación, e incluirá la documentación que a continuación se indica:
12.3.- Sobre A: Documentación administrativa.
En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. LA NO ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD DE LOS LICITANTES SUPONDRÁ LA EXCLUSIÓN DE LA OFERTA PRESENTADA.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se
acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el art 55 TRLCSP
En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas.
b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 TRLCSP. (Anexo nº IV)
c) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
d) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y que, de manera preferente, se señalan en el apartado C) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I). No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 74, 75 y 78 TRLCSP.
e) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
f) Las empresas extranjera no comunitarias, además, deberán acreditar que tiene abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus
operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
g) Trabajadores con discapacidad y promoción de la igualdad entre hombres y mujeres.
Los licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. A tal efecto, deberán aportar, en todo caso, un certificado de la empresa en que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad en la misma o, en el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración con las concretas medidas aplicadas.
Los licitadores que tengan menos de 50 trabajadores en su plantilla, podrán aportar, en su caso, un certificado en el que conste el número de trabajadores con discapacidad que tienen en la misma, a efectos de lo establecido para los supuestos de empate en la cláusula relativa a la clasificación de las ofertas.
Asimismo y a los mismos efectos previstos en el párrafo anterior, los licitadores podrán presentar documentación acreditativa de tener la marca de excelencia e igualdad o desarrollar medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, siempre que las medidas de igualdad aplicadas permanezcan en el tiempo y mantengan la efectividad.
h) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, así como la declaración del licitante de señalar dicho medio electrónico como preferente o el consentimiento para su utilización.
Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.
12.4.- Sobre B: Proposición Técnica.
Contendrá aquellos documentos acreditativos de los criterios de adjudicación reflejados en el baremo contenido en la cláusula 11 de este Pliego de Condiciones y en el apartado G) del cuadro resumen de la concesión.
12.5.- Sobre C. Proposición Económica
Contendrá la proposición económica del licitante, debiendo adecuarse al anexo nº II. Se expresará la cantidad sobre el tipo de licitación que se compromete a pagar.
13.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS.-
Se presentarán en mano en el Negociado de Contratación y Compras, dentro del plazo indicado en ANUNCIO DE LICITACIÓN, hasta las 13,00 horas del último día de plazo.
O enviados por correo dentro del plazo señalado en los anuncios publicados. Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día.1 Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
14.- MESA DE CONTRATACIÓN.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN.
Presidente: Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Delegado de Hacienda y Patrimonio o persona en quien delegue
Vocales: Delegado de Desarrollo Económico, Fomento, Empleo, Turismo, Hostelería y Nuevas Tecnologías, o persona en quien delegue Concejala Delegada de Playas, y Parques y Jardines o persona en quien delegue.
Miembro del Grupo Político Municipal PSOE
Miembro del Grupo Político Municipal Izquierda Unida
Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx o persona en quien delegue
Sr. Interventor General de Fondos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx o persona en quien delegue
1 De conformidad con el artículo 80 del RGLCAP 'también podrá anunciarse por correo electrónico, si bien en este último caso sólo si se admite en el pliego de cláusulas administrativas particulares. El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente'.
Secretario de la Mesa: Director de Área de Patrimonio, Contratación y Xxxxxxx o persona en quien delegue
15 .- LIMITACIONES, GASTOS E IMPUESTOS.-
El adjudicatario no podrá transferir, traspasar, subarrendar, y en definitiva, ejercer ningún acto de dominio o posesión sobre la explotación del espacio de bar que es objeto de la adjudicación, sin autorización municipal previa, tal y como se indica en el Punto 6 del presente pliego: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
Será por cuenta del adjudicatario el importe del consumo de energía, electricidad y agua, y demás gastos inherentes a la explotación del negocio, debiendo estar provistos de los permisos y autorizaciones que fueren preceptivas para ejercer la actividad, así como al corriente en los impuestos y tasas que la graven.
16.- INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.-
Serán motivo de resolución del contrato, con pérdida de la fianza, previo expediente sancionador tramitado al efecto en el que se dará audiencia al interesado, y con independencia de los daños y perjuicios a que hubieren lugar, los siguientes incumplimientos contractuales:
a) El abandono o renuncia en la explotación del espacio de bar.
b) La falta de pago o el incumplimiento de cualesquiera de los plazos establecidos en la cláusula 6ª de este Pliego.
c) El traspaso, subarriendo o cualquier acto de dominio o posesión de la explotación del servicio objeto de adjudicación sin autorización municipal previa.
d) Negligencia en la conservación y mantenimiento del espacio de bar, así como la colocación de elementos no autorizados expresamente por el Ayuntamiento xx Xxxxx o elementos publicitarios.
e) La ocupación de las plataformas y explanada donde se encuentra ubicado el espacio de bar con máquinas, mobiliario, utensilios, o cualquier clase de objeto no autorizado expresamente por el Excmo. Ayuntamiento, así como la colocación de marquesinas, voladizos o toldos.
f) El incumplimiento de las normas sobre higiene, limpieza y de las normas sanitarias que se acompañan como anexo, así como la falta de limpieza del espacio de bar de las zonas próximas.
g) La utilización de la estructura del espacio de bar en lugar distinto al de su ubicación o para finalidad distinta de la prevista en este Pliego de Condiciones.
h) La ejecución de obras, instalaciones o modificaciones no consentidas.
i) La realización de actividades peligrosas, incomodas o insalubres.
j) Impedir el acceso de los servicios de utilización pública injustificadamente o falta de respeto de los principios de civilidad del usuario.
k) No indicar la explotación en el plazo de tres meses, una vez finalizada las obras de adaptación.
l) Mal uso del espacio de bar en el período final de la adjudicación.
17.- GASTOS.-
Se fija como límite máximo de gastos de anuncios de licitación la cantidad de MIL OCHOCIENTOS EUROS (1.800,00€).
18.- TRIBUNALES.-
Los licitantes renuncian al fuero judicial que pudiera corresponderles, sometiéndose a los Tribunales xx Xxxxx.
19.- DERECHO SUPLETORIO.-
En lo no previsto en este Pliego regirá lo dispuesto en la, Ley 7/99 de 29 de Septiembre de Bienes de las Entidades locales de Andalucía, Decreto 18/2006, de 24 de enero que aprueba el Reglamento de Bienes de las entidades Locales de Andalucía. Ley 33/2003 de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, (TRLCSP en adelante), que aprueba el Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público. Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y demás disposiciones administrativas y civiles.
20.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.-
El contrato deberá firmarse y depositar la garantía definitiva en el plazo improrrogable de 5 días contados a partir del siguiente a la fecha de adjudicación.
21.- INFORMACIÓN.-
Direcciones:
Servicio de Patrimonio, Contratación y Compras
Xxxxx xx Xxx Xxxx xx Xxxx, x/x - Xxxxx
Nº Tfno.: 000 00 00 00 Nº Fax: 000 00 00 00
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx
“CUADRO RESUMEN DE LA CONCESIÓN”
( ANEXO I )
A) OBJETO DE LA CONCESION |
CONCESIÓN DE ESPACIO EN PÉRGOLA MIRADOR DEL PARQUE GENOVÉS PARA EXPLOTACIÓN DE UN BAR. |
B) CANON |
Canon anual mínimo de licitación al alza: ONCE MIL SEISCIENTOS DIECISÉIS EUROS (11.616,00 €) al año, mediante pagos mensuales de NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS (968,00 €). |
C) DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TECNICA O PROFESIONAL. |
a) Ser o haber sido titular, por cualquier concepto: propietario, arrendatario, etc. de un establecimiento de hostelería o restauración, en un período de cinco años anteriores a la fecha de aprobación del presente Pliego de Condiciones y haber mantenido dicha explotación durante tres. b) Declaraciones de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. c) Indicación del personal que tiene previsto contratar y su cualificación profesional. d) Indicación de las medidas de gestión medioambientales que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. |
D) PROPOSICIÓN TECNICA |
Se incluirá en el sobre B aquellos documentos que acrediten el contenido de la proposición técnica que ofertan los licitantes |
E) ADMISION DE VARIANTES |
El licitante presentará una sola oferta no admitiéndose variantes. |
F) PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LAS PROPOSICIONES |
Las proposiciones se presentarán en los QUINCE (15) días naturales siguientes a la publicación del Anuncio del procedimiento de selección en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta las 13.00 horas del último día del plazo. El ANUNCIO DE LICITACIÓN se publicará, asimismo, en el perfil de contratante del Excmo. |
Ayuntamiento xx Xxxxx (xxx.xxxxx.xx) LUGAR: Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx Servicio de Patrimonio, Contratación y Compras. Xxxxx Xxx Xxxx xx Xxxx x/x XX 00000 | |
G) CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN. | |
Los criterios para seleccionar a la adjudicataria de la concesión por orden decreciente de importancia serán: | |
a) Oferta económica: 1. Se otorgarán 80 puntos a la oferta económica con mayor diferencia al alza respecto al canon de salida a abonar al Ayuntamiento xx Xxxxx. 2.- Las restantes ofertas obtendrán la puntuación que resulte de aplicar la siguiente regla de tres, a las diferencias al alza que oferten sobre el canon de licitación de salida a abonar al Ayuntamiento xx Xxxxx. MAYOR DIFERENCIA RESPECTO CANON DE SALIDA 80 PUNTOS DIFERENCIA DE LA OFERTA A VALORAR X PUNTOS X puntos = DIFERENCIA DE OFERTA A VALORAR x 80 PUNTOS MAYOR DIFERENCIA RESPECTO AL CANON DE SALIDA La mejor oferta económica se calculará mediante la media aritmética de las cantidades ofertadas para la duración máxima del contrato. El importe ofertado en concepto de canon para cada una de las siguientes anualidades del contrato no podrá ser inferior al canon ofertado para el primer año, ni para los años que le precedan. La proposición económica se introducirá en el Sobre C | Hasta 80 puntos. |
b) Inversión a realizar en el inmueble, mobiliario y enseres. Deberán cuantificarse económicamente, y justificarse documentalmente. Se otorgarán 20 puntos a la empresa que oferte una mayor inversión a realizar, y el resto en proporción por regla de tres, de acuerdo a la siguiente fórmula: Inversión a realizar empresa A (la más alta) Máximo de puntos.(20) Inversión empresa B X puntos. X puntos = (Inversión Empr. B x Máx. de puntos) / Inversión . Empr. A) La proposición técnica se introducirá en el Sobre B | Hasta 20 puntos. |
H) APERTURA DE PROPOSICIONES Y MESA DE CONTRATACIÓN. | |
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Presidente: Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Delegado de Hacienda y Patrimonio o persona en quien delegue Vocales: Delegado de Desarrollo Económico, Fomento, Empleo, Turismo, Hostelería y Nuevas Tecnologías, o persona en quien delegue Concejala Delegada de Playas, y Parques y Jardines o persona en quien delegue Miembro del Grupo Político Municipal PSOE Miembro del Grupo Político Municipal Izquierda Unida Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx o persona en quien delegue Xx. Interventor General de Fondos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx o persona en quien delegue Secretario de la Mesa: Director de Área de Patrimonio, Contratación y Xxxxxxx o persona en quien delegue | |
I) DURACION DE LA CONCESION. | |
El presente contrato de concesión tendrá una duración de CINCO (5) AÑOS, a contar desde su firma, pudiendo ser prorrogado, por acuerdo expreso de ambas partes anualmente, con un máximo de DOS prórrogas. | |
J) GARANTÍA DEFINITIVA |
La garantía deberá constituirse conforme a los modelos, en formato autorrellenable, que se podrán descargar del perfil del contratante del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx. (xxx.xxxxx.xx) El importe de la garantía definitiva se fija en DOS MIL QUINIENTOS EUROS (2.500,00 €). |
K) LIMITE MÁXIMO GASTOS DE ANUNCIOS DE LICITACIÓN |
Se fija como límite máximo de gastos de anuncios de licitación la cantidad de MIL OCHOCIENTOS EUROS (1.800,00€). |
PERFIL DEL CONTRATANTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX |
Página Web del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx: xxxx://xxx.xxxxx.xx Perfil del contratante: xxxx://xxx.xxxxx.xx:0000/xxxxxxx/xxx/xxxxx.xxx |
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICION ECONÓMICA (SOBRE C)
«Don ............................................................................... con DNI n.º ......................................
natural de ............................................. provincia de , mayor de
xxxx y con domicilio en ....................................... C/ ............................................................
teléfono ..............................., actuando en nombre (indicar si propio o de la empresa a que represente), manifiesta que, conociendo el procedimiento para el otorgamiento de la CONCESIÓN DE ESPACIO EN LA PÉRGOLA MIRADOR DEL PARQUE GENOVÉS PARA
EXPLOTACIÓN DE UN BAR, los Pliegos de Condiciones Económicas-Administrativas y Prescripciones Técnicas, que ha de regir dicho proceso de selección, en la representación que ostenta se compromete a asumir el cumplimiento de la citada CONCESIÓN por el siguiente CANON ANUAL, a abonar mediante pagos mensuales.
CANON OFERTADO PARA CADA ANUALIDAD
Años | Importes |
1º año | (INDICAR IMPORTE EN LETRA Y NÚMERO) |
2º año | (INDICAR IMPORTE EN LETRA Y NÚMERO) |
3º año | (INDICAR IMPORTE EN LETRA Y NÚMERO) |
4º año | (INDICAR IMPORTE EN LETRA Y NÚMERO) |
5º año | (INDICAR IMPORTE EN LETRA Y NÚMERO) |
1ª prorroga | (INDICAR IMPORTE EN LETRA Y NÚMERO) |
2ª prorroga | (INDICAR IMPORTE EN LETRA Y NÚMERO) |
Se deberá indicar el canon ofertado para cada anualidad, incluido el que se oferte para el 6º y 7º año en caso de prórroga.
El importe para el primer año no podrá ser inferior a ONCE MIL SEISCIENTOS DIECISÉIS EUROS (11.616,00 €).
El importe ofertado en concepto de canon para cada una de las siguientes anualidades del contrato no podrá ser inferior al canon ofertado para el primer año, ni para los años que le precedan.
LA OFERTA CUYA PROPOSICIÓN ECONÓMICA NO SE ADECUE A LOS PRESENTES TÉRMINOS, SERÁ EXCLUIDA DE LA LICITACIÓN.
Xxxxx, fecha y firma del proponente».
Requisitos relativos a Seguridad y Salud que deben reunir las empresas contratadas por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx.
Según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), la empresa que contrate o subcontraten con otras la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquéllas y que se desarrollen en sus propios centros de trabajo deberán vigilar por el cumplimiento por dicho contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales. Será también de aplicación en los supuestos en que los trabajadores de la empresa contratista o subcontratista no presten sus servicios en los centros de trabajo de la empresa principal, siempre que tales trabajadores deban operar con maquinaria, equipos, productos, materias primas o útiles proporcionados por la empresa principal.
Se detallan a continuación la relación de puntos que deben cumplir las contratas o subcontratas:
1. Formación de los trabajadores. Los trabajadores de las subcontratas deberán recibir formación en materia de prevención de riesgos laborales acorde a las tareas que desempeñe en el puesto de trabajo. Deben presentar justificante de la formación específica recibida por cada uno de los trabajadores.
2. Vigilancia periódica de la salud. Al igual que en el punto anterior, deberán presentar los reconocimientos médicos o certificados que los justifique.
3. El suministro de los equipos de protección de los trabajadores de las subcontratas, será realizado por la propia subcontrata. Dichos equipos de protección deberán ser acordes a los riesgos a cubrir y que se ajusten a lo dispuesto en el R.D. 773/1997 de 30 xx xxxx.
4. Tener constituido un servicio de prevención en alguna de las variedades que establece el artículo 30 de la LPRL Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
5. La subcontrata está obligada a aplicar los principios de la actividad preventiva que se establece en el artículo 15 de la LPRL.
6. Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, teniendo en cuenta las actividades de coordinación de actividades empresariales previstas en el artículo 24 de la LPRL.
7. Utilizar equipos de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en el R.D. 1215/97, de 18 de julio.
El Ayuntamiento vigilará del cumplimiento por parte de dichos subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales.
ANEXO IV
SOBRE A : DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Número de expediente: 2015/000067
Denominación del Contrato: CONCESIÓN DE ESPACIO EN LA PÉRGOLA MIRADOR DEL PARQUE GENOVÉS PARA EXPLOTACIÓN DE UN BAR
Fecha de la Declaración (aaaa-mm-dd): INDICAR
ENTIDAD CONTRATANTE
Órgano de contratación: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx
DECLARACIONES
DECLARO RESPONSABLEMENTE que la empresa que represento tiene plena capacidad de obrar, se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes. (EN CASO DE EMPRESARIO INDIVIDUAL LA DECLARACIÓN SE HARÁ EN NOMBRE PROPIO).
DECLARO RESPONSABLEMENTE que la empresa que represento no ha sido adjudicataria ni ha participado en la ejecución de los contratos que hayan tenido por objeto la redacción del proyecto, dirección facultativa, vigilancia, supervisión y/o control de las obras que son objeto de la licitación, ni ser empresa vinculada a ellas en el sentido en que son definidas en el artículo 42 del Código de Comercio, así como de tampoco ha sido empresa colaboradora de los adjudicatarios de estos contratos. (EN CASO DE EMPRESARIO INDIVIDUAL LA DECLARACIÓN SE HARÁ EN NOMBRE PROPIO).
DECLARO RESPONSABLEMENTE que ni el firmante de la declaración, ni la entidad a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en supuesto alguno de prohibición de contratar a los que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
DECLARO RESPONSABLEMENTE que la entidad se halla inscrita en el Registro de Licitadores que a continuación se indica, y que las circunstancias de la entidad que en él figuran respecto de los requisitos exigidos para la admisión en el procedimiento de contratación que a continuación se indica son exactas y no han experimentado variación.
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado El Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía
(INDICAR LOS REGISTROS EN LOS QUE SE HALLE INCLUIDO LA LICITANTE.)
AUTORIZO al órgano de contratación a recabar los datos que obren en poder de la administración que fueran necesarios para comprobar la veracidad de las declaraciones realizadas.
DATOS DE LA ENTIDAD LICITADORA
CIF:
Nombre:
Fax:
Correo electrónico:
DATOS DEL DECLARANTE
Declarante NIF:
Fax:
Correo electrónico: Nombre:
Apellidos:
Cargo:
(Lugar y firma del proponente)